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MEMORIAS 3er Congreso Continental de Rehabilitación Basada en Comunidad y 8° Encuentro Nacional de Experiencias (RBC) “Para continuar construyendo el camino de la inclusión en las Américas”. 23, 24 y 25 de octubre de 2013 Medellín – Colombia

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Parte del documento Memorias 3er Congreso Memorias del 3er Congreso Continental de Rehabilitación Basada en Comunidad (RBC) octubre de 2013 Medellín - Colombia, conteniendo la conferencia presentada por Francisco Morales Zapata. El documento completo de las memorias puede obtenerse en: http://3ercongresocontinentalderbc.com/pdf/Memorias_3_Congreso_RBC_DEFINITIVAS.pdf

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Page 1: Conferencia 3er Congreso Continental RBC

MEMORIAS

3er Congreso Continental de RehabilitaciónBasada en Comunidad y 8° Encuentro Nacional de

Experiencias (RBC)

“Para continuar construyendo el camino de la inclusión en las Américas”.

23, 24 y 25 de octubre de 2013

Medellín – Colombia

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3er Congreso Continental de Rehabilitación Basada enComunidad y 8° Encuentro Nacional de Experiencias (RBC)

“Para continuar construyendo el camino de la inclusión en las Américas”.

Memorias del Proceso

Este documento fue realizado gracias al apoyo de:Ministerio de Salud y Protección Social, República de Colombia. Unidad de Discapacidad de la Secretaría de Inclusión Social y Familia, Alcaldíade Medellín.Handicap International (con recursos de la Cooperación Belga al Desarrollo –DGD).

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Presentación

El 3er Congreso Continental de RBC y 8° Encuentro Nacional de ExperienciasRBC, fue un espacio de intercambio, construcción y reflexión, nacional ycontinental, que representa la continuidad y consolidación de los movimientos dered, emergentes en diferentes lugares del mundo, como parte del proceso deconstrucción y evolución de la estrategia RBC.

Para Colombia, estos movimientos inician en el 2003, año en que se realiza enla ciudad de Cartagena el I Encuentro nacional de experiencias RBC, derivadode la voluntad institucional y la suma de diferentes actores que le apostaban a laestrategia RBC. A partir de allí, se comenzó un proceso de encuentrosnacionales, con versiones en diferentes lugares del país (Bogotá, Pereira, Yopal,Cartagena), pero sólo hasta el año 2010, en el marco de 2° CongresoContinental RBC desarrollado en la ciudad de Oaxaca (México), este movimientode red nacional se articula de manera contundente a los procesos de nivelcontinental.

Por su parte, los Congresos continentales RBC, nacen como una iniciativa desdela Organización Panamericana de la Salud, la Organización Mundial de la Salud,(OPS-OMS), que promueve en el 2006 la celebración del 1er CongresoContinental de RBC, en Santiago de Chile (Chile) del 22 al 24 de noviembre dedicho año; Este primer acercamiento continental, tuvo como principal objetivorevisar y analizar temas fundamentales acerca de la inclusión social de laspersonas con discapacidad en los países de la región.

Luego, el 2do Congreso Continental “Hacia el desarrollo inclusivo”, (3 al 5 demarzo de 2010), realizado en México, contó con el liderazgo de la naciente Redde RBC de las Américas, además de la ya comprometida OPS - OMS, y elapoyo de la organización CBM1, junto con instancias sociales y gubernamentales

1 Christian Blind Mission (www.cbm.org)

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mexicanas, así como de los activistas con discapacidad. Esta segunda versión,tuvo como objetivo la difusión y consolidación de la RBC como modelo paraotras iniciativas de desarrollo, planteando el Desarrollo Inclusivo como meta dela estrategia en sí misma.

En este camino, y como resultado del 2° Congreso RBC, la nueva citacontinental se dio en Medellín (Colombia); del 23 al 25 de octubre de 2013, laciudad de la Eterna Primavera, tuvo el privilegio de ser la sede del 3er CongresoContinental de RBC, que además coincidió con la 8ª versión del EncuentroNacional de Experiencias RBC. En esta ocasión, ambos espacios de encuentrose unieron para recibir a los demás países de la región, fortalecer la miradasobre los avances y retos de la estrategia, tanto en el país como en elcontinente, y así continuar construyendo el camino hacia la inclusión.

En esta oportunidad, se plantearon cuatro ejes principales de reflexión:

1. RBC y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.2. Enfoque Político de la RBC: Incidencia política, procesos de negociación yciudadanía en la RBC.3. Implementación de la RBC, en relación con:

∗ Trabajo en red.

∗ Participación comunitaria, social y familiar.

∗ Movilización social y asociatividad de personas con discapacidad.

∗ Trabajo intersectorial.

∗ Trabajo con grupos poblacionales (comunidades indígenas, VIH,lepra, otras condiciones particulares)

∗ Papel y participación de actores involucrados en la RBC: personascon discapacidad, familias, servicios y autoridades.

∗ Víctimas, entre otras condiciones particulares.

4. RBC como estrategia para el empoderamiento.

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Este documento, busca compartir lo ocurrido en el 3er Congreso Continental deRBC, el cual permitió visualizar avances y retos respecto al movimiento a favorde la RBC, como estrategia de derechos, desarrollo e inclusión.

En este orden, también busca servir como referente para el próximo congreso yentregar de una manera ordenada, las bases que permitan continuarconstruyendo el camino de la inclusión. Para el 2015, será Ecuador quien recibala 4° versión del Congreso Continental de RBC, y con ésta responsabilidad,también recibe la de liderar la construcción y diálogo permanente entre losactores regionales de la RBC.

Por su parte, Colombia tendrá la ciudad de Pasto (Nariño) como anfitriona parala 9ª versión del Encuentro Nacional de Experiencias RBC, en el que –entreotras cosas- se espera reafirmar la fuerza de la RBC en las políticas nacionalesa favor de la discapacidad.

Esperamos que disfruten, utilicen y difundan este documento, y que cumpla supropósito de reflejar lo aprendido en el desarrollo del 3er Congreso Continentalde Rehabilitación Basada en Comunidad - RBC y así continuemos construyendoel camino de la inclusión en las Américas.

ANGELA MARIA LOPERA M.Coordinadora Académica 3er Congreso Continental de RBCCoordinadora Nacional RBC – Handicap International

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INTRODUCCIÓN

La estrategia RBC (Rehabilitación Basada en Comunidad), surge a finales de losaños 70’s como respuesta para democratizar la rehabilitación y atender a lasnecesidades prioritarias de la población con discapacidad, en comunidadesalejadas y con alto nivel de barreras para el desarrollo local. Con la evolución delos sistemas sociales, económicos y de salud, la estrategia RBC viviótransformaciones por un período de más de 30 años.

Es así como en el 2004, la RBC es promulgada como “estrategia para larehabilitación, la igualdad de oportunidades, la reducción de la pobreza y laintegración social de las personas con discapacidad”; su avance en el mundo hacontribuido al desarrollo de las comunidades, no sólo a nivel de salud, sinotambién de otros sectores como la educación, la economía, la vida social y lamovilización comunitaria, impactando la vida de las personas con discapacidad,desde una perspectiva de derechos.

En el año 2010 se publican una serie de materiales denominados Guías RBC,las cuales actúan como referentes mundiales de experiencias y leccionesaprendidas en torno a los 5 ejes claves de la estrategia: Salud, Educación,Sustento, Sociedad y Empoderamiento, además de abordar temáticastransversales como el trabajo con poblaciones de particular atención (VIH,indígenas, etc.).

La RBC continúa favoreciendo los procesos de inclusión y participación social; eltrabajo intersectorial, el intercambio de buenas prácticas a nivel regional,nacional y continental y la garantía de derechos, comparte sus principios con laConvención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad,promoviendo:

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• El respeto a la dignidad inherente a la autonomía, individual, incluida lalibertad de tomar las propias decisiones de uno, y la independencia de laspersonas.• La no discriminación.• La participación e inclusión plenas y efectivas en la sociedad.• El respeto a la diferencia y la aceptación de las personas condiscapacidad como parte de la diversidad y la condición humana.• La igualdad de oportunidades.• La accesibilidad.• La igualdad entre hombre y mujer.• El respeto a la evolución de las facultades de los niños y las niñas condiscapacidad y de su derecho a preservar su identidad.• La aplicación la Convención de Naciones Unidas sobre los derechos delas personas con discapacidad y las Normas Uniformes de las Naciones Unidassobre la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad.

En los últimos diez años la conformación de redes regionales, nacionales ycontinentales alrededor de la RBC, ha permitido la construcción de reflexiones yaprendizajes en torno a la estrategia, generando nuevas rutas que direccionansu implementación.

En este sentido, el 3er Congreso Continental de RBC y 8° Encuentro Nacionalde Experiencias RBC, se diseñó buscando contribuir a la reflexión en torno alproceso de transformación y evolución de la RBC. Sus objetivos, estrategias,dinámicas y desarrollo, buscaron obedecer a este propósito y las Memorias aquípresentadas recogen este trabajo.

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OBJETIVOS DEL CONGRESO

Partiendo del slogan Para continuar construyendo el camino de la inclusiónen las Américas, el 3er Congreso Continental de RBC se planteó comoobjetivos:

• Compartir experiencias y realizar reflexiones a partir del proceso histórico,epistemológico y cultural de las experiencias.

• Promover la participación intersectorial de la RBC con el intercambio debuenas prácticas a nivel regional nacional y continental.

• Reconocer las tendencias de RBC en América y el Caribe como un procesohistórico y a partir de su reflexión trazar nuevos caminos con énfasis en lainclusión, la participación en la sociedad y los derechos de las personas condiscapacidad mediante programas de RBC.

Estos objetivos, son la carta de navegación para comprender e interpretarlos contenidos de este documento; fueron además, los orientadores para eldiseño académico del congreso, permitiendo así dar un hilo conductor (norte) alos elementos constitutivos de la agenda.

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CAPITULO 1. CONFERENCIAS

Descripción Metodológica

Las conferencias fueron los espacios académicos centrales, que permitieron

brindar un conocimiento específico de un tema particular. Fueron el punto de

referencia para el desarrollo del congreso, ya que de ellas se desprendieron los

ejes temáticos.

Esta modalidad académica, fue llevada a cabo mediante exposición verbal, con

apoyo audiovisual (power point, prezzi, videos, entre otros). Cada conferencista

procuró utilizar un lenguaje claro y global, evitando los regionalismos o en su

defecto explicando las expresiones para una mayor comprensión entre dialectos

a nivel regional y continental.

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Conferencia 1

La Rehabilitación Basada en Comunidad (RBC) como Estrategia a Favor de

la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

Francisco Morales Zapata*

*Médico e investigador en salud y ciencias sociales. Radicado en el Perú.

Presidente/director de Asociación Wiñaypaq Pro Desarrollo Humano.

Miembro peruano de Red Latinoamericana de Educación para la Prevención de la Salud usando las TIC.

Coordinador Médico e Investigador del Instituto para el Desarrollo Humano Henry Wallon (Cusco - Perú).

Coordinador en el Valle Sagrado de Perú Health Outreach Project.

Introducción

La estrategia de Rehabilitación Basada en la Comunidad (RBC) ha evolucionado

en un proceso de treintaicinco años desde la Declaración de Alma Ata de 1978,

partiendo de un enfoque asistencial (acceso a los servicios de rehabilitación), a

“una estrategia multisectorial para atender las necesidades más amplias de las

personas con discapacidad, asegurando su participación e inclusión en la

sociedad y mejorando su calidad de vida”, enfocada hacia la inclusión, la

realización de los derechos humanos y al desarrollo personal dentro de la

comunidad. Más aún, luego de la Convención sobre los Derechos de las

Personas con Discapacidad - CDPCD (2), se promueve la RBC como una

estrategia para llevarla a la práctica y apoyar el desarrollo humano,

comprometiendo en ello a la sociedad y los Estados del mundo.

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La evolución y el avance seguidos por la estrategia de RBC en la última década

en defensa de los derechos de las personas con discapacidad, la creciente

concienciación sobre los derechos humanos, la inclusión social y el derecho al

desarrollo (3), planteando la necesidad de legislación y políticas de Estado que

los garanticen para todos los ciudadanos sin distinción, nos coloca en la

perspectiva de una transformación del Estado y la sociedad que realmente

tengan como centro y razón de ser a la persona en su diversidad, en igualdad de

oportunidades y derechos; una sociedad y un Estado verdaderamente

democráticos que respondan a las necesidades de todos y cada uno de sus

integrantes.

Pensamos que, en este proceso, la RBC se constituye no sólo en una estrategia

a favor de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

sino que ambas contribuyen a sentar bases para una transformación del Estado

y la Sociedad de gran trascendencia para el futuro de la humanidad.

En esta perspectiva y para mejor apreciar las diferencias cualitativas en los

conceptos de ciudadanía, derechos humanos y democracia en el siglo veintiuno,

así como los cambios necesarios en el camino de la construcción de una

sociedad inclusiva, revisaremos cómo se han modificado estos conceptos a lo

largo de la historia, en el contexto mundial de procesos políticos, económicos y

de movimientos sociales.

Page 12: Conferencia 3er Congreso Continental RBC

Derechos ciudadanos y exclusión en la democracia ateniense.

La democracia ateniense (4,5) es uno de los modelos clásicos de este sistema

de gobierno caracterizado por la subordinación de la minoría a la mayoría y el

reconocimiento de la libertad y de la igualdad de derechos de los ciudadanos. En

esta sociedad esclavista que acababa de pasar del matriarcado al patriarcado,

los ciudadanos que constituían el “demos” eran los artesanos y los campesinos.

Sin embargo, los conceptos de ciudadanía y derechos excluían a las mujeres, a

los esclavos, los siervos y probablemente también a las personas con

discapacidad puesto que solamente los varones adultos que fuesen ciudadanos

y atenienses, y que hubiesen terminado su entrenamiento militar tenían derecho

a votar. Así, se excluía a la mayoría de la población, no sólo de estos derechos

políticos sino incluso de otros como la salud, educación, libertad, especialmente

a los esclavos y las mujeres.

Esto significa que cuando Aristóteles planteaba que alcanzar la plenitud del

florecimiento de las capacidades humanas es el sentido y fin de todo desarrollo,

obviamente se refería a los ciudadanos según los conceptos vigentes entonces y

no a los sectores excluidos. Similarmente, en el Juramento Hipocrático original el

médico, respecto del paciente, se compromete a establecer “el régimen de los

enfermos de la manera que les sea más provechosa según mis facultades y a mi

entender, evitando todo mal y toda injusticia.” mas no asume el compromiso de

atender a todas las personas sin distinción de clase, origen, etc. El párrafo que

dice “No permitiré que entre mi deber y mi enfermo vengan a interponerse

Page 13: Conferencia 3er Congreso Continental RBC

consideraciones de religión, de nacionalidad, de raza, partido o clase.” Se

incluye recién en una nueva versión del juramento redactada en la Convención

de Ginebra de 1945 (6).

Después de Grecia y Roma, el esclavismo clásico llegó a su fin, reemplazado

por un sistema feudal en el que, aunque no había esclavos, la situación de

servidumbre de muchos y el poder y privilegios “por derecho divino” de

monarcas y aristócratas mantuvo la privación de derechos por varios siglos con

pocas variaciones hasta la Revolución Francesa e incluso después; puesto que

la discriminación por motivos de raza, sexo, clase, cultura, recién se logró

modificar sustancialmente a mediados del siglo veinte aunque todavía no ha sido

totalmente erradicada. Por ejemplo, la esclavitud fue declarada ilegal en el

mundo recién en 1926 por la Sociedad de las Naciones en la Convención sobre

la Esclavitud (7) y luego en la Convención suplementaria sobre la abolición de la

esclavitud, la trata de esclavos y las instituciones y prácticas análogas a la

esclavitud (8) de las Naciones Unidas en 1956. En este devenir, es recién en los

siglos dieciocho y diecinueve, en el contexto de la transformación capitalista de

la sociedad y el Estado que significó la Revolución Francesa, que surgen y se

desarrollan los conceptos de derechos del hombre, del ciudadano y luego los

derechos humanos y el derecho al desarrollo en el siglo veinte.

Los derechos del hombre y del ciudadano en la sociedad actual.

El concepto de derechos humanos, se origina entre los juristas de la escuela de

Salamanca del siglo XVI y es extendido por los pensadores sociales del XVII y

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los ilustrados del XVIII con las primeras revoluciones liberales siendo recogido

en textos normativos como la Declaración de Derechos de Virginia (1776) y la

Constitución de los Estados Unidos de Norteamérica (1787) así como la

Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano (1789).

La Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano (1789), fue uno

de los acontecimientos con mayor alcance histórico de la Revolución Francesa.

Tanto en el aspecto moral (derechos naturales inalienables) como en el político

(condiciones necesarias para el ejercicio de los derechos naturales e

individuales), expresa la aparición de un nuevo modelo de Estado, el de los

ciudadanos, el Estado nacional de la sociedad capitalista, y sirve de base a

todas las declaraciones tanto del siglo XIX como del siglo XX.

Pero este avance en la concepción del ser humano y sus derechos no es casual

ni producto de la inspiración de algunos pensadores. El desarrollo del sistema

capitalista en la Revolución Industrial necesitaba de libertad de comercio e

industria y de una población de ciudadanos que pudieran contratar y ser

contratados en el mercado laboral sin las restricciones del plebeyo, vasallo o

siervo de la sociedad feudal, un nuevo modelo de sociedad y un nuevo sistema

de Estado. Paradójicamente, todo este desarrollo se dio manteniendo la

esclavización de los pueblos africanos y la negación de derechos para la mujer,

lo que motivó la casi simultánea Declaración de los Derechos de la Mujer y de la

Ciudadana (1791), que aun cuando quedó en el plano de declaración o alegato,

es uno de los primeros documentos históricos que propone la igualdad de

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derechos o la equiparación jurídica y legal de las mujeres en relación a los

varones (9), problema que aún no ha sido completamente resuelto en el mundo.

Derechos humanos y desarrollo en el siglo veinte.

Es recién en el siglo veinte donde se plasman avances en la concepción de los

derechos humanos y se comprende que los sistemas sociales y de Estado a los

largo de la historia de la humanidad han tenido como característica la exclusión y

se empieza a tomar acuerdos con miras a la corrección de esta situación.

En este siglo se plasma un nuevo hito: La Declaración Universal de los

Derechos Humanos (DUDH), adoptada por la Asamblea General de las

Naciones Unidas en 1948; en ésta se recogen en sus 30 artículos los Derechos

Humanos considerados básicos, a partir de la carta de San Francisco de 1945, y

se reafirma el compromiso con los derechos fundamentales del hombre, la

dignidad y el valor de la persona humana y la igualdad de derechos de hombres

y mujeres, así como la promoción del progreso social y la elevación del nivel de

vida dentro de un concepto más amplio de la libertad. Así mismo, en el

Preámbulo, consigna la importancia de la construcción de una sociedad y un

Estado de Derecho que garantice a los ciudadanos el goce de sus derechos sin

que sea necesario recurrir al supremo recurso de la rebelión.

En su primer artículo la DUDH consigna claramente la no exclusión o

discriminación de las personas, expresando el avance en la concepción de

derechos humanos a que se llegó a mediados del siglo veinte:

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“Artículo 1

Toda persona tiene los derechos y libertades proclamados en esta

Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión,

opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición

económica, nacimiento o cualquier otra condición.” (10).

Posteriormente, en 1956, las Naciones Unidas aprueban la Convención

suplementaria sobre la abolición de la esclavitud, la trata de esclavos y las

instituciones y prácticas análogas a la esclavitud (8), confirmando y ampliando

los alcances de la Convención sobre la Esclavitud de la Sociedad de Naciones

de 1926 (7) que declaró ilegal esta práctica.

En las décadas siguientes entran al debate los conceptos de desarrollo. En

contraposición al crecimiento que es un cambio sólo cuantitativo el desarrollo

implica un cambio cualitativo. Así, mientras el crecimiento económico se mide

simplemente por el crecimiento del Producto Bruto Interno (PBI), sin considerar a

las personas, el desarrollo económico se mide por la capacidad de crear

riqueza, el desarrollo social por la capacidad de la sociedad y el Estado de

satisfacer las necesidades de sus ciudadanos y el desarrollo humano por la

realización de las potencialidades de cada persona dentro de la sociedad. Aun

cuando es muy difícil definir indicadores adecuados para medir el desarrollo

humano, cabe destacar que éste tiene como condiciones el desarrollo

económico y el desarrollo social y también contribuye a ellos.

Page 17: Conferencia 3er Congreso Continental RBC

El avance en estos conceptos, en especial sobre el desarrollo humano como la

realización plena de las capacidades y potencialidades de cada persona en la

sociedad, conduce a la comprensión del desarrollo como un derecho y en 1986,

en la Declaración sobre el derecho al desarrollo (11), las Naciones Unidas

afirman que:

“El derecho al desarrollo es un derecho humano inalienable en virtud del cual

todo ser humano y todos los pueblos están facultados para participar en un

desarrollo económico, social, cultural y político en el que puedan realizarse

plenamente todos los derechos humanos y libertades fundamentales, a

contribuir a ese desarrollo y a disfrutar del él.” (Art. 1).

“La persona humana es el sujeto central del desarrollo y debe ser el

participante activo y el beneficiario del derecho al desarrollo” (Art. 2).

“Los Estados deben adoptar, en el plano nacional, todas las medidas

necesarias para la realización del derecho al desarrollo y garantizarán, entre

otras cosas, la igualdad de oportunidades para todos en cuanto al acceso a

los recursos básicos, la educación, los servicios de salud, los alimentos, la

vivienda, el empleo y la justa distribución de los ingresos. Deben adoptarse

medidas eficaces para lograr que la mujer participe activamente en el proceso

de desarrollo. Deben hacerse reformas económicas y sociales adecuadas con

objeto de erradicar todas las injusticias sociales.” (Art. 8).

Page 18: Conferencia 3er Congreso Continental RBC

Sin embargo, si bien vemos avances en la concepción de los derechos de las

personas, la sociedad en la que vivimos y el sistema de Estado no han sido

capaces de satisfacer las necesidades de todos sus miembros o ciudadanos en

su diversidad, la proclamada igualdad de derechos no logra satisfacer la

diversidad de necesidades a más de dos siglos de evolución del actual sistema y

nos vemos en la necesidad de hablar y trabajar por la inclusión porque la

exclusión de muchos es una dura realidad en el mundo actual.

¿El crecimiento económico o la persona humana como fin supremo de la

sociedad y del Estado?

Adam Smith (1723-1790), considerado el padre de la Economía Política y del

liberalismo económico señala las características del Estado en una economía

liberal y los riesgos de este sistema.

En la Constitución Política de Perú, como en la de otros Estados, se declara que

“La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin

supremo de la sociedad y del Estado” (Art. 1°), sin embargo el éxito de las

políticas de Estado y de gobierno no se mide según el grado de satisfacción de

las necesidades de todos los ciudadanos en su diversidad sino según los índices

de crecimiento económico. ¿Cuál es la razón?

El fin básico del Estado en el sistema capitalista, según el liberalismo económico

de Smith, es promover el crecimiento económico, dejando que la economía

nacional funcione según sus reglas naturales que son las de la oferta y la

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demanda. La mejor política, entonces, será aquella que logre el mayor

crecimiento posible. ¿Y las personas?

Evidentemente, pese a las declaraciones, el puesto y la condición de la persona

humana en el modelo actual no son el centro principal ni el fin fundamental sino

que el hombre es un medio, una función que debe desenvolverse competitiva e

individualistamente para lograr la eficiencia del sistema económico. Así, el ser

humano está al servicio del sistema y no a la inversa, en consecuencia, quienes

resulten menos competitivos y eficientes quedan excluidos.

Sin embargo, Adam Smith, en su conocida obra La riqueza de las naciones,

señala que “No puede haber una sociedad floreciente y feliz cuando la mayor

parte de sus miembros son pobres y desdichados.” (12); y al observar el

desenvolvimiento del sistema halla que no siempre éste conlleva al bien común y

por ello plantea también la necesidad de que el Estado legisle para “habilitar a

sus individuos y ponerles en estado de poder surtirse por sí mismos de todo lo

necesario”. Consecuentemente, planteó que los gobiernos debían promover el

bienestar general mediante obras e instituciones públicas e incluso, poner

restricciones sobre la iniciativa privada cuando esta se muestra perniciosa para

el interés general. En su visión, el Estado tiene la obligación de brindar a sus

ciudadanos seguridad interior y exterior, protegerlos de la opresión

estableciendo una estricta justicia y constituir instituciones públicas que cubran

las necesidades de salud, educación, entre otras, del conjunto de los

ciudadanos. Hoy asistimos a la reedición de estos planteamientos cuando en los

Page 20: Conferencia 3er Congreso Continental RBC

últimos cinco años se habla de promover el fortalecimiento de capacidades del

Estado en una perspectiva de “responsabilidad social”.

En el contexto de la globalización, las posibilidades y limitaciones del Estado y

del modelo social para satisfacer las necesidades de todas las personas en su

diversidad se hacen más evidentes y la exclusión de muchos como una realidad

que exige atención, nos colocan al término del siglo veinte e inicio del nuevo

milenio en la búsqueda del rumbo y perspectiva de la construcción de una

sociedad y un Estado inclusivos.

Variabilidad biológica, diversidad humana y normalidad.

La variabilidad biológica o genética produce un inmenso abanico de

posibilidades cuantitativas y cualitativas en las habilidades de cada persona,

esto ha permitido que en el curso de milenios la humanidad se haya adaptado y

prosperado en los más diversos entornos naturales. Los 23 pares de

cromosomas que tienen los seres humanos pueden producir 8.4 millones de

combinaciones de genes al azar sobre las cuales influyen además factores que

afectan a la madre durante la gestación: nutrición, infecciones, condiciones de

vida, etc., y cada uno de nosotros es un producto único de esta combinación de

factores. Esta variabilidad produce un gran número de individuos con habilidades

“promedio” y, al mismo tiempo, un porcentaje de personas con algún grado de

deficiencia en una o más de ellas así como otros dotados con una o más

habilidades en un grado cualitativamente superior al promedio, como puede

observarse en el siguiente gráfico.

Page 21: Conferencia 3er Congreso Continental RBC

Figura 1

Distribución normal de la población al nacer según capacidades.

Fuente: Francisco Morales Zapata. Inclusión, diversidad y derecho al

desarrollo. 2012.

En la Figura 1, la curva normal o curva de Gauss, nos presenta la distribución de

la población al nacer, según sus capacidades. Podemos ver que normalmente la

variabilidad biológica produce el nacimiento de alrededor de 95% de niños con

habilidades promedio, 2% de niños con discapacidad y 2% de niños con altas

Page 22: Conferencia 3er Congreso Continental RBC

habilidades - superdotación. Si esto es lo normal en la población, ¿por qué el

sistema educativo está diseñado para atender sólo al 90%? ¿Por qué se

considera “normal” sólo al 95% y se excluye a todos los que salen del promedio?

Nuestra actual sociedad, nuestro sistema de Estado excluyen a quienes se

apartan del promedio, pero una sociedad sana, un Estado democrático, deben

responder a las necesidades de todos y cada uno de sus miembros en su natural

diversidad y asegurarles las oportunidades de desarrollo de sus potencialidades;

es decir, debe ser inclusiva, de lo contrario pone en cuestión su condición de

sana, democrática. Si lo natural es que nazca un 4% de niños que se aparta

mucho del promedio, ¿no resultan antinaturales un Estado y una sociedad que

los excluyen?

La inclusión considera la diversidad.

La inclusión social significa integrar a la vida comunitaria a todos los miembros

de la sociedad, independientemente de su origen, de su actividad, de su

diversidad funcional, de su condición socio-económica o de su pensamiento.

Cuando hablamos de una sociedad inclusiva estamos hablando de una sociedad

para todos. Una sociedad para todos es una sociedad en la cual las

características y las necesidades de cada uno de sus ciudadanos constituyen la

base para la planificación y las políticas de Estado. Así, el sistema general de la

sociedad se hace accesible para todos. Cuando una sociedad organiza su

funcionamiento de acuerdo a las necesidades de cada uno de sus integrantes,

Page 23: Conferencia 3er Congreso Continental RBC

esa sociedad logra movilizar el potencial de todos sus ciudadanos y, por

consiguiente, fortalece su capacidad de desarrollo.

Es preciso avanzar en la concienciación, empoderamiento y fortalecimiento de

capacidades de todos las personas en la comunidad sobre la diversidad como lo

normal, lo natural, y por tanto la necesidad de que toda forma de organización

social debe garantizar la atención a esta diversidad, origen del concepto de

“diseño universal”.

En esta tarea, la estrategia de Rehabilitación Basada en la Comunidad, ha

demostrado su valor como instrumento para la construcción de una sociedad

inclusiva pese a las trabas de los Estados que se resisten a cambiar de centro

del crecimiento económico a la persona humana y la construcción de una

sociedad inclusiva implica el desarrollo del concepto de democracia acorde con

el avance en la concepción delos derechos humanos en el siglo veintiuno.

En este contexto, el hecho más relevante lo representó la aprobación de la

Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad -CDPCD

(2006), que ha contado con una amplia adhesión regional, y ha condensado en

un instrumento de derecho la necesidad de asegurar la igualdad para este grupo

social.

La Rehabilitación Basada en la Comunidad y la CDPCD.

Page 24: Conferencia 3er Congreso Continental RBC

La CDPCD tiene como propósito “promover, proteger y asegurar el goce pleno y

en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades

fundamentales por todas las personas con discapacidad, y promover el respeto

de su dignidad inherente”, y en su Artículo I define que:

“Las personas con discapacidad incluyen a aquellas que tengan deficiencias

físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al interactuar

con diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la

sociedad, en igualdad de condiciones con las demás.”

En consecuencia los principios y compromisos que asumen los Estados Partes

están orientados a la remoción de las barreras que limitan el acceso de las

personas con discapacidad a la participación en la sociedad, al goce de sus

derechos y a la realización plena de sus potencialidades. Esto se expresa en los

Principios y Obligaciones generales (artículos 3 y 4) y en cada uno de los

artículos de la CDPCD ¿Será esto posible?

Pese al aumento de la visibilidad del tema de las personas con discapacidad en

la agenda pública regional y de los avances en el reconocimiento jurídico de sus

derechos, su situación en América Latina sigue caracterizándose por una

profunda desigualdad, que se muestra en grandes brechas socioeconómicas

que sitúan a este grupo de población en una condición de vulnerabilidad social

que demanda acciones integrales y sustentadas en una férrea voluntad política.

Un informe del Secretario General de las Naciones Unidas sobre el grado de

Page 25: Conferencia 3er Congreso Continental RBC

cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM) para las

personas con discapacidad revela que 426 millones de ellas viven por debajo del

umbral de la pobreza en los países en desarrollo, y suelen representar entre el

15% y el 20% de la población pobre más marginada de estos países. Existe

también evidencia de que su participación en la fuerza laboral es inferior a la de

las personas sin discapacidad, y la UNESCO en el año 2009 estima que más del

90% de los niños con discapacidad de los países en desarrollo no asiste a la

escuela. (14)

La CEPAL durante su último período de sesiones, celebrado en Brasil en 2010,

ha procurado dimensionar este problema mediante un documento titulado “La

hora de la igualdad. Brechas por cerrar, caminos por abrir” (15). Allí se

fundamenta que las luchas sociales por la igualdad involucran dos dimensiones

en la política moderna: la primera se refiere a la eliminación de privilegios y la

concretización de la igualdad de derechos de todas las personas, es decir, a la

cuestión de los derechos y al papel del poder judicial para garantizarlos. La

segunda dimensión se refiere a la distribución de recursos en la sociedad, que

permite que todos los miembros ejerzan efectivamente sus derechos y nos

remite a la justicia social y a una estructura socioeconómica y política que la

promueva. “Este es un gran desafío pendiente en esta región, donde las brechas

de equidad son, y han sido, las mayores del mundo” (15). Los datos que se

exponen en este documento demuestran que el desafío, en el caso de las

personas con discapacidad, es aún mayor.

Ahora bien, si esperamos que un Estado cuyo éxito se mide por el crecimiento

económico y no por el desarrollo humano de sus ciudadanos tome la iniciativa y

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establezca la legislación y políticas de arriba hacia abajo es muy poco probable

que se logre algo, puesto que implicaría una auto-transformación cambiando el

centro del PBI a la persona humana. Es necesario impulsar esta transformación

desde la base, de abajo hacia arriba y luchando en dos frentes: contra la

resistencia del Estado y contra los mitos y conceptos erróneos que hacen que la

población y las propias familias se resignen a la exclusión de las personas con

discapacidad; y es aquí donde la estrategia de Rehabilitación Basada en la

Comunidad, con sus componentes en salud, educación, subsistencia, social y el

muy importante componente transversal de fortalecimiento ha mostrado su valor

estratégico para impulsar el cambio desde las bases, logrando la concienciación

de la colectividad, la potenciación de la organización de las PCD y la acción legal

que ha generado en distinto grado el establecimiento de los organismos en los

gobiernos locales y nacionales así como la dación de leyes y políticas en favor

de las personas con discapacidad.

El estudio económico político muestra que, así como el fenómeno social más

distintivo del modelo de producción denominado industrialización por sustitución

de importaciones fue la marginalidad, el que caracteriza a la forma que ha

adoptado el capitalismo en los últimos años, que se sustancia en una economía

de libre mercado, abierta al mundo y con un Estado “mínimo”, es la

vulnerabilidad social. (14, Pizarro, 2001).

Es importante comprender que el avance en la concepción de los derechos de

las personas, nos sitúa al inicio del siglo veintiuno, en la necesidad de una

transformación social que para realizarse debe superar milenios de estructuras

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sociales y sistemas de Estado basados en el interés económico, privilegios y

exclusión, manteniendo a la persona humana y sus derechos en un segundo

plano.

Los siguientes gráficos (Figuras 2-5), tomados de “Las personas con

discapacidad en América Latina: del reconocimiento jurídico a la desigualdad

real. CELADE/CEPAL 2011 (14), nos permiten apreciar los avances y las

limitaciones en la región. Estos avances son, en gran parte, producto del

esfuerzo desplegado en la aplicación de la RBC. Una limitación fuerte es la falta

de información estadística confiable y comparable sobre la situación de las

personas con discapacidad en nuestros países; por ello, la ONU recomendó en

2009 “instar a los gobiernos a que lleven a cabo encuestas sobre la situación de

las personas con discapacidad en relación con los Objetivos de Desarrollo del

Milenio y con obstáculos específicos para esas personas que impidan su

consecución” (15).

Figura 2

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Figura 3

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El análisis de la inclusión de las personas con discapacidad en las constituciones

de los países de América Latina muestra que 17 de ellos poseen en sus cartas

magnas al menos un artículo que las alude, ya sea exclusivamente o junto a

otros grupos de personas. Los únicos que no poseen un artículo específico son

Chile (1980), Costa Rica (2001) y Haití (1987). Los países que contemplan un

mayor espectro de derechos específicos para las personas con discapacidad

son el Ecuador (2008), el Estado Plurinacional de Bolivia (2009) y el Brasil

(2009).

Page 31: Conferencia 3er Congreso Continental RBC

A modo de conclusión

Aunque los instrumentos internacionales de los derechos humanos han

establecido un nuevo paradigma sobre la discapacidad, orientado hacia la

interacción de una limitación con la capacidad social de darle respuesta; y el

marco legal de los países de la región se ha hecho eco mayoritariamente de esta

nueva concepción y existe una institucionalidad a cargo de las personas con

discapacidad bastante sólida y con atribución de responsabilidades políticas, la

desigualdad que las afecta sigue representando una problemática aguda, que

demanda análisis y acciones estructurales, dado que la vulnerabilidad social en

que se encuentran amplios sectores de la población bajo este modelo de

producción centrado en las finanzas que caracteriza a las sociedades

capitalistas contemporáneas exige una mirada integral y la apuesta por el

consenso y la defensa de derechos humanos, capaces de generar una

solidaridad internacional entre grupos explotados, oprimidos o excluidos.

Los obstáculos que deben derribar estas acciones estructurales son muchos y

muy fuertes. “Además de los intereses del poder económico y político

comprometidos con este modo de estructuración social, en el caso de las

personas con discapacidad también deben enfrentarse “la ignorancia, el

abandono, la superstición y el miedo [que] son factores sociales que a lo largo

de toda la historia [las] han aislado… y han retrasado su desarrollo” (Naciones

Unidas, 1994, párrafo 3), y lo siguen haciendo. La estrecha relación entre

discapacidad y pobreza no ha logrado abordarse apropiadamente; la igualdad

de oportunidades solo se ha alcanzado a nivel normativo, “pero no en los

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resultados y ciertamente no en las estructuras sociales que alimentan la

discriminación, la segregación y la exclusión”” (15)

Cambiar esta realidad no será fácil. Superar milenios de estructuras sociales y

sistemas de Estado basados en el interés económico, privilegios y exclusión,

manteniendo a la persona humana y sus derechos en un segundo plano

demandará recursos, capacitación de personal, la decisión de abrir espacios

para la participación de las propias personas con discapacidad y sus

organizaciones, esfuerzos de coordinación entre las diferentes áreas y

organismos del Estado vinculados con el tema y la voluntad política para

canalizar todas estas energías. Aquí la importancia y trascendencia de la

Rehabilitación Basada en la Comunidad. Pero aún esta confluencia de factores

no asegura la consecución de estos propósitos, y menos aún de las metas más

amplias: sociedades que incluyan, igualen y no discriminen a las personas con

discapacidad.

La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad expresa

ese espíritu de transformación del Estado y la sociedad a fin de construir una

sociedad inclusiva, capaz de garantizar el derecho al desarrollo a todas las

personas en su diversidad y especificidad, demanda un compromiso por la

transformación del Estado y la sociedad en un Estado y una sociedad inclusivos,

verdaderamente democráticos, donde el Derecho al Desarrollo humano y social

esté garantizado para todas las personas y poblaciones. La brega por su

aplicación converge con la Declaración sobre el Derecho al Desarrollo y

encuentra en la estrategia de la RBC un valioso instrumento para la

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transformación que propone. Así, la RBC se constituye no sólo en una estrategia

a favor de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

sino que ambas contribuyen a sentar las bases para una transformación del

Estado y la Sociedad de gran trascendencia para el futuro de la humanidad en la

perspectiva de cambiar milenios de exclusión por un futuro de inclusión.

Referencias

1. OMS. Guias para la RBC. Folleto Introducción. 2012.

2. ONU. Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y

Protocolo Facultativo. 2006. En línea:

http://www.un.org/disabilities/documents/convention/convoptprot-s.pdf

3. ONU. Declaración sobre el Derecho al Desarrollo. Adoptada por la Asamblea

General en su resolución 41/128, de 4 de diciembre de 1986. En línea:

http://www2.ohchr.org/spanish/law/desarrollo.htm

4. Rosental - Iudin. Diccionario Filosófico. Ediciones Universo. Lima, 1980.

5. Wikipedia. Democracia ateniense. En línea:

http://es.wikipedia.org/wiki/Democracia_ateniense

6. Wikipedia. Juramento Hipocrático. En línea:

http://es.wikipedia.org/wiki/Juramento_hipocr%C3%A1tico

7. ONU. Convención sobre la Esclavitud. Firmada en Ginebra el 25 de

septiembre de 1926. En línea:

http://www2.ohchr.org/spanish/law/esclavitud.htm

Page 34: Conferencia 3er Congreso Continental RBC

8. ONU. Convención suplementaria sobre la abolición de la esclavitud, la trata

de esclavos y las instituciones y prácticas análogas a la esclavitud. 1956. En

línea: http://www.derhuman.jus.gov.ar/pdfs/

9. Olympe de Gouges: “Declaración de los derechos de la mujer y de la

ciudadana” (1791), culturamas. En línea:

http://www.culturamas.es/blog/2012/09/ 07/declaracion-de-los-derechos-de-

la-mujer-y-de-la-ciudadana-1791-por-olympe-de-gouges/

10. ONU. 1948. La Declaración Universal de los Derechos Humanos. En línea:

http://www.un.org/es/documents/udhr/law.shtml

11. ONU Asamblea General. Res 41/128, 1986. Declaración sobre el derecho al

desarrollo. En línea: http://www2.ohchr.org/spanish/law/desarrollo.htm

12. Smith, Adam. 1776. An Inquiry into the Nature and Causes of the Nations

Wealth [Una investigación sobre la naturaleza y causas de la riqueza de las

naciones]. 1. Tecnos Editorial S. A. p. 94. En línea:

http://en.wikisource.org/wiki/The_Wealth_of_Nations/Book_I/Chapter_8.

13. OMS. 63ª Asamblea Mundial de la Salud. Res. A63/10. Abril 1de 2010.

14. Stang Alva, Ma. Las personas con discapacidad en América Latina: del

reconocimiento jurídico a la desigualdad real. CELADE/CEPAL. Serie

Población y desarrollo N° 103. Santiago de Chile, Abril de 2011. En línea:

http://www.eclac.org/publicaciones/xml/6/43186/lcl3315-P.pdf

Page 35: Conferencia 3er Congreso Continental RBC

15. CEPAL. 2010. La hora de la igualdad: Brechas por cerrar, caminos por abrir.

33° Período de Sesiones. Brasilia, junio de 2010. En línea:

http://www.eclac.cl/publicaciones/xml/0/39710/100604_2010-114-SES.33-

3_La_hora_de_la_igualdad_doc_completo.pdf