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Orden Jurídico, Cultura de la Legalidad y Educación en México

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Orden Jurídico, Cultura de laLegalidad y Educación enMéxico

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México 2009.

Orden Jurídico,Cultura de la Legalidad yEducación en México

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CRÉDITOS

COORDINADOR DE LA OBRAEDUARDO DE JESÚS CASTELLANOSHERNÁNDEZ

APOYO DOCUMENTAL Y COMPILACIÓNMARCO ANTONIO GARFIAS AGUILARERNESTO REYES CADENATHANIA CORAL SALGADO PONCEMARCELA ÁBREGO AGUIRRE

DISEÑO Y FORMACIÓN EDITORIALJOSÉ AMAYA HERNÁNDEZ

ROCÍO MIRANDA CALIXTOMARÍA DE LA LUZ RAMÍREZMANRÍQUEZ

Orden Jurídico, Cultura de laLegalidad y Educación enMéxico

Primera edición, julio de 2009

© 2009

SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN

DIRECCIÓN GENERAL DE COMPILACIÓN Y

CONSULTA DEL ORDEN JURÍDICO NACIONAL

http://www.gobernacion.gob.mxhttp://www.ordenjuridico.gob.mxhttp://www.bancosjuridicos.gob.mx

DERECHOS RESERVADOS CONFORME A LA LEY

ISBN: en trámite

La edición consta de XX ejemplares

Impreso en México/Printed in Mexico

Bucareli No. 99, Col. Juárez,Del. Cuauhtémoc, CP. 06600, México, DF.

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FERNANDO FRANCISCO GÓMEZ MONT

URUETASecretario

GERÓNIMO GUTIÉRREZ FERNÁNDEZSubsecretario de Gobierno

MANUEL MINJARES JIMÉNEZSubsecretario de EnlaceLegislativo

DANIEL FRANCISCO CABEZA DE VACAHERNÁNDEZSubsecretario de AsuntosJurídicos y Derechos Humanos

ALEJANDRO POIRÉ ROMEROSubsecretario de Población,Migración y Asuntos Religiosos

IRMA PÍA GONZÁLEZ LUNA CORVERASubsecretaria de Normatividadde Medios

MANUEL RODRÍGUEZ ARREGUIOficial Mayor

Directorio de la Secretaría deGobernación

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Presentación

Page 6: Completo orde n%20juridicobaja

E ntre las características del proceso

de consolidación democrática de México

destaca el impulso a la legalidad como una

política de Estado por los tres órdenes de

gobierno sustentada en instrumentos progra-

máticos integrales, progresivos y evaluables.

El Plan Nacional de Desarrollo 2007–2012

prevé como su objetivo nacional 11 el fomen-

tar el desarrollo de una cultura de la legalidad

conforme a la estrategia 11.1: reforzar el

diseño e impartición de programas educativos

para la población orientados a reforzar la

cultura cívica, el apego a la legalidad y el

conocimiento del Derecho.

Esta estrategia se basa en una campaña

permanente de revalorización de la cultura

de la legalidad en las diversas actividades y

manifestaciones de la sociedad en las que

el Estado participa con su planeación, orien-

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Orden Jurídico,Cultura de la Legalidad y...

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tación, tutela, control así como en aquellas

en colaboración con los sectores privado y

social, campaña que significa la revisión de

contenidos de difusión y comunicación espe-

cíficos para grupos de población destinatarios

de programas de educación en la legalidad.

En esta movilización se retoman expe-

riencias tanto de los órdenes de gobierno

como de la sociedad civil, en cuya prepara-

ción y aplicación se identifican ya los aspec-

tos definitorios de la política nacional para

la legalidad: publicidad del orden jurídico

nacional, impulso de los derechos humanos

y del principio de legalidad en los actos de

gobierno y democratización de la sociedad.

A partir de estos supuestos operativos

fundamentales, en el campo educativo se

desarrollan proyectos que establecen ya las

bases para la legalidad como un pilar del

sistema educativo nacional junto con los

contenidos formales por grado y nivel de

estudios, valores cívicos e identidad cultural,

pilar que está, por su parte, en armonía

con los principios del artículo 3o de la

Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos.

De ahí la importancia de articular políti-

cas educativas viables que involucren ele-

mentos normativos, éticos y formativos para

operar líneas estratégicas congruentes con

los objetivos nacionales en su contexto par-

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ticular, pero con una visión totalizadora

del Estado democrático de Derecho como el

entorno posibilitador de una sociedad plural,

tolerante, incluyente y de mejores oportu-

nidades individuales y sociales.

La Secretaría de Gobernación tiene a su

cargo la aplicación de la política federal de

difusión del orden jurídico y cultura de la

legalidad por disposición legal y reglamen-

taria, conforme a los objetivos establecidos

por el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012

y el Programa Sectorial de Gobernación

2007-2012, que tiene como objetivo secto-

rial 6 Impulsar la actualización, adecuación y

difusión del orden jurídico nacional, y señala

expresamente como propósito recuperar

la confianza social en nuestras instituciones.

Con ese motivo, se presenta esta publi-

cación con cuatro puntos de vista: desde el

ámbito federal, como el tema “Cultura de

la Legalidad y Educación” del licenciado

Ciro Mayen Mayen, Coordinador Nacional de

Estrategia de Educación Básica, de la Secre-

taría de Educación Pública; el local, con

“Cultura de la Legalidad en el Poder Judicial

del Estado de Nuevo León”, del licenciado

Mauro Zacarías Casimiro, Director Ejecu-

tivo del Consejo de la Judicatura del Estado

de Nuevo León; e “Incentivos y Desincentivos

para la Legalidad”, del doctor Francisco

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Javier Rivas Rodríguez, Subdirector Acadé-

mico del Centro de Cultura de la Legalidad,

Gobierno del Estado de Baja California, y la

academia, con la investigación “Orden Jurí-

dico, Cultura de la Legalidad y Educación en

México”, del maestro Antonio López Ugalde,

Coordinador del Centro de Investigaciones

Miguel Villoro, Universidad Iberoamericana,

que en su título refleja el tema general de

esta obra.

Con la reunión de estos temas y su varie-

dad de enfoques y ámbitos de actividad de sus

autores e instituciones, la Secretaría de

Gobernación proporciona al público en gene-

ral y a las áreas de planeación educativa

públicas y privadas, un material de consulta

accesible e informado que, sin duda, será

referencia necesaria en la construcción de

políticas de enseñanza que tengan en la lega-

lidad su fundamento y objetivo, hacia el

país más justo y democrático al que aspi-

ramos.

SUBSECRETARÍA DE

ASUNTOS JURÍDICOS Y

DERECHOS HUMANOS

DIRECCIÓN GENERAL DE

COMPILACIÓN Y CONSULTA DEL

ORDEN JURÍDICO NACIONAL

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Orden Jurídico,Cultura de la Legalidad yEducación en México

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NOCIONES SOBRE LA

CULTURA DE LEGALIDAD

La cultura de la legalidad es transversal a la estructura básica

que conforma el sistema social. John Rawls dice que, por estruc-

tura básica de una sociedad debemos entender: “la manera en que

las más importantes instituciones sociales encajan unas en otras

en un sistema, y cómo asignan derechos y deberes fundamentales

y dan forma a la división de las ventajas que se obtienen mediante

la cooperación social” (1995b, 243).

La cultura de la legalidad es, por ende, un concepto diverso

de significación múltiple (SÁNCHEZ CORDERO, 2000-2001, página 36).

Cuyo sustento conceptual ha sido desarrollado en las teorías del

derecho y la política, conforme a éstas: “el imperio de la ley y

su obediencia por parte de todos los ciudadanos de la participa-

ción ciudadana a las normas e instituciones es lo que da lugar a

la cultura de la legalidad” (SÁNCHEZ CORDERO, 2000-2001, página 35).

La cultura de la legalidad es también campo de estudio de la

antropología, la sociología y la pedagogía, disciplinas que estudian

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MAESTRO CIRO MAYÉN MAYÉNCoordinación Nacional de

Estrategia para la Educación Pública

Cultura de la Legalidad yEducación

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igualmente el comportamiento de los individuos en el marco de

un orden jurídico consensuado participativamente entre los ciu-

dadanos.

Podría decirse que cultura de la legalidad es también: el cono-

cimiento que los ciudadanos tienen de las partes más esenciales

de las leyes; de la voluntad que expresan claramente para respe-

tar las leyes aprobadas por ellos mismos a través de sus institu-

ciones; de la existencia y funcionamiento correcto de órganos

de control por parte de los poderes de la Unión; de la eficacia de

sanciones por violaciones a las leyes y la validez de un proceso

de defensa de causados y quizás lo más importante, de la subsis-

tencia de un sistema para cambiar las leyes que nos rigen. (JOHN

RAWLS, 1995, FCE, página 326)

“La(…) característica de un pueblo democrático: es la razón de sus

ciudadanos, de aquellos que comparten la calidad de ciudadanía

en pie de igualdad. El sujeto de su razón es el bien del público: lo

que requiere la concepción de la justicia de la estructura básica de

la sociedad, de las instituciones, y de los propósitos y finalidades a

los que deben servir.” (JOHN RAWLS, FCE, página 204)

La cultura de la legalidad es pues uno de los rasgos medulares

de una sociedad justa y bien ordenada.

Luigi Ferrajoli, opina que el principio de legalidad es “la fuente

de legitimación de las normas jurídicas vigentes y por otra parte de

las válidas, es efectivamente constitutivo del moderno derecho

positivo y al mismo tiempo del moderno Estado de Derecho”

(SÁNCHEZ CORDERO, 2000-2001, página 35).

El derecho positivo sostiene la idea de que son los seres huma-

nos quienes construyen el sistema jurídico, y por tanto es de la

sociedad de donde procede éste y no de la naturaleza como lo

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postula el iusnaturalismo. El Derecho Positivo tiene como base la

teoría normativa propuesta por Kelsen que se basa en la jerar-

quización de la ley, dicha teoría estudia tanto las formas jurídicas,

como el impacto que éstas tienen en una sociedad determinada.

En consonancia con las premisas del Derecho Positivo, el

Estado de Derecho de una sociedad democrática es una construc-

ción social de ciudadanos libres y responsables con pleno conoci-

miento y respeto a las leyes que emanan de la misma voluntad

ciudadana. El Estado de Derecho se finca en la antigua idea de

que el gobierno de las leyes siempre será mejor que el gobierno

de los hombres y su plena eficacia lo constituye el desarrollo insti-

tucional de la sociedad.

La soberanía y la suprema autoridad de la ley son caracterís-

ticas esenciales en un Estado de Derecho. En una democracia, la

soberanía reside originariamente en la voluntad ciudadana y esta

la externa explícitamente a través de una ordenación normativa.

De suerte que, la autoridad del gobierno sólo puede realizarse

siguiendo leyes escritas, las cuales deben haber sido acogidas

mediante un procedimiento legalmente establecido. Dicho en

otras palabras, no cualquier Estado ni cualquier Derecho consti-

tuyen un Estado de Derecho; únicamente, aquel Estado controlado

por el Derecho legitimo, tengamos presente que el rasgo principal

del Estado de Derecho es el principio de legalidad igualmente

conocido como “Imperio de la ley”.

En un orden normativo su cúspide es la Constitución, de

modo que en la pirámide jurídica, el principio de la legalidad fluye

a los poderes públicos y se transmite a los agentes de la autoridad,

impregnando sus acciones de seguridad jurídica que repercute

en los gobernados, es decir el pueblo (TENA, 1989, página 10). Cons-

titucionalismo y democracia se afirman mutuamente (ELSTER, 1999,

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página 219). Porque el Estado de Derecho no sólo respalda la exis-

tencia de la democracia sino que garantiza su consolidación. La

democracia, conduce a la búsqueda de instrumentos y herramien-

tas normativas que permitan que está perdure. La construcción

de una cultura de la legalidad es fundamental porque permite pro-

teger los principios de una sociedad democrática.

El principio de legalidad también se encuentra intrínsecamente

ligado a la legitimidad, el cual es un término que nos refiere a

la capacidad de que la ley sea acatada sin que la autoridad tenga

que recurrir a la coacción. En términos políticos podría decirse que,

la legitimidad es la capacidad que permite ejercer el poder sin

necesidad de recurrir a la violencia. Al proceso mediante el cual

una autoridad obtiene legitimidad se le llama legitimación.

La legitimidad tiene la función de transformar una relación

de fuerza en una relación de derecho. (BOBBIO, 1984, 24). El buen

gobierno es aquel que gobierna con base en las leyes (BOBBIO,

1984, 26). El poder legitimo se distingue del poder de hecho en

cuanto que es un poder regulado por normas.

La legitimación del poder plantea que una norma para ser

válida debe también ser justa (BOBBIO, 1984, 31). Los principios de

justicia asignan derechos y deberes y determinan la correcta dis-

tribución de los beneficios y responsabilidades que conlleva la

vida en sociedad. De modo que los principios de justicia social

deben regir el comportamiento de las instituciones.

Para Rawls las instituciones constituyen un sistema público

de reglas que precisan cargos y posiciones con sus derechos, debe-

res y poderes. Asimismo, sostiene que lo justo o injusto no es el

objeto abstracto, sino la realización de acciones, ubicadas en un

tiempo y un lugar determinado.

Los principios de justicia se aplican a aquellas instituciones

con bases comunes para determinar las expectativas de cada indi-

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viduo que las conforma. La cultura de la legalidad, es por lo

tanto una característica esencial de los individuos que viven en

un Estado justo y ordenado: una persona que toma parte de una

(institución) sabe lo que las normas exigen de ella y de los

demás. Sabe también que los demás saben esto y que a su vez

saben que esta persona lo sabe y así sucesivamente.

Uno de los principios fundamentales del Estado moderno sos-

tiene que los derechos y deberes establecidos por las principales

instituciones de la sociedad, constituyen un esquema de liberta-

des básicas (RAWLS,1995, página 274). Las libertades básicas son

una familia de libertades y es el conjunto de éstas la que tiene

prioridad, y no únicamente una libertad por sí misma. Además,

estos principios están por encima de todas las diferencias econó-

micas y sociales reconocidas dentro de un Estado.

El Estado democrático es frágil e inestable puesto que la

forma de organización política democrática es hasta cierto punto,

indeterminada con respecto a las posiciones que los participantes

ocupan en todas las relaciones sociales (SARTORI, 1988, 96).

Por ello, para Adam Przeworski, es indispensable que la demo-

cracia se sustente en instituciones, “que hagan improbable que el

proceso político competitivo tenga unos resultados sumamente

adversos a los intereses de todos, dada la distribución de los recur-

sos económicos, ideológicos y organizativos” (SARTORI, 1988, pá-

gina 96).

La democracia nunca es sencillamente el gobierno del

pueblo, sino siempre el gobierno del pueblo por ciertos canales

preestablecidos, de acuerdo con ciertos procedimientos prede-

terminados, siguiendo ciertas normas electorales prefijadas y

sobre la bases ciertos distritos electorales trazados con anterio-

ridad. [...] la democratización limitada sirve a la continuación del

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gobierno democrático (ELSTER, 1999, páginas 252-253). Una demo-

cracia sin límites está condenada al fracaso.

Los estados democráticos para consolidarse, fortalecerse y

perdurar, requieren de una sólida cultura de la legalidad, indepen-

dientemente de las múltiples condiciones de tensión que son

intrínsecas a su naturaleza plural y participativa.

REFERENCIAS HISTÓRICAS

Luego de muchos siglos el hombre político aprendió que la sociedad

justa, aquella que le otorga y garantiza sus derechos individuales,

depende de la existencia de límites impuestos a los detentado-

res del poder en el ejercicio de éste.

Sólo a través de los años se ha ido reconociendo que la mejor

manera de alcanzar este objetivo será haciendo constar los frenos

que la sociedad desea imponer a los detentadores del poder en

forma de un sistema de reglas fijas ―la Constitución― destinadas

a limitar el ejercicio del poder político. La Constitución se convirtió

así en el dispositivo fundamental para el control del proceso del

poder (LOEWENSTEIN, 1976, página149).

El Constitucionalismo Republicano, arquetipo clásico para

todos los tiempos del Estado Constitucional, no estructurado nece-

sariamente como democracia plena, se desintegró en las guerras

civiles de los primeros siglos antes de Cristo y desapareció bajo

el dominio monárquico del César en Roma.

Sin embargo, la influencia del Constitucionalismo Republi-

cano se perpetuó, más, de una manera simbólica que de hecho,

en el dogma de la lex regia, según el cual el dominio absoluto

del monarca tenía su fuente originaria en la delegación del poder

político del pueblo en el emperador (LOEWENSTEIN, 1976, páginas

156-157).

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Durante los años posteriores a la caída de Roma hasta finales de

la Edad Media, las disposiciones del Papado, el Imperio y los seño-

res feudales eran las leyes que sujetaban la voluntad de los vasa-

llos. Hasta que este tipo de autoritarismo fue superado por los

estados absolutos gobernados por los reyes. La segunda etapa

del constitucionalismo podría decirse que comenzó con la revo-

lución puritana en el siglo XVII en Inglaterra y con sus repercusiones

en la independencia de las colonias inglesas en América, un siglo

más tarde.

Los ingleses lograron el establecimiento del Derecho consue-

tudinario en su orden jurídico, y la convicción popular les otorgó

tanta solemnidad como Constitucional formal que desde entonces

persiste en Inglaterra la orgullosa tradición de un Estado consti-

tucional sin constitución escrita, a la fecha Inglaterra y Nueva

Zelanda son los únicos Estados, dignos de este nombre, que pueden

prescindir de ella (LOEWENSTEIN, 1976, páginas 158-159). De manera

que no es una coincidencia que las ideas predominantes del Estado

de Derecho estén relacionadas a las teorías liberales surgidas en

Inglaterra.

La doctrina liberal surgió como una necesidad de la clase

media (LASKI, 1988, página 204) en contra de la regulación y opresión

del gobierno feudal, para que su principal exigencia, el derecho

a la propiedad privada pudiera llevarse a cabo. De esta forma se

inició una prolongada y constante lucha para acceder al poder, para

ello tuvo que enfrentar al antiguo régimen y vencer los nacientes

movimientos conservadores que sostenían que el liberalismo lleva-

ría al Estado a la completa anarquía.

El constitucionalismo y la construcción del Estado de derecho

continuó en los Estados Unidos, país en el que surgió con fuerza

la idea de conjuntar los valores democráticos con la tradición

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constitucionalista. Jefferson y Paine, celebres constitucionalista

estadounidenses, defendieron ante todo las libertades individuales:

se revelaron en contra de otorgarle el poder a la legislatura y de

anular las libertades personales consagradas en la Declaración

de Derechos (ELSTER, 1999, página 224). Y sin embargo, fueron

entusiastas demócratas al proclamar que: “los pueblos son amos de

sus propias personas y, por consiguiente, pueden gobernarlas

como gusten (ELSTER, 1999, página 226).

Dentro del sistema americano, el titular de la soberanía es

el pueblo o la nación. Ese titular originario de la soberanía hizo

uso de tal poder cuando se constituyó en Estado jurídicamente

organizado, con ese fin expidió su ley fundamental: la Constitu-

ción, consignando la forma de gobierno, y los poderes públicos con

sus respectivas facultades. Además, reservo para los individuos

cierta zona inmune a la invasión de las autoridades. Asimismo, el

titular originario de la soberanía, subsumió en la Constitución su

propio poder soberano.

La aportación estadounidense en el debate político y consti-

tucionalista de 1787 sin duda, influyó en las teorías modernas de

la democracia y del liberalismo, que a su vez influenciaron los

procesos de conformación de los Estados independientes de América

Latina particularmente a México.

Cabe puntualizar que la cultura de la legalidad no proviene

únicamente de la tradición política anglosajona, sin embargo la

aparición de circunstancias excepcionales en Inglaterra, favore-

cieron la trasformación de la monarquía absoluta en una monarquía

constitucional, haciendo de esta tradición un referente histórico

obligado para explicar su origen. Otro factor en la caída del régi-

men absolutista y la aparición del Estado de Derecho y la cultura

de la legalidad fue la revolución francesa de 1789.

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La cultura de la legalidad y el Estado de Derecho podría afir-

marse que son herencia de la rica tradición tanto del constitucio-

nalismo como del liberalismo político, el primero contribuyo

poniendo límites a quienes detentar el poder y el segundo, desta-

cando la preeminencia de la libertad y los derechos de los individuos

en el proceso de construcción de un Estado democrático.

LA ILEGALIDAD TOLERADA

En contraste con los principios que dieron origen a la cultura de

la legalidad, en nuestro país prevalecieron desde el siglo XIX

hasta nuestros días, una serie de usos y costumbres que toleran

la ilegalidad tanto de las autoridades constituidas como de los

ciudadanos, en una serie de manifestaciones muy conocidas.

“ejercicio patrimonialista del poder y la correspondiente red de rela-

ciones clientelares […] expresadas en una privatización del espacio

público, alentando una cultura de la secrecía que derivo en un pro-

fundo distanciamiento entre gobierno y sociedad. Las consecuencia:

una ciudadanía a la que no se le reconocía su mayoría de edad polí-

tica,” (VALENZUELA, 2004, página 144).

Consiguientemente, “la racionalidad de la corrupción y la dis-

crecionalidad en la toma de decisiones y en el manejo de la infor-

mación púbica está anclada en la repetición de las antiguas

pautas culturales” (VALENZUELA, 2004, página 144). Los principales

lastres de la ilegalidad tolerada en nuestro país son la corrup-

ción, la impunidad, la violencia, la discriminación, el narcotráfico,

problemas que se han transformado al parecer, en una constante

de la vida pública de México.

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La Corrupción

Problema multifacético y complejo con distintas causas y efectos,

la corrupción va desde el caso aislado que alcanza a un solo servidor

público, hasta un fenómeno en el que participan redes y orga-

nizaciones que origina una serie de distorsiones en el funciona-

miento legal y ordenado de las instituciones.

El Banco Mundial define la corrupción, como: el abuso de poder

público en beneficio propio. Esta definición nos indica que quién

comete un acto corrupto está en una posición de poder y que está

recibiendo algún tipo de beneficio (ya sea monetario o no) que

no sea procedente o que simplemente es ilegal. Lo que necesi-

tamos añadir a esta definición es que la corrupción no sólo ocurre

en el sector público sino también en el privado (KLITGAARD, 1988).

Según Georgina Sánchez, “la corrupción no conoce fronteras

ni hace distinciones económicas e infecta todas las formas de

gobierno” (SÁNCHEZ CAMPOS, 2001, página 475). En el largo plazo,

ningún país puede soportar los costos sociales, políticos y econó-

micos de la corrupción, porque ésta erosiona la confianza pública

en las instituciones y conduce a anular la ley; distorsiona la distri-

bución de recursos y mina la competencia en los mercados; tiene

un efecto devastador en la inversión, el crecimiento y el desarrollo.

Más aún, la corrupción establece un costo descomunalmente alto

sobre los pobres, negándoles el acceso a los servicios vitales bási-

cos” (SÁNCHEZ CAMPOS, 2001, página 475).

La corrupción llega a florecer precisamente donde se incu-

ban las condiciones para ello, donde los servicios públicos y pri-

vados son deficientes y caros; donde la competencia por los

recursos escasos es nula; donde la inseguridad de las personas y

los bienes es elevada; donde la administración e impartición de

justicia está contaminada por la impunidad, pero, también,

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donde existe una precaria educación entre la población de un

país que relega los valores éticos y cívicos.

Los tipos de corrupción más comunes que observamos en el

país son: el soborno o “la mordida”, el nepotismo, la mal versación

de fondos y el desfalco, el fraude electoral, los permisos de asen-

tamientos humanos ilegales, la doble contabilidad para evitar la

imposición fiscal, el financiamiento ilegal a partidos políticos, el

desvió de recursos, la anulación ilícita de cargos criminales, las

licitaciones o asignaciones de contratos ilegales.

Una sociedad con problemas graves de corrupción suplanta el

acatamiento a las reglas formales e institucionales del Estado

por la sujeción a convenciones informales con lo cual se fomenta la

descomposición jurídica general por lo que se vuelve difícil dis-

tinguir lo legal de lo ilegal. Cuando la corrupción tiene lugar en las

altas esferas gubernamentales, el problema puede derivar en un

proceder generalizado en la ciudadanía de usos y costumbres tole-

rantes con la ilegalidad (UGALDE, 2002). Transparencia Mexicana

reporta que el índice que registra mayor incidencia en corrupción

se da: en los jefes de hogar jóvenes: 12.1 y Jefes de hogar con

mayor escolaridad: 11.8 (preparatoria) y 12.8 (universitarios). El

índice que registra menor incidencia son: Jefes de hogar mayores

de 50 años: 7.9 y Jefes de hogar con menores ingresos (de hasta

un salario mínimo): 8.9 De los datos mencionados se puede colegir

que son los jóvenes jefes de hogar y con un buen nivel de edu-

cación los que más recaen en actos de corrupción (Transparencia

mexicana, 2007, página 15).

La Violencia

Es un fenómeno definido por la organización mundial de la salud

como “el uso o la amenaza del uso de la fuerza física o el poder

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en contra de otra persona o de uno mismo o de un grupo, comu-

nidad o nación que resulte en heridas, daño a la salud o muerte

de las personas afectadas.

La violencia en México es un factor determinante de la deser-

ción escolar e incluso, una causa importante de muertes infan-

tiles. Miles de niños, niñas y adolescentes en México, crecen en

un contexto de violencia cotidiana que deja secuelas profundas

e incluso termina cada año con la vida de centenares de ellos.

Gran parte de esta violencia, que incluye violencia física, sexual,

psicológica, discriminación y abandono, permanece oculta y en

ocasiones, es aprobada socialmente. (PINHEIRO, Estudio sobre la

violencia…, UNICEF, 2009).

En México, la relación entre microsistemas adversos y la vio-

lencia se ejemplifican en los más comunes escenarios de violencia

intrafamiliar. La transformación de las estructuras familiares tradi-

cionales se relaciona con la mayor participación laboral de la

mujer en la sociedad moderna y, en su conjunto, se refleja en

efectos diversos en las condiciones de vida de los individuos durante

su desarrollo. Cuando los niños crecen sin padres o con la ausen-

cia de ellos; cuando presencian el alcoholismo y la drogadicción

de sus padres; cuando viven la violencia entre los padres y entre

los miembros de la familia, su desarrollo cognitivo y emocional

se ve coartado, asimilando el niño influencias negativas que podrían

fácilmente reflejarse en conductas similares, antisociales y vio-

lentas, en el futuro (SÁNCHEZ, 2001, página 475).

La impunidad acrecenta los daños sociales causados por la

violencia, ya que deja sin castigo a culpables de crímenes o delitos,

que afectan a individuos y grupos sociales, que se imponen en

forma repetida y dominante, generando incertidumbre a propó-

sito de la confianza en el proceso político jurídico.

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Como bien sabemos la impunidad en México es sobresaliente,

sólo por citar algunos de los ejemplos dolorosos para la sociedad

mexicana, tenemos: los casos de las muertas de Juárez, la desapa-

rición de periodistas y políticos, sucesos que han quedado sin resol-

verse, de esta manera nos podemos percatar de que la obediencia

a las leyes por parte de las autoridades y el ciudadano común es

todavía precario.

Discriminación

La discriminación es un fenómeno que ocurre en las relaciones

que se establecen entre diversos sectores sociales, cuyo origen

y principal característica es la opinión negativa que un grupo

tiene sobre otro (CONAPRED, 2008). Conforme al Artículo 4 de la

Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación (LFPED) se

entiende por discriminación: “toda distinción, exclusión o res-

tricción que, basada en el origen étnico o nacional, condiciones de

salud, embarazo, lengua, religión, opiniones, preferencias sexua-

les, estado civil o cualquier otra, tenga por efecto impedir o anular

el reconocimiento o el ejercicio de los derechos y la igualdad

real de oportunidades de las personas.

La discriminación en México, históricamente se ha caracteri-

zado por la acentuada presencia de la desigualdad, la pobreza y

la falta de una ciudadanía plena. Pero la importancia de la dis-

criminación no radica sólo en la extensión del fenómeno, sino en

la profundidad de sus efectos. Los costos de la discriminación

son enormes, variados y los pagan no sólo los propios grupos estig-

matizados, sino la sociedad entera.

Dichos costos incluyen: el atropello de derechos y libertades

fundamentales y la negación práctica de oportunidades de desarro-

llo para quienes son objeto de discriminación; las pérdidas eco-

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nómicas, producto del desaprovechamiento de los recursos y las

capacidades humanas de las personas y los grupos en situación de

vulnerabilidad; una creciente conflictividad y la fragmentación

social; la degradación misma de la democracia.

Y esto último porque la calidad de la vida democrática de

una nación depende crucialmente de las oportunidades efectivas

de desarrollo que ofrezca para todos los que en ella coexistimos.

El Narcotráfico

Aún en los Estados democráticos actúan los llamados “poderes

invisibles”. Son estos poderes invisibles los que dan cuenta de

zonas opacas de un “gobierno oculto” que no pocas veces trans-

grede la legalidad (Estado de Derecho) y actúa con una impuni-

dad y arbitrariedad que lastima las instituciones democráticas”

(VALENZUELA, 2004, página 145).

“Gobierno oculto”, “poderes invisibles” o “captura del Estado”

son escenarios que conspiran contra el orden democrático y son

riesgos que están ahí como amenaza de regresión de la democra-

cia que siempre es un orden quebrantable. El narcotráfico es sin

duda uno de estos “poderes invisibles” que ponen en riesgo la

estabilidad del Estado mexicano.

Una de las amenazas más serias a la seguridad nacional en

México hoy día es el narcotráfico. La razón no es difícil de entender:

Los cárteles han logrado infiltrar diversas instituciones del país; el

congreso, las cortes, los gobiernos estatales y municipales, orga-

nismos empresariales, policías y militares, entre otros. Según Esta-

dos Unidos el principal obstáculo para emprender la lucha eficaz

en contra del narcotráfico es la corrupción (SÁNCHEZ, 2001, de la

página 406 a la 407).

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Las víctimas son la sociedad, los ciudadanos, y las estructuras

que generan la cohesión social. Lo más preocupante hoy en día

es que hasta en la escuela ha hecho su arribo el narcotráfico.

En donde el consumidor o distribuidor es el propio alumno,

esto en buena medida, debemos reconocerlo, se debe al deterioro

de los valores sociales.

LA LEGALIDAD COMO

SUSTENTO DE LOS

ESTADOS MODERNOS

“México está inmerso en un proceso de transformaciones que no

puede ni debe detenerse. La consolidación democrática del país

está abriendo paso a una etapa de modernidad en diversas áreas de

nuestra vida económica, política y social. Como nunca antes, el

destino de nuestra nación dependerá de lo que los mexicanos ha-

gamos o dejemos de hacer” (Presidencia de la republica mexicana,

2007).

México requiere, con imperiosa necesidad, contrarrestar la

contracultura de la ilegalidad de manera urgente y definitiva.

Los costos de las prácticas ilegales van en detrimento de la libertad

de quienes viven en el Estado mexicano, obstáculos infranquea-

bles para el paso hacia la consolidación del Estado Moderno al

que aspiramos.

El Estado moderno concibe a sus ciudadanos como “personas

libres e iguales […] cada persona tiene igual derecho a un esquema

pleno de libertades básicas iguales que sean compatibles y comu-

nes, un sistema de libertades para todos” (RAWLS, 1995b, página

271).

Bajo esta concepción el Estado deja de ser la jaula invisible

que hace cautivo a todo el que nace dentro de él, la cadena legi-

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tima de quien renuncia a su libertad a favor de vivir en sociedad.

El componente esencial de un Estado moderno son sus ciudadanos.

En la medida que la cultura de la legalidad impere en las estruc-

turas básicas de la sociedad, el Estado, no podrá más que cumplir

con su principal función: garantizar la convivencia social armó-

nica, los derechos de propiedad, la igualdad de oportunidades y

los derechos humanos. Pues son precisamente los ciudadanos

quienes lograrán la construcción y manutención del Estado (AC-

KERMAN, 1993).

Convivencia SocialArmónica

La convivencia armónica requiere de amplios niveles de confianza;

la confianza está sujeta directamente a patrones de previsibilidad

respecto a la conducta humana. La previsibilidad se obtiene con

el acatamiento de las normas jurídicas por parte de todos los

ciudadanos que conforman al Estado.

“Los principios generales de un sistema jurídico tienen que ser apli-

cables a todas las actividades para cumplir con las condiciones

esenciales que las caracterizan: certidumbre y previsibilidad”

(SÁNCHEZ CORDERO, 2000-2001, página 35).

Las condiciones que propician la convivencia armónica social,

suponen una concepción moral de las instituciones por parte de

los individuos que aceptan cumplir con sus obligaciones y deberes

tal como se encuentran definidas en las normas jurídicas (RAWLS,

1995, página 271). Los ciudadanos deben aceptar voluntariamente

el por qué de estas normas y poder aprovechar las oportunidades

que estas les confieren. Otro de los componentes esenciales para

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la convivencia social armónica, es la capacidad de los ciudadanos

para modificar el marco normativo según sus propias necesidades

y requerimientos a través del diálogo.

El ciudadano, es aquel individuo capaz de darse a entender

por los otros integrantes de la sociedad y que pueda, por tanto,

dialogar para decidir cuáles son las decisiones que se deben

tomar respetando el derecho a cada quien de buscar el bien que

subjetivamente establezca, declarándose con el mismo derecho

que los demás a buscar también su bien propio (ACKERMAN, 1993).

El diálogo debe propiciar la armonía de los ciudadanos y debe

tener en cuenta el respeto por los intereses y necesidades diver-

sas. Lo anterior conduce a la noción de cooperación y solidaridad

social, ésta “no significa simplemente una actividad social coordi-

nada, organizada eficiente y guiada por reglas reconocidas públi-

camente para lograr determinado fin general. La cooperación

social es siempre para beneficio mutuo, y esto implica […] una

noción compartida de los términos justos de cooperación. Los

términos justos de la cooperación articulan la idea de reciprocidad

y mutualidad” (RAWLS, 1995b, página 271).

Derechos de Propiedad

Cada sistema de propiedad queda sustentado y legitimado sobre

la reflexión filosófica de los supuestos metafísicos y universales

que les otorgan un fin y una dirección hacia la consecución de un

modelo ideal de sociedad; éstos son plasmados, finalmente sobre

bases jurídicas concretas que adecuan la teoría con las condiciones

históricas en cada sociedad, por medio de la creación e instru-

mentación de las instituciones. La propiedad ha sido fuente de

reflexión tan antigua como la sociedad misma, incluso parte de los

fundamentos de las corrientes ideológicas preponderantes durante

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todo el siglo XIX y el XX: el liberalismo político de Hobbes y Locke

y el socialismo marxista sentaron sus bases fundamentales en la

función histórica de la propiedad para construir los modelos ide-

ales (CASTAÑEDA, 2002, página 13).

El derecho a la propiedad ha gozado de tres atributos ―perso-

nales, temporales y espaciales― (CASTAÑEDA, 2002, página 16) los

cuales se dividen a su vez en dos polos antitéticos ―la propiedad

pública y en la propiedad privada―. La combinación entre estos

atributos le otorgan características particulares a los diferentes

sistemas de propiedad occidental que han existido a lo largo de

la historia.

La protección de la propiedad privada por parte del Estado

debe velarse como uno de los derechos fundamentales de los

seres humanos, tal como se plasma en la Declaración Universal

de Derechos Humanos en su artículo 17 el cual dice: toda persona

tiene derecho a la propiedad, individual y colectiva y nadie será

privado arbitrariamente de su propiedad (ONU, 2009).

La referencia al respeto que debe existir a los derechos de

propiedad, es otro de los componentes fundamentales en la cons-

trucción de una cultura de la legalidad. Desafortunadamente en

México, durante mucho tiempo, a prevalecido la idea de que la

propiedad colectiva tiene preeminencia sobre la propiedad indivi-

dual, cuestión que ha derivado en problemas económicos y políticos

muy fuertes.

Igualdad deOportunidades

Este principio se aplica a la estructura básica de la sociedad, distri-

bución del ingreso y la riqueza y a formar organizaciones que hagan

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uso de las diferencias de autoridad y responsabilidad o cadenas de

mando, no iguales pero sí ventajosas para todos sobre todo

“para los miembros menos privilegiados de la sociedad”. (RAWLS,

1995b, página 279).

Una justa igualdad de oportunidades supone que a las capaci-

dades y las habilidades similares deben corresponderles perspec-

tivas de vida similares, y que el deber de las instituciones políticas

y jurídicas consiste en mitigar las desigualdades sociales otor-

gándoles un piso común de oportunidades a los ciudadanos.

La igualdad de oportunidades no implica la igualdad de los

ciudadanos al margen de sus capacidades, sino.

“La promoción de una maximización de las expectativas, pero… que

no sea en detrimento de otro, sino que condiciona que esta maximi-

zación les sea favorable a los demás” (RAWLS, 1995a, de la página

455 a la 459).

Respeto a los DerechosHumanos

Un pilar del Estado moderno son los derechos de los humanos, los

cuales deben ser protegidos por el Estado de Derecho puesto que

en la medida que estos se garanticen se cumplirán las funciones

esenciales del propio Estado.

Los derechos humanos deben ser compartidos por igual a todo

individuo independientemente de su condición social o grupo al

que pertenezca. La pertenencia a la Organización de las Naciones

Unidas requiere que los Estados reconozcan la dignidad y los dere-

chos iguales e inalienables de la humanidad. El fomento a la cul-

tura de la legalidad, en mi opinión también está vinculado a

robustecer los derechos humanos en nuestro país.

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“Considerando que el desconocimiento y el menosprecio de los dere-

chos humanos han originado actos de barbarie ultrajantes para la

conciencia de la humanidad, y que se ha proclamado, como la aspi-

ración más elevada del hombre, el advenimiento de un mundo en

que los seres humanos, liberados del temor y de la miseria, disfru-

ten de la libertad de palabra y de la libertad de creencias” (ONU,

2009, Preámbulo).

La Educación

La política educativa del gobierno mexicano actual considera

que; “la sociedad requiere un México en el que haya leyes moder-

nas, suficientes, claras y sencillas que normen de manera efec-

tiva todos los ámbitos de la vida nacional, quieren que la ley se

cumpla y se haga cumplir. En suma, la sociedad exige un Estado

democrático de derecho, con una sólida cultura de la legalidad,

con certeza jurídica y seguridad para todos (Programa Sectorial

de Educación, 2007, página 43).

Por ello impulsa la consolidación de una administración ética,

eficaz, transparente y responsable, que rinda cuentas, combata

y castigue la arbitrariedad, la corrupción y la impunidad, que

abra espacios a la participación ciudadana y al escrutinio social.

La creación y consolidación de un sistema educativo nacional,

es imprescindible para que a través de éste se fomente la cultura

de la legalidad, se fortalezca la democracia y la creación de ciuda-

danía:

“La escuela ha de adoptar y enseñar la ética de la responsabilidad

y la participación. Igualmente, la formación de los niños y jóvenes

de acuerdo con los valores cívicos y éticos es la mejor manera para

que interioricen el trato igualitario entre hombres y mujeres, el

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respeto a todas las diferencias sociales, económicas, políticas, étnicas

y religiosas, así como para prevenir, encarar y resolver graves pro-

blemas de nuestro tiempo, como la drogadicción, la violencia, la

inequidad y el deterioro ambiental” (Programa Sectorial de Edu-

cación, 2007, página 10).

Ciertamente la escuela no es la única instancia educadora, ni

los logros educativos son únicamente su responsabilidad. Para

mejorar el rendimiento escolar de los alumnos, también resulta

decisiva la actuación de la familia, apoyando en la trasmisión de

valores y nuevos hábitos democráticos.

La UNESCO recomienda implantar mejores sistemas de gestión

de la información, orientar los métodos de contratación de docen-

tes y preparación del presupuesto, y capacitar a los funcionarios

de alto nivel. La idea es que un incremento de la capacidad estra-

tégica contribuirá a que el personal de los ministerios sienta

como propia la tarea de reconstruir los sistemas educativos y hacer-

los más duraderos.

El Programa Sectorial Educativo 2007-2012, propone incluir

en los planes y programas de estudios, contenidos y prácticas de

aprendizaje que contribuyan a consolidar en los alumnos una sen-

sibilidad ciudadana y una conciencia cívica responsable, inspirada

en los valores de las sociedades democráticas y los derechos huma-

nos, la igualdad de género y la no discriminación (Programa Sec-

torial de Educación, 2007, página 45).

De igual forma, reforzar el diseño e impartición de programas

educativos para la población, orientados a reforzar la cultura cívica,

el apego a la legalidad y el conocimiento del derecho (Programa

Sectorial de Educación, 2007, página 11).

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Las escuelas deben ser lugares en los que los niños de las más

diversas procedencias pueden aprender a convivir e interactuar

respetando la diversidad, de suerte que podamos acercarnos

cada vez a alcanzar una educación más integradora, basada en

los valores de la paz, la tolerancia y la no discriminación.

En la actualidad se llevan a cabo acciones y medidas para

recuperar y fortalecer la formación cívica y ética, la historia nacio-

nal y el respeto a los derechos humanos, el conocimiento y com-

prensión de nuestro entorno ecológico para conservarlo de mejor

manera.

Constituiría un complemento formidable agregar la partici-

pación de las familias, las organizaciones civiles, laborales, gre-

miales y religiosas, los partidos políticos, y especialmente los

medios de comunicación, a emprender y respaldar una campaña

permanente de revalorización de la cultura de la legalidad.

Formación Ética y Civismo

La Secretaría de Educación Pública es una institución interesada

en promover que se desarrollen los conocimientos, las actitudes

y las habilidades planteadas en los planes y programas de estudio

establecidos para cada nivel educativo. En la escuela mexicana,

desde la educación básica hasta la universitaria existe un énfasis

obsesivo en las reglas y reglamentos y muy poca preocupación

por fortalecer los valores de la libertad y el ejercicio de respon-

sabilidad personal. Es necesario recordar que la escuela no solo

imparte conocimientos sino que debe ser igualmente formadora

de carácter y creadora de valores en los individuos. (SÁNCHEZ,

2001, página 352).

Page 33: Completo orde n%20juridicobaja

Impulsar la formación cívica y ética desde la educación básica

es una tarea relevante a los retos de las sociedades contempo-

ráneas y las necesidades de la sociedad mexicana que demandan

el desarrollo de personas libres, responsables, capaces de convivir

y actuar de manera comprometida con el mejoramiento de la

vida social y el ambiente diverso y plural en que se desenvuelven.

La educación básica se orienta a que niños y jóvenes adquie-

ran los conocimientos, habilidades, valores y actitudes básicas y

necesarias para alcanzar una vida personal plena, actuar como

ciudadanos comprometidos y continuar aprendiendo a lo largo

de la vida.

El Papel de la Familia

En el siglo XX la familia, jugó un papel destacado como eje rector

de la cohesión social. Inculco valores nacionales caracterizados

por una sociedad que se entiende a sí misma con una “consis-

tencia propia natural” (SÁNCHEZ, 2001, página 24).

Hablar de la familia en la actualidad nos lleva a hablar de la

diversidad. Hoy las familias tienen una composición muy variada y

descansan en la relación interindividual, bajo la idea de que la

familia es ante todo un proyecto relacional que no hace referen-

cia necesariamente a lazos de sangre.

Las familias son importantes porque acompañan la evolu-

ción de los niños, en el proceso de escolarización, que es la vía

excelente para ir penetrando en otros ámbitos sociales. Los niños

reciben educación para que puedan ser autónomos y competentes,

emocionalmente equilibrados, capaces de establecer vínculos

afectivos satisfactorios, a lo largo de su vida.

La influencia de la familia es pues sumamente importante,

más no determinante, cabe la posibilidad que a pesar de que una

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persona que pertenezca a un ambiente donde predomine la violen-

cia y la delincuencia pueda, si recibe una formación en valores

alternativa, no convertirse inexorablemente en delincuente.

La aspiración del gobierno de la República es propiciar las

condiciones de vida deseables para que en los ámbitos familiares se

promuevan valores, respeto a las normas y las instituciones, además

de fomentar la responsabilidad social, en tales condiciones, será

mucho más difícil que una persona cometa actos delictivos, de

violencia o cualquier acción que transgreda o afecte la armonía

familiar y el Estado de Derecho.

El Papel de los Medios deComunicación

“Las transformaciones económicas, políticas y sociales del último

cuarto del siglo XX han tenido una profunda incidencia en la estructura

interna de los medios, en los públicos de los medios y por supuesto, en

los trabajadores de los medios. Estas transformaciones determinaran lo

que se perfilará como un cuerpo mediático mexicano de principios del

siglo XXI, mucho más complejo, hibrido y alejado de –sino es que con-

frontado con– las estructuras de poder político.

Emisores privilegiados de las normas, reglas y valores nacionales, los

medios han evolucionado dramáticamente desde 1976 cuando la parti-

tura de la cohesión social se escribía en los pinos y se ejecutaba en redac-

ción y estudios de radio y televisión” (SÁNCHEZ, 2001, 321).

De esa fecha hasta entonces las relaciones que se establecen

entre medios y gobierno es totalmente distinto.

En los medios comienza a vislumbrarse una nueva relación

entre los ciudadanos y los medios reproduciendo así los nuevos

valores nacionales, que sin duda estará siendo influenciado notoria-

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mente por la opinión de los medios, con toda la pluralidad y debate

de ideas que en ellos se presenta.

Cada vez son más y de mayor sofisticación y creatividad las

herramientas encausadas a la difusión de la cultura de la legalidad:

anuncios en medios masivos como televisión y radio; barra de

programas de televisión y radio que tratan temas legales; artículos

de revistas, periódicos e internet; foros, conferencias, semina-

rios, libros que poco a poco están siendo buscados por más per-

sonas ávidas de un conocimiento profundo y sustancial en materia

legal.

REFLEXIONES FINALES

Con sentido pesar, se debe reconocer que “una de las grandes con-

tradicciones que han marcado la historia del México contemporáneo

es la distancia entre el país real y el país formal” (VALENZUELA, 2004,

página 142). Es decir, gran parte de la normatividad que regula

las relaciones sociales son códigos formales no asimilados por la so-

ciedad que no se aplican en las relaciones sociales.

Entre la sociedad política la constante es el desconocimiento

de las reglas que norman esa interacción. Esta omisión conduce

fatalmente a la discrecionalidad, la opacidad, el autoritarismo y

la corrupción, males endémicos del Estado mexicano.

Construir una cultura de la legalidad en México supone tras-

formar el aprecio que los mexicanos tienen por la ley y las insti-

tuciones, de modo que podamos edificar nuevas costumbres y

valores. Adquiriendo la conciencia de que la mínima transgresión

a la ley tendrá repercusiones que trascienden los propios intereses

individuales. La educación es un elemento indispensable para

moldear nuevos patrones de conducta en los mexicanos.

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En las décadas más recientes se han logrado avances cruciales

en materia de transparencia, acceso a la información y rendición de

cuentas. Se crearon nuevas instituciones como la Comisión Nacional

de los Derechos Humanos (CNDH), el Instituto Federal de Acceso a

la información (IFAI). Sin embargo, en materia de educación los

avances que resultan en este rubro son casi imperceptibles y su

impacto en la población es lento y accidentado.

Por ello resulta indispensable, además de fortalecer todo los

esfuerzos hasta ahora realizados en materia educativa para la

formación de la cultura de la legalidad, dar un seguimiento puntual

a los procesos de transformación de los valores y las costumbre

de las niñas, los niños y los jóvenes mexicanos encaminadas a

cumplir con el objetivo del Plan Nacional de Desarrollo 2007-

2012 de: “inculcar a la nuevas generaciones el aprecio por el Estado

de Derecho como instrumento privilegiado para una convivencia

pacífica y respetuosa” (página 192).

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LICENCIADO MAURO ZACARÍAS CASIMIRODirector Ejecutivo del Consejo de laJudicatura del Estado de Nuevo León

Cultura de la Legalidaden el Poder Judicial delEstado de Nuevo León

E n marzo de 2007 entró en vigor en el Estado de Nuevo León,

la Ley para la Promoción de Valores y Cultura de Legalidad,

dicha norma estableció la creación de un Consejo para llevar a

cabo el objeto principal de la citada ley: Promover y difundir en

la comunidad neolonesa, la cultura de legalidad y los valores huma-

nos; en dicho consejo existe la representación de los tres órganos

de gobierno: ejecutivo, legislativo y judicial.

Desde luego que antes de la creación y entrada en vigor de

la norma referida en el anterior acápite, en el Poder Judicial ya

se llevaban a cabo acciones para promover los valores humanos,

pero a raíz de la incorporación formal al citado Consejo de Valores,

estás se han incrementado notablemente.

El objeto perseguido con los diversos ejercicios llevados a

cabo, es involucrar a toda la sociedad en la promoción de los valores

y cultura de legalidad, por ello se ha buscado encaminar dichos

trabajos para toda la comunidad, haciendo especial énfasis en

los niños.

De acuerdo al calendario de valores tratado por el Estado,

toca precisamente al mes de abril, la difusión del valor de la

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“justicia” y por tal motivo corresponde al Poder Judicial del Estado

organizar una serie de eventos para tal fin. En abril de 2008, se

llevaron a cabo primeramente dos conferencias magistrales, diri-

gidas tanto a los compañeros del Poder Judicial del Estado, como

a la comunidad jurídica y personal en general. La primera fue

dictada por el doctor y magistrado del cuarto circuito, Licenciado

Jorge Meza Pérez, intitulada “Los Modelos Éticos y los Principios

de la Función Judicial”; en esta conferencia se habló de los prin-

cipios rectores del funcionamiento del aparato judicial federal:

ética, independencia, imparcialidad, objetivismo, profesionalismo

y excelencia judicial, las citadas máximas fueron explicadas a

los concurrentes, dejando una gran enseñanza al público asistente.

Posteriormente, tuvo lugar una conferencia intitulada el “Labe-

rinto de la Felicidad”, la cual fue dictada por el Licenciado Juan

Gerardo Garza Treviño, Director del Centro de Valores Éticos del

Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey, el con-

ferencista mencionó que el mundo de hoy se caracteriza por la

abundancia de información, misma que a veces abruma y hace

perder la capacidad esencial de la reflexión y el asombro. Inmerso

en la inmensidad de la información y los avances tecnológicos, el

ser humano enfrenta la dificultad del encuentro consigo mismo.

El ser humano tiene que buscar lo trascendente, encontrar las res-

puestas del porqué y para qué vivir, preguntarse qué quiere y a

dónde va.

Garza Treviño explicó que teniendo equívocos conceptos de

la felicidad, el hombre se pierde en un laberinto en su búsqueda por

encontrarla. “Los medios algunas veces son un obstáculo para

el encuentro de la felicidad. El ser humano tiene que descu-

brirla ¿dónde está la felicidad? En una filosofía de vida, en una

manera de ver y entender la vida. El ser humano ha perdido sabi-

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duría para vivir. Hay tantas cosas a nuestro alcance y, sin embargo,

carecemos de la sabiduría para saber vivir. La filosofía para la

vida empieza con dar respuesta a un cuestionamiento esencial:

¿Qué es la vida?”

Los mexicanos dan respuesta equivocada a este plantea-

miento, dijo, pues equivocadamente, por su idiosincracia, creen

que la vida es suerte, como si fuera un ipso mágico para el logro

de las cosas. No es raro escuchar: “A él le ha ido bien… sí, es que

tiene mucha suerte.”

Otra respuesta incorrecta de lo que significa la vida, según

explicó, es pensar que la vida es destino, asumiendo patrones erró-

neos. Es equívoco pensar que la vida se puede fincar sobre el

azar y el destino, cuando en realidad la felicidad se finca en un

proyecto de vida que debemos construir a través de nuestras pro-

pias decisiones.

“Es en ese proyecto de vida donde la felicidad es una meta

esencial y en el proceso de encontrarla no sabemos descubrirla,

damos respuesta equívocas que aceptamos como felices, obte-

niendo salidas falsas que nos llevan, precisamente, a un labe-

rinto”, explicó Garza Treviño.

El centro de todo proyecto de felicidad son los valores, buscar

lo que en la vida vale. Valores, para la competitividad para ser

mejores, ser competentes, tener orden, disciplina, calidad,

entre otros. Valores sociales para poder interactuar con otros

como la solidaridad, colaboración y trabajo en equipo, además

de los valores éticos como la honestidad, la verdad, la sinceridad,

la responsabilidad y la justicia.

Si bien es cierto, la vida diaria demanda un mayor esfuerzo

en la búsqueda de la felicidad; Garza Treviño consideró que ésta

nunca llegará si no se es feliz con lo que se tiene, con lo que se

goza y no con lo que se anhela.

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Por otra parte, continuando con las actividades fundamentales

del Consejo, el Poder Judicial en conjunto con la Secretaria de

Educación, organizaron una serie de visitas por parte de alumnos

de diversas escuelas primarias, a las instalaciones del Tribunal

Superior de Justicia.

Alrededor de 500 alumnos de tercero y cuarto grado de prima-

ria, tuvieron oportunidad de conocer el significado de la justicia y

la importancia de mantener la cultura de la legalidad, a través

de un folleto y video preparado especialmente para ese fin, el

cual fue realizado con la colaboración del Instituto Tecnológico

de Estudios Superiores de Monterrey y la Facultad Libre de Derecho.

Con palabras accesibles a su edad, los alumnos conocieron:

¿Qué son las leyes? ¿Cuántos tipos de leyes hay? Que no todas las

leyes son reglas, el significado de la justicia, cuándo se actúa

con justicia y cuándo no; además de darles a conocer lo que hace

el Tribunal Superior de Justicia y lo que ellos pueden hacer por

la cultura de la legalidad y la justicia.

Las visitas se programaron en dos turnos: matutino y ves-

pertino, en cada una de ellas se contó con personal del Poder Judi-

cial para recibir a los educandos, dándoles una breve introducción

del significado de la justicia y la importancia en el cumplimiento de

las leyes. Les fue ejemplificada la importancia del cumplimiento

de las leyes, al hacer referencia a un partido de fútbol, donde es

importante cumplir con ciertas reglas, pues de lo contrario se

aplican sanciones por el árbitro. También se hizo referencia a las

reglas que ellos deben seguir en sus hogares, con sus padres, lo

que representa el cumplimiento de ciertas normas.

El magistrado Gustavo Adolfo Guerrero Gutiérrez, Presidente

del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura de

Nuevo León y el Secretario de Educación en el Estado, Reyes

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Tamez Guerra, estuvieron presentes en una de las visitas y consta-

taron el interés y atención de los menores en la información que se

les ofreció, así como en la participación de las dinámicas que

se llevaron a cabo.

Una de las más importantes y que reflejó el mayor interés de

los estudiantes, fue la realización de un simulacro de juicio oral,

en el cual ellos mismos fueron protagonistas. Durante el desarro-

llo del juicio, el cual por cierto, se llevó a cabo en una auténtica

sala de juicio oral, algunos de los alumnos asumieron los roles de

la defensa, el ministerio público, el denunciante, los testigos y

el guardián del orden, dejando al resto el papel de audiencia.

El asunto a desahogar consistía en un caso hipotético en el

que se planteaba una situación de agresión entre compañeros de

escuela, correspondiendo a los jueces orales en materia penal

María del Rosario Garza Alejandro y Francisco Manuel Sáenz Moreno,

asumir su propio papel, guiando e instruyendo a los menores en

el desarrollo del procedimiento oral.

Al concluir el simulacro, los jueces recurrieron a los propios

estudiantes para conocer su opinión respecto a la culpabilidad

o inocencia del acusado en el caso del que fueron partícipes, lo

que permitió a los escolares, percatarse de la responsabilidad e

importancia de la encomienda diaria que asumen los juzgadores

al tratar los diversos asuntos de su competencia.

Los estudiantes, también conocieron la importancia de la

mediación al formar parte de la dinámica del “teléfono descom-

puesto”, aplicada por el director del Centro Estatal de Métodos

Alternos para la Solución de Conflictos. Durante el ejercicio se

dieron cuenta de la importancia de la comunicación, pues cons-

tataron que los mensajes iniciales pueden variar y ser distorsio-

nados al trasmitirse de una persona a otra, generando con ello

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conflictos en la comunicación, por lo que descubrieron la impor-

tancia de escuchar con atención para así comprender el sentido

de cualquier mensaje.

Antes de despedirlos, los alumnos recibieron un “memo-

rama”, juego didáctico realizado especialmente para ellos, a fin

de que aprendieran e identificaran jugando, los diversos conceptos

que se presentan en las labores del Poder Judicial.

Se ilustraron a través de atractivos personajes, los conceptos

de ley, justicia, poder judicial, juicio, tribunal, expediente, media-

ción, magistrado, consejero, juez, secretario, escribiente, actuario;

así como el abogado y delincuente; contando con un tarjetón de

instrucciones, donde se daba una breve explicación de cada una

de las figuras que aparecían en el citado juego.

Durante el mes de diciembre del año 2008, también se rea-

lizó una dinámica muy particular e interesante para el enalteci-

miento y promoción de los valores y cultura de legalidad durante

la época navideña. Se sostuvieron reuniones a fin de dar forma

y cristalizar este proyecto. Envueltos en la época decembrina, se

pensó en un árbol navideño, pero no uno cualquiera, sino un

árbol que fuera formado por los propios ciudadanos con globos de

helio multicolores.

Se montó una estructura en la Gran Plaza, en una zona ale-

daña al edificio del Tribunal Superior de Justicia, punto focal

para la ciudadanía en general. El interior del árbol era hueco a

fin de que los propios ciudadanos lo llenaran depositando un

globo expresando en él, los valores deseados para Nuevo León,

comprometiéndose a practicarlo.

Justicia, responsabilidad, patriotismo, tolerancia, seguri-

dad, perseverancia, honestidad, libertad, integridad, solidaridad,

respeto, fortaleza, trabajo, lealtad y amor fueron los valores que

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se depositarían en el árbol. Formalmente se dio inicio a esta acti-

vidad el 4 de diciembre de 2008, cuando se inauguró “El árbol

de valores”, nuestras autoridades así como los representantes de

niños y jóvenes fueron los primeros en depositar los valores dese-

ados para Nuevo León, se podían leer en diversos globos de colores

“Seguridad”, “Justicia”, “Amor”, “Respeto”, etcétera; y así,

durante dieciséis días se vivió una experiencia inolvidable, pues

la interacción con la sociedad neolonesa, dejó en los miembros

del Poder Judicial, una serie de anécdotas invaluables, permi-

tiéndonos en este espacio, compartir alguna de ellas.

Como se dijo antes, se montó una estructura algo peculiar en

la Gran Plaza, donde una grúa sostenía una gran red que daba la

forma de pino navideño, esta estructura era hueca, y por ello

la gente se acercaba por un lado de forma curiosa y por otro sor-

prendida al ver un pino “vacío”; nos preguntaban: “¿Cuándo va a

estar listo?”, “¿Cuándo se va a prender?”, “¿Qué le van a poner?”,

“¿Qué va a haber aquí?”; a todos se les explicó que la idea era

escribir en un globo metálico, el valor deseado para Nuevo León,

y luego depositarlo dentro del árbol, y así llenarlo de miles de

globos; acto continuo, la pregunta obligada era: “¿Cuánto cuesta?”,

al decir “nada, es gratis”, la gente se entusiasmaba aún más, y

con orden iniciaban la fila. Hubo quien pregunto: “¿Oiga señorita,

y los globos traen premio?”; otro más dijo: “me regalas uno para

llevármelo… ¿Me lo vendes?”; no faltó el típico adolescente que

trato de darnos una amplia y basta explicación atinente a que el

blanco y el plata no son colores, por eso él quería un globo verde;

múltiples parejas de enamorados terminaron por declarar su

amor en los globos, hubo quienes nos dejaron con la incógnita:“yo

amo a ?”; hay quien pidió un deseo: “Amor y un novio para el 2009”;

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alguien más reto al anonimato y escribió su dirección de correo

electrónico esperando le regresaran su globo.

También merece especial mención la típica señora incon-

forme con las filas, aquella constante que trata una y otra vez de

adelantar su lugar, y en este caso, lo logró! como el encargado

se dio cuenta, cuando entregó el globo a la dama, sólo le pidió,

en aras de promover los valores, que recordara la importancia de

la honestidad, invitándola a comprometerse con dicho valor, escri-

biéndolo en su globo.

En uno de esos días, se observó a un joven con su mochila de

trabajo, que de forma muy ordenada hizo fila hasta llegar a la

mesa donde se repartían globos, indicó a la chica encargada en

ese momento, que no sabía escribir, pero por favor, pusiera a su

nombre en el globo: “Trabajo, mucho trabajo para Nuevo León

100 por ciento”… sin palabras.

Un detalle que es importante recordar, es el caso de una niña

quien desde su llegada insistía a su papá que pidiera un globo

para su hermanito, el papa no le hacía mucho caso, la niña no

desistió: “ándale papi, un globo para mi hermanito, ándale”, el

papá dijo de forma muy dulce: “no mijita”, pero ella no se cansaba

“ándale papi, uno para mi y otro para mi hermanito”; la gente

de mesa buscábamos con la mirada al niño, y no lo encontramos;

ante la insistencia de la pequeña, le dimos otro globo: “toma

chiquita, para tu hermanito”, el señor con los ojos nublados nos

miró con cierta ternura y dijo “Gracias, es que su hermanito esta

en el cielo”, sobra decir que nos quedamos helados (y no preci-

samente de frío), la verdad tardamos en reaccionar hasta que

mi compañera dijo: “pues precisamente al cielo vamos a mandar

todos los globos el sábado, y va a venir Luca”, la niña nos regaló

una enorme sonrisa y muy feliz fue a depositar dos globos al pino,

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el suyo y el de Ulises, su hermano; el papá con la voz entrecor-

tada nuevamente dijo “Gracias”.

Finalmente, los valores volaron al cielo el día 20 de diciembre.

Desde temprana hora decenas de familias y ciudadanos se dieron

cita en el área donde se ubicó el árbol a fin de presenciar la clau-

sura, disfrutar de la presencia de Luca la Marioneta Gigante, y

principal promotor del Consejo de Valores y Cultura de Legali-

dad, y apreciar el espectáculo de fuegos artificiales, con el que

se daba por terminado el evento.

Con breves intervenciones, nuestras autoridades daban por

concluido el evento, recordando la importancia de fomentar los

valores en cada uno de nosotros y extenderlos a los demás.

Fue Luca, expresando sus buenos deseos, quien dejó ir sim-

bólicamente un globo gigante en el que se apreciaba la leyenda

de todos los valores promovidos, dando inicio al acto con el que

se activaba el mecanismos que dejaba libre a los miles de globos

de helio contenidos en el árbol.

Con este tipo de actividades, sobre todo en una época donde

la unidad familiar es más tangible, la gente reflexionó sobre la

importancia y necesidad de estos, pidiendo amor, paz, seguridad,

patriotismo, respeto; los jóvenes se hicieron escuchar clamando

la libertad tan añorada a su edad; los niños con gran emoción pidie-

ron amor para todos. Lo invaluable del árbol de valores, es que dejó

un gran sentido de colaboración y compañerismo entre todos,

refrendó nuestra vocación de servicio para la sociedad a la que

pertenecemos; pero sobre todo, nos dio la oportunidad de ser

testigos de la esperanza que familias, niños, jóvenes y adultos

mayores de Nuevo León guardan en su corazón para nuevamente

vivir en un ambiente rodeado de valores de amor, seguridad, paz,

tranquilidad y respeto; se reflejó el deseo de que los niños del

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mañana, sean hombres y mujeres responsables, justos y compro-

metidos con el bienestar social; si bien los valores humanos son

intangibles, creo que todos sentimos el calor del amor, la ilusión

y el compromiso de la gente con los valores deseados para nuestro

Estado.

La estadística obtenida con este ejercicio, nos revela que el

valor preferido por la gente, fue el del amor, con 2428 globos,

seguido del respeto y la honestidad con 1954 y 1372 globos; en

total fueron depositados en el árbol aproximadamente de trece

mil quinientos globos; con esto, servidores del Poder Judicial pusi-

mos nuestro pequeño granito de arena para fomentar la cultura

de los valores; ojalá y esa semillita que plantamos en cada globo

entregado, dé un fruto positivo a favor de todos.

Por otra parte, durante el año 2009, nuevamente en abril

“Mes de la Justicia”, el Poder Judicial del Estado, en coordina-

ción con el Consejo de Valores y la Secretaría de Educación, concre-

taron llevar a cabo una conferencia respecto a “Calidad en el

Servicio” impartida por el Doctor César Lozano, donde se trató

la importancia de practicar en nuestra labor diaria, todos los valo-

res humanos; respeto, responsabilidad, lealtad, entrega, justi-

cia, etcétera, fueron abordados por el citado conferencista de

una forma muy amena, cobrando especial importancia la inter-

acción lograda con el público asistente.

Al igual que el año pasado, durante el mes de la justicia

2009, fueron programadas visitas escolares al Tribunal Superior

de Justicia, sin embargo, este año se buscó llegar a más niños

para que conocieran nuestra labor y el papel que desempeña el

Poder Judicial en cuanto a la cultura de Legalidad. Por ello, en lugar

de llevar a cabo un simulacro de juicio oral, cuyas salas sólo tienen

capacidad máxima para 40 niños cómodamente sentados, se ideó

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hacer algo donde se pudiera invitar a más escuelas, y así se decidió

el montaje de una obra teatral titulada “La Tarea es Juzgar”,

cuyo guión fue realizado por el Licenciado Mauro Zacarías Casimiro,

Director Ejecutivo de la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia

en el Estado.

Se buscó que la citada puesta en escena, fuera basada en

personajes y situaciones de actualidad y del gusto de los estu-

diantes que nos acompañarían (4o a 6o grado de primaria). La trama

se desarrollaba en una escuela estatal, donde un grupo de amigos

era habitualmente molestado por un par de compañeros que desple-

gaban aires de superioridad por sobre el resto de los estudiantes,

particularmente se trato del regreso de clases después de un

periodo vacacional, la maestra debía recoger la tarea encargada

y una alumna sufre el robo de su trabajo además de ser objeto

de bullyng, por lo que la maestra da inicio al juicio de la tarea

robada.

Los asistentes a esta obra, pudieran constatar como durante

un número musical, el salón de clases se transformó en una sala

de juicio oral, donde se representaron la figuras de la jueza

(maestra), el acusado y la parte ofendida. La jueza fue la encar-

gada de dirigir el juicio, cada una de las partes, ofrecieron sus

pruebas, aportaron testigos de su intención para declarar a su

favor, emitieron sus alegatos de apertura y cierre; finalmente a

la jueza le tocó la emisión del fallo o sentencia. Para esto se

pidió la opinión de los alumnos asistentes, quienes entusiastas

gritaban que la acusada era culpable, pues ellos presenciaron

cuando se llevó a cabo el hurto de la tarea.

En este caso, operó el perdón de la parte ofendida, por lo

que la pena o castigo impuesto se redujo; se explicó a los niños,

la importancia del valor del respeto y la honestidad, el trato

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igualitario y sincero entre los compañeros, el cómo hay que respe-

tarnos mutuamente para convivir en armonía, por ello los insultos

o agresiones físicas, no deben suscitarse; se detalló que el Poder

Judicial, trabaja para verificar que se cumplan las leyes, y aplicar-

las en caso de que no sean acatadas; la función de los jueces es

velar porque sean respetados los derechos de las personas y de

la sociedad.

En general, se contó con la asistencia de 1850 alumnos corres-

pondientes a 16 escuelas del Estado, a quienes se les obsequió un

juego didáctico de “Serpientes y Escaleras”, las casillas que lo

conforman tratan de conceptos judiciales y suben o bajan depen-

diendo de la suerte. Por ejemplo, si hablamos de la carrera judi-

cial, tenemos que, si los dados hacen que el participante llegue

a la figura del escribiente, este puede ascender por la esca-

lera hasta la figura del magistrado; por otro lado, si se cae en la

figura del robo, cae a través de la serpiente a la casilla del delin-

cuente tras las rejas.

El juego didáctico de serpientes y escaleras, cuenta con la

figura de Alex, quien nos recuerda que: “Jugar conforme a las reglas

es respetar la cultura de la legalidad”. Este juego, fue ideado para

reunir a la familia, para que en un rato de convivencia, platiquen

sobre los conceptos de la función judicial: la ley, la justicia, el tri-

bunal, la mediación, los juicios orales, el matrimonio, etcétera.

El Poder Judicial del Estado está muy comprometido con la

difusión de valores y cultura de legalidad, con este motivo, se

llevan a cabo conferencias o encuentros con estudiantes univer-

sitarios, con personal docente de diversas facultades, etcétera,

para intercambiar puntos de vista y enriquecer la visión jurisdic-

cional; ciertamente se organizan muchas actividades dedicadas

a la niñez, pues se apuesta a que el ambiente y desarrollo social

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presente está en manos de las generaciones futuras; por ello se

trata de crear conciencia en ellos de que la vida está llena de

valores que es necesario practicar para vivir en armonía.

El respeto, la honradez, la libertad, son bienes intangibles

que viven en nosotros mismos y deben prevalecer en la vida social.

Una vida plena en valores, es el reflejo de la riqueza humana del

hombre. La función de los jueces o de los tribunales, no es san-

cionar la falta de estos valores, sino resguardarlos, exigir que se

materialicen y se practiquen, para el bien de la sociedad.

La cultura de la legalidad, no implica la difusión de normas

o criterios legales, sino el aceptar que el actuar social se rige

por una serie de límites impuestos con el objeto de respetar al

resto de las personas. Implica reconocer la existencia de un sistema

legal y/o jurisdiccional ante quien se debe denunciar un hecho

delictivo o ilegal para ser juzgado y sancionado, lo cual es en

beneficio de la propia comunidad.

Los niños y jóvenes deben comprender que las normas no se

imponen para generar miedo ante su incumplimiento, sino para

resguardar el orden armónico social.

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Cuando se trata de resolver problemas que tienen que ver

con los conglomerados sociales, el primer elemento que los

vuelve complejos lo es, sin lugar a dudas, el de los intereses indi-

viduales y colectivos. Las decisiones sobre los problemas son

parte de la vida cotidiana de las sociedades y ahí se mezclan los

problemas del individuo y los colectivos. El punto a discutir es

cómo lograr que se conjuguen estos intereses, buscando obtener

un resultado justo para todos o, por otra parte, buscar una solu-

ción que procure atender los intereses de todos los sujetos implica-

dos, sin importar el grado de beneficio.

Es claro que una resolución hecha por un tomador de decisiones

va a afectar, en mayor o menor medida, los distintos ámbitos de la

vida del individuo y de la sociedad. Por ejemplo, para los vecinos

de una calle cualquiera puede resultar benéfico la colocación de

un alto de disco, con el consecuente castigo para el infractor

de dicha medida por transgredirla. Sin embargo, al mismo tiempo,

puede no resultar necesariamente satisfactoria para aquel que

habita justo enfrente de donde fue colocado el alto, pues el

ruido de los vehículos al reiniciar la marcha puede serle molesto.

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DOCTOR FRANCISCO JAVIER RIVAS RODRÍGUEZSubdirector Académico del

Centro de Cultura de la LegalidadGobierno del Estado de Baja California

Incentivos y Desincentivospara la Legalidad

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¿Cómo tener entonces un sistema de decisiones que generen normas

que cumplan los intereses de todos? ¿Puede un tomador de deci-

siones lograr satisfacer todos los intereses implicados en un pro-

blema? Y, si el tomador de decisiones es finalmente un ciudadano

¿cómo lograr que las decisiones sean decisiones que atiendan el

bien común?

En 1958 Lawrence Kohlberg, psicólogo norteamericano,

quien fue profesor en la Universidad de Chicago y en la Univer-

sidad de Harvard, presenta su tesis doctoral sobre el desarrollo

del juicio moral,1 en su tesis Kohlberg se centra en cómo el niño

va adquiriendo las herramientas conceptuales que le permiten

tomar decisiones ante ciertos “dilemas”, dilemas que plantean

posibles respuestas para el sujeto poniendo en evidencia los

diferentes grados de posicionamiento ante los instrumentos nor-

mativos, antes las figuras de autoridad y que muestran un espectro

en la toma de decisiones que va desde elegir el beneficio personal

ante todo hasta el optar por el beneficio social pese a los sacrificios

personales.Kohlberg propone en su teoría sobre el desarrollo moral con

tres diferentes niveles de juicio moral, el preconvencional, elconvencional y el postconvencional, cada una compuesta por dosetapas, donde el pasaje de una etapa a la otra se logra gracias aun proceso gradual de aprendizaje (que él plantea como irrever-sible) en el que se adquieren nuevas estructuras mentales de cono-cimiento y valoración que permiten la toma de decisiones, encada etapa podemos distinguir dos aspectos importantes, el pri-mero tiene que ver con la toma de decisiones y el otro con larestricción a la conducta, es decir, por un lado en cada nivel dedesarrollo moral y en cada etapa que la compone el sujeto desea

1Esta teoría retoma los principios de Epistemología Genética expresados por JEAN PIAGET sobre dife-rentes estadíos en donde el niño va desarrollando su estructura mental y su inteligencia.

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hacer algo, debe tomar una decisión y siente una determinadamotivación a actuar pero por el otro restringe (si la restringe) suconducta en función de las figuras de autoridad que son éstaspersonas (los padres, las autoridades de policía, etcétera.) o quesean los valores propios del sujeto mostrando así el nivel de hete-ronomía o de autonomía de cada uno.

Kohlberg plantea que en el nivel preconvencional el sujeto

identifica lo correcto en base a lo que la autoridad le demanda,

en un nivel convencional el sujeto busca el beneficio personal en

un sistema de reciprocidades para finalmente desarrollar una

moralidad postconvencional donde las decisiones se gestan a la

luz de principios universales (KUHMERKER, 1995). Este proceso

de desarrollo moral como lo plantea Kholberg debería concluirse

a la llegada a la adultez temprana, es decir se esperaría que

cualquier adulto al adquirir sus plenos derechos de ciudadanía

haya ya internalizado los elementos conceptuales que le permitan

tomar decisiones que busquen atender el bien común sobre el

beneficio personal.

Si bien la teoría del Desarrollo Moral de Kholberg es aceptada

por la mayoría de los psicólogos y especialistas en el tema, otros

autores consideran no definitivos los resultados de esta investi-

gación, disintiendo en que las etapas que Kholberg describe no

siempre siguen el mismo orden y que sí están sujetas a cambios.

De igual manera otros autores comentan que las etapas del

desarrollo moral son sólo aplicables a los hombres occidentales

que viven en una sociedad tecnológica y no a todas las culturas.

Entendiendo la cultura mexicana como una cultura occidental

y tecnológica2 deberíamos poder esperar una sociedad que entienda

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2 SAMUEL P. HUNTINGTON considera a América Latina como una cultura diferente a la cultura occiden-tal (para mayores aclaraciones se sugiere revisar los libros: Choque de Civilizaciones y ¿Quiénessomos? Los desafíos de la Identidad Estadounidense)

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los bienes públicos como bienes al servicio de la colectividad y

por lo tanto de responsabilidad común, deberíamos poder esperar

que los ciudadanos, bajo el concepto expresado por Montesquieu

la forma más económica de convivencia social es la legalidad

(RUSSEL, 1983), el respeto a los instrumentos normativos, debería-

mos ver en nuestra sociedad una capacidad de participación social

y democrática capaz de generar contrapeso a los grupos de interés

que, debido a su propia agenda, participan asiduamente, debe-

ríamos poder vivir en una sociedad pacífica, sin embargo en México

parece que el respeto de la norma jurídica, el pago de impuestos,

la participación democrática es responsabilidad de pocos, incluso la

burla sistemática a la legalidad es un equiparable a inteligencia,

habilidad, valor o destreza (MUÑOZ, 2006).

Es así que el Estado debe generar una serie de facilidades

para recaudar impuestos o convencer a las personas a respetar

las leyes, por hacer unos ejemplos, si no has pagado el agua se

cancelan todos tus recargos, se rifan casas o autos, se anulan las

multas, mientras que para aquellas personas que cumplieron cabal-

mente no hay mayores beneficios. De esta manera es natural

cuestionarse ¿es benéfico para mí ser puntual en mis pagos y

cumplir la ley? Aparentemente no mucho, pero de igual forma para

las autoridades parece existir grandes beneficios en el cumpli-

miento de la ley, un gobierno que aplica estrictamente la ley

recauda pocos votos en la competencia electoral, entonces, si el

desarrollo moral esperado no se logra, si existen pocos incentivos

para el respeto de la ley ¿hacia qué tipo de cultura de la legalidad

estamos tendiendo? ¿Qué tipo de ciudadano se está formando?

¿Cómo convencer al colectivo de los beneficios del respeto de

la ley?

Ante preguntas que plantean un escenario de aristas donde

no hay una única respuesta posible instituciones, organismos inter-

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medios, organizaciones de la sociedad civil han desarrollado meca-

nismos para la educación, mecanismos de evaluación de la adminis-

tración pública, reformas institucionales y jurídicas para que se

logre el respeto de la ley en aras de una convivencia social pacífica

que podemos llamar Cultura de la Legalidad.

Estos esfuerzos parten de algunas premisas: el conocimiento

del operar del Estado, sus funciones, sus instituciones, sus limi-

taciones y alcances, que éste esté en una constante actualiza-

ción para atender las necesidades de la ciudadanía, que existan

mecanismos de formación ciudadana a través de la educación, la

cultura, el deporte, el ejercicio mismo de la convivencia social

para que así se desarrollen competencias, actitudes y valores per-

sonales se puedan observar y medir en el ejercicio como personas

y como ciudadanos participativos, atentos a los bienes públicos y

respetuoso de la ley.

COOPERACIÓN,DEMOCRACIA

Y CULTURA DE LA LEGALIDAD

BASE DEL DESARROLLO

Si partimos del supuesto que la convivencia social está dictada

por una serie de elementos básicos, la cooperación, el intercambio

de bienes y servicios, normas que reglamentan las conductas, incen-

tivos a la acción y castigos para quien transgrede los límites esta-

blecidos por las diferentes normas (CASTELAZO, 2008), cómo es

posible que socialmente sea tan difícil llegar a consensos sobre

cómo deben ser estos mecanismos de cooperación, intercambio

y de control social.

Visiones diferentes, valores diferentes, intereses diferentes

hacen que la toma de decisiones para atender las demandas

públicas sea algo complejo que para aquellas autoridades que

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democráticamente han sido elegidas y que hoy detienen el poder de

toma de decisiones. Si partimos de querer una respuesta res-

pecto a los logros de un tomador de decisiones para satisfacer

todos los intereses involucrados en un problema, justo es comen-

zar por establecer que en ello van implicados tres elementos: el

agente de quien depende la decisión y quien es denominado auto-

ridad normativa; luego está el arreglo normativo y, por último;

él o los sujetos, quienes verán los efectos del arreglo normativo

al traducirse en reglas, mandatos, prohibiciones, etcétera., de

acuerdo a lo planteado por el propio Barragán (1998, página 149).

Un tomador de decisiones tiene como tarea fundamental resol-

ver un problema. El elemento que se agrega en ese contexto es

el de razonar respecto de la respuesta más útil para todos los

implicados. Una tarea básica del tomador es que al momento de

estar conformando una decisión debe establecer la mayor claridad

posible en el afán de reducir la incertidumbre. De ahí que es nece-

sario que la formulación de la regla tenga claridad “(…) lingüís-

tica, y consistencia lógica y semántica entre las diferentes reglas

que definen el arreglo normativo” (BARRAGÁN, 1998, página 150).

Si retomamos el ejemplo inicial del alto de disco, dicha medida

debe satisfacer a todos, en principio porque otorga seguridad

vial, y asegurar que tenga un valor de utilidad para todos.

Todos los individuos participan de la sociedad en distintos

ámbitos. Ahora bien, si seguimos las ideas de Barragán habría

que comentar que la teoría de la utilidad se ha fortalecido sobre

todo alimentada por Von Neumann y Morgenstern, quienes avan-

zaron el concepto al “(...) establecer no solo un ordenamiento de

las preferencias, sino también los valores relativos a las mismas”

(BARRAGÁN, 1998, página 146).

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Si coincidimos en construir un modelo en donde exista agente

ideal, quien participa junto con los sujetos para convenir lo

mejor para todos, produciríamos entonces en dicha circunstancia

ideal tendríamos que:

“(…) entre personas morales puede establecerse un convenio de un

género particular. No será el acuerdo negociado para lograr cada

quien mayores ventajas sobre los otros, sino el convenio sobre lo que

conviene a todos en cualquier situación”. (VILLORO, 2007, página 69).

Con esto, reforzamos las posturas de Barragán en su texto,

quien considera que para el cumplimiento del arreglo normativo

–que es uno de los elementos que constituyen las decisiones públi-

cas– es básico que proporcione la información necesaria para dis-

minuir la incertidumbre respecto de sus efectos. Es decir, una

formulación que busque resolver y atender todos los intereses de

los involucrados es necesario que la decisión sea justa para todos;

y en esa medida, neutralice las controversias futuras. De lo con-

trario, una norma susceptible de ser transgredida, parafraseando

a Barragán, no es útil en tanto no considera las preferencias de

los involucrados.

En el debate sobre los beneficios de la democracia algunos

autores sostienen que la dificultad en la toma de decisiones

existe por la naturaleza misma de la democracia, afirmando que

ésta es una limitante, o por lo menos no impulsa, el desarrollo eco-

nómico, sin embargo todos los autores consideran que la democra-

cia es necesaria para generar un Estado de Derecho.

Robert Barro, por ejemplo plantea que la expansión de la liber-

tad política tiene efectos opuestos en el crecimiento económico,

refuerza la redistribución de ingresos rico-pobre y puede ampliar

el poder de grupos de interés (1999). Barro en su investigación

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cuando habla de Democracia se enfoca en la competición demo-

crática y corre de manera regresiva los datos de Feedom House

de derechos electorales sobre la base subjetiva para clasificar

anualmente a los países en siete categorías contra el desarrollo

económico. En sus conclusiones afirma que las instituciones demo-

cráticas proveen la oportunidad de verificar el poder guberna-

mental, promueven una mayor equidad entre hombres y mujeres

y promueven el respeto de la ley, sin embargo concluye que no

hay un efecto lineal entre democracia y crecimiento económico.

Por su parte Prezwoski, Álvarez, Cheibub y Limongi (2005)

afirman que el desarrollo es un proceso multifacético de transfor-

maciones estructurales, no sólo económicas, que se manifiesta

en el crecimiento del ingreso, productividad, consumo, inver-

sión, educación, expectativa de vida y empleo, la democracia

empuja la inversión salvaguardando los derechos de propiedad de

inversionistas nacionales e internacionales, promueve la eficiencia

admitiendo el libre flujo de las ideas, promueve que los gobiernos

tomen decisiones correctas por la amenaza de la sanción electo-

ral y esto produce efectos en la calidad del gobierno sobre la cali-

dad de vida de los gobernados.

Prezwoski, Álvarez, Cheibub y Limongi corren regresiva-

mente los datos del Producto Interno Bruto de los 50’s a los 90’s

de regimenes democráticos contra dictaduras y concluyen que

el crecimiento total de ingreso es mas alto bajo las dictaduras

que bajo las democracias, implicando que el ingreso doblará en

15 años bajo la dictadura y en 17 años bajo la democracia, y no

se encontró ningún estudio hasta 1988 que dijera que la demo-

cracia promueve el crecimiento, sin por esto querer dar un espal-

darazo a la dictadura.

Por su parte De Soto (2000) propone a la democracia como la

única forma de gobierno que genera los plenos derechos de propie-

Page 61: Completo orde n%20juridicobaja

dad que son base del crecimiento económico. De Soto al analizar

la situación de los países de América Latina y los ex países comu-

nistas afirma que éstos no crecen económicamente a los niveles

esperados pese a su transición hacia la democracia y hacia mode-

los económicos capitalistas debido a que existe un problema de

activos, éstos se encuentran en una situación jurídica irregular

y no pueden ser convertidos en capital. Al no poder producirlo,

sus capitalismos no pueden funcionar adecuadamente, es decir

no se puede construir capitalismo sin capital.

De Soto afirma que las personas tienen casas o tierras de cul-

tivo, pero no tienen títulos, por ejemplo en Haití, en las zonas

urbanas el 68 por ciento de las personas están en esta situación

y en el campo el porcentaje asciende al 97 por ciento, en Perú

los porcentajes son 53 y 81 por ciento respectivamente, en

Egipto, la vivienda que es capital muerto en las ciudades repre-

senta el 92 por ciento y el 83 por ciento en las zonas rurales y

pone en evidencia que la principal fuente de recurso individual

para nuevos negocios en Estados Unidos, proviene de las hipotecas.

Los países desarrollados han establecido sistemas de propiedad

formal que incluyen a la inmensa mayoría de la población. Estos

sistemas permiten extraer y procesar capital a partir de los acti-

vos. Esta capacidad es la que hace la diferencia entre los países

desarrollados (occidente) y el tercer mundo. Ser dueño de un

activo no es el fin del trayecto, sino el comienzo del proceso

para generar riqueza.

Es así que De Soto afirma que el sistema de propiedad formal

impulsa a pensar en la propiedad como un concepto económico

y social, poniendo en evidencia las cualidades económicas, las

cuales son representadas por el título y que pueden ser usadas para

realizar transacciones, integra en un sólo sistema la información

dispersa pero sobre todo las personas (los propietarios) dependen

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de ese sistema para proteger sus derechos de propiedad, y genera

seguridad en las transacciones por lo que predispone a las per-

sonas a respetar los títulos, honrar los contratos y obedecer la

ley, convierte a los ciudadanos en una red de agentes comerciales

identificables y responsables, mejorando el flujo de comunicación

sobre los activos y su potencial y sus instituciones (registros de

propiedad) tienen el propósito de proteger la seguridad del título,

pero principalmente de las transacciones.

Por otro lado De Soto afirma que en aquellos regimenes

donde existen sistemas de propiedad formal limitados se genera

una especie de apartheid legal, y considera que quienes se encuen-

tran en el sector extralegal lo hace por no pagar impuestos, sos-

tienen que la regularización de los activos extralegales es un

problema de “mapeo” y registro. En este tipo de regimenes se

cree que basta con la promulgación de “leyes perceptivas” (normas

que buscan la obligatoriedad) sobre la propiedad e ignorar el

costo de acatar tales leyes y se considera que los contratos extra-

legales, que la gente se ha dado para proteger sus derechos de

propiedad, pueden ser ignorados.

De Soto concluye que es necesario crear en los países en vías

de desarrollo un sistema de propiedad que sea asequible a todos,

legalizar a quien está en situación extra legal. La meta final de

un sistema de propiedad es poner el capital en manos de todo

el país.

Si una de las demandas constantes de nuestra sociedad es el

desarrollo entendido éste en social y económico, así como lo

plantea Barro los dos elementos necesarios democracia y Estado de

Derecho lo que implica que cualquier tomador de decisiones debe

buscar fortalecer el Estado Democrático de Derecho.

El concepto de Estado Democrático de Derecho implica escla-

recer tres conceptos, uno qué entendemos por Democracia, dos

Page 63: Completo orde n%20juridicobaja

qué es Estado de Derecho y de qué manera estos dos conceptos

se vinculan entre sí.

Pedro Salazar Ugarte (2006) hace hincapié en dos conceptos

base de la democracia (mismos que distinguen las democracias

modernas de las antiguas), uno la representación de la voluntad

de la mayoría reflejada a través del voto y la otra es la igualdad

ante la ley. Bobbio da una descripción histórica de la concepción

de democracia, hablando de cómo el ejercicio de la democracia

en la antigüedad era de elección directa, en comparación con

los tiempos modernos donde se practica a través de la represen-

tatividad, históricamente el concepto de democracia ha ido

construyéndose alrededor del ejercicio directo y la representa-

tividad, ahora es representativa y a veces complementada con la

participación (FERNÁNDEZ, 1996).

Díaz (1997) explica cómo se puede definir el concepto de

democracia, aclarando que existe una ruta histórica pero profun-

dizando sobre la ruta teórica que aparece como los problemas

que el estado de derecho ha enfrentado en su proceso de for-

mación y las relaciones que de ahí se desprenden a través de la

“obligación política” (página 9). De igual forma explica cómo se

ha modificado la concepción de estado de derecho desde su rela-

ción con la moralidad, la idea de Estado fundada en las leyes y

la visión liberal de estado de derecho que protege los derechos

de los ciudadanos.

Si queremos establecer las particularidades en la relación

entre democracia y estado de derecho debemos partir del con-

cepto que ambas buscan la convivencia social armónica ten-

diente a la obediencia de las decisiones colectivas en manos de

un poder común (FERNÁNDEZ, 1996).

Según lo que indica Jesús Rodríguez Zepeda (2001) la base de

la democracia es el Estado de derecho y la constitución de éste

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depende no sólo de los actores políticos sino también de la parti-

cipación ciudadana. El Estado de derecho permite que preva-

lezca la implementación de las leyes de gobierno sobre el

arbitrio humano, garantizando los derechos ciudadanos.

Para entender lo que abarca conceptualmente el término

“Estado de Derecho” es necesario hacer referencia a la noción de

ley, que dentro del ámbito social indica el conjunto de normas

que regulan el comportamiento de los individuos en sociedad.

Así el Estado de Derecho se convierte en un ordenador dentro

del marco social.

En una sociedad no basta con la existencia de leyes que regu-

len la vida pública. Los sistemas jurídicos deben contar con un

mecanismo coercitivo que vigile el cumplimiento de estas leyes,

sin embargo, no se debe pasar por alto la revisión ética que ase-

gura que las normas son justas. La tesis anterior se regula a través

de la legitimidad de un gobierno y sus leyes en el consentimiento de

los individuos.

La noción moderna del Estado de Derecho devuelve la auto-

nomía moral a los hombres destacando que la propia construc-

ción de las leyes basadas en la libertad autorregula la creación

justa de las mismas.

En esta misma línea se aceptan como características genera-

les del Estado de Derecho las siguientes: la ley como expresión

de la voluntad general, la separación de poderes, la legalidad del

gobierno y los derechos y libertades fundamentales, siendo la

Constitución el marco legal de estas disposiciones.

Alexy (2003) describe al Estado constitucional democrático

se caracteriza por seis principios fundamentales: la dignidad, la

libertad y la igualdad humanas, así como los principios relativos

a la estructura y los fines del Estado de Derecho, democrático y

social.

Page 65: Completo orde n%20juridicobaja

Para esto Alexy describe los derechos fundamentales en el sis-

tema jurídico alemán que se caracterizan por poseer cuatro ele-

mentos extremos, regulan con rango máximo, con máxima fuerza

jurídica, con máxima importancia del objeto y con máximo grado

de indeterminación.

Para poder vincular el concepto de democracia con el de Estado

de Derecho O’Donnel (2001) dice que el estado de derecho es un

puntal de toda democracia de buena calidad, donde se aseguran

los derechos políticos, las libertades civiles y los mecanismos de

rendición de cuentas, advirtiendo que en ausencia de un Estado

de Derecho la dignidad de los ciudadanos se encuentra en grave

riesgo.

Alexy concluye que de acuerdo con una postura realista, la

relación que prima entre los derechos humanos fundamentales y

la democracia se caracteriza por una visión encontrada, donde

estos derechos son considerados tanto profundamente democrá-

ticos como profundamente antidemocráticos. Por un lado respaldan

las garantías individuales y por otro desconfían del mismo proceso

democrático. Una solución relativa a esta problemática consisti-

ría en conceptualizar dentro de los derechos fundamentales

aquello que los individuos consideran potencialmente falseable por

los legisladores, así no quedaría bajo la decisión de otros sino

que se autorregularía bajo las propias leyes constitucionales.

En el caso específico de México la democracia de hecho (la

que representa la voluntad de en México y garantiza la igualdad

de los ciudadanos ante la ley) es joven, por 75 años se habló de

que en México existía democracia pero de hecho esto era sólo

un discurso, Salazar (2003) señala que en América Latina la con-

cepción de un Estado de Derecho que promueva la igualdad social,

elemento de la democracia, se ha manejado a nivel utópico.

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Las estructuras estatales son un modelo de poder oligárquico que

transforma lo público en bienes personales de unos cuantos apode-

rados, aunado a este mal funcionamiento político, los países lati-

noamericanos enfrentaron el proceso de la globalización como

un drástico cambio a privatizaciones y ajustes estructurales que

debilitaron las capacidades de las instituciones públicas. En este

punto resultan ya insostenibles los antiguos preceptos que dieron

origen al Estado de Derecho nacional.

En el caso mexicano la democracia intenta consolidarse a

través del pluralismo partidario que ofrece competencias políti-

cas equitativas y transparentes, sin embargo, la historia pesa y

ha sido complicado disolver el vínculo unipartidista-gobierno. La

transición a la democracia que padece la sociedad mexicana carece

de contenidos apegados a la realidad del país y lamentablemente

carece también de escenarios de exigencia por parte de la ciu-

dadanía, la apatía y el desinterés de los mexicanos es el verdadero

reto para un ejercicio democrático.

La relación entre democracia y Estado de Derecho en México

se puede definir por dos de los elementos que se analizaron ante-

riormente: protección de los derechos fundamentales de los ciu-

dadanos, igualdad ante la ley, representatividad, igualdad social,

participación ciudadana, podemos deducir que la relación entre

democracia y Estado de Derecho en México es una relación en

construcción, es una relación que se fortalece paulatinamente

ya que existen indicadores que muestran una mayor participa-

ción y control ciudadano sobre el manejo de los bienes públicos

por parte de las autoridades, por la transparencia y efectividad

en los procesos democráticos y por la libre expresión de las ideas

de los ciudadanos.

Como se expresó con anterioridad, la democracia efectiva,

de hecho, en México es joven, inicia a inicio de los años 90’s,

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pasando por el cambio de partido al frente del Ejecutivo federal

en el 2000 y continuando con los retos que día a día se van pre-

sentando.

Eduardo Sojo Garza-Aldape (2006) advierte que, si bien el

siglo XX fue el siglo en donde la democracia se concibe como un

valor universal, en México la corrupción que ha imperado por

tantos años sigue asechando el fortalecimiento democrático y

debilitando la fuerza misma del Estado.

La corrupción en sus varias manifestaciones está sujeta a

una serie enorme de factores que van desde lo individual hasta lo

social, que pasan por cuestiones socioeconómicas, de representa-

ciones, simbólicas, de hábitos, de complejidad en los sistemas,

de construcción de valores y que implican la participación de los

varios actores sociales, en situaciones similares para la validación

de las conductas (MAGNE BONDEVIK, 2003).

Si bien la corrupción es un acto rechazado en el discurso oficial,

es práctica común de nuestras sociedades que en el caso de México

se ve de una manera más evidente y que se puede registrar en

encuestas, como en dichos.

Desde el 2003 Transparencia Internacional en su capítulo lati-

noamericano elabora la encuesta de Corrupción y Buen Gobierno

en donde entrevista a más de 14,000 familias, sobre los servicios

públicos (de los tres órdenes de gobierno) y privados. A estas fami-

lias se les pregunta cuántas veces debió recurrir a “la mordida”

para recibir un servicio respecto a la totalidad de veces que nece-

sitó usar ese servicio.

Este investigación nos da una información muy importante,

municipio por municipio, estado por estado, con respecto a cómo

se relacionan los ciudadanos con los actos de cohecho, pero tam-

bién nos da otra información importante y es que en el conciente

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colectivo mexicano hay una directa entre el término “mordida”

con los casos de cohecho por parte de las autoridades de seguridad

pública, sobre todo con el personal de tránsito y transporte.

Precisamente la investigación elaborada por Consulta Mitofsky

sobre la Confianza en las Instituciones entregada en el 2008

arroja que las corporaciones policíacas son la cuarta institución

menos confiable (que presenta una mejoría ante las entregas ante-

riores de esta investigación ya que antes era la institución menos

confiable, dejándola aún en una posición muy negativa).3

Aparentemente en la actualidad en México todos tienen una

experiencia que contar, directa o indirecta, en general en mate-

ria de inseguridad pública y en lo específico en relación a “mordi-

das” a policías por multas de tránsito.

Si bien entendemos que la corrupción es un problema con

muchas aristas, de base profunda, desde la educación existen un

gran número de programas de formación en valores y cultura de

la legalidad en donde se presume que si se trabaja en estos rubros

se pueden disminuir los índices de corrupción en sus varias mani-

festaciones.

Esta es una visión subsocializadora, es decir el ciudadano con

sus prácticas puede cambiar las conductas sociales, sin embargo

la gran pregunta es ¿es el ciudadano el que cambia la sociedad o

es la sociedad que cambia al ciudadano?

De esta manera podemos entender la relación que existe en

materia sobre y subsocializadora de los actores sociales, par-

tiendo de cómo el individuo pone el tema en lo social y como lo

social influye al individuo, podemos entonces afirmar que la corrup-

ción es el fenómeno que por excelencia muestra la perspectiva

3Consultado el 21 de enero de 2009 en http://blogconsultamitofsky.com/category/confianza/

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mixta: el individuo puede modificar la realidad social y lo que se

encuentra en el conciente colectivo modifica el actuar del indi-

viduo.Coulon (1995), quien sostiene que los individuos sólo descu-

bren el alcance de las reglas en la práctica y que no es la reglaen sí la que determina el comportamiento, sino su uso en situa-ciones concretas de existencia. Esta información nos habla deuna relación más bien sobresocializadora, la sociedad que modi-fica al individuo.

La teoría mixta busca aquellos puntos de encuentro entreambas corrientes (sobre y subsocializadora) expresando cómo esuna relación de mutua influencia entre el individuo y el ciuda-dano, la perspectiva mixta se basa en los supuestos comunesentre ambas teorías así como lo describe Coulon, ambas perspec-tivas, la sobresocializadoras y la subsocializadoras, explican queel conocimiento de las reglas ayuda a predecir las conductas,que la codificación de las normas implica la reducción de la contin-gencia acerca de los posibles cursos de las acciones y que elorden social se alcanza por la vigencia de reglas compartidas yque el mismo puede ser explicado en tanto se observan y describendichas reglas.

CULTURA DE LA LEGALIDAD

El Estado de Baja California, por su posición estratégica, es decirpor ser frontera con el estado más rico de la unión americana, hasido famoso por la presencia, desde casi su fundación, de eventosviolentos y antisociales que con el pasar del tiempo han ido afec-tando más y más a la población.

Partiendo de la prostitución, hasta pasar por el juego deazar, el fortalecimiento de cárteles dedicados al narcotráficocapaz incluso de cumplir un homicidio contra un candidato pre-

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sidencial, la población de Tijuana en particular, del Estado deBaja California en general ha tenido que hacer cuentas con fenó-menos que reducen la calidad de vida de sus ciudadanos (BAILY,2006).

En el Mundo existen experiencias de sociedades que lograron

transitar de situaciones similares a la de Baja California a una

donde impere el Estado de Derecho, uno de los ejemplos más sobre-

salientes es el de alcalde de Palermo, Italia.

Palermo por mucho tiempo en el Mundo se consideró como la

cuna, la capital de la Mafia y tras una década de promoción de

ciertas acciones por parte del Municipio en colaboración con los

órdenes superiores de Gobierno y de la participación ciudadana

se logró transformar a la ciudad en una ciudad de arte, cultura,

turismo y desarrollo periodo que se conoce como “La Primavera

de Palermo” (ORLANDO, 2003).

Durante décadas en Palermo la empresa que sobrevivía estaba

directa o indirectamente ligada a la Mafia o a los grupos delin-

cuentes, la corrupción era el modo normal en el que el ciudadano

podía tener acceso a los servicios y normal era hacer parte de

este círculo vicioso mafia-dinero, honestidad- pobreza (SCIASCIA,

2006).

Cuando se le preguntó al ex alcalde de Palermo, Leoluca

Orlando en el marco del 1er Foro Internacional de las Naciones

Unidas para el Combate a las Formas de Criminalidad Organizada,

llevado a cabo en Palermo en el 2000, sobre qué factores él consi-

deraba como estratégicos para haber logrado lo que logró durante

La Primavera de Palermo, contestó “Cultura de la Legalidad”,

esa respuesta se incluyó dentro del protocolo como línea estraté-

gica para el combate a toda forma de criminalidad organizada,

entendiéndola según como él la define como “el proceso social en

donde el ciudadano de manera conciente decide trabajar para el

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bien común en coordinación con las instituciones” y para la que

él propone una metáfora, la de la carreta siciliana, carreta de dos

ruedas una la de las instituciones de gobierno y la otra la de la

sociedad civil en donde ambas deben mantener un ritmo, caminar

al mismo tiempo para que la carreta avance de lo contrario si

una camina a una velocidad mayor que la otra la carreta lejos de

avanzar da vueltas sobre sí misma (1er Foro Internacional de las

Naciones Unidas para el Combate a las Formas de Criminalidad

Organizada, 2000)

Es decir Orlando al definir qué es Cultura de la Legalidad

describe la colaboración entre los organismos de gobierno y una

sociedad civil organizada con miras a atender problemáticas socia-

les y generar un ambiente de respeto de la ley.

Las definiciones sobre Cultura de la Legalidad van principal-

mente en dos sentidos, uno aquellos que hacen más énfasis en la

acción colaborativa entre Estado y ciudadano en donde los valores

y la cultura de la sociedad impactan en el apego a la ley y aquella

que ve a la Cultura de la Legalidad como un proceso regulato-

rio que emana del Estado hacia el ciudadano y que obliga a éste

a someterse a la ley.

Desde la primera visión, aquella que hace más énfasis en el

proceso cultural y valoral encontramos la definición del Centro

de Cultura de la Legalidad en Baja California quien define la Cul-

tura de la Legalidad como el llevar a cabo por parte de los gober-

nados el estricto cumplimiento de las obligaciones que la ley les

impone para garantizar la convivencia social y, por otra parte,

que el ejercicio de sus derechos se realice en apego a las dispo-

siciones legales. De igual forma la cultura de la legalidad también

impone a los gobernados el deber de exigir a las autoridades el

cumplimiento puntual de la ley; esto es, denunciar las irregula-

ridades, abusos y actos ilícitos, advirtiendo que Cultura de la

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Legalidad es un elemento base que debe existir en la sociedad

para generar un Estado de Derecho, y para promover una Cultura

de la Legalidad es necesario generar las condiciones desde la

educación que permitan lograr el respeto a la ley, como un valor

que se debe fomentar en la conciencia de los individuos desde el

nivel más elemental de convivencia social y fortalecer a lo largo

de las diferentes etapas de la vida (http://www.culturadelalega-

lidadbc.gob.mx/)

Siempre desde esta óptica encontramos la definición que da

el National Strategic Infotmation Center (NSIC) de Washington

D.C., entre los grandes impulsores a nivel mundial del tema,

quien define la Cultura de la Legalidad como una cultura, ethos

y pensamiento dominantes en una sociedad que simpatizan con

la observancia de la ley (GODSON, 2000).

El Organismo de la Sociedad Civil “México Unido Contra la

Delincuencia” define Cultura de la Legalidad como una creencia

compartida de que cada individuo tiene el deber de apoyar y for-

talecer el Estado de Derecho indicando como medio para lograrlo

el proceso educativo (http://www.culturadelalegalidad.org.mx/

index.php).

Siempre bajo este renglón el Maestro Virgilio Muñoz (2006)

afirma que existe una cultura de la legalidad cuando una mayoría

interioriza, en lo profundo, la conveniencia del respeto a la ley.

Una definición que se encuentra en el centro entre los pro-

cesos valores y culturales y el simple respeto de la ley es la de

José Castelazo (2008) quien define Cultura de la Legalidad como

la aceptación de la leyes por parte de la ciudadanía, involucra el

asentimiento jurídico y moral de las leyes previamente escritas

y aceptadas por la sociedad, mediante la aprobación histórica y

colectiva de una Constitución en el que se establece origen, fun-

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damento y organización básica del Estado; sus principios, facul-

tades y obligaciones; sus relaciones institucionales y las que debe

sostener con los gobernados; los derechos primordiales de esos

gobernados así como las respectivas garantías individuales y sociales

y por último las relaciones con otros estados.

Desde la visión más legalista de Cultura de la Legalidad encon-

tramos las definiciones que da la Facultad Latinoamericana de

Ciencias Sociales, FLACSO (2005) “Es el conjunto de conocimien-

tos, usos y costumbres, símbolos, etcétera. de los miembros de

una comunidad en relación a los aspectos de la vida colectiva” y

también “se refiere al posicionamiento de los integrantes del colec-

tivo ante el conjunto de objetos sociales específicamente jurídicos

en esa comunidad”.

Otros autores que se encuentran en posturas similares son

Pedro Salazar Ugarte (2007) quien afirma que Cultura de la Lega-

lidad es cuando el ciudadano ve con simpatía el respeto de la

ley, Santiago Carassale (2008) quien define Cultura de la Legali-

dad como un fenómeno que involucra varias miradas, una socio-

lógica, otra politológica, otra jurídica, una filosófica y una

antropológica en donde se puede analizar cómo el individuo y la

sociedad se articulan con la ley y Gerardo Laveaga (1999) pro-

pone que Cultura de la Legalidad como un proceso en donde gober-

nantes y gobernados transforman en ley y derechos las necesidades

colectivas.

Haciendo énfasis en las primeras definiciones encontramos un

elemento común: la colaboración entre actores sociales llámense

estos Gobierno o sociedad civil, precisamente en base a las pri-

meras definiciones están sustentadas los modelos operativos que

buscan promover en la sociedad una cultura de la legalidad.

Orden Jurídico,Cultura de la Legalidad y...

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80

El modelo de Palermo propuesto por Leoluca Orlando o el

modelo del NSIC de Roy Godson proponen una serie de acciones y

programas de varios actores sociales que interactúan entre sí.

Orlando, así como se efectuó en Palermo, propone un modelo

en donde las instituciones educativas, las de prevención, persecu-

ción y administración de justicia, los partidos políticos, los credos,

el sector económico, los sindicatos, los medios de comunicación

y la sociedad civil participe con actividades compartidas con miras

a generar un frente común en el combate a la corrupción o a la

delincuencia organizada, advirtiendo la colaboración debe ser

término de recursos económicos, transmisión de información,

tiempo invertido, responsabilidades, liderazgo, control, segui-

miento de las acciones compartidas entre estos actores para lograr

al término de una década una Cultura de la Legalidad compartida

por la ciudadanía que permita el imperio de la ley (ORLANDO, 2003).

ACTORES PARA GENERAR UNA

CULTURA DE LA LEGALIDAD

Cuando hablamos de actores sociales entendemos todos aquellos

grupos, sectores, clases, organizaciones o movimientos que inter-

vienen en la vida social en aras de conseguir determinados obje-

tivos propios (RAUBER, 2001).

Ser un actor social no implica precisamente una continuidad

de actividades, por eso existen actores sociales que tienen diferen-

tes niveles de influencia así como existen diferentes tipos de

actores que a nivel local intervienen en la promoción de Cultura

de la Legalidad, estos se definen según su nivel de acción, según su

sector de acción según su complejidad organizacional, según

su importancia política, sus recursos económicos, su capacidad de

Page 75: Completo orde n%20juridicobaja

mover personas, el nivel de importancia que tiene el tema den-

tro de sus acciones y según su nivel de actividad a nivel local.

De la misma manera existen diferentes formas de participar

en la promoción y en la cooperación en materia de Cultura de la

Legalidad, existen actores que se dedican a generar conocimiento,

como son las instituciones educativas o de investigación (aunque

entre éstas existen aquellas que no sólo entran al debate intelec-

tual sino también ejecutan acciones específicas), y otras dirigidas

a actuar, como son las instituciones de Gobierno, los organismos de

la sociedad civil.

Dentro de las instituciones que generan conocimiento existen

instituciones con un mayor nivel de productividad (la Facultad

Latinoamericana de Ciencias Sociales, el Instituto Nacional de

Ciencias Penales) con respecto a otras según el nivel de importancia

que asume en su agenda el tema, de igual forma por su trayec-

toria dentro de estas instituciones algunas tienen mayor recono-

cimiento que otras.

Por otra parte la acción de cada uno de los actores está regu-

lada por ciertos incentivos que fomentan o inhiben su actuar,

los organismos de gobierno, por su misma naturaleza son aquellos

que tienen más incentivos en actuar por los beneficios de super-

vivencia política. Con los grupos religiosos, el tema del respeto

de la ley directamente no aparece entre sus acciones, sin embargo

la promoción de ciertos valores asociados con la convivencia social

si, así como la relevancia política de sus acciones o sus discursos.

En el caso de los otros actores (instituciones educativas, organismos

de la sociedad civil, instituciones de investigación) la participa-

ción se ve afectada por la capacidad de competir por el recurso

público, por la ventana política que se abre al tratar este tema

así como por el interés de los líderes de los organismos de la socie-

dad civil.

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Así como existen actores sociales que promueven el tema de

Cultura de la Legalidad, hay otros actores que promueven exac-

tamente el contrario, una cultura de la ilegalidad, de la arbitra-

riedad y de la violencia social, dentro de ellos destacamos la

delincuencia organizada desde sus varios ámbitos de actividad:

narcotráfico, secuestro, robo, según su nivel de actividad (interna-

cional,nacional, local), encontrando una dificultad a la hora de

localizarlos y definirlos, estos no son tan públicos como los acto-

res que promueven el tema, son difíciles de identificar y posicio-

nar aún cuando cuentan con recursos económicos mucho mayores

que los grupos legalmente constituidos y cuentan también con

una libertad de acción que quien está sujeto a la ley no tiene

(BAILY, 2006):

Dentro de los otros actores es importante destacar que de

manera menos evidente existe un sinnúmero de pequeños actores

que promueve el tema de la legalidad o de la ilegalidad con un

nivel de influencia menor y que no son tan fácilmente clasifica-

bles, padres de familia, empresarios, docentes, líderes sindicales,

etcétera. capaces de influir en las conductas ajenas y capaces de

incidir en la realidad social sin aparecer de manera tan evidente

como los otros actores antes expuestos.

EL RETO DE CULTURA DE LA

LEGALIDAD

Así como hemos podido observar se reconoce a nivel social la impor-

tancia de generar una Cultura de la Legalidad, si bien es cierto

que una decisión se traduce en reglas, prohibiciones, mandatos

u algunas otras formas de tipo jurídico, también es necesario recal-

car que la simple aplicación y mecanismos de castigo no generan

Page 77: Completo orde n%20juridicobaja

una suerte de estado ideal de las cosas. Más bien habría que señalar

que aunque la decisión se de en el contexto de una información

completa y habiendo valorado la maximización de la utilidad

para todos los actores implicados, es importante subrayar la nece-

sidad de una cultura de la legalidad, la cual tiene primordialmente

el papel de generar las condiciones sociales para que dichos

actores acepten los términos en nombre del bien común y de la

utilidad máxima para todos.

En el contexto de la resolución de problemas, el tomador de

decisiones si bien debe considerar todos los intereses y buscar

satisfacerlos, también es cierto que debe partir en todo momento

de la construcción de una norma que los atienda y que al mismo

tiempo sea justa para todos.

Aquí el papel de la construcción de una Cultura de la Legali-

dad, pues ella garantizará que los ciudadanos adquieran un compro-

miso con el respeto a las decisiones normativas no por imposición

o castigo, sino porque armonizan y hacen más justa y equitativa

la convivencia social, para ello se vuelve determinante coordinar

acciones entre los varios actores que directa o indirectamente

promueven el tema lejos de agenda privadas o políticas, de prota-

gonismos, generando indicadores precisos que midan las compe-

tencias ciudadanas que se quieren promover, implementando

acciones de rendición de cuentas que generen por un lado un

buen actuar de los servidores públicos y por otro la confianza en

las instituciones necesaria para sentar las bases del Estado Demo-

crático de Derecho.

La experiencia de otras sociedades nos indica que estos cambios

no son inmediatos, son paulatinos e implican costos económi-

cos, políticos y sociales importantes pero no existe otra opción

si lo que se busca es generar un verdadero bienestar social.

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83

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Page 83: Completo orde n%20juridicobaja

ORDEN JURÍDICO Y ESTADO

DE DERECHO EN LAS

DEMOCRACIAS

El Derecho y la ley son concomitantes a la civilización humana.

La construcción de la noción de orden jurídico requirió, por el

contrario, una mayor elaboración. En su acepción más simple

este concepto alude a un conjunto de reglas o normas de derecho

vinculadas entre sí a la manera de un sistema, es decir, condicio-

nadas recíprocamente, de tal manera que la interpretación de

las normas exige su valoración, no aislada, sino conjunta, conec-

tiva y sistemática.

Orden jurídico no es un sinónimo de Estado de Derecho ni

mucho menos de Estado constitucional (y democrático) de Derecho.

Estos últimos conceptos son resultado de una evolución histórica

aún más elaborada, que permitió superar la visión premoderna

del derecho, caracterizada no tanto por la ausencia de normas

jurídicas sino por la confusión entre religión, moral y Derecho,

así como por el ejercicio concentrado, o bien “feudalizado”, de la

91

MAESTRO ANTONIO LÓPEZ UGALDECoordinador del Centro de

Investigaciones Miguel VillorioUniversidad Iberoamericana

Orden Jurídico,Cultura de laLegalidad y Educación enMéxico

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Orden Jurídico,Cultura de la Legalidad y...

92

producción de normas jurídicas por parte de instancias de poder

teocráticas, absolutistas u oligárquicas, de suyo no democrá-

ticas, cuya legitimación procedía de un modo u otro de fuentes

metafísicas.

Fue necesario arribar a la modernidad para construir el con-

cepto de Estado de Derecho, cuya nota esencial es que todos los

poderes están sometidos a la ley, incluido el soberano y los bene-

ficiarios de formas hereditarias de transmisión del poder, quienes

en la premodernidad, en razón de su hidalguía o su ascendencia

divina, estaban sustraído a las leyes que regían a los súbditos. En

ese sentido, Estado de Derecho significa la reivindicación de los

derechos de todos y cada uno frente a dichos poderes, o dicho en

otras palabras, la supremacía de la soberanía del pueblo sobre

los gobernantes.

Cabe subrayar que en la etapa premoderna el Derecho

cumplió esencialmente una función conservadora o preservadora

del statu quo. Los progresos fundamentales en esa etapa en las co-

ordenadas de la libertad, la igualdad y la dignidad respondieron

esencialmente al propósito de someter a poderes salvajes de

carácter privado1 , dotando a los ejecutores de la ley ―detenta-

dores del poder político―, de instrumentos cada vez más agudos

para impedir abusos o excesos de los más fuertes en contra los

más débiles. Pero habría que esperar a la modernidad para que

los progresos en el derecho incluyeran como propósito central el

sometimiento de los poderes salvajes de carácter público en bene-

ficio de círculos más amplios de seres humanos.

De hecho, el desarrollo del constitucionalismo y del Derecho

Internacional de los Derechos Humanos entre la época ilustrada y

1 La expresión poderes salvajes es utilizada por el jurista LUIGI FERRAJOLI para referirse a los poderespúblicos o privados desregulados, no sometidos al derecho o sustraídos al mismo.

Page 85: Completo orde n%20juridicobaja

el inicio del siglo XXI estuvo marcado por los esfuerzos para el

sometimiento de los poderes formales a la ley. Es ahora que resurge

la preocupación por someter poderes privados tanto de carácter

local como supranacional, entre los que destacan el mercado, la

delincuencia organizada, el terrorismo y la industria contaminante.

La construcción del modelo de Estado de Derecho requirió,

a su vez, de los conceptos de democracia participativa y repre-

sentativa, legitimidad y división de poderes. Para que la ley, en este

nuevo modelo, fuera un referente válido, debía ser dictada por

instancias conformadas por individuos que atendieran a los inte-

reses generales del pueblo. Parecía que con estos elementos estaba

garantizada la elaboración de “buenas leyes”, pues era impen-

sable que los representantes legítimos del pueblo emitieran normas

no para beneficio de éste, sino ajenas o contrarias a sus intereses.

Sin embargo, la historia revela que el modelo seguía incompleto.

Diversos regímenes que cumplían con los requisitos de un

estado de derecho, es decir, que contaban con instancias parla-

mentarias y representantes populares legitimados por medios

democráticos formales y que emitían leyes de observancia gene-

ral, se volvieron no sólo contra sus habitantes y contra otras

naciones, sino deliberadamente contra minorías nacionales, reli-

giosas, raciales o étnicas y contra grupos de pobres. Sirvan como

ejemplos los regímenes nazi y fascista, los cuales guiaron los des-

tinos de sus naciones mediante leyes emitidas por órganos de repre-

sentación democrática. El Derecho que justificó las atrocidades fue

considerado válido por esos regímenes en atención a que fue emi-

tido por instancias competentes respaldadas por amplias mayorías.

Si bien en la época en que se desenvolvieron estos poderes

autoritarios ya existía el concepto de Constitución, no fue sino a

consecuencia de los males producidos por los mismos, que se

Orden Jurídico,Cultura de la Legalidad y...

93

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94

construyó y perfeccionó en el plano conceptual el modelo del

Estado constitucional de Derecho, el cual implica avances signi-

ficativos respecto del concepto de Estado de Derecho, los cuales,

por cierto, no han sido hasta la fecha plenamente asimilados por

las sociedades modernas. Fue también con motivo de los hechos

de barbarie acontecidos en el siglo XX que se fraguó el Derecho

Internacional de los Derechos Humanos y se aceleró el desarrollo

de las instancias multilaterales, regionales y mundiales, con

miras a la vigencia universal de los derechos.

CULTURA DE LA LEGALIDAD

EN EL ESTADO

CONSTITUCIONAL Y

DEMOCRÁTICO DE DERECHO

Son muy diversas y relevantes las aportaciones del modelo de

Estado constitucional de Derecho. En primer lugar, supone la

existencia de una ley superior o “ley de leyes” que rige a todos

los poderes, incluido el órgano de representación popular por

excelencia —el parlamento o congreso—, el cual si bien tiene la

atribución de emitir las leyes (ordinarias) no puede hacerlo capri-

chosamente, sino ceñida a las disposiciones constitucionales que

regulan la forma de producción jurídica.

En segundo lugar, esa norma superior o Constitución, tiene

un carácter rígido, es decir, su modificación o reforma está sus-

traída a la mayoría simple de los representantes populares. Sólo

puede ser efectuada por mayorías calificadas. Se trata del

principio de intangibilidad o rigidez constitucional cuya finalidad

es poner fuera del alcance de las mayorías políticas simples pre-

ceptos fundamentales en el orden jurídico. Existen algunos princi-

pios constitucionales que, en un estado democrático, no podrían

Page 87: Completo orde n%20juridicobaja

ser alterados por las mayorías calificadas sin vaciar enteramente

la Constitución. Es el caso del principio de división de poderes, en

ausencia del cual, ya había advertido Montesquieu, la Constitución

misma dejaría de existir. Lo mismo ocurriría al ser suprimidos los

derechos fundamentales de los gobernados.

Los mencionados derechos fundamentales constituyen el ter-

cer elemento aportado por el modelo de Estado constitucional de

Derecho, y que consisten en expectativas de dignidad humana

cuya satisfacción requiere no sólo de su enunciación en textos

legales sino de la existencia de garantías, es decir, de mecanis-

mos, órganos y procedimientos, también previstos en las leyes,

capaces de concretar y materializar las expectativas de dignidad

humana antes referidas. En este sentido, el garantismo, consti-

tuye un elemento estrechamente vinculado al constitucionalismo

que conjura e invalida la añeja idea de que la eficacia de los dere-

chos fundamentales estaría garantizada con la mera enunciación

de los mismos en el texto constitucional y la “voluntad política” de

los gobernantes.

El reto fundamental de la construcción jurídica en el Estado

constitucional de Derecho es pues, no tanto la inclusión de los

derechos en el orden jurídico, sino subrayadamente, el diseño y

perfeccionamiento de las garantías jurídicas idóneas para hacer

efectivos los derechos fundamentales. De esta manera, el nuevo

paradigma echa por tierra el lugar común que reza: “las leyes

son buenas, pero hace falta cumplirlas”, en la medida en que

pone el énfasis en que el incumplimiento de la ley, sobre todo el

incumplimiento generalizado, siempre se debe, entre otras

cosas, a defectos en la propia ley, además de que abre un nuevo

horizonte para la labor jurídica, al proponer que más allá del reco-

nocimiento legal de los derechos y de la voluntad de quienes

Orden Jurídico,Cultura de la Legalidad y...

95

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Orden Jurídico,Cultura de la Legalidad y...

96

deben velar por su eficacia, el orden jurídico debe continuar inde-

finidamente perfeccionando su instrumental normativo en forma

de garantías.

Una cuarta aportación del modelo de Estado constitucional

de Derecho y del garantismo es la distinción entre vigencia y va-

lidez del Derecho. La inclusión de derechos fundamentales en

las constituciones modernas representa el paso de una democra-

cia formal a una de tipo sustancial o material. Debe señalarse

que en el antiguo modelo de Estado de Derecho (no constitucio-

nal) el concepto de validez se confundía con el de vigencia. Se

postulaba que la validez de una norma determinada dependía

enteramente de que su emisión se hubiera ceñido estrictamente

a los procedimientos de creación y producción normativa.

En otras palabras, una norma era válida siempre y cuando fuera

emitida por el órgano competente. En el modelo de Estado consti-

tucional de Derecho se propone, por el contrario, que la validez

de una norma no sólo debe depender de que la forma de su emisión

esté de acuerdo a la ley, sino también de que los contenidos, es

decir el qué y no sólo el cómo, se apeguen sustancial o material-

mente a las disposiciones constitucionales. En este sentido, una

norma puede ser vigente, es decir emitida conforme a las reglas

para su producción, pero no válida, por ser contraria, en cuanto

a su sustancia o contenido, a una norma superior.

Lo anterior tiene una enorme trascendencia no sólo en la

teoría jurídica, sino también en la teoría de la democracia, en

tanto sirve de base al postulado según el cual una democracia no

se puede predicar sólo de un régimen que cumple formalmente

las reglas para la legitimación de los sujetos que producen las

normas (democracia formal electoral), sino que es menester que

las normas jurídicas emitidas por tales representantes, y en general

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por quienes tienen atribuciones para emitir normas generales e

individualizadas, sean compatibles y armónicas material o sus-

tancialmente con las normas superiores, específicamente con las

normas que reconocen, protegen y garantizan los derechos funda-

mentales. Hay pues democracia donde los emisores de normas

cuentan con legitimidad democrática y emiten normas sustan-

cialmente acordes a una constitución que garantiza los derechos

fundamentales.

¿Se Cumple con las Leyes en México?

Según la encuesta publicada por Parametría en marzo de 2006,2 en

una escala del 1 al 10, los encuestados calificaron con 5.67 el

grado en el que “la gente” cumple con la ley, con 4.89 el grado de

cumplimiento por parte del “gobierno” y con 7.27 el grado de cum-

plimiento por parte de sí mismos como ciudadanos (ver gráfica).

Dichos resultados coinciden a grandes rasgos con los que arrojó

la encuesta realizada en 2005 por Ipsos-Bimsa (5.33, 5.46 y 7.48,

respectivamente).

RESPETO A LA LEY

Usted sí cumple con la ley 7.27El gobierno sí cumple con la ley 4.89La gente sí cumple con la ley 5.67

*Escala del 1 al 10

La Encuesta Nacional sobre Cultura Política y Prácticas Ciuda-

danas 2008 (ENCUP),3 reveló que entre las personas que consideran

que México vive en una democracia, el 6 por ciento dijo que en el

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97

2 Consultado en línea el 8 de julio de 2009 en http://www.parametria.com.mx/3 Consultada en línea el 8 de julio de 2009 en http://www.encup.gob.mx/encup/

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Orden Jurídico,Cultura de la Legalidad y...

98

país las personas respetan “mucho” la ley, el 31 por ciento

“algo”, el 52 por ciento “poco” y el 11 por ciento “nada”. Entre las

personas que consideran que México no vive en una democracia,

las cifras muestran tendencias más marcadas: 3 por ciento, 25

por ciento, 52 por ciento y 20 por ciento, respectivamente.

RESPETO A LA LEY

¿EN EL PAÍS LAS PERSONAS RESPETAN LA LEY?

Nada 11 %Poco 52%Algo 31%Mucho 6%

Según la encuesta levantada por Ipsos-Bimsa en agosto de

2007, el 57 por ciento de los entrevistados consideró que en México

“no se aplica la ley”, contra el 33 por ciento que tuvo la opinión

opuesta.

Según el Índice Mexicano de Reputación Empresarial 2006

(IMRE), publicado por Transparencia Mexicana y Consulta Mitofsky,4

el “Respeto por las leyes” constituye uno de los principales fac-

tores que determinan la mayor o menor reputación de las empresas.

Dicho factor tiene una importancia, según el referido Índice, de

22.6 por ciento con respecto a la suma del conjunto de factores,

entre los que destacan la “Calidad en sus productos y servicios”

(35.5 por ciento), la “Imagen pública/Publicidad” (35.5 por

ciento), “Prestigio/Profesionalismo, disciplina, dar soluciones”

(29 por ciento), “Satisfacción y relación con los clientes” (25.8

por ciento), “Relación y contribución con la comunidad” (25.8 por

ciento) y “Comportamiento ético/Honestidad” (22.6 por ciento).

4 Consultado en línea el 8 de julio de 2009 en http://www.tm.org.mx/imre/index.html

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Según el Índice referido, el “Respeto a las leyes y normas vigentes”

fue calificado con 0.80, sólo por debajo de la “Preocupación por

los intereses de los accionistas, inversionistas y socios” (0.88).

Según la encuesta publicada en 2005 por Pulso Mercadológico

y Covarrubias y Asociados el 62 por ciento de los encuestados cali-

ficó con un puntaje reprobatorio (de 5 y menos en una escala de

10 puntos) al respeto que se le da a la ley en México. Calificación

de 9 y 10 sólo se la da el 2 por ciento de la población.5

¿Las Leyes se Aplican a Todos por Igual?

Según la encuesta antes referida de Parametría, el 67 por ciento

de los encuestados estuvo “en desacuerdo” con que “las leyes en

México se aplican a todos por igual”, contra un 10 por ciento que

se manifestó “de acuerdo”.6

Por su parte, la encuesta levantada en marzo de 2005 por Pulso

Mercadológico y Covarrubias y Asociados, “sólo 19 por ciento de

los ciudadanos considera que la mayoría de las sentencias que

emanan de la Suprema Corte de Justicia de la Nación son justas.

El restante 81 por ciento las considera algunas veces justas o

siempre injustas. Sólo 12 por ciento de los ciudadanos considera

que la mayoría de las sentencias que emanan de los tribunales y

juzgados son justas. El restante 88 por ciento las considera algu-

nas veces justas o siempre injustas”.7

Principales causas por las que no se cumplen las leyes

a) DEFECTOS EN LA ELABORACIÓN DE LAS LEYES Y EN EL DISEÑO DE LOS MECANISMOS

NORMATIVOS PARA DARLES CUMPLIMIENTO

Las leyes son instrumentos perfectibles siempre sujetos a mejoras.

Por una parte, su calidad depende de aspectos meramente técnicos,

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5 Consultado el 8 de julio de 2009 en http://www.pulso.com.mx/encuestas_encuestaspublicadas.html6 Op cit, http://www.parametria.com.mx/7 Op cit, http://www.pulso.com.mx/encuestas_encuestaspublicadas.html

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los cuales pueden ser afrontados con éxito involucrando en su ela-

boración a expertos en técnica legislativa y en las distintas ramas

del conocimiento tanto teórico como empírico relacionadas con

las materias a regular. Sin embargo, su calidad también depende

de factores de enorme complejidad, entre los que debe desta-

carse el juego de intereses políticos y económicos de quienes las

elaboran. Si bien los legisladores están llamados a promover

mediante las leyes el interés general, pueden legítimamente impul-

sar propuestas o visiones parciales sometiéndolas a la competen-

cia con la oferta de sus competidores.

No obstante lo anterior, en un contexto de democracia debilitada

los representantes populares encargados de emitir las leyes pueden

no atender al interés general, y ni siquiera al de sus propios votan-

tes, sino al interés exclusivo de grupos de presión más o menos

amplios. En estos casos se genera un problema de representa-

ción, y por ende, de legitimidad de la ley. En México, un amplio

porcentaje de la población considera que las leyes no son elabo-

radas para su beneficio.

En efecto, según la Encuesta Nacional sobre Cultura Política y

Prácticas Ciudadanas 2008 (ENCUP),8 realizada por la Secretaría

de Gobernación, “tres de cada cuatro ciudadanos opinan que al

elaborar las leyes, lo que los diputados y senadores toman más

en cuenta son sus propios intereses o los de sus partidos. Solamente

uno de cada diez ciudadanos cree que lo que estos funcionarios

públicos toman más en cuenta son los intereses de la población”.

De ahí que, al romperse el nexo entre representados y represen-

tantes, la ley pierda el carácter de instrumento del bien común, y

con ello, su naturaleza de parámetro de la justicia. Una buena

parte de los mexicanos tiene la percepción de que el país carece

de leyes idóneas y de calidad. Una encuesta publicada en mayo de

8 Op cit, http://www.encup.gob.mx/encup/

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2005 por Ipsos-Bimsa, y que fue referida anteriormente, así lo

confirma: el 75 por ciento de los entrevistados opinó que las

leyes “no son justas”.

Según se expuso con anterioridad, en el modelo de estado cons-

titucional de derecho se ha reconocido que la inexistencia o la

debilidad de las garantías jurídicas son una de las causas del incum-

plimiento de las leyes, y en particular, de la falta de eficacia de

los derechos constitucionales. Es imperativo que los esfuerzos

para la construcción de una cultura de la legalidad no se pierda

de vista que el pleno cumplimiento de la ley no es sólo un pro-

blema de voluntad y de educación, sino también de diseño norma-

tivo e institucional. Los llamados a cumplir las leyes cuando éstas

son defectuosas, arbitrarias, porosas o injustas, se pierden en el

vacío de la suspicacia. La exigencia de un estado de derecho tras-

ciende así, el plano cívico, y se extiende inevitablemente al

plano político y jurídico.

No obstante, se debe estar alerta ante cambios que no atienden

a razones de fondo. Las reformas legales, así como las medidas

de carácter administrativo que responden, no a genuinos propó-

sitos de cambio institucional, sino a metas de carácter publicita-

rio o de incidencia en la opinión pública, tienen el efecto de

socavar la confianza de la población en las leyes como herra-

mientas de cambio social. Un caso paradigmático que ilustra lo

anterior son los continuos cambios de nombre de las instituciones

de policía. Una buena parte de la población piensa que tales cam-

bios tienen un carácter exclusivamente cosmético. En la encuesta

ya referida publicada por Demotecnia, el 62 por ciento de los

entrevistados consideró que la sustitución de la policía judicial

del Distrito Federal por una policía investigadora es “puro maqui-

llaje… porque son los mismos policías y los mismos instrumentos

y sólo cambiaron el nombre”.

Orden Jurídico,Cultura de la Legalidad y...

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b) INEFICACIA Y CORRUPCIÓN DE LAS AUTORIDADES ENCARGADAS DE HACER CUMPLIR LA LEY

Cuando el desempeño de la autoridad es ineficaz o deficiente, o

está ligado a fenómenos de corrupción, impunidad y arbitrarie-

dad, se produce un clima de ilegalidad en la sociedad. La reite-

ración de actos ilegales por parte de los servidores públicos, así

como la impunidad de los mismos, erosionan velozmente la con-

fianza ciudadana en las instituciones, pero además generan escep-

ticismo entre la población frente a las acciones del Estado

encaminadas a construir una cultura de la legalidad.

Existe evidencia empírica que permite sostener que la sociedad

mexicana tiene fuertemente arraigada la opinión de que las auto-

ridades no aplican la ley con eficacia, además de que incurren en

formas de corrupción que derivan en la aplicación selectiva, parcial

o sesgada de la ley, e incluso, en la perversión de las instituciones

jurídicas.

Diversas empresas encuestadoras han realizado estudios de opi-

nión que dan cuenta de lo anterior. A continuación se citan algunos

de los mismos. En 2005, Ipsos-Bimsa levantó una encuesta que

reveló que el 66 por ciento de los entrevistados confía “poco” o

“nada” en el sistema de justicia. Por su parte, la encuesta levan-

tada por Parametría en marzo de 2006, arrojó que el 58 por

ciento de los entrevistados estuvo “en desacuerdo” con la frase

“la honestidad y la justicia prevalecen en los juzgados de nuestro

país” y el 52 por ciento “en desacuerdo” con la frase “la Suprema

Corte de Justicia de la Nación hace cumplir la Constitución de

manera efectiva”. El 57 por ciento se manifestó “en desacuerdo”

con el enunciado “la policía hace un buen trabajo al investigar

los delitos”.9

De hecho, la falta de profesionalismo de la policía fue conside-

rada en las encuestas Ipsos-Bimsa levantadas en agosto de 2007

y 2008 como la principal causa de la inseguridad pública por el

9 Op cit, http://www.parametria.com.mx

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25 por ciento de los encuestados el primer año 7 y por el 17 por

ciento de los entrevistados en el segundo año. Debe destacarse

que ambas causas aparecen entre las tres principales causas de

la inseguridad en sendos ejercicios.

En cuanto a aspectos relacionados con el funcionamiento del

sistema de justicia penal, la referida encuesta de Parametría

reveló que el 47 por ciento de los encuestados se pronunció “en

desacuerdo” con la frase “si es acusado de cometer un delito

confía en que será tratado con justicia por las autoridades”, contra

el 23 por ciento que se manifestó “de acuerdo”.10 Asimismo, el

63 por ciento se manifestó “en desacuerdo” con la frase “cuando

una persona se declara culpable de cometer algún delito siempre

lo hace voluntariamente”.11

En la misma encuesta se cita una similar levantada en 2005 por

Ipsos-Bimsa en la que el 71 por ciento de los encuestados se mani-

festó “de acuerdo” con la frase “si un delincuente tiene sufi-

ciente dinero, puede ser declarado inocente”, cifra que si bien

bajó a 50 por ciento en la aplicada por Parametría en 2006, sigue

siendo considerablemente elevada.

Según la encuesta Ipsos-Bimsa levantada en febrero de 2008, el 46

por ciento de los entrevistados dijeron confiar “poco” o “nada”

en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, mientras que el 38 por

ciento manifestó confiar “algo” en dicha institución.12 En el mismo

sentido, según la ENCUP 2008, sólo el 6 por ciento de los encues-

tados dijo “confiar mucho” en los jueces y los juzgados, mientras

que sólo el 8 por ciento dijo “confiar mucho” en la policía.13

La encuesta Ipsos-Bimsa levantada en agosto de 2008 reveló que los

cuerpos policiales que generan menor confianza ciudadana son

las policías judiciales y las policías de tránsito respecto de las

Orden Jurídico,Cultura de la Legalidad y...

103

10 Idem.11 Idem.12 Consultado el 10 de julio en http://www.ipsos-bimsa.com.mx/13 Op cit, http://www.encup.gob.mx/encup/

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cuales el 78 por ciento de los encuestados manifestó que confía

“poco” o “nada”. No muy lejos fueron calificadas las policías muni-

cipales (65 por ciento), la PGR (61 por ciento), las policías estatales

(61 por ciento), la PFP (58 por ciento) y la AFI (47 por ciento).

Según la encuesta publicada por Demotecnia en 2009,14 las insti-

tuciones vinculadas con la aplicación de la ley fueron calificadas

como sigue respecto a la forma como hacen su trabajo: el Ejército

72 por ciento bien y 13 por ciento mal; la Policía Federal 43 por

ciento bien y 35 por ciento mal; la Procuraduría Federal 41

por ciento bien y 29 por ciento mal; los Ministros de la Corte 36 por

ciento bien y 29 por ciento mal; la Policía Estatal 35 por ciento

bien y 36 por ciento mal; la Procuraduría Estatal 34 por ciento mal

y 39 por ciento bien y, por último, la Policía Municipal 30 por ciento

bien y 39 por ciento mal.

En cuanto al fenómeno de la corrupción de las autoridades y su

impacto en la observancia de la ley, los estudios de opinión arrojan

resultados igualmente importantes. Según la encuesta realizada

en 2005 por Pulso Mercadológico y Covarrubias y Asociados “el 78

por ciento (de los encuestados) percibe que hay corrupción en la

Suprema Corte de Justicia de la Nación y en Tribunales y Juzgados

la proporción se eleva a 82 por ciento.15

En el Índice Nacional de Corrupción y Buen Gobierno 2007 (INCBG),

publicado por Transparencia Mexicana,16 se estimó que en el año

2007 se cometieron “197 millones de actos de corrupción en el

uso de servicios públicos provistos por autoridades federales, esta-

tales y municipales, así como concesiones y servicios provistos

por particulares. En 2005, fueron 115 millones”. El costo de las

“mordidas” en dicho periodo ascendió a “27 mil millones de pesos”.

La corrupción aparece entre las causas principales de la insegu-

ridad en las encuestas levantadas por Ipsos-Bimsa en agosto de

14 Consultado en línea el 8 de julio de 2009 en http://www.demotecnia.com/Historico/13042009.pdf15 Op cit, http://www.pulso.com.mx/encuestas_encuestaspublicadas.html16 Consultado en línea el 8 de julio de 2009 http://www.transparenciamexicana.org.mx/ENCBG/

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2007 y agosto de 2008. En la primera de ellas el 13 por ciento de los

encuestados la consideró la principal causa mientras que en la

segunda la cifra se elevó al 27 por ciento.

Respecto al impacto que las facultades excesivas o sin control a

favor de la autoridad tienen en la corrupción, las encuestas pro-

porcionan información valiosa. Por ejemplo en una encuesta

publicada por Demotecnia en 2007, el 70 por ciento de los entre-

vistados consideró que la nueva legislación en materia de protec-

ción a los no fumadores en el Distrito Federal será un “pretexto

para que los inspectores cobren mordidas”,17

c) DEBILIDADES EN LA FORMACIÓN CÍVICA Y ÉTICA Y EN LA EDUCACIÓN PARA LA CULTURA

DE LA LEGALIDAD

Los habitantes de un país, y particularmente quienes tienen la

condición de ciudadanos, están llamados a cumplir la ley de manera

libre y voluntaria. Se trata de un imperativo ético que tiene su

fundamento en la condición social de los seres humanos, pero

también en la autovaloración. La educación para el cumpli-

miento espontáneo de la ley es una condición necesaria, aunque

no suficiente, para la construcción de un estado democrático de

derecho.

No existe diseño institucional capaz de hacer cumplir las leyes si

éstas no son obedecidas de forma espontánea por la mayoría de

los miembros del grupo social. Los mecanismos de vigilancia y

sanción del estado resultan insuficientes ante fenómenos de rebel-

día generalizada frente a la ley. De ahí que resulte de gran tras-

cendencia que la sociedad emplee todos los instrumentos a su

alcance, tanto formales como informales, para generar compor-

tamientos acordes a las leyes.

La formación de actitudes para el cumplimiento espontáneo de la

ley resulta no sólo indispensable sino, en ciertos supuestos, más

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17 Op cit, http://www.demotecnia.com/Demotecnia.htm

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eficaz que la amenaza punitiva del estado. En una encuesta le-

vantada por Demotecnia en octubre de 2008 con motivo del de-

bate público sobre la despenalización de algunas drogas, el 85

por ciento de los entrevistados manifestó que aunque fuera legal

la marihuana “nunca la fumaría porque es dañina”, lo que pone

en un lugar secundario, para esa proporción de personas, el cas-

tigo previsto por la ley en un esquema prohibicionista. En conso-

nancia con lo anterior el 88 por ciento opinó que “los que quieren

fumar marihuana lo hacen, sea legal o no”, mientras que el 68

por ciento opinó lo siguiente: “yo no fumo marihuana porque no

quiero, no porque sea ilegal”.

LA CULTURA DE LA LEGALIDAD

EN LA FORMACIÓN DE

PROFESIONALES DEL DERECHO

Sin lugar a dudas, la cultura de la legalidad debe ser impulsada

por el estado en la educación formal. Ya se ha dicho que la forma-

ción en esta materia, como en otras, no requiere necesariamente

de la inclusión de asignaturas que aborden el tema de manera

explícita. Resulta de mucha mayor importancia que los planes y

programas educativos estén permeados transversalmente por los

postulados en esta materia, pero sobre todo, requiere de un

entorno educativo congruente con la observancia de la ley.

Al Estado le incumbe asegurar que en todos los niveles educa-

tivos se promueva la cultura de la legalidad, incluido el de la

educación superior, con independencia de la autonomía que carac-

teriza a los centros de educación superior. Para nadie resulta

extraño que en todas las áreas del conocimiento el país requiere

profesionales éticos y respetuosos de las leyes, de modo que el

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medio universitario debe reforzar los valores de la legalidad incul-

cados en los niveles educativos previos, e incluso, subsanar fallas

en la formación en dichos niveles.

Particularmente importante resulta para la sociedad contar

con profesionales del Derecho con una sólida cultura de la lega-

lidad. De hecho, hoy más que nunca resulta indispensable que

las universidades continúen con el desmantelamiento del abogado

tradicional y la construcción de un nuevo profesional del Derecho.

En su libro Mitos mexicanos,18 Enrique Florescano se refiere

así a los profesionales del Derecho, conocidos por mucho tiempo

como los licenciados:

Desde los años cincuenta y hasta fechas muy recientes, los licencia-

dos fueron el ejemplo a seguir para los iletrados y los ignorantes de

las normas elementales del orden social, y a la postre se convirtie-

ron en un objeto de veneración para todos aquellos que no alcan-

zaron la educación superior. (…) Por eso los licenciados fueron vistos

como la encarnación del conocimiento, los archivos con todos los

códigos en la memoria, los guardianes civiles del orden y la ley. (…)

El Licenciado se identificó con el hombre del traje perenne, la cor-

bata fina, el portafolios como prolongación del brazo, una pulcritud

a toda prueba, maneras impecables al hablar y al comer…

(…)

Ante una realidad donde la injusticia y la ilegalidad se encuentran

en expansión, de nada sirve el Licenciado de buena figura y verbo

preciso. Sin embargo, hoy más que nunca la nación está urgida de

abogados que la defiendan y restablezcan el dominio total de la

ley. El Licenciado tendrá que pedir una licencia definitiva en la his-

toria, y los licenciados deberán poner todos sus empeños para que

la justicia y la legalidad imperen por fin en México”.

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18 FLORESCANO, ENRIQUE, Mitos mexicanos, páginas 313 y siguientes.

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No habrá Estado de Derecho, ni cultura de la legalidad, sin

la participación y el compromiso de los profesionales del Derecho.

Y al mismo tiempo, la intervención de éstos en la construcción

de una sociedad que observe la ley no podrá realizarse sin formarlos

en la cultura de la legalidad. De ahí que el papel de las univer-

sidades y centros de educación superior resulte central para

estos propósitos. Pero, ¿qué nuevos elementos educativos se deben

introducir en la formación de abogados?

Para comenzar, se debe desmontar la imagen del abogado

como un sujeto interesado exclusivamente en hacerse de poder

y dinero, sin importar la forma, y en ganarse un prestigio a base

de éstos. En segundo lugar, se debe borrar la idea del abogado

como un sujeto funcional, habilitado para encontrar y aprovechar,

de mala manera, las rendijas legales que dejaron, deliberada-

mente o no, los legisladores en los textos normativos. Se debe

hacer ver a los futuros abogados que al apegarse a los principios

del derecho y a la ley, ciertamente su desenvolvimiento profesional

encontrará enormes dificultades.

En su libro El aprendizaje del aprendizaje,19 Juan Ramón

Capella expresa lo siguiente:

Debería decir, por tanto, que los estudiantes (de Derecho) verda-

deramente inteligentes y moralmente consistentes, no lo tienen

fácil. Lo tienen, incluso, materialmente peor que los que son algo

menos listos y están dispuestos a ser obedientes; peor que los que

ceden al compromiso de tiburonear aunque sólo un poco…

En el perfil educativo del profesional del Derecho todavía

subyacen elementos de la concepción premoderna del derecho y

de la cultura autoritaria. Las nuevas corrientes del pensamiento

19 CAPELLA, JUAN RAMÓN, El aprendizaje del aprendizaje, Ed. Trotta, Madrid, 2001, página 101.

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jurídico, libertarias y garantistas, comienzan, sin embargo, a

penetrar las viejas estructuras educativas, aunque en ese pro-

ceso compiten con visiones mercantilistas estrechamente ligadas

a los intereses de corporativos de nuevos factores de poder real,

colocando a los nuevos profesionales del Derecho ante un esce-

nario en el que el sometimiento de los poderes privados a la ley, se

presenta como uno de los retos fundamentales de la sociedad

moderna. El mercado laboral de los profesionales del Derecho

ofrecerá márgenes más estrechos para que los abogados puedan

ejercer sus actividades libres de tentaciones y presiones prove-

nientes de formas de la delincuencia organizada. Estas realidades

dan cuenta de la importancia de plantearse la conformación de

nuevos perfiles para el desempeño de los abogados acordes con

la cultura de la legalidad.

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Índice

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PRESENTACIÓN..........................................................7

ORDEN JURÍDICO,CULTURA DE LA LEGALIDADY EDUCACIÓN EN MÉXICO ....................................13

Cultura de la Legalidad yEducaciónMAESTRO CIRO MAYÉN MAYÉN .................................15

Cultura de la Legalidad enel Poder Judicial del Estado deNuevo LeónLICENCIADO MAURO ZACARÍAS CASIMIRO....................45

Incentivos y Desincentivos parala LegalidadDOCTOR FRANCISCO JAVIER RIVAS RODRÍGUEZ .............59

Orden Jurídico,Cultura de laLegalidad y Educación enMéxicoMAESTRO ANTONIO LÓPEZ UGALDE............................91

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Se terminó de imprimir en elmes de junio de 2009 en Talle-res Gráficos de México, Canaldel Norte No. 80, Col. FelipePescador C.P. 06280, México,DF, consta de 1000 ejemplaresy estuvo al cuidado de la Direc-ción General de Compilacióny Consulta del Orden JurídicoNacional

Orden Jurídico,Cultura de la Legalidad yEducación en México

ISBN: en trámite