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UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN AGUSTIN COMITE DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 1 Dedicatoria Dedicado a las personas trabajadoras del Perú y del mundo que día a día luchan para tener un futuro mejor INGENIERIA ELECTRICA TECNICAS DE SEGURIDAD ELETRICA ENRIQUEZ CHOQUE DAVID

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Dedicatoria

Dedicado a las personas trabajadoras del Perú y del mundo que día a día luchan para tener un futuro mejor

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INDICE

INTRODUCCION...................................................................................................................4

OBJETIVOS:...........................................................................................................................5

1. COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO......................................6

1.1. PROPÓSITO...........................................................................7

1.2. COMISIONES DE TRABAJO INTERNO DEL COMITE......................7

1.3. PARA LA CONFORMACIÓN DEL COMITÉ DE SEGURIDAD O ELECCIÓN DEL SUPERVISOR DE SEGURIDAD Y SALUD SE DEBE TOMAR EN CUENTA LO SIGUIENTE:.............................................................8

1.4. FUNCIONES DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO O EL SUPERVISOR DE SALUD Y SEGURIDAD.......................9

1.5. ¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS PARA INTEGRAR EL CSST?......11

1.6. PLURALIDAD DE COMITÉS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO EN UNA EMPRESA..........................................................12

2. ORGANIZACIÓN DE LOS MIEMBROS DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO..................................................................................................13

2.1. OTRA DE LAS FORMAS CORRECTAS DE ORGANIZACIÓN DEL COMITÉ DE SEGURIDAD, PODRÍA SER LA SIGUIENTE:......................14

2.2. REGLAMENTOS....................................................................14

2.3. CAUSAS DE LOS ACCIDENTES LABORALES:............................14

2.4. CONSECUENCIAS DE LOS ACCIDENTES LABORALES................16

2.4.1. PÉRDIDAS TEMPORALES........................................................................16

2.4.2. PÉRDIDAS ENERGÉTICAS.......................................................................16

2.4.3. DAÑOS MATERIALES PROPIAMENTE DICHOS...............................16

3. MODELOS REFERENCIALES - COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SECTOR PRIVADO) FORMATO Nº 01............................................16

3.1. MODELO DE CARTA QUE EL EMPLEADOR DEBE ENVIAR EN CASO DE EXISTIR SINDICATO MAYORITARIO O SINDICATO MÁS REPRESENTATIVO SOLICITANDO LA CONVOCATORIA PARA LA ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES TITULARES Y SUPLENTES DE LOS TRABAJADORES ANTE EL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL

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TRABAJO DE LA EMPRESA _______________________ POR EL PERIODO ________________.............................................................................16

3.2. MODELO DE ACTA DE REUNIÓN DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO.................................................................18

4. ORGANIZACIÓN.........................................................................................................21

4.1. BRIGADA CONTRA INCENDIOS Y OTRAS EMERGENCIA.............22

4.2. BRIGADA DE CONTROL ELÉCTRICO........................................22

4.3. BRIGADA DE PRIMEROS AUXILIOS.........................................23

4.4. BRIGADA DE RESCATE Y EVACUACIÓN...................................24

5. ANÁLISIS DE RIESGOS............................................................................................24

5.1. PREPARAR UN PLAN DE CONTROL DE RIESGOS......................25

6. CONCLUSIONES.........................................................................................................26

7. BIBLIOGRAFIA............................................................................................................27

INTRODUCCION

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La producción en cualquier tipo de empresa dedicado a lo que sea siempre implica tomar riesgos en la salud de los trabajadores y la empresa se ve obligada a tomar medidas de seguridad. La pérdida de salud de los trabajadores es un problema social de primera magnitud del que los accidentes de trabajo son su manifestación más visible.

Las diferentes administraciones públicas y los agentes sociales manifiestan de diversas maneras su preocupación por ellos, y debaten sobre las estrategias más adecuadas para su control, cuya eficacia depende de muchas variables, entre las que ocupa un lugar fundamental la validez del diagnóstico del problema, es decir el conocimiento de sus causas. La necesidad de conocer en profundidad las causas de los accidentes de trabajo resulta evidente, y es un requisito de primer orden para poder orientar adecuadamente cualquier actividad encaminada a su prevención.

La globalización de la economía y la de los mercados ha traído como consecuencia toda una serie de ajustes en las empresas que tiene como finalidad, no sólo la eficacia sino la eficiencia de su gestión, para conseguir cada vez mayores cotas de competitividad. En estas condiciones es muy difícil que una empresa haya logrado la optimización de su producción si una de sus variables (la Prevención de Riesgos Laborales) ha sido olvidada o despreciada.

“La evaluación de los riesgos laborales es el proceso dirigido a estimar la magnitud de aquéllos riesgos que no hayan podido evitarse, obteniendo la información necesaria para que el empresario esté en condiciones de tomar una decisión apropiada sobre la necesidad de adoptar medidas preventivas y, en tal caso, sobre el tipo de medidas que deben adoptarse”.

OBJETIVOS:

Aunque la empresa disponga y utilice un buen Sistema de Prevención, es necesario contar con un Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo, tal como lo dispone “El Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo con Electricidad”,

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ya que los incidentes y accidentes están propensos a ocurrir en nuestra carrera. Por este motivo se deben investigar y analizar, con el objeto de adoptar las medidas correctoras que eviten su repetición o la aparición de consecuencias más graves.

Es esencial tener claro lo que tratamos de prevenir o controlar, para entender la secuencia de sucesos que pueden llegar a producir una pérdida.

El análisis permitirá averiguar con alta fiabilidad cómo ocurrió el suceso, así como identificar las causas reales, que es el objetivo fundamental no alcanzado con la cumplimentación del parte de accidente.

Proporcionará, además, la base para decidir la probabilidad de repetición y la gravedad potencial de la pérdida, considerados como dos factores claves para determinar el tiempo y dinero que se invertirá en implantar medidas correctoras.

Una vez identificado el conjunto causas que den lugar a la aparición de los riesgos, se determinarán las posibles medidas más eficaces y más completas para minimizar o eliminar el riesgo. De otra forma, el riesgo aparecerá una y otra vez, aunque lo sea con síntomas diferentes.

También engloban la protección de los bienes y los procesos productivos de la empresa, del ambiente laboral y, en resumidas cuentas, de la propia función empresarial.

El objetivo último de la los prevención de los riesgos laborales es garantizar el derecho a la protección de la seguridad y la salud de los trabajadores, pero por las estadísticas sabemos que cuando minimizamos o eliminamos los peligros y riesgos que atentan contra la seguridad y la salud de los trabajadores, estamos al mismo tiempo minimizando o eliminando los riesgos, que en mayor número amenazan a las instalaciones y bienes de la empresa.

1. Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo

Podemos definir al Comité de Seguridad y Salud básicamente como el órgano

de participación de los trabajadores en materia de prevención de riesgos

laborales y salud laboral, conjuntamente con la empresa, destinado a la

consulta regular y periódica de las actuaciones de la empresa en estos temas. 

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El comité desempeña sus funciones como unidad orgánica, actuando de forma

colegiada entre todos sus miembros, sin que ninguno de ellos pueda atribuirse

individualmente facultades especiales, competencias o grado alguno de

representatividad si no es previo acuerdo mayoritario del Comité

de Seguridad y Salud. El Comité de Seguridad y Salud es un órgano

de carácter paritario, compuesto por igual número de representantes de la

empresa y de los trabajadores. 

Cabe señalar que en representación de los trabajadores de la empresa,

formarán parte del mismo los Delegados de Prevención elegidos por y entre los

miembros del Comité de Empresa, en el número que determine la ley y por el

procedimiento establecido en el Reglamento de dicho Comité o, en su caso, por

el Convenio Colectivo de aplicación; respetando en todo caso la misma

pluralidad de sindicatos que estén representados en el Comité y, en cuanto sea

posible, su proporción. 

En representación de la empresa, los representantes tendrán un número de

miembros igual al de los trabajadores, nombrados por la dirección de la

empresa. Así mismo, asistirán a sus reuniones, con voz pero sin voto, los

Delegados Sindicales nombrados por los sindicatos y los responsables técnicos

de la prevención en la empresa. 

El Comité tendrá un Presidente y un Secretario, elegidos de entre sus

miembros. Cada grupo de representantes (por la empresa y por

los trabajadores) elegirá, por mayoría de sus miembros, uno de los dos cargos

en cuestión. Previamente, por acuerdo mayoritario de todo el Comité o

mediante un sistema de azar, se determinará por acuerdo mutuo cuál de los

dos grupos corresponde el Secretario y a cual el Presidente. 

Una vez finalizada la elección se levantará acta de la misma, la cual será

firmada por todos los asistentes.  

1.1. Propósito Analizar y evaluar el avance de los objetivos y metas establecidas en el programa anual de seguridad y salud en el trabajo para identificar las causas de los accidentes y analizar estadísticas de seguridad emitiendo las

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recomendaciones pertinentes, evaluando el cumplimiento del programa.

1.2. Comisiones De Trabajo Interno Del Comité

Señalar que en el interno del Comité de Seguridad y Salud se podrán

constituir comisiones de trabajo para asuntos concretos. Su constitución,

disolución o cambio de funciones y tareas se decidirán por mayoría de

miembros del Comité. Estas comisiones podrán ser para tareas

permanentes o para realizar trabajos durante un tiempo determinado

previamente establecido, al final de lo cual quedarán disueltas estas

últimas.

El mismo Comité de Seguridad y Salud decidirá la composición, funciones y

tareas a realizar; respetando en su composición, en todo caso, la

representación paritaria ya establecida. Los estudios y propuestas de tales

Comisiones deberán ser debatidas y aprobadas o no, en cada caso, por el

Comité de Seguridad y Salud en pleno.

1.3. Para la conformación del Comité de Seguridad o elección del Supervisor de Seguridad y Salud se debe tomar en cuenta lo siguiente:

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a. La Entidad con veinte (20) o más trabajadores a su cargo constituyen un Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo, conformado en forma paritaria por igual número de representantes de la parte empleadora y de la parte trabajadora. La Entidad que cuente con sindicatos mayoritarios incorporan un miembro del respectivo sindicato en calidad de observador.

b. La Entidad debe asegurar el funcionamiento de este Comité y el reconocimiento de los representantes de los trabajadores. La Entidad deberá adoptar medidas adecuadas que aseguren el funcionamiento efectivo del Comité y faciliten la participación de los trabajadores.

c. Si la Entidad tiene menos de veinte (20) trabajadores, debe garantizar que la elección del Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo debe ser realizada por los propios trabajadores.

d. El número de personas que componen el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo es definido por acuerdo de partes no pudiendo ser menor de cuatro (4) ni mayor de doce (12) miembros. Entre otros criterios, se podrá considerar el nivel de riesgo y el número de trabajadores.

e. A falta de acuerdo, el número de miembros del Comité no es menor de seis (6) en los empleadores con más de cien (100) trabajadores, agregándose al menos a dos (2) miembros por cada cien (100) trabajadores adicionales, hasta un máximo de doce (12) miembros.

f. El acto de constitución e instalación, así como toda reunión, acuerdo o evento del Comité debe ser asentado en un Libro de Actas, exclusivamente destinado para estos fines.

g. En ambos casos los designados o elegidos recibirán la capacitación y entrenamiento necesario y se le delegará la autoridad para ejercer su función por el periodo que designe la Entidad en su Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo.

h. De conformidad con lo previsto en el artículo 62º del Reglamento, el mandato de los representantes de los trabajadores o del Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo dura un (1) año como mínimo y dos (2) años como máximo. Los representantes de la Entidad ejercerán el mandato por el plazo que ésta determine.

i. El citado Comité y/o Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo tiene por objetivos promover la salud y seguridad en el trabajo, asesorar y vigilar el cumplimiento de lo dispuesto por el Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo y la normativa nacional.

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j. El empleador debe proporcionar al personal que conforma el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo o al Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo, una tarjeta de identificación o un distintivo especial visible, que acredite su condición.

1.4. Funciones del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo o el Supervisor de Salud y Seguridad

Son funciones del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo o el Supervisor de Salud y Seguridad las siguientes:a. Proponer y recomendar las políticas de seguridad y salud en el trabajo.

b. Proponer y recomendar actividades del Programa Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo (PASS) de la Entidad. Así como reunirse mensualmente en forma ordinaria para analizar y evaluar el avance de los objetivos establecidos en el referido Programa Anual.

c. Aprobar el Reglamento Interno de Seguridad y Salud de la Entidad y velar por su correcta aplicación, contribuyendo a su difusión y enseñanza.

d. Velar por la correcta aplicación del Reglamento y del Reglamento Interno de Seguridad y Salud, contribuyendo a su difusión y enseñanza.

e. Mantener cuando corresponda la coordinación permanente con los subcomités de seguridad.

f. Proponer sanciones administrativas por el incumplimiento del Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo, de la Entidad y reconocimientos al desempeño del personal que destaque por sus acciones o aportes a favor de la prevención.

g. Analizar las causas de los incidentes, accidentes y de las enfermedades ocupacionales emitiendo y difundiendo las recomendaciones correctivas dentro de la Entidad.

h. Verificar que se realice en forma inmediata la investigación de los accidentes incapacitantes y mortales de trabajo ocurridos en su ámbito.

h. Velar que se haga reconocimientos médicos profesionales a todos los trabajadores de la Entidad al menos una vez al año y en los casos que se requieran.

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i. Comprobar la vigencia y actualización del Plan de Contingencias para la atención de situaciones de emergencias.

j. Analizar los reportes y registros de los incidentes, accidentes y de las enfermedades ocupacionales; y, canalizarlos ante los niveles correspondientes para aplicar las medidas correctivas o de control necesarias.

I. Promover y vigilar que se establezca prácticas de primeros auxilios; y, de atención de emergencia para el personal trabajador.

m. Participar en las inspecciones periódicas de las áreas de trabajo a fin de verificar las condiciones de seguridad y salud en el trabajo; e, informar a la dirección de la Entidad de los defectos y peligros detectados, proponiendo la adopción de medidas preventivas necesarias y oportunas para reducir riesgos de accidentes y enfermedades profesionales.

n. Promover y verificar la difusión de los conceptos de seguridad y salud en el trabajo mediante conferencias, cursillos, prácticas y simulacros, sistemas de señalización, concursos sobre el tema y el establecimiento de un sistema de sugerencias de los trabajadores.

o. Conocer los documentos e informes relativos a las condiciones de trabajo que sean necesarios para el cumplimiento de sus funciones, así como los procedentes de la actividad del servicio de seguridad y salud en el trabajo.

p. Asegurar que los trabajadores conozcan los reglamentos, instrucciones, especificaciones técnicas de trabajo, avisos y demás materiales escritos o gráficos relativos a la prevención de los riesgos en el lugar de trabajo.

q. Reunirse mensualmente en forma ordinaria para analizar y evaluar el avance de los objetivos establecidos en el programa anual, y en forma extraordinaria para analizar accidentes que revistan gravedad o cuando las circunstancias lo exijan.

r. El Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo desarrolla sus funciones con sujeción a lo señalado en la Ley Nº 29783 y su Reglamento, y debe llevar un registro donde consten los acuerdos adoptados con la máxima autoridad de la Entidad.

1.5. ¿Cuáles son los requisitos para integrar el CSST?

Ser trabajador de la Entidad. Tener 18 años de edad como mínimo. De preferencia, tener capacitación en temas de seguridad y salud en

el trabajo o laborar en puestos que permitan tener conocimiento o

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información sobre riesgos laborales.

El sistema de seguridad y salud debe estar implementado en virtud del tipo de empresa u organización, nivel de exposición de riesgos y número de trabajadores.

Si la empresa mantiene diversos centros de trabajo con motivo de la independización e individualización de sus procesos, deberá contar con un reglamento de seguridad y salud elaborado según los diversos estudios de exposición de riesgos y medidas de prevención, atendiendo a la realidad de cada centro. En esta línea, cada Comité de seguridad adecuaría sus funciones a:

i) Conocer los documentos e informes relativos a las condiciones de trabajo del centro de trabajo al que pertenecen

ii) Aprobar el programa interno de seguridad y salud del empleadoriii) Aprobar el plan anual de capacitación de los trabajadores sobre

seguridad y saludiv) entre otros.

El establecimiento de normas mínimas de la legislación pudiendo ser mejorados por la empresa según sus necesidades. Tanto la Ley N° 29783 como el reglamento, permiten que las empresas se adecuen cumpliendo estándares mínimos de seguridad y salud. En esta línea, las normas vigentes determinan que la empresa cuente con un comité de seguridad y de ser que existan varios centros subcomités, no obstante, las empresas podrían mejorar el sistema de seguridad y salud en el trabajo contando con más de un COMITE, -debidamente constituidos en forma paritaria- que adecuadamente cumplan con sus funciones atendiendo la realidad del centro de trabajo al que pertenecen, lo que además garantiza una correcta planeación y organización de sus miembros.

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1.6. Pluralidad de Comités de seguridad y salud en el Trabajo en una empresa

La implementación de los diversos Comités de Seguridad y Salud en el Trabajo garantiza:

Mejorar los estándares de seguridad y salud de cada centro de trabajo; el cumplimiento del deber de prevención; adecuada supervisión en riesgos y peligros existentes; adecuado distribución y utilización de recursos en seguridad y salud para cada centro de trabajo y otro de los aspectos importantes llegar a la “EFICIENCIA” del sistema. Contar con un Comité de Seguridad y salud por centro de trabajo garantiza -además de un correcto sistema de gestión en seguridad y salud- disminuir la ocurrencia de accidentes e 7 incidentes además de proliferación de enfermedades profesionales objetivo de las disposiciones legales, además de contribuir con que el empleador se proteja de cualquier sanción administrativa o judicial –penal de ser el caso- por incumplimientos en SST.

Recordemos además, que uno de los principios –dispuestos en la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo- es el “Principio de primacía de la realidad” que establece a la letra: “Los empleadores, trabajadores y los representantes de ambos, y demás entidades públicas y privadas responsables del cumplimiento de la legislación en seguridad y salud en el trabajo brindan información completa y veraz sobre la materia. De existir discrepancia entre el soporte documental y la realidad las autoridades optan por lo constatado en la realidad”. Siendo esto así, la organización de la seguridad y salud en la empresa o entidad deberá ser la adecuada en cumplimiento del “deber de prevención”, que para los fines de las disposiciones legales deberá ser rigurosa y minusiosa. Por ello contar con Comités de Seguridad y Salud en cada centro de trabajo, que sean autónomos en sus funciones, no obstante que mantengan coordinación directa con el empleador, garantiza eficiencia en el sistema, pues no solo es la implementación de documentos que evalúen y prevengan los riesgos existentes, sino que además, es la supervisión constante, permanente in situ del resultado de las evaluaciones en seguridad que se puedan realizar, y que solo se podrán realizar si es que los Comités de SST de cada centro de trabajo actúan en forma independiente disminuyendo de esta manera los riesgos al mínimo posible.

2. Organización de los miembros del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo

El segundo tema que motiva la elaboración del presente informe, es la determinación y ubicación de los miembros del Comité de Seguridad y Salud que considerando el esquema comentado en el punto 2.2 algunos

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especialistas han sugerido que los miembros de los distintos subcomités que pudieran constituirse formen parte del Comité de seguridad y salud en el trabajo. Siendo esto así, ¿Cómo ejecutarían sus funciones los miembros del comité de seguridad y salud si está constituido por miembros de subcomités que se encuentran distribuidos en otros centros de trabajo?Considerando lo expuesto se debe precisar que lo dicho en el párrafo precedente no garantiza el cumplimiento del deber de prevención, mucho menos, eficiencia en el sistema de seguridad y salud, no solo por la inviabilidad de ejecución de funciones de los miembros del Comité, sino la coordinación directa con el empleador podría realizarse a través de una jefatura o gerencia considerando la magnitud de la empresa o entidad, que además cada subcomité y comité de seguridad presentan distinta exposición de riesgos y peligros, así como número de trabajadores, atendiendo a la realidad de cada centro de trabajo.

2.1. Otra de las formas correctas de organización del Comité de Seguridad, podría ser la siguiente:

Esta estructura atiende a empresas o entidades que si bien cuentan con diversos centros de trabajo, mantienen operaciones distintas, individuales e independientes de las demás que constituyen la principal tal es el caso de empresas del sector pesquero, industrial, entre otros, donde cada centro de trabajo desarrolla operaciones que constituyen un proceso productivo.

Siendo esto así, se hace necesario que se implemente un Comité en cada centro de trabajo, el cual deberá mantener autonomía respecto al sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo toda vez que al tener operaciones individuales e independientes, la exposición a los riesgos y número de trabajadores varía según la actividad a desarrollar.

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2.2. Reglamentos

Aunque la aplicación de reglamentos muchas veces genera conflictos con los trabajadores, en ocasiones es necesario que existan, pues también constituyen un instrumento para lograr minimizar los peligros y riesgos existentes. Debe tenerse especial cuidado en la aplicación de éstos, ya que puede generarse un ambiente negativo y que el trabajador decida no protegerse cuando el encargado no lo observa. En nuestro país la ley sobre “Riesgos de Trabajo,

2.3. causas de los accidentes laborales:

Causa es “aquello que se considera como fundamento u origen de algo”. Los factores de riesgo son tan variados como tipos y circunstancias de trabajo existan. Es por esto que año tras año se escriben miles de artículos acerca de la naturaleza compleja de los errores y los problemas que causan los accidentes profesionales y ocupacionales en el mundo.

Estos acontecimientos indeseados se producen cuando una serie de factores se combinan en circunstancias propicias, en muy pocos casos es una sola causa la que ocasiona el accidente, con consecuencias graves o fatales para la integridad de los trabajadores. La experiencia ha permitido que hoy se puedan afirmar con pleno convencimiento, los siguientes axiomas de la seguridad:

Los accidentes siempre son causados nunca son casuales. Es por ello que regularmente en la accidentalidad se encuentran innumerables causas y a este fenómeno se le dará el nombre de multicausalidad.

Los factores de riesgo son tan variados como tipos y circunstancias de trabajo existen. Es por esto que año tras año, se escriben miles de artículos explicando la naturaleza compleja de los errores en que incurren los

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trabajadores, y los problemas generados en la realización de las labores que causan accidentes profesionales y ocupacionales en el mundo.

Estos acontecimientos indeseados, se producen cuando una serie de factores encadenados se combinan en circunstancias propicias, produciendo consecuencias graves o fatales para la integridad de los trabajadores.

2.4. Consecuencias de los accidentes laboralesLas pérdidas materiales, consecuencias negativas o daños de los accidentes, tienen manifestaciones de diversa índole.

Esquemáticamente se diferencian las pérdidas temporales, las pérdidas energéticas y los daños materiales propiamente dichos.

2.4.1. Pérdidas temporales. Son las pérdidas en el tiempo previsto para el desarrollo de un trabajo, como los retrasos o alargamientos imprevistos de los tiempos programados, así como los paros o interrupciones con paradas no deseadas de los procesos laborales, que también repercuten en retrasos.

2.4.2. Pérdidas energéticas. Descontrol en los intercambios energéticos intrínsecos en todo trabajo. Determinan escapes libres energéticos, inútiles para el trabajo previsto, y también bajos rendimientos energéticos por infrautilización y

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utilización no óptima de las energías disponibles, presentes en el proceso laboral.

2.4.3. Daños materiales propiamente dichos. Cuando las energías liberadas o escapadas a consecuencia del accidente, impactan sobre los bienes de equipo como, instalaciones, edificios, estructuras materiales, instrumentos, etc., y sobre los materiales como materias primas, productos semielaborados y productos finales, que intervienen en el trabajo y sobre los bienes materiales de la vecindad comunitaria. Estos daños materiales se producen cuando los impactos energéticos tienen la intensidad suficiente para deteriorar estructural y funcionalmente los objetivos alcanzados.

3. Modelos Referenciales - Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo (Sector Privado) FORMATO Nº 01

3.1. MODELO DE CARTA QUE EL EMPLEADOR DEBE ENVIAR EN CASO DE EXISTIR SINDICATO MAYORITARIO O SINDICATO MÁS REPRESENTATIVO SOLICITANDO LA CONVOCATORIA PARA LA ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES TITULARES Y SUPLENTES DE LOS TRABAJADORES ANTE EL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO DE LA EMPRESA _______________________ POR EL PERIODO ________________

______, __ de ___________ de 201…

Señores

_______________________

(Nombre de la organización sindical mayoritaria o más representativa, según el caso)

Presente.-

Asunto: Elección de los representantes de los trabajadores ante el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa _____________, para el período _____

Tengo a bien dirigirme a ustedes a fin de poner en su conocimiento la necesidad de elegir a los representantes titulares y suplentes ante el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo para el período _____

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El número total de miembros del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo es ___, por lo que le solicitamos convoquen al proceso de elección de:

___ ( ) representantes de los trabajadores en calidad de representantes titulares, y

___ ( ) representantes de los trabajadores en calidad de representantes suplentes.

En virtud del artículo 29º de la Ley Nº 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, agradeceremos se sirvan designar y comunicar en la fecha de la elección de los representantes de los trabajadores, a que hacen referencia los párrafos precedentes, el nombre del designado por la organización sindical como observador ante el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo. (Este párrafo sólo debe incluirse en caso que la comunicación esté dirigida al sindicato mayoritario)

El local o área que la empresa proporcionará para el proceso de las elecciones es________

Sin otro particular y agradeciendo la participación de su organización para el éxito del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo de nuestra empresa, reiteramos a ustedes los sentimientos de consideración y estima.

Atentamente, _________________________

NOMBRE Y FIRMA

3.2. Modelo De Acta De Reunión Del Comité De Seguridad Y Salud En El Trabajo

ACTA DE REUNIÓN (ORDINARIA/EXTRAORDINARIA) Nº -201…-CSST

De acuerdo a lo regulado por la Ley Nº 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2012-TR, en ____, siendo las _____ del ___ de _____ de 201…, en las instalaciones de (la empresa) ________________, ubicada en _______________, se han reunido para la reunión (ordinaria/extraordinaria) del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo (CSST), las siguientes personas:

Miembros del empleador:

1.- (Nombre y cargo que ocupa en la empresa y dentro del CSST)

2.-

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Miembros de los trabajadores:

1.- (Nombre y cargo que ocupa en la empresa y dentro del CSST)

2.-

Observador del Sindicato Mayoritario (Si lo hubiera)

1.- (Nombre y cargo)

Adicionalmente participaron: (De ser el caso)

1.-

Habiéndose verificado el quórum establecido en el artículo 69º del Decreto Supremo Nº 005-2012-TR, se da inicio a la reunión.

I. AGENDA: (propuesta)

1. Firma del Acta de la Reunión Nº ___2. Aprobación de la Agenda.3. Informes de la Presidencia del CSST.4. (Los puntos de agenda que hubieran sido planteados en la reunión

anterior o que fueron propuestos por los miembros a la Secretaría del Comité)

5. _________________________________________.

6. _________________________________________.…

7. Determinación de la fecha para la siguiente reunión.8. Conclusiones

II. DESARROLLO DE LA REUNIÓN

1. Firma del Acta de Reunión Nº ____

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Una vez revisada el Acta de la Reunión Nº ___, los miembros del CSST proceden a firmar el Acta respectiva en señal de conformidad.

2. Aprobación de la Agenda

Acto seguido, el Presidente solicita al Secretario del CSST de lectura a la agenda propuesta para esta reunión, luego de lo cual los miembros del CSST expresan su conformidad con la misma (o en caso de no haber conformidad, explicar los motivos para excluir algún punto de la agenda).

3. Informes de la Presidencia.

(Si hay informes que presentar) La Presidencia toma el uso de la palabra para informar _____________

(Si no hay informes que presentar) La Presidencia no tiene informes que presentar al CSST.

4. (Colocar el punto 4 de la agenda)Con relación a este tema (se pasa a resumir lo tratado con los miembros sobre este punto de agenda).

Luego del debate se toma la decisión por (consenso / por mayoría) sobre _________

(Esto se repite por cada punto de la agenda)

5. Determinación de la fecha para la siguiente reunión.

De acuerdo al artículo 68º del Decreto Supremo Nº 005-2012-TR, el CSST se reúne con periodicidad mensual en día previamente fijado, por lo que corresponde definir la fecha para la siguiente reunión ordinaria del CSST.

Luego de la deliberación y posterior votación se definió por (Consenso/mayoría simple) citar a reunión ordinaria para el __ de ______ de ___, a las _____, en ____________.

III. ACUERDOS En la presente reunión, los acuerdos a los que se arribaron son los siguientes:

1. ___________________.2. ___________________. 3. Citar a la siguiente reunión de trabajo para el __ de _____ de ___, en

________.4.Siendo las _____, del __ de _____ de ___, se da por concluida la reunión, firmando los asistentes en señal de conformidad.

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Representantes de los Trabajadores

Representante de los Empleadores

________________________________

Nombre

Presidente/Secretario/Miembro

________________________________

Nombre

Presidente/Secretario/Miembro

________________________________

Nombre

Presidente/Secretario/Miembro

________________________________

Nombre

Presidente/Secretario/Miembro

4. Organización

El titular del proyecto va a establecer una Unidad de Contingencias para prevenir y atender toda contingencia. Sus funciones básicas serán: programar, dirigir, ejecutar y evaluar el desarrollo del plan, organizando asimismo las brigadas de contingencias y mantendrá coordinaciones permanentes con entidades de apoyo externo, tales como, el Cuerpo de Bomberos Voluntarios, Policía Nacional y el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI).

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4.1. Brigada Contra Incendios Y Otras EmergenciaLa Contratista (en la etapa de construcción y bajo la supervisión del titular del proyecto) establecerá Brigada de Emergencia en los campamentos conformada por tres (03) personas por brigada, incluido el chofer de la unidad vehicular, además del personal responsable de las áreas con mayor potencial de riesgos (almacén, generador eléctrico, planta industrial, conductores de vehículos y maquinarias). Estas brigadas actuarán bajo la supervisión y dirección del Jefe de Brigada. En el periodo de operación esta

Unidad de Contingencia estará conformada por una solo Brigada.

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La brigada tiene como fin la protección de la vida humana, por ello se encargará de lo siguiente:

Llevar a las personas lesionadas a lugares seguros, prestándoles los primeros auxilios

Establecer el alcance de posibles daños ocasionados por el evento Capacitar al personal en los frentes de obra y/o instalación del

proyecto Constituirse en el lugar de siniestro Ordenar evacuación de personal en caso de ser necesario Establecer contacto con las instituciones de apoyo ante la ocurrencia

de emergencias (PNP, Bomberos, Centro de Salud)

4.2. Brigada De Control Eléctrico Funciones:

Organizar el cordón o cerco de seguridad en los accesos de las instalaciones, para evitar el ingreso de persona ajenas a la empresa (Fase de Emergencia)

Inspeccionar periódicamente las instalaciones en general, para descubrir deterioros en los techos, cimientos, instalaciones eléctricas y sanitarias con la finalidad de evitar accidentes.

Verificar la evacuación inmediata del personal por medio de los vehículos de transporte que se encuentran en las instalaciones y áreas de seguridad.

En caso de ser insuficiente el número de efectivos del personal de la PNP y agentes del servicio de Vigilancia Particular en el área del siniestro deberá colaborar en las labores de vigilancia y control.

Para toda inspección debe solicitarse la participación y/o apoyo de los Jefes y responsables de cada área.

Constatar los puntos críticos de los locales, identificando los lugares que servirán como áreas de seguridad o zonas de evacuación y hacer de conocimiento de los trabajadores y personal de terceros mediante señalizaciones que sean visibles.

Inspeccionar periódicamente si las puertas se encuentran en perfecto estado de conservación y operatividad, que se abran y cierren con facilidad.

Durante las horas de trabajo, las puertas deben permanecer abiertas por necesidades de servicio, las que tuvieran que permanecer cerradas verificar que tengan un tratamiento especial con las precauciones del caso a fin de que puedan maniobrarse rápidamente.

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Participarán en el control y manejo de llaves de cada puerta, en coordinación directa con los responsables de las áreas, responsable de almacenes y vigilancia.

Verificar la disponibilidad de Grupos Electrógenos para habilitar el suministro eléctrico en caso de colapso total del sistema eléctrico.

Coordinar la restitución del servicio eléctrico en la Casa de Máquinas, Sub Estación, Obras de Cabecera, Villa Residentes.

Apoyar en la adecuación de instalaciones eléctricas provisionales que sean requeridas en las áreas comprometidas por el siniestro que requieran este tipo de acciones.

Disponer un diagrama unifilar de cada instalación y comunicar a todos los integrantes de la Brigada, el lugar donde se encuentran instalados los tableros, interruptores y equipos de maniobra principales de control y distribución eléctrica.

trabajar en forma directa y coordinada con todas las Brigadas.

4.3. Brigada de primeros auxilios. Funciones:

Conocer la ubicación de los botiquines en la instalación y estar pendiente del buen abastecimiento con medicamento de los mismos.

Brindar los primeros auxilios a los heridos leves en las zonas seguras. Evacuar a los heridos leves en las zonas de seguridad. Estar suficientemente capacitados y entrenados para afrontar las

emergencias

4.4. Brigada de Rescate y Evacuación.

Funciones:

Comunicar de manera inmediata al Jefe de Operaciones del inicio del proceso de evacuación.

Reconocer las zonas seguras, zonas de riesgo y las rutas de evacuación de las instalaciones a la perfección.

Abrir las puertas de evacuación del local inmediatamente si ésta se encuentra cerrada.

Dirigir al personal y visitantes en la evacuación de las instalaciones. Verificar que todo el personal y visitantes hayan evacuado las

instalaciones. Conocer la ubicación de los tableros eléctricos, llaves de suministro de

agua y tanques de combustibles. Buscar y extraer a todas aquellas posibles víctimas del evento sin

causarles más lesiones que las ya presentadas.

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Estar suficientemente capacitados y entrenados para afrontar las emergencias

5. Análisis De Riesgos

Para analizar / evaluar los riesgos de eventos dentro de las instalaciones de la Empresa, debemos evaluarlos en función de su severidad y probabilidad.

La severidad y la probabilidad se clasificaran en 4 categorías:

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Cada riesgo evaluado se puede clasificar en la tabla, ya que en ella se combinan la severidad y la probabilidad de ocurrencia.

5.1. Preparar Un Plan De Control De Riesgos

El resultado de una evaluación de riesgos debe servir para hacer un inventario de acciones, con el fin de diseñar, mantener o mejorar los controles de riesgos. Es necesario contar con un buen procedimiento para planificar la implantación de las medidas de control que sean precisas después de la evaluación de riesgos.

Los métodos de control deben escogerse teniendo en cuenta los siguientes principios:

a) Combatir los riesgos en su origen

b) Adaptar el trabajo a la persona, en particular en lo que respecta a la concepción de los puestos de trabajo, así como a la elección de los equipos y métodos de trabajo y de producción, con miras, en particular a atenuar el trabajo monótono y repetitivo y a reducir los efectos del mismo en la salud.

c) Tener en cuenta la evolución de la técnica.

d) Sustituir lo peligroso por lo que entrañe poco o ningún peligro

e) Adoptar las medidas que antepongan la protección colectiva a la individual.

f) Dar las debidas instrucciones a los trabajadores

6. Conclusiones

La comisión de seguridad y salud en el trabajo tiene la función de que hacer cumplir lo siguiente:

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Proponer sanciones administrativas por el incumplimiento del Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo, de la Entidad y reconocimientos al desempeño del personal que destaque por sus acciones o aportes a favor de la prevención. Analizar las causas de los incidentes, accidentes y de las enfermedades ocupacionales emitiendo y difundiendo las recomendaciones correctivas dentro de la Entidad.

Verificar que se realice en forma inmediata la investigación de los accidentes incapacitantes y mortales de trabajo ocurridos en su ámbito.

Velar que se haga reconocimientos médicos profesionales a todos los trabajadores de la Entidad al menos una vez al año y en los casos que se requieran.

Comprobar la vigencia y actualización del Plan de Contingencias para la atención de situaciones de emergencias.

Analizar los reportes y registros de los incidentes, accidentes y de las enfermedades ocupacionales y canalizarlos ante los niveles correspondientes para aplicar las medidas correctivas o de control necesarias.

Promover y vigilar que se establezca prácticas de primeros auxilios y de atención de emergencia para el personal trabajador.

Participar en las inspecciones periódicas de las áreas de trabajo a fin de verificar las condiciones de seguridad y salud en el trabajo; e, informar a la dirección de la Entidad de los defectos y peligros detectados, proponiendo la adopción de medidas preventivas necesarias y oportunas para reducir riesgos de accidentes y enfermedades profesionales

La identificación de las causas de los accidentes siempre será primordial para una empresa ya que eso depende la productividad de los trabajadores y la rentabilidad de la empresa .un primer paso para evitar accidentes es identificando las causas que podría tener consecuencias a corto o largo plazo un accidente laboral o enfermedad laboral.

En este trabajo se ve a detalle cómo se debe realizar un plan de identificación de causales a accidentes laborales y de las consecuencias que esto podría producir en los trabajadores y en la empresa.

Es importante tener en cuenta que si una empresa ve por la seguridad de su propio personal tendrá más rentabilidad ya sea porque no se den casos de ausencias médicas o permisos.

Es de suma importancia saber el medio, la ubicación y clase de empresa para realizar un plan de riesgos laborales.

Todos los planes de riesgos laborales son diferentes: esto se debe a que todas las empresas no se dedican a lo mismo.

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7. Bibliografia

http://www.insht.es/InshtWeb/Contenidos/Documentacion/NTP/NTP/Ficheros/891a925/924w.pdf

http://www.insht.es/InshtWeb/Contenidos/Documentacion/FICHAS%20DE%20PUBLICACIONES/EN%20CATALOGO/Seguridad/Investigacion%20de%20accidentes%20por%20el%20metodo%20del%20arbol%20de%20causas/dd_inves_arbl%20.pdf

http://exa.unne.edu.ar/bioquimica/fisiologia.humana/APUNTE%20BIO.pdf http://web.directemar.cl/estadisticas/laboral/2012/introd03.pdf http://www.mc-mutual.com/webpublica/Publicaciones/McSaludLaboral/

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05_1811_articulo02_22.pdf http://www.previs.es/fdecontrol/documents/

Manual_analisis_accidentalidad.pdf http://www.croem.es/Web20/CROEMPrevencionRiesgos.nsf/

E1E157127BDFE426C125781500597406/$FILE/MANUAL%20PREVENCION%20TRAFICO%20CROEM-INTRAS.pdf

http://www.osalan.euskadi.net/s94-osa0181/es/contenidos/libro/gestion_200510/es_200510/adjuntos/gestion_200510.pdf

http://www.wont.uji.es/wont/downloads/articulos/nacionales/2011LORENTE02AN.pdf

http://www.ec.gba.gov.ar/areas/DGA/pdf/prevencionoficinas.pdf http://www.mintra.gob.pe/archivos/file/dnit/

protocolo_investigacion_accidentes_trabajo.pdf http://www.ccoo.cat/pdf_documents/aatt.pdf

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