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OMPI S WIPO/STrad/INF/2 Rev.2 ORIGINAL: Inglés FECHA: 19 de junio de 2009 ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL GINEBRA COMITÉ PERMANENTE SOBRE EL DERECHO DE MARCAS, DISEÑOS INDUSTRIALES E INDICACIONES GEOGRÁFICAS RESUMEN DE LAS RESPUESTAS A LOS CUESTIONARIOS (PARTES I Y II) SOBRE LA LEGISLACIÓN Y LA PRÁCTICA EN MATERIA DE DISEÑOS INDUSTRIALES (SCT/18/7, SCT/18/8 Rev.) preparado por la Secretaría

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OMPIS

WIPO/STrad/INF/2 Rev.2

ORIGINAL: Inglés

FECHA: 19 de junio de 2009

ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUALGINEBRA

COMITÉ PERMANENTE SOBRE EL DERECHO DE MARCAS,DISEÑOS INDUSTRIALES E INDICACIONES GEOGRÁFICAS

RESUMEN DE LAS RESPUESTAS A LOS CUESTIONARIOS (PARTES I Y II) SOBRE LALEGISLACIÓN Y LA PRÁCTICA EN MATERIA DE DISEÑOS INDUSTRIALES (SCT/18/7,

SCT/18/8 Rev.)

preparado por la Secretaría

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ÍNDICE

Página

INTRODUCCIÓN .............................................................................................................. 2

I. OBJETO DE LA PROTECCIÓN.............................................................................. 5

II. SOLICITUD DE REGISTRO DE DISEÑO INDUSTRIAL .................................. 17

(a) Reproducción del diseño industrial .................................................................. 17(i) Reproducción en general ........................................................................... 17(ii) Contenido de la reproducción .................................................................... 23

(b) Descripciones.................................................................................................... 33(c) Muestras de los diseños .................................................................................... 39

(i) Muestras en general.................................................................................... 39(ii) Relación con la reproducción..................................................................... 41

(d) Indicación de los productos .............................................................................. 47(e) Solicitud de registro múltiple............................................................................ 49(f) Reivindicación .................................................................................................. 55(g) Creador del diseño ............................................................................................ 59

(i) Requisitos generales ................................................................................... 59(ii) Requisito de presentar la solicitud en nombre del creador........................ 63

(h) Fecha de presentación....................................................................................... 65(i) División de una solicitud de registro múltiple .................................................. 75(j) Divulgación autorizada antes de la solicitud .................................................... 77(k) Cambios en el diseño industrial después de la solicitud................................... 83

III. EXAMEN ................................................................................................................ 87

(a) Examen ............................................................................................................. 87(b) Examen sustantivo .......................................................................................... 113(c) Plazo para la primera comunicación por la Oficina........................................ 125

IV OPPOSICIÓN........................................................................................................ 127

(a) Procedimiento de oposición ante la Oficina o cualquier otro órganojudicial o cuasijudicial.................................................................................. 127

V. PUBLICACIÓN Y APLAZAMIENTO DE LA PUBLICACIÓN........................ 149

(a) Publicación ..................................................................................................... 149(b) Aplazamiento de la publicación...................................................................... 157

VI. DURACIÓN Y ALCANCE DE LA PROTECCIÓN............................................ 163

(a) Comienzo del período de protección .............................................................. 163(b) Alcance de la protección................................................................................. 165

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VII. RECURSOS........................................................................................................... 177

VIII. MÉTODOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS (MEDIACIÓN,ARBITRAJE)......................................................................................................... 181

IX. PROCEDIMIENTOS DE NULIDAD................................................................... 183

(a) Posibles motivos ............................................................................................. 183(b) Autoridad competente..................................................................................... 189

X. GESTIÓN DE LOS REGISTROS......................................................................... 191

(a) Renovación ..................................................................................................... 191(b) Licencias ......................................................................................................... 201(c) Estructura de las tasas ..................................................................................... 211

(i) Presentación, examen y registro.............................................................. 211(ii) Oposición ................................................................................................. 217(iii) Renovación .............................................................................................. 219(iv) Inscripción de licencias............................................................................ 223

XI. COMUNICACIÓN CON LA OFICINA............................................................... 225

(a) Medios de comunicación ................................................................................ 225(b) Firma y autenticación ..................................................................................... 229

(i) Comunicaciones en papel ........................................................................ 229(ii) Utilización de medios electrónicos de transmisión ................................. 231(iii) Comunicaciones presentadas en formato electrónico ............................. 233

(c) Medidas de subsanación ................................................................................. 237

XII. RELACIÓN CON LAS MARCAS ....................................................................... 239

(a) Objetos que gozan de doble protección .......................................................... 239(b) Objetos que están esencialmente dictados por consideraciones técnicas o

funcionales ...................................................................................................... 253(c) Observancia de los derechos acumulativos .................................................... 257

XIII. RELACIÓN CON EL DERECHO DE AUTOR................................................... 259

XIV. RELACIÓN CON LA LEGISLACIÓN SOBRE COMPETENCIADESLEAL.............................................................................................................. 267

XV. SISTEMA DE PROTECCIÓN EN VIRTUD DEL CUAL SE RESPONDIÓ ALPRESENTE CUESTIONARIO ............................................................................. 275

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INTRODUCCIÓN

1. En la decimosexta sesión del Comité Permanente sobre el Derecho de Marcas, DiseñosIndustriales e Indicaciones Geográficas (SCT), celebrada en Ginebra del 13 al 17 de noviembrede 2006, el SCT examinó varias cuestiones relativas a las formalidades aplicables a losprocedimientos de registro de los diseños, así como la relación entre los diseños industriales y lasobras de arte aplicadas y las marcas tridimensionales. Los debates se basaron en losdocumentos SCT/9/6 y SCT/16/6.

2. Al concluir esa sesión, el SCT pidió a la Secretaría que elaborara un cuestionario sobre lasformalidades de registro de los diseños industriales y los límites existentes entre todos los tiposde marcas y los diseños industriales (véanse los párrafos 25 y 27 del documento SCT/16/8), conel fin de comprender más adecuadamente los distintos sistemas de diseños.

3. En consecuencia, la Secretaría sometió un proyecto de cuestionario a consideración de ladecimoséptima sesión del SCT, celebrada en Ginebra del 7 al 11, 2007. En esa sesión, el SCTadoptó el cuestionario y decidió que la Oficina Internacional lo distribuyera con plazo hasta el 2de noviembre de 2007 para presentar las respuestas (véase el documento SCT/18/7). Por otraparte, el SCT pidió a la Secretaría que, además del cuestionario sobre la legislación y la prácticaen materia de diseños industriales (Parte I), elaborara un segundo cuestionario sobre la base deotras cuestiones expuestas por los miembros del SCT (véase el párrafo 432 del documentoSCT/17/8). Por lo tanto, en la decimoctava sesión del SCT, celebrada en Ginebra del 12 al 16 denoviembre de 2007, se presentó un proyecto de cuestionario sobre la legislación y la práctica enmateria de diseños industriales (Parte II), a fin de que se formularan comentarios. Tras seradoptado al concluir esa sesión, el cuestionario fue distribuido entre los miembros del SCT, conplazo hasta el 31 de enero de 2008 para presentar las respuestas (véase el documento SCT/18/8Rev.).

ESTRUCTURA DE LOS CUESTIONARIOS

4. El cuestionario sobre la legislación y la práctica en materia de diseños industriales (Parte I)contenía 83 preguntas sobre las formalidades relativas a los procedimientos de registro dediseños, la gestión de los registros y la comunicación con las oficinas. El cuestionario sobre lalegislación y la práctica en materia de diseños industriales (Parte II) contenía 47 preguntas sobrelas cuestiones siguientes: el objeto de la protección en calidad de diseño industrial, lasformalidades de registro de los diseños industriales, los recursos, los procedimientos deinvalidación y de solución de controversias, y la relación de los diseños industriales con lasmarcas, el derecho de autor y la legislación contra la competencia desleal.

5. En general, los cuestionarios se estructuraron de manera que se facilitara la evaluación delas respuestas. En el caso de las 130 preguntas, bastaba con responder marcando la casillacorrespondiente (SÍ/ NO/ N /A). En algún caso, se ofrecía la posibilidad de responder de otramanera, mediante la opción “otros”. Esa opción se limitó al mínimo, a fin de evitar en la medidade lo posible las respuestas que contuvieran comentarios.

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ESTRUCTURA DEL DOCUMENTO

6. En el presente documento se exponen las respuestas proporcionadas por los Estadosmiembros y las organizaciones intergubernamentales a la Parte I y Parte II de los cuestionarios.Como la Parte II del cuestionario complementa la Parte I y contiene varias preguntas relativas alos procedimientos de registro de los diseños, que se han examinado asimismo en otras preguntasde la Parte I, se ha considerado preferible reunir las respuestas a los dos cuestionarios en unúnico documento y reagruparlas con arreglo a los temas tratados.

7. En consecuencia, en el presente documento no se reproduce exactamente la numeración delas preguntas de los cuestionarios, sino que se exponen las preguntas y las respuestas con arregloal orden en que figuran los temas que aparecen en el índice.

8. Algunas preguntas del cuestionario van acompañadas de otra pregunta, aplicableúnicamente en caso de que la respuesta a la primera haya sido afirmativa. Las preguntas que sederivan de una cuestión anterior figuran en el presente documento agrupadas bajo el mismonúmero que la pregunta en cuestión, seguidas de la indicación “bis,” “ter,” etc., según proceda.

9. El presente documento se basa en las respuestas al cuestionario sobre la legislación y lapráctica en materia de diseños industriales (Parte I) recibidas de los siguientes Estadosmiembros: Alemania, Arabia Saudita, Argelia, Argentina, Armenia, Australia, Austria,Azerbaiyán, Bangladesh, Belarús, Bosnia y Herzegovina, Brasil, Brunei Darussalam, Bulgaria,Canadá, Chile, China, Colombia, Cote d’Ivoire, Croacia, Dinamarca, Ecuador, El Salvador,España, Estados Unidos de América, Estonia, la ex República Yugoslava de Macedonia,Federación de Rusia, Filipinas, Finlandia, Georgia, Grecia, Hungría, Italia, Japón, Kenya,Lituania, Kirguistán, Letonia, Madagascar, Marruecos, México, Mónaco, Nicaragua, Noruega,Nueva Zelandia, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Árabe Siria, República Checa,República de Corea, República de Moldova, República Dominicana, la República Eslovaca,Rumania, Senegal, Serbia, Singapur, Sudáfrica, Suecia, Suiza, Tailandia, Túnez, Ucrania,Uruguay, Vietnam (67). La Comunidad Europea (CE) también respondió al cuestionario sobrela legislación y la práctica en materia de diseños industriales (Parte I). Las siguientesorganizaciones intergubernamentales también respondieron al cuestionario sobre la legislación yla práctica en materia de diseños industriales (Parte I): la Organización Africana de la PropiedadIntelectual (OAPI) y la Oficina de Propiedad Intelectual del Benelux (BOIP) (2).

10. El presente documento se basa asimismo en las respuestas al cuestionario sobre lalegislación y la práctica en materia de diseños industriales (Parte II) recibidas de los siguientesEstados miembros: Alemania, Argelia, Argentina, Armenia, Australia, Austria, Belarús, Bhután,Brasil, Bulgaria, Camboya, Canadá, Colombia, Croacia, Dinamarca, Eslovenia, España, Estonia,la ex República Yugoslava de Macedonia, Federación de Rusia, Finlandia, Georgia, Grecia,Hungría, Japón, Kirguistán, Letonia, Lituania, Malasia, Marruecos, México, Noruega,Nueva Zelandia, Pakistán, Portugal, Reino Unido, República Checa, República de Corea,República de Moldova, la República Eslovaca, Rumania, Serbia, Sudáfrica, Sudán, Suecia,Suiza, Tailandia, Turkmenistán, Turquía, Ucrania (50). La Comunidad Europea (CE) respondiótambién al cuestionario sobre la legislación y la práctica en materia de diseños industriales(Parte II). Las siguientes organizaciones intergubernamentales también respondieron alcuestionario sobre la legislación y la práctica en materia de diseños industriales (Parte I): laOrganización Africana de la Propiedad Intelectual (OAPI) y la Oficina de Propiedad Intelectualdel Benelux (BOIP) (2).

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11. En la preparación del presente documento, la Secretaría ha procesado un total de 8.160respuestas de los Estados miembros, la Comunidad Europea y las organizacionesintergubernamentales mencionadas en los párrafos 9 y 10.

AVISO IMPORTANTE

12. La información que figura en el presente documento ha sido recopilada sobre la base de lasrespuestas a los cuestionarios publicados en los documentos SCT/18/7 y SCT/18/8/Rev. Esasrespuestas constituyen la información proporcionada por los Estados y las organizacionesparticipantes exclusivamente con el propósito de definir las cuestiones que podrían abordarse anivel internacional en relación con la evolución futura de la legislación internacional en materiade diseños industriales. La información contenida en el presente documento no debeconsiderarse de ninguna manera en el sentido de que constituye una fuente jurídicamentevinculante de la legislación aplicable en los Estados y en las organizaciones mencionados en elpresente documento o una guía para interpretar dicha legislación.

13. Al reproducir las respuestas, la Secretaría ha tratado de reflejar exactamente las respuestasque contenían comentarios adicionales y tener en cuenta en la evaluación las observacionesformuladas por los participantes a título de explicación. Sin embargo, no cabe descartar laposibilidad de que se hayan evaluado inexactamente algunas respuestas. Por lo tanto, se solicitaa las delegaciones que pidan una corrección las inexactitudes que hayan podido detectar en lamanera en que se exponen sus respuestas en el presente documento.

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I. OBJETO DE LA PROTECCIÓN

1. Pueden ser objeto de protección en calidad de diseños industriales:Países/Oficinasregionales de P.I. un tipo de

letrauna palabra o una secuencia deletras en caracteres estándar

los colores el color per se

Alemania SÍ NO SÍ NOArabia SauditaArgelia NO NO SÍ NOArgentina NO SÍ NO NOArmenia SÍ NO N/A NOAustralia NO NO SÍ NOAustria SÍ NO NO NOAzerbaiyánBangladeshBelarús SÍ NO SÍ NOBhután NO NO SÍ SÍBosnia y HerzegovinaBrasil SÍ NO NO NOBrunei DarussalamBulgaria SÍ NO SÍ NOCamboya SÍ NO SÍ SÍCanadá SÍ NO NO NOChileChinaColombia NO NO NO NOCôte d’IvoireCroacia SÍ NO NO NODinamarca N/A NO N/A NOEcuadorEl SalvadorEslovaquia SÍ NO NO NOEslovenia SÍ NO NO NOEspaña SÍ NO SÍ NOEstados Unidos deAméricaEstonia SÍ NO NO NOFederación de Rusia SÍ NO N/A N/AFilipinasFinlandia SÍ NO NO NOGeorgia SÍ NO SÍ NOGrecia SÍ NO SÍ NOHungría SÍ NO SÍ NOItaliaJapón NO NO N/A NOKenyaKirguistán SÍ NO NO NOla ex RepúblicaYugoslava deMacedonia

NO NO SÍ NO

Letonia SÍ NO SÍ NOLituania SÍ NO SÍ NOMadagascarMalasia NO NO NO NOMarruecos SÍ SÍ SÍ NOMéxico NO NO NO NO

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I. OBJETO DE LA PROTECCIÓN

1. Pueden ser objeto de protección en calidad de diseños industriales:Países/Oficinasregionales de P.I. un tipo de

letrauna palabra o una secuencia deletras en caracteres estándar

los colores el color per se

MónacoNicaraguaNoruega SÍ NO NO NONueva Zelandia SÍPakistán NO NO NO NOPoloniaPortugalReino Unido SÍ NO SÍ NORepública Árabe SiriaRepública Checa SÍ NO NO NORepública de Corea SÍ NO SÍ NORepública de Moldova SÍ NO SÍ NORepública DominicanaRumania SÍ NO SÍ NOSenegalSerbia SÍ SÍ SÍ NOSingapurSudáfrica SÍ NO SÍ NOSudán SÍ SÍ SÍ SÍSuecia SÍ NO NO NOSuiza SÍ NO NO NOTailandiaTúnezTurkmenistán SÍ NO NO NOTurquía SÍ SÍ NO NOUcrania SÍ NO SÍ NOUruguayViet NamCE SÍ NO SÍ NOOAPIOPIB SÍ NO SÍ NO

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I. OBJETO DE LA PROTECCIÓN

1. Pueden ser objeto de protección en calidad de diseños industriales:Países/Oficinasregionales de P.I. un símbolo gráfico,

por ejemplo, undibujo, una imageno un logotipo

una ornamentación, porejemplo, los elementosy motivos figurativos

el embalaje deun producto

la forma deun producto

Alemania SÍ SÍ SÍ SÍArabia SauditaArgelia SÍ SÍ SÍ NOArgentina SÍ SÍ SÍ SÍArmenia SÍ SÍ SÍ SÍAustralia NO SÍ SÍ SÍAustria SÍ SÍ SÍ SÍAzerbaiyánBangladeshBelarús SÍ SÍ SÍ SÍBhután NO SÍ SÍ SÍBosnia y HerzegovinaBrasil SÍ SÍ SÍ SÍBrunei DarussalamBulgaria SÍ SÍ SÍ SÍCamboya SÍ SÍ SÍ SÍCanadá SÍ SÍ SÍ SÍChileChinaColombia NO SÍ SÍ SÍCôte d’IvoireCroacia SÍ SÍ SÍ SÍDinamarca SÍ SÍ SÍ SÍEcuadorEl SalvadorEslovaquia SÍ SÍ SÍ SÍEslovenia SÍ SÍ SÍ SÍEspaña SÍ SÍ SÍ SÍEstados Unidos deAméricaEstonia NO SÍ SÍ SÍFederación de Rusia SÍ SÍ SÍ SÍFilipinasFinlandia SÍ SÍ SÍ SÍGeorgia SÍ SÍ SÍ SÍGrecia SÍ SÍ SÍ SÍHungría SÍ SÍ SÍ SÍItaliaJapón NO NO SÍ SÍKenyaKirguistán SÍ SÍ SÍ SÍla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

SÍ SÍ SÍ SÍ

Letonia SÍ SÍ SÍ SÍLituania SÍ SÍ SÍ SÍMadagascarMalasia NO SÍ SÍ SÍMarruecos SÍ SÍ SÍ SÍ

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I. OBJETO DE LA PROTECCIÓN

1. Pueden ser objeto de protección en calidad de diseños industriales:Países/Oficinasregionales de P.I. un símbolo gráfico,

por ejemplo, undibujo, una imageno un logotipo

una ornamentación, porejemplo, los elementosy motivos figurativos

el embalaje deun producto

la forma deun producto

México SÍ SÍ SÍ SÍMónacoNicaraguaNoruega SÍ SÍ SÍ SÍNueva Zelandia SÍ SÍPakistán NO SÍ SÍ SÍPoloniaPortugal SÍ SÍ SÍ SÍReino Unido SÍ SÍ SÍ SÍRepública Árabe SiriaRepública Checa SÍ NO SÍ SÍRepública de Corea NO NO SÍ SÍRepública de Moldova SÍ SÍ SÍ SÍRepública DominicanaRumaniaSenegalSerbia SÍ SÍ SÍ SÍSingapurSudáfrica SÍ SÍ SÍ SÍSudán SÍ SÍ SÍ SÍSuecia SÍ SÍ SÍ SÍSuiza SÍ SÍ SÍ SÍTailandiaTúnezTurkmenistán SÍ SÍ SÍ SÍTurquía SÍ SÍ SÍ SÍUcrania NOUruguayViet NamCE SÍ SÍ SÍ SÍOAPI SÍ SÍ SÍ SÍOPIB SÍ SÍ SÍ SÍ

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I. OBJETO DE LA PROTECCIÓN

1. Pueden ser objeto de protección en calidad de diseños industriales:Países/Oficinasregionales de P.I. la presentación

distintiva (get-up) yel acondicionamientodistintivo (trade-dress)

una texturao materialespecífico

una interfazgráfica deusuario

una estructuraarquitectónica

los planosarquitectónicos comotales

Alemania SÍ SÍ SÍ SÍ NOArabia SauditaArgelia SÍ SÍ NO SÍ NOArgentina N/A NO NO SÍ NOArmenia SÍ SÍ SÍ NO NOAustralia NO NO NO SÍ NOAustria SÍ SÍ SÍ SÍ SÍAzerbaiyánBangladeshBelarús N/A NO SÍ NO SÍBhután SÍ SÍ NO NO NOBosnia y HerzegovinaBrasil NO NO NO NO NOBrunei DarussalamBulgaria SÍ NO SÍ SÍ NOCamboya N/A SÍ N/A N/A N/ACanadá N/A NO NO SÍ NOChileChinaColombia NO NO NO NO NOCôte d’IvoireCroacia SÍ SÍ SÍ SÍ NODinamarca SÍ NO SÍ SÍ N/AEcuadorEl SalvadorEslovaquia SÍ SÍ SÍ NO NOEslovenia SÍ SÍ N/A SÍ NOEspaña SÍ SÍ SÍ SÍ NOEstados Unidos deAméricaEstonia SÍ SÍ SÍ NO NOFederación de Rusia SÍ SÍ SÍ NO N/AFilipinasFinlandia SÍ SÍ SÍ SÍ NOGeorgia SÍ SÍ SÍ SÍ SÍGrecia SÍ SÍ SÍ SÍ NOHungría SÍ SÍ SÍ SÍ NOItaliaJapón N/A NO N/A N/A NOKenyaKirguistán SÍ SÍ N/A N/A N/Ala ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

N/A SÍ SÍ SÍ NO

Letonia SÍ SÍ SÍ SÍ NOLituania SÍ SÍ SÍ SÍ SÍMadagascarMalasia SÍ NO NO NO NO

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I. OBJETO DE LA PROTECCIÓN

1. Pueden ser objeto de protección en calidad de diseños industriales:Países/Oficinasregionales de P.I. la presentación

distintiva (get-up) yel acondicionamientodistintivo (trade-dress)

una texturao materialespecífico

una interfazgráfica deusuario

una estructuraarquitectónica

los planosarquitectónicos comotales

Marruecos SÍ SÍ N/A SÍ SÍMéxico NO NO SÍ SÍ NOMónacoNicaraguaNoruega SÍ SÍ SÍ SÍ NONueva Zelandia SÍPakistán SÍ SÍ NO SÍ NOPoloniaPortugal SÍ SÍ SÍ SÍ NOReino Unido SÍ SÍ SÍ SÍ SÍRepública Árabe SiriaRepública Checa SÍ NO NO SÍ NORepública de Corea NO SÍ SÍ NO NORepública de Moldova SÍ SÍ SÍ SÍ SÍRepública DominicanaRumania SÍ SÍ SÍ SÍ NOSenegalSerbia SÍ SÍ SÍ SÍ SÍSingapurSudáfrica SÍ SÍ SÍ SÍ NOSudán SÍ NOSuecia NO NO SÍ SÍ NOSuiza SÍ NO NO SÍ SÍTailandiaTúnezTurkmenistán SÍ SÍ SÍ SÍ NOTurquía SÍ SÍ SÍ SÍ NOUcrania SÍ SÍ SÍ NO SÍUruguayViet NamCE SÍ SÍ SÍ SÍ SÍOAPI SÍ NO SÍ SÍ SÍOPIB SÍ SÍ SÍ SÍ SÍ

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I. OBJETO DE LA PROTECCIÓN

1. Pueden ser objeto de protección en calidad de diseños industriales:Países/Oficinas regionalesde P.I. el interior de una

habitación, tienda,vehículo, etc.

La apariencia de un producto deforma variable, por ejemplo,una fuente o un globo inflable

las etiquetas loshologramas

Alemania SÍ SÍ SÍ SÍArabia SauditaArgelia SÍ NO SÍ NOArgentina SÍ NO SÍ N/AArmenia SÍ NO SÍ NOAustralia SÍ NO SÍ NOAustria SÍ SÍ SÍ SÍAzerbaiyánBangladeshBelarús SÍ NO SÍ SÍBhután NO SÍ NO NOBosnia y HerzegovinaBrasil NO SÍ NO NOBrunei DarussalamBulgaria NO SÍ SÍ NOCamboya N/A N/A SÍ N/ACanadá NO NO SÍ NOChileChinaColombia NO SÍ NO NOCôte d’IvoireCroacia SÍ NO SÍ NODinamarca SÍ N/A N/A N/AEcuadorEl SalvadorEslovaquia SÍ SÍ SÍ SÍEslovenia SÍ N/A SÍ SÍEspaña SÍ NO SÍ SÍEstados Unidos deAméricaEstonia SÍ SÍ SÍ SÍFederación de Rusia SÍ NO SÍ N/AFilipinasFinlandia SÍ N/A SÍ SÍGeorgia SÍ SÍ SÍ N/AGrecia SÍ SÍ SÍ SÍHungría SÍ SÍ SÍ SÍItaliaJapón NO N/A SÍ NOKenyaKirguistán N/A NO NO NOla ex República Yugoslavade Macedonia

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Letonia SÍ SÍ SÍ SÍLituania SÍ SÍ SÍ SÍMadagascarMalasia NO NO SÍ NOMarruecos SÍ SÍ SÍ SÍMéxico NO SÍ SÍ NO

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I. OBJETO DE LA PROTECCIÓN

1. Pueden ser objeto de protección en calidad de diseños industriales:Países/Oficinas regionalesde P.I. el interior de una

habitación, tienda,vehículo, etc.

La apariencia de un producto deforma variable, por ejemplo,una fuente o un globo inflable

las etiquetas loshologramas

MónacoNicaraguaNoruega SÍ SÍ SÍ NONueva Zelandia SÍPakistán NO SÍ NO NOPoloniaPortugal SÍ SÍ SÍ SÍReino Unido SÍ SÍ SÍ SÍRepública Árabe SiriaRepública Checa SÍ SÍ SÍ SÍRepública de Corea NO SÍ NO NORepública de Moldova SÍ NO SÍ SÍRepública DominicanaRumania SÍ SÍ SÍ SÍSenegalSerbia NO SÍ SÍ SÍSingapurSudáfrica SÍ SÍ SÍ SÍSudán SÍSuecia SÍ SÍ SÍ SÍSuiza SÍ NO SÍ SÍTailandiaTúnezTurkmenistán NO NO SÍ SÍTurquía SÍ NO SÍ NOUcrania SÍ NO SÍ SÍUruguayViet NamCE SÍ SÍ SÍ SÍOAPI SÍ SÍ SÍ SÍOPIB SÍ SÍ SÍ SÍ

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I. OBJETO DE LA PROTECCIÓN

1. Pueden ser objeto de protección en calidad de diseños industriales:Países/Oficinas regionalesde P.I. un personaje

de dibujoanimado

un iconoanimado

un esquema de trazado delos circuitos integrados

una pieza derecambio

otros

Alemania SÍ SÍ NO SÍArabia SauditaArgelia NO NO NO SÍArgentina SÍ NO SÍ N/AArmenia SÍ N/A NO NOAustralia NO NO NO SÍAustria SÍ SÍ SÍ SÍAzerbaiyánBangladeshBelarús NO NO NO SÍBhután NO NO NO NOBosnia y HerzegovinaBrasil NO NO NO SÍBrunei DarussalamBulgaria SÍ NO NO SÍCamboya N/A N/A NO SÍCanadá NO N/A NO N/AChileChinaColombia SÍ NO NO NOCôte d'IvoireCroacia SÍ NO NO SÍDinamarca SÍ SÍ SÍ SÍEcuadorEl SalvadorEslovaquia SÍ SÍ NO SÍEslovenia SÍ SÍ N/A SÍEspaña SÍ SÍ NO SÍEstados Unidos deAméricaEstonia SÍ NO NO SÍFederación de Rusia SÍ N/A N/A SÍFilipinasFinlandia SÍ NO SÍ SÍGeorgia SÍ SÍ NO NOGrecia NO NO NO SÍHungría SÍ SÍ NO SÍItaliaJapón NO NO NO SÍKenyaKirguistán NO NO NO N/Ala ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

SÍ N/A NO NO

Letonia SÍ SÍ NO NOLituania SÍ SÍ NO SÍMadagascarMalasia NO NO NO SÍMarruecos SÍ NO NO NOMéxico NO NO NO SÍ

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I. OBJETO DE LA PROTECCIÓN

1. Pueden ser objeto de protección en calidad de diseños industriales:Países/Oficinas regionalesde P.I. un personaje

de dibujoanimado

un iconoanimado

un esquema de trazado delos circuitos integrados

una pieza derecambio

otros

MónacoNicaraguaNoruega SÍ SÍ NO SÍNueva Zelandia SÍPakistán NO NO NO SÍ N/APoloniaPortugal SÍ SÍ NO SÍ

Reino Unido SÍ SÍ SÍ SÍ

Textiles;Encaje;Papel

PintadoRepública Árabe SiriaRepública Checa SÍ NO SÍ SÍRepública de Corea NO SÍ NO SÍRepública de Moldova SÍ NO SÍ SÍRepública DominicanaRumania SÍ SÍ NO SÍSenegalSerbia SÍ SÍ SÍ SÍSingapurSudáfrica SÍ SÍ SÍSudán N/A N/A SÍSuecia SÍ NO SÍ SÍSuiza SÍ NO NO SÍTailandiaTúnezTurkmenistán NO NO NO SÍTurquía SÍ NO NO SÍUcrania SÍ SÍ NO SÍUruguayViet NamCE SÍ SÍ NO SÍOAPIOPIB SÍ SÍ NO SÍ

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 15

I. OBJETO DE LA PROTECCIÓN

Países/Oficinasregionales de P.I.

2. Una parte de un producto separabledel producto puede constituir un diseñoindustrial.

3. Una parte de un producto que no esseparable del producto puede constituir undiseño industrial.

Alemania SÍ SÍArabia SauditaArgelia SÍ SÍArgentina SÍ SÍArmenia SÍ NOAustralia SÍ NOAustria SÍ SÍAzerbaiyánBangladeshBelarús SÍ SÍBhután NO SÍBosnia y HerzegovinaBrasil SÍ NOBrunei DarussalamBulgaria SÍ NOCamboya SÍ SÍCanadá SÍ SÍChileChinaColombia SÍ SÍCôte d'IvoireCroacia SÍ SÍDinamarca SÍ SÍEcuadorEl SalvadorEslovaquia SÍ NOEslovenia SÍEspaña SÍ SÍEstados Unidos deAméricaEstonia SÍ NOFederación de Rusia SÍ SÍFilipinasFinlandia SÍ SÍGeorgia SÍ SÍGrecia SÍ SÍHungría SÍ SÍItaliaJapón SÍ SÍKenyaKirguistán SÍ NOla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

SÍ SÍ

Letonia SÍ SÍLituania SÍ SÍMadagascarMalasia SÍ NOMarruecos SÍ SÍMéxico SÍ SÍMónaco

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 16

I. OBJETO DE LA PROTECCIÓN

Países/Oficinasregionales de P.I.

2. Una parte de un producto separabledel producto puede constituir un diseñoindustrial.

3. Una parte de un producto que no esseparable del producto puede constituir undiseño industrial.

NicaraguaNoruega SÍ SÍNueva ZelandiaPakistán SÍ SÍPoloniaPortugal SÍ SÍReino Unido SÍ SÍRepública Árabe SiriaRepública Checa SÍ SÍRepública de Corea SÍ SÍRepública de Moldova SÍ SÍRepública DominicanaRumania SÍ NOSenegalSerbia SÍ SÍSingapurSudáfrica SÍ SÍSudán SÍ NOSuecia SÍ SÍSuiza SÍ SÍTailandiaTúnezTurkmenistán SÍ SÍTurquía SÍ SÍUcrania SÍ NOUruguayViet NamCE SÍ SÍOAPI SÍ SÍOPIB SÍ SÍ

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 17

II. SOLICITUD DE REGISTRO DE DISEÑO INDUSTRIALReproducción del diseño industrial

Reproducción en general

4. El diseño industrial o el producto o productos que constituyen el diseñoindustrial, pueden reproducirse en forma de:

Países/Oficinasregionales de P.I.

fotografías(blanco y negro)

fotografías(color)

dibujos dibujos técnicos

Alemania SÍ SÍ SÍ SÍArabia Saudita SÍ SÍ SÍ NOArgelia SÍ SÍ SÍArgentina NO NO SÍ NOArmenia SÍ SÍ SÍ SÍAustralia SÍ SÍ SÍ SÍAustria SÍ SÍ SÍ NOAzerbaiyán SÍ SÍ SÍ NOBangladesh N/A N/A N/A N/ABelarús SÍ SÍ SÍ NOBhutánBosnia y HerzegovinaBrasil SÍ SÍ SÍ N/ABrunei Darussalam SÍ SÍ SÍ SÍBulgaria SÍ SÍ SÍ NOCamboyaCanadá SÍ NO SÍ SÍChile NO NO SÍ SÍChina SÍ SÍ SÍ SÍColombia SÍ SÍ SÍ SÍCôte d'IvoireCroacia SÍ SÍ SÍ NODinamarca SÍ SÍ SÍ NOEcuador SÍ SÍ SÍ SÍEl Salvador SÍ SÍ SÍ SÍEslovaquia SÍ SÍ SÍ NOEsloveniaEspaña SÍ SÍ SÍ SÍEstados Unidos deAmérica

SÍ SÍ SÍ NO

Estonia SÍ SÍ SÍ NO

Federación de Rusia SÍ SÍ SÍAlternativamente a la

fotografía o dibujoFilipinas SÍ SÍ SÍ SÍFinlandia SÍ SÍ SÍ NOGeorgiaGrecia SÍ SÍ SÍ NOHungría SÍ SÍ SÍ SÍItalia SÍ SÍ SÍ SÍJapón SÍ SÍ SÍ NOKenya SÍ SÍ SÍ SÍKirguistán SÍ SÍ SÍla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

SÍ SÍ SÍ SÍ

Letonia SÍ SÍ SÍ NOLituania SÍ SÍ SÍ SÍMadagascar SÍ SÍ N/A N/AMalasia

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 18

II. SOLICITUD DE REGISTRO DE DISEÑO INDUSTRIALReproducción del diseño industrial

Reproducción en general

4. El diseño industrial o el producto o productos que constituyen el diseñoindustrial, pueden reproducirse en forma de:

Países/Oficinasregionales de P.I.

fotografías(blanco y negro)

fotografías(color)

dibujos dibujos técnicos

Marruecos SÍ SÍ SÍ SÍMéxico SÍ SÍ SÍ NOMónacoNicaragua SÍ SÍ SÍ SÍNoruega SÍ SÍ SÍ NONueva Zelandia SÍ SÍ SÍ NOPakistánPolonia SÍ SÍ SÍ SÍPortugal SÍ SÍ SÍ NOReino Unido SÍ SÍ SÍ NORepública Árabe Siria SÍ SÍ SÍ SÍRepública Checa SÍ SÍ SÍ NORepública de Corea SÍ SÍ SÍ SÍRepública de Moldova NO NO NO SÍRepública Dominicana SÍ SÍ SÍ SÍRumania SÍ SÍ SÍ NOSenegal SÍ SÍ SÍ SÍSerbia SÍ SÍ SÍ NOSingapur SÍ SÍ SÍ SÍSudáfrica SÍ SÍ SÍ SÍSudánSuecia SÍ SÍ SÍ NOSuiza SÍ SÍ SÍ SÍTailandia SÍ SÍTúnez SÍ SÍ SÍ SÍTurkmenistánTurquíaUcrania SÍ SÍ SÍ SÍUruguay SÍ SÍ SÍ SÍViet Nam SÍ SÍ SÍ NONCE SÍ SÍ SÍ SÍOAPI SÍ SÍ SÍ SÍOPIB SÍ SÍ SÍ NO

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II. SOLICITUD DE REGISTRO DE DISEÑO INDUSTRIALReproducción del diseño industrial

Reproducción en general

4. El diseño industrial o el producto o productos que constituyen el diseñoindustrial, pueden reproducirse en forma de:

Países/Oficinasregionales de P.I.

otras representaciones gráficas, asaber:

cualquier otro formato que permitareproducir fielmente el diseño (porejemplo, un archivo de imagen de undiseño animado).

Alemania NOArabia Saudita NOArgelia SÍArgentina NOArmenia N/AAustralia N/AAustria NOAzerbaiyán NOBangladesh SÍBelarús NOBhutánBosnia y HerzegovinaBrasil NOBrunei Darussalam N/ABulgaria NOCamboyaCanadá NOChile NOChina NOColombia NOCôte d'IvoireCroacia NODinamarca N/AEcuador SÍEl Salvador N/AEslovaquia NOEsloveniaEspaña NO Estados Unidos deAmérica

Estonia NOFederación de Rusia NOFilipinas N/AFinlandia NOGeorgiaGrecia NOHungría NOItalia NO

JapónRepresentaciones generadas por

ordenadorNO

Kenya N/AKirguistán NOla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

N/A

Letonia NOLituania NO

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II. SOLICITUD DE REGISTRO DE DISEÑO INDUSTRIALReproducción del diseño industrial

Reproducción en general

4. El diseño industrial o el producto o productos que constituyen el diseñoindustrial, pueden reproducirse en forma de:

Países/Oficinasregionales de P.I.

otras representaciones gráficas, asaber:

cualquier otro formato que permitareproducir fielmente el diseño (porejemplo, un archivo de imagen de undiseño animado).

Madagascar N/AMalasiaMarruecos NOMéxico SÍMónacoNicaraguaNoruega NONueva Zelandia NOPakistánPolonia N/APortugal NOReino Unido SÍRepública Árabe Siria SÍRepública Checa NORepública de Corea SÍRepública de Moldova NORepública Dominicana SÍRumania NOSenegalSerbia Fotografía digital NOSingapur NOSudáfrica SÍSudánSuecia NOSuiza NOTailandiaTúnez SÍTurkmenistánTurquíaUcrania NOUruguay NOViet Nam NOCE NO

OAPIRepresentación gráfica por fotografía

o muestra del diseño industrialOPIB NO

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II. SOLICITUD DE REGISTRO DE DISEÑO INDUSTRIALReproducción del diseño industrial

Reproducción en general

Países/Oficinasregionales de P.I.

5. Las líneas punteadas o discontinuaspueden utilizarse para representarcaracterísticas que no forman parte deldiseño reivindicado.

6. Se exige unnúmero determinadode copias de lareproducción.

6bis. Número decopias exigidas:

Alemania SÍ SÍ 3Arabia Saudita SÍ SÍ 3Argelia SÍ 6Argentina SÍ 4Armenia NO SÍ 6Australia SÍ SÍ 5Austria NO SÍ 2Azerbaiyán SÍ SÍ 6Bangladesh SÍ SÍ Más de 50 copiasBelarús NO SÍ 5BhutánBosnia y Herzegovina NO SÍ 2Brasil SÍ SÍ 5Brunei Darussalam SÍ SÍ 7Bulgaria SÍ SÍ 3CamboyaCanadá SÍ NOChile SÍ SÍ 1China NO SÍ 2Colombia SÍ NOCôte d'IvoireCroacia SÍ NODinamarca SÍ SÍ Por lo menos 1Ecuador SÍ NO 2El Salvador SÍ SÍ 2Eslovaquia SÍ SÍ 3EsloveniaEspaña SÍ NOEstados Unidos deAmérica

SÍ SÍ 1

Estonia SÍ SÍFederación de Rusia SÍ SÍ 3Filipinas SÍ SÍ Por lo menos 5Finlandia SÍ SÍ 3Georgia SÍ SÍ 2Grecia NO SÍ 2Hungría NO SÍ 3Italia NO NOJapón N/A NOKenya N/A SÍ 2Kirguistán SÍla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

NO SÍ 3

Letonia SÍ SÍ 2Lituania SÍ SÍ 5Madagascar SÍ SÍ 3MalasiaMarruecos N/A SÍ 3

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II. SOLICITUD DE REGISTRO DE DISEÑO INDUSTRIALReproducción del diseño industrial

Reproducción en general

Países/Oficinasregionales de P.I.

5. Las líneas punteadas o discontinuaspueden utilizarse para representarcaracterísticas que no forman parte deldiseño reivindicado.

6. Se exige unnúmero determinadode copias de lareproducción.

6bis. Número decopias exigidas:

México SÍ SÍ 3Mónaco SÍ SÍ 4Nicaragua SÍ SÍ 2Noruega SÍ SÍ 1Nueva Zelandia SÍ SÍ 4PakistánPolonia SÍ SÍ 3Portugal SÍ SÍ 2 si papelReino Unido SÍ SÍ 1República Árabe Siria NO SÍ 5República Checa NO SÍ 5República de Corea SÍ NO

República de Moldova SÍ SÍ4 (negro y blanco);

10 (color)República Dominicana SÍ SÍ 2Rumania SÍ SÍ 3Senegal SÍ 2Serbia SÍ SÍ 2Singapur SÍ NOSudáfrica N/A SÍ 7SudánSuecia SÍ NOSuiza SÍ NOTailandia NO SÍ 2Túnez SÍ SÍ 2TurkmenistánTurquíaUcrania NO SÍ 2Uruguay SÍ NOViet Nam SÍ SÍ 5CE SÍ NOOAPI NO SÍ 2OPIB SÍ SÍ 3

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II. SOLICITUD DE REGISTRO DE DISEÑO INDUSTRIALReproducción del diseño industrial

Contenido de la reproducción

Países/Oficinasregionales de P.I.

7. La reproducción debería contenerun número suficiente de vistas pararepresentar completamente elaspecto del diseño reivindicado.

8. El número devistas que puedenpresentarse eslimitado.

8bis. Númeromáximo de vistas quepueden presentarse:

Alemania SÍ SÍ 7Arabia Saudita SÍ NOArgeliaArgentina SÍ NOArmenia SÍ NOAustralia NO NOAustria SÍ SÍ 10Azerbaiyán SÍ NOBangladesh SÍ NOBelarús SÍ SÍ 7BhutánBosnia y Herzegovina SÍ NOBrasil SÍ NOBrunei Darussalam SÍ NOBulgaria SÍ NOCamboyaCanadá SÍ NOChile SÍ NOChina SÍ NOColombia SÍ NOCôte d'IvoireCroacia SÍ SÍ 6Dinamarca SÍ NOEcuador SÍ NOEl Salvador SÍ NOEslovaquia SÍ NOEsloveniaEspaña SÍ SÍ 7Estados Unidos deAmérica

SÍ NO

Estonia SÍ NOFederación de Rusia SÍ NOFilipinas SÍ NOFinlandia SÍ NOGeorgia SÍ NOGrecia SÍ NOHungría SÍ NOItalia SÍ NOJapón SÍ NOKenya SÍ NOKirguistán SÍ NOla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

SÍ NO

Letonia SÍ NOLituania SÍ NOMadagascar NO NOMalasiaMarruecos SÍ NO

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 24

II. SOLICITUD DE REGISTRO DE DISEÑO INDUSTRIALReproducción del diseño industrial

Contenido de la reproducción

Países/Oficinasregionales de P.I.

7. La reproducción debería contenerun número suficiente de vistas pararepresentar completamente elaspecto del diseño reivindicado.

8. El número devistas que puedenpresentarse eslimitado.

8bis. Númeromáximo de vistas quepueden presentarse:

México SÍ NOMónaco SÍ NONicaragua SÍ NONoruega NO NONueva Zelandia SÍ NOPakistánPolonia SÍ NOPortugal SÍ SÍ 7Reino Unido SÍ NORepública Árabe Siria SÍ NORepública Checa SÍ SÍ 24República de Corea SÍ NORepública de Moldova SÍ NORepública Dominicana SÍ SÍ 7Rumania SÍ NOSenegal SÍ NOSerbia SÍ NOSingapur SÍ SÍSudáfrica SÍ N/ASudánSuecia SÍ NOSuiza NO NOTailandia SÍ SÍ 8Túnez NO NOTurkmenistánTurquíaUcrania SÍ NOUruguay SÍ NOViet Nam SÍ NOCE SÍ SÍOAPI NO NOOPIB NO NO

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 25

II. SOLICITUD DE REGISTRO DE DISEÑO INDUSTRIALReproducción del diseño industrial

Contenido de la reproducción

9bis. Vistas exigidas:Países/Oficinasregionales de P.I.

9. Se exige un númerodeterminado de vistas. anterior posterior lateral derecha

Alemania NOArabia Saudita NOArgelia N/AArgentina NOArmenia SÍ SÍ SÍ SÍAustralia NOAustria NOAzerbaiyán SÍ SÍ SÍ SÍBangladesh SÍ SÍ SÍ SÍBelarús NOBhutánBosnia y HerzegovinaBrasil SÍ SÍ SÍ SÍBrunei Darussalam N/A SÍ SÍ SÍBulgaria NOCamboyaCanadá NOChile SÍ SÍ SÍ SÍChina SÍColombia SÍ SÍ SÍ SÍCôte d'IvoireCroacia NODinamarca NOEcuador NOEl Salvador NOEslovaquia SÍ SÍ SÍ SÍEsloveniaEspaña NOEstados Unidos deAmérica

NO

Estonia NOFederación de Rusia NOFilipinas SÍ SÍ SÍ SÍFinlandia NOGeorgia NOGrecia NOHungría NOItalia NOJapón SÍ SÍ SÍ SÍKenyaKirguistán SÍ SÍ SÍ SÍla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

N/A

Letonia NOLituania NOMadagascar NOMalasiaMarruecos NOMéxico NOMónaco NO

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 26

II. SOLICITUD DE REGISTRO DE DISEÑO INDUSTRIALReproducción del diseño industrial

Contenido de la reproducción

9bis. Vistas exigidas:Países/Oficinasregionales de P.I.

9. Se exige un númerodeterminado de vistas. anterior posterior lateral derecha

Nicaragua NONoruega NONueva Zelandia NOPakistánPolonia NOPortugal SÍReino Unido NO República Árabe Siria SÍ SÍ SÍ SÍRepública Checa NORepública de Corea SÍ SÍ SÍ SÍRepública de Moldova NORepública Dominicana SÍ SÍ SÍ SÍRumania NOSenegal NOSerbia SÍ SÍ SÍ SÍSingapur NOSudáfrica NOSudánSuecia NOSuiza NOTailandia SÍ SÍ SÍ SÍTúnez NOTurkmenistánTurquíaUcrania NOUruguay NOViet Nam SÍ SÍ SÍ SÍCE NOOAPI NOOPIB NO

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 27

II. SOLICITUD DE REGISTRO DE DISEÑO INDUSTRIALReproducción del diseño industrial

Contenido de la reproducción

9bis. Vistas exigidas:Países/Oficinasregionales de P.I. lateral izquierda superior inferior otras vistas, a saber:

AlemaniaArabia SauditaArgeliaArgentina Por dentro si aplicableArmenia SÍ SÍ SÍAustraliaAustriaAzerbaiyán SÍ SÍ SÍBangladesh SÍ SÍ SÍBelarúsBhutánBosnia y HerzegovinaBrasil SÍ SÍ SÍ perspectivaBrunei Darussalam SÍ SÍ SÍBulgariaCamboyaCanadáChile SÍ SÍ SÍ todas las vistas necesariasChinaColombia SÍ SÍ SÍ perspectivaCôte d'IvoireCroaciaDinamarcaEcuadorEl SalvadorEslovaquia SÍ SÍ SÍ perspectivaEsloveniaEspañaEstados Unidos deAméricaEstoniaFederación de RusiaFilipinas SÍ SÍ SÍ perspectiva / isométricaFinlandiaGeorgiaGreciaHungríaItaliaJapón SÍ SÍ SÍKenyaKirguistán SÍ SÍ SÍla ex RepúblicaYugoslava de MacedoniaLetoniaLituaniaMadagascarMalasiaMarruecosMéxicoMónaco

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II. SOLICITUD DE REGISTRO DE DISEÑO INDUSTRIALReproducción del diseño industrial

Contenido de la reproducción

9bis. Vistas exigidas:Países/Oficinasregionales de P.I. lateral izquierda superior inferior otras vistas, a saber:

NicaraguaNoruegaNueva ZelandiaPakistánPoloniaPortugal N/A N/A N/AReino UnidoRepública Árabe Siria SÍ SÍ SÍRepública ChecaRepública de Corea SÍ SÍ SÍRepública de MoldovaRepública Dominicana SÍ SÍ SÍRumaniaSenegalSerbia SÍ SÍ SÍ perspectivaSingapurSudáfricaSudánSueciaSuizaTailandia SÍ SÍ SÍ perspectivaTúnezTurkmenistánTurquíaUcraniaUruguayViet Nam SÍ SÍ SÍCEOAPIOPIB

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 29

II. SOLICITUD DE REGISTRO DE DISEÑO INDUSTRIALReproducción del diseño industrial

Contenido de la reproducción

11. Las vistas en perspectiva delos diseños industriales son:

Países/Oficinasregionales de P.I.

10. Se permiten lasvistas en corte delos diseñosindustriales.

10bis. Se permiten lasvistas detalladas(ampliaciones) de losdiseños industriales.

obligatorias optativas

Alemania SÍ SÍ NO SÍArabia Saudita NO NO NO SÍ Argelia SÍ SÍ NO NOArgentina SÍ SÍ SÍ NOArmenia SÍ SÍ SÍ N/AAustralia SÍ SÍ NO SÍAustria SÍ SÍ NO SÍAzerbaiyán SÍ SÍBangladesh NO N/A SÍ NOBelarús NO SÍ SÍBhutánBosnia y Herzegovina NO SÍ NO SÍBrasil SÍ NO SÍ NOBrunei Darussalam SÍ NO SÍ N/ABulgaria NO NO SÍCamboyaCanadá SÍ SÍ NO SÍChile SÍ SÍ SÍ NOChina SÍ SÍ SÍColombia NO NO SÍ NOCôte d'Ivoire SÍCroacia NO SÍ NO SÍDinamarca SÍ SÍ NO SÍEcuadorEl Salvador SÍ SÍ NO SÍEslovaquia SÍ SÍ NO SÍEsloveniaEspaña SÍ SÍ NO SÍEstados Unidos deAmérica

SÍ SÍ NO SÍ

Estonia NO SÍ NO SÍFederación de Rusia N/A SÍ NO SÍFilipinas SÍ SÍ NO SÍFinlandia SÍ SÍ NO SÍGeorgia NO SÍ NO SÍGrecia NO NO NO NOHungría SÍ SÍ NO SÍItalia NO NO NO SÍJapón SÍ SÍ NO SÍKenya SÍ NO SÍ NOKirguistán SÍ SÍ NO NOla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

N/A N/A NO SÍ

Letonia SÍ SÍ NO SÍLituania NOMadagascar SÍ SÍ NO SÍMalasiaMarruecos SÍ SÍ NO SÍ

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 30

II. SOLICITUD DE REGISTRO DE DISEÑO INDUSTRIALReproducción del diseño industrial

Contenido de la reproducción

11. Las vistas en perspectiva delos diseños industriales son:

Países/Oficinasregionales de P.I.

10. Se permiten lasvistas en corte delos diseñosindustriales.

10bis. Se permiten lasvistas detalladas(ampliaciones) de losdiseños industriales.

obligatorias optativas

México SÍ SÍ NO SÍMónaco SÍ SÍ NO SÍNicaragua SÍ SÍ SÍNoruega SÍ SÍ NO SÍNueva Zelandia SÍ SÍ NO SÍPakistánPolonia SÍ SÍ NO SÍPortugal NO SÍ SÍ NOReino Unido SÍ SÍ NO SÍRepública Árabe Siria SÍ SÍ NO SÍRepública ChecaRepública de Corea SÍ SÍ SÍRepública de MoldovaRepública DominicanaRumania NO NO NO SÍSenegal SÍ SÍSerbia NO SÍ SÍSingapur SÍ SÍ NO SÍSudáfrica SÍ SÍ SÍSudánSuecia NO SÍ NO SÍSuiza SÍ SÍ NO SÍTailandia NO NO SÍTúnez SÍ SÍ NO SÍTurkmenistánTurquíaUcrania NO SÍ NO SÍUruguay SÍ SÍ NO SÍViet Nam SÍ SÍ SÍ NOCEOAPI SÍ SÍ SÍOPIB SÍ SÍ NO SÍ

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 31

II. SOLICITUD DE REGISTRO DE DISEÑO INDUSTRIALReproducción del diseño industrial

Contenido de la reproducción

13. La calidad de la reproducción debe ser:Países/Oficinasregionales de P.I.

12. Se exige unnúmerodeterminado devistas enperspectiva.

12bis. Númerode vistas enperspectivaexigidas:

de nivelprofesional.

de una calidad que permitadistinguir claramente todos losdetalles de la materia para laque se solicita protección.

Alemania NO NO SÍArabia Saudita NO NO SÍArgelia NO SÍArgentina NO NO SÍArmenia SÍ 6 N/A SÍAustralia NO NO SÍAustria NO NO SÍAzerbaiyán SÍ 6 SÍ SÍBangladesh SÍ 4 N/A SÍBelarús SÍ 5 NO SÍBhutánBosnia y Herzegovina NO SÍ SÍBrasil NO SÍ SÍBrunei Darussalam SÍ 1 NO SÍBulgaria NO NO SÍCamboyaCanadá NO NO SÍChile NO NO SÍChina SÍColombia NO NO SÍCôte d'Ivoire SÍ SÍCroacia NO NO SÍDinamarca NO NO SÍEcuador NO NO SÍEl Salvador NO NO SÍEslovaquia NO NO SÍEsloveniaEspaña N/A NO SÍEstados Unidos deAmérica

NO NO SÍ

Estonia NO NO SÍFederación de Rusia N/A N/A SÍFilipinasFinlandia NO NO SÍGeorgia NO NO SÍGrecia NO NO SÍHungría NO NO SÍItalia NO NO SÍJapón NO NO SÍKenya NO SÍ SÍKirguistán NO SÍ SÍla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

NO SÍ SÍ

Letonia NO NO SÍLituania NO NO SÍMadagascar NO N/A SÍMalasia

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II. SOLICITUD DE REGISTRO DE DISEÑO INDUSTRIALReproducción del diseño industrial

Contenido de la reproducción

13. La calidad de la reproducción debe ser:Países/Oficinasregionales de P.I.

12. Se exige unnúmerodeterminado devistas enperspectiva.

12bis. Númerode vistas enperspectivaexigidas:

de nivelprofesional.

de una calidad que permitadistinguir claramente todos losdetalles de la materia para laque se solicita protección.

MarruecosMéxico NO NO SÍ Mónaco NO NO SÍNicaraguaNoruegaNueva ZelandiaPakistánPolonia NO NO SÍPortugal SÍ NO SÍReino Unido NO NO SÍRepública Árabe Siria NO SÍ SÍRepública Checa NO NO SÍRepública de Corea SÍ SÍ SÍRepública de Moldova NO NO SÍRepública Dominicana SÍ 1 NO SÍRumania NO SÍ SÍSenegal NO SÍ SÍSerbia SÍ 1 SÍ SÍSingapur NO NO SÍSudáfrica N/A SÍSudánSuecia NO NO SÍSuiza NO NO SÍTailandia SÍ 1 SÍ NOTúnez NO NO SÍTurkmenistánTurquíaUcrania NO NO SÍUruguay NO NO SÍViet Nam NO NO SÍCE NO NO SÍOAPI NO SÍOPIB NO SÍ

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 33

II. SOLICITUD DE REGISTRO DE DISEÑO INDUSTRIALDescripciones

14. Una descripción de la reproducción es:Países/Oficinasregionales de P.I. obligatoria optativa en general no se permiteAlemania NO SÍ NOArabia Saudita SÍ NO NOArgeliaArgentina SÍArmenia SÍAustralia N/A N/A SÍAustria NO SÍ NOAzerbaiyán SÍ NO NOBangladesh N/A N/A N/ABelarús SÍBhutánBosnia y Herzegovina NO SÍ NOBrasil NO SÍ NOBrunei Darussalam N/A SÍ N/ABulgaria SÍ NO NOCamboyaCanadá SÍ NO NOChile SÍ NO N/AChina SÍColombia NO SÍ N/ACôte d'Ivoire SÍCroacia NO SÍ NODinamarca SÍEcuador NO SÍ NOEl Salvador NO SÍ N/AEslovaquia NO SÍ NOEsloveniaEspaña NO SÍ NOEstados Unidos deAmérica

SÍ NO SÍ

Estonia N/A N/A N/AFederación de Rusia SÍ NO N/AFilipinas SÍ NO NOFinlandia NO NO SÍGeorgiaGrecia SÍHungría NO SÍ N/AItalia NO SÍJapón SÍ NO NOKenya NO SÍ NOKirguistán SÍla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

N/A N/A N/A

Letonia NO SÍ NOLituania SÍ NO NOMadagascar SÍ NO NOMalasiaMarruecos NO SÍ NOMéxico SÍ NO N/AMónaco NO SÍ NONicaragua SÍ

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 34

II. SOLICITUD DE REGISTRO DE DISEÑO INDUSTRIALDescripciones

14. Una descripción de la reproducción es:Países/Oficinasregionales de P.I. obligatoria optativa en general no se permiteNoruega N/A N/A N/ANueva ZelandiaPakistánPolonia SÍ NO NOPortugal SÍ NO NOReino Unido NO SÍ NORepública Árabe Siria SÍ NO NORepública Checa NO SÍ NORepública de Corea SÍRepública de Moldova NO SÍ NORepública Dominicana SÍ NO NORumania NO NO NOSenegal SÍSerbia SÍSingapur NO SÍ NOSudáfrica SÍSudánSuecia SÍSuiza NO SÍ NOTailandiaTúnez NO SÍ NOTurkmenistánTurquíaUcrania SÍ N/A N/AUruguay NO SÍViet Nam SÍ NO NOCE NO SÍ N/AOAPI SÍOPIB NO SÍ NO

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 35

II. SOLICITUD DE REGISTRO DE DISEÑO INDUSTRIALDescripciones

15. Una descripción de los elementos característicos del diseño industrial es:Países/Oficinasregionales de P.I. obligatoria optativa en general no

se permiteoptativa en caso de que no afecte alalcance de la protección del diseño en sí.

Alemania NO SÍ NO SÍArabia Saudita NO SÍ NO N/AArgeliaArgentina SÍ NO N/A SÍArmenia SÍAustralia NO SÍ N/A N/AAustria NO SÍ NO SÍAzerbaiyán SÍ NO NO NOBangladesh SÍ NO NO NOBelarús SÍBhutánBosnia y Herzegovina NO SÍ NO SÍBrasil NO SÍ NO SÍBrunei Darussalam N/A N/A SÍ N/ABulgaria NO SÍ NO SÍCamboyaCanadá SÍ NO NO NOChile SÍ NO N/A N/AChina NO NO SÍ NOColombia NO NO N/A N/ACôte d'Ivoire SÍCroacia NO SÍ NO SÍDinamarca NO SÍ NO SÍEcuador NO SÍ NO SÍEl Salvador NO SÍ N/A SÍEslovaquia NO SÍ NO SÍEsloveniaEspaña NO SÍ NO NOEstados Unidos deAmérica

NO SÍ N/A N/A

Estonia NO SÍ NO SÍFederación de Rusia SÍ NO N/A N/AFilipinas NO SÍ NO NOFinlandia NO NO SÍ NOGeorgia NO SÍ NO SÍGrecia SÍHungría NO NO SÍ NOItalia NO SÍ NO SÍJapón NO SÍ NO N/AKenya SÍ NO NO NOKirguistán SÍla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

NO SÍ NO N/A

Letonia NO SÍ NO SÍLituania SÍ NO NO NOMadagascar SÍ NO NO NOMalasiaMarruecos NO SÍ NO SÍMéxico NO NO SÍ N/AMónaco

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II. SOLICITUD DE REGISTRO DE DISEÑO INDUSTRIALDescripciones

15. Una descripción de los elementos característicos del diseño industrial es:Países/Oficinasregionales de P.I. obligatoria optativa en general no

se permiteoptativa en caso de que no afecte alalcance de la protección del diseño en sí.

Nicaragua SÍNoruega N/A N/A N/A N/ANueva Zelandia SÍ SÍ N/A N/APakistánPolonia SÍ NO NO NOPortugal NO NO SÍ NOReino Unido NO SÍ NO SÍRepública Árabe Siria SÍ NO NO SÍRepública Checa NO NO SÍ NORepública de Corea SÍRepública de Moldova N/A N/A N/A N/ARepública Dominicana NORumania SÍ NO NOSenegal SÍSerbia SÍSingapur SÍ NO NO NOSudáfrica SÍSudánSuecia NO NO SÍ NOSuiza NO SÍ NO N/ATailandiaTúnez NO SÍ NO SÍTurkmenistánTurquíaUcrania SÍ N/A N/A N/AUruguay SÍViet Nam SÍ NO NO NOCE NO N/A N/A SÍOAPI SÍOPIB NO SÍ NO SÍ

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II. SOLICITUD DE REGISTRO DE DISEÑO INDUSTRIALDescripciones

16. El uso de descripciones es:Países/Oficinasregionales de P.I. frecuente por parte

de los solicitantes% de solicitudescon descripciones:

poco común por partede los solicitantes

% de solicitudescon descripciones:

Alemania SÍ 30% NOArabia Saudita SÍ 100% NOArgeliaArgentina SÍ NOArmenia SÍ 100%Australia SÍ 50% SÍ 50%Austria NO NOAzerbaiyán SÍ 100% NOBangladesh SÍ 100% NOBelarús N/A N/ABhután SÍBosnia y Herzegovina NO SÍ 20%Brasil SÍ 70% NOBrunei Darussalam N/ABulgaria NO SÍ 0.8%CamboyaCanadá SÍ 100% NOChile SÍ 100% NOChina SÍColombia NO SÍ 5%Côte d'IvoireCroacia SÍ NODinamarca SÍ 25%Ecuador SÍ 10%El Salvador SÍ 80% NOEslovaquia NO SÍ 30%EsloveniaEspaña SÍ 40% NOEstados Unidos deAmérica

NO SÍ 1%

Estonia NO SÍ 2-3%Federación de Rusia SÍ 100%Filipinas SÍFinlandia N/A N/AGeorgia SÍ 5% SÍ 5%Grecia SÍ aprox. 15%Hungría N/A N/AItalia SÍ 80%Japón SÍ 70% NOKenya SÍ 50% NOKirguistán SÍ SÍla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

NO SÍ 4%

Letonia NO SÍLituaniaMadagascar SÍ 100% NOMalasiaMarruecos NO SÍMéxico NO NOMónaco NO N/A

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 38

II. SOLICITUD DE REGISTRO DE DISEÑO INDUSTRIALDescripciones

16. El uso de descripciones es:Países/Oficinasregionales de P.I. frecuente por parte

de los solicitantes% de solicitudescon descripciones:

poco común por partede los solicitantes

% de solicitudescon descripciones:

Nicaragua NO SÍ 20%NoruegaNueva Zelandia SÍ 90% N/A 20%PakistánPolonia NO SÍ 100%Portugal N/A N/AReino Unido SÍ 40%República Árabe Siria SÍ 100% NORepública Checa NO SÍ 20%República de Corea N/A N/ARepública de Moldova SÍ 100% NORepública Dominicana 90%Rumania SÍ 60% NOSenegal NOSerbia SÍ 100%Singapur SÍ 100% NOSudáfrica SÍ SÍ 100%SudánSuecia N/A N/ASuiza NO SÍ 3%Tailandia NO SÍTúnez NO 20%TurkmenistánTurquíaUcrania N/A N/AUruguay SÍViet Nam N/A N/ACE SÍ 53% N/AOAPI SÍOPIB NO SÍ

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II. SOLICITUD DE REGISTRO DE DISEÑO INDUSTRIALMuestras de los diseños

Muestras en general

17. La presentación de una muestra del diseño es:Países/Oficinasregionales de P.I. en general no se

permiteoptativa en caso de diseñosbidimensionales y tridimensionales

optativa sólo en caso dediseños bidimensionales

Alemania NO N/A SÍArabia Saudita SÍ NO NOArgeliaArgentina N/A N/A N/AArmenia N/A SÍ SÍAustralia SÍ SÍ N/AAustria NO SÍ NOAzerbaiyán SÍ NO NOBangladesh NO SÍ SÍBelarús SÍBhutánBosnia y Herzegovina N/A N/A SÍBrasil NO N/A N/ABrunei Darussalam NO N/A N/ABulgaria SÍ NO NOCamboyaCanadá NO SÍ NOChile SÍ SÍ NOChina NO SÍColombia N/A NO SÍCôte d'Ivoire SÍCroacia NO NO SÍDinamarca NO SÍ NOEcuador NO SÍ SÍEl Salvador N/A N/A N/AEslovaquia NO SÍ NOEsloveniaEspaña SÍ NO NOEstados Unidos deAmérica

SÍ N/A N/A

Estonia SÍ NO NOFederación de Rusia N/A N/A SÍFilipinas N/A SÍ NOFinlandia NO SÍ NOGeorgia NO SÍ NOGrecia SÍ SÍHungría SÍ N/A N/AItalia NO N/A SÍJapón NO N/A NOKenya NO NO NOKirguistán SÍ N/A SÍla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

NO N/A SÍ

Letonia SÍ NO SÍLituania SÍMadagascar NO SÍ SÍMalasiaMarruecos SÍ N/A N/AMéxico SÍ NO NO

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II. SOLICITUD DE REGISTRO DE DISEÑO INDUSTRIALMuestras de los diseños

Muestras en general

17. La presentación de una muestra del diseño es:Países/Oficinasregionales de P.I. en general no se

permiteoptativa en caso de diseñosbidimensionales y tridimensionales

optativa sólo en caso dediseños bidimensionales

Mónaco NO SÍ SÍNicaragua SÍNoruega NO SÍ N/ANueva Zelandia NO SÍ NOPakistánPolonia N/A N/A SÍPortugal NO SÍ SÍReino Unido SÍ NO SÍRepública Árabe Siria NO NO NORepública Checa SÍ NO NORepública de Corea SÍRepública de Moldova NO NO SÍRepública Dominicana NO NO SÍRumania NO NO SÍSenegal NOSerbia SÍSingapur SÍ NO SÍSudáfrica SÍSudánSuecia NO SÍ NOSuiza SÍ NO SÍTailandia SÍTúnez SÍ NO NOTurkmenistánTurquíaUcrania N/A N/A N/AUruguay SÍViet Nam SÍ NO NOCE N/A N/A SÍOAPI NO SÍ SÍOPIB SÍ NO NO

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 41

II. SOLICITUD DE REGISTRO DE DISEÑO INDUSTRIALMuestras de los diseños

Relación con la reproducción

18. La muestra:Países/Oficinasregionales de P.I. sustituye a la

reproduccióncomplementa lareproducción

sólo puede presentarse en caso deaplazamiento de la publicación

otrasposibilidades

Alemania SÍ NO SÍArabia Saudita N/A N/A N/AArgeliaArgentina N/A NO NOArmenia SÍ SÍ SÍAustralia NO SÍ N/AAustria SÍ NO NOAzerbaiyán NO SÍ N/ABangladesh NO SÍ N/ABelarús N/A N/A N/ABhutánBosnia y Herzegovina N/A SÍ N/ABrasil NO N/A N/ABrunei Darussalam N/A N/A N/ABulgaria N/A N/A N/ACamboyaCanadá N/A N/A N/AChile NO SÍ NOChina NO SÍColombia NO SÍ NOCôte d'IvoireCroacia NO NO SÍDinamarca SÍ N/A NOEcuador NO SÍ NOEl Salvador N/A N/A N/AEslovaquia NO SÍ NOEsloveniaEspaña NO NO NOEstados Unidos deAmérica

NO NO NO

Estonia N/A N/A N/AFederación de Rusia SÍ N/A N/AFilipinas NO NO NO

Finlandia SÍ NO NOreproducción

siemprenecesaria

Georgia NO SÍ NOGrecia SÍHungría N/A N/A N/AItalia SÍ N/A N/AJapón SÍ NO NOKenya NO SÍ NO obligatoriaKirguistán NO NO NOla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

NO NO SÍ

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 42

II. SOLICITUD DE REGISTRO DE DISEÑO INDUSTRIALMuestras de los diseños

Relación con la reproducción

18. La muestra:Países/Oficinasregionales de P.I. sustituye a la

reproduccióncomplementa lareproducción

sólo puede presentarse en caso deaplazamiento de la publicación

otrasposibilidades

Letonia NO SÍ NO

define másprecisamenteel ámbito deprotecciónde diseños

bidimensionales

Lituania SÍMadagascar NO SÍ NOMalasiaMarruecos N/A N/A N/AMéxico NO NO NOMónaco NO SÍ NONicaraguaNoruega NO SÍ NONueva Zelandia SÍ SÍ N/APakistánPolonia SÍ SÍ N/APortugal N/A N/A N/AReino Unido NO SÍ NORepública Árabe Siria NO SÍ NORepública Checa N/A N/A N/ARepública de Corea SÍRepública de Moldova NO SÍ NORepública Dominicana N/A SÍ NORumaniaSenegal SÍSerbia SÍSingapur NO SÍ N/ASudáfrica NO SÍ N/ASudánSuecia SÍ SÍ NOSuiza NO NO SÍTailandia NO NO NOTúnez N/A N/A N/ATurkmenistánTurquíaUcrania N/A N/A N/AUruguay NO SÍ N/AViet Nam NO NO NOCE SÍ N/A SÍOAPI SÍOPIB NO NO NO

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25. SOLICITUD DE REGISTRO DE DISEÑO INDUSTRIALMuestras de los diseños

Relación con la reproducción

19. Si la reproducción no coincide con la muestra:Países/Oficinasregionales de P.I. la reproducción

es decisivala muestra esdecisiva

se piden aclaracionesal solicitante

otras posibilidades:

Alemania NO NO SÍ

muestra se sustituye a lareproducción durante el

período de aplazamiento –después la reproducción se

sustituye de nuevo a lamuestra. Cuestión de

derecho materialArabia Saudita N/A N/A N/AArgelia SÍArgentina NO NO NOArmenia SÍ NO NOAustralia N/A N/A SÍAustria NO SÍ SÍAzerbaiyán NO SÍ SÍBangladesh NO SÍ N/ABelarús N/A N/A N/ABhutánBosnia y Herzegovina N/A N/A N/ABrasil N/A N/A N/ABrunei Darussalam SÍ N/A N/ABulgaria N/A N/A N/ACamboyaCanadá N/A N/A N/AChile N/A N/A SÍChina SÍColombia NO NO SÍCôte d’IvoireCroacia NO NO SÍDinamarca N/A N/A N/AEcuador NO SÍ NOEl Salvador N/A N/A N/AEslovaquia N/A N/A SÍEsloveniaEspaña SÍ NO NOEstados Unidos deAmérica

NO SÍ SÍ

Estonia N/A N/A N/AFederación de Rusia SÍ NO NOFilipinas NO SÍ SÍ para verificaciónFinlandia NO SÍ SÍGeorgia SÍ NO SÍGrecia SÍHungría N/A N/A N/AItalia N/A N/A SÍJapón N/A N/A N/AKenya SÍ NO SÍKirguistán N/A N/A N/Ala ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

N/A N/A N/A

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 44

25. SOLICITUD DE REGISTRO DE DISEÑO INDUSTRIALMuestras de los diseños

Relación con la reproducción

19. Si la reproducción no coincide con la muestra:Países/Oficinasregionales de P.I. la reproducción

es decisivala muestra esdecisiva

se piden aclaracionesal solicitante

otras posibilidades:

Letonia SÍ NO SÍLituania SÍ SÍMadagascar N/A N/A SÍMalasiaMarruecos N/A N/A N/AMéxico N/A N/AMónaco SÍ NO NONicaraguaNoruega NO SÍ SÍNueva Zelandia NO NO SÍPakistánPolonia N/A N/A SÍ sólo para textilesPortugal NO NO SÍ

Reino Unido NO NO SÍsolicitante tiene que

decidir cual es la base deldiseño

República Árabe Siria SÍ SÍ SÍRepública Checa N/A N/A N/ARepública de Corea SÍRepública de Moldova SÍ NO NORepública Dominicana NO NO SÍRumania NO NO SÍSenegal SÍSerbia SÍ NO SÍSingapur N/A N/A SÍSudáfrica N/A N/A SÍSudánSuecia NO SÍ SÍSuiza NO NO SÍTailandia SÍ NO SÍTúnez N/A N/A N/ATurkmenistánTurquíaUcrania N/A N/A N/AUruguay SÍViet Nam N/A N/A N/ACE N/A N/A SÍOAPIOPIB muestra no se requiere

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25. SOLICITUD DE REGISTRO DE DISEÑO INDUSTRIALMuestras de los diseños

Relación con la reproducción

20. El uso de muestras es:Países/Oficinasregionales de P.I. frecuente por parte

de los solicitantes% de solicitudesacompañadas demuestras:

poco común porparte de lossolicitantes

% de solicitudesacompañadas demuestras:

Alemania NO SÍ 15.53%Arabia Saudita NO NOArgelia SÍArgentina NO NOArmenia N/A N/AAustralia NO SÍ menos de 0.1%Austria NO SÍAzerbaiyán SÍ 80% SÍ 20%Bangladesh NO SÍ 10%Belarús N/A N/ABhutánBosnia y Herzegovina N/A N/ABrasil N/A N/ABrunei Darussalam N/A N/ABulgaria N/A N/ACamboyaCanadá N/A N/AChile NO SÍ 2%China SÍColombia NO SÍ 10%Côte d’IvoireCroacia NO SÍ 0.26%Dinamarca SÍ menos de 1%Ecuador SÍ 3%El Salvador N/A N/AEslovaquia NO SÍ 5%EsloveniaEspaña NO N/AEstados Unidos deAmérica

NO

Estonia N/A N/AFederación de Rusia NO SÍ 1%Filipinas NO SÍFinlandia NO SÍ aprox. 5%Georgia SÍ 5% NO 5%Grecia SÍ 0.003%Hungría N/A N/AItalia NO SÍ 10%Japón NO SÍ 1.6%Kenya SÍ 100%Kirguistán N/A N/Ala ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

NO NO

Letonia NO SÍ 0.2%LituaniaMadagascar NO SÍ 1%MalasiaMarruecos N/A N/A

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 46

25. SOLICITUD DE REGISTRO DE DISEÑO INDUSTRIALMuestras de los diseños

Relación con la reproducción

20. El uso de muestras es:Países/Oficinasregionales de P.I. frecuente por parte

de los solicitantes% de solicitudesacompañadas demuestras:

poco común porparte de lossolicitantes

% de solicitudesacompañadas demuestras:

México NO NOMónaco NO N/ANicaraguaNoruega NO SÍ 5%Nueva Zelandia SÍ SÍ 1%PakistánPolonia NO SÍ 1%Portugal NO NOReino Unido SÍ 5%República Árabe Siria SÍ 100% NORepública Checa NO SÍ 2%República de Corea N/A N/ARepública de Moldova NO SÍ 10%República Dominicana NO SÍ 1-2%Rumania NO SÍ 2%Senegal SÍSerbia SÍ SÍ 0%Singapur N/A N/ASudáfrica SÍ 5%SudánSuecia NOSuiza NO SÍ 0.03%TailandiaTúnez NO NOTurkmenistánTurquíaUcrania N/A N/AUruguay NO SÍViet Nam N/A N/ACE NO SÍ 0.053%OAPI SÍOPIB

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 47

25. SOLICITUD DE REGISTRO DE DISEÑO INDUSTRIALIndicación de los productos

Países/Oficinasregionales de P.I.

21. Se exige unaindicación del producto oproductos que constituyenel diseño industrial orespecto de los que ha deutilizarse dicho diseño

21bis. En caso de respuestanegativa, sírvase indicar siesto significa que undiseño industrial podría serobjeto de una solicitud deregistro en abstracto

22. Se exige unaindicación de la clase (osubclase) de laClasificación de Locarnoen la que se solicita elregistro del diseño o de losdiseños

AlemaniaArabia SauditaArgelia SÍ SÍArgentina SÍ N/A NOArmenia SÍ SÍAustralia SÍ NOAustria SÍ SÍAzerbaiyán SÍ SÍBangladesh SÍ N/A N/ABelarús SÍ SÍBhutánBosnia y Herzegovina SÍ SÍBrasil SÍ NOBrunei Darussalam SÍ N/A SÍBulgaria SÍ N/A SÍCamboyaCanadá SÍ N/A NO Chile SÍ NOChina SÍ SÍColombia SÍ NO NOCôte d’IvoireCroacia SÍ SÍDinamarca SÍ NOEcuador SÍ SÍEl Salvador SÍ N/A SÍEslovaquia SÍ NOEsloveniaEspaña SÍ N/A NOEstados Unidos deAmérica

SÍ NO NO

Estonia SÍ NOFederación de Rusia SÍ N/A SÍFilipinas SÍ NOFinlandia SÍ SÍGeorgia SÍ NOGrecia SÍ NOHungría SÍ N/A NOItalia SÍ NOJapón SÍ N/A NOKenya SÍ NO NOKirguistán SÍ SÍla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

N/A N/A NO

Letonia SÍ NOLituania SÍ SÍMadagascar SÍ SÍMalasia

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 48

25. SOLICITUD DE REGISTRO DE DISEÑO INDUSTRIALIndicación de los productos

Países/Oficinasregionales de P.I.

21. Se exige unaindicación del producto oproductos que constituyenel diseño industrial orespecto de los que ha deutilizarse dicho diseño

21bis. En caso de respuestanegativa, sírvase indicar siesto significa que undiseño industrial podría serobjeto de una solicitud deregistro en abstracto

22. Se exige unaindicación de la clase (osubclase) de laClasificación de Locarnoen la que se solicita elregistro del diseño o de losdiseños

Marruecos NO SÍ NOMéxico SÍ NOMónaco NO SÍ NONicaragua SÍ SÍNoruega SÍ SÍNueva Zelandia SÍ N/A NOPakistánPolonia SÍ N/A NOPortugal SÍ N/A NOReino Unido SÍ NORepública Árabe Siria SÍ SÍRepública Checa SÍ N/A SÍRepública de Corea SÍ NORepública de Moldova SÍ SÍRepública Dominicana SÍ SÍRumania SÍ NOSenegal SÍ SÍSerbia SÍ NOSingapur SÍ N/A SÍSudáfrica SÍ SÍSudánSuecia SÍ N/A SÍSuiza SÍ NOTailandia SÍ SÍTúnez NO SÍ NOTurkmenistánTurquíaUcrania SÍ N/A NOUruguay SÍ NOViet Nam SÍ SÍCE SÍ NO NOOAPI SÍ SÍOPIB SÍ NO NO

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 49

25. SOLICITUD DE REGISTRO DE DISEÑO INDUSTRIALSolicitud de registro múltiple

Países/Oficinasregionales de P.I.

23. La solicitud puedeincluir varios diseñosindustriales.

24. El número de diseñosindustriales que puedenincluirse es limitado.

24bis. Número máximo dediseños industriales:

Alemania SÍ SÍ 100Arabia Saudita SÍ NOArgelia SÍ SÍ 100Argentina NO SÍ 1Armenia NO SÍ 1Australia SÍ NOAustria SÍ SÍ 50Azerbaiyán SÍ NOBangladesh NO SÍ 1Belarús SÍ NOBhutánBosnia y Herzegovina SÍ SÍ 100Brasil SÍ SÍ 20Brunei Darussalam SÍ NOBulgaria SÍ NOCamboyaCanadá SÍ NOChile NO SÍ 1China NO SÍ 1Colombia NO SÍ 1Côte d’IvoireCroacia SÍ NODinamarca SÍ NOEcuador NOEl Salvador NO SÍ 1Eslovaquia SÍ NOEsloveniaEspaña SÍ SÍ 50Estados Unidos deAmérica

SÍ NO

Estonia NO N/AFederación de Rusia SÍ NOFilipinas SÍ NOFinlandia SÍ NOGeorgia SÍ NOGrecia SÍ SÍ 50Hungría SÍ SÍ 50Italia SÍ NOJapón NO SÍ 1Kenya NO SÍ 1Kirguistán SÍla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

SÍ SÍ 100

Letonia SÍ NOLituania SÎ SÍ 100Madagascar SÍ SÍ 20MalasiaMarruecos SÍ SÍ 50México NO SÍ 1Mónaco SÍ SÍ 50

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 50

25. SOLICITUD DE REGISTRO DE DISEÑO INDUSTRIALSolicitud de registro múltiple

Países/Oficinasregionales de P.I.

23. La solicitud puedeincluir varios diseñosindustriales.

24. El número de diseñosindustriales que puedenincluirse es limitado.

24bis. Número máximo dediseños industriales:

Nicaragua SÍ NONoruega SÍ NOPakistánNueva Zelandia NO NOPolonia SÍ SÍ 10Portugal SÍ SÍ 10Reino Unido SÍ NORepública Árabe Siria SÍ NORepública Checa SÍ NORepública de Corea SÍ SÍ 20 República de Moldova SÍ SÍ 100República Dominicana SÍ SÍ 20Rumania SÍ SÍ 100Senegal SÍ SÍ 100Serbia SÍ SÍ 100Singapur SÍ SÍ 10Sudáfrica SÍ SÍ 40SudánSuecia SÍ NOSuiza SÍ NOTailandia NO NOTúnez SÍ 50TurkmenistánTurquíaUcrania NO SÍ 1Uruguay SÍ NOViet Nam NO SÍ 1CE SÍ NOOAPI SÍ SÍ 100OPIB SÍ SÍ 50

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 51

25. SOLICITUD DE REGISTRO DE DISEÑO INDUSTRIALSolicitud de registro múltiple

25. Los diseños industriales que se incluyen en la misma solicitud deben:Países/Oficinasregionales de P.I. pertenecer a la

misma clasedel Arreglo deLocarno

pertenecer almismo conjuntoo composiciónde elementos

satisfacer unrequisito deunidad deconcepto

satisfacer unrequisito deunidad deproducción

satisfacer unrequisito deunidad deutilización

Alemania SÍ NO NO NO NOArabia Saudita SÍ NO NO NO NOArgelia SÍ SÍArgentina N/A N/A N/A N/A N/AArmenia SÍ SÍ SÍ SÍ SÍAustralia SÍ NO SÍ NO NOAustria SÍ NO NO NO NOAzerbaiyán SÍ SÍ SÍ SÍ SÍBangladesh N/A SÍ SÍ N/A N/ABelarús SÍ SÍ SÍ NO NOBhutánBosnia y Herzegovina SÍ N/A N/A N/A N/ABrasil N/A N/A SÍ NO SÍBrunei Darussalam SÍ SÍ SÍ SÍ SÍBulgaria SÍ SÍ NO NO NOCamboyaCanadá N/A SÍ SÍ N/A N/AChile N/A N/A N/A N/A N/AChina SÍ SÍColombia N/A N/A N/A N/A N/ACôte d’Ivoire SÍCroacia SÍ N/A N/A N/A N/ADinamarca SÍ NO NO NO NOEcuadorEl Salvador N/A N/A N/A N/A N/AEslovaquia SÍ NO SÍ NO NOEsloveniaEspaña SÍ NO NO NO NOEstados Unidos deAmérica

NO SÍ SÍ NO NO

Estonia N/A N/A N/A N/A N/AFederación de Rusia SÍ SÍ SÍ N/A N/AFilipinas SÍ SÍ SÍ N/A N/AFinlandia SÍ NO NO NO NOGeorgia NO SÍ SÍ NO NOGrecia SÍ SÍ SÍHungría NO NO SÍ NO NOItalia SÍ NO NO NO NOJapón N/A N/A N/A N/A N/AKenya SÍ SÍ SÍ SÍ SÍKirguistán SÍla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

SÍ N/A N/A N/A N/A

Letonia SÍ NO NO NO NOLituania SÍMadagascar NO NO NO NO NOMalasiaMarruecos NO SÍ NO NO NO

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 52

25. SOLICITUD DE REGISTRO DE DISEÑO INDUSTRIALSolicitud de registro múltiple

25. Los diseños industriales que se incluyen en la misma solicitud deben:Países/Oficinasregionales de P.I. pertenecer a la

misma clasedel Arreglo deLocarno

pertenecer almismo conjuntoo composiciónde elementos

satisfacer unrequisito deunidad deconcepto

satisfacer unrequisito deunidad deproducción

satisfacer unrequisito deunidad deutilización

México SÍ SÍ SÍ SÍ SÍMónaco NO SÍ NO NO NONicaragua SÍ SÍ NO NO NONoruega SÍ NO NO NO NONueva Zelandia NO SÍ SÍ NO NOPakistánPolonia NO SÍ SÍ N/A N/APortugal NO SÍ NO NO NOReino Unido NO NO NO NO NORepública Árabe Siria SÍ SÍ SÍ SÍ SÍRepública Checa SÍ N/A NO NO NORepública de Corea NO SÍ SÍ SÍ SÍRepública de Moldova SÍ NO NO NO NORepública Dominicana SÍ SÍ NO NO NORumania SÍ SÍ SÍ SÍ SÍSenegal SÍSerbia SÍ NO NO NO NOSingapur SÍ SÍ SÍ NO SÍSudáfrica SÍ SÍ SÍ N/A SÍSudánSuecia SÍ NO NO NO NOSuiza SÍ NO NO NO NOTailandia SÍTúnez SÍ SÍ NO NO NOTurkmenistánTurquíaUcrania N/A N/A N/A N/A N/AUruguay NO SÍ SÍ NO NOViet Nam NO SÍ SÍ NO NOCE SÍ N/A N/A N/A N/AOAPI SÍ SÍ N/A N/A N/AOPIB NO NO NO NO NO

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II. SOLICITUD DE REGISTRO DE DISEÑO INDUSTRIALSolicitud de registro múltiple

26. El uso de solicitudes de registro múltiples es:Países/Oficinasregionales de P.I. frecuente por

parte de lossolicitantes

% de solicitudesque abarcan másde un diseño:

poco común porparte lossolicitantes

% de solicitudes queabarcan más de undiseño:

Alemania SÍ 53.33% NO 20%-30%Arabia Saudita SÍ 2% NOArgelia SÍArgentina N/A N/AArmenia NO SÍAustralia NO SÍ menos de 10%Austria NO NOAzerbaiyán SÍ 98% SÍ 2%Bangladesh N/A N/ABelarús SÍ 25%BhutánBosnia y Herzegovina SÍ 60% NOBrasil NO NOBrunei Darussalam NO SÍBulgaria SÍ 70% NOCamboyaCanadá SÍ 50% NOChile N/A N/AChina NOColombia N/A N/ACôte d'Ivoire SÍ 30%Croacia SÍ 32.25% NO Dinamarca SÍ 40%EcuadorEl Salvador NO SÍ 2%Eslovaquia SÍ 70% NOEsloveniaEspaña SÍ 60% NOEstados Unidos deAmérica

NO NO 5%-10%

Estonia N/A N/AFederación de Rusia NO SÍ 23%Filipinas SÍ 2%Finlandia SÍ 40% NOGeorgia SÍ 80% NOGrecia SÍ 70%Hungría NO SÍ 30%Italia SÍ 60%Japón N/A N/AKenya NO N/AKirguistán N/A N/Ala ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

NO SÍ 7%

Letonia SÍ 30% NOLituania SÍMadagascar SÍ 80% NOMalasiaMarruecos SÍ NOMéxico N/A N/A

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 54

II. SOLICITUD DE REGISTRO DE DISEÑO INDUSTRIALSolicitud de registro múltiple

26. El uso de solicitudes de registro múltiples es:Países/Oficinasregionales de P.I. frecuente por

parte de lossolicitantes

% de solicitudesque abarcan másde un diseño:

poco común porparte lossolicitantes

% de solicitudes queabarcan más de undiseño:

Mónaco NO SÍ 25%Nicaragua NO 15%Noruega SÍ 60% NONueva Zelandia NO SÍ 1%PakistánPolonia SÍ N/APortugal SÍ 53% NOReino Unido SÍ 37%República Árabe Siria N/A NORepública Checa SÍ 60% NORepública de Corea N/A SÍRepública de Moldova SÍ 50%República Dominicana SÍ 45%-50%Rumania SÍ 70%Senegal SÍSerbia SÍ 13%Singapur SÍ N/ASudáfrica NO SÍ 10%SudánSuecia SÍ 40%Suiza SÍ 50% NOTailandiaTúnez SÍ 50% NOTurkmenistánTurquíaUcrania N/A N/AUruguay SÍViet Nam N/A N/ACE SÍ 51% N/AOAPI SÍOPIB SÍ 32% NO

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 55

II. SOLICITUD DE REGISTRO DE DISEÑO INDUSTRIALReivindicación

Países/Oficinasregionales de P.I.

27. La solicitud debecontener una o variasreivindicaciones.

28. El número dereivindicaciones eslimitado.

28bis. Número dereivindicaciones permitidas:

Alemania NO N/AArabia Saudita NO N/AArgelia SÍ NOArgentina N/A N/AArmenia SÍ SÍ 1Australia N/A N/AAustria NO N/AAzerbaiyán SÍ NOBangladesh SÍ SÍ 1Belarús N/A N/ABhutánBosnia y Herzegovina SÍ SÍ 3Brasil SÍ SÍ 1Brunei Darussalam SÍ NOBulgaria NO N/ACamboyaCanadá SÍ NOChile NO N/AChina NOColombia SÍ SÍ 1Côte d'IvoireCroacia SÍ NODinamarca NOEcuador NOEl Salvador NO NOEslovaquia N/A N/AEsloveniaEspaña NO N/AEstados Unidos deAmérica

SÍ SÍ 1

Estonia NO N/AFederación de Rusia N/A N/AFilipinas NO SÍ 1Finlandia NO N/AGeorgia NO N/AGrecia NO N/AHungría NO N/AItalia NO NOJapón N/A N/AKenya SÍ NOKirguistán SÍ NOla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

N/A N/A

Letonia NO N/ALituania NOMadagascar NO N/AMalasiaMarruecos NOMéxico NO SÍ 1Mónaco NO NO

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II. SOLICITUD DE REGISTRO DE DISEÑO INDUSTRIALReivindicación

Países/Oficinasregionales de P.I.

27. La solicitud debecontener una o variasreivindicaciones.

28. El número dereivindicaciones eslimitado.

28bis. Número dereivindicaciones permitidas:

Nicaragua NONoruega N/ANueva Zelandia N/A N/APakistánPolonia SÍ NOPortugal NO N/AReino Unido NO N/ARepública Árabe Siria SÍ NORepública Checa N/A N/ARepública de Corea N/A N/ARepública de Moldova N/A N/ARepública Dominicana NO SÍ 1Rumania NOSenegal SÍ NOSerbia NO NOSingapur SÍ SÍ 1Sudáfrica NO N/ASudánSuecia NO N/ASuiza N/A N/ATailandia SÍ SÍTúnez NO N/ATurkmenistánTurquíaUcrania SÍ NOUruguay SÍ NOViet Nam SÍ SÍ 1CE N/A N/AOAPI N/A N/AOPIB NO NO

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II. SOLICITUD DE REGISTRO DE DISEÑO INDUSTRIALReivindicación

29. La reivindicación puede remitir de forma general a:Países/Oficinasregionales de P.I.

la reproducción o la muestra del diseñoindustrial (“el diseño tal y como aparece”).

descripciones adicionales (“el diseño taly como aparece y se describe”).

Alemania N/A N/AArabia Saudita N/A N/AArgelia SÍArgentina N/A N/AArmenia SÍ SÍAustralia N/A N/AAustria N/A N/AAzerbaiyán NO SÍBangladesh SÍ N/ABelarús N/A N/ABhutánBosnia y Herzegovina N/A SÍBrasil SÍ N/ABrunei Darussalam SÍ SÍBulgaria N/A N/ACamboyaCanadá SÍ SÍChile N/A N/AChinaColombia SÍ NOCôte d'IvoireCroacia SÍ NODinamarca NO NOEcuadorEl Salvador SÍ SÍEslovaquia N/AEsloveniaEspaña N/A N/AEstados Unidos deAmérica

SÍ SÍ

Estonia N/A N/AFederación de RusiaFilipinas SÍ SÍFinlandia N/A N/AGeorgiaGrecia N/A N/AHungría N/A N/AItalia NO SÍJapón N/A N/AKenya SÍ SÍKirguistán SÍ NOla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

N/A N/A

Letonia N/A N/ALituaniaMadagascar N/A N/AMalasiaMarruecosMéxico NO SÍMónaco SÍ SÍ

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 58

II. SOLICITUD DE REGISTRO DE DISEÑO INDUSTRIALReivindicación

29. La reivindicación puede remitir de forma general a:Países/Oficinasregionales de P.I.

la reproducción o la muestra del diseñoindustrial (“el diseño tal y como aparece”).

descripciones adicionales (“el diseño taly como aparece y se describe”).

NicaraguaNoruega N/A N/ANueva Zelandia N/A N/APakistánPolonia SÍ NOPortugal N/A N/AReino Unido SÍ N/ARepública Árabe SiriaRepública Checa N/A N/ARepública de Corea N/A N/ARepública de Moldova N/A N/ARepública Dominicana SÍRumania N/A N/ASenegalSerbia N/A N/ASingapur SÍ SÍSudáfrica N/A N/ASudánSuecia N/A N/ASuiza N/A N/ATailandia SÍTúnez N/A N/ATurkmenistánTurquíaUcrania SÍ SÍUruguay SÍ SÍViet Nam N/A SÍCE N/A N/AOAPI N/AOPIB NO NO

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II. SOLICITUD DE REGISTRO DE DISEÑO INDUSTRIALCreador del diseño

Requisitos generales

30. La solicitud debe contener:Países/Oficinasregionales de P.I. indicaciones que

permitan establecerla identidad delcreador

una declaración en la quese indique que la personaidentificada se consideracreadora del diseñoindustrial

la firma delcreador

indicaciones quepermitan establecerla identidad deltitular del diseñoindustrial

Alemania NO NO NO NOArabia Saudita SÍ SÍ SÍ SÍArgelia SÍ SÍ SÍArgentina SÍ SÍ N/A SÍArmenia SÍ NO NO SÍAustralia SÍ NO NO SÍAustria NO NO NO NOAzerbaiyán SÍ N/A SÍ SÍBangladesh SÍ SÍ SÍ SÍBelarús SÍ NO NO SÍBhutánBosnia y Herzegovina SÍ NO NO SÍBrasil SÍ NO NO SÍBrunei Darussalam SÍ SÍ SÍ SÍBulgaria SÍ NO NO SÍCamboyaCanadá SÍ NO NO SÍChile SÍ NO NO SÍChina SÍ NO NO SÍColombia SÍ NO NO SÍCôte d'Ivoire SÍ NO NO SÍCroacia NO NO NO SÍDinamarca NO NO NO SÍEcuador SÍ SÍ SÍ SÍEl Salvador SÍ SÍ SÍ SÍEslovaquia SÍ SÍ SÍ SÍEsloveniaEspaña NO NO NO SÍEstados Unidos deAmérica

SÍ SÍ SÍ NO

Estonia SÍ NO NO SÍFederación de Rusia SÍ NO NO SÍFilipinas SÍ N/A SÍ SÍFinlandia SÍ NO NO SÍGeorgia SÍ NO NO SÍGrecia SÍ NO NO SÍHungría SÍ NO NO SÍItalia NO NO NO SÍJapón SÍ NO NO N/AKenya SÍ SÍ NO SÍKirguistán SÍ SÍ SÍla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

SÍ N/A N/A SÍ

Letonia SÍ NO NO SÍLituania SÍ SÍ SÍ SÍMadagascar SÍ NO NO SÍ

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II. SOLICITUD DE REGISTRO DE DISEÑO INDUSTRIALCreador del diseño

Requisitos generales

30. La solicitud debe contener:Países/Oficinasregionales de P.I. indicaciones que

permitan establecerla identidad delcreador

una declaración en la quese indique que la personaidentificada se consideracreadora del diseñoindustrial

la firma delcreador

indicaciones quepermitan establecerla identidad deltitular del diseñoindustrial

MalasiaMarruecos NO NO NO SÍMéxico SÍ NO SÍ SÍMónaco SÍ NO NO SÍNicaragua SÍ NO SÍ SÍNoruega SÍ NO NO SÍNueva Zelandia NO NO NO SÍPakistánPolonia SÍ NO NO SÍPortugal NO NO NO SÍReino Unido NO NO NO SÍRepública Árabe Siria NO NO NO SÍRepública Checa SÍ NO NO SÍRepública de Corea SÍ NO NO SÍRepública de Moldova NO NO NO SÍRepública Dominicana SÍ NO SÍ SÍRumania SÍ SÍ SÍ SÍSenegal SÍ SÍ SÍSerbia SÍ NO NO SÍSingapur NO NO NO SÍSudáfrica NO NO NO SÍSudánSuecia SÍ NO NO SÍSuiza SÍ NO NO SÍTailandia SÍ SÍTúnez NO NO NO SÍTurkmenistánTurquíaUcrania SÍ NO SÍ SÍUruguay SÍ NO NO SÍViet Nam SÍ NO NO SÍ CE NO NO NO SÍOAPI SÍ NO NO SÍOPIB SÍ SÍ SÍ SÍ

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II. SOLICITUD DE REGISTRO DE DISEÑO INDUSTRIALCreador del diseño

Requisitos generales

30. La solicituddebe contener:

31. En lugar de la firma del creador, lasolicitud puede contener:

Países/Oficinasregionales de P.I.

la firma del titulardel diseño industrial

la firma delrepresentante delcreador

otra prueba delconsentimiento delcreador

32. El creador deldiseño industrialdebe ser unapersona física.

Alemania NO N/A N/A SÍArabia Saudita SÍ SÍ SÍ SÍArgelia SÍArgentina SÍ NO NO SÍArmenia SÍ NO NO SÍAustralia NO N/A N/A SÍAustria SÍ SÍ NO SÍAzerbaiyán SÍ SÍ SÍ NOBangladesh SÍ SÍ N/A SÍBelarús SÍ N/A N/A SÍBhutánBosnia y Herzegovina SÍ SÍ SÍ SÍBrasil NO N/A N/A SÍBrunei Darussalam SÍ SÍ SÍ SÍBulgaria SÍ SÍ NO SÍCamboyaCanadá NO N/A N/A SÍChile SÍ NO SÍ SÍChina SÍ NO NO SÍColombia NO SÍ SÍ SÍCôte d'Ivoire SÍ NO NO NOCroacia SÍ NO SÍ SÍDinamarca SÍ NO NO N/AEcuador SÍ SÍ SÍ SÍEl Salvador SÍ SÍ SÍ SÍEslovaquia SÍ SÍ NO SÍEsloveniaEspaña NO SÍ SÍ SÍEstados Unidos deAmérica

N/A NO NO SÍ

Estonia SÍ N/A N/A SÍFederación de Rusia SÍ N/A SÍ SÍFilipinas SÍ SÍ SÍFinlandia SÍ NO SÍ SÍGeorgia SÍ SÍGrecia SÍ N/A N/A SÍ Hungría SÍ SÍ SÍ SÍItalia SÍ N/A N/A NOJapón N/A N/A N/A SÍKenya SÍ SÍ NO SÍKirguistán SÍ SÍla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

SÍ SÍ SÍ SÍ

Letonia SÍ N/A N/A SÍLituania SÍ SÍMadagascar SÍ N/A N/A SÍMalasia

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 62

II. SOLICITUD DE REGISTRO DE DISEÑO INDUSTRIALCreador del diseño

Requisitos generales

30. La solicituddebe contener:

31. En lugar de la firma del creador, lasolicitud puede contener:

Países/Oficinasregionales de P.I.

la firma del titulardel diseño industrial

la firma delrepresentante delcreador

otra prueba delconsentimiento delcreador

32. El creador deldiseño industrialdebe ser unapersona física.

Marruecos SÍ N/A N/A SÍMéxico SÍ SÍ NO SÍMónaco SÍ SÍ SÍ NONicaragua SÍ SÍ NO SÍNoruega SÍ N/A N/A NONueva Zelandia SÍ N/A N/A N/APakistánPolonia SÍ N/A N/A SÍPortugal SÍ N/A N/A SÍReino Unido NO SÍ SÍ SÍRepública Árabe Siria SÍ NO NO NORepública Checa SÍ N/A N/A SÍRepública de Corea SÍ NO SÍ NORepública de Moldova SÍ NO NO SÍRepública Dominicana SÍ SÍ SÍRumania SÍ SÍ SÍ SÍSenegal SÍ NO NO SÍSerbia SÍ N/A N/A SÍSingapur NO N/A N/A N/ASudáfrica SÍ N/A N/A SÍSudánSuecia SÍ N/A N/A SÍSuiza NO N/A N/A SÍTailandia SÍ SÍ SÍ SÍTúnez SÍ NO NO N/ATurkmenistánTurquíaUcrania SÍ NO NO SÍUruguay SÍ N/A N/A SÍViet Nam SÍCE NO N/A SÍ NOOAPI SÍ NO NO NOOPIB SÍ NO NO SÍ

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 63

II. SOLICITUD DE REGISTRO DE DISEÑO INDUSTRIALCreador del diseño

Requisito de presentar la solicitud en nombre del creador

33. La solicitud debe presentarse: 34. En caso de que el solicitante no sea elcreador, la solicitud debe contener:

Países/Oficinasregionales de P.I.

en nombre delcreador

en nombre deltitular

una declaración decesión

otra prueba de lacesión

Alemania NO NO NO NOArabia Saudita NO SÍ NO NOArgelia SÍArgentina NO SÍ SÍ NOArmenia SÍ SÍ NO SÍAustralia NO SÍ NO NOAustria NO SÍ NO NOAzerbaiyán NO SÍ N/A SÍBangladesh N/A SÍ SÍ SÍBelarús SÍ SÍBhutánBosnia y Herzegovina SÍ SÍ SÍ SÍBrasil N/A SÍ SÍ N/ABrunei Darussalam SÍ SÍ SÍ SÍBulgaria NO SÍ SÍ NOCamboyaCanadá NO SÍ NO NOChile NO SÍ SÍ NOChina NO SÍ NO NOColombia SÍ SÍ SÍ SÍCôte d'IvoireCroacia NO SÍ NO NODinamarca NO SÍ N/A N/AEcuador NO SÍ SÍ SÍEl Salvador SÍ SÍ SÍ SÍEslovaquia SÍ SÍ NOEsloveniaEspaña SÍ SÍ NO NOEstados Unidos deAmérica

SÍ NO SÍ SÍ

Estonia NO SÍ NO NOFederación de Rusia NO SÍ NO SÍFilipinas SÍ SÍ N/A N/AFinlandia NO SÍ SÍ NOGeorgia NO SÍ SÍ NOGrecia SÍ SÍHungría NO SÍ SÍ SÍItalia NO SÍ NO NOJapón NO N/A NO NOKenya NO SÍ SÍ SÍKirguistán SÍ SÍ NO NOla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

N/A N/A N/A N/A

Letonia NO SÍ NO NOLituania NO SÍ SÍ SÍMadagascar NO SÍ NO NOMalasiaMarruecos NO SÍ NO NO

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 64

II. SOLICITUD DE REGISTRO DE DISEÑO INDUSTRIALCreador del diseño

Requisito de presentar la solicitud en nombre del creador

33. La solicitud debe presentarse: 34. En caso de que el solicitante no sea elcreador, la solicitud debe contener:

Países/Oficinasregionales de P.I.

en nombre delcreador

en nombre deltitular

una declaración decesión

otra prueba de lacesión

México NO SÍ SÍ NOMónaco NO SÍ NO NONicaragua SÍ SÍ NONoruega NO SÍ NO NONueva Zelandia NO SÍ N/A N/APakistánPolonia NO SÍ NO NOPortugal N/A SÍ NO NOReino Unido SÍ SÍRepública Árabe Siria SÍ SÍ SÍ SÍRepública Checa NO SÍ SÍ SÍRepública de Corea SÍ SÍ SÍ SÍRepública de Moldova NO SÍ NO NORepública Dominicana SÍ SÍ SÍRumania SÍ SÍ SÍ SÍSenegal SÍ NOSerbia NO SÍ SÍ SÍSingapur NO SÍ NO NOSudáfrica N/A SÍ N/A N/ASudánSuecia NO SÍ SÍ NOSuiza NO SÍ NO NOTailandia SÍ SÍ SÍTúnez NO SÍ NO NOTurkmenistánTurquíaUcrania NO SÍ NO NOUruguay NO SÍ NO NOViet Nam SÍ SÍCE NO SÍ NO NOOAPI NO SÍ NO NOOPIB NO SÍ NO NO

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II. SOLICITUD DE REGISTRO DE DISEÑO INDUSTRIALFecha de presentación

35. A los efectos de asignar una fecha de presentación de la solicitud, se pueden exigirlos siguientes elementos e indicaciones:

Países/Oficinasregionales de P.I.

una peticiónindicando que sesolicita el registrode un diseñoindustrial

indicaciones quepermitan establecerla identidad delsolicitante

indicaciones quepermitan contactaral solicitante o sumandatario, en sucaso

una reproducciónlo suficientementeclara del diseñoindustrial.

Alemania SÍ SÍ SÍ SÍArabia SauditaArgelia SÍ SÍ SÍ SÍArgentina SÍ SÍ SÍ SÍArmenia SÍ SÍ SÍ SÍAustralia NO SÍ SÍ SÍAustria SÍ SÍ SÍ SÍAzerbaiyán SÍ SÍ SÍ SÍBangladesh SÍ SÍ SÍ N/ABelarús SÍ SÍ SÍ SÍBhutánBosnia y Herzegovina SÍ SÍ SÍ SÍBrasil SÍ SÍ SÍ SÍBrunei Darussalam SÍ SÍ SÍ SÍBulgaria SÍ SÍ SÍ SÍCamboyaCanadá SÍ SÍ SÍ SÍChile SÍ SÍ SÍ SÍChina SÍ SÍ SÍColombia SÍ SÍ SÍ SÍCôte d'IvoireCroacia SÍ SÍ NO SÍDinamarca SÍ SÍ SÍ SÍEcuador SÍ SÍ SÍ NOEl Salvador SÍ SÍ SÍ SÍEslovaquia SÍ SÍ NO SÍEsloveniaEspaña SÍ SÍ SÍ SÍEstados Unidos deAmérica

SÍ NO NO SÍ

Estonia SÍ SÍ SÍ SÍFederación de Rusia SÍ SÍ SÍ SÍFilipinas SÍ SÍ SÍ SÍFinlandia SÍ SÍ SÍ SÍGeorgia SÍ SÍ SÍ SÍGrecia SÍ SÍ SÍ SÍHungría SÍ SÍ SÍ SÍItalia SÍ SÍ SÍ SÍJapón SÍ SÍ NO N/AKenya SÍ SÍ SÍ SÍKirguistán SÍ SÍ SÍ SÍla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

SÍ SÍ NO SÍ

Letonia SÍ SÍ NO SÍLituania SÍ SÍ SÍ SÍMadagascar SÍ SÍ SÍ SÍMalasia

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 66

II. SOLICITUD DE REGISTRO DE DISEÑO INDUSTRIALFecha de presentación

35. A los efectos de asignar una fecha de presentación de la solicitud, se pueden exigirlos siguientes elementos e indicaciones:

Países/Oficinasregionales de P.I.

una peticiónindicando que sesolicita el registrode un diseñoindustrial

indicaciones quepermitan establecerla identidad delsolicitante

indicaciones quepermitan contactaral solicitante o sumandatario, en sucaso

una reproducciónlo suficientementeclara del diseñoindustrial.

Marruecos SÍ SÍ SÍ SÍMéxico SÍ SÍ SÍ SÍMónaco SÍ SÍ SÍ SÍNicaragua SÍ SÍ SÍNoruega SÍ SÍ SÍ SÍNueva Zelandia SÍ SÍ SÍ SÍPakistánPolonia SÍ SÍ SÍ SÍPortugal SÍ SÍ SÍ SÍReino Unido SÍ SÍ SÍ SÍRepública Árabe Siria SÍ SÍ SÍ SÍRepública Checa SÍ SÍ SÍ SÍRepública de Corea SÍ SÍ SÍ SÍRepública de Moldova SÍ SÍ NO SÍRepública Dominicana SÍ SÍ SÍ SÍRumania SÍ SÍ NO SÍSenegal SÍ SÍ SÍ SÍSerbia SÍ SÍ SÍ SÍSingapur SÍ SÍ SÍ SÍSudáfrica SÍ SÍ SÍ SÍSudánSuecia SÍ NO NO SÍSuiza SÍ SÍ SÍ SÍTailandia SÍ SÍ SÍ SÍTúnez SÍ SÍ SÍ SÍTurkmenistánTurquíaUcrania SÍ SÍ SÍ SÍUruguay SÍ SÍ NO SÍViet Nam SÍ SÍ SÍ SÍCE SÍ SÍ SÍ SÍOAPI SÍ SÍ SÍOPIB SÍ SÍ SÍ SÍ

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 67

II. SOLICITUD DE REGISTRO DE DISEÑO INDUSTRIALFecha de presentación

35. A los efectos de asignar una fecha de presentación de la solicitud, se pueden exigirlos siguientes elementos e indicaciones:

Países/Oficinasregionales de P.I.

una descripciónde los elementoscaracterísticos

una muestradel diseñoindustrial

una indicación lo suficientementeclara del producto o productosque constituyen el diseñoindustrial o respecto de los que hade utilizarse dicho diseño

unareivindicación

Alemania NO NO SÍ NOArabia Saudita SÍ NO SÍ NOArgelia SÍ SÍ SÍArgentina SÍ NO NO NOArmenia NO NO SÍ SÍAustralia NO NO NO NOAustria NO NO SÍ NOAzerbaiyán SÍ NO SÍ SÍBangladesh SÍ N/A SÍ SÍBelarús SÍ NO NO NOBhutánBosnia y Herzegovina NO NO SÍ SÍBrasil NO NO SÍ NOBrunei Darussalam SÍ N/A SÍ SÍBulgaria NO N/A NO N/ACamboyaCanadá SÍ NO SÍ NOChile SÍ NO SÍ NOChina NO NO SÍ NOColombia NO NO NO NOCôte d'IvoireCroacia NO NO NO SÍDinamarca NO NO SÍ NOEcuador NO NO NO NOEl Salvador NO NO SÍ NOEslovaquia NO NO NO N/AEsloveniaEspaña NO NO NO NOEstados Unidos deAmérica

NO NO SÍ SÍ

Estonia NO N/A NO N/AFederación de Rusia NO NO SÍ N/AFilipinas NO NO NO SÍFinlandia NO NO NO NOGeorgia NO NO SÍ NOGrecia NO NO SÍ NOHungría N/A N/A NO N/AItalia NO NO NO NOJapón NO N/A SÍ N/AKenya NO NO SÍ NOKirguistán SÍ NO SÍ SÍla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

SÍ N/A N/A N/A

Letonia NO NO NO NOLituania NO NO NO NOMadagascar SÍ NO SÍ NOMalasia

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 68

II. SOLICITUD DE REGISTRO DE DISEÑO INDUSTRIALFecha de presentación

35. A los efectos de asignar una fecha de presentación de la solicitud, se pueden exigirlos siguientes elementos e indicaciones:

Países/Oficinasregionales de P.I.

una descripciónde los elementoscaracterísticos

una muestradel diseñoindustrial

una indicación lo suficientementeclara del producto o productosque constituyen el diseñoindustrial o respecto de los que hade utilizarse dicho diseño

unareivindicación

Marruecos NO NO N/A NOMéxico SÍ NO SÍ SÍMónaco SÍ SÍ NO NONicaragua NO NO NO NONoruega N/A NO NO N/ANueva Zelandia NO SÍ SÍ NOPakistánPolonia SÍ NO SÍ SÍPortugal NO NO NO NOReino Unido NO NO SÍ NORepública Árabe Siria SÍ SÍ SÍ SÍRepública Checa NO NO NO NORepública de Corea SÍ NO SÍ SÍRepública de Moldova NO NO NO NORepública Dominicana NO SÍ NO NORumania SÍ SÍ SÍ NOSenegal SÍ SÍ SÍSerbia SÍ NO SÍ NOSingapur NO NO SÍ N/ASudáfrica SÍ NO SÍ NOSudánSuecia N/A N/A NO N/ASuiza NO NO SÍ NOTailandia SÍ SÍTúnez NO NO SÍ NOTurkmenistánTurquíaUcrania SÍ NO NO NOUruguay NO NO SÍ NOViet Nam SÍ NO NO NOCE NO NO SÍ NOOAPI NO NO SÍ N/AOPIB NO NO SÍ SÍ

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 69

II. SOLICITUD DE REGISTRO DE DISEÑO INDUSTRIALFecha de presentación

35. A los efectos de asignar una fecha de presentación de la solicitud, se pueden exigirlos siguientes elementos e indicaciones:

Países/Oficinasregionales de P.I.

indicaciones quepermitan establecer laidentidad del creador

indicaciones que permitancontactar al creador o surepresentante, en su caso

el pago deuna tasa

otros elementos eindicaciones

Alemania NO NO NOArabia Saudita SÍ SÍ SÍArgelia SÍ SÍ SÍArgentina NO NO SÍArmenia NO NO SÍAustralia NO NO NOAustria NO NO SÍAzerbaiyán SÍ SÍ SÍBangladesh SÍ SÍ SÍBelarús NO NO NOBhután

Bosnia y Herzegovina NO NO NObi o

tridimensional;simple o múltiple

Brasil SÍ NO SÍBrunei Darussalam SÍ SÍ SÍBulgaria NO NO NOCamboyaCanadá NO NO NOChile SÍ NO SÍChina NO NO NOColombia SÍ SÍ SÍCôte d'IvoireCroacia NO NO NODinamarca NO NO NOEcuador SÍ NO SÍEl Salvador SÍ NO NOEslovaquia NO NO NOEsloveniaEspaña NO NO NOEstados Unidos deAmérica

NO NO NO

Estonia NO NO NO

Federación de Rusia SÍ NO NO

lista de lascaracterísticas

esencialesdescripción del

diseñoFilipinas NO NO NOFinlandia NO NO SÍGeorgia SÍ NO SÍGrecia NO NO SÍ

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II. SOLICITUD DE REGISTRO DE DISEÑO INDUSTRIALFecha de presentación

35. A los efectos de asignar una fecha de presentación de la solicitud, se pueden exigirlos siguientes elementos e indicaciones:

Países/Oficinasregionales de P.I.

indicaciones quepermitan establecer laidentidad del creador

indicaciones que permitancontactar al creador o surepresentante, en su caso

el pago deuna tasa

otros elementos eindicaciones

Hungría NO NO NO

en lugar de lareproducción, es

suficientereferirse a undocumento

prioritario paraasignar una fechade presentaciónde la solicitud

Italia NO NO SÍJapón NO NO NO dibujosKenya NO NO SÍKirguistán SÍ SÍ SÍla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

NO NO NO

Letonia NO NO SÍLituania NO NO SÍMadagascar SÍ SÍ SÍMalasiaMarruecos NO SÍ NOMéxico SÍ SÍ SÍMónaco NO SÍ SÍNicaragua SÍ SÍ NONoruega NO NO NONueva Zelandia NO NO SÍPakistánPolonia SÍ NO NOPortugal NO NO NOReino Unido NO NO SÍRepública Árabe Siria NO NO SÍRepública Checa NO NO NORepública de Corea SÍ SÍ NORepública de Moldova NO NO NORepública Dominicana NO SÍRumania SÍ NO NOSenegal SÍ SÍ SÍSerbia SÍ NO NOSingapur NO NO SÍSudáfrica NO SÍ SÍSudánSuecia NO NO NOSuiza SÍ NO NOTailandia SÍ SÍ SÍTúnezTurkmenistánTurquíaUcrania NO NO NOUruguay NO NO SÍViet Nam NO NO SÍCE NO NO NO

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II. SOLICITUD DE REGISTRO DE DISEÑO INDUSTRIALFecha de presentación

35. A los efectos de asignar una fecha de presentación de la solicitud, se pueden exigirlos siguientes elementos e indicaciones:

Países/Oficinasregionales de P.I.

indicaciones quepermitan establecer laidentidad del creador

indicaciones que permitancontactar al creador o surepresentante, en su caso

el pago deuna tasa

otros elementos eindicaciones

OAPI NO NO SÍOPIB NO NO NO

II. SOLICITUD DE REGISTRO DE DISEÑO INDUSTRIALFecha de presentación

Países/Oficinasregionales de P.I.

36. Si la solicitud no contiene todos loselementos e indicaciones exigidos paraasignar una fecha de presentación de lasolicitud, el solicitante puede completarladentro de un plazo determinado.

36bis. El plazo: 37. La solicitudpuede conteneruna o variasreivindicacionesde prioridad.

Alemania SÍ 1 mes SÍArabia Saudita NO SÍArgelia SÍ 2 meses SÍArgentina SÍ 3 meses SÍArmenia SÍ 2 meses SÍAustralia SÍ 2 meses SÍAustria SÍ 2 meses SÍAzerbaiyán SÍ 2 meses SÍBangladesh NO NOBelarús SÍ 2 meses SÍBhutánBosnia y Herzegovina SÍ 15 días SÍBrasil SÍ 5 días SÍBrunei Darussalam SÍ 3 meses SÍBulgaria SÍ 3 meses SÍCamboyaCanadá SÍ 4 meses SÍChile NO NOChina SÍ 2 meses SÍColombia SÍ 1 mes NOCôte d'IvoireCroacia SÍ 60 días SÍDinamarca SÍ 1 mes SÍEcuador SÍ 2 meses SÍEl Salvador NO 2 meses SÍEslovaquia SÍ 2 meses SÍEsloveniaEspaña SÍ 1 mes SÍEstados Unidos deAmérica

SÍ 2 meses SÍ

Estonia SÍ 2 meses SÍ

Federación de Rusia SÍ2 meses (extensión

posible)SÍ

Filipinas SÍ 1 mes SÍFinlandiaGeorgia SÍ 1 mes SÍGrecia SÍ 4 meses SÍHungría SÍ 2 meses SÍ

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 72

II. SOLICITUD DE REGISTRO DE DISEÑO INDUSTRIALFecha de presentación

Países/Oficinasregionales de P.I.

36. Si la solicitud no contiene todos loselementos e indicaciones exigidos paraasignar una fecha de presentación de lasolicitud, el solicitante puede completarladentro de un plazo determinado.

36bis. El plazo: 37. La solicitudpuede conteneruna o variasreivindicacionesde prioridad.

Italia SÍ 2 meses SÍJapón NO SÍKenya SÍ 2 meses SÍKirguistán SÍ 2 meses SÍla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

SÍ 2 meses SÍ

Letonia SÍ 1 mes SÍLituania NO SÍ

Madagascar SÍ1 mes solicitud

nacional – 2 mesessolicitud internacional

MalasiaMarruecos NO SÍMéxico SÍ 2 meses SÍMónaco N/A SÍNicaragua SÍ 2 meses SÍNoruega SÍ 1 mes SÍNueva Zelandia NO SÍPakistánPolonia SÍ 1 mes SÍPortugal SÍ 1 mes SÍReino Unido SÍ 1 mes SÍRepública Árabe Siria SÍ 6 meses SÍRepública Checa NO SÍRepública de Corea SÍ 1 mes SÍRepública de Moldova SÍ 3 meses SÍRepública Dominicana SÍ SÍRumania NO SÍSenegal SÍ 3 meses SÍSerbia SÍ 3 meses SÍSingapur SÍ 3 meses SÍSudáfrica SÍ 6 meses SÍSudánSuecia SÍ 2 meses SÍSuiza NO SÍTailandia SÍ 90 días SÍTúnez SÍ 3 meses SÍTurkmenistánTurquíaUcrania SÍ 2 meses SÍUruguay NO SÍViet Nam NO SÍCE SÍ 2 meses SÍOAPI NO SÍOPIB NO SÍ

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 73

4 SOLICITUD DE REGISTRO DE DISEÑO INDUSTRIALFecha de presentación

37bis. Reivindicación de prioridad:Países/Oficinasregionales de P.I. deben realizarse

en la solicitudpueden realizarse enla solicitud o mástarde, dentro de unplazo determinado

debenacompañarse dedocumentos quelas respalden

pueden acompañarsede documentos quelas respalden

Alemania NO SÍ SÍ N/AArabia Saudita SÍ SÍ SÍ NOArgelia SÍ SÍ SÍArgentina SÍ NO SÍ N/AArmenia N/A SÍ SÍAustralia NO SÍ NO SÍAustria NO SÍ NO NOAzerbaiyán N/A SÍ N/A SÍBangladesh SÍ NO SÍ SÍBelarús SÍ SÍBhutánBosnia y Herzegovina SÍ N/A SÍ N/ABrasil SÍ NO NO SÍBrunei Darussalam SÍ SÍ SÍ N/ABulgaria NO SÍ SÍ N/ACamboyaCanadá NO SÍ NO SÍChileChina SÍ SÍColombiaCôte d’IvoireCroacia SÍ NO NO SÍDinamarca NO SÍ NO SÍEcuador SÍ SÍEl Salvador NO SÍ SÍ NOEslovaquia SÍ NO SÍ NOEsloveniaEspaña SÍ NO NO SÍEstados Unidos deAmérica

SÍ SÍ SÍ NO

Estonia SÍ NO SÍ NOFederación de Rusia NO SÍ SÍ N/AFilipinas SÍ SÍ SÍ SÍFinlandia SÍ NO NO SÍGeorgia SÍ SÍ NO SÍGrecia SÍ NO SÍ NOHungría NO SÍ SÍ N/AItalia SÍ SÍJapón SÍ NO NO SÍKenya SÍ NO NO SÍKirguistán SÍ SÍla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

SÍ NO SÍ N/A

Letonia SÍ NO SÍ N/ALituania NO SÍ SÍ NOMadagascar SÍ N/A SÍ N/AMalasiaMarruecos SÍ NO SÍ SÍ

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 74

4 SOLICITUD DE REGISTRO DE DISEÑO INDUSTRIALFecha de presentación

37bis. Reivindicación de prioridad:Países/Oficinasregionales de P.I. deben realizarse

en la solicitudpueden realizarse enla solicitud o mástarde, dentro de unplazo determinado

debenacompañarse dedocumentos quelas respalden

pueden acompañarsede documentos quelas respalden

México SÍ NO SÍ NOMónaco SÍ NO SÍ N/ANicaragua SÍ SÍ SÍ NONoruega SÍ NO NO SÍNueva Zelandia SÍ SÍ SÍ NOPakistánPolonia SÍ NO SÍ N/APortugal SÍ SÍ NO SÍReino Unido SÍ SÍ NO SÍRepública Árabe Siria SÍ NO SÍ NORepública Checa NO SÍ NO SÍRepública de Corea SÍ NO SÍRepública de Moldova NO SÍ SÍ NORepública Dominicana NO SÍ SÍRumania SÍ NO SÍ NOSenegal SÍ SÍSerbia SÍ NO SÍ NOSingapur SÍ NO NO SÍSudáfrica SÍ NO SÍ N/ASudánSuecia SÍ NO NO SÍSuiza SÍ NO NO SÍTailandia SÍ SÍ NOTúnez SÍ NO NO SÍTurkmenistánTurquíaUcrania NO SÍ SÍ NOUruguay SÍ SÍ SÍViet Nam SÍ NO SÍ NOCE NO SÍ NO SÍOAPI SÍ SÍOPIB NO SÍ SÍ NO

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4 SOLICITUD DE REGISTRO DE DISEÑO INDUSTRIALDivisión de una solicitud de registro múltiple

Países/Oficinasregionales de P.I.

38. Cuando los diseños industrialescontenidos en una solicitud de registromúltiple no satisfacen el requisito necesariopara estar incluidos en una única solicitud,el solicitante puede dividir la solicitud.

39. La divisióndeberá tenerlugar dentro deun plazodeterminado.

39bis. El plazo:

Alemania SÍ SÍ 1 mesArabia SauditaArgelia NOArgentina N/A N/AArmenia SÍ SÍAustralia SÍ SÍ 2 mesesAustria SÍ SÍ 2 mesesAzerbaiyánBangladeshBelarús SÍ SÍ 2 mesesBhután SÍ SÍ 2 mesesBosnia y HerzegovinaBrasil SÍ SÍ 20Brunei DarussalamBulgaria SÍ SÍ 3 mesesCamboya NO N/A

Canadá SÍ SÍantes del registro dela solicitud inicial

ChileChinaColombia NOCôte d’Ivoire

Croacia SÍ SÍ60 días –

prolongación posible(60 días)

Dinamarca SÍ N/AEcuadorEl SalvadorEslovaquia SÍ SÍ 2 mesesEslovenia NO N/AEspaña SÍ SÍ 1 mesEstados Unidos deAméricaEstonia N/A N/AFederación de Rusia SÍ SÍFilipinasFinlandia SÍ SÍ 2 mesesGeorgia SÍ SÍ 2 mesesGrecia

Hungría SÍ SÍhasta decisión final

de concesión deldiseño

Italia

Japón SÍ SÍmientras la solicitud

está en trámiteKenya

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4 SOLICITUD DE REGISTRO DE DISEÑO INDUSTRIALDivisión de una solicitud de registro múltiple

Países/Oficinasregionales de P.I.

38. Cuando los diseños industrialescontenidos en una solicitud de registromúltiple no satisfacen el requisito necesariopara estar incluidos en una única solicitud,el solicitante puede dividir la solicitud.

39. La divisióndeberá tenerlugar dentro deun plazodeterminado.

39bis. El plazo:

Kirguistán SÍ SÍ

2 meses a partir de lafecha de propuestadel examinador dedividir la solicitud

la ex RepúblicaYugoslava deMacedonia

SÍ SÍhasta la decisión de

concesión del diseño

Letonia SÍ SÍantes de la decisión

de registro del diseñoLituania SÍ SÍ Antes el registroMadagascarMalasia SÍ SÍ 3 mesesMarruecos NOMéxico SÍ SÍ 4 mesesMónacoNicaraguaNoruega SÍ NONueva ZelandiaPakistán SÍ NOPoloniaPortugal SÍ SÍ 1 mesReino Unido SÍ SÍ 3 mesesRepública Árabe SiriaRepública Checa SÍ SÍ hasta el registroRepública de Corea SÍ NORepública de Moldova SÍ SÍ 3 mesesRepública DominicanaRumania SÍ SÍ 30 díasSenegalSerbia SÍ SÍ 3 mesesSingapurSudáfrica SÍ NOSudánSuecia SÍ NOSuiza SÍ SÍ 1 mesTailandiaTúnezTurkmenistán SÍ SÍ 3 mesesTurquía SÍ NOUcrania SÍ SÍ 2 mesesUruguayViet NamCE SÍ SÍ 2 mesesOAPIOPIB N/A N/A

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 77

II. SOLICITUD DE REGISTRO DE DISEÑO INDUSTRIALDivulgación autorizada antes de la solicitud

Países/Oficinasregionales de P.I.

40. Se autoriza la divulgación del diseño industrial dentrode un plazo determinado antes de la fecha de presentación ode la fecha de prioridad de la solicitud (período de gracia),sin que afecte al requisito de novedad del diseño industrial.

40bis. El plazo:

Alemania SÍ 12 mesesArabia SauditaArgelia NOArgentina NO

Armenia SÍdentro de los 6 meses

después de ladivulgación

Australia NOAustria SÍ 12 mesesAzerbaiyánBangladeshBelarús SÍ 6 mesesBhután NOBosnia y HerzegovinaBrasil SÍ 180 díasBrunei DarussalamBulgaria SÍ 12 mesesCamboya SÍ 12 mesesCanadá SÍ 12 mesesChileChinaColombia SÍ 6 mesesCôte d'IvoireCroacia SÍ 12 mesesDinamarca SÍ 12 mesesEcuadorEl SalvadorEslovaquia SÍ 12 mesesEslovenia SÍ 12 mesesEspaña SÍ 12 mesesEstados Unidos deAméricaEstonia SÍ 12 mesesFederación de Rusia SÍ 6 mesesFilipinasFinlandia SÍ 1 mesGeorgia SÍ 6 mesesGrecia SÍ 12 mesesHungría SÍ 12 mesesItaliaJapón N/A 6 mesesKenyaKirguistán SÍ 6 mesesla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

SÍ 6 meses

Letonia SÍ 12 mesesLituania SÍ 12 mesesMadagascarMalasia SÍ 6 mesesMarruecos SÍ 12 meses

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 78

II. SOLICITUD DE REGISTRO DE DISEÑO INDUSTRIALDivulgación autorizada antes de la solicitud

Países/Oficinasregionales de P.I.

40. Se autoriza la divulgación del diseño industrial dentrode un plazo determinado antes de la fecha de presentación ode la fecha de prioridad de la solicitud (período de gracia),sin que afecte al requisito de novedad del diseño industrial.

40bis. El plazo:

México SÍ 12 mesesMónacoNicaraguaNoruega SÍ 12 mesesNueva Zelandia NOPakistán NOPoloniaPortugal SÍ 12 mesesReino Unido SÍ 12 mesesRepública Árabe SiriaRepública Checa SÍ 12 mesesRepública de Corea SÍ 6 mesesRepública de Moldova SÍ 12 mesesRepública DominicanaRumania SÍ 12 mesesSenegalSerbia SÍ 12 mesesSingapurSudáfricaSudán SÍ 6 mesesSuecia SÍ 12 mesesSuiza SÍ 12 mesesTailandiaTúnezTurkmenistán NOTurquía SÍ 12 mesesUcrania SÍ 6 mesesUruguayViet NamCE SÍ 12 mesesOAPIOPIB SÍ 12 meses

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 79

II. SOLICITUD DE REGISTRO DE DISEÑO INDUSTRIALDivulgación autorizada antes de la solicitud

41. Se dispone de un “período de gracia” para la divulgación efectuada por:Países/Oficinasregionales de P.I. el creador una persona

autorizada porel creador

una persona no autorizada(de mala fe o de manera nointencional)

otros

Alemania SÍ SÍ SÍSucesor legal del

creadorArabia SauditaArgelia NO NO NOArgentina NO NO NOArmenia SÍ SÍ NOAustralia N/A N/A N/AAustria SÍ SÍ SÍAzerbaiyánBangladesh

Belarús SÍ SÍ NOel solicitante, una

persona autorizadapor el solicitante

Bhután SÍ SÍ NOBosnia y HerzegovinaBrasil SÍ SÍ NOBrunei DarussalamBulgaria SÍ SÍ SÍCamboya SÍ SÍ SÍCanadá SÍ SÍ NOChileChina

Colombia SÍoficina que publica el

contenido de lasolicitud sin razón

Côte d'IvoireCroacia SÍ SÍ SÍ un terceroDinamarca SÍ SÍ SÍEcuadorEl SalvadorEslovaquia SÍ SÍ SÍEslovenia SÍ SÍ NOEspaña SÍ SÍ SÍ cesionarioEstados Unidos deAméricaEstonia SÍ SÍ SÍFederación de Rusia SÍ SÍ NOFilipinasFinlandia SÍ SÍ SÍGeorgia SÍ SÍ SÍGrecia SÍ SÍ SÍ

Hungría SÍ SÍ NO

la divulgación fué unabuso con respecto al

solicitante o supredecesor

ItaliaJapón SÍ SÍ SÍKenyaKirguistán SÍ SÍ SÍ

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II. SOLICITUD DE REGISTRO DE DISEÑO INDUSTRIALDivulgación autorizada antes de la solicitud

41. Se dispone de un “período de gracia” para la divulgación efectuada por:Países/Oficinasregionales de P.I. el creador una persona

autorizada porel creador

una persona no autorizada(de mala fe o de manera nointencional)

otros

la ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

SÍ SÍ SÍ

Letonia SÍ SÍ SÍ

un tercero, si lainformación viene del

diseñador o susucesor

Lituania SÍ SÍ SÍMadagascarMalasia SÍ SÍ NOMarruecos N/A N/A N/AMéxico SÍ SÍ NO cesionarioMónacoNicaraguaNoruega SÍ SÍ SÍNueva Zelandia N/A N/A SÍPakistán SÍ SÍ NO N/APoloniaPortugal SÍ SÍ SÍReino Unido SÍ SÍ NORepública Árabe SiriaRepública Checa SÍ SÍ SÍ sucesorRepública de Corea SÍ SÍ SÍRepública de Moldova SÍ SÍ SÍRepública DominicanaRumania SÍ SÍ NOSenegal SÍ SÍ SÍSerbiaSingapurSudáfrica SÍ SÍ SÍSudán SÍ SÍ NOSuecia SÍ SÍ SÍSuiza SÍ SÍ NOTailandiaTúnezTurkmenistán NO NOTurquía SÍ SÍ SÍ sucesoresUcrania SÍ SÍ SÍUruguayViet NamCE SÍ SÍ SÍOAPI SÍOPIB SÍ SÍ SÍ

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II. SOLICITUD DE REGISTRO DE DISEÑO INDUSTRIALDivulgación autorizada antes de la solicitud

42. La divulgación del diseño industrial no afecta el requisito de novedad del diseñoindustrial si dicha divulgación se efectuó en:

Países/Oficinasregionales de P.I.

una exposicióninternacional oficial oreconocida

una exposición nacionaloficial o reconocidaoficialmente

otros

Alemania NO NOArabia SauditaArgelia SÍ SÍArgentina SÍ SÍArmenia N/A N/AAustralia SÍ NOAustria N/A N/AAzerbaiyánBangladeshBelarús SÍ SÍBhután SÍ SÍBosnia y HerzegovinaBrasil NO NOBrunei DarussalamBulgaria N/A N/ACamboya SÍ SÍCanadá NO NOChileChinaColombia NO NOCôte d'IvoireCroacia NO NODinamarca NO NOEcuadorEl SalvadorEslovaquia NO NOEslovenia SÍ SÍEspaña SÍ SÍEstados Unidos deAméricaEstonia NO NOFederación de Rusia N/A N/AFilipinasFinlandia NO NOGeorgia SÍ SÍGrecia SÍ NO

Hungría NO NO

exposición mencionada en unacomunicación del presidente de laoficina húngara, publicada en la

gaceta oficial húngaraItaliaJapón NO NOKenyaKirguistánla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

NO NO

Letonia SÍ NOexposiciones internacionales

definidas en el Artículo 11 delConvenio de París

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 82

II. SOLICITUD DE REGISTRO DE DISEÑO INDUSTRIALDivulgación autorizada antes de la solicitud

42. La divulgación del diseño industrial no afecta el requisito de novedad del diseñoindustrial si dicha divulgación se efectuó en:

Países/Oficinasregionales de P.I.

una exposicióninternacional oficial oreconocida

una exposición nacionaloficial o reconocidaoficialmente

otros

Lituania NO NOMadagascarMalasia SÍ SÍMarruecos SÍMéxico SÍ SÍMónacoNicaraguaNoruega N/A N/A

Nueva Zelandia SÍ SÍ

No se puede denegar una solicitudni anular un registro únicamentepor motivo de que el titular ha

comunicado el diseño a unaautoridad gubernamental o a una

persona autorizada por unaautoridad gubernamental para

examinar los méritos del diseñoPakistán SÍ SÍ N/APoloniaPortugal SÍ NOReino Unido SÍ NORepública Árabe SiriaRepública Checa N/A N/ARepública de Corea SÍ SÍRepública de Moldova SÍ NORepública DominicanaRumania SÍ NOSenegalSerbia SÍ SÍSingapurSudáfrica N/A N/ASudán SÍ SÍSuecia NO NOSuiza N/A N/A cualquier divulgaciónTailandiaTúnezTurkmenistán SÍ SÍ

Turquía SÍ SÍsi hay prueba de la divulgación alpúblico (publicidad o venta del

producto)Ucrania SÍ NOUruguayViet Nam

CE N/A N/A

exposición, si prueba que no seesperaba de los sectores

especializados que se enteraran dela exposición

OAPI SÍOPIB N/A N/A

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II. SOLICITUD DE REGISTRO DE DISEÑO INDUSTRIALCambios en el diseño industrial después de la solicitud

43bis. Las circunstancias en que se autorizan las modificaciones:Países/Oficinasregionales de P.I.

43. Se autorizan lasmodificaciones deldiseño industrialuna vez que ha sidopresentada lasolicitud

bajocualquiercircunstancia

únicamente cuando loscambios guardanrelación con aspectosno esenciales deldiseño industrial

otros

Alemania SÍ NO SÍArabia SauditaArgelia NO NO NOArgentina NOArmenia SÍ NO SÍ

Australia SÍ SÍ NOno se pueden añadir

nuevas característicasAustria NO N/A N/AAzerbaiyánBangladeshBelarús SÍ NO SÍBhután SÍ NO SÍBosnia y HerzegovinaBrasil SÍ NO SÍBrunei DarussalamBulgaria NOCamboya SÍ NO SÍCanadá SÍ NO SÍChileChina

Colombia SÍ N/A N/Asin extensión de la

solicitud inicialCôte d'IvoireCroacia NO N/A N/ADinamarca SÍ NO SÍEcuadorEl SalvadorEslovaquia SÍ N/A SÍEslovenia SÍ SÍEspaña SÍ NO SÍEstados Unidos deAméricaEstonia NO N/A N/A

Federación de Rusia SÍ NO NO

sólo si los cambios nose relacionan con lascaracterísticas que

definen el campo delpatente

FilipinasFinlandia SÍ NO SÍGeorgia SÍ NO SÍGrecia SÍ NO SÍ

Hungría SÍ N/A N/A

modificaciones sólosi el contenido sigueidéntico al diseño de

la solicitudItaliaJapón SÍ NO SÍ

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 84

II. SOLICITUD DE REGISTRO DE DISEÑO INDUSTRIALCambios en el diseño industrial después de la solicitud

43bis. Las circunstancias en que se autorizan las modificaciones:Países/Oficinasregionales de P.I.

43. Se autorizan lasmodificaciones deldiseño industrialuna vez que ha sidopresentada lasolicitud

bajocualquiercircunstancia

únicamente cuando loscambios guardanrelación con aspectosno esenciales deldiseño industrial

otros

KenyaKirguistán SÍ NO SÍla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

NO N/A N/A

Letonia SÍ NO NO

Lituania SÍ SÍ

Sólo en caso deanulación siempre ycuando el diseño se

mantenga igualMadagascarMalasia SÍ NO SÍMarruecos NOMéxico NO MónacoNicaragua

Noruega SÍmodificaciones que

no alteren laimpresión global

Nueva Zelandia SÍ NO SÍPakistán NO NO NO N/APoloniaPortugal SÍ NO SÍReino Unido SÍ NO SÍRepública Árabe Siria

República Checa SÍ NO NO

ninguna nuevacaracterística puedeañadirse al diseño

solicitadoRepública de Corea SÍ NO SÍRepública de Moldova SÍ NO SÍRepública DominicanaRumania SÍ NO SÍSenegalSerbia SÍ NO SÍSingapurSudáfrica SÍ NO SÍSudán SÍ SÍ Suecia SÍ NO SÍSuiza SÍ NO SÍTailandiaTúnezTurkmenistán SÍ NO SÍTurquía NOUcrania SÍ NO SÍUruguayViet NamCE SÍ NO SÍOAPIOPIB NO NO NO

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 86

II. SOLICITUD DE REGISTRO DE DISEÑO INDUSTRIALCambios en el diseño industrial después de la solicitud

Países/Oficinasregionales de P.I.

44. Cuando las modificaciones efectuadas en el diseñoindustrial después de que ha sido presentada la solicitudexcedan el ámbito de la solicitud original, se considera que lasolicitud ha sido presentada en la fecha de las modificaciones

44bis. La Oficinainforma al solicitantede ese hecho.

Alemania SÍ SÍArabia SauditaArgelia NOArgentina NOArmenia N/AAustralia NOAustria NOAzerbaiyánBangladeshBelarús NOBhután SÍ SÍBosnia y HerzegovinaBrasil NO N/ABrunei DarussalamBulgaria SÍ SÍCamboya SÍ SÍCanadá NO N/AChileChinaColombia N/ACôte d'IvoireCroacia N/A N/ADinamarca N/AEcuadorEl SalvadorEslovaquia N/A N/AEslovenia NO N/AEspaña SÍ SÍEstados Unidos deAméricaEstonia N/A N/AFederación de Rusia NOFilipinasFinlandia SÍ SÍGeorgia SÍ SÍGrecia NOHungría NO N/AItaliaJapón SÍ N/AKenyaKirguistán SÍ N/Ala ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

N/A N/A

LetoniaLituania SÍ SÍMadagascarMalasia SÍ SÍMarruecosMéxico SÍ SÍ

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 87

II. SOLICITUD DE REGISTRO DE DISEÑO INDUSTRIALCambios en el diseño industrial después de la solicitud

Países/Oficinasregionales de P.I.

44. Cuando las modificaciones efectuadas en el diseñoindustrial después de que ha sido presentada la solicitudexcedan el ámbito de la solicitud original, se considera que lasolicitud ha sido presentada en la fecha de las modificaciones

44bis. La Oficinainforma al solicitantede ese hecho.

MónacoNicaraguaNoruega SÍ SÍNueva Zelandia SÍ SÍPakistán SÍ SÍPolonia SÍ SÍPortugalReino Unido SÍ SÍRepública Árabe SiriaRepública Checa SÍ SÍRepública de Corea SÍ SÍRepública de Moldova N/A N/ARepública DominicanaRumania NOSenegalSerbia SÍ SÍSingapurSudáfrica N/ASudán SÍ SÍSuecia NOSuiza SÍ SÍTailandiaTúnezTurkmenistán SÍ SÍTurquía SÍ SÍUcrania NOUruguayViet NamCE SÍ SÍOAPIOPIB SÍ SÍ

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 88

III. EXAMENExamen

46. La Oficina examina la solicitud de registro del diseñoindustrial sólo para comprobar si cumple los requisitossubstantivos:

Países/Oficinasregionales de P.I.

45. La Oficinaexamina la solicitud deregistro del diseñoindustrial sólo paracomprobar si cumplelos requisitos formales.

en todos los casos en caso de diseñosespecíficos.

en caso deproductosespecíficos

Alemania N/A N/A N/A N/AArabia Saudita SÍ NO N/A N/AArgelia SÍ NO NO NOArgentina SÍ N/A N/A N/AArmenia SÍ N/A N/A N/AAustralia NO SÍ NO NOAustria NO SÍ NO NOAzerbaiyán NO SÍ SÍBangladesh NO SÍ N/A N/ABelarús SÍ N/A N/A N/ABhutánBosnia y Herzegovina NO SÍ NO NOBrasil SÍ SÍ NO NOBrunei DarussalamBulgaria NO NO NO NOCamboyaCanadá NO SÍ N/A N/AChile SÍ SÍ NO NOChina NO SÍColombia NO SÍ NO NOCôte d'Ivoire SÍCroacia NO SÍ NO NODinamarca NO N/A N/A N/AEcuadorEl Salvador SÍ SÍ N/A N/AEslovaquia NO SÍ N/A N/AEsloveniaEspaña NO NO NO NOEstados Unidos deAmérica

NO SÍ N/A N/A

Estonia NO N/A N/A N/AFederación de Rusia NO SÍ N/A N/AFilipinas SÍ N/A N/A N/AFinlandia NO SÍ NO NOGeorgia NO SÍ NO NOGrecia SÍ NO NO NOHungría NO NO NO NOItaliaJapón NO N/A N/A N/AKenya SÍ SÍ NO NOKirguistán SÍ SÍla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

NO N/A N/A N/A

Letonia NO NO NO NOLituania NO SÍ NO NOMadagascar SÍ NO NO NOMalasiaMarruecos SÍ NO NO NO

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 89

III. EXAMENExamen

46. La Oficina examina la solicitud de registro del diseñoindustrial sólo para comprobar si cumple los requisitossubstantivos:

Países/Oficinasregionales de P.I.

45. La Oficinaexamina la solicitud deregistro del diseñoindustrial sólo paracomprobar si cumplelos requisitos formales.

en todos los casos en caso de diseñosespecíficos.

en caso deproductosespecíficos

México NO SÍMónaco SÍ NO SÍ NONicaragua SÍ SÍNoruega NO SÍ NO NONueva Zelandia NO SÍ NO NOPakistánPolonia NO SÍ N/A N/APortugal NO SÍ N/A N/AReino Unido NO SÍ NO NORepública Árabe Siria NO SÍ NO NORepública Checa NO NO NO NORepública de Corea NO NO NO SÍRepública de Moldova NO SÍ NO NORepública Dominicana NO SÍRumania NO SÍ NO NOSenegal SÍ SÍSerbia NO SÍ NO NOSingapur SÍ N/A N/A N/ASudáfrica SÍ NO NO NOSudánSuecia SÍ NO NO NOSuiza NO NO SÍ NOTailandia NO SÍTúnez SÍ SÍ NO NOTurkmenistánTurquíaUcrania SÍ NO NO NOUruguay NO SÍViet Nam SÍ NO NOCE SÍ SÍOAPI SÍ SÍOPIB SÍ NO NO NO

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 90

III. EXAMENExamen

47. En lo que respecta a los requisitos formales, la Oficina examina si la solicitud deregistro del diseño industrial:

Países/Oficinasregionales de P.I.

contiene una peticiónindicando que sesolicita el registro deun diseño industrial.

indica laidentidad delsolicitante

proporciona los datosde contacto delsolicitante o surepresentante

indica eldomicilio legal

Alemania SÍ SÍ SÍ SÍArabia Saudita SÍ SÍ SÍ SÍArgelia SÍ SÍ SÍ SÍArgentina SÍ SÍ SÍ SÍArmenia SÍ SÍ SÍ SÍAustralia SÍ SÍ SÍ SÍAustria SÍ NO SÍ SÍAzerbaiyán SÍ SÍ SÍ SÍBangladesh SÍ SÍ SÍ SÍBelarús SÍ SÍ SÍ SÍBhutánBosnia y Herzegovina SÍ SÍ SÍ SÍBrasil SÍ SÍ SÍ SÍBrunei Darussalam SÍ SÍ SÍ SÍBulgaria SÍ SÍ SÍ SÍCamboyaCanadá SÍ SÍ SÍ SÍChile SÍ SÍ SÍ SÍChina SÍ SÍ SÍ SÍColombia SÍ SÍ SÍ NOCôte d'Ivoire NO NO SÍ SÍCroacia SÍ SÍ SÍ SÍDinamarca SÍ SÍ SÍ N/AEcuadorEl Salvador SÍ SÍ SÍ SÍEslovaquia SÍ SÍ SÍ NOEsloveniaEspaña SÍ SÍ SÍ SÍEstados Unidos deAmérica

NO SÍ SÍ NO

Estonia SÍ SÍ SÍ NOFederación de Rusia SÍ SÍ SÍ SÍFilipinas SÍ SÍ SÍ SÍFinlandia SÍ SÍ SÍ SÍGeorgia SÍ SÍ SÍ SÍGrecia SÍ SÍ SÍ SÍHungría SÍ SÍ SÍ SÍItalia SÍ SÍ SÍ SÍJapón SÍ SÍ NO NOKenya SÍ SÍ SÍ SÍKirguistán SÍ SÍ SÍ SÍla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

SÍ SÍ SÍ N/A

Letonia SÍ SÍ SÍ SÍLituania SÍ SÍ SÍ SÍ Madagascar SÍ SÍ SÍ N/AMalasiaMarruecos SÍ SÍ SÍ SÍ

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 91

III. EXAMENExamen

47. En lo que respecta a los requisitos formales, la Oficina examina si la solicitud deregistro del diseño industrial:

Países/Oficinasregionales de P.I.

contiene una peticiónindicando que sesolicita el registro deun diseño industrial.

indica laidentidad delsolicitante

proporciona los datosde contacto delsolicitante o surepresentante

indica eldomicilio legal

México SÍ SÍ SÍ SÍMónaco SÍ SÍ SÍ SÍNicaragua SÍ SÍ SÍ SÍNoruega SÍ SÍ SÍ SÍNueva Zelandia SÍ SÍ SÍ SÍPakistánPolonia SÍ SÍ SÍ SÍPortugal SÍ SÍ SÍ SÍReino Unido SÍ SÍ SÍ SÍRepública Árabe Siria SÍ SÍ SÍ SÍRepública Checa SÍ SÍ SÍ SÍRepública de Corea NO SÍ SÍ SÍRepública de Moldova SÍ SÍ SÍ SÍRepública Dominicana SÍ SÍ SÍ SÍRumania SÍ SÍ SÍ SÍSenegal SÍ SÍ SÍ SÍSerbia SÍ SÍ SÍ SÍSingapur SÍ SÍ SÍ SÍSudáfrica SÍ SÍ SÍ SÍSudánSuecia SÍ SÍ SÍ SÍSuiza SÍ SÍ SÍ SÍTailandia SÍ SÍ SÍ SÍTúnez SÍ SÍ SÍ SÍTurkmenistánTurquíaUcrania SÍ SÍ SÍ SÍUruguay SÍ SÍ SÍ SÍViet Nam SÍ SÍ SÍ SÍCE SÍ SÍ SÍ NOOAPI SÍ SÍ SÍ SÍOPIB SÍ SÍ SÍ SÍ

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 92

III. EXAMENExamen

47. En lo que respecta a los requisitos formales, la Oficina examina si la solicitud deregistro del diseño industrial:

Países/Oficinasregionales de P.I.

contiene unareproducción deldiseño industrialen una formaadmitida

contiene elnúmero exigidode reproducciones

contiene un númerosuficiente de vistas paraque el diseño industrialesté completamenterepresentado

no supera elnúmero máximode vistaspermitido

Alemania SÍ SÍ NO SÍArabia Saudita SÍ SÍ NO N/AArgelia SÍ SÍArgentina SÍ SÍ NO NOArmenia SÍ SÍ SÍ NOAustralia SÍ SÍ NO NOAustria SÍ SÍ NO SÍAzerbaiyán SÍ SÍ SÍ N/ABangladesh SÍ NO SÍ N/ABelarús SÍ SÍ NO SÍBhutánBosnia y Herzegovina SÍ SÍ SÍ N/ABrasil SÍ NO NO NOBrunei Darussalam SÍ SÍ SÍ SÍBulgaria SÍ SÍ NO N/ACamboyaCanadá N/A N/A SÍ N/AChile SÍ SÍ SÍ N/AChina SÍ NO SÍ NOColombia SÍ NO SÍ NOCôte d'Ivoire SÍ SÍ SÍCroacia SÍ NO NO SÍDinamarca SÍ NO SÍ NOEcuadorEl Salvador SÍ NO SÍ SÍEslovaquia SÍ SÍ SÍ NOEsloveniaEspaña SÍ SÍ NO SÍEstados Unidos deAmérica

SÍ SÍ SÍ NO

Estonia SÍ SÍ NO N/AFederación de Rusia SÍ NO SÍ NOFilipinas SÍ SÍ SÍ NOFinlandia SÍ NO SÍ NOGeorgia SÍ SÍ NO NOGrecia SÍ NO SÍ NOHungría SÍ N/A NO NOItalia SÍ SÍ SÍ NOJapón N/A N/A SÍ NOKenya SÍ SÍ SÍ NOKirguistán SÍ SÍ SÍ NOla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

SÍ N/A SÍ N/A

Letonia SÍ SÍ SÍ NOLituania SÍ SÍ SÍ NOMadagascar SÍ SÍ NO NOMalasia SÍ SÍ SÍ NO

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 93

III. EXAMENExamen

47. En lo que respecta a los requisitos formales, la Oficina examina si la solicitud deregistro del diseño industrial:

Países/Oficinasregionales de P.I.

contiene unareproducción deldiseño industrialen una formaadmitida

contiene elnúmero exigidode reproducciones

contiene un númerosuficiente de vistas paraque el diseño industrialesté completamenterepresentado

no supera elnúmero máximode vistaspermitido

Marruecos SÍ SÍ NO NOMéxico SÍ NO SÍ N/AMónaco SÍ SÍ SÍ SÍNicaragua SÍ SÍ SÍ NONoruega SÍ N/A N/A N/ANueva Zelandia SÍ SÍ SÍ N/APakistánPolonia SÍ N/A SÍ NOPortugal SÍ SÍ SÍ SÍReino Unido SÍ SÍ NO NORepública Árabe Siria SÍ SÍ SÍ NORepública Checa SÍ SÍ NO SÍRepública de Corea SÍ N/A SÍ NORepública de Moldova SÍ SÍ SÍ NORepública Dominicana SÍ SÍ NO NORumania SÍ SÍ SÍ NOSenegal SÍ SÍ SÍSerbia SÍ SÍ SÍ N/ASingapur SÍ SÍ NO SÍSudáfrica SÍ SÍ SÍ N/ASudánSuecia SÍ NO SÍ N/ASuiza SÍ N/A N/A N/ATailandia SÍ SÍ SÍ SÍTúnez SÍ SÍ NO NOTurkmenistánTurquíaUcrania SÍ SÍ SÍ NOUruguay SÍ NO NO NOViet Nam SÍ SÍ SÍ NOCE SÍ NO SÍ SÍOAPI SÍ SÍ NO NOOPIB SÍ SÍ NO NO

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 94

III. EXAMENExamen

47. En lo que respecta a los requisitos formales, la Oficina examina si la solicitud deregistro del diseño industrial:

Países/Oficinasregionales de P.I.

contiene el númerorequerido de vistasen perspectiva

contiene unadescripción deldiseño industrial

contiene una descripción delos elementos característicosdel diseño industrial

contiene unamuestra deldiseño

Alemania NO SÍ SÍ SÍArabia Saudita NO SÍ NO N/AArgelia SÍArgentina NO SÍ NO NOArmenia SÍ SÍ SÍ NOAustralia NO NO NO NOAustria NO SÍ NO SÍAzerbaiyán SÍ SÍ SÍ NOBangladesh SÍ SÍ SÍ N/ABelarús SÍ SÍ SÍ NOBhutánBosnia y Herzegovina N/A SÍ SÍ N/ABrasil NO NO NO NOBrunei Darussalam SÍ SÍ SÍ N/ABulgaria N/A NO NO N/ACamboyaCanadá N/A SÍ N/A N/AChile SÍ SÍ SÍ N/AChina SÍ SÍ SÍ NOColombia SÍ NO NO NOCôte d'Ivoire SÍ SÍ NOCroacia NO SÍ NO SÍDinamarca NO NO NO NOEcuadorEl Salvador N/A NO NO NOEslovaquia NO NO NO NOEsloveniaEspaña SÍ SÍ NO NOEstados Unidos deAmérica

NO SÍ NO NO

Estonia N/A NO NO N/AFederación de Rusia NO SÍ NO NOFilipinas SÍ NO NO NOFinlandia NO NO NO SÍGeorgia NO NO NO NOGrecia NO NO NO NOHungría NO NO NO NOItalia NO NO NO SÍJapón NO N/A NO N/AKenya NO SÍ SÍ SÍKirguistán SÍ SÍ SÍ NOla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

N/A N/A SÍ SÍ

Letonia NO NO NO NOLituania SÍ SÍ SÍ NOMadagascar NO SÍ SÍ NOMalasiaMarruecos NO NO NO NO

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 95

III. EXAMENExamen

47. En lo que respecta a los requisitos formales, la Oficina examina si la solicitud deregistro del diseño industrial:

Países/Oficinasregionales de P.I.

contiene el númerorequerido de vistasen perspectiva

contiene unadescripción deldiseño industrial

contiene una descripción delos elementos característicosdel diseño industrial

contiene unamuestra deldiseño

México N/A SÍ SÍ N/AMónaco N/A N/A N/A NONicaragua NO NO NO NONoruega N/A N/A N/A SÍNueva Zelandia N/A N/A N/A SÍPakistánPolonia NO SÍ SÍ NOPortugal NO SÍ N/A NOReino Unido NO NO NO NORepública Árabe SiriaRepública Checa NO NO NO SÍRepública de Corea N/A SÍ SÍ N/ARepública de Moldova NO NO N/A NORepública Dominicana SÍ SÍ NO SÍRumania NO SÍ SÍ SÍSenegal SÍSerbia SÍ SÍ NOSingapur NO NO SÍ NOSudáfrica N/A SÍ SÍ SÍSudánSuecia N/A N/A N/A SÍSuiza N/A NO N/A NOTailandia SÍ N/A N/A NOTúnez NO NO NO NOTurkmenistánTurquíaUcrania NO SÍ SÍ NOUruguay NO SÍ NO NOViet Nam SÍ SÍ SÍ NOCE NO SÍ SÍ SÍOAPI NO NO NO NOOPIB NO NO SÍ NO

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 96

III. EXAMENExamen

47. En lo que respecta a los requisitos formales, la Oficina examina si la solicitud deregistro del diseño industrial:

Países/Oficinasregionales de P.I.

contiene una indicación correctadel producto o los productossobre los que se aplica oincorpora el diseño industrial

contiene una indicacióncorrecta de la clase(o subclase) de laClasificación de Locarno

cumple con losrequisitos aplicables alas solicitudesmúltiples

Alemania SÍ NO SÍ Arabia Saudita SÍ SÍ SÍArgelia NO NO NOArgentinaArmenia SÍ SÍ SÍAustralia SÍ N/A SÍAustria SÍ SÍ SÍAzerbaiyán SÍ SÍ SÍBangladesh SÍ N/A N/ABelarús SÍ SÍ SÍBhutánBosnia y Herzegovina SÍ SÍ SÍBrasil NO N/A NOBrunei Darussalam SÍ SÍ SÍBulgariaCamboya SÍ SÍ SÍCanadá SÍ N/A SÍChile SÍ NO N/AChina SÍ SÍ SÍColombia SÍ NO NOCôte d'Ivoire SÍ SÍ SÍCroacia SÍ SÍ SÍDinamarca SÍ SÍ SÍEcuadorEl Salvador SÍ SÍ N/AEslovaquia SÍ NO SÍEsloveniaEspaña SÍ NO SÍEstados Unidos deAmérica

SÍ NO SÍ

Estonia SÍ SÍ N/AFederación de Rusia SÍ SÍ SÍFilipinas NO SÍ SÍFinlandia SÍ SÍ SÍGeorgia SÍ NO SÍGrecia SÍ SÍ SÍHungría SÍ N/A SÍItalia SÍ NO SÍJapón SÍ NO N/AKenya SÍ NO NOKirguistán NO NO SÍla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

N/A N/A SÍ

Letonia SÍ SÍ SÍLituania SÍ SÍ SÍMadagascar SÍ SÍ SÍMalasiaMarruecos SÍ NO SÍ

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III. EXAMENExamen

47. En lo que respecta a los requisitos formales, la Oficina examina si la solicitud deregistro del diseño industrial:

Países/Oficinasregionales de P.I.

contiene una indicación correctadel producto o los productossobre los que se aplica oincorpora el diseño industrial

contiene una indicacióncorrecta de la clase(o subclase) de laClasificación de Locarno

cumple con losrequisitos aplicables alas solicitudesmúltiples

México SÍ NO NOMónaco NO NO SÍNicaragua NO SÍ SÍNoruega SÍ SÍ SÍNueva Zelandia SÍ N/A SÍPakistánPolonia SÍ NO SÍPortugal SÍ N/A SÍReino Unido SÍ NO SÍRepública Árabe Siria SÍ SÍ SÍRepública Checa SÍ SÍ SÍRepública de Corea SÍ SÍ SÍRepública de Moldova SÍ SÍ SÍRepública Dominicana NO NO SÍRumania SÍ NO SÍSenegal SÍ SÍSerbia SÍ NO SÍSingapur SÍ SÍ SÍSudáfrica SÍ SÍ SÍSudánSuecia SÍ SÍ SÍSuiza SÍ NO SÍTailandia SÍ N/A NOTúnez SÍ NO SÍTurkmenistánTurquíaUcrania SÍ NO N/AUruguay NO NO NOViet Nam SÍ SÍ NOCE SÍ SÍ SÍOAPI SÍ SÍ SÍOPIB SÍ SÍ SÍ

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 98

III. EXAMENExamen

47. En lo que respecta a los requisitos formales, la Oficina examina si la solicitud deregistro del diseño industrial:

Países/Oficinasregionales de P.I.

contiene unareivindicacióncorrecta

no supera elnúmero máximo dereivindicaciones

cumple con los requisitosen relación con elcreador del diseño

va acompañadapor el pago de latasa exigida

Alemania NO NO SÍ SÍArabia Saudita N/A N/A SÍ SÍArgelia SÍ SÍArgentina NO NO SÍ SÍArmenia N/A SÍ NO SÍAustralia N/A N/A SÍ NOAustria N/A N/A SÍ SÍAzerbaiyán SÍ NO SÍ SÍBangladesh SÍ N/A SÍ SÍBelarús NO NO SÍ SÍBhutánBosnia y Herzegovina SÍ SÍ SÍ SÍBrasil NO NO SÍ SÍBrunei Darussalam SÍ SÍ SÍ SÍBulgaria N/A N/A SÍ SÍCamboyaCanadá SÍ N/A N/A SÍChile N/A N/A SÍ SÍChina SÍ SÍColombia NO NO SÍ SÍCôte d'Ivoire SÍ SÍCroacia SÍ NO SÍ SÍDinamarca NO NO NO SÍEcuadorEl Salvador N/A NO SÍ SÍEslovaquia N/A N/A SÍ SÍEsloveniaEspaña NO NO SÍ SÍEstados Unidos deAmérica

SÍ SÍ SÍ SÍ

Estonia N/A N/A SÍ SÍFederación de Rusia N/A N/A SÍ SÍFilipinas NO NO NO SÍFinlandia NO NO SÍ SÍGeorgia NO NO SÍ SÍGrecia NO N/A NO SÍHungría N/A N/A SÍ SÍItalia SÍ NO NO SÍJapón N/A N/A SÍ SÍKenya SÍ NO SÍ SÍKirguistán SÍ NO SÍ SÍla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

N/A N/A N/A SÍ

Letonia NO NO SÍ SÍLituania NO NO SÍ SÍMadagascar NO NO SÍ SÍMalasiaMarruecos NO NO NO SÍ

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III. EXAMENExamen

47. En lo que respecta a los requisitos formales, la Oficina examina si la solicitud deregistro del diseño industrial:

Países/Oficinasregionales de P.I.

contiene unareivindicacióncorrecta

no supera elnúmero máximo dereivindicaciones

cumple con los requisitosen relación con elcreador del diseño

va acompañadapor el pago de latasa exigida

México SÍ SÍ SÍ SÍMónaco N/A N/A SÍ SÍNicaragua NO NO SÍ SÍNoruega N/A N/A SÍ SÍNueva Zelandia SÍ N/A N/A SÍPakistánPolonia SÍ NO SÍ SÍPortugal N/A N/A N/A SÍReino Unido NO NO NO SÍRepública Árabe Siria SÍ NO NO SÍRepública Checa NO NO SÍ SÍRepública de Corea SÍ N/A N/A SÍRepública de Moldova N/A N/A NO SÍRepública Dominicana NO NO SÍ SÍRumania NO NO SÍ SÍSenegal SÍ SÍSerbia SÍ SÍ SÍ SÍSingapur N/A N/A N/A SÍSudáfrica N/A N/A N/A SÍSudánSuecia N/A N/A SÍ SÍSuiza N/A N/A SÍ NOTailandia SÍ NO SÍ SÍTúnez NO NO NO SÍTurkmenistánTurquíaUcrania N/A NO SÍ SÍUruguay NO NO SÍ SÍViet Nam SÍ N/A SÍ SÍCE NO NO NO SÍOAPI N/A N/A SÍ SÍOPIB NO NO NO SÍ

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 100

III. EXAMENExamen

48. En lo que respecta a los requisitos substantivos, la Oficina examina si el diseñoindustrial cuyo registro se solicita:

Países/Oficinasregionales de P.I.

constituye una creaciónindependiente

es nuevo es original es muy diferente a losdiseños conocidos

Alemania NO NO NO NOArabia Saudita NO NO NO NOArgeliaArgentina NO NO NO NOArmenia SÍ SÍ SÍ SÍAustralia NO SÍ NO SÍAustria NO NO NO NOAzerbaiyán SÍ SÍ SÍ SÍBangladesh SÍ SÍ SÍ SÍBelarús NO NO NO NOBhutánBosnia y Herzegovina SÍ SÍ SÍ SÍBrasil SÍ NO NO NOBrunei DarussalamBulgaria N/A SÍ NO SÍCamboyaCanadá NO SÍ SÍ SÍChile SÍ SÍ SÍ SÍChina NO NO NO SÍColombia NO SÍ NO SÍCôte d'Ivoire SÍ SÍCroacia NO NO NO NODinamarca NO NO NO NOEcuador SÍ SÍ SÍ SÍEl Salvador SÍ SÍ SÍ SÍEslovaquia N/A SÍ SÍ SÍEsloveniaEspaña NO SÍ SÍ SÍEstados Unidos deAmérica

SÍ SÍ SÍ SÍ

Estonia N/A NO NO NOFederación de Rusia N/A SÍ SÍ SÍFilipinas N/A N/A N/A N/AFinlandia SÍ SÍ SÍ SÍGeorgia NO SÍ NO SÍGrecia NO NO NO NOHungría NO SÍ N/A N/AItalia NO NO NO NOJapón N/A SÍ N/A SÍKenya NO SÍ SÍ SÍKirguistán SÍ SÍ la ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

N/A NO N/A NO

Letonia NO NO NO NOLituania NO NO NO NOMadagascarMalasia NO NO NO NOMarruecos NO NO NO NOMéxico SÍ SÍ SÍ SÍ

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 101

III. EXAMENExamen

48. En lo que respecta a los requisitos substantivos, la Oficina examina si el diseñoindustrial cuyo registro se solicita:

Países/Oficinasregionales de P.I.

constituye una creaciónindependiente

es nuevo es original es muy diferente a losdiseños conocidos

Mónaco NO NO NO NONicaragua SÍ SÍ SÍ SÍNoruega NO NO NO NONueva Zelandia N/A SÍ SÍ SÍPakistánPolonia NO NO NOPortugal N/A SÍ N/A SÍReino Unido NO NO NO NORepública Árabe Siria SÍ SÍ SÍ SÍRepública Checa N/A SÍ N/A SÍRepública de Corea SÍ SÍ SÍ SÍRepública de Moldova N/A SÍ N/A SÍRepública Dominicana NO SÍ NO SÍRumania SÍ SÍ NO SÍSenegal SÍSerbia NO SÍ NO SÍSingapur N/A N/A N/A N/ASudáfrica NO NO NO NOSudánSuecia NO NO NO NOSuiza NO NO NO NOTailandia N/A SÍ NO SÍTúnez NO NO NO NOTurkmenistánTurquíaUcrania NO NO NO NOUruguay N/A SÍ SÍ SÍViet Nam N/A SÍ N/A SÍCE NO NO NO NOOAPI NO NO NO SÍOPIB NO NO NO NO

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 102

III. EXAMENExamen

48. En lo que respecta a los requisitos substantivos, la Oficina examina si el diseñoindustrial cuyo registro se solicita:

Países/Oficinasregionales de P.I.

está esencialmente dictadopor consideraciones técnicaso funcionales

puede crearse fácilmentecombinando dos o másdiseños conocidos

va en contra de lamoralidad o el ordenpúblico

Alemania NO NO SÍArabia Saudita NO NO SÍArgelia SÍ SÍArgentina NO NO SÍArmenia SÍ SÍ SÍAustralia NO NO NOAustria NO NO SÍAzerbaiyán NO NO NOBangladesh NO NO SÍBelarús NO NO SÍBhutánBosnia y Herzegovina SÍ SÍ SÍBrasil SÍ NO SÍBrunei Darussalam N/A N/A N/ABulgaria SÍ SÍ SÍCamboyaCanadá SÍ NO NOChile SÍ SÍ SÍChina SÍ SÍ SÍColombia SÍ SÍ SÍCôte d'IvoireCroacia NO NO SÍDinamarca NO NO SÍEcuadorEl Salvador NO NO SÍEslovaquia SÍ NO SÍEsloveniaEspaña SÍ NO SÍEstados Unidos deAmérica

SÍ NO SÍ

Estonia NO N/A SÍFederación de Rusia SÍ SÍ SÍFilipinas N/A N/A N/AFinlandia SÍ SÍ SÍGeorgia NO NO SÍGrecia NO NO NOHungría SÍ NO SÍItalia NO NO SÍJapón SÍ SÍ SÍKenya SÍ SÍ SÍKirguistánla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

N/A N/A SÍ

Letonia NO NO SÍLituania NO NO SÍMadagascar NO NO SÍMalasia

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 103

III. EXAMENExamen

48. En lo que respecta a los requisitos substantivos, la Oficina examina si el diseñoindustrial cuyo registro se solicita:

Países/Oficinasregionales de P.I.

está esencialmente dictadopor consideraciones técnicaso funcionales

puede crearse fácilmentecombinando dos o másdiseños conocidos

va en contra de lamoralidad o el ordenpúblico

Marruecos NO NO SÍMéxico NO SÍ SÍMónaco NO NO SÍNicaragua NO NO NONoruega NO NO SÍNueva Zelandia SÍ NO NOPakistánPolonia NO NO SÍPortugal SÍ NO SÍReino UnidoRepública Árabe Siria SÍ NO SÍRepública Checa SÍ N/A SÍRepública de Corea SÍ SÍ SÍRepública de Moldova SÍ SÍ SÍRepública Dominicana NO NO SÍRumania SÍ SÍ SÍSenegal SÍ SÍ SÍSerbia SÍ N/A SÍSingapur N/A N/A N/ASudáfrica NO NO NOSudánSuecia NO NO SÍSuiza NO NO SÍTailandia SÍ NO SÍTúnez NO NO SÍTurkmenistánTurquíaUcrania NO NO NOUruguay SÍ SÍ SÍViet Nam SÍ SÍ SÍCE NO NO SÍOAPI SÍ NO SÍOPIB NO NO SÍ

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 104

III. EXAMENExamen

48. En lo que respecta a los requisitos substantivos, la Oficina examina si el diseñoindustrial cuyo registro se solicita:

Países/Oficinasregionales de P.I.

está en conflicto con signos o emblemasoficiales protegidos en virtud del artículo 6terdel Convenio de París, u otros conveniosinternacionales o la legislación nacional

corresponde a lanoción de “diseño”establecida por lalegislación aplicable

tienecarácterindividual

Alemania SÍ SÍ NOArabia Saudita SÍ SÍ NOArgelia SÍ SÍ SÍArgentina SÍ SÍ N/AArmenia NO SÍ SÍAustralia SÍ SÍ NOAustria NO SÍ NOAzerbaiyán SÍ SÍ SÍBangladesh SÍ SÍ SÍBelarús NO SÍ NOBhutánBosnia y Herzegovina SÍ SÍ SÍBrasil NO NO NOBrunei Darussalam N/A N/A N/ABulgaria NO SÍ N/ACamboyaCanadá NO SÍ N/AChile SÍ SÍ SÍChina SÍ SÍ NOColombia SÍ SÍ SÍCôte d'IvoireCroacia SÍ SÍ NODinamarca SÍ SÍ NOEcuadorEl Salvador SÍ SÍ SÍEslovaquia NO N/A SÍEsloveniaEspaña SÍ SÍ SÍEstados Unidos deAmérica

NO NO NO

Estonia SÍ SÍ NOFederación de Rusia SÍ SÍ N/AFilipinas N/A N/A N/AFinlandia SÍ SÍ SÍGeorgia SÍ SÍ NOGrecia SÍ SÍ NOHungría SÍ SÍ NOItalia SÍ NO NOJapón SÍ SÍ N/AKenya SÍ SÍ SÍKirguistánla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

SÍ N/A N/A

Letonia NO SÍ NOLituania SÍ SÍ NOMadagascar SÍ SÍ NOMalasiaMarruecos SÍ SÍ NO

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 105

III. EXAMENExamen

48. En lo que respecta a los requisitos substantivos, la Oficina examina si el diseñoindustrial cuyo registro se solicita:

Países/Oficinasregionales de P.I.

está en conflicto con signos o emblemasoficiales protegidos en virtud del artículo 6terdel Convenio de París, u otros conveniosinternacionales o la legislación nacional

corresponde a lanoción de “diseño”establecida por lalegislación aplicable

tienecarácterindividual

México SÍ SÍ SÍMónaco SÍ SÍ N/ANicaragua SÍ SÍ SÍNoruega SÍ SÍ NONueva Zelandia NO SÍ N/APakistánPolonia SÍPortugal SÍ SÍ SÍReino Unido SÍ SÍ NORepública Árabe Siria SÍ SÍ SÍRepública Checa SÍ SÍ SÍRepública de Corea SÍ SÍ NORepública de Moldova SÍ SÍ SÍRepública Dominicana SÍ SÍ SÍRumania SÍ SÍ SÍSenegal SÍ SÍSerbia SÍ SÍ SÍSingapur N/A N/A N/ASudáfrica NO NO NOSudánSuecia SÍ SÍ NOSuiza SÍ SÍ NOTailandia N/A SÍ SÍTúnez NO SÍ NOTurkmenistánTurquíaUcrania NO NO NOUruguay SÍ SÍ N/AViet Nam NO SÍ N/ACE NO SÍ NOOAPI SÍ SÍ SÍOPIB NO NO NO

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 106

III. EXAMENExamen

49. Cuando examina un diseño industrial, la Oficina tiene en cuenta:Países/Oficinasregionales de P.I. diseños industriales o

solicitudes de registro dediseños industriales anteriores

el derecho de autor sobrelas obras literarias oartísticas

marcas o solicitudes deregistro de marca previas

Alemania NO NO NOArabia Saudita NO NO NOArgelia NO NOArgentina NO NO NOArmenia SÍ NO NOAustralia SÍ SÍ SÍAustria NO NO NOAzerbaiyán SÍ SÍ SÍBangladesh SÍ NO SÍBelarús NO NO NOBhutánBosnia y Herzegovina SÍ N/A N/ABrasil NO NO NOBrunei Darussalam NO NO NOBulgaria SÍ NO NOCamboyaCanadá SÍ NO NOChile SÍ SÍ SÍChina SÍ NO NOColombia SÍ SÍ SÍCôte d'IvoireCroacia NO NO NODinamarca NO NO NOEcuador SÍ SÍ SÍEl Salvador SÍ NO NOEslovaquia SÍ SÍ NOEsloveniaEspaña SÍ SÍ SÍEstados Unidos deAmérica

SÍ SÍ SÍ

Estonia N/A N/A N/AFederación de Rusia SÍ SÍ SÍFilipinas N/A N/A N/AFinlandia SÍ SÍ SÍGeorgia SÍ NO NOGrecia NO NO NOHungría SÍ SÍ SÍItalia NO NO SÍJapón SÍ NO NOKenya SÍ SÍ SÍKirguistánla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

NO NO NO

Letonia NO NO NOLituania NO NO NOMadagascar NO NO NOMalasiaMarruecos NO NO NOMéxico SÍ SÍ SÍ

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III. EXAMENExamen

49. Cuando examina un diseño industrial, la Oficina tiene en cuenta:Países/Oficinasregionales de P.I. diseños industriales o

solicitudes de registro dediseños industriales anteriores

el derecho de autor sobrelas obras literarias oartísticas

marcas o solicitudes deregistro de marca previas

Mónaco NO NO NONicaragua SÍ NO NONoruega NO NO NONueva Zelandia SÍ NO NOPakistánPolonia N/A N/A SÍPortugal SÍ NO NOReino Unido NO SÍ SÍRepública Árabe Siria SÍ SÍ SÍRepública Checa SÍ SÍ SÍRepública de Corea SÍ NO SÍRepública de Moldova SÍ SÍ SÍRepública Dominicana SÍ SÍ SÍRumania SÍ SÍ SÍSenegal SÍ SÍ SÍSerbia SÍ SÍ SÍSingapur NO NO NOSudáfrica N/A N/A N/ASudánSuecia NO NO NOSuiza NO NO NOTailandia SÍ NO NOTúnez NO NO NOTurkmenistánTurquíaUcrania NO NO NOUruguay SÍ NO NOViet Nam SÍ SÍ N/ACE NO NO NOOAPI NO NO NOOPIB NO NO NO

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 108

III. EXAMENExamen

49. Cuando examina un diseño industrial, la Oficina tiene en cuenta:Países/Oficinasregionales de P.I. marcas notoriamente

conocidasindicaciones geográficasy denominaciones deorigen

el nombre real o el seudónimo deuna persona, su representación oretrato

Alemania NO NO NOArabia Saudita NO NO NOArgelia NO NOArgentina NO NO NOArmenia NO NO NOAustralia NO NO NOAustria NO NO NOAzerbaiyán SÍ SÍ SÍBangladesh SÍ SÍ SÍBelarús NO NO NOBhutánBosnia y Herzegovina N/A N/A N/ABrasil NO NO NOBrunei Darussalam NO NO NOBulgaria NO NO NOCamboyaCanadá NO NO NOChile N/A N/A N/AChina SÍ SÍ NOColombia SÍ SÍ SÍCôte d'IvoireCroacia NO NO NODinamarca NO NO NOEcuador SÍ NO NOEl Salvador NO NO NOEslovaquia NO NO NOEsloveniaEspaña SÍ SÍ SÍEstados Unidos deAmérica

SÍ SÍ SÍ

Estonia N/A N/A N/AFederación de Rusia SÍ SÍ SÍFilipinas N/A N/A N/AFinlandia SÍ NO SÍGeorgia SÍ SÍ SÍGrecia NO NO NOHungría SÍ SÍ SÍItalia NO NO SÍJapón SÍ NO N/AKenya SÍ NO NOKirguistánla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

NO NO SÍ

Letonia NO NO NOLituania NO NO NOMadagascar NO NO SÍMalasiaMarruecos NO NO NOMéxico SÍ SÍ SÍ

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 109

III. EXAMENExamen

49. Cuando examina un diseño industrial, la Oficina tiene en cuenta:Países/Oficinasregionales de P.I. marcas notoriamente

conocidasindicaciones geográficasy denominaciones deorigen

el nombre real o el seudónimo deuna persona, su representación oretrato

Mónaco NO NO NONicaragua NO NO NONoruega NO NO NONueva Zelandia NO NO SÍPakistánPolonia SÍ SÍ SÍPortugal SÍ SÍ SÍReino Unido SÍ SÍ SÍRepública Árabe Siria SÍ SÍ SÍRepública Checa SÍ SÍ SÍRepública de Corea SÍ SÍ SÍRepública de Moldova SÍ SÍ SÍRepública Dominicana NO NO NORumania SÍ SÍ SÍSenegal SÍSerbia SÍ SÍ SÍSingapur NO NO SÍSudáfrica N/A N/A N/ASudánSuecia NO NO NOSuiza NO NO NOTailandia NO NO NOTúnez NO NO NOTurkmenistánTurquíaUcrania NO NO NOUruguay NO NO NOViet Nam N/A N/A N/ACE NO NO NOOAPI NO NO NOOPIB NO NO NO

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III. EXAMENExamen

50. Cuando examina la novedad u originalidad de un diseño industrial,la Oficina tiene en cuenta la situación:

Países/Oficinasregionales de P.I.

en el país en el que sesolicita el registro (nacional)

en todo el mundo(internacional)

en un determinado grupo depaíses (regional)

Alemania N/A N/A N/AArabia Saudita N/A N/A N/AArgelia NO NO NOArgentina NO NO NOArmenia SÍ N/A N/AAustralia NO SÍ NOAustriaAzerbaiyán SÍ N/A SÍBangladesh SÍ NO NOBelarús SÍBhutánBosnia y Herzegovina SÍ N/A N/ABrasil SÍ SÍ N/ABrunei Darussalam SÍ SÍ SÍBulgaria NO SÍ NOCamboyaCanadá SÍ SÍ NOChile SÍ SÍ NOChina SÍColombia SÍ SÍ NOCôte d'IvoireCroacia NO NO NODinamarca NO NO NOEcuador SÍ SÍ SÍEl Salvador SÍ SÍ NOEslovaquia SÍ SÍ SÍEsloveniaEspaña NO SÍ NOEstados Unidos deAmérica

SÍ SÍ NO

Estonia N/A N/A N/AFederación de Rusia N/A SÍ N/AFilipinas N/A N/A N/AFinlandia SÍ NO NOGeorgia SÍ NO NOGrecia N/A N/A N/AHungría NO SÍ NOItalia N/A N/A N/AJapón SÍ SÍ NOKenya NO SÍ NOKirguistán SÍ SÍla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

N/A N/A N/A

Letonia N/A N/A N/ALituania NO NO NOMadagascar NO NO NOMalasiaMarruecos N/A N/A N/AMéxico SÍ SÍ N/A

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 111

III. EXAMENExamen

50. Cuando examina la novedad u originalidad de un diseño industrial,la Oficina tiene en cuenta la situación:

Países/Oficinasregionales de P.I.

en el país en el que sesolicita el registro (nacional)

en todo el mundo(internacional)

en un determinado grupo depaíses (regional)

Mónaco N/A NO N/ANicaragua SÍ SÍ NONoruega N/A N/A N/ANueva Zelandia SÍ NO NOPakistánPolonia N/A NO NOPortugal SÍ NO SÍReino Unido N/A N/A N/ARepública Árabe Siria SÍ NO NORepública Checa NO SÍ NORepública de Corea SÍ SÍ N/ARepública de Moldova NO SÍ NORepública Dominicana SÍ SÍ NORumania SÍ SÍ SÍSenegal SÍ SÍ SÍSerbia NO SÍ NOSingapur N/A N/A N/ASudáfrica N/A N/A N/ASudánSuecia N/A N/A N/ASuiza N/A N/A N/ATailandia NO SÍ NOTúnez N/A N/A N/ATurkmenistánTurquíaUcrania NO NO NOUruguay SÍ NO NOViet Nam NO SÍ NOCE NO NO NOOAPI N/A N/A N/AOPIB NO NO NO

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 112

III. EXAMENExamen

Países/Oficinasregionales de P.I.

50bis. Si el criterio de novedad uoriginalidad se evalúa a escala regional,sírvase indicar los países considerados:

51. La duración media del examen porparte de la Oficina es de alrededor de:

Alemania 8-12 semanasArabia Saudita 24 semanasArgeliaArgentina 4 mesesArmenia 9 semanasAustralia 6.5 mesesAustria 8 semanasAzerbaiyán 5-12 semanasBangladesh 10 semanasBelarús 12-16 semanasBhutánBosnia y Herzegovina 40 semanasBrasil 12 semanasBrunei Darussalam 2 semanasBulgaria 52 semanasCamboyaCanadá 4 semanasChile 106 semanasChina 15 meses de la solicite a la concesiónColombia 48 semanasCôte d'Ivoire

Croacia10 semanas si no hay deficiencias, 6 meses

a 1 año si hay deficienciasDinamarca menos de 1 semanaEcuador 1 semanaEl Salvador 1 semanaEslovaquia 20 semanasEsloveniaEspaña 1 semanaEstados Unidos deAmérica

12 meses /52 semanas

Estonia 2-4 semanasFederación de Rusia 40 semanasFilipinas 24 semanasFinlandia 4-5 semanasGeorgia 8 semanasGreciaHungría 28 semanasItalia 2 hora

Japónprimera acción oficina 7.1 meses –

segunda 10.2 mesesKenya 22 semanasKirguistánla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

4 semanas

Letonia 8 semanasLituania 8 semanasMadagascar 4 semanasMalasiaMarruecosMéxico 36 semanas

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 113

III. EXAMENExamen

Países/Oficinasregionales de P.I.

50bis. Si el criterio de novedad uoriginalidad se evalúa a escala regional,sírvase indicar los países considerados:

51. La duración media del examen porparte de la Oficina es de alrededor de:

Mónaco 8 semanasNicaragua 1 semanasNoruega 12 semanasNueva Zelandia 1 semanaPakistánPolonia 12 semanasPortugal 3 semanasReino Unido 8 semanasRepública Árabe Siria 30 semanasRepública Checa 25 semanasRepública de Corea 24 semanasRepública de Moldova 8 semanas (formal); 16 semanas (de fondo)República Dominicana 1 semanaRumania 12 mesesSenegal OAPI 49 semanasSerbia 52 semanasSingapur 8 semanasSudáfrica 6-9 mesesSudánSuecia 16 semanasSuiza 6 semanasTailandiaTúnez 1 semanaTurkmenistánTurquíaUcrania 24-28 semanasUruguay 70 semanasViet Nam 24 semanasCE 5.27 semanasOAPI 8 semanasOPIB

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 114

III. EXAMENExamen sustantivo

52. La Oficina examina los diseños industriales para comprobar si cumplen losrequisitos sustantivos:

Países/Oficinasregionales de P.I.

a petición delsolicitante

de oficio de presentarse una oposiciónpor parte de tercero

de presentarse unaacción de nulidad

Alemania NO SÍ NO NOArabia SauditaArgelia NO NO NO NOArgentina N/A N/A N/A N/AArmenia N/A N/A N/A N/AAustralia SÍ SÍ NO N/AAustria NO SÍ NO SÍAzerbaiyánBangladeshBelarús NO NO SÍ SÍBhután SÍ SÍ NO SÍBosnia y HerzegovinaBrasil SÍ SÍ NO SÍBrunei DarussalamBulgaria NO SÍ NO SÍCamboya N/A SÍ N/A N/ACanadá NO SÍ NO NOChileChinaColombia SÍCôte d'IvoireCroacia NO SÍ NO SÍDinamarca SÍ NO SÍ SÍEcuadorEl SalvadorEslovaquia NO SÍ N/A SÍEslovenia SÍEspaña NO NO SÍ SÍEstados Unidos deAméricaEstonia NO SÍ NO NOFederación de Rusia N/A SÍ N/A N/AFilipinasFinlandia NO SÍ SÍ NOGeorgia NO SÍ SÍ NOGrecia NO NO NO NOHungría NO SÍ SÍ NOItaliaJapón NO SÍ NO NOKenyaKirguistán SÍ SÍ N/Ala ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

N/A SÍ SÍ SÍ

Letonia NO SÍ NO NOLituania NO NO NO NOMadagascarMalasia NO SÍ NO N/AMarruecosMéxico N/A SÍ N/A SÍ

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 115

III. EXAMENExamen sustantivo

52. La Oficina examina los diseños industriales para comprobar si cumplen losrequisitos sustantivos:

Países/Oficinasregionales de P.I.

a petición delsolicitante

de oficio de presentarse una oposiciónpor parte de tercero

de presentarse unaacción de nulidad

MónacoNicaraguaNoruega SÍNueva Zelandia NO SÍ NO NOPakistán NO NO NO NOPoloniaPortugal SÍ SÍ SÍ NOReino Unido NO SÍ NO NORepública Árabe SiriaRepública Checa NO SÍ N/A NORepública de Corea NO NO NO NORepública de Moldova NO SÍ NO NORepública DominicanaRumania NO SÍ SÍ NOSenegalSerbia NO SÍ SÍ SÍSingapurSudáfrica N/A N/A N/A N/ASudán N/A N/A N/A N/ASuecia NO NO SÍ N/ASuiza NO SÍ NO NOTailandiaTúnezTurkmenistán SÍ SÍTurquía NO NO SÍ NOUcrania N/A N/A N/AUruguayViet NamCE NO SÍ NO SÍOAPIOPIB NO NO NO NO

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 116

III. EXAMENExamen sustantivo

54. La Oficina examina los diseñosindustriales para comprobar si cumplen losrequisitos sustantivos:

Países/Oficinasregionales de P.I.

53. La Oficina efectúa un examen“restringido” de novedad (por ejemplo,un examen de novedad local o regional,cuando el criterio de validez delderecho de diseño industrial es lanovedad universal)

antes del registro deldiseño industrial

después del registrodel diseño industrial

Alemania NO SÍ NOArabia SauditaArgelia SÍ NO NOArgentina NO N/A N/AArmenia N/A N/A N/AAustralia NO NO SÍAustria NO SÍ SÍAzerbaiyánBangladeshBelarús NO NO SÍBhután SÍ SÍ NOBosnia y HerzegovinaBrasil NO NO SÍBrunei DarussalamBulgaria SÍ SÍ NOCamboya N/A SÍ N/ACanadá NO SÍ NOChileChinaColombia NO SÍCôte d'IvoireCroacia NO SÍ SÍDinamarca NO SÍ SÍEcuadorEl SalvadorEslovaquia NO SÍ NOEslovenia NO N/A N/AEspaña NO NO SÍEstados Unidos deAméricaEstonia NO SÍ NOFederación de Rusia N/A SÍ N/AFilipinasFinlandia SÍ SÍ NOGeorgia SÍ SÍ NOGrecia NO NO NOHungría NO SÍ NOItaliaJapón NO SÍ NOKenyaKirguistán N/A SÍla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

N/A SÍ NO

Letonia NO SÍ NOLituania NO N/A N/AMadagascarMalasia N/A SÍ N/AMarruecos

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III. EXAMENExamen sustantivo

54. La Oficina examina los diseñosindustriales para comprobar si cumplen losrequisitos sustantivos:

Países/Oficinasregionales de P.I.

53. La Oficina efectúa un examen“restringido” de novedad (por ejemplo,un examen de novedad local o regional,cuando el criterio de validez delderecho de diseño industrial es lanovedad universal)

antes del registro deldiseño industrial

después del registrodel diseño industrial

México NO SÍ NOMónacoNicaraguaNoruega NO SÍNueva Zelandia NO SÍ NOPakistán NO SÍ NOPoloniaPortugal SÍ SÍ NOReino Unido NO SÍ N/ARepública Árabe SiriaRepública Checa NO SÍ NORepública de Corea NO SÍ NORepública de Moldova NO SÍ NORepública DominicanaRumania NO SÍSenegalSerbia N/A SÍ NOSingapurSudáfrica NO N/A N/ASudán N/A N/A N/ASuecia NO NO NOSuiza NO SÍ NOTailandiaTúnezTurkmenistán NO SÍTurquía NO NO SÍUcrania N/A N/A N/AUruguayViet NamCE NO SÍ NOOAPIOPIB NO NO NO

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 118

III. EXAMENExamen sustantivo

55. Al examinar la novedad de un diseño industrial, la Oficina tiene en cuenta:Países/Oficinasregionales de P.I. las características esenciales

del diseño industrialtodas las característicasdel diseño industrial

otros aspectos

Alemania N/A N/AArabia SauditaArgelia NO NO Leyenda explicativaArgentina N/A N/AArmenia N/A N/AAustralia SÍ SÍAustria NO SÍAzerbaiyánBangladeshBelarús SÍ NOBhután SÍ SÍBosnia y HerzegovinaBrasil SÍ SÍBrunei DarussalamBulgaria SÍ NO Art. 12.2 de la ley de DICamboya SÍ SÍCanadá NO SÍChileChinaColombia SÍ SÍCôte d'IvoireCroacia NO SÍDinamarca SÍ NOEcuadorEl SalvadorEslovaquia SÍ SÍEslovenia N/A N/AEspaña SÍ SÍEstados Unidos deAméricaEstonia N/A N/AFederación de Rusia

N/A N/Acaracterísticas esenciales yque reflejan el campo del

patenteFilipinasFinlandia NO SÍGeorgia SÍ NOGrecia NO NOHungría

NO NOdiseños idénticos a

disposición del público antesde la fecha de prioridad

ItaliaJapón SÍ SÍKenyaKirguistán SÍla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

NO SÍ

Letonia N/A N/ALituania N/A N/AMadagascar

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 119

III. EXAMENExamen sustantivo

55. Al examinar la novedad de un diseño industrial, la Oficina tiene en cuenta:Países/Oficinasregionales de P.I. las características esenciales

del diseño industrialtodas las característicasdel diseño industrial

otros aspectos

Malasia SÍ NOMarruecosMéxico SÍ SÍMónacoNicaraguaNoruega N/A N/ANueva Zelandia SÍ SÍPakistán SÍ SÍ N/APoloniaPortugal NO SÍReino Unido N/A N/ARepública Árabe SiriaRepública Checa SÍ NORepública de Corea SÍ SÍRepública de Moldova NO SÍRepública DominicanaRumania NO SÍSenegalSerbia SÍ NOSingapurSudáfrica N/A N/ASudán N/A N/ASuecia NO SÍSuiza N/A N/ATailandiaTúnezTurkmenistán SÍ NOTurquía SÍUcrania N/A N/AUruguayViet NamCE N/A N/AOAPIOPIB N/A N/A

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 120

III. EXAMENExamen sustantivo

56. Al examinar la originalidad de un diseño industrial, la Oficina tiene en cuenta:Países/Oficinasregionales de P.I. las características esenciales

del diseño industrialla impresión general queproduce el diseño industrial

otros aspectos

Alemania N/A N/AArabia SauditaArgelia NO NOArgentina N/A N/AArmenia N/A N/AAustralia SÍ SÍAustria N/A N/AAzerbaiyánBangladeshBelarús SÍ NOBhután SÍ NOBosnia y HerzegovinaBrasil SÍ SÍBrunei DarussalamBulgaria NO SÍ Art. 13 de la ley DICamboya SÍ SÍCanadá NO SÍChileChinaColombia N/A N/ACôte d'IvoireCroacia N/A N/ADinamarca N/A N/AEcuadorEl SalvadorEslovaquia N/A N/AEslovenia N/A N/AEspaña SÍ SÍEstados Unidos deAméricaEstonia N/A N/AFederación de Rusia

SÍ SÍexamen por el usuario

informadoFilipinasFinlandia NO SÍGeorgia NO NOGrecia NO NOHungría N/A N/AItaliaJapón N/A N/AKenyaKirguistán SÍla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

NO SÍ

Letonia N/A N/ALituania N/A N/AMadagascarMalasia N/A N/AMarruecosMéxico SÍ SÍ

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 121

III. EXAMENExamen sustantivo

56. Al examinar la originalidad de un diseño industrial, la Oficina tiene en cuenta:Países/Oficinasregionales de P.I. las características esenciales

del diseño industrialla impresión general queproduce el diseño industrial

otros aspectos

MónacoNicaraguaNoruega N/A N/ANueva Zelandia SÍ SÍPakistán SÍ SÍ N/APoloniaPortugal N/A N/AReino Unido N/A N/ARepública Árabe SiriaRepública Checa N/A N/ARepública de Corea SÍ SÍRepública de Moldova N/A N/ARepública DominicanaRumania N/A N/ASenegalSerbia SÍ SÍSingapurSudáfrica N/A N/ASudán N/A N/ASuecia N/A N/ASuiza N/A N/ATailandiaTúnezTurkmenistán SÍ NOTurquía N/A N/AUcrania N/A N/AUruguayViet NamCE N/A N/AOAPIOPIB N/A N/A

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 122

III. EXAMENExamen sustantivo

57. Al examinar el carácter singular de un diseño industrial, la Oficina tiene en cuenta:Países/Oficinasregionales de P.I. las características

esenciales deldiseño industrial

la impresión general que produce el diseñoindustrial en un usuario informado,comparada a la que produce cualquier otrodiseño industrial publicado

otros aspectos

Alemania N/A N/AArabia SauditaArgelia NO NOArgentina N/A N/AArmenia N/A N/AAustralia N/A N/AAustria NO SÍAzerbaiyánBangladeshBelarús N/A N/ABhután SÍ NOBosnia y HerzegovinaBrasil SÍ SÍBrunei DarussalamBulgaria N/A N/ACamboya SÍ SÍCanadá SÍ SÍChileChinaColombia N/A N/ACôte d'IvoireCroacia NO SÍDinamarca NO SÍEcuadorEl SalvadorEslovaquia NO SÍEslovenia N/A N/AEspaña SÍ SÍEstados Unidos deAméricaEstonia N/A N/AFederación de Rusia N/A N/AFilipinasFinlandia NO SÍGeorgia NO NOGrecia NO NOHungría NO SÍItaliaJapón N/A N/AKenyaKirguistán SÍ

la ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

N/A N/A

impresión globalcomparada con la

de un diseñoanterior

Letonia N/A N/ALituania N/A N/AMadagascar

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 123

III. EXAMENExamen sustantivo

57. Al examinar el carácter singular de un diseño industrial, la Oficina tiene en cuenta:Países/Oficinasregionales de P.I. las características

esenciales deldiseño industrial

la impresión general que produce el diseñoindustrial en un usuario informado,comparada a la que produce cualquier otrodiseño industrial publicado

otros aspectos

Malasia SÍ SÍMarruecosMéxico SÍ SÍMónacoNicaraguaNoruega N/A N/ANueva Zelandia N/A N/APakistán SÍ NO N/APoloniaPortugal NO SÍReino Unido N/A N/ARepública Árabe SiriaRepública Checa NO SÍRepública de Corea N/A N/ARepública de Moldova NO SÍRepública DominicanaRumania NO SÍSenegalSerbia SÍ SÍSingapurSudáfrica N/A N/ASudán N/A N/ASuecia NO SÍSuiza N/A N/ATailandiaTúnezTurkmenistán SÍ NOTurquía NO SÍUcrania N/A N/AUruguayViet NamCE N/A N/AOAPIOPIB N/A N/A

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 124

III. EXAMENExamen sustantivo

Países/Oficinasregionales de P.I.

58. Si la Oficina encuentra motivospara denegar la solicitud de registro dediseño industrial durante elprocedimiento de examen sustantivo,notifica esos motivos al solicitanteantes de dictar una resolución final dedenegación

58bis. El solicitantetiene la oportunidad deexpresar su opinión a laOficina, en relacióncon los motivosaducidos para ladenegación

59. Si los motivosde denegación noson subsanados porel solicitante, laOficina notifica laresolución final dedenegación

Alemania SÍ SÍ SÍArabia SauditaArgeliaArgentina N/A N/A N/AArmenia N/A N/AAustralia SÍ SÍ SÍAustria SÍ SÍ SÍAzerbaiyánBangladeshBelarús N/A N/A N/ABhután SÍ SÍ SÍBosnia y HerzegovinaBrasil NO N/A N/ABrunei DarussalamBulgaria SÍ SÍ SÍCamboya SÍ SÍ SÍCanadá SÍ SÍ SÍChileChinaColombia NO N/ACôte d'IvoireCroacia SÍ SÍ SÍDinamarca SÍ SÍ SÍEcuadorEl SalvadorEslovaquia SÍ SÍ SÍEslovenia SÍ SÍ SÍEspaña SÍ SÍ SÍEstados Unidos deAméricaEstonia SÍ SÍ SÍFederación de Rusia SÍ SÍ SÍFilipinasFinlandia SÍ SÍ SÍGeorgia SÍ SÍ SÍGrecia N/A N/A N/AHungría SÍ SÍ SÍItaliaJapón SÍ SÍ SÍKenyaKirguistán SÍ SÍ SÍla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

SÍ SÍ SÍ

Letonia SÍ SÍ SÍLituania N/A N/A N/AMadagascarMalasia SÍ SÍ SÍ

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 125

III. EXAMENExamen sustantivo

Países/Oficinasregionales de P.I.

58. Si la Oficina encuentra motivospara denegar la solicitud de registro dediseño industrial durante elprocedimiento de examen sustantivo,notifica esos motivos al solicitanteantes de dictar una resolución final dedenegación

58bis. El solicitantetiene la oportunidad deexpresar su opinión a laOficina, en relacióncon los motivosaducidos para ladenegación

59. Si los motivosde denegación noson subsanados porel solicitante, laOficina notifica laresolución final dedenegación

MarruecosMéxico SÍ SÍ SÍMónacoNicaraguaNoruega SÍ SÍ SÍNueva Zelandia SÍ SÍ SÍPakistan SÍ SÍ SÍPoloniaPortugal SÍ SÍ SÍReino Unido SÍ SÍ SÍRepública Árabe SiriaRepública Checa SÍ SÍ SÍRepública de Corea SÍ SÍ SÍRepública de Moldova SÍ SÍ SÍRepública DominicanaRumania SÍ SÍ SÍSenegalSerbia SÍ SÍ SÍSingapurSudáfrica N/A N/A N/ASudán N/A N/ASuecia N/A N/A N/ASuiza SÍ SÍ SÍTailandiaTúnezTurkmenistán SÍ SÍ SÍTurquía NO SÍUcrania N/A N/A N/AUruguayViet NamCE SÍ SÍ SÍOAPIOPIB N/A N/A N/A

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 126

III. EXAMENPlazo para la primera comunicación por la Oficina

Países/Oficinasregionales de P.I.

60. Por término medio, el período de tiempo comprendido entre la fecha depresentación de una solicitud de diseño industrial y la fecha de la primeracomunicación por la Oficina es de:

Alemania 1-2 díasArabia SauditaArgeliaArgentina 8 díasArmeniaAustralia 6 mesesAustria 2-4 mesesAzerbaiyánBangladeshBelarús 2-3 mesesBhután 1 mesBosnia y HerzegovinaBrasil 6 mesesBrunei DarussalamBulgaria 1 semanaCamboya 2 mesesCanadá 13 mesesChileChinaColombia formal 15 días – de fondo 9 mesesCôte d'IvoireCroacia 7 díasDinamarca menos de 1 semanaEcuadorEl SalvadorEslovaquia 2 mesesEslovenia 2 mesesEspaña 1 semanaEstados Unidos deAméricaEstonia 2 semanasFederación de Rusia formal 1 mes – de fondo 8 mesesFilipinasFinlandia 1-2 mesesGeorgia 3 mesesGreciaHungría 1 mesItaliaJapón 7 mesesKenyaKirguistán 2 mesesla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

no hay plazo

Letonia 3 díasLituania 1 mesMadagascarMalasia 4 mesesMarruecosMéxico 3 mesesMónaco

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 127

III. EXAMENPlazo para la primera comunicación por la Oficina

Países/Oficinasregionales de P.I.

60. Por término medio, el período de tiempo comprendido entre la fecha depresentación de una solicitud de diseño industrial y la fecha de la primeracomunicación por la Oficina es de:

NicaraguaNoruega 3 mesesNueva Zelandia 5 díasPakistán 1 mesPolonia 1 mesPortugal menos de 1 mesReino Unido 6-8 semanasRepública Árabe SiriaRepública Checa 4 mesesRepública de Corea 6 mesesRepública de Moldova 1 mesRepública DominicanaRumania 2 semanasSenegalSerbia 6 mesesSingapurSudáfricaSudánSuecia 5 semanasSuiza 3 díasTailandiaTúnezTurkmenistán 2 mesesTurquía 5 díasUcrania 4 mesesUruguayViet NamCE 5 semanasOAPI 1 mesOPIB 1 mes

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 128

IV. OPPOSICIÓN Procedimiento de oposición ante la Oficina o cualquier otro órgano judicial o cuasijudicial

61. El sistema de registro establece: 62. En caso de oposición previa al registro,el procedimiento de oposición tiene lugar:

Países/Oficinasregionales de P.I.

procedimientos deoposición previaal registro.

procedimientos deoposición posterioral registro.

después del examende la solicitud

durante el examen dela solicitud.

Alemania NO NOArabia Saudita NO SÍ N/A N/AArgelia NO NOArgentina NO NO NO NOArmenia N/A SÍ N/A N/AAustralia NO SÍ N/A N/AAustria NO NOAzerbaiyán SÍ SÍ SÍ NOBangladesh NO SÍ N/A N/ABelarús SÍ SÍ SÍ NOBhutánBosnia y Herzegovina SÍ NO SÍ SÍBrasil NO SÍ SÍ N/ABrunei Darussalam NO SÍ N/A N/ABulgaria SÍ NOCamboyaCanadá NO NOChile SÍ NO NO SÍChina SÍColombia SÍ NO SÍ NOCôte d'IvoireCroaciaDinamarca SÍ SÍ SÍ NOEcuador SÍ NO SÍEl Salvador SÍ N/A SÍ N/AEslovaquia NO NOEsloveniaEspaña NO SÍ N/A N/AEstados Unidos deAmérica

NO NO

Estonia N/A N/A N/A N/AFederación de Rusia N/A SÍ N/A N/AFilipinas N/A N/AFinlandia SÍ NO SÍ NOGeorgia SÍ NO SÍ NOGrecia NO NOHungría SÍ NO NO SÍItalia NO NOJapón N/A N/AKenya SÍ NO SÍ NOKirguistán SÍla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

SÍ NO SÍ N/A

Letonia NO SÍ N/A N/ALituania NO SÍMadagascar NO NOMalasiaMarruecos NO NO

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 129

IV. OPPOSICIÓN Procedimiento de oposición ante la Oficina o cualquier otro órgano judicial o cuasijudicial

61. El sistema de registro establece: 62. En caso de oposición previa al registro,el procedimiento de oposición tiene lugar:

Países/Oficinasregionales de P.I.

procedimientos deoposición previaal registro.

procedimientos deoposición posterioral registro.

después del examende la solicitud

durante el examen dela solicitud.

MéxicoMónaco NO NONicaragua NO NONoruega N/A N/ANueva Zelandia NO SÍ N/A N/APakistánPolonia NO SÍ N/A N/APortugal SÍ NO NO SÍReino Unido NO SÍ NO NORepública Árabe Siria SÍ NO SÍ NORepública Checa NO NORepública de Corea NO SÍ N/A N/ARepública de Moldova SÍ NO SÍ SÍRepública Dominicana SÍ SÍRumania SÍ NO NO SÍSenegal SÍ SÍSerbia N/A N/A N/A N/ASingapur NO SÍ N/A N/ASudáfrica NO SÍ N/A N/ASudánSuecia NO SÍ N/A N/ASuiza NO NOTailandia SÍ SÍTúnez NO NOTurkmenistánTurquíaUcrania NO NOUruguay SÍ SÍ NO SÍViet Nam SÍ SÍ NO SÍCE NO NOOAPI NO NOOPIB NO NO

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 130

IV. OPPOSICIÓNProcedimiento de oposición ante la Oficina o cualquier otro órgano judicial o cuasijudicial

63. Una oposición puede ser presentada por:Países/Oficinasregionales de P.I.

cualquier persona cualquier persona quetenga un interés legítimo

un círculo de personas definidopor la legislación nacional

Alemania N/A N/A N/AArabia Saudita NO SÍ NOArgeliaArgentina N/A N/A N/AArmenia SÍ N/A N/AAustralia SÍ N/A SÍAustriaAzerbaiyán SÍ SÍ N/ABangladesh N/A SÍ N/ABelarús SÍBhutánBosnia y Herzegovina NO SÍ N/ABrasil NO SÍ N/ABrunei Darussalam SÍ SÍ SÍBulgaria SÍ NO NOCamboyaCanadá NO NO NOChile SÍ SÍ NOChina SÍColombia NO SÍ NOCôte d'Ivoire SÍ SÍ NOCroaciaDinamarca SÍ NO NOEcuador NO SÍ NOEl Salvador SÍ SÍ NOEslovaquiaEsloveniaEspaña NO SÍ NOEstados Unidos deAmérica

N/A N/A N/A

Estonia N/A N/A N/AFederación de Rusia SÍ N/A N/AFilipinasFinlandia SÍ SÍ SÍGeorgia NO SÍ N/AGrecia N/A N/A N/AHungría SÍ NO SÍItalia N/A N/A N/AJapón N/A N/A N/AKenya SÍ SÍ NOKirguistán SÍla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

NO NO SÍ

Letonia NO SÍ SÍLituania NO SÍ SÍMadagascarMalasiaMarruecosMéxico

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 131

IV. OPPOSICIÓNProcedimiento de oposición ante la Oficina o cualquier otro órgano judicial o cuasijudicial

63. Una oposición puede ser presentada por:Países/Oficinasregionales de P.I.

cualquier persona cualquier persona quetenga un interés legítimo

un círculo de personas definidopor la legislación nacional

MónacoNicaraguaNoruegaNueva Zelandia NO SÍ NOPakistánPolonia SÍ N/A N/APortugal SÍ NO NOReino Unido SÍ SÍ SÍRepública Árabe Siria NO SÍ SÍRepública Checa N/A N/A N/ARepública de Corea SÍ N/A N/ARepública de Moldova NO SÍ NORepública Dominicana SÍ NO NORumania NO SÍ NOSenegal SÍ SÍ SÍSerbia N/A N/A N/ASingapur SÍ SÍ N/ASudáfrica SÍ N/A N/ASudánSuecia SÍ SÍ N/ASuizaTailandia SÍ SÍ SÍTúnez SÍTurkmenistánTurquíaUcrania NO NO NOUruguay SÍViet Nam SÍ N/A N/ACEOAPI NO NO NOOPIB N/A N/A N/A

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 132

IV. OPPOSICIÓNProcedimiento de oposición ante la Oficina o cualquier otro órgano judicial o cuasijudicial

Países/Oficinasregionales de P.I.

64. El plazo de oposiciónes de:

64bis. Este plazo puede serprorrogado.

64ter. El periodo máximo deprórroga:

AlemaniaArabia Saudita N/AArgeliaArgentinaArmenia 2 mesesAustralia 1 mes SÍ no hay máximoAustriaAzerbaiyán 6 meses SÍ 12 mesesBangladesh 12 meses NOBelarús 3 meses NOBhutánBosnia y Herzegovina 3 meses SÍ 3 mesesBrasil 2 meses NOBrunei Darussalam 2 meses NOBulgaria 2 meses NOCamboyaCanadáChile 2,25 meses NOChinaColombia 1 mes SÍ 1 mesCôte d'Ivoire 6 meses NOCroaciaDinamarca mientras esté validoEcuador 1 mes SÍ 1 mesEl Salvador 2 meses NOEslovaquiaEsloveniaEspaña 2 meses NOEstados Unidos deAméricaEstoniaFederación de RusiaFilipinasFinlandia 2 meses NOGeorgia 3 meses NOGreciaHungríaItaliaJapónKenya 2 meses NOKirguistánla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

3 meses NO

Letonia 3 meses NOLituania 3 meses NOMadagascarMalasiaMarruecosMéxicoMónaco

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 133

IV. OPPOSICIÓNProcedimiento de oposición ante la Oficina o cualquier otro órgano judicial o cuasijudicial

Países/Oficinasregionales de P.I.

64. El plazo de oposiciónes de:

64bis. Este plazo puede serprorrogado.

64ter. El periodo máximo deprórroga:

NicaraguaNoruegaNueva ZelandiaPakistánPolonia 6 meses NOPortugal 2 meses SÍ 2 mesesReino UnidoRepública Árabe Siria 90 días NORepública ChecaRepública de Corea 3 meses NORepública de Moldova 3 meses NORepública Dominicana 1 mes NORumania 3 mesesSenegal 24 meses NOSerbia N/ASingapurSudáfricaSudánSuecia 2 meses NOSuizaTailandia 90 días NOTúnezTurkmenistánTurquíaUcraniaUruguay 1 mes NOViet Nam 6 mesesCEOAPIOPIB N/A N/A N/A

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 134

IV. OPPOSICIÓNProcedimiento de oposición ante la Oficina o cualquier otro órgano judicial o cuasijudicial

65. En lo que respecta a los requisitos substantivos, el que presenta la oposición puedeafirmar que el diseño industrial:

Países/Oficinasregionales de P.I.

no es una creación independiente no es nuevo no es originalAlemania N/A N/A N/AArabia Saudita SÍ SÍ SÍArgeliaArgentina N/A N/A N/AArmenia SÍ SÍ SÍAustralia SÍ SÍ NOAustriaAzerbaiyán SÍ SÍ SÍBangladesh N/A SÍ SÍBelarús SÍ SÍ SÍBhutánBosnia y Herzegovina SÍ SÍ SÍBrasil NO SÍ SÍBrunei Darussalam N/A N/A N/ABulgaria N/A SÍ NOCamboyaCanadá N/A N/A N/AChile SÍ SÍ SÍChina NO SÍ NOColombia SÍ SÍ NOCôte d'IvoireCroaciaDinamarca N/A SÍ SÍEcuador NO SÍ SÍEl Salvador SÍ SÍ SÍEslovaquiaEsloveniaEspaña SÍ SÍ SÍEstados Unidos deAmérica

N/A N/A N/A

Estonia N/A N/A N/AFederación de Rusia N/A SÍ SÍFilipinasFinlandia SÍGeorgia NO SÍ NOGrecia N/A N/A N/AHungría N/A SÍ N/AItalia N/A N/A N/AJapón N/A N/A N/AKenya SÍ SÍ SÍKirguistán SÍ SÍla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

N/A SÍ N/A

Letonia NO SÍ NOLituania SÍ SÍ SÍMadagascarMalasiaMarruecosMéxicoMónaco

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 135

IV. OPPOSICIÓNProcedimiento de oposición ante la Oficina o cualquier otro órgano judicial o cuasijudicial

65. En lo que respecta a los requisitos substantivos, el que presenta la oposición puedeafirmar que el diseño industrial:

Países/Oficinasregionales de P.I.

no es una creación independiente no es nuevo no es originalNicaraguaNoruegaNueva Zelandia NO SÍ SÍPakistánPolonia NO SÍ SÍ Portugal SÍ SÍ NOReino Unido SÍ SÍ SÍRepública Árabe Siria SÍ SÍ SÍRepública Checa N/A N/A N/ARepública de Corea SÍ SÍ SÍRepública de Moldova NO SÍ N/ARepública Dominicana SÍ SÍ NORumania SÍ SÍ NOSenegalSerbia N/A N/A N/ASingapur SÍ SÍ SÍSudáfrica SÍ SÍ SÍSudánSuecia NO SÍ SÍSuizaTailandia SÍ SÍ NOTúnez SÍ SÍ SÍTurkmenistánTurquíaUcrania NO NO NOUruguay N/A SÍ SÍViet Nam N/A SÍ N/ACEOAPIOPIB NO NO NO

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 136

IV. OPPOSICIÓNProcedimiento de oposición ante la Oficina o cualquier otro órgano judicial o cuasijudicial

65. En lo que respecta a los requisitos substantivos, el que presenta la oposición puedeafirmar que el diseño industrial:

Países/Oficinasregionales de P.I.

no difiere de formasignificativa de losdiseños conocidos

está esencialmente dictadopor consideracionestécnicas o funcionales

puede crearse fácilmentecombinando dos o másdiseños conocidos

Alemania N/A N/A N/AArabia Saudita SÍ SÍ SÍArgeliaArgentina N/A N/A N/AArmenia SÍ SÍ SÍAustralia SÍ NO NOAustriaAzerbaiyán SÍ SÍ SÍBangladesh SÍ N/A N/ABelarús SÍ SÍ SÍBhutánBosnia y Herzegovina SÍ SÍ SÍBrasil SÍ NO NOBrunei Darussalam N/A N/A N/ABulgaria SÍ NO NOCamboyaCanadá N/A N/A N/AChile SÍ SÍ SÍChina SÍ NO SÍColombia SÍ SÍ SÍCôte d'Ivoire SÍCroaciaDinamarca SÍ SÍ SÍEcuador SÍ SÍ NOEl Salvador SÍ SÍ SÍEslovaquiaEsloveniaEspaña SÍ SÍ NOEstados Unidos deAmérica

N/A N/A N/A

Estonia N/A N/A N/AFederación de Rusia SÍ SÍ SÍFilipinasFinlandia SÍ SÍ SÍGeorgia NO NO NOGrecia N/A N/A N/AHungría N/A SÍ N/AItalia N/A N/A N/AJapón N/A N/A N/AKenya SÍ SÍ SÍKirguistánla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

SÍ SÍ N/A

Letonia NO SÍ NOLituania SÍ SÍ SÍMadagascarMalasiaMarruecos

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 137

IV. OPPOSICIÓNProcedimiento de oposición ante la Oficina o cualquier otro órgano judicial o cuasijudicial

65. En lo que respecta a los requisitos substantivos, el que presenta la oposición puedeafirmar que el diseño industrial:

Países/Oficinasregionales de P.I.

no difiere de formasignificativa de losdiseños conocidos

está esencialmente dictadopor consideracionestécnicas o funcionales

puede crearse fácilmentecombinando dos o másdiseños conocidos

MéxicoMónacoNicaraguaNoruegaNueva Zelandia SÍ SÍ NOPakistánPolonia SÍ SÍ NOPortugal SÍ SÍ SÍReino Unido SÍ SÍ SÍRepública Árabe Siria SÍ SÍ SÍRepública Checa N/A N/A N/ARepública de Corea SÍ SÍ SÍRepública de Moldova SÍ SÍ SÍRepública Dominicana SÍ SÍ NORumania SÍ SÍ SÍSenegal SÍSerbia N/A N/A N/ASingapur SÍ SÍ N/ASudáfrica SÍ SÍ N/ASudánSuecia SÍ SÍ NOSuizaTailandia SÍ SÍ NOTúnez SÍ SÍ SÍTurkmenistánTurquíaUcrania NO NO NOUruguay SÍ SÍ SÍViet Nam SÍ SÍ SÍCEOAPIOPIB NO NO NO

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 138

IV. OPPOSICIÓNProcedimiento de oposición ante la Oficina o cualquier otro órgano judicial o cuasijudicial

65. En lo que respecta a los requisitos substantivos, el que presenta la oposición puedeafirmar que el diseño industrial:

Países/Oficinasregionales de P.I.

va en contra de lamoralidad o el ordenpúblico

está en conflicto con signos o emblemas oficiales protegidosen virtud del artículo 6ter del Convenio de París, u otrosconvenios internacionales o la legislación nacional

Alemania N/A N/AArabia Saudita SÍ SÍArgeliaArgentina N/A N/AArmenia NOAustralia NO SÍAustriaAzerbaiyán SÍ SÍBangladesh SÍ SÍBelarús SÍ SÍBhutánBosnia y Herzegovina SÍ SÍBrasil NO SÍBrunei Darussalam N/A N/ABulgaria NO NOCamboyaCanadá N/A N/AChile SÍ SÍChina SÍ SÍColombia SÍ SÍCôte d'Ivoire SÍCroaciaDinamarca SÍ SÍEcuador SÍ SÍEl Salvador SÍ SÍEslovaquiaEsloveniaEspaña SÍ SÍEstados Unidos deAméricaEstonia N/A N/AFederación de Rusia SÍ SÍFilipinasFinlandia SÍ SÍGeorgia SÍ SÍGrecia N/A N/AHungría SÍ SÍItalia N/A N/AJapón N/A N/AKenya SÍ SÍKirguistán SÍla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

NO NO

Letonia SÍ SÍLituania SÍ SÍMadagascarMalasiaMarruecos

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 139

IV. OPPOSICIÓNProcedimiento de oposición ante la Oficina o cualquier otro órgano judicial o cuasijudicial

65. En lo que respecta a los requisitos substantivos, el que presenta la oposición puedeafirmar que el diseño industrial:

Países/Oficinasregionales de P.I.

va en contra de lamoralidad o el ordenpúblico

está en conflicto con signos o emblemas oficiales protegidosen virtud del artículo 6ter del Convenio de París, u otrosconvenios internacionales o la legislación nacional

MéxicoMónacoNicaraguaNoruegaNueva Zelandia NO NOPakistánPolonia SÍ SÍPortugal SÍ SÍReino Unido SÍ SÍRepública Árabe SiriaRepública Checa N/A N/ARepública de Corea SÍ SÍRepública de Moldova SÍ SÍRepública Dominicana SÍ SÍRumania SÍ SÍSenegal SÍ SÍSerbia N/A N/ASingapur SÍ SÍSudáfrica SÍ SÍSudánSuecia SÍ SÍSuiza SÍ SÍTailandia SÍ NOTúnez NO NOTurkmenistánTurquíaUcrania NO NOUruguay SÍ SÍViet Nam SÍ SÍCEOAPIOPIB NO NO

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 140

IV. OPPOSICIÓNProcedimiento de oposición ante la Oficina o cualquier otro órgano judicial o cuasijudicial

65. En lo que respecta a los requisitos substantivos, el que presenta la oposición puedeafirmar que el diseño industrial:

Países/Oficinasregionales de P.I.

no debería registrarsepor otros motivos, asaber:

no corresponde a la noción de“diseño” establecida por lalegislación aplicable.

no tiene carácter individual

Alemania N/A N/AArabia Saudita SÍ SÍArgeliaArgentina N/A N/AArmenia SÍ SÍAustralia SÍ NOAustriaAzerbaiyán SÍ SÍBangladesh SÍ NOBelarúsBhutánBosnia y Herzegovina SÍ SÍBrasil SÍ SÍBrunei Darussalam N/A N/ABulgaria NO NOCamboyaCanadá N/A N/AChile SÍ SÍChina SÍ NOColombia SÍ SÍCôte d’Ivoire SÍCroaciaDinamarca SÍ SÍEcuador SÍ SÍEl Salvador SÍ SÍEslovaquiaEsloveniaEspaña SÍ SÍEstados Unidos deAmérica

N/A N/A

Estonia N/A N/AFederación de Rusia SÍ N/AFilipinasFinlandia SÍ SÍGeorgia SÍ NOGrecia N/A N/AHungría SÍ SÍItalia N/A N/AJapón N/A N/AKenya SÍ SÍKirguistánla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

N/A SÍ

Letonia SÍ SÍLituania SÍ SÍMadagascarMalasiaMarruecos

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 141

IV. OPPOSICIÓNProcedimiento de oposición ante la Oficina o cualquier otro órgano judicial o cuasijudicial

65. En lo que respecta a los requisitos substantivos, el que presenta la oposición puedeafirmar que el diseño industrial:

Países/Oficinasregionales de P.I.

no debería registrarsepor otros motivos, asaber:

no corresponde a la noción de“diseño” establecida por lalegislación aplicable.

no tiene carácter individual

MéxicoMónacoNicaraguaNoruegaNueva Zelandia SÍ N/APakistánPolonia SÍ SÍPortugal NO SÍReino Unido SÍ SÍRepública Árabe SiriaRepública Checa N/A N/ARepública de CoreaRepública de Moldova SÍ SÍRepública Dominicana NO NORumania SÍ SÍSenegal SÍSerbia N/A N/ASingapur SÍ NOSudáfrica SÍ SÍSudánSuecia SÍ SÍSuizaTailandiaTúnez NO SÍTurkmenistánTurquíaUcrania NO NOUruguay SÍ N/AViet Nam SÍ N/ACEOAPIOBPI NO NO

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 142

IV. OPPOSICIÓNProcedimiento de oposición ante la Oficina o cualquier otro órgano judicial o cuasijudicial

66. El que presenta la oposición puede basarla en un conflicto con:Países/Oficinasregionales de P.I. un diseño industrial o una

solicitud de registro dediseño industrial anterior

el derecho de autor sobrelas obras literarias oartísticas

una marca o solicitud deregistro de marca previa

Alemania N/A N/A N/AArabia Saudita SÍ SÍ SÍArgeliaArgentina N/A N/A N/AArmenia SÍ NO NOAustralia SÍ SÍ SÍAustriaAzerbaiyán SÍ SÍ SÍBangladesh SÍ SÍ SÍBelarús SÍ SÍ SÍBhutánBosnia y Herzegovina SÍ SÍ SÍBrasil SÍ SÍ SÍBrunei Darussalam SÍ N/A N/ABulgaria SÍ SÍ SÍCamboyaCanadá N/A N/A N/AChile SÍ SÍChina SÍ SÍ SÍColombia SÍ SÍ SÍCôte d’Ivoire SÍCroaciaDinamarca SÍ SÍ SÍEcuador SÍ SÍ SÍEl Salvador SÍ SÍ SÍEslovaquiaEsloveniaEspaña SÍ SÍ SÍEstados Unidos deAmérica

N/A N/A N/A

Estonia N/A N/A N/AFederación de Rusia SÍ SÍ SÍFilipinasFinlandia SÍ SÍ SÍGeorgia SÍ NO NOGrecia N/A N/A N/AHungría SÍ SÍ SÍItalia N/A N/A N/AJapón N/A N/A N/AKenya SÍ SÍ SÍKirguistán N/A N/A N/Ala ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

SÍ SÍ SÍ

Letonia SÍ SÍ SÍLituania SÍ SÍ SÍMadagascarMalasiaMarruecosMéxico

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 143

IV. OPPOSICIÓNProcedimiento de oposición ante la Oficina o cualquier otro órgano judicial o cuasijudicial

66. El que presenta la oposición puede basarla en un conflicto con:Países/Oficinasregionales de P.I. un diseño industrial o una

solicitud de registro dediseño industrial anterior

el derecho de autor sobrelas obras literarias oartísticas

una marca o solicitud deregistro de marca previa

MónacoNicaraguaNoruegaNueva Zelandia SÍ SÍ SÍPakistánPolonia SÍ SÍ SÍPortugal SÍ SÍ SÍReino Unido SÍ SÍ SÍRepública Árabe SiriaRepública Checa N/A N/A N/ARepública de Corea SÍ SÍ SÍRepública de Moldova SÍ SÍ SÍRepública Dominicana SÍ SÍ SÍRumania SÍ SÍ SÍSenegal SÍ SÍ SÍSerbia N/A N/A N/ASingapur SÍ SÍ SÍSudáfrica SÍ SÍ SÍSudánSuecia SÍ SÍ SÍSuizaTailandia SÍ N/ATúnez SÍ SÍ SÍTurkmenistánTurquíaUcrania NO NO NOUruguay SÍ SÍ SÍViet Nam SÍ SÍ SÍCEOAPIOBPI NO NO NO

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 144

IV. OPPOSICIÓNProcedimiento de oposición ante la Oficina o cualquier otro órgano judicial o cuasijudicial

66. El que presenta la oposición puede basarla en un conflicto con:Países/Oficinasregionales de P.I. una marca

notoriamente conocidauna indicación geográficao denominación de origen

el nombre real o el seudónimode una persona, surepresentación o retrato

Alemania N/A N/A N/AArabia Saudita SÍ SÍ SÍArgeliaArgentina N/A N/A N/AArmenia NO NO NOAustralia NO NO NOAustriaAzerbaiyán SÍ SÍ SÍBangladesh N/A N/A N/ABelarús SÍ SÍ N/ABhutánBosnia y Herzegovina SÍ SÍ SÍBrasil SÍ N/A N/ABrunei Darussalam N/A N/A N/ABulgaria SÍ SÍ SÍCamboyaCanadá N/A N/A N/AChile SÍ SÍ SÍChina SÍ SÍ SÍColombia SÍ SÍ SÍCôte d’IvoireCroaciaDinamarca SÍ SÍ SÍEcuador SÍ SÍ SÍ El Salvador SÍ SÍ SÍEslovaquiaEsloveniaEspaña SÍ SÍ SÍEstados Unidos deAmérica

N/A N/A N/A

Estonia N/A N/A N/AFederación de Rusia SÍ SÍ SÍFilipinasFinlandia SÍ NO SÍGeorgia NO NO NOGreciaHungría SÍ SÍ SÍItalia N/A N/A N/AJapón N/A N/A N/AKenya SÍ NO NOKirguistán N/A N/A N/Ala ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

N/A SÍ NO

Letonia SÍ SÍ SÍLituania SÍ NO NOMadagascarMalasiaMarruecosMéxico

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IV. OPPOSICIÓNProcedimiento de oposición ante la Oficina o cualquier otro órgano judicial o cuasijudicial

66. El que presenta la oposición puede basarla en un conflicto con:Países/Oficinasregionales de P.I. una marca

notoriamente conocidauna indicación geográficao denominación de origen

el nombre real o el seudónimode una persona, surepresentación o retrato

MónacoNicaraguaNoruegaNueva Zelandia SÍ NO SÍPakistánPolonia SÍ SÍ SÍPortugal SÍ SÍ SÍReino Unido SÍ SÍ SÍRepública Árabe Siria SÍ SÍ SÍRepública Checa N/A N/A N/ARepública de Corea SÍ SÍ SÍRepública de Moldova SÍ SÍ SÍRepública Dominicana SÍ NO NORumania SÍ SÍ SÍSenegal SÍ SÍ SÍSerbia N/A N/A N/ASingapur SÍ SÍ SÍSudáfrica SÍ N/A SÍSudánSuecia SÍ NO SÍSuizaTailandiaTúnez SÍ SÍ SÍTurkmenistánTurquíaUcrania NO NO NOUruguay SÍ SÍ SÍViet Nam SÍ SÍ SÍCEOAPIOBPI NO NO NO

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 146

IV. OPPOSICIÓNProcedimiento de oposición ante la Oficina o cualquier otro órgano judicial o cuasijudicial

67. Las oposiciones son examinadas por:Países/Oficinasregionales de P.I. un solo

examinadorun órganocolegiado deexaminadores

un órgano paradirimir la oposiciónque incluya un juez

otros órganos o personas

Alemania N/A N/A N/AArabia Saudita NO NO SÍArgeliaArgentina N/A N/A N/AArmenia SÍ N/A SÍAustralia SÍ NO NOAustriaAzerbaiyán NO NO SÍBangladesh N/A N/A N/A persona designada por

ley nacionalBelarús SÍBhutánBosnia y Herzegovina SÍ SÍ SÍBrasil NO SÍ NOBrunei Darussalam SÍ N/A N/ABulgaria SÍ NO NOCamboyaCanadá N/A N/A N/AChile NO SÍ NO SÍChina SÍColombia NO SÍ NO NOCôte d’Ivoire NO NO SÍCroaciaDinamarca SÍ NO NOEcuador SÍEl Salvador SÍ NO NO NOEslovaquiaEsloveniaEspaña SÍ NO NO NOEstados Unidos deAmérica

N/A N/A N/A

Estonia N/A N/A N/A

Federación de Rusia N/A N/A N/AComisión de apelaciónadministrativa, cámara

de disputasFilipinasFinlandia NO SÍ NOGeorgia NO SÍ NOGrecia N/A N/A N/AHungría SÍ NO NOItalia N/A N/A N/AJapón N/A N/A N/AKenya NO NO SÍKirguistán Consejo de apelaciónla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

SÍ NO N/A

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IV. OPPOSICIÓNProcedimiento de oposición ante la Oficina o cualquier otro órgano judicial o cuasijudicial

67. Las oposiciones son examinadas por:Países/Oficinasregionales de P.I. un solo

examinadorun órganocolegiado deexaminadores

un órgano paradirimir la oposiciónque incluya un juez

otros órganos o personas

Letonia

Comisión de oposicióncompuesta por personal

de experiencia de laoficina de patentes y

expertos independientesLituania NO NO NO División de apelaciónMadagascarMalasiaMarruecosMéxicoMónacoNicaraguaNoruega

Nueva Zelandia NO NO NOAlta corte o comisionado

para diseñosPakistánPolonia SÍPortugal SÍ NO NOReino Unido NO NO NO auditorRepública Árabe Siria NO NO SÍRepública Checa N/A N/A N/ARepública de Corea NO SÍ N/ARepública de Moldova NO SÍ NORepública Dominicana SÍRumania SÍSenegal SÍSerbia N/A N/A N/A

Singapur N/A N/A N/Afuncionario legalmente

calificadoSudáfrica N/A N/A N/A Alta corte de SudáfricaSudánSuecia NO NO NO Examinador, juristaSuizaTailandia Grupo de oposiciónTúnez N/A N/A N/ATurkmenistánTurquíaUcrania NO NO NOUruguay SÍViet Nam N/ACEOAPIOBPI NO NO NO

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 148

IV. OPPOSICIÓNProcedimiento de oposición ante la Oficina o cualquier otro órgano judicial o cuasijudicial

Países/Oficinasregionales de P.I.

68. La duración mediadel procedimiento deoposición es de:

69. Las resoluciones relativasa las oposiciones puedenrecurrirse en la Oficina.

69bis. % de resolucionesrelativas a oposiciones quese recurren:

Alemania N/AArabia Saudita NOArgeliaArgentina N/AArmenia 1 mes SÍ 10 %Australia 6 meses NOAustriaAzerbaiyán 12 meses SÍ 90 %Bangladesh 12 meses NOBelarús 6 meses NOBhutánBosnia y Herzegovina 3 meses SÍ 30 %Brasil 2 meses SÍ 20 %Brunei Darussalam NOBulgaria 12 meses NOCamboyaCanadá N/AChile 36 meses NOChina 9 mesesColombia 3 meses SÍ 100 %Côte d’IvoireCroaciaDinamarca SÍ menos de 50%Ecuador 1 mes SÍ 1 %El Salvador 4 meses SÍ 0 %EslovaquiaEsloveniaEspaña 3 meses SÍ 3 %Estados Unidos deAmérica

N/A

Estonia N/AFederación de Rusia 8 meses N/AFilipinasFinlandia 5 meses SÍ 25 %Georgia 3 meses NOGrecia N/AHungría N/AItalia N/AJapón N/AKenya 5 mesesKirguistán 2 mesesla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

6 meses NO

Letonia 6 meses NOLituania 4 meses NOMadagascarMalasiaMarruecosMéxicoMónaco

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 149

IV. OPPOSICIÓNProcedimiento de oposición ante la Oficina o cualquier otro órgano judicial o cuasijudicial

Países/Oficinasregionales de P.I.

68. La duración mediadel procedimiento deoposición es de:

69. Las resoluciones relativasa las oposiciones puedenrecurrirse en la Oficina.

69bis. % de resolucionesrelativas a oposiciones quese recurren:

NicaraguaNoruegaNueva Zelandia 12 meses NOPakistánPolonia 12 meses NOPortugal 4 meses SÍ 3 %Reino Unido 6 meses NORepública Árabe Siria 30 díasRepública Checa N/ARepública de Corea 6 meses NORepública de Moldova 3 meses SÍRepública Dominicana SÍRumania 3 meses NOSenegal 24 meses SÍSerbia N/ASingapur 12 – 14 meses NOSudáfrica N/ASudánSuecia NOSuizaTailandia 10 mesesTúnezTurkmenistánTurquía NOUcrania NOUruguay SÍViet Nam 3 meses SÍ menos de 5 %CEOAPIOBPI NO

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V. PUBLICACIÓN Y APLAZAMIENTO DE LA PUBLICACIÓNPublicación

70. El diseño industrial se publica:Países/Oficinasregionales de P.I. al presentar

la solicitudantes del examenpor parte de laOficina

después del examenpor parte de laOficina

despuésdel registro

por etapas

Alemania NO NO NO SÍ NOArabia Saudita NO NO NO SÍ NOArgelia SÍ SÍ SÍArgentina NO NO NO SÍ NOArmenia NO NO SÍ NO NOAustralia NO SÍ NO SÍ NOAustria NO NO NO SÍ NOAzerbaiyán NO NO SÍ SÍ NOBangladesh NO NO NO SÍ NOBelarús SÍBhutánBosnia y Herzegovina NO NO NO SÍ NOBrasil NO NO NO SÍ NOBrunei Darussalam NO NO SÍ SÍ NOBulgaria NO SÍ NO SÍ NOCamboyaCanadá NO NO NO NO NOChile NO SÍ NO NO NOChina SÍColombia NO NO SÍ NO NOCôte d’IvoireCroacia NO NO NO SÍ NODinamarca NO NO NO SÍ NOEcuador SÍ SÍ NO NO NOEl Salvador NO NO SÍ NO NOEslovaquia NO NO NO SÍ NOEsloveniaEspaña NO NO NO SÍ NOEstados Unidos deAmérica

NO NO SÍ SÍ NO

Estonia NO NO NO SÍ NOFederación de Rusia N/A N/A N/A SÍ N/AFilipinas NO NO SÍ SÍ SÍFinlandia NO NO SÍ NO NOGeorgia NO NO SÍ SÍ NOGrecia SÍ SÍHungría NO SÍ NO SÍ NOItalia SÍJapón NO NO NO SÍ NOKenya NO NO SÍ SÍ NOKirguistán SÍla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

NO NO SÍ SÍ N/A

Letonia NO NO NO SÍ NOLituania NO NO NO SÍ NOMadagascar NO NO NO SÍ NOMalasiaMarruecos SÍ NO SÍ SÍ NOMéxico NO NO NO SÍ NO

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 151

V. PUBLICACIÓN Y APLAZAMIENTO DE LA PUBLICACIÓNPublicación

70. El diseño industrial se publica:Países/Oficinasregionales de P.I. al presentar

la solicitudantes del examenpor parte de laOficina

después del examenpor parte de laOficina

despuésdel registro

por etapas

Mónaco NO NO NO SÍ NONicaragua NO SÍ NO NO NONoruega NO NO NO SÍ NONueva Zelandia NO NO NO SÍ NOPakistánPolonia NO NO NO SÍ N/APortugal NO SÍ NO NO NOReino Unido NO NO NO SÍ NORepública Árabe SiriaRepública Checa NO NO NO SÍ NORepública de Corea N/A N/A N/A SÍ N/ARepública de Moldova NO SÍ SÍ SÍ NORepública Dominicana NO SÍ NO SÍ NORumania NO SÍ NO SÍ NOSenegal SÍSerbia NO NO NO SÍ NOSingapur NO NO NO SÍ N/ASudáfrica NO NO NO NO NOSudánSuecia NO NO NO SÍ NOSuiza NO NO NO SÍ NOTailandia NO SÍ NO NOTúnez NO NO SÍ SÍ NOTurkmenistánTurquíaUcrania NO NO NO SÍ NOUruguay NO SÍViet Nam NO N/A N/A SÍ SÍCE NO NO NO SÍ NOOAPI SÍOBPI NO NO NO SÍ NO

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73. PUBLICACIÓN Y APLAZAMIENTO DE LA PUBLICACIÓNPublicación

71. El diseño industrial se publica:Países/Oficinasregionales de P.I. en una gaceta en papel en disco compacto o DVD en el sitio Web de la OficinaAlemania NO NO SÍArabia Saudita SÍ NO SÍArgelia SÍArgentina NO NO SÍArmenia SÍ SÍ NOAustralia NO NO SÍAustria SÍ SÍ SÍAzerbaiyán SÍ NO NOBangladesh SÍ NO NOBelarús SÍ SÍ SÍBhutánBosnia y Herzegovina SÍ NO NOBrasil NO NO SÍBrunei Darussalam SÍ NO NOBulgaria SÍ NO NOCamboyaCanadá NO NO NOChile SÍ NO SÍChina SÍ SÍ SÍ Colombia SÍ NO NOCôte d’IvoireCroacia SÍ SÍ SÍDinamarca NO NO SÍEcuador SÍ SÍ SÍEl Salvador SÍ NO NOEslovaquia NO SÍ SÍEsloveniaEspaña NO SÍ SÍEstados Unidos deAmérica

NO SÍ SÍ

Estonia SÍ NO SÍFederación de Rusia SÍ SÍ SÍFilipinas SÍ NO SÍFinlandia NO NO SÍGeorgia SÍ SÍ SÍGrecia SÍ SÍ SÍHungría NO NO SÍItalia SÍJapón N/A N/A SÍKenya SÍ NO NOKirguistán SÍla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

NO SÍ SÍ

Letonia SÍ NO SÍLituania SÍ NO SÍMadagascar SÍ NO NOMalasiaMarruecos SÍ SÍ SÍMéxico SÍ NO SÍMónaco SÍ NO NONicaragua SÍ NO NO

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73. PUBLICACIÓN Y APLAZAMIENTO DE LA PUBLICACIÓNPublicación

71. El diseño industrial se publica:Países/Oficinasregionales de P.I. en una gaceta en papel en disco compacto o DVD en el sitio Web de la OficinaNoruega NO NO SÍNueva Zelandia NO SÍ SÍPakistánPolonia SÍ NO SÍPortugal NO NO SÍReino Unido SÍ NO SÍRepública Árabe Siria SÍ N/A N/ARepública Checa NO NO SÍRepública de Corea SÍ SÍ SÍRepública de Moldova SÍ SÍ SÍRepública Dominicana SÍRumania SÍ SÍ SÍSenegal SÍSerbia SÍ SÍ N/ASingapur NO NO SÍSudáfrica SÍ NO NOSudánSuecia NO NO SÍSuiza SÍ NO SÍTailandia SÍTúnez SÍ NO NOTurkmenistánTurquíaUcrania SÍ SÍ NOUruguay SÍ SÍ NOViet Nam SÍ SÍ SÍCE NO NO SÍOAPI SÍOBPI NO SÍ NO

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73. PUBLICACIÓN Y APLAZAMIENTO DE LA PUBLICACIÓNPublicación

72. La publicación aparece:Países/Oficinasregionales de P.I. semanalmente cada _

semanasveces al mes mensualmente a diario cada

_mesesAlemania 2Arabia Saudita 4Argelia 2Argentina SÍArmenia 3Australia 2Austria SÍAzerbaiyánBangladesh SÍBelarús 2BhutánBosnia y Herzegovina 3Brasil SÍBrunei Darussalam SÍBulgaria SÍCamboyaCanadáChile SÍChina SÍColombia 1 SÍ 1Côte d’IvoireCroacia SÍ 1Dinamarca 2Ecuador SÍEl Salvador SÍEslovaquia SÍEsloveniaEspaña 2Estados Unidos deAmérica

Estonia 3Federación de Rusia SÍFilipinas SÍFinlandia SÍGeorgia 2Grecia SÍHungría SÍItalia SÍJapón SÍKenya SÍKirguistán SÍla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

3

Letonia SÍLituania NO SI NOMadagascar 3MalasiaMarruecos SÍMéxico SÍMónaco SÍ

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 155

73. PUBLICACIÓN Y APLAZAMIENTO DE LA PUBLICACIÓNPublicación

72. La publicación aparece:Países/Oficinasregionales de P.I. semanalmente cada _

semanasveces al mes mensualmente a diario cada

_mesesNicaragua SÍNoruega 2Nueva Zelandia SÍPakistánPolonia SÍPortugal SÍReino Unido SÍRepública Árabe Siria SÍRepública Checa SÍRepública de Corea SÍRepública de Moldova SÍRepública Dominicana 2Rumania SÍSenegal 3Serbia 2Singapur SÍSudáfrica SÍSudánSuecia 2Suiza 2Tailandia SÍTúnez 6TurkmenistánTurquíaUcrania 2Uruguay SÍViet Nam SÍCEOAPI 10OBPI SÍ

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73. PUBLICACIÓN Y APLAZAMIENTO DE LA PUBLICACIÓNPublicación

Países/Oficinasregionales de P.I.

73. En caso de que la solicitud contenga una muestra del diseño industrial pero no unareproducción, la Oficina solicita una reproducción con fines de publicación.

Alemania NOArabia Saudita N/AArgelia SÍArgentina NOArmenia NOAustralia SÍAustria SÍAzerbaiyán N/ABangladesh NOBelarús N/ABhutánBosnia y Herzegovina N/ABrasil N/ABrunei Darussalam SÍBulgaria N/ACamboyaCanadá N/AChile SÍChina N/AColombia SÍCôte d’IvoireCroacia SÍDinamarca SÍEcuador SÍEl Salvador NOEslovaquia SÍEsloveniaEspaña N/AEstados Unidos deAmérica

Estonia N/AFederación de Rusia NOFilipinas N/AFinlandia SÍGeorgia SÍGrecia N/AHungría N/AItalia N/AJapón NOKenya SÍKirguistán N/Ala ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

N/A

Letonia N/ALituania SÍMadagascar SÍMalasiaMarruecos N/AMéxico N/AMónaco SÍNicaragua SÍ

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73. PUBLICACIÓN Y APLAZAMIENTO DE LA PUBLICACIÓNPublicación

Países/Oficinasregionales de P.I.

73. En caso de que la solicitud contenga una muestra del diseño industrial pero no unareproducción, la Oficina solicita una reproducción con fines de publicación.

Noruega SÍNueva Zelandia SÍPakistánPolonia NOPortugal SÍReino Unido SÍRepública Árabe Siria SÍRepública Checa N/ARepública de Corea NORepública de Moldova N/ARepública Dominicana SÍRumania SÍSenegal NOSerbia SÍSingapur N/ASudáfrica SÍSudánSuecia SÍSuiza SÍTailandiaTúnez N/ATurkmenistánTurquíaUcrania NOUruguay SÍViet Nam N/ACE SÍOAPI NOOBPI N/A

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 158

V. PUBLICACIÓN Y APLAZAMIENTO DE LA PUBLICACIÓNAplazamiento de la publicación

Países/Oficinasregionales de P.I.

74. El solicitante puede pedir elaplazamiento de la publicación.

74bis. El periodo máximo de aplazamiento

Alemania SÍ 30 mesesArabia Saudita NOArgeliaArgentina NOArmenia NOAustralia NOAustria NOAzerbaiyán SÍ 4 mesesBangladesh NOBelarús NOBhutánBosnia y Herzegovina N/ABrasil N/ABrunei Darussalam SÍ 12 mesesBulgaria NOCamboyaCanadá N/AChile NOChinaColombia NOCôte d’IvoireCroacia SÍ 12 mesesDinamarca SÍ 6 mesesEcuador NOEl Salvador SÍ 12 mesesEslovaquia SÍ 30 mesesEsloveniaEspaña SÍ 30 mesesEstados Unidos deAmérica

NO

Estonia SÍ 12 mesesFederación de Rusia N/AFilipinas N/AFinlandia SÍ 6 mesesGeorgia NOGrecia SÍ 12 mesesHungría SÍ 30 mesesItalia N/AJapón NOKenya NOKirguistán NOla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

Letonia SÍ 30Lituania NOMadagascar NOMalasiaMarruecos NOMéxico NOMónaco NONicaragua SÍ 12 meses

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 159

V. PUBLICACIÓN Y APLAZAMIENTO DE LA PUBLICACIÓNAplazamiento de la publicación

Países/Oficinasregionales de P.I.

74. El solicitante puede pedir elaplazamiento de la publicación.

74bis. El periodo máximo de aplazamiento

Noruega SÍ 6 mesesNueva Zelandia NOPakistánPolonia NOPortugal SÍ 30 mesesReino Unido SÍ 12 mesesRepública Árabe Siria SÍ 12 mesesRepública Checa SÍ 30 mesesRepública de Corea SÍ 36 mesesRepública de Moldova SÍ 30 mesesRepública Dominicana NORumania SÍ 30 mesesSenegal SÍSerbia SÍ 12 mesesSingapur NOSudáfrica SÍ 18 mesesSudánSuecia SÍ 6 mesesSuiza SÍ 30 mesesTailandia SÍTúnez SÍ 12 mesesTurkmenistánTurquíaUcrania NOUruguay NOViet Nam NOCE SÍ 30 mesesOAPI SÍ 12 mesesOBPI SÍ 12 meses

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 160

V. PUBLICACIÓN Y APLAZAMIENTO DE LA PUBLICACIÓNAplazamiento de la publicación

Países/Oficinasregionales de P.I.

75. El aplazamiento de la publicaciónse solicita con frecuencia.

75bis. % de diseños objeto de unaplazamiento de la publicación de su registro:

Alemania SÍ 46.32%Arabia Saudita NOArgeliaArgentina NOArmenia NOAustralia N/AAustriaAzerbaiyán NOBangladesh N/ABelarús N/ABhutánBosnia y Herzegovina N/ABrasil N/ABrunei Darussalam NOBulgaria N/ACamboyaCanadá N/AChile NOChinaColombia NOCôte d’IvoireCroacia NODinamarca SÍ 50%EcuadorEl Salvador NOEslovaquia NOEsloveniaEspaña NOEstados Unidos deAmérica

N/A

Estonia NOFederación de Rusia N/AFilipinas N/AFinlandia SÍ 85%GeorgiaGreciaHungría NOItalia N/AJapónKenya N/AKirguistán N/Ala ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

NO

Letonia NOLituaniaMadagascarMalasiaMarruecos N/AMéxico N/AMónaco NONicaragua NO

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 161

V. PUBLICACIÓN Y APLAZAMIENTO DE LA PUBLICACIÓNAplazamiento de la publicación

Países/Oficinasregionales de P.I.

75. El aplazamiento de la publicaciónse solicita con frecuencia.

75bis. % de diseños objeto de unaplazamiento de la publicación de su registro:

Noruega SÍ 70%Nueva Zelandia N/APakistánPolonia N/APortugal NOReino Unido NORepública Árabe Siria N/ARepública Checa NORepública de Corea NORepública de Moldova NORepública DominicanaRumania N/ASenegal N/ASerbia NOSingapur NOSudáfricaSudánSuecia SÍ 50%Suiza NOTailandiaTúnez NOTurkmenistánTurquíaUcrania N/AUruguayViet Nam N/ACE NOOAPI NOOBPI NO

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V. PUBLICACIÓN Y APLAZAMIENTO DE LA PUBLICACIÓNAplazamiento de la publicación

Países/Oficinasregionales de P.I.

76. El aplazamiento de lapublicación rara vez se solicita

76bis. % de diseños objeto de un aplazamientode la publicación de su registro:

Alemania NOArabia Saudita N/AArgeliaArgentina NOArmenia NOAustralia N/AAustriaAzerbaiyán SÍ 1%Bangladesh N/ABelarús N/ABhutánBosnia y Herzegovina N/ABrasil N/ABrunei Darussalam SÍBulgaria N/ACamboyaCanadá N/AChile NOChinaColombia SÍ 0.001%Côte d’IvoireCroacia SÍ 0.08%DinamarcaEcuadorEl Salvador N/AEslovaquia SÍ 10%EsloveniaEspaña NOEstados Unidos deAmérica

N/A

Estonia SÍ 10%Federación de Rusia N/AFilipinas N/AFinlandia NOGeorgiaGrecia SÍ 0.003%Hungría SÍItalia N/AJapón N/AKenyaKirguistán N/Ala ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

Letonia SÍLituaniaMadagascarMalasiaMarruecos N/AMéxico N/AMónacoNicaragua SÍ 1%

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 163

V. PUBLICACIÓN Y APLAZAMIENTO DE LA PUBLICACIÓNAplazamiento de la publicación

Países/Oficinasregionales de P.I.

76. El aplazamiento de lapublicación rara vez se solicita

76bis. % de diseños objeto de un aplazamientode la publicación de su registro:

NoruegaNueva Zelandia N/APakistánPolonia N/APortugal SÍ menos de 1%Reino Unido SÍ 6.3%República Árabe Siria N/ARepública Checa SÍ 3%República de Corea SÍRepública de Moldova SÍ 1%República DominicanaRumania SÍ 2%SenegalSerbiaSingapur N/ASudáfrica SÍ 10%SudánSuecia SÍ 10%SuizaTailandia SÍ 5%Túnez N/ATurkmenistánTurquíaUcraniaUruguayViet Nam N/ACE SÍOAPI 8.58%OBPI SÍ 5%

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VI. DURACIÓN Y ALCANCE DE LA PROTECCIÓNComienzo del período de protección

77. En virtud de la legislación aplicable, el registro de un diseño industrial se realizapor un período de tiempo que comienza a contar a partir de:

Países/Oficinasregionales de P.I.

la fecha depresentaciónde la solicitud

la fecha deregistro deldiseño industrial

la fecha depublicación deldiseño industrial

otros

Alemania SÍ NO NOArabia Saudita SÍ NO NOArgeliaArgentina SÍ NO NOArmenia SÍAustralia SÍ N/A N/AAustria NO SÍ SÍAzerbaiyánBangladeshBelarús SÍ NO NOBhután SÍ SÍ SÍBosnia y HerzegovinaBrasil SÍ NO NOBrunei DarussalamBulgaria SÍ NO NOCamboya SÍ NO NOCanadá NO SÍ N/AChileChinaColombia SÍCôte d’IvoireCroacia SÍ NO NODinamarca SÍ NO NOEcuadorEl SalvadorEslovaquia NO SÍ NOEslovenia SÍEspaña SÍ NO NOEstados Unidos deAméricaEstonia SÍ NO NOFederación de RusiaFilipinasFinlandia SÍ NO NOGeorgia SÍ SÍ NOGrecia SÍ NO NOHungría SÍ NO NOItaliaJapón NO SÍ NOKenyaKirguistán SÍla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

SÍ NO NO

Letonia N/A N/A N/A

período de protección a partirde la fecha de solicitud, pleno

alcance de derechosexclusivos desde

registro/publicación

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 165

VI. DURACIÓN Y ALCANCE DE LA PROTECCIÓNComienzo del período de protección

77. En virtud de la legislación aplicable, el registro de un diseño industrial se realizapor un período de tiempo que comienza a contar a partir de:

Países/Oficinasregionales de P.I.

la fecha depresentaciónde la solicitud

la fecha deregistro deldiseño industrial

la fecha depublicación deldiseño industrial

otros

Lituania SÍ NO NOMadagascarMalasia SÍ NO NO fecha de prioridad

Marruecos SÍfecha de solicitud es la misma

que la del registro ypublicación

México SÍ NO NOMónacoNicaraguaNoruega SÍ NO NO

Nueva Zelandia SÍ NO NO

Con respecto a una solicitudque reivindique una prioridad,la fecha de solicitud en el país

miembroPakistán SÍ NO NO N/APoloniaPortugal SÍ NO NOReino Unido SÍRepública Árabe SiriaRepública Checa SÍ NO NORepública de Corea NO SÍ NORepública de Moldova SÍ NO NORepública DominicanaRumania SÍ NO NOSenegalSerbia SÍ NO NOSingapurSudáfrica SÍSudán SÍSuecia SÍ NO NOSuiza SÍ NO NOTailandiaTúnezTurkmenistán SÍ NO NOTurquía SÍUcrania SÍ NO NOUruguayViet NamCE SÍ N/A N/AOAPIOBPI SÍ NO NO

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 166

VI. DURACIÓN Y ALCANCE DE LA PROTECCIÓNAlcance de la protección

78. El alcance de la protección otorgada por los derechos sobre un diseño industrialqueda determinado sobre la base de:

Países/Oficinasregionales de P.I.

la reproducciónúnicamente

la reproducción ylasreivindicaciones

la reproducción y unadescripción de loselementos característicos

otros aspectos

Alemania SÍ NO NO

descripción sólopuede limitar pero

no extender elámbito deprotección

Arabia SauditaArgelia SÍ SÍ SÍArgentina NO NO SÍArmenia NO NO SÍAustralia SÍ N/A SÍAustria SÍ NO NOAzerbaiyánBangladeshBelarús SÍ NO NOBhután NO SÍ SÍBosnia y HerzegovinaBrasil SÍ NO NOBrunei DarussalamBulgaria SÍ NO NOCamboya N/A SÍ N/ACanadá NO NO SÍChileChinaColombia SÍCôte d’IvoireCroacia SÍ NO NODinamarca SÍ NO NOEcuadorEl SalvadorEslovaquia SÍ N/A N/AEslovenia SÍEspaña NO NO SÍEstados Unidos deAméricaEstonia SÍ NO NO

Federación de Rusia N/A N/A SÍdescripción de lascaracterísticas por

el solicitanteFilipinasFinlandia SÍ NO NO muestra posibleGeorgia SÍ NO NOGrecia SÍ NO NOHungría SÍ NO NOItalia

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 167

VI. DURACIÓN Y ALCANCE DE LA PROTECCIÓNAlcance de la protección

78. El alcance de la protección otorgada por los derechos sobre un diseño industrialqueda determinado sobre la base de:

Países/Oficinasregionales de P.I.

la reproducciónúnicamente

la reproducción ylasreivindicaciones

la reproducción y unadescripción de loselementos característicos

otros aspectos

Japón NO NO NO

basado en eldiseño de la

solicitud,representado en el

dibujo, lafotografía, elmodelo o la

muestraKenyaKirguistán SÍla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

NO N/A NO

reproducción ydescripción de lascaracterísticas, si

necesario

Letonia SÍ NO NOcaracterísticas deldiseño visible ode la muestra

Lituania SÍ NO NOMadagascarMalasia SÍ NO NOMarruecos SÍ NO SÍMéxico NO SÍ NOMónacoNicaraguaNoruega SÍ N/A N/A

Nueva Zelandia NO NO NO

Una reproduccióno muestra del

diseño y, cuandosea aplicable, la

declaración de lascaracterísticas de

novedad deldiseño

Pakistán SÍ NO NO N/APoloniaPortugal SÍ NO NOReino Unido SÍ N/A SÍRepública Árabe SiriaRepública Checa SÍ N/A NORepública de Corea NO NO SÍRepública de Moldova SÍ N/A NORepública DominicanaRumania SÍ N/A NOSenegalSerbia NO NO SÍSingapurSudáfrica NO NO SÍSudán SÍ SÍ SÍSuecia SÍ NO NOSuiza SÍ NO NO

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 168

VI. DURACIÓN Y ALCANCE DE LA PROTECCIÓNAlcance de la protección

78. El alcance de la protección otorgada por los derechos sobre un diseño industrialqueda determinado sobre la base de:

Países/Oficinasregionales de P.I.

la reproducciónúnicamente

la reproducción ylasreivindicaciones

la reproducción y unadescripción de loselementos característicos

otros aspectos

TailandiaTúnezTurkmenistán SÍTurquía SÍ N/A NOUcrania SÍ NO NOUruguayViet NamCE SÍ N/A N/AOAPIOBPI SÍ NO NO

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 169

VI. DURACIÓN Y ALCANCE DE LA PROTECCIÓNAlcance de la protección

Países/Oficinasregionales de P.I.

79. Cuando se interpone unademanda por violación de losderechos ante un tribunal sobrela base de un diseño industrialregistrado, el demandante puedepresentar un informe debúsqueda oficial sobre diseñosya conocidos que seanpertinentes para ese diseñoindustrial registrado o unaopinión técnica sobre elcumplimiento de lascondiciones para el registro deese diseño industrial, preparadopor el Registro/Oficina depropiedad industrial o por otraautoridad competente.

80. Cuando se interpone unademanda por violación de losderechos ante un tribunal sobrela base de un diseño industrialregistrado, el demandante debepresentar un informe debúsqueda oficial sobre diseñosya conocidos que seanpertinentes para ese diseñoindustrial registrado o unaopinión técnica sobre elcumplimiento de lascondiciones para el registro deese diseño industrial, preparadopor el Registro/Oficina depropiedad industrial o por otraautoridad competente.

81. El informeoficial odictamentécnicomencionado enlas preguntas 23y 24 puede serremitido a otrotipo deautoridadesdistintas de untribunal (porejemplo, lasautoridadesaduaneras).

Alemania NO NO N/AArabia SauditaArgelia NO NO NOArgentina SÍ N/A SÍArmenia SÍ NO N/AAustralia N/A NO N/AAustria NO NO NOAzerbaiyánBangladeshBelarús N/A N/A N/ABhután SÍ SÍ SÍBosnia y HerzegovinaBrasil N/A SÍ NOBrunei DarussalamBulgaria SÍ NO SÍCamboya SÍ N/A SÍCanadá N/A N/A N/AChileChinaColombia SÍ NO SÍCôte d’IvoireCroacia SÍ NO SÍDinamarca SÍ NO SÍEcuadorEl SalvadorEslovaquia SÍ NO SÍEslovenia SÍ NO N/AEspaña SÍ NO SÍEstados Unidos deAméricaEstonia N/A N/A N/AFederación de Rusia SÍ N/A SÍFilipinasFinlandia N/A NO N/AGeorgia NO NO NOGrecia NO NO NOHungría N/A NO N/A

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 170

VI. DURACIÓN Y ALCANCE DE LA PROTECCIÓNAlcance de la protección

Países/Oficinasregionales de P.I.

79. Cuando se interpone unademanda por violación de losderechos ante un tribunal sobrela base de un diseño industrialregistrado, el demandante puedepresentar un informe debúsqueda oficial sobre diseñosya conocidos que seanpertinentes para ese diseñoindustrial registrado o unaopinión técnica sobre elcumplimiento de lascondiciones para el registro deese diseño industrial, preparadopor el Registro/Oficina depropiedad industrial o por otraautoridad competente.

80. Cuando se interpone unademanda por violación de losderechos ante un tribunal sobrela base de un diseño industrialregistrado, el demandante debepresentar un informe debúsqueda oficial sobre diseñosya conocidos que seanpertinentes para ese diseñoindustrial registrado o unaopinión técnica sobre elcumplimiento de lascondiciones para el registro deese diseño industrial, preparadopor el Registro/Oficina depropiedad industrial o por otraautoridad competente.

81. El informeoficial odictamentécnicomencionado enlas preguntas 23y 24 puede serremitido a otrotipo deautoridadesdistintas de untribunal (porejemplo, lasautoridadesaduaneras).

ItaliaJapón SÍ NO SÍKenyaKirguistán N/A N/A N/Ala ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

SÍ NO SÍ

Letonia NO NO NOLituania N/A NO NOMadagascarMalasia NO NO N/AMarruecos N/A N/A N/AMéxico SÍ NO SÍMónacoNicaraguaNoruega N/A N/A N/ANueva Zelandia NO NO NOPakistán SÍ SÍ NOPoloniaPortugal SÍ NO SÍReino Unido SÍ NO SÍRepública Árabe SiriaRepública Checa N/A N/A N/ARepública de Corea NO NO NORepública de Moldova SÍ NO NORepública DominicanaRumania SÍ NO SÍSenegalSerbia SÍ SÍ SÍSingapurSudáfrica SÍ NO N/ASudán N/A SÍ NOSuecia SÍ NO N/ASuiza NO NO NOTailandiaTúnezTurkmenistán SÍ SÍ SÍTurquía NO NO NOUcrania NO NO NO

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 171

VI. DURACIÓN Y ALCANCE DE LA PROTECCIÓNAlcance de la protección

Países/Oficinasregionales de P.I.

79. Cuando se interpone unademanda por violación de losderechos ante un tribunal sobrela base de un diseño industrialregistrado, el demandante puedepresentar un informe debúsqueda oficial sobre diseñosya conocidos que seanpertinentes para ese diseñoindustrial registrado o unaopinión técnica sobre elcumplimiento de lascondiciones para el registro deese diseño industrial, preparadopor el Registro/Oficina depropiedad industrial o por otraautoridad competente.

80. Cuando se interpone unademanda por violación de losderechos ante un tribunal sobrela base de un diseño industrialregistrado, el demandante debepresentar un informe debúsqueda oficial sobre diseñosya conocidos que seanpertinentes para ese diseñoindustrial registrado o unaopinión técnica sobre elcumplimiento de lascondiciones para el registro deese diseño industrial, preparadopor el Registro/Oficina depropiedad industrial o por otraautoridad competente.

81. El informeoficial odictamentécnicomencionado enlas preguntas 23y 24 puede serremitido a otrotipo deautoridadesdistintas de untribunal (porejemplo, lasautoridadesaduaneras).

UruguayViet NamCE NO NO SÍOAPIOBPI NO NO NO

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 172

82. DURACIÓN Y ALCANCE DE LA PROTECCIÓNAlcance de la protección

82. A fin de determinar si un diseño industrial viola los derechos de otro diseñoindustrial protegido, se efectúa una comparación entre:

Países/Oficinasregionales de P.I.

las características esenciales del diseñoindustrial protegido y las delsupuestamente infractor

la impresión general creada por el diseñoindustrial protegido y la creada por elsupuestamente infractor

Alemania NO SÍArabia SauditaArgelia NO NOArgentina N/A N/AArmenia SÍ N/AAustralia SÍ SÍAustria SÍ SÍAzerbaiyánBangladeshBelarús SÍ SÍBhután SÍ NOBosnia y HerzegovinaBrasil SÍ SÍBrunei DarussalamBulgaria SÍ SÍCamboya SÍ SÍCanadá N/A N/AChileChinaColombia SÍCôte d’IvoireCroacia NO SÍDinamarca SÍ SÍEcuadorEl SalvadorEslovaquia SÍ SÍEslovenia N/A N/AEspaña SÍ SÍEstados Unidos deAméricaEstonia NO SÍFederación de Rusia N/A N/AFilipinasFinlandia SÍ SÍGeorgia SÍ SÍGrecia NO SÍHungría NO SÍItaliaJapón SÍ SÍKenyaKirguistán SÍ la ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

NO SÍ

Letonia NO SÍLituania NO SÍMadagascarMalasia SÍ SÍMarruecos SÍ SÍ

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 173

82. DURACIÓN Y ALCANCE DE LA PROTECCIÓNAlcance de la protección

82. A fin de determinar si un diseño industrial viola los derechos de otro diseñoindustrial protegido, se efectúa una comparación entre:

Países/Oficinasregionales de P.I.

las características esenciales del diseñoindustrial protegido y las delsupuestamente infractor

la impresión general creada por el diseñoindustrial protegido y la creada por elsupuestamente infractor

México SÍ NOMónacoNicaraguaNoruega NO SÍNueva Zelandia NO NOPakistán SÍ SÍPoloniaPortugal NO SÍReino Unido SÍ SÍRepública Árabe SiriaRepública Checa SÍ SÍRepública de Corea SÍ SÍRepública de Moldova NO SÍRepública DominicanaRumania NO SÍSenegalSerbia SÍ SÍSingapurSudáfrica SÍ SÍSudán SÍ SÍSuecia NO SÍSuiza NO SÍTailandiaTúnezTurkmenistán SÍ NOTurquía NO SÍUcrania SÍ NOUruguayViet NamCE N/A SÍOAPIOBPI NO SÍ

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 174

82. DURACIÓN Y ALCANCE DE LA PROTECCIÓNAlcance de la protección

82. A fin de determinar si un diseño industrial viola los derechos de otro diseñoindustrial protegido, se efectúa una comparación entre:

Países/Oficinasregionales de P.I.

la impresión general creada por el diseñoindustrial protegido y la creada porcualquier otro diseño industrial divulgado

otros aspectos

Alemania SÍArabia SauditaArgelia NOArgentina N/AArmenia N/AAustralia NOAustria NOAzerbaiyánBangladeshBelarús NOBhután NOBosnia y HerzegovinaBrasil SÍBrunei DarussalamBulgaria NOCamboya N/ACanadá N/AChileChinaColombiaCôte d’IvoireCroacia NODinamarca SÍEcuadorEl SalvadorEslovaquia SÍEslovenia N/AEspaña SÍEstados Unidos deAméricaEstonia NO

Federación de Rusia N/A

características esenciales del diseñoprotegido representado en la

reproducción y las características deldiseño presuntamente infractor descritas

por el solicitanteFilipinasFinlandia SÍGeorgia NOGrecia NOHungría NOItaliaJapón SÍKenyaKirguistánla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

N/A

Letonia NOLituania NO

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 175

82. DURACIÓN Y ALCANCE DE LA PROTECCIÓNAlcance de la protección

82. A fin de determinar si un diseño industrial viola los derechos de otro diseñoindustrial protegido, se efectúa una comparación entre:

Países/Oficinasregionales de P.I.

la impresión general creada por el diseñoindustrial protegido y la creada porcualquier otro diseño industrial divulgado

otros aspectos

MadagascarMalasia NOMarruecos SÍMéxico NOMónacoNicaraguaNoruega NO

Nueva Zelandia NO

El examen para determinar en NuevaZelandia si se ha violado el derecho de

un diseño registrado se basa en examinarsi el objeto que presuntamente viola elderecho tiene en substancia la misma

apariencia que el diseño registrado. Esteexamen supone considerar toda

declaración de novedad aplicable aldiseño registrado

Pakistán SÍ N/APoloniaPortugal NOReino Unido SÍRepública Árabe SiriaRepública Checa NORepública de Corea SÍRepública de Moldova NORepública DominicanaRumania NOSenegalSerbia SÍSingapurSudáfrica NOSudán SÍSuecia NOSuiza NOTailandiaTúnezTurkmenistán NOTurquíaUcrania NOUruguayViet NamCE NOOAPIOBPI NO

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 176

84. DURACIÓN Y ALCANCE DE LA PROTECCIÓNAlcance de la protección

83. A fin de determinar si un diseño industrial viola los derechos de otro diseñoindustrial protegido, se tiene en cuenta la opinión de:

Países/Oficinasregionales de P.I.

elcreador

un usuarioinformado

cualquierusuario

otros

Alemania NO SÍ NOArabia SauditaArgelia SÍ SÍ NOArgentina N/A N/A N/AArmenia SÍ SÍ SÍAustralia NO SÍ NOAustria NO SÍ NOAzerbaiyánBangladeshBelarús N/A N/A N/ABhután SÍ SÍ NOBosnia y HerzegovinaBrasil NO NO NOBrunei DarussalamBulgaria NO SÍ NOCamboya SÍ SÍ SÍCanadá N/A N/A N/AChileChinaColombia SÍCôte d’IvoireCroacia NO SÍ NODinamarca NO SÍ NOEcuadorEl SalvadorEslovaquia NO SÍ NOEsloveniaEspaña NO SÍ NOEstados Unidos deAméricaEstonia NO NO persona entendida en el sectorFederación de Rusia N/A SÍ N/AFilipinasFinlandia NO SÍ NOGeorgia NO SÍ NOGrecia NO SÍ NOHungría NO SÍ NOItalia

Japón NO N/A NOimpresión estética que los diseños crearían a la

vista de consumidoresKenyaKirguistánla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

SÍ N/A SÍ persona calificada

Letonia NO SÍ NOLituania NO SÍ NOMadagascarMalasia NO NO SÍMarruecos N/A N/A N/A

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 177

84. DURACIÓN Y ALCANCE DE LA PROTECCIÓNAlcance de la protección

83. A fin de determinar si un diseño industrial viola los derechos de otro diseñoindustrial protegido, se tiene en cuenta la opinión de:

Países/Oficinasregionales de P.I.

elcreador

un usuarioinformado

cualquierusuario

otros

México SÍ N/A NOse toman en cuenta las manifestaciones del

presuntamente falsificadorMónacoNicaraguaNoruega NO SÍ NO

Nueva Zelandia SÍ SÍ SÍLas distintas partes presentan las pruebas de la

novedad u originalidad del diseño, incluída todaprueba del éxito comercial del diseño

Pakistán SÍ NO SÍ N/APoloniaPortugal NO SÍ NOReino Unido N/A SÍ N/ARepública Árabe SiriaRepública Checa NO SÍ NORepública de Corea SÍ SÍ SÍRepública de Moldova NO SÍ NORepública DominicanaRumania NO SÍ NOSenegalSerbia SÍ N/A NOSingapurSudáfrica N/A N/A N/ASudán SÍSuecia NO SÍ NOSuiza NO SÍ NOTailandiaTúnezTurkmenistán SÍ SÍ SÍTurquía NO SÍ NOUcrania N/A N/A N/AUruguayViet NamCE NO SÍ NOOAPIOBPI NO SÍ NO

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 178

84. RECURSOS

84bis. Ante qué autoridadPaíses/Oficinasregionales de P.I.

84. Existe unprocedimiento parapresentar recursocontra la resoluciónde conceder odenegar el registrode un diseñoindustrial

el Registro/Oficina depropiedadindustrial

otro órganoadministrativo

un tribunal otros

Alemania SÍ NO NO SÍArabia SauditaArgelia SÍ NO NO SÍArgentina SÍ SÍ SÍArmenia SÍ SÍ N/A SÍAustralia SÍ NO SÍ NOAustriaAzerbaiyánBangladeshBelarús SÍ SÍ NO SÍBhután NOBosnia y HerzegovinaBrasil SÍ SÍ NO SÍBrunei DarussalamBulgaria SÍ SÍ NO NOCamboya SÍ SÍ N/A SÍCanadá SÍ NO NO SÍChileChinaColombia SÍ SÍCôte d’IvoireCroacia SÍ NO SÍ NO

Dinamarca SÍ NO SÍ SÍComisión de

apelaciónEcuadorEl SalvadorEslovaquia SÍ SÍ NO NOEsloveniaEspaña SÍ SÍ NO SÍEstados Unidos deAméricaEstonia SÍ NO SÍ NOFederación de Rusia SÍ SÍ N/A SÍFilipinasFinlandia SÍ NO SÍ NOGeorgia SÍ SÍ NO SÍGrecia SÍ NO NO SÍHungría SÍ NO NO SÍItaliaJapón SÍ SÍ NO NOKenyaKirguistán SÍla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

SÍ NO SÍ NO

Letonia SÍ NO NO NOComisión de

apelación de laoficina PI

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 179

84. RECURSOS

84bis. Ante qué autoridadPaíses/Oficinasregionales de P.I.

84. Existe unprocedimiento parapresentar recursocontra la resoluciónde conceder odenegar el registrode un diseñoindustrial

el Registro/Oficina depropiedadindustrial

otro órganoadministrativo

un tribunal otros

Lituania SÍ NO SÍ NODivisión deapelación

MadagascarMalasia SÍ SÍ NO SÍMarruecos NOMéxico SÍ SÍ N/A SÍMónacoNicaraguaNoruega SÍ SÍNueva Zelandia SÍ SÍ NO SÍPakistán SÍ SÍ NO SÍ N/APoloniaPortugal SÍ SÍ NO SÍReino Unido SÍ SÍ N/A SÍRepública Árabe SiriaRepública Checa SÍ SÍ NO NORepública de Corea SÍ NO NO SÍRepública de Moldova SÍ NO SÍ SÍRepública DominicanaRumania SÍ SÍ NO NOSenegalSerbia SÍ NO NO SÍSingapurSudáfrica NOSudán SÍ SÍSuecia SÍ SÍSuiza SÍ NO NO SÍTailandiaTúnezTurkmenistán SÍ SÍ NO NOTurquía NO NO SÍUcrania SÍ SÍ NO SÍUruguayViet NamCE SÍ SÍ NO SÍOAPI SÍOBPI N/A N/A N/A N/A

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 180

VII. RECURSOS

84ter. Dentro del plazo de:Países/Oficinasregionales de P.I. _ días a

partir de lafecha en quese dicta laresolución

_ días a partir dela fecha derecepción de laresolución porel solicitante

_ meses apartir de lafecha en quese dicta laresolución

_ meses a partirde la fecha derecepción de laresolución porel solicitante

otros

Alemania 1Arabia SauditaArgeliaArgentina 10ArmeniaAustraliaAustria 2AzerbaiyánBangladeshBelarús 3BhutánBosnia y Herzegovina

Brasil

5 años ante laoficina;

cualquiermomento ante la

corteBrunei DarussalamBulgaria 3Camboya 3CanadáChileChinaColombia 5Côte d’IvoireCroacia 30Dinamarca 2EcuadorEl SalvadorEslovaquia 1Eslovenia 30

España1 mes a partir de

la publicaciónde la decisión

Estados Unidos deAméricaEstonia 2Federación de RusiaFilipinasFinlandia 60Georgia 3Grecia 60Hungría 30ItaliaJapón 30Kenya

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 181

VII. RECURSOS

84ter. Dentro del plazo de:Países/Oficinasregionales de P.I. _ días a

partir de lafecha en quese dicta laresolución

_ días a partir dela fecha derecepción de laresolución porel solicitante

_ meses apartir de lafecha en quese dicta laresolución

_ meses a partirde la fecha derecepción de laresolución porel solicitante

otros

Kirguistán

terceros;solicitante: 2

meses (examenpreliminar) – 3meses (examen

de fondo)la ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

15

Letonia 3Lituania 3 meses después

del envío de ladecisión

MadagascarMalasia 30Marruecos

México15 45 días ante la

corteadministrativa

MónacoNicaraguaNoruega 2Nueva ZelandiaPakistán N/APolonia

Portugal

2 meses despuésde la

publicaciónoficial en ambos

casosReino Unido 2República Árabe SiriaRepública Checa 1República de Corea 30República de Moldova 2República DominicanaRumania 30 6SenegalSerbia 30SingapurSudáfricaSudánSuecia 2Suiza 30TailandiaTúnezTurkmenistán 3Turquía 2Ucrania 2Uruguay

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 182

VII. RECURSOS

84ter. Dentro del plazo de:Países/Oficinasregionales de P.I. _ días a

partir de lafecha en quese dicta laresolución

_ días a partir dela fecha derecepción de laresolución porel solicitante

_ meses apartir de lafecha en quese dicta laresolución

_ meses a partirde la fecha derecepción de laresolución porel solicitante

otros

Viet NamCE 2OAPIOBPI

VIII. MÉTODOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS (MEDIACIÓN, ARBITRAJE)

85bis. Las siguientes controversias pueden ser sometidas aun procedimiento alternativo de solución de controversias:

Países/Oficinasregionales de P.I.

85. Cabe someter lascontroversias entre laspartes a un procedimientoalternativo de solución decontroversias

las relativas a lavalidez del diseñoindustrial

las relativas a unapresunta violación deun diseño industrial

otras

Alemania NO N/A N/AArabia SauditaArgelia NO NO NOArgentina N/AArmenia N/A N/A N/AAustralia NO N/A N/AAustria NO N/A N/AAzerbaiyánBangladeshBelarús N/A N/A N/ABhután N/ABosnia y HerzegovinaBrasil NO N/A N/ABrunei DarussalamBulgaria SÍ NO SÍCamboya SÍ SÍ SÍCanadá N/A N/A N/AChileChinaColombia SÍ SÍCôte d’IvoireCroacia SÍ NO SÍDinamarca SÍ N/A N/AEcuadorEl SalvadorEslovaquia N/A N/A N/AEslovenia SÍ SÍEspaña SÍ SÍ SÍEstados Unidos deAméricaEstonia N/A N/A N/AFederación de Rusia N/AFilipinasFinlandia NOGeorgia NO NO NO

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VIII. MÉTODOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS (MEDIACIÓN, ARBITRAJE)

85bis. Las siguientes controversias pueden ser sometidas aun procedimiento alternativo de solución de controversias:

Países/Oficinasregionales de P.I.

85. Cabe someter lascontroversias entre laspartes a un procedimientoalternativo de solución decontroversias

las relativas a lavalidez del diseñoindustrial

las relativas a unapresunta violación deun diseño industrial

otras

GreciaHungría SÍ NO SÍItaliaJapón SÍ SÍ SÍKenyaKirguistán N/Ala ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

N/A N/A N/A

Letonia NO N/A N/ALituania N/A N/A N/AMadagascarMalasia N/A N/A N/AMarruecos N/AMéxico NOMónacoNicaraguaNoruega SÍ SÍ NONueva Zelandia SÍ SÍ SÍPakistán NOPoloniaPortugal SÍ SÍ SÍReino Unido SÍ SÍ SÍRepública Árabe SiriaRepública Checa SÍ NO SÍRepública de Corea SÍ NO SÍRepública de Moldova SÍ NO SÍRepública DominicanaRumania NOSenegalSerbia NOSingapurSudáfrica NOSudán N/ASuecia NO N/A N/ASuiza SÍ SÍ SÍTailandiaTúnezTurkmenistán NOTurquía NOUcraniaUruguayViet NamCE N/A N/A N/AOAPIOBPI N/A N/A N/A

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 184

86. PROCEDIMIENTOS DE NULIDADPosibles motivos

86. Los efectos del registro de un diseño industrial podrán ser anulados sobre la basede que el diseño:

Países/Oficinasregionales de P.I.

no corresponde a lanoción de “diseño”establecida por lalegislación aplicable

no es nuevo no es original no tiene carácter singular

Alemania SÍ SÍ N/A SÍArabia SauditaArgelia SÍ SÍ SÍ NOArgentina SÍ NO NO SÍArmenia SÍ SÍ SÍ N/AAustralia SÍ SÍ SÍ N/AAustria SÍ SÍ NO SÍAzerbaiyánBangladeshBelarús SÍ SÍ SÍ NOBhután SÍ SÍ SÍ SÍBosnia y HerzegovinaBrasil SÍ SÍ SÍ SÍBrunei DarussalamBulgaria SÍ SÍ SÍ N/ACamboya SÍ SÍ SÍ SÍCanadá N/A N/A N/A N/AChileChinaColombia SÍ SÍ N/A N/ACôte d’IvoireCroacia SÍ SÍ NO SÍDinamarca SÍ SÍ SÍ SÍEcuadorEl SalvadorEslovaquia SÍ SÍ N/A SÍEslovenia SÍ SÍ SÍ SÍEspaña SÍ SÍ SÍ SÍEstados Unidos deAméricaEstonia SÍ SÍ N/A SÍFederación de Rusia SÍ SÍ SÍ N/AFilipinasFinlandia SÍ SÍ SÍ SÍGeorgia SÍ SÍ NO NOGrecia SÍ SÍ NO SÍHungría SÍ SÍ NO SÍItaliaJapón SÍ SÍ N/A N/AKenyaKirguistán N/A SÍ SÍla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

SÍ SÍ N/A SÍ

Letonia SÍ SÍ NO SÍLituania SÍ SÍ SÍ SÍMadagascarMalasia SÍ SÍ NO NOMarruecos SÍ SÍ N/A NO

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 185

86. PROCEDIMIENTOS DE NULIDADPosibles motivos

86. Los efectos del registro de un diseño industrial podrán ser anulados sobre la basede que el diseño:

Países/Oficinasregionales de P.I.

no corresponde a lanoción de “diseño”establecida por lalegislación aplicable

no es nuevo no es original no tiene carácter singular

México SÍ SÍ SÍ SÍMónacoNicaraguaNoruega SÍ SÍ NO SÍNueva Zelandia SÍ SÍ SÍ NOPakistán SÍ SÍ SÍ SÍPoloniaPortugal SÍ SÍ NO SÍReino Unido SÍ SÍ N/A SÍRepública Árabe SiriaRepública Checa SÍ SÍ N/A SÍRepública de Corea SÍ SÍ SÍ NORepública de Moldova SÍ SÍ N/A SÍRepública DominicanaRumania SÍ SÍ N/A SÍSenegalSerbia SÍ SÍ SÍ SÍSingapurSudáfrica SÍ SÍ SÍ SÍSudán SÍ NO NOSuecia SÍ SÍ NO SÍSuiza SÍ SÍ SÍ SÍTailandiaTúnezTurkmenistán SÍ SÍ SÍ SÍTurquía SÍ SÍ N/A SÍUcrania SÍ SÍ N/A SÍUruguayViet NamCE SÍ SÍ N/A SÍOAPIOBPI SÍ SÍ N/A SÍ

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 186

IX. PROCEDIMIENTOS DE NULIDADPosibles motivos

86. Los efectos del registro de un diseño industrial podrán ser anulados sobre la basede que el diseño:

Países/Oficinasregionales de P.I.

está dictado exclusivamentepor consideraciones técnicaso funcionales

está dictado en partepor consideracionestécnicas o funcionales

va en contra de la moralidado el orden público

Alemania SÍ NO SÍArabia SauditaArgelia SÍ SÍArgentina SÍ SÍ SÍArmenia SÍ N/A SÍAustralia N/A N/A SÍAustria SÍ SÍ SÍAzerbaiyánBangladeshBelarús SÍ NO SÍBhután SÍ SÍ SÍBosnia y HerzegovinaBrasil SÍ NO SÍBrunei Darussalam SÍ NO SÍBulgariaCamboya SÍ SÍ SÍCanadá N/A N/A N/AChileChinaColombia SÍ SÍ SÍCôte d’IvoireCroacia SÍ NO SÍDinamarca SÍ NO SÍEcuadorEl SalvadorEslovaquia SÍ NO SÍEslovenia SÍ SÍ SÍEspaña SÍ NO SÍEstados Unidos deAméricaEstonia SÍ NO SÍFederación de Rusia SÍ N/A SÍFilipinasFinlandia SÍ NO SÍGeorgiaGrecia SÍ NO SÍHungría SÍ NO SÍItaliaJapón SÍ NO SÍKenyaKirguistánla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

SÍ N/A SÍ

Letonia SÍ SÍ SÍLituania SÍ SÍ SÍMadagascarMalasia SÍ NO SÍMarruecos NO NO SÍ

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 187

IX. PROCEDIMIENTOS DE NULIDADPosibles motivos

86. Los efectos del registro de un diseño industrial podrán ser anulados sobre la basede que el diseño:

Países/Oficinasregionales de P.I.

está dictado exclusivamentepor consideraciones técnicaso funcionales

está dictado en partepor consideracionestécnicas o funcionales

va en contra de la moralidado el orden público

México SÍ SÍ SÍMónacoNicaraguaNoruega SÍ NO SÍNueva Zelandia SÍ NO NOPakistán SÍ SÍ SÍPoloniaPortugal SÍ NO SÍReino Unido SÍ NO SÍRepública Árabe SiriaRepública Checa SÍ NO SÍRepública de Corea SÍ NO SÍRepública de Moldova SÍ N/A SÍRepública DominicanaRumania SÍ NO SÍSenegalSerbia SÍ SÍ SÍSingapurSudáfrica SÍ SÍ SÍSudán SÍ SÍ SÍSuecia SÍ NO SÍSuiza SÍ SÍ SÍTailandiaTúnezTurkmenistán SÍ NO SÍTurquía SÍ NO SÍUcrania SÍ NO SÍUruguayViet NamCE SÍ SÍ SÍOAPIOBPI SÍ SÍ SÍ

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 188

IX. PROCEDIMIENTOS DE NULIDADPosibles motivos

86. Los efectos del registro de un diseño industrial podrán ser anulados sobre la basede que el diseño:

Países/Oficinasregionales de P.I.

está en conflictocon un derechoanterior

no fue solicitadopor el creador u otrapersona autorizada

otros

Alemania SÍ NOArabia SauditaArgelia SÍ SÍArgentina NO NOArmenia SÍ SÍAustralia SÍ SÍAustria SÍ SÍAzerbaiyánBangladeshBelarús SÍ SÍBhután SÍ NOBosnia y HerzegovinaBrasil SÍ SÍBrunei Darussalam SÍ SÍBulgaria si derechos de autor anteriores (art. 29.2)Camboya SÍ SÍCanadá N/A N/AChileChinaColombia SÍ SÍCôte d’Ivoire

Croacia SÍ SÍpuntos enumerados en el Art. 6ter del

Convenio de ParísDinamarca SÍ SÍEcuadorEl SalvadorEslovaquia SÍ SÍEslovenia SÍ SÍEspaña SÍ SÍEstados Unidos deAmérica

Estonia SÍ NO

es instable; es un diseño de circuitointegrado; es protegido bajo el art. 6ter;nombres y símbolos de Estado, unidades

administrativas y asociacionesFederación de Rusia SÍ SÍFilipinasFinlandia SÍ SÍGeorgia SÍ SÍGrecia NO SÍHungría SÍ SÍItaliaJapón NO SÍKenyaKirguistánla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

SÍ SÍ

Letonia SÍ SÍes una parte no visible durante el uso normaldel producto; está en conflicto con art. 6ter

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 189

IX. PROCEDIMIENTOS DE NULIDADPosibles motivos

86. Los efectos del registro de un diseño industrial podrán ser anulados sobre la basede que el diseño:

Países/Oficinasregionales de P.I.

está en conflictocon un derechoanterior

no fue solicitadopor el creador u otrapersona autorizada

otros

Lituania SÍ SÍ No permiso para los símbolos oficialesMadagascarMalasia SÍ SÍMarruecos SÍ NOMéxico SÍ SÍMónacoNicaraguaNoruega SÍ SÍNueva Zelandia SÍ SÍPakistán SÍ NO N/APoloniaPortugal SÍ SÍReino Unido SÍ SÍRepública Árabe SiriaRepública Checa SÍ SÍRepública de Corea SÍ SÍRepública de Moldova SÍ SÍ Art. 6ter del Convenio de ParísRepública DominicanaRumania SÍ SÍSenegalSerbia SÍ SÍSingapurSudáfrica SÍ SÍSudán SÍ SÍSuecia SÍ SÍSuiza SÍ SÍTailandiaTúnezTurkmenistán SÍ NOTurquía SÍ N/AUcrania SÍ SÍUruguayViet Nam

CE SÍ SÍconflicto con marcas anteriores; uso

impropio de derecho de autor; uso impropiosegún art. 6ter

OAPI

OBPI SÍ SÍ

Conflicto con una marca anterior; usoindebido de una obra protegida por derechode autor; uso indebido de un signo protegidoen virtud del articulo 6ter del Convenio de

París

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 190

IX. PROCEDIMIENTOS DE NULIDADAutoridad competente

87. Los efectos del registro de un diseño industrial podrán ser anulados por lasiguiente autoridad:

Países/Oficinasregionales de P.I.

la oficina depropiedad industrial

otro órganoadministrativo

un tribunal otros

Alemania NO NO SÍArabia SauditaArgelia NO NO SÍArgentina SÍ NO SÍArmenia SÍ N/A SÍAustralia SÍ NO SÍAustria SÍ NO SÍAzerbaiyánBangladeshBelarús SÍ NO SÍBhután SÍ NO SÍBosnia y HerzegovinaBrasil SÍ NO SÍBrunei DarussalamBulgaria SÍ NO NOCamboya SÍ N/A SÍCanadá NO NO SÍChileChinaColombia NO SÍ NO Consejo de EstadoCôte d’IvoireCroacia SÍ NO SÍ Comisión de apelaciónDinamarca SÍ SÍ SÍEcuadorEl SalvadorEslovaquia SÍ NO NOEslovenia SÍEspaña NO NO SÍEstados Unidos deAméricaEstonia NO NO SÍFederación de Rusia SÍ N/A SÍFilipinasFinlandia NO NO SÍGeorgia NO NO SÍGrecia NO NO SÍHungría SÍ NO SÍItaliaJapón SÍ NO N/AKenyaKirguistán SÍ SÍla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

SÍ SÍ SÍ

Letonia NO NO SÍComisión de apelación de la

oficina PILituania NO SÍ SÍ División de apelaciónMadagascarMalasia NO NO SÍMarruecos SÍ SÍ

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 191

IX. PROCEDIMIENTOS DE NULIDADAutoridad competente

87. Los efectos del registro de un diseño industrial podrán ser anulados por lasiguiente autoridad:

Países/Oficinasregionales de P.I.

la oficina depropiedad industrial

otro órganoadministrativo

un tribunal otros

México SÍ NO SÍMónacoNicaraguaNoruega SÍ SÍNueva Zelandia SÍ NO SÍPakistán SÍ NO SÍ N/APoloniaPortugal NO NO SÍReino Unido SÍ NO SÍRepública Árabe SiriaRepública Checa SÍ NO NORepública de Corea NO SÍ NORepública de Moldova NO NO SÍRepública DominicanaRumania NO NO SÍSenegalSerbia SÍ NO NOSingapurSudáfrica NO NO SÍSudán SÍSuecia SÍ NO SÍSuiza NO NO SÍTailandiaTúnezTurkmenistán SÍ NO SÍTurquía SÍ NO SÍUcrania NO NO SÍUruguayViet NamCE SÍ N/A SÍOAPIOBPI NO NO SÍ

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 192

X. GESTIÓN DE LOS REGISTROSRenovación

88. En virtud de la legislación aplicable, el registro de un diseño industrial se realizapor

Países/Oficinasregionales de P.I.

un único periodo de: un periodo inicial de: períodos adicionales de:Alemania 5 años 4 períodos suplementarios de 5 añosArabia Saudita 10 añosArgelia 1 año 9 añosArgentina 5 años 2 períodos suplementarios de 5 añosArmenia 15 añosAustralia 5 años 5 añosAustria 5 años 4 períodos suplementarios de 5 añosAzerbaiyán 10 añosBangladesh 5 años 2 períodos suplementarios de 5 añosBelarús 10 años 5 añosBhutánBosnia y Herzegovina 10 añosBrasil 10 años 3 períodos suplementarios de 5 añosBrunei Darussalam 5 años 2 períodos suplementarios de 5 añosBulgaria 10 años 3 períodos suplementarios de 5 añosCamboyaCanadá 5 años 5 añosChile 10 añosChina 10 añosColombia 10 añosCôte d’Ivoire 5 años 2 períodos suplementarios de 5 añosCroacia 5 años 4 períodos suplementarios de 5 añosDinamarca 5 añosEcuador 10 añosEl Salvador 10 añosEslovaquia 5 años 4 períodos suplementarios de 5 añosEsloveniaEspaña 5 años 4 períodos suplementarios de 5 añosEstados Unidos deAmérica

14 años

Estonia 5 años 4 períodos suplementarios de 5 añosFederación de Rusia 15 años 10 añosFilipinas 5 años 2 períodos suplementarios de 5 añosFinlandia 5 años 4 períodos suplementarios de 5 añosGeorgia 5 años 5 períodos suplementarios de 5 añosGrecia 5 años 4 períodos suplementarios de 5 añosHungría 5 años 4 períodos suplementarios de 5 añosItalia 5 años 4 períodos suplementarios de 5 añosJapón 1 año 20 períodos suplementarios de 1 añoKenya 5 años 2 períodos suplementarios de 5 añosKirguistán 10 años 1 período suplementario de 5 añola ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

5 años 4 períodos suplementarios de 5 años

Letonia 5 años 4 períodos suplementarios de 5 añosLituania 5 años 4 períodos suplementarios de 5 añosMadagascar 5 años 2 períodos suplementarios de 5 añosMalasiaMarruecos 5 años 2 períodos suplementarios de 5 añosMéxico 15 añosMónaco 10 años 4 períodos suplementarios de 10 años

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 193

X. GESTIÓN DE LOS REGISTROSRenovación

88. En virtud de la legislación aplicable, el registro de un diseño industrial se realizapor

Países/Oficinasregionales de P.I.

un único periodo de: un periodo inicial de: períodos adicionales de:Nicaragua 5 años 2 períodos suplementarios de 5 añosNoruega 5 años 4 períodos suplementarios de 5 añosNueva Zelandia 5 años 2 períodos suplementarios de 5 añosPakistánPolonia 5 años 4 períodos suplementarios de 5 añosPortugal 5 años 4 períodos suplementarios de 5 añosReino Unido 5 años 4 períodos suplementarios de 5 añosRepública Árabe Siria 5 años 5 períodos suplementarios de 5 añosRepública Checa 5 años 4 períodos suplementarios de 5 añosRepública de Corea 15 añosRepública de Moldova 5 años 4 períodos suplementarios de 5 añosRepública Dominicana 5 años 2 períodos suplementarios de 5 añosRumania 10 años 3 períodos suplementarios de 5 añosSenegal 5 años 2 períodos suplementarios de 5 añosSerbia 5 años 20 períodos suplementarios de 1 añoSingapur 5 años 2 períodos suplementarios de 5 años

Sudáfrica15 años10 años

SudánSuecia 5 años 4 períodos suplementarios de 5 añosSuiza 5 años 4 períodos suplementarios de 5 añosTailandia 10 añosTúnez 5 años 2 períodos suplementarios de 5 añosTurkmenistánTurquíaUcrania 15 añosUruguay 10 años 1 período suplementario de 5 añosVietnam 5 años 2 períodos suplementarios de 5 añosCE 5 años 4 períodos suplementarios de 5 añosOAPI 5 años 2 períodos suplementarios de 5 añosOBPI 5 años 4 períodos suplementarios de 5 años

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 194

X. GESTIÓN DE LOS REGISTROSRenovación

Países/Oficinasregionales de P.I.

89. Antes de que venza el correspondienteperiodo de registro, la Oficina envía un aviso deexpiración en el que se indica la fecha devencimiento del registro.

89bis. El aviso de expiración seenviará _ meses antes delvencimiento del periodo de registro

Alemania NO4 meses antes del vencimiento del

período de graciaArabia Saudita N/AArgelia NOArgentina NOArmenia NOAustralia NOAustria NOAzerbaiyán NOBangladesh NOBelarús NOBhutánBosnia y Herzegovina N/ABrasil NOBrunei Darussalam NOBulgaria NOCamboyaCanadá SÍ 6 mesesChile N/AChina SÍ 1 mesColombia NOCôte d’Ivoire NOCroacia SÍ 1 mesDinamarca SÍ 3 mesesEcuador NOEl Salvador NOEslovaquia NOEsloveniaEspaña SÍ 6 mesesEstados Unidos deAmérica

NO

Estonia NOFederación de Rusia NOFilipinas SÍ 12 mesesFinlandia SÍ 3 mesesGeorgia SÍ 6 mesesGrecia SÍ 1 mesHungría SÍ 1 mesItalia NOJapón NOKenya SÍ 3 mesesKirguistán SÍ 2 mesesla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

NO

Letonia SÍ 1 mesLituania NOMadagascar NOMalasiaMarruecos NOMéxico NO

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 195

X. GESTIÓN DE LOS REGISTROSRenovación

Países/Oficinasregionales de P.I.

89. Antes de que venza el correspondienteperiodo de registro, la Oficina envía un aviso deexpiración en el que se indica la fecha devencimiento del registro.

89bis. El aviso de expiración seenviará _ meses antes delvencimiento del periodo de registro

Mónaco NONicaragua NONoruega SÍ 6-12 meses

Nueva Zelandia SÍprimera vez 4 meses – segunda vez

1 mesPakistánPolonia NOPortugal SÍ 6 mesesReino Unido SÍ 3 mesesRepública Árabe Siria NORepública Checa SÍ 1 mesRepública de Corea SÍ 2 mesesRepública de Moldova SÍRepública Dominicana NORumania NOSenegal SÍSerbia NOSingapur SÍ 6 mesesSudáfrica N/ASudánSuecia NOSuiza SÍ 4 mesesTailandiaTúnez NOTurkmenistánTurquíaUcrania NOUruguay NOViet Nam NOCE SÍ 6 mesesOAPI NOOBPI SÍ 6 meses

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 196

X. GESTIÓN DE LOS REGISTROSRenovación

90. La renovación del registro de un diseño industrial puede efectuarse:Países/Oficinasregionales de P.I. enviando una solicitud por

escrito y pagando una tasapresentando un formulariooficial y pagando una tasa

pagando una tasa y sinenviar solicitud alguna

Alemania SÍ SÍ SÍArabia Saudita N/A N/A N/AArgeliaArgentina NO SÍ NOArmenia SÍ NO NOAustralia SÍ SÍ NOAustria NO NO SÍAzerbaiyán N/A N/A N/ABangladesh NO SÍ NOBelarús SÍ NO NOBhutánBosnia y Herzegovina N/A N/A N/ABrasil NO NO SÍBrunei Darussalam N/A SÍ N/ABulgaria SÍ SÍ NOCamboyaCanadá SÍ NO SÍChile N/A N/A N/AChina SÍColombia N/A N/A N/ACôte d’Ivoire SÍ NO NOCroacia SÍ SÍ NODinamarca SÍ SÍ SÍEcuadorEl Salvador NO NO NOEslovaquia SÍ NO NOEsloveniaEspaña SÍ SÍ NOEstados Unidos deAmérica

NO NO NO

Estonia SÍ NO NOFederación de Rusia NO SÍ NOFilipinas SÍ SÍ SÍFinlandia SÍ SÍ SÍGeorgia SÍ SÍ SÍGrecia SÍHungría SÍ NO NOItalia SÍ NO NOJapón SÍ SÍ NOKenya SÍ SÍ NOKirguistán SÍla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

N/A SÍ NO

Letonia SÍ NO NOLituania NO SÍ NOMadagascar NO SÍ NOMalasiaMarruecos NO SÍ NOMéxico SÍ NO SÍRepública de Moldova NO SÍ NO

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 197

X. GESTIÓN DE LOS REGISTROSRenovación

90. La renovación del registro de un diseño industrial puede efectuarse:Países/Oficinasregionales de P.I. enviando una solicitud por

escrito y pagando una tasapresentando un formulariooficial y pagando una tasa

pagando una tasa y sinenviar solicitud alguna

Mónaco SÍ SÍ NONicaragua NO SÍ NONoruega SÍ SÍ SÍNueva Zelandia NO SÍ NOPakistánPolonia NO NO SÍPortugal NO SÍ NOReino Unido SÍ SÍ SÍRepública Árabe Siria NO SÍ NORepública Checa SÍ NO NORepública de Corea SÍRepública de Moldova NO SÍ NORepública Dominicana SÍ NO NORumania SÍ SÍ NOSenegal SÍSerbia SÍ SÍ NOSingapur NO SÍ NOSudáfrica SÍ SÍ NOSudánSuecia SÍ SÍ SÍSuiza SÍ N/A SÍTailandiaTúnez SÍ SÍ NOTurkmenistánTurquíaUcrania N/A N/A N/AUruguay SÍ NO NOViet Nam NO SÍ NOCE SÍ NO SÍOAPI SÍOBPI SÍ SÍ SÍ

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 198

X. GESTIÓN DE LOS REGISTROSRenovación

Países/Oficinasregionales de P.I.

91. En caso de que el registroconcierna a un diseño múltiple, larenovación puede limitarse a ciertosdiseños industriales especificados enla solicitud.

92. En caso de que el pago de la tasa derenovación establecida no se haya realizadoantes de la fecha en que debe efectuarse larenovación, todavía podrá realizarse dentro deun periodo de gracia.

Alemania SÍ SÍArabia Saudita N/A N/AArgeliaArgentina N/A SÍArmenia SÍ NOAustralia N/A SÍAustria SÍ SÍAzerbaiyán NO N/ABangladesh N/A NOBelarús N/A SÍBhutánBosnia y Herzegovina N/A N/ABrasil NO SÍBrunei Darussalam SÍ SÍBulgaria SÍ SÍCamboyaCanadá SÍ SÍChile N/A N/AChina SÍColombia N/A N/ACôte d’Ivoire SÍ SÍCroacia SÍ SÍDinamarca SÍ SÍEcuadorEl Salvador N/A N/AEslovaquia SÍ SÍEsloveniaEspaña SÍ SÍEstados Unidos deAmérica

NO NO

Estonia N/A SÍFederación de Rusia SÍ SÍFilipinas NO SÍFinlandia SÍ SÍGeorgia SÍ SÍGrecia NO SÍHungría SÍ SÍItalia SÍ SÍJapón NO SÍKenya N/A SÍKirguistán NO SÍla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

SÍ SÍ

Letonia SÍ SÍLituania SÍ SÍMadagascar SÍ SÍMalasiaMarruecos SÍ SÍMéxico N/A SÍ

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 199

X. GESTIÓN DE LOS REGISTROSRenovación

Países/Oficinasregionales de P.I.

91. En caso de que el registroconcierna a un diseño múltiple, larenovación puede limitarse a ciertosdiseños industriales especificados enla solicitud.

92. En caso de que el pago de la tasa derenovación establecida no se haya realizadoantes de la fecha en que debe efectuarse larenovación, todavía podrá realizarse dentro deun periodo de gracia.

Mónaco SÍ SÍNicaragua NO SÍNoruega SÍ SÍNueva Zelandia N/A SÍPakistánPolonia NO SÍPortugal SÍ SÍReino Unido SÍ SÍRepública Árabe Siria SÍ NORepública Checa NO SÍRepública de Corea SÍ SÍRepública de Moldova SÍ SÍRepública Dominicana NO NORumania SÍ SÍ Senegal SÍ SÍSerbia SÍ SÍSingapur N/A SÍSudáfrica N/A SÍSudánSuecia SÍ SÍSuiza SÍ SÍTailandiaTúnez SÍ SÍTurkmenistánTurquíaUcrania N/A N/AUruguay SÍ SÍViet Nam N/A SÍCE SÍ SÍOAPI NO SÍOBPI SÍ SÍ

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 200

X. GESTIÓN DE LOS REGISTROSRenovación

Países/Oficinasregionales de P.I.

92bis. La duracióndel periodo degracia

92ter. Si no se realiza elpago durante el periodo degracia, puede restablecerseel registro después de suinvalidación

93. El % de diseños registrados quese renuevan es de:

Alemania

6 meses NO

solicitudes diseñohasta 10 años 37.16% 14.71%hasta 15 años 18.83% 6.04%hasta 20 años 10.13% 3.17%

Arabia Saudita N/AArgeliaArgentina 3 meses N/A 45%Armenia NO 5%Australia 6 meses SÍAustria 6 meses NOAzerbaiyán N/ABangladesh N/A 50%Belarús 6 meses SÍ 5%BhutánBosnia y Herzegovina N/ABrasil 3 meses NO 12%Brunei Darussalam 6 meses NO 100%Bulgaria 6 meses SÍ 5%CamboyaCanadá 6 meses NO 55%Chile N/AChina 6 mesesColombia N/ACôte d’Ivoire 6 meses SÍ 1%Croacia 6 meses NO 6.02%Dinamarca 6 meses SÍ 50%EcuadorEl Salvador N/AEslovaquia 6 meses NO 50%EsloveniaEspaña 6 meses NO 70%Estados Unidos deAmérica

N/A

Estonia 6 meses NO 60-70%Federación de Rusia 6 meses NO 17%Filipinas 6 meses 60-70%Finlandia 6 meses NO 40-50%Georgia 6 meses SÍ 20%Grecia 6 meses NO 80%Hungría 6 meses NO 50%Italia 6 meses NOJapón 6 meses NO 99.2%Kenya 6 meses SÍ 30%Kirguistán 6 meses NOla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

6 meses N/A 80%

Letonia 6 meses NO 30% para el segundo período deprotección – 10% para el tercero

Lituania 6 meses NO

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 201

X. GESTIÓN DE LOS REGISTROSRenovación

Países/Oficinasregionales de P.I.

92bis. La duracióndel periodo degracia

92ter. Si no se realiza elpago durante el periodo degracia, puede restablecerseel registro después de suinvalidación

93. El % de diseños registrados quese renuevan es de:

Madagascar 6 meses NO 9%MalasiaMarruecos 6 meses NOMéxico 6 meses NOMónaco 6 meses NO 15%Nicaragua 6 meses NO 90%Noruega 6 meses SÍ

Nueva Zelandia 6 meses SÍprimera renovación 95%segunda renovación 30%

PakistánPolonia 6 meses NO primera renovación 30%Portugal 6 meses SÍ 85%Reino Unido 1 mes SÍ 53%República Árabe Siria NORepública Checa 6 meses NO 40%República de Corea 6 meses SÍRepública de Moldova 6 meses SÍ 35%República DominicanaRumania 6 meses SÍ 70%Senegal 12 meses NOSerbia 6 meses NO 25%Singapur 6 meses NO 54%Sudáfrica 6 meses SÍSudánSuecia 6 meses NO 50%Suiza 6 meses SÍ 30%TailandiaTúnez 3 meses NO 30%TurkmenistánTurquíaUcrania N/AUruguay 6 meses NOViet Nam 6 meses NOCE 6 meses NOOAPI 6 meses SÍOBPI 6 meses NO 40%

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 202

X. GESTIÓN DE LOS REGISTROSLicencias

Países/Oficinasregionales de P.I.

94. En lo que respecta alos diseños industrialesregistrados, la legislaciónaplicable contempla lainscripción de las licencias.

95. La inscripción de lalicencia es un requisitonecesario para que la licenciasurta efecto entre las partes delcontrato de licencia.

96. El licenciatario puedeentablar un proceso porfalsificación en su nombresólo si la licencia estáinscrita.

Alemania NO N/A N/AArabia Saudita SÍ SÍ SÍArgelia SÍ SÍ SÍArgentina NO N/A N/AArmenia SÍ SÍ SÍAustralia SÍ NO N/AAustria NO NO NOAzerbaiyán SÍ SÍ SÍBangladesh NO SÍ SÍBelarús SÍ SÍ SÍBhutánBosnia yHerzegovina

SÍ SÍ SÍ

Brasil SÍ NO SÍBrunei Darussalam SÍ SÍ SÍBulgaria SÍ SÍ SÍCamboyaCanadá SÍ NO N/AChile SÍ NO SÍChina SÍ SÍ NOColombia SÍ SÍ SÍCôte d’Ivoire SÍ SÍ SÍCroacia SÍ NO SÍDinamarca SÍ NO NOEcuador SÍ NO NOEl Salvador NO NO SÍEslovaquia SÍ SÍ SÍEsloveniaEspaña SÍ SÍ SÍEstados Unidos deAmérica

SÍ NO NO

Estonia SÍ NO NOFederación de Rusia SÍ SÍ SÍFilipinas SÍ NO NOFinlandia SÍ NO SÍGeorgia SÍ NO NOGrecia SÍ SÍ SÍHungría SÍ NO SÍItalia NO N/A N/AJapón SÍ SÍ SÍKenya SÍ NO SÍKirguistán SÍ SÍ SÍla ex RepúblicaYugoslava deMacedonia

SÍ NO NO

Letonia SÍ NO NOLituania SÍ NO SÍMadagascar SÍ SÍ SÍMalasia

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 203

X. GESTIÓN DE LOS REGISTROSLicencias

Países/Oficinasregionales de P.I.

94. En lo que respecta alos diseños industrialesregistrados, la legislaciónaplicable contempla lainscripción de las licencias.

95. La inscripción de lalicencia es un requisitonecesario para que la licenciasurta efecto entre las partes delcontrato de licencia.

96. El licenciatario puedeentablar un proceso porfalsificación en su nombresólo si la licencia estáinscrita.

Marruecos SÍ NO SÍMéxico SÍ SÍ SÍMónaco NO N/A N/ANicaragua SÍ SÍ SÍNoruega SÍ NO NONueva Zelandia SÍ NO SÍPakistánPolonia SÍ NO SÍPortugal SÍ NO SÍReino Unido SÍ NO NORepública ÁrabeSiria

SÍ SÍ NO

República Checa SÍ NO NORepública de Corea SÍ N/A N/ARepública deMoldova

SÍ NO SÍ

RepúblicaDominicanaRumania SÍ NO SÍSenegal SÍ SÍ SÍSerbia SÍ NO NOSingapur SÍ NO SÍSudáfrica SÍ NO NOSudánSuecia SÍ NO NOSuiza SÍ NO NOTailandia SÍ SÍTúnez SÍ SÍ SÍTurkmenistánTurquíaUcrania SÍ NO NOUruguay SÍ NO SÍViet Nam SÍ NO N/ACE SÍ NO SÍOAPI SÍ NO SÍOBPI SÍ NO NO

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 204

X. GESTIÓN DE LOS REGISTROSLicencias

98. En relación con la inscripción de unalicencia, la Oficina acepta las pruebassiguientes:

Países/Oficinasregionales de P.I.

97. En caso de transferencia de latitularidad del diseño industrialregistrado, el cesionario sigueestando obligado por una licenciaexistente sólo si la licencia estáinscrita.

un extracto del contrato de licencia en el que seindiquen las partes y los derechos objeto delicencia.

Alemania N/A N/AArabia Saudita SÍ SÍArgelia SÍ SÍArgentina N/A N/AArmenia SÍ SÍAustralia SÍ SÍAustria NO SÍAzerbaiyán SÍ SÍBangladesh SÍ N/ABelarús SÍ N/ABhutánBosnia y Herzegovina SÍ N/ABrasil SÍ N/ABrunei Darussalam SÍ N/ABulgaria SÍ SÍCamboyaCanadá N/A SÍChile SÍ NOChina NO SÍColombia SÍ SÍCôte d’Ivoire SÍCroacia SÍ NODinamarca NO SÍEcuador NO SÍEl Salvador SÍ SÍEslovaquia SÍ SÍEsloveniaEspaña SÍ SÍEstados Unidos deAmérica

NO SÍ

Estonia NO NOFederación de Rusia SÍ SÍFilipinas NO SÍFinlandia SÍ SÍGeorgia SÍ SÍGrecia SÍHungría SÍ SÍItalia N/A N/AJapón SÍ SÍKenya SÍ SÍKirguistán SÍ SÍla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

NO NO

Letonia NO NOLituania SÍ NOMadagascar SÍ N/AMalasiaMarruecos SÍ SÍ

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 205

X. GESTIÓN DE LOS REGISTROSLicencias

98. En relación con la inscripción de unalicencia, la Oficina acepta las pruebassiguientes:

Países/Oficinasregionales de P.I.

97. En caso de transferencia de latitularidad del diseño industrialregistrado, el cesionario sigueestando obligado por una licenciaexistente sólo si la licencia estáinscrita.

un extracto del contrato de licencia en el que seindiquen las partes y los derechos objeto delicencia.

México SÍ NOMónaco N/A N/ANicaragua SÍ NONoruega NONueva Zelandia NO SÍPakistánPolonia NO NOPortugal NO NOReino Unido NO SÍRepública Árabe Siria SÍ SÍRepública Checa SÍ SÍRepública de Corea SÍ SÍRepública de Moldova NO SÍRepública DominicanaRumania SÍ SÍSenegal SÍ SÍSerbia NO SÍSingapur SÍ N/ASudáfrica N/A SÍSudánSuecia SÍ NOSuiza SÍ SÍTailandia SÍTúnez SÍ SÍTurkmenistánTurquíaUcrania SÍ NOUruguay SÍ SÍViet Nam N/A NOCE SÍ N/AOAPI NO SÍOBPI SÍ SÍ

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 206

X. GESTIÓN DE LOS REGISTROSLicencias

98. En relación con la inscripción de una licencia, la Oficina acepta las pruebassiguientes:

Países/Oficinasregionales de P.I.

un extracto certificado del contrato delicencia en el que se indiquen las partes ylos derechos objeto de licencia.

una declaración de licencia sin certificarfirmada por el titular y el licenciatario.

Alemania N/A N/AArabia Saudita SÍ SÍArgelia SÍArgentina N/A N/AArmenia SÍ N/AAustralia SÍ SÍAustria SÍ SÍAzerbaiyán SÍ SÍBangladesh SÍ SÍBelarús N/A SÍBhutánBosnia y Herzegovina N/A N/ABrasil N/A N/ABrunei Darussalam SÍ N/ABulgaria SÍ NOCamboyaCanadá SÍ SÍChile NO NOChinaColombia SÍ NOCôte d’IvoireCroacia SÍ SÍDinamarca NO SÍEcuador NOEl Salvador SÍ NOEslovaquia NO NOEsloveniaEspaña NO NOEstados Unidos deAmérica

SÍ SÍ

Estonia SÍ NOFederación de Rusia NO NOFilipinasFinlandia SÍ SÍGeorgia NO NOGrecia SÍHungría SÍ SÍItalia N/A N/AJapón NO SÍKenya SÍ NOKirguistán SÍ NOla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

SÍ NO

Letonia SÍ SÍLituania SÍ SÍMadagascar SÍ NOMalasiaMarruecos SÍ NO

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 207

X. GESTIÓN DE LOS REGISTROSLicencias

98. En relación con la inscripción de una licencia, la Oficina acepta las pruebassiguientes:

Países/Oficinasregionales de P.I.

un extracto certificado del contrato delicencia en el que se indiquen las partes ylos derechos objeto de licencia.

una declaración de licencia sin certificarfirmada por el titular y el licenciatario.

México SÍ NOMónaco N/A N/ANicaragua NO NONoruega SÍ SÍNueva Zelandia SÍ SÍPakistánPolonia NO NOPortugal NO SÍReino Unido SÍ SÍRepública Árabe Siria SÍ NORepública Checa SÍ NORepública de Corea SÍ SÍRepública de Moldova NO SÍRepública DominicanaRumania SÍ SÍSenegal SÍSerbia SÍ N/ASingapur N/A N/ASudáfrica SÍ NOSudánSuecia SÍ NOSuiza SÍ SÍTailandia SÍTúnez SÍ SÍTurkmenistánTurquíaUcrania SÍ NOUruguay SÍ NOViet Nam SÍ NOCE N/A N/AOAPI SÍ SÍOBPI SÍ SÍ

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 208

X. GESTIÓN DE LOS REGISTROSLicencias

100. La inscripción de una licencia es necesaria:Países/Oficinasregionales de P.I.

99. La petición de inscripciónde una licencia, debe indicarseel fundamento jurídico de lalicencia.

para mantener laprotección del diseñoindustrial en cuestión.

para mantener en vigor elregistro del diseñoindustrial en cuestión.

Alemania N/A N/A N/AArabia Saudita NO NO NOArgelia SÍ SÍArgentina N/A N/A N/AArmenia N/A SÍ SÍAustralia NO NO NOAustria NO NO NOAzerbaiyán SÍ SÍ SÍBangladesh N/A SÍ SÍBelarús SÍ NO NOBhutánBosnia y Herzegovina N/A NO NOBrasil NO NO NOBrunei Darussalam NO SÍ SÍBulgaria NO NO NOCamboyaCanadá NO NO NOChile NO NO NOChina NO NO NOColombia NO NO NOCôte d’IvoireCroacia SÍ SÍ NODinamarca NO NO NOEcuador SÍ NO NOEl Salvador NO NO NOEslovaquia NO SÍ SÍEsloveniaEspaña NO SÍ SÍEstados Unidos deAmérica

NO NO NO

Estonia NO NO NOFederación de Rusia NO NO NOFilipinas SÍ SÍ SÍFinlandia SÍ NO NOGeorgia NO NO NOGrecia SÍ SÍ NOHungría NO NO NOItalia N/A N/A N/AJapón SÍ NO NOKenya SÍ SÍ SÍKirguistán SÍ SÍla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

N/A NO NO

Letonia NO NO NOLituania NO NO NOMadagascar SÍ SÍ SÍMalasiaMarruecos SÍ NOMéxico SÍ NO NO

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 209

X. GESTIÓN DE LOS REGISTROSLicencias

100. La inscripción de una licencia es necesaria:Países/Oficinasregionales de P.I.

99. La petición de inscripciónde una licencia, debe indicarseel fundamento jurídico de lalicencia.

para mantener laprotección del diseñoindustrial en cuestión.

para mantener en vigor elregistro del diseñoindustrial en cuestión.

Mónaco N/A N/A N/ANicaragua SÍ NO NONoruega NO NO NONueva Zelandia SÍ NO NOPakistánPolonia N/A NO NOPortugal SÍ NO NOReino Unido NO NO NORepública Árabe Siria SÍ SÍ SÍRepública Checa SÍ NO NORepública de Corea SÍ NO NORepública de Moldova SÍ NO NORepública DominicanaRumania NO NO NOSenegal SÍ SÍ SÍSerbia SÍ NO NOSingapur N/A NO NOSudáfrica NO NO NOSudánSuecia SÍ NO NOSuiza NO NO NOTailandia SÍ SÍ SÍTúnez NO NO NOTurkmenistánTurquíaUcrania NO NO NOUruguay NO NO NOViet Nam N/A NO NOCE NO NO NOOAPI SÍ NO NOOBPI NO NO NO

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 210

X. GESTIÓN DE LOS REGISTROSLicencias

100. La inscripción de una licencia es necesaria:Países/Oficinasregionales de P.I. para que el

licenciatario puedaentablar un proceso porfalsificación del diseñoindustrial en cuestión

para que el licenciatariopueda intervenir en unproceso por falsificaciónentablado por el titular deldiseño industrial en cuestión

para que al licenciatario se lepaguen los daños yperjuicios resultantes de lafalsificación del diseñoindustrial en cuestión

Alemania N/A N/A N/AArabia Saudita SÍ SÍ SÍArgelia SÍ SÍ SÍArgentina N/A N/A N/AArmenia SÍ SÍ SÍAustralia N/A N/A N/AAustria NO NO NOAzerbaiyán SÍ SÍ SÍBangladesh SÍ SÍ SÍBelarús SÍ SÍ SÍBhutánBosnia y Herzegovina SÍ SÍ SÍBrasil SÍ SÍ SÍBrunei Darussalam SÍ SÍ SÍBulgaria SÍ SÍ SÍCamboyaCanadá NO NO NOChile SÍ SÍ SÍChina NO NO NOColombia SÍ SÍ SÍCôte d’IvoireCroacia SÍ SÍ SÍDinamarca NO NO NOEcuador SÍ SÍ SÍEl Salvador SÍ SÍ SÍEslovaquia NO NO NOEsloveniaEspaña SÍ SÍ SÍEstados Unidos deAmérica

NO NO NO

Estonia NO NO NOFederación de Rusia SÍ SÍ SÍFilipinas SÍ SÍ SÍFinlandia NO NO NOGeorgia NO SÍ SÍGrecia SÍ SÍ SÍHungría SÍ NO SÍItalia N/A N/A N/AJapón SÍ SÍ SÍKenya SÍ SÍ SÍKirguistán N/A N/A N/Ala ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

NO NO NO

Letonia NO NO NOLituania SÍ SÍ SÍMadagascar SÍ SÍ SÍMalasia

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 211

X. GESTIÓN DE LOS REGISTROSLicencias

100. La inscripción de una licencia es necesaria:Países/Oficinasregionales de P.I. para que el

licenciatario puedaentablar un proceso porfalsificación del diseñoindustrial en cuestión

para que el licenciatariopueda intervenir en unproceso por falsificaciónentablado por el titular deldiseño industrial en cuestión

para que al licenciatario se lepaguen los daños yperjuicios resultantes de lafalsificación del diseñoindustrial en cuestión

Marruecos SÍ SÍ SÍMéxico SÍ SÍ SÍMónaco N/A N/A N/ANicaragua SÍ SÍ SÍNoruega NO NO NONueva Zelandia SÍ SÍ SÍPakistánPolonia SÍ SÍ SÍPortugal SÍ SÍ SÍReino Unido SÍ SÍ SÍRepública Árabe Siria N/A SÍ N/ARepública Checa SÍ SÍ SÍRepública de Corea SÍ NO SÍRepública de Moldova SÍ SÍ SÍRepública DominicanaRumania SÍ SÍ SÍSenegal SÍ SÍ SÍSerbia SÍ N/A SÍSingapur SÍ SÍ SÍSudáfrica NO SÍ N/ASudánSuecia NO NO NOSuiza NO NO NOTailandiaTúnez SÍ SÍ SÍTurkmenistánTurquíaUcrania NO NO NOUruguay SÍ SÍ SÍViet Nam NO NO NOCE SÍ SÍ SÍOAPI SÍ SÍ SÍOBPI SÍ SÍ SÍ

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 212

X. GESTIÓN DE LOS REGISTROSEstructura de las tasas

Presentación, examen y registro

101. Las siguientes etapas del proceso de registro requieren el pago de una tasa:Países/Oficinasregionales de P.I. la presentación de la solicitud de

registro de un diseño industrial.el examen de la solicitudpor parte de la Oficina.

la publicación de undiseño industrial.

Alemania SÍ NO SÍArabia Saudita SÍ NO SÍArgelia SÍ SÍArgentina SÍ NO NOArmenia SÍ NO SÍAustralia SÍ SÍ NOAustria SÍ NO SÍAzerbaiyán SÍ SÍ SÍBangladesh SÍ NO NOBelarús SÍ NO NOBhutánBosnia y Herzegovina SÍ NO SÍBrasil SÍ NO NOBrunei Darussalam SÍ N/A SÍBulgaria SÍ SÍ SÍCamboyaCanadá SÍ NO N/AChile SÍ SÍ SÍChina SÍ NO SÍColombia SÍ NO NOCôte d’IvoireCroacia SÍ SÍ SÍDinamarca SÍ NO SÍEcuador SÍ NO NOEl Salvador SÍ NO SÍEslovaquia SÍ NO NOEsloveniaEspaña SÍ NO NOEstados Unidos deAmérica

SÍ SÍ NO

Estonia SÍ NO NOFederación de Rusia SÍ SÍ NOFilipinas SÍ NO SÍFinlandia SÍ NO SÍGeorgia SÍ NO SÍGrecia SÍ NO SÍHungría SÍ NO NOItalia SÍ N/A N/AJapón SÍ NO NOKenya SÍ NO SÍKirguistán SÍ SÍ SÍla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

SÍ NO SÍ

Letonia SÍ NO SÍLituania SÍ NO SÍMadagascar SÍ SÍ SÍMalasiaMarruecos SÍ NO NOMéxico SÍ NO NO

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 213

X. GESTIÓN DE LOS REGISTROSEstructura de las tasas

Presentación, examen y registro

101. Las siguientes etapas del proceso de registro requieren el pago de una tasa:Países/Oficinasregionales de P.I. la presentación de la solicitud de

registro de un diseño industrial.el examen de la solicitudpor parte de la Oficina.

la publicación de undiseño industrial.

Mónaco SÍ NO SÍNicaragua SÍ SÍ SÍNoruega SÍ NO NONueva Zelandia SÍ NO NOPakistánPolonia SÍ NOPortugal SÍ SÍ SÍReino Unido SÍ NO SÍRepública Árabe Siria SÍ NO SÍRepública Checa SÍ NO NORepública de Corea SÍ SÍ SÍRepública de Moldova SÍ SÍ SÍRepública Dominicana SÍ SÍ SÍRumania SÍ SÍ SÍSenegal SÍ SÍ SÍSerbia SÍ NO SÍSingapur SÍ NO NOSudáfrica SÍ NO NOSudánSuecia SÍ NO SÍSuiza SÍ NO SÍTailandia SÍ NO SÍTúnez SÍ NO NOTurkmenistánTurquíaUcrania SÍ NO SÍUruguay SÍ SÍ SÍViet Nam SÍ SÍ SÍCE SÍ NO SÍOAPI SÍ N/A SÍOBPI SÍ NO SÍ

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 214

X. GESTIÓN DE LOS REGISTROSEstructura de las tasas

Presentación, examen y registro

101. Las siguientes etapas del proceso de registro requieren el pago de una tasa:Países/Oficinasregionales de P.I. el aplazamiento de la

publicaciónla prórroga del plazo la emisión de un

certificado de registroAlemania NO NO NOArabia Saudita NO NO SÍArgeliaArgentina NO SÍ SÍArmenia N/A SÍAustralia N/A SÍ NOAustria N/A N/A SÍAzerbaiyán NO SÍ SÍBangladesh NO SÍ NOBelarús N/A SÍ SÍBhutánBosnia y Herzegovina N/A SÍ SÍBrasil NO SÍ NOBrunei Darussalam NO SÍ NOBulgaria N/A SÍ SÍCamboyaCanadá N/A NO NOChile NO NO SÍChina NO SÍ SÍColombia N/A SÍ SÍCôte d’IvoireCroacia SÍ SÍ SÍDinamarca NO NO NOEcuador NO NO SÍEl Salvador NO NO NOEslovaquia SÍ SÍ NOEsloveniaEspaña NO NO NOEstados Unidos deAmérica

N/A SÍ SÍ

Estonia NO SÍ NOFederación de Rusia NO SÍ SÍFilipinas NO SÍ SÍFinlandia NO NO NOGeorgia NO SÍ SÍGrecia SÍ N/A NOHungría SÍ SÍ NOItalia N/A N/A SÍJapón NO SÍ NOKenya SÍ SÍKirguistán SÍla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

N/A SÍ SÍ

Letonia SÍ SÍ NOLituania NO SÍ SMadagascar N/A SÍ SÍMalasiaMarruecos N/A SÍ NOMéxico N/A SÍ SÍ

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 215

X. GESTIÓN DE LOS REGISTROSEstructura de las tasas

Presentación, examen y registro

101. Las siguientes etapas del proceso de registro requieren el pago de una tasa:Países/Oficinasregionales de P.I. el aplazamiento de la

publicaciónla prórroga del plazo la emisión de un

certificado de registroMónaco N/A NO NONicaragua NO SÍ SÍNoruega NO NO NONueva Zelandia NO NO NOPakistánPolonia N/A NO SÍPortugal SÍ SÍ SÍReino Unido SÍ NO NORepública Árabe Siria NO NO SÍRepública Checa NO SÍ NORepública de Corea SÍ SÍ NORepública de Moldova SÍ SÍ SÍRepública DominicanaRumania SÍ SÍ SÍSenegal SÍ SÍ SÍSerbia NO SÍ SÍSingapur N/A NO NOSudáfrica SÍ SÍ NOSudánSuecia N/A NO NOSuiza NO NO NOTailandia NO NO SÍTúnez NO NO NOTurkmenistánTurquíaUcrania N/A SÍ SÍUruguay NO SÍ SÍViet Nam NO N/A SÍCE SÍ NO NOOAPI NO NO NOOBPI SÍ NO NO

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 216

X. GESTIÓN DE LOS REGISTROSEstructura de las tasas

Presentación, examen y registro

101bis. Si se tiene que pagar una tasa, sírvase indicar si ésta depende:Países/Oficinasregionales de P.I. del número de

diseños industrialesdel número dereproducciones

del número de clasesreivindicadas

de la presentación deuna muestra

Alemania SÍ NO NO NOArabia Saudita SÍ NO NO N/AArgeliaArgentina NO NO NOArmenia SÍ NO NO NOAustralia SÍ NO N/A NOAustria SÍ NO SÍ SÍAzerbaiyán SÍ NO NO NOBangladesh NO NO NO NOBelarús SÍ NO NO N/ABhutánBosnia y Herzegovina SÍ SÍ NO N/ABrasil NO NO NO NOBrunei Darussalam SÍ N/A SÍ N/ABulgaria SÍ SÍ NO N/ACamboyaCanadá NO SÍ NO N/AChile NO NO N/A NOChina NO NO NO NOColombia NO NO NO NOCôte d’IvoireCroacia SÍ NO NO NODinamarca SÍ SÍ NO NOEcuadorEl Salvador SÍ NO NO NOEslovaquia SÍ NO NO NOEsloveniaEspaña SÍ NO NO SÍEstados Unidos deAmérica

NO NO NO NO

Estonia SÍ NO NO N/AFederación de Rusia SÍ NO NO NOFilipinas SÍ SÍ SÍ SÍFinlandia SÍ SÍ SÍ SÍGeorgia NO NO NO NOGrecia SÍ NO NO NOHungría SÍ NO N/A N/AItalia SÍ N/A N/A N/AJapón N/A N/A N/A N/AKenya SÍ NO NO NOKirguistán SÍ NO NO NOla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

SÍ NO N/A NO

Letonia NO SÍ SÍ NOLituania SÍ NO NO NOMadagascar SÍ NO NO NOMalasiaMarruecos SÍ NO NO NOMéxico NO NO NO

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 217

X. GESTIÓN DE LOS REGISTROSEstructura de las tasas

Presentación, examen y registro

101bis. Si se tiene que pagar una tasa, sírvase indicar si ésta depende:Países/Oficinasregionales de P.I. del número de

diseños industrialesdel número dereproducciones

del número de clasesreivindicadas

de la presentación deuna muestra

Mónaco SÍ NO NO SÍNicaragua SÍ SÍ NONoruega SÍ NO SÍ SÍNueva Zelandia NO NO NO NOPakistánPolonia NO NO NO NOPortugal SÍ NO NO NOReino Unido SÍ NO NO NORepública Árabe Siria SÍ NO SÍ NORepública Checa SÍ NO NO N/ARepública de Corea SÍ NO NO NORepública de Moldova SÍ SÍ NO NORepública DominicanaRumania SÍ NO NO NOSenegal SÍ SÍ SÍSerbia SÍ NO NO NOSingapur SÍ NO N/A NOSudáfrica NO NO NO NOSudánSuecia SÍ SÍ SÍ SÍSuiza SÍ SÍ NO NOTailandia NO NO NOTúnez SÍ NO NO NOTurkmenistánTurquíaUcrania NO SÍ NO NOUruguay NO NO NOViet Nam SÍ SÍ NO NOCE SÍ NO NO NOOAPI SÍ NO NO SÍOBPI SÍ SÍ NO NO

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 218

X. GESTIÓN DE LOS REGISTROSEstructura de las tasas

Oposición

102. Las siguientes etapas del procedimiento deoposición requieren el pago de una tasa:

Países/Oficinasregionales de P.I.

la presentación deuna oposición

la prórroga delplazo

la audiencia

102bis. La tasa ésta dependedel número de diseñosindustriales objeto deoposición

Alemania N/A N/A N/A N/AArabia Saudita NO NO NO NOArgeliaArgentina N/A N/A N/AArmenia NO NO NO NOAustralia SÍ SÍ SÍ SÍAustria SÍ NO SÍ SÍ Azerbaiyán SÍ SÍ N/A NOBangladesh SÍ NO SÍ SÍBelarús SÍ N/A N/A NOBhutánBosnia y Herzegovina SÍ SÍ NO SÍBrasil SÍ NO NO NOBrunei Darussalam SÍ SÍ SÍ SÍBulgaria NO N/A N/A N/ACamboyaCanadá N/A N/A N/A N/AChile NO NO NO N/AChina SÍ NO NO NOColombia SÍ SÍ N/A NOCôte d’IvoireCroaciaDinamarca SÍ NO NO NOEcuadorEl Salvador NO NO NO N/AEslovaquia N/A N/A N/AEsloveniaEspaña NO NO NO SÍEstados Unidos deAmérica

N/A N/A N/A N/A

Estonia SÍ NO NO NOFederación de RusiaFilipinas SÍ NOFinlandia NO NO NO NOGeorgia SÍ NO NO NOGrecia N/A N/A N/A N/AHungría NO N/A N/A N/AItalia N/A N/A N/A N/AJapón N/A N/A N/A N/AKenya SÍ SÍ SÍ SÍKirguistán SÍ SÍ NO NOla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

SÍ N/A N/A N/A

Letonia SÍ SÍ NO NOLituania SÍ N/A NO SÍMadagascarMalasiaMarruecos N/A N/A N/A N/A

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 219

X. GESTIÓN DE LOS REGISTROSEstructura de las tasas

Oposición

102. Las siguientes etapas del procedimiento deoposición requieren el pago de una tasa:

Países/Oficinasregionales de P.I.

la presentación deuna oposición

la prórroga delplazo

la audiencia

102bis. La tasa ésta dependedel número de diseñosindustriales objeto deoposición

México N/A N/A N/A N/AMónaco NO NO NO NONicaragua N/A N/A N/A N/ANoruega N/A N/A N/A N/ANueva Zelandia SÍ NO SÍ SÍPakistánPolonia SÍ SÍ N/A NOPortugal SÍ N/A N/A NOReino Unido SÍ NO NO SÍRepública Árabe Siria SÍ NO SÍ SÍRepública Checa N/A N/A N/A N/ARepública de Corea SÍ SÍ NO NORepública de Moldova SÍ N/A NO NORepública DominicanaRumania SÍ SÍ NO NOSenegal SÍ SÍ SÍSerbiaSingapur SÍ NO SÍ SÍSudáfrica N/A N/A N/A N/ASudánSuecia NO NO NO N/ASuiza N/A N/A N/A N/ATailandia SÍ NO NO SÍTúnez N/A N/A N/ATurkmenistánTurquíaUcrania NO NO NO NOUruguay SÍ NO NO NOViet Nam NO N/A NOCE N/A N/A N/A N/AOAPI N/A N/A N/AOBPI NO NO NO NO

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 220

X. GESTIÓN DE LOS REGISTROSEstructura de las tasas

Renovación

103. La tasa de renovación depende:Países/Oficinasregionales de P.I. del número de

diseños industriales arenovar

del número dereproducciones

del número declases reivindicadas

del hecho dehaber presentadouna muestra

Alemania SÍ NO NO NOArabia Saudita N/A N/A N/A N/AArgeliaArgentina N/A N/A N/A N/AArmenia NO NO NO NOAustralia SÍ NO N/A NOAustria SÍ NO NO NOAzerbaiyán N/A N/A N/A N/ABangladesh SÍ NO NO NOBelarús NO NO NO N/ABhutánBosnia y Herzegovina N/A N/A N/A N/ABrasil NO NO NO NOBrunei Darussalam SÍ NO SÍ N/ABulgaria NO NO NO NOCamboyaCanadá NO NO NO N/AChile N/A N/A N/A N/AChina NO NO NO NOColombia N/A N/A N/A N/ACôte d’Ivoire NO NO NO NOCroacia SÍ NO NO NODinamarca SÍ NO NO NOEcuadorEl Salvador N/A N/A N/A N/AEslovaquia NO NO NO NOEsloveniaEspaña NO NO NO SÍEstados Unidos deAmérica

N/A N/A N/A N/A

Estonia NO NO NO N/ALituania SÍ NO NO NOFederación de Rusia NO NO NO NOFilipinas SÍ SÍ SÍ SÍFinlandia SÍ NO SÍ SÍGeorgia NO NO NO NOGrecia NO NO NO NOHungría SÍ NO N/A N/AItalia SÍ N/A N/A N/AJapón NO NO NO NOKenya SÍ NO NO NOKirguistán NO NO NO NOla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

NO NO N/A N/A

Letonia NO NO NO NOLituaniaMadagascar SÍ NO NO NOMalasia

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 221

X. GESTIÓN DE LOS REGISTROSEstructura de las tasas

Renovación

103. La tasa de renovación depende:Países/Oficinasregionales de P.I. del número de

diseños industriales arenovar

del número dereproducciones

del número declases reivindicadas

del hecho dehaber presentadouna muestra

Marruecos SÍ NO NO NOMéxico NO NO NO NOMónaco SÍ NO NO NONicaragua SÍ NO NO NONoruega SÍ SÍ SÍ NONueva Zelandia N/A NO NO NOPakistánPolonia NO NO NO NOPortugal SÍ NO NO NOReino Unido SÍ NO NO NORepública Árabe Siria SÍ NO SÍ NORepública Checa NO NO NO N/ARepública de Corea SÍ NO NO NORepública de Moldova SÍ NO NO N/ARepública DominicanaRumania SÍ NO NO NOSenegal SÍ SÍ SÍSerbia SÍ NO NO NOSingapur SÍ NO NO NOSudáfrica NO NO NO NOSudánSuecia SÍ SÍSuiza SÍ NO NO NOTailandiaTúnez SÍ NO NO NOTurkmenistánTurquíaUcrania NO NO NO NOUruguay NO NO NO NOViet Nam SÍ NO NO N/ACE SÍ NO NO NOOAPI NO NO NO NOOBPI SÍ NO NO NO

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 222

X. GESTIÓN DE LOS REGISTROSEstructura de las tasas

Renovación

104bis. La sobretasa depende:Países/Oficinasregionales de P.I.

104. El pago de la tasa derenovación durante el periodode gracia está sujeto al pago deuna sobretasa

del número de diseñosindustriales a renovar

del número dereproducciones

Alemania SÍ SÍ NOArabia Saudita N/A N/A N/AArgeliaArgentina NO N/A N/AArmenia NO NO NOAustralia SÍ NO NOAustria SÍ SÍ NOAzerbaiyán N/A N/A N/ABangladesh N/ABelarús SÍ NO NOBhutánBosnia y Herzegovina N/A N/A N/ABrasil NO N/A N/ABrunei Darussalam SÍ SÍ N/ABulgaria SÍ NO NOCamboyaCanadá SÍ NO NOChile N/A N/A N/AChina SÍ NO NOColombia N/A N/A N/ACôte d’Ivoire SÍ NO NOCroacia SÍ SÍ NODinamarca SÍ SÍ NOEcuadorEl Salvador N/A N/A N/AEslovaquia SÍ NO NOEsloveniaEspaña SÍ NO SÍEstados Unidos deAmérica

N/A N/A N/A

Estonia SÍ NO NOFederación de Rusia NOFilipinas SÍ SÍ SÍFinlandia SÍ SÍ NOGeorgia SÍ NO NOGrecia SÍ NO NOHungría NO N/A N/AItalia SÍ N/A N/AJapón SÍ NO NOKenya SÍ SÍ NOKirguistán SÍ NO NOla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

SÍ NO NO

Letonia SÍ NO NOLituania SÍ SÍ NOMadagascar SÍ SÍ SÍMalasiaMarruecos SÍ NO NO

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 223

X. GESTIÓN DE LOS REGISTROSEstructura de las tasas

Renovación

104bis. La sobretasa depende:Países/Oficinasregionales de P.I.

104. El pago de la tasa derenovación durante el periodode gracia está sujeto al pago deuna sobretasa

del número de diseñosindustriales a renovar

del número dereproducciones

México NOMónaco SÍ NO NONicaragua SÍ NO NONoruega SÍ NO NONueva Zelandia NO N/A N/APakistánPolonia SÍ NO NOPortugal SÍ SÍ NOReino Unido NO SÍ NORepública Árabe Siria NO NO NORepública Checa SÍ NO NORepública de Corea SÍ SÍRepública de Moldova SÍ SÍ NORepública DominicanaRumania SÍ SÍ NOSenegal SÍ NOSerbia SÍ SÍ NOSingapur SÍ SÍ NOSudáfrica SÍ NO NOSudánSuecia SÍ NO NOSuiza SÍ NO NOTailandia NO NO NOTúnez SÍ NO NOTurkmenistánTurquíaUcrania N/A N/A N/AUruguay SÍ NO NOViet Nam SÍ SÍ NOCE SÍ SÍ NOOAPI SÍ NO NOOBPI SÍ NO NO

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 224

105.GESTIÓN DE LOS REGISTROSEstructura de las tasas

Inscripción de licencias

Países/Oficinasregionales de P.I.

105. La inscripción de una licenciarequiere el pago de una tasa

105bis. La tasa depende del número dediseños industriales que cubre la licencia.

Alemania N/A N/AArabia Saudita SÍ SÍArgelia SÍArgentina N/A N/AArmenia SÍ SÍAustralia NOAustria SÍ SÍAzerbaiyán SÍ SÍBangladesh N/ABelarús SÍ NOBhutánBosnia y Herzegovina SÍ NOBrasil SÍ NOBrunei Darussalam SÍ SÍBulgaria SÍ NOCamboyaCanadá SÍ NOChileChina NOColombia SÍ NOCôte d’Ivoire SÍ NOCroacia SÍ NODinamarca NO NOEcuador SÍ SÍEl Salvador SÍ NOEslovaquia SÍ NOEsloveniaEspaña SÍ SÍEstados Unidos deAmérica

SÍ NO

Estonia SÍ NOFederación de Rusia SÍ SÍFilipinas SÍ SÍFinlandia SÍ NOGeorgia SÍ NOGrecia SÍ NOHungría SÍ NOItalia N/A N/AJapón SÍ NOKenya SÍ SÍKirguistán SÍ NOla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

SÍ NO

Letonia SÍ NOLituania SÍ SÍMadagascar SÍ SÍMalasiaMarruecos SÍ NOMéxico SÍ SÍMónaco N/A N/A

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 225

105.GESTIÓN DE LOS REGISTROSEstructura de las tasas

Inscripción de licencias

Países/Oficinasregionales de P.I.

105. La inscripción de una licenciarequiere el pago de una tasa

105bis. La tasa depende del número dediseños industriales que cubre la licencia.

Nicaragua NONoruega SÍ NONueva Zelandia NO N/APakistánPolonia SÍ NOPortugal SÍ NOReino Unido NORepública Árabe Siria SÍ SÍRepública Checa SÍ SÍRepública de Corea SÍ NORepública de Moldova SÍ SÍRepública DominicanaRumania SÍ NOSenegal SÍ SÍSerbia SÍ SÍSingapur SÍ SÍSudáfrica SÍ SÍSudánSuecia NO N/ASuiza NOTailandia SÍ NOTúnez SÍ NOTurkmenistánTurquíaUcrania SÍ SÍUruguay SÍ NOViet Nam SÍ SÍCE SÍ SÍOAPI SÍ NOOBPI SÍ SÍ

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 226

XI. COMUNICACIÓN CON LA OFICINAMedios de comunicación

106. La Oficina acepta comunicaciones:Países/Oficinasregionales de P.I. en papel presentadas a través de medios

electrónicos de transmisión,por ejemplo el fax

presentadas de formaelectrónica, por ejemplo através de Internet

Alemania SÍ SÍ NOArabia Saudita SÍ SÍ NOArgelia SÍArgentina SÍArmenia SÍ NO NOAustralia SÍ SÍ NOAustria SÍ SÍ SÍAzerbaiyán SÍ SÍ NOBangladesh SÍ NO NOBelarús SÍ SÍ SÍBhutánBosnia y Herzegovina SÍ SÍ NOBrasil SÍ NO NOBrunei Darussalam SÍ SÍ N/ABulgaria SÍ SÍ NOCamboyaCanadá SÍ SÍ SÍChile SÍ NO NOChina SÍ NO SÍColombia SÍ NO NOCôte d’Ivoire SÍ SÍ SÍCroacia SÍ NO NODinamarca SÍ SÍ SÍEcuador SÍ SÍEl Salvador SÍ NO NOEslovaquia SÍ SÍ NOEsloveniaEspaña SÍ SÍ SÍEstados Unidos deAmérica

SÍ SÍ SÍ

Estonia SÍ SÍ SÍFederación de Rusia SÍ SÍ NOFilipinas SÍ N/A N/AFinlandia SÍ SÍ SÍGeorgia SÍ NO NOGrecia SÍ SÍ NOHungría SÍ SÍ SÍItalia SÍ NO NOJapón SÍ NO SÍKenya SÍ NO NOKirguistán SÍ SÍ SÍla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

SÍ SÍ NO

Letonia SÍ SÍ SÍLituania SÍMadagascar SÍ SÍ SÍMalasiaMarruecos SÍ NO NOMéxico

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XI. COMUNICACIÓN CON LA OFICINAMedios de comunicación

106. La Oficina acepta comunicaciones:Países/Oficinasregionales de P.I. en papel presentadas a través de medios

electrónicos de transmisión,por ejemplo el fax

presentadas de formaelectrónica, por ejemplo através de Internet

Mónaco SÍ NO NONicaragua SÍ SÍ NONoruega SÍ SÍ SÍNueva Zelandia SÍ SÍ SÍPakistánPolonia SÍ SÍ NOPortugal SÍ SÍ SÍReino Unido SÍ SÍ SÍRepública Árabe Siria SÍ N/A N/ARepública Checa SÍ SÍ SÍRepública de Corea SÍ SÍ SÍRepública de Moldova SÍ SÍ SÍRepública DominicanaRumania SÍ SÍ NOSenegal SÍSerbia SÍ SÍ NOSingapur SÍ SÍ NOSudáfrica SÍ SÍ NOSudánSuecia SÍ SÍ SÍSuiza SÍ SÍ SÍTailandia SÍ N/A N/ATúnez SÍ NO NOTurkmenistánTurquíaUcrania SÍ SÍ NOUruguay SÍ NO NOViet Nam SÍ NO NOCE SÍ SÍ SÍOAPI SÍ SÍ NOOBPI SÍ SÍ NO

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 228

XI. COMUNICACIÓN CON LA OFICINAMedios de comunicación

107. Las solicitudes pueden presentase:Países/Oficinasregionales de P.I. en papel en papel, acompañadas

de reproducciones ensoporte electrónico

por medioselectrónicos detransmisión

en formato electrónico(presentaciónelectrónica)

Alemania SÍ NO SÍ NOArabia Saudita SÍ SÍ NO NOArgelia SÍ SÍArgentina SÍ NO NO NOArmenia SÍ SÍ SÍ SÍAustralia SÍ NO SÍ NOAustria SÍ NO SÍ NOAzerbaiyán SÍ SÍ SÍ NOBangladesh SÍ NO NO NOBelarús SÍ NO SÍ NOBhutánBosnia y Herzegovina SÍ NO SÍ SÍBrasil SÍ NO NO NOBrunei Darussalam SÍ SÍ SÍ N/ABulgaria SÍ NO NO NOCamboyaCanadá SÍ NO SÍ SÍChile SÍ NO NO SÍChina SÍ NO NO SÍColombia SÍ NO NO NOCôte d’IvoireCroacia SÍ SÍ NO NODinamarca SÍ SÍ SÍ SÍEcuadorEl Salvador SÍ SÍ NO NOEslovaquia SÍ NO SÍ NOEsloveniaEspaña SÍ SÍ NO NOEstados Unidos deAmérica

SÍ NO NO SÍ

Estonia SÍ NO NO SÍFederación de Rusia SÍ SÍ SÍ NOFilipinas SÍ N/A N/A N/AFinlandia SÍ NO NO NOGeorgia SÍ NO NO NOGrecia SÍ NO SÍ NOHungría SÍ NO NO SÍItalia SÍ NO NO SÍJapón SÍ N/A NO SÍKenya SÍ NO NO NOKirguistán SÍ NO NO NOla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

SÍ N/A SÍ NO

Letonia SÍ NO NO NOLituania SÍMadagascar SÍ NO NO NOMalasiaMarruecos SÍ NO NO NOMéxico

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 229

XI. COMUNICACIÓN CON LA OFICINAMedios de comunicación

107. Las solicitudes pueden presentase:Países/Oficinasregionales de P.I. en papel en papel, acompañadas

de reproducciones ensoporte electrónico

por medioselectrónicos detransmisión

en formato electrónico(presentaciónelectrónica)

Mónaco SÍ NO NO NONicaragua SÍ NO NO NONoruega SÍ SÍ SÍ SÍNueva Zelandia SÍ SÍ SÍ SÍPakistánPolonia SÍ NO SÍ NOPortugal SÍ SÍ SÍ SÍReino Unido SÍ NO SÍ NORepública Árabe Siria SÍ N/A N/A N/ARepública Checa SÍ NO SÍ SÍRepública de Corea SÍ N/A SÍ SÍRepública de Moldova SÍ SÍ SÍ NORepública DominicanaRumania SÍ SÍ SÍ NOSenegal SÍSerbia SÍ NO SÍ NOSingapur SÍ NO SÍ NOSudáfrica SÍ NO SÍ NOSudánSuecia SÍ SÍ SÍ SÍSuiza SÍ SÍ SÍ NOTailandia SÍ NO N/A N/ATúnez SÍ NO NO NOTurkmenistánTurquíaUcrania SÍ SÍ SÍ NOUruguay SÍ SÍ NO NOViet Nam SÍ SÍ NO NOCE SÍ NO SÍ SÍOAPI SÍ SÍ NO NOOBPI SÍ NO SÍ NO

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 230

XI. COMUNICACIÓN CON LA OFICINAFirma y autenticación

Comunicaciones en papel

108. Una comunicación en papel debe:Países/Oficinasregionales de P.I. estar firmada por

el solicitante,titular u otrapersona interesada

acompañarse de pruebascuando la Oficina poneen duda la autenticidadde la firma.

en generalestarcertificada

estar certificada sóloen casos especiales,tales como larenuncia a un registro

Alemania SÍ NO NO SÍArabia Saudita SÍ NO SÍ SÍArgelia SÍArgentina SÍ SÍ NO NOArmenia SÍ NO NO N/AAustralia SÍ NO NO NOAustria SÍ SÍ NO NOAzerbaiyán SÍ SÍ SÍ SÍBangladesh SÍ SÍ NO N/ABelarús SÍ NO NO SÍBhutánBosnia y Herzegovina SÍ SÍ NO SÍBrasil SÍ SÍ NO NOBrunei Darussalam SÍ NO NO SÍBulgaria SÍ SÍ NO SÍCamboyaCanadá NO N/A NO N/AChile SÍ SÍ NO SÍChina SÍ NO SÍ NOColombia SÍ SÍ NO NOCôte d’IvoireCroacia SÍ SÍ NO NODinamarca SÍ SÍ NO NOEcuador SÍ SÍEl Salvador SÍ SÍ SÍ SÍEslovaquia SÍ SÍ NO NOEsloveniaEspaña SÍ SÍ NO NOEstados Unidos deAmérica

SÍ SÍ NO NO

Estonia SÍ NO NO NOFederación de Rusia SÍ NO NO NOFilipinas SÍ N/A N/AFinlandia SÍ NO NO NOGeorgia SÍ SÍ NO SÍGrecia SÍ NO NO SÍHungría SÍ NO NO NOItalia SÍ SÍ SÍ N/AJapón N/A SÍ NO N/AKenya SÍ N/A N/A SÍKirguistánla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

SÍ NO N/A N/A

Letonia SÍ NO NO NOLituania SÍ NO NO NOMadagascar SÍ N/A NO N/AMalasia

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 231

XI. COMUNICACIÓN CON LA OFICINAFirma y autenticación

Comunicaciones en papel

108. Una comunicación en papel debe:Países/Oficinasregionales de P.I. estar firmada por

el solicitante,titular u otrapersona interesada

acompañarse de pruebascuando la Oficina poneen duda la autenticidadde la firma.

en generalestarcertificada

estar certificada sóloen casos especiales,tales como larenuncia a un registro

Marruecos SÍ NO NO NOMéxicoMónaco SÍ SÍ NO NONicaragua SÍ SÍ NO NONoruega SÍ SÍ NO NONueva Zelandia SÍ NO NO NOPakistánPolonia SÍ SÍ NO SÍPortugal SÍ SÍ NO NOReino Unido NO NO NO SÍRepública Árabe Siria SÍ SÍ SÍ NORepública Checa SÍ NO NO NORepública de Corea SÍ SÍ NO SÍRepública de Moldova SÍ NO NO NORepública DominicanaRumania SÍ NO NO NOSenegal SÍSerbia SÍ SÍ NO N/ASingapur SÍ SÍ N/A NOSudáfrica SÍ NO NO SÍSudánSuecia SÍ NO NO NOSuiza NO NO NO NOTailandia SÍ SÍ SÍ SÍTúnez SÍ NO NO NOTurkmenistánTurquíaUcrania SÍ NO NO SÍUruguay SÍ SÍ NO NOViet Nam SÍ SÍ SÍ NOCE SÍ NO NO NOOAPI SÍ NO NO NOOBPI SÍ NO NO SÍ

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 232

XI. COMUNICACIÓN CON LA OFICINAFirma y autenticación

Utilización de medios electrónicos de transmisión

Países/Oficinasregionales de P.I.

109. Las comunicacionespresentadas utilizando medioselectrónicos de transmisión seconsideraran firmadas si unarepresentación gráfica de la firmaaparece en la comunicación.

110. El original de unacomunicación presentadautilizando medioselectrónicos de transmisióndebe presentarse a laOficina.

110bis. El plazoaplicable:

Alemania SÍ NOArabia Saudita N/A N/AArgelia NO NOArgentina NO N/AArmenia N/A N/AAustralia SÍ NOAustria SÍ NOAzerbaiyán SÍ SÍ 1 mesBangladesh N/A N/ABelarús SÍ SÍ 1 mesBhutánBosnia y Herzegovina SÍ N/ABrasil N/A N/ABrunei Darussalam SÍ SÍ 2 mesesBulgaria NO SÍ 1 mesCamboyaCanadá SÍ NOChile N/A N/AChina NO SÍ 2 mesesColombia N/A N/ACôte d’IvoireCroacia N/A N/ADinamarca NO SÍ 2 mesesEcuadorEl Salvador N/A N/AEslovaquia SÍ SÍ 14 díasEsloveniaEspaña SÍ NOEstados Unidos deAmérica

SÍ NO

Estonia NO N/AFederación de Rusia SÍ SÍ 1 mesFilipinas N/AFinlandia N/A N/AGeorgia N/A N/AGrecia NO SÍ 10 díasHungría SÍ SÍ NOItalia NO NOJapón NO NOKenya N/A N/AKirguistánla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

SÍ SÍ

Letonia NO NOLituania N/AMadagascar N/A SÍ

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 233

XI. COMUNICACIÓN CON LA OFICINAFirma y autenticación

Utilización de medios electrónicos de transmisión

Países/Oficinasregionales de P.I.

109. Las comunicacionespresentadas utilizando medioselectrónicos de transmisión seconsideraran firmadas si unarepresentación gráfica de la firmaaparece en la comunicación.

110. El original de unacomunicación presentadautilizando medioselectrónicos de transmisióndebe presentarse a laOficina.

110bis. El plazoaplicable:

MalasiaMarruecos N/AMéxicoMónaco N/A N/ANicaraguaNoruega SÍ NONueva Zelandia NO NOPakistánPoloniaPortugal NO SÍ 1 mesReino Unido N/A N/ARepública Árabe Siria NO N/ARepública Checa NO SÍ 5 díasRepública de Corea NO NORepública de Moldova SÍ SÍ 1 mesRepública DominicanaRumania SÍ SÍ 1 mesSenegal NOSerbia SÍ SÍ 1 mesSingapur SÍ SÍ 14 díasSudáfrica NO SÍ 2 semanasSudánSuecia NO SÍ 2 mesesSuiza NO NOTailandia N/A N/ATúnez N/A N/ATurkmenistánTurquíaUcrania SÍ SÍ 1 mesUruguay N/A N/AViet Nam N/A N/ACE NO SÍ 1 mesOAPI N/A SÍOBPI NO SÍ

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 234

XI. COMUNICACIÓN CON LA OFICINAFirma y autenticación

Comunicaciones presentadas en formato electrónico

112. Las solicitudes presentadas en formatoelectrónico deben acompañarse de unareproducción del diseño industrial:

Países/Oficinasregionales de P.I.

111. Las comunicaciones presentadasen formato electrónico pueden serautenticadas a través de un sistemaelectrónico de autenticación. en formato JPG en cualquier otro formato

Alemania N/A N/AArabia Saudita N/A N/AArgelia NO NOArgentina N/A N/AArmenia N/A N/AAustralia N/A N/AAustria N/A N/AAzerbaiyán N/A N/ABangladesh N/A N/ABelarús N/A N/ABhutánBosnia y Herzegovina N/A N/ABrasil N/A N/ABrunei Darussalam N/A N/ABulgaria N/A N/ACamboyaCanadá N/A SÍ .tiffChile N/A NO .docChina SÍ SÍColombia N/A N/ACôte d’IvoireCroacia N/A N/ADinamarca NO N/AEcuadorEl Salvador N/A N/AEslovaquia N/A N/AEsloveniaEspaña NO NOEstados Unidos deAmérica

SÍ SÍ .pdf

Estonia SÍ SÍ .doc, .txt, .rtf, .pdfFederación de Rusia N/A N/AFilipinas N/A N/AFinlandia N/A N/AGeorgia N/A N/AGrecia N/A N/AHungría SÍ SÍItalia SÍ SÍJapón SÍ SÍKenya N/A N/AKirguistánla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

N/A N/A

Letonia SÍ N/ALituania NO N/AMadagascar N/A N/AMalasiaMarruecos

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XI. COMUNICACIÓN CON LA OFICINAFirma y autenticación

Comunicaciones presentadas en formato electrónico

112. Las solicitudes presentadas en formatoelectrónico deben acompañarse de unareproducción del diseño industrial:

Países/Oficinasregionales de P.I.

111. Las comunicaciones presentadasen formato electrónico pueden serautenticadas a través de un sistemaelectrónico de autenticación. en formato JPG en cualquier otro formato

MéxicoMónaco N/A N/ANicaraguaNoruega SÍ NONueva Zelandia SÍ SÍ .tiff, .doc, .giff, .pdfPakistánPolonia NO N/APortugal SÍ SÍ .pdfReino Unido N/A N/ARepública Árabe Siria NO N/ARepública Checa SÍ NO cualquier formatoRepública de Corea SÍ SÍ .tiffRepública de Moldova N/A N/ARepública DominicanaRumaniaSenegalSerbia N/A N/ASingapur NO SÍSudáfrica NO N/ASudánSuecia NO SÍSuiza N/A N/ATailandia N/A N/ATúnez N/A N/ATurkmenistánTurquíaUcrania N/A N/AUruguay N/A N/AViet Nam N/A N/ACE NO SÍOAPI NO N/AOBPI NO NO

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 236

XI. COMUNICACIÓN CON LA OFICINAFirma y autenticación

Comunicaciones presentadas en formato electrónico

Países/Oficinasregionales de P.I.

113. En caso de que una solicitud múltiple se presente enformato electrónico, hay un límite del número total de diseños.

113bis. El límite

Alemania N/AArabia Saudita N/AArgelia NOArgentina N/AArmenia N/AAustralia N/AAustria N/AAzerbaiyán N/ABangladesh N/ABelarús N/ABhutánBosnia y Herzegovina N/ABrasil N/ABrunei Darussalam N/ABulgaria N/ACamboyaCanadá NOChile N/AChinaColombia N/ACôte d’IvoireCroacia N/ADinamarca NOEcuadorEl Salvador N/AEslovaquia N/AEsloveniaEspaña NOEstados Unidos deAmérica

NO

Estonia N/AFederación de Rusia N/AFilipinas N/AFinlandia N/AGeorgia N/AGrecia N/AHungría SÍ 50Italia NOJapón NOKenya N/AKirguistánla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

N/A

Letonia N/ALituania N/AMadagascar N/AMalasiaMarruecosMéxico N/A

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 237

XI. COMUNICACIÓN CON LA OFICINAFirma y autenticación

Comunicaciones presentadas en formato electrónico

Países/Oficinasregionales de P.I.

113. En caso de que una solicitud múltiple se presente enformato electrónico, hay un límite del número total de diseños.

113bis. El límite

Mónaco N/ANicaraguaNoruega SÍ 100Nueva Zelandia N/APakistánPolonia N/APortugal SÍ 10Reino Unido N/ARepública Árabe Siria N/ARepública Checa NORepública de Corea SÍ 20República de Moldova N/ARepública Dominicana 20RumaniaSenegalSerbia N/ASingapur N/ASudáfricaSudánSuecia NOSuiza N/ATailandiaTúnez N/ATurkmenistánTurquíaUcrania N/AUruguay N/AViet Nam N/ACE SÍ 99OAPI N/AOBPI N/A

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XI. COMUNICACIÓN CON LA OFICINAMedidas de subsanación

114. En virtud de la legislación aplicable, una o varias de las siguientes medidas desubsanación están previstas en caso de que no se haya cumplido el plazo en unprocedimiento ante la Oficina:

Países/Oficinasregionales de P.I.

la prórroga del plazo la continuación de latramitación

el restablecimiento de losderechos

Alemania SÍ SÍ SÍArabia Saudita SÍ SÍ N/AArgeliaArgentina SÍ SÍ N/AArmenia N/A N/A N/AAustralia SÍ NO SÍAustria N/A N/A N/AAzerbaiyán SÍ SÍ SÍBangladesh SÍ N/A NOBelarús SÍ NO NOBhutánBosnia y Herzegovina SÍ NO N/ABrasil SÍ NO NOBrunei Darussalam SÍ NO NOBulgaria NO NO SÍCamboyaCanadá SÍ NO SÍChileChina SÍColombia SÍ NO NOCôte d’Ivoire SÍ SÍCroacia SÍ NO SÍDinamarca SÍ SÍ SÍEcuador SÍ SÍ SÍEl Salvador NO NO NOEslovaquia SÍ SÍ SÍEsloveniaEspaña SÍ NO SÍEstados Unidos deAmérica

SÍ SÍ NO

Estonia SÍ NO SÍFederación de Rusia SÍ N/A SÍFilipinas N/A N/A N/AFinlandia SÍ SÍ NOGeorgia SÍ SÍ SÍGrecia NO NO NOHungría SÍ SÍ SÍItalia SÍ SÍ SÍJapón NO NO N/AKenya SÍ SÍ SÍKirguistánla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

SÍ NO SÍ

Letonia SÍ NO NOLituania SÍ NO NOMadagascar SÍ SÍ SÍMalasiaMarruecos SÍ SÍ NO

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 239

XI. COMUNICACIÓN CON LA OFICINAMedidas de subsanación

114. En virtud de la legislación aplicable, una o varias de las siguientes medidas desubsanación están previstas en caso de que no se haya cumplido el plazo en unprocedimiento ante la Oficina:

Países/Oficinasregionales de P.I.

la prórroga del plazo la continuación de latramitación

el restablecimiento de losderechos

México SÍ SÍ NOMónaco SÍ SÍ NONicaragua SÍ NO NONoruega SÍ SÍ SÍNueva Zelandia SÍ NO NOPakistánPolonia SÍ SÍ SÍPortugal SÍ NO SÍReino Unido N/A N/A N/ARepública Árabe Siria NO NO NORepública Checa SÍ NO SÍRepública de Corea SÍ SÍ SÍRepública de Moldova SÍ N/A SÍRepública DominicanaRumania SÍ SÍ SÍSenegal SÍ SÍ SÍSerbia SÍ SÍ SÍSingapur SÍ NO SÍSudáfrica SÍ SÍSudánSuecia SÍ SÍ NOSuiza NO SÍ NOTailandia SÍ SÍ NOTúnez N/A N/A N/ATurkmenistánTurquíaUcrania SÍ NO NOUruguay NO NO NOViet Nam SÍ NO NOCE SÍ NO SÍOAPI SÍ NO SÍOBPI SÍ NO NO

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 240

XII. RELACIÓN CON LAS MARCASObjetos que gozan de doble protección

115. En virtud de la legislación aplicable, pueden ser objeto de doble protección, comomarcas y como diseños industriales:

Países/Oficinasregionales de P.I.

un tipo de letra una palabra o una secuenciade letras en caracteres estándar

los colores el color per se

Alemania SÍ NO SÍ NOArabia SauditaArgelia NO NO SÍ NOArgentina NO SÍ NO NOArmenia SÍ NO N/A NOAustralia N/A NO SÍ NOAustria SÍ NO NO NOAzerbaiyánBangladeshBelarús NO NO SÍ NOBhután NO NO SÍ SÍBosnia y HerzegovinaBrasil SÍ NO NO NOBrunei DarussalamBulgaria NO NO SÍ NOCamboya N/A N/A N/A N/ACanadá SÍ NO NO NO ChileChinaColombia NO NO NO NOCôte d’IvoireCroacia SÍ NO NO NODinamarca SÍ SÍ SÍ SÍEcuadorEl SalvadorEslovaquia NO NO NO NOEslovenia SÍ NO NO NOEspaña SÍ NO SÍ NOEstados Unidos deAméricaEstonia SÍ N/A N/A N/AFederación de Rusia NO NO NO NOFilipinasFinlandia SÍ NO NO NOGeorgia NO NO SÍ NOGreciaHungría NO NO SÍ NOItaliaJapón NO NO NO NOKenyaKirguistán SÍ NO NO NOla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

N/A N/A SÍ N/A

Letonia NO NO SÍ NOLituania SÍ NO SÍ SÍMadagascarMalasia NO NO NO NOMarruecos SÍ SÍ SÍ SÍMéxico NO NO NO NO

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 241

XII. RELACIÓN CON LAS MARCASObjetos que gozan de doble protección

115. En virtud de la legislación aplicable, pueden ser objeto de doble protección, comomarcas y como diseños industriales:

Países/Oficinasregionales de P.I.

un tipo de letra una palabra o una secuenciade letras en caracteres estándar

los colores el color per se

MónacoNicaraguaNoruega SÍ NO NO NONueva Zelandia NO NO NO NOPakistán NO NO NO NOPoloniaPortugal NO NO SÍ NOReino Unido SÍ SÍ SÍ SÍRepública Árabe SiriaRepública Checa SÍ NO NO NORepública de Corea NO NO SÍ NORepública de Moldova SÍ NO SÍ NORepública DominicanaRumania SÍ NO SÍ NOSenegalSerbia SÍ SÍ SÍ NOSingapurSudáfrica SÍ NO SÍ NOSudán NO NOSuecia SÍ NO NO NOSuiza SÍ NO NO NOTailandia NO NO SÍ N/ATúnezTurkmenistán NO NO NO NOTurquíaUcrania SÍ NO SÍ NOUruguayViet NamCE SÍ NO SÍ NOOAPIOBPI SÍ NO SÍ NO

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 242

XII. RELACIÓN CON LAS MARCASObjetos que gozan de doble protección

115. En virtud de la legislación aplicable, pueden ser objeto de doble protección, comomarcas y como diseños industriales:

Países/Oficinasregionales de P.I.

un símbolo gráfico, porejemplo, un dibujo, unaimagen o un logotipo

una ornamentación, por ejemplo,los elementos y motivosfigurativos caractères standard

el embalaje de unproducto

Alemania SÍ NO SÍArabia SauditaArgelia SÍ SÍ SÍArgentina SÍ SÍ SÍArmenia SÍ SÍ SÍAustralia NO NO SÍAustria SÍ SÍ SÍAzerbaiyánBangladeshBelarús SÍ SÍ SÍBhután SÍ SÍ SÍBosnia y HerzegovinaBrasil SÍ SÍ SÍBrunei DarussalamBulgaria SÍ SÍ SÍCamboya N/A N/A N/ACanadá SÍ SÍ SÍChileChinaColombia NO SÍ SÍCôte d’IvoireCroacia SÍ SÍ SÍDinamarca SÍ SÍ SÍEcuadorEl SalvadorEslovaquia SÍ SÍ SÍEslovenia SÍ SÍ SÍEspaña SÍ SÍ SÍEstados Unidos deAméricaEstonia N/A SÍ SÍFederación de Rusia SÍ SÍ SÍFilipinasFinlandia SÍ SÍ SÍGeorgia SÍ SÍ SÍGreciaHungría SÍ SÍ SÍItaliaJapón NO NO SÍKenyaKirguistán SÍ SÍ SÍla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

SÍ SÍ SÍ

Letonia SÍ SÍ SÍLituania SÍ SÍ SÍMadagascarMalasia NO SÍ SÍMarruecos SÍ SÍ SÍ

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 243

XII. RELACIÓN CON LAS MARCASObjetos que gozan de doble protección

115. En virtud de la legislación aplicable, pueden ser objeto de doble protección, comomarcas y como diseños industriales:

Países/Oficinasregionales de P.I.

un símbolo gráfico, porejemplo, un dibujo, unaimagen o un logotipo

una ornamentación, por ejemplo,los elementos y motivosfigurativos caractères standard

el embalaje de unproducto

México SÍ SÍ SÍMónacoNicaraguaNoruega SÍ SÍ SÍNueva Zelandia SÍ SÍ SÍPakistán NO SÍ SÍPoloniaPortugal SÍ SÍ SÍReino Unido SÍ SÍ SÍRepública Árabe SiriaRepública Checa SÍ NO SÍRepública de Corea NO SÍ SÍRepública de Moldova SÍ SÍ SÍRepública DominicanaRumania SÍ SÍ SÍSenegalSerbia SÍ SÍ SÍSingapurSudáfrica SÍ SÍ SÍSudánSuecia SÍ SÍ SÍSuiza SÍ SÍ SÍTailandia NO SÍ SÍTúnezTurkmenistán SÍ SÍ SÍTurquía SÍ SÍ SÍUcrania NO SÍ SÍUruguayViet NamCE SÍ SÍ SÍOAPIOBPI SÍ SÍ SÍ

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 244

XII. RELACIÓN CON LAS MARCASObjetos que gozan de doble protección

115. En virtud de la legislación aplicable, pueden ser objeto de doble protección, comomarcas y como diseños industriales:

Países/Oficinasregionales de P.I.

la forma deun producto

la presentación distintiva (get-up)y el acondicionamiento distintivo(trade-dress) caractères standard

una textura omaterialespecífico

una interfazgráfica de usuario

Alemania SÍ NO NO NOArabia SauditaArgelia SÍ SÍ SÍ NOArgentina SÍ N/A NO SÍArmenia SÍ N/A N/A N/AAustralia SÍ NO NO NOAustria SÍ SÍ SÍ SÍAzerbaiyánBangladeshBelarús SÍ N/A NO NOBhután SÍ NO NO NOBosnia y HerzegovinaBrasil SÍ NO NO NOBrunei DarussalamBulgaria SÍ NO N/A NO Camboya N/A N/A N/A N/ACanadá SÍ N/A NO NOChileChinaColombia SÍ NO NO NOCôte d’IvoireCroacia SÍ SÍ SÍ SÍDinamarca SÍ N/A NO N/AEcuadorEl SalvadorEslovaquia SÍ SÍ SÍ NOEslovenia SÍ NO SÍ N/AEspaña NO SÍ NO SÍEstados Unidos deAméricaEstonia SÍ SÍ SÍ SÍFederación de Rusia SÍ SÍ NO NOFilipinasFinlandia SÍ SÍ SÍ NOGeorgia SÍ SÍ N/A N/AGreciaHungría SÍ NO NO SÍItaliaJapón SÍ N/A NO N/AKenyaKirguistán SÍ N/A N/A NOla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

SÍ N/A SÍ N/A

Letonia SÍ SÍ SÍ SÍLituania SÍ SÍ SÍ SÍMadagascarMalasia SÍ SÍ NO NOMarruecos SÍ SÍ NO N/A

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 245

XII. RELACIÓN CON LAS MARCASObjetos que gozan de doble protección

115. En virtud de la legislación aplicable, pueden ser objeto de doble protección, comomarcas y como diseños industriales:

Países/Oficinasregionales de P.I.

la forma deun producto

la presentación distintiva (get-up)y el acondicionamiento distintivo(trade-dress) caractères standard

una textura omaterialespecífico

una interfazgráfica de usuario

México NO NO NO NOMónacoNicaraguaNoruega SÍ SÍ NO SÍNueva Zelandia SÍ SÍ NO SÍPakistán SÍ SÍ SÍ NOPoloniaPortugal SÍ SÍ SÍ SÍReino Unido SÍ SÍ SÍ SÍRepública Árabe SiriaRepública Checa SÍ SÍ NO NORepública de Corea SÍ NO NO NORepública de Moldova SÍ NO SÍ SÍRepública DominicanaRumania SÍ NO NO NOSenegalSerbia SÍ SÍ SÍ SÍSingapurSudáfrica SÍ SÍ SÍ SÍSudán SÍSuecia SÍ NO NO SÍSuiza SÍ SÍ NO NOTailandia SÍ NO NO NOTúnezTurkmenistán SÍ SÍ SÍ SÍTurquía SÍ NO NO SÍUcrania SÍ NO NO NOUruguayViet NamCE SÍ SÍ SÍ SÍOAPIOBPI SÍ SÍ SÍ SÍ

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XII. RELACIÓN CON LAS MARCASObjetos que gozan de doble protección

115. En virtud de la legislación aplicable, pueden ser objeto de doble protección, comomarcas y como diseños industriales:

Países/Oficinasregionales de P.I.

una estructuraarquitectónica

los planos arquitectónicos comotales caractères standard

el interior de una habitación,tienda, vehículo, etc.

Alemania NO NO NOArabia SauditaArgelia SÍ NO NOArgentina SÍ NO SÍArmenia NO NO NOAustralia SÍ NO SÍAustria SÍ SÍ SÍAzerbaiyánBangladeshBelarús NO NO SÍBhután NO NO NOBosnia y HerzegovinaBrasil NO NO NOBrunei DarussalamBulgaria SÍ N/A NOCamboya N/A N/A N/ACanadá SÍ NO NOChileChinaColombia NO NO NOCôte d’IvoireCroacia SÍ NO SÍDinamarca SÍ N/A N/AEcuadorEl SalvadorEslovaquia NO NO NOEslovenia SÍ NO NOEspaña SÍ NO NOEstados Unidos deAméricaEstonia N/A N/A SÍFederación de Rusia N/A N/A NOFilipinasFinlandia SÍ NO NOGeorgia NO NO N/AGreciaHungría SÍ NO NOItaliaJapón NO NO NOKenyaKirguistán NO NO N/Ala ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

SÍ N/A N/A

Letonia SÍ NO NOLituania SÍ SÍ SÍMadagascarMalasia NO NO NOMarruecos N/A N/A N/AMéxico NO NO NO

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 247

XII. RELACIÓN CON LAS MARCASObjetos que gozan de doble protección

115. En virtud de la legislación aplicable, pueden ser objeto de doble protección, comomarcas y como diseños industriales:

Países/Oficinasregionales de P.I.

una estructuraarquitectónica

los planos arquitectónicos comotales caractères standard

el interior de una habitación,tienda, vehículo, etc.

MónacoNicaraguaNoruega SÍ NO SÍNueva Zelandia NO NO NOPakistán SÍ NO NOPoloniaPortugal NO NO SÍReino Unido SÍ SÍ SÍRepública Árabe SiriaRepública Checa SÍ NO NORepública de Corea NO NO NORepública de Moldova SÍ NO SÍRepública DominicanaRumania NO NO NOSenegalSerbia SÍ NO SÍSingapurSudáfrica NO NO NOSudánSuecia SÍ NO NOSuiza SÍ NO NOTailandia NO NO NOTúnezTurkmenistán SÍ NO NOTurquía NO NO NOUcrania NO NO NOUruguayViet NamCE SÍ SÍ SÍOAPIOBPI SÍ SÍ SÍ

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 248

XII. RELACIÓN CON LAS MARCASObjetos que gozan de doble protección

115. En virtud de la legislación aplicable, pueden ser objeto de doble protección, comomarcas y como diseños industriales:

Países/Oficinasregionales de P.I.

la apariencia de un producto de forma variable,por ejemplo, una fuente o un globo inflable

las etiquetas los hologramas

Alemania SÍ SÍ SÍArabia SauditaArgelia SÍ NOArgentina SÍ SÍ N/AArmenia NO SÍ NOAustralia NO SÍ NOAustria SÍ SÍ SÍAzerbaiyánBangladeshBelarús NO SÍ NOBhután NO SÍ SÍBosnia y HerzegovinaBrasil SÍ NO NOBrunei DarussalamBulgaria NO SÍ N/ACamboya N/A N/A N/ACanadá NO SÍ NOChileChinaColombia NO SÍ SÍCôte d’IvoireCroacia NO SÍ NODinamarca SÍ SÍ SÍEcuadorEl SalvadorEslovaquia NO SÍ NOEslovenia SÍ SÍ SÍEspaña NO SÍ SÍEstados Unidos deAméricaEstonia NO SÍ SÍFederación de Rusia N/A SÍ N/AFilipinasFinlandia NO SÍ SÍGeorgia SÍ SÍ N/AGreciaHungría NO SÍ SÍItaliaJapón NO SÍ NOKenyaKirguistán NO NO NOla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

N/A N/A N/A

Letonia SÍ SÍ SÍLituania SI SÍMadagascarMalasia NO SÍ NOMarruecos N/A SÍ SÍMéxico NO NO NO

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 249

XII. RELACIÓN CON LAS MARCASObjetos que gozan de doble protección

115. En virtud de la legislación aplicable, pueden ser objeto de doble protección, comomarcas y como diseños industriales:

Países/Oficinasregionales de P.I.

la apariencia de un producto de forma variable,por ejemplo, una fuente o un globo inflable

las etiquetas los hologramas

MónacoNicaraguaNoruega NO SÍ NONueva Zelandia NO SÍ NOPakistán SÍ NO NOPoloniaPortugal SÍ SÍ SÍReino Unido SÍ SÍ SÍRepública Árabe SiriaRepública Checa NO SÍ SÍRepública de Corea NO NO NORepública de Moldova NO SÍ SÍRepública DominicanaRumania NO SÍ SÍSenegalSerbia SÍ SÍ SÍSingapurSudáfrica NO SÍ SÍSudánSuecia NO SÍ SÍSuiza NO SÍ SÍTailandia NO SÍ NOTúnezTurkmenistán NO SÍ SÍTurquía NO SÍUcrania NO SÍ NOUruguayViet NamCE SÍ SÍ SÍOAPIOBPI SÍ SÍ SÍ

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 250

XII. RELACIÓN CON LAS MARCASObjetos que gozan de doble protección

115. En virtud de la legislación aplicable, pueden ser objeto de doble protección, comomarcas y como diseños industriales:

Países/Oficinasregionales de P.I.

un personaje de dibujoanimado

un icono animado caractèresstandard

un esquema de trazado delos circuitos integrados

Alemania SÍ SÍ NOArabia SauditaArgelia SÍ NO NOArgentina SÍ NO SÍArmenia SÍ NO NOAustralia NO NO NOAustria SÍ SÍ SÍAzerbaiyánBangladeshBelarús NO NO NOBhután SÍ SÍ NOBosnia y HerzegovinaBrasil NO NO NOBrunei DarussalamBulgaria SÍ N/A N/ACamboya N/A N/A N/ACanadá NO N/A NOChileChinaColombia SÍ NO NOCôte d’IvoireCroacia SÍ NO NODinamarca SÍ SÍ N/AEcuadorEl SalvadorEslovaquia SÍ NO NOEslovenia SÍ NO NOEspaña SÍ SÍ NOEstados Unidos deAméricaEstonia SÍ N/A N/AFederación de Rusia SÍ N/A N/AFilipinasFinlandia SÍ NO NOGeorgia SÍ N/A N/AGreciaHungría SÍ NO NOItaliaJapón NO NO NOKenyaKirguistán NO NO NOla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

SÍ N/A N/A

Letonia SÍ SÍ NOLituania SÍ SÍ NOMadagascarMalasia SÍ NO NOMarruecos SÍ SÍ NOMéxico SÍ NO NO

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 251

XII. RELACIÓN CON LAS MARCASObjetos que gozan de doble protección

115. En virtud de la legislación aplicable, pueden ser objeto de doble protección, comomarcas y como diseños industriales:

Países/Oficinasregionales de P.I.

un personaje de dibujoanimado

un icono animado caractèresstandard

un esquema de trazado delos circuitos integrados

MónacoNicaraguaNoruega SÍ NO NONueva Zelandia NO NO NOPakistán NO NO NOPoloniaPortugal SÍ SÍ NOReino Unido SÍ SÍ SÍRepública Árabe SiriaRepública Checa SÍ NO NORepública de Corea NO SÍ NORepública de Moldova SÍ NO NORepública DominicanaRumania SÍ SÍ NOSenegalSerbia SÍ SÍ SÍSingapurSudáfrica SÍ SÍ NOSudán SÍ SÍSuecia SÍ NO SÍSuiza SÍ NO NOTailandia SÍ SÍ NOTúnezTurkmenistán SÍ NO NOTurquía SÍ NO NOUcrania SÍ SÍ NOUruguayViet NamCE SÍ SÍ NOOAPIOBPI SÍ SÍ NO

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 252

XII. RELACIÓN CON LAS MARCASObjetos que gozan de doble protección

115. En virtud de la legislación aplicable,pueden ser objeto de doble protección, comomarcas y como diseños industriales:

Países/Oficinasregionales de P.I.

una pieza de recambio otros

116. Un diseño industrial protegidopuede adquirir carácter distintivo enel sentido del derecho de marcasdurante el período de protección deldiseño industrial

Alemania NO SÍArabia SauditaArgelia NO SÍArgentina N/A SÍArmenia NO SÍAustralia SÍ SÍAustria SÍ SÍAzerbaiyánBangladeshBelarús SÍ NOBhután SÍ SÍBosnia y HerzegovinaBrasil SÍ SÍBrunei DarussalamBulgaria NO SÍCamboya N/A SÍCanadá N/A SÍChileChinaColombia NO SÍCôte d’IvoireCroacia SÍ SÍDinamarca SÍ SÍEcuadorEl SalvadorEslovaquia SÍ NOEslovenia SÍ NOEspaña NO NOEstados Unidos deAméricaEstonia SÍ SÍFederación de Rusia N/A SÍFilipinasFinlandia SÍ SÍGeorgia NO SÍGreciaHungría SÍ NOItaliaJapón NO SÍKenyaKirguistán N/A SÍla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

N/A NO

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 253

XII. RELACIÓN CON LAS MARCASObjetos que gozan de doble protección

115. En virtud de la legislación aplicable,pueden ser objeto de doble protección, comomarcas y como diseños industriales:

Países/Oficinasregionales de P.I.

una pieza de recambio otros

116. Un diseño industrial protegidopuede adquirir carácter distintivo enel sentido del derecho de marcasdurante el período de protección deldiseño industrial

Letonia NO

diferencia depende decircunstancias:

protección como marcasi distintivo para

servicios y productosespecíficos; comodiseño si producto

específico

Lituania SÎ N/AMadagascarMalasia SÍ SÍMarruecos N/A N/AMéxico NO SÍMónacoNicaraguaNoruega NO SÍNueva Zelandia NO SÍPakistán SÍ SÍPoloniaPortugal NO SÍReino Unido SÍ SÍRepública Árabe SiriaRepública Checa SÍ N/ARepública de Corea NO SÍRepública de Moldova NO NORepública DominicanaRumania NOSenegalSerbia SÍ SÍSingapurSudáfrica NO SÍSudán N/ASuecia SÍ SÍSuiza SÍ SÍTailandia NO SÍTúnezTurkmenistán SÍ SÍTurquía NO NOUcrania NO SÍUruguayViet NamCE SÍ SÍOAPIOBPI SÍ SÍ

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 254

XII. RELACIÓN CON LAS MARCASObjetos que están esencialmente dictados por consideraciones técnicas o funcionales

Países/Oficinasregionales de P.I.

117. En virtud de la legislación aplicable, los objetos queestán esencialmente dictados por consideraciones técnicas ofuncionales no pueden gozar de la protección como marcas.

117bis. La exclusión selimita a los objetostridimensionales.

Alemania SÍ NOArabia SauditaArgelia NOArgentina SÍ NOArmenia SÍ NOAustralia NOAustria SÍ NOAzerbaiyánBangladeshBelarús SÍ SÍBhután NOBosnia y HerzegovinaBrasil SÍ SÍBrunei DarussalamBulgaria SÍ SÍCamboya N/ACanadá NOChileChinaColombia SÍ SÍCôte d’IvoireCroacia SÍ NODinamarca SÍ NOEcuadorEl SalvadorEslovaquia SÍ NOEslovenia SÍ SÍEspaña SÍ SÍEstados Unidos deAméricaEstonia SÍ NOFederación de Rusia SÍ SÍFilipinasFinlandia SÍ NOGeorgia SÍ N/AGreciaHungría SÍ SÍItaliaJapón SÍ SÍKenyaKirguistán SÍ N/Ala ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

SÍ SÍ

Letonia SÍ SÍLituania SÍ SÍMadagascarMalasia NOMarruecos SÍ NOMéxico SÍ NOMónaco

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 255

XII. RELACIÓN CON LAS MARCASObjetos que están esencialmente dictados por consideraciones técnicas o funcionales

Países/Oficinasregionales de P.I.

117. En virtud de la legislación aplicable, los objetos queestán esencialmente dictados por consideraciones técnicas ofuncionales no pueden gozar de la protección como marcas.

117bis. La exclusión selimita a los objetostridimensionales.

NicaraguaNoruega SÍ SÍNueva Zelandia SÍ N/APakistán SÍ NOPoloniaPortugal SÍ NOReino Unido SÍ SÍRepública Árabe SiriaRepública Checa SÍ NORepública de Corea SÍ SÍRepública de Moldova SÍ SÍRepública DominicanaRumania NO NOSenegalSerbia N/A N/ASingapurSudáfrica SÍ NOSudánSuecia SÍ NOSuiza SÍ NOTailandia NOTúnezTurkmenistán NOTurquía SÍ SÍUcrania NOUruguayViet NamCE SÍ SÍOAPIOBPI SÍ SÍ

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 256

XII. RELACIÓN CON LAS MARCASObjetos que están esencialmente dictados por consideraciones técnicas o funcionales

Países/Oficinasregionales de P.I.

118. En virtud de la legislación aplicable, losobjetos que están esencialmente dictados porconsideraciones técnicas o funcionales no puedendisfrutar de la protección como diseños industriales

118bis. La exclusión se limita alos objetos tridimensionales

Alemania SÍ NOArabia SauditaArgelia NOArgentina SÍ NOArmenia SÍAustralia NOAustria SÍ NOAzerbaiyánBangladeshBelarús SÍ NOBhután SÍ SÍBosnia y HerzegovinaBrasil SÍ SÍBrunei DarussalamBulgaria SÍ SÍCamboya SÍ SÍCanadá NO N/AChileChinaColombia SÍ SÍCôte d’IvoireCroacia SÍ NODinamarca SÍ N/AEcuadorEl SalvadorEslovaquia SÍ SÍEslovenia SÍ SÍEspaña SÍ SÍEstados Unidos deAméricaEstonia SÍ NOFederación de Rusia NOFilipinasFinlandia SÍ NOGeorgia SÍ NOGrecia SÍ SÍHungría SÍ NOItaliaJapón SÍ NOKenyaKirguistán SÍ N/Ala ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

SÍ SÍ

Letonia SÍ NOLituania SÍ NOMadagascarMalasia SÍ SÍMarruecos SÍ NOMéxico SÍ NO

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 257

XII. RELACIÓN CON LAS MARCASObjetos que están esencialmente dictados por consideraciones técnicas o funcionales

Países/Oficinasregionales de P.I.

118. En virtud de la legislación aplicable, losobjetos que están esencialmente dictados porconsideraciones técnicas o funcionales no puedendisfrutar de la protección como diseños industriales

118bis. La exclusión se limita alos objetos tridimensionales

MónacoNicaraguaNoruega SÍ NONueva Zelandia SÍ SÍPakistán SÍ NOPoloniaPortugal SÍ NOReino Unido SÍ SÍRepública Árabe SiriaRepública Checa SÍ NORepública de Corea SÍ SÍRepública de Moldova SÍ N/ARepública DominicanaRumania SÍ NOSenegalSerbia SÍ SÍSingapurSudáfrica SÍ NOSudán SÍSuecia SÍ NOSuiza SÍ SÍTailandia SÍ SÍTúnezTurkmenistán SÍ NOTurquía SÍ SÍUcrania N/AUruguayViet NamCE SÍ SÍOAPI SÍ NOOBPI SÍ NO

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 258

XII. RELACIÓN CON LAS MARCASObservancia de los derechos acumulativos

119. En el caso de los objetos que gozan de protección acumulativa, los derechossobre las marcas y los diseños industriales pueden invocarse paralelamente ante lostribunales:

Países/Oficinasregionales de P.I.

sin tener que satisfacerrequisitos específicos

sólo si la parte interesada demuestra un interéslegítimo bien definido respecto a cada uno delos dos regímenes de protección

otros

Alemania SÍ NOArabia SauditaArgelia NO SÍArgentina SÍ NOArmenia SÍ SÍAustralia SÍ N/AAustria SÍ NOAzerbaiyánBangladeshBelarús NO SÍBhután NO SÍBosnia y HerzegovinaBrasil N/A SÍBrunei DarussalamBulgaria NO SÍCamboya N/A N/ACanadá N/A NOChileChinaColombia SÍCôte d’IvoireCroacia SÍ NODinamarca N/A N/AEcuadorEl SalvadorEslovaquia NO SÍEslovenia SÍEspaña NO NOEstados Unidos deAméricaEstonia SÍ SÍFederación de Rusia SÍ N/AFilipinasFinlandia NO SÍGeorgia SÍ NOGreciaHungría SÍ NOItaliaJapón SÍ NOKenyaKirguistán N/A N/Ala ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

NO SÍ

Letonia NO SÍLituania SÍMadagascarMalasia NO SÍMarruecos SÍ NO

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 259

XII. RELACIÓN CON LAS MARCASObservancia de los derechos acumulativos

119. En el caso de los objetos que gozan de protección acumulativa, los derechossobre las marcas y los diseños industriales pueden invocarse paralelamente ante lostribunales:

Países/Oficinasregionales de P.I.

sin tener que satisfacerrequisitos específicos

sólo si la parte interesada demuestra un interéslegítimo bien definido respecto a cada uno delos dos regímenes de protección

otros

México SÍMónacoNicaraguaNoruega SÍ NONueva ZelandiaPakistán NO SÍPoloniaPortugal SÍ NOReino Unido NO SÍRepública Árabe SiriaRepública Checa SÍ NORepública de Corea SÍ N/ARepública de Moldova NO SÍRepública DominicanaRumania SÍ NOSenegalSerbia SÍ SÍSingapurSudáfrica NO SÍSudánSuecia SÍ NOSuiza SÍ NOTailandia NO SÍTúnezTurkmenistán SÍ NOTurquía NO SÍUcrania N/A N/AUruguayViet NamCE SÍ NOOAPIOBPI SÍ NO

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 260

XIII. RELACIÓN CON EL DERECHO DE AUTOR

120. La materia protegida en virtud de la legislación de diseños industriales:Países/Oficinasregionales de P.I.

está protegida al mismo tiempoen virtud de la legislación dederecho de autor (protecciónacumulativa)

no puede serprotegida en virtudde la legislación dederecho de autor

puede ser protegida en virtudde la legislación de derechode autor únicamente bajodeterminadas condiciones

Alemania NO NO SÍArabia SauditaArgelia SÍ NO NOArgentina SÍ NO NOArmenia NO NO NOAustralia SÍAustria NO NO SÍAzerbaiyánBangladeshBelarús SÍ NO NOBhután NO NO SÍBosnia y HerzegovinaBrasil SÍ NO SÍBrunei DarussalamBulgaria SÍ NO NOCamboya NO SÍ NOCanadá NO NO SÍChileChinaColombia N/A N/A SÍCôte d’IvoireCroacia SÍ NO NODinamarca NO NO SÍEcuadorEl SalvadorEslovaquia SÍ NO SÍEslovenia SÍEspaña SÍEstados Unidos deAméricaEstonia NO NO NOFederación de Rusia SÍ N/A N/AFilipinasFinlandia NO NO SÍGeorgia SÍ NO NOGrecia SÍ NO NOHungría NO NO SÍItaliaJapón NO NO SÍKenyaKirguistán SÍla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

NO NO N/A

Letonia SÍ NO NOLituania SÍ NOMadagascarMalasia NO SÍ SÍMarruecos SÍ NO N/A

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 261

XIII. RELACIÓN CON EL DERECHO DE AUTOR

120. La materia protegida en virtud de la legislación de diseños industriales:Países/Oficinasregionales de P.I.

está protegida al mismo tiempoen virtud de la legislación dederecho de autor (protecciónacumulativa)

no puede serprotegida en virtudde la legislación dederecho de autor

puede ser protegida en virtudde la legislación de derechode autor únicamente bajodeterminadas condiciones

México SÍ NO SÍMónaco

NicaraguaNoruega SÍ NO SÍNueva ZelandiaPakistán NO SÍ SÍPoloniaPortugal SÍ NO NOReino Unido NO NO SÍRepública Árabe SiriaRepública Checa NO NO SÍRepública de Corea NO NO SÍRepública de Moldova SÍ NO NORepública DominicanaRumania SÍ NO NOSenegalSerbia SÍ NO NOSingapurSudáfrica SÍ NO N/ASudán N/A SÍ SÍSuecia NO NO SÍSuiza NO NO SÍTailandiaTúnezTurkmenistán SÍ NO NOTurquía NO NO SÍUcraniaUruguayViet NamCE SÍ N/A SÍOAPI SÍOBPI SÍ NO SÍ

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 262

120. RELACIÓN CON EL DERECHO DE AUTOR

120. La materia protegida en virtud de la legislación de diseños industriales:Países/Oficinasregionales de P.I.

puede ser protegida en virtud de la legislación dederecho de autor de manera alternativa

otros

Alemania N/AArabia SauditaArgelia NOArgentina SÍArmenia NOAustraliaAustria NOAzerbaiyánBangladeshBelarús NOBhután SÍBosnia y HerzegovinaBrasil N/ABrunei DarussalamBulgaria NOCamboya NOCanadá N/AChileChinaColombia N/ACôte d’IvoireCroacia NODinamarca SÍEcuadorEl SalvadorEslovaquia SÍEsloveniaEspañaEstados Unidos deAméricaEstonia SÍFederación de Rusia N/AFilipinasFinlandia NOGeorgia NOGrecia NOHungría SÍItaliaJapón NOKenyaKirguistánla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

Letonia N/ALituaniaMadagascarMalasia NOMarruecos NOMéxico SÍMónacoNicaragua

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 263

120. RELACIÓN CON EL DERECHO DE AUTOR

120. La materia protegida en virtud de la legislación de diseños industriales:Países/Oficinasregionales de P.I.

puede ser protegida en virtud de la legislación dederecho de autor de manera alternativa

otros

Noruega NONueva ZelandiaPakistán NOPoloniaPortugal SÍReino Unido SÍRepública Árabe SiriaRepública Checa NORepública de Corea N/ARepública de Moldova NORepública DominicanaRumania NOSenegalSerbia SÍSingapurSudáfrica N/ASudánSuecia SÍSuiza SÍTailandiaTúnezTurkmenistán SÍTurquía NOUcraniaUruguayViet NamCE SÍOAPIOBPI SÍ

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 264

XIII. RELACIÓN CON EL DERECHO DE AUTOR

121. Cuando la materia protegida en virtud de la legislación de diseños industrialespuede ser protegida en virtud de la legislación de derecho de autor únicamente bajodeterminadas condiciones, esas condiciones son las siguientes:

Países/Oficinasregionales de P.I.

que la materia puedaapreciarse de formaseparada y seaindependiente de losaspectos funcionalesdel producto

que la materiapresentecaracterísticasartísticasapreciables oacentuadas

otras

Alemania NO SÍArabia SauditaArgelia SÍ SÍArgentina SÍ SÍArmenia NO NOAustralia SÍAustria NO SÍAzerbaiyánBangladeshBelarús N/A N/ABhután SÍ SÍBosnia y HerzegovinaBrasil SÍ SÍBrunei DarussalamBulgaria N/A N/ACamboya N/A N/ACanadá NO NO no producido en masaChileChinaColombia SÍ N/ACôte d’IvoireCroacia N/A N/ADinamarca N/A SÍEcuadorEl SalvadorEslovaquia SÍ NOEslovenia SÍEspaña SÍEstados Unidos deAméricaEstonia N/A N/AFederación de RusiaFilipinasFinlandia N/A SÍGeorgiaGreciaHungría

NO NOmateria satisface los requisitos de derecho

de autor bajo Ley LXXVI de 1999ItaliaJapón NO NOKenyaKirguistán N/A N/Ala ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

N/A N/A

Letonia N/A N/A

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 265

XIII. RELACIÓN CON EL DERECHO DE AUTOR

121. Cuando la materia protegida en virtud de la legislación de diseños industrialespuede ser protegida en virtud de la legislación de derecho de autor únicamente bajodeterminadas condiciones, esas condiciones son las siguientes:

Países/Oficinasregionales de P.I.

que la materia puedaapreciarse de formaseparada y seaindependiente de losaspectos funcionalesdel producto

que la materiapresentecaracterísticasartísticasapreciables oacentuadas

otras

Lituania N/A N/AMadagascarMalasia SÍ SÍMarruecosMéxico SÍ SÍMónacoNicaraguaNoruega N/A SÍNueva ZelandiaPakistán Sección 12 de la Ordenanza sobre Derecho

de Autor de 1962; Disposición relativa alos diseños inscritos con arreglo ala Ley II

de 1991PoloniaPortugal N/A N/A

Reino Unido NO NO

la relación entre la protección por derechode autor y diseño en el Reino Unido es

compleja, se pueden proteger por derechode autor los diseños de obras artísticas

tridimensionales, los patrones y lasdecoraciones de superficie. Para los

diseños tridimensionales “funcionales”, elsistema de diseño no registrado del ReinoUnido y el sistema de diseño registrado

funciona paralelamente al de laComunidad Europea

República Árabe SiriaRepública Checa N/A N/A materia únicaRepública de Corea N/A SÍRepública de Moldova N/A N/ARepública DominicanaRumania N/A N/ASenegalSerbia SÍ SÍSingapurSudáfrica N/A N/ASudánSuecia NO SÍSuiza NO NO carácter individualTailandiaTúnezTurkmenistán SÍ SÍTurquía SÍ SÍUcraniaUruguayViet NamCE depende de cada legislación nacional

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 266

XIII. RELACIÓN CON EL DERECHO DE AUTOR

121. Cuando la materia protegida en virtud de la legislación de diseños industrialespuede ser protegida en virtud de la legislación de derecho de autor únicamente bajodeterminadas condiciones, esas condiciones son las siguientes:

Países/Oficinasregionales de P.I.

que la materia puedaapreciarse de formaseparada y seaindependiente de losaspectos funcionalesdel producto

que la materiapresentecaracterísticasartísticasapreciables oacentuadas

otras

OAPIOBPI NO NO

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 267

XIII. RELACIÓN CON EL DERECHO DE AUTOR

122. En el caso de la materia que disfruta de doble protección, los derechos de autor ylos derechos sobre los diseños industriales pueden invocarse paralelamente ante lostribunales:

Países/Oficinasregionales de P.I.

sin tener quesatisfacer requisitosespecíficos

sólo si la parte interesada demuestra uninterés legitimo bien definido respecto a cadauno de los dos regímenes de protección

otros casos

Alemania SÍ NOArabia SauditaArgelia NO SÍArgentina NO NOArmenia NO NOAustralia SÍ N/AAustria SÍ NOAzerbaiyánBangladeshBelarús NO SÍBhután NO SÍBosnia y HerzegovinaBrasil N/A SÍBrunei DarussalamBulgaria SÍ NOCamboya N/A N/ACanadá N/A NOChileChinaColombia N/A SÍCôte d’IvoireCroacia SÍ NODinamarca N/A N/AEcuadorEl SalvadorEslovaquia NO SÍEsloveniaEspaña SÍ NOEstados Unidos deAméricaEstonia SÍ SÍFederación de Rusia SÍ NOFilipinasFinlandia N/A SÍGeorgia SÍ NOGreciaHungría SÍ NOItaliaJapón SÍKenyaKirguistán SÍ SÍla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

SÍ N/A

Letonia NO SÍLituania SÍMadagascarMalasia NO SÍ

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 268

XIII. RELACIÓN CON EL DERECHO DE AUTOR

122. En el caso de la materia que disfruta de doble protección, los derechos de autor ylos derechos sobre los diseños industriales pueden invocarse paralelamente ante lostribunales:

Países/Oficinasregionales de P.I.

sin tener quesatisfacer requisitosespecíficos

sólo si la parte interesada demuestra uninterés legitimo bien definido respecto a cadauno de los dos regímenes de protección

otros casos

Marruecos SÍ NOMéxico SÍ SÍMónacoNicaraguaNoruega SÍ NONueva ZelandiaPakistán N/A N/APoloniaPortugal SÍ NOReino Unido NO SÍRepública Árabe SiriaRepública Checa SÍ NORepública de Corea SÍ N/ARepública de Moldova NO SÍRepública DominicanaRumania SÍ NOSenegalSerbia N/A N/ASingapurSudáfrica NO SÍSudánSuecia SÍ NOSuiza SÍ NOTailandiaTúnezTurkmenistán NO SÍTurquía SÍUcraniaUruguayViet Nam

CEdepende de cada

legislaciónnacional

OAPIOBPI SÍ NO

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 269

XIV. RELACIÓN CON LA LEGISLACIÓN SOBRE COMPETENCIA DESLEAL

123. La materia protegida en virtud de la legislación de diseños industriales:Países/Oficinasregionales de P.I.

está protegida al mismo tiempo en virtud dela legislación sobre competencia desleal(protección acumulativa)

no puede ser protegida en virtud de lalegislación sobre competencia desleal

Alemania NO NOArabia SauditaArgelia NO NOArgentina SÍ N/AArmenia N/A N/AAustralia NO SÍAustria NO NOAzerbaiyánBangladeshBelarús SÍ NOBhután NO NOBosnia y HerzegovinaBrasil SÍ NOBrunei DarussalamBulgaria SÍ NOCamboya NO SÍCanadá N/A N/AChileChinaColombia N/A N/ACôte d’IvoireCroacia SÍ NODinamarca NO NOEcuadorEl SalvadorEslovaquia SÍ NOEsloveniaEspaña NO NOEstados Unidos deAméricaEstoniaFederación de Rusia SÍ N/AFilipinasFinlandia NO NOGeorgiaGrecia SÍ NOHungría SÍ NOItaliaJapón SÍ NOKenyaKirguistánla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

N/A N/A

Letonia NO NOLituania SÍMadagascarMalasia SÍ NOMarruecos SÍMéxicoMónaco

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 270

XIV. RELACIÓN CON LA LEGISLACIÓN SOBRE COMPETENCIA DESLEAL

123. La materia protegida en virtud de la legislación de diseños industriales:Países/Oficinasregionales de P.I.

está protegida al mismo tiempo en virtud dela legislación sobre competencia desleal(protección acumulativa)

no puede ser protegida en virtud de lalegislación sobre competencia desleal

NicaraguaNoruegaNueva Zelandia NO NOPakistán N/A N/APoloniaPortugal SÍ NOReino Unido N/A N/ARepública Árabe SiriaRepública Checa NO NORepública de Corea NO NORepública de Moldova SÍ NORepública DominicanaRumania NO NOSenegalSerbia SÍ NOSingapurSudáfrica SÍ NOSudán N/ASuecia NO NOSuiza NO NOTailandiaTúnezTurkmenistán N/A N/ATurquía NO NOUcraniaUruguayViet NamCE SÍ N/AOAPIOBPI SÍ NO

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 271

XIV. RELACIÓN CON LA LEGISLACIÓN SOBRE COMPETENCIA DESLEAL

123. La materia protegida en virtud de la legislación de diseños industriales:Países/Oficinasregionales de P.I.

puede ser protegida en virtud de la legislación sobre competenciadesleal únicamente bajo determinadas condiciones

otros

Alemania SÍArabia Saudita SÍArgeliaArgentina N/AArmenia N/AAustralia NOAustria SÍAzerbaiyánBangladeshBelarús NOBhután SÍBosnia y HerzegovinaBrasil N/ABrunei DarussalamBulgaria NOCamboya NOCanadá N/AChileChinaColombia SÍCôte d’IvoireCroacia NODinamarca SÍEcuadorEl SalvadorEslovaquia SÍEslovenia SÍEspaña NOEstados Unidos deAmérica

Estonia

no haydisposicionesconcretas ni

práctica judicialFederación de RusiaFilipinasFinlandia SÍGeorgiaGrecia NOHungría NOItaliaJapón SÍKenyaKirguistánla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

N/A

Letonia SÍLituaniaMadagascarMalasia SÍMarruecos

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 272

XIV. RELACIÓN CON LA LEGISLACIÓN SOBRE COMPETENCIA DESLEAL

123. La materia protegida en virtud de la legislación de diseños industriales:Países/Oficinasregionales de P.I.

puede ser protegida en virtud de la legislación sobre competenciadesleal únicamente bajo determinadas condiciones

otros

México SÍMónacoNicaraguaNoruega SÍNueva Zelandia SÍPakistán N/APoloniaPortugal NOReino Unido N/ARepública Árabe SiriaRepública Checa SÍRepública de Corea SÍRepública de Moldova NORepública DominicanaRumania NOSenegalSerbia NOSingapurSudáfrica NOSudánSuecia SÍSuiza SÍTailandiaTúnezTurkmenistán N/ATurquía SÍUcraniaUruguayViet NamCE SÍOAPIOBPI SÍ

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 273

XIV. RELACIÓN CON LA LEGISLACIÓN SOBRE COMPETENCIA DESLEAL

124. Cuando la materia protegida en virtud de la legislación de diseños industrialespuede ser protegida en virtud de la legislación sobre competencia desleal únicamentebajo determinadas condiciones, esas condiciones son las siguientes:

Países/Oficinasregionales de P.I.

que exista un acto de competencia desleal distintoque pueda identificarse de manera independiente deun acto de violación del derecho de diseño industrial

otras

Alemania N/AArabia SauditaArgelia SÍArgentina N/AArmeniaAustralia N/AAustriaAzerbaiyánBangladeshBelarús N/ABhután SÍBosnia y HerzegovinaBrasil N/ABrunei DarussalamBulgaria N/ACamboya N/ACanadá N/AChileChinaColombia SÍCôte d’IvoireCroacia N/ADinamarca N/AEcuadorEl SalvadorEslovaquia SÍEslovenia SÍEspañaEstados Unidos deAméricaEstoniaFederación de RusiaFilipinasFinlandia SÍGeorgiaGreciaHungría N/AItaliaJapón SÍKenyaKirguistánla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

N/A

Letonia SÍLituania N/AMadagascarMalasia NOMarruecos

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 274

XIV. RELACIÓN CON LA LEGISLACIÓN SOBRE COMPETENCIA DESLEAL

124. Cuando la materia protegida en virtud de la legislación de diseños industrialespuede ser protegida en virtud de la legislación sobre competencia desleal únicamentebajo determinadas condiciones, esas condiciones son las siguientes:

Países/Oficinasregionales de P.I.

que exista un acto de competencia desleal distintoque pueda identificarse de manera independiente deun acto de violación del derecho de diseño industrial

otras

México SÍMónacoNicaraguaNoruega SÍNueva Zelandia SÍPakistán N/APoloniaPortugal N/AReino Unido N/ARepública Árabe Siria

República Checa N/Aque exista un acto de violación

del diseño en competenciaRepública de Corea N/ARepública de Moldova N/ARepública DominicanaRumania NOSenegalSerbia N/ASingapurSudáfrica N/ASudánSuecia SÍSuiza SÍTailandiaTúnezTurkmenistán N/ATurquía SÍUcraniaUruguayViet Nam

CEdepende de la legislación

nacional sobre competenciadesleal

OAPIOBPI N/A

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 275

XIV. RELACIÓN CON LA LEGISLACIÓN SOBRE COMPETENCIA DESLEAL

125. Las acciones basadas en la legislación sobre competencia desleal y en lalegislación sobre diseños industriales pueden presentarse paralelamente ante lostribunales:

Países/Oficinasregionales de P.I.

sin tener quesatisfacerrequisitosespecíficos

sólo si la parte interesadademuestra un interés legitimobien definido respecto a cadauno de los dos regímenes deprotección

otros casos

Alemania SÍ NOArabia SauditaArgelia NO SÍArgentina N/A N/AArmenia N/A N/AAustralia SÍ N/AAustria SÍ NOAzerbaiyánBangladeshBelarús NO SÍBhután NO SÍBosnia y HerzegovinaBrasil N/A SÍBrunei DarussalamBulgaria N/A N/A ante otra comisión administrativaCamboya N/A N/ACanadá N/A N/AChileChinaColombia SÍCôte d’IvoireCroaciaDinamarca SÍ N/AEcuadorEl SalvadorEslovaquia NO SÍEslovenia SÍEspaña SÍ NOEstados Unidos deAméricaEstoniaFederación de Rusia SÍ NOFilipinasFinlandia NO SÍGeorgiaGreciaHungría SÍ NOItaliaJapón SÍ NOKenyaKirguistánla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

SÍ N/A

Letonia NO SÍLituania SÍMadagascar

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 276

XIV. RELACIÓN CON LA LEGISLACIÓN SOBRE COMPETENCIA DESLEAL

125. Las acciones basadas en la legislación sobre competencia desleal y en lalegislación sobre diseños industriales pueden presentarse paralelamente ante lostribunales:

Países/Oficinasregionales de P.I.

sin tener quesatisfacerrequisitosespecíficos

sólo si la parte interesadademuestra un interés legitimobien definido respecto a cadauno de los dos regímenes deprotección

otros casos

Malasia NO SÍMarruecos SÍMéxico SÍMónacoNicaraguaNoruega SÍ NONueva Zelandia SÍPakistán N/A N/APoloniaPortugal SÍ NOReino Unido N/A N/ARepública Árabe SiriaRepública Checa SÍ NORepública de Corea SÍ NORepública de Moldova NO SÍRepública DominicanaRumania SÍ NOSenegalSerbia N/A SÍSingapurSudáfrica NO SÍSudán N/A N/ASuecia SÍ NOSuiza SÍ NOTailandiaTúnezTurkmenistán N/A N/ATurquía SÍ NOUcraniaUruguayViet Nam

CEdepende de la legislación nacional

sobre competencia deslealOAPIOBPI SÍ NO

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 277

XV. SISTEMA DE PROTECCIÓN EN VIRTUD DEL CUAL SE RESPONDIÓAL PRESENTE CUESTIONARIO

Países/Oficinasregionales de P.I.

126. Las repuestas al presente cuestionario están basadas en la legislación sobre:

AlemaniaLey sobre diseños industriales, ley sobre marcas, ley sobre derechos de autor, leycontra la competencia desleal

Arabia SauditaArgelia Legislación sobre marcas, diseños industriales y derechos de autorArgentina Legislación sobre diseños industriales

ArmeniaLey sobre patentes y diseños industriales de la República de Armenia y reglamentocorrespondiente

Australia Ley sobre diseños de 2003Austria Legislación sobre diseños registrados y no-registradosAzerbaiyánBangladesh

Belarús

Código Civil; ley sobre invención, modelos de utilidad y diseños industriales; ley sobremarcas de comercio y marcas de servicio; ley sobre derechos de autor y derechosrelacionados; ley sobre oposición a actividades monopolísticas y desarrollo de lacompetencia

Bhután Ley de propiedad industrial del reino de Bhután 2001Bosnia y HerzegovinaBrasil Ley brasileña de propiedad industrial N° 9279/96Brunei DarussalamBulgaria Ley sobre diseños industriales, ley sobre marcas e indicaciones geográficasCamboya Ley sobre patentes, certificados de modelos de utilidad y diseños industrialesCanadá Ley sobre diseños industriales, reglamento sobre diseños industrialesChileChinaColombia Decisión 486 del régimen de propiedad industrial de la Comunidad AndinaCôte d’Ivoire

Croacia

Ley sobre diseños industriales (“Narodne novine” – gaceta oficial de la República deCroacia, N° 173/2003 y 76/2007);Reglamento sobre diseños industriales (“Narodne novine” – gaceta oficial de laRepública de Croacia, N° 72/2004 y 117/2007);Ley sobre marcas (“Narodne novine” – gaceta oficial de la República de Croacia, N°173/2003 y 76/2007);Ley sobre derechos de autor y derechos conexos (“Narodne novine” – gaceta oficial dela República de Croacia, N° 173/2003 y 76/2007);Ley sobre comercio (“Narodne novine” – gaceta oficial de la República de Croacia, N°49/2003);

Dinamarca Ley de Diseños de DinamarcaEcuadorEl Salvador

EslovaquiaLey N° 444/2002 sobre diseños, ley N° 530/2003 – Código comercial, ley N° ley N°618/2003 sobre derechos de autor, Reglamento del Consejo (EC) N° 6/2002 sobrediseños comunitarios

Eslovenia Ley eslovena sobe propiedad industrialEspaña Legislación de protección sobre diseños industrialesEstados Unidos deAméricaEstonia Ley de protección de diseños industriales

Federación de RusiaParte IV del Código Civil de la Federación de Rusia /Capítulo 72 “ley de patentes”), envigor desde 01.01.2008

FilipinasFinlandia Leyes fineses sobre diseños, marcas, derechos de autor y competencia deslealGeorgia Ley sobre patentes, ley sobre marcas, ley sobre derechos de autor

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 278

XV. SISTEMA DE PROTECCIÓN EN VIRTUD DEL CUAL SE RESPONDIÓAL PRESENTE CUESTIONARIO

Países/Oficinasregionales de P.I.

126. Las repuestas al presente cuestionario están basadas en la legislación sobre:

Grecia Ley griega sobre diseños

Hungría

Ley XLVIII de 2001 sobre protección jurídica de diseñosLey XI de 1997 sobre protección de marcas e indicaciones geográficasLey LXXVI de 1999 sobre derechos de autorLey LVII de 1996 sobre prohibición de competencia desleal y prácticas de mercadorestrictivas

Italia

JapónLey sobre diseños, ley sobre marcas, ley sobre derechos de autor, ley de prevención decompetencia desleal

KenyaKirguistánla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

Ley de protección de la propiedad industrial de le República de Macedonia yReglamento sobre diseños industriales

LetoniaLey sobre diseños, ley sobre marcas e indicaciones de origen geográfico, ley sobrederechos de autor, ley sobre competencia

Lituania Ley sobre diseños de la República de LituaniaMadagascar

MalasiaLey malasia sobre diseños industriales de 1996 y reglamento sobre diseños industrialesde 1999

MarruecosLey 17/97 (modificada y completada por ley 31/05) relativa a la protección de lapropiedad industrial en Marruecos

MéxicoLey federal sobre derechos de autor publicada en el periódico oficial de la Federaciónel 24 de Diciembre de 1996, ley sobre propiedad industrial publicada el periódicooficial de la Federación el 27 de Junio de 1991

MónacoNicaraguaNoruega Ley relativa a la protección de diseños del 14 de marzo de 2003, N° 15 (ley de diseños)Nueva Zelandia Ley de Diseños de 1953

PakistánOrdenanza de los diseños registrados de 2000; Ordenanza sobre Derecho de Autor de1962; y Ordenanza sobre Marcas de 2001

PoloniaPortugal Ley de propiedad industrialReino Unido Ley de Diseños Registrados de 1949, revisadaRepública Árabe Siria

República ChecaLey N° 207/2000 sobre protección de diseños industriales y enmienda al Ley N°527/1990 de invenciones, diseños industriales y propuestas de racionalización

República de Corea Ley de protección de diseños

República de MoldovaLey sobre protección de diseños industriales N° 161-XVI del 12 de julio de 2007(entrada en vigor: 1 de Diciembre de 2007)

República Dominicana

Rumania

Ley sobre diseños N° 129/1992, republicada como ley N° 280/2007 para modificar ycompletar la ley 129/1992, ley sobre derechos de autor Nº 8/1996 y susmodificaciones, ley Nº 84/1998 sobre marcas e indicaciones geográficas, ley Nº11/1991 sobre represión de la competencia desleal y sus modificaciones

SenegalSerbia Ley sobre protección de diseños industrialesSingapur

SudáfricaLey de Diseños 195 de 1993; Ley de Diseños de Autor 98 de 1978; Ley de Marca 194de 1993

SudánSueciaSuiza Ley federal para la protección del diseño industrialTailandia

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 279

XV. SISTEMA DE PROTECCIÓN EN VIRTUD DEL CUAL SE RESPONDIÓAL PRESENTE CUESTIONARIO

Países/Oficinasregionales de P.I.

126. Las repuestas al presente cuestionario están basadas en la legislación sobre:

TúnezTurkmenistánTurquía Decreto-ley Nº 554 sobre protección de diseños industriales

UcraniaLeyes de Ucrania “sobre protección de derechos sobre diseños industriales”, “sobreprotección de derechos de marcas para productos y servicios”, “sobre derechos deautor y derechos conexos”

UruguayViet Nam

CEReglamento del Consejo (EC) Nº 6/2002 del 12 de Diciembre de 2001 sobre diseñoscomunitarios

OAPIOBPI

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 280

XV. SISTEMA DE PROTECCIÓN EN VIRTUD DEL CUAL SE RESPONDIÓAL PRESENTE CUESTIONARIO

127. En virtud de la legislación aplicable, los diseños industriales están protegidosasimismo en virtud de:

Países/Oficinasregionales de P.I.

la legislación sobrepatentes de diseño

la legislación sobre diseñosindustriales registrados

la legislación sobre diseñosindustriales no registrados

Alemania N/A SÍ NOArabia SauditaArgelia NO SÍ NOArgentinaArmenia SÍ N/A N/AAustralia NO SÍ NOAustria NO NO NOAzerbaiyánBangladeshBelarús SÍ N/A N/ABhután SÍ SÍ NOBosnia y HerzegovinaBrasil NO SÍ NOBrunei DarussalamBulgaria NO NO NOCamboya NO NO NOCanadáChileChinaColombia N/A SÍ N/ACôte d’IvoireCroacia NO SÍ NODinamarca NO SÍ SÍEcuadorEl SalvadorEslovaquia NO SÍ SÍEslovenia N/A N/A N/AEspaña SÍ SÍEstados Unidos deAméricaEstonia NO SÍ SÍFederación de Rusia SÍ N/A N/AFilipinasFinlandia NO SÍ SÍGeorgia SÍ NO NOGrecia NO SÍHungría NO SÍ N/AItaliaJapónKenyaKirguistán SÍla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

NO SÍ NO

Letonia NO SÍ NOLituania SíMadagascarMalasia NO SÍ NOMarruecos NO SÍ NOMéxico

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 281

XV. SISTEMA DE PROTECCIÓN EN VIRTUD DEL CUAL SE RESPONDIÓAL PRESENTE CUESTIONARIO

127. En virtud de la legislación aplicable, los diseños industriales están protegidosasimismo en virtud de:

Países/Oficinasregionales de P.I.

la legislación sobrepatentes de diseño

la legislación sobre diseñosindustriales registrados

la legislación sobre diseñosindustriales no registrados

MónacoNicaraguaNoruega N/A SÍ NONueva Zelandia NO N/A NOPakistán SÍPoloniaPortugal NO SÍ NOReino Unido NO SÍ SÍRepública Árabe SiriaRepública Checa NO SÍ SÍRepública de Corea NO SÍ NORepública de Moldova NO SÍ SÍRepública DominicanaRumania NO SÍ SÍSenegalSerbia NO SÍ N/ASingapurSudáfrica NO SÍ NOSudán SÍSuecia N/A SÍ SÍSuiza NO SÍ NOTailandiaTúnezTurkmenistánTurquía NO SÍ NOUcrania NO NO NOUruguayViet NamCE SÍ SÍOAPI SÍOBPI NO SÍ NO

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 282

XV. SISTEMA DE PROTECCIÓN EN VIRTUD DEL CUAL SE RESPONDIÓAL PRESENTE CUESTIONARIO

127. En virtud de la legislación aplicable, los diseños industriales están protegidosasimismo en virtud de:

Países/Oficinasregionales de P.I.

la legislación dederecho de autor

la legislación sobrecompetencia desleal

otras

Alemania SÍ SÍ legislación sobre marcasArabia SauditaArgelia SÍ SÍArgentinaArmenia N/A N/AAustralia NO NOAustria SÍ SÍAzerbaiyánBangladeshBelarús SÍ SÍBhután NO NOBosnia y HerzegovinaBrasil NO SÍBrunei DarussalamBulgaria SÍ SÍCamboya NO NOCanadá NO N/AChileChinaColombia N/A N/ACôte d’IvoireCroacia SÍ SÍDinamarca SÍ SÍEcuadorEl SalvadorEslovaquia SÍ SÍEslovenia N/A N/AEspaña SÍ SÍEstados Unidos deAméricaEstonia SÍ SÍFederación de Rusia SÍFilipinasFinlandia NO NOGeorgia SÍ N/AGrecia SÍ SÍHungría SÍ SÍItaliaJapónKenyaKirguistánla ex RepúblicaYugoslava de Macedonia

NO NO

Letonia SÍ SÍdiseños registrados y no registrados

protegidos también bajo legislación UELituania SÍ SÍMadagascarMalasia SÍ NOMarruecos SÍ N/A

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WIPO/STrad/INF/2 Rev.2página 283

XV. SISTEMA DE PROTECCIÓN EN VIRTUD DEL CUAL SE RESPONDIÓAL PRESENTE CUESTIONARIO

127. En virtud de la legislación aplicable, los diseños industriales están protegidosasimismo en virtud de:

Países/Oficinasregionales de P.I.

la legislación dederecho de autor

la legislación sobrecompetencia desleal

otras

México SÍ ley sobre propiedad industrialMónacoNicaraguaNoruega SÍ SÍNueva Zelandia SÍ SÍPakistán SÍPoloniaPortugal NO SÍReino Unido SÍ N/ARepública Árabe SiriaRepública ChecaRepública de Corea SÍ SÍRepública de Moldova SÍ SÍRepública DominicanaRumania NO NOSenegalSerbia SÍ SÍSingapurSudáfrica SÍ N/A Common LawSudánSuecia SÍSuiza NO NOTailandiaTúnezTurkmenistán ley de patentes de TurkmenistánTurquía SÍ SÍUcrania SÍ SÍUruguayViet NamCE SÍ SÍOAPIOBPI SÍ SÍ

[Fin del documento]