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Unión Mexicana de Propietarios de Caballos de Competencia, A.C. ______________________________________ ______________________________________ COMISIÓN ESPECIAL PARA INDAGAR EL FUNCIONAMIENTO DE LAS INSTANCIAS DEL GOBIERNO FEDERAL RELACIONADAS CON EL OTORGAMIENTO DE PERMISOS PARA JUEGOS Y SORTEOS FORO Perspectiva actual de los Juegos y Sorteos en México, hacia la construcción de una nueva Ley Guadalajara, Jalisco Miércoles 26 de Marzo de 2014 EGAP Aspectos positivos y negativos sobre los permisos para operación y explotación de carreras de caballos con cruce de apuestas. Las Carreras de Caballos en México. Experiencias y realidades Elaborado por el cuerpo de asesores y las personas designadas por el Consejo Directivo de la UMPCC, A.C.

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COMISIÓN ESPECIAL PARA INDAGAR EL FUNCIONAMIENTO DE LAS INSTANCIAS DEL GOBIERNO FEDERAL RELACIONADAS

CON EL OTORGAMIENTO DE PERMISOS PARA JUEGOS Y SORTEOS

FORO

Perspectiva actual de los Juegos y Sorteos en México,

hacia la construcción de una nueva Ley

Guadalajara, Jalisco Miércoles 26 de Marzo de 2014 EGAP

Aspectos positivos y negativos sobre los permisos para

operación y explotación de carreras de caballos con cruce de apuestas.

Las Carreras de Caballos en México. Experiencias y realidades

Elaborado por el cuerpo de asesores y las personas designadas por el

Consejo Directivo de la UMPCC, A.C.

Unión Mexicana de Propietarios de Caballos de Competencia, A.C.

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Índice

1. Antecedentes

Un poco de historia

La importancia de la industria.

2. El caso del Hipódromo de las Américas

Antecedentes

La formación de la Unión Mexicana La Nueva Administración del Hipódromo de las Américas. Codere

3. La autoridad hípica actual. Un organismo de facto.

4. Medidas inmediatas para evitar que el deterioro continúe.

5. Medidas adoptadas por la hípica internacional para rescatar la

industria hípica.

6. Consideraciones para crear una política pública para el desarrollo de la Industria Hípica Mexicana

7. Propuesta

Anexos

Comentarios adicionales

Condiciones del permiso incumplidas.

¿Qué es el sistema de apuestas parimutual y la retención autorizada?

Integración y Funciones de la Nueva Comisión Nacional de Carreras de Caballos propuesta.

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Agradecemos su invitación a este importante foro. Es de nuestro interés exponer, informar y proponer acerca del estado en que se encuentra nuestra industria y así poder responder al tema que nos asignaron. Nuestra intención primordial es que el Estado Mexicano conozca la problemática y el potencial que tiene la industria hípica para crear riqueza. Una aclaración: todo lo que aseguramos aquí, lo podemos documentar.

1) Antecedentes Nos da gusto que después de tantos, tantos años, se abre la posibilidad de contar con una nueva Ley en la que esperamos no se deje una pizca de discrecionalidad para su aplicación, pues la Ley vigente de 1947 ha sido la “Reina de la Discrecionalidad…”. Así pues, consideramos que la nueva Ley debe contemplar a todos los sectores que integran la industria del juego, debiendo ser, por necesidad, de vanguardia. Para elaborarla y aprobarla deben conocer nuestros problemas y realidades. Cabe mencionar que hemos presentado, desde el sexenio pasado, un sin número de promociones y peticiones, haciendo ver a la autoridad responsable, la Secretaria de Gobernación, la gran cantidad de irregularidades que existe hoy día en nuestra actividad: la industria hípica de carreras de caballos. Todas las solicitudes que hemos hecho se pueden leer en el sitio web de nuestra asociación: www.umpcc.com.mx/transparencia.html ¡Hay quien afirma que este no es un asunto prioritario para el país pero sí que lo es, para las más de 3,000 familias que viven y dependen de ella…! Mejor dicho; apenas sobreviven…

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Entrando en materia: señalamos que los permisos que el gobierno federal otorgó, para el funcionamiento de los hipódromos que existían en el país, se otorgaron bajo el tenor de impulsar la cría de caballos de carrera, fomentar el turismo y, desde luego, cumplir con el Plan Nacional de Desarrollo generando empleos… en términos generales, ¡hacer crecer una industria! Podemos afirmar que el indiscriminado otorgamiento de permisos de otras modalidades del juego, ha afectado gravemente nuestra actividad ya que no es lo mismo conectar una máquina tragamonedas a la electricidad que criar un caballo de carreras. Así, se ha colocado a la hípica en clara desventaja. No estamos en contra de los casinos, al contrario, pero por la falta de legislación específica que contemple una visión integral de toda la industria del juego y ante tanta competencia, hemos sido seriamente afectados. La declinación de la hípica ha sido un fenómeno mundial pero los legisladores de otros países han encontrado soluciones para incentivar a la hípica y ahora, todos vuelven a crecer. Dado lo anterior, esta ponencia tiene por objeto analizar, discutir y explicar la actual situación que guarda la Hípica Nacional, que al ser un sector importante en la industria del juego, debemos estar incluidos de manera significativa y protegidos en la nueva Ley.

A lo largo de los años hemos presenciado el continuo deterioro de la industria hípica y podemos afirmar, con pena, que si hoy no se toman las medidas necesarias, ustedes y nosotros, pronto seremos testigos de la desaparición de las carreras de caballos Pura Sangre en nuestro país. Estamos convencidos que sí existe la posibilidad de volver a crear una auténtica industria hípica para que ésta cumpla con su verdadero propósito social; crear muchos empleos especializados y bien remunerados, sobre todo donde más se necesita: en el campo mexicano.

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Sostenemos que la industria hípica, es una actividad que debe crear riqueza, bienestar y prosperidad, —no sólo para los permisionarios, como ha sido hasta ahora— sino para todos los que participamos con ella: criadores, propietarios, entrenadores, veterinarios, jinetes, caballerangos, herreros, talabarteros, meseros, taquilleros, funcionarios de carreras bien pagados, etcétera. La derrama económica que produce la hípica influye de manera significativa en las siguientes industrias: Agrícola, con la producción de granos y forrajes; ganadera (cría de caballos); farmacéutica por los medicamentos veterinarios que se utilizan; turística; construcción (de plantas hípicas y centros de entrenamiento); alimenticia en restaurantes y bares; transportes especializados; en los Estados Unidos hasta la industria editorial se beneficia... Por ello, señores Diputados, al momento de sopesar los alcances de la nueva ley, habrá que preguntarse, ¿Qué otro sector relacionado con el juego produce este efecto? Además de la amplia generación de empleos, las carreras de caballos ofrecen un magnífico espectáculo, de esparcimiento y diversión en un ambiente familiar, como lo logra cuando es bien presentado, sin que ninguno de los otros sectores de la industria lo satisfaga de igual manera. Las carreras de caballos Cuarto de Milla, que también se han visto seriamente afectados, ya que el espectáculo que brindan es tan popular en nuestro país, con una ley adecuada también será impulsada y necesitan buscar nuevas opciones de desarrollo. Nuevos esquemas para su crecimiento. Más adelante proponemos cómo.

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Un poco de nuestra historia. La importancia de la industria. En su momento, en el país operaban cuatro hipódromos, siendo el de la ciudad de México el único que actualmente funciona, aunque con un espectáculo reducido y de muy mala calidad. Los hipódromos de la frontera; Tijuana, sólo ofrece carreras de galgos y Nuevo Laredo está cerrado y abandonado. Ciudad Juárez, que contaba con planta hípica maravillosa, ya cambió de giro y casi ninguno de los permisionarios respetó las condiciones impuestas en los permisos otorgados, pero si explotaron los libros foráneos —ahora convertidos en verdaderos casinos—, violando lo establecido en los permisos originales y en violación flagrante de la Ley vigente. El desconocimiento o la ignorancia provoca que algunas personas consideren las carreras de caballos como un “hobby”, nada más alejado de la realidad. Debemos asegurar que las carreras de caballos es una industria; “no es un hobby”. Para resaltar su importancia obsequiemos algunos datos interesantes:

“En casi todas las capitales del mundo funciona un hipódromo”, en nuestro país existe sólo uno y desgraciadamente no opera bien”.

"En Estados Unidos, por su importancia económica, la hípica está considerada igual al tamaño de la industria del vestido y del tabaco... contando con más de 70 hipódromos rentables y operando con éxito.

“El año pasado, en los Estados Unidos se criaron más 23 mil potrillos Pura Sangre, alcanzando un precio promedio de venta en las subastas de más 60 mil dólares por ejemplar; en nuestro país se criaron tan solo 300 ejemplares, cuando en una época se criaban más de 2,400. En Venezuela se crían más de 1,500

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potrillos al año y en Argentina más de 8 mil”. En Uruguay más de 1,300. En Perú, Panamá y Puerto Rico la hípica crece pues tiene todo el apoyo de sus autoridades gubernamentales”.

En México somos el tercer país con mayor número de Caballos Cuarto de Milla registrados.

“Los caballos de carrera bien criados valen muchos dólares, bien pudiera ser una industria de exportación que genera divisas y debemos fomentarla”.

“En relación al empleo que genera la hípica, la experiencia internacional dice que un caballo de carreras estabulado en algún hipódromo, debe crear 2.8 empleos directos más tres indirectos.” Nuestro hipódromo, sí funcionara adecuadamente, debería crear más de 3,000 empleos directos. El nacimiento de un potrillo produce 1.2 empleos”.

“La derrama económica que producía esta industria en el agro mexicano en la década de los 70 era muy importante. Cuando el Hipódromo de las Américas estaba bien operado y se firmó un convenio con los productores de avena de Chihuahua, para dar de comer a más de 1,600 caballos que estaban estabulados.

“En cuanto a los premios promedio por carrera ofrecidos a los propietarios de caballos, la proporción en la actualidad es desastrosa. Los propietarios de caballos en el Hipódromo de las Américas tienen que subsidiar hasta el 80% del costo de su mantenimiento”.

“En Panamá, los premios ofrecidos a los caballistas son 3.8 veces mayores que en nuestro país, mientras que el costo de su manutención es mucho más bajo.

“Sabían ustedes que en la última década dos jinetes mexicanos que se iniciaron en nuestro hipódromo —verdaderos atletas— han

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ganado el Derby de Kentucky, que es considerada la carrera más prestigiosa en el mundo”.

2) El caso del Hipódromo de las Américas

Antecedentes En 1996, el Gobierno Federal, “consciente de la importancia económica de la industria hípica mexicana” decidió impulsarla licitando y otorgando un nuevo permiso para operar el Hipódromo de las Américas; se incluyó en dicho permiso la operación de 45 libros foráneos. Además, autorizó que en terrenos pertenecientes al Patrimonio Inmobiliario Federal se explotaran otros "giros complementarios" como por ejemplo, entre otros negocios, el Centro de Exposiciones Banamex buscando así hacer factible la operación exitosa de la empresa permisionaria y por ende de la planta hípica y así lograr un crecimiento acelerado de nuestra actividad. Años después, la permisionaria consiguió la autorización para operar 20 casas de apuestas adicionales, haciendo un total de 65. Para dicha licitación, la Dirección de Gobierno de la Secretaría de Gobernación, durante la administración del Presidente Zedillo (Chuayfett), contrató los servicios de un asesor externo, el despacho Castañeda y Asociados, S.A. de C.V., para que determinara la elegibilidad de los postores y la evaluación de los proyectos, determinando que la actual permisionaria no podía ser objeto del otorgamiento del permiso. El propósito del otorgamiento del permiso, dictaba la convocatoria de licitación (diciembre 1996) que "el Hipódromo de las Américas debe constituirse en el detonador del resurgimiento de esta importante industria aprovechando su enorme potencial y su inigualable tradición". Y agregaba: "La rehabilitación del Hipódromo de las Américas debe fundarse en bases de óptima solidez para garantizar el éxito de los

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diversos sectores que dependen de su eficaz explotación, asegurando que su operación rinda un espectáculo de calidad similar a los espectáculos internacionales… y para que la generación de recursos acredite un mayor monto en los premios y para el desarrollo y fortalecimiento de la cría caballar y mejores condiciones a caballistas, jinetes y demás sectores involucrados, incluyendo la participación que se ofrezca al Gobierno Federal”. Todo ello, hasta el día de hoy es letra muerta… En el anexo 1 ampliamos este tema. Desde que la permisionaria (AMH) se hizo cargo de la operación de la planta hípica, no cumplió con muchas de las condiciones que le imponía el permiso, las cuales señalamos en el anexo 2. Y así empezó la debacle: Las instalaciones de la tribuna central y preferente se redujeron sustancialmente para dar acomodo hoy a las oficinas del grupo concesionario (CIE) — que nada tienen que ver con las carreras de caballos—, disminuyendo el aforo de la planta hípica a menos de la mitad de su capacidad original. En alguna de las antiguas tribunas ahora operan un gran casino. Así, los bienes públicos se dejaron en manos de un particular y habría que averiguar, señores diputados, si se cumple para esta propiedad federal con todo lo dispuesto en la Ley General de Bienes Nacionales. Señalamos sólo un dato para su información: haciendo un avalúo conservador de la propiedad que usufructa la permisionaria, que tiene más de 50 hectáreas, bien podrían valer 2,000 millones de pesos (a 300 dólares por metro cuadrado)… ¡un cálculo muy conservador!... Ante la protesta de los caballistas, la empresa decide reducir la pista de carreras, con la intención de construir un hotel (que a la fecha no se construido) y en perjuicio de los atletas equinos que son obligados a correr en condiciones adversas.

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Pasaron los años y la empresa "hizo lo que quiso" y nunca consolidó el espectáculo, y podríamos suponer que por no haber cumplido con el objeto del permiso que se les otorgó, bien podría ser una causal para la revocación de su permiso. Tenemos pues, más de una década perdida y si sumamos los últimos años en que la anterior permisionaria fracasó en su negocio, tenemos más de dos décadas perdidas y nuestra industria de cría de caballos de carrera Pura Sangre tiende a desaparecer; sólo ha sobrevivido por el esfuerzo de los entusiastas caballistas mexicanos que quedan y esta Industria, con un pequeño impulso, rápidamente volvería a quedar en posibilidades de exportar nuevamente caballos. La Formación de La Unión (nuestra asociación). La falta de premios suficientes, un inadecuado mantenimiento de la pista, una operación hípica deficiente y las medidas de represión adoptadas por la empresa en contra de algunos propietarios de caballos, han contribuido, a la reducción drástica de criadores y propietarios y por ello, en junio de 2011, un importante grupo de caballistas y criadores activos de la planta hípica, se vieron en la necesidad de constituir la "Unión Mexicana de Propietarios de Caballos de Competencia, A.C." Todo ello y como consecuencia del silencio de la empresa a escuchar nuestras legítimas demandas, la Unión solicitó a la Dirección General de Juegos y Sorteos en octubre del mismo año su intervención para que, como autoridad reguladora, se pudiera conseguir un aumento de premios, que no se había dado en 10 años, así como para constituirse en Órgano Técnico de Consulta de la Secretaría de Gobernación dado que el actual, es un "organismo de facto", organizado, regulado y pagado por la empresa. Este organismo es la “Comisión Mexicana de Carreras de Caballos y Galgos, A.C.”, que vino a sustituir a la derogada “H. Comisión Nacional de Carreras de Caballos y Galgos” Más adelante entraremos en detalle sobre el particular.

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Gracias a las gestiones que hizo la "Unión" ante la Dirección General de Juegos y Sorteos, esta obligó a la empresa a tener acuerdos y convenios para mejorar nuestras condiciones, así se obtuvo, para la temporada de 2012 un pequeño aumento en los premios. La Nueva Administración del Hipódromo de las Américas. CODERE. Debido a graves problemas financieros, los accionistas originales del Grupo CIE vendieron en junio de 2007 a la empresa española CODERE el 49% de sus acciones y en febrero del 2012 vende otro 35.8% en la cantidad de 2,654 millones de pesos, teniendo ahora CODERE casi el 85% del paquete accionario, en contra de lo que estipula el permiso original que claramente limita la participación de socios extranjeros a un porcentaje no mayor al 49%. (Condición primera del permiso). CODERE opera formalmente el Hipódromo de las Américas desde marzo de 2012 y obligados por la autoridad, firmó acuerdos con nuestra asociación que en su oportunidad no se respetaron.

CODERE es el operador con mayor presencia en locales de juego en México, ya que participa con un total de 94 salas y opera más de 19,500 terminales de juego. Debido a otra negociación que hizo con el Grupo Caliente, CODERE posee el 67.3% del capital de otras cinco permisionarias que operan 44 salas de juego. Actualmente CODERE tiene el 27% del mercado mexicano y es la empresa dominante. Es de suma importancia comentar el actual estado financiero en que se encuentra CODERE, el 2 de febrero de este año, la empresa en España presentó, un “preconcurso de acreedores” al no poder abonar los 127 millones de euros de su millonaria deuda y sus activos se ven

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seriamente amenazados de ser intervenidos por uno de los llamados “fondos buitre”, denominado “Black Stone”. Esta posibilidad tiene muy preocupados a los caballistas activos en el Hipódromo de las Américas, al desconocer nuestro futuro. Según las cuentas del tercer trimestre de 2013, la multinacional española acumula una deuda de 1,214 millones de euros. Y nos preguntamos, ¿Acaso una empresa, con la mayoría de sus acciones en manos de una empresa extranjera y con graves problemas financieros puede seguir gozando de un permiso como el que explota, sobre todo si en 10 años no ha podido demostrar capacidad para cumplir con lo dispuesto en el permiso correspondiente? ¡En nuestro país sí generan utilidades! Recordemos: el objeto del permiso era el mayor otorgamiento de premios posibles y el impulso de esta industria, pero no hay voluntad para cumplir con el mismo. Como en todos los años de vigencia del permiso, para la temporada 2013 no hubo un aumento en los premios y ahora se anuncia para la presente temporada (2014), que se reduce de cuatro a tres días de carrera por semana, lo que significa una disminución de más de 25% en los premios y todo ello debido a la pésima situación financiera de CODERE INTERNACIONAL. Es de comentar que en México si genera utilidades. ¡La situación para el gremio hípico mexicano es insostenible! 4) La autoridad hípica actual. Un organismo de facto. Hay que saber que los hipódromos son fundamentalmente “casas de apuesta”. En las carreras de caballos debe existir un organismo que vigile y regule su buen funcionamiento, este debe ser una Comisión de Carreras.

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Durante el inicio de la presidencia de Vicente Fox, el secretario de Gobernación Santiago Creel nombró a su amigo, el licenciado Manuel Ignacio Pacheco Hinojosa como nuevo presidente de la “Comisión Nacional de Carreras de Caballos y de Galgos”, que en su momento era un organismo dependiente de la Secretaría de Gobernación con funciones de autorizar, vigilar y regular nuestra actividad. El Comisionado, no tenía ninguna experiencia en el ramo, pero bueno… Para marzo de 2004 se expide el Reglamento de la Ley Federal de Juegos y Sorteos en el cual se determinó la derogación del decreto presidencial de marzo de 1974 que había creado la "Comisión Nacional de Carreras de Caballos y de Galgos" y esta Comisión se sustituye por un nuevo ente denominado "Órgano Técnico de Consulta", que hoy día trabaja al servicio de la empresa. Para todo esto, presumimos que la permisionaria logró influir por la cercana relación del actual Comisionado con el secretario Creel. Ante una Industria hípica que no fue tomada en cuenta, se constituyó el nuevo Órgano Técnico de Consulta, cuyo titular, desde su origen y hasta la fecha, inexplicablemente sigue siendo el Lic. Manuel I. Pacheco Hinojosa, en total desacato a lo que ordena el citado artículo 47º del Reglamento adjetivo y a todas luces en perjuicio de la Industria y, presumimos, con el claro objeto de frenar su desarrollo y eventualmente hacerla desaparecer. Así continuó el desastre pues no hubo quien pusiera orden en el negocio que regulara las carreras de caballos de manera comprometida e independiente. De acuerdo a la documentación que nos fue entregada por la Dirección General de Juegos y Sorteos, el 9 de mayo de 2012, el Organo Técnico de Consulta fue creada como una Asociación Civil representada por el apoderado de la permisionaria el Ing. José Manuel Alavéz González; el hoy comisionado señor Pacheco y otra asociación Civil que

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representaba al Grupo Caliente de Jorge Hank Rhon, que años más tarde renunció a seguir participando en dicho OTC. Para su operación, copiaron el Reglamento de Carreras de la derogada Comisión y agregaron algunas modificaciones para su conveniencia. Por ejemplo, de acuerdo a las "Reglas Técnicas Aplicables emitidas por la Comisión" en 2008, en el Titulo Séptimo se determina que la casa de apuestas se "autoregula", situación… muy extraña. …Y si quieren saber cómo hacer una perfecta simulación y convertirse en autoridad hípica basta leer la escritura pública de su constitución (número 31,360 del 15 de diciembre de 2004 del notario Pedro Vázquez Nava) en dónde se constata nuestra afirmación. ¿En dónde estaba la secretaría de Gobernación?... Dicha Comisión no ha desempeñado su trabajo con rectitud. Permite prácticas deshonestas como, por citar sólo un ejemplo, autoriza que un solo dueño —bajo diferentes seudónimos— ofrezca él solo una carrera. Además, consiente muchas otras "simulaciones" como por ejemplo "entrenadores de paja", creando un verdadero caos en la operación hípica. Estos mecanismos de "simulación" no permiten condiciones equitativas de competencia, lesionando severamente a los apostadores y muchas veces coloca, en clara desventaja a los demás competidores de las carreras. Son prácticas deshonestas que debieran estar penalizadas severamente, sin embargo se consienten, a la luz y complacencia de la empresa permisionaria y de la SEGOB. Más grave todavía, "La Comisión" tiene un control absoluto en los resultados de las pruebas "antidopaje" del uso de sustancias permitidas y prohibidas; sanciona a los jinetes, entrenadores y a quien se oponga a sus designios lo expulsan e imponen castigos y multas muy severas.

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Recientemente inventaron que para que no hubiera “duda en los controles antidopaje” estos se hicieran en un laboratorio extranjero... Nos seguimos preguntando, ¿Qué no habrá un laboratorio nacional competente para hacerlos…? Los recursos de defensa sobre las sanciones impuestas por la actual comisión, son rechazados –y ni siquiera son recibidos- en las oficinas que esta Comisión tiene en el Hipódromo, colocando de esta manera en un total estado de indefensión a todos aquellos que hacemos posible el espectáculo y que quedamos a merced de su libre albedrío e intereses. Abundando más en el tema, tal es la carencia de supervisión por parte de la Autoridad (SEGOB), que el secretario técnico de la Comisión, Lic. Marco Antonio Rojas Zepeda, coacciona a los “presuntos culpables” y los obliga a que el mismo les elabore un escrito de apelación, cuando esto es un DELITO, previsto en la Legislación Mexicana vigente, al cual se le denomina PREVARICATO, mismo que se entiende cuando un abogado asiste o ayuda a dos o más contendientes con intereses opuestos en un mismo negocio. Además, el OTC tiene la autorización para certificar y cobrar cuotas en todos los escenarios temporales del país, las llamadas carreras parejeras, —pues es requisito para que la Dirección General de Juegos y Sorteos los autorice para celebrar sus carreras—, haciendo de esto, pareciera, un magnifico negocio particular del “Comisionado y sus asociados”. Sí… tampoco no hay rendición de cuentas. ¿Para qué, nadie los obliga…? Ante tantas anomalías, hemos denunciado la situación con insistencia. La Dirección General de Juegos y Sorteos, tiene en sus archivos, la denuncia de estos hechos, formulada el 28 de octubre de 2011 por la UMPCC, así como la petición que con fecha 16 de mayo de 2013 le

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hicimos las tres únicas asociaciones que hacen posible el espectáculo en el Hipódromo de las Américas para constituir un nuevo Órgano Técnico de Consulta, en apego al artículo 47º del Reglamento, y quedar en posibilidad, conjunta e indistintamente de asumir las funciones de una auténtica Comisión de Carreras. A la fecha no hay respuesta ni cambios. Todo se ha tolerado inexplicablemente. Ni siquiera existe un interventor de la SEGOB que supervise como lo obliga el permiso original. De acuerdo al oficio DGJS/DGAJ/0159/2013 de fecha 11 de noviembre de 2013, el director general adjunto jurídico de la Dirección de Juegos y Sorteos nos hace saber que “la única interacción que tiene esta institución (la DGJS) con esa Asociación (la Comisión), son consultas técnicas”… ¿Qué el OTC no tiene autorización para vigilar y regular los centros hípicos? Por lo anterior, podríamos entender que la Dirección de Juegos y Sorteos hubiera renunciado a las facultades y atribuciones que tiene de acuerdo al artículo segundo del Reglamento de la Ley que a la letra dice: “La Dirección General de Juegos y Sorteos es competente para autorizar, controlar, vigilar, tramitar y resolver los asuntos relacionados con el cumplimiento de la Ley y el presente Reglamento, incluyendo todos los procedimientos administrativos y sancionatorios que deriven de juegos con apuestas y sorteos” …y conociendo como funciona su OTC no ha puesto orden. Con respecto a cómo se debe integrar un OTC, el Reglamento de la Ley señala: Artículo 47 del Reglamento. “Los órganos técnicos de consulta deberán organizarse de forma tal que incorporen como asociados a la mayoría de los participantes en las carreras de caballos... Serán participantes

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las asociaciones de caballistas…, empresarios, criadores de caballos…, jinetes, árbitros o jueces, entrenadores… permisionarios de hipódromos…, pero no así el público en general”. ¿Sería mucho pedir a esta Comisión indagatoria que el Comisionado licenciado Manuel Pacheco Hinojosa les informe realmente a quién representa en los términos del artículo mencionado?

3) Medidas inmediatas para evitar que el deterioro continúe. Para que un hipódromo funcione bien necesita básicamente tres cosas: una empresa permisionaria que conozca el negocio y de esta forma pueda cumplir cabalmente con lo ordenado en el permiso que disfruta; una autoridad hípica independiente y premios suficientes para que los caballistas puedan mantener adecuadamente a sus caballos y así crear el círculo virtuoso necesario para que la industria crezca. a) La necesidad de crear una nueva autoridad hípica. Mientras se autoriza una nueva Ley y sus reglamentos, la conformación de una nueva autoridad hípica es urgente y necesaria. Que cuente con la autorización expresa para promover, autorizar, vigilar y regular la actividad y con el fin de garantizar plenamente los intereses del público asistente y de los que participamos en las carreras de caballos en todo el país. El cambio propuesto, es el primer paso para generar confianza entre los participantes de las carreras y para que el público aficionado regrese a las carreras… Sin duda, hay muchas otras medidas necesarias que se tienen que revisar para que el hipódromo funcione bien, por ejemplo el asunto de la retención autorizada, que nadie sabe de cuánto es y el público necesita saberlo. En el anexo 3 explicamos qué significa esto Si esta situación prevalece, el público se seguirá yendo al Bingo o a la ruleta… Así de simple.

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b) El Fondo de los Premios es insuficiente. Sin premios suficientes, no puede haber desarrollo de la industria. En la actualidad, los premios otorgados a los caballistas son extremadamente bajos y no alcanza para cubrir más que dos meses del costo de su mantenimiento. El estándar internacional es que un caballo en competencia que gana una carrera paga 6 meses de su costo. La empresa justifica que el permiso otorgado (con todas las modificaciones, que han logrado a su favor) los ampara para no incrementar los premios de manera sustantiva pues sólo están obligados a dar un porcentaje del monto de las apuestas. Actualmente el porcentaje que destina al fondo de premios es mucho mayor, pero este no es ni remotamente suficiente porque no operan el hipódromo como debe ser. Al parecer, sus ejecutivos no conocen los principios básicos de la hípica para tener éxito. La empresa tiene ingresos millonarios por los eventos que organiza en las mismas instalaciones del hipódromo y todos los negocios que explota relacionados en la misma propiedad federal. Hoy, no hay acciones eficaces de la empresa que permitan que el monto de apuestas por función (manejo, handle) y la asistencia se incrementen. C) La cría de caballos Pura Sangre. En tanto, la cría de caballos Pura Sangre ha disminuido a niveles dramáticos. De 2,400 caballos que se criaban en las mejores épocas, ahora se presentan a la subasta —la cual es otra simulación— menos de 300 ejemplares.

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El año pasado, conforme a la "ley de oferta y la demanda", los caballistas mexicanos insatisfechos vendieron a su contraparte panameña, un gran número de caballos en carrera, en detrimento de nuestro espectáculo. Allá pueden generar buenos dividendos. 5) Medidas adoptadas por la hípica internacional para rescatar la industria hípica. Ante la gran competencia que ha generado la instalación de casinos, apuestas deportivas y negocios relacionados con la industria del juego en el mundo, la hípica internacional ha propuesto y logrado un programa de incentivos para que los operadores de "máquinas tragamonedas" contribuyan con un porcentaje de sus ingresos y/o utilidades para formar los fondos para premios, con magníficos resultados. Países como Panamá, Uruguay, la Argentina y los Estados Unidos de Norteamérica vuelven a tener industrias hípicas fortalecidas y en pleno crecimiento. El decreto promulgado por el gobierno de Panamá en septiembre de 2011, bien nos pudiera servir de ejemplo para que las autoridades sepan cómo se puede rescatar nuestra industria hípica. En estado de Nuevo México (USA), en uno de sus hipódromos esto se ha logrado: “Sunland Park Racetrack & Casino abrió sus puertas en 1959 sólo como un hipódromo. En los años noventa, las carreras de caballos en los Estados Unidos era una industria que estaba declinando; por ello el estado de Nuevo México diseño una nueva legislación permitiendo que en los hipódromos operaran máquinas tragamonedas y con la intención de salvar la industria hípica del estado. Así, el 26% de las utilidades (revenues) de la operación de las tragamonedas se destinan a impuestos y un 20% adicional se destinan al fondo de premios de los caballistas logrando tener ahora un espectáculo de calidad con magníficos premios”. Señores legisladores, no hay mucho que inventar para rescatar nuestra industria y los miles de empleos adicionales que podemos generar,

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copiemos el ejemplo exitoso de este estado de la Unión Americana. Su legislación es de vanguardia. Nuestra propuesta es que todas las empresas permisionarias que operen máquinas tragamonedas en el país contribuyan al desarrollo de la industria hípica, con un porcentaje de su manejo, sobre todo aquellas que no están obligadas a presentar un espectáculo en vivo. 6) Consideraciones para crear una política pública para el desarrollo de la Industria Hípica Mexicana. A lo largo de muchos años, el Gobierno Federal en tumo, ha establecido políticas públicas adecuadas para las diferentes industrias que participan en el desarrollo del país y tal y como se señaló, entre ellas la Industria hípica. En nuestro Hipódromo, la falta de promoción adecuada le ha restado desarrollo y la nutrida participación de apostadores que un espectáculo de su naturaleza debería tener. No se le ha prestado la atención debida y ha llevado a las autoridades responsables a la falsa creencia de que operar hipódromos son malos negocios. Sí se convencen que esta actividad, sí es una industria, como lo hemos pretendido demostrar y se establecen bases sólidas a través de la nueva ley, con una política pública encaminada al efecto, podríamos hablar que en un futuro cercano, la hípica puede generar 20,000 empleos directos adicionales para el final del sexenio. Exponemos como: Como ustedes saben, existen numerosos "escenarios temporales" que ofrecen las llamadas "carreras parejeras" que por estar poco regulados y vigilados no contribuyen como debieran a la industria pues las carreras parejeras no admiten el sistema "parimutual" y bien se podrían promover y autorizar nuevos permisos, nuevos pequeños hipódromos, creando "Circuitos Hípicos Regulados para caballos Cuartos de Milla" con sistemas de apuestas "parímutuales", para crear una infraestructura

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conveniente y lograr tener una industria vigorosa, toda ella gozando del programa de incentivos propuesto. Repetimos: Para las carreras de caballos Cuarto de Milla es tiempo de tener un esquema diferente. Así pues: miembros del Congreso de la Unión y del gobierno de la República, están ahora bien informados de quienes hacemos posible esta actividad. 7) Propuesta Se propone la creación de la “Comisión Nacional del Juego” que deberá ser formada por funcionarios profesionales, íntegros y completamente autónomos de las empresas permisionarias. La Comisión Nacional regularía todas las actividades relacionadas del juego con apuesta. “Dentro de la Comisión Nacional del Juego, se propone la creación de una nueva “Comisión Nacional de Carreras de Caballos y de Galgos”, para que el Estado Mexicano recupere la rectoría de esta importante actividad”. La nueva Comisión Nacional de Carreras de Caballos propuesta—por su especialización— trataría los asuntos relacionados con la industria hípica, es decir, con funciones de promover, autorizar, regular y vigilar esta actividad y tendría, entre otras, las funciones que se proponen en el Anexo 4. Una propuesta adicional: Es probable que los miembros de la Comisión propuesta quieran ser nombrados por el señor Secretario de Gobernación y algunos de sus pares. Para evitar lo que ha pasado y hemos documentado, nuestra propuesta es que la Cámara de Diputados certifique y apruebe a los futuros comisionados, sugeridos, tal vez, por las asociaciones que hacen

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posible esta industria, como lo ha logrado en el caso del nuevo Instituto Nacional de Elecciones (INE) y otros organismos similares. Por lo anterior, solicitamos que:

I. Se incluya a la Industria hípica como parte integral de las carreras de caballos con cruce de apuesta en la nueva Ley de Juegos y Sorteos y se dicten en ella las medidas necesarias para su conservación, crecimiento y desarrollo. (Debemos recordar que las carreras de caballos con cruce de apuesta son, al momento, una de las escasas modalidades de apuesta permitida por la ley que se mantiene activa y cuya protección y desarrollo ha sido preocupación constante del Gobierno Federal).

II. Se fijen o establezcan en dicha Ley mecanismos que otorguen porcentajes para ser aportados en apoyo a la Industria hípica por parte de los demás juegos con apuestas sin espectáculo en vivo, permitiendo así el correcto equilibrio entre los diversos sectores del juego con apuesta que venga a regular esta Ley.

(Corresponderá a la autoridad determinar el monto de retención, de acuerdo a los modelos a que hemos hecho referencia; sin embargo, considerando el gran número de salas de juego que existen, el porcentaje de apoyo para toda la industria tendría un gran beneficio social que implica el desarrollo de la Industria hípica).

Urge pues, señores y señoras una nueva legislación. Una autoridad honesta y competente en la que se pueda apoyar toda la industria del juego, sean carreras de caballos, máquinas tragamonedas o ruletas. El Juego no es simple diversión, es una industria poderosa que pude satisfacer muchas necesidades y sólo teniendo las leyes adecuadas —y los hombres y mujeres que les den cabal cumplimiento— resultará benéfico para nuestro país.

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Sepan ustedes, diputados que estamos a su entera disposición para contribuir, con nuestra experiencia y conocimientos, para que nuestra industria esté considerada de manera prioritaria en la nueva Ley y sus reglamentos.

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Anexos Anexo 1. Comentarios adicionales. Debemos recordar que el Ejecutivo, preocupado por rescatar las 3,000 fuentes de empleo por el cierre del Hipódromo, decidió volver a licitar la planta hípica. No era necesario ser muy perspicaces para adivinar que sin fuentes alternas de ingresos esta Industria no sobreviviría. En el momento histórico en que se licitó el Hipódromo de las Américas, el limitar la mecánica financiera adoptada a nivel internacional para sostener e impulsar la Industria hípica era algo menos que imposible, pues las fuentes alternas de ingresos utilizadas en otros países estaban y están prohibidas por la Ley Federal de Juegos y Sorteos; sin embargo, los sorteos de números no lo están. De ahí se entiende y, sobre todo, solo así se justifica el porqué, conjuntamente con el otorgamiento del permiso de operación del Hipódromo, se otorgaron autorizaciones para casas de sorteos de números, que vía reglamentaria en unos cuantos años han venido robusteciéndose en giro y número, sin que hasta la fecha, tanto las del permiso del Hipódromo, como las otorgadas con posterioridad a diversos permisionarios, cumplan con la razón original a la que deben su existencia, vía liberación reglamentaria y que fue precisamente la de apoyar a la Industria hípica. Así pues, esta Industria del juego que tuvo en México sus orígenes como fuente alterna de ingresos y estímulo a la Industria hípica, ha crecido y crecido cada día más y mientras más crece más se aleja y afecta a la Industria hípica. Por ello, bastarán medidas adecuadas por parte de los Legisladores para que una vez que estas modalidades del juego sean correctamente reguladas por la Ley y aporten en su adecuada dimensión apoyos a la Industria hípica que se cumplirá por fin el objeto que motivó al Ejecutivo a iniciar y regular todas estas nuevas prácticas del juego con apuesta. Anexo 2. Condiciones incumplidas en el permiso y modificaciones al mismo

Por años, la permisionaria no contó con "uno o varios socios que cuenten con experiencia exitosa en la explotación de hipódromos con cruce de apuestas o actividades conexas al objeto de este permiso". (Cláusula segunda del permiso de fecha DGG/SP/450/97).

Otorgado el permiso, Administradora Mexicana de Hipódromo logró obtener una gran cantidad de modificaciones al permiso original de la cual destaca por ejemplo, que 84 millones de pesos que debía pagar la nueva empresa para cubrir los pasivos laborales de la anterior permisionaria y era condición

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necesaria para obtener el permiso en comento, de manera extraña lograron la autorización para que "del porcentaje de las participaciones" que le correspondían a la Secretaría de Gobernación se fuera amortizando este dinero. (Oficio # DGG/SP/1709/98 del 19 de septiembre de 1998).

En el permiso original existe la obligación de parte de la empresa de formar una escuela de jinetes cosa que hasta el mes pasado, parece que toma forma…

La permisionaria deberá celebrar eventos que promuevan Ia participación de ejemplares nacidos en el país, así como alargar primas especiales para caballos ganadores mexicanos, de acuerdo con Ias disposiciones que dicte Ia Comisión Nacional de Carreras de Caballos y de Galgos, de acuerdo con los programas correspondientes, sin que ello signifique que no se autorice Ia participación de equinos extranjeros.

También se pueden citar las clausulas decima quinta y decima sexta que tampoco se cumplen, que obligaban a que en la Dirección de Juegos y Sorteos se instale una terminal para tener acceso a los datos completos sobre el cruce de apuestas y muy grave, la décima sexta en que se modificó la reducción de la retención del 0.75% que le se autorizó originalmente para los criadores.

Podemos ampliar esta información exhibiendo un instrumento que demuestra claramente la posibilidad de sancionar este permiso gubernamental. Anexo 3 ¿Qué es el sistema de apuestas parimutual y la retención autorizada? Los sistemas de apuesta que se cruzan actualmente en los hipódromos contemporáneos se basan en el sistema parimutuel. Este consiste en que del monto total del dinero que se cruza en las carreras las autoridades autorizan una retención (take out) que normalmente oscila. en hípicas respetables entre 20 y 22 porciento. Esta retención se usa para el pago de los premios para los caballistas el pago de impuestos y las utilidades del empresario. El resto del dinero se reparte entre los felices apostadores que lograron acertar en sus pronósticos. Como es lógico entre mayor es la retención, menos dinero se reparte entre los aficionados ganadores y es como apuntamos una de las causas del deterioro del HA. Vale la pena informar que en un estudio realizado en Estados Unidos se determinó que por cada punto porcentual que se incrementa esta retención, la asistencia y el manejo disminuyen en un tres y nueve por ciento respectivamente.

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Anexo 4 Funciones de la nueva Comisión propuesta.

Anteproyecto

(Mientras se aprueba una nueva Ley Federal de Juegos y Sorteos). Nombre: Comisión Nacional de Carreras de Caballos de Carrera, A.C. (CONACCC). Objetivo: Ser el Organo Técnico de Consulta de la Secretaría de Gobernación de acuerdo a lo que dispone el Reglamento de la Ley de Juegos y Sorteos (artículo 47 y demás relativos). Para ello habrá que solicitar que se registre como Organo Técnico de Consulta en la Secretaría de Gobernación para que, de acuerdo a sus estatutos de la escritura pública que se constituya, “Fomente, Regule y Vigile” las Carreras de Caballos con cruce de apuesta en la República Mexicana. Deberá tener la autorización expresa de Secretaría de Gobernación para ser la máxima autoridad y el organismo encargado en materia de regulación, vigilancia y promoción de carreras de caballos en el país. Integrantes: Este organismo estará integrado de acuerdo a lo que manda el artículo 47 del Reglamento de la Ley de Juegos y Sorteos, funcionando como un Organo Colegiado y de acuerdo a la propuesta siguiente:

1) La Comisión Nacional de Carreras de Caballos propuesta, será la autoridad técnica máxima en materia de carreras de caballos de pura sangre y de galgos. Su integración, funcionamiento y atribuciones y se regirán de acuerdo a los estatutos de la escritura constitutiva de la Asociación correspondiente y con la autorización de la Secretaría de Gobernación.

2) La Comisión Nacional de Carreras de Caballos propuesta, estará integrada con un representante de la Secretaría de Gobernación y seis vocales designados de acuerdo a como lo señala el Reglamento de la Ley Federal de Juegos y Sorteos en su artículo 47 (que es muy ambigua).

Los integrantes de la Comisión, designarán por mayoría de votos a su Presidente y de entre los vocales, a aquellos que deberán fungir como secretario y tesorero de la misma.

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La Comisión contará además, con un Comisionado Internacional, cuyas funciones serán las de auxiliar al presidente, en las reuniones, convenciones y eventos internacionales en los que participe la Comisión Nacional de Carreras de Caballos.

Entre los comisionados de la Unión se designará un “Comisionado Ejecutivo”, profesional, para que a través suyo, se ejecuten los acuerdos del Organo Colegiado.

3) Los cargos en la Comisión Nacional de Carreras de Caballos son honorarios y los nombramientos podrán ser revocados discrecionalmente por la propia Secretaría y/o por los comisionados.

4) La Comisión Nacional de Carreras de Caballos, celebrará sesiones ordinarias por lo menos una vez al mes y extraordinarias cuando fuere convocada por su presidente, o por el secretario, en el caso de que así lo soliciten tres vocales.

Las sesiones de la Comisión se celebrarán con la presencia de la mayoría de sus miembros y sus decisiones serán válidas si son tomadas por la mayoría de los presentes. En caso de empate, el presidente de la Comisión dará voto de calidad.

5) El presidente será suplido en sus funciones temporales por el primer vocal y

en ausencia de éste, por el que le siga en orden.

6) El Comisionado Internacional intervendrá en las sesiones de la Comisión, cuando sea solicitado para tratar asuntos relacionados con sus funciones.

7) Para el mejor desempeño de sus atribuciones, La Comisión Nacional de Carreras de Caballos designará un delegado en cada hipódromo o galgódromo que funcione en el país.

El delegado, en representación de la Comisión podrá dictar las resoluciones correspondientes a petición de los árbitros, informando de su actuación mensualmente a la Comisión. Sus honorarios serán cubiertos por las empresas en cuyo establecimiento ejerzan sus funciones.

8) Los delegados deberán asistir a las salas de la Comisión cuando éste organismo así lo solicite. La Comisión citará a cada uno de sus delegados, por lo menos tres veces al año, a fin de tratar con todos los asuntos de interés que se relacionen con el ejercicio de sus funciones en los hipódromos.

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9) La Comisión Nacional de Carreras de Caballos, tendrá las siguientes

atribuciones. I.- Autorizar en los hipódromos que operan en el país y los escenarios temporales la celebración de las temporadas de carreras, conforme al reglamento respectivo, otorgando la licencia correspondientes. II.- Fijar las cuotas que deban cubrir las empresas que operen hipódromos, por concepto de licencia para funcionar en cada una de las temporadas que sean autorizadas. III.- Modificar, cuando lo estime pertinente, las autorizaciones de temporada concedidas a los hipódromos del país. IV.- Autorizar y expedir licencias a los árbitros, jueces, secretarios, tomadores de tiempo, químicos, veterinarios, herradores, entrenadores, jinetes, agentes y propietarios de caballos o de galgos, o a cualquier otra persona que intervenga en la celebración de carreras de caballos, a fin de que puedan desempeñar las funciones inherentes a sus cargos. V.- Cancelar las autorizaciones que hubiere otorgado en los términos de la fracción que antecede. VI.- Autorizar la inscripción de caballos de carrera, así como la de sus dueños, en los registros de los hipódromos en que aquéllos hayan de correr. VII.- Revisar, a petición de parte, en todo caso, las decisiones que se pronuncien por los árbitros, jueces, funcionarios del hipódromo y de sus propios delegados dentro del ámbito de sus atribuciones, en tanto que dichas decisiones adquieran el carácter de definitivas, con apego a las disposiciones legales correspondientes. VIII.- Aprobar y modificar cuando proceda, el Reglamento Nacional de Carreras de Caballos, que inspirándose en la experiencia mundialmente adquirida en éstos deportes, garantice debidamente los intereses de los criadores, propietarios, jinetes, en su caso, y público en general y tienda a fomentar la recría de caballos de carrera en el país. IX.- Designar a los funcionarios y empleados que requiera para el mejor desempeño de sus funciones. X.- Cumplir y vigilar la debida observancia de los reglamentos vigentes, imponiendo las sanciones que procedan, con apego a las disposiciones correspondientes.

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XI.- Las demás atribuciones que le concedan las disposiciones legales de los

ordenamientos aplicados.

PROPUESTA DE LA INTEGRACION DE LOS MIEMBROS DEL ORGANO TECNICO DE CONSULTA (COMISIÓN NACIONAL) EN QUE SE INCLUYEN MIEMBROS DE LAS TRES ASOCIACIONES QUE CON SU ESFUERZO HACEN POSIBLE EL ESPECTÁCULO.

Se propondrán en su oportunidad.

En total se proponen siete (7) comisionados con voz y con voto en las resoluciones que emita el Organo Colegiado. Podría estar integrado además por:

Un Miembro de la empresa permisionaria del Hipódromo de las Américas. Este miembro de la empresa tendrán voz y pero sin voto pues precisamente a ellos hay que vigilar y regular. Los entrenadores y jinetes no deben estar representados pues precisamente a ellos hay que vigilar y regular y si fuera necesario, para cubrir el requisito, podrán convocarse para que se integren a la Comisión pero tan solo tendrán voz y no voto en las resoluciones de la Comisión.

Los comisionados, propuesto, acreditarán su solvencia moral, conocimientos y experiencia en el tema, independencia de las empresas permisionaria y en su caso, serán autorizados por la Secretaría de Gobernación. “Los comisionados” propuestos son miembros distinguidos de la comunidad hípica del Hipódromo de las Américas. Recursos del Organo Técnico de Consulta: Aprobada la integración de la “Nueva Comisión” se propone contar con el mismo presupuesto que tiene designado el actual Organo Técnico de Consulta y que provienen de las empresas que contribuyen a su sostenimiento (este año). Las “reglas técnicas aplicables” serán las que elaboró la Comisión Mexicana, las cuales se revisarán y actualizarán en su caso. Dicho presupuesto se revisará y será autorizado por la SEGOB y que debe, con el tiempo, obtenerse de un porcentaje de las apuestas en las que se ofrecen distintos permisionarios (books). Los porcentajes se determinarán de acuerdo a un estudio minucioso que harán en conjunto la Secretaría de Gobernación y la nueva Comisión propuesta y las empresas permisionarias.

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Otra fuente de probables ingresos son las certificaciones que debe hacer la Comisión a los llamados escenarios temporales, así como los derivados de multas impuestas a los infractores de las reglas, expedición de licencias para el personal que trabaja en las instalaciones y la licencia anual para autorizar la temporada. Árbitros: La estructura de los árbitros debe modificarse de la actual. Cada organización: (1) empresa, (2) caballistas y criadores y (3) el propio Organo Técnico, debe contratar a un profesional en la materia. El objetivo es que cada árbitro sea independiente en sus decisiones y no se sienta presionado en sus disposiciones emitidas (rulings), como sucede actualmente. Personal: La Comisión Nacional propuesta deberá contratará al personal administrativo necesario, secretario técnico, asesores, su propio árbitro y los veterinarios oficiales que verifican y autorizan el estado de salud de los ejemplares para cuando estén inscritos. La empresa designará su propio veterinario. Contratación de un laboratorio certificado. Se contrataría un laboratorio ISSO 9000, por concurso público, que haga las pruebas de dopaje requeridos. El laboratorio se mantendrá en secreto y los resultados serán apelables, de acuerdo a las prácticas, usos y costumbres de la hípica internacional. Este gasto lo absorberán las empresas permisionarias, de acuerdo al recibo fiscal que les presente la Comisión. Otras Funciones importantes de la Comisión. Siendo la Comisión Nacional propuesta “la autoridad máxima en materia de carreras de caballos” deberá gestionar junto con la Secretaría de Gobernación y ante las autoridades correspondientes y el Congreso de la Unión para que emitan leyes, decretos, acuerdos y reglamentos adecuados para lograr “programas de incentivos” para que los permisionarios que no tengan espectáculo en vivo especialmente las máquinas tragamonedas— y contribuyan a los premios de los caballistas e incentiven la recría de caballos de carrera, como se hace con éxito en la hípica internacional. Cabe hacer notar que la Comisión deberá promover,—entre sus funciones operativas— es ir “transformando” los escenarios temporales en hipódromos con “sistemas parimutuales”, para lograr con el tiempo y con esfuerzo de caballistas y empresarios, que se pueden convertir en permisionarios, para crear una verdadera y genuina Industria Hípica Mexicana.

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También promoverá con empresas particulares interesadas y Gobiernos estatales y municipales la creación de Circuitos Hípicos Regulados, especialmente para caballos de la raza de Cuarto de Milla, con sistemas parimutuales con el fin de hacer crecer la industria.