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REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA Y SEGURIDAD ESCOLAR Colegio Hellen Keller Peñuelas Actualización 2016

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REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA Y

SEGURIDAD ESCOLAR Colegio Hellen Keller Peñuelas

Actualización 2016

IDENTIFICACION DEL ESTABLECIMIENTO

Nombre: Colegio Hellen Keller Peñuelas

Directora: Sra. Ivonne Gutiérrez Pozo

Dirección: Av. San Ramón 595 Peñuelas Coquimbo

RBD: 13637

Comuna: Coquimbo

Fono: 051- 2245732

e-mail: [email protected]

Página Web: www.colegiohellenkeller.cl

Educación que imparte

*Pre-básica *Básica *Media Científico Humanista

Niveles Educativos *Nivel Transición: NT2 *Enseñanza Básica: 1° a 8°Basico. *Enseñanza Media: 1° - 2º Medio 2016.

I FUNDAMENTACION El Colegio Hellen Keller tiene como finalidad contribuir y promover el ―desarrollo integral de niños, niñas y jóvenes, colaborando en el proceso de integración a la vida social, habilitándolos para la participación responsable en la vida como ciudadanos y en el desarrollo de su propio proyecto de vida‖. En este contexto y en pro de mejorar la calidad y equidad de la educación es que se hace necesario formular un reglamento para la sana convivencia escolar, entendiendo como convivencia escolar ―la interrelación entre los diferentes miembros de un establecimiento educacional, que tiene incidencia significativa en el desarrollo ético, socio afectivo e intelectual de alumnos y alumnas. Esta concepción no se limita a la relación entre las personas, sino que incluye las formas de interacción de los diferentes estamentos que conforman la unidad educativa, por lo que constituye una construcción colectiva y es responsabilidad de todos los miembros y actores educativos sin excepción‖ (1) Es por tanto que la unidad educativa Hellen Keller, debe propender a la formación integral de los niños, niñas y jóvenes, entendiendo por ello el desarrollo de los aspectos cognitivos, afectivos, psicomotores, sociales y valóricos, sin dejar de lado el desarrollo óptimo disciplinario, el cual debe variar según la etapa de desarrollo de los alumnos y alumnas. Es entonces deber del colegio trabajar conjuntamente con la familia en la realización de este objetivo. Para ello el presente documento se utilizará y aplicará con criterio formativo, constituyéndose los educadores y los padres y/o apoderados en una de las instancias fundamentales de apoyo para un óptimo desarrollo del proceso de enseñanza aprendizaje. Dicho documento se ira adecuando según la Normativa vigente.

II OBJETIVOS GENERALES

Favorecer la formación personal y conductual de los alumnos y alumnas, a través de la adquisición de hábitos y valores que le permitan la autodisciplina.

Aunar criterios frente a la aplicación de las normas de convivencia en los diferentes ciclos de educación, y en los distintos agentes educativos del establecimiento, favoreciendo en ello su aplicación con carácter educativo y formativo, de manera sistemática y sostenida.

Contar con los protocolos de acción frente a casos de: maltrato y abuso infantil, prevención violencia escolar, bulling, situación de alumna madre o embarazada y prevención de la drogadicción.

III OBJETIVOS ESPECÍFICOS

Favorecer el mutuo respeto entre los alumnos y los demás miembros de la comunidad escolar a través de acciones que promuevan la sana convivencia.

Propender una convivencia armónica entre todos los miembros de la comunidad educativa Hellen Keller Peñuelas.

Comprender el valor que tiene la cooperación, respeto y autodisciplina para satisfacer las necesidades y aspiraciones de todos los integrantes del establecimiento.

Favorecer el desarrollo de la acción curricular, al estar todos comprometidos en alcanzar los objetivos de aprendizaje y su desarrollo integral.

Fomentar una actitud positiva hacia el respeto de las normas que deben existir en todo organismo social mediante instrucciones claras sobre una conducta esperada en nuestra comunidad educativa.

Prevenir acciones de violencia y maltrato entre los pares, ya sean niños y/o adultos hacia niñosy/o jóvenes.

Fomentar una conciencia positiva y de respeto hacia el entorno natural y cultural.

Prevenir el uso y distribución de drogas entre los alumnos del colegio.

Favorecer la integración y el normal desarrollo educativo del alumno(a) madre o padre.

TITULO I DE LAS DISPOSICIONES GENERALES

ARTICULO 1° Se entiende por conducta social deseable toda aquella acción del estudiante que no implique un desconocimiento, atropello y violación de los derechos, obligaciones, deberes y disposiciones que establezcan las diferentes normas y decretos emanados por el MINEDUC.

ARTICULO 2° Todo estudiante deberá regular su comportamiento social, como un medio de lograr la autodisciplina, subordinando racionalmente sus intereses individuales, para adecuarse a los intereses y necesidades de la mayoría de los integrantes de la comunidad.

ARTICULO 3° El establecimiento utilizará todos los medios que disponga para brindar la ayuda que tienda a reforzar positivamente las conductas de sus alumnos. Asimismo, confía en el apoyo de los padres y apoderados en la formación de hábitos, actitudes y valores, los que el colegio se compromete a fortalecer, en pro de formar personas de bien. De tal manera que deberá seguirse los conductos regulares descritos en protocolo de actuación. ( anexo nº1)

ARTICULO 4° Esta normativa considera su aplicación en los diferentes niveles de enseñanza. La aplicación de estas normas debe favorecer un equilibrio armónico entre la formación y el comportamiento del estudiante, logrando la adquisición de hábitos, conductas y actitudes a formar a niños, niñas y jóvenes sanos (a), armónicos (a) y estables. El cumplimiento de estas normas compromete a todos los padres y apoderado con la institución.

TITULO II

DE LOS DEBERES Y CONDUCTAS DESEABLES

ARTICULO 5° El Colegio Hellen Keller espera de sus alumnos:

a) Puntualidad:

1. Cumplir responsablemente con la jornada diaria de trabajo, siendo puntual en la hora de

llegada al colegio y en cada hora de clases, como en otras actividades ya sean extracurriculares, extraprogramaticas, etc., con las que se haya comprometido. El colegio concibe la puntualidad como un habito social necesario que el alumno debe incorporar como parte de su disciplina personal. La puntualidad es expresión de responsabilidad, a la vez contribuye a la valorización y organización del tiempo. Los alumnos deberán llegar puntualmente a clases debiendo ingresar al colegio cinco minutos antes del inicio de la jornada escolar. El inicio de las clases es a las 08:30 horas. en jornada de la mañana para todos los niveles de enseñanza pre-básica, básica y media. El término de la jornada es:

hora lunes Martes mièrcoles jueves viernes

16:00 Nt2

Nt2 1°a8° Básico

Nt2 1°a8° Básico

Nt2 Salida general 13:30 hrs.

16:45 1ºBásico a 2°medio

1°y2°Medio 1ºBásico a 2° Medio

1.1 Si el alumno llega atrasado más de 5 minutos al inicio de la jornada, deberá

presentarse en la inspectoría del colegio para registrar y timbrar su atraso en la agenda correspondiente. Este timbre autorizará el ingreso del alumno(a) a clases.

―Durante la jornada escolar, los alumnos deben presentarse puntualmente al comienzo de todas las actividades‖. Se considera atraso la impuntualidad a cualquier acto programado dentro de la jornada escolar. En educación desde NT2 a 4º básico, la responsabilidad frente a la puntualidad del alumno reside fundamentalmente en el apoderado.

1.2. Todo alumno con una enfermedad crónica podrá ingresar con horario deferido con el respectivo informe médico. Cada atraso debe ser registrado además, en el libro de clases por inspectoría. Del mismo modo, los alumnos que cumplen con la puntualidad en los horarios, deberán ser registrados en el libro de clases con 1 anotación positiva al libro de clases una vez terminado semestre. Los alumnos que lleguen atrasados por tercera vez sin previo aviso o justificación, deberán presentarse con su apoderado a inspectoría del establecimiento para que en conjunto se tomen las medidas pertinentes y se supere esta situación irregular. De igual manera será registrada en el libro de clases la respectiva anotación negativa.

b) Asistencia:

Para el colegio es muy importante que los alumnos asistan regularmente a todas las clases, ya que tienen una directa relación con el rendimiento escolar y con la continuidad del proceso de aprendizaje.

1. La asistencia a todas las clases y actividades programáticas y extra programáticas

son obligatorias. De acuerdo al artículo 8 del Decreto Exento N° 146 de agosto de 1989 del MINEDUC: ―Para ser promovidos, los alumnos deberán asistir a lo menos un 85% de las clases y actividades establecida en el calendario escolar anual y efectivamente realizadas‖. Y en el punto 3.1. del reglamento de evaluación del colegio. 1.1. Toda inasistencia debe ser justificada en la agenda escolar y será revisada en

inspectoría, siempre y cuando la inasistencia corresponda a 1 día, requerirla y registrarla en el libro de clases. En caso de 2 días o más de ausencia a clases, el alumno deberá presentarse con su apoderado para poder ingresar a clases o en su efecto el certificado médico correspondiente. De no tener la justificación o asistencia de su apoderado, la inasistencia sin justificar quedará registrada en el libro de clases como una observación negativa para apoderado.

1.2. Respecto de los certificados médicos, estos deben ser presentados a inspectoría en un plazo máximo de 24 horas desde que fue cursada. Inspectoría es el encargado de informar a los profesores correspondientes de la situación de inasistencia del alumno.

1.3. Será responsabilidad de los padres y apoderados, procurar los medios para poner al

día al alumno en las materias escolares. 1.4. El colegio no autorizará la salida o entrada de alumnos fuera de los horarios

establecidos. No obstante lo anterior, la dirección del colegio podrá requerir, por motivos de salud, la presencia del apoderado para retirar personalmente al alumno. El apoderado podrá retirar personalmente al alumno del establecimiento por causas justificadas y previamente notificadas a inspectoría quien informará al profesor jefe de curso, dicha situación quedará registrada en el libro de salidas del establecimiento educacional. Cuando por alguna situación especial, el colegio estime que los alumnos se pueden retirar anticipadamente, se informará a través de una comunicación escrita y autorizada por la dirección del colegio, en su agenda escolar, previo aviso al apoderado. Los retiros antes del término de la jornada deberá realizarlos personalmente el apoderado. No se autoriza mediante comunicado o llamado telefónico; tampoco

c) Responsabilidad:

1. Presentarse con los útiles o materiales exigidos en cada Asignatura y cuidarlos debidamente.

El profesor al comienzo del año, entregará al apoderado la lista de materiales que efectiva y oportunamente ocupará. Si el alumno no cumple con el material solicitado, el profesor citará al apoderado cuando en el libro de clases figuren al menos tres anotaciones por este concepto. De modo de favorecer y educar a nuestro alumnado a la responsabilidad es que no se recibirán y no está permitido entregar materiales después del ingreso a clases.

2. Cumplir oportunamente con tareas y trabajos.

El profesor indicará oportunamente la fecha de entrega de los trabajos, bibliografía y fuente de investigación. Con el objeto de formar hábitos, los profesores controlarán las tareas y trabajos en las fechas asignadas y los alumnos deberán cumplir oportunamente. En caso de no cumplimiento de dicho deber, el profesor de la asignatura o profesor jefe, procederá a registrar en la hoja de vida del alumno una anotación negativa. En relación a los alumnos y alumnas que cumplan oportuna y regularmente con sus tareas y materiales serán merecedores de una anotación positiva en su hoja de vida. La incidencia de este punto en las calificaciones está especificada en las disposiciones generales 1.11; 1.12 y 1.13 de este reglamento.

3. Es obligación del alumno adoptar una actitud de compromiso frente a cada asignatura, manteniendo un comportamiento que favorezca el desarrollo de las clases y de todas las actividades planificadas por el colegio.

4. Esforzarse por lograr los objetivos planteados en cada asignatura.

5. Cumplir con las normas relativas a asistencia a pruebas o presentación de trabajos contenidos en el reglamento de evaluación. En relación a la inasistencia a pruebas, el apoderado deberá justificar personalmente con anterioridad al control; además, en caso de enfermedades que justifiquen una inasistencia prolongada, tendrá un plazo de 2 días para presentar certificado médico correspondiente. La no justificación a una evaluación, significará que el alumno será evaluado en la primera oportunidad que le corresponda clases con el profesor de la asignatura, al mismo tiempo, se registrará una observación de la situación en el libro de clases, que incidirá en el rubro de responsabilidad en las actitudes sociales

6. Cumplir las obligaciones y compromisos adquiridos con sus pares, profesores y

personal asistente de la educación.

7. Cumplir con las disposiciones relativas al retiro del establecimiento durante la jornada de estudio.

7. Cumplir en todo momento con las disposiciones relativas a la presentación

personal y al uso correcto del uniforme escolar.

Según Superintendencia de Educación en ORD N°0089 del 29 de Enero 2016 Informa lo siguiente: El Decreto Supremo n° 215 de 2009, del Ministerio de Educación, establece que los directores de los Establecimientos Educacionales, que cuenten con reconocimiento oficial, podrán de acuerdo con el Centro de Padres y Apoderados y Consejo de Profesores establecer el uso obligatorio del uniforme Escolar.

Por tanto, el uso del uniforme es obligatorio para la asistencia a clases generales y todo evento donde el Colegio tenga representación oficial. La presentación personal debe ser impecable y considera el uso completo y correcto del uniforme. Este consta: Damas y Varones: Camisa blanca (Tradicional), corbata del colegio, pantalón plomo (Tradicional), calcetas plomas, chaleco plomo escote V con líneas azules en los puños y el cuello, zapatos negros y chaqueta gris con mangas azules. Para cuidar la limpieza del uniforme en todas las clases el alumnado debe usar Cotona azul rey con cuello gris y Delantal cuadrille azul, respectivamente. El uniforme de Educación Física consta de: buzo azul rey con rayas grises, zapatillas blancas, polera blanca (traer una más para cambio). Es responsabilidad del alumno(a) cuidar y mantener a diario su uniforme limpio y correctamente identificado con el logo del colegio, nombre y curso al cual pertenece para evitar perdidas. Solo el día que corresponde la clase de Educación Física y actividades extra programáticas.

La vestimenta complementaria (Parcas, bufandas, gorros, guantes, etc.) debe conservar los colores institucionales (AZUL REY – GRIS). El Cabello: Varones; corto con corte tradicional escolar, limpio, peinado y ordenado. Damas; cabello correctamente peinado, tomado dejando ver el rostro descubierto y accesorios (ya sean pinches, cintillos o coles) con los colores institucionales antes mencionado. >El alumnado deberá justificar mediante la agenda cuando no se presente con el uniforme indicado en el presente reglamento. > Es necesario tomar en cuenta que no se aceptara: a) Uso de maquillaje. b) Uso de joyas o accesorios que no corresponda al uniforme escolar. c) Uñas con esmalte a excepción del esmalte natural (cristalino). d) Pelo teñido de ningún color.

9. Cumplir con la devolución de circulares y comunicaciones firmadas por los apoderados cuando corresponda. (Ver deberes del apoderado.) 10. Cuidar el entorno natural y los bienes materiales del colegio. El cuidado de los bienes tanto del colegio como de sus integrantes, así como del medio

físico en que se desarrollen actividades escolares, es responsabilidad de todos los miembros de la comunidad educativa. En Educación Básica todo acto de un alumno que ocasione desaseo, descuido o destrozos de bienes, será puesto en conocimiento del profesor jefe. La sanción al alumno estará de acuerdo con la real magnitud de la falta; sin perjuicio de la reparación y pago de los destrozos que debe asumir el apoderado. De no ser individualizado el alumno que haya ocasionado destrozos, será el grupo o curso el responsable de la reparación y pago de los daños.

11. Mostrar conductas que no dañen la imagen del colegio manteniendo el respeto hacia las personas cualesquiera que ellas fueren.

12. Velar por su seguridad personal y de toda la comunidad educativa evitando situaciones de riesgo.

El colegio se preocupará de adoptar todas las medidas de seguridad necesarias para proteger la integridad física de los miembros de la comunidad escolar frente a situaciones de riesgo o emergencias. Se prohíben juegos bruscos, actos riesgosos y carreras descontroladas que atenten contra la seguridad física de las personas. Será responsabilidad de toda la comunidad escolar acatar estrictamente las normas de seguridad que se fijen y participar disciplinadamente en los operativos de seguridad (Plan de seguridad Francisca Cooper), que se realicen con este objeto. Con la finalidad de resguardar el bienestar de nuestros alumnos es que se sancionarán las siguientes acciones: retirarse y volver del colegio en horarios que no correspondan a la jornada de clases, salir del hogar en dirección al colegio y no llegar a clases, alumnos que se escapan del establecimiento dentro de la jornada escolar. Si alguna de estas situaciones ocurre por primera vez el alumno deberá presentarse con su apoderado para poder ingresar a clases, si existe una segunda ocasión el alumno será suspendido por 1 día, en una 3 vez de ocurrida cualquiera de estas acciones el alumno quedará automáticamente con su matrícula condicional.

Se prohíbe estrictamente dentro de la sala de clases el uso de celulares, mp3, mp4 es decir todo tipo de dispositivos electrónicos por ser elementos que favorecen la distracción de clases. Sin perjuicio de lo anterior; solo se permitirá su uso pedagógico, en caso de ser mal utilizados serán retirados por inspectoría y solo será devuelto al apoderado. Queda estipulado que el colegio no se hará responsable por perdidas, deterioros ni hurtos de estos aparatos dentro del recinto escolar, delegando toda responsabilidad al alumno(a) y a su apoderado.

d) Honradez.

1. Respetar la propiedad intelectual

El colegio propende a que los alumnos sean estimulados a valorar sus trabajos educativos. Los alumnos deberán cautelar y proteger sus trabajos, pruebas o cualquier producción escolar. El alumno sorprendido haciendo mal uso de la propiedad intelectual de profesores, alumnos y otros (por ejemplo copiando), será sancionado en el libro de clases y se citará a su apoderado. Si la conducta es repetitiva, la situación será evaluada por el profesor jefe y el gabinete técnico del establecimiento educacional, quienes definirán la sanción de acuerdo a la o las acciones realizadas y su reiteración.

2. Respetar documentos oficiales del colegio. El libro de clases, la carpeta y cualquier otro documento de uso exclusivo de profesores o personal administrativo deberá ser administrado por quien le compete.

El uso indebido será informado al profesor jefe quien propondrá a la dirección una sanción inmediata de acuerdo al tenor de la falta. El alumno que sea sorprendido alterando el libro de clases (agregando o borrando), será calificado con Insuficiente en honradez en presencia de su apoderado, la repetición de esta falta dará motivo a la condicionalidad de la matrícula.

3. Respetar la propiedad ajena.

El apropiarse de cualquier objeto que se encuentre en el colegio será considerado falta de honradez y se sancionará con una observación en su informe de personalidad, sin perjuicio de las acciones legales que el afectado emprenda.

4. Asumir la responsabilidad frente a una falta.

El colegio propende que sus alumnos sean responsables de sus actos y por lo tanto, quien sea sorprendido cambiando u ocultando información sobre una falta cometida, será sancionado con una observación en el informe de personalidad.

5. Manifestar rectitud frente a la aplicación de procedimientos evaluativos. Las normas que se aplicarán son las que corresponden a la letra d punto 1.

e) Cortesía 1. Mostrar un trato amable, deferente y respetuoso con todas las personas, manteniendo actitudes, modales y un lenguaje adecuado, tanto dentro como fuera del establecimiento. Las personas en el establecimiento deberán propender a que las relaciones sean armónicas y deferentes para vivir en un mejor clima educativo. Por consiguiente:

1. Los alumnos deberán usar un vocabulario adecuado a la situación escolar

dirigiéndose a los adultos y a los pares con respeto. De lo contrario, se amonestará verbalmente al niño o niña que cometa una falta de este tipo. Si continúa con esta conducta, Inspectoría del colegio citará al apoderado del menor amonestado, para dar solución en conjunto a la problemática, dando un tiempo determinado para esta. Si la conducta pese a todo lo citado no cambia, la dirección tendría la facultad para poner condicional la matrícula para el año escolar siguiente.

2. Los alumnos deberán mantener modales de acuerdo a la situación escolar, cuidando sus desplazamientos en juegos, escaleras, y uso correcto de los servicios higiénicos, etc...

2. Evitar desordenes e interrupciones que alteren las diferentes actividades del colegio.

Durante los periodos de clases, los alumnos y profesores que transiten por zonas

anexas donde se desarrolle la clase, lo deberán hacer velando por no interrumpir las actividades que se están desarrollando. La clase, dentro o fuera del aula, merece el mismo respeto y cualquiera interrupción a ella, alterará el normal desarrollo de esta.

Solo podrán interrumpir las clases personas debidamente autorizadas y deberán dirigirse a quien este coordinando en ese momento la actividad. (Inspectora de ciclo, directora, utp, evaluadora, profesores de integración)

Si un alumno no cumple con estas conductas esperadas, el profesor a cargo de la actividad o de la clase podrá pedir el retiro del alumno o alumna de ésta; con el fin de continuar con el óptimo desarrollo de la actividad.

f) Participación en actividades del grupo:

1. Mostrar una actitud de colaboración en todas las actividades escolares tanto programáticas como extraescolares o de tiempo libre. El colegio propende a dar espacios a los alumnos para desarrollar actividades que les

permita trabajar en grupo, estimulando la participación, la colaboración y el sentido de pertenencia a su grupo y a su institución.

El colegio valorará y estimulará a aquellos alumnos que se destaquen en estas actividades.

El no cumplimiento en una actividad de grupo con la que el alumno se ha comprometido, será analizado por sus pares quienes propondrán las sanciones a tomar, sin perjuicio de la observación en Responsabilidad que el profesor registrara en el libro de clases.

2. Favorecer acciones solidarias al interior del grupo-curso, de la comunidad escolar y en el

medio externo. Estas conductas deseables que guiaran la convivencia escolar, serán evaluadas a través

de la observación del comportamiento de los alumnos y los harán merecedores de estímulos y refuerzos positivos de manera que semestralmente, el gabinete técnico de la escuela reconocerá a aquellos estudiantes que más se destaquen en dichas actitudes.

TITULO III DERECHO DE LOS ALUMNOS

ARTICULO 6° Los alumnos del colegio Hellen Keller Peñuelas, en el marco de los objetivos que se formulan en el presente reglamento, tienen los siguientes derechos:

1. Recibir una educación integral en su dimensión intelectual, espiritual, social y

física. Tienen derecho a recibir una educación integral basada en los planteamientos presentes

en el proyecto educativo del colegio, una educación que los estimule hacia la formación de agentes de cambios y con valores y actitudes positivas, además de la entrega de los contenidos incluidos en los programas correspondientes a cada ciclo de educación, y/o decretos emanados por el MINEDUC.

2. Recibir un trato deferente por parte de cualquier funcionario del establecimiento,

el que ha de retribuir con una actitud respetuosa para con ellos.

El trato a los alumnos debe considerar en todo momento la edad de los alumnos, una actitud de respeto y compromiso, entrega de valores y actitudes ejemplares por parte de cualquier profesor, directivo y funcionarios del colegio.

3. Ser escuchado y atendido en situaciones y problemas por los miembros de la comunidad escolar que corresponda, de acuerdo a las diferentes instancias según sea el caso:

Profesor de Asignatura

Profesor jefe

Unidad Técnica Pedagógica

Inspectoría

Dirección

Los alumnos tienen derecho a pedir entrevista con las diferentes instancias o personas que considere necesario, siguiendo los conductos regulares establecidos, los que tienen que ser simples y al alcance de ellos.

4. Recibir la atención especializada que el establecimiento puede ofrecerle, para superar las dificultades académicas, personales y familiares que se presentaren.

El colegio, en todo momento que se necesite, pondrá a disposición de los alumnos, los departamentos de Psicopedagogía, psicología y otros que pudieran ayudarlos a superar sus dificultades. De estos procedimientos quedará constancia en las fichas de los alumnos.

5. Aprovechar y utilizar, autorizados por la dirección, toda la infraestructura del establecimiento y sus recursos para lograr un desempeño, con plena realización de los objetivos del presente reglamento.

El alumno podrá ocupar la infraestructura del colegio y sus recursos para actividades que estén dirigidas al logro de los objetivos del proyecto educativo, en cuanto al desarrollo integral del alumno, para lo cual este hará la petición usando el conducto establecido para ello, el que tiene que ser simple y a su alcance, ver en anexo procedimiento de peticiones.

6. Conocer oportunamente, siguiendo las instancias establecidas, sus calificaciones y las observaciones que registren en su ficha escolar.

Los alumnos tienen derecho a conocer oportunamente todo tipo de calificación u observación que tengan registrados. Posteriormente a cada evaluación, los alumnos deberán conocer las calificaciones dentro de un tiempo prudente (2 semanas). Luego de conocer esta calificación, el alumno tendrá derecho a pedir una revisión de esta calificación si considera que esta no corresponde, en el momento de conocer su nota, no se aceptarán reclamos posteriores. Semestralmente se entregará, para cada alumno, un informe con todas las calificaciones y observaciones que tenga hasta esa fecha. El alumno tiene derecho a pedir aclaración a las observaciones anotadas en cada informe.

8. Conocer y acceder a beneficios sociales entregados por el estado creados para los

estudiantes de Enseñanza Pre- Básica, Básica y Media en los cuales encontramos:

Yo Elijo Mi PC:

Es un programa que entrega creado para favorecer el acceso del alumnado a la tecnología a través

de la entrega totalmente gratuita de un computador de escritorio o notebook a elección del alumno

para esto debe cumplir los siguientes requisitos:

-Cursar 7° Básico

-Deben encontrarse clasificados en la primera prioridad SINAE .

-Tener promedio de nota mayor o igual a 5,6 para ello se considera el rendimiento de 4° a 6° Básico.

Bono Asistencia Escolar (Ley 20.595)

Está dirigido a aquellas familias del Subsistema Chile Solidario y Seguridades y Oportunidades que

cuenten con estudiantes de entre 6 y 18 años que cumplan con un porcentaje de asistencia mensual,

igual o mayor al 85%, en un establecimiento reconocido por el Estado. La transferencia es de $7.000

mensuales por cada alumna y alumno y la acreditación de requisitos se realiza a través del

MINEDUC.

Bono Logro Escolar (Ley 20.595)

Es una transferencia monetaria de carácter anual, dirigida a los estudiantes del 30% más vulnerable

y que se encuentren en el 30% de mejor rendimiento de su promoción, de entre 5° básico y IV Medio

(hasta 24 años), dependiendo si se encuentran en el 15% de mayor rendimiento o en el segundo

tramo, respectivamente. Más información en el sitio web del Bono Logro Escolar.

LA POSTULACION ES AUTOMATICA

Programa continuidad del Ciclo Educacional de Estudiantes, Padres, Madres y Embarazadas

(MDS/JUNAEB)

Tiene como objetivo contribuir a la permanencia y continuidad en el sistema educativo de estudiantes

en condición de maternidad, paternidad y embarazo, mediante un apoyo psicosocial que permita

garantizar los 12 años de escolaridad obligatoria, fomentando el desarrollo de competencias

parentales. Más información en el sitio web de JUNAEB o en el teléfono 600 6600 400.

Beca de apoyo a la retención escolar, BARE (MDS/JUNAEBL)

Se orienta a apoyar la retención y permanencia de los estudiantes vulnerables en el sistema

educativo. Es un aporte de carácter monetario de $178.000 dirigido a alumnos y alumnas de

enseñanza media. Es administrada por JUNAEB. Más información en el sitio web de JUNAEB o en el

teléfono 600 6600 400.

Programa Abriendo Caminos

Es una estrategia de intervención integral y personalizada, a través de acciones preventivas, de

reforzamiento y reparación dirigida a niños, niñas y adolescentes con un adulto significativo privado

de libertad. Incorpora estrategias diferenciadas, en función de las particularidades, necesidades,

recursos y capacidades de cada uno de los integrantes de la familia. Más información

en www.ministeriodesarrollosocial.cl o en el teléfono 26751400.

Beca presidente de la Republica

Beca de mérito que apoya económicamente a estudiantes con condición de vulnerabilidad

Socioeconómica y rendimiento académico sobresaliente. Esta beca esta dirigida para estudiante que

cursaran enseñanza media o que actualmente estén en enseñanza media. Deberán postular en el

Departamento Social de la Municipalidad de domicilio Familiar, cumpliendo los siguientes requisitos:

Promedio mínimo de notas 6.0 para estudiantes egresados/as de Enseñanza Básica y para estudiantes que cursen entre 1º a 4º año de Enseñanza Media.

Acreditar documentalmente una situación socioeconómica deficiente que justifique la necesidad del beneficio. Ingreso Per Cápita no debe superar los $132.299

Certificado de Alumno Regular

Concentración de Notas del año Escolar.

Fecha de Postulación: Desde el 01 de diciembre 2015 hasta el 29 de enero de 2016.

Beca Indígena

Aporte monetario para estudiantes con ascendencia indígena, buen Rendimiento Académico y

Condición de Vulnerabilidad. Esta beca esta dirigida para estudiantes desde quinto Básico en

adelante. Deberán postular en el Departamento Social de la Municipalidad de su Domicilio.

Cumpliendo los siguientes requisitos:

Fotocopia de Cedula de Identidad

Concentración de Notas del año anterior

Certificado de Alumno Regular

Certificado extendido por CONADI que acredite calidad Indígena Obligatorio)

Fecha de Postulación: Desde el 01 de diciembre 2015 hasta el 29 de enero de 2016.

Programa Útiles Escolares

Entrega de set diferenciados de útiles escolares, para estudiantes de mayor vulnerabilidad. Este

programa está dirigido para alumnos de Pre-Básica hasta Educación Adultos.

Junaeb Asigna el beneficio en base al Sistema Nacional de Asignación con Equidad

( Sinae). Deberán cumplir los siguientes requisitos:

Alumnos Vulnerables clasificados en las primeras prioridades.

Servicios Médicos

¿En qué consiste?

Pesquisa problemas de salud relacionados con rendimiento escolar y otorga atención

completa a los escolares que presentan problemas visuales, auditivos y de columna, a través

de screening, diagnóstico, exámenes, tratamiento y control, realizados por profesionales

especialistas del área médica.

¿Cuál es el objetivo del Programa?

El objetivo del programa es resolver problemas de salud vinculados al rendimiento escolar,

tales como: problemas de visión, audición y columna; con el propósito de mejorar la calidad

de vida de nuestros beneficiarios a través de acciones clínicas y preventivas que contribuyan

a su mantención en el sistema escolar.

¿Quiénes pueden acceder?

Escolares matriculados en Escuelas Municipales y Particulares Subvencionadas de los niveles

Pre-Kínder, Kínder, Enseñanza Básica y Media, dependiendo de la patología que presente el

estudiante.

¿Cómo se realiza el Pre-diagnóstico?

El profesor al inicio del año escolar pesquisa a los estudiantes con posibles problemas de

salud, quienes pasan al proceso de Screening, en donde se identifica si efectivamente

presentan problemas de disminución visual, auditiva, además de posibles desviaciones de la

columna. Luego de este proceso, son derivados a Médicos especialistas para su Diagnóstico y

tratamiento.

¿En qué consiste el tratamiento?

El tratamiento consiste en la atención de la problemática encontrada, y al menos un control

anual a cada beneficiario del programa que esté en tratamiento.

Es importante que un adulto acompañe a los niños/as a los controles y tratamientos, y sea

responsable de fomentar el buen uso y cuidado de los materiales entregados por JUNAEB.

¿Cuándo se realizan las atenciones?

Entre marzo y diciembre de cada año.

Oftalmología

¿En qué consiste?

Atención de Médico Oftalmólogo a escolares que presentan problemas visuales. Incluye el

tratamiento del problema encontrado, entregando Lentes Ópticos, Lentes de Contacto y

ejercicios Ortópticos.

¿Dónde postular?

Con el Encargado de salud del colegio o Coordinador Comunal.

Otorrino

¿En qué consiste?

Atenciones de Médico Otorrino a escolares que presentan pérdidas auditivas. Incluye el

tratamiento del problema encontrado, entregando audífonos, cintillos óseos, medicamentos y

cirugías. Además, se entregan Implantes Cocleares para un grupo muy focalizado de

beneficiaros.

¿Dónde postular?

Con el encargado de salud del colegio o Coordinador Comunal.

Traumatología

¿En qué consiste?

Atenciones Médica por traumatólogo a escolares que presentan problemas de Columna,

Escoliosis o Dorso Curvo. Incluye el tratamiento del problema encontrado, entregando

plantillas de realce, corsé y sesiones de Kinesiterapia.

¿Dónde postular?

Con el encargado de salud del colegio o Coordinador Comunal

Salud Oral

¿En qué consiste?

El Programa desarrolla acciones de promoción, prevención y recuperación de la salud bucal a estudiantes desde Pre-Kinder a Octavo Básico.

El componente de promoción consiste en educación para la salud, en temáticas inherentes a la alimentación saludable y la higiene bucal, tanto en escuelas municipales como particulares subvencionadas de zonas urbanas y rurales.

La atención se realiza en Módulos Dentales, fijos y móviles, ubicados en distintas comunas del país, en los cuales se proporciona atención odontológica integral a los estudiantes de establecimientos educacionales adscritos al Módulo.

¿Para quiénes está dirigido?

– Atención en Módulos Dentales: niños y niñas de 4 a 14 años (Pre- Kinder a 8º Básico) de escuelas adscritas a los Módulos Dentales

¿Quién los realiza?

Los profesionales del Área Dental del Centro de Salud Familiar Tierras Blancas.

. ES DE VITAL IMPORTANCIA TENER ACTUALIZADO EL INSTRUMENTO DE MEDICION DE LA CALIDAD DE VIDA LLAMADO ―REGISTRO DE HOGARES 2016‖ PARA PODER OPTAR ALGUN TIPO DE BENEFICIO ESTATAL

TITULO IV DE LOS PROCEDIMIENTOS QUE REGULAN EL CUMPLIMIENTO DE LAS

PRESENTES DISPOSICIONES. ARTICULO 7° Todas las conductas observadas por los alumnos, tanto dentro como fuera del establecimiento serán evaluadas, tomando en cuenta:

El nivel de desarrollo del estudiante, de acuerdo al ciclo que corresponda.

Los antecedentes reunidos referentes a la situación, todos estos apoyados por estrategias pedagógicas que permitan su modificación.

Se prohíbe extrictamente las relaciones interpersonales(pololeo) dentro del Establecimiento entre el alumnado con el fin de mantener un sano y grato ambiente escolar.

ARTICULO 8° Los procedimientos que se emplearán para mejorar la conducta social de los alumnos, desde Ciclo Pre- escolar a enseñanza media, son los siguientes:

1. Dialogo entre el alumno y el profesor.

Es la primera instancia de reflexión entre el alumno y el profesor, en donde se entregarán las estrategias necesarias para superar la situación, que puede estar relacionada con las actitudes sociales o de rendimiento.

2. Entrevista del Profesor con el apoderado. Es la instancia en donde el profesor jefe o de asignatura da a conocer al apoderado una

situación no resuelta de su pupilo en relación a rendimiento o actitudes sociales, con el fin de aunar criterios en busca de su superación.

3. Entrevista personal del apoderado, con el profesor y profesionales que presten

apoyo a la docencia. Es la instancia en que el profesor jefe y los profesionales de apoyo a la docencia, prestan

ayuda a aquellos alumnos que no han superado una situación problemática, buscando las estrategias necesarias para este logro.

4. Entrevista personal del apoderado, con el profesor, dirección y con los

profesionales que presten apoyo a la docencia. Es la instancia en que el profesor jefe junto con el profesional de apoyo a la docencia

presenta a dirección el caso no resuelto, para determinar junto al apoderado, nuevos plazos para el cumplimiento de lo indicado anteriormente por los profesionales de apoyo a la docencia.

5. Gabinete Técnico. Es la instancia en donde el profesor jefe presenta a los profesores del curso, evaluadora

y cuerpo directivo, el caso de aquellos alumnos que no han superado su problema de rendimiento o actitudes sociales, a pesar de haber recibido el apoyo necesario.

Es esta instancia la que propondrá los procedimientos a seguir. 6. Ficha de entrevista al apoderado, cuando corresponda, en la que se comprometen

a superar los conductas inadecuadas, las dificultades académicas o ambas. Es el documento oficial en el cual quedan registradas las situaciones del alumno, las

estrategias abordadas resultados obtenidos y los procedimientos propuestos en el Gabinete técnico (tutoría, otros especialistas, becas, repitencia, cambio de curso y otras).

En esta carta se compromete: el alumno y el apoderado, con los profesionales de apoyo a la docencia, profesor jefe, jefe de UTP y dirección en un plazo prudente a cumplir con las normas establecidas en el colegio.

7. En caso de que no se hayan superado las situaciones que motivaron la ficha de

entrevista, la Dirección, agotadas todas las instancias, orientará al apoderado hacia una alternativa que beneficie al educando.

El director en conocimiento del procedimiento seguido frente a la situación del alumno,

las proposiciones del Gabinete Técnico y ante el no cumplimiento de los plazos establecidos en carta de acuerdos, determinará en beneficio del alumno:

Repitencia de curso en el colegio

Derivación a especialistas, si procede

Reubicación en otro colegio.

7.1.- Procedimiento de aplicación de medidas disciplinarias: amonestación verbal, amonestación escrita, citación al apoderado, suspensión de clases, condicionalidad de matrícula, cancelación de matrícula y expulsión de alumnos.

7.2.- Informar por escrito las medidas a los afectados (alumnos o apoderados), indicando que tienen y pueden hacer uso del derecho de apelación y que para ello cuentan con un plazo de días para hacerlo (3 días hábiles).

7.3.- En dicha comunicación por escrito, el establecimiento también debe comprometer un plazo de días para dar respuesta a esa apelación (3 días hábiles).

7.4.- Lo ideal es que en esta etapa de comunicación por parte del colegio, referida al derecho de apelación de los apoderados y la respuesta del colegio a esa apelación; se realice en el menor tiempo posible. Es deber del establecimiento cuidar el derecho y cumplimiento del justo o debido proceso.

7.5.- Si no hay apelación, por cualquier razón o circunstancia, el colegio debe informar a la superintendencia, al igual que en las etapas antes mencionadas, solo cuando esta requiera antecedentes por existir denuncia presentada; enviando los antecedentes donde conste bajo firma las razones de lo ocurrido.

Para un adecuado manejo de los procedimientos que regulan las conductas sociales de los alumnos éstas serán graduadas en faltas leves, graves y gravísimas. A continuación se clasifican las faltas, sanción y su remedial.

Clasificación

Falta Sanción Remedial

Leve

Conducta

Uso de celular en clases.

No permitir el correcto desarrollo de la clase por medio de conductas inapropiadas, tales como: burlas, ruidos molestos levantarse del asiento, etc.

Comer o beber en la sala de clases.

No respetar lugares asignados para la colación o el almuerzo.

Ensuciar cualquier dependencia del establecimiento.

Permanecer en la sala de clases durante los recreos.

No formarse en el patio cuando se requiera.

Distraer o desconcentrar en los actos formales.

Convivencia

Molestar a sus pares; Ocultar o esconder útiles o materiales escolares sea personal o de la comunidad educativa.

Responsabilidad

Atraso por primera vez

Llegar tarde a clases.

Llegar sin tareas.

Incumplimiento de deberes escolares, ya sea, no traer materiales, cuadernos, libros y otros.

No respetar las normas establecidas en el reglamento interno referido a la presentación personal.

No traer la agenda escolar.

No cumplir compromisos adquiridos sin justificación previa.

* La reiteración de estas faltas

El celular será retirado y entregado al apoderado, la primera vez que éste sea utilizado.

De persistir la conducta, éste se retirará y será entregado al final del año escolar.

Amonestación verbal o llamado de atención

Registro en la agenda para información del apoderado.

Registro de

observación negativa en el libro de clases. Describiendo la situación sucedida.

Reflexión conjunta con el alumno.

Establecer compromiso con el alumno para que no se repita la falta.

Acción reparatoria asignada y monitoreada por el comité de convivencia escolar.

pasara a ser grave. (3 veces)

Clasificación

Falta Sanción Remedial

Gravísima

Conducta

Falsificar o adulterar documentos y firmas.

Consumo y porte ilegal de sustancias ilícitas dentro y fuera del establecimiento.

Amonestación verbal y registro en el libro de clases.

Informar al

Reflexión conjunta con el alumno, el apoderado

Clasificación

Falta Sanción Remedial

grave

Conducta

No respetar las normas de seguridad.

Dañar o ensuciar premeditadamente material o instalación escolar.

Abandono del lugar de ,

trabajo sin permiso, eludiendo el compromiso de los horarios de clases.

Copiar en las pruebas o trabajos.

Rayar, deteriorar y extraviar libros entregados para las diferentes asignaturas y del CRA.

Faltar a clases sin autorización del apoderado y de la escuela (cimarra).

Uso inapropiado de lenguaje. (groserías) a miembros de la comunidad educativa.

No respetar el punto 3 del Artículo 7 Convivencia

Agredir a otro miembro de la comunidad educativa, ofender o intimidar.

Responsabilidad

Deficiente presentación personal de forma reiterada.

Llegar atrasado reiteradamente al inicio de la jornada, después de recreos y cambios de hora.

Reiteradas inasistencias sin justificar (min.3 veces).

* La reiteración de estas faltas pasara a ser gravísima. (3 veces)

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Amonestación verbal y registro en el libro de clases.

Informar al apoderado respecto a la falta cometida y solicitar la presencia de este en el establecimiento. De ser necesario se suspenderá o condicionara al alumno(a).

Reflexión conjunta con el alumno, el apoderado y el agente educativo involucrado.

Aplicar un servicio comunitario o pedagógico de acuerdo a la falta cometida.

Porte, fabricación y uso de arma de todo tipo o cualquier elemento corto punzante.

Deterioro y daño a las instalaciones del establecimiento: baños, sala, mobiliario, etc.(orinar en lugares que no corresponden)

Introducción, porte, difusión de material pornográfico. Convivencia

Conductas tipificadas como delito: robo, hurto, abuso sexual, tráfico de drogas, o acoso escolar físico o psicológico.

Agresión física o verbal a sus pares.

Agresión física o verbal a docentes y otros funcionarios del establecimiento.

apoderado respecto a la falta cometida y solicitar la presencia de este en el establecimiento.

Suspensión y condicionalidad si fuese necesario. Hacer la denuncia con el organismo estatal correspondiente. caducación de matrícula para el año escolar siguiente y/o expulsión del alumno, según sea el caso.

y el agente educativo involucrado.

Aplicar un servicio comunitario o pedagógico de acuerdo a la falta cometida.

Derivación a profesional competente.

El apoderado deberá asumir el costo de arreglo, reparación o reposición del daño ocasionado por su pupilo(a).

PROCEDIMIENTOS DE PETICIÓN DE ESPACIOS FISICOS Y EQUIPOS

SALA DE ENLACES

Será solicitada a través del profesor jefe o profesor encargado de la actividad. Se solicita al encargado de dicha sala, el cual deberá llevar un cuaderno de registro de solicitudes.

El profesor deberá solicitar a lo menos con 2 días de anticipación esta dependencia. SALAS DE CLASES

Será solicitada a través del Profesor jefe o profesor encargado de la actividad

Serán solicitadas a dirección, a lo menos con una semana de anticipación a la actividad programada.

EQUIPOS AUDIOVISUALES Y/O AUDIO

Serán solicitados al encargado de medios audiovisuales por el profesor jefe o profesor a cargo de la actividad, a lo menos con 2 días de anticipación a la programación de la actividad.

LUGARES FISICOS

El uso de los lugares físicos y equipos solicitados, será de responsabilidad del profesor jefe, profesor de asignatura, profesor asesor, funcionario, apoderado o alumno que realiza la petición.

DEL APODERADO Y SUS DEBERES

A fin que la labor educativa que desarrolla el colegio, sea más constructiva en la formación del educando, se hace necesario destacar la gran importancia que tiene el apoderado en dicho proceso. Para ello, el colegio Hellen Keller Peñuelas recomienda, en primera instancia, que el rol del apoderado lo cumpla el padre o la madre, o un familiar que ejerza sobre el alumno, un ascendiente moral favorable. Para que cumpla eficientemente su papel de agente educador, el apoderado debe:

Estar permanentemente preocupado de la situación estudiantil de su pupilo.

Atender la marcha de sus estudios y su comportamiento dentro y fuera de establecimiento.

Procurarle las condiciones adecuadas para que pueda cumplir con todas sus obligaciones

Brindarle apoyo en sus tareas y trabajos.

Estar en contacto permanentemente con el colegio, entendiéndose esto como: conocer los horarios de atención a apoderados, de profesores y demás estamentos del colegio, con el objeto de hacer uso de estas instancias en forma oportuna, cada vez que sea necesario.

Aceptar y cumplir los principios educacionales del establecimiento.(Misión Y Visión del colegio )

Informarse cuidadosamente de todas las disposiciones contenidas en los reglamentos vigentes en el establecimiento, para cumplirlas y hacerlas cumplir a su pupilo. Debe revisar periódica y oportunamente para cerciorarse de las tareas, pruebas, atrasos, inasistencias y de las comunicaciones que, por su intermedio, le envíe el colegio.

Asistir a todas las reuniones, tanto ordinarias como extraordinarias, fijadas por el Centro General de Padres de su curso o el profesor jefe.

La inasistencia a estas deberá ser justificada anticipadamente, y concurrir al colegio a la citación que se haga posteriormente. El incumplimiento de estas cláusulas, no le dará derecho a reclamos posteriores referentes a la situación de su pupilo.

Devolver firmadas todas las comunicaciones y circulares que por intermedio de la agenda le envíe el colegio siendo esta, el instrumento oficial de comunicación escrita entre el apoderado y el establecimiento.

Justificar oportunamente las inasistencias y atrasos de su pupilo.

Todas estas condiciones adquirirán significado solamente si son asumidas en un compromiso conjunto con el alumno.

Para ello a continuación se clasifican y especifican las faltas y medidas a tomar.

Clasificación Falta Sanción Remedial

Leve

Grave

No asistir a la reunión de apoderados programada.

No asistir a talleres programados por el Establecimiento.

No asistir a citación extraordinarias

No justificar inasistencias del alumno.

No participa activa y positivamente en las actividades que promueve el Sub-Centro y Centro General de Padres.

Amonestación verbal o llamado de atención.

Amonestación verbal o llamado de atención.

Citación personal al apoderado con: Profesor jefe, inspectora, evaluadora, UTP y/o directora, según sea el caso.

Gravísima

No manifiesta preocupación y compromiso en el proceso educativo que vive su hijo(a)

No cumple con los compromisos adquiridos: pago de mensualidades de sub centro, Acuerdos de Curso, entrevistas con especialistas.

Agresión de forma verbal o física a cualquier miembro de la comunidad educativa.

Daño o deterioro de mobiliario o dependencias del establecimiento.

No cumple en brindar bienestar físico y emocional al alumno.

Amonestación verbal o llamado de atención.

Derivación del alumno a especialista en caso de que fuese necesario.

Cabe señalar que el comportamiento del apoderado será evaluado semestralmente por el profesor jefe del curso. Esta evaluación será registrada en el informe semestral de notas, bajo los conceptos de una escala de apreciación. Este documento es inalterable ya que refleja el compromiso del apoderado con su hijo(a) y hacia el establecimiento educacional.

ARTICULO 9°

DEL PERSONAL:

1.1.- De la Asistencia: La asistencia al trabajo será controlada por medio de un registro consistente en un libro de asistencia el cual deberá ser firmado por el trabajador tanto a la entrada como a la salida de su labor. El registro debe hacerlo personalmente el trabajador, quedando prohibido que lo haga otra persona por encargo. Quedará constancia en el control de asistencia la ausencia total o parcial del trabajador durante su jornada de trabajo. En caso de inspección de la Dirección del Trabajo y de no estar firmado el libro de asistencia, la amonestación o multa que sea cursada será de responsabilidad de él o los trabajadores que incurrieren en dicha falta, procediendo a descuento por medio de su liquidación de sueldos previo acuerdo de ambas partes.

El personal deberá llegar puntualmente a su jornada laboral. 1.2.- De las Licencias y Permisos:

Se entenderá por licencia el periodo en que el trabajador /a por razones previstas o protegidas por la legislación vigente, suspende temporalmente sus servicios, manteniendo el vínculo contractual con la institución por las siguientes razones:

Licencia por enfermedad. Licencia por maternidad. Licencia por accidente de trabajo.

Se entiende por Permiso la autorización que otorga la Dirección al trabajador para no concurrir a su trabajo o para ausentarse temporalmente del lugar de trabajo dentro de la jornada diaria. Los permisos podrán ser con goce o sin goce de sueldo según lo determine por escrito el empleador. Los permisos con goce de sueldo serán denominados como días administrativos, se otorgarán de a uno, con un máximo de cuatro al año, sin ser estos acumulativos a lo largo de los años. No se autorizarán estos permisos los días lunes ni viernes, antes o después de un feriado legal, religioso o de vacaciones, y deberán solicitarse por escrito al menos con una semana de antelación, quedando bajo el criterio de la Dirección la autorización o rechazo a dichos permisos. 2.- En Relación a los Deberes y Derechos del Personal Docente y Asistentes de Educación del Establecimiento cabe señalar que De acuerdo a la ley 20248 establece ley de ―Subvención Escolar Preferencial‖ en su Artículo N° 38 ―letra C:Por incumplimiento grave de las obligaciones que impone su función, tales como la no concurrencia del docente a sus labores en forma reiterada, impuntualidades reiteradas del docente, incumplimiento de sus obligaciones docentes conforme a los planes y programas de estudio que debe impartir, abandono injustificado del aula de clases o delegación de su trabajo profesional en otras personas…‖ 2.1.- De los Derechos del Personal Docente y Asistentes de Educación: El Personal Docente y administrativo que firma un contrato de trabajo con el establecimiento pasa a formar parte de la comunidad educativa, por tanto, debe desempeñar ciertos deberes relacionados directamente con su función y a la vez posee derechos que le son atribuidos por el trabajo que desempeña. Es el empleador el responsable de hacer cumplir los deberes y de otorgar todas las facilidades del caso para que el personal docente y administrativo pueda hacer valer sus derechos. En virtud de lo anterior, es responsabilidad del empleador:

a) Respetar a los trabajadores en su calidad profesional y personal. b) Procurar el crecimiento profesional, incentivando el perfeccionamiento cultural y pedagógico. c) Velar para que los alumnos, alumnas y apoderados valoren su labor docente y administrativa,

apoyándolos en forma permanente. d) Cuidar que las relaciones entre los Docentes y Asistentes de Educación con la Dirección y

sus colegas sean ecuánimes y basadas en la justicia, fomentando un clima de lealtad y armonía.

e) Respetar normas legales vigentes relativas a la función docente y al trabajo administrativo con el ánimo de procurar el mayor bienestar posible.

f) Procurar condiciones laborales adecuadas de acuerdo a las necesidades y posibilidades del establecimiento.

g) Proporcionar el material acorde a las necesidades de cada cargo tanto del personal administrativo como docente.

2.2.- De los Deberes de cada funcionario en términos particulares según su función: A) De la Directora: La Directora es el Docente Superior responsable de la dirección, organización y funcionamiento de la unidad educativa, actuando de acuerdo con los principios de las ciencias de la educación y las normas legales y reglamentarias vigentes. El cargo de Directora conlleva diferentes tipos de funciones como las de carácter general, de carácter pedagógico y de carácter administrativo.

- Funciones de carácter general:

Planificar, organizar, coordinar, conducir, supervisar y evaluar las actividades de la Unidad Educativa.

Presidir los consejos de Profesores y las reuniones Técnicas Pedagógicas del Establecimiento.

Estimular y facilitar el perfeccionamiento y la capacitación del personal del Colegio. Elevar a la Jefatura en los plazos o fechas establecidos los informes y/o documentos que

correspondan. Lograr una optimización de las relaciones entre el personal docente, padres, apoderados y de

estos con las alumnas y alumnos. Orientar y encauzar actitudes para asegurar la colaboración y la conexión entre todos los

sectores y miembros de la Unidad Educativa. Representar al colegio ante las autoridades públicas, administrativas y municipales. Presidir los actos internos oficiales, o en su ausencia delegar en otra persona dicha

responsabilidad.

- Funciones de carácter Pedagógico: Aplicar a las alumnas y alumnos las medidas disciplinarias que correspondan; de acuerdo a

las normas pedagógicas y reglamentos vigentes. Presenciar las clases cuando lo estime conveniente. - Funciones de carácter Administrativo: Cumplir y hacer cumplir las leyes, decretos y reglamentos, normas de la Dirección de

Educación, las instrucciones de la Secretaría Ministerial de Educación y Departamento provincial de Educación.

Mantener un buen canal de comunicación e información entre los docentes, alumnas, alumnos y apoderados.

Estar dispuesta a recibir al personal docente y asistentes de educación, padres y apoderados y alumnas y alumnos para que le planteen sus consultas, peticiones, reclamos y sugerencias previa petición de audiencia.

Resolver solicitudes de permisos con y sin remuneraciones e informar solicitudes de licencias médicas.

Firmar y autorizar el despacho de documentos oficiales responsabilizándose de sus contenidos y presentación.

Administrar los medios para lograr un funcionamiento armónico entre los diferentes estamentos del colegio.

Promover la participación en las actividades locales como: concursos literarios, revistas de gimnasia, encuentros deportivos, etc.

b) Del Inspector General: El Inspector General es el docente encargado del bienestar, disciplina y sana convivencia del alumnado y para cuyo desempeño atenderá las siguientes funciones:

Controlar el régimen disciplinario del alumnado. Supervisar la salud de las alumnas y alumnos, atender a la formación moral y al desarrollo de

la personalidad de ellos. Autorizar la salida extraordinaria de las alumnas y alumnos previo conocimiento de la

Directora. Constatar la revisión diaria del aseo de todas las dependencias del Establecimiento. Controlar la asistencia, puntualidad y presentación personal de las alumnas y alumnos. Coordinar el uso de las distintas dependencias del colegio. Colaborar en todas las actividades culturales, sociales, benéficas y extra programáticas de

acuerdo con la Directora. Promover el respeto en las alumnas y alumnos por sus profesores y compañeras. Participar en la organización de desfiles y actos internos. Programar y difundir la operación Francisca Cooper.

c) De la Jefe Técnico:

La Jefe Técnico es el Docente superior encargado de dirigir la programación, organización, control y evaluación de los programas de estudio, técnicas y métodos de enseñanza. Las funciones que le corresponde ejercer son las siguientes:

Dirigir, organizar, coordinar, controlar y evaluar las labores de los funcionarios de la unidad a su cargo.

Dirigir la organización, programación y desarrollo de actividades de evaluación del proceso enseñanza-aprendizaje.

Velar por el mejoramiento del rendimiento escolar e impulsar planes remediales a favor del alumnado y en coordinación con el consejo de profesores de curso, asignaturas y/o niveles.

Supervisar y evaluar el desarrollo de los objetivos y contenidos programáticos, sugiriendo readecuaciones cuando sea necesario y corresponda.

Responsabilizarse porque la unidad a su cargo mantenga todos los planes y programas de estudio vigentes que correspondan al establecimiento.

Impulsar la experimentación de nuevos métodos y técnicas de enseñanza que hayan sido aprobados por organismos o entidades competentes y que cuenten con la aprobación de los profesores del establecimiento.

Mantener un registro actualizado de los alumnos con mejor rendimiento y de los que presentan problemas de aprendizaje.

Difundir a nivel de Profesores Jefes las becas existentes para que los alumnos puedan optar a ellas.

Mantener un registro actualizado de los resultados del SIMCE, tanto a nivel del establecimiento como de la comuna y del país.

Además como Jefe de la Unidad Técnica Pedagógica debe cumplir con las siguientes funciones:

Diagnosticar, planificar, organizar y dirigir las reuniones técnicas que correspondan según año

escolar. Calendarizar las actividades según el calendario escolar emanado de la Mineduc y de las

disposiciones de la Dirección del Establecimiento. Dirigir la organización, programación y desarrollo de las actividades de orientación

educacional y/o rehabilitadora. Orientar el desarrollo del proceso de enseñanza-aprendizaje y etapas del Decreto de

Evaluación Vigente.

d) Del Evaluador (a):

El Evaluador es el docente técnico encargado de organizar, coordinar y supervisar todos los procesos evaluativos del establecimiento, los referidos a la evaluación de los aprendizajes. *Funciones Generales: Participar en la planificación de la U.T.P. de los procesos de evaluación de los aprendizajes de

todas las asignaturas. Diseñar y asesorar a la Dirección en los procesos evaluativos del sistema al interior del

Establecimiento. Asesorar a los docentes en la organización, programación y desarrollo de los procesos de

evaluación de los aprendizajes de sus asignaturas. Orientar al profesorado hacia la correcta interpretación de las disposiciones legales

reglamentarias vigentes sobre evaluación, y promoción del alumnado. Cautelar la calidad técnica de los instrumentos de evaluación, especialmente, en cuanto a

validez y confiabilidad. Evaluar los instrumentos de evaluación cuando los resultados indiquen porcentajes iguales o

superiores al 20% de no logro de aprendizajes. Supervisar y apoyar a los docentes en la elaboración de pruebas de nivel. Apoyar en la elaboración y aplicación de instrumentos de evaluación de preparación para las

evaluaciones externas: SIMCE, otras. Participar en los Concejos Técnicos. Realizar Plan Operativo Anual en concordancia con el de la U.T.P Y de los objetivos del Plan

Estratégico del P.E.I.

Contribuir al perfeccionamiento del personal docente del colegio en Materia de evaluación, a través de la programación y ejecución de sesiones de trabajo, talleres, para estudiar y analizar variadas técnicas de evaluación y los distintos recursos didácticos.

Colaborar en la detección de problemas de aprendizaje de los alumnos, investigar sus causas y proyectar situaciones de ajuste, con el fin de disminuir la repitencia o deserción.

Establecer y sugerir diseños y/o modelos evaluativos que permitan obtener información de necesidades, proceso y producto de las acciones curriculares que se estén realizando.

Colaborar en el proceso de admisión. Calendarizar las evaluaciones diagnósticas, formativas y sumativas, determinando ciertos

periodos en que el alumno debe tener un mínimo de notas de acuerdo a las disposiciones vigentes.

Dirigir los concejos técnicos que le correspondan. Informar periódicamente al jefe Técnico, sobre las actividades de evaluación desarrolladas. Supervisar el correcto uso del libro de clases y documentos oficiales pertinentes, referido al

registro de evaluaciones. Supervisar evaluaciones en los libros de clases. Monitoriar resultados en programas establecidos. Informar de estos resultados a la Dirección,

UTP y Equipo ELE del establecimiento. Informar a la Comunidad Educativa los resultados académicos: anuales y semestrales, de los

estudiantes. Cautelar la correcta aplicación e instrumentos evaluativos externos. Mantener informada a la Comunidad Escolar de calendarios de Evaluaciones y trabajos

evaluativos, mensuales o de la Unidad, a través de la página web del Colegio. Registrar calificaciones en Webclass.

e) Del Profesor Jefe: Los profesores jefes deberán cumplir funciones derivadas de su cargo tales como:

Conocer a sus alumnos y alumnas para desarrollar una labor de orientación educacional y vocacional.

Asesorar los consejos de curso y tratar las unidades correspondientes. Asistir a los consejos generales de evaluación y de profesores de curso. Atender el trabajo administrativo tendiente a la confección de informes parciales de notas,

informes de personalidad, actas de notas, certificados de notas, y todo documento de tipo técnico-administrativo del curso que se le solicite.

Conocer, atender y acoger a los apoderados en las horas dedicadas a este propósito. Asesorar las reuniones de curso y organizarlo para que éste trabaje como un sub-centro de

padres de manera independiente y a favor de los aprendizajes de los alumnos y alumnas. Dar a conocer el Reglamento Interno a los apoderados, alumnos y alumnas del Colegio. Hacer cumplir a los alumnos(as) las disposiciones correspondientes a la disciplina del colegio. Mantener al día el Libro de Clases respectivo, contenidos, firmas, Registro de los datos

personales de las alumnas(os) de su curso, consignando los temas tratados en los consejos de curso.

Informarse sobre el rendimiento escolar de los alumnos y alumnas y procurar su mejoramiento oportuno.

Mantener oportunamente informados a los apoderados sobre la asistencia, comportamiento y rendimiento escolar de sus pupilos.

Incentivar el correcto uso del idioma patrio, así como reforzar comportamientos positivos de sana convivencia cívica, especialmente en los actos, efemérides y celebraciones diversas.

Mantener permanentemente informada a la dirección del colegio, de todas aquellas situaciones relevantes de su grupo curso y/o problemas particulares; y ser asesorado por ella en la búsqueda de las soluciones adecuadas.

Mantener la reserva necesaria con la confidencialidad de sus alumnas y alumnos. Al término del año lectivo presidir el consejo de profesores del curso, analizando el

comportamiento y rendimiento escolar, examinando los casos especiales a fin de determinar el tratamiento adecuado en concordancia con la Unidad Técnico Pedagógica.

Cumplir responsablemente las actividades que se le designen. Guardar toda discreción, en relación a los temas tratados en los consejos de profesores. Aplicar técnicas metodológicas adecuadas para el logro de los objetivos de su asignatura

según lo acordado por la Unidad Técnico Pedagógica.

Procurar la integración de los contenidos programados de su asignatura con otras asignaturas, según lo acordado y aprobado por la unidad Técnico Pedagógica.

Firmar oportuna y adecuadamente la hora de clases en el libro de clases, libro de asistencia y registro de asistencia a consejos u otras actividades.

Anotar oportuna y adecuadamente la materia de clases, notas parciales, interrogaciones, y calificaciones semestrales y finales y todos los datos que fueran necesarios.

Colaborar en la programación y realización de los actos culturales que se programen a través del año escolar.

Convertirse en una guía que corrige y orienta a los alumnos. Resolver problemas escolares en el establecimiento; no debe hacerlo en su domicilio o por

teléfono sea con apoderados, alumnos y alumnas; ni atenderlos en otros restablecimientos o en horas de clases.

Al concluir el periodo anual lectivo, todos los docentes deben seguir asistiendo al colegio hasta completar el proceso de finalización del año escolar.

Seleccionar los objetivos o contenidos fundamentales a considerar en cada programa y planificar las tareas que se realizan durante el año lectivo según el número de clases factibles de realizar, de acuerdo al calendario Regional respectivo y/o la planificación interna del colegio. Además hacer entrega de dichas planificaciones en la fecha acordada.

Diseñar los instrumentos necesarios para hacer aplicables las formas de evaluación del proceso enseñanza-aprendizaje, ateniéndose a la reglamentación.

e) Del Docente de Subsectores: Al igual que el profesor Jefe, el Docente de Subsectores tiene responsabilidades, tales como:

Asistir a los Consejos generales programados por la propia organización del establecimiento. En caso que el docente no pueda concurrir a dichos consejos o cualquiera actividad fijada con anticipación, deberá notificar a la Dirección la razón de su inasistencia.

Cumplir responsablemente las actividades que se le designen. Guardar toda discreción, en relación a los temas tratados en los consejos de profesores. Aplicar técnicas metodológicas adecuadas para el logro de los objetivos de su asignatura

según lo acordado por la Unidad Técnico Pedagógica. Procurar la integración de los contenidos programados de su asignatura con otras

asignaturas, según lo acordado y aprobado por la unidad Técnico Pedagógica. Firmar oportuna y adecuadamente la hora de clases en el libro de clases, libro de asistencia y

registro de asistencia a consejos u otras actividades. Anotar oportuna y adecuadamente la materia de clases, notas parciales, interrogaciones, y

calificaciones semestrales y finales y todos los datos que fueran necesarios. Citar a los alumnos y alumnas para talleres u otros motivos, sólo después de haberlo

comunicado a la Dirección del colegio. Colaborar en la programación y realización de los actos culturales que se programen a través

del año escolar. Convertirse en una guía que corrige y orienta a los alumnos. Resolver problemas escolares en el establecimiento; no debe hacerlo en su domicilio o por

teléfono sea con apoderados, alumnos y alumnas; ni atenderlos en otros restablecimientos o en horas de clases.

Invitar a una persona extraña al colegio para dar charlas de cualquier tipo, sólo después de haberlo comunicado a la Dirección y obtenido de ella la autorización.

Al concluir el periodo anual lectivo, todos los docentes deben seguir asistiendo al colegio hasta completar el proceso de finalización del año escolar.

Seleccionar los objetivos o contenidos fundamentales a considerar en cada programa y planificar las tareas que se realizan durante el año lectivo según el número de clases factibles de realizar, de acuerdo al calendario Regional respectivo y/o la planificación interna del colegio.

Diseñar los instrumentos necesarios para hacer aplicables las formas de evaluación del proceso enseñanza-aprendizaje, ateniéndose a la reglamentación.

Colaborar con la U.T.P., en la elaboración, aplicación, desarrollo y evaluación del examen de admisión al establecimiento.

G) Del Personal Administrativo: El Personal administrativo es aquel que desempeña labores de administración que requiere el establecimiento para su organización interna y en sus relaciones externas. Se rige por las

disposiciones que sus cargos requieren, dependiendo su organización y funcionamiento exclusivamente de la Dirección del Establecimiento, por consiguiente, no deberá seguir instrucciones de ningún Docente, apoderado o demás miembros de la Comunidad Educativa. Integran el personal administrativo la Secretaria, la Bibliotecaria y el Personal Auxiliar. Deberes de la Secretaria:

- Cumplir con los deberes que estipula su contrato de trabajo y las tareas que le designe la

Directora. - Cumplir diligentemente su oficio y mantener la reserva debida sobre el contenido de

documentos, visitas que se reciben, etc. - Clasificar, ordenar y archivar la documentación que entre o salga de la oficina. - Cumplir las labores de Secretaría y demás funciones administrativas del Colegio con buenos

modales y la mayor cortesía con todos los agentes de la Comunidad Educativa. Deberes de la Bibliotecaria: - Responsabilizarse de todo lo que ingrese en el recinto, en cuanto a libros, documentos, o

mobiliario y mantener un registro al día de todo el material existente. - Disponer en forma totalmente visible el horario de atención de la Biblioteca. - Mantener en forma ordenada y al día el registro de préstamo y devolución, de pérdida y

reposición del material existente en la Biblioteca. - Desenvolverse en su cargo con la mayor diligencia según las instrucciones dadas por la

Directora.

Deberes del Personal de Servicio o Auxiliar: Se considerará Personal de Servicio o Auxiliar a las personas que ocupan cargo de portero, junior, aseador, manipulador de alimentos, jardinero, chofer, etc. Y sus deberes serán:

- Tener presente que al igual que el resto de los trabajadores del establecimiento ellos también contribuyen a la educación y formación del alumnado.

- Colaborar para que el proceso educativo se desarrolle en un ambiente sano, de armonía, orden, agrado y seguridad.

- Cuidar, vigilar, custodiar y limpiar los bienes muebles e inmuebles del establecimiento. - Cumplir cabalmente y con respeto las ordenes emanadas de la persona que le sea asignada

como jefe o directamente de la Dirección. - Mantener el orden y aseo en las dependencias e implementos que se asignen.

A continuación se presentan algunos de los principales cuerpos legales y normativos que sustentan la Convivencia Escolar

La Convivencia Escolar por lo tanto, tiene en la base de su quehacer al estudiante como sujeto de derechos y a la escuela/liceo como garante de ese derecho.

Declaración universal de los derechos humanos: La Constitución Política de la República

de Chile reconoce y ratifica en su Artículo 5° esta declaración, estableciendo que ―el ejercicio de la soberanía reconoce como limitación el respeto a los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana. Es deber de los órganos del Estado respetar y promover tales derechos, garantizados por esta Constitución, así como por los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes‖.

Declaración de los derechos del niño y la niña: La Declaración de los Derechos del Niño y

la Niña fue redactada por Naciones Unidas en 1959, constituyéndose en un manifiesto ético y en un reconocimiento de ellos como sujetos de derecho. Chile ratificó la Declaración de los Derechos del Niño y la Niña en 1990, la que se rige por cuatro principios fundamentales; la no discriminación, el interés superior del niño, su supervivencia, desarrollo y protección, y su participación en las decisiones que los afecten.

Ley n° 20.370 General de Educación y sus modificaciones, contenidas en la Ley n° 20.536

sobre violencia escolar: La Ley General de Educación constituye el principal cuerpo legal

regulatorio de todo el sistema escolar. Para esta Ley, ―la educación… tiene como finalidad alcanzar su desarrollo espiritual, ético, moral, afectivo, intelectual, artístico y físico, mediante la transmisión y el cultivo de valores, conocimientos y destrezas. Se enmarca en el respeto y valoración de los derechos humanos y de las libertades fundamentales, de la diversidad multicultural y de la paz, y de nuestra identidad nacional, capacitando a las personas para conducir su vida en forma plena, para convivir y participar en forma responsable, tolerante, solidaria, democrática y activa en la comunidad, y para trabajar y contribuir al desarrollo del país‖3 La Ley n° 20.536 sobre violencia escolar, promulgada el año 2011, tiene por objetivo abordar la convivencia en los establecimientos educacionales del país, mediante el diseño de estrategias de promoción de la buena Convivencia Escolar y de prevención de la violencia escolar, estableciendo un Plan de Gestión y Protocolos de Actuación ante situaciones de violencia. También crea la figura del encargado de convivencia y entrega nuevas tareas a los Consejos Escolares.Artículo 5°. 3 Ley N° 20.370 General de Educación, Artículo 2º.

Ley n° 20.609 contra la discriminación: La Ley N° 20.609 contra la discriminación fue

promulgada el año 2012 y busca resguardar el derecho de las personas a no sufrir ningún tipo de exclusión.

Ley n° 19.284 de integración social de personas con discapacidad: La Ley n° 19.284 fue

promulgada el año 2005 y establece indicaciones sobre la integración de personas con discapacidad.

Ley nº 20.845 de inclusión escolar: La ley de inclusión escolar regula la admisión de los y las

estudiantes, elimina el financiamiento compartido y prohíbe el lucro en los establecimientos educacionales que reciben aporte del Estado: prohíbe toda forma de discriminación arbitraria, permite sanciones disciplinarias solo si están contenidas en el reglamento interno, establece un plan de apoyo a la inclusión para fomentar la buena convivencia, obliga a reconocer el derecho a asociarse libremente.

Decreto nº 79 reglamento de estudiantes embarazadas y madres: La Ley General de

Educación, en su Artículo 11°, señala que el embarazo y la maternidad de una estudiante no pueden ser argumentados como condicionantes o excusas que limiten su respectivo derecho a la educación, más aún, la legislación establece que son los establecimientos educacionales los encargados de realizar las adecuaciones necesarias para que dichas estudiantes continúen con sus estudios de manera regular.

Decreto n° 50 reglamentos de centros de alumnos: La organización de estudiantes posee

reconocimiento en la normativa legal vigente, así como en las políticas públicas educativas. Dicha instancia está regulada por el Decreto n° 50 del Ministerio de Educación, promulgado el año 2006.

Decreto n° 565 reglamento de centros general de apoderadas/os: La organización de

apoderadas/os posee reconocimiento en la normativa legal vigente, así como en las políticas públicas educativas. Dicha instancia está regulada por el Decreto n° 565 del Ministerio de Educación, promulgado el año 1990 y por los Estatutos Tipo publicados en el Decreto n° 732 también del Ministerio de Educación en el año 1997.

Decreto n° 24 reglamento de consejos escolares: El Decreto n° 24 del Ministerio de

Educación, promulgado el año 2005, reglamenta los consejos escolares como ―organismo integrado por representantes de los distintos estamentos de la comunidad educativa, quienes serán informados, consultados y propondrán acciones que conlleven al mejoramiento de la calidad de sus propios resultados en la tarea escolar‖.

Estándares indicativos de desempeño para establecimientos educacionales y sostenedores. Decreto nº 73/2014: Los Estándares indicativos de desempeño para establecimientos educacionales y sostenedores, fueron elaborados por el Ministerio de Educación y aprobados por el Consejo Nacional de Educación. Constituyen un marco orientador para la evaluación de los procesos de gestión educacional de los establecimientos y sus sostenedores, constituyéndose en la base de la evaluación indicativa de desempeño conducida por la Agencia de la Calidad de la Educación. Todo lo anterior se inscribe en el Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación.

Otros indicadores de calidad: Decreto n° 381 de 2013, el Ministerio de Educación establece ―Otros Indicadores de Calidad‖. ―Los Otros Indicadores de Calidad son un conjunto de índices que entregan información relacionada con el desarrollo personal y social de los estudiantes de un establecimiento de manera complementaria a los resultados en la prueba SIMCE y al logro de los Estándares de Aprendizaje. Estos indicadores amplían el concepto de calidad de la educación al incluir aspectos que van más allá del dominio del conocimiento académico‖4. 4 Ministerio de Educación, ―Otros Indicadores de Calidad Educativa‖, MINEDUC, Santiago, 2014, Pág. 3.

Artículo 10° SOBRE EL MALTRATO Y ABUSO INFANTIL

Los padres, madres, docentes y otros adultos significativos deben tener un rol activo en el cuidado y protección de los niños/as. Si hubiere sospecha de abuso o intento de éste hacia el/los alumno(s), la dirección del establecimiento realizará la denuncia correspondiente a las autoridades con la constatación de lesiones, si el caso así lo amerita.

La prevención debe formar parte del aprendizaje de los conocimientos, valores y actitudes relacionados con sexualidad, afectividad y género. Para este efecto en las clases de orientación y/o consejo de curso se deberá tratar los temas en cuestión y tener las evidencias respectivas del trabajo realizado. En caso necesario se podrá destinar otros subsectores o ámbitos de aprendizaje para abordar la temática. Siempre debe considerará los rasgos propios de la etapa de desarrollo en que se encuentran los niños/as y adolescentes en la información que se brinde y en el desarrollo de competencias de autocuidado. Además se deben incluir estrategias de seguridad y autocuidado, además de protocolos de actuación ante situaciones de vulneración de derechos.

Se debe priorizar la comunicación con los padres, madres y apoderados en un clima de confianza y acogida a los niños/as y jóvenes.

Se deben entregar mensajes claros que desculpabilicen a las víctimas y evitar toda forma de victimización.

Criterios de cuidado, prevención y respuesta ante denuncias de abuso sexual en el colegio Hellen Keller Peñuelas.

Dependiendo del profesor o asistente de la educación que el afectado elija para informar lo

sucedido. Éste debe Acogerlo, hacerlo sentirse seguro/a, realizar una conversación en un lugar privado y tranquilo, con un solo entrevistador, siéntese al lado y a la altura del niño/a, de modo que el niño/a no se intimide.

Ofrézcale un espacio confiable y dispóngase a escuchar. Ante todo créale y resguarde sus derechos.

Valide sus sentimientos y respete su intimidad.

No lo responsabilice, no se enoje ni lo rete. Hágale saber que él o ella no son culpables de la situación.

Ponga el hecho en conocimiento de las autoridades pertinentes, cuidando de resguardar la intimidad e integridad del niño/a. El colegio debe y puede denunciar en: Comisaría de Carabineros más cercana (retén Peñuelas), Policía de Investigaciones, PDI; Fiscalía, Oficina de Protección de Derechos (OPD) de la comuna de Coquimbo.

Reafírmele que hizo bien en decirle lo que está pasando.

Lo que debe y no debe realizar el establecimiento educativo

Tan importante como LO QUE DEBE HACER, es lo que NO DEBE HACER el establecimiento educacional frente a estas situaciones, dado que su manejo requiere de estrategias adecuadas, que eviten actuar de manera inoportuna. Una intervención inadecuada puede provocar una revictimización del niño/a o joven y contaminar su relato.

Sí se debe dar inmediata credibilidad cuando el niño/a relata que es víctima de una situación de abuso o maltrato. Es preferible actuar frente a la sospecha antes que no realizar acciones y convertirse en cómplice de una vulneración de derechos.

Sí se debe acoger y escuchar al niño/a o joven, haciéndole sentir seguro y protegido. Sí se debe aplicar de manera inmediata el protocolo de actuación frente a situaciones

vulneradoras de derechos, es decir, completar la ficha de entrevista con el alumno donde él relata los hechos, hacer la denuncia y derivar con los especialistas que corresponda. Una vez realizada la denuncia todos los integrantes de la comunidad educativa deben colaborar en el proceso de investigación que se lleve a cabo.

Sí se debe resguardar la intimidad e identidad del niño/a en todo momento, sin exponer su experiencia frente al resto de la comunidad educativa.

Sí se debe derivar a las instituciones y organismos especializados. Sí se le debe aclarar al niño/a que no es culpable o responsable de la situación que lo afecta. Sí debe promover la prevención y autocuidado, propiciar la comunicación permanente con los

padres, madres y apoderados y favorecer la confianza y acogida a los niños/as para pedir ayuda.

No se debe actuar de forma precipitada ni improvisada. No se debe interrogar ni indagar de manera inoportuna al niño/a. No se deben investigar los hechos, esto último no es función de la escuela, sino de los

organismos policiales y judiciales. No minimizar ni ignorar las situaciones de maltrato y abuso. No confiarse en que ―otro‖ hará la denuncia y/o derivación: aun cuando exista un encargado

de asumir esta función y existan actores que están obligados legalmente a efectuar la denuncia, toda persona adulta que tome conocimiento de una situación de vulneración de derechos tiene una responsabilidad ética frente a la protección del niño/a, por lo que debe asegurarse de que el hecho fue denunciado.

La naturaleza de cada institución determina funciones, competencias y responsabilidades diferenciadas, tenerlo claro resulta clave para actuar de manera coordinada.

Frente a situaciones no previstas en este reglamento, serán revisadas y resueltas de acuerdo a la normativa legal vigente. Distinciones conceptuales Entendemos por abuso sexual infantil: ―Implica la imposición a un niño o niña, basada en una relación de poder, de una actividad sexualizada en que el ofensor obtiene una gratificación. Esta imposición se puede ejercer por medio de la fuerza física, el chantaje, la amenaza, la intimidación, el engaño, la utilización de la confianza o el afecto o cualquier otra forma de presión‖. (Barudy, J., 1998. El dolor invisible de la infancia). Involucra cualquier conducta de tipo sexual que se realice con un niño/a, incluyendo las siguientes situaciones (descritas en el Código Penal, artículos 361 al 366):

1. Tocación de genitales del niño/a por parte del abusador/a.

2. Tocación de otras zonas del cuerpo del niño/a por parte del abusador/a.

3. Incitación, por parte del abusador/a la tocación de sus propios genitales.

4. Penetración vaginal o anal, o intento de ella, con sus genitales, con otras partes del cuerpo o con objetos, por parte del abusador/a.

5. Utilización del niño/a en la elaboración de material pornográfico (Ej: fotos, películas).

6. Exposición de material pornográfico a un niño/a (Ej.: revistas, películas, fotos).

7. Contacto bucogenital entre el abusador/a y el niño/a.

8. Exhibición de sus genitales por parte del abusador/a al niño/a.

9. Promoción o facilitación de la prostitución infantil.

10. Obtención de servicios sexuales de parte de un menor de edad a cambio de dinero u otras prestaciones.

Algunas consideraciones a tener en cuenta:

El abuso adquiere diversas formas, en todos los casos se destaca la posición de asimetría de poder y opera la coerción.

Los niños/as nunca son culpables ni responsables de ser abusados o abusadas, el responsable del abuso es el adulto. La erotización de la conducta del niño/a es una consecuencia del abuso, no su causa.

Los casos de abuso sexual no son hechos aislados.

Los abusos sexuales afectan a niños y niñas, no obstante el porcentaje de niñas abusadas es mayor.

Los abusos pueden afectar a niños/as de cualquier edad, siendo estadísticamente más vulnerables los/as menores de 12 años.

La mayoría de los agresores sexuales no son enfermos mentales.

Muchas veces el abusador/a cuenta con prestigio social, lo que le otorga credibilidad y admiración por parte del niño/a.

El abuso sexual infantil puede ocurrir en espacios familiares, a cualquier hora del día y en un alto porcentaje por personas conocidas por la víctima y que cuentan con la confianza de la familia.

Los abusadores sexuales en su mayoría son hombres, sin embargo, también hay mujeres que cometen este delito.

Los niños/as mantienen silencio frente al abuso sexual, por miedo a las amenazas, por dependencia afectiva, porque piensan que no les van a creer o porque no saben nombrar como abuso los actos de los cuales son víctimas.

Marco legal que resguarda los derechos de los niños, niñas y adolescentes

Convención sobre los Derechos del Niño

La Ley 16.618, de Menores, y sus actualizaciones, que conciernen a la conducta de padres y adultos responsables y en lo referido a las instancias de protección.

La Ley de Tribunales de Familia, N° 19.968, del 30 de agosto de 2004, instruye respecto de las implicancias judiciales de las medidas de protección de los derechos para los niños, niñas y adolescentes.

La Ley General de Educación establece los derechos y deberes de cada uno de los actores de la comunidad educativa.

Material de apoyo para la familia y el establecimiento educativo y sitios de interés

Transversalidad Educativa, Ministerio de Educación.

Delitos sexuales en la escuela: cómo detectarlo y ayudar a las víctimas. ONG PAICABÍ. Corporación de promoción y apoyo a la infancia. Fundación para la Confianza UNICEF-CHILE Ayuda Mineduc Corporación OPCIÓN ONG RAÍCES Sitio WEB Derechos de la Infancia Fundación Amparo y Justicia

PROTOCOLO DE ACTUACIÓN: ACCIDENTES ESCOLAR

1.- ACCIDENTES ESCOLARES Definición: Se entiende por accidente escolar, todo hecho fortuito, que provoque una lesión física, de leve a grave o con causalidad de muerte, ocurrida al interior del establecimiento educacional o de trayecto (de ida al establecimiento o de regreso de aquél)

Marco Legal: TODO SOBRE EL SEGURO ESCOLAR: Todos los alumnos y alumnas de nuestro país tienen derecho a un seguro escolar gratuito que los protege en el caso de que sufran un accidente mientras desarrollen sus actividades estudiantiles. Muchos padres, sin embargo, lo desconocen, por lo que cada vez que se ven enfrentados a este tipo de situaciones no saben dónde ni a quién recurrir, o bien se sienten obligados cada año a contratar un seguro particular que los ampare. Para despejar todas las dudas que existen en torno al seguro escolar gratuito y al mismo tiempo guiarlos sobre cómo deben actuar en el caso de que sus hijos y/o alumnos sufran algún accidente, les damos a conocer toda la información referente al seguro escolar, expresado en el Decreto Supremo nº 313 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.

EL DECRETO SUPREMO N° 313 DEL 12 DE MAYO DE 1972 DEL MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL ESTABLECE LO SIGUIENTE: "LOS ESTUDIANTES QUE TENGAN LA CALIDAD DE ALUMNOS REGULARES DE ESTABLECIMIENTOS FISCALES, MUNICIPALES Y/O PARTICULARES, DEPENDIENTES DEL ESTADO Y/O RECONOCIDOS POR ÉSTE, QUEDARÁN SUJETOS AL SEGURO ESCOLAR CONTEMPLADO EN EL ART. 3° DE LA LEY 16.744, POR LOS ACCIDENTES QUE SUFRAN DURANTE SUS PRÁCTICAS EDUCACIONALES O PROFESIONALES, EN LAS CONDICIONES Y CON LAS MODALIDADES QUE SE ESTABLECEN EN EL PRESENTE DECRETO. DOCUMENTO EXTRACTADO DEL SEGURO DE ACCIDENTES ESCOLARES (D.S. N° 313 de 12/05/75)

1.- A quiénes protege el Seguro? El Seguro Escolar protege a todos los alumnos regulares de Establecimientos Fiscales, Municipales, Particulares, Subvencionados, Particulares No Subvencionados, del Nivel de Transición de la Educación Parvularia, de Enseñanza Básica, Media, Normal, Técnica Agrícola, Comercial, Industrial, Universitaria e Institutos Profesionales dependientes del Estado o reconocidos por éste.

2.- ¿De qué se protege? El Seguro Escolar protege a los estudiantes de los accidentes que sufra con ocasión de sus estudios o en la realización de su Práctica Educacional o en el trayecto directo, de ida o regreso entre su casa y el Establecimiento Educacional o el lugar donde realice su Práctica Profesional.

3.- ¿A quiénes no protege? No protege a los estudiantes que por su trabajo reciban una remuneración afecta a leyes sociales.

4.- ¿Desde cuándo los alumnos están afectos a los beneficios del Seguro? Desde el instante en que se matriculan en alguno de los Establecimientos señalados anteriormente.

5.- ¿Cuándo se suspende el Seguro? Los beneficios del Seguro Escolar se suspenden cuando no realicen sus estudios o su Práctica Profesional, en vacaciones o al egreso.

6.- ¿Qué casos especiales cubre el Seguro? Los casos especiales que cubre el Seguro son:

Estudiantes con régimen de internado. Estudiantes que deban pernoctar fuera de su residencia habitual, bajo la responsabilidad de autoridades educacionales, con motivo de la realización de su

Práctica Educacional. Estudiantes en visitas a bibliotecas, museos, centros culturales, etc. Estudiantes en actividades extraescolares.

7.- ¿Qué se entiende por accidente escolar? Accidente escolar es toda lesión que un estudiante sufra a causa o con ocasión de sus estudios, o de la realización de su Práctica Profesional o Educacional y que le produzca incapacidad o muerte; también se considera los accidentes de trayecto directo de ida o regreso que sufran los alumnos, entre su casa y el Establecimiento Educacional.

8.- ¿Qué tipo de accidentes se exceptúan? Los accidentes producidos intencionalmente por la víctima y los ocurridos por fuerza mayor extraña, que no tengan relación alguna con los estudios o Práctica Profesional.

9.- ¿Qué instituciones administran el Seguro Escolar? Los Administradores del Seguro Escolar

son: El Sistema Nacional de Servicios de Salud, que es el que otorga las prestaciones médicas

gratuitas. El Instituto de Normalización Previsional, es el que otorga las prestaciones pecuniarias por invalidez o muerte.

10.- ¿Cuáles son los beneficios médicos gratuitos del Seguro? Los beneficios médicos gratuitos

del Seguro Escolar son: Atención médica quirúrgica y dental en Establecimientos externos o a

domicilio, en establecimientos dependientes del Sistema Nacional de Servicios de Salud.

Hospitalizaciones, si fuere necesario a juicio del facultativo tratante. Medicamentos y productos

farmacéuticos. Prótesis y aparatos ortopédicos y su reparación. Rehabilitación física y

reeducación profesional. Los gastos de traslados y cualquier otro necesario para el otorgamiento de estas prestaciones.

11.- ¿Cuánto tiempo duran estos beneficios? Los beneficios mencionados duran hasta su curación completa o mientras subsistan los síntomas de las secuelas causadas por el accidente.

12.- ¿Qué derechos tiene un estudiante que como consecuencia de un accidente escolar perdiera su capacidad para trabajo? El estudiante que, como consecuencia de un accidente escolar, perdiere su capacidad para trabajar, actual o futura, según evaluación que deberá hacer el Servicio de Salud, puede tener derecho a una pensión de invalidez, según el grado o porcentaje de invalidez que presente.

13.- ¿Cuáles son las obligaciones del alumno accidentado? El estudiante accidentado estará obligado a someterse a los tratamientos médicos que le fueren prescritos para obtener su rehabilitación.

14.- ¿Quién tiene derecho a recibir educación gratuita de parte del Estado? Todo estudiante inválido, a consecuencia de un accidente escolar, que experimentare una merma apreciable en su capacidad de estudio, calificada por el Servicio de Salud, tendrá derecho a recibir educación gratuita.

15.- ¿Cómo ejerce este derecho? Este derecho se ejerce concurriendo directamente la víctima o su representante, al Ministerio de Educación (Secretarías Ministeriales Regionales de Educación y/o Departamento Provinciales de Educación), el que se hará responsable de dar cumplimiento a los beneficios establecidos en la ley.

16.- ¿Cómo se efectúa una denuncia de un accidente escolar? Todo accidente escolar deberá ser denunciado al Servicio de Salud en un formulario aprobado por dicho Servicio.

17.- ¿Quién debe denunciar el accidente escolar? Estará obligado a denunciar el accidente escolar, el Jefe del Establecimiento Educacional respectivo, tan pronto como tenga conocimiento de su ocurrencia.

18.- Si la denuncia no es realizada por el colegio, ni por el hospital tratante ¿Quién más puede hacer la denuncia? El propio accidentado o quien lo represente. También puede denunciar el accidente escolar, si el Establecimiento Educacional, no efectuare la denuncia antes de las 24 horas o cualquier persona que haya tenido conocimiento de los hechos.

19.- ¿Cómo se acredita un accidente de trayecto directo? Para acreditar un accidente de trayecto directo, de ida o regreso, entre la casa y el Establecimiento Educacional, servirá el Parte de Carabineros, la declaración de testigos presenciales o cualquier otro medio de prueba igualmente fehaciente.

20.- ¿Cuáles son las acciones a seguir ante la ocurrencia de un accidente escolar? Ante la ocurrencia de un accidente escolar:

1° Se debe enviar de inmediato al alumno accidentado a la Posta de Urgencia u Hospital más cercano al Establecimiento Educacional y que pertenezca al Sistema Público de Salud, debiéndose adoptar todas las medidas precautorias cuando el accidentado presente fracturas graves, expuestas o traumatismo encéfalo craneano (TEC.).

2° La denuncia se debe efectuar en Formulario N° 0374-3, ejemplares que deberán estar en poder de los Establecimientos Educacionales y en el Centro Asistencial que atienda al accidentado.

21.- ¿En los Establecimientos Educacionales, hay un funcionario encargado de gestionar la denuncia del accidente escolar? El Director del Establecimiento Educacional deberá enviar 5 formularios al Centro Asistencial, donde es atendido el alumno accidentado, los cuales una vez timbrados deberán distribuirse de la siguiente forma: Original: Ministerio de Salud (Servicio de Salud) 1 copia: COMPIN

22.- ¿Cuál es el procedimiento de reclamo por no aplicación del Seguro Escolar de Accidente? El Director del Establecimiento Educacional, designará a un profesor o funcionario, en caso de no contar con una Asistente Social, para que recopile los antecedentes de los alumnos accidentados. Sus obligaciones serán las siguientes:

a) Formular la denuncia correspondiente.

b) Informar a los apoderados de los beneficios que otorga el Seguro Escolar (Decreto N° 313 de 1972 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social).

c) Seguimiento del alumno accidentado hasta su total recuperación.

23.- ¿Dónde se realizan las consultas relacionadas con la aplicación del Seguro Escolar de Accidentes? Sin en alguna Posta, Consultorio u Hospital dependiente del Sistema Nacional de Servicios de Salud, no se entregara la atención gratuita especificada en el Seguro Escolar de Accidentes y exigiesen el pago de las atenciones médicas prestadas a un alumno víctima de un accidente escolar o no se le entregarán los medicamentos para su recuperación, el Director del Establecimiento Educacional informará por escrito de esta situación al Director del Centro Asistencial donde fue atendido el menor accidentado, solicitando se le otorguen los beneficios a que tiene derecho. Cualquier duda o consulta relacionada con la aplicación del Seguro Escolar de Accidentes deberá realizarse en la Secretaría Regional Ministerial de Educación, Departamento Provincial de Educación que corresponda o a la Comisión Nacional Permanente de Seguridad Escolar.

PRESTACIONES MÉDICAS DEL SEGURO ESCOLAR

El estudiante víctima de un accidente escolar tiene derecho a las prestaciones médicas que corresponden en casos de accidentes del trabajo o enfermedad profesional, en forma gratuita hasta su curación completa, o mientras subsistan los síntomas de las secuelas causadas por el accidente. Todo accidente escolar debe ser denunciado a los Servicios de Salud o al INP. Por el jefe del respectivo Establecimiento Educacional. Igualmente la denuncia puede hacerla el médico que trate un accidente escolar, o cualquier persona que haya tenido conocimiento de los hechos.

Si el Establecimiento Educacional no realiza la denuncia dentro de las 24 horas siguientes al accidente, podrá hacerla el propio accidentado o quien lo represente. Cuando un escolar se accidenta debe ser enviado a una posta u hospital del Servicio Nacional de Salud. En ese lugar se denuncia el accidente escolar. La atención es gratuita y cubre las prestaciones médicas quirúrgicas, hospitalización, medicamentos y productos farmacéuticos; prótesis y aparatos ortopédicos y su reparación, rehabilitación física, los gastos de traslado y cualquier otro necesario para el otorgamiento de estas prestaciones, que son de responsabilidad del respectivo Servicio de Salud.

Prevención: El establecimiento educacional deberá cerciorarse que al menos dos veces al año se socialicen las normas relativas al correcto uso de los espacios e implementos con que cuenta el establecimiento de modo de evitar la ocurrencia de lesiones como consecuencia del mal uso de escaleras (correr o saltar en ellas, etc.), de los pasillo del establecimiento, así como por el uso inapropiado de artefactos eléctricos o de otra índole.

El colegio cuenta con una sala de Primeros Auxilios y con una persona encargada. En las salas de clases se tendrá especial cuidado con los materiales a utilizar en su desarrollo, cautelando que sean apropiados a la edad y pertinentes con los objetivos a lograr. Funcionamiento del Comité Paritario en establecimiento Revisión y reparación permanente de las infraestructuras del colegio Revisión constante de señaléticas Implementar Semana de la Seguridad Calendarización, registro y evaluación de Operación Deisy.

A. Dentro de la escuela:

1.- Detección

Responsable: cualquier integrante de la comunidad educativa

Línea de acción: al constatar la situación dar aviso a los responsable (personal de enfermería)

2.- Evaluación preliminar: Responsable: adulto del colegio y/o encargado de enfermería Línea de acción: Adulto, junto al estudiante, da cuenta de situación en enfermería En caso de ser necesario, traslado, acercamiento de camilla u otro implemento, hacia el afectado.

3.- Adopción de medidas de urgencia, para el Afectado:

Responsable: encargado de enfermería.

Línea de acción: Aplicación de primeros auxilios. Traslado a enfermería. Información al apoderado de la situación de su pupila. Dejar registro en enfermería del nombre del afectado (a), situación de salud. Hora y procedimiento. Entrega del seguro escolar. En caso de gravedad el estudiante debe ser trasladado inmediatamente desde el colegio al centro asistencial más cercano, junto a un funcionario designado.

B. Fuera de la escuela (trayecto)

1.- Detección:

Responsable: apoderado y/o el propio alumno, y/o tío del furgón.

Línea de acción: el apoderado debe dar cuenta de la situación de accidente de su pupila.

2.- Evaluación preliminar: en caso de accidente en un lugar cercano al establecimiento: Responsable: adulto del colegio y/o encargado de enfermería Línea de acción: se constatará accidente en enfermería y posteriormente se informará al apoderado.

3.- Adopción de medidas de urgencia, para el Afectado:

Responsable: encargado de enfermería.

Línea de acción: Dejar registro en enfermería del nombre del afectado (a), situación de salud, hora y procedimiento. Se entrega seguro escolar.

Nota: Es importante indicar que en caso de comprobarse la participación y responsabilidad de un tercero en la lesión ésta no revestirá – para efectos del seguro escolar– el carácter de accidente escolar. No obstante lo anterior se seguirá el mismo protocolo de acción y el o los responsables de la lesión serán sancionados en conformidad a lo indicado en el manual de convivencia escolar.

PROTOCOLO DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTO

Marco teórico: El conflicto forma parte integral de la vida en comunidad; es inherente a la dimensión social del ser humano. Lo importante es tener presente que existe una relación asimétrica entre los miembros de la Comunidad Educativa conformada por adultos y jóvenes. En este contexto, la mayor responsabilidad siempre recae en el adulto en el momento de afrontar y resolver un conflicto.

PREVENCIÓN ANTE CONFLICTOS.

La comunidad educativa tiene que emprender el desafío de abordar integralmente el instalar una cultura de resolución pacífica de conflictos, para ello es necesario establecer tres espacios de trabajo; la familia, el colegio y la estudiante. En una Comunidad Educativa en que existe participación real, no sólo formal, en que todos los actores se sienten constructores de un Proyecto Educativo compartido y ven expresados en aquel sus aspiraciones formativas para el conjunto de la comunidad y que, además, han logrado que se perciba en el ambiente que todos están trabajando en un mismo sentido: docentes, directivos, estudiantes, familias, etc., entonces, aumentan las posibilidades de abordar la resolución de los conflictos en forma pacífica y formativa. Bajo esta premisa, todo lo que ocurre en la comunidad es importante, tanto para fines promocionales y preventivos. Todos los contenidos presentados anteriormente tienen que servir para llamar la atención utilizando acciones creativas y que propicien la activa participación de los diversos actores de la comunidad. Por ejemplo, motivar procesos de conversación en torno a campañas, charlas, afiches, concursos de relatos, dibujos, comics, u otras formas pertinentes con el alumnado. Otro aspecto relevante es la difusión de las formas de resolver los conflictos de manera específica, explicando de qué se tratan y cómo es posible acceder a ellas. Desde un punto de vista preventivo educativo el poner en acción las técnicas de resolución pacífica de conflictos, es fundamental. A continuación se destacan tres maneras de resolver pacíficamente conflictos, las cuales son posibles de aplicar dependiendo de la edad de los beneficiarios y roles que desempeñan en una comunidad: • Negociación: realizada entre las partes involucradas en un conflicto, sin intervención de terceros, para que los implicados entablen una comunicación en busca de una solución aceptable a sus diferencias; la solución se explicita en un compromiso. Los involucrados se centran en el problema pensando en una solución conveniente para ambos y en la que las concesiones se encaminen a satisfacer los intereses comunes. Esta estrategia puede ser aplicada, también, entre personas que se encuentran en asimetría jerárquica (un docente y un estudiante, por ejemplo), siempre y cuando no exista uso ilegítimo del poder por una de las partes. • Arbitraje: este procedimiento será guiado por un adulto que proporcione garantías de legitimidad ante la Comunidad Educativa, con atribuciones en la institución escolar quien, a través del diálogo, la escucha atenta y reflexiva de las posiciones e intereses de los involucrados, indaga sobre una solución justa y formativa para ambas partes. La función de esta persona adulta es buscar una solución formativa para todos los involucrados sobre la base del diálogo y de una reflexión crítica sobre la experiencia vivenciada en el conflicto. • Mediación: una persona o grupo de personas, ajenas al conflicto, ayuda a los involucrados a llegar a un acuerdo y/o resolución del problema, sin establecer sanciones ni culpables. El sentido de la mediación es que todos los involucrados aprendan de la experiencia y se comprometan con su propio proceso formativo. Es importante tener presente que no es aplicable la mediación cuando ha existido un uso ilegítimo de la fuerza o el poder, porque esta estrategia no está orientada a sancionar conductas de abuso.

Procedimiento de Implementación de Mecanismos de Resolución Pacífica de Conflictos Las tres formas de resolución implican de parte de la comunidad escolar, establecer un procedimiento para conformar el equipo que esté a cargo de ello. Definido el equipo responsable, corresponde convocar a formar los equipos de negociadores, mediadores y/o de arbitraje. Convocar a formar parte de los equipos es parte de una campaña de sensibilización que luego se transforma en un trabajo de capacitación y establecimiento de los materiales de trabajo y la oficina que se ocupará para su realización. A continuación se presenta un resumen de acciones y ejemplo vinculado a una manera de resolver conflictos; 1.- Constitución de Equipo de CONVIVENCIA ESCOLAR Estará liderado por Encargada de Convivencia Escolar y estará integrado por un representante de los Profesores, Alumnas, Padres y Apoderados. Los roles asociados al equipo son: *Guiar y Supervisar los procesos y acciones a desarrollar. *Propositivo, al reunirse periódicamente para analizar los casos detectados y hacer las derivaciones pertinentes, si fuese necesario.

*Generador de Acciones remediales, asignando responsables y plazos. Generador de actividades de prevención de conflictos. *Generador de actividades que promuevan una sana convivencia escolar. 2.-Planificación del Trabajo Este equipo tendrá que considerar los problemas de la comunidad y proponer de manera ordenada los mecanismos a utilizar durante el año escolar. Luego de aquello tendrán que establecer de manera simple los procedimientos por medio de los cuales se active la ejecución del o los mecanismo (s) acordados. La definición de mecanismos contempla disponer de un lugar y material de registro del proceso que se habilite. El planificar significa generar un informe de reporte de procesos desarrollados. Las evidencias comprenderán los hechos e involucrados, las estrategias de implementación, Responsables, Plazos y por cierto la evaluación pedagógica. Los informes que se generen tienen que tener la firma de cada integrante. 3.- Desarrollo del Proceso de Mediación entre Pares. Convocar y Capacitar a Equipo de Mediadores Escolares: Esta fase es relevante desde el punto de vista de incorporar a estudiantes que cuenten con las siguientes características: Ser buenos oyentes, Estar comprometidos frente a las responsabilidades adquiridas, Ser proactivos en la búsqueda de soluciones, Ser responsables en la toma de decisiones, Ser pacientes, mostrándose dispuestos a ayudar y cooperar en la búsqueda de soluciones, Ser respetuosos y discretos, Ser neutrales frente a los conflictos, es decir, no tratar de favorecer a ninguna parte. En el caso de que existan conflictos de intereses con alguna de las partes, el integrante del Comité Global de Convivencia debe derivar el caso, solicitando su sustitución, No hacer juicios, ya que esto afecta su trato con las partes implicadas, Buscar la objetividad frente a cada caso, Buscar soluciones creativas y eficaces que apunten hacia el bien común. Incorporar al equipo de Mediadores en la difusión y ejecución de acciones para la sana Convivencia contenidas en el Plan de Acción: Mientras no se active el protocolo de mediación, es muy importante mantener este equipo de estudiantes participando activamente en el logro del plan de acción en Convivencia Escolar. Por esta razón quien coordine su ejecución no puede olvidar este recurso. Lo relevante es asignar responsabilidades por niveles y modelar el trabajo incentivando la concreción liderazgos complementarios al centro de alumnos. Sistematizar y Evaluar la gestión del Equipo de Mediadores:

El encargado de convivencia escolar tendrá dentro de sus tareas el reportar a través de informes de gestión los avances y obstáculos que enfrente la ejecución del plan de acción, por ende, el equipo de mediadores tiene que asumir la responsabilidad de reunir sus propias evidencias y entregarlos. Protocolo ante situaciones de conflicto: 1.- detección del conflicto y/o denuncia: Responsable: cualquier miembro de la comunidad escolar Línea de acción: al constatar la situación dar aviso a inspectores de piso y/o patio o bien inspectoría general. 2.- evaluación preliminar de la situación: inspectores, más algún integrante del comité de convivencia escolar si lo amerita conversan con los afectados y reúnen antecedentes, información y/o evidencias Línea de acción: inspectoría general, pondera antecedentes, comunica al apoderado y solicita su asistencia al establecimiento, aplica sanción o acción que corresponda. 3.- Adopción de medida: se aplica sanción o medida de acuerdo a la gravedad del conflicto y al nivel educacional y/o estamento de los involucrados. Protocolo de entrega de orientaciones a estudiantes que han afectado la Convivencia Escolar:

Enviar a la o las alumnas involucradas a la oficina de Inspectoría General con el inspectora de patio cuando lo amerite el caso, según Reglamento de Convivencia.

Entrevista personal con los involucrados, ya sea por parte de inspectoría por parte del comité de convivencia escolar

Citación al apoderado

Aplicación normas de convivencia.

PROTOCOLO DE BULLING

TEÓRICO: La intimidación y maltrato entre alumnos, es una situación no poco frecuente en las escuelas y liceos de nuestro país, que es necesario visibilizar. Burlas, amenazas, agresiones físicas, aislamiento sistemático e insultos, en forma repetida y a lo largo del tiempo, son algunas de las conductas de intimidación y maltrato entre pares. Estas conductas no pueden ser vistas como ―normales‖, pensando que son sólo un juego, ya que no sólo dañan a las víctimas y a los abusadores –en su desarrollo socio afectivo-, sino que también afectan a los espectadores (la mayoría de sus compañeros), que aprenden que la ley del más fuerte es lo que rige las relaciones, y que por lo tanto tienen dos alternativas: ser víctimas o ser abusadores o cómplices de éstos. Existen lugares y momentos de la vida escolar en el cual se viven las agresiones y acosos, los patios y los baños son los que más se identifican como inseguros. Los primeros llamados a formar socialmente a las estudiantes, son los adultos de la Comunidad Educativa: docentes, padres, madres, apoderados (as), asistentes de la educación y directivos, en forma individual –en la interacción cotidiana— como también, a través de las organizaciones respectivas: centros de padres, madres y apoderados, consejo de profesores y profesoras, centros y sub centros de estudiantes. Juntos, su esfuerzo debe centrarse en la construcción de una “cultura de la paz’’, una “cultura democrática”, donde los tipos de violencia sintetizados más arriba, no tengan cabida, sean socialmente rechazados y no deje a nadie indiferente. Denunciar públicamente, en el contexto de la Comunidad Educativa los actos de violencia, ayuda no sólo a formar, sino a crear una mística en torno a una convivencia sana y democrática. Dentro de la Comunidad Educativa los fenómenos de violencia se producen y reproducen con diferentes intensidades. Necesariamente involucra a todos sus miembros, directa o indirectamente en cuanto todos son responsables de la Convivencia Escolar. Sin embargo, se tiende a relacionar los actos de violencia con aquellos protagonizados entre estudiantes y a buscar estrategias para abordar el fenómeno exclusivamente en este tramo.

No obstante, resulta fundamental considerar que cada uno de estos hechos se proyecta entre los diversos actores y que su existencia entre dos ó más actores (adultos o estudiantes), afecta e implica al conjunto de la Comunidad Educativa. De allí la necesidad de que las decisiones para su solución involucren a la totalidad de los integrantes. Un acto de violencia no surge de la nada, hay condicionantes personales y contextuales que crean circunstancias favorables para que broten. Por ejemplo, conflictos mal resueltos, formas de agresión no controladas, situaciones familiares, malas prácticas formativas –castigos excesivos e injustos, en la percepción de los y las estudiantes, entre otros, etc. – generan un ambiente favorable para su ocurrencia. Es allí donde deben intervenir todos, es decir el conjunto de los actores y organizaciones representativas de la Comunidad Educativa: Consejo Escolar, Centro de Padres, Madres y Apoderados (as), Consejo de Profesores y Profesoras, Centros de Estudiantes, u otras organizaciones existentes en la comunidad. No basta con que estén tipificadas y caracterizadas las formas de violencia en el Manual o en los Reglamentos, porque puede transformarse en letra muerta o una aplicación mecánica de la norma.

Desarrollar habilidades para resolver pacíficamente los conflictos: muchos jóvenes que recurren a la violencia o son víctimas de ésta, es porque no han desarrollado habilidades básicas de comunicación y resolución pacífica de conflictos.

Enfrentar los prejuicios y la intolerancia: considerar a otros como inferiores, ya sea por su origen, apariencia física, orientación sexual, nacionalidad, etc. Está vinculado con ejercer la violencia. Las oportunidades para establecer relaciones de amistad con personas de grupos minoritarios contribuyen a la disminución del prejuicio y de las conductas violentas. PREVENCIÓN: RECOMENDACIONES PARA PADRES, MADRES Y APODERADOS. A) Síntomas de que su hijo, hija o pupilo está siendo víctima de bullying: a. Llega regularmente a la casa con su ropa, libros y cosas rotas o éstas le han sido robadas. b. Se niega a mostrar el contenido de las páginas de internet que visita. c. Recibe llamadas o mensajes telefónicos a horas inadecuadas o en forma insistente, y se pone triste o malhumorado después de recibirlas. d. Tiene moretones, heridas, cortes y rasguños que no puede explicar. e. Ha perdido el interés por ir al colegio y por hacer tareas. f. Baja su rendimiento escolar. g. Tiene pocos amigos o no tiene. h. No invita a compañeros a su casa y rara vez va a la casa de ellos. i. No participa de las actividades que realizan en la escuela fuera de horario o en fines de semana. j. Presenta regularmente falta de apetito, dolores de cabeza y/o de estómago (justo antes de ir a clases). k. Presenta alteraciones del sueño. l. Pide dinero extra o saca dinero a escondidas. m. Llega de la escuela ansioso, triste, alicaído o con ojos lagrimosos. n. Presenta aspecto triste, deprimido y de infelicidad. o. Cambia de humor de forma inesperada. p. Está irritable y con rabia repentina. B) Si su hijo, hija o pupilo participa en acciones de bullying, ya sea como agresor o espectador: a. Evite culpabilizar. b. Evite castigar. c. Explíquele que no intervenir, permite que las agresiones sigan ocurriendo. d. Señale que no va a tolerar que este tipo de comportamiento continúe. e. Establezca normas familiares sobre relaciones interpersonales. f. Refuércelo cuando cumpla con sus deberes.

g. Si rompe las reglas, sea claro en sus respuestas, pero no agresivo. h. Sea un buen ejemplo con su hijo, involúcrese en sus actividades y pasatiempos. i. Conozca a los amigos de su hijo. j. Estimule y refuerce habilidades y aspectos positivos de su hijo. k. Ayúdelo a desarrollar estilos de comportamientos no agresivos. l. Mantenga contacto permanente con el establecimiento, especialmente con el profesor jefe. Aspectos que tienen que ser conocidos por la comunidad: Existen diferentes tipos de actos de violencia que se pueden vivir en el ambiente escolar. Una situación de violencia puede responder a un episodio aislado y, por lo tanto, no constituye un fenómeno de hostigamiento permanente conocido como bullying. También pueden producirse actos violentos en respuesta a una agresión o como mecanismo de autodefensa. Precisar estas distinciones ayuda a tomar decisiones pedagógicas más apropiadas y oportunas. Existen abundantes manifestaciones de violencia en el ámbito escolar con características y niveles muy diferentes entre sí tanto por la gravedad como por su impacto, entre ellas:

Violencia psicológica y/o emocional: amenazas; insultos; aislamiento; burlas frecuentes; hostigamiento permanente;

Violencia física: golpes, patadas, tirones de pelo, etc.; Violencia física con uso de artefactos o armas: palos, cadenas, arma blanca o de fuego;

Violencia de connotación sexual: tocaciones, insinuaciones, abuso sexual;

Violencia a través de medios tecnológicos: insultos, amenazas o burlas a través de mensajes de textos, Internet, Messenger, teléfonos celulares, etc. Acoso, intimidación u hostigamiento permanente (bullying) . Es una manifestación de violencia en la que una persona, adulto o estudiante, es agredida o se convierte en víctima al ser expuesta, de forma repetida y durante un tiempo, a acciones negativas que llevan a cabo un par (compañero/a) o grupo de pares. Se entiende por acciones negativas cualquier forma de maltrato psicológico, verbal o físico que puede ser presencial, es decir directo, o mediante el uso los medios tecnológicos actuales a través de mensajes y/o amenazas telefónicas o de la Internet. Las características centrales del hostigamiento o bullying y que permiten diferenciarlo de otras expresiones de violencia, son:

Se produce entre pares;

Existe abuso de poder;

Es sostenido en el tiempo, es decir, es un proceso que se repite. El hostigamiento presenta diversos matices, desde los más visibles (de tipo físico, insultos, descalificaciones) hasta los más velados (aislamiento, discriminación permanente, rumores), lo que hace de este fenómeno un proceso complejo, que provoca daño profundo y sufrimiento en quien lo experimenta. En esto, hay una particular carga de los adultos, quienes están llamados a responsabilizarse y ser modelos en la formación de las generaciones jóvenes. Las niñas y los niños no nacen violentos, aprenden a ser violentos. La Comunidad Educativa tiene que ser capaz de proponerse metas y proyectos comunes que generen una mística donde todos se sientan partícipes de la creación de una sociedad mejor. Participantes en el Acoso Permanente (Bullying): Semejante a otras expresiones de violencia, existen varios involucrados: *Quien(es) comete(n) el hostigamiento, *quien(es) es (son) víctima(s) y *los espectadores, que pueden asumir roles pasivos (lo ven o saben y no hacen nada para interrumpirlo) o activos (colaboran para que se lleve a cabo, generando complicidades con quien(es) lo ejerce(n), colaborando en esparcir rumores, cerrando la sala de clases, vigilando que no se acerquen adultos, etc.) Es necesario precisar que no sólo las estudiantes desempeñan estos roles: También los adultos que no intervienen a tiempo y aquellos que minimizan o trivializan estas conductas, sin comprender el daño que provoca en todos los involucrados. Ambos tipos de espectadores actúan como refuerzo de la conducta hostigadora, lo que refuerza la necesidad de tomar decisiones que involucren a la totalidad de la Comunidad Educativa. Es en ese momento donde los adultos deben intervenir inteligentemente, amablemente, generando contención y un espacio de cercanía, de confianza y de escucha.

Muchas veces las(os) estudiantes les resulta más fácil dialogar con los profesores/as que incluso con sus familiares cercanos. Sin duda que aquí la mirada pedagógica es esencial, para dar la oportunidad de que la o el estudiante pueda(n) comunicar sin temor lo que les está sucediendo. A su vez, quien recibe la confidencia dela estudiante, tiene que actuar tan responsablemente como para que cree las condiciones de solución más que agravar la situación. Aquí manda la prudencia y el buen criterio del adulto (concurrir al encargado de convivencia escolar).

Protocolo de Actuación ante DENUNCIA o TOMA DE CONOCIMIENTO

Acoso Escolar Ante una revelación espontánea de la adolescente u otro integrante de la comunidad educativa:

• Actuaciones con la persona acosada: actuaciones de apoyo y protección expresa e indirecta, programas y estrategias de atención y apoyo

social, personalización de la enseñanza, derivación y seguimiento en Servicios Sociales de la Consejería competente en materia de protección de menores, si procede, etc.

• Actuaciones con la alumna agresora: aplicación de las correcciones estipuladas en el Plan de Convivencia, programas y estrategias específicas de modificación de conducta y ayuda personal,

derivación y seguimiento en Servicios Sociales de la Consejería competente en materia de protección de menores, si procede, etc.

• Actuaciones con las compañeras observadoras: campañas de sensibilización, programas de habilidades de comunicación y empatía, programas de apoyo y/o mediación entre compañeros, etc.

• Actuaciones con las familias: orientaciones sobre cómo ayudar a sus hijas, sean víctimas o agresoras, coordinación para una mayor comunicación sobre el proceso socioeducativo de sus hijas,

información sobre posibles apoyos externos y seguimiento de los mismos, etc. • Actuaciones con el profesorado: orientaciones sobre cómo manejar las clases durante el proceso

y cómo hacer el seguimiento, orientaciones sobre indicadores de detección e intervención, programas de mediación, etc.

PROTOCOLO DE ACCIÓN BULLYING 1. DETECCIÓN Responsable: Cualquier integrante de la comunidad educativa. Línea de acción: Al constatar la situación, debe alertar a los responsables. 2. EVALUACIÓN PRELIMINAR A LA SITUACIÓN Responsable: Directivo o docente que acoge la situación. Línea de acción: > Aplicar pauta de indicadores de urgencia >Informar a la autoridad del establecimiento. 3. ADOPCION DE MEDIDAS DE URGENCIA PARA LOS IMPLICADOS Responsable: Directivo o docente que acoge la situación. Línea de acción: >Informar a las familias >Derivar a atención médica >Alertar al equipo técnico y autoridad del establecimiento >Informar según corresponda; Carabineros, PDI, SENAME y otros. 4. DIAGNOSTICO DE ACOSO ESCOLAR Responsable: Comité de convivencia escolar. Líneas de acción: >Información pauta indicadores de urgencia >Entrevista a actores clave >Reconstrucción de los hechos >Aplicación de cuestionario >Análisis del contexto >Elaboración de informe concluyente >Informar al sostenedor y MINEDUC >APLICACIÓN REGLAMENTO DE CONVIVENCIA.

5. GENERAR PLAN DE INTERVENCION Responsable: Equipo Técnico. Línea de acción: Herramientas

Registro psicosocial

Carpeta de recursos psicoeducativos

Derivación a red de apoyo Condiciones

Acoger y educar a la(s) víctima(s)

Sancionar y educar al agresor.

Trabajar con observadores. 6. EVALUACION E INFORME FINAL PLAN DE INTERVENCIÓN Responsable: Comité de convivencia escolar Línea de acción: o Acciones de seguimiento >Reunión equipo técnico >Informe final a sostenedor y MINEDUC

RECOMENDACIONES PARA PADRES, MADRES Y APODERADOS.

A) Síntomas de que su hijo, hija o pupilo está siendo víctima de bullying:

a. Llega regularmente a la casa con su ropa, libros y cosas rotas o éstas le han sido robadas. b. Se niega a mostrar el contenido de las páginas de internet que visita. c. Recibe llamadas o mensajes telefónicos a horas inadecuadas o en forma insistente, y se pone triste o malhumorado después de recibirlas. d. Tiene moretones, heridas, cortes y rasguños que no puede explicar. e. Ha perdido el interés por ir al colegio y por hacer tareas. f. Baja su rendimiento escolar. g. Tiene pocos amigos o no tiene. h. No invita a compañeros a su casa y rara vez va a la casa de ellos. i. No participa de las actividades que realizan en la escuela fuera de horario o en fines de semana. j. Presenta regularmente falta de apetito, dolores de cabeza y/o de estómago (justo antes de ir a clases). k. Presenta alteraciones del sueño. l. Pide dinero extra o saca dinero a escondidas. m. Llega de la escuela ansioso, triste, alicaído o con ojos lagrimosos. n. Presenta aspecto triste, deprimido y de infelicidad. o. Cambia de humor de forma inesperada. p. Está irritable y con rabia repentina. B) Si su hijo, hija o pupilo participa en acciones de bullying, ya sea como agresor o espectador: a. Evite culpabilizar. b. Evite castigar. c. Explíquele que no intervenir, permite que las agresiones sigan ocurriendo. d. Señale que no va a tolerar que este tipo de comportamiento continúe. e. Establezca normas familiares sobre relaciones interpersonales. f. Refuércelo cuando cumpla con sus deberes. g. Si rompe las reglas, sea claro en sus respuestas, pero no agresivo. h. Sea un buen ejemplo con su hijo, involúcrese en sus actividades y pasatiempos. i. Conozca a los amigos de su hijo. j. Estimule y refuerce habilidades y aspectos positivos de su hijo. k. Ayúdelo a desarrollar estilos de comportamientos no agresivos. l. Mantenga contacto permanente con el establecimiento, especialmente con el profesor jefe.

PROTOCOLO DE ACCIÓN ANTE ABUSO SEXUAL A MENORES. Ante Sospecha 1. La persona que tiene indicio de sospecha debe informar a algún miembro del comité de convivencia. 2. El comité de convivencia asume la situación. 3. Se generan condiciones de cuidado y atención especial de la posible víctima, agudizando la observación y acompañamiento. 4. Se recaba información relevante de las personas que tienen relación con él/la menor (profesor jefe, profesores de subsector, otros profesionales del establecimiento). 5. Se cita a entrevista al apoderado o adulto responsable del niño o la niña para conocer su situación familiar, que pueda relacionarse con las señales observadas. 6. Se deriva al menor con el especialista del establecimiento (psicólogo/a). 7. Se clarifican las sospechas con la información recabada: a. En caso de contar con sospecha fundada se realiza la denuncia en los términos legales correspondientes (ver marco legal). b. Si se descarta la ocurrencia de abuso sexual, se debe poner énfasis en el acompañamiento para superar la problemática que afecta al menor. Ante relato o evidencia 1. La persona que ha recibido el relato o ha sido testigo del hecho, debe comunicarlo al director. 2. Se activan acciones inmediatas de protección de la integridad del menor: no dejarlo solo, evitar la re-victimización, mantener la cercanía con la persona a quien el niño se confió, mantener la máxima discreción y delicadeza con él. 3. El director convoca al comité de convivencia para informar la situación. 4. Se resguarda la identidad del menor ante la comunidad educativa y los medio de comunicación. 5. Se infirma de la situación a los padres o apoderados. 6. Se debe tener presente el documento del relato escrito, realizado por el niño o familiar. Este servirá de evidencia al momento de la denuncia. 7. Consultar al asesor legal sobre el caso. 8. Se realiza la denuncia en los términos legales definidos en el marco legal. Ya sea, con la familia o el director del establecimiento. 9. En el lugar de la denuncia, aclarar dudas, procedimientos a seguir y el rol del colegio al momento de entregar los antecedentes. 10. El director informa a los profesores y demás integrantes de la comunidad de la situación, antes que la noticia aparezca en los medios de comunicación. Se sugiere que sea por estamentos y a través de un comunicado escrito, resguardando la identidad de los involucrados. 11. Respetar la dinámica de comunicación ante situaciones de crisis. PROTOCOLO DE AGRESIÓN SEXUAL Marco teórico: El marco legal que rige el maltrato infantil en Chile lo define como todo aquello que se opone al buen trato, incluyendo todo comportamiento o discurso de un adulto que vulnera o interfiere con los derechos de niños, niñas o adolescentes. Chile adhiere a la Convención Internacional de los Derechos del niño/a que concibe a estos/as como sujetos de derechos, establece una nueva relación niño-familia-estado y considera el principio del interés superior del niño. Los delitos sexuales a niños, niñas y adolescentes son un tipo de maltrato infantil que se da en todas las sociedades, culturas y niveles educativos, económicos y sociales. La violencia sexual infanto-juvenil se refiere a cualquier comportamiento de naturaleza sexual - en los hechos y hasta en los dichos-a la que se expone o somete a un/a menor de 18 años, porque no cuenta con los repertorios para hacerlo, y porque está en una situación de desventaja o indefensión. La connotación sexual debe ser analizada siempre desde el punto de vista de la gratificación del agresor y no desde la subjetividad del/la estudiante. En Chile, las denuncias por delitos sexuales han aumentado paulatinamente desde la instauración de la reforma procesal penal en todo el país. Si bien la violencia sexual es ejercida, tanto en contra de varones como de mujeres, la evidencia señala que son muchas más las mujeres que son víctimas de

este tipo de delitos, siendo los agresores predominantemente varones. No existe un ―perfil‖ único de violentador/a sexual, pero la mayoría de estos delitos son cometidos por familiares o conocidos. De acuerdo a las estadísticas del Ministerio Público, de un total de 17.766 delitos ingresados a la fiscalía el año 2010, en 11.101 casos el imputado era conocido (63%) y en 6.664 casos no lo era. En 2011, la red Sename atendió a más de 6 mil niños/as que fueron víctimas de algún tipo de delito sexual, como abuso, violación o estupro. Específicamente, lo que se puede considerar como acciones involucradas en el delito sexual infanto-adolescente pueden consistir en: Contacto físico sexual en forma de penetración vaginal, oral o anal, utilizando para ello cualquier parte del cuerpo del agresor, algún objeto o animal. El tocamiento intencionado de los genitales o partes íntimas, incluyendo los pechos, área genital, parte interna de los mismos o nalgas, o las ropas que cubren estas partes, por parte del perpetrador hacia el niño, niña o adolescente. Alentar, forzar o permitir al niño, niña o adolescente que toque de manera inapropiada las mismas partes del perpetrador. Exponer los órganos sexuales a un niño, niña o adolescente con el propósito de obtener excitación/gratificación sexual, agresión, degradación o propósitos similares. Realizar el acto sexual intencionadamente en la presencia de un menor de edad con el objeto de buscar la excitación o la gratificación sexual, agresión, degradación u otros propósitos semejantes. Incesto. Auto-masturbación en la presencia de un niño, niña o adolescente. Forzar a la pornografía. Diversos tipos de explotación sexual comercial infantil, entendida esta como ―todo tipo de actividad en que una persona usa el cuerpo de un niño/a o adolescente para sacar ventaja o provecho de carácter sexual y/o económico basándose en una relación de poder, considerándose explotador, tanto aquel que intermedia u ofrece la posibilidad de la relación a un tercero, como al que mantiene la misma con el niño, niña o adolescente, no importando si la relación es frecuente, ocasional o permanente‖. (Marco para la acción contra la explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes. Ministerio de Justicia, Chile, 2000). Este tipo de conductas son delitos que se encuentran fuertemente sancionados en el sistema penal chileno y por lo tanto si existen antecedentes que permiten presumir que un niño (a) o adolescente ha sido víctima de alguna agresión sexual siempre deben ser denunciados a los organismos competentes, carabineros, Policía de investigaciones, Ministerio Público o Tribunales de Garantía, con el fin que se investiguen los hechos. La ley Nº 20.084, establece un sistema de responsabilidad de los/as adolescentes (14 años a menores de 18 años) por infracciones a la ley penal, que será la que oriente en caso que el delito sexual sea efectuado por un/a menor ubicado en este tramo etario. Todo/a niño/a o adolescente víctima de algún delito sexual, es portador de una ―experiencia traumática‖, que conjuga diversos factores bio-psico-sociales y legales, que deben ser atendidos en instituciones especializadas. PREVENCIÓN: Promoción del desarrollo de afectividad y sexualidad saludable. En este sentido el establecimiento educacional debe planificar acciones semestrales o anuales (campañas de autoconocimiento y autocuidado, por ejemplo: ―yo soy, yo me cuido‖, entrega y trabajo con material informativo, vinculación con red de instituciones que aporten en relación a estilos de vida saludable en esta temática, por ejemplo consultorios, etc.) Prevención en el ámbito educacional la prevención del delito sexual infanto-juvenil se debe enmarcar en la implementación de educación en afectividad, sexualidad y género, que propicie la construcción de herramientas de autocuidado y manejo de situaciones de vulneración de derechos. Sin embargo, no se debe deslindar la responsabilidad que les compete a los adultos de la sociedad en su deber de proteger y activar mecanismos para evitar la ocurrencia de estos hechos. El tema de la prevención tiene relación con los principios inspiradores de la educación, expresados en el currículo nacional, principalmente en los Objetivos de Aprendizaje Transversales. Los delitos sexuales se puede prevenir, construyendo aprendizajes de autoconocimiento, autocuidado, respeto al propio cuerpo y al cuerpo del/a otro/a. El diálogo abierto, franco y responsable es la principal herramienta de prevención. Se debe apoyar a los/as niños/as en el conocimiento de su propio cuerpo, reforzarlos/as para que se sientan con el derecho a rechazar enérgicamente e impedir que cualquier persona adulta, conocido/a o desconocido/a, toque sus partes íntimas. Es de fundamental importancia entregarles la confianza necesaria, para que sepan que no deben guardar ―secretos‖. Es necesario que cada establecimiento educacional se vincule con la red de instituciones que trabajan en el área de atención a víctimas de este tipo de delito.

Responsabilidades involucradas en Plan de Trabajo

Familia: como primer agente educativo de niñas y niños, deben participar de instancias de información, capacitación, formación relacionados con esta temática.

Director - Directora: Tiene la responsabilidad legal frente a la denuncia y/o derivación de casos a las instituciones que corresponda. Tiene la misión de generar las condiciones que permitan compartir el tema, informarse y coordinarse con docentes, asistentes de la educación, apoderados/as, etc. Desde la labor técnico-pedagógica tiene la posibilidad de crear condiciones que permitan ligar el abordaje de distintas temáticas en los distintos subsectores de aprendizaje con los Objetivos de Aprendizaje Transversales.

Los/as docentes: cumplen el rol de implementar en el aula, las actividades y unidades temáticas destinadas a desarrollar las actividades de autocuidado, conocimiento personal, educación en sexualidad, afectividad y género.

Asistentes de la educación: rol importante en apoyo a la labor pedagógica en el aula y fuera de esta, como educadores y protectores de la integridad física y psicológica de las estudiantes.

PROTOCOLO DE ACTUACIÓN Ante una revelación espontánea de la adolescente u otro integrante de la comunidad educativa: >Escuchar y acoger el relato (es necesario que el relato se haga una vez y delante de una sola persona, evitando victimización secundaria). >Converse con la adolescente en un lugar privado. >No poner en duda el relato, crea lo que le dice y hágaselo saber. >No culpabilizar a la adolescente del delito. >Plantear a la adolescente la necesidad de tomar medidas para que esta situación se detenga. >Hágale saber lo importante que es no guardar el secreto y que necesita de otras personas para ayudarla. >Se le debe brindar protección y apoyo durante todo el proceso >Es sumamente importante resguardar la confidencialidad respecto a antecedentes personales de la familia y adolescente involucradas. >El Director (a) tiene el deber de denunciar cualquier denuncia relacionada con acoso o abuso sexual y seguir los protocolos legales corresponde.

PROTOCOLO DE EMBARAZO ADOLESCENTE

MARCO TEÓRICO La educación en sexualidad y afectividad es una tarea compartida y forma parte de la labor formativa de los establecimientos educacionales, debe ser tarea de fomentar la educación en sexualidad, afectividad y género, integrando en sus planes y proyectos de mejoramiento los contenidos referidos a este ámbito, permitiendo a niños, niñas y jóvenes tener oportunidades para conocer valores, actitudes y normas referidas a las relaciones sociales y sexuales. Los alentará a asumir la responsabilidad de su propio comportamiento y a respetar los derechos de las demás personas. El establecimiento generara factores protectores para que las alumnas puedan protegerse de la coerción, el abuso, la explotación, el embarazo no planificado y las infecciones de transmisión sexual. Es necesario dar los espacios que sean requeridos para conversar con las, hijas y estudiantes acerca del proyecto de vida y de lo que significa ser madre y/o padre en la adolescencia, es decir, abrir espacios de diálogo para fomentar las actitudes necesarias para evitar conductas de riesgo. Un establecimiento educacional protector de trayectorias educacionales debe cumplir con las características, sustentadas en: Ley n° 20.370 General de Educación de 2009 (art. N° 11°, 15°, 16° y 46°); Decreto Supremo de Educación n°79 de 2004; Ley n° 20.418 de 2010 de Salud; Convención Internacional sobre los Derechos del Niño (menores de 18 años) de 1989. Esto es asegurar el derecho a la educación, brindando las facilidades que correspondan, para la permanencia de la madre y del padre adolescente. > Dar a conocer a la comunidad educativa de manera clara y grafica procedimientos y mecanismos que ha definido el establecimiento para abordar los casos.

> Inclusión curricular de la temática Implementando en los programas de Prevención acorde a etapa de desarrollo de la estudiante. Estos programas deberán ser en lo posible tratados en reuniones de sub-centro de cada curso de manera mensual señalando las unidades que deben ser desarrolladas, trabajado en conjunto con la psicóloga. > Realizar talleres preventivos, con apoyo de profesionales de organismos vinculados a la temática. ABORDAJE DE CASOS DE ESTUDIANTES EMBARAZADAS, MADRES ADOLESCENTES Y PADRES ADOLESCENTES

La estudiante deberá ser tratada con respeto por todas las personas que trabajan en el establecimiento donde estudia.

La estudiante tiene derecho a participar en las actividades estudiantiles, como por ejemplo, en la graduación o en actividades extra programáticas.

La estudiante tiene derecho a ser promovida de curso con un porcentaje de asistencia menor a lo establecido, siempre que las inasistencias hayan sido debidamente justificadas por las/los médicos tratantes, carné de control de salud y tenga las notas adecuadas (lo establecido en el reglamento de evaluación).

La estudiante tienes derecho a adaptar el uniforme escolar a su condición de embarazo. Cuando el hijo o hija nazca, tiene derecho a amamantarlo, para esto puede salir del colegio en los recreos o en los horarios que indiquen en el centro de salud, que corresponderá, como máximo a una hora la jornada diaria de clases o al acuerdo que se llegue con el establecimiento.

La estudiante tiene derecho a cobertura por el Seguro Escolar en caso de accidente Escolar. Deberes

La estudiante deberá presentar como justificación de inasistencia al colegio, el carné de control de embarazo, post-parto y control sano de tu hijo/a en el Centro de Salud Familiar o consultorio correspondiente.

La estudiante deberá justificar las inasistencias a clases por problemas de salud, con certificado médico y mantener informado/a a su profesor/a Jefe.

La estudiante deberá asistir a clases de Educación Física, debiendo ser evaluada, así como eximida en caso de ser necesario.

La estudiante deberá realizar todos los esfuerzos para terminar el año escolar, como asistir a clases y cumplir con el calendario de evaluaciones, especialmente si está con tutorías y/o recalendarización de pruebas y trabajos. Los apoderados/as de Estudiantes en Condiciones de Embarazo-Maternidad o Paternidad tienen la responsabilidad de:

Informar en el establecimiento educacional que la estudiante se encuentra en esta condición de madre o padre adolescente. El profesor Jefe, Inspectoría General o Dirección será responsable de informar sobre los derechos y obligaciones, tanto del estudiante, como de la familia y del establecimiento educacional. De los procedimientos hacia:

La estudiante que requiere el apoyo. >Una entrevista de acogida realizada por el profesor Jefe, y orientadora, con la estudiante y el apoderado/a a fin de recoger información y definir en conjunto como seguirán el proceso escolar para completar el año. >Entregar las orientaciones necesarias del caso y/o derivar si fuese necesario a las redes de apoyo existentes, (Control embarazo/niño sano, chile crece contigo, beca de apoyo a la retención escolar JUNAEB, Programa de apoyo a la retención escolar para embarazadas, madres adolescentes, SUF, programa mujer y maternidad, Instituto Nacional de la Juventud, Junta Nacional de Jardines infantiles). >Referir los reglamentos de evaluación y promoción al que la estudiante puede acceder como alternativa, en tanto la situación de embarazo o de maternidad le impida asistir regularmente al establecimiento. >Establecer criterios para la promoción con el fin de asegurar que las estudiantes cumplan efectivamente con los aprendizajes y contenidos mínimos establecidos en los programas de estudio. >El establecimiento no hará exigible el 85% de asistencia a clases durante el año escolar a los estudiantes en estado de embarazo o maternidad. Las inasistencias que tengan como causa directa por situaciones derivadas del embarazo, parto, post parto, control de niño sano y enfermedades del hijo menor de un año, se consideran validas cuando se presenta un certificado médico, carné de salud, tarjeta de control u otro documento que indique las razones médicas de la inasistencia. Cualquier situación no contemplada, será evaluada por el equipo directivo.

PROTOCOLO DE DROGA Y ALCOHOL

A.CONSUMO PREVENCIÓN DEL CONSUMO DE DROGAS Y ALCOHOL. Marco Teórico: Entendemos por política preventiva del consumo de drogas, ―las directrices para el desarrollo de un plan y estrategias de acción al interior de un establecimiento educacional, que pretenden, por una parte, evitar y prevenir el consumo de drogas y las conductas de riesgo asociadas a éste; y por otra parte, fortalecer, mejorar y potenciar la toma de decisiones responsable, así como el desarrollo de conductas saludables en los estudiantes‖. Cabe mencionar que esta política debe estar enfocada a conductas formativas, alejándose de lo que hasta el momento solía ser una reacción de control. Esta se expresará en una propuesta de plan de Prevención: Se centra principalmente en información certera acerca de las drogas y sus alcances, trabajo en grupos de discusión y opinión, inclusión curricular, abordaje de contenidos relacionados con el cuidado de la salud, instauración de momentos específicos y dedicados al trabajo de la temáticas como por ejemplo la ―Semana preventiva del consumo de alcohol y otras drogas‖ El evitar el consumo de alcohol y otras drogas se centra en entender que la mayoría de las veces, éste es el síntoma de un sin número de dificultades que problematizan y lastiman la vida familiar, personal y social del niño/a, por tanto, la mera información no basta, hay que potenciar las habilidades que se deberán poner en práctica al encontrarse con el posible consumo.

Artículo 12.- Quien se encuentre, a cualquier título, a cargo de un establecimiento de comercio, cine, hotel, restaurante, bar, centro de baile o música, recinto deportivo, establecimiento educacional de cualquier nivel, u otros abiertos al público, y tolere o permita el tráfico o consumo de alguna de las sustancias mencionadas en el artículo 1º, será castigado con presidio menor en sus grados medio a máximo y multa de cuarenta a doscientas unidades tributarias mensuales, a menos que le corresponda una sanción mayor por su participación en el hecho. El tribunal podrá, además, imponer las medidas de clausura a que hace referencia el artículo 7º

. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN Entendiendo por protocolo de actuación a un conjunto de procedimientos específicos establecidos en un plan, se explicitan dos tipos de protocolos el primero a finalidad de ser utilizado para la intervención en caso de sospecha de uso o detección certera de consumo de alcohol y/o otras drogas y el segundo para ser utilizado en caso de Detección y/o sospecha de porte/venta/microtráfico. Protocolo ante Detección/ Preocupación por posible Consumo:

Acogida Inicial: Definición de la persona encargada de realizar la entrevista de primera acogida. Análisis y afrontamiento de la problemática: Recogida de información para la elaboración perfil del caso, y determinación del tipo de consumo en casos de alcohol se anexa un formulario de autodiagnóstico, así como sus alcances y consecuencia. Confección de un PLAN DE ACCIÓN, con la alumna, la familia y el colegio.

Dónde se refieren los casos que necesitan tratamiento: Definición de Institución o red de apoyo a donde de acudirá. En caso que sea pertinente, se evaluará la necesidad de solicitar apoyo profesional externo. Considerándose en primer lugar el apoyo de SENDA Previene Ovalle, atención de profesionales de Consultorios y/o Centros de Salud Familiar más cercanos, con los cuales el colegio tenga una coordinación permanente.

Instancia de acompañamiento al estudiante, realizado por equipo sicotécnico, Inspectoría general, profesor jefe, para evaluar su desarrollo académico y sicológico. A.TRÁFICO Protocolo ante Detección y/o sospecha de porte/venta/microtráfico:

En primera instancia toda información relacionada con el caso se pondrá inmediatamente y de manera confidencial, en conocimiento de Dirección, y una vez al tanto de la situación, deberá poner toda la información recabada en conocimiento de la Fiscalía del Ministerio Público o de las policías de la comuna.

En caso de delito flagrante, y según el artículo 12 de la Ley 20.000, la denuncia será a nombre de la Institución, siendo el Director el encargado de realizar la denuncia correspondiente a la unidad policial más cercana.

Se pondrá siempre en antecedentes de manera oportuna a la familia del estudiante involucrado.

Ante hechos de sospecha de tráfico, microtráfico o porte, se resguardará el principio de inocencia, pues existe la posibilidad de que la alumna este siendo víctima de explotación, abuso o engaño, vale decir, instrumento más que sujetos activos del delito. En este caso se activará la red OPD, para brindar medidas de protección.

PROTOCOLO ANTE VIH 1. El alumno y/o alumna junto al apoderado(a) informa de la situación al profesor(a) jefe. 2. El profesor(a) jefe informará a directivos. 3. Se realizará entrevista a los apoderados, con el profesor jefe presente y los directivos. 4. Se toman acuerdos referidos a horarios, jornadas, asistencia total o parcial a clases. 5. Se comunicará la situación al consejo escolar. 6. El apoderado(a) presentará solicitud escrita acompañando con certificado médico.