cnpss 2004

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN ESPECÍFICO FECHA DE AUTORIZACIÓN DÍA MES AÑO HOJA No. COMISION NACIONAL DE PROTECCION SOCIAL EN SALUD 1 INDICE HOJA I. INTRODUCCION 2 II. OBJETIVO DEL MANUAL 4 III. ANTECEDENTES HISTORICOS 5 IV. MARCO JURIDICO 7 V. ATRIBUCIONES 16 VI. MISION Y VISION DE LA UNIDAD 24 VII. ESTRUCTURA ORGANICA 25 VIII. ORGANOGRAMA 28 IX. DESCRIPCION DE FUNCIONES 29 X. GLOSARIO DE TERMINOS 84

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  • MANUAL DE ORGANIZACIN ESPECFICO

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    COMISION NACIONAL DE PROTECCION SOCIAL EN

    SALUD

    1

    INDICE

    HOJA

    I. INTRODUCCION 2

    II. OBJETIVO DEL MANUAL 4

    III. ANTECEDENTES HISTORICOS 5

    IV. MARCO JURIDICO 7

    V. ATRIBUCIONES 16

    VI. MISION Y VISION DE LA UNIDAD 24

    VII. ESTRUCTURA ORGANICA 25

    VIII. ORGANOGRAMA 28

    IX. DESCRIPCION DE FUNCIONES 29

    X. GLOSARIO DE TERMINOS 84

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    I. INTRODUCCION De conformidad con los lineamientos de una gestin por procesos que la Secretara de Salud lleva a cabo y con el objeto de disponer de un instrumento tcnico administrativo, la Comisin Nacional de Proteccin Social en Salud, elabor el presente Manual de Organizacin Especfico, con el propsito de orientar e informar al personal sobre las funciones y estructura orgnica del mismo, el cual se encuentra integrado por los siguientes captulos: I. Introduccin II. Objetivo III. Antecedentes histricos IV. Marco jurdico V. Atribuciones VI. Misin y Visin VII. Estructura Orgnica VIII. Organograma IX. Descripcin de Funciones X. Glosario de Trminos. Asimismo, pretende delimitar las responsabilidades y el mbito de competencia de las distintas reas que integran su estructura, y a su vez servir de apoyo para la capacitacin del personal que ya labora en la unidad administrativa, as como para el de nuevo ingreso. El nivel de responsabilidad de la Comisin es nacional y desempea un papel bsicamente normativo y de control dentro del Sistema de Proteccin Social en Salud. De conformidad con los objetivos plasmados en el Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006 y el Programa Nacional de Salud 2001-2006, contribuye al alineamiento financiero y operativo de los distintos programas de fortalecimiento de servicios que actualmente se desarrollan (Oportunidades, Programa de Salud y Nutricin para los Pueblos Indgenas, Programa de Calidad, Equidad y Desarrollo en Salud, Seguro Popular, entre otros) hacia un modelo nico e integrado, que brinde proteccin financiera a todos los mexicanos, ofreciendo una opcin de aseguramiento pblico en materia de salud a familias y ciudadanos que por su condicin laboral y socioeconmica no son derechohabientes de las instituciones de seguridad social. De entre las principales acciones que desarrolla se destacan: a) funciones relacionadas con la difusin y promocin del Sistema de Proteccin Social en Salud, b) las actividades de afiliacin de familias, c) la elaboracin de escenarios de incremento de la cobertura del sistema y la presupuestacin de las acciones, d) la integracin y actualizacin del padrn de beneficiarios; e) las acciones de coordinacin tanto sectorial, institucional y operativa, f) el control operativo para garantizar un trabajo eficiente de las Unidades Estatales de Proteccin Social en Salud ubicadas en cada entidad federativa, g) las tareas de coordinacin del Sistema Institucional de Informacin, considerando de manera paralela el desarrollo de una plataforma informtica acorde al desarrollo del Sistema Nacional de Proteccin Social en Salud, h) actividades para garantizar el acceso a los servicios personales de salud del seguro popular; i) la elaboracin de

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    paquetes de servicios mdicos, su alcance clnico en forma explcita y su costo asociado con cada una de las acciones; j) la integracin y actualizacin de la red pblica de prestadores de servicios; k) las acciones de coordinacin tanto institucional como regional para la gestin de servicios; l) el control y supervisin operativa para garantizar el acceso a los servicios con calidad, equidad y eficiencia

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    II. OBJETIVO DEL MANUAL Orientar al personal sobre los objetivos, funciones y estructura orgnica del mismo y delimitar las responsabilidades, as como el mbito de competencia de las distintas reas que integran su estructura y a su vez, servir de apoyo para la capacitacin del personal que ya labora en la unidad administrativa, as como para el de nuevo ingreso, ya sean servidores pblicos que provengan de otras dependencias y entidades como pblico en general que est interesado en el funcionamiento de la Comisin Nacional de Proteccin Social en Salud.

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    III. ANTECEDENTES HISTRICOS Desde el siglo pasado, existieron instituciones con una slida tradicin que permitieron el establecimiento de la salubridad general. Las instituciones antecesoras de la Secretara de Salud fueron la facultad mdica del Distrito Federal, que se fund en 1831 y el Consejo Superior de Salubridad fundado 10 aos despus. Los esfuerzos de este ltimo fueron secundados y complementados desde 1861 por la Direccin de Beneficencia Pblica. Los trabajos de ambos organismos continuaron en el siglo XX, hasta que en 1917 se cre el Departamento de Salubridad Pblica como rgano nacional encargado de la salubridad y la higiene pblica, y en 1937, debido a la demanda creciente de servicios asistenciales se establece la Secretara de Asistencia Pblica, que sustituye a la Direccin de la Beneficencia Pblica. Finalmente, se dispuso que los servicios de salubridad y los de asistencia y las acciones de estas dos importantes ramas de la Administracin Pblica fueran coordinados por un solo organismo, por lo que el 15 de octubre de 1943 por Decreto Presidencial se crea la Secretara de Salubridad y Asistencia. El Programa Nacional de Salud 2001-2006 estableci un compromiso que dio origen a la Coordinacin Nacional del Seguro Popular de Salud dentro de la cual a su vez se conformaron la Direccin General de Administracin de Prestaciones Mdicas y la de Afiliacin y Financiamiento, rganos que se identifican como los antecedentes organizacionales de la Direccin General de Gestin de Servicios de Salud, de la Direccin General de Afiliacin y Operacin y de la Direccin General de Financiamiento respectivamente y que hoy estn integradas a la estructura orgnica de la Comisin Nacional de Proteccin Social en Salud. A partir del ao 2002, la Secretara de Salud, dentro de la gran estrategia para brindar proteccin financiera en materia de salud a las familias no incorporadas a la seguridad social, instrument el Seguro Popular de Salud como una propuesta innovadora, enmarcada en la nueva poltica social para enfrentar el reto de la desigualdad. Como resultado de la reforma a la Ley General de Salud, publicada en el Diario Oficial de la Federacin el 15 de mayo de 2003, en su artculo 77 Bis 35, se establece el Sistema de Proteccin Social en Salud para garantizar el acceso a los servicios de salud de las personas que no cuentan con los beneficios que otorgan las instituciones federales y estatales de seguridad social en salud del pas.

    Derivado de esta reforma legal, el 19 de enero de 2004, se publica el Reglamento Interno de la Secretara de Salud en donde en el artculo 11, Letra C, Fraccin 12, se crea la Comisin Nacional de Proteccin Social en Salud como un rgano desconcentrado de la Secretara de Salud con autonoma tcnica, administrativa y operativa, cuya misin es coordinar las acciones del Sistema de Proteccin Social en Salud.

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    El 27 de febrero del mismo ao, con la publicacin del Reglamento Interno de la Comisin Nacional de Proteccin Social en Salud en el Diario Oficial de la Federacin, el cual entre otros aspectos, establece que para el desarrollo de sus funciones contar con un Consejo interno, cuya integracin y reglas de operacin se regularn en el Reglamento de Organizacin y Funcionamiento del Consejo Interno de la Comisin Nacional de Proteccin Social en Salud. El 5 de abril de 2004 con la publicacin en el Diario Oficial de la Federacin, del Reglamento de la Ley General de Salud en materia de Proteccin Social en Salud, se precisan las facultades y atribuciones con que la Comisin Nacional lleva a cabo de una forma ordenada, sistemtica y jurdica, las relaciones entre dependencias y entidades del gobierno federal, as como la coordinacin con entidades federativas para la operacin y desarrollo del Sistema de Proteccin Social en Salud.

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    IV. MARCO JURDICO

    La Comisin Nacional de Proteccin Social en Salud, se encuentra sustentada en el siguiente marco jurdico normativo: Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos D.O.F. 05-II-1917 y sus reformas. Leyes: Ley Orgnica de la Administracin Pblica D.O.F. 29-XII-1976. Fe de Erratas D.O.F. 02-II-1977, Ref. D.O.F. 08-XII-1978, 31-XII-1980, 04-I-1982, 29-XII-1982, 30-XII-1983, Fe de Erratas 18-IV-1984 , Ref. D.O.F. 21-I-1985, 26-XII-1985, 14-V-1986, 24-XII-1986, 22-VII-1991, 21-II-1992, 25-V-1992, 28-XII-1994, 19-XII-1995, 15-V-1996, Aclaracin D.O.F. 16-V-1996, 24-XII-1996, 04-XII-1997, Aclaracin D.O.F. 11-II-1998, Ref. D.O.F. 04-I-1999, 18-V-1999, 30-XI-2000, 05-I-2001. 13-III-2002. 25-II-2003. Ref. D.O.F. 10-IV-2003. Ref. D.O.F. 21-V-2003 Ley General de Salud D.O.F. 07-II-1984. Ref. D.O.F. 27-V-1987, 23-XII-1987, 14-VI-1991, 07-V-1997, 26-V-2000, 31-V-2000, 04-VI-2002. Ref y Adic. D.O.F. 15-V-2003, 13-VI-2003, 19-VI-2003, 25-VI-2003, 30-VI-2003. F.E. D.O.F. 06-IX-1984, 23-VII-1986, 18-II-1988, 12-VII-1991. Adiciones: D.O.F. 21-X-1988, 24-X-1994, 26-VII-1995, 09-VII-1996, 05-I-2001, 15-0V-03. Ley sobre el Sistema Nacional de Asistencia Social. D.O.F. 09-I-1986 Ley de los Institutos Nacionales de Salud D.O.F. 26-V-2000 Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros D.O.F. 31-VIII-1935. Ref. D.O.F. 31-VIII-1936, 03-VII-1937, 30-VI-1938, 14-II-1940, 20-IV-1943, 16-IV-1946, 31-XII-1947, 16-II-1949, 30-XII-1950, 05-I-1952, 31-XII-1954, 28-XII-1954, 31-XII-1956, 05-I-1961, 30-XII-1963, 30-XII-1965, 19-XI-1974, 20-XII-1974, 23-XII-1974, 02-I-1975, 29-XII-1978, 07-I-1981, 31-XII-1981, 27-XII-1983, 14-I-1985, 03-I-1990 CD, 18-VII-1990, 14-VII-1993, 23-XII-1993, 17-XI-1995, 23-V-1996, 03-I-997, 07-V-1997, 17-V-1999, 31-XII-1999, 05-I-2000, 06-VI-2000, 19-I-2001, 16-I-2002, 13-VI-2003. F. E. D.O.F. 12-IX-1935, 02-VIII-1946, 16-III-1949, 28-I-1952, 25-II-1954, 26-VI-1957, 11-IX-1957, 09-II-1961, 04-II-1964, 26-III-1981 Ley General del Equilibrio Ecolgico y la Proteccin al Ambiente D.O.F. 28-I-1988. Ref. D.O.F. 13-XII-1996, 31-XII-2001, 25-II-2003. Adicin D.O.F. 13-VI-2003

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    Ley General de Poblacin D.O.F. 07-I-1974. Ref. D.O.F. 31-XII-1974, 03-I-1975, 31-XII-1979, 31-XII-1981, 17-VII-1990, 26-XII-1990, 22-VII-1992, 08-XI-1996, 04-I-1999. Ley de la Comisin Nacional de Derechos Humanos. D.O.F. 29-vi-1992. Ref. D.O.F. 23-I-1998, 26-XI-2001 Ley Federal de Procedimiento Administrativo D.O.F. 04-VIII-1994. Ref. D.O.F. 24-XII-1996, 19-IV-2000, 30-V-2000 Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artculos 103 y 107 de la Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos D.O.F. 10-I-1936. Ref. D.O.F. 30-XII-1939, 20-I-1943, 29-XII-1949, 19-II-1951, 31-XII-1957, 04-II-1963, 30-IV-1968 CD, 04-XII-1974, 23-XII-1974, 29-XII-1975, 29-VI-1976, 31-XII-1976, 07-I-1980, 30-XI-1982, 16-I-1984, 20-V-1986, 05-I-1988, 10-I-1994, 08-II-1999, 09-VI-2000, 17-V-2001. F. E. D.O.F. 27-I-1940, 14-III-1951, 22-VII-1976, 06-II-1984, 01-II-1988, 22-II-1988. Ley Federal de Entidades Paraestatales D.O.F. 14-V-1986. Ref. D.O.F. 24-VII-1992, 24-XII-1996, 23-I-1998, 04-1-2001, 04-VI-2002. Ref. D.O.F. 21-V-2003 Ley de Planeacin D.O.F. 05-I-1983., Ref. D.O.F. 23-V-2002, 13-VI-2003 Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Pblico Federal O.F. 31-XII-1976, Ref. D.O.F. 30-XII-1977, 31-XII-1979, 30-XII-1980, 11-I-1982, 14-I-1985, 26-XII-1986, 10-I-1994, 01-II-1994, 21-XII-1995. F.E. D.O.F 18-I-1977 Ley General de Deuda Pblica D.O.F. 31-XII-1976, Ref. D.O.F. 28-XII-1983, 07-I-1988, 21-XII-1995. F.E D.O.F. 04-III-1988. Ley General de Bienes Nacionales D.O.F. 08-I-1982. Ref. D.O.F. 07-II-1984, 21-I-1985, 25-V-1987, 07-I-1988, 03-I-1992, 29-VII-1994. 31-XII-2001. F.E. D.O.F.12-II-1982, 24-III-1982, 04-III-1988. Ley Federal para la Administracin y Enajenacin de Bienes del Sector Pblico D.O.F. 19-XII-2002. Ley de Premios, Estmulos y Recompensas Civiles D.O.F. 31-XII-1975, 15-I-1980, 27-XII-1983 Ref. D.O.F. 18-XI-1986, 23-V-2002. Adicin D.O.F 25-II-2003. Ref. y Adic. D.O.F. 07-III-2003 Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Pblico D.O.F. 04-I-2000. Ref. D.O.F. 13-VI-2003

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    Ley de Obras Pblicas y Servicios Relacionados con las Mismas D.O.F. 04-I-2000. Ref. D.O.F. 13-VI-2003. Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Informacin Pblica Gubernamental. D.O.F. 11-VI-2002 Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Pblicos D.O.F. 31-XII-1982. Ref. D.O.F. 11-I-1991, 21-VII-1992, 10-I-1994, D.O.F. 12- XII-1995, 24-XII-1996, 04-XII-1997, 13-VI-2003 F.E. D.O.F. 10-III-1983, 14-I-1991 22-VII-1992, 01-II-1994. Criterios para la aplicacin D.O.F. 11-II-1983 Aclaracin D.O.F. 11-II-1998. D.O.F. 13-III-2002 (Artculo SegundoTransitorio.- Se derogan los Ttulos Primero, Tercero y Cuarto nicamente por lo que respecta al mbito federal. Las disposiciones de la Ley seguirn aplicndose en dicha materia a los servidores pblicos de los rganos ejecutivo, legislativo y judicial de carcter local del Distrito Federal. Slo se encuentra vigente el ttulo segundo.) Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Pblicos D.O.F. 13-III-2002 Ley de Fiscalizacin Superior de la Federacin. D.O.F. 29-XII-2000 Ley del Diario Oficial de la Federacin y Gacetas Gubernamentales D.O.F. 24-XII-1986 Ley Federal sobre Metrologa y Normalizacin D.O.F. 01-VII-1992. Ref. D.O.F. 24-XII-1996, 20-V-1997, 19-V-1999 Ley de Coordinacin Fiscal D.O.F. 27-XII-1978. Ref. D.O.F. 31-XII-1979, 30-XII-1980, 31-XII-1981, 31-XII-1982, 30-XII-1983, 31-XII-1986, 31-XII-1987, 31-XII-1988, 28-XII-1989, 26-XII-1990, 20-XII-1991, 20-VII-1992, 03-XII-1993, 29-XII-1993, 11-V-1995, 15-XII-1995, 30-XII-1996, 29-XII-1997, 31-XII-1998; 31-XII-1999, 31-XII-2000 13-III-2002, 14-VII-2003(2). F.E. D.O.F 12-II-1979, 31-XII-1979, 15-IV-1982, 28-III-1984. Ley Federal de Derechos D.O.F. 31-XII-1981, Reglas D.O.F. 16-XI-1982, Ref. D.O.F. 31-XII-1982, 30-XII-1983, 31-XII-1984, 31-XII-1985, 31-XII-1986, 31-XII-1987, 31-XII-1988, 28-XII-1989, 26 XII-1990, 20-XII-1991, 18-XII-1992, 26-VII-1993, 03-XII-1993, 29-XII-1993, 02-VIII-1994, 28-XII-1994, 15-XII-1995, 10-V-1996, 30-XII-1996, 29-XII-1997, 31-XII-1998, 28-XII-1999, 31-XII-2000, 01-I-2002, 04-VI-2002. 30-XII-2002. F.E. D.O.F. 21-V-1982, 28-III-1984, 24-I-1986, 17-I-1989, 27-VII-1993, 12-V-1999. Ley Federal de los Trabajadores del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artculo 123 Constitucional

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    D.O.F. 28-XII-1963. Ref. D.O.F. 20-I-1967, 28-XII-1972, 23-XII-1974 24-XII-1974, 31-XII-1974, 31-XII-1975, 23-X-1978, 29-XII-1978, 31-XII-1979, 15-I-1980, 21-II-1983, 12-I-1984, 31-XII-1984, 31-XII-1984, 22-XII-1987, 23-I-1998 Ley Federal del Trabajo D.O.F. 01-IV-1970. Ref. D.O.F. 24-IV-1972, 09-I-1974, 30-IX-1974, , 23-XII-1974, 24-XII-1974, 31-XII-1974, 07-II-1975, 31-XII-1975, 02-VII-1975, 30-XII-1977, 28-IV-1978, 04-1-1980, 20-X-1980, 07-I-1982, 22-X-1982, 31-XII-1982, 13-I-1986, 22-XII-1987, 21-I-1988, 04-I-1989, 20-VII-1993, 19-XII-1996, 23-I-1998. F.E. D.O.F. 30-IV-1970, 05-VI-1970, 10-I-1974, 09-I-1975, 30-I-1980, 30-XII-1983, 13-V-84 Ley General de Derechos Linguisticos de los Pueblos Indgenas D.O.F. 13-III-2003 Cdigos: Cdigo Civil Federal D.O.F. 26-V-1928, Ref. D.O.F. 14-VII-1928, 03-VIII-1928, 31-VIII-1928, 01-IX-1932, 31-III-1938, 20-I-1940, 23-II-1946, 14-I-1948, 27-II-1951, 18-I-1952, , 09-I-1954, 15-XII-1954, 31-XII-1954, 30-XII-1966, 17-I-1970, 24-III-1971, 04-I-1973, 14-III-1973, 28-XII-1973, 23-XII-1974, 31-XII-1974, 22-XII-1975, 30-XII-1975, 29-VI-1976, 29-XII-1976, 31-I-1979, 31-XII-1982, 27-XII-1983, 07-II-1985, 10-I-1986, 07-I-1988, 23-VII-1992, 21-VII-1993, 23-IX-1993, 06-I-1994, 10-I-1994, 24-V-1996, 24-XII-1996, 30-XII-1997, 28-V-1998, 19-X-199817-IV-1999, 28-IV-2000, 29-V-2000. F.E. D.O.F 13-VI-1928, 20-VII-1928, 21-XII-1928, 11-I-1955, 08-I-1985, 29-III-1985 Cdigo Penal Federal D.O.F. 14-VIII-1931, Ref. D.O.F. 12.-V-1938, 14-I-1940, 14-XI-1941, 24-III-1944, 10-II-1945, 08-V-1945, 09-III-1946, 30-I-1947, 14-XI-1947, 05-I-1948, 15-UI-1951, 31-XII-1952, 05-I-1955, 19-XII-1964, 13-I-1965, 14-I-1966, , 20-I-1967, 08-III-1968, 24-XII-1968, 18-II-1969, 29-VII-1970, 19-III-1971, 11-I-1972 02-VIII-1974, 23-XII-1974, 23-XII-1974, 31-XII-1974, 30-XII-1975, 26-XII-1977, 08-XII-1978, 05-XII-1979, 31-I-1980, 07-I-1980, 30-XII-1980, 29-XII-1981, 11-I-1982, 05-I-1983, 13-I-1983, 13-I.-1984, 14-I-1984, 14-I-1985, 21-I-1985, , 23-XII-1985, 10-I-1986, 17-XI-1986, 19-XI-1986, 31-I-1989, 31-X-1989, 15-VIII-1990, 21-I-1991, 24-XII-1991, 30-XII-1991, 11-VI-1992, 17-VII-1992, 10-I-1994, 25-III-1994, 22-VII-1994, 13-V-1996, 07-XI-1996, 22-XI-1996, 13-XII-1996, 24-XII-1996, 19-V-1997, 13-V-1997, 30-XII-1997, 08-II-1999, 17-V-1999, 04-I-2000, 12 VI-2000, 04-XII-2002, 12-VI-2003. F.E. D.O.F. 31-VIII-1931, 12-IX-1931, 16-VII-1946, 31-V-1956, 07-V-1971, 13-I-1982, , 01-II-1994, 01-VIII-1994 Cdigo Federal de Procedimientos Civiles. D.O.F. 24-II-1943, Ref. D.O.F. 12-I-1988, 22-VII.1993, 29-V-2000, 18-XII-2002, 13-VI-2003. F.E.D.O.F. 13-III-1943 Cdigo Federal de Procedimientos Penales.

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    D.O.F. 31-XII-1981, Ref. D.O.F. 31-XI-1982, 28-XII-1983, 30-XII-1983, 31-XII-1984, 31-XII-1985, 30-IV-1986, 31-XII-1986, 31-XII-1987, , 05-I-1988, 31-XII-1988, 28-XII-1989, 26-XII-1990, 20-XII-1991, 20-VII-1992, 22-XII-1993, 29-XII-1993, 18-XII-1994, 15-XII-1995, 29-III-1996, 13-V-1996, 31-XII-1996 29-XII-1997, 05-I-1998, 29-V-1998, 31-XII-1998, 31-XII-1999, 31-XII-2000 Cdigo Fiscal de la Federacin D.O.F. 31-XII-1981. Ref. D.O.F. 31-XI-1982, 28-XII-1983, 30-XII-1983, 31-XII-1984, 31-XII-1985, 30-IV-1986, 31-XII-1986, 31-XII-1987, 05-I-1988, 31-XII-1988, 28-XII-1989, 26-XII-1990, 20-XII-1991, 20-VII-1992, 22-XII-1993, 29-XII-1993, 18-XII-1994, 15-XII-1995, 29-III-1996, 13-V-199631-XII-1996, 29-XII-1997, 05-1-1998, 29-V-1998, 31-XII-1998, 31-XII-1999, 31-XII-2000 Reglamentos: Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Proteccin Sanidad Internacional D.O.F. 18-II-1985, F.E.D.O.F. 10-VII-1985 Reglamento de la Ley General de Salud en materia de Control Sanitario de la Disposicin de Organos, Tejidos y Cadveres de Seres Humanos. D.O.F. 20-II-1985. F.E.D.O.F. 09-VII-1985. Ref. D.O.F. 26-XI-1987 Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Prestacin de Servicios de Atencin Mdica. D.O.F. 14-V-1986 Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Investigacin para la Salud D.O.F. 06-I-1987 Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios D.O.F. 18-I-1988 Reglamento de Insumos para la Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios D.O.F. 18-I-1988 Reglamento de Insumos para la Salud D.O.F. 04-II-1998. Ref. D.O.F. 19-IX-2003 Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios D.O.F. 09-VIII-1999 Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Publicidad D.O.F. 04-V-2000

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    Reglamento sobre Consumo de Tabaco D.O.F. 27-VII-2000 Reglamento de la Ley General de Salud e Materia de Proteccin Social en Salud D.O.F. 5-IV-2004 Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administracin Pblica Federal D.O.F. 2-IV-04 Reglamento Interior de la Secretara de Salud D.O.F. 19-I-2004 Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Pblico Federal D.O.F. 18-XI.1981. Ref. D.O.F. 16-V-1990, 20-VIII-1996, 25-VI-2001, 05-VI-2002 Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Pblico D.O.F. 20-VIII-2001

    Reglamento de la Ley de Obras Pblicas y Servicios Relacionados con las Mismas. D.O.F. 20-08-2001 Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta. D.O.F. 17-X-2003 Planes y Programas: Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006 D.O.F. 30-V-2001 Programa Nacional de Salud 2001-2006 D.O.F. 21-ix-2001 Programa Nacional de Combate a la Corrupcin y Fomento a la Transparencia y el Desarrollo Administrativo 2000-2006. D.O.F. 22-IV-2002 Programa Nacional de Desarrollo Social 2001-2006, Superacin de la Pobreza: una tarea Contigo. D.O.F. 06-VI-2002 Programa Nacional de Educacin 2001-2006 D.O.F. 15-I-2003 Programa de Mejora Regulatoria 2001-2006 D.O.F. 17-I-2003

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    Programa Nacional de Poblacin 2001-2006 D.O.F. 02-V-2003 Decretos: Decreto por el que se reforma y adiciona la Ley Orgnica de la Administracin Pblica Federal (donde cambia de Secretara de Salubridad y Asistencia a Secretara de Salud) D.O.F. 21-I-1985 Decreto por el que se aprueba el Programa Nacional de Salud 2001-2006 D.O.F. 21-IX-2001 Decreto por el que se aprueba el Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006 D.O.F. 30-V-2001

    Decreto por el que se expide la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Pblicos D.O.F. 13-III-2002 Decreto del Instituto Federal de Acceso a la Informacin Pblica D.O.F. 24-XII-2002 Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federacin para el Ejercicio Fiscal 2003 D.O.F. 30-XII-2002. F.E.D.O.F. 22-IV-2003 Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federacin para el Ejercicio Fiscal 2004-07-14 D.O.F. 31-XII-2003 Acuerdos: Acuerdo Nacional para la Descentralizacin de los Servicios de Salud DOF. 25-IX-1996, adicin DOF. 14-III-2000 Acuerdo por el que se dan a conocer los criterios particulares de evaluacin de los Proyectos de Alto Impacto Social que aplicar la Secretara de Salud DOF. 22-XI-2000 Acuerdo por el que se crea la Comisin para la Transparencia y el Combate a la Corrupcin en la Administracin Pblica Federal como una comisin intersecretarial de carcter permanente D.O.F. 4-XII-2000 Acuerdo mediante el cual se adscriben orgnicamente las unidades administrativas de la Secretara de Salud D.O.F. 15-VIII-2001

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    Acuerdo que modifica el similar por el que se relacionan las especialidades farmacuticas susceptibles de incorporarse al Catlogo de Medicamentos Genricos Intercambiables y se adiciona la relacin contenida en el artculo segundo del mencionado acuerdo D.O.F. 23-VIII-2001 Acuerdo por el que se expiden los criterios generales para modificaciones a las reglas de operacin de los programas gubernamentales ya existentes y para la elaboracin de las reglas de operacin para el ejercicio fiscal 2002 D.O.F. 16-I-2002 Acuerdo por el que la Secretara de Salud da a conocer las reglas de operacin e indicadores de gestin y evaluacin del Seguro Popular de Salud. D.O.F. 15-III-2002 Acuerdo por el que la Secretara de Salud da a conocer las reglas de operacin especficas e indicadores de gestin y evaluacin de la Cruzada Nacional por la Calidad de los Servicios de Salud D.O.F. 20-III-2002 Acuerdo por el que se establece que las instituciones pblicas del sistema nacional de salud, debern comprar medicamentos genricos intercambiables DOF. 7-VI-2002 Acuerdo por el que se establece que las instituciones pblicas del Sistema Nacional de Salud slo debern utilizar los insumos establecidos en el cuadro bsico para el primer nivel de atencin mdica y, para el segundo y tercer nivel, el catlogo de insumos DOF. 24-XII-2002 Acuerdo por el que la Secretara de Desarrollo Social da a conocer las Reglas de Operacin del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades DOF. 8-V-2003 Reglas de Operacin Reglas de Operacin del Ramo de Salud DOF. 24-V-2000, Adiciones DOF. 26-IV-2001 Cuadros Bsicos y Catlogos Cuadro Bsico y Catlogo de Medicamentos 1996 DOF. 15-XI-1996, Undcima Actualizacin DOF. 1-VIII-2002 Cuadro Bsico y Catlogo de Biolgicos y Reactivos del Sector Salud 1997 DOF. 29-IX-1997, Primera Octava Actualizacin DOF. 6-VIII-2002

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    Cuadro Bsico y Catlogo de Material de Curacin y Prtesis del Sector Salud 1998 DOF. 29-XII-1997, Novena Actualizacin DOF. 30-VII-2002 Catlogo de Medicamentos Genricos Intercambiables DOF. 17-VIII-1998, Adicin Novena Actualizacin DOF. 30-VII-2002 Cuadro Bsico y Catlogo de Instrumental y Equipo Mdico DOF. 30-V-1997, Aclaracin a la Sptima y Decimoprimera Actualizaciones DOF. 13-XI-2002 Formatos y Manuales: Trmites ante la Direccin General de Regulacin de los Servicios de Salud relativos a las Instituciones de Seguros Especializadas en Salud DOF. 19-XII-2000 Formatos de los trmites que aplica la Direccin General de Regulacin de los Servicios de Salud a las Instituciones de Seguros Especializadas en Salud y las empresas interesadas en constituirse en Instituciones de Seguros Especializadas en Salud DOF. 19-XII-2000 Manual de Organizacin General de la Secretara de Salud DOF. 8-X-2001, El presente manual abroga al publicado en el DOF. 10-VII-1998

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    V. ATRIBUCIONES

    Reglamento Interior de la Comisin Nacional de Proteccin Social en Salud. (D.O.F. 27-II-2004) Artculo 4.- Corresponde a la Comisin: I. Instrumentar la poltica de proteccin social en salud y el plan estratgico de desarrollo del Sistema; II. Promover y coordinar las acciones de los Regmenes; III. Intervenir y promover la formalizacin de los acuerdos de coordinacin con los gobiernos de las entidades federativas para la ejecucin del Sistema; IV. Coordinar las acciones para el seguimiento y evaluacin de los acuerdos de coordinacin a que se refiere la fraccin anterior; V. Promover, convenir e instrumentar acciones con otros organismos, instituciones, dependencias, sociedades y asociaciones que ofrezcan programas y servicios en materia de proteccin social y financiera; VI. Impulsar, coordinar y vincular acciones del sistema con las de otros programas sociales para la atencin a grupos vulnerables; VII. Participar en los convenios que suscriban los estados y el Distrito Federal entre s y con las instituciones del Sistema Nacional de Salud, con la finalidad de optimizar la utilizacin de sus instalaciones y compartir la prestacin de servicios; VIII. Opinar respecto de los instrumentos jurdicos relativos a la operacin del Sistema. IX. Definir el marco organizacional del Sistema en los mbitos federal, estatal, del Distrito Federal y, en su caso, municipal; X. Evaluar el desempeo de los Regmenes y coadyuvar en la fiscalizacin de los fondos que los sustenten, incluyendo aquellos destinados al mantenimiento y desarrollo de infraestructura y equipamiento; XI. Dirigir y ejecutar las acciones de financiamiento necesarias para el funcionamiento del Sistema, incluyendo el desarrollo de programas de salud para grupos vulnerables XII. Promover, en coordinacin con los Regmenes, una poltica en materia de medicamentos para asegurar su eficiente abasto, distribucin, entrega al beneficiario y uso racional

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    XIII. Administrar los recursos financieros que en el marco del Sistema le suministre la Secretara y efectuar las transferencias que correspondan a los estados y al Distrito Federal XIV. Definir los criterios para la constitucin de la previsin presupuestal anual, incluyendo los aspectos relativos a las necesidades de infraestructura para la atencin primaria y especialidades bsicas; as como los relativos a los imprevistos en la demanda de servicio; XV. Administrar los recursos de la previsin presupuestal anual para atender necesidades de infraestructura y las variaciones en la demanda de servicios; as como realizar las transferencias a los Estados y al Distrito Federal, de conformidad a las reglas que fije el Ejecutivo Federal mediante disposiciones reglamentarias; XVI. Proponer al Secretario las bases para la compensacin econmica entre entidades federativas, el Distrito Federal, Instituciones y establecimientos de Sistema Nacional de Salud por concepto de prestacin de servicios de salud; XVII. Coordinar la administracin y operacin del Fondo de Proteccin contra Gastos Catastrficos y evaluar sus resultados; XVIII. Aprobar las guas clnico teraputicas de enfermedades que estn previstas en los catlogos de intervenciones de servicios esenciales y de gastos catastrficos; XIX. Aprobar y publicar las tarifas relativas a los gastos generados por los beneficiarios del Sistema respecto de los servicios que se encuentren dentro del Catlogo de Intervenciones de servicios de Gastos Catastrficos; XX. Regular y gestionar servicios de salud para los afiliados al Sistema, XXI. Fijar la secuencia y alcance de cada intervencin comprendida en los servicios esenciales de manera prioritaria y progresiva a fin de satisfacer de manera integral las necesidades de salud de las familias beneficiarias, de acuerdo a la disponibilidad financiera del Sistema; XXII. Definir los criterios para integrar la Red as como para su operacin y crecimiento pertinentes; XXIII. Definir la poltica y formular los criterios de afiliacin y promocin, para la provisin de proteccin financiera para la salud a grupos de poblacin beneficiaria del Sistema. XXIV. Determinar anualmente y por entidad federativa, el nmero de familias beneficiarias a fin de establecer el monto correspondiente a las aportaciones para financiar los servicios de salud a la persona cubiertos por el Sistema XXV. Establecer los criterios y mecanismos para la integracin y administracin del Padrn as como sus actualizaciones

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    XXVI. Proponer al Secretario los trminos que deber ser integrado el expediente nico por beneficiario; XXVII. Establecer el esquema de cuotas familiares que los beneficiarios del Sistema deben cubrir; XXVIII. Disear las metodologas para evaluar la capacidad de aportacin econmica de los beneficiarios del Sistema; XXIX. Efectuar y, en su caso, coordinar la elaboracin de los estudios e investigaciones necesarias para el Sistema; XXX. Coordinarse con la unidad administrativa competente de la Secretara para la obtencin de la informacin necesaria que permita integrar los datos que se requieran para el Sistema; XXXI. Establecer las medidas y realizar las acciones para la debida tutela de los derechos de los beneficiarios del Sistema; XXXII. Determinar los elementos que deber contener la metodologa y los materiales de capacitacin que se requieran para la operacin del Sistema; XXXIII. Establecer los criterios que deber contemplar la difusin y promocin del Sistema; XXXIV. Informar el resultado de las acciones del Sistema para cumplir con la rendicin de cuentas a los ciudadanos; XXXV. Participar, con la intervencin de la unidad administrativa que corresponda de la Secretaria, en las negociaciones y acuerdos de cooperacin binacional y multinacional sobre las materias competencia de la propia Comisin; XXXVI. Aplicar las medidas preventivas y correctivas que sean necesarias para la debida observancia de la Ley y su Reglamento en materia de proteccin social en salud, y XXXVII. Las dems facultades que le sealen otras disposiciones jurdicas y administrativas. Corresponde al Comisionado: I. Ejercer las atribuciones y la representacin de la Comisin; II. Establecer las normas, polticas, criterios, sistemas y procedimientos de carcter tcnico que deban regir en las unidades administrativas que formen parte de la Comisin; III. Desempear las funciones y comisiones que el Secretario le encomiende y mantenerlo informado sobre su desarrollo;

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    IV. Formular y presentar ante la unidad administrativa competente de la Secretara, la propuesta de presupuesto que se requiera para el funcionamiento de la Comisin; V. Formular los anteproyectos de disposiciones jurdicas, lineamientos e instrumentos consensuales en los asuntos de su competencia, con la intervencin de la Direccin General de Asuntos Jurdicos de la Secretara y someterlos a consideracin del Secretario; VI. Planear, organizar y evaluar el funcionamiento de las unidades administrativas que formen parte de la Comisin, as como coordinar las actividades de stas con la Secretara; VII. Designar y remover a los servidores pblicos de la Comisin; VIII. Promover y coordinar la capacitacin, actualizacin y educacin continua de los recursos humanos de la Comisin; IX. Recibir en acuerdo ordinario, a los titulares de las unidades administrativas que formen parte de la Comisin, y en acuerdo extraordinario a cualquier otro servidor pblico subalterno, as como conceder audiencias al pblico; X. Atender y aceptar, en su caso, las recomendaciones que formule la Comisin Nacional de Derechos Humanos respecto de los asuntos que incidan en el mbito de competencia de la Comisin o de las unidades administrativas que la integran; XI. Participar en el Consejo Nacional de Proteccin Social en Salud, desempeando las responsabilidades que determine su Reglamento Interno; XII. Informar al Secretario, con la periodicidad que se determine, sobre el desempeo de las funciones de la Comisin y los resultados de la evaluacin del Sistema, y XIII. Las dems que le confiera el Secretario, las que le sealen otras disposiciones aplicables y las que le correspondan a las unidades administrativas a su cargo. El Comisionado podr auxiliarse en el ejercicio de sus facultades por el personal tcnico y administrativo que sea necesario de conformidad con el presupuesto autorizado Corresponde a la Direccin General de Afiliacin y Operacin: I. Proponer al Comisionado, las acciones y estrategias para que la poblacin demandante no derechohabiente de la seguridad social o que no cuente con algn otro mecanismo de previsin social en salud, se incorpore al Sistema, procurando la cobertura universal prevista en la Ley; II. Proponer los criterios tcnicos y administrativos para la presupuestacin de las actividades relacionadas con la promocin del Sistema; la operacin de la afiliacin de los beneficiarios; la administracin del Padrn de afiliados; as como para el desarrollo y aplicacin del esquema de familiares, y presentarlos a consideracin del Comisionado;

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    III. Proponer el nmero de familias que deban afiliarse al Sistema anualmente por entidad federativa a fin de establecer el monto correspondiente a las aportaciones para financiar los servicios de salud a la persona cubiertos por el Sistema; IV. Supervisar el cumplimiento de las metas y definir los perodos de afiliacin, tomando en cuenta la equidad de su distribucin entre las entidades federativas; V. Elaborar los instrumentos para evaluar la capacidad de aportacin econmica de las familias interesadas en incorporarse al Sistema; VI. Proponer los criterios y procedimientos para la promocin, afiliacin de familias, administracin del Padrn VII. Disear, operar y administrar la base de datos del Padrn; VIII. Actualizar el programa informtico del Padrn y dar soporte tcnico a los Regmenes para la administracin de la base de datos de los padrones estatales; IX. Revisar y verificar la congruencia de la informacin de los titulares y familias de los padrones de afiliados remitidos por las entidades federativas para la tramitacin del financiamiento federal; X. Coadyuvar, en el mbito de su competencia, en la formalizacin de los acuerdos de coordinacin entre la Secretara y los gobiernos de las entidades federativas, para la instrumentacin y operacin del Sistema; XI. Coadyuvar, en el mbito de su competencia, en la determinacin del marco organizacional y funcional de los Regmenes acorde a los criterios que para el efecto sean definidos por el Comisionado; XII. Disear y elaborar los materiales y herramientas para la sensibilizacin, difusin, promocin y orientacin permanente del Sistema dirigida a la poblacin; XIII. Efectuar, en el mbito de su competencia, el seguimiento de las acciones a cargo de los Regmenes; XIV. Definir los criterios y las estrategias para la automatizacin de los registros de de informacin en materia de promocin y afiliacin del Sistema; XV. Disear la metodologa de la capacitacin para la operacin del Sistema en los aspectos relacionados a la promocin y afiliacin; XVI. Coordinar la realizacin de estudios e investigaciones relacionados con sus atribuciones;

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    XVII. Mantener peridicamente informado al Comisionado sobre los avances de los programas a su cargo, y XVIII. Las dems que le confieran otras disposiciones legales. Corresponde a la Direccin General de Financiamiento: I. Participar en la planeacin y programacin financiera del Sistema; II. Efectuar las acciones encaminadas a la programacin e integracin presupuestal del Sistema; III. Disear y proponer los esquemas y mecanismos financieros que sean necesarios para funcionamiento del Sistema incluyendo el desarrollo de programas de salud dirigidos a grupos vulnerables; IV. Verificar que los recursos provenientes de la Aportacin Solidaria Estatal y Cuota Familiar, sean congruentes con el Padrn; V. Disear y aplicar los instrumentos financieros y los procesos administrativos necesarios para la provisin de la proteccin social en salud para los grupos poblacionales que la requieran; VI. Determinar los criterios para la operacin y administracin de los fondos generales y especficos relacionados con las funciones comprendidas en el Sistema y de los programas orientados a la atencin de grupos vulnerables; VII. Coadyuvar en las acciones de supervisin financiera del Sistema y de los programas de atencin a grupos vulnerables para garantizar el cumplimiento de las normas financieras y de operacin, as como de sus metas y objetivos; VIII. Elaborar los lineamientos para la administracin y transferencia de la cuota social y aportacin solidaria federal a las entidades federativas que prev la Ley; IX. Conducir la operacin y administracin de la previsin presupuestal anual, y del Fondo de Proteccin contra Gastos Catastrficos a que se refiere la Ley; X. Coadyuvar, en el mbito de su competencia, en la formalizacin de los acuerdos de coordinacin entre la Secretara y los gobiernos de las entidades federativas, para la instrumentacin y operacin del Sistema; XI. Coadyuvar, en el mbito de su competencia, en la determinacin del marco organizacional y funcional de los Regmenes acorde a los criterios que para el efecto sean definidos por el Comisionado;

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    XII. Coordinar la realizacin de estudios que den soporte a las bases actuariales, financieras y administrativas que sustenten las acciones encaminadas a proveer proteccin social en salud; XIII. Detectar fuentes complementarias de financiamiento para las acciones de proteccin social en salud; XIV. Efectuar, en el mbito de su competencia, el seguimiento de las acciones a cargo de los Regmenes; XV. Definir los criterios y las estrategias para la automatizacin de los registros de informacin en materia de financiamiento del Sistema; XVI. Disear la metodologa de la capacitacin para la operacin del Sistema en los aspectos de su competencia; XVII. Mantener peridicamente informado al Comisionado sobre el avance del programa financiero y del resultado de los estudios realizados al respecto, y XVIII. Las dems que le confieran otras disposiciones legales Corresponde a la Direccin General de Gestin de Servicios de Salud: I. Proponer la incorporacin gradual y jerarquizada de los servicios de salud y de las intervenciones clnicas, as como su secuencia y alcance con el fin de lograr la cobertura universal de los servicios en el perodo previsto en la Ley; II. Estimar los costos derivados de las intervenciones mdicas y de la provisin de nuevos servicios, con base en los protocolos clnicos y teraputicos previendo su impacto econmico en el Sistema, as como participar en la definicin de criterios y polticas para la determinacin de cuotas reguladoras del propio Sistema asociadas a la prestacin de servicios de salud; III. Definir y establecer los criterios e instrumentos de registro de la informacin mdica relativa a los servicios prestados y provisin de insumos para los afiliados al Sistema, as como para la automatizacin de los registros de informacin en materia de Gestin de Servicios de Salud; IV. Vigilar el adecuado funcionamiento de los mecanismos de atencin de quejas por la prestacin de los servicios de la Red, verificar que se hayan atendido las mismas y sugerir las medidas correctivas que correspondan; V. Establecer los criterios y mecanismos para el seguimiento operativo , la supervisin y la evaluacin del desempeo de los servicios prestados por la Red a los afiliados del Sistema; VI. Elaborar los criterios e instrumentos para conocer el estado de salud de la poblacin que solicite su incorporacin al Sistema;

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    VII. Proponer las tarifas que se deriven de los servicios otorgados a los beneficiarios del Sistema y que se encuentren previstos en los catlogos de intervenciones de de servicios esenciales y de gastos catastrficos; VIII. Proponer los criterios para efectuar el anlisis de riesgos para la salud en la poblacin afiliada al Sistema; IX. Participar en la formulacin de propuestas de tratamientos mdicos cuyos costos sean cubiertos por el Fondo de Proteccin contra Gastos Catastrficos y en las acciones que tiendan hacia el desarrollo de los centros regionales de alta especialidad del Sistema; X. Determinar las condiciones generales para la prestacin de medicamentos y promover el uso racional de los mismos, en el marco del Sistema; XI. Coordinar las acciones para propiciar la cobertura y calidad de la atencin mdica integrando al Sistema los programas dirigidos a grupos vulnerables; XII. Hacer del conocimiento de las autoridades federales, estatales o municipales competentes, los hechos que presuntamente puedan ser motivo de responsabilidad administrativa derivada del incumplimiento en la prestacin de los servicios de salud convenidos; XIII. Coadyuvar, en el mbito de su competencia, en la formalizacin de los acuerdos de coordinacin entre la Secretara y los gobiernos de las entidades federativas, para la instrumentacin y operacin del Sistema, as como vigilar que en los acuerdos XIV. Coadyuvar, en el mbito de su competencia, en la determinacin del marco organizacional y funcional de los Regmenes; acorde a los criterios que para el efecto sean definidos por el Comisionado; XV. Efectuar, en el mbito de su competencia, el seguimiento de las acciones a cargo de los Regmenes; XVI. Disear la metodologa de la capacitacin para la operacin del Sistema en lo relativo a su competencia; XVII. Coordinar la realizacin o participar en los estudios e investigaciones relativos a su competencia; XVIII. Mantener peridicamente informado al Comisionado sobre el avance de los programas a su cargo, y XIX. Las dems que le confieran otras disposiciones legales.

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    VI. MISION Y VISION MISION Brindar a la poblacin no derechohabiente de las instituciones oficiales de salud, a travs de las instancias estatales, el acceso equitativo y voluntario a un seguro popular de salud, que les permita cubrir sin desembolsos extraordinarios, los gastos de servicios mdico-quirrgicos, farmacuticos y hospitalarios que se acuerden, regulando el funcionamiento del Programa a nivel nacional. La regulacin implica el establecimiento de la Normatividad del Programa, la formalizacin y mantenimiento de acuerdos de coordinacin con los Estados, el suministro puntual de la previsin presupuestaria, la supervisin, apoyo y evaluacin de la operacin del Programa y el control general del padrn de beneficiarios. VISION Para el ao 2010, toda la poblacin objetivo contar con la posibilidad de acceso al Seguro Popular de Salud y la Coordinacin Nacional cumplir cabalmente su funcin reguladora de un Programa consolidado en todo el pas, en armona con las Entidades de la Federacin.

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    VII. ESTRUCTURA ORGNICA 1.3. Comisin Nacional de Proteccin Social en Salud 1.3.1. Direccin General de Afiliacin y Operacin 1.3.1.0.1. Direccin de Promocin y Afiliacin 1.3.1.0.1.2. Subdireccin de Estrategias de Promocin y

    Afiliacin 1.3.1.0.1.3. Subdireccin de Capacitacin 1.3.1.0.2. Direccin de Planeacin y Administracin del Padrn 1.3.1.0.2.1. Subdireccin de Planeacin 1.3.1.0.2.2. Subdireccin de Administracin del Padrn 1.3.1.0.3. Direccin de Coordinacin Operativa 1.3.1.0.3.1. Subdireccin de Coordinacin Sectorial 1.3.1.0.3.2. Subdireccin de Seguimiento Operativo 1.3.1.0.4. Direccin de Informacin 1.3.1.0.4.1. Subdireccin de Desarrollo y Monitoreo

    Integral

    1.3.1.0.4.2. Subdireccin de Generacin y Difusin de Informes

    1.3.2. Direccin General de Gestin de Servicios de Salud 1.3.2.0.1. Direccin de Administracin de Planes 1.3.2.0.1.1. Subdireccin del Sistema de Atencin al

    Asegurado

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    1.3.2.0.1.2. Subdireccin de Priorizacin de Servicios 1.3.2.0.2. Direccin de Administracin de Riesgos 1.3.2.0.2.1. Subdireccin de Anlisis de Riesgos y

    Siniestralidades 1.3.2.0.2.2. Subdireccin de Administracin de Registros

    Clnicos 1.3.2.0.3. Direccin de Gestin de Servicios 1.3.2.0.3.1. Subdireccin de Desarrollo de Estrategias

    Organizacionales 1.3.2.0.3.2. Subdireccin de Normatividad Gerencial 1.3.2.0.4. Direccin de Programas Estratgicos en Areas Rurales e

    Indgenas 1.3.2.0.4.1. Subdireccin de Procesos 1.3.3. Direccin General de Financiamiento 1.3.3.0.1. Direccin de Administracin y Aplicacin de Fondos 1.3.3.0.1.1. Subdireccin de Aplicacin de Recursos 1.3.3.0.1.2. Subdireccin de Administracin de Fondos 1.3.3.0.2. Direccin de Gestin y Control Presupuestal 1.3.3.0.2.1. Subdireccin de Registro y Seguimiento 1.3.3.0.3. Direccin de Clculo y Anlisis Financiero 1.3.3.0.3.1. Subdireccin de Clculo 1.3.3.0.3.2. Subdireccin de Anlisis

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    1.3.3.0.4. Direccin de Desarrollo de Sistemas e Instrumentos 1.3.3.0.4.1. Subdireccin de Desarrollo 1.3.3.0.4.2. Subdireccin de Anlisis y Evaluacin 1.3.0.0.1. Direccin Administrativa 1.3.0.0.1.1. Subdireccin de Recursos

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    VIII. ORGANOGRAMA

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    IX. DESCRIPCION DE FUNCIONES 1.3. COMISIN NACIONAL DE PROTECCIN SOCIAL EN SALUD

    OBJETIVO: Planear, dirigir, evaluar y retroalimentar el sistema de proteccin social en salud, que otorgue servicios de salud y seguridad a los habitantes de la Repblica Mexicana que carecen de seguridad social en cualquiera de sus modalidades, privilegiando a aquellos cuya situacin econmica y social sea precaria. FUNCIONES: Coordinar los estudios pertinentes para la definicin de las polticas, los objetivos y estrategias que tiendan a la instrumentacin y vinculacin de programas y servicios de salud para la poblacin beneficiaria que cubre el Sistema. Analizar y dirigir el plan estratgico de desarrollo del Sistema, tomando en consideracin las opiniones del Consejo Nacional de Proteccin Social en Salud. Coordinar las acciones para la regulacin de los Regmenes Estatales de Proteccin Social en Salud y vigilar su cumplimiento, tomando en cuenta las condiciones y caractersticas locales, jurisdiccionales, regionales y estatales de la infraestructura y comportamientos socio-econmicos del entorno. Coordinar y dar seguimiento al modelo nacional y a las acciones derivadas de los convenios celebrados con los gobiernos de los estados y el Distrito Federal, en materia de proteccin social en salud. Revisar, analizar y evaluar los resultados que surjan de los compromisos y acciones derivadas de la administracin gerencial del fondo de gastos catastrficos y de los recursos de la previsin presupuestal para atender las necesidades de infraestructura y las diferencias en la demanda de servicios; as como, de la garanta de pago para la atencin de intervenciones en la salud de los beneficiarios, tomando en cuenta las reglas de operacin emitidos en la materia. Mantener el control de las acciones resultantes de la transferencia de aportaciones econmicas a las entidades federativas para la instrumentacin de los Regmenes Estatales de Proteccin Social en Salud. Controlar el marco organizacional federal y conciliar con los gobiernos estatales, la estructura y operacin pertinente del Sistema de Proteccin Social en Salud, ponderando las condiciones locales en cada entidad, municipio y jurisdiccin sanitaria.

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    Mantener el control de las acciones para la tutela de los derechos y obligaciones del beneficiario del Sistema. Supervisar los estudios analticos y la buena marcha del esquema de cuotas familiares que los beneficiarios deban cubrir para la operacin del Sistema de Proteccin Social en Salud, contemplando los ordenamientos reglamentarios emitidos en la materia. Mantener el control, vigilar desviaciones y decidir acciones para el manejo adecuado de la depuracin del padrn de beneficiarios, basndose en la comunicacin permanente con los Regmenes Estatales de Proteccin Social en Salud y el Consejo de Salubridad General. Coordinar las actividades de afiliacin, administracin y operacin necesarias para la provisin oportuna y expedita de proteccin financiera para la salud de los grupos beneficiarios del Sistema. Controlar y coordinar la base de datos del sistema de informacin estadstica para la proteccin social en salud de la poblacin beneficiaria. Coordinar acciones que favorezcan la comunicacin permanente y la informacin pertinente con otros organismos, dependencias, instituciones, asociaciones y sociedades dedicadas a brindar servicios para la proteccin social en salud en el pas. Consensuar con las autoridades de los Regmenes Estatales de Proteccin Social en Salud, los trminos y condiciones comprendidos para observar que los establecimientos de salud, cumplan con los requisitos mnimos de acreditacin para la calidad de la atencin de los beneficiarios del Sistema. Coordinar las acciones que comprenden la elaboracin de materiales y la metodologa de capacitacin para operar los programas de sensibilizacin, difusin y promocin del Sistema en las entidades federativas y el Distrito federal.

    Mantener comunicacin permanente con el Congreso de la Unin, el Consejo Nacional para la Proteccin Social en Salud y otros cuerpos colegiados especializados en la materia; de tal forma de, brindar la informacin requerida oficialmente en forma oportuna y expedita Definir sistematizar y mantener actualizada la informacin del Sistema de Proteccin Social en Salud que permita cumplir con los compromisos institucionales y rendicin de cuentas en la materia

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    1.3.1. DIRECCIN GENERAL DE AFILIACIN Y OPERACIN

    OBJETIVO: Establecer, con base en las previsiones presupuestales y compromisos fijados por la ley, los universos de beneficiarios que anualmente se incorporarn al Sistema de Proteccin Social en Salud y contribuir al alineamiento financiero y operativo de los distintos programas de servicios de salud, encaminado a la construccin del Sistema de Proteccin Social en Salud, perfilando la plataforma tcnica informativa que de soporte a la construccin y administracin del padrn; generando la informacin estadstica y gerencial del Sistema, que permita dar el seguimiento operativo. FUNCIONES: Proponer polticas y estrategias a la Comisin Nacional, para incorporar a la poblacin no asegurada al Sistema de Proteccin Social en Salud, determinando las acciones que de ello se deriven, procurando as la cobertura universal expresada en la ley. Proponer a la Comisin Nacional los escenarios de metas anuales de incorporacin de familias al Sistema Nacional de Proteccin Social en Salud a efecto de alcanzar en el ao 2010 la cobertura universal del sistema. Conducir en el mbito de su competencia el alineamiento de los diversos programas federales sociales, especialmente de combate a la pobreza extrema al Sistema de Proteccin Social en Salud.

    Determinar la normativa que en materia programtico presupuestal deben observar las entidades estatales participantes en el Sistema de Proteccin Social en Salud. Determinar el impacto presupuestal anual del Sistema de Proteccin Social en Salud a efecto de que la DGPOP lo valide y se incorpore al presupuesto de egresos de la federacin. Conducir el proceso de presupuestacin de los programas de combate a la pobreza asignados a la Comisin, que contribuyan a garantizar la Proteccin Social en Salud a la poblacin no derechohabiente y evitarle gastos catastrficos en salud. Participar en el proceso de desconcentracin de los presupuestos de los programas federales a los regmenes estatales de Proteccin Social en Salud. Autorizar a las entidades federativas las metas anuales y los periodos de afiliacin de familias al Sistema de Proteccin Social en Salud, acorde a la meta anual y presupuesto previamente autorizado.

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    Coadyuvar en el mbito de su competencia, a la formalizacin de los Acuerdos de Coordinacin entre la Secretara de Salud y los Gobiernos Estatales, para la instrumentacin y operacin del Sistema de Proteccin Social en Salud. Establecer el esquema operativo general del proceso de incorporacin de familias al Sistema Nacional de Proteccin Social. Fijar las estrategias para el desarrollo de las acciones de sensibilizacin, difusin y promocin dirigidas a la poblacin, as como para la capacitacin del personal que participar en la operacin del Sistema de Proteccin Social en Salud. Conducir el diseo, instrumentacin, operacin y administracin de la base de datos (padrn de titulares y beneficiarios del Sistema de Proteccin Social en Salud) de los niveles central y estatal. Acreditar la integracin de la informacin contenida en los registros de los padrones de titulares y familias afiliadas remitidas por las entidades federativas para la tramitacin del financiamiento federal. Emitir los indicadores de gestin, seguimiento operativo y los datos estadsticos bsicos del Sistema de Proteccin Social en Salud. Establecer los criterios tcnicos y administrativos para determinar los requerimientos presupuestales anuales para la operacin de las Unidades Estatales de Proteccin Social en Salud. Determinar y establecer el procesamiento de la contribucin presupuestal de los programas de Proteccin Social en Salud en apoyo a las microregiones prioritarias del pas. Conducir el desarrollo de polticas, estrategias, lineamientos y materiales para la orientacin permanente de los beneficiarios a fin de que participen responsablemente en las acciones de proteccin social en salud. Establecer los mecanismos necesarios para la atencin de la problemtica que se presenta en la produccin y distribucin del suplemento alimenticio entre las instituciones involucradas LICONSA, DICONSA, IMSS y los Servicios Estatales de salud. Coadyuvar en la definicin de las bases para la elaboracin de los convenios de colaboracin para la produccin y distribucin de suplemento alimenticio. Establecer actividades de control para el seguimiento y cumplimiento de los acuerdos establecidos en los convenios de colaboracin entre la SSA e IMSS en sus dos regmenes.

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    1.3.1.0.1. DIRECCIN DE PROMOCIN Y AFILIACIN

    OBJETIVO: Desarrollar la normatividad para la afiliacin y operacin del Sistema de Proteccin Social en Salud as como las estrategias de promocin a la poblacin y capacitacin del personal operativo responsable de llevar a cabo las actividades de promocin y afiliacin. FUNCIONES: Coadyuvar en el diseo, desarrollo y definicin de las polticas y criterios de difusin del Sistema de Proteccin Social en Salud (Sistema), de las estrategias de orientacin permanente a los beneficiarios y de promocin a la cultura del aseguramiento. Coadyuvar en el diseo y desarrollo de la metodologa para llevar a cabo investigaciones sobre los intereses y necesidades de la poblacin objetivo del Sistema, a efecto de disear esquemas de promocin especficos para cada sector de la poblacin, as como las estrategias correspondientes de capacitacin del personal institucional y temporal. Coadyuvar en el diseo y desarrollo de las estrategias de sensibilizacin, difusin, promocin y orientacin permanente a las familias interesadas o beneficiarias del Sistema Coadyuvar al diseo y desarrollo de estrategias de sensibilizacin de autoridades administrativas y mdicas en los niveles estatales y municipales, entre otros, para inducir su participacin en la difusin y promocin del Sistema. Evaluar y autorizar los materiales de promocin dirigidos a la poblacin objetivo que elaboren las entidades federativas. Coordinar el diseo y desarrollo de la elaboracin y/o modificacin de la normatividad y procedimientos de afiliacin y operacin. Coadyuvar en la instrumentacin y operacin del Sistema en las entidades federativas que formalicen el respectivo acuerdo de coordinacin. Coadyuvar en el diseo y desarrollo de las estrategias de planeacin para la afiliacin de la poblacin objetivo. Coadyuvar en el diseo del instrumento para evaluar la capacidad de aportacin econmica de las familias interesadas en incorporarse al Sistema. Coadyuvar en el diseo del marco organizacional y funcional de los Regmenes Estatales.

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    1.3.1.0.1.2. SUBDIRECCIN DE ESTRATEGIAS DE PROMOCIN Y AFILIACIN

    OBJETIVO: Elaborar y disear materiales para la sensibilizacin, difusin, promocin y orientacin permanente del Sistema, acordes con las caractersticas de los diferentes grupos que conforman la poblacin objetivo, as como a los diferentes actores que participen en el mismo. FUNCIONES: Colaborar en el diseo de la metodologa de investigacin, identificando los intereses y necesidades de la poblacin objetivo del Sistema Proteccin Social en Salud (Sistema), a efecto de disear esquemas de promocin especficos para cada sector de la poblacin que propicien su afiliacin, as como las estrategias de capacitacin del personal institucional y temporal. Supervisar y colaborar en la elaboracin del contenido y diseo de materiales de sensibilizacin, difusin, promocin y orientacin permanente del Sistema para su uso en las campaas de difusin local. Colaborar en el diseo de estrategias de difusin de los derechos y obligaciones de los beneficiarios del Sistema Colaborar en el diseo y realizacin de los talleres de induccin para el personal de nuevo ingreso. Colaborar en el diseo y realizacin de los talleres de capacitacin y actualizacin para el personal institucional y operativo. Efectuar el anlisis de los procedimientos y materiales de sensibilizacin, difusin, promocin y orientacin permanente con el propsito de proponer los ajustes o actualizaciones necesarias para la mejora contnua de los mismos. Supervisar y evaluar el diseo y contenido de los materiales de promocin dirigidos a la poblacin objetivo que desarrollen las entidades federativas.

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    1.3.1.0.1.3. SUBDIRECCIN DE CAPACITACIN

    OBJETIVO: Desarrollar la normatividad de afiliacin y operacin Sistema de Proteccin Social en Salud, as como establecer los lineamientos para la capacitacin del personal institucional y temporal responsable de las actividades de promocin y afiliacin FUNCIONES: Colaborar en el diseo, desarrollo e integracin de la normatividad y procedimientos de afiliacin y operacin del Sistema de Proteccin Social en Salud (Sistema). Colaborar en el desarrollar de las estrategias de planeacin para la afiliacin de la poblacin objetivo. Colaborar en el diseo del instrumento para evaluar la capacidad de aportacin econmica de las familias interesadas en incorporarse al Sistema. Colaborar con los Regmenes Estatales en la instrumentacin y operacin del Sistema, brindando apoyo en el desarrollo de las estrategias de organizacin de los operativos de promocin y afiliacin. Supervisar y colaborar en el diseo del programa y desarrollo de los contenidos para la realizacin de los talleres de induccin para el personal de nuevo ingreso. Colaborar en el desarrollo de la metodologa de orientacin permanente y de promocin a la cultura del aseguramiento. Colaborar en el desarrollo de procedimientos para establecer vnculos de comunicacin con los beneficiarios y el personal operativo.

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    1.3.1.0.2. DIRECCIN DE PLANEACIN Y ADMINISTRACIN DEL PADRN

    OBJETIVO: Proponer los alcances anuales de crecimiento y cobertura de la incorporacin de familias al Sistema de Proteccin Social en Salud, considerando la estrategia de gradualidad definida en la Ley General de Salud, para dar cobertura universal a la poblacin no asegurada en el ao 2010, as como definir las polticas de administracin del padrn para el nivel estatal y de integracin federal, reportando sobre los avances al cumplimiento de metas por periodos de afiliacin y revisando la consistencia de la informacin generada de las familias afiliadas, para iniciar el trmite del subsidio federal a las entidades. FUNCIONES: Conducir el anlisis para proponer escenarios de ampliacin de cobertura para la incorporacin de familias al Sistema de Proteccin Social en Salud, encaminados al logro de la cobertura universal en el ao 2010. Participar en el planteamiento de escenarios anuales de requerimientos presupuestales para la ampliacin anual de cobertura del Sistema de Proteccin Social en Salud. Proponer en coordinacin con las dems reas de la Comisin la Plataforma Informtica Integral para operar en lnea el sistema de administracin del padrn y explotar la informacin generada de la incorporacin de las familias al Sistema de Proteccin Social en Salud. Definir las normas y lineamientos para el establecimiento y operacin en nivel central y estatal del padrn de afiliados al Sistema de Proteccin Social en Salud, e instrumentar los mecanismos para asegurar su actualizacin permanente y su buen funcionamiento. Proponer la metodologa y los instrumentos necesarios para evaluar la capacidad de aportacin de las familias interesadas en incorporarse al Sistema de Proteccin Social en Salud. Establecer y controlar los criterios y procedimientos para revisar, analizar y dictaminar la consistencia de la informacin de los padrones de titulares y familias incorporadas al Sistema de Proteccin Social en Salud, remitidas para la tramitacin del subsidio federal solicitado por las entidades federativas. Coordinar el anlisis y elaboracin de estadsticas relativas al avance y cobertura de familias incorporadas al Sistema de Proteccin Social en Salud. Supervisar la integracin del sistema de informacin bsica y elaborar peridicamente los reportes estadsticos de las caractersticas demogrficas y socioeconmicas de las familias incorporadas al Sistema de Proteccin Social en Salud.

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    Supervisar la correcta integracin de registros de familias a unidades de salud prestadoras de servicio del Sistema de Proteccin Social en Salud. Apoyar en la estructuracin, formalizacin y cumplimiento de los acuerdos de coordinacin con las entidades federativas en materia de Administracin del Padrn.

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    1.3.1.0.2.1. SUBDIRECCIN DE PLANEACIN

    OBJETIVO: Proyectar las metas anuales de familias a incorporar al Sistema de Proteccin Social en Salud por entidad federativa y a nivel nacional, as como orientar las propuestas de crecimiento de afiliacin trimestral de las entidades federativas con las prioridades de Ley, identificando las redes de servicio. FUNCIONES: Elaborar los escenarios de incorporacin de familias al Sistema de Proteccin Social en Salud, con proyecciones al ao 2010, que es el ao previsto para alcanzar la cobertura universal de la poblacin no asegurada. Coordinar con las entidades federativas y de acuerdo a las estrategias definidas, las metas de reafiliacin y afiliacin de familias, al Sistema de Proteccin Social en Salud. Asesorar tcnicamente al personal de las Unidades Estatales, con relacin a la aplicacin de criterios para la proyeccin de metas anuales y periodos de incorporacin al Sistema de Proteccin Social en Salud, as como la verificacin de su avance. Coordinar la elaboracin y anlisis de los informes estadsticos referentes a la cobertura de familias afiliadas al Sistema de Proteccin Social en Salud, de acuerdo a la periodicidad que para ello se fije. Elaborar estudios relativos a los alcances de metas con respecto a la universalidad del Sistema de Proteccin Social en Salud, proponiendo las medidas necesarias para dar cumplimiento a la previsin de cobertura. Participar en la definicin de la metodologa a instrumentar para evaluar la capacidad de aportacin de las familias, de conformidad a sus niveles de ingreso. Alinear las estrategias de planeacin de crecimiento del Sistema considerando los parmetros que se definan en la poltica social gubernamental nacional e internacional. Integrar la propuesta de crecimiento de meta turnada por las entidades estatales en cada ejercicio, para apoyar la presupuestacin anual del Sistema de Proteccin Social en Salud en materia del Seguro Popular, que habr de proponerse en el anteproyecto de Presupuesto de Egresos de la Federacin.

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    Comprobar y en su caso orientar que la propuesta de crecimiento de meta turnada por las entidades estatales sea congruente con las prioridades de afiliacin de familias de mayor marginacin y respondan a una estrategia de densificacin regional para apoyar los procesos operativos.

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    1.3.1.0.2.2. SUBDIRECCIN DE ADMINISTRACIN DEL PADRN

    OBJETIVO: Coordinar el diseo del Sistema de Administracin del Padrn, establecer las estrategias para su instrumentacin en el nivel central y en los regmenes estatales, as como definir los procedimientos de trabajo, los requerimientos de equipo y materiales para su operacin, prestando la asesora necesaria para el adecuado manejo del padrn de beneficiarios del Sistema de Proteccin Social en Salud. FUNCIONES: Definir las polticas, estrategias y procedimientos que regularn la administracin del Padrn de beneficiarios del Sistema de Proteccin Social en Salud, tanto en el nivel central como en las entidades federativas. Determinar las necesidades de equipo informtico, y elementos de apoyo bajo el criterio de una Plataforma Informtica Integral, requerido para la instrumentacin y operacin del Sistema nico de Administracin del Padrn (SUAP) para el nivel central y entidades federativas. Supervisar en las entidades federativas el funcionamiento del SUAP y proponer medidas correctivas que fortalezcan el proceso de administracin, as como la capacitacin para su manejo. Coordinar la elaboracin del informe ejecutivo referente a la cobertura y caractersticas socioeconmicas de las familias incorporadas al Sistema de Proteccin Social en Salud. Proponer el desarrollo de ajustes al SUAP identificados en la operacin de las entidades federativas y derivados de los cambios a los marcos normativos. Aplicar al padrn nacional los resultados del cotejo que realice el Consejo General de Salud de los padrones de las instituciones de seguridad social en materia de salud. Integrar el registro de asignacin de familias a unidades de salud prestadoras de servicio del Sistema de Proteccin Social en Salud (regionalizacin de familias aseguradas).

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    1.3.1.0.3. DIRECCIN DE COORDINACIN OPERATIVA

    OBJETIVO: Establecer las estrategias para coordinar la operacin de las Unidades Estatales de Proteccin Social en Salud, realizar su seguimiento y control; vincular a stas con las reas de la Comisin Nacional, as como realizar la tramitacin de la transferencia de los recursos federales por las familias afiliadas incluyendo los relativos a los gastos de operacin. FUNCIONES: Apoyar a la Direccin General de Afiliacin y Operacin en el diseo de las normas y procedimientos, en el mbito de responsabilidad para la operacin de las Unidades Estatales de Proteccin Social en Salud. Vigilar la operacin de programas dirigidos a los grupos vulnerables de la poblacin responsabilidad de la Comisin Nacional en su etapa de alineacin. Coadyuvar con las unidades estatales en las acciones de planeacin, organizacin e instrumentacin de los operativos de incorporacin de familias al Sistema de Proteccin Social en Salud. Establecer los vnculos entre las Unidades de Proteccin Social en Salud con las reas internas de la Comisin Nacional, as como programar la realizacin de reuniones nacionales para valorar y mejorar las acciones del Sistema de Proteccin Social en Salud. Coadyuvar en la estructuracin, formalizacin y cumplimiento de los acuerdos de coordinacin en materia de afiliacin y promocin de familias al Sistema de Promocin social en Salud y en la definicin de las metas estatales. Dirigir la tramitacin de la transferencia de las aportaciones federales por las familias afiliadas al Sistema de Proteccin Social en Salud. Proponer con base en las metas de afiliacin de familias y criterios administrativos, las asignaciones presupuestales para la operacin de las Unidades Estatales. Asesorar tcnicamente al personal de las Unidades Estatales con relacin al proceso de programacin-presupuestacin del gasto de operacin de la Unidad de Proteccin Social en Salud. Vigilar y evaluar el desarrollo y avance de los Programas y Estrategias de Proteccin Social en Salud. Asesorar en la planeacin, seguimiento y control de la produccin, distribucin, recepcin y almacenamiento de suplemento alimenticio, entre las instituciones involucradas.

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    1.3.1.0.3.1. SUBDIRECCIN DE COORDINACIN SECTORIAL

    OBJETIVO: Realizar las acciones que permitan el flujo coordinado de actividades entre las Unidades de Proteccin Social en Salud y la Comisin Nacional, dar seguimiento oportuno a la cobertura de la meta establecida en los Acuerdos de Coordinacin entre la Secretara de Salud y los gobiernos de los estados para la operacin del Sistema de Proteccin Social en Salud e iniciar las gestiones de transferencia de recursos de las aportaciones federales incluyendo los gastos de operacin. FUNCIONES: Establecer los mecanismos de coordinacin con las Unidades Estatales de Proteccin Social en Salud, convirtindose en el vnculo entre stas y las reas de la Comisin Nacional para dar respuesta a las necesidades que se detecten y el canal de las propuestas del mejoramiento del Sistema. Participar en la estructuracin de los acuerdos de coordinacin que se establezcan entre la Secretara de Salud y las entidades federativas para el desarrollo del Sistema de Proteccin Social en Salud en materia de afiliacin y operacin, as como en la definicin de la meta de familias a afiliar. Coadyuvar en la verificacin con la Direccin General de Financiamiento en que las propuestas de metas de las entidades estatales estn soportadas con el presupuesto asignado al Sistema, para apoyar la negociacin de la meta definitiva que se asentar en el Acuerdo de Coordinacin que se signe con las entidades estatales. Participar en los ejercicios de programacin y presupuestacin del Sistema Proteccin Social en Salud, con el fin de que la asignacin presupuestal se defina con base en las metas programadas. Efectuar el seguimiento de los compromisos establecidos en los acuerdos de coordinacin relativos al cumplimiento de meta de familias a incorporar al Sistema de Proteccin Social en Salud. Organizar y proponer las reuniones nacionales o regionales de directivos y personal operativo de las Unidades Estatales y la Comisin Nacional orientadas a valorar y mejorar la operacin del Sistema de Proteccin Social en Salud. Efectuar la tramitacin de las aportaciones federales por las familias incorporadas al Sistema, una vez que se haya validado la consistencia de la informacin del Padrn de familias afiliadas.

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    Participar en la determinacin de los criterios programtico-presupuestales que deben observar las Unidades Estatales de Proteccin Social en Salud para ejercer y programar los gastos de operacin en materia de afiliacin de familias. Consolidar las metas trimestrales y anuales de las familias afiliadas una vez realizada la tramitacin de recursos, como reportes de cierre y de los gastos de operacin en atencin a los informes que se soliciten. Verificar que la transferencia de recursos anticipados de gastos de operacin sea congruente con la meta real de familias afiliadas que logren las entidades estatales y en su caso realizar los ajustes correspondientes en el siguiente periodo de radicacin de recursos.

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    1.3.1.0.3.2. SUBDIRECCIN DE SEGUIMIENTO OPERATIVO

    OBJETIVO: Verificar y supervisar el desarrollo y avance de los Programas y Estrategias de Proteccin Social en Salud, a travs de un Programa Integral de Supervisin (PIS) y apoyo tcnico, as como colaborar la vinculacin integral con las diferentes reas de la CNPSS, con el propsito de vigilar y dar solucin a los problemas detectados durante la supervisin.

    FUNCIONES: Definir el PIS de supervisin y seguimiento operativo de los programas, con el propsito de asegurar el eficiente desarrollo de las actividades de la Unidad Estatal de Proteccin Social en Salud. Coadyuvar en la coordinacin de las acciones de planeacin, seguimiento y control de las Unidades Estatales de Proteccin Social en Salud y en la realizacin de los programas operativos anuales de la Direccin General de Afiliacin y Operacin, como los de las Unidades Estatales. Coordinar a los enlaces regionales responsables de las zonas geogrficas integradas por 5 o 6 estados, quienes se encargaran de ejecutaren el mbito de su competencia la operacin del Sistema de Proteccin Social en Salud y difundir los resultados a las diferentes reas. Establecer la Coordinacin de las Unidades Estatales de Proteccin Social en Salud con la Comisin Nacional. Establecer los lineamientos para poner al alcance de los beneficiarios los procedimientos para presentar quejas y sugerencias y dar respuesta oportuna a los mismos. Promover la realizacin de reuniones de seguimiento y control de las acciones del Sistema de Proteccin Social en Salud, entre la Direccin General de Afiliacin y Operacin y las autoridades estatales de salud para identificar problemas y promover soluciones. Efectuar de manera peridica y sistemtica visitas de supervisin y asesora a las entidades federativas a fin de verificar el adecuado desarrollo del Sistema de Proteccin Social en Salud. Promover la capacitacin contina del personal de los niveles federal, estatal, jurisdiccional y local hacia el uso y anlisis de la informacin operativa para fortalecer la supervisin.

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    1.3.1.0.4. DIRECCIN DE INFORMACIN

    OBJETIVO: Implementar procesos para la integracin y generacin de la informacin necesaria, que apoye la rendicin de cuentas de la Comisin, sobre los avances y resultados de los programas de combate a la pobreza a cargo de la Comisin Nacional de Proteccin Social en Salud. FUNCIONES: Establecer los procedimientos para la integracin, control y sistematizacin de la informacin de los programas de combate a la pobreza a cargo de la Comisin Nacional de Proteccin Social en Salud. Establecer coordinacin con las reas normativas de la Secretara de Salud involucradas en la integracin de la informacin. Coordinar el diseo y desarrollo del sistema para la generacin de informes de los programas de combate a la pobreza a cargo de la Comisin Nacional de Proteccin Social en Salud, para instrumentarlo en las entidades federativas a efecto que sirva como medio para autoevaluar y dar seguimiento a la operacin de los programas de combate a la pobreza. Asesorar a las entidades federativas e instancias que participan en los programas de combate a la pobreza a cargo de la Comisin Nacional de Proteccin Social en Salud, sobre los procedimientos para el registro, flujo y utilizacin de la informacin. Proponer los requerimientos de informacin de los programas de combate a la pobreza a cargo de la Comisin Nacional de Proteccin Social en Salud para incorporarlos al Sistema de Informacin en Salud. Conducir los mecanismos de difusin de la informacin con base en la normatividad establecida por la Direccin General de Informacin, la Direccin General de Tecnologa de la Informacin y Comunicacin Social. Informar a las instancias participantes, auditoras y globalizadoras de los avances y resultados de los programas de combate a la pobreza a cargo de la Comisin Nacional de Proteccin Social en Salud. Conducir el proceso de regionalizacin operativa para el anlisis de universos de cobertura de los programas de combate a la pobreza a cargo de la Comisin Nacional de Proteccin Social en Salud aplicados en las entidades federativas.

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    Difundir informacin, sobre la cobertura y desarrollo de acciones de los programas de combate a la pobreza a cargo de la Comisin Nacional de Proteccin Social en Salud. Establecer, en coordinacin con las reas sustantivas y de apoyo de la Comisin Nacional de Proteccin Social en Salud, los mecanismos para la integracin y emisin de informes para la rendicin de cuentas de los programas de combate a la pobreza la pobreza a cargo de la Comisin Nacional de Proteccin Social en Salud, con base en la normatividad establecida por las diferentes instancias gubernamentales. Coordinar el anlisis de informacin y bases de datos que se difunden en los documentos de los programas de combate a la pobreza a cargo de la Comisin.

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    1.3.1.0.4.1. SUBDIRECCIN DE DESARROLLO

    OBJETIVO: Implementar procesos para la integracin, anlisis y generacin de la informacin necesaria, que apoye a las instancias operativas en el seguimiento, instrumentacin de estrategias y rendicin de cuentas de la Comisin, sobre los avances y resultados del Sistema Proteccin Social en Salud. FUNCIONES: Coordinar el desarrollo de procesos para el control y sistematizacin de la informacin del Sistema de Proteccin Social en Salud. Apoyar a las instancias que participan en el Sistema de Proteccin Social en Salud, en la aplicacin de los procesos para la generacin de informacin con calidad. Apoyar el diseo y desarrollo de sistemas que apoyen la planeacin y seguimiento de los Programas de Combate a la pobreza del Sistema de Proteccin Social en Salud. Supervisar que se generen los universos geogrficos de operacin de los programas de Combate a la Pobreza del Sistema de Proteccin Social en Salud. Establecer los procedimientos para la generacin de informes institucionales sobre los avances de los Programas de Combate a la Pobreza del Sistema de Proteccin Social en Salud. Supervisar que se generen los documentos necesarios para el registro de informacin en el Sistema de Informacin en Salud, con base en los lineamientos especficos. Establecer el los procedimientos de flujo de informacin con las instituciones participantes en los programas de combate a la pobreza del Sistema de Proteccin Social en Salud. Proporcionar la informacin para el anlisis y seguimiento del desarrollo operativo de los programas de combate a la pobreza a cargo de la Comisin. Apoyar la validacin de cobertura de servicios de salud para la atencin de familias programadas a incorporarse a los programas de combate a la pobreza a cargo de la Comisin.

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