clases de contratos

14
CONTRATOS CLASIFICACIÓN Profesor: Alberto Moreno Eguren. UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERIA FACULTAD DE INGENIERIA CIVIL DEPARTAMENTO ACADEMICO DE CONSTRUCCION

Upload: jhon-erick-fuentes-torres

Post on 21-Dec-2015

6 views

Category:

Documents


1 download

DESCRIPTION

Legislacion

TRANSCRIPT

Page 1: Clases de Contratos

CONTRATOSCLASIFICACIÓN

Profesor: Alberto Moreno Eguren.

UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERIAFACULTAD DE INGENIERIA CIVIL

DEPARTAMENTO ACADEMICO DE CONSTRUCCION 

Page 2: Clases de Contratos

CONTRATOPara nosotros el contrato es el acuerdo de voluntades de dos o mas partes con el objeto de crear, modificar, regular o extinguir obligaciones cuyo elemento esencial tiene contenido patrimonial.

El contrato es una convención generadora de derechos, es el acuerdo de voluntades, de dos o mas sujetos, contratantes, manifestando en forma legal y que tiene por objeto crear, modificar o extinguir una relación jurídica con contenido patrimonial.

NATURALEZA JURIDICA

Page 3: Clases de Contratos

CLASIFICACION Los contratos civiles y comerciales pueden clasificarse :

A. Por las obligaciones que contraen las partes.

B. Según existan intercambio de prestaciones o no.

C. Según el momento en que se perfeccionan

D. Según se trata de un contrato denominado por la ley o no.

E. Según las partes expresen su consentimiento en el mismo momento o no.

F. Según exista formalidad prevista en la ley para su perfeccionamiento.

G. Según su autonomía respecto de otro u otros contratos.

H. Según la certeza de las prestaciones comprometidas.

I. Según el momento de cumplimiento de las prestaciones.

J. Según el momento en que producen sus efectos

K. Según el efecto que producen el acto

Page 4: Clases de Contratos

Por las obligaciones que contraen las partes.

A.

- UNILATERALES: Cuando una sola persona de las partes se obliga hacia la otra. Por ejemplo, la donación (cuando es sin cargo), la renta vitalicia, el testamento resulta de la voluntad del testados, el reconocimiento de un hijo, etc.

- BILATERALES : Cuando las partes se obligan recíprocamente, la una hacia la otra; por ejemplo, la compraventa, etc.

- PLURILATERALES: Cuando concurren dos o mas personas para celebrar un contrato y se generen entre ellas relaciones jurídicas múltiples.

Page 5: Clases de Contratos

Según existan intercambio de prestaciones o no.

B.

- A TITULO GRATUITO: Cuando el contrato asegura alguna ventaja a una de las partes sin contraprestación de la otra. Por ejemplo, la donación (el beneficiado es el donatario).

- A TITULO ONEROSO : Cuando las ventajas que asegura a una u otra de las partes tiene como contrapartida una contraprestación; es decir que las partes se han obligado recíprocamente. Por ejemplo, la compraventa (los beneficiados son comprador y vendedor).

Page 6: Clases de Contratos

Según el momento en que se perfeccionan

C.

- CONSENSUALES: Es aquel que se perfecciona con el solo consentimiento de las partes, Por ejemplo, la compraventa de un bien mueble, la locación, etc.

- REALES : Es aquel que se perfecciona por la tradición, implica la entrega con la intención de traspasar el dominio, de la cosa. Ejemplo son el deposito, la prenda civil, mutuo (implica tradición en sentido técnico).

- SOLEMNE: Es aquel que para perfeccionarse requiere del cumplimiento de ciertas formalidades exigidas por la ley, en consideración a la naturaleza del contrato. Por ejemplo, el contrato de hipoteca se realiza por escritura publica, la compraventa de un bien raíz debe realizarse por escritura publica.

Page 7: Clases de Contratos

Según se trata de un contrato denominado por la ley o no.

D.

• NOMINADO O TIPICO: Cuando la ley los denomina de una forma determinada, y los reglamenta de una forma especifica. Por ejemplo, la compraventa, la hipoteca, el arrendamiento, el mutuo, etc.

- INNOMINADOS O ATIPICO : Cuando la ley no los regula de un modo especifico y, en consecuencia, no les da una denominación, en tal virtud quedaran sujetos a lo estipulado supletoriamente en el código civil fuente de las obligación. Por ejemplo, el leasing es una especie de arrendamiento con opción de compra, que no esta reglamentado, y por tanto es un contrato atípico.

Page 8: Clases de Contratos

Según las partes expresen su consentimiento en el mismo momento o no.

E.

- ENTRE PRESENTES : Cuando las partes contratantes asisten al acto por si o por medio de representantes y expresan su consentimiento en el mismo momento.

- ENTRE AUSENTES: Cuando las partes contratantes expresan su voluntad en momentos diferentes. Por ejemplo, un contrato celebrado por correspondencia.

Page 9: Clases de Contratos

Según exista formalidad prevista en la ley para su perfeccionamiento.

F.- FORMALES : Cuando la ley prescribe una forma determinada, sea para su

existencia o para su prueba. Por ejemplo, la compra venta de un bien raíz requiere como requisito que se celebre por escritura publica.

- NO FORMALES: Son aquellos contratos para cuyo perfeccionamiento la ley no prescribe forma alguna, dejando amplia libertad a las partes contratantes. Sin embargo, tienen muchas limitaciones.

Por ejemplo el contrato de mandato comercial

Page 10: Clases de Contratos

Según su autonomía respecto de otro u otros contratos.

G.

- PRINCIPALES : Son aquellos contratos que tiene una vida jurídica autónoma, independiente de otros contratos.

- ACCESORIOS: Al contrario, son aquellos contratos cuya vida jurídica depende de otro contrato principal. Por ejemplo, el contrato de fianza.

Page 11: Clases de Contratos

Según la certeza de las prestaciones comprometidas.

H.

- CONMUTATIVOS : Cuando las obligaciones de las partes están determinadas de una manera precisa. Por ejemplo, el contrato de mutuo, si vendo mi fundo en 100 millones.

- ALEATORIOS: Cuando el monto de una de las prestaciones no esta determinada de manera fija, sino que depende de un acontecimiento incierto. Por ejemplo, contrato de seguro, si compro la cosecha de trigo en 30 millones, no se si hice un buen negocio, porque puede que la cosecha se queme, se inunde; etc.

Page 12: Clases de Contratos

Según el momento de cumplimiento de las prestaciones.I.

- DE EJECUCION INSTANTANEA : Cuando las partes cumplen sus obligaciones en el momento mismo de contrato. Por ejemplo, una compraventa al contado.

- DE EJECUCION DIFERIDA: Cuando las partes postergan el cumplimiento de sus obligaciones a posteriori. Por ejemplo, un contrato de construcción.

- DE EJECUCION CONTINUADA: o tracto sucesivo. Cuando las prestaciones de las partes son de cumplimiento continuado durante la vigencia o duración del contrato que se pacta por un tiempo mas o menos prolongado. Por ejemplo, contrato de apertura de crédito, contrato de arrendamiento la obligación de pagar la renta nace y se extingue, mes a mes.

Page 13: Clases de Contratos

Según el momento en que producen sus efectosJ.

- POR CAUSA DE MUERTE: Es aquel cuyos efectos están subordinados a la muerte de una persona.

Por ejemplo, el testamento esta subordinado a la muerte del testador, salvo que el contrato haga algún tipo de declaración que no tenga que ver con disposiciones patrimoniales.

El contrato de renta vitalicia asegura una renta «mientras viva». Es una pensión de vejez, por lo que cuando muere, se produce un efecto con la muerte.

- ENTRE VIVOS: Es aquel cuyos efectos no están sujetos a la muerte de una persona. Son la regla general.

Page 14: Clases de Contratos

Según el efecto que producen el acto

K.

- CONSTITUTIVO: Es aquel acto jurídico con el que se produce, al celebrarlo, la verdadera creación de un derecho nuevo o da origen a una situación jurídica nueva. Por ejemplo, al celebrar un contrato de matrimonio, se constituye el estado civil de «casado».

- DECLARATIVO: Es aquel que se limita a reconocer una situación jurídica preexistente. Por ejemplo, si por herencia 6 personas son dueñas de un inmueble dividido en 6 lotes, y por un acto declarativo se le asigna a cada una de ellas un lote, se entenderá, en virtud de tal acto por el cual se adjudica es declarativo.

- TRANSLATICIOS: Son aquellos que sirven de antecedente para la transferencia de un derecho ya existente. Por ejemplo, translaticios de dominio la venta, la permuta y la donación entre vivos.