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DE PUSIR , tL CJÜ3LRNO DE EDUCACIÓN *^Iítí Ü ^^^l*'^ ACTA DIRECTA ENTRE EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO PARROQUIAL SAN VICENTE Y LA UNIDAD EDUCATIVA SAN VICENTE PRIMERA: COMPARECIENTES Comparecen a la celebración de esta Acta Directa, por una parte, el señor Manuel Cosmito Julio Chávez, en calidad de Presidente y Representante legal del GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO PARROQUIAL RURAL DE SAN VICENTE DE PUSIR, y por otra la Ing. Elena Pérez en calidad de Rectora Encargada de la Unidad Educativa San Vicente. Los comparecientes son plenamente capaces para contratar y obligarse y acuerdan celebrar un Acta Directa con las siguientes cláusulas: SEGUNDA: ANTECEDENTES 1. El Gobierno Autónomo Descentralizado Parroquial San Vicente de Pusir, es una parroquia del cantón Bolívar de la provincia del Carchi, empeñado en recuperar las costumbres y tradiciones ancestrales ha motivado a la población a que participe en las JORNADAS CULTURALES PARROQUIALES que el GAD organiza anualmente; como motivación a la ciudadanía e instituciones a su participación entrega premios en obras o equipamiento según la necesidad de los participantes y reglamento aprobado por el GAD Parroquial. 2. Como referencia la Unidad Educativa San Vicente, acoge las invitaciones realizadas por el Gobierno Autónomo Descentralizado Parroquial a la participación de las JORNADAS CULTURALES SAN VICENTEÑAS 2015, 2016 y 2017, en donde consta el pago de un incentivo motivacional a través de la dotación de equipamiento, equipos u obras de infraestructura, mejoramiento o remodelaciones a las instituciones, asociaciones que participen en estas actividades y que obtengas los primeros lugares a través de la calificación de su participación por el Jurado Calificador. Dirección Distrital 04D02 IMontúfar-Bolivar Dirección: Manuel ,i.Bastidas v Panamerica Norte Código Postal: 040207 / Carchi-Ecuador

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DE PUSIR

, tL C J Ü 3 L R N O

DE EDUCACIÓN *^Iítí Ü ^ ^ ^ l * ' ^

ACTA DIRECTA ENTRE EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO

PARROQUIAL SAN VICENTE Y LA UNIDAD EDUCATIVA SAN VICENTE

PRIMERA: COMPARECIENTES

Comparecen a la celebración de esta Acta Directa, por una parte, el señor

Manuel Cosmito Julio Chávez, en calidad de Presidente y Representante legal

del GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO PARROQUIAL RURAL DE

SAN VICENTE DE PUSIR, y por otra la Ing. Elena Pérez en calidad de Rectora

Encargada de la Unidad Educativa San Vicente.

Los comparecientes son plenamente capaces para contratar y obligarse y

acuerdan celebrar u n Acta Directa con las siguientes cláusulas:

SEGUNDA: ANTECEDENTES

1. El Gobierno Autónomo Descentralizado Parroquial San Vicente de Pusir, es

una parroquia del cantón Bolívar de la provincia del Carchi, empeñado en

recuperar las costumbres y tradiciones ancestrales ha motivado a la población

a que participe en las JORNADAS CULTURALES PARROQUIALES que el GAD

organiza anualmente; como motivación a la ciudadanía e instituciones a su

participación entrega premios en obras o equipamiento según la necesidad de

los participantes y reglamento aprobado por el GAD Parroquial.

2. Como referencia la Unidad Educativa San Vicente, acoge las invitaciones

realizadas por el Gobierno Autónomo Descentralizado Parroquial a la

participación de las JORNADAS CULTURALES SAN VICENTEÑAS 2015, 2016

y 2017, en donde consta el pago de u n incentivo motivacional a través de la

dotación de equipamiento, equipos u obras de infraestructura, mejoramiento o

remodelaciones a las instituciones, asociaciones que participen en estas

actividades y que obtengas los primeros lugares a través de la calificación de

su participación por el Jurado Calificador.

Dirección Distrital 04D02 IMontúfar-Bolivar Dirección: Manuel ,i.Bastidas v Panamerica Norte Código Postal: 040207 / Carchi-Ecuador

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3. Este proceso constituye una oportunidad para que los y las estudiantes

pongan en práctica sus habilidades y capacidades de liderazgo que se

convertirán en agentes de cambio y transformaciones socioculturales en su

contexto familiar, educativo y comunitario, donde las características de

apertura a ideas nuevas, estén determinadas por su influencia hacia los y las

demás.

4. Que, en el COOTAD en su Artículo 63.- Naturaleza juñdica. - Los gobiernos

autónomos descentralizados parroquiales rurales son personas jurídicas de

derecho público, con autonomía política, administrativa y financiera. Estarán

integrados por los órganos previstos en este Código para el ejercicio de las

competencias que les corresponden.

La sede del gobierno autónomo descentralizado parroquial rural será la

cabecera parroquial prevista en la ordenanza cantonal de creación de la

parroquia rural.

5. Del mismo cuerpo legal en el Articulo 65.- Competencias exclusivas del

gobierno autónomo descentralizado parroquial rural. - Los gobiernos autónomos

descentralizados parroquiales rurales ejercerán las siguientes competencias

exclusivas, sin perjuicio de otras que se determinen:

6. Que, del mismo cuerpo legal en el Articulo 70.^ Atribuciones del presidente

"o presidenta de la junta parroquial rural.

l) Suscribir contratos, convenios e instrumentos que comprometan al gobierno

autónomo descentralizado parroquial rural, de acuerdo con la ley. Los convenios

de crédito o aquellos que cornprometdtTt el patrimonio institiMóttát requerirán

autorización de la junta parroquial rural;

Que, de nuestra carta magna en su Art. 26.- La educación es un derecho de

las personas a lo largo de su vida y un deber ineludible e inexcusable del

Estado.

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Constituye un área prioritaria de la política pública y de la inversión estatal,

garantía de la igualdad e inclusión social y condición indispensable para el

buen vivir. Las personas, las familias y la sociedad tienen el derecho y la

responsabilidad de pariicipar en el proceso educativo.

Que, del Código Orgánico de Organización Territorial-COOTAD en su Art. 67.-

Atribuciones de la junta parroquial rural. - A la junta parroquial rural le

corresponde:

r) Impulsar la conformación de organizaciones de la población parroquial,

tendientes a promover el fomento de la producción, la seguridad ciudadana, el

mejoramiento del nivel de vida y el fomento de la cultura y el deporte;

TERCERA: OBJETO

Las partes conjugan interés por el fortalecimiento y dinamización de

programas en beneficio de la educación, en primera instancia por la

participación colectiva de sus moradores y especialmente de los estudiantes

que forman parte de la Unidad Educativa San Vicente. Uno de los objetivos de

la Educación es adentrarse a trabajar con la comunidad, en especial con sus

autoridades, para de esta forma tener un desarrollo armónico que posibilite el

adelanto de las instituciones. Por lo tanto, el objetivo primordial de esta acta

es la colaboración, participación y contribución entre las partes de las

instituciones en beneficio de los estudiantes y la comunidad en general.

CUARTA: COMPROMISOS Y RESPONSABILIDADES

Serán responsabilidades y compromisos de las partes, brindar su contingente

en la realización de todas y cada una de las actividades que involucra la

presente acta directa.

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RESPONSABILIDADES DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO

PARROQUIAL SAN VICENTE:

1. Entregar mediante acta entrega recepción, los implementos, equipos y

material de mejoramiento que la Unidad Educativa requiera, previo la

presentación de la solicitud del pago de los premios ganados por su

participación en las jornadas culturales parroquiales.

2. Se reserva el derecho de realizar supervisiones periódicas en el

momento que así lo estime conveniente a través de sus delegados para

verificar el buen uso del requerimiento solicitado.

RESPONSABILIDADES DE LA UNIDAD EDUCATIVA SAN VICENTE:

1. Gestionar el cumplimiento total del presente convenio.

2. Suscribir el acta de entrega recepción de los equipamientos y materiales

recibidos

3. Brindar el uso correcto para que los materiales y equipos adquiridos

tengan una durabilidad adecuada.

4. Que los bienes adquiridos mediante el presenté convenio, puedan ser

utilizados por los Padres de Familia para las actividades culturales,

deportivas, sociales, previa ¡la .responsabilidad total de quien lo recibe

mediante la firma de una acta entrega recepción.

5. Presentar información y documentación que sustente la ejecución del

presente convenio o acuerdos que se deriven del mismo.

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EDUCACIÓN

QUINTA: TERMINACIÓN

El presente instrumento terminará por las siguientes causas:

1. Por incumplimiento de las obligaciones contraidas mediante este

instrumento , . „ ^ ^ .̂ >

2. Por mutuo acuerdo entre las partes, por caso fortuito o fuerza mayor

debidamente comprobadas - ,

3. Si los recursos no son utilizados de acuerdo a la población objetivo '

SEXTA: CONTROVERSIA Y CULMINACIÓN

En caso de arbitraje será en derecho. La sede del arbitraje será donde

determinen las partes en base a la jurisdicción de los jueces y el ordenamiento

jurídico aplicable será el vigente en la República del Ecuador.

SEPTIMA: INTENCIÓN

Se deja expresa constancia que la presente Acta se ha suscrito con el fin de

cumplir con los objetivos señalados en la cláusula tercera.

Por constancia de todo, lo efectuado, firman las partes en tres ejemplares

originales, de iguaLvalor y tenor en San Vicente de Pusir, a los veinte días del

PRESIDENTA COMITÉ CENTRAL PADRES DE FAMILIA - VEEDORA

U4 SAN VICENTE'

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