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CITES

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CITES

La Candelilla en el marco de la CITES

Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad

¿Qué es la CITES?

• Convención sobre el Comercio Internacional de EspeciesAmenazadas de Fauna y Flora Silvestres (firmada en 1973, envigor desde 1975).

• Convenio internacional de cumplimiento obligatorio que buscaregular el comercio internacional de las especies incluidas ensus apéndices para contribuir con su conservación y usosustentable.

• Actualmente está conformada por 175 países (Partes).

• México es parte de la Convención desde 1991.

¿Cómo protege a las especies la CITES?

• Regulando la exportación, reexportación e importación de animales y plantas vivos o muertos y sus partes y derivados de especies incluidas en los Apéndices.

• Esta regulación se basa en un sistema de permisos y certificadosque sólo se pueden emitir si se reúnen ciertas condiciones, entre ellas:

• Legal procedencia de los ejemplares

• Dictamen de Extracción No Perjudicial (NDF)

¿Qué niveles de protección ofrece CITES?

Apéndice I

• Incluye especies en peligro de extinción.

• En términos generales, se prohíbe el intercambio con

fines comerciales.

Apéndice II

• Incluye especies no necesariamente amenazadas de

extinción, pero cuyo comercio debe controlarse para

evitar tal amenaza ó que necesitan regularse por

similitud.

• El comercio internacional se permite pero se controla.

Apéndice III

• Incluye especies para las que un país pide que las

demás Partes colaboren en su protección.

• El comercio internacional se permite pero se controla

(certificado de origen).

Requisitos para exportar/importar

Apéndice I Apéndice II Apéndice III

• Permiso de exportación

• Permiso de importación

• NDF (Autoridad Científica)

• Legal procedencia

• Transporte adecuado

• Albergue adecuado

• No comercial (!)

• Permiso de exportación *

• NDF (Autoridad Científica)

• Legal procedencia

• Transporte adecuado

Si el espécimen es del

país que solicitó su

inclusión

Si el espécimen es

de cualquier otro

país

• Permiso de exportación

• Legal procedencia

• Transporte adecuado

Certificado de

origen

* Varios países emiten

permisos de importación:

México, EUA, UE, etc.

La Conferencia de las Partes (CoP)

• Único órgano con capacidad de decisión sobre el contenido de los Apéndices I y II.

• Se celebra cada 2 ó 3 años.

•Asisten representantes de todas las Partes y algunos observadores, y su función principal es la de dirigir y supervisar el proceso e instrumentación de la CITES.

• Cualquier propuesta de enmienda a los Apéndices requiere la aprobación de dos tercios de las Partes con derecho a voto para ser adoptada.

• Únicamente las Partes pueden proponer enmiendas a los Apéndices.

Reuniones de la Conferencia de las Partes:

Lugar Fecha

CoP 1 Berna, Suiza Noviembre, 1976

CoP 2 San José Costa Rica Marzo, 1979

CoP 3 Nueva Delhi, India Febrero-Marzo, 1981

CoP 4 Gaborone, Botswana Abril, 1983

CoP 5 Buenos Aires, Argentina Abril-Mayo, 1985

CoP 6 Ottawa, Canadá Julio, 1987

CoP 7 Lausana, Suiza Octubre, 1989

Participaciones de México: CoP 8 Kyoto, Japón Marzo, 1992

CoP 9 Fort Lauderdale, EUA Noviembre, 1994

CoP 10 Harare, Zimbabwe Junio, 1997

CoP 11 Nairobi, Kenia Abril, 2000

CoP 12 Santiago, Chile Noviembre, 2002

CoP 13 Bangkok, Tailandia Octubre, 2004

CoP 14 La Haya, Países Bajos Junio, 2007

CoP 15 Doha, Qatar Marzo, 2010

Comités de CITES

Comité Permanente:

Representantes de las 6 regiones de laCITES, país anfitrión de la última CoP yel Gobierno Depositario (Suiza), seencarga de establecer directivas de laSecretaría en cuanto a políticas yactividades, obtención y ejecución defondos, y la coordinación de otrosComités y grupos de trabajo.

Comités Técnicos:

Flora y Fauna, Integrados porrepresentantes de las regiones CITES,se encargan de asesorar a la CoP,otros Comités, Grupos de Trabajo y ala Secretaría en los temas técnico-científicos.

Especies CITES de México

GRUPO Ap I Ap II Ap III*

Animales 52 442 8

Plantas 53 1,446 2

TOTAL 105 1,888 10

* México no tiene ninguna especie incluida en el Apéndice III de CITES, son especies con distribución en México, pero incluidas en los Apéndices por otras Partes.

Autoridades CITES en México

Autoridad

Científica Administrativa Aplicación de la Ley

Comisión Nacional para el

Conocimiento y Uso de la Biodiversidad

(CONABIO), SEMARNAT.

Dirección General de Vida Silvestre

(DGVS), SEMARNAT.

Procuraduría Federal de Protección al

Ambiente (PROFEPA), SEMARNAT.

• Emisión de Dictámenes de Extracción Perjudicial (NDF)

• Investigación sobre especies CITES

• Emisión de Permisos y Certificados

• Representación oficial ante la CITES

• Inspección y Vigilancia en Puertos, Aeropuertos y Fronteras

Comité Intersecretarial de Seguimiento de la CITES

Sector Órganos

Administrativo • DGVS (Dirección General de Vida Silvestre)• PROFEPA (Procuraduría Federal de Protección al Ambiente)• SE (Secretaría de Economía)

Científico • CONABIO (Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad)• INE (Instituto Nacional de Ecología)

Pesquero • CONAPESCA (Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca)• INAPESCA (Instituto Nacional de Pesca)

Forestal • CONAFOR (Comisión Nacional Forestal)• DGGFS (Dirección General de Gestión Forestal y de Suelos)

Internacional • SRE (Secretaría de Relaciones Exteriores)• UCAI (Unidad Coordinadora de Asuntos Internacionales)

La Candelilla

Euphorbia antisyphilitica

Candelilla(Euphorbia antisyphilitica)

• Enlistada en el Apéndice II de CITES desde 1975 bajo Euphorbia spp.

• Usos: cosméticos, fármacos, lubricantes, plásticos, textiles, tintas, pinturas, abrillantadores, adhesivos, anticorrosivos, etc.

• Distribución: Desierto Chihuahuense; principalmente en los Estados de Durango, Chihuahua, Nuevo León, Zacatecas, Tamaulipas y Coahuila.

Mapa de distribución potencial de candelilla con base en datos del SNIB, GBIF y REMIB (2008)

Comercio internacional de Candelilla

• Actualmente, México es el único exportador de cera de Candelilla a nivel mundial.

• Según la base de datos de comercio PNUMA/WCMC, durante el periodo 2000-2008 se exportaron:

- 225 kg de derivados;

- 21 toneladas de extracto; y

- Más de 3,400 toneladas de cera.

Historia de la Candelilla en CITES

Reuniones del Comité de Flora (PC)

PC Lugar y fecha Discusiones sobre la candelilla

PC14 Namibia, 2004 Se sugirió incluirla en el Examen de Comercio Significativo (ECS).

PC15 Suiza, 2005 Se acordó eliminarla del ECS e incluirla en el proceso de revisión periódica, para ser revisada entre la CoP13 y la CoP15.

PC17 Suiza, 2008 Nuevamente fue candidata para el ECS y se eliminó debido a que estaba en el proceso de revisión periódica.

PC18 Argentina, 2009 México presentó los resultados de la revisión periódica y el PC coincidió en mantenerla en el Apéndice II, aunque se consideró que los productos terminados de cera de Candelilla deberían estar exentos de las regulaciones CITES.

¿Qué es la revisión periódica?

• Es el proceso mediante el cual los comités científicos evalúanel estatus de las especies tras 10 años de haberse incluido enlos Apéndices, con el fin de sugerir: mantener, modificar oeliminar a las especies revisadas.

• Debe realizarse con base en información biológica, dedistribución, abundancia, amenazas, impacto del comercio yconservación de la especie (i.e. criterios de la Resolución de laConferencia 9.24 (Rev. CoP14)).

1er Taller nacional sobre la conservación, uso y comercio de la Candelilla

16-17 diciembre de 2008, Museo de las Aves, Coahuila

Objetivos

• Recopilar información sobre la distribución, situación poblacional y amenazas a la especie.

• Recopilar información sobre el aprovechamiento y comercio de la candelilla.

• Elaborar un documento, aplicando los criterios de la Resolución Conf. 9.24 (Rev. CoP14), para ser presentado en la 18ª reunión del Comité de Flora de la CITES (Buenos Aires, 2009).

Conclusiones del taller

1. Se reconocen los apoyos de CONAFOR para realizar:

• Ordenamientos,

• Restauración,

• Plantaciones comerciales,

• Planes de manejo y

• Elaboración y o modificación de reglamentos internos.

Se considera que estos apoyos deben continuar e incrementarse.

2. Existen inconsistencias entre datos productores-empresas-autoridades(números) lo cual implica problemas con la emisión de permisos y elcumplimiento de la CITES.

3. La información sobre el estado de conservación delas poblaciones silvestres es insuficiente.

Conclusiones del taller

4. Algunos instrumentos como la NOM-018 requieren una adecuación yaque después de su publicación han aparecido otros instrumentosregulatorios (LGDFS y su reglamento) que los hacen obsoletos.

5. Los ejidos no tienen las capacidades técnicas ni los recursos para hacerlos estudios que se requieren y los planes de manejo.

6. Existen varios ejidos que aún no solicitan una renovación de los permisosde aprovechamiento que acaban de vencer a fines de 2008 y siguencosechando.

7. Se lava la Candelilla de ejidos sin permiso en ejidos con permiso.

8. La demanda de cera de Candelilla es mayor que la producción.

9. Se reconoció la necesidad de hacer el Inventario Nacional de Candelilla.

Inventario Nacional de Candelilla

Objetivo general

• Contar con evidencia clara y fundamentada sobre el estado actual de conservación de la especie y estimar de manera precisa su potencial de aprovechamiento.

Inventario Nacional de Candelilla

El Inventario se dividirá en dos fases:

• Fase 1: Trabajo de gabinete para recopilar la información disponible, plantear los métodos y el diseño de muestreo y determinar los sitios más adecuados para el estudio.

• Fase 2: Trabajo de campo y el análisis de la información que se obtenga a partir del mismo.

Dictámenes de Extracción no Perjudicial (NDFs)

• Los Dictámenes de Extracción no Perjudicial (NDF’s por sussiglas en inglés) son emitidos por la Autoridad Científica conbase en información sobre las especies y determinan si laextracción de ejemplares es o no perjudicial para suspoblaciones silvestres.

• La emisión de NDFs paraexportaciones de cera de Candelillarequiere complementarse con lainformación que se obtenga en elInventario Nacional de Candelilla.

15ª Conferencia de las PartesQatar, Marzo 2010

• México y EUA en nombre del Comité de Flora, presentaron en laCoP15 una propuesta para exentar el comercio de los productosacabados que contienen cera de Candelilla de las disposicionesCITES.

• La CoP15 aprobó dicha propuesta por consenso, por lo que a partirdel 23 de junio de 2010 se pueden exportar productos acabadosque contengan cera de Candelilla, SIN necesidad de permisos CITES.

• Todos los demás ejemplares, productos y derivados de candelilla SÍrequerirán permisos y emisión de NDFs.

Actividades a futuro

Implementación a nivel nacional

• Desarrollo del Inventario Nacional de Candelilla (INC), en conjunto conCONAFOR.

• Garantizar la legalidad de los aprovechamientos de Candelilla.

• Revisar y analizar los métodos de evaluación de poblaciones yestablecimiento de tasas de aprovechamiento.

• Revisar situación de predios de aprovechamiento en ANP’s.

• Establecer un mecanismo de corresponsabilidad entre las 3 partes: los ejidos,los comerciantes y las autoridades para no caer en falta de permisos.

• Elaborar manuales de mejores prácticas.

Implementación a nivel internacional

• Todas las exportaciones de cera de Candelilla (excepto los productos acabados que la contengan) deben contar con su permiso CITES respaldado por un NDF.

¡Muchas gracias!

Contacto [email protected]