circular fondo asistencial

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Sección Sindical Estatal Santander ¡ Pl. de Legazpi, 1 - 1º B 28045 Madrid T: 91 539 01 03/ 48 72 F: 91 539 48 71 / 49 27 E: [email protected] ESTA CIRCULAR SE PUEDE CONSULTAR EN NUESTRA PÁGINA WEB www.ugt.es/sch Y EN LA INTRANET VERNE > PORTAL DEL EMPLEADO > COMUNICADOS SINDICALES > UGT FONDO ASISTENCIAL 2010 Hoy, día 28, hemos tenido la reunión anual del Fondo Asistencial, para marcar las pautas a seguir este año en las solicitudes y concesión de las ayudas y que se publicarán próximamente a través de la circular del Banco, en Verne. Os comunicamos que desde el día 15 de Noviembre y hasta el 14 de Enero de 2011, estará abierto el plazo para la presentación de las solicitudes al Fondo Asistencial de los gastos médicos, no cubiertos por la Seguridad Social, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2010, realizados por los empleados, el cónyuge o la pareja si acredita la convivencia (mediante certificado de unión de hecho), así como los familiares incluidos en la cartilla de la Seguridad Social de alguno de ellos, siendo necesario acreditar, también documentalmente, la condición de beneficiario solo cuando estos estuvieran en la cartilla del cónyuge que no trabaje en el Banco. Estas ayudas también las pueden solicitar todos los compañeros que se hayan jubilado o prejubilado durante el año 2010. El importe mínimo del conjunto de las facturas de la unidad familiar que se tienen que presentar es de 500,00 euros. El importe a repartir del fondo, para este año, es de 1.387.378,92 euros. La circular que marca las pautas para la concesión de estas ayudas, es la C.058/2000, Se podrá acceder al formulario de petición, a través de VERNE/ Portal del Empleado /Información y Servicios/ Prestaciones al Fondo Asistencial. Conviene una lectura detenida de la misma y ajustarse literalmente a ella para evitar que alguien se quede sin subvención por no mandar correctamente la solicitud. El incumplimiento de cualquiera de las instrucciones significará EL RECHAZO de la petición. Si tenéis alguna duda al respecto os podéis poner en contacto con las compañeras Concepción de la Morena Telf.91/5581258 ó Maria Rosa Hernández Telf. 91/2894710 28 de Octubre de 2010 BOLETÍN DE AFILIACIÓN Nombre y Apellidos ............................................................ DNI .............................. Centro de Trabajo ............................... Ordinal ................. Teléfono ......................... Fecha Ingreso........................ Categoría ...................................... Entregar a cualquier delegado de UGT o enviar a: Sección Sindical de UGT Pza. Legazpi, 1 - 1ºB - 28045 MADRID (9612-2666) 18/10

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Apertura plazo de solicitudes del Fondo Asistencial

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Sección Sindical Estatal – Santander ¡

Pl. de Legazpi, 1 - 1º B 28045 Madrid T: 91 539 01 03/ 48 72 F: 91 539 48 71 / 49 27 E: [email protected]

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FONDO ASISTENCIAL 2010

Hoy, día 28, hemos tenido la reunión anual del Fondo Asistencial, para marcar las pautas a seguir este año en las solicitudes y concesión de las ayudas y que se publicarán próximamente a través de la circular del Banco, en Verne.

Os comunicamos que desde el día 15 de Noviembre y hasta el 14 de Enero de 2011, estará abierto el plazo para la presentación de las solicitudes al Fondo Asistencial de los gastos médicos, no cubiertos por la Seguridad Social, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2010, realizados por los empleados, el cónyuge o la pareja si acredita la convivencia (mediante certificado de unión de hecho), así como los familiares incluidos en la cartilla de la Seguridad Social de alguno de ellos, siendo necesario acreditar, también documentalmente, la condición de beneficiario solo cuando estos estuvieran en la cartilla del cónyuge que no trabaje en el Banco.

Estas ayudas también las pueden solicitar todos los compañeros que se hayan jubilado o prejubilado durante el año 2010.

El importe mínimo del conjunto de las facturas de la unidad familiar que se tienen que presentar es de 500,00 euros.

El importe a repartir del fondo, para este año, es de 1.387.378,92 euros.

La circular que marca las pautas para la concesión de estas ayudas, es la C.058/2000, Se podrá acceder al formulario de petición, a través de VERNE/ Portal del Empleado /Información y Servicios/ Prestaciones al Fondo Asistencial. Conviene una lectura detenida de la misma y ajustarse literalmente a ella para evitar que alguien se quede sin subvención por no mandar correctamente la solicitud.

El incumplimiento de cualquiera de las instrucciones significará EL RECHAZO de la petición.

Si tenéis alguna duda al respecto os podéis poner en contacto con las compañeras Concepción de la Morena Telf.91/5581258 ó Maria Rosa Hernández Telf. 91/2894710

28 de Octubre de 2010

BOLETÍN DE AFILIACIÓN Nombre y Apellidos ............................................................ DNI .............................. Centro de Trabajo ............................... Ordinal ................. Teléfono ......................... Fecha Ingreso........................ Categoría ......................................

Entregar a cualquier delegado de UGT o enviar a: Sección Sindical de UGT Pza. Legazpi, 1 - 1ºB - 28045 MADRID (9612-2666) 18/10