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Carla Aguirre contreras Cine y derecho Cuarto nivel Philadelphia (1993) La película centra su trama central en el caso de un abogado ( Andrew Beckett ) que es despedido de su trabajo en una firma cuando sus colegas se enteran de que tiene sida; argumentando que no realizo la entrega de una demanda de gran importancia para la firma de manera oportuna, siendo que la principal razón de su despido era una clara discriminación por su enfermedad y orientación sexual. Antes de continuar es necesario saber que es discriminar, según la real academia de la lengua española (RAE) discriminar es Dar trato de inferioridad a una persona o colectividad por motivos raciales, religiosos, políticos, etc. 1 . Acogiendo esta acepción podemos dar cuenta que en definitiva el protagonista de la película si recibió un trato inferior por motivos no relacionados al nivel de competencia realizando su trabajo. El protagonista al darse cuenta de que el verdadero motivo detrás del despido era su padecimiento de una enfermedad y no incompetencia, decide demandar a sus empleadores porque lo comienza a buscar un abogado representante, se dirige a un abogado al cual conoce de un juicio previo luego de ser rechazado por nueve abogados al señalar que su historia no constituía motivo suficiente para generar un caso. 1 http://buscon.rae.es/drae/srv/search?val=discriminar

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cine y derecho

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Page 1: Cine y Derecho 3

Carla Aguirre contreras

Cine y derecho

Cuarto nivel

Philadelphia (1993)

La película centra su trama central en el caso de un abogado (Andrew Beckett)

que es despedido de su trabajo en una firma cuando sus colegas se enteran de

que tiene sida; argumentando que no realizo la entrega de una demanda de gran

importancia para la firma de manera oportuna, siendo que la principal razón de

su despido era una clara discriminación por su enfermedad y orientación sexual.

Antes de continuar es necesario saber que es discriminar, según la real academia

de la lengua española (RAE) discriminar es Dar trato de inferioridad a una

persona o colectividad por motivos raciales, religiosos, políticos, etc.1. Acogiendo

esta acepción podemos dar cuenta que en definitiva el protagonista de la película

si recibió un trato inferior por motivos no relacionados al nivel de competencia

realizando su trabajo.

El protagonista al darse cuenta de que el verdadero motivo detrás del despido

era su padecimiento de una enfermedad y no incompetencia, decide demandar a

sus empleadores porque lo comienza a buscar un abogado representante, se

dirige a un abogado al cual conoce de un juicio previo luego de ser rechazado

por nueve abogados al señalar que su historia no constituía motivo suficiente

para generar un caso.

Luego de esta introducción se debe cuestionar ¿Qué es lo que señala nuestra

legislación respecto de la discriminación laboral en caso de enfermedad? El

articulo nº2 inciso 3ero señala que son contrarios a los principios de las leyes

laborales los actos de discriminación2; en el inciso siguiente señala cuales son los

motivos que pueden generar estas diferencias de trato o exclusión, y no se

encuentra el motivo de enfermedad por lo que no vendría siendo concluyente

1 http://buscon.rae.es/drae/srv/search?val=discriminar2 Código del Trabajo, artículo 2º inc. 3º, editorial jurídica de Chile

Page 2: Cine y Derecho 3

este argumento señalado en el código por lo que habrá que remitirse a la

doctrina.

José Francisco Castro Castro en su artículo sobre discriminación en las

relaciones laborales señala que hay que hacer una distinción al concepto de

discriminación, señalando a la discriminación directa y la indirecta. El concepto

que interesa en este caso es el de discriminación indirecta ya que el autor señala

que El concepto de discriminación indirecta se vincula con la teoría del impacto

o efecto adverso, donde la medida en sí no aparece como discriminatoria, pero

no cabe duda que conlleva esa intención.3 Este concepto se origina en la

jurisprudencia española manifestándose en el tribunal supremo de este país.

Tomando el concepto antes dado se puede dilucidar que la discriminación sufrida

por el protagonista fue de tipo indirecta ya que el despido en si no parecía

discriminatorio (debido a que se fundamentó en incompetencia por parte del

trabajador en cuestión) siendo que la razón de fondo era el padecimiento de sida.

¿es necesario que el empleado le informe al empleador que padece esta

enfermedad? Dentro del articulo antes mencionado se puede encontrar la

respuesta, cito: Una declaración conjunta de la Organización Mundial de la

Salud (O.M.S.) y la O.I.T., en la Reunión Consultiva sobre el SIDA y el lugar de

trabajo, efectuada en 1988 en Ginebra, establece, en cuanto a los exámenes de

detección, que el trabajador afectado por SIDA no tiene obligación de informar a

su empleador acerca de su relación con dicha enfermedad4.

Sintetizando, el caso presentado en la película muestra la clara discriminación

laboral de un empleado plenamente competente y que claramente el despido fue

injustificado ya que este no tenía la obligación de informar a su empleador de

que padecía una enfermedad y mucho menos de ser despedido por ese motivo ya

que en la película se demuestra claramente que la enfermedad del protagonista

no había causado interferencia con su desempeño laboral.

3 José Francisco Castro Castro, artículo sobre la discriminación en las relaciones laborales, año 2008 (http://www.dt.gob.cl/1601/articles-65173_recurso_1.pdf)4 José Francisco Castro Castro, artículo sobre la discriminación en las relaciones laborales, año 2008