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CENTRO DE TRANSFORMACIÓN "URBANIZACIÓN TAMARACEITE SUR" "URBANIZACIÓN TAMARACEITE SUR UZO-04” ISLA DE GRAN CANARIA (LAS PALMAS GC) Claudio Medina Castellano Colegiado nº 911 Marzo de 2019

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CENTRO DE TRANSFORMACIÓN"URBANIZACIÓN TAMARACEITE SUR"

"URBANIZACIÓN TAMARACEITE SUR UZO-04”

ISLA DE GRAN CANARIA (LAS PALMAS GC)

Claudio Medina CastellanoColegiado nº 911

Marzo de 2019

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ELECTRIFICACIÓN"URBANIZACIÓN TAMARACEITE SUR"

Claudio Medina CastellanoC/ Mendizabal, 15 –Bajo Teléfono/fax: 928 31 03 1935001 Las Palmas de Gran Canaria

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INDICE1.- MEMORIA ........................................................................................................................ 51.1.- Antecedentes................................................................................................................. 51.2.- Objeto del proyecto........................................................................................................ 51.3.- Peticionario y autor del proyecto.................................................................................... 51.4.- Situación........................................................................................................................ 51.5.- Reglamentación............................................................................................................. 51.6.- Descripción General de las Instalaciones ...................................................................... 81.7.- Fases de ejecución........................................................................................................ 81.8.- Organismos y particulares afectados ............................................................................. 81.9.- Fecha de puesta en Marcha .......................................................................................... 82.- LÍNEAS SUBTERRÁNEAS CON CABLES AISLADOS ITC-LAT 06 ................................. 92.1.- Niveles de aislamiento................................................................................................... 92.2.- Materiales, cables y accesorios ................................................................................... 102.3.- Instalación de cables aislados ..................................................................................... 102.4.- Cruzamiento y paralelismo .......................................................................................... 122.5.- Intensidades Admisibles .............................................................................................. 152.6.- Protecciones................................................................................................................ 183.- JUSTIFICACIÓN DEL DECRETO 337/2014................................................................... 193.1.- Objeto.......................................................................................................................... 193.2.- Ámbito de aplicación.................................................................................................... 193.3.- Tensiones Nominales. Clasificación de las instalaciones............................................. 193.4.- Frecuencia de la red eléctrica nacional........................................................................ 203.5.- Compatibilidad con otras instalaciones ........................................................................ 203.6.- ITC-RAT-05 " CIRCUITOS ELÉCTRICOS".................................................................. 203.6.1.- CIRCUITOS ELÉCTRICOS DE BAJA TENSIÓN CONSIDERADOS COMODE ALTA TENSIÓN............................................................................................................. 203.6.2.- Separación de circuitos............................................................................................. 203.6.3.- Conductores eléctricos ............................................................................................. 203.6.4.- Conexiones............................................................................................................... 203.6.5.- Canalizaciones ......................................................................................................... 213.6.6.- Intensidades admisibles en los conductores ............................................................. 223.7.- ITC-RAT-06 "APARATOS DE MANIOBRA DE CIRCUITOS"....................................... 223.7.1.- Maniobra de circuitos................................................................................................ 223.7.2.- Interruptores e interruptores automáticos.................................................................. 223.7.3.- Seccionadores y seccionadores de puesta a tierra ................................................... 233.7.4.- Condiciones de empleo ............................................................................................ 243.8.- ITC-RAT-07 " TRANSFORMADORES YAUTOTRANSFORMADORES DE POTENCIA" ................................................................... 253.8.1.- Grupos de conexión.................................................................................................. 253.8.2.- Regulación................................................................................................................ 253.8.3.- Anclaje...................................................................................................................... 253.8.4.- Pérdidas y niveles de potencia acústica máximos .................................................... 253.8.5.- Cableado auxiliar ...................................................................................................... 263.9.- ITC-RAT-09 " PROTECCIONES"................................................................................. 263.9.1.- Protección contra sobreintensidades ........................................................................ 263.9.2.- Protección contra sobretensiones............................................................................. 273.9.3.- Protección contra sobrecalentamiento ...................................................................... 273.9.4.- Protecciones específicas de máquinas e instalaciones............................................. 273.10.- ITC-RAT-12 "AISLAMIENTO" .................................................................................... 283.10.1.- Niveles de aislamiento nominales ........................................................................... 28

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3.10.2.- Ensayos.................................................................................................................. 293.11.- ITC-RAT-13 "PUESTA A TIERRA" ............................................................................ 303.11.1.- Prescripciones generales de seguridad .................................................................. 303.11.2.- Determinación de las corrientes de defecto para el cálculo de lastensiones de paso y contacto............................................................................................... 333.11.3.- Instrucciones generales de puesta a tierra.............................................................. 343.11.4.- Disposiciones particulares de puesta a tierra.......................................................... 353.11.5.- Centros de transformación...................................................................................... 363.11.6.- Medidas y vigilancia de las instalaciones de puesta a tierra.................................... 373.12.- ITC-RAT-14 "INSTALACIONES ELÉCTRICAS DE INTERIOR"................................. 383.12.1.- Generalidades ........................................................................................................ 383.12.2.- Ámbito de aplicación............................................................................................... 383.12.3.- Condiciones generales para los locales y edificios.................................................. 393.12.4.- Condiciones generales para las instalaciones......................................................... 413.12.5.- Condiciones particulares para centros de transformación....................................... 413.12.6.- Otras prescripciones ............................................................................................... 463.12.7.- Pasillos y zonas de protección................................................................................ 483.12.8.- ITC-RAT 16 CONJUNTOS PREFABRICADOS DE APARAMENTA BAJOENVOLVENTE METÁLICA HASTA 52 kV ........................................................................... 493.12.9.- Condiciones de instalacion ..................................................................................... 503.12.10.- Condiciones de servicio ........................................................................................ 504.- CENTROS DE TRANSFORMACIÓN PÚBLICO ............................................................. 514.1.- Generalidades ............................................................................................................. 514.2.- Centro de Transformación de Compañía (PFS-V-62) .................................................. 514.2.1.- Programa de necesidades y potencia instalada en kVA............................................ 514.2.2.- Descripción de la instalación..................................................................................... 514.2.3.- Instalación Eléctrica.................................................................................................. 534.2.4.- Medida de la energía eléctrica .................................................................................. 594.2.5.- Unidades de protección, automatismo y control........................................................ 604.2.6.- Puesta a tierra .......................................................................................................... 604.2.7.- Instalaciones secundarias......................................................................................... 604.3.- Observaciones básicas................................................................................................ 604.4.- Cálculos del centro de transformación. ........................................................................ 624.4.1.- Intensidad de media tensión del transformador......................................................... 624.4.2.- Intensidad en baja tensión de cada transformador.................................................... 624.4.3.- Cortocircuitos............................................................................................................ 634.4.4.- Protecciones contra sobrecargas y cortocircuitos. .................................................... 634.5.- Cálculo de las instalaciones de puesta a tierra ............................................................ 644.5.1.- Determinación de las corrientes máximas de puesta a tierra y del tiempomáximo correspondiente a la eliminación del defecto. ......................................................... 644.5.2.- Diseño preliminar de la instalación de tierra.............................................................. 644.5.3.- Cálculo de la resistencia del sistema de tierra .......................................................... 654.6.- 2.2.1.14.-Cálculo de las tensiones de paso en el interior de lainstalación............................................................................................................................ 664.6.1.- Cálculo de las tensiones de paso en el exterior de la instalación.............................. 674.6.2.- Cálculo de las tensiones admisibles ......................................................................... 674.6.3.- Investigación de las tensiones transferibles al exterior.............................................. 685.- INSTALACIONES ELÉCTRICAS EN BAJA TENSIÓN ................................................... 695.1.- Objetivo ....................................................................................................................... 695.2.- Redes de disribución subterráneas.............................................................................. 695.2.1.- Líneas de distribución. .............................................................................................. 69

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6.- CONCLUSIÓN FINAL..................................................................................................... 737.- ESTUDIO BÁSICO DE SEGURIDAD Y SALUD ............................................................. 747.1.- Objeto del estudio básico de seguridad y salud ........................................................... 747.2.- Descripción de la actividad .......................................................................................... 747.3.- Recursos considerados ............................................................................................... 747.4.- Identificación y valoración de riesgos........................................................................... 757.5.- Planificación de la acción preventiva ........................................................................... 757.6.- Normas Generales de Seguridad y Salud. Disposiciones Mínimas.............................. 817.6.1.- Consideraciones generales aplicables durante la ejecución de la obra..................... 817.6.2.- Disposiciones mínimas de seguridad y salud a aplicar en las obras ......................... 817.6.3.- Normas específicas de actuacion preventiva ............................................................ 847.7.- Medios Auxiliares y otras Normas de Seguridad de aplicaciónsegún obra........................................................................................................................... 89

PUNTO DE CONEXIÓNPLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES. CENTRO DE TRANSFORMACIÓN.PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES. LÍNEAS SUBTERRANEAS DEMEDIA TENSIÓNPRESUPUESTOPLANOS

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1.- MEMORIA

1.1.- AntecedentesEl promotor de este proyecto del presente proyecto obtuvo autorización administrativa deinstalación eléctrica de media tensión relativa al proyecto denominado"ELECTRIFICACIÓN URBANIZACIÓN TAMARACEITE PARA LA EJECUCIÓN DELPROYECTO DE URBANIZACIÓN TAMARACEITE SUR UZO-04" EN EL T.M. DE LASPALMAS DE GRAN CANARIA, bajo el Expediente AT14/056 con fecha 10/10/2014.En la mencionada resolución, se contemplaba la ejecución de del proyecto en variasEtapas y fases.1.2.- Objeto del proyectoEl presente proyecto tiene por objeto, la redacción del proyecto de ejecución del Centrode transformación CT7 del mencionado proyecto de urbanización en una nueva ubicaciónacorde con el estado actual de la urbanización de los edificios a los cuales se pretendedar servicio, establecer y justificar el cumplimiento de la normativa vigente sobre lamateria, servir de referencia para la licitación de las obras y la la ejecución de lostrabajos.

El proyecto se compone de:

- Línea Subterránea de MT.- Centros de Transformación Público.

1.3.- Peticionario y autor del proyectoPETICIONARIO, PROMOTOR:GEURSA “SOCIEDAD MUNICIPAL DE GESTIÓN URBANÍSTICA DE LAS PALMAS DEGC”CIF: A-35660844PLAZA DE LA CONSTITUCIÓN Nº235003 LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

AUTOR:CLAUDIO MEDINA CASTELLANOIngeniero Industrial Colegiado 911C/ Mendizábal nº 1535001 Las Palmas de Gran Canaria1.4.- SituaciónURBANIZACIÓN TAMARACEITE SUR1.5.- ReglamentaciónLa Normativa a cumplir tanto en la redacción del proyecto como en la ejecución de lasobras será la que a continuación se expone:1. Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo sobre condiciones técnicas y garantías de

Seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus Instrucciones TécnicasComplementarias ITC-RAT01 a 23. B.O.E. 09-06-2014.

2. Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricasde alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01, Decreto

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223/2008 de 15 de febrero.3. Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión, aprobado por Decreto del Ministerio de

Industria y Energía 842/2002, de 2 Agosto de 2002 B.O.E. 224 de 18-09-2002, einstrucciones técnicas Complementarias Aprobadas por Orden del MINER de 18 deseptiembre de 2002.

4. Normas de la Empresa suministradora de energía.5. Decreto 141/2009, de 10 de Noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el

que se regulan los procedimientos administrativos relativo a la ejecución y puesta enservicio de las instalaciones eléctricas en Canarias.

6. Norma NUECSA 057.150-1 A "Señalización subterránea de Cables Enterrados".7. Las recomendaciones U.N.E.S.A.8. Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de

transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos deautorización de instalaciones de energía eléctrica (B.O.E. de 27 de diciembre de2000) y modificaciones posteriores.

9. Autorización de Instalaciones Eléctricas. Aprobado por Ley 40/94, de 30 dediciembre, B.O.E. de 31-12-1994.

10. Ordenación del Sistema Eléctrico Nacional y desarrollos posteriores. Aprobado porLey 40/1994, B.O.E. 31-12-1994.

11. Ley de Regulación del Sector Eléctrico, Ley 54/1997 de 27 de noviembre.12. Reglamento de Verificaciones Eléctricas y Regularidad en el Suministro de Energía,

Decreto de 12 Marzo de 1954 y Real Decreto 1725/84 de 18 de Julio.13. Real Decreto 2949/1982 de 15 de Octubre de Acometidas Eléctricas.14. NTE-IEP. Norma tecnológica de 24-03-1973, para Instalaciones Eléctricas de Puesta

a Tierra.15. Normas UNE / IEC.16. Normas y recomendaciones de diseño del edificio:

CEI 62271-202 UNE-EN 62271-202Centros de Transformación prefabricados.

NBE-XNormas básicas de la edificación.- Normas y recomendaciones de diseño de aparamenta eléctrica:

CEI 62271-1 UNE-EN 60694Estipulaciones comunes para las normas de aparamenta de Alta Tensión.

CEI 61000-4-X UNE-EN 61000-4-XCompatibilidad electromagnética (CEM). Parte 4: Técnicas de ensayo y de medida.

CEI 62271-200 UNE-EN 62271-200 (UNE-EN 60298)Aparamenta bajo envolvente metálica para corriente alterna de tensiones asignadassuperiores a 1 kV e inferiores o iguales a 52 kV.

CEI 62271-102 UNE-EN 62271-102Seccionadores y seccionadores de puesta a tierra de corriente alterna.

CEI 62271-103 UNE-EN 60265-1Interruptores de Alta Tensión. Interruptores de Alta Tensión para tensiones asignadassuperiores a 1 kV e inferiores a 52 kV.

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CEI 62271-105 UNE-EN 62271-105Combinados interruptor - fusible de corriente alterna para Alta Tensión.

CEI 60255-X-X UNE-EN 60255-X-XRelés eléctricos.

UNE-EN 60801-2Compatibilidad electromagnética para los equipos de medida y de control de los procesosindustriales. Parte 2: Requisitos relativos a las descargas electrostáticas.17. Real Decreto 1627/97 de 24 de Octubre “Obras de construcción”.18. Real Decreto 614/2001, de 8 de junio, sobre disposiciones mínimas para la

protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico.Condiciones impuestas por los Organismos Públicos afectados.

19. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. Revisión.20. Ley 54/2003, de 12 de diciembre, reforma de la Ley de Prevención de Riesgos

Laborales.21. Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la

Ley 31/1995 en materia de coordinación de actividades empresariales.22. Real Decreto 604/2006, de 19 de mayo, por el que se modifica el Real Decreto

39/1997.23. Real Decreto 842/2002. Nuevo Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión e

Instrucciones Técnicas Complementarias.24. Real Decreto 3275/1982. Reglamento sobre Condiciones Técnicas y Garantías de

Seguridad en Centrales Eléctricas, Subestaciones y Centros de Transformación.Instrucciones Técnicas Complementarias.

25. Real Decreto 39/1997, de 17 de enero. Reglamento de Servicios de Prevención.26. Real Decreto 485/1997 en materia de señalización de seguridad y salud en el

trabajo.27. Real Decreto 486/1997, de 14 de abril. Disposiciones mínimas de seguridad y salud

en los lugares de trabajo.28. Real Decreto 487/1997 relativo a la manipulación manual de cargas que entrañe

riesgos, en particular dorsolumbares, para los trabajadores.29. Real Decreto 773/1997 relativo a la utilización por los trabajadores de los equipos de

protección personal.30. Real Decreto 1215/1997 relativo a la utilización por los trabajadores de los equipos

de trabajo.31. Real Decreto 2177/2004. Modificación del Real Decreto 1215/1997 de disposiciones

mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equiposde trabajo en materia de trabajos temporales en altura.

32. Real Decreto 1627/1997 relativo a las obras de construcción.33. Real Decreto 604/2006, que modifica los Reales Decretos 39/1997 y 1627/1997.34. Ley 32/2006 reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción.35. Real Decreto 1109/2007 que desarrolla la Ley 32/2006.36. Plan General de Las Palmas de Gran Canaria.37. Ordenanza de Catas y Canalizaciones.

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1.6.- Descripción General de las InstalacionesEn el presente proyecto, se contemplará un centro de transformación de compañia en lanueva ubicación con el fin de permitir la electrificación de las parcelas TS4 y TS5.

La conexión del anillo de media tensión del nuevo centro de compañía, se realizará entrelos mismos centros de transformación a los que esta conectado el el del proyecto deurbanización.

Para el presente proyecto, la potencia instalada es de 2x630kVAs.

1.7.- Fases de ejecución.La presente instalación se ejecutará en una única fase.

1.8.- Organismos y particulares afectadosLos organismos afectados son los siguientes.

- Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria.- Endesa Distribución Eléctrica.

No existen particulares afectados, aparte del Promotor del presente proyecto, que espropietario del terreno donde se ubican dichas edificaciones y trazados.

1.9.- Fecha de puesta en MarchaLa puesta en marcha previsible de las presentes instalaciones se estima que se realicedentro de los 3 MESES siguientes a la fecha de autorización para su ejecución por lascorrespondientes Administraciones Públicas afectadas.

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2.- LÍNEAS SUBTERRÁNEAS CON CABLES AISLADOS ITC-LAT 06Las líneas subterráneas de media tensión se ven afectada en un pequeño tramo,necesario este para realizar el traslado.La línea en estudio es trifásica con una tensión nominal de 20kV (Un) y una tensión maselevada de la red (Us) de 30kV.2.1.- Niveles de aislamientoEl nivel de aislamiento de los cables y accesorios de alta tensión (A.T.) deberá adaptarsea los valores normalizados indicados en las normas UNE-211435 y UNE-EN 60071-1.Categorías de las redesEl proyecto que nos ocupa se encuentra dentro de la categoría A.Los defectos a tierra se eliminan tan rápidamente como sea posible y en cualquier casoantes de 1 minuto.Tensiones asignadas del cable y sus accesoriosLos cables y sus accesorios deberán designarse mediante Uo/U para proporcionarinformación sobre la adaptación con la aparamenta y los transformadores. A cada valorde Uo/U le corresponde una tensión soportada nominal a los impulsos de tipo rayo Up.La tensión asignada del cable Uo/U se elegirá en función de la tensión nominal de la red(Un), o tensión más elevada de la red (Us), y de la duración máxima del eventualfuncionamiento del sistema con una fase a tierra (categoría de la red), tal y como seespecifica en la tabla siguiente.

Niveles de aislamiento de los cables y sus accesorios

Tensiónnominal de la red Un

Tensión máselevada de la

red Us

kV

Categoríade la red

Características mínimas del cabley accesorios

Uo/U ó Uo

kVUp

kV

3 3,6A-B 1,8/3 45

C3,6/6 60

6 7,2A-B

C6/10 75

10 12A-B

C8,7/15 95

15 17,5A-B

C12/20 125

20 24A-B

C15/25 145

25 30A-B

C18/30 170

30 36A-B

C26/45 250

45 52 A-B

66 72,5 A-B 36 (1)

110 123 A-B 64 (1)

132 145 A-B 76 (1)

150 170 A-B 87 (1)

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220 245 A-B 127 (1)

400 420 A-B 220 (1)(1) El nivel de aislamiento a impulsos tipo rayo se determinará conforme a los criterios de coordinación deaislamiento establecidos en la norma UNE-EN 60071-1.Donde:Uo: Tensión asignada eficaz a frecuencia industrial entre cada conductor y la pantalla del cable, para la quese han diseñado el cable y sus accesorios.U: Tensión asignada eficaz a frecuencia industrial entre dos conductores cualesquiera para la que se handiseñado el cable y sus accesorios.Nota: Esta magnitud afecta al diseño de cables de campo no radial y a sus accesorios.Up: Valor de cresta de la tensión soportada a impulsos de tipo rayo aplicada entre cada conductor y lapantalla o la cubierta para el que se ha diseñado el cable o los accesorios.

2.2.- Materiales, cables y accesoriosCondiciones generalesLos materiales y su montaje cumplirán con los requisitos y ensayos de las normas UNEaplicables de entre las incluidas en la ITC-LAT02 y demás normas y especificacionestécnicas aplicables.En el caso de que no exista norma UNE, se utilizarán las Normas Europeas (EN o HD)correspondientes y, en su defecto, se recomienda utilizar la publicación CEIcorrespondiente (Comisión Electrotécnica Internacional).CablesLos cables utilizados en este proyecto serán subterráneos, tendrán los conductores dealuminio y estarán aislados con materiales adecuados a las condiciones de instalación yexplotación manteniendo, con carácter general, el mismo tipo de aislamiento de loscables de la red a la que se conecten. Estarán debidamente apantallados, y protegidoscontra la corrosión que pueda provocar el terreno donde se instalen o la producida porcorrientes erráticas, y tendrán resistencia mecánica suficiente para soportar las accionesde instalación y tendido y las habituales después de la instalación. Se exceptúan lasagresiones mecánicas procedentes de maquinaria de obra pública como excavadoras,perforadoras o incluso picos. Podrán ser unipolares o tripolares.AccesoriosLos accesorios serán adecuados a la naturaleza, composición y sección de los cables, yno deberán aumentar la resistencia eléctrica de éstos. Los accesorios deberán serasimismo adecuados a las características ambientales (interior, exterior, contaminación,etc.).Empalmes y terminacionesLos empalmes a utilizar serán unipolares, efectuándose la unión con manguitos dealuminio por compresión y reposición de capas semiconductoras, aislamiento pantalla ycubierta, de acuerdo con las normas dadas por los fabricantes del cable y de uso habitualde la Compañía Suministradora.2.3.- Instalación de cables aisladosLas canalizaciones se dispondrán, en general, por terrenos de dominio público en suelourbano o en curso de urbanización que tenga las cotas de nivel previstas en el proyectode urbanización (alineaciones y rasantes), preferentemente bajo las aceras y se evitaránlos ángulos pronunciados. El trazado será lo más rectilíneo posible, a poder ser paraleloen toda su longitud a las fachadas de los edificios principales o, en su defecto, a losbordillos. Así mismo, deberá tenerse en cuenta los radios de curvatura mínimos quepueden soportar los cables sin deteriorarse, a respetar en los cambios de dirección.Directamente enterradosSegún el RD 223/2008 la profundidad, hasta la parte superior del cable más próximo a la

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superficie, no será menor de 0,6m en acera o tierra, ni de 0,8m en calzada, sin embargo yatendiendo a la ordenanza de calas y canalizaciones Art.12, las conducciones seinstalarán a 1,00m de profundidad, por lo que la profundidad será esta última.Cuando existan impedimentos que no permitan lograr las mencionadas profundidades,éstas podrán reducirse, disponiendo protecciones mecánicas superficiales. Por elcontrario, deberán aumentarse cuando las condiciones de cruzamiento, proximidades yparalelismo así lo exijan.La zanja ha de ser de la anchura suficiente para permitir el trabajo de un hombre, salvoque el tendido del cable se haga por medios mecánicos. Sobre el fondo de la zanja secolocará una capa de arena o materal de características equivalentes de espesor mínimo5cm y exenta de cuerpos extraños. Los laterales de la zanja han de ser compactos y nodeben desprender piedras o tierra. La zanja se protegerá con estribas u otros mediospara asegurar su estabilidad, conforme a la normativa de riesgos laborales. Por encimadel cable se dispondrá una capa de 10cm de espesor, como mínimo, que podrá ser dearena o material de características equivalentes.Para proteger el cable frente a excavaciones hechas por terceros, los cables deberántener una protección mecánica que en las condiciones de instalación soporte un impactopuntual de una energía de 20J y que cubra la protección en planta de los cables, asícomo una cinta de señalización que advierta la existencia del cable eléctrico de AT. Seadmitirá también la colocación de placas con doble misión de protección y señalización.En canalización entubadaSe ejecutará en canalización entubada el tramo de cruce de calzada. La canalizaciónbajo calzada, tendrá 1,5m de profundidad y 0,6m de ancho, en la que se ubicarán 4 tubosde PVC de Ø 200mm. Estos quedarán embebidos en hormigón HM-15, que rellenará lazanja hasta 0,75cm de altura, ejecutándose finalmente el firme proyectado de espesortotal 50cm.Aproximadamente a 0,80m del fondo de la zanja se instalará la cinta de señalización,según normas UNE, No se instalará más de un circuito por tubo.Antes del tendido se eliminará de su interior la suciedad o tierra garantizándose el pasode los cables mediante mandrilado acorde a la sección interior del tubo o sistemaequivalente. Durante el tendido se deberán embocar correctamente para evitar la entradade tierra o de hormigón.Se evitará, en lo posible, los cambios de dirección de las canalizaciones entubadasrespetando los cambios de curvatura indicados por el fabricante de los cables. En lospuntos donde se produzcan, para facilitar la manipulación de los cables podrándisponerse arquetas con tapas registrables o no. Con objeto de no sobrepasar lastensiones de tiro indicadas en las normas aplicables a cada tipo de cable, en los tramosrectos se instalarán arquetas intermedias, registrables, ciegas o simplemente calas de tiroen aquellos casos que lo requieran. A la entrada de las arquetas, las canalizacionesentubadas deberán quedar debidamente selladas en sus extremos.La canalización deberá tener una señalización colocada de la misma forma que laindicada en el apartado anterior, para advertir de la presencia de cables de alta tensión.TendidoA fin de que los cables queden bien asentados en el terreno y para evitar la filtración deagua en el fondo de la zanja, se tenderá una capa de arena de barranco, de un espesorde 10 cm sobre la que se depositarán los cables. Se cubrirán estos con otra capa deidénticas características de un espesor mínimo de 10cm. Sobre ésta, se colocará unaprotección mecánica constituida por ladrillos rojos o rasillas colocadas con su máximadimensión en sentido perpendicular a los ejes de los cables.A continuación se tenderá otra capa con tierra procedente de la excavación de 20cm deespesor, apisonada por medios manuales. Se cuidará de que esta capa esté exenta de

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piedras o cascotes que debido a un accidental pliegue del terreno pudiera dañar lacubierta de los cables.Sobre esta capa se colocarán sendas bandas de polietileno, de color amarillo-naranja de15 ± 0,5cm de ancho y de 0,1mm de espesor, normalizada por la compañíasuministradora para señalización de cables subterráneos.A continuación se terminará de rellenar la zanja con parte del material extraído, debiendoutilizar para su compactación medios mecánicos.En los cruces de calzada el cable irá alojado en tubos de PVC de 200mm de diámetro,con lo cual, la relación diámetro tubo / diámetro cable, es superior a dos.Se ubicarán cuatro tubos, de los cuales dos serán de reserva. Estos tubos iránempotrados en un macizo de hormigón de 65cm de base por 42cm de altura, quedandouna separación entre tubos de 10cm.Se completará el resto de la excavación con material extraído, hasta llegar a la capaasfáltica.

Proceso de tendidoEn el proceso de tendido habrá que tener en cuenta los siguientes puntos:a) Que el fondo de la zanja esté bien terminado con fondo de arena.b) Para el tendido del cable serán necesarias poleas para el mismo, colocadas de forma

que el cable roce lo menos posible por el terreno.c) Al sacar el cable de la bobina habrá de tenerse mucho cuidado con los senos o

curvaturas y que estos no sean inferiores en ningún caso a lo establecido.d) Una vez tendido el cable se procurará que esté lo más recto posible, evitando

pequeñas curvaturas.e) En el caso de cables unipolares se unirán formando una terna con las tres fases

cogidas con cintillos aislantes cada metro y trenzando las fases entre sí.Las Normas NUECSA tienen por objeto establecer las dimensiones, anchura yprofundidad de las canalizaciones y de acuerdo con las mismas ha de tenerse en cuentalas siguientes consideraciones:1. El trazado de la línea será lo más corta posible.2. El radio de curvatura después de colocado el cable será como mínimo 15 veces sudiámetro exterior, y 25 veces en operaciones de tendido.3. Las canalizaciones discurrirán por terrenos del dominio público, a ser posible bajoacera, evitando ángulos pronunciados.4. Los cruces de las calzadas deberán ser perpendiculares, procurando evitarlos en loposible.5. En caso de aceras estrechas el cruce no se realizará perpendicularmente para evitarcurvaturas superiores a las establecidas (de hasta 1 m).

2.4.- Cruzamiento y paralelismoCondiciones generalesLos cables subterráneos enterrados directamente en el terreno deberán cumplir losrequisitos señalados en el presente apartado y las condiciones que pudieran imponerotros órganos competentes de la Administración, como consecuencia de disposicioneslegales, cuando sus instalaciones fueran afectadas por tendidos de cables subterráneosde A.TConforme a lo establecido en el artículo 162 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de

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diciembre, para las líneas subterráneas se prohíbe la plantación de árboles yconstrucción de edificios e instalaciones industriales en la franja definida por la zanjadonde van alojados los conductores, incrementada a cada lado en una distancia mínimade seguridad igual a la mitad de la anchura de la canalización.CruzamientosA continuación se fijan, para cada uno de los casos indicados, las condiciones a quedeben responder los cruzamientos de cables subterráneos de A.T

1.- Calles y carreterasLos cables se colocarán en canalizaciones entubadas hormigonadas en toda sulongitud. La profundidad hasta la parte superior del tubo más próximo a la superficieno será inferior a 0,6metros. Siempre que sea posible, el cruce se haráperpendicular al eje del vial.2.-Otros cables de energía eléctricaSiempre que sea posible, se procurará que los cables de alta tensión discurran pordebajo de los de baja tensión.La distancia mínima entre un cable de energía eléctrica de A.T y otros cables deenergía eléctrica será de 0,25metros. La distancia del punto de cruce a losempalmes será superior a 1metro. Cuando no puedan respetarse estas distancias,el cable instalado más recientemente se dispondrá separado mediante tubos,conductos o divisorias constituidos por materiales de adecuada resistenciamecánica, con una resistencia a la compresión de 450N y que soporten un impactode energía de 20J si el diámetro exterior del tubo no es superior a 90mm, 28J si essuperior a 90mm y menor o igual 140mm y de 40J cuando es superior a 140mm.4.- Cables de telecomunicaciónLa separación mínima entre los cables de energía eléctrica y los detelecomunicación será de 0,20metros. La distancia del punto de cruce a losempalmes, tanto del cable de energía como del cable de telecomunicación, serásuperior a 1metro. Cuando no puedan respetarse estas distancias, el cableinstalado más recientemente se dispondrá separado mediante tubos, conductos odivisorias constituidos por materiales de adecuada resistencia mecánica, con unaresistencia a la compresión de 450 N y que soporten un impacto de energía de 20Jsi el diámetro exterior del tubo no es superior a 90 mm, 28J si es superior a 90mm ymenor o igual 140mm y de 40J cuando es superior a 140mm.5 Canalizaciones de aguaLa distancia mínima entre los cables de energía eléctrica y canalizaciones de aguaserá de 0,2metros. Se evitará el cruce por la vertical de las juntas de lascanalizaciones de agua, o de los empalmes de la canalización eléctrica, situandounas y otros a una distancia superior a 1metro del cruce. Cuando no puedanmantenerse estas distancias, la canalización más reciente se dispondrá separadamediante tubos, conductos o divisorias constituidos por materiales de adecuadaresistencia mecánica, con una resistencia a la compresión de 450N y que soportenun impacto de energía de 20J si el diámetro exterior del tubo no es superior a90mm, 28J si es superior a 90mm y menor o igual 140mm y de 40J cuando essuperior a 140mm.5.-Conducciones de alcantarilladoSe procurará pasar los cables por encima de las conducciones de alcantarillado. Nose admitirá incidir en su interior. Se admitirá incidir en su pared (por ejemplo,instalando tubos), siempre que se asegure que ésta no ha quedado debilitada. Sino es posible, se pasará por debajo, y los cables se dispondrán separadosmediante tubos, conductos o divisorias constituidos por materiales de adecuada

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resistencia mecánica, con una resistencia a la compresión de 450 N y que soportenun impacto de energía de 20 J si el diámetro exterior del tubo no es superior a 90mm, 28 J si es superior a 90 mm y menor o igual 140 mm y de 40 J cuando essuperior a 140 mm.

Proximidades y paralelismosLos cables subterráneos de A.T deberán cumplir las condiciones y distancias deproximidad que se indican a continuación, procurando evitar que queden en el mismoplano vertical que las demás conducciones.

Los cables subterráneos de A.T deberán cumplir las condiciones y distancias deproximidad que se indican a continuación, procurando evitar que queden en el mismoplano vertical que las demás conducciones.

1.-Otros cables de energía eléctricaLos cables de alta tensión podrán instalarse paralelamente a otros de baja o alta tensión,manteniendo entre ellos una distancia mínima de 0,25 metros. Cuando no puedarespetarse esta distancia la conducción más reciente se dispondrá separada mediantetubos, conductos o divisorias constituidos por materiales de adecuada resistenciamecánica, con una resistencia a la compresión de 450 N y que soporten un impacto deenergía de 20 J si el diámetro exterior del tubo no es superior a 90 mm, 28 J si essuperior a 90 mm y menor o igual 140 mm y de 40 J cuando es superior a 140 mm.En el caso que un mismo propietario canalice a la vez varios cables de A.T del mismonivel de tensiones, podrá instalarlos a menor distancia.2.-Cables de telecomunicaciónLa distancia mínima entre los cables de energía eléctrica y los de telecomunicación seráde 0,20 metros. Cuando no pueda mantenerse esta distancia, la canalización másreciente instalada se dispondrá separada mediante tubos, conductos o divisoriasconstituidos por materiales de adecuada resistencia mecánica, con una resistencia a lacompresión de 450 N y que soporten un impacto de energía de 20 J si el diámetroexterior del tubo no es superior a 90 mm, 28 J si es superior a 90 mm y menor o igual 140mm y de 40 J cuando es superior a 140 mm.3.-Canalizaciones de aguaLa distancia mínima entre los cables de energía eléctrica y las canalizaciones de aguaserá de 0,20 metros. La distancia mínima entre los empalmes de los cables de energíaeléctrica y las juntas de las canalizaciones de agua será de 1 metro. Cuando no puedanmantenerse estas distancias, la canalización más reciente se dispondrá separadamediante tubos, conductos o divisorias constituidos por materiales de adecuadaresistencia mecánica, con una resistencia a la compresión de 450 N y que soporten unimpacto de energía de 20 J si el diámetro exterior del tubo no es superior a 90 mm, 28 Jsi es superior a 90 mm y menor o igual 140 mm y de 40 J cuando es superior a 140 mm.Se procurará mantener una distancia mínima de 0,20 metros en proyección horizontal y,también, que la canalización de agua quede por debajo del nivel del cable eléctrico.Por otro lado, las arterias importantes de agua se dispondrán alejadas de forma que seaseguren distancias superiores a 1metro respecto a los cables eléctricos de alta tensión.

Acometidas (conexiones de servicio)

En el caso de que alguno de los dos servicios que se cruzan o discurren paralelos seauna acometida o conexión de servicio a un edificio, deberá mantenerse entre ambos unadistancia mínima de 0,30metros. Cuando no pueda respetarse esta distancia, la

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conducción más reciente se dispondrá separada mediante tubos, conductos o divisoriasconstituidos por materiales de adecuada resistencia mecánica, con una resistencia a lacompresión de 450N y que soporten un impacto de energía de 20J si el diámetro exteriordel tubo no es superior a 90mm, 28J si es superior a 90mm y menor o igual 140mm y de40J cuando es superior a 140mm.2.5.- Intensidades AdmisiblesIntensidades máximas permanentes en los conductores

1.-Temperatura máxima admisible

Cables aislados con aislamiento secoTemperatura máxima, en °C, asignada al conductor

Tipo de aislamiento secoCondiciones

ServicioPermanente θs

Cortocircuito Occ(t≤5s)

Policloruro de vinilo (PVC)*S ≤ 300 mm²S > 300 mm²

7070

160140

Polietileno reticulado(XLPE) 90 250

Etileno Propileno (EPR) 90 250

Etileno Propileno de alto módulo (HEPR) 105 para Uo/U ≤ 18/30 kV90 para Uo/U > 18/30 kV 250

* Solo para instalaciones de tensión asignada hasta 6 kV.

Condiciones de instalación enterrada

1.-Condiciones tipo de instalación directamente enterrada

A los efectos de determinar la intensidad máxima admisible, se considerará unainstalación tipo con cables de aislamiento seco hasta 18/30 kV formada por un terno decables unipolares directamente enterrado en toda su longitud a 1 metro de profundidad(medido hasta la parte superior del cable), en un terreno de resistividad térmica media de1,5 K.m/W, con una temperatura ambiente del terreno a dicha profundidad de 25 ºC y conuna temperatura del aire ambiente de 40 ºC.

Intensidades máximas admisibles (A) en servicio permanente y con corriente alterna.Cables unipolares aislados de hasta 18/30 kV directamente enterrados

Sección (mm²)EPR XLPE HEPR

Cu Al Cu Al Cu Al

25 125 96 130 100 135 105

35 145 115 155 120 160 125

50 175 135 180 140 190 145

70 215 165 225 170 235 180

95 255 200 265 205 280 215

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120 290 225 300 235 320 245

150 325 255 340 260 360 275

185 370 285 380 295 405 315

240 425 335 440 345 470 365

300 480 375 490 390 530 410

400 540 430 560 445 600 470

3.-Cables enterrados en zanja en el interior de tubos o similares

No deberá instalarse más de un cable tripolar por tubo o más de un sistema de tresunipolares por tubo. La relacion de diámetros entre tubo y cable o conjunto de tresunipolares no será inferior a 1,5. En el caso de instalar un cable unipolar por tubo, el tubodeberá ser de material amagnético.Tubos de gran longitud: En el caso de una línea con un terno de cables unipolares por elmismo tubo, se utilizarán los valores de intensidades indicados en la tabla siguiente,calculados para una resistividad térmica del tubo de 3,5 K.m/W y para un diámetro interiordel tubo superior a 1,5 veces del diámetro equivalente de la terna de cables unipolares.

Intensidades máximas admisibles (A) en servicio permanente y con corriente alterna.Cables unipolares aislados de hasta 18/30 kV tubo

Sección (mm²)EPR XLPE HEPR

Cu Al Cu Al Cu Al

25 115 90 120 90 125 95

35 135 105 145 110 150 115

50 160 125 170 130 180 135

70 200 155 205 160 220 170

95 235 185 245 190 260 200

120 270 210 280 215 295 230

150 305 235 315 245 330 255

185 345 270 355 280 375 290

240 400 310 415 320 440 345

300 450 355 460 365 500 390

400 510 405 520 415 565 450

Si se trata de una agrupacion de tubos, la intensidad admisible dependerá del tipo deagrupación empleado y variará para cada cable o terno según esté colocado en un tubocentral o periférico. Cada caso deberá estudiarse individualmente por el proyectista.Además se tendrán en cuenta los coeficientes aplicables en funcion de la temperatura yresistividad térmica del terreno y profundidad de la instalación.

Intensidades de cortocircuito máximas admisibles en los conductores

Las intensidades máximas de cortocircuito admisibles en los conductores se calcularánde acuerdo con la Norma UNE 21192, siendo válido el cálculo aproximado de las

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densidades de corriente que se indica a continuación.

Estas densidades de corriente se calculan de acuerdo con las temperaturasespecificadas en la tabla Las temperaturas máximas admisibles de los conductores,considerando como temperatura inicial, θi, la máxima asignada al conductor para serviciopermanente, θs, y como temperatura final la máxima asignada al conductor paracortocircuitos de duración inferior a 5 segundos, θcc. En el cálculo se considera que todoel calor desprendido durante el proceso es absorbido por los conductores, ya que sumasa es muy grande en comparación con la superficie de disipación de calor y laduración del proceso es relativamente corta (proceso adiabático).

En estas condiciones:

CC

CC

t

K

S

I

en donde,Icc: corriente de cortocircuito, en amperios.S: sección del conductor, en mm².K: coeficiente que depende de la naturaleza del conductor y de las temperaturas al inicioy final del cortocircuito.tcc: duración del cortocircuito, en segundos.

Si se desea conocer la intensidad de corriente de cortocircuito para un valor de tcc,distinto de los tabulados, se aplica la fórmula anterior. K coincide con el valor de densidadde corriente tabulado para tcc = 1s, para los distintos tipos de aislamiento.

Si, por otro lado, interesa conocer la densidad de corriente de cortocircuitocorrespondiente a una temperatura inicial θi diferente a la máxima asignada al conductorpara servicio permanente θs, basta multiplicar el correspondiente valor de la tabla por elfactor de corrección,

βθβθ

βθβθ

S

CC

i

CC

Donde β = 228 para el aluminio.

En la tabla siguiente se indican las densidades máximas admisibles de la corriente decortocircuito en los conductores de aluminio, de los cables aislados con diferentesmateriales, en función de los tiempos de duración del cortocircuito.

Densidad máxima admisible de corriente de cortocircuito, en A/mm², para conductores dealuminio

Tipo de aislamiento Δθ*(K)

Duración del cortocircuito, tcc, en segundos

0,1 0,2 0,3 0,5 0,6 1,0 1,5 2,0 2,5 3,0

PVC:

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sección ≤ 300 mm² 90 240 170 138 107 98 76 62 53 48 43

sección > 300 mm² 70 215 152 124 96 87 68 55 48 43 39

XLPE, EPR y HEPR 160 298 211 172 133 122 94 77 66 59 54

HEPR Uo/U≤ 18/30 kV 145 281 199 162 126 115 89 73 63 56 51

* Δθ es la diferencia entre la temperatura de servicio permanente y la temperatura de cortocircuito.

2.6.- ProteccionesProtección contra sobreintensidadesLas líneas proyectadas están debidamente protegidas contra los efectos peligrosos,térmicos y dinámicos que puedan originar las sobreintensidades susceptibles deproducirse en la instalación, cuando éstas puedan dar lugar a averías y daños en lascitadas instalaciones.Las salidas de línea estarán protegidas contra cortocircuitos y, cuando proceda, contrasobrecargas. Para ello se colocarán cortacircuitos fusibles o interruptores automáticos,con emplazamiento en el inicio de las líneas. Las características de funcionamiento dedichos elementos corresponderán a las exigencias del conjunto de la instalación de laque el cable forme parte integrante, considerando las limitaciones propias de éste.En cuanto a la ubicación y agrupación de los elementos de protección de lostransformadores, así como los sistemas de protección de las líneas, se aplicará loestablecido en la ITC MIE-RAT 09 del Reglamento sobre condiciones técnicas ygarantías de seguridad en centrales eléctricas, subestaciones y centros detransformación.Los dispositivos de protección utilizados no deberán producir, durante su actuación,proyecciones peligrosas de materiales ni explosiones que puedan ocasionar daños apersonas o cosas.Entre los diferentes dispositivos de protección contra las sobreintensidadespertenecientes a la misma instalación, o en relación con otros exteriores a ésta, seestablecerá una adecuada coordinación de actuación para que la parte desconectada encaso de cortocircuito o sobrecarga sea la menor posible.

1.- Protección contra cortocircuitosLa protección contra cortocircuito por medio de fusibles o interruptores automáticos seestablecerá de forma que la falta sea despejada en un tiempo tal que la temperaturaalcanzada por el conductor durante el cortocircuito no exceda de la máxima admisibleasignada en cortocircuito.Las intensidades máximas admisibles de cortocircuito en los conductores y pantallas,correspondientes a tiempos de desconexión comprendidos entre 0,1 y 3 segundos, seránlas indicadas en la memoria de este proyecto.

2.- Protecciones contra sobrecargasEn general, no será obligatorio establecer protecciones contra sobrecargas, si bien esnecesario, controlar la carga en el origen de la línea o del cable mediante el empleo deaparatos de medida, mediciones periódicas o bien por estimaciones estadísticas a partirde las cargas conectadas al mismo, con objeto de asegurar que la temperatura del cableno supere la máxima admisible en servicio permanente.

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3.- JUSTIFICACIÓN DEL DECRETO 337/2014

3.1.- ObjetoEste reglamento tiene por objeto establecer las condiciones técnicas y garantías deseguridad a que han de someterse las instalaciones eléctricas de alta tensión, a fin de:a) Proteger las personas y la integridad y funcionalidad de los bienes que pueden resultarafectados por las mismas.b) Conseguir la necesaria calidad en los suministros de energía eléctrica y promover laeficiencia energética.c) Establecer la normalización precisa para reducir la extensa tipificación que existe en lafabricación de material eléctrico.d) Facilitar desde la fase de proyecto de las instalaciones su adaptación a los futurosaumentos de carga racionalmente previsibles.3.2.- Ámbito de aplicaciónEste reglamento es de aplicación dado que esta instalación se engloba dentro de lasinstalaciones eléctricas de alta tensión, entendiéndose como tales las de corriente alternatrifásica de frecuencia de servicio inferior a 100 Hz, cuya tensión nominal eficaz entrefases sea superior a 1 kV.A efectos de este reglamento se consideran incluidas todas las instalaciones eléctricas deconjuntos o sistemas de elementos, componentes, estructuras, aparatos, máquinas ycircuitos de trabajo entre los límites de tensión y frecuencia especificados que se utilicenpara la producción y transformación de la energía eléctrica o para la realización decualquier otra transformación energética con intervención de la energía eléctrica.También se incluyen los circuitos auxiliares asociados a las instalaciones de alta tensióncon fines de protección, medida, control, mando y señalización, independientemente desu tensión de alimentación, así como los cuadros de distribución de baja tensión quepuedan ser objeto de requisitos técnicos adicionales por el hecho de estar dentro de unainstalación de alta tensión.El reglamento se aplicará:a) A las nuevas instalaciones, a sus modificaciones y a sus ampliaciones.b) A las instalaciones existentes antes de su entrada en vigor que sean objeto demodificaciones, afectando las disposiciones de este reglamento exclusivamente a la partede instalación modificada.c) A las instalaciones existentes antes de su entrada en vigor, en lo referente al régimende inspecciones que se establecen en el reglamento sobre periodicidad y agentesintervinientes, si bien los criterios técnicos aplicables en dichas inspecciones serán loscorrespondientes a la reglamentación con la que se aprobaron.d) A las instalaciones existentes antes de su entrada en vigor, cuando a juicio del órganocompetente de la comunidad autónoma, su estado, situación o características impliquenun riesgo grave para las personas o los bienes, o produzcan perturbaciones en.el normalfuncionamiento de otras instalaciones, salvo que dicho riesgo pueda subsanarsemediante la aplicación de la reglamentación con la que se autorizó la instalación original.3.3.- Tensiones Nominales. Clasificación de las instalacionesLas instalaciones eléctricas incluidas en este reglamento se clasificarán, atendiendo a sutensión nominal, en las categorías siguientes:a) Categoría especial: Las instalaciones de tensión nominal igual o superior a 220 kV ylas de tensión inferior que formen parte de la Red de Transporte de acuerdo con loestablecido en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.

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b) Primera categoría: Las de tensión nominal inferior a 220 kV y superior a 66 kV.c) Segunda categoría: Las de tensión nominal igual o inferior a 66 kV y superiora 30 kV.d) Tercera categoría: Las de tensión nominal igual o inferior a 30 kV y superior a 1kV.Si en una instalación existen circuitos o elementos en los que se utilicen distintastensiones, el conjunto de la instalación se considerará, a efectos administrativos, referidoal de mayor tensión nominal.3.4.- Frecuencia de la red eléctrica nacionalLa frecuencia nominal obligatoria para las redes de transporte y distribución es de 50 Hz.3.5.- Compatibilidad con otras instalacionesLas instalaciones de alta tensión deben estar dotadas de los elementos necesarios paraque su explotación e incidencias no produzcan perturbaciones anormales en elfuncionamiento de otras instalaciones.

3.6.- ITC-RAT-05 " CIRCUITOS ELÉCTRICOS"3.6.1.- CIRCUITOS ELÉCTRICOS DE BAJA TENSIÓN CONSIDERADOS COMO DEALTA TENSIÓNTodos los circuitos de baja tensión no conectados a tierra, que estén en contacto conmáquinas o aparatos de alta tensión, o que estén muy próximos a otros circuitos de altatensión, deben ser considerados, a efectos de su disposición y servicio, como si fuesenellos mismos elementos de alta tensión.No se considerarán como circuitos de alta tensión, los circuitos de baja tensiónpróximos a otros de alta tensión con neutros o pantallas conectados a tierradirectamente o a través de un dispositivo limitador de sobretensiones adecuado.

3.6.2.- Separación de circuitosLos circuitos correspondientes a tensiones diferentes, deberán separarse entre sí ydisponerse de modo que se reduzcan al mínimo los riesgos para las personas y lainstalación.

3.6.3.- Conductores eléctricosLos conductores podrán ser de cualquier material metálico que permita construir cables operfiles de características adecuadas para su fin, debiendo presentar, además,resistencia a la corrosión.Los conductores podrán emplearse desnudos o recubiertos de materiales aislantesapropiados

3.6.4.- ConexionesLas conexiones de los conductores a los aparatos, así como los empalmes entreconductores, deberán realizarse mediante dispositivos adecuados, de forma tal que noincrementen sensiblemente la resistencia eléctrica del conductor.Los dispositivos de conexión y empalme serán de diseño y naturaleza tal que eviten losefectos electrolíticos, si estos fueran de temer, y deberán tomarse las precaucionesnecesarias para que las superficies en contacto no sufran deterioro que perjudique laresistencia mecánica necesaria.En estos dispositivos, así como en los de fijación de los conductores a los aisladores, seadoptarán medidas para limitar las posibles pérdidas por histéresis y por corrientes de

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Foucault, evitando establecer circuitos cerrados de materiales ferromagnéticos alrededordel conductor.

3.6.5.- CanalizacionesLos conductores de energía eléctrica en el interior del recinto de la instalación seconsideraran divididos en canalizaciones de baja tensión y de alta tensión.Las canalizaciones de baja tensión deberán ser dispuestas y realizadas de acuerdo conel Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión.Las canalizaciones de alta tensión deberán ser dispuestas y realizadas de acuerdo con elReglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas dealta tensión, considerando en la transición a las acometidas de instalaciones de altatensión lo indicado en el apartado de canalizaciones aisladas de esta instrucción. Setendrá en cuenta, en su disposición, el peligro de incendio, su propagación yconsecuencias, para lo cual se procurará reducir al mínimo sus riesgos adoptando lasmedidas que a continuación se indican:

a) Las canalizaciones no deberán disponerse sobre materiales combustibles noautoextinguibles, ni se encontrarán cubiertas por ellos.b) Los cables auxiliares de medida, mando, etc., se mantendrán separados de los cablescon tensiones de servicio superiores a 1kV o deberán estar protegidos mediante tabiquesde separación o en el interior de canalizaciones o tubos metálicos puestos a tierra.c) Las galerías subterráneas, atarjeas, zanjas y tuberías para alojar conductores deberánser amplias y con ligera inclinación hacia los pozos de recogida de aguas, o bien estaránprovistas de tubos de drenaje.

3.6.5.1.- Canalizaciones con conductores aisladosEn el diseño de estas canalizaciones se tendrá en cuenta lo especificado en elreglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas dealta tensión.En la transición de las canalizaciones para su acometida a las instalaciones, se podráreducir la profundidad y separación de los circuitos para adecuarlos a la entrada de lainstalación, siendo las distancias al inicio de la transición las aplicables según elreglamento de líneas de alta o baja tensión que corresponda. En este tramo, lacanalización mantendrá una inclinación tal que no se supere el mínimo radio de curvaturarecomendado por el fabricante de los cables, estando los cables protegidos mediantetubos en todo el tramo.

Cables aislados

Las características e instalación de estos cables estarán de acuerdo con la ITC-LAT 06del reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricasde alta tensión.La instalación de estos cables aislados podrá ser:a) Directamente enterrado en zanja abierta en el terreno con lecho y relleno de arenadebidamente preparado.b) En tubos debidamente enterrados en zanjas.c) En atarjeas o canales revisables, con un sistema de evacuación de agua cuando esténa la intemperie. Este tipo de canalizaciones no podrá usarse en las zonas de libre accesoal público, salvo que el acceso al interior de la atarjea o canal revisable requiera demedios mecánicos para su manipulación, llaves o herramientas.d) En bandejas, soportes, palomillas o directamente sujetos a la pared.

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e) Colgados de fiadores, situados a una altura que permita, cuando sea necesario, la librecirculación sin peligro de personas o vehículos, siendo obligatoria la indicación delmáximo gálibo admisible.Cuando cualquiera de estas canalizaciones atraviese paredes, muros, tabiques ocualquier otro elemento que delimite secciones de protección contra incendios, se haráde forma tal que el cierre obtenido presente una resistencia al fuego equivalente.

Conductores rígidos recubiertos de material aislante

Estos conductores son generalmente barras, pletinas, alambrones o redondos recubiertosde material aislante. Estos conductores debido a su aislamiento, permiten reducir lasdistancias entre fases y a tierra, pero a efectos de seguridad a las personas, deben deconsiderarse como conductores desnudos, salvo que se incorporen en un conjuntoprefabricado de aparamenta, conforme a lo establecido en la ITC-RAT 17.

3.6.6.- Intensidades admisibles en los conductoresLa sección en los conductores desnudos utilizados en instalaciones de alta tensión sedeterminará de modo tal que la temperatura máxima en servicio (calentamiento mástemperatura ambiente) no sea superior a 85 ºC, tanto para conductores de cobre comode aluminio. Esta prescripción no es aplicable a los conductores que formen parte de unproducto con norma de obligado cumplimiento según la ITC-RAT 02 ni en aquellos casos en los que el proyectista justifique que una temperatura deservicio superior no afecta a lo materiales de soporte o aislantes en contacto con losconductores desnudos. Se deberán tomar las medidas apropiadas para compensar lasdilataciones de las barras o varillas.Para los conductores aislados, la sección se determinará teniendo en cuenta loestablecido en la ITC-LAT 06 del reglamento sobre condiciones técnicas y garantías deseguridad en líneas eléctricas de alta tensión.

3.7.- ITC-RAT-06 "APARATOS DE MANIOBRA DE CIRCUITOS"3.7.1.- Maniobra de circuitosLas maniobras de interrupción y seccionamiento de circuitos, deben ser efectuadasmediante aparatos adecuados a la operación a realizar. Los aparatos empleados pararealizar estas maniobras cumplirán con las normas de producto aplicables en cada caso.La intensidad máxima admisible de corta duración de los aparatos de maniobra decircuitos deberá ser adecuada para soportar la intensidad de cortocircuito máximaprevista en su punto de instalación.3.7.2.- Interruptores e interruptores automáticos1.- Los interruptores, automáticos o no, podrán emplear para la extinción del arcosistemas basados en el uso de dieléctricos como aceites o líquidos aislantesequivalentes, aire comprimido, hexafluoruro de azufre, vacío, y tecnologías basadas enlos principios de soplado magnético, autosoplado, o cualquier otro principio que laexperiencia aconseje.Se indicarán claramente las posiciones de "cerrado" y "abierto", por medio de rótulos enel mecanismo de maniobra.2.- La maniobra de los interruptores podrá efectuarse de la forma que se estime másconveniente: mecánicamente, por resorte acumulador de energía, eléctricamente porsolenoide o motor, por aire comprimido, etc.Se prohíbe la utilización de interruptores, previstos para apertura y cierre manual, en losque el movimiento de los contactos sea dependiente de la actuación del operador. El

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interruptor debe de tener un poder de cierre y de corte independiente de la actuación deloperador.3.- En el caso de interruptores de extinción de arco por aire comprimido, los depósitos deaire del propio interruptor deberán estar dimensionados de forma tal que sea posiblerealizar, por lo menos, el siguiente ciclo: "abrir-cerrar-abrir" partiendo de la posiciónnormal de trabajo (cerrado), sin necesidad de reposición de aire. Será obligatorio instalarun equipo de compresión y almacenamiento de aire, independiente de los depósitos delpropio interruptor, cuya capacidad este prevista teniendo en cuenta el número deinterruptores y el ciclo de explotación establecido.4.- Cualquiera que sea el mecanismo adoptado para la maniobra de los interruptoresautomáticos, será de disparo libre.5.- Todos los interruptores automáticos estarán equipados con un dispositivo de aperturalocal, actuado manualmente. La apertura será iniciada por un dispositivo que podrá sereléctrico, mecánico, hidráulico o combinación de los anteriores sistemas.6.- Con carácter general, salvo casos especiales justificados por la aplicación, losinterruptores automáticos deberán satisfacer con su pleno poder de corte uno de losciclos de reenganche normalizados en la Norma UNE-EN 62271-100.Al final del ciclo el interruptor será capaz de soportar permanentemente el paso de sucorriente asignada en servicio continuo.7.- Cuando los interruptores estén asociados a seccionadores de puesta a tierra deberánestar dotados de un enclavamiento seguro entre el interruptor y el seccionador de puestaa tierra.8.- Cuando en centros de transformación se tenga que acceder a partes activas o setengan que realizar trabajos cerca de partes en tensión, se asegurará la ausencia detensión y la puesta a tierra de las partes activas tanto del transformador como del cuadrode BT, teniendo en cuenta la posibilidad de la aparición de tensiones de retorno por ellado de BT. A tal efecto se elaborará un procedimiento de operación que garantice laseguridad o se establecerán los enclavamientos necesarios para lograr el mismo nivel deseguridad.En cualquier caso se podrán realizar trabajos en proximidad de tensión o en tensióncuando se cumplan los requisitos de la reglamentación aplicable.3.7.3.- Seccionadores y seccionadores de puesta a tierra1.- Los seccionadores y seccionadores de puesta a tierra deberán tener lascaracterísticas adecuadas a la índole de su función, a la instalación y a la tensión ycorriente de servicio.2.- Los seccionadores y seccionadores de puesta a tierra, así como sus accionamientoscorrespondientes en su caso, tienen que estar dispuestos de manera tal que no puedanproducirse maniobras intempestivas por los efectos de la presión o de la tracción ejercidacon la mano sobre el varillaje, por la presión del viento, por trepidaciones, por la fuerza degravedad o bajo esfuerzos electrodinámicos producidos por las corrientes decortocircuito.3.- En el caso de que los seccionadores y seccionadores de puesta a tierra esténequipados con servomecanismos de mando de cualquier tipo, la concepción de estosserá tal que no puedan producirse maniobras intempestivas por avería en los elementosde dichos mandos en sus circuitos de alimentación o por falta de la energía utilizada pararealizar el accionamiento.4.- Cuando los seccionadores estén asociados a seccionadores de puesta a tierradeberán estar dotados de un enclavamiento seguro entre el seccionador y el seccionadorde puesta a tierra.5.-Los aisladores de los seccionadores estarán dispuestos de tal forma que ningunacorriente de fuga peligrosa circule entre bornes de un lado y cualquiera de los bornes del

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otro lado del seccionador. Esta prescripción de seguridad se considerará satisfechacuando esté previsto que toda la corriente de fuga se dirija hacia tierra, por medio de unaconexión a tierra segura o cuando el aislamiento utilizado esté protegido eficazmentecontra la contaminación en servicio.6.- Los seccionadores de puesta a tierra que no tengan un enclavamiento que impida sucierre sobre un circuito en tensión, tendrán un poder de cierre igual o mayor que el valorde cresta de la intensidad de cortocircuito prevista en el punto de instalación, oalternativamente existirá un procedimiento de acuerdo con el punto siete del aprtadosiguiente, que garantice la seguridad de la operación.7.- La corriente asignada mínima de los seccionadores será de 200 amperios.3.7.4.- Condiciones de empleo1.-Para aislar o separar máquinas, transformadores, líneas y otros circuitos, deberáninstalarse seccionadores cuya disposición debe ser tal que pueda ser comprobada asimple vista su posición o, de lo contrario, deberá disponerse un sistema seguro queseñale la posición del seccionador de acuerdo con la norma UNE-EN 62271-102.2.-Cuando el interruptor presente las características de aislamiento exigidas a losseccionadores y su posición de "abierto" sea visible o señalada por un medio seguro, deacuerdo con lo indicado en la norma UNE-EN 62271-102, este aparato podrá hacer lasfunciones del seccionador citado en el punto anterior.3.-Podrán suprimirse los seccionadores en el caso de utilizarse aparatos extraíbles, conlos dispositivos de seguridad necesarios para evitar falsas maniobras, e impedir el accesoinvoluntario a los puntos con tensión que quedasen al descubierto al retirar el aparato.4.- Los cortacircuitos fusibles que, al actuar, den lugar automáticamente a una separaciónde contactos visible y equiparable a las características de aislamiento y seguridadexigidas a los seccionadores, serán considerados como tales, a efectos de lo señaladoen el punto 1.5.- Cuando en los circuitos secundarios de los transformadores existiesen dispositivosque permitan quitar previamente la carga, bastara instalar en el lado de alimentación delos primarios un aparato de corte solamente para la corriente de vacío de lostransformadores, siempre que exista un enclavamiento o un procedimiento de actuaciónde acuerdo con el punto 7, que impida la maniobra de este último aparato sin que sehaya quitado previamente la carga del transformador.6.- En el seccionamiento sin carga de líneas aéreas y cables aislados, debe tenersepresente la posible presencia de corrientes capacitivas.Particularmente, se tendrá en cuenta que estas corrientes, combinadas con lasmagnetizantes de los transformadores, pueden dar lugar a fenómenos de ferroresonancia magnética en el caso de seccionamiento unipolar.7.- Se recomienda el uso de enclavamientos adecuados para evitar, en las maniobras, laapertura o cierre indebidos de un seccionador o el cierre de un seccionador de puesta atierra sin poder de cierre. Si no existe tal enclavamiento será necesario elaborar unprocedimiento de operación que sea conocido por los operadores y que garantice laseguridad.8.- En centros de transformación privados, cuando se pueda acceder a un transformadorcon partes en tensión accesibles a las personas a través de una puerta o rejilla deacceso, existirá un enclavamiento mecánico con el interruptor del primario deltransformador, de tal forma que para acceder al transformador el interruptor del primariotenga que estar abierto, y que no se pueda cerrar dicho interruptor mientras que la puertapermanezca abierta o la rejilla desmontada.En cualquier caso se podrán realizar trabajos en proximidad de tensión o en tensióncuando se cumplan los requisitos de la reglamentación aplicable.

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3.8.- ITC-RAT-07 " TRANSFORMADORES Y AUTOTRANSFORMADORES DEPOTENCIA"

En general, tanto los transformadores de potencia conectados a una red trifásica, serándel tipo de máquina trifásica.Los transformadores de potencia deberán de cumplir con las Normas UNE- EN 60076.Los transformadores trifásicos en baño de aceite y los de tipo seco para distribución enbaja tensión hasta 2500 kVA y tensión primaria más elevada para el material de hasta 36kV, cumplirán con las normas aplicables correspondientes de la ITC-RAT 02.El fabricante deberá entregar el correspondiente protocolo de ensayos realizado paracada transformador.3.8.1.- Grupos de conexiónLos grupos de conexión de los transformadores de potencia se fijaran de acuerdo con lanorma UNE-EN 60076, debiéndose elegir el más adecuado para el punto de la red dondese instale el transformador.El grupo de conexión de los transformadores trifásicos en baño de aceite y los de tiposeco para distribución en baja tensión hasta 2500 kVA y tensión primaria más elevadapara el material de hasta 36 kV, estará de acuerdo con las normas sobre transformadoresde distribución aplicables de la ITC-RAT 02.Los transformadores conectados directamente a una red de distribución pública deberántener un grupo de conexión adecuado, de forma que los desequilibrios de la cargarepercutan lo menos posible en la red.La conexión exigida por la compañia es la: Dyn113.8.2.- RegulaciónTanto los transformadores como los autotransformadores podrán disponer de undispositivo que permita, en escalones apropiados, la regulación en carga de la tensiónpara asegurar la continuidad del servicio.Se admite también la existencia de una regulación de tensión, estando la máquina sintensión, a fin de adaptar su relación de transformación a las exigencias de la red.3.8.3.- AnclajeSe tomarán las medidas apropiadas para evitar que los transformadores de potenciapuedan moverse en las condiciones normales de explotación o por efecto de losesfuerzos electrodinámicos a los que pueda estar sometido.3.8.4.- Pérdidas y niveles de potencia acústica máximosPara los transformadores trifásicos en baño de aceite para distribución en baja tensiónhasta 2500 kVA, los valores de pérdidas y niveles de potencia acústica deben ser comomáximo los indicados en las normas de obligado cumplimiento correspondientes quefiguran en la ITC-RAT 02, pero en ningún caso podrán ser superiores a los valores de latabla 1. Los valores establecidos de impedancia de cortocircuito a 75ºC deben ser los quese indican en la siguiente tabla.

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Pérdidas debidas a la carga Pk(W) a 75 ºC, pérdidas en vacío P0(W), nivel de potencia acústicaLw(A) e impedancia de cortocircuito a 75ºC, para transformadores de distribución de Um≤36 kV.

Nota1: para potencias diferentes de las indicadas en la tabla, los valores de las pérdidas y de lapotencia acústica deben determinarse por interpolación.Nota2: los valores de la tabla están sujetos a las tolerancias especificadas en la norma de la serieUNE-EN 60076, excepto los niveles de potencia acústica que corresponden a máximosadmisibles.

3.8.5.- Cableado auxiliarTodo el cableado auxiliar instalado exteriormente al transformador y que forme conjuntocon él, deberá ser resistente a la degradación por líquidos aislantes, a las condicionesclimáticas (según UNE 211605) y no propagarán la llama (según UNE-EN 60332-1-2).

3.9.- ITC-RAT-09 " PROTECCIONES"3.9.1.- Protección contra sobreintensidadesLas instalaciones deberán estar debidamente protegidas contra los efectos peligrosos,térmicos y dinámicos, que puedan originar las corrientes de cortocircuito y las desobrecarga cuando éstas puedan producir averías y daños en las citadas instalaciones.Para las protecciones contra las sobreintensidades se utilizarán interruptores automáticoso cortacircuitos fusibles, con las características de funcionamiento que correspondan alas exigencias de la instalación que protegen.Las sobreintensidades deberán eliminarse por un dispositivo de protección utilizado sinque produzca proyecciones peligrosas de materiales ni explosiones que puedanocasionar daños a personas o cosas.Entre los diferentes dispositivos de protección contra las sobreintensidadespertenecientes a la misma instalación, o en relación con otras exteriores a ésta, seestablecerá una adecuada coordinación de actuación para que la parte desconectada encaso de cortocircuito o sobrecarga sea la menor posible.

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3.9.2.- Protección contra sobretensionesLas instalaciones eléctricas deberán protegerse contra las sobretensiones peligrosastanto de origen interno como de origen atmosférico, de carácter transitorio, cuando laimportancia de la instalación, el valor de las sobretensiones y su frecuencia deocurrencia, así lo aconsejen.Para la protección contra sobretensiones transitorias se utilizarán pararrayos, según laUNE-EN 60099-1 y UNE-EN 60099-4. Los bornes de tierra de los pararrayos y, en sucaso, los cables de guarda, se unirán a la toma de tierra de acuerdo con lo establecido enla ITC-RAT 13.En general, en redes o instalaciones de tercera categoría no conectadas a líneasaéreas no serán precisas estas protecciones cuando su nivel de aislamiento sea elde la lista 2 según la ITC-RAT 12.3.9.3.- Protección contra sobrecalentamientoEn caso necesario las instalaciones deberán estar debidamente protegidas contra lossobrecalentamientos, de acuerdo con lo que se indica en el siguiente apartado.3.9.4.- Protecciones específicas de máquinas e instalaciones3.9.4.1.- Transformadores y autotransformadores de potenciaTransformadores AT/BT

Los transformadores AT/BT deberán protegerse contra sobreintensidades de acuerdo conlos criterios siguientes:a) Los transformadores que dispongan de un sistema de monitorización de la evolución

de las cargas en tiempo real, no necesitarán protección contra estassobreintensidades. En los demás casos, se protegerán contra sobrecargas por mediode interruptores accionados por relés de sobreintensidad, o dispositivos térmicos quedetecten la temperatura del devanado o del medio refrigerante.

b) Todos los transformadores AT/BT estarán protegidos contra los cortocircuitos deorigen externo en el lado de salida. Contra los cortocircuitos internos habrá siempreuna protección adecuada en el circuito de alimentación. La protección contracortocircuitos de transformadores de potencia superior a 1000 kVA se realizarásiempre con interruptor automático.

c) Cuando los transformadores sean maniobrados frecuentemente en vacío (más de tresveces al mes), por ejemplo en instalaciones fotovoltaicas que se desconectanperiódicamente, se instalarán protecciones contra las sobretensiones de maniobraque se puedan producir por la interrupción de la corriente magnetizante del propiotransformador, salvo que dispongan de un sistema de monitorización o de control delas sobretensiones de maniobra que garantice la integridad del aislamiento

Elementos de protección

Los transformadores se protegerán contra sobreintensidades de alguna de las siguientesmaneras:a) De forma individual con los elementos de protección situados junto al transformadorque protegen, o dentro del mismo.b) De forma individual con los elementos de protección situados en la salida de la líneaen la subestación que alimenta al transformador en un punto adecuado de la derivación,siempre que esta línea o derivación alimente un sólo transformador.A los efectos de los párrafos anteriores a) y b) se considera que la conexión en paralelode varios transformadores trifásicos o la conexión de tres monofásicos para un bancotrifásico, constituye un solo transformador.c) De forma agrupada cuando se trate de centros de transformación de distribuciónpública colocándose los elementos de protección en la salida de la línea en lasubestación de alimentación o en un punto adecuado de la red.

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En este caso c), se garantizará la protección de cualquiera de los transformadores paraun cortocircuito trifásico en sus bornes de baja tensión, el número de transformadores encada grupo no será superior a ocho, la suma de las potencias nominales de todos lostransformadores del grupo no será superior a 800 kVA y la distancia máxima entrecualquiera de los transformadores y el punto donde este situado el elemento deprotección será de 4 km como máximo. En el caso de que se prevean sobrecargasdeberá protegerse cada transformador individualmente en BT. La potencia máximaunitaria será de 250 kVA.Salidas de líneas

Las salidas de línea deberán estar protegidas contra cortocircuitos y, cuando proceda,contra sobrecargas. En redes de 1ª y 2ª categoría se efectuará esta protección por mediode interruptores automáticos.Las líneas aéreas de transporte o de distribución pública en las que se prevea laposibilidad de numerosos defectos transitorios, se protegerán con sistemas que eliminenrápidamente el defecto transitorio, equipados con dispositivos de reenganche automático,que podrá omitirse o bloquearse cuando esté justificado técnicamente.Para redes de distribución pública de 3ª categoría, las empresas eléctricasestablecerán una normalización de las potencias máximas de cortocircuito en lasbarras de salida, para las diversas tensiones

Protección de líneas en redes con neutro a tierra.

En estas redes deberá disponerse de elementos de protección contra cortocircuitos quepuedan producirse en cualquiera de las fases. El funcionamiento del sistema deprotección no debe aislar el neutro de tierra.

3.10.- ITC-RAT-12 "AISLAMIENTO"3.10.1.- Niveles de aislamiento nominalesEl aislamiento de los equipos que se empleen en las instalaciones de A.T., deberáadaptarse a los valores normalizados indicados en las normas UNE-EN 60071-1 y UNE-EN 60071-2.Los valores normalizados de los niveles de aislamiento nominales de los aparatos de AT,definidos por las tensiones soportadas nominales para distintos tipos de solicitacionesdieléctricas, se muestran en las Tablas 1, 2 y 3 reunidos en tres grupos según los valoresde la tensión más elevada para el material.Se distingue:a) Grupo A. Tensión más elevada del material mayor de 1 kV y menor o igual de 36kV.b) Grupo B. Tensión más elevada del material mayor de 36 kV y menor o igual de 245 kV.c) Grupo C. Tensión más elevada del material mayor de 245 kV.

3.10.1.1.- Niveles de aislamiento nominales para materiales del Grupo A

La tabla siguiente especifica los niveles de aislamiento nominales asociados con losvalores normalizados de la tensión más elevada del material del Grupo A, así como lasdistancias mínimas de aislamiento en aire, entre fases y entre cualquier fase a tierra.Además de la tensión soportada nominal a frecuencia industrial, se dan dos valores de latensión soportada nominal a los impulsos tipo rayo para cada valor de la tensión máselevada para el material. Estos dos valores se especifican en las listas 1 y 2.No se utilizarán valores intermedios. Los ensayos se especifican con el fin de verificar la

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capacidad del aislamiento, y en particular la de los devanados y arrollamientos parasoportar las sobretensiones de origen atmosférico y las sobretensiones de maniobra defrente escarpado, especialmente las debidas a recebados entre contactos de los aparatosde maniobra.La elección entre la lista 1 y la lista 2, deberá hacerse considerando el grado deexposición a las sobretensiones de rayo y de maniobra, las características de puesta atierra de la red y, cuando exista, el tipo de dispositivo de protección contra lassobretensiones.El material que responda a la lista 1 es utilizable en las siguientes instalaciones:

En redes e instalaciones no conectadas a líneas aéreas:

a) Cuando el neutro está puesto a tierra bien directamente o bien a través de unaimpedancia de pequeño valor comparado con el de una bobina de extinción. En este casono es necesario emplear dispositivos de protección contra las sobretensiones, tales comopararrayos.b) Cuando el neutro del sistema está puesto a tierra a través de una bobina de extinción yen algunas redes equipadas con una protección suficiente contra las sobretensiones.Este es el caso de redes extensas de cables en las que puede ser necesario el empleode pararrayos capaces de descargar la capacidad de los cables.

3.10.2.- EnsayosLos ensayos de tensión soportada de las instalaciones o de los distintos aparatos que lascomponen, están destinados a la comprobación de sus niveles de aislamiento.Para la realización de los ensayos de verificación del nivel de aislamiento se seguirá loespecificado en la serie de normas UNE-EN 60060 sobre ensayos en alta tensión, y enlas normas de la serie UNE-EN 60071 sobre coordinación de aislamiento, debiendo

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tenerse además en cuenta lo establecido para cada tipo particular de aparato oinstalación en la correspondiente norma UNE que en cada caso establecen los ensayosque deben considerarse como ensayos de tipo y los que deben considerarse comoensayos individuales.3.11.- ITC-RAT-13 "PUESTA A TIERRA"3.11.1.- Prescripciones generales de seguridad3.11.1.1.- Tensiones máximas admisibles en una instalaciónToda instalación eléctrica deberá disponer de una protección o instalación de tierradiseñada en forma tal que, en cualquier punto normalmente accesible del interior oexterior de la misma donde las personas puedan circular o permanecer, éstas quedensometidas como máximo a las tensiones de paso y contacto (durante cualquier defectoen la instalación eléctrica o en la red unida a ella) que resulten de la aplicación de lasfórmulas que se recogen a continuación.Cuando se produce una falta a tierra, partes de la instalación se pueden poner entensión, y en el caso de que una persona estuviese tocándolas, podría circular a travésde él una corriente peligrosa. La norma UNE-IEC/TS 60479-1 da indicaciones sobre losefectos de la corriente que pasa a través del cuerpo humano en función de su magnitud yduración, estableciendo una relación entre los valores admisibles de la corriente quepuede circular a través del cuerpo humano y su duración. Los valores admisibles de latensión de contacto aplicada, Uca, a la que puede estar sometido el cuerpo humano entrela mano y los pies, en función de la duración de la corriente de falta, se dan en la figura.

Valores admisibles de la tensión de contacto aplicada Uca en función de la duración de la corriente de falta.

A partir de los valores admisibles de la tensión de contacto o paso aplicada, se puedendeterminar las máximas tensiones de contacto o paso admisibles en la instalación, Uc,Up, considerando todas las resistencias adicionales que intervienen en el circuito tal ycomo se muestra en la siguiente figura.

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Tensión de Contacto Tensión de Paso

Donde:Uca: Tensión de contacto aplicada admisible, la tensión a la que puede estar sometido elcuerpo humano entre una mano y los pies.Upa: Tensión de paso aplicada admisible, la tensión a la que puede estar sometido elcuerpo humano entre los dos pies. (Upa=10 Uca).ZB:Impedancia del cuerpo humano. Se considerará un valor de 1000Ω.IB: Corriente que fluye a través del cuerpo;Uc:Tensión de contacto máxima admisible en la instalación que garantiza la seguridad delas personas, considerando resistencias adicionales (por ejemplo, resistencia a tierra delpunto de contacto, calzado, presencia de superficies de material aislante).Up: Tensión de paso máxima admisible en la instalación que garantiza la seguridad de laspersonas, considerando resistencias adicionales (por ejemplo, resistencia a tierra delpunto de contacto, calzado, presencia de superficies de material aislante).Ra: Resistencia adicional total suma de las resistencias adicionales individuales.Ra1: Es, por ejemplo, la resistencia equivalente del calzado de un pie cuya suela seaaislante. Se puede emplear como valor 2000. Se considerará nula esta resistenciacuando las personas puedan estar descalzas, en instalaciones situadas en lugares talescomo jardines, piscinas, campings, y áreas recreativas.Ra2: Resistencia a tierra del punto de contacto con el terreno de un pie Ra=3ρs., donde ρses la resistividad del suelo cerca de la superficie.A efectos de los cálculos para el proyecto, para determinar las máximas tensiones decontacto y paso admisibles se podrán emplear las expresiones siguientes:

Que responde al siguiente planteamiento:

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Uca es el valor admisible de la tensión de contacto aplicada que es función de la duraciónde la corriente de falta.Se supone que la resistencia del cuerpo humano es de 1000 ΩSe asimila cada pie a un electrodo en forma de placa de 200 cm2 de superficie,ejerciendo sobre el suelo una fuerza mínima de 250 N, lo que representa una resistenciade contacto con el suelo para cada electrodo de 3 ρs, evaluada en función de laresistividad superficial aparente, ρs del terreno.Según cada caso, Ra1 es la resistencia del calzado, la resistencia de superficies dematerial aislante, etc. Para la resistencia del calzado se puede utilizar Ra1 = 2000 Ω.Para calcular la resistividad superficial aparente del terreno en los casos en que el terrenose recubra de una capa adicional de elevada resistividad (grava, hormigón, etc.) semultiplicará el valor de la resistividad de la capa de terreno adicional, por un coeficientereductor. El coeficiente reductor se obtendrá de la expresión siguiente:

Siendo:CS coeficiente reductor de la resistividad de la capa superficial.hS espesor de la capa superficial, en metros.ρ resistividad del terreno natural.ρ* resistividad de la capa superficial.

Si son de prever contactos del cuerpo humano con partes metálicas no activas quepuedan ponerse a distinto potencial, se aplicará la fórmula (1) de la tensión de contactohaciendo ρs=0 y sin considerar resistencias adicionales.

3.11.1.2.- Prescripciones en relación con el dimensionado

El dimensionado de las instalaciones se hará de forma que no se produzcancalentamientos que puedan deteriorar sus características o aflojar elementosdesmontables.El dimensionado de la instalación de tierra es función de la intensidad que, en caso dedefecto, circula a través de la parte afectada de la instalación de tierra y del tiempo deduración del defecto. A tal efecto, el proyectista considerará que la intensidad de puesta atierra puede ser una fracción de la intensidad de defecto a tierra calculada para lainstalación.En las instalaciones con redes de tensiones nominales distintas y una instalación de tierracomún, debe cumplirse lo anterior para cada red. Podrán no tomarse en consideracióndefectos simultáneos en varias redes. Para determinar los tiempos de defecto seconsiderará el funcionamiento correcto de las protecciones, conforme a los tiempos deregulación seleccionados.Lo indicado anteriormente, en este apartado, no se aplica a las puestas a tierraprovisionales de los lugares de trabajo. Los electrodos y demás elementos metálicosllevarán las protecciones precisas para evitar corrosiones peligrosas durante la vida de lainstalación.

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Se tendrán en cuenta las variaciones posibles de las características del suelo en épocassecas y después de haber sufrido corrientes de defecto elevadas.Al efecto se dan instrucciones en los apartados que siguen sobre la forma de determinarlas dimensiones, fijando en ciertos casos valores mínimos.

3.11.2.- Determinación de las corrientes de defecto para el cálculo de las tensionesde paso y contactoPara el cálculo de las corrientes de defecto y de puesta a tierra, se ha de tener en cuentala forma de conexión del neutro a tierra, así como la configuración y características de lared durante el período subtransitorio.En el caso de red con neutro a tierra, bien rígido o a través de una impedancia, seconsiderará a efectos del cálculo de la tensión aplicada de contacto o paso, el valor de laintensidad de la corriente de puesta a tierra (IE) que provoca la elevación del potencial dela instalación a tierra.La corriente que se considera para el cálculo de la tensión aplicada de contacto o pasoserá la corriente de puesta a tierra IE, que depende de la corriente de defecto a tierra (IF)y de un factor de reducción r. En la siguiente figura se muestra el esquema eléctricoequivalente de una instalación eléctrica para determinar las corrientes de puesta a tierra,IE y de defecto a tierra IF.

Donde:3 I0 tres veces la corriente homopolar de la línea.ITr corriente a través del neutro del transformador.

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IF corriente de defecto a tierra.IE corriente de puesta a tierra, que no se puede medir directamente.IRScorriente de puesta a tierra por el electrodo de la subestación.r factor de reducción.R ES resistencia de puesta a tierra del electrodo de la subestación.RET resistencia de puesta a tierra de la torre.Z impedancia entre el cable de tierra y tierra (se considera prácticamente infinita).ZE impedancia a tierra.UE tensión de puesta a tierra.n número de líneas que parten de la subestación.

Se tienen según la figura las siguientes relaciones:

Si se supone que la impedancia entre el cable de tierra y la tierra de referencia es igualpara todas las torres (en el ejemplo de la figura 2 existen dos líneas y por tanto n = 2), setendría que:

3.11.3.- Instrucciones generales de puesta a tierra3.11.3.1.- Elementos a conectar a tierra por motivos de protecciónSe pondrán a tierra las partes metálicas de una instalación que no estén en tensiónnormalmente pero que puedan estarlo a consecuencia de averías, accidentes, descargasatmosféricas o sobretensiones.Salvo las excepciones señaladas en los apartados que se citan, se pondrán a tierra lossiguientes elementos:a) Los chasis y bastidores de aparatos de maniobra.b) Los envolventes de los conjuntos de armarios metálicos.c) Las puertas metálicas de los locales.d) Las vallas y cercas metálicas.e) Las columnas, soportes, pórticos, etc.f) Las estructuras y armaduras metálicas de los edificios que contengan instalaciones dealta tensión.g) Las armaduras metálicas de los cables.h) Las tuberías y conductos metálicos.i) Las carcasas de transformadores, generadores, motores y otras máquinas.j) Hilos de guarda o cables de puesta a tierra de las líneas aéreas.k) Los elementos de derivación a tierra de los seccionadores de puesta a tierra.l) Pantalla de separación de los circuitos primario y secundario de los transformadores de

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medida o protección.

3.11.3.2.- Elementos a conectar a tierra por motivos de servicioSe conectarán a tierra los elementos de la instalación necesarios y entre ellos:a) Los neutros de los transformadores, que lo precisen, en instalaciones o redes conneutro a tierra de forma directa o a través de resistencias o bobinas.b) El neutro de los alternadores y otros aparatos o equipos que lo precisen.c) Los circuitos de baja tensión de los transformadores de medida o protección, salvo queexistan pantallas metálicas de separación conectadas a tierra entre los circuitos de alta ybaja tensión de los transformadores.d) Los limitadores, descargadores, autoválvulas, pararrayos, para eliminación desobretensiones o descargas atmosféricas.

3.11.3.3.- Instalación de tierra generalLos elementos destinados a conectarse a tierra indicados en los apartados anteriores seconectarán a una instalación de tierra general.De esta regla general deben excluirse aquellas puestas a tierra a causa de las cualespuedan presentarse en algún punto tensiones peligrosas para las personas, bienes oinstalaciones eléctricas.En este sentido se preverán tierras separadas en los casos siguientes:a) Los señalados en la presente Instrucción para Centros de Transformación.b) Los casos en que fuera conveniente separar de la instalación de tierra general lospuntos neutros de los devanados de los transformadores.c) Los limitadores de tensión de las líneas de corriente débil (telefónicas, telegráficas,etc.) que se extienden fuera de la instalación.En las instalaciones en las que coexistan instalaciones de tierra separadas oindependientes, se tomarán medidas para evitar el contacto simultáneo inadvertido conelementos conectados a instalaciones de tierra diferentes, así como la transferencia detensiones peligrosas de una a otra instalación.Para la puesta a tierra de las masas de utilización de las instalaciones de baja tensión seseguirán los criterios establecidos en la ITC-BT-18 del Reglamento electrotécnico parabaja tensión.Para facilitar la medida y revisión de la instalación de puesta a tierra se instalarán cajasde registro para cada instalación de puesta a tierra.

3.11.4.- Disposiciones particulares de puesta a tierraEn la puesta a tierra de los elementos que a continuación se indican, es preciso tener encuenta las siguientes disposiciones:

3.11.4.1.- Seccionadores de puesta a tierraEn las instalaciones en las que existan líneas aéreas de salida no equipadas con cable atierra, pero equipadas con seccionadores de puesta a tierra conectados a la tierrageneral, deberán adoptarse las precauciones necesarias para evitar la posibletransferencia a la línea de tensiones de contacto peligrosas durante los trabajos demantenimiento en la misma.

3.11.4.2.- Conjuntos protegidos por envolvente metálicaEn los conjuntos protegidos por envolvente metálica deberá existir una línea de tierracomún para la puesta a tierra de la envolvente, dispuesta a lo largo de toda laaparamenta. La sección mínima de dicha línea de tierra será de 25 mm², si es de cobre, ypara otros materiales tendrá la sección equivalente de acuerdo con lo dictado en la

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presente Instrucción.Las envolventes externas de cada celda se conectarán a la línea de tierra común, comoasimismo se hará con todas las partes metálicas que no formen parte de un circuitoprincipal o auxiliar que deban ser puestas a tierra.A efectos de conexión a tierra de las armaduras internas, tabiques de separación deceldas, etc., se considera suficiente para la continuidad eléctrica, su conexión por tornilloso soldadura. Igualmente las puertas de los compartimentos de alta tensión deberánunirse a la envolvente de forma apropiada.Las piezas metálicas de las partes extraíbles que están normalmente puestas a tierra,deben mantenerse puestas a tierra mientras el aislamiento entre los contactos de unmismo polo no sea superior, tanto a frecuencia industrial como a onda de choque, alaislamiento a tierra o entre polos diferentes. Estas puestas a tierra deberán producirseautomáticamente.

3.11.4.3.- Elementos de la construcciónLos elementos metálicos de la construcción en edificaciones que alberguen instalacionesde alta tensión, deberán conectarse a tierra de acuerdo con las indicaciones siguientes.En los edificios de estructura metálica, ésta y los demás elementos metálicos, tales comopuertas, ventanas, escaleras, barandillas, tapas y registros, etc., deberán ser conectadosa tierra.En los edificios destinados a instalaciones de tercera categoría construidos conmateriales tales como hormigón armado o en masa, ladrillo o mampostería, laspuertas, ventanas, escaleras, tapas y registros podrán no conectarse al circuito detierra y dejarse aisladas del mismo, siempre que en el diseño de la instalación seadopten las medidas necesarias para evitar la puesta a tensión de estos elementospor causa de un defecto o avería. En los centros de transformación prefabricadossegún la norma UNE-EN 62271-202 estas medidas serán garantizadas por elfabricante.En centros de transformación subterráneos, dada la dificultad que presenta laseparación eléctrica entre la escalera y su tapa de acceso, es necesario disponerambos elementos en las mismas condiciones de puesta a tierra, bien aislados de lainstalación de tierra general, o bien conectados a dicha instalación.En cualquier caso, en los edificios de hormigón armado las armaduras deberán serpuestas a tierra.3.11.5.- Centros de transformación3.11.5.1.- Separación de la tierra de los neutros de baja tensiónPara evitar tensiones peligrosas provocadas por defectos en la red de alta tensión, losneutros de baja tensión de las líneas que salen fuera de la instalación general y la puestaa tierra de los transformadores de medida ubicados en cuadros de baja tensiónparadistribución, pueden conectarse a una tierra separada de la general del centro, que sedenominará tierra de los neutros de baja tensión. El resto de elementos tales como lospararrayos, permanecerán conectados a la tierra general de la instalación.3.11.5.2.- Aislamiento entre las instalaciones de puesta a tierraCuando, de acuerdo con lo dicho en el apartado anterior, se conecten los elementosanteriores a una tierra separada de la general del centro, se cumplirán las siguientesprescripciones:a) Las instalaciones de puesta a tierra deberán aislarse entre sí para la diferencia detensiones que pueda aparecer entre ambas.b) La línea de puesta a tierra que une los elementos conectados a la tierra separada ysu punto de puesta a tierra han de quedar aislados dentro de la zona de influencia de

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la tierra general. Dicha conexión se realizará estableciendo los aislamientosnecesarios.c) Las instalaciones de baja tensión de los centros de transformación poseerán, conrespecto a tierra, un aislamiento correspondiente a la tensión señalada en el párrafoa).En el caso de que el aislamiento propio del equipo de baja tensión alcance este valor,todos los elementos conductores del mismo que deban ponerse a tierra, comocanalizaciones, armazón de cuadros, carcasas de aparatos, etc., se conectarán a latierra general del centro, uniéndose a la puesta a tierra separada solamente losneutros de baja tensión.Cuando el equipo de baja tensión no presente el aislamiento indicado anteriormente,los elementos conductores del mismo que deban conectarse a tierra, comocanalizaciones, armazón de cuadros, carcasas de aparatos, etc., deberán montarsesobre aisladores de un nivel de aislamiento correspondiente a la tensión señalada enel párrafo a). En este caso, dichos elementos conductores se conectarán a la puestaa tierra del neutro, teniendo entonces especial cuidado con las tensiones de contactoque puedan aparecer.d) Las líneas de salida de baja tensión deberán aislarse dentro de la zona deinfluencia de la tierra general del centro teniendo en cuenta las tensiones señaladasen el párrafo a). Cuando las líneas de salida sean en cable aislado con envolventesconductoras, deberá tenerse en cuenta la posible transferencia al exterior detensiones a través de dichas envolventes.3.11.5.3.- Redes de baja tensión con neutro aisladoCuando en la parte de baja tensión el neutro del transformador esté aislado o conectadoa tierra por una impedancia de alto valor, se dispondrá limitador de tensión entre dichoneutro y tierra o entre una fase y tierra, si el neutro no es accesible.3.11.5.4.- Centros de transformación conectados a redes de cables subterráneosEn los centros de transformación alimentados en alta tensión por cables subterráneosprovistos de envolventes conductoras unidas eléctricamente entre sí, se podrán conectarla puesta a tierra general y la de los neutros de baja tensión en los casos siguientes:a) Cuando la alimentación en alta tensión forma parte de una red de cables subterráneoscon envolventes conductoras, de suficiente conductividad.b) Cuando la alimentación en alta tensión forma parte de una red mixta de líneas aéreasy cables subterráneos con envolventes conductoras, y en ella existen dos o más tramosde cable subterráneo con una longitud total mínima de 3 km con trazados diferentes y conuna longitud cada uno de ellos de más de 1 km.En las instalaciones conectadas a redes constituidas por cables subterráneos conenvolventes conductoras de suficiente sección, se pueden utilizar como electrodos depuesta a tierra dichas envolventes, incluso sin la adición de otros electrodos de puestaa tierra.3.11.6.- Medidas y vigilancia de las instalaciones de puesta a tierra.3.11.6.1.- Mediciones de las tensiones de paso y contacto aplicadasEl Director de Obra deberá verificar que las tensiones de paso y contacto aplicadas estándentro de los límites admitidos con un voltímetro de resistencia interna de mil ohmios.Los electrodos de medida para simulación de los pies deberán tener una superficie de200 cm² cada uno y deberán ejercer sobre el suelo una fuerza mínima de 250 N cadauno.Los equipos de medición deberán tener la opción de medir tensiones de paso y contactoaplicadas, tanto para el caso de que la persona esté calzada o descalza, mediante lainserción de las resistencias correspondientes en el circuito en cada caso.

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Se emplearán fuentes de alimentación de potencia adecuada para simular el defecto, deforma que se evite que las medidas queden falseadas como consecuencia de corrientesvagabundas o parásitas circulantes por el terreno.Consecuentemente, y a menos que se emplee un método de ensayo que elimine elefecto de dichas corrientes parásitas la intensidad inyectada no será inferior a 50 A paracentrales y subestaciones y 5 A para centros de transformación. Se admitirán, noobstante, medidores de tensiones de paso y contacto que inyecten una corriente inferior,siempre que se demuestre mediante ensayos comparativos que disponen de filtros osistemas especial es capaces de eliminar las tensiones de perturbación con el fin delograr medidas con una fiabilidad y exactitud equivalente a la que se obtendría con unainyección de corriente elevada. En cualquier caso la incertidumbre asociada a lasmedidas será inferior al 20 por ciento.Los cálculos para determinar las tensiones posibles máximas se harán suponiendo queexiste proporcionalidad entre la corriente inyectada por el electrodo durante la medición, yla corriente drenada a tierra por el electrodo en caso de defecto.Para instalaciones de tercera categoría que respondan a configuraciones tipo, como es elcaso de la mayoría de los centros de transformación, el Órgano territorial competentepodrá admitir que se omita la realización de las anteriores mediciones, sustituyéndolaspor la correspondiente a la resistencia de puesta a tierra, si se ha establecido lacorrelación, sancionada por la práctica, en situaciones análogas, entre tensiones de pasoy contacto y resistencia de puesta a tierra.

3.11.6.2.- Vigilancia periódicaLas instalaciones de tierra serán comprobadas en el momento de su establecimiento yrevisadas por empresas instaladoras o por empresas de producción, transporte ydistribución de energía eléctrica en caso de que se trate de instalaciones de su titularidad,al menos, una vez cada tres años a fin de comprobar el estado de las mismas. Estaverificación consistirá en una inspección visual y en la medida de la resistencia de puestaa tierra.En aquellos casos en los que cambie sustancialmente la resistividad superficial delterreno, disminuyendo su valor, por ejemplo por ajardinamiento de la instalación, seránecesario repetir las medidas de las tensiones de paso y contacto.

3.12.- ITC-RAT-14 "INSTALACIONES ELÉCTRICAS DE INTERIOR"3.12.1.- GeneralidadesEsta instrucción tiene como objeto establecer los requisitos que deben cumplir lasinstalaciones de alta tensión previstas para funcionar en el interior de un edificio o recintoque las proteja contra la intemperie.3.12.2.- Ámbito de aplicaciónEsta ITC es aplicable a las instalaciones eléctricas de alta tensión situadas en:

a) Edificios o envolventes prefabricadas o de obra civil, construidos para alojar lasinstalaciones eléctricas, que se maniobran desde su interior y que sonindependientes de cualquier local o edificio destinado a otros usos, aunque puedantener paredes colindantes con ellos.b) Edificios o envolventes prefabricadas o de obra civil, construidos para alojar lasinstalaciones eléctricas, que se maniobran desde su exterior y que son independientes decualquier local o edificio destinado a otros usos, aunque puedan tener paredescolindantes con ellos. Estos edificios o envolventes estarán destinados a alojar centros detransformación completos, sólo el transformador de distribución con o sin su cuadro de

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baja tensión o únicamente la aparamenta de alta tensión.c) Locales o recintos previstos para alojar en su interior estas instalaciones, situados enel interior de edificios destinados a otros usos.d) Subestaciones móviles protegidas contra la intemperie por su propia envolvente o porel edificio en la que se ubican.

3.12.3.- Condiciones generales para los locales y edificios1.- Los edificios o locales destinados a alojar en su interior instalaciones de alta tensióndeberán disponerse de forma que queden cerrados para impedir el acceso de laspersonas ajenas al servicio.2.- El local destinado a albergar la instalación eléctrica, salvo que sea un centro detransformación de maniobra exterior, tendrá entradas diferentes para personal y equipos.Estas entradas serán independientes de las de acceso a otros locales. Cuando existanpuertas destinadas al paso de equipos o piezas de grandes dimensiones, la puerta parala entrada y salida de personal podrá ser un postigo que forme parte de aquella.3.- Las puertas de acceso al recinto en que estén situados los equipos de alta tensión yse usen para el paso del personal de servicio o para permitir su maniobra, serán engeneral abatibles y abrirán siempre hacia el exterior del recinto. Las puertas tendrán unsistema de retención de forma que puedan quedar abiertas mientras exista en el interiorpersonal de servicio. Cuando estas puertas abran sobre caminos públicos, deberán poderabatirse sobre el muro exterior de fachadas.En las instalaciones en que se deba trabajar con las puertas cerradas, estas debendisponer de un sistema que permita franquearlas fácilmente desde el interior y quedificulte el acceso desde el exterior al personal ajeno al servicio.4.- Las puertas o salidas de los recintos donde existan instalaciones de alta tensión sedispondrán de tal forma que su acceso sea lo más corto y directo posible. Si lascaracterísticas geométricas de dicho recinto lo hacen necesario, se dispondrá de más deuna puerta de salida. Para salidas de emergencia se admite el uso de barras dedeslizamiento, escaleras de pates y otros sistemas similares, siempre que su instalaciónsea de tipo fijo.En los centros de transformación sin personal permanente para su servicio de maniobrano será necesario disponer de más de una puerta de salida.5.- El acceso a los locales subterráneos se realizará por medio de una escalera depeldaños normales con pasamanos. En casos justificados, el acceso a dichos localespodrá realizarse por medio de una trampilla y por escaleras fijas cuyos peldaños puedanestar situados en un plano vertical, entre los cuales la máxima separación será de 25 cm.Para acceder al interior de centros de transformación subterráneos se utilizarán escalerasde peldaños normales con pasamanos, no obstante para el caso de centros detransformación subterráneos con maniobra exterior se podrán utilizar escaleras verticalesfijas.6.-Todos los lugares de paso tales como salas, pasillos, escaleras, rampas, salidas, etc.,deben ser de dimensiones y trazado adecuados y correctamente señalizados. Debenestar dispuestos de forma que su tránsito sea cómodo, seguro y no se vea impedido porla apertura de puertas o ventanas o por la presencia de objetos que puedan suponerriesgos o que dificulten la salida en casos de emergencia.7.- En las proximidades de elementos con tensión o de máquinas en movimiento noprotegidas se prohíbe el uso de pavimentos deslizantes.8.- No obstante lo prescrito anteriormente, se podrán utilizar escaleras fijas verticales ode gran pendiente para realizar operaciones de engrase, revisión u otros usos especiales.9.- Cuando en la instalación de alta tensión se trabaje con las puertas de acceso abiertasse tomarán medidas preventivas que impidan el acceso inadvertido a las personas ajenas

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al servicio. Cuando los accesos existentes en el pavimento, destinados a escaleras,pozos o similares estén abiertos, deberán disponerse protecciones perimetralesseñalizadas para evitar accidentes.10.- El acceso a las máquinas y aparatos principales deberá ser fácil y permitirácolocarlos y retirarlos sin entorpecimiento, exigiéndose la existencia de dispositivosinstalados o rápidamente instalables que, en el caso de aparatos pesados, permitan sudesplazamiento para su revisión, reparación o sustitución.

3.12.3.1.- Conducciones y almacenamiento de aguaLas conducciones y depósitos de almacenamiento de agua se instalarán suficientementealejados de los elementos en tensión y de tal forma que su rotura no pueda provocaraverías en las instalaciones eléctricas. La distancia mínima se justificará en el proyecto. Aestos efectos, se recomienda disponer las conducciones principales de agua en un planoinferior a las canalizaciones de energía eléctrica, especialmente cuando éstas seconstruyan a base de conductores desnudos.Quedan exentas de cumplir estos requisitos las instalaciones necesarias para lossistemas de extinción de incendio de la propia instalación eléctrica.Queda prohibida la instalación de conducciones de agua, calefacción, vapor, en el interiordel recinto de los centros de transformación de tercera categoría, aunque dichas tuberíasestuvieran encerradas en cajoneras o falsos techos.

3.12.3.2.- Conducciones y almacenamiento de otros fluidos1.-Las conducciones de fluidos combustibles, tóxicos, o corrosivos, cuyas posiblesaverías puedan originar escapes que, por sus características, puedan dar lugar a laformación de atmósferas con riesgo de incendio o explosión, tóxicas o corrosivas,cumplirán los Reglamentos específicos que les sean de aplicación, deberán estaralejadas de las canalizaciones eléctricas de alta tensión, prohibiéndose terminantementela colocación de ambas en una misma atarjea o galería de servicio.2.- El almacenamiento de fluidos combustibles, tóxicos o corrosivos, se situará enrecintos habilitados a tal efecto que deberán cumplir las disposiciones vigentes quepuedan afectarles. Estos recintos estarán separados de los equipos eléctricos a los quese refiere este reglamento.

3.12.3.3.- AlcantarilladoLa red general de alcantarillado cuya proyección interfiera con las instalaciones eléctricasdeberá estar situada en un plano inferior al de las instalaciones eléctricas subterráneas.Si por causas especiales fuera necesario disponer en un plano inferior alguna parte de lainstalación eléctrica, se adoptarán las disposiciones adecuadas para proteger a ésta delas consecuencias de cualquier posible filtración

3.12.3.4.- Canalizaciones eléctricasPara las canalizaciones eléctricas se aplicará lo establecido en el apartado 5 de la ITC-RAT 05

3.12.3.5.- Equipos de comunicacionesLos equipos de comunicaciones y auxiliares, que estén ubicados dentro de la instalaciónpara dar servicio a la propia red o a terceros, cumplirán los requisitos que le seanaplicables.

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3.12.4.- Condiciones generales para las instalaciones3.12.4.1.- Celdas de alta tensión1.- Cuando se utilicen celdas prefabricadas, estas cumplirán con los requisitosestablecidos en la ITC 16,17 o 18, que les sea aplicable en función de la tensión deservicio y naturaleza de la envolvente.2.- Cuando en instalaciones de alta tensión, se utilicen dos o más equipos ubicados enceldas de tipo abierto que contengan aceite u otro dieléctrico inflamable con capacidadsuperior a 50 litros, se establecerán tabiques de separación entre equipos adyacentesque contengan fluido inflamable, a fin de cortar en lo posible los efectos de lapropagación de una explosión y la proyección de líquido inflamable a otros equipos. Paralos tabiques de separación entre transformadores de potencia se aplicará lo establecidoen el apartado 5.1.d de esta instrucción.3.- Estos tabiques de separación deberán ser de un material con una clase de reacción alfuego A1, según la clasificación europea de los productos para la construcción, ymecánicamente resistentes. Cuando tengan que servir de apoyo a los aparatospresentarán la debida solidez.4. Los interruptores de aceite o de otros dieléctricos inflamables, sean o no automáticos,cuya maniobra se efectúe localmente, dispondrán de envolventes o tabiques de materialincombustible con una clase de reacción al fuego A1, según la clasificación europea delos productos para la construcción, y me cánicamente resistentes con objeto de protegeral operario, contra los efectos de una posible proyección de líquido o explosión en elmomento de la maniobra.3.12.5.- Condiciones particulares para centros de transformación3.12.5.1.- Centros de transformación con maniobra desde el exteriorDurante las operaciones de mantenimiento deberá existir una zona libre que se delimitaráy señalizará de forma que se evite el acceso a personas ajenas a la instalación, y susdimensiones deberán ser como mínimo las indicadas en el apartado 6.1 para pasillos deservicio.

3.12.5.2.- Conjuntos prefabricados para centros de transformación y centros detransformación prefabricados1.- Los conjuntos prefabricados para centros de transformación cumplirán la norma UNE-EN 50532. Podrán instalarse en el interior de un edificio o recinto destinado a centros detransformación, o podrán suministrarse con una envolvente formando un centro detransformación prefabricado.2.- Los centros de transformación prefabricados cumplirán con la norma UNE-EN62271-202. En centros de transformación subterráneos instalados en ubicaciones donde sepuedan estacionar o circular vehículos la cubierta deberá soportar como mínimouna carga de 50 kN en una superficie de 600 cm2

3.- Los componentes de un conjunto prefabricado para un centro de transformación,cumplirán el ensayo de calentamiento de sus correspondientes normas funcionandosimultáneamente a sus intensidades asignadas.4.- Tanto en los conjuntos prefabricados para centros de transformación como en loscentros de transformación prefabricados se preverán los elementos de seguridadsuficientes que eviten la explosión de la envolvente en caso de defecto interno y seelegirán las direcciones de escape en su caso de los fluidos (gases, líquidos, etc.) paraevitar posibles daños a las personas.El fabricante deberá informar de las características de su producto en los catálogos einformación técnica facilitada a los proyectistas y/o usuarios finales en cuanto a laintensidad de cortocircuito soportada y su duración en caso de arco interno.Por su parte el proyectista o propietario de la instalación deberá comprobar que las

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potencias de cortocircuito en el lugar de la instalación y los tiempos de actuación de lasprotecciones son compatibles con las intensidades de defecto interno y duración quepueden soportar los equipos de acuerdo con la información facilitada por el fabricante.5 Para que un conjunto prefabricado pueda ser montado en el exterior deberá habersuperado previamente los ensayos de protección contra la intemperie que se indican enla norma UNE-EN 62271-1.6.-En los conjuntos prefabricados independientemente de su ubicación, el calentamientomáximo admisible de las partes accesibles en las zonas de maniobra respecto a latemperatura ambiente será de 40 K.7.-En los centros de transformación prefabricados las envolventes que tengan partesaccesibles a personas ajenas al servicio, alcanzarán como máximo un calentamiento de30 K, respecto a la temperatura ambiente

3.12.5.3.- Cuadros de distribución para BT en centros de transformación dedistribución pública1.- Los cuadros deberán cumplir los requisitos funcionales y los ensayos especificados enla norma UNE-EN 60439-5, salvo lo indicado en los apartados siguientes.2.- Los cuadros de distribución para BT en los centros de transformación de distribuciónpública dispondrán como mínimo de un embarrado de dimensiones y espesoresadecuados con la aparamenta de maniobra y protección necesaria. Cuando estaprotección esté constituida por bases tripolares verticales cerradas seccionables de corteunipolar con fusibles no será necesario utilizar un seccionamiento general. Las basestripolares verticales cerradas deberán cumplir asimismo las especificaciones y ensayosrecogidos en la normas UNE-EN 60947-1 y UNE-EN 60947-3.3.- Los cuadros tendrán como mínimo un grado de protección de IP 2X según UNE 20324y de IK 08 según UNE-EN 50102.4.- Los cuadros deberán incorporar una toma de puesta a tierra para el neutro y, cuandodispongan de envolvente metálica, deberán incorporar además otra toma para la puesta atierra de la envolvente.5.- El nivel de aislamiento de los cuadros de BT será el necesario para soportar ladiferencia de tensiones que puede aparecer en caso de defecto entre la tierra general delcentro y la del neutro del transformador, y será como mínimo de 10 kV (valor eficaz) atensión soportada nominal de corta duración a frecuencia industrial y de 20 kV (valor decresta) a la tensión soportada a impulsos tipo rayo.6.- Los cuadros dispondrán de una placa de características en la que se indicará deforma indeleble las características establecidas en la norma UNE-EN 60439-5.

3.12.5.4.- Ventilación1.- Para conseguir una buena ventilación en las instalaciones con el fin de evitarcalentamientos excesivos, se dispondrán entradas y salidas de aire adecuadas, en elcaso en que se emplee ventilación natural.La ventilación podrá ser forzada, en cuyo caso la disposición de los conductos será lamás conveniente según el diseño de la instalación eléctrica, y dispondrán de dispositivosde parada automática para su actuación en caso de incendio.En centros de transformación la ventilación podrá ser directa al exterior, o cuando lopermita la reglamentación específica que afecte a la compartimentación, indirecta através de un local con ventilación al exterior.2.- Los huecos destinados a la ventilación deben estar protegidos de forma tal queimpidan el paso de pequeños animales, cuando su presencia pueda ser causa de averíaso accidentes y estarán dispuestos o protegidos de forma que en el caso de serdirectamente accesibles desde el exterior, no puedan dar lugar a contactos inadvertidos

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al introducir por ellos objetos metálicos.Deberán tener la forma adecuada o disponer de las protecciones precisas para impedir laentrada del agua de lluvia.3.- En los centros de transformación situados en edificios de otros usos el conducto deventilación tendrá su boca de salida de forma que el aire expulsado no moleste a losdemás usuarios del edificio.Los conductos de ventilación deberán respetar los sectores de incendio del edificio, queestablecen según el tipo de edificio en esta ITC-RAT 14 y en el Código Técnico de laedificación.4.- En el diseño de los edificios se estudiará la forma de evitar que escapes de gas SF6,que es más pesado que el aire, pueda acumularse en zonas bajas. Se evitará que el gasescapado pueda salir a los alcantarillados de servicio público.En los locales con instalaciones aisladas por SF6 y situados por encima del suelogeneralmente es suficiente una ventilación natural que pase a través del local. Para eldiseño de la ventilación natural, aproximadamente la mitad de las aberturas deventilación, vistas en un plano de sección, deben estar situadas cerca del suelo. En casode que las aberturas no puedan disponerse cerca del suelo será necesaria unaventilación forzada.Los locales con instalaciones aisladas con SF6 y situadas por debajo del suelo debentener ventilación forzada si la cantidad de gas que pueda acumularse puede llegar aponer en riesgo la salud y seguridad de las personas. La ventilación forzada puedeomitirse siempre que el volumen del gas del compartimento de gas más grande noexceda, a presión atmosférica, el 10 por ciento del volumen de la habitación. A efectosdel cálculo del volumen total de gas SF6 a la temperatura y presión normales, debetenerse en cuenta el volumen de gas de las botellas de SF6 en caso de que esténconectadas permanentemente para la recarga automática del compartimento.

3.12.5.1.- Paso de líneas y canalizaciones eléctricas a través de paredes, muros ytabiques de construcción1.-Las entradas de las líneas eléctricas aéreas al interior de los edificios que alojan lasinstalaciones eléctricas de interior se realizarán a través de aisladores pasantesdispuestos de modo que eviten la entrada de agua, o bien utilizando conductoresprovistos de recubrimientos aislantes.2.- Las conexiones de alta tensión a través de muros o tabiques en el interior de edificiosúnicamente podrán hacerse por orificios de las dimensiones necesarias para mantenerlas distancias a masa, bien por medio de aisladores pasantes, o bien utilizandoconductores provistos de recubrimientos aislantes.3.- En el caso en que se usen conductores desnudos, será obligatorio establecer un pasofranco para la posible intensidad de defecto desde el dispositivo de apoyo en el muro alsistema de tierras de protección.

3.12.5.2.- Señalizaciones e instruccionesToda instalación eléctrica debe estar correctamente señalizada y deben disponerse lasadvertencias e instrucciones necesarias de modo que se impidan los errores deinterpretación, maniobras incorrectas y contactos accidentales con los elementos entensión, o cualquier otro tipo de accidente.A este fin se tendrá en cuenta:a) Todas las puertas que den acceso a los recintos en que se hallan aparatos de altatensión, estarán provistas de la señal normalizada de riesgo eléctrico.b) Todas las máquinas y aparatos principales, celdas, paneles de cuadros y circuitos,deben estar diferenciados entre sí con marcas claramente establecidas, señalizados

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mediante rótulos de dimensiones y estructura apropiadas para su fácil lectura ycomprensión. Particularmente deben estar claramente señalizados todos los elementosde accionamiento de los aparatos de maniobra y los propios aparatos, incluyendo laidentificación de las posiciones de apertura y cierre, salvo en el caso en que suidentificación se pueda hacer claramente a simple vista.c) Deben colocarse carteles de advertencia de peligro en todos los puntos que por lascaracterísticas de la instalación o su equipo lo requieran.d) En zonas donde se prevea el transporte de máquinas o aparatos durante los trabajosde mantenimiento o montaje se colocarán letreros indicadores de gálibos y cargasmáximas admisibles.En los locales principales, y especialmente en los puestos de mando y oficinas de jefes oencargados de las instalaciones, existirán esquemas de dichas instalaciones, al menosunifilares, e instrucciones generales de servicio.f) Las señales, placas y advertencias deben estar hechas de material duradero einsensible a la corrosión e impresas con caracteres indelebles.

3.12.5.3.- Limitación de los campos magnéticos en la proximidad de instalaciones dealta tensiónEn el diseño de las instalaciones de alta tensión se adoptarán las medidas adecuadaspara minimizar, en el exterior de las instalaciones de alta tensión, los camposelectromagnéticos creados por la circulación de corriente a 50 Hz en los diferenteselementos de las instalaciones, especialmente cuando dichas instalaciones de AltaTensión se encuentren ubicadas en el interior de edificios de otros usos.La comprobación de que no se supera el valor establecido en el Real Decreto 1066/2001,de 28 de septiembre, por el que se aprueba el reglamento que establece condiciones deprotección del dominio público radioeléctrico, restricciones a las emisiones radioeléctricasy medidas de protección sanitaria frente a emisiones radioeléctricas, se realizarámediante los cálculos para el diseño correspondiente, antes de la puesta en marcha delas instalaciones que se ejecuten siguiendo el citado diseño y en sus posterioresmodificaciones cuando éstas pudieran hacer aumentar el valor del campo magnético.Dichas comprobaciones se harán constar en el proyecto técnico.Podrán utilizarse los cálculos y comprobaciones recogidos en un proyecto tipo, siempreque la instalación proyectada se ajuste a las condiciones técnicas de cálculo previstas enel proyecto tipo.Cuando los centros de transformación se encuentran ubicados en edificios habitables oanexos a los mismos, se deberán observar las siguientes condiciones de diseño:a) Las entradas y salidas al centro de transformación de la red de alta tensión seefectuarán por el suelo y adoptarán preferentemente la disposición en triángulo yformando ternas, o en atención a las circunstancias particulares del caso, aquella que elproyectista justifique que minimiza la generación de campos magnéticos.b) La red de baja tensión se diseñará con el criterio anterior.c) Se procurará que las interconexiones sean lo más cortas posibles y se diseñaránevitando paredes y techos colindantes con viviendas.d) No se ubicarán cuadros de baja tensión sobre paredes medianeras con localeshabitables y se procurará que el lado de conexión de baja tensión del transformadorquede lo más alejado lo más posible de estos locales.e) En el caso que por razones constructivas no se pudieran cumplir alguno de estoscondicionantes de diseño, se adoptarán medidas adicionales para minimizar dichosvalores.

Dado que se cumplen la condiciones anteriores, que se trata de un centro ubicado en un

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suelo residencial con ubicación en el exterior de la instalación y que mediante ensayo tipose comprueba por el fabricante "Ormazabal", que el centro de transformaciónespecificado en este proyecto no superan los siguientes valores del campo magnético a200 mm del exterior del centro de transformación, según el Real Decreto 1066/2001:

- Inferior a 100 µT para el público en general- Inferior a 500 µT para los trabajadores (medido a 200 mm de la zona de operación)

Dicho ensayo tipo se realiza de acuerdo al Technical Report IEC/TR 62271-208, indicadoen la norma de obligado cumplimiento UNE-EN 62271-202 como método válido deensayo para la evaluación de campos electromagnéticos en centros de transformaciónprefabricados de alta/baja tensión.

Se ha considerado válido este ensayo tipo en la fase de proyecto.

3.12.5.4.- Limitación del nivel de ruido emitido por instalaciones de alta tensiónCon objeto de limitar el ruido originado por las instalaciones de alta tensión, éstas sedimensionarán y diseñarán de forma que los índices de ruido medidos en el exterior delas instalaciones se ajusten a los niveles de calidad acústica establecidos en el RealDecreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 denoviembre, del Ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad yemisiones acústicas. Cuando el recinto donde se ubica la instalación de alta tensión seencuentre dentro de edificios de viviendas y no se pueda demostrar el cumplimiento delos límites mediante cálculos, se adoptarán medidas adicionales para cumplir dichosniveles.

Cálculo del aislamiento acústico:Se trata de una instalación ubicada en terrenos de uso predominantemente Residencial-Comercial. El nivel de ruido máximo a conseguir en áreas urbanizadas existentes de esteuso es de 45dB en horario nocturno.

Niveles de ruido producidosEl nivel de ruido producido por el transformador es de 67 dB(A).

Aislamiento de los elementos constructivos, separadores del recinto

El forjado está construido con hormigón armado de 25 cm de espesor con un aislamientoacústico, según la tabla del apartado 3.18.4 del catálogo de elementos constructivos delCTE, de 63 dBA.El nivel de ruido que se emite es de:

RLL 12

Frecuencias en Hz 63 125 250 500 1000 2000 4000 GLOBALL1 Nivel de emisión en dB 57,2 63,2 60,6 61,7 64,5 58,3 54,0 67 dBAAislamiento R (dB) 53,2 59,2 56,6 57,7 60,5 54,3 50,0L2 Nivel transmitido (dB) 4,0 4,0 4,0 4,0 4,0 4,0 4,0 10,3 dBA

Aislamiento en dB a 125 Hz: 59,2.Valor en DnTw = 58,0.Como se observa el valor del nivel de ruido transmitido es de 10,3 dB(A).

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3.12.6.- Otras prescripciones3.12.6.1.- Sistemas contra incendiosPara la determinación de las protecciones contra incendios a que puedan dar lugar lasinstalaciones eléctricas de alta tensión, además de otras disposiciones específicas envigor, se tendrá en cuenta:a) La posibilidad de propagación del incendio a otras partes de la instalación.b) La posibilidad de propagación del incendio al exterior de la instalación, por lo querespecta a daños a terceros.c) La presencia o ausencia de personal de servicio permanente en la instalación.d) La naturaleza y resistencia al fuego de la estructura soporte del edificio y de suscubiertas.e) La disponibilidad de medios públicos de lucha contra incendios.Para los edificios contemplados en el párrafo a) del apartado 2 de esta Instrucción,destinados a albergar instalaciones de categoría especial, 1ª y 2ª categoría, se aplicaránlas disposiciones reguladoras de la protección contra el incendio en los establecimientosindustriales, y para los del párrafo c) las del Código Técnico de la Edificación, en lo querespecta a las características de los materiales de construcción, resistencia al fuego delas estructuras, compartimentación, evacuación y, en particular, sobre aquellos aspectosque no hayan sido recogidos en este Reglamento y afecten a la edificación. Además ycon carácter general se adoptarán las medidas siguientes:a) Instalación de dispositivos de recogida del líquido dieléctrico en fosos colectores.Si se utilizan aparatos o transformadores que contengan más de 50 litros de dieléctricolíquido, se dispondrá de un foso de recogida del líquido con revestimiento resistente yestanco, para el volumen total de líquido dieléctrico del aparato ó transformador. En dichodepósito o cubeta se dispondrán cortafuegos tales como: lechos de guijarros, sifones enel caso de instalaciones con colector único, etc. Cuando se utilicen pozos centralizados,se dimensionarán para recoger la totalidad del líquido dieléctrico del equipo con mayorcapacidad.Cuando se utilicen dieléctricos líquidos con punto de combustión igual o superior a 300ºC será suficiente con un sistema de recogida de posibles derrames, que impida su salidaal exterior.b) Sistemas de extinción.b.1) Extintores móviles.Se colocará como mínimo un extintor de eficacia mínima 89B, en aquellas instalacionesen las que no sea obligatoria la disposición de un sistema fijo, de acuerdo con los nivelesque se establecen en b.2). Este extintor deberá colocarse siempre que sea posible en elexterior de la instalación para facilitar su accesibilidad y, en cualquier caso, a unadistancia no superior a 15 metros de la misma. En caso de instalaciones ubicadas enedificios destinados a otros usos la eficacia será como mínimo 21A-113B.Si existe un personal itinerante de mantenimiento con la misión de vigilancia y control devarias instalaciones que no dispongan de personal fijo, este personal itinerante deberállevar, como mínimo, en sus vehículos dos extintores de eficacia mínima 89B, no siendopreciso en este caso la existencia de extintores en los recintos que estén bajo suvigilancia y control.b.2) Sistemas fijos.En aquellas instalaciones con transformadores cuyo dieléctrico sea inflamable ocombustible de punto de combustión inferior a 300ºC y potencia instalada de cadatransformador mayor de 1000 kVA en cualquiera o mayor de 4000 kVA en el conjunto detransformadores, deberá disponerse un sistema fijo de extinción automático adecuadopara este tipo de instalaciones. Asimismo en aquellas instalaciones con otros equiposcuyo dieléctrico sea inflamable o combustible de punto de combustión inferior a 300ºC y

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con volumen de aceite en cada equipo mayor de 600 litros o mayor de 2400 litros en elconjunto de aparatos también deberá disponerse un sistema fijo de extinción automáticoadecuado para este tipo de instalaciones. Se dispondrá de un sistema de alarma queprevenga al personal de la actuación del sistema contra incendios, provisto de un tiempode retardo suficiente para poder evacuar el recinto.Si la instalación de alta tensión está integrada en un edificio de uso de públicaconcurrencia y tiene acceso desde el interior del edificio dichas potencias se reducirán a630 kVA y 2520 kVA y los volúmenes a 400 litros y 1600 litros respectivamente. Laactuación de estos sistemas fijos de extinción de incendios será solamente obligatoria enlos compartimentos en los que existan aparatos con dieléctrico inflamable o combustible.Si los transformadores o equipos utilizan un dieléctrico de punto de combustión igual osuperior a 300ºC podrán omitirse las anteriores disposiciones, pero deberán instalarse deforma que el calor generado no suponga riesgo de incendio para los materiales próximos.Las instalaciones fijas de extinción de incendios podrán estar integradas en el conjuntogeneral de protección del edificio.Deberá existir un plano detallado de dicho sistema, así como instrucción defuncionamiento, pruebas y mantenimiento.En el proyecto de la instalación se recogerán los criterios y medidas adoptadas paraalcanzar la seguridad contra incendios exigida.c) Resistencia al fuego de la envolvente.Las instalaciones eléctricas ubicadas en el interior de locales o recintos situados en elinterior de edificios destinados a otros usos constituirán un sector de incendiosindependiente.d) Pantallas y sectores de incendios.En todas las instalaciones, cuando se instalen juntos varios transformadores, y a fin deevitar el deterioro de uno de ellos por la proyección de aceite al averiarse otro próximo, seinstalará una pantalla entre ambos de las dimensiones y resistencia mecánicaapropiadas.El proyecto de diseño de las instalaciones de interior de categoría especial, 1ª y 2ªcategoría ubicadas en el interior de un casco urbano definirá los sectores de incendiosnecesarios para limitar la propagación del incendio. La sectorización definida en elproyecto tendrá como mínimo los siguientes sectores de incendio independientes:1) Para cada transformador de potencia.2) Para todas las celdas del mismo nivel de tensión.3) Para la galería de cables en su punto de acceso a la subestación. El foso de cablessituado debajo de la sala de celdas podrá ser el mismo sector de incendios que la sala deceldas.4) Para la sala de equipos (condensadores, baterías de acumuladores y serviciosauxiliares, etc.).La resistencia al fuego de cada sector será al menos de 90 minutos, excepto para lossectores de transformadores y galerías de cables que será al menos de 120 minutos.En el caso de modificaciones de instalaciones existentes se tratará de cumplir estosrequisitos en la medida de lo posible teniendo en cuenta las limitaciones físicas y deespacio de la instalación existente.Se trara de un Centro de Transformación Público por lo que se entiende que las personasque acceden a él están autorizadas por la compañía responsable del servicio y que losmedios de extinción son transportados por dicho personal.

3.12.6.2.- Alumbrados especiales de emergenciaEn las instalaciones que tengan personal permanente para su servicio de maniobra, asícomo en aquellas otras que por su importancia lo requieran deberán disponerse los

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medios propios de alumbrados especiales de emergencia de acuerdo con el ReglamentoElectrotécnico para Baja Tensión.

3.12.6.3.- Elementos y dispositivos para maniobraPara la realización de las maniobras en las instalaciones eléctricas de alta tensión y deacuerdo con sus características, se utilizarán los elementos que sean necesarios para laseguridad del personal. Todos estos elementos deberán estar siempre en perfecto estadode uso, lo que se comprobará periódicamente.

3.12.6.4.- Instrucciones y elementos para prestación de primeros auxiliosEn todas las instalaciones se colocarán placas con instrucciones sobre los primerosauxilios que deben prestarse a los accidentados por contactos con elementos en tensión.En toda instalación que requiera servicio permanente de personal, se dispondrá de loselementos indispensables para practicar los primeros auxilios en casos de accidente,tales como botiquín de urgencia, camilla, mantas ignífugas, etc., e instrucciones para suuso.

3.12.6.5.- Almacenamiento de materiales

Los locales o recintos que albergan la instalación eléctrica no podrán usarse como lugarde almacenamiento de materiales. Los materiales de reposición necesarios sedispondrán en un recinto o local habilitado a tal fin.3.12.7.- Pasillos y zonas de protección3.12.7.1.- Pasillos de servicio1.- La anchura de los pasillos de servicio tiene que ser suficiente para permitir la fácilmaniobra e inspección de las instalaciones, así como el libre movimiento por los mismosde las personas y el transporte de los aparatos en las operaciones de montaje o revisiónde los mismos.Esta anchura no será inferior a la que a continuación se indica según los casos:a) Pasillos de maniobra con elementos en alta tensión a un solo lado 1,0 m.b) Pasillos de maniobra con elementos en alta tensión a ambos lados 1,2 m.c) Pasillos de inspección con elementos en alta tensión a un solo lado 0,8 m.d) Pasillos de inspección con elementos en alta tensión a ambos lados 1,0 m.En cualquier otro caso, la anchura de los pasillos de maniobra no será inferior a 1,0 m, yla de los pasillos de inspección a 0,8 m.Los anteriores valores deberán ser totalmente libres, es decir, medidos entre las partessalientes que pudieran existir, tales como mando amovibles de aparatos, barandillas, etc.El ancho libre del pasillo será al menos de 0,5 m cuando las partes móviles o las puertasabiertas de los equipos, interfieran en la ruta hacia la salida.2.- Los elementos en tensión no protegidos que se encuentren sobre los pasillos, deberánestar a una altura mínima «h» sobre el suelo medida en centímetros, igual a 250 + d. Elvalor de la distancia “d” es la distancia mínima de aislamiento fase-tierra parainstalaciones de interior, expresada en cm, según la tabla siguiente:

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3.- En las zonas de transporte de aparatos deberá mantenerse una distancia, entre loselementos en tensión y el punto más próximo del aparato en traslado, no inferior a «d»,con un mínimo de 40 centímetros.4.- En cualquier caso, estos pasillos deberán estar libres de todo obstáculo hasta unaaltura de 230 cm.A estos efectos no se considerarán pasillos los sótanos de cables o servicio. Cuando setrate de sótanos de cables la altura mínima de los mismos deberá ser tal que se respetela curvatura máxima admisible de los cables, y permita labores de instalación ymantenimiento.

3.12.8.- ITC-RAT 16 CONJUNTOS PREFABRICADOS DE APARAMENTA BAJOENVOLVENTE METÁLICA HASTA 52 kV3.12.8.1.- GeneralidadesSe establece como norma de obligado cumplimiento para estas instalaciones la normaUNE-EN 62271-200, con las modificaciones y adiciones contenidas en esta ITC.Cuando las instalaciones a que se refiere esta ITC utilicen como aislamiento fluidos apresión quedan exentas de la aplicación del Real Decreto 769/1999, de 7 de mayo, por elque se dictan las disposiciones de aplicación de la Directiva del Parlamento Europeo ydel Consejo, 97/23/CE, relativa a los equipos de presión y se modifica el Real Decreto1244/1979, de 4 de abril, que aprobó el Reglamento de aparatos a presión.

3.12.8.2.- Ámbito de aplicación1.-Se aplicará esta Instrucción a los conjuntos prefabricados de aparamenta bajoenvolvente metálica de tensión mas elevada para el material de hasta 52 kV inclusive,para instalación interior o exterior. Estas instalaciones pueden incluir además de aparatosde conexión, su combinación con otros aparatos de alta tensión tales comotransformadores de medida o protección, transformadores de potencia, fusibles,pararrayos, condensadores, reactancias, etc.Los requisitos específicos de los conjuntos prefabricados para centros de transformaciónse consideran en la ITC-RAT 14.2.-Esta instrucción será aplicable tanto a instalaciones que utilicen como aislamiento airea presión atmosférica como aquellas que usen gases (por ejemplo SF6) o líquidos. Lapresión relativa para los compartimentos rellenos de gas quedará limitada a un máximode 3 bares. Los compartimentos rellenos de gas con una presión relativa mayor sediseñarán y ensayarán según los criterios de la ITC-RAT 18.

3.12.8.3.- Concepción y construcción1.-La aparamenta bajo envolvente metálica deberá construirse de modo que lasoperaciones normales de explotación y mantenimiento puedan efectuarse sin riesgo.Existirán dispositivos eficaces para impedir los contactos accidentales con puntos entensión incluso cuando estén totalmente extraídas las partes amovibles de la instalaciónsi las hubiere.2.-Se preverán los elementos de seguridad suficientes que eviten la explosión de laenvolvente metálica en caso de defecto interno y se elegirán las direcciones de escapeen su caso de los fluidos (gases, líquidos, etc.) para evitar posibles daños a las personas.3.- Se preverán sistemas de alarma por pérdida de gas (disminución de la densidad),salvo cuando el diseño de las celdas o conjuntos esté contrastado mediante loscorrespondientes ensayos, de forma que el fabricante pueda garantizar que las pérdidasde gas no influyen en su vida útil, siendo ésta superior a treinta años. No obstante, si lapresión absoluta mínima de funcionamiento referida a 20ºC que garantiza los valoresasignados de la aparamenta es superior a 1,2 bares, será necesario al menos, un

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indicador de presión.Cada conjunto prefabricado llevará en lugar visible una placa de características enespañol con los siguientes datos:a) Nombre del fabricante o marca de identificación.b) Número de serie o designación de tipo, que permita obtener toda la informaciónnecesaria del fabricante.c) Tensión asignada.d) Intensidades asignada máximas de servicio de las barras generales y de los circuitos.e) Frecuencia asignada.f) Año de fabricación.g) Intensidad máxima de cortocircuito soportable. La duración asignada del cortocircuitose indicará sólo en caso de que sea diferente de 1s.h) Nivel de aislamiento nominal. Puede ser suficiente indicar la tensión asignadasoportada a impulsos tipo rayo.i) Cualquier otra característica cuya inclusión sea requerida en la norma UNE-EN 62271-200.Además, es preciso que cada aparato de conexión tenga su placa de característicassegún lo especificado en el apartado 5.10 de la norma UNE-EN 62271-1. Los aparatos deconexión que por diseño y construcción formen parte integrante de una unidad funcional ysean fabricados específicamente para esta no necesitarán llevar una placa decaracterísticas individual sino que tendrán como placa de características la de la propiaunidad funcional, la cual deberá incluir los datos que correspondan del aparato deconexión incorporado.Si varias unidades funcionales están integradas en un conjunto, bastará con colocar unasola placa para todo el conjunto.La placa de características se colocará preferentemente en una parte fija de la unidadfuncional, de forma que sea visible durante el servicio normal. Las partes desmontablescomo tapas o cubiertas, si existen, deben tener una placa o marca de identificación quepermita asociarla con la parte fija. Si la ubicación de la placa de características estuvieraen una tapa o cubierta desmontable se incorporará en la parte fija de la unidad funcionaluna marca o número de identificación que permita asociar la parte fija con la partedesmontable (por ejemplo, basta marcar el mismo número de serie en la parte fija y en laparte desmontable).

3.12.9.- Condiciones de instalacion1.-La conexión a tierra de las envolventes metálicas se realizará de la forma indicada enla Instrucción ITC-RAT 13.2.-Las instrucciones de mantenimiento estarán a disposición del personal de servicio dela instalación.

3.12.10.- Condiciones de servicioLas condiciones normales de servicio de los conjuntos prefabricados se ajustarán a lasespecificadas en la norma UNE-EN62271-200.Estas instalaciones prefabricadas podrán estar previstas para servicio de interior o deexterior.

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4.- CENTROS DE TRANSFORMACIÓN PÚBLICO

4.1.- GeneralidadesEl nuevo centro de transformación a disponer, serán prefabricados subterráneos, ubicadoen una de las zonas verdes de la urbanización con acceso directo las 24 horas del día.Se dispondrá pues de un centro de transformación prefabricados, del tipo PFS-V-62, talcomo se muestran en planos adjuntos.Sus accesos son totalmente independientes y como se ha comentado disponen deperfecto acceso para sus labores de mantenimiento las 24 horas del día.Desde el punto de vista de la ubicación de sus mecanismos de maniobra, protección yubicación del transformador, se trata de centros prefabricados subterráneos.Su espacio interior se distribuirá tal y como se detalla en los planos adjuntos.4.2.- Centro de Transformación de Compañía (PFS-V-62)El Centro de Transformación tipo compañía, objeto de este proyecto tiene la misión desuministrar energía, sin necesidad de medición de la misma.La energía será suministrada por la compañía UNELCO - Endesa a la tensión trifásica de20 kV y frecuencia de 50 Hz, realizándose la acometida por medio de cablessubterráneos.El PFS-V-62 de Ormazabal es un centro de transformación subterráneo de maniobrainterior, diseñado según norma UNE-EN 62271-202 para su utilización en redes dedistribución eléctrica públicas de hasta 36kV, pudiendo contener dos transformadores dehasta 630kVA y cuyas rejillas de ventilación se hallan ubicadas en un plano vertical.Los tipos generales de equipos de Media Tensión empleados en este proyecto son:CGMCOSMOS: Equipo compacto de 3 funciones, con aislamiento y corte en gas,opcionalmente extensibles "in situ" a derecha e izquierda, sin necesidad de reponer gas.

4.2.1.- Programa de necesidades y potencia instalada en kVALas necesidades de potencia son de 1.222,71kW. Parcelas Residenciales TS4 y TS5Para atender a las necesidades arriba indicadas, la potencia total instalada en esteCentro de Transformación es de 2x630kVAs.

4.2.2.- Descripción de la instalación

4.2.2.1.- Obra CivilEl Centro de Transformación objeto de este proyecto consta de una única envolvente, enla que se encuentra toda la aparamenta eléctrica, máquinas y demás equipos.Para el diseño de este Centro de Transformación se han tenido en cuenta todas lasnormativas anteriormente indicadas en esta memoria.

4.2.2.2.- Características de los MaterialesEdificio de Transformación: PFS-62-2T-V 24kV

Descripción

Los Centros de Transformación PFS-V-2T, subterráneos y de maniobra interior, constande una envolvente de hormigón, de estructura monobloque, en cuyo interior se incorporantodos los componentes eléctricos desde la aparamenta de MT hasta los cuadros de BT,incluyendo el transformador, dispositivos de control e interconexiones entre los diversoselementos.La principal ventaja que presentan estos Centros de Transformación es que tanto la

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construcción como el montaje y equipamiento interior pueden ser realizados íntegramenteen fábrica, garantizando con ello una calidad uniforme y reduciendo considerablementelos trabajos de obra civil y montaje en el punto de instalación.

- EnvolventeLos edificios prefabricados de hormigón PFS-V-2T están formados por dos piezasprincipales: una que aglutina la base y las paredes laterales, y otra que forma la cubierta.Las piezas construidas en hormigón ofrecen una resistencia característica de 300 kg/cm².Además, disponen de una armadura metálica, que permite la interconexión entre sí y alcolector de tierras. Esta unión se realiza mediante latiguillos de cobre, dando lugar a unasuperficie equipotencial que envuelve completamente al centro. Las puertas y rejillasestán aisladas eléctricamente respecto de la tierra de la envolvente.La cubierta está formada por una pieza de hormigón, en la que se encuentran las rejillasde ventilación, tapa para acceso de personas, tapa del transformador y tapa demateriales (celdas). Todas las tapas disponen de insertos roscados para sumanipulación.En el hueco para transformador, se dispone de una "Meseta de Transformador", que hasido diseñada para distribuir homogéneamente el peso del transformador en la placabase, y para recoger un derrame eventual del líquido refrigerante del transformador.En la parte superior de las paredes laterales menores se sitúan los orificios de paso delos cables de MT. Los orificios de paso de los cables de BT se encuentran en las paredeslaterales mayores.- Placa pisoSobre la placa base, y a una altura de unos 500 mm, se sitúa la placa piso, que sesustenta en algunos apoyos sobre la placa base, y en el interior de las paredes laterales,permitiendo este espacio el paso de cables de MT y BT, a los que se accede a través deunas troneras cubiertas con losetas.- AccesosEl acceso de personas se realiza por una tapa equilibrada que permite la apertura por unsolo operario y que al abrirse despliega una protección perimetral formada por una mallametálica. El descenso al Centro de Transformación se realiza por una escalera con unángulo de inclinación inferior a 68 º.El acceso al transformador se realiza por la tapa correspondiente. Dentro del centro, eltransformador queda separado del resto por una malla metálica.A través de la tapa de materiales se pueden introducir al Centro de Transformación lasceldas y cuadros de BT.- VentilaciónLa ventilación para entrada y salida del aire está formada en el PFS-V 2T por 4 torres deventilación verticales.- AccesosEl acceso de personas se realiza por una tapa equilibrada, que permite la apertura por unsolo operario, y que al abrirse despliega una protección perimetral formada por una mallametálica. El descenso al Centro de Transformación se realiza por una escalera.- AcabadosLas paredes laterales (subterráneas) están impermeabilizadas exteriormente einteriormente pintadas de color blanco. El acabado de la cubierta se adapta al entorno ysu acabado puede hacerse bien en fábrica o en obra mediante grava, baldosa, etc. Lastorres de ventilación de los PFS-V 2T son de aluminio y se pintan en color blanco.Todas las piezas metálicas expuestas al exterior están tratadas adecuadamente contra lacorrosión.- Calidad

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La instalación de la aparamenta eléctrica del PFS-V 2 T se realiza integramente enfábrica asegurando así la calidad del montaje y han sido acreditados con el Certificado deCalidad UNESA de acuerdo a la RU 1303A.- AlumbradoEl equipo va provisto de alumbrado conectado y gobernado desde el cuadro de BT, elcual dispone de un interruptor para realizar dicho cometido.- VariosEl PFS-V-2T ha sido diseñado para admitir la sobrecarga debida el paso ocasional devehículos en aceras y garajes; carga uniformemente repartida de 400 kg/m², más unacarga puntual de 6.000 kg (rueda de vehículo), sobre una superficie de 0,3 x 0,3 m2.- CimentaciónPara la ubicación de los Centros de Transformación PFS-V 2T es necesaria unaexcavación, cuyas dimensiones mínimas aproximadas son de 7.8 x 3.7 x 3.04 m en estecaso, sobre cuyo fondo se extiende una base de hormigón de unos 200 mm de espesorcon malla de acero y una capa de arena compactada y nivelada de unos 50 mm deespesor.

- Características Detalladas

Nº de transformadores: 2Nº reserva de celdas: 1Puertas de acceso peatón: 1 puertaDimensiones exteriores

Longitud: 6.230 mmFondo: 2.460 mmAltura: 2.840 mm (incluye solado)Peso: 29.050 kg

Dimensiones interiores

Longitud: 6.200 mmFondo: 2.100 mmAltura: 2.447,5 mm

Dimensiones de la excavación

Longitud: 7.800 mmFondo: 3.700 mmProfundidad: 3.090 mm

4.2.3.- Instalación Eléctrica

4.2.3.1.- Características de la Red de AlimentaciónLa red de la cual se alimenta el Centro de Transformación es del tipo subterráneo, conuna tensión de 20 kV, nivel de aislamiento según la MIE-RAT 12 y una frecuencia de 50Hz.La potencia de cortocircuito en el punto de acometida, según los datos suministrados porla compañía eléctrica, es de 500 MVA, lo que equivale a una corriente de cortocircuito de14,4 kA eficaces.

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4.2.3.2.- Características de la Aparamenta de Media TensiónCaracterísticas Generales de los Tipos de Aparamenta Empleados en la Instalación.

Celdas: CGMCOSMOS-2L2P

El sistema CGMCOSMOS está compuesto 2 posiciones de línea y 2 posiciones deprotección con fusibles, con las siguientes características:- Celdas CGMCOSMOSEl sistema CGMCOSMOS compacto es un equipo para MT, integrado y totalmentecompatible con el sistema CGMCOSMOS modular, extensible "in situ" a izquierda yderecha. Sus embarrados se conectan utilizando unos elementos de unión patentadospor ORMAZABAL y denominados ORMALINK, consiguiendo una conexión totalmenteapantallada, e insensible a las condiciones externas (polución, salinidad, inundación,etc.). Incorpora tres funciones por cada módulo en una única cuba llena de gas, en la cualse encuentran los aparatos de maniobra y el embarrado.- Base y frenteLa base está diseñada para soportar al resto de la celda, y facilitar y protegermecánicamente la acometida de los cables de MT. La tapa que los protege esindependiente para cada una de las tres funciones. El frente presenta el mímico unifilardel circuito principal y los ejes de accionamiento de la aparamenta a la altura idónea parasu operación.La parte frontal incluye en su parte superior la placa de características eléctricas, la mirillapara el manómetro, el esquema eléctrico de la celda, los accesos a los accionamientosdel mando y el sistema de alarma sonora de puesta a tierra. En la parte inferior seencuentra el dispositivo de señalización de presencia de tensión y el panel de acceso alos cables y fusibles. En su interior hay una pletina de cobre a lo largo de toda la celda,permitiendo la conexión a la misma del sistema de tierras y de las pantallas de los cables.Lleva además un sistema de alarma sonora de puesta a tierra, que suena cuandohabiendo tensión en la línea se introduce la palanca en el eje del seccionador de puesta atierra. Al introducir la palanca en esta posición, un sonido indica que puede realizarse uncortocircuito o un cero en la red si se efectúa la maniobra.La tapa frontal es común para las tres posiciones funcionales de la celda.- CubaLa cuba, fabricada en acero inoxidable de 2 mm de espesor, contiene el interruptor, elembarrado y los portafusibles, y el gas se encuentra en su interior a una presión absolutade 1,15 bar (salvo para celdas especiales). El sellado de la cuba permite elmantenimiento de los requisitos de operación segura durante toda su vida útil, sinnecesidad de reposición de gas.Esta cuba cuenta con un dispositivo de evacuación de gases que, en caso de arcointerno, permite su salida hacia la parte trasera de la celda, evitando así, con ayuda de laaltura de las celdas, su incidencia sobre las personas, cables o la aparamenta del Centrode Transformación.La cuba es única para las tres posiciones con las que cuenta la celda CGMCOSMOS yen su interior se encuentran todas las partes activas de la celda (embarrados, interruptor-seccionador, puestas a tierra, tubos portafusibles).- Interruptor/Seccionador/Seccionador de puesta a tierraLos interruptores disponibles en el sistema CGMCOSMOS compacto tienen tresposiciones: conectado, seccionado y puesto a tierra.La actuación de este interruptor se realiza mediante palanca de accionamiento sobre dosejes distintos: uno para el interruptor (conmutación entre las posiciones de interruptor

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conectado e interruptor seccionado); y otro para el seccionador de puesta a tierra de loscables de acometida (que conmuta entre las posiciones de seccionado y puesto a tierra).- MandoLos mandos de actuación son accesibles desde la parte frontal, pudiendo ser accionadosde forma manual o motorizada.- Fusibles (Celda CGMCOSMOS-P)En las celdas CGMCOSMOS-P, los fusibles se montan sobre unos carros que seintroducen en los tubos portafusibles de resina aislante, que son perfectamente estancosrespecto del gas y del exterior. El disparo se producirá por fusión de uno de los fusibles ocuando la presión interior de los tubos portafusibles se eleve debido a un fallo en losfusibles o al calentamiento excesivo de éstos. Presenta también captadores capacitivospara la detección de tensión en los cables de acometida.- Conexión de cablesLa conexión de cables se realiza desde la parte frontal mediante unos pasatapasestándar.- EnclavamientosLa función de los enclavamientos incluidos en todas las celdas CGMCOSMOS es que:

• No se pueda conectar el seccionador de puesta a tierra con el aparato principalcerrado, y recíprocamente, no se pueda cerrar el aparato principal si elseccionador de puesta a tierra está conectado.

• No se pueda quitar la tapa frontal si el seccionador de puesta a tierra está abierto,y a la inversa, no se pueda abrir el seccionador de puesta a tierra cuando la tapafrontal ha sido extraída.

- Características eléctricasLas características generales de las celdas CGMCOSMOS son las siguientes:Tensión nominal 24 kVNivel de aislamientoFrecuencia industrial (1 min)

a tierra y entre fases 50 kVa la distancia de seccionamiento 60 kV

Impulso tipo rayoa tierra y entre fases 125 kVa la distancia de seccionamiento 145 kV

En la descripción de cada celda se incluyen los valores propios correspondientes a lasintensidades nominales, térmica y dinámica, etc.

4.2.3.3.- Características Descriptivas de la Aparamenta MT y Transformadores

E/S1,E/S2,PT1: CGMCOSMOS-2LPCelda compacta con envolvente metálica, fabricada por ORMAZABAL, formada porvarias posiciones con las siguientes características:CGMCOSMOS-2LP es un equipo compacto para MT, integrado y totalmente compatiblecon el sistema CGMCOSMOS.La celda CGMCOSMOS-2LP está constituida por tres funciones: dos de línea ointerruptor en carga y una de protección con fusibles, que comparten la cuba de gas y elembarrado.Las posiciones de línea, incorporan en su interior una derivación con un interruptor-seccionador rotativo, con capacidad de corte y aislamiento, y posición de puesta a tierrade los cables de acometida inferior-frontal mediante bornas enchufables. Presentatambién captadores capacitivos para la detección de tensión en los cables de acometiday un sistema de alarma sonora de puesta a tierra, que suena cuando habiendo tensión en

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la línea se introduce la palanca en el eje del seccionador de puesta a tierra. Al introducirla palanca en esta posición, un sonido indica que puede realizarse un cortocircuito o uncero en la red si se efectúa la maniobra.La posición de protección con fusibles incorpora en su interior un embarrado superior decobre, y una derivación con un interruptor-seccionador igual al antes descrito, y en seriecon él, un conjunto de fusibles fríos, combinados con ese interruptor. Presenta tambiéncaptadores capacitivos para la detección de tensión en los cables de acometida y puedellevar un sistema de alarma sonora de puesta a tierra, que suena cuando habiendotensión en la línea se introduce la palanca en el eje del seccionador de puesta a tierra. Alintroducir la palanca en esta posición, un sonido indica que puede realizarse uncortocircuito o un cero en la red si se efectúa la maniobra.

Características eléctricas:

• Tensión asignada: 24 kV• Intensidad asignada en el embarrado: 630 A• Intensidad asignada en las entradas/salidas: 630 A• Intensidad asignada en la derivación: 200 A• Intensidad de corta duración (1 s), eficaz: 16 kA• Intensidad de corta duración (1 s), cresta: 40 kA• Nivel de aislamiento

Frecuencia industrial (1 min)a tierra y entre fases: 50 kVImpulso tipo rayoa tierra y entre fases (cresta):125 kV

• Capacidad de cierre (cresta): 40 kA• Capacidad de corte

Corriente principalmente activa: 630 A

- Características físicas:

• Ancho: 1190 mm• Fondo: 735 mm• Alto: 1740 mm• Peso: 290 kg

- Otras características constructivas

• Mando interruptor 1: manual tipo B• Mando interruptor 2: manual tipo B• Mando posición con fusibles: manual tipo BR• Intensidad fusibles: 3x40 A

Protección Transformador 2: CGMCOSMOS-P Protección fusiblesCelda con envolvente metálica, fabricada por ORMAZABAL, formada por un módulo conlas siguientes características:

La celda CGMCOSMOS-P de protección con fusibles, está constituida por un módulometálico con aislamiento y corte en gas, que incorpora en su interior un embarradosuperior de cobre, y una derivación con un interruptor-seccionador rotativo, con

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capacidad de corte y aislamiento, y posición de puesta a tierra de los cables deacometida inferior-frontal mediante bornas enchufables, y en serie con él, un conjunto defusibles fríos, combinados o asociados a ese interruptor. Presenta también captadorescapacitivos para la detección de tensión en los cables de acometida y puede llevar unade alarma sonora de prevención de puesta a tierra ekor.sas, que suena cuando habiendotensión en la línea se introduce la palanca en el eje del seccionador de puesta a tierra. Alintroducir la palanca en esta posición, un sonido indica que puede realizarse uncortocircuito o un cero en la red si se efectúa la maniobra.

- Características eléctricas:

• Tensión asignada: 24 kV• Intensidad asignada en el embarrado: 630 A• Intensidad asignada en la derivación: 200 A• Intensidad fusibles: 3x40 A• Intensidad de corta duración (1 s), eficaz: 16 kA• Intensidad de corta duración (1 s), cresta: 40 kA• Nivel de aislamiento

Frecuencia industrial (1 min)a tierra y entre fases: 50 kVImpulso tipo rayoa tierra y entre fases (cresta):125 kV

• Capacidad de cierre (cresta): 40 kA• Capacidad de corte

Corriente principalmente activa: 400 AClasificación IAC: AFL

- Características físicas:

• Ancho: 470 mm• Fondo: 735 mm• Alto: 1740 mm• Peso: 140 kg

- Otras características constructivas:

• Mando posición con fusibles: manual tipo BR• Combinación interruptor-fusibles: combinados

Transformador 1: Transformador aceite 24 kVTransformador trifásico sumergido es éster vegetal, reductor de tensión, construido segúnlas normas citadas anteriormente, de marca COTRADIS, con neutro accesible en elsecundario, de potencia 630 kVA y refrigeración natural aceite, de tensión primaria 20 kVy tensión secundaria 420 V en vacío (B2).- Otras características constructivas:

• Regulación en el primario: + 2,5%, + 5%, + 7,5%, + 10 %• Tensión de cortocircuito (Ecc): 4%• Grupo de conexión: Dyn11• Protección incorporada al transformador: Termómetro

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Transformador 2: Transformador aceite 24 kVTransformador trifásico sumergido es éster vegetal, reductor de tensión, construido segúnlas normas citadas anteriormente, de marca COTRADIS, con neutro accesible en elsecundario, de potencia 630 kVA y refrigeración natural aceite, de tensión primaria 20 kVy tensión secundaria 420 V en vacío (B2).- Otras características constructivas:

• Regulación en el primario: + 2,5%, + 5%, + 7,5%, + 10 %• Tensión de cortocircuito (Ecc): 4%• Grupo de conexión: Dyn11• Protección incorporada al transformador: Termómetro

4.2.3.4.- Características Descriptivas de los Cuadros de Baja Tensión

Cuadros BT - B1 y B2 Transformador 1 y 2: CBTO

El Cuadro de Baja Tensión CBTO-C, es un conjunto de aparamenta de BT cuya funciónes recibir el circuito principal de BT procedente del transformador MT/BT y distribuirlo enun número determinado de circuitos individuales.La estructura del cuadro CBTO-C de ORMAZABAL está compuesta por un bastidoraislante, en el que se distinguen las siguientes zonas:

- Zona de acometida, medida y de equipos auxiliares

En la parte superior de CBTO-C existe un compartimento para la acometida al mismo,que se realiza a través de un pasamuros tetrapolar, evitando la penetración del agua alinterior. CBTO incorpora 4 seccionadores unipolares para seccionar las barras.

- Zona de salidas

Está formada por un compartimento que aloja exclusivamente el embarrado y loselementos de protección de cada circuito de salida. Esta protección se encomienda afusibles de la intensidad máxima más adelante citada, dispuestos en bases trifásicasverticales cerradas (BTVC) pero maniobradas fase a fase, pudiéndose realizar lasmaniobras de apertura y cierre en carga.

- Características eléctricas• Tensión asignada de empleo: 440 V• Tensión asignada de aislamiento: 500 V• Intensidad asignada en los

embarrados: 1600 A• Frecuencia asignada:50 Hz• Nivel de aislamiento

Frecuencia industrial (1 min)a tierra y entre fases: 10 kVentre fases: 2,5 kV

• Intensidad Asignada de Cortaduración 1 s: 24 kA

• Intensidad Asignada de Cresta: 50,5 kA- Características constructivas:

• Anchura: 1000 mm

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• Altura: 1360 mm• Fondo: 350 mm

- Otras características:

• Salidas de Baja Tensión: 8 salidas (8 x 400 A)

- Ampliación

Dado que son necesarias 8 salidas de este tipo, se incluye también un cuadro AM-4 deampliación, con las mismas características eléctricas que el módulo AC-4, y mismaanchura y fondo que ese cuadro, pero una altura de sólo 1190 mm, ya que no incluye elcompartimento superior.

4.2.3.5.- Características del material vario de Media Tensión y Baja TensiónEl material vario del Centro de Transformación es aquel que, aunque forma parte delconjunto del mismo, no se ha descrito en las características del equipo ni en lascaracterísticas de la aparamenta.

- Interconexiones de MT:

Puentes MT Transformador 1 y 2: Cables MT 12/20 kVCables MT 12/20 kV del tipo RHZ1, unipolares, con conductores de sección y material1x35 Cu.La terminación al transformador es EUROMOLD de 24 kV del tipo enchufable acodada ymodelo K158LR.En el otro extremo, en la celda, es EUROMOLD de 24 kV del tipo enchufable recta ymodelo K152SR.

- Interconexiones de BT:Puentes BT - B2 Transformador 1 y 2: Puentes transformador-cuadroJuego de puentes de cables de BT, de sección y material Al (Etileno-Propileno) sinarmadura de 150mm² de sección, y todos los accesorios para la conexión, formados porun grupo de cables en la cantidad 3xfase + 2xneutro.

- Defensa de transformadores:

Defensa de Transformador 1 y 2: Protección física transformador

Protección metálica para defensa del transformador.

- Equipos de iluminación:

Iluminación Edificio de Transformación: Equipo de iluminaciónEquipo de alumbrado que permita la suficiente visibilidad para ejecutar las maniobras yrevisiones necesarias en los centros.Equipo autónomo de alumbrado de emergencia y señalización de la salida del local.

4.2.4.- Medida de la energía eléctricaAl tratarse de un Centro de Distribución público, no se efectúa medida de energía en MT.

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4.2.5.- Unidades de protección, automatismo y controlEste proyecto no incorpora automatismos ni relés de protección.

4.2.6.- Puesta a tierraTierra de protecciónTodas las partes metálicas no unidas a los circuitos principales de todos los aparatos yequipos instalados en el Centro de Transformación se unen a la tierra de protección:envolventes de las celdas y cuadros de BT, rejillas de protección, carcasa de lostransformadores, etc., así como la armadura del edificio (si éste es prefabricado). No seunirán, por contra, las rejillas y puertas metálicas del centro, si son accesibles desde elexteriorTierra de servicioCon objeto de evitar tensiones peligrosas en BT, debido a faltas en la red de MT, elneutro del sistema de BT se conecta a una toma de tierra independiente del sistema deMT, de tal forma que no exista influencia en la red general de tierra, para lo cual seemplea un cable de cobre aislado.

4.2.7.- Instalaciones secundarias- AlumbradoEl interruptor se situará al lado de la puerta de acceso, de forma que su accionamiento norepresente peligro por su proximidad a la MT.El interruptor accionará los puntos de luz necesarios para la suficiente y uniformeiluminación de todo el recinto del centro.- Medidas de seguridadPara la protección del personal y equipos, se debe garantizar que:1- No será posible acceder a las zonas normalmente en tensión, si éstas no han sidopuestas a tierra. Por ello, el sistema de enclavamientos interno de las celdas debe afectaral mando del aparato principal, del seccionador de puesta a tierra y a las tapas de accesoa los cables.2- Las celdas de entrada y salida serán con aislamiento integral y corte en gas, y lasconexiones entre sus embarrados deberán ser apantalladas, consiguiendo con ello lainsensibilidad a los agentes externos, y evitando de esta forma la pérdida del suministroen los Centros de Transformación interconectados con éste, incluso en el eventual casode inundación del Centro de Transformación.3- Las bornas de conexión de cables y fusibles serán fácilmente accesibles a losoperarios de forma que, en las operaciones de mantenimiento, la posición de trabajonormal no carezca de visibilidad sobre estas zonas.4- Los mandos de la aparamenta estarán situados frente al operario en el momento derealizar la operación, y el diseño de la aparamenta protegerá al operario de la salida degases en caso de un eventual arco interno.5- El diseño de las celdas impedirá la incidencia de los gases de escape, producidos enel caso de un arco interno, sobre los cables de MT y BT. Por ello, esta salida de gases nodebe estar enfocada en ningún caso hacia el foso de cables.4.3.- Observaciones básicasA continuación se detalla listado no exahustivo de observaciones, a ser resueltas durantesu ejecución, y siempre antes de la Certificación Final de la instalación.- Placas de ubicación de centro de entrega y centro de transformación.- Rotulación de cabinas de M.T. según normativa vigente- Candado de Compañía en centro de entrega- Disposición de pértiga y banqueta rotulada en centro de transformación y en centro de

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entrega (parte de medida).- Rotulación de código y alias de centro de transformación y centro de entrega- Colocación de cartel de reglas de oro, primeros auxilios y operaciones de maniobra encentro de transformación, y en ambas zonas de centro de entrega (reparto y medida)- Separación de las cabinas de reparto y medida con rejilla metálica separada de puertas20 cm y conectado a tierra.- Disponer trazado de red de tierra a la vista en toda la parte posible.- Rotular el valor de la medición de tierra en la cercanía de la conexión.- Disponer tapas de foso de suficiente resistencia mecánica, y conectadas a tierra deforma visible.- Conexión de todos los elementos metálicos interiores a tierra de herrajes.- Rematar paredes de arquetas y conexión de tubos, según detalles de planos adjuntos.Recortar tubos y achaflanar sus conexiones. Limpiar fondos de arqueta.- Disponer de marco y tapa B2 (redonda), en las arquetas de zonas de circulación.- Disponer tapas con logotipo de compañía, únicamente las de trazados de acometidaque se cederán a la compañía.- Mantener profundidad mínima de tubos de M.T. de 80 cm en aceras, y 90 cm encalzadas. Disponer de tubo adicional en cruces.- Sellar tubos en arquetas y conexión a centro de entrega y centro de transformación.- Disponer de malla equipotencial en la zona frontal del centro de entrega.- Comprobar especificaciones técnicas del equipo de medida, según normativa vigente.- Al finalizar la instalación, solicitar visita de OCA, de inspección de Nuevos Suministros yde Medida de la Compañía suministradora.- Medición de tierras y tensiones de paso y contacto.- Disponer de fusibles de repuesto.- Disponer de final de carrera en puertas.- Llave de apertura de cabinas.- Disponer de tela mosquitera de latón, con luz máxima de 6 mmm, según normativavigente, en huecos de ventilación, fácilmente desmontable para su mantenimiento.- En caso de disponer de fosa aparte para recogida de aceite, se ejecutará de forma queno haya derrames en caso de inundación de agua.- Disponer de rejillas de ventilación de aluminio resistente, y de tipo “laberíntico” en “L”que impida introducir objetos.- Comprobar conexiones eléctricas en interior de protecciones de CMT y susdiferenciales, de forma que el transformador siempre esté protegido evitando su disparopor otros motivos ajenos.- No disponer de ningún tipo de obstáculo en suelo de centro de transformación. Debeestar todo el suelo al mismo nivel.- Se debe señalizar, mediante marcado adecuado, el tramo de conductor de “tierra deneutro, en la conexión con el transformador.- Las conexiones de tierra en el interior de celdas del transformador, deben serperfectamente visibles desde el exterior y en todo su recorrido.- No se deben anclar al suelo las vigas que soportan las ruedas de los transformadores.- Las ruedas de los transformadores deben estar bloqueadas mediante cuñas.- Las puertas de celdas de transformadores deben ser de fácil apertura, para podercambiar el transformador en cualquier momento.- Las pantallas de alumbrado normal y de emergencia, deben disponerse a una altura talque su mantenimiento no conlleve el uso de escalera, y simplemente se pueda realizarcon la banqueta existente.- Los huecos de conexión entre el C.T. y el resto de locales anexos, debe sectorizarsecon materiales resistentes al fuego.

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- No se debe disponer extintor o guantes en centros de entrega y en centros detransformación públicos.- Los conductores de tierra de las tapas de fosos y otros herrajes, deben ser continuos, yno intercalar ningún tipo de elemento metálico haciendo la función del conductor.- Se debe disponer el termómetro del transformador de forma que sea visible desde elexterior de la celda.- La caja de conexión del cable del termómetro del transformador no puede “adosarse” altransformador.- En el caso de que la placa del transformador no sea visible fácilmente desde el exteriorde la celda, deberá cambiarse de ubicación, para poder ser visible de este modo.- En el caso de aperturas de puertas de celdas de transformadores al exterior, se deberácolocar barras de señalización, desmontables, y con triángulo de señalización de peligro.- Disponer de triángulos de señalización de peligro en puertas, cuadros, cabinas, etc. Conlas medidas según normativa de UNELCO.- Disponer de rejilla (intumescente en determinados casos), en la parte baja de loscentros de entrega, para salida de gas SF6 en caso de rotura de una botella deseccionador.- Las puertas deben tener una altura mínima de 2,10 m, y si se utilizan para paso decabinas de medida, deberán tener un ancho libre de 1 m.- Comprobar medidas mínimas entre cabinas de media tensión, y cuadros de bajatensión.- No intercalar cajas de conexión para la línea de tierra de neutro. Debe ir directa desdeborna de transformador a electrodos de tierra, debidamente señalizada.- Disponer de tierra de referencia según casos indicados en normativa.- Evitar disponer fosos con tapas metálicas en zonas de circulación de personas.- Prever hueco y conexión para ampliación de CMT futuro.- Prever huecos y conexión para cabinas de media tensión futuras.

4.4.- Cálculos del centro de transformación.4.4.1.- Intensidad de media tensión del transformador.La intensidad primaria en un transformador trifásico viene dada por la expresión:

P

PV3

PI

Donde:P=Potencia del transformador en KVAsVP= Tensión primaria en KVIp=Intensidad primaria en AEn el caso que nos ocupa, con una potencia de transformación de 630KVAs la tensiónprimaria de alimentación es de 20 kV.Ip = 18,18APor tanto la intesidad total de MT que hay es:Itot=36,4 A

4.4.2.- Intensidad en baja tensión de cada transformadorPara el transformador de este Centro de Transformación, la potencia es de 630 kVA, y latensión secundaria es de 420 V en vacío.La intensidad secundaria en un transformador trifásico viene dada por la expresión:

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SV3

PIs

Donde:P = potencia del transformador en KVAVs = tensión secundaria en KVIs = intensidad secundaria en ALa potencia es de 630 KVAs, y la tensión secundaria es de 420V.La intensidad en las salidas de 420 V en vacio puede alcanzar el valor:Is = 866,02A

4.4.3.- CortocircuitosDatos de Partida.Para el cálculo de las intensidades que origina un cortocircuito, se tendrá en cuenta lapotencia de cortocircuito de la red de Media Tensión, valor especificado por la CompañíaSuministradora.Cálculo de las corrientes de cortocircuitoPara el cálculo de la corriente de cortocircuito en la instalación, se utiliza la expresión:

P

CCCCP

V3

SI

Donde:SCC=potencia de cortocircuito de la red en MVAVP= tensión de servicio en KVICCP = corriente de cortocircuito en KAPara los cortocircuitos secundarios, se va a considerar que la potencia de cortocircuitodisponible es la teórica de los transformadores de MT-BT, siendo por ello másconservadores que en las consideraciones reales.La corriente de cortocircuito secundaria de un transformador trifásico, viene dada por laexpresión:

SCC

CCSVE3

P100I

Donde:P=Potencia del transformador en KVAECC=Tensión de cortocircuito del transformador en %VS=Tensión secundaria en VICCS=Corriente de cortocircuito en KACortocircuito en el lado de Media TensiónUtilizando la expresión antes citadas, en la que la potencia de cortocircuito es de 500MVA, la intensidad de cortocircuito es:Iccp = 14,4KACortocircuito en el lado de Baja TensiónLa potencia es de 630 KVAs, la tensión porcentual de cortocircuito del 4%, y la tensiónsecundaria es de 420V.La intensidad de cortocircuito en el lado de Baja Tensión con 420V será, aplicando laformula anterior:Iccs=21,65KA

4.4.4.- Protecciones contra sobrecargas y cortocircuitos.Protecciones en MTLos cortacircuitos fusibles son los limitadores de corriente, produciéndose su fusión, para

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una intensidad determinada, antes que la corriente haya alcazado su valor máximo. Detodas formas, esta protección debe permitir el paso de la punta de corriente producida enla conexión del transformador en vacío, soportar la intensidad en servicio continuo ysobrecargas eventuales y cortar las intensidades de defecto en los bornes del secundariodel transformador.

4.5.- Cálculo de las instalaciones de puesta a tierraEl RAT indica que, para instalaciones de tercera categoría, y de intensidad decortocircuito a tierra inferior o igual a 1500A, es posible estimar la resistividad del terreno,siendo necesario medirla para corrientes superiores.Según la investigación previa del terreno donde se instalará este Centro deTransformación, se determina la resistividad media en 200 Ohm x m.4.5.1.- Determinación de las corrientes máximas de puesta a tierra y del tiempomáximo correspondiente a la eliminación del defecto.En instalaciones de Media Tensión de tercera categoría, los parámetros que determinanlos cálculos de faltas a tierra son los siguientes:De la red:- Tipo de neutro: el neutro de la red puede estar aislado, rígidamente unido a tierra, ounido a esta mediante resistencias o impedancias. Esto producirá una limitación de lacorriente de la falta, en función de las longitudes de líneas o de los valores deimpedancias en cada caso.- Tipo de protecciones: cuando se produce un defecto, éste se elimina mediante laapertura de un elemento de corte que actúa por indicación de un dispositivo relé deintensidad, que puede actuar en un tiempo fijo (tiempo fijo), o según una curva de tipoinverso (tiempo dependientes). Adicionalmente, pueden existir reenganches posterioresal primer disparo, que sólo influirán en los cálculos si se producen en un tiempo inferior alos 0,5 s.No obstante, y dada la casuística existente dentro de las redes de cada compañíasuministradora, en ocasiones se debe resolver este cálculo considerando una intensidadmáxima empírica, y un tiempo máximo de ruptura, valores que, como los otros, deben serindicados por la compañía eléctrica.Intensidad máxima de defecto:

22.max3 nn

ncald

XR

UI

Donde:Un Tensión de servicio [V]Rn: Resistencia de puesta a tierra del neutro [Ω], 30Xn: Reactancia de puesta a tierra del neutro [Ω], 1Id max cal: Intensidad máxima calculada [A].

La Id max en este caso será, según la fórmula anteriorId max cal. =385ASuperior o similar al valor establecido por la compañía eléctrica que es de:Id max =300 A

4.5.2.- Diseño preliminar de la instalación de tierraEl diseño preliminar de la instalación de puesta a tierra se realiza basándose en lasconfiguraciones tipo presentadas en el Anexo 2 del método de cálculo Unesa, que esté

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de acuerdo con la forma y dimensiones del Centro de Transformación, según el métodode cálculo desarrollado por este organismo.

4.5.3.- Cálculo de la resistencia del sistema de tierraCaracterísticas de la red de alimentación.- Tensión de servicio:Un [kV] = 20Puesta a tierra del neutro- Resistencia del neutro:Rn [Ω] = 12- Reactancia del neutro:Xn [Ω]=1- Nivel de aislamiento de las instalaciones en BT:Vbt [V] = 10.000

- Características del terreno:Resitividad de tierra ρo [Ω · m] = 275Resitividad del hormigón. ρ'o [Ω · m] = 3.000La resistencia máxima de la puesta a tierra de protección del Centro de Transformación, yla intensidad del defecto se calculan

tbtd VRI

Donde:Id - Intensidad de falta a tierra en ARt - Resistencia total de puesta a tierra en ohmiosVbt - Tensión de aislamiento en Baja Tensión en VLa intensidad del defecto se calcula de la siguiente forma:

2n

2tn

nd

XRR3

UI

Donde:Un tensión de servicio [V]Rn resistencia de puesta a tierra del neutro [Ω]Rt resistencia total de puesta a tierra [Ω]Xn reactancia de puesta a tierra del neutro [Ω]Id intensidad de falta a tierra [A]Operando en este caso, el resultado preliminar obtenido es:Id = 52 ALa resistencia total de puesta a tierra preliminar:Rt = 194 ΩSe selecciona el electrodo tipo (de entre los incluidos en las tablas, y de aplicación eneste caso concreto, según las condiciones del sistema de tierras) que cumple el requisitode tener una, Kr más cercana inferior o igual a la calculada para este caso y para estecentro.Valor unitario de resistencia de puesta a tierra del electrodo:

o

tr

RK

Donde:

Rt: resistencia total de puesta a tierra [Ω]

ρo: resistividad del terreno en [Ω•m]

Kr: coeficiente del electrodo

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Centro de TransformaciónPara nuestro caso particular, y según los valores antes indicados:Kr 0,705La configuración adecuada para este caso tiene las siguientes propiedades:Configuración seleccionada: 70-30/5/82Geometría del sistema: Anillo rectangularDistancia de la red: 7,0x3,0 mProfundidad del electrodo horizontal: 0,5 mNúmero de picas: 8Longitud de las picas: 2 metrosParámetros característicos del electrodo:De la resistencia Kr = 0,073De la tensión de paso Kp = 0,0155De la tensión de contacto Kc = 0,0322Medidas de seguridad adicionales para evitar tensiones de contacto.Para que no aparezcan tensiones de contacto exteriores ni interiores, se adaptan lassiguientes medidas de seguridad:Las puertas y rejillas metálicas que dan al exterior del Edificio/s no tendrán contactoeléctrico con masas conductoras susceptibles de quedar a tensión debido a defectos oaverías.En el piso del Centro de Transformación se instalará un mallazo cubierto por una capa dehormigón de 10 cm, conectado a la puesta a tierra del mismo.En el caso de instalar las picas en hilera, se dispondrán alineadas con el frente deledificio.El valor real de la resistencia de puesta a tierra del edificio será:

oK ''tR

Donde:Kr coeficiente del electrodoρo resistividad del terreno en [Ω•m]R’t resistencia total de puesta a tierra [Ω]Por lo que para el Centro de Transformación:R't =20,07 Ωy la intensidad de defecto real, tal y como indica la fórmula anterior:I'd = 231A4.6.- 2.2.1.14.-Cálculo de las tensiones de paso en el interior de la instalaciónAdoptando las medidas de seguridad adicionales, es necesario una acera perimetral, enla cual no se precisa el cálculo de las tensiones de paso y de contacto desde esta aceracon el interior, ya que éstas son prácticamente nulas.La tensión de defecto vendrá dada por:

'd

'T

'd IRV

Por lo que, en este caso:V'd = 4.628 VLa tensión de paso en el acceso será igual al valor de la tensión máxima de contacto,siempre que se disponga de una malla rodeando al Centro, conectada al electrodo detierra, según la fórmula:

''cV doc IK

Por lo que tendremos:V'c = 2.042 V

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4.6.1.- Cálculo de las tensiones de paso en el exterior de la instalaciónAdoptando las medidas de seguridad adicionales, no es preciso calcular las tensiones decontacto en el exterior de la instalación, ya que estas serán prácticamente cero.La tensión de paso en el exterior vendrá dada por:

'dop

'p IKV

Por lo que, para este caso:V'p = 983 V4.6.2.- Cálculo de las tensiones admisiblesLos valores admisibles son, para una duración total de la falta igual a:t = 0,12 s

Cálculo de la resistividad de contacto con el suelo "ρs":

106,02

1106,01

***

s

o

ss hC

Siendo:CS coeficiente reductor de la resistividad de la capa superficial.hS espesor de la capa superficial, en metros.ρo resistividad del terreno natural.ρ* resistividad de la capa superficial.

ρs= 2.429,15Ωm

Tensión de contacto:

000.1

5,121

1s

a

cac

R

UU

Uca: Tensión aplicada, 612VRa1: Resistencia del pie con calzado aislante, 2.000 ΩPor lo que, para este caso:Uc = 3.454 VLa tensión de paso en el acceso al Centro de Transformación:

000.1

62110 1 sa

app

RUU

por lo que en este caso:Up(acc) = 40.698 VComprobamos ahora que los valores calculados para el caso de este Centro deTransformación son inferiores a los valores admisibles:- Tensión de paso en el exteriorU'c = 2.042 V Up = 3.454 V

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- Tensión de paso en el acceso al Centro:U'p(acc)= 938V Up(acc) = 40.698 V

4.6.3.- Investigación de las tensiones transferibles al exteriorPara garantizar que el sistema de tierras de protección no transfiera tensiones al sistemade tierra de servicio, evitando así que afecten a los usuarios, debe establecerse unaseparación entre los electrodos más próximos de ambos sistemas, siempre que la tensiónde defecto supere los 1000 V.En este caso es imprescindible mantener esta separación, al ser la tensión de defectosuperior a los 1000 V indicados.La distancia mínima de separación entre los sistemas de tierras viene dada por laexpresión:

i

do

P000.2'IRD

Para este Centro de Transformación:D =14,39mSe conectará a este sistema de tierras de servicio el neutro del transformador, así comola tierra de los secundarios de los transformadores de tensión e intensidad de la celda demedida.Las características del sistema de tierras de servicio son las siguientes:Identificación: 5/64 (según método UNESA)Geometría: Picas alineadasNúmero de picas: 6Longitud entre picas: 6 metrosProfundidad de las picas: 4 mLos parámetros según esta configuración de tierras son:Kr = 0,0399Kc = 0,00588El criterio de selección de la tierra de servicio es no ocasionar en el electrodo una tensiónsuperior a 24 V cuando existe un defecto a tierra en una instalación de BT protegidacontra contactos indirectos por un diferencial de 650 mA. Para ello la resistencia depuesta a tierra de servicio debe ser inferior a 14,14 Ohm.Rtserv = Kr x ρo = 0,0399·275 = 10,97 < 14,14 OhmPara mantener los sistemas de puesta a tierra de protección y de servicio independientes,la puesta a tierra del neutro se realizará con cable aislado de 0,6/1 kV, protegido con tubode PVC de grado de protección 7 como mínimo, contra daños mecánicos.

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5.- INSTALACIONES ELÉCTRICAS EN BAJA TENSIÓN

5.1.- ObjetivoEl traslado del Centro de Transformación implica el traslado de las líneas de baja tensiónque actualmente se alimentan del centro de transformación, así como la ampliación depotencia a la parcela afectada por este traslado.

Estos trabajos serán ejecutados por la empresa responsable del servicio y sepresupuestará y legalizarán independientemente de este proyecto.

5.2.- Redes de disribución subterráneas5.2.1.- Líneas de distribución.Las líneas de distribución de baja tensión, se realizarán siguiendo los trazados máscortos, realizando conexiones cuando éstas sean necesarias mediante sistemas odispositivos apropiados. En todo caso se hará de forma que el aislamiento de losconductores se mantenga hasta los elementos de conexión de la CGD.

Los conductores o cables serán aislados, de cobre o aluminio y los materiales utilizados ylas condiciones de instalación cumplirán con las prescripciones establecidas en la ITC-BT-07, por tratarse de red subterránea de distribución de energía eléctrica.Por lo que se refiere a las secciones de los conductores y al número de los mismos, secalcularán teniendo en cuenta los siguientes aspectos:- Máxima carga previsible de acuerdo con las potencias previstas.- Tensión de suministro.- Intensidades máximas admisibles para el tipo de conductor y las condiciones deinstalación.- La caída de tensión máxima admisible.Los conductores de los cables utilizados en la red de distribución subterránea serán decobre o aluminio y estarán aislados con mezclas apropiadas de compuestos poliméricos.Estarán además debidamente protegidos contra la corrosión que pueda provocar elterreno donde se instalen y tendrán la resistencia mecánica suficiente para soportar losesfuerzos a que puedan estar sometidos.Los cables podrán ser de uno o más conductores y de tensión asignada no inferior a0,6/1kV, y deberán cumplir los requisitos especificados en la parte correspondiente de laNorma UNE-HD 603. La sección de estos conductores será la adecuada a lasintensidades y caídas de tensión previstas y, en todo caso, esta sección no será inferior a6 mm2 para conductores de cobre y a 16 mm² para conductores de aluminio.Dependiendo del número de conductores con el que se haga la distribución, la secciónmínima del conductor neutro será:a) Con dos o tres conductores: Igual a la de los de fase.b) Con cuatro conductores, la sección del neutro será como mínimo la de la tabla 1 de laITC-BT-07.La red subterránea de este proyecto está compuesta por cables de aluminio aislado.Las canalizaciones se dispondrán por terrenos de dominio público y en zonasperfectamente delimitadas, preferentemente bajo las aceras. El trazado será lo másrectilíneo posible y a poder ser paralelo a referencias fijas, como líneas de fachada ybordillos.Dado que se trata de cables enterrados en zanja en el interior de tubos, se instalará un

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circuito por tubo. La relación entre el diámetro interior del tubo y el diámetro aparente delcircuito será superior a 2, pudiéndose aceptar excepcionalmente 1,5.En el caso de una línea con cable tripolar o con una terna de cables unipolares en elinterior de un mismo tubo, se aplicará un factor de corrección de 0,8.No se han aplicado coeficientes correctores de temperatura.ConductoresTodo circuito irá bajo un único tubo, con identificación de fases y neutro en su paso porarquetas.El radio de curvatura del cable en cambios de dirección será como mínimo 10 veces sudiámetro.

5.2.1.1.- Piezas de conexiónLas piezas de conexión se dividirán en empalmes para prolongación de red, terminales ypiezas de derivación.EmpalmesLos empalmes serán visibles en las arquetas, se usarán manguitos homogéneosadecuados para la sección de los cables a conectar. Se utilizará la compresión por doblepunzonado profundo por conductor, para aluminio (Al) y compresión hexagonal paracobre (Cu), con un mínimo de tres estrellas.Se aislarán mediante elemento prefabricado retráctil que cubra y sobresalga comomínimo 10 cm. en cada extremo del manguito y que aporte al menos el mismo nivel deaislamiento del cable. Una vez ejecutados éstos no presentarán deformación.TerminalesSe utilizarán terminales adecuados a la sección de los cables a conectar. Paraconductores de aluminio se emplearán terminales de aluminio homogéneo para conexiónbimetálica mediante doble punzonamiento profundo. La huella del punzonamientoquedará visible desde la parte frontal de la envolvente. Para conductores de cobre seemplearán terminales de cobre mediante compresión hexagonal, con un mínimo de tresentallas. Una vez ejecutados estos no presentarán deformación.Piezas de derivaciónLas derivaciones se conectarán a la línea principal mediante conectores de conexión portornillería de fusión o con cuña por compresión, y serán bimetálicos de presión constantey de pleno contacto. Irán cubiertos por una funda de protección rellena de grasa deelevado punto de goteo.Todas las conexiones en prolongación (empalmes) se realizarán con manguitos.

5.2.1.2.- ProteccionesLa protección contra cortocircuitos y sobrecargas en las líneas subterráneas de BT seefectuarán mediante fusibles gG, estos se instalarán en el CCTT y en las derivacionescon cambio de sección.

5.2.1.3.- CanalizaciónLos tubos serán de tubo flexible de doble pared reforzada de 450N de resistencia alimpacto normal según UNE-EN 50086-2-4 hormigonado. La profundidad, hasta la partemás baja del tubo superior no será menor de 60cm bajo acera, ni de 80cm bajo calzada,admitiéndose una tolerancia de ±10%.Cuando las profundidades anteriores no se puedan alcanzar, se protegerámecánicamente empleando chapa de acero de 6mm de espesor.En las aceras siempre quedará un tubo de reserva. El cruce de las calles se realizará con

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un mínimo de cuatro tubos, debiendo quedar al menos dos de reserva, excepto encanalización en calzada que no disponga de acera.Los tubos tendrán un diámetro mínimo exterior de 200mm y permitirán el fácil alojamientoy extracción de los cables. Una vez instalados todos los tubos libres dispondrán de guíapara facilitar el posterior tendido. A la entrada de las arquetas y conjunto de distribución,todos los tubos quedarán debidamente sellados en sus extremos mediante tapón demortero de 2 centímetros de espesor, como máximo.

5.2.1.4.- EJECUCIÓN DEL TENDIDOLas líneas de distribución discurrirán por terrenos de dominio público excepto en aquelloscasos de líneas de distribución en que hayan sido autorizadas las correspondientesservidumbres de paso.Antes de comenzar los trabajos, se marcarán en el pavimento las zonas donde se vayana abrir las zanjas, señalando tanto su anchura como su longitud y las zonas donde sedejen llaves para la contención del terreno. Si se conocen las acometidas de otrosservicios a las fincas construidas, se indicarán sus situaciones con el fin de tomar lasprecauciones debidas.Antes de proceder a la apertura de las zanjas, se abrirán catas de reconocimiento paraconfirmar o rectificar el trazado previsto.Apertura de zanjasLas paredes de las zanjas serán verticales hasta la profundidad escogida, colocándoseentibaciones en los casos en que la naturaleza del terreno lo haga preciso.Se procurará dejar un espacio mínimo de 50cm entre la zanja y las tierras extraídas, conel fin de facilitar la circulación del personal de la obra y evitar la caída de tierras en lazanja.Se deben tomar precauciones precisas para no tapar con tierra los registros de gas,teléfono, bocas de riego, alcantarillas etc.Durante la ejecución de los trabajos en la vía pública, se dejarán los pasos suficientespara vehículos y peatones, así como los accesos a los edificios, comercios y garajes. Sies necesario interrumpir la circulación, se precisarán una autorización especial delOrganismo competente.Tendido de cablesEl tendido de los cables subterráneos de la red de baja tensión se hará bajo las aceras,dentro de tubos de PVC rígido de 200mm, de 2,2mm de espesor (con grado deprotección 7), en zanja de 0,70m de profundidad. El eje de dichos tubos estará a unaprofundidad mínima de 0,55m con relación al nivel de las aceras (ver secciones en losplanos correspondientes). Se colocarán tantos tubos como circuitos haya, habiéndosedejado siempre al menos uno de reserva.Protección mecánicaLos tubos se instalarán sobre una cama de hormigón de 10cm de espesor y se recubriránhasta 10cm por encima de la parte superior de los mismos. Se colocarán en posiciónhorizontal y recta, siendo su superficie interior lisa.Los extremos de los tubulares de reserva quedarán tapados y siempre se dejarándispositivos pasantes que faciliten el posterior paso de los cablesSeñalizaciónTodo cable o conjunto de cables debe estar señalado por una cinta de atención tal ycomo se describe en la recomendación UNESA 0205.La cinta de señalización se colocará teniendo en cuenta que la distancia mínima de lacinta al suelo será de 10cm y la distancia mínima de la cinta a la parte superior del cableserá de 30cm.

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IdentificaciónEn la canalización subterránea se utilizará cable de ALUMINIO aislado.Cierre de zanjasEl relleno de las zanjas se efectuará con compactación mecánica, por tongadas de unespesor de 15 centímetros. En los casos en que se estime necesario por parte de ladirección facultativa de la obra, se comprobará el grado de compactación alcanzado,mediante ensayo en un laboratorio de mecánica del suelo que el que se justifique que ladensidad de relleno ha alcanzado como mínimo 95% de la densidad correspondiente,para los materiales de relleno en el ensayo proctor-modificado.El contratista será responsable de los hundimientos que se produzcan por la deficienterealización de esta operación y, por tanto serán de su cuenta las posteriores reparacionesque tengan que efectuarse.Si en la excavación de las zanjas, los materiales resultantes, por contener escombros oproductos de desecho, no reúnen las condiciones necesarias para su empleo comomaterial de relleno con las garantías adecuadas, el contratista estará obligado a sustituirlos materiales inutilizados, por otros que resulten aceptables para esta finalidad. Estasustitución lleva implícito el transporte a vertedero público de los materiales desechados.Reposición de TierrasLa reposición de pavimentos tanto de calzadas como de aceras se realizará encondiciones técnicas de plena garantía, recortándose su superficie de forma uniforme yextendiéndose su alcance a las zonas limítrofes en las zanjas que pudieran haber sidoafectadas por la ejecución de aquellas.El pavimento se repondrá utilizando el mismo sistema previamente existente.En los casos de aceras de losetas, éstas se repondrán por unidades completas, nosiendo admisible la reposición mediante trozos de baldosas.En los casos de aceras de aglomerado, asfáltico en las que la anchura de las zanjas seasuperior al 50% de la anchura de aquéllas, la reposición del pavimento deberáextenderse a la totalidad de la acera.

5.2.1.5.- CONDICIONES GENERALES PARA CRUZAMIENTO, PROXIMIDADES YPARALELISMOTanto en cruzamientos, proximidades y paralelismos con otros servicios, se tendrán encuenta las distancias mínimas reglamentarias. En particular, en cruces y paralelismos conotras canalizaciones de agua, gas y líneas de telecomunicación será de 20cm y con otrosconductores de energía será de 25cm.En los cambios de dirección se construirán arquetas de hormigón, siendo susdimensiones las necesarias para que el radio de curvatura del tendido sea como mínimo20 veces el diámetro exterior del cable o haz de cables. En las arquetas, los tubosquedarán unos 10cm por encima del fondo para permitir la colocación de rodillos en lasoperaciones de tendido. Una vez tendido el cable, los tubos se taponarán con yeso osimilar, de manera que el cable quede situado en la parte superior del tubo. El fondo delas arquetas será permeable de forma que permita la filtración de agua de lluvia.Las arquetas a instalar serán de los tipos A-2 y A-3 cuando las canalizaciones discurranpor aceras o zonas peatonales. La arqueta tipo A-2 se instalará cuando la canalizaciónsea de paso, a una distancia de 30 metros y en los cambios de dirección. La arqueta tipoA-3 se practicará en los estrellamientos, a pie de los armarios de distribución, en lassalidas de las estaciones transformadoras o cuando se instalen más de 2 tubos. Cuandola canalización tenga que registrarse en asfalto o en acceso a garajes se pondrá una detipo B-2.Las arquetas tendrán tapas metálicas provistas de dispositivos que faciliten su apertura

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del tipo normalizado por la Compañía Suministradora.Las dimensiones interiores de las arquetas serán:

Tipo Dimensiones (mm)A-2 710x460A-3 958x702

5.2.1.6.- PUESTA A TIERRA Y CONTINUIDAD DEL NEUTROEl conductor neutro se conectará a tierra en todos los finales de línea y como mínimo unavez cada 200 metros, en arquetas y CGP/CPM con conductores bimetálicos recubiertocon lámina termorretráctil y terminales a la pletina del neutro respectivamente.La conexión a tierra de estos puntos de la red, atendiendo a los criterios expuestosanteriormente, se realizará mediante picas de 2m de acero-cobre, conectadas con cablede cobre de 35mm² como mínimo, con aislamiento RV o XZ1 (amarillo verde).Una vez conectadas todas las puestas a tierra, el valor de la resistencia general de la redde BT será inferior a 37Ω.

6.- CONCLUSIÓN FINALEn el presente Proyecto se ha descrito en detalle la totalidad de las obras yespecificaciones técnicas de las partes que lo constituyen, tanto por parte de laPropiedad como de los Técnicos que suscriben, y además de todo ello, se aportarácuanta información adicional se precise adjuntar.

Por último se debe mencionar que la realización y mantenimiento de las diferentesinstalaciones descritas, así como sus reparaciones, deberá ser realizada por unInstalador Autorizado por la Consejería de Empleo, Industria y Comercio, el cualextenderá el correspondiente “Certificado de la Instalación” al finalizar las obras.

Conviene recordar que cualquier modificación futura en la instalación eléctrica, así comola instalación de nuevos receptores llevará aparejado una revisión de los cálculos paragarantizar su correcto funcionamiento y seguridad, declinando los Técnicos que suscribentoda responsabilidad si lo mencionado anteriormente no se llevase a cabo.

Las Palmas de Gran Canaria a 20 de marzo de 2019.

El Ingeniero IndustrialClaudio Medina Castellano

Colegiado nº 911

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7.- ESTUDIO BÁSICO DE SEGURIDAD Y SALUD

7.1.- Objeto del estudio básico de seguridad y saludEn cumplimiento de los dispuesto en el Art.4 Ap.2 del Real Decreto 1627/1997, de 24 deOctubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de Seguridad y Salud en lasobras de construcción se redacta el presente estudio básico de Seguridad y Salud altratarse de una obra que no cumple con ninguno de los apartados del Art.4 ap.1.El estudio básico precisa las normas de seguridad y salud aplicables a la obra.Contemplando la identificación de riesgos laborales que puedan ser evitados, indicandolas medidas técnicas necesarias para ello; relación de riesgos laborales que no puedaneliminarse especificando las medidas preventivas y protecciones técnicas tendentes acontrolar y reducir dichos riesgos y valorando su eficacia. Además se contemplan lasprevisiones y las informaciones útiles necesarias para efectuar en su día, en las debidascondiciones de seguridad y salud, los previsibles trabajos posteriores.7.2.- Descripción de la actividadConsiste en un centro de transformación público.7.3.- Recursos consideradosMateriales.Cables, aisladores de vidrio, grapas, eslabones, estructuras de apoyos normalizados,mangueras elécricas, tubos de conducción (corrugados, rígidos, blindados, etc.),cajetines, regletas, anclajes, presacables, aparamenta, abrazaderas, tornillería, hormigón,encofrados, cimbras de encofrados, accesorios, etc.

Energía y fluídos.Electricidad y esfuerzo humano.Mano de Obra.Responsable técnico a pie de obra, mando intermedio, oficiales electricista y peoneselectricistas.Herramientas.Electricas portátiles: esmerildora radial, taladradora, martillo picador eléctrico, multímetro,chequeador portátil de la instalación.Herramientas de combustión: pistola fijadora de clavos, equipo de soldadura de propanoo butano.Herramientas de mano: cuchilla, tijera, destornilladores, martillos, pelacables, cizallacortacables, sierra de arco para metales, caja completa de herramientas dieléctricashomologadas, reglas, escuadras, nivel, etc.Herramientas de tracción: ternales, trócolas y poleas.Maquinaria.Motores eléctricos, retroexcavadora, sierra de metales, grúa, hormigonera, cabrestante.Medios Auxiliares.Andamios de estructura tubular móvil, andamios colgantes, andamio de caballete,banqueta aislante, alfombra aislante, lona aislante de apantallamiento, puntales,caballetes, redes, cuerdas, escaleras de mano, cestas, señales de seguridad, vallas,balizas de advertencia de señalización de riesgos y letreros de advertencia a terceros.Sistemas de transporte y/o manutención.Contenedores de recortes, bateas, cestas, cuerdas de izado, eslingas, grúas, carretillaselevadoras cabrestantes, etc.

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7.4.- Identificación y valoración de riesgosIdentificar los factores de riesgo, los riesgos de accidente de trabajo y/o enfermedadprofesional derivados de los mismos, procediendo a su posterior evaluación, de maneraque sirva de base a la posterior planificación de la acción preventiva en la cual sedeterminarán las medidas y acciones necesarias para su corrección (Ley 31/1995, de 8de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales).Tras el análisis de las características de la instalación y del personal expuesto a losriesgos se han determinado los riesgos que afectan al conjunto de la obra, a lostrabajadores de una sección o zona de la obra y a los de un puesto de trabajodeterminado.La metodología utilizada en el presente informe consiste en identificar el factor de riesgoy asociarle los riesgos derivados de su presencia. En la identificación de los riesgos se hautilizado la lista de "Riesgos de accidente y enfermedad profesional", basada en laclasificación oficial de formas de accidente y en el cuadro de enfermedades profesionalesde la Seguridad Social.Para la evaluación de los riesgos se utiliza el concepto "Grado de Riesgo" obtenido de lavaloración conjunta de la probabilidad de que se produzca el daño y la severidad de lasconsecuencias del mismo.Se han establecido cinco niveles de grado de riesgo de las diferentes combinaciones dela probabilidad y severidad, las cuales se indican en la tabla siguiente:

GRADO DERIESGO

SeveridadAlta Media Baja

Alta Muy Alto Alto ModeradoMedia Alto Moderado BajoBaja Moderado Bajo Muy Bajo

La probabilidad se valora teniendo en cuenta las medidas de prevención existentes y suadecuación a los requisitos legales, a las normas técnicas y a los objetos sobre prácticascorrectas. La severidad se valora en base a las más probables consecuencias deaccidente o enfermedad profesional.Los niveles bajo, medio y alto de severidad pueden asemejarse a la clasificación A, B y Cde los peligros, muy utilizada en las inspecciones generales:- Peligro Clase A: condición o práctica capaz de causar incapacidad permanente, pérdidade la vida y/o una pérdida material muy grave.- Peligro Clase B: condición o práctica capaz de causar incapacidades transitorias y/opérdida material grave.- Peligro Clase C: condición o práctica capaz de causar lesiones leves no incapacitantes,y/o una pérdida material leve.- Alta: Cuando la frecuencia posible estimada del daño es elevada.- Media: Cuando la frecuencia posible estimada es ocasional.- Baja: Cuando la ocurrencia es rara. Se estima que puede suceder el daño pero es difícilque ocurra.7.5.- Planificación de la acción preventiva

Tras el análisis de las características de los trabajos y del personal expuesto a losriesgos se establecen las medidas y acciones necesarias para llevarse a cabo por partede la empresa instaladora, para tratar cada uno de los riesgos de accidente de trabajo y/o

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enfermedad profesional detectados. (Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevenciónde Riesgos Laborales)

EVALUACIÓN DE RIESGOSActividad: MONTAJE DE RED DE MEDIA TENSIÓN Y ETCentro de trabajo: S/ SUBCONTRATA Evaluación nº:Sección: S/ SUBCONTRATAPuesto de Trabajo: Fecha:

Evaluación: PeriódicaX Inicial Hoja nº:Riesgos Probabilidad Severidad Evaluación

A M B N/P A M B G. Riesgo01.- Caídas de personas a distinto nivel X X MEDIA02.- Caídas de personas al mismo nivel X X MEDIA03.- Caídas de objetos por desplome o derrumbamiento X X MEDIA04.- Caídas de objetos en manipulación X X BAJA05.- Caídas de objetos desprendidos X X MEDIA06.- Pisadas sobre objetos X X BAJA07.- Choque contra objetos inmóviles X X BAJA08.- Choque contra objetos móviles X X BAJA09.- Golpes por objetos y herramientas X X BAJA10.- Proyección de fragmentos o partículas X X BAJA11.- Atrapamiento por o entre objetos X X MEDIA12.- Atrapamiento por vuelco de máquinas, tractores ovehículos.

X X MEDIA

13.- Sobreesfuerzos X X MEDIA14.- Exposición a temperaturas ambientales extremas X ---15.- Contactos térmicos X ---16.- Exposición a contactos eléctricos X X ALTA17.- Exposición a sustancias nocivas X X BAJA18.- Contactos sustancias cáusticas y/o corrosivas X ---19.- Exposición a radiaciones X ---20.- Explosiones X ---21.- Incendios X ---22.- Accidentes causados por seres vivos X ---23.- Atropello o golpes con vehículos X X MEDIA24.- E.P. producida por agentes químicos X X BAJA25.- E.P. infecciosa o parasitaria X X BAJA26.- E.P. producida por agentes físicos X X MODERAD27.- Enfermedad sistemática X ---28.- Otros X ---

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EVALUACIÓN DE RIESGOSActividad: MOVIMIENTOS DE TIERRAS Y ENCOFRADOSCentro de trabajo: S/ SUBCONTRATA Evaluación nº: 1Sección: S/ SUBCONTRATAPuesto de Trabajo: Fecha:

Evaluación: PeriódicaX Inicial Hoja nº:

Riesgos Probabilidad Severidad EvaluaciónA M B N/P A M B G. Riesgo

01.- Caídas de personas a distinto nivel X X MODERAD02.- Caídas de personas al mismo nivel X X BAJA03.- Caídas de objetos por desplome o derrumbamiento X X ALTA04.- Caídas de objetos en manipulación X X MUY BAJA05.- Caídas de objetos desprendidos X X MODERAD06.- Pisadas sobre objetos X X BAJA07.- Choque contra objetos inmóviles X X BAJA08.- Choque contra objetos móviles X X MODERAD09.- Golpes por objetos y herramientas X X MUY BAJA10.- Proyección de fragmentos o partículas X X MODERAD11.- Atrapamiento por o entre objetos X X ALTA12.- Atrapamiento por vuelco de máquinas, tractores ovehículos.

X X ALTA

13.- Sobreesfuerzos X X MODERAD14.- Exposición a temperaturas ambientales extremas X ---15.- Contactos térmicos X ---16.- Exposición a contactos eléctricos X X ALTA17.- Exposición a sustancias nocivas X X BAJA18.- Contactos sustancias cáusticas y/o corrosivas X ---19.- Exposición a radiaciones X ---20.- Explosiones X ---21.- Incendios X ---22.- Accidentes causados por seres vivos X X BAJA23.- Atropello o golpes con vehículos X X ALTA24.- E.P. producida por agentes químicos X X BAJA25.- E.P. infecciosa o parasitaria X X BAJA26.- E.P. producida por agentes físicos X X MODERAD27.- Enfermedad sistemática X ---28.- Otros X ---

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GESTION DE RIESGO - PLANIFICACIÓN PREVENTIVAActividad: MONTAJE DE RED DE MEDIA TENSIÓN Y ETCentro de trabajo: S/ SUBCONTRATA Evaluación nº:

Fecha:Sección: S/ INSTALADORAPuesto de Trabajo: Hoja nº

Riesgos Medidas de control Formacióne

información

Normasde

Trabajo

RiesgoControlado

01.- Caídas de personas adistinto nivel

Protecciones colectivas y E.P.I. X X X

02.- Caídas de personas almismo nivel

Orden y limpieza X X X

03.- Caídas de objetos pordesplome o derrumbamiento

Protecciones colectivas X X X

04.- Caídas de objetos enmanipulación

E.P.I. X X X

05.- Caídas de objetosdesprendidos

Protección colectiva X X X

06.- Pisadas sobre objetos Orden y Limpieza X X X07.- Choque contra objetosinmóviles

X X X

08.- Choque contra objetosmóviles

Protecciones colectivas X X X

09.- Golpes por objetos yherramientas

E.P.I. X X X

10.- Proyección de fragmentoso partículas

Gafas o pantallas de seguridad (E.P.I.) X X X

11.- Atrapamiento por o entreobjetos

X X X

12.- Atrapamiento por vuelco . Manejo correcto X X X13.- Sobreesfuerzos Limitación de pesos y levantamiento

correctoX X X

14.- Exposición atemperaturas ambientalesextremas

X

15.- Contactos térmicos Cumplimiento de normas de seguridad X X X16.- Exposición a contactoseléctricos

E.P.I. X X X

17.- Exposición a sustanciasnocivas

E.P.I. X X X

18.- Contactos sustanciascáusticas y/o corrosivas

E.P.I. X X X

19.- Exposición a radiaciones E.P.I. X X X20.- Explosiones Prohibición de hacer fuego y fumar X X X21.- Incendios Prohibición de hacer fuego y fumar X X X22.- Accidentes causados porseres vivos

X

23.- Atropello o golpes convehículos

Normas de circulación y pasillo deseguridad

X X X

24.- E.P. producida poragentes químicos

E.P.I. X X X

25.- E.P. infecciosa oparasitaria

X

26.- E.P. producida poragentes físicos

E.P.I. X X X

27.- Enfermedad sistemática X28.- Otros X

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Si No

GESTION DE RIESGO - PLANIFICACIÓN PREVENTIVAActividad: MOVIMIENTOS DE TIERRAS YENCOFRADOSCentro de trabajo: S/ SUBCONTRATA Evaluación nº:

Fecha:Sección: S/ INSTALADORAPuesto de Trabajo: Hoja nº

Riesgos Medidas de control Formación einformación

Normas deTrabajo

RiesgoControlado

01.- Caídas de personas adistinto nivel

Protecciones colectivas yE.P.I.

X X X

02.- Caídas de personas almismo nivel

Orden y limpieza X X X

03.- Caídas de objetos pordesplome o derrumbamiento

Protecciones colectivas X X X

04.- Caídas de objetos enmanipulación

E.P.I. X X X

05.- Caídas de objetosdesprendidos

Protección colectiva X X X

06.- Pisadas sobre objetos Orden y Limpieza X X X07.- Choque contra objetosinmóviles

X X X

08.- Choque contra objetosmóviles

Protecciones colectivas X X X

09.- Golpes por objetos yherramientas

E.P.I. X X X

10.- Proyección de fragmentoso partículas

Gafas o pantallas deseguridad (E.P.I.)

X X X

11.- Atrapamiento por o entreobjetos

X X X

12.- Atrapamiento por vuelco . Manejo correcto X X X13.- Sobreesfuerzos Limitación de pesos y

levantamiento correctoX X X

14.- Exposición a temperaturasambientales extremas

X

15.- Contactos térmicos Cumplimiento de normasde seguridad

X X X

16.- Exposición a contactoseléctricos

E.P.I. X X X

17.- Exposición a sustanciasnocivas

E.P.I. X X X

18.- Contactos sustanciascáusticas y/o corrosivas

E.P.I. X X X

19.- Exposición a radiaciones E.P.I. X X X20.- Explosiones Prohibición de hacer

fuego y fumarX X X

21.- Incendios Prohibición de hacerfuego y fumar

X X X

22.- Accidentes causados porseres vivos

X

23.- Atropello o golpes convehículos

Normas de circulación ypasillo de seguridad

X X X

24.- E.P. producida por agentesquímicos

E.P.I. X X X

25.- E.P. infecciosa oparasitaria

X

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26.- E.P. producida por agentesfísicos

E.P.I. X X X

27.- Enfermedad sistemática X28.- Otros X

Si No

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7.6.- Normas Generales de Seguridad y Salud. Disposiciones Mínimas7.6.1.- Consideraciones generales aplicables durante la ejecución de la obra

- El mantenimiento de la obra en buenas condiciones de orden y limpieza.- La correcta elección del emplazamiento de los puestos y áreas de trabajo,

teniendo en cuenta sus condiciones de acceso, y la determinación de las vías o zonas dedesplazamiento o circulación.

- Manipulación adecuada de los distintos materiales y utilización de los mediosauxiliares.

- El mantenimiento, el control previo a la puesta en marcha y el control periódicode las instalaciones y dispositivos necesarios para la ejecución de la obra, con objeto decorregir los defectos que pudieran afectar a la seguridad y salud de los trabajadores.

- La delimitación y el acondicionamiento de las zonas de almacenamiento ydepósito de los distintos materiales, en particular si se trata de materias o sustanciaspeligrosas.

- La recogida de los materiales peligrosos utilizados.- El almacenamiento y la eliminación o evacuación de residuos y escombros.- La adaptación, en función de la evolución de la obra, del período efectivo que

habrá de dedicarse a los distintos trabajos o fases de trabajo.- La cooperación entre contratistas, subcontratistas y trabajadores autónomos.- Las interacciones e incompatibilidades con cualquier otro tipo de trabajo o

actividad que se realice en la obra o cerca del lugar de la obra.

7.6.2.- Disposiciones mínimas de seguridad y salud a aplicar en las obrasLa presente parte será de aplicación a la totalidad de la obra.

7.6.2.1.- Estabilidad y solidez

Se deberá asegurarse la estabilidad de los materiales y equipos y, en general decualquier elemento que en cualquier desplazamiento pudiera afectar a la seguridad ysalud de los trabajadores.El acceso a cualquier superficie que conste de materiales que no ofrezcan un resistenciasuficiente solo se autorizará en caso de que se proporcionen equipos o mediosapropiados para que le trabajo se realice de forma segura.7.6.2.2.- Instalaciones de suministro y reparto de energía

a) La instalación eléctrica de los lugares de trabajo en las obras deberá ajustarse a lodispuesto en su normativa vigente. (Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión).b) Las instalaciones deberán proyectarse, realizarse y utilizarse de manera que noentrañen peligro de incendio ni explosión y de modo que las personas estén debidamenteprotegidas contra los riesgos de electrocución por contacto directo o indirecto.c) El proyecto, la realización y la elección de material y de los dispositivos de proteccióndeberán tener en cuenta el tipo y la potencia de la energía suministrada, las condicionesde los factores externos y la competencia de las personas que tengan acceso a partes dela instalación.7.6.2.3.- Detección y lucha contraincendios

Se deberá disponer de extintores de polvo polivalente para la lucha contra incendios.Deberán estar señalizados conforme al Real Decreto 485/1997, de 14 de abril, sobredisposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo.Dicha señalización deberá fijarse en los lugares adecuados y tener la resistencia

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suficiente.7.6.2.4.- Exposición a riesgos particulares

Los trabajadores no deberán estar expuestos a niveles sonoros nocivos ni a factoresexternos nocivos. (gases, vapores, polvo, etc.).En caso de que algunos trabajadores deban penetrar en una zona cuya atmósferapudiera contener sustancias tóxicas o nocivas, o no tener oxígeno en cantidad suficienteo ser inflamable, la atmósfera confinada deberá ser controlada y se deberá adoptarmedidas adecuadas para prevenir cualquier peligro.En ningún caso podrá exponerse a un trabajador a una atmósfera confinada de altoriesgo. Deberá, al menos, quedar bajo vigilancia permanente desde ele exterior ydeberán tomarse todas las debidas precauciones para que se le pueda prestar auxilioeficaz e inmediato.7.6.2.5.- Temperatura

La temperatura debe ser la adecuada para el organismo humano durante el tiempo detrabajo, cuando las circunstancias lo permitan, teniendo en cuenta los métodos de trabajoque se apliquen y las cargas físicas impuestas a los trabajadores.7.6.2.6.- Iluminación

Los lugares de trabajo, los locales y las vías de circulación en la obra deberán disponer,en la medida de lo posible, de suficiente luz natural y tener una iluminación artificialadecuada y suficiente durante la noche y cuando no sea suficiente la luz natural. En sucaso, se utilizarán puntos de iluminación portátiles con protección antichoque. El colorutilizado para la iluminación artificial no podrá alterar o influir en la percepción de lasseñales o paneles de señalización.Las instalaciones de iluminación de los locales, de los puestos de trabajo y de las vías decirculación deberán estar colocadas de tal manera que el tipo de iluminación previsto nosuponga riesgo de accidente para los trabajadores.Los locales, los lugares de trabajo y las vías de circulación en los que los trabajadoresestén particularmente expuestos a riesgos en caso de avería de la iluminación artificialdeberán poseer una iluminación de seguridad de intensidad suficiente.7.6.2.7.- Vías de circulación y zonas peligrosas

a) Las vías de circulación, incluidas las escaleras, las escaleras fijas y los muelles yrampas de carga deberán estar calculados, situados, acondicionados y preparados parasu uso de manera que se puedan utilizar fácilmente, con toda la seguridad y conforme aluso al que se les haya destinado y de forma que los trabajadores empleados en lasproximidades de estas vías de circulación no corran riesgo alguno.b) Las dimensiones de las vías destinadas a la circulación de personas o de mercancías,incluidas aquellas en las que se realicen operaciones de carga y descarga, se calcularánde acuerdo con el número de personas que puedan utilizarlas y con el tipo de actividad.

Cuando se utilicen medios de transporte en las vías de circulación, se deberáprever una distancia de seguridad suficiente o medios de protección adecuados para lasdemás personas que puedan estar presentes en el recinto.7.6.2.8.- Muelles y rampas de descarga

a) Los muelles y rampas de carga deberá ser adecuados a las dimensiones de las cargastransportadas.b) Los muelles de carga deberán tener al menos una salida y las rampas de carga

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deberán ofrecer la seguridad de que los trabajadores no puedan caerse.7.6.2.9.- Espacio de trabajo

Las dimensiones del puesto de trabajo deberán calcularse de tal manera que lostrabajadores dispongan de la suficiente libertad de movimientos para sus actividades,teniendo en cuenta la presencia de todo el equipo y material necesario.7.6.2.10.- Primeros auxilios

a) Será de responsabilidad del empresario garantizar que los primeros auxilios puedanprestarse en todo momento por personal con la suficiente formación para ello. Asimismo,deberán adoptarse medidas para garantizar la evacuación, a fin de recibir cuidadosmédicos, a los trabajadores afectados o accidentados por una indisposición repentina.b) Cuando el tamaño de la obra o el tipo de actividad lo requieran, deberán contarse conuno o varios locales para primeros auxilios.c) Los locales para primeros auxilios deberán estar dotados de las instalaciones y elmaterial de primeros auxilios indispensables y tener fácil acceso para las camillas.Deberán estar señalizados conforme al Real Decreto 485/1997, de 14 de abril, sobredisposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo.d) En todos los lugares en los que las condiciones de trabajo lo requieran se deberádisponer también de material de primeros auxilios, debidamente señalizado y de fácilacceso.Una señalización claramente visible deberá indicar la dirección y el número de teléfonodel servicio local de urgencia.7.6.2.11.- Servicios higiénicos

a) Cuando los trabajadores tengan que llevar ropa especial de trabajo deberán tener a sudisposición vestuarios adecuados.Los vestuarios deberán ser de fácil acceso, tener las dimensiones suficientes y disponerde asientos e instalaciones que permitan a cada trabajador poner a secar, si fueranecesario, su ropa de trabajo.Cuando las circunstancias lo exijan (por ejemplo, sustancias peligrosas, humedad,suciedad), la ropa de trabajo deberá poder guardarse separada de la ropa de calle y delos efectos personales.Cuando los vestuarios no sean necesarios, en el sentido del párrafo primero de esteapartado, cada trabajador deberá poder disponer de un espacio para colocar su ropa ysus objetos personales bajo llave.b) Cuando el tipo de actividad o la salubridad lo requieran, se deberán poner adisposición de los trabajadores duchas apropiadas y en número suficiente.Las duchas deberán tener dimensiones suficientes para permitir que cualquier trabajadorse asee sin obstáculos y en adecuadas condiciones de higiene. Las duchas deberándisponer de agua corriente, caliente y fría.Cuando, con arreglo al párrafo primero de este apartado, no sean necesarias duchas,deberá haber lavabos suficientes y apropiados con agua corriente, caliente si fuerenecesario, cerca de los puestos de trabajo y de los vestuarios.Si las duchas o los lavabos y los vestuarios estuvieren separados, la comunicación entreunos y otros deberá ser fácil.c) Los trabajadores deberán disponer en las proximidades de sus puestos de trabajo, delos locales de descanso, de los vestuarios y de las duchas o lavabos, de localesespeciales equipados con un número suficiente de retretes y de lavabos.d) Los vestuarios duchas, lavabos y retretes estarán separados para hombres y mujeres,

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o deberá preverse una utilización por separado de los mismos.7.6.2.12.- Locales de descanso o de alojamiento

a) Cuando lo exijan la seguridad o la salud de los trabajadores, en particular debido altipo de actividad o el número de trabajadores, y por motivos de alejamiento de la obra, lostrabajadores deberán poder disponer de locales de descanso y, en su caso, de locales dealojamiento de fácil acceso.b) Los locales de descanso o de alojamiento deberán tener unas dimensiones suficientesy estar amueblados con un número de mesas y de asientos con respaldo acorde con elnúmero de trabajadores.c) Cuando no existan este tipo de locales se deberá poner a disposición del personal otrotipo de instalaciones para que puedan ser utilizadas durante la interrupción del trabajo.d) Cuando existan locales de alojamiento fijos, deberán disponer de servicios higiénicosen número suficiente, así como de una sala para comer y otra de esparcimiento.Dichos locales deberán estar equipados de camas, armarios, mesas y sillas con respaldoacordes al número de trabajadores, y se deberá tener en cuenta, en su caso, para suasignación, la presencia de trabajadores de ambos sexos.e) En los locales de descanso o de alojamiento deberán tomarse medidas adecuadas deprotección para los no fumadores contra las molestias debidas al humo del tabaco.7.6.2.13.- Mujeres embarazadas y madres lactantes

Las mujeres embarazadas y las madres lactantes deberán tener la posibilidad dedescansar tumbadas en condiciones adecuadas.7.6.2.14.- Trabajos de minusválidos

Los lugares de trabajo deberán estar acondicionados teniendo en cuenta , en sucaso a los trabajadores minusválidos. Esta disposición se aplicará en particular a laspuertas, vías de circulación, escaleras, duchas, lavabos, retretes y lugares de trabajoutilizados u ocupados directamente por trabajadores minusválidos.7.6.2.15.- Disposiciones varias

a) El perímetro y los accesos de la obra deberán señalizarse y destacarse de manera quesean claramente visibles e identificables.b) En la obra, los trabajadores deberán disponer de agua potable y, en su caso, de otrabebida apropiada no alcohólica en cantidad suficiente, tanto en los locales que ocupencomo cerca de los puestos de trabajo.c) Los trabajadores deberán disponer de instalaciones para poder comer y, en su caso,para preparar sus comidas en condiciones de seguridad y salud.7.6.3.- Normas específicas de actuacion preventiva7.6.3.1.- Riesgos más frecuentes durante la instalación

a) Caída de personas al mismo nivel.b) Caídas de pesonas a distinto nivel.c) Cortes por manejo de herramientas manuales.d) Cortes por manejo de las guías conductores.e) Pinchazos en las manos por manejo de guías y conductores.f) Golpes por herramientas manuales.g) Sobreesfuerzos por posturas forzadas.h) Quemaduras por mecheros durante operaciones de calentamiento del macarrónprotector.

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i) Otros.

7.6.3.2.- Riesgos más frecuentes durante las pruebas de conexionado y puesta enservicio de la instalación

a) Electrocución o quemaduras por mala protección de cuadros eléctricos.b) Electrocución o quemaduras por maniobras incorrectas en las líneas.c) Electrocución o quemaduras por uso de herramienta sin aislamiento.d) Electrocución o quemaduras por puenteo de los mecanismos de protección.e) Electrocución o quemaduras por conexionados directos sin clavijas macho-hembra.f) Incendio por incorrecta instalación de la red eléctrica.g) Otros.7.6.3.3.- Normas de Actuación Preventiva

- Se dispondrá de almacén para acopio de material eléctrico.- En la fase de obra de apertura y cierre de rozas se esmerará el orden y la limpieza de laobra, para evitar los riesgos de pisadas o tropezones.- El montaje de aparatos eléctricos (magnetotérmicos, disyuntores, etc.) será ejecutadosiempre por personal especialista, en prevención de los riesgos por montajes incorrectos.- Se prohíbe el conexionado de cables a los cuadros de suministro eléctrico de obra, sinla utilización de las clavijas macho-hembra.- Las escaleras de mano a utilizar, serán del tipo de "tijera", dotadas con zapatasantideslizantes y cadenilla limitadora de apertura, para evitar los riesgos por trabajossobre superficies inseguras y estrechas.- Se prohíbe la formación de andamios utilizando escaleras de mano a modo deborriquetas, para evitar los riesgos por trabajos sobre superficies inseguras y estrechas.- La realización del cableado, cuelgue y conexión de la instalación eléctrica de laescalera, sobre escaleras de mano (o andamios sobre borriquetas), se efectuará una vezprotegido el hueco d ela misma con una red horizontal de seguridad, para eliminar elriesgo de cáida desde altura.- La realización del cableado, cuelgue y conexión de la instalación eléctrica de laescalera, sobre escaleras de mano ( o andamios de borriquetas), se efectuará una veztendida una red tensa de seguridad entre la planta "techo" y la planta de "apoyo" en laque se realizan los trabajos, tal, que evite el riesgo de caída desde altura.- La instalación eléctrica en (terrazas, tribunas, balcones, vuelos, etc. - usted define-),sobre escaleras de mano (o andamios sobre borriquetas), se efectuará una vez instaladauna red tensa de seguridad entre las plantas "techo" y la de apoyo en la que se ejecutanlos trabajos, para eliminar el riesgo de caída desde altura.- Se prohíbe en general en esta obra, la utilización de escaleras de mano o de andamiossobre borriquetas, en lugares con riesgo de caída desde altura durante los trabajos deelectricidad, si antes no se han instalado las protecciones de seguridad adecuadas.- La iluminación mediante portátiles se efectuará utilizando "portalámparas estancos conmango aislante" y rejilla de protección de la bombilla, alimentados a 24 voltios.7.6.3.4.- Intervención en instalaciones eléctricas

Para garantizar la seguridad de los trabajadores y para minimizar la posibilidad de que seproduzcan contactos eléctricos directos, al intervenir en instalaciones eléctricasrealizando trabajos sin tensión; se seguirán al menos tres de las siguientes reglas (cinco

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reglas de oro de la seguridad eléctrica):El circuito se abrirá con corte visible.Los elementos de corte se enclavarán en posición de abierto, si es posible con llave.Se señalizarán los trabajos mediante letrero indicador en los elementos de corte"PROHIBIDO MANIOBRAR PERSONAL TRABAJANDO".Se verificará la ausencia de tensión con un discriminador de tensión o medidor detensión.Se cortocircuitarán las fases y se pondrá a tierra.Los trabajos en tensión se realizarán cuando existan causas muy justificadas, serealizarán por parte de personal autorizado y adiestrado en los métodos de trabajo aseguir, estando en todo momento presente un Jefe de Trabajos que supervisará la labordel grupo de trabajo. Las herramientas que utilicen y prendas de protección personaldeberá ser homologado.Al realizar trabajos en proximidad a elementos en tensión, se informará al personal deeste riesgo y se tomarán las siguientes precauciones:En un primer momento se considerará si es posible cortar la tensión en aquelloselementos que producen el riesgo.Si no es posible cortar la tensión se protegerá mediante mamparas aislante (vinilo).En el caso que no fuera necesario tomar las medidas indicadas anteriormente seseñalizará y delimitará la zona de riesgo.Herramientas Eléctricas Portátiles:- La tensión de alimentación de las herramientas eléctricas portátiles de accionamientomanual no podrá exceder de 250 Voltios con relación a tierra.- Las herramientas eleéctricas utilizadas portatiles en las obras de construcción detalleres, edificios etc, serán de clase II o doble aislamiento.- Cuando se trabaje con estas herramientas en recinto de reducidas dimenciones conparedes conductoras ( metálicas por ejemplo) y en precencia de humedad, estas deberánser alimentadaspor medios de transformadores de separación de circuito.- Los transformadores de separación de circuito levarán la marca y cuando sean detipo portatil serán de doble aislamiento con el grado de IP adecuado al lugar deutilización.- En la ejecución de trabajos dentro de recipientes metálicos tales como calderas,

tanques, fosos, etc, los transfomadores de separación de cicuito deben instalarse en elexterior de los recintos, con el objeto de no tener que introducir en estos cables noprotegidos.- La herramientas eléctricas portátiles deberán disponerde un interruptor sometido a la

presión de un resorte, que oblige al operario a mantener constantemente persionado elinterruptor, en la posición de marcha.- Los conductores eléctricos serán del tipo flexible con un aislamiento reforsado de 440

Voltios de teinsión nominal como mínimo.- Las herramientas portátiles eléctricas no llevarán hilo ni clavija de toma de tierra.

Herramientas Eléctricas Manuales:- Deberán estar todas Homologadas según la Norma Técnica Reglamentaria CE sobre"Aislamiento de Seguridad de las herramientas manuales utilizadas en trabajos eléctricosen instalaciones de Baja Tensión".- Las Herramientas Eléctricas Manuales podrán ser dos tipos:Herramientas Manuales: Estarán constituidas por material aislante, excepto en la cabezade trabajo, que puede ser de material conductor.Herramientas aisladas: Son metálicas, recubiertas de material aislante.- Todas las herramientas manuales eléctrica llevarán un distintivo con la inscripción de la

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marca CE, fecha y tensión máxima de servicio 1.000 Voltios".Lámparas Eléctricas Portátiles:- La iluminación mediante portátiles se efectuará utilizando "portalámparas estancos conmango aislante" y rejilla de protección de la bombilla, alimentados a 24 voltios.- Deberán responder a las normas UNE 20-417 y UNE 20- 419- Estar provistas de una reja de protección contra los choques.-Tener una tulipa estanca que garantice la protección contra proyecciones de agua.-Un mango aislante que evite el riesgo eléctrico.- Deben estar construías de tal manera que no se puedan desmontar sin la ayuda deherramientas.- Cuando se utilicen en locales mojados o sobre superficies conductoras su tensión nopodrá exceder de 24 Voltios.- Serán del grado de protección IP adecuado al lugar de trabajo.- Los conductores de aislamiento serán del tipo flexible, de aislamiento reforzado de 440Voltios de tensión nominal como mínimo.Medios de Protección Personal

Ropa de trabajo:-Como norma general deberá permitir la realización del trabajo sin molestias innecesariaspara quien lo efectúe.- La ropa de trabajo será incombustible.- No puede usar pulseras, cadenas, collares, anillos debido al riesgo de contactoaccidental.Protección de cabeza:- Los cascos de seguridad con barbuquejo que deberán proteger al trabajador frente a lasdescargas eléctricas. Estar homologados clase E-AT con marca CE. Deberán ser de"clase -N", además de proteger contra el riesgo eléctrico a tensión no superior a 1000Voltios, en corriente alterna, 50 Hz.- Casco de polietileno, para utilizar durante los desplazameintos por la obra en lugarescon riesgo de caída de objetos o de golpes.Protección de la vista:- Las gafas protectoras deberán reducir lo mínimo posible el campo visual y serán de usoindividual.- Se usarán gafas para soldadores según la norma y la marca CE, con grado deprotección 1,2 que absorben las radiaciones ultravioleta e infrarroja del arco eléctricoaccidental.Gafas antiimpacto con ocular filtrante de color verde DIN-2, ópticamente neutro, enprevisión de cebado del arco eléctrico.Gafas tipo cazoleta, de tipo totalmente estanco, para trabajar con esmeriladora portátil.Protección de Pies:- Para trabajos con tensión:Utilizarán siempre un calzado de seguridad aislante y con ningún elemento metálico,disponiendo de: Plantilla aislante hasta una tensión de 1000 Voltios, corriente alterna 50Hz.y marcado CE.En caso de que existiera riesgo de caída de objetos al pie, llevará una puntera dematerial aislante adecuada a la tensión anteriormente señalada.- Para trabajos de montaje:Utilizarán siempre un calzado de seguridad con puntera metálica y suela antideslizante.Marcado CE.Guantes aislantes:- Se deberán usar siempre que tengamos que realizar maniobras con tensión serán

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dieléctrica.Homologados Clase II (1000 v) con marca CE " Guantes aislantes de la electricidad",donde cada guante deberá llevar en un sitio visible el marcado CE. Cumplirán las normasUne 8125080. Además para uso general dispondrán de guantes "tipo americano" de pielfoja y lona para uso general.Para manipulación de objetos sin tensión, guantes de lona, marcado CE pCinturón de seguridad.- Faja elástica de sujección de cinturón, clase A, según norma UNE 8135380 y marcadoCE.

Protección del oído.Se dispondrán para cuando se precise de protector antiruido Clase C, con marcado CE.Medios de protección- Banquetas de maniobra.Superficie de trabjo aislante para la realización de trabajos puntuales de trabajos en lasinmediaciones de zonas en tensión. Antes de su utilización, es necesario asegurarse desu estado de utilización y vigencia de homologación.La banqueta deberá estar asentada sobre superficie despejada, limpia y sin restos dematerilaes conductores. La plataforma de la banqueta estará suficientemente alejada delas partes de la instalación puesta a tierra.Es necesario situarse en el centro de la superficie aislante y evitar todo contacto con lasmasas metálicas.En determinadas circunstancias en als que existe la unión equipotencial entre las masas,no será obligatorio el empleo de la banqueta aislante si el operador se sitúa sobre unasuperficie equipotencial, unida a las masas metálicas y al órgano de mando manual delos seccionadores, y si lleva guantes aislantes para la ejecución de las maniobras.Si el emplazamiento de maniobra eléctrica, no está materializado por una plataformametálica unida a la masa, la existencia de la superficie equipotencial debe estarseñalizada.- Pértiga.Estas pértigas deben tener un aislamiento apropiado a la tensión de servicio de lainstalación en la que van a ser utilizadas.Cada vez que se emplee una pértiga debe verificarse que no haya ningún defecto en suaspecto exterior y que no esté húmeda ni sucia.Si la pértiga lleva un aislador, debe comprobarse que esté limpio y sin fisuras o grietas.- Comprobadores de tensión.Los dispositivos de verificación de ausencia de tensión, deben estar adaptados a latensión de las instalaciones en las que van a ser utilizados.Deben ser respetadas las especificaciones y formas de empleo propias de este material.Se debe verificar, antes de su empleo, que el material esté en buen estado. Se debeverificar, antes y después de su uso, que la cabeza detectora funcione normalmente.Para la utilización de éstos aparatos es obligatorio el uso de los guantes aislantes. Elempleo de la banqueta o alfombra aislante es recomendable siempre que sea posible.- Dispositivos temporales de puesta a tierra y en cortocircuíto.La puesta a tierra y en cortocircuito de los conductores o aparatos sobre los que debeefectuarse el trabajo, debe realizarse mediante un dispositivo especial, y las operacionesdeben realizarse en el orden siguiente:Asegurarse de que todas las piezas de contacto, así como los conductores del aparato,estén en buen estado.- Se debe conectar el cable de tierra del dispositivo.

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Bien sea en la tierra existente entre las masas de las instalaciones y/o soportes.Sea en una pica metálica hundida en el suelo en terreno muy conductor o acondicionadoal efecto (drenaje, agua, sal común, etc.).En líneas aéreas sin hilo de tierra y con apoyos metálicos, se debe utilizar el equipo depuesta a tierra conectado equipotencialmente con el apoyo.Desenrrollar completamente el conductor del dispositivo si éste está enrrollado sobre untorno, para evitar los efectos electromagnéticos debidos a un cortocircuíto eventual.Fijar las pinzas sobre cada uno de los conductores, utilizando una pértiga aislante o unacuerda aislante y guantes aislantes, comenzando por el conductor más cercano. En B.T.,las pinzas podrán colocarse a mano, a condición de utilizar guantes dieléctricos,debiendo además el operador mantenerse apartado de los conductores de tierra y de losdemás conductores.Para retirar los dispositivos de puesta a tierra y en cortocircuito, operar rigurosamente enorden inverso.

7.7.- Medios Auxiliares y otras Normas de Seguridad de aplicación según obra- Escaleras de mano.- Manipulación de sustancias químicas.- Trabajos de soldadura oxiacetilénica y corte.- Manejo de Herramientas manuales.- Manejo de herramientas punzantes.- Pistolas fijaclavos.- Manejo de herramientas de percusión.- Manejo de cargas sin medios mecánicos.- Máquinas eléctricas portátiles.- Montacargas.- Andamios de borriqueta.- Protecciones y resguardos de máquinas.- Albañilería (Ayudas).Escaleras de mano. Las escaleras de mano ofrecerán siempre las necesarias garantías de solidez,estabilidad y seguridad, y, en su caso, de aislamiento o incombustión.. Las escaleras de mano de madera deben tener sus largueros de una sola pieza y lospeldaños deben estar ensamblados a ellas y no simplemente clavados. Deben prohibirsetodas aquellas escaleras y borriquetas construídas en el tajo mediante simple clavazón.. Las escaleras de madera no deberán pintarse, salvo con barniz transparente, enevitación de que queden ocultos sus posibles defectos.. Las escaleras serán de madera o metal, deben tener longitud suficiente para sobrepasaren 1 m al menos la altura que salvan, y estar dotadas de dispositivos antideslizantes ensu apoyo o de ganchos en el punto de desembarque.. Deben prohibirse empalmar escaleras de mano para salvar alturas que de otra forma noalcanzarían, salvo que de Fábrica vengan dotadas de dispositivos especiales deempalme, y en este caso la longitud solapada no será nunca inferior a cinco peldaños.Para alturas mayores de siete metros será obligatorio el empleo de escaleras especialessusceptibles de ser fijadas sólidamente por su cabeza y su base, y para su utilizaciónserá preceptivo el cinturón de seguridad. Las escaleras de carro estarán provistas debarandillas y otros dispositivos que eviten las caídas.Deben tenerse las siguientes precauciones:a) Se apoyarán en superficies planas y sólidas, y en su defecto, sobre placas horizontales

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de suficiente resistencia y fijeza.b) Estarán provistas de zapatas, puntas de hierro, grapas u otro mecanismoantideslizante en su pie o de ganchos de sujeción en la parte superior.c) Para el acceso a los lugares elevados sobrepasarán en un metro los puntos superioresde apoyo.d) El ascenso, descenso y trabajo se hará siempre de frente a las mismas.e) Cuando se apoyen en postes se emplearán abrazaderas de sujeción.f) No se utilizarán simultáneamente por dos trabajadores.g) Se prohíbe sobre las mismas el transporte a brazo de pesos superiores a 25kilogramos.h) La distancia entre los pies y la vertical de su punto superior de apoyo será la cuartaparte de la longitud de la escalera hasta tal punto de apoyo.. Las escaleras de tijeras o dobles, de peldaños, estarán provistas de cadenas o cablesque impidan su abertura al ser utilizadas, y de topes en su extremo superior.. La distancia entre los piés y la vertical de su punto superior de apoyo, será la cuartaparte de la longitud de la escalera hasta tal punto de apoyo.Manipulación de sustancias químicasEn los trabajos eléctricos se utilizan sustancias químicas que pueden ser perjudicialespara la salud. Encontrándose presente en productos tales, como desengrasantes,disolventes, ácidos, pegamento y pinturas; de uso corriente en estas actividades.Estas sustancias pueden producir diferentes efectos sobre la salud como dermatosis,quemaduras químicas, narcosis, etc.Cuando se utilicen se deberán tomar las siguientes medidas:Los recipientes que contengan estas sustancias estarán etiquetados indicando, el nombrecomercial, composición, peligros derivados de su manipulación, normas de actuación(según la legislación vigente.Se seguirán fielmente las indicaciones del fabricante.No se rellenarán envases de bebidas comerciales con estos productos.Se utilizarán en lugares ventilados, haciendo uso de gafas panorámicas o pantalla facial,guantes resistentes a los productos y mandil igualmente resistente.En el caso de tenerse que utilizar en lugares cerrados o mal ventilados se utilizaránmascarillas con filtro químico adecuado a las sustancias manipuladas.Al hacer disoluciones con agua, se verterá el producto químico sobre el agua con objetode que las salpicaduras estén más rebajadas.No se mezclarán productos de distinta naturaleza.Trabajos de Soldadura Oxiacetilénica y Corte- Los manómetros, válvulas reductoras, mangueras y sopletes, estarán siempre enperfectas condiciones de uso.No deben estar engrasados no ser limpiados o manipulados con trapos u otros elementosque contengan grasas o productos inflamables.- Todos los sopletes estarán dotados o provistos de válvulas antiretroceso,comprobandose antes de iniciar el trabajo el buen estado de los mismos.- Las botellas de oxígeno y acetileno, tanto llenas como vacías, deben estar siempre enposición vertical y aseguradas contra vuelcos o caídas. Se evitarán también los golpessobre las mismas.- Nunca se almacenarán o colocarán las borellas en proximidades de focos de calor oexpuestas al sol, ni en ambientes excesivamente húmedos, o en contacto con cableseléctricos.- Todas las botellas que no estén en uso deben tener el tapón protector roscado.- Las botellas vacías se marcarán claramente con la palabra "VACIA", retirándose del

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sitio de trabajo al lugar de almacenamiento, que será claramente distinto del de lasbotellas llenas y separando entre sí las de los diversos gases.- Para traslado o elevación de botellas de gas u oxígeno con equipos de izado quedaprohibido el uso de eslingas sujetas directamente alrededor de las botellas. Se utilizaráuna jaula o cestón adecuado. No se puede izar botellas por la tapa protectora de laválvula.- Estos trabajos de soldadura serán siempre realizados por personal que previamentehaya recibido formación específica para su correcta realización.- En general en todos los trabajos de soldadura y corte se emplearán, siempre que seaposible, los medios necesarios para efectuar la extracción localizada de los humosproducidos por el trabajo. Como mínimo, se forzará mediante ventilación, el alejamientode de los humos de la zona en que se encuentra el operario.- Las prendas de protección exigibles para todos estos trabajos de soldadura, tantoeléctrica como oxiacetilénica, serán las siguientes.- Gafas de protección contra impactos y radiaciones.- Pantallas de soldador.- Guantes de manga larga.- Botas con puntera y suela protegida y de desprendimiento rápido.- Polainas.- Mandiles.Manejo de herramientas manualesCausas de riesgos:Negligencia del operario.Herramientas con mangos sueltos o rajados.Destornilladores improvisados fabricados "sin situ" con material y procedimientosinadecuados.Utilización inadecuada como herramienta de golpeo sin serlo.Utilización de llaves, limas o destornilladores como palanca.Prolongar los brazos de palanca con tubos.Destornillador o llave inadecuada a la cabeza o tuerca, a sujetar.Utilización de limas sin mango.Medidas de Prevención:No se llevarán las llaves y destornilladores sueltos en el bolsillo, sino en fundasadecuadas y sujetas al cinturón.No sujetar con la mano la pieza en la que se va a atornillar.No se emplearán cuchillos o medios improvisados para sacar o introducir tornillos.Las llaves se utilizarán limpias y sin grasa.No utilizar las llaves para martillear, remachar o como palanca.No empujar nunca una llave, sino tirar de ella.Emplear la llave adecuada a cada tuerca, no introduciendo nunca cuñas para ajustarla.Medidas de Protección:Para el uso de llaves y destornilladores utilizar guantes de tacto.Para romper, golpear y arrancar rebabas de mecanizado, utilizar gafas antimpactos.Manejo de herramientas punzantesCausas de los riesgos:Cabezas de cinceles y punteros floreados con rebabas.Inadecuada fijación al astil o mango de la herramienta.Material de calidad deficiente.Uso prolongado sin adecuado mantenimiento.Maltrato de la herramienta.

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Utilización inadecuada por negligencia o comodidad.Desconocimiento o imprudencia de operario.Medidas de Prevención:En cinceles y punteros comprobar las cabezas antes de comenzar a trabajar y desecharaquellos que presenten rebabas, rajas o fisuras.No se lanzarán las herramientas, sino que se entregarán en la mano.Para un buen funcionamiento, deberán estar bien afiladas y sin rebabas.No cincelar, taladrar, marcar, etc. nunca hacia uno mismo ni hacia otras personas.Deberá hacerse hacia afuera y procurando que nadie esté en la dirección del cincel.No se emplearán nunca los cinceles y punteros para aflojar tuercas.El vástago será lo suficientemente largo como para poder cogerlo cómodamente con lamano o bien utilizar un soporte para sujetar la herramienta.No mover la broca, el cincel, etc. hacia los lados para así agrandar un agujero, ya quepuede partirse y proyectar esquirlas.Por tratarse de herramientas templadas no conviene que cojan temperatura con el trabajoya que se tornas quebradizas y frágiles.En el afilado de este tipo de herramientas se tendrá presente este aspecto, debiéndoseadoptar precauciones frente a los desprendimientos de partículas y esquirlas.Medidas de Protección:Deben emplearse gafas antimpactos de seguridad, homologadas para impedir queesquirlas y trozos desprendidos de material puedan dañar a la vista.Se dispondrá de pantallas faciales protectoras abatibles, si se trabaja en la proximidad deotros operarios.Utilización de protectores de goma maciza par asir la herramienta y absorber el impactofallido (protector tipo "Goma nos" o similar).Pistola fijaclavosDeberá de ser de seguridad ("tiro indirecto") en la que el clavo es impulsado por unabuterola o empujador que desliza por el interior del cañón, que se desplaza hasta un topede final de recorrido, gracias a la energía desprendida por el fulminante. Las pistolas de"Tiro directo", tienen el mismo peligro que un arma de fuego.El operario que la utilice, debe estar habilitado para ello por su Mando Intermedio enfunción de su destreza demostrada en el manejo de dicha herramienta en condiciones deseguridad.El operario estará siempre detrás de la pistola y utilizará gafas antimpactos.Nunca se desmontarán los elementos de protección que traiga la pistola.Al manipular la pistola, cargarla, limpiarla, etc., el cañón deberá apuntar siempreoblicuamente al suelo.No se debe clavar sobre tabiques de ladrillo hueco, ni junto a aristas de pilares.Se elegirá siempre el tipo de fulminante que corresponda al material sobre el que setenga que clavar.La posición, plataforma de trabajo e inclinación del operario deben garantizar plenaestabilidad al retroceso del tiro.La pistola debe transportarse siempre descargada y aún así, el cañón no debe apuntar anadie del entorno.Manejo de herramientas de percusiónCausas de los riesgos:Mangos inseguros, rajados o ásperos.Rebabas en aristas de cabeza.Uso inadecuado de la herramienta.Medidas de Prevención:

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Rechazar toda maceta con el mango defectuoso.No tratar de arreglar un mango rajado.La maceta se usará exclusivamente para golpear y siempre con la cabeza.Las aristas de la cabeza han de ser ligeramente romas.Medidas de Protección:Empleo de prendas de protección adecuadas, especialmente gafas de seguridad opantallas faciales de rejilla metálica o policarbonato.Las pantallas faciales serán preceptivas si en las inmediaciones se encuentran otrosoperarios trabajando.Manejo de cargas sin medios mecánicosPara el izado manual de cargas es obligatorio seguir los siguientes pasos:Acercarse lo más posible a la carga.Asentar los pies firmemente.Agacharse doblando las rodillas.Mantener la espalda derecha.Agarrar el objeto firmemente.El esfuerzo de levantar lo deben realizar los músculos de las piernas.Durante el transporte, la carga debe permanecer lo más cerca posible del cuerpo.Para el manejo de piezas largas por una sola persona se actuará según los siguientescriterios preventivos:Llevará la carga inclinada por uno de sus extremos, hasta la altura del hombro.Avanzará desplazando las manos a lo largo del objeto, hasta llegar al centro de gravedadde la carga.Se colocará la carga en equilibrio sobre el hombro.Durante el transporte, mantendrá la carga en posición inclinada, con el extremo delanterolevantado.Es obligatoria la inspección visual del objeto pesado a levantar para eliminar aristasafiladas.Se prohibe levantar más de 25 kg por una sola persona, si se rebasa este peso, solicitarayuda a un compañero.Es obligatorio el empleo de un código de señales cuando se ha de levantar un objetoentre varios, para aportar el esfuerzo al mismo tiempo. Puede ser cualquier sistema acondición de que sea conocido o convenido por el equipo.Para descargar materiales es obligatorio tomar las siguientes precauciones:Empezar por la carga o material que aparece más superficialmente, es decir el primero ymás accesible.Entregar el material, no tirarlo.Colocar el material ordenado y en caso de apilado estratificado, que este se realice enpilas estables, lejos de pasillos o lugares donde pueda recibir golpes o desmoronarse.Utilizar guantes de trabajo y botas de seguridad con puntera metálica y plantillametálicas.En el manejo de cargas largas entre dos o más personas, la carga puede mantenerse enla mano, con el brazo estirado a lo largo del cuerpo, o bien sobre el hombro.Se utilizarán las herramientas y medios auxiliares adecuados para el transporte de cadatipo de material.En las operaciones de carga y descarga, se prohibe colocarse entre la parte posterior deun camión y una plataforma, poste, pilar o estructura vertical fija.Si en la descarga se utilizan herramientas como brazos de palanca, uñas, patas de cabrao similar, ponerse de tal forma que no se venga carga encima y que no se resbale.Máquinas eléctricas portátiles

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De forma genérica las medidas de seguridad a adoptar al utilizar las máquinas eléctricasportátiles son las siguientes:Cuidar de que el cable de alimentación esté en buen estado, sin presentar abrasiones,aplastamientos, punzaduras, cortes o cualquier otro defecto.Conectar siempre la herramienta mediante clavija y enchufe adecuados a la potencia dela máquina.Asegurarse de que el cable de tierra existe y tiene continuidad en la instalación si lamáquina a emplear no es de doble aislamiento.Al terminar se dejará la máquina limpia y desconectada de la corriente.Cuando se empleen en emplazamientos muy conductores (lugares muy húmedos, dentrode grandes masas metálicas, etc.) se utilizarán herramientas alimentadas a 24 v. comomáximo o mediante transformadores separadores de circuitos.El operario debe estar adiestrado en el uso, y conocer las presentes normas.- Taladro:Utilizar gafas antimpacto o pantalla facial.La ropa de trabajo no presentará partes sueltas o colgantes que pudieran engancharseen la broca.En el caso de que el material a taladrar se desmenuzara n polvo finos utilizar mascarillacon filtro mecánico (puede utilizarse las mascarillas de celulosa desechables).Para fijar la broca al portabrocas utilizar la llave específica para tal uso.No frenar el taladro con la mano.No soltar la herramienta mientras la broca tenga movimiento.No inclinar la broca en el taladro con objeto de agrandar el agujero, se debe emplear labroca apropiada a cada trabajo.En el caso de tener que trabajar sobre una pieza suelta ésta estará apoyada y sujeta.Al terminar el trabajo retirar la broca de la máquina.- Esmeriladora circular:El operario se equipará con gafas anti-impacto, protección auditiva y guantes deseguridad.Se seleccionará el disco adecuado al trabajo a realizar, al material y a la máquina.Se comprobará que la protección del disco está sólidamente fijada, desechándosecualquier máquina que carezca de él.Comprobar que la velocidad de trabajo de la máquina no supera, la velocidad máxima detrabajo del disco. Habitualmente viene expresado en m/s o r.p.m. para su conversión seaplicará la fórmula:m/s= (r.p.m. x 3,14 x Þ)/60Siendo Þ= diámetro del disco en metros.Se fijarán los discos utilizando la llave específica para tal uso.Se comprobará que el disco gira en el sentido correcto.Si se trabaja en proximidad a otros operarios se dispondrán pantallas, mamparas o lonasque impidan la proyección de partículas.No se soltará la máquina mientras siga en movimiento el disco.En el caso de tener que trabajar sobre una pieza suelta ésta estará apoyada y sujeta.Andamios de BorriquetaPreviamente a su montaje se habrá de examinar en obra que todos los elementos de losandamios no tengan defectos apreciables a simple vista, y después de su montaje secomprobará que su coeficiente de seguridad sea igual o superior a 4 veces la cargamáxima prevista de utilización.Las operaciones de montaje, utilización y desmontaje estarán dirigidas por personacompetente para desempeñar esta tarea, y estará autorizado para ello por el responsable

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técnico de la ejecución material de la obra o persona delegada por la DirecciónFacultativa de la obra.No se permitirá, bajo ningún concepto, la instalación de este tipo de andamios, de formaque queden superpuestos en doble hilera o sobre andamio tubular con ruedas.Se asentarán sobre bases firmes niveladas y arriostradas, en previsión de empujeslaterales, y su altura no rebasará sin arriostrar los 3m, y entre 3 y 6m se emplearánborriquetas armadas de bastidores móviles arriostrados.Las zonas perimetrales de las plataformas de trabajo así como los accesos, pasos ypasarelas a las mismas, susceptibles de permitir caídas de personas u objetos desdemás de 2m de altura, están protegidas con barandillas de 1m de altura, equipadas conlistones intermedios y rodapiés de 20cm de altura, capaces de resistir en su conjunto unempuje frontal de 150 kg/ml.No se depositarán cargas sobre las plataformas de los andamios de borriquetas, salvo enlas necesidades de uso inmediato y con las siguientes limitaciones:Debe quedar un paso mínimo de 0,40 m. libre de todo obstáculo.El peso sobre la plataforma no superará a la prevista por el fabricante, y deberá repartirseuniformemente para no provocar desequilibrio.Tanto en su montaje como durante su utilización normal, estarán alejadas más de 5m dela línea de alta tensión más próxima, o 3m en baja tensión.Características de las tablas o tablones que constituyen las plataformas:- Madera de buena calidad, sin grietas ni nudos. Será de elección preferente el abetosobre el pino.Escuadra de espesor uniforme y no inferior a 2,4x15cm- No pueden montar entre sí formando escalones.- No pueden volar más de cuatro veces su propio espesor, máximo 0,20 cm.- Estarán sujetos por lias a las borriquetas.- Estará prohibido el uso de ésta clase de andamios cuando la superficie de trabajo seencuentre a más de 6 m. de altura del punto de apoyo en el suelo de la borriqueta.- A partir de 2 m. de altura habrá que instalar barandilla perimetral o completa, o en sudefecto, será obligatorio el empleo de cinturón de seguridad de sujección, para el queobligatoriamente se habrán previsto puntos fijos de enganche, preferentemente sirgas decable acero tensas.Protecciones y resguardos de máquinasToda maquinaria utilizada durante la fase de la obra dispondrá de carcasas de proteccióny resguardos sobre las partes móviles, especialmente de las transmisiones, que impidanel acceso.Las operaciones de conservación, mantenimiento, reparación, engrasado y limpieza seefectuarán durante la detención de los motores, transmisiones y máquinas, salvo en suspartes totalmente protegidas.Toda máquina averiada o cuyo funcionamiento sea irregular será señalizada con laprohibición de su manejo a trabajadores no encargados de su reparación.Para evitar su involuntaria puesta en marcha, se bloquearán los arrancadores de losmotores eléctricos o se retirarán los fusibles de la máquina averiada y, si ello no esposible, se colocará en su mando un letrero con la prohibición de maniobrarlo, que seráretirado solamente por la persona que lo colocó.Para evitar los peligros que puedan causar al trabajador los elementos mecánicosagresivos de las máquinas por acción atrapante, cortante, lacerante, punzante,prensante, abrasiva o proyectiva, se instalarán las protecciones más adecuadas al riesgoespecífico de cada máquina.Las operaciones de entretenimiento, reparación, engrasado y limpieza se efectuarán

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durante la detención de los motores, transmisiones y máquinas, salvo en sus partestotalmente protegidas.

Las Palmas de Gran Canaria a 20 de marzo de 2019.

El Ingeniero IndustrialClaudio Medina Castellano

Colegiado nº 911

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PLIEGO DE CONDICIONESPARTICULARES. LÍNEA

SUBTERRANEAS DE MEDIA TENSIÓN

“URBANIZACIÓN TAMARACEITE SUR UZO-04”

ISLA DE GRAN CANARIA (LAS PALMAS GC)Claudio Medina Castellano

Colegiado nº 911

MARZO DE 2019

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ELECTRIFICACIÓN"URBANIZACIÓN TAMARACEITE SUR"PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS

PARTICULARES PARA LÍNEAS ELÉCTRICAS SUBTERRÁNEAS EN ALTATENSIÓN.

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ÍNDICE

1.- OBJETO.............................................................................................................................................................3

2.- CAMPO DE APLICACIÓN.................................................................................................................................3

3.- NORMATIVA DE APLICACIÓN ........................................................................................................................3

4.- CARACTERÍSTICAS, CALIDADES Y CONDICIONES GENERALES DE LOS MATERIALES ELÉCTRICOS4

4.1.- DEFINICIÓN Y CLASIFICACIÓN DE LAS INSTALACIONES ELÉCTRICAS DE ALTA TENSIÓN............................................................... 44.2.- CARACTERÍSTICAS GENERALES Y CALIDADES DE LOS MATERIALES ........................................................................................ 44.3.- COMPONENTES Y PRODUCTOS CONSTITUYENTES DE LA INSTALACIÓN.................................................................................... 44.4.- CONTROL Y ACEPTACIÓN DE LOS ELEMENTOS Y EQUIPOS QUE CONFORMAN LAS REDES SUBTERRÁNEAS DE ALTA TENSIÓN ..........44.5.- CONDUCTORES ............................................................................................................................................................... 54.6.- EMPALMES, CONEXIONES Y ACCESORIOS ........................................................................................................................... 54.7.- PROTECCIONES ELÉCTRICAS ............................................................................................................................................5

4.7.1.- PROTECCIÓN CONTRA SOBREINTENSIDADES DE CORTOCIRCUITO.................................................................................................... 64.7.2.- PROTECCIÓN CONTRA SOBRETENSIONES ...................................................................................................................................... 6

5.- CONDICIONES DE EJECUCIÓN Y MONTAJE................................................................................................6

5.1.- CONSIDERACIONES GENERALES ........................................................................................................................................65.2.- COMPROBACIONES INICIALES............................................................................................................................................65.3.- TRAZADO........................................................................................................................................................................65.4.- CANALIZACIONES............................................................................................................................................................. 7

5.4.1.- APERTURA Y CIERRE DE ZANJAS EN ACERAS Y BAJO CALZADA......................................................................................................... 75.4.2.- APERTURA Y CIERRE DE ZANJAS EN CRUCES DE CALLE Y CARRETERAS............................................................................................ 75.4.3.- CONDUCTORES ENTUBADOS BAJO CALZADAS, ACERAS Y PEATONALES ............................................................................................ 75.4.4.- CONDICIONES DE PROXIMIDADES Y PARALELISMO .......................................................................................................................... 9

5.5.- TRANSPORTE DE BOBINAS ................................................................................................................................................95.6.- TENDIDO DE CONDUCTORES ........................................................................................................................................... 105.7.- PROTECCIÓN MECÁNICA ................................................................................................................................................. 105.8.- SEÑALIZACIÓN .............................................................................................................................................................. 105.9.- IDENTIFICACIÓN ............................................................................................................................................................. 105.10.- CIERRE DE ZANJAS ...................................................................................................................................................... 105.11.- REPOSICIÓN DE PAVIMENTOS........................................................................................................................................ 115.12.- PUESTA A TIERRA ........................................................................................................................................................ 115.13.- MONTAJES DIVERSOS .................................................................................................................................................. 11

6.- RECEPCIÓN DE OBRA, PRUEBAS Y ENSAYOS.........................................................................................11

6.1.- RECONOCIMIENTOS Y RECEPCIÓN DE OBRA ...................................................................................................................... 116.2.- PRUEBAS Y ENSAYOS ..................................................................................................................................................... 12

7.- CONDICIONES DE MANTENIMIENTO, USO Y SEGURIDAD.......................................................................12

7.1.- MANTENIMIENTO O CONSERVACIÓN .................................................................................................................................137.2.- REPARACIÓN. REPOSICIÓN............................................................................................................................................. 147.3.- MEDIDAS DE SEGURIDAD ................................................................................................................................................ 14

8.- INSPECCIONES PERIÓDICAS.......................................................................................................................15

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8.1.- VERIFICACIÓN E INSPECCIÓN DE LAS LÍNEAS ELÉCTRICAS PROPIEDAD DE EMPRESAS DE TRANSPORTE Y DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍAELÉCTRICA................................................................................................................................................................ 15

8.1.1.- VERIFICACIÓN........................................................................................................................................................................... 158.1.2.- INSPECCIÓN.............................................................................................................................................................................. 15

8.2.- VERIFICACIÓN E INSPECCIÓN DE LAS LÍNEAS ELÉCTRICAS QUE NO SEAN PROPIEDAD DE EMPRESAS DE TRANSPORTE Y DISTRIBUCIÓNDE ENERGÍA ELÉCTRICA.............................................................................................................................................. 15

8.2.1.- VERIFICACIONES ....................................................................................................................................................................... 168.2.1.1 Verificación inicial previa a la puesta en servicio. .......................................................................................................... 168.2.1.2 Verificaciones periódicas............................................................................................................................................... 16

8.2.2.- INSPECCIONES.......................................................................................................................................................................... 168.2.2.1 Inspección inicial. .......................................................................................................................................................... 168.2.2.2 Inspección periódica...................................................................................................................................................... 16

8.2.3.- PROCEDIMIENTOS DE INSPECCIÓN Y VERIFICACIÓN ...................................................................................................................... 168.2.3.1 Procedimiento de inspección inicial o periódica............................................................................................................. 168.2.3.2 Procedimiento de verificación periódica......................................................................................................................... 168.2.3.3 Calificación de una línea. .............................................................................................................................................. 16

8.3.- CLASIFICACIÓN DE DEFECTOS ......................................................................................................................................... 168.3.1.- DEFECTO MUY GRAVE ............................................................................................................................................................... 168.3.2.- DEFECTO GRAVE....................................................................................................................................................................... 178.3.3.- DEFECTO LEVE ......................................................................................................................................................................... 17

8.4.- CERTIFICADOS DE INSPECCIONES PERIÓDICAS .................................................................................................................. 178.5.- PROTOCOLO GENÉRICO DE INSPECCIÓN PERIÓDICA ........................................................................................................... 178.6.- DE LA RESPONSABILIDAD DE LAS INSPECCIONES PERIÓDICAS ............................................................................................. 178.7.- INSPECCIONES PERIÓDICAS DE LAS INSTALACIONES DE PRODUCCIÓN, TRANSPORTE Y DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA .... 178.8.- INSPECCIONES PERIÓDICAS DEL RESTO DE INSTALACIONES ELÉCTRICAS. ............................................................................. 188.9.- DE LOS PLAZOS DE ENTREGA Y DE VALIDEZ DE LOS CERTIFICADOS DE INSPECCION OCA....................................................... 188.10.- DE LA GRAVEDAD DE LOS DEFECTOS DETECTADOS EN LAS INSPECCIONES DE LAS INSTALACIONES Y DE LAS OBLIGACIONES DEL

TITULAR Y DE LA EMPRESA INSTALADORA ..................................................................................................................... 18

9.- CONDICIONES DE ÍNDOLE FACULTATIVO.................................................................................................19

9.1.- DEL TITULAR DE LA INSTALACIÓN ..................................................................................................................................... 199.2.- DE LA DIRECCIÓN FACULTATIVA ....................................................................................................................................... 199.3.- DE LA EMPRESA INSTALADORA O CONTRATISTA ................................................................................................................. 199.4.- DE LA EMPRESA MANTENEDORA ...................................................................................................................................... 209.5.- DE LOS ORGANISMOS DE CONTROL AUTORIZADO ............................................................................................................... 20

10.- CONDICIONES DE ÍNDOLE ADMINISTRATIVO .........................................................................................21

10.1.- ANTES DEL INICIO DE LAS OBRAS ................................................................................................................................... 2110.2.- DOCUMENTACIÓN DEL PROYECTO .................................................................................................................................2110.3.- MODIFICACIONES Y AMPLIACIONES DE LAS INSTALACIONES Y LA DOCUMENTACIÓN DEL PROYECTO........................................ 22

10.3.1.- MODIFICACIONES Y AMPLIACIONES NO SIGNIFICATIVAS DE LAS INSTALACIONES ELÉCTRICAS.......................................................... 2210.3.1.1 Modificaciones y ampliaciones de las instalaciones en servicio y la documentación del proyecto.................................. 2210.3.1.2 Modificaciones y ampliaciones de las instalaciones en fase de ejecución y la documentación del proyecto .................. 22

10.3.2.- MODIFICACIONES Y AMPLIACIONES SIGNIFICATIVAS DE LAS INSTALACIONES ELÉCTRICAS EN ALTA TENSIÓN.................................... 2210.4.- DOCUMENTACIÓN FINAL ............................................................................................................................................... 2210.5.- CERTIFICADO DE DIRECCIÓN Y FINALIZACIÓN DE OBRA ..................................................................................................... 2310.6.- CERTIFICADO DE INSTALACIÓN ...................................................................................................................................... 2310.7.- LIBRO DE ÓRDENES ..................................................................................................................................................... 2310.8.- INCOMPATIBILIDADES ................................................................................................................................................... 2410.9.- INSTALACIONES EJECUTADAS POR MÁS DE UNA EMPRESA INSTALADORA. ........................................................................... 2410.10.- SUBCONTRATACIÓN ................................................................................................................................................... 24

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1.-OBJETO

Este Pliego de Condiciones Técnicas Particulares, el cualforma parte de la documentación del proyecto de referencia yque regirá las obras para la realización del mismo, determinalas condiciones mínimas aceptables para la ejecución obrasde instalación de Redes Subterráneas de Distribución de AltaTensión acorde a lo estipulado por el DECRETO 141/2009, de10 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por elque se regulan los procedimientos administrativos relativos ala ejecución y puesta en servicio de las instalaciones eléctricasen Canarias, así como las normas NUECSA de la empresaEndesa Distribución Eléctrica, S.L., en el ámbito territorial dela Comunidad Autónoma de Canarias.

En cualquier caso, dichas normas particulares no podránestablecer criterios técnicos contrarios a la normativa vigentecontemplada en el presente proyecto, ni exigir marcascomerciales concretas, ni establecer especificaciones técnicasque favorezcan la implantación de un solo fabricante orepresenten un coste económico desproporcionado para elusuario.

Las dudas que se planteasen en su aplicación o interpretaciónserán dilucidadas por el Ingeniero-Director de la obra. Por elmero hecho de intervenir en la obra, se presupone que laempresa instaladora y las subcontratas conocen y admiten elpresente Pliego de Condiciones.

2.-CAMPO DE APLICACIÓN

Este Pliego de Condiciones Técnicas Particulares se refiere alsuministro, instalación, pruebas, ensayos y mantenimiento demateriales necesarios en el montaje de instalacioneseléctricas de Redes Subterráneas de Alta Tensión reguladaspor el DECRETO 141/2009, de 10 de noviembreanteriormente enunciado, con el fin de garantizar la seguridadde las personas, el bienestar social y la protección del medioambiente, siendo necesario que dichas instalaciones eléctricasse proyecten, construyan, mantengan y conserven de talforma que se satisfagan los fines básicos de la funcionalidad,es decir de la utilización o adecuación al uso, y de laseguridad, concepto que incluye la seguridad estructural, laseguridad en caso de incendio y la seguridad de utilización, detal forma que el uso normal de la instalación no suponganingún riesgo de accidente para las personas y cumpla lafinalidad para la cual es diseñada y construida.

3.-NORMATIVA DE APLICACIÓN

Se observarán en todo momento, durante la ejecución de laobra, las siguientes normas y reglamentos:

REAL DECRETO 223/2008, de 15 de febrero, por el que seaprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas ygarantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión ysus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.

Orden de 18 de octubre de 1984, que aprueba lasInstrucciones Técnicas Complementarias del Reglamentosobre Condiciones Técnicas y Garantías de Seguridad enCentrales Eléctricas, Subestaciones y Centros deTransformación (BOE nº 256 de 25/10/84), modificada porOrden de 10 de marzo de 2000, por la que se modifican las

Instrucciones Técnicas Complementarias MIE-RAT 01, MIE-RAT 02, MIE-RAT 06, MIE-RAT 14, MIE-RAT 15, MIE-RAT 16,MIE-RAT 17, MIE-RAT 18, MIE-RAT 19 del Reglamento sobreCondiciones Técnicas y Garantías de Seguridad en CentralesEléctricas, Subestaciones y Centros de Transformación (BOEde 24/03/00).

Real Decreto 1075/1986, de 2 de mayo, del Miner, por el quese establecen Normas sobre las condiciones de lossuministros de energía eléctrica y la calidad de este servicio(BOE de 06/06/86).

Ley 31/1995, de 8 de noviembre de prevención de riesgoslaborales; modificaciones por Ley 54/2003, de 12 dediciembre, de reforma del marco normativo de la prevenciónde riesgos laborales e instrucción para la aplicación de lamisma (B.O.E. 8/3/1996).

Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que seestablecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en lasobras de construcción.

Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico,derogada parcialmente por Ley 13/2003, de 23 de mayo,reguladora del contrato de concesión de obras públicas (BOEde 22 de mayo de 2003).

Real Decreto 2019/1997, del Miner, de 26 de diciembre, porel que se organiza y regula el mercado de producción deenergía eléctrica (BOE nº 310 de 27/12/97), desarrollado porOrden de 29 de diciembre de 1997, por la que se desarrollanalgunos aspectos del Real Decreto 2019/1997, de 26 dediciembre. (La Orden de 17 de diciembre de 1998, del Miner,modifica dicha Orden de 29 de diciembre de 1997), modificadopor Real Decreto-Ley 6/2000, de 23 de junio, de medidasurgentes de intensificación de la competencia en mercados debienes y servicios (BOE de 24/06/00), modificado por RealDecreto 436/2004, de 12 de marzo, por el que se establece lametodología para la actualización y sistematización delrégimen jurídico y económico de la actividad de producción deenergía eléctrica en régimen especial (BOE de 27/03/04),modificado por Real Decreto 2351/2004, de 23 de diciembre,por el que se modifica el procedimiento de resolución derestricciones técnicas y otras normas reglamentarias delmercado eléctrico (BOE de 24/12/04).

Orden del 12 de abril de 1999, del MINER, por la que sedictan las Instrucciones Técnicas complementarias alReglamento de Puntos de Medida de los Consumos yTránsitos de Energía Eléctrica (BOE de 21/4/99).

Real Decreto-Ley 6/1999, de la Jefatura del Estado, de 16 deabril, de medidas urgentes de liberalización e incremento dela competencia (BOE nº 92 de 16/04/99).

Real Decreto-Ley 6/2000, de 23 de junio, de la Jefatura delEstado, de medidas urgentes, de intensificación de lacompetencia en mercados de bienes y servicios (BOE24/06/00), derogada parcialmente por Ley 36/2003, de 11 denoviembre, de medidas de reforma económica.

Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que seregulan las actividades de transporte, distribución,comercialización, suministro y procedimientos de autorizaciónde instalaciones de energía eléctrica (BOE de 27/12/00),modificado por Real Decreto 2351/2004, de 23 de diciembre,por el que se modifica el procedimiento de resolución derestricciones técnicas y otras normas reglamentarias delmercado eléctrico (BOE de 24/12/04).

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Real Decreto-Ley 2/2001, de 2 de febrero, por el que semodifica la disposición transitoria sexta de la Ley 54/1997, de27 de noviembre, del Sector Eléctrico, y determinadosartículos de la Ley 16/1989, de 17 de julio de Defensa de laCompetencia (BOE nº30 de 03/02/01).

Real Decreto 614/2001, de 8 de junio, sobre disposicionesmínimas para la protección de la salud y seguridad de lostrabajadores frente al riesgo eléctrico, y resto de normativaaplicable en materia de prevención de riesgos.

Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que seaprueba el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión(BOE de 18/09/02)

Real Decreto 1454/2005, de 2 de diciembre, por el que semodifican determinadas disposiciones relativas al sectoreléctrico.

Real Decreto 661/2007, de 26 de mayo, por el que se regulala actividad de producción de energía eléctrica en régimenespecial.

Ficha Técnica NT-11-01/76 de ENHER “Canalizaciones delíneas subterráneas de Media Tensión”.

Notas técnicas de prevención editadas por el Ministerio delTrabajo y Asuntos Sociales:

Normativa Autonómica:

Decreto Territorial 224/1993, de 29 de julio, por el que seregula la realización del trámite de información pública en losprocedimientos que afectan a islas no capitalinas (BOC nº 103de 11/08/93).

Orden de 29 de julio de 1994, por la que se aprueban lasNormas Particulares de Unelco para Instalaciones Aéreas deAlta Tensión hasta 30kV (BOC nº 153 de 16/12/94).

Decreto 103/1995, de 26 de abril, por el que se aprueban lasnormas en materia de imputación de costes de extensión deredes eléctricas (BOC nº 69 de 02/06/95).

Orden de la Consejería de Industria y Comercio, de 30 deenero de 1996, sobre mantenimiento y revisiones periódicasde instalaciones eléctricas de alto riesgo (BOC nº46 de15/04/96).

Ley 11/1997, de 2 de diciembre, de regularización del SectorEléctrico Canario (BOC nº 158 de 08/12/97).

DECRETO 141/2009, de 10 de noviembre, por el que seaprueba el Reglamento por el que se regulan losprocedimientos administrativos relativos a la ejecución ypuesta en servicio de las instalaciones eléctricas en Canarias.

Normas de Unión Eléctrica de Canarias (NUECSA)

Recomendaciones UNESA en el ámbito de la ComunidadAutónoma de Canarias y Norma GE NNM001 – Normas deoperación y definiciones de la Cía suministradora Endesa. 1ªEdición. 2000.

Ordenanzas Municipales y otras Normas Municipales deseñalización de obras y protecciones.

Salvo que se trate de prescripciones cuyo cumplimiento estéobligado por la vigente legislación, en caso de discrepanciaentre el contenido de los documentos anteriormentemencionados se aplicará el criterio correspondiente al quetenga una fecha de aplicación posterior. Con idéntica

salvedad, será de aplicación preferente, respecto de losanteriores documentos lo expresado en este Pliego deCondiciones Técnicas Particulares.

4.-CARACTERÍSTICAS, CALIDADES Y CONDICIONESGENERALES DE LOS MATERIALES ELÉCTRICOS

4.1.- Definición y clasificación de las instalacioneseléctricas de alta tensión

Según Art. 3 del Decreto 141/2009, se define como “instalacióneléctrica” todo conjunto de aparatos y de circuitos asociadosdestinados a la producción, conversión, transformación,transmisión, distribución o utilización de la energía eléctrica.

Asimismo y según Art. 3 del Decreto 141/2009 éstas se agrupany clasifican en:

Instalación de baja tensión: es aquella instalación eléctricacuya tensión nominal se encuentra por debajo de 1 kV (U<1 kV).

Instalación de media tensión: es aquella instalación eléctricacuya tensión nominal es superior o igual a 1 kV e inferior a 66 kV(1 kV U < 66 kV).

Instalación de alta tensión: es aquella instalación eléctricacuya tensión nominal es igual o superior a 66 kV (U 66 kV).

4.2.- Características generales y calidades de losmaterialesLos materiales y su montaje cumplirán con los requisitos yensayos de las normas UNE aplicables de entre las incluidasen la ITC-LAT 02 y demás normas y especificaciones técnicasaplicables. En el caso de que no exista norma UNE, seutilizarán las Normas Europeas (EN o HD) correspondientes y,en su defecto, se recomienda utilizar la publicación CEIcorrespondiente (Comisión Electrotécnica Internacional).

Se realizarán cuantos ensayos y análisis indique el Ingeniero-Director de obra, aunque no estén indicados en este Pliego deCondiciones Técnicas Particulares.

Los materiales empleados en la instalación serán entregadospor el Contratista siempre y cuando no se especifique locontrario en el Contrato de Adjudicación de las obras arealizar.

No se podrán emplear materiales que no hayan sidoaceptados previamente por el Ingeniero Director.

4.3.- Componentes y productos constituyentes de lainstalaciónGenéricamente la instalación contará con:

Conductores

Dispositivos de protección eléctrica

Canalizaciones subterráneas. Zanjas.

Protecciones mecánicas.

4.4.- Control y aceptación de los elementos y

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equipos que conforman las redes subterráneas dealta tensiónLa Dirección Facultativa velará porque todos los materiales,productos, sistemas y equipos que formen parte de lainstalación eléctrica sean de marcas de calidad (UNE. EN,CEI, CE, AENOR, etc.) y dispongan de la documentación queacredite que sus características mecánicas y eléctricas seajustan a la normativa vigente, así como de los certificados deconformidad con las normas UNE, EN, CEI, CE u otras que lesean exigibles por normativa o por prescripción del proyectistay por lo especificado en el presente Pliego de CondicionesTécnicas Particulares.

La Dirección Facultativa asimismo podrá exigir muestras delos materiales a emplear y sus certificados de calidad,ensayos y pruebas de laboratorios, rechazando, retirando,desmontando o reemplazando dentro de cualquiera de lasetapas de la instalación los productos, elementos odispositivos que a su parecer perjudiquen en cualquier gradoel aspecto, seguridad o bondad de la obra.

Cuando proceda hacer ensayos para la recepción de losproductos o verificaciones para el cumplimiento de suscorrespondientes exigencias técnicas, según su utilización,estos podrán ser realizadas por muestreo u otro método queindiquen los órganos competentes de las ComunidadesAutónomas, además de la comprobación de la documentaciónde suministro en todos los casos, debiendo aportarse oincluirse, junto con los equipos y materiales, las indicacionesnecesarias para su correcta instalación y uso debiendomarcarse con las siguientes indicaciones mínimas:

Identificación del fabricante, representante legal oresponsable de su comercialización.

Marca y modelo.

Tensión y potencia (o intensidad) asignadas.

Cualquier otra indicación referente al uso específicodel material o equipo, asignado por el fabricante.

Concretamente por cada elemento tipo, estas indicacionespara su correcta identificación serán las siguientes:

Conductores:

Identificación, según especificaciones de proyecto (p.e:material, tipo de pantalla, aislamiento, pantalla sobre elaislamiento, cubierta, tipo constructivo, sección, Tensiónnominal, resistencia, reactancia por fase, capacidad,temperatura, etc.)

Distintivo de calidad: Marca de Calidad AENORhomologada por el Ministerio de Industria, Comercio yTurismo (MICT)

Año de fabricación y características, según Normas UNE.

El resto de componentes de la instalación deberán recibirse enobra conforme a: la documentación del fabricante, marcado decalidad, la normativa si la hubiere, especificaciones delproyecto y a las indicaciones de la Dirección Facultativadurante la ejecución de las obras.

Asimismo aquellos materiales no especificados en el presenteproyecto que hayan de ser empleados para la realización delmismo, dispondrán de marca de calidad y no podrán utilizarsesin previo conocimiento y aprobación de la DirecciónFacultativa.

4.5.- ConductoresLos cables utilizados en las redes subterráneas tendrán losconductores de cobre o de aluminio y estarán aislados conmateriales adecuados a las condiciones de instalación yexplotación manteniendo, con carácter general, el mismo tipode aislamiento de los cables de la red a la que se conecten.Estarán debidamente apantallados, y protegidos contra lacorrosión que pueda provocar el terreno donde se instalen o laproducida por corrientes erráticas, y tendrán resistenciamecánica suficiente para soportar las acciones de instalacióny tendido y las habituales después de la instalación. Seexceptúan las agresiones mecánicas procedentes demaquinaria de obra pública como excavadoras, perforadoras oincluso picos. Podrán ser unipolares o tri polares.

Podrán emplearse cables huecos y cables rellenos demateriales no metálicos. Los conductores de aluminio y susaleaciones serán siempre cableados.

Se adaptarán las características de los conductores que seanfacilitadas por los fabricantes de los mismos. Si no sedispusiera de las características, se podrán utilizar los valoresfijados en las correspondientes normas UNE de conductores.

4.6.- Empalmes, conexiones y accesoriosLos accesorios serán adecuados a la naturaleza, composicióny sección de los cables, y no deberán aumentar la resistenciaeléctrica de éstos. Los accesorios deberán ser asimismoadecuados a las características ambientales (interior, exterior,contaminación, etc.).

Cuando en la línea eléctrica se empleen como conductorescables, cualquiera que sea su composición o naturaleza, oalambres de más de 6 mm., de diámetro, los empalmes de losconductores se realizarán mediante piezas adecuadas a lanaturaleza, composición y sección de los mismos.

Lo mismo el empalme que la conexión no deben aumentar laresistencia eléctrica del conductor.

Los empalmes deberán soportar sin rotura ni deslizamiento delcable el 90 por 100 de la carga de rotura del cableempalmado.

Queda prohibida la ejecución de empalmes en conductorespor la soldadura a tope de los mismos.

Se prohíbe colocar en la instalación de una línea más de unempalme por vano y conductor. Solamente en la explotación,en concepto de reparación de una avería, podrá consentirse lacolocación de dos empalmes.

Las piezas de empalme y conexión serán de diseño ynaturaleza tal que eviten los efectos electrolíticos, si éstosfueran de temer, y deberán tomarse las precaucionesnecesarias para que las superficies en contacto no sufranoxidación.

4.7.- Protecciones eléctricasLos cables estarán debidamente protegidos contra los efectostérmicos y dinámicos que puedan originarse porsobreintensidades que puedan producirse en la instalación.

Para la protección contra sobreintensidades se utilizaráninterruptores automáticos colocados en el inicio de lasinstalaciones que alimenten cables subterráneos. Lascaracterísticas de funcionamiento de dichos elementos deprotección corresponderán a las exigencias que presente el

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conjunto de la instalación de la que forme parte el cablesubterráneo, teniendo en cuenta las limitaciones propias deéste.

4.7.1.- PROTECCIÓN CONTRA SOBREINTENSIDADES DECORTOCIRCUITO

La protección contra cortocircuitos por medio de interruptoresautomáticos se establecerá de forma que la falta seadespejada en un tiempo tal, que la temperatura alcanzada porel conductor durante el cortocircuito no exceda de la máximaadmisible asignada en cortocircuito.

Las intensidades máximas de cortocircuito admisibles para losconductores y las pantallas correspondientes a tiempos dedesconexión comprendidos entre 0,1 y 3 segundos, serán lasindicadas en la norma UNE 20-435. Podrán admitirseintensidades de cortocircuito mayores que las indicadas enaquellos casos en que el fabricante del cable aporte ladocumentación justificativa correspondiente.

En general, no será obligatorio establecer protecciones contrasobrecargas, si bien es necesario, controlar la carga en elorigen de la línea o del cable mediante el empleo de aparatosde medida, mediciones periódicas o bien por estimacionesestadísticas a partir de las cargas conectadas al mismo, conobjeto de asegurar que la temperatura del cable so supere lamáxima admisible en servicio permanente.

4.7.2.- PROTECCIÓN CONTRA SOBRETENSIONES

Los cables deberán protegerse contra las sobretensionespeligrosas, tanto de origen interno como de origenatmosférico, cuando la importancia de la instalación, el valorde las sobretensiones y su frecuencia de ocurrencia así loaconsejen.

Para ello se utilizarán pararrayos de resistencia variable opararrayos de óxidos metálicos, cuyas características estaránen función de las probables intensidades de corriente a tierraque puedan preverse en caso de sobretensión o se observaráel cumplimiento de las reglas de coordinación de aislamientocorrespondientes. Deberá cumplirse también, en lo referente acoordinación de aislamiento y puesta a tierra de lospararrayos, lo indicado en las instrucciones MIE-RAT 12 YMIE-RAT 13, respectivamente, Reglamento sobre condicionestécnicas y garantías de seguridad en centrales eléctricas,subestaciones y centros de transformación, aprobado por RealDecreto 3275/1982, de 12 de noviembre.

En lo referente a protecciones contra sobretensiones serán deconsideración igualmente las especificaciones establecidaspor las Normas UNE-EN 60071-1, UNE-EN 60071-2 Y UNE-EN 60099-5

5.-CONDICIONES DE EJECUCIÓN Y MONTAJE

5.1.- Consideraciones generalesLas instalaciones de Líneas Eléctricas Subterráneas de AltaTensión serán ejecutadas por instaladores eléctricosautorizados, para el ejercicio de esta actividad, segúnDECRETO 141/2009 y deberán realizarse conforme a lo queestablece el presente Pliego de Condiciones TécnicasParticulares y a la reglamentación vigente.

El Ingeniero-Director rechazará todas aquellas partes de lainstalación que no cumplan los requisitos para ellas exigidas,

obligándose la empresa instaladora autorizada o Contratista asustituirlas a su cargo.

Durante el proceso de ejecución de la instalación se dejaránlas líneas sin tensión y, en su caso, se conectarán a tierra.Deberá garantizarse la ausencia de tensión mediante uncomprobador adecuado antes de cualquier manipulación.

En los lugares de ejecución se encontrarán presentes, comomínimo dos operarios, que deberán utilizar guantes, alfombrasaislantes, demás materiales y herramientas de seguridad.

Los aparatos o herramientas eléctricas que se utilicen estarándotados del correspondiente aislamiento de grado II, o estaránalimentados a tensión inferior a 50 V, mediante transformadorde seguridad.

Se cumplirán, además, todas las disposiciones legales quesean de aplicación en materia de seguridad y salud en eltrabajo.

5.2.- Comprobaciones inicialesSe comprobará que todos los elementos y componentes de lainstalación de las Líneas Eléctricas Subterráneas de AltaTensión, coinciden con su desarrollo en el proyecto, y en casocontrario se redefinirá en presencia de la DirecciónFacultativa.

Antes de comenzar los trabajos se marcará, por Instaladorautorizado y en presencia de la Dirección Facultativa, en elpavimento de las zonas por donde discurrirá el trazado de laszanjas, marcando tanto su anchura como su longitud y las zonasdonde se dejen llaves para la contención del terreno. Si hahabido posibilidad de conocer las acometidas de otros servicios alas fincas construidas, se indicarán sus situaciones con el fin detomar las precauciones debidas.

Se estudiará la señalización de acuerdo con las normasmunicipales y se determinarán las protecciones precisas tantode la zanja como de los posibles pasos que sean necesariospara los accesos a los portales, comercios, garajes, etc. asícomo las chapas de hierro que hayan de colocarse sobre lazanja para el paso de vehículos.

Antes de proceder a la apertura de las zanjas se abrirán calasde reconocimiento para confirmar o rectificar el trazadoprevisto.

5.3.- TrazadoAl marcar el trazado de las zanjas se tendrá en cuenta el radiomínimo que hay que dejar en la curva con arreglo a la seccióndel conductor o conductores que se vayan a canalizar.

Las canalizaciones se dispondrán, en general, por terrenos dedominio público en suelo urbano o en curso de urbanizaciónque tenga las cotas de nivel previstas en el proyecto deurbanización (alineaciones y rasantes), preferentemente bajolas aceras y se evitarán los ángulos pronunciados. El trazadoserá lo más rectilíneo posible, a poder ser paralelo en toda sulongitud a las fachadas de los edificios principales o, en sudefecto, a los bordillos. Así mismo, deberá tenerse en cuentalos radios de curvatura mínimos que pueden soportar loscables sin deteriorarse, a respetar en los cambios dedirección.

En la etapa de proyecto deberá contactarse con las empresasde servicio público y con las posibles propietarias de serviciospara conocer la posición de sus instalaciones en la zonaafectada. Una vez conocidas, antes de proceder a la apertura

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de las zanjas, la empresa instaladora abrirá calas dereconocimiento para confirmar o rectificar el trazado previstoen el proyecto. La apertura de calas de reconocimiento sepodrá sustituir por el empleo de quipos de detección, como elgeorradar, que permitan contrastar los planos aportados porlas compañías de servicio y al mismo tiempo prevenirsituaciones de riesgo.

5.4.- Canalizaciones5.4.1.- APERTURA Y CIERRE DE ZANJAS EN ACERAS Y BAJOCALZADA

Las zanjas se harán verticales hasta la profundidad de lazanja establecida en la memoria descriptiva o planos delproyecto, colocándose entibaciones en los casos en que lanaturaleza del terreno lo haga preciso.

El fondo de las zanjas estará lo más limpio posible de piedrasque puedan dañar al conductor, para lo cual se extenderá unacapa de 10 cm de arena o tierra fina, que sirve para nivelacióny asiento de los cables, nuevamente otra capa de 15 cm dearena, sobre la que se pone la protección mecánica del cabley la señalización. Ambas capas cubrirán la anchura total de lazanja.

La arena que se utilice para la protección de los cables serálimpia, suelta y áspera, exenta de sustancias orgánicas, arcillao partículas terrosas, para lo cual se tamizará o lavaráconvenientemente si fuera necesario. Se empleará arenacuyos granos tengan dimensiones de 2 a 3mm como máximo.

Cuando se emplee la arena procedente de la misma zanja,además de necesitar la aprobación del Ingeniero-Director,será necesario su cribado

Se procurará dejar un paso de 50cm entre la zanja y las tierrasextraídas, con el fin de facilitar la circulación del personal de laobra y evitar la caída de tierras en la zanja.

Se deberán tomar todas las precauciones precisas para notapar con tierras registros de gas, teléfono, bocas de riego,alcantarillas, etc.

Durante la ejecución de los trabajos en la vía pública sedejarán pasos suficientes para vehículos y peatones, así comolos accesos a los edificios, comercios y garajes.

Las dimensiones mínimas de las zanjas serán las siguientes:

Profundidad de 100cm y anchura de 60cm paracanalizaciones de Alta Tensión bajo acera.

Profundidad de 120cm y anchura de 60cm paracanalizaciones de Alta Tensión bajo calzada.

Si fuese necesario interrumpir la circulación se precisará unaautorización especial del Área de Obras Públicas del CabildoInsular competente. Para ello se dirigirá escrito al Sr.Presidente del Cabildo Insular competente, adjuntándose almismo un anexo de señalización del cruce de carretera, en elque se incluirá una memoria descriptiva de los trabajos arealizar, así como planos de señalización y del trazado de lalínea, según las especificaciones establecidas por dichoorganismo.

Para el caso particular de que el tramo de carreteraconsiderado se encuentre en casco urbano, se deberá pedir elpermiso pertinente al Ayuntamiento del mismo.

Cuando en una zanja coincidan cables de distintas tensionesse situarán en bandas horizontales a distinto nivel de formaque en cada banda se agrupen cables de igual tensión.

La separación entre dos bandas de cables será como mínimode 20cm.

La separación entre dos cables multipolares o ternas decables unipolares dentro de una misma banda será comomínimo de 20cm.

La profundidad de las respectivas bandas de cablesdependerá de las tensiones, de forma que la mayorprofundidad corresponda a la mayor tensión.

Sobre los conductores se colocará una protección mecánicaconstituida por bloques de hormigón vibrado de 50x25x6cmcolocados en el sentido del cable. Encima de esta protecciónse tenderá otra capa con tierra procedente de la excavación,de 20cm de espesor apisonada por medios manuales. Secuidará que esta capa esté exenta de piedras o cascotes.Sobre esta última capa, se extenderá una banda de polietilenode color amarillo-naranja, por la que se advierta la presenciade cables eléctricos, tal y como se establece en la NormaNUECSA 057-150-1 A. A continuación y hasta un nivel de15cm bajo la rasante de la acera, se rellenará el resto de lazanja mediante tierra procedente de la excavación,compactando la misma con medios mecánicos, llevándose acabo el regado de dichas capas de tierra siempre y cuandofuese necesario para adquirir la correcta consistencia delterreno.

Por último, se extenderá una capa de hormigón en masa de 20N/mm2 y 10cm de espesor, sobre la que se colocará elpavimento o se repondrá el anteriormente colocado.

Los conductores deberán estar enterrados a profundidad noinferior a 0,6m en acera o tierra y 0,8m en calzada, excepciónhecha en el caso en que se atraviesen terrenos rocosos. Salvocasos especiales los eventuales obstáculos deben ser evitadospasando el cable por debajo de los mismos.

Todos los cables deben tener una protección (ladrillos, mediascañas, tejas, losas de piedra, etc. formando bovedillas) que sirvapara indicar su presencia durante eventuales trabajos deexcavación.

5.4.2.- APERTURA Y CIERRE DE ZANJAS EN CRUCES DE CALLE YCARRETERAS

Se procurará realizarlas perpendicularmente a las calles ocarretera instalándose los cables en el interior de tubulares de200mm de diámetro, dejando 3 tubos de reserva para futuroscruces, en este caso una vez colocados los tubos sehormigonará toda la zanja hasta una altura de 10cm inferior alnivel de la calzada, para rellenar con pavimento asfáltico,colocándose la placa de protección y la cinta de señalización.

5.4.3.- CONDUCTORES ENTUBADOS BAJO CALZADAS, ACERAS YPEATONALES

El cable, en parte o en todo su recorrido, irá en el interior detubos de cemento, fibrocemento, fundición de hierro, PVC, etc.de superficie interna lisa, siendo su diámetro interior no inferiora 1,5 veces el diámetro del cable o del haz de cables.

Las canalizaciones estarán construidas por tubos de materialsintético, de cemento y derivados, o metálicos, hormigonadasen la zanja o no, con tal que presenten suficiente resistenciamecánica. El fondo de la zanja en la que se alojen deberá ser

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nivelado cuidadosamente después de echar una capa dearena fina o tierra cribada.

Se debe evitar posible acumulación de agua a lo largo de lacanalización situando convenientemente pozos de escape conrelación al perfil altimétrico.

En los tramos rectos, cada 15 ò 20m según el tipo de cable,para facilitar su tendido se dejarán calas abiertas de unalongitud mínima de 2m en las que se interrumpirá lacontinuidad de los tubos. Una vez tendido el cable estas calasse taparán cubriendo previamente el cable con canales omedios tubos, recibiendo sus uniones con cemento.

En los cambios de dirección se construirán arquetas dehormigón o ladrillo, siendo sus dimensiones las necesariaspara que el radio de curvatura de tendido sea como mínimo 20veces el diámetro exterior del cable. No se admitirán ángulosinferiores a 90º y aún éstos se limitarán a los indispensables.En general los cambios de dirección se harán con ángulosgrandes, siendo la longitud mínima de la arqueta 2 m para AltaTensión.

En la arqueta, los tubos quedarán a unos 25cm por encima delfondo para permitir la colocación de rodillos en lasoperaciones de tendido. Una vez tendido el cable los tubos setaponarán con yeso de forma que el cable quede situado en laparte superior del tubo. La arqueta se rellenará con arenahasta cubrir el cable como mínimo.

La situación de los tubos en la arqueta será la que permita elmáximo radio de curvatura.

Las arquetas podrán ser registrables o cerradas. En el primercaso deberán tener tapas metálicas o de hormigón armado;provisto de argollas o ganchos que faciliten su apertura. Elfondo de estas arquetas será permeable de forma que permitala filtración del agua de lluvia.

Si las arquetas no son registrables se cubrirán con losmateriales necesarios.

5.4.3.1 CALLES Y CARRETERAS

Los cables se colocarán en canalizaciones entubadashormigonadas en toda su longitud. La profundidad hasta laparte superior del tubo más próximo a la superficie no seráinferior a 0,6 metros. Siempre que sea posible, el cruce sehará perpendicular al eje del vial.

5.4.3.2 FERROCARRILES

Los cables se colocarán en canalizaciones entubadashormigonadas, perpendiculares a la vía siempre que seaposible. La parte superior del tubo más próximo a la superficiequedará a una profundidad mínima de 1,1 metros respecto dela cara inferior de la traviesa. Dichas canalizacionesentubadas rebasarán las vías férreas en 1,5 metros por cadaextremo.

5.4.3.3 OTROS CABLES DE ENERGÍA ELÉCTRICA

Siempre que sea posible, se procurará que los cables de altatensión discurran por debajo de los de baja tensión.

En el caso de cruzamientos entre dos líneas eléctricassubterráneas directamente enterradas, la distancia mínima arespetar será de 0,25m. Sin embargo, para los casosparticulares de cruzamientos de conductores de Alta Tensión,con los de Baja Tensión en los que no se puedan mantener ladistancia anteriormente establecida, los conductores de Baja

Tensión irán separados de los de Alta Tensión mediantetubos, conductos o divisorias, constituidos por materialesincombustibles y adecuada resistencia.

El cruzamiento entre cables de energía y conduccionesmetálicas enterradas no debe efectuarse sobre la proyecciónvertical de las uniones no soldadas de la misma conducciónmetálica. No deberá existir ningún empalme sobre el cable deenergía a una distancia inferior a 1 m.

La mínima distancia entre la generatriz del cable de energía yla de la conducción metálica no debe ser inferior a 0,30 m.Además entre el cable y la conducción debe estar interpuestauna plancha metálica de 8mm de espesor como mínimo u otraprotección mecánica equivalente, de anchura igual al menos aldiámetro de la conducción y de todas formas no inferior a 0,50m.

Análoga medida de protección debe aplicarse en el caso deque no sea posible tener el punto de cruzamiento a distanciaigual o superior a 1 m de un empalme del cable.

5.4.3.4 CABLES DE TELECOMUNICACIÓN

La separación mínima entre los cables de energía eléctrica ylos de telecomunicación será de 0,20 metros. La distancia delpunto de cruce a los empalmes, tanto del cable de energíacomo del cable de telecomunicación, será superior a 1 metro.Cuando no puedan respetarse estas distancias, el cableinstalado más recientemente se dispondrá separado mediantetubos, conductos o divisorias constituidos por materiales deadecuada resistencia mecánica, con una resistencia a lacompresión de 450 N Y que soporten un impacto de energíade 20 J si el diámetro exterior del tubo no es superior a 90mm, 28 J si es superior a 90 mm y menor o igual 140 mm y de40 J cuando es superior a 140 mm.

5.4.3.5 CANALIZACIONES DE AGUA

La distancia mínima entre los cables de energía eléctrica ycanalizaciones de agua será de 0,2 metros. Se evitará el crucepor la vertical de las juntas de las canalizaciones de agua, ode los empalmes de la canalización eléctrica, situando unas yotros a una distancia superior a 1 metro del cruce. Cuando nopuedan mantenerse estas distancias, la canalización másreciente se dispondrá separada mediante tubos, conductos odivisorias constituidos por materiales de adecuada resistenciamecánica, con una resistencia a la compresión de 450 N Yque soporten un impacto de energía de 20 J si el diámetroexterior del tubo no es superior a 90 mm, 28 J si es superior a90 mm y menor o igual 140 mm y de 40 J cuando es superiora 140 mm.

5.4.3.6 CANALIZACIONES DE GAS

En los cruces de líneas subterráneas de AT concanalizaciones de gas deberán mantenerse las distanciasmínimas que se establecen en la tabla 3 de la ITC-LAT 06 delRD 223/08. Cuando por causas justificadas no puedanmantenerse estas distancias, podrá reducirse mediantecolocación de una protección suplementaria, hasta losmínimos establecidos en dicha tabla 3. Esta protecciónsuplementaria, a colocar entre servicios, estará constituida pormateriales preferentemente cerámicos (baldosas, rasillas,ladrillos, etc.).

En los casos en que no se pueda cumplir con la distanciamínima establecida con protección suplementaria y seconsiderase necesario reducir esta distancia, se pondrá en

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conocimiento de la empresa propietaria de la conducción degas, para que indique las medidas a aplicar en cada caso.

En el caso de línea subterránea de alta tensión concanalización entubada, se considerará como protecciónsuplementaria el propio tubo, no siendo de aplicación lascoberturas mínimas indicadas anteriormente. Los tubosestarán constituidos por materiales con adecuada resistenciamecánica, una resistencia a la compresión de 450 N Y quesoporten un impacto de energía de 20 J si el diámetro exteriordel tubo no es superior a 90 mm, 28 J si es superior a 90 mmy menor o igual 140 mm y de 40 J cuando es superior a 140mm.

5.4.3.7 CONDUCCIONES DE ALCANTARILLADO

Se procurará pasar los cables por encima de las conduccionesde alcantarillado. No se admitirá incidir en su interior. Seadmitirá incidir en su pared (por ejemplo, instalando tubos),siempre que se asegure que ésta no ha quedado debilitada. Sino es posible, se pasará por debajo, y los cables sedispondrán separados mediante tubos, conductos o divisoriasconstituidos por materiales de adecuada resistencia mecánica,con una resistencia a la compresión de 450 N Y que soportenun impacto de energía de 20 J si el diámetro exterior del tubono es superior a 90 mm, 28 J si es superior a 90 mm y menoro igual 140 mm y de 40 J cuando es superior a 140 mm.

5.4.3.8 DEPÓSITOS DE CARBURANTE

Los cables se dispondrán separados mediante tubos,conductos o divisorias constituidos por materiales deadecuada resistencia mecánica, con una resistencia a lacompresión de 450 N Y que soporten un impacto de energíade 20 J si el diémetro exterior del tubo no es superior a 90mm, 28 J si es superior a 90 mm y menor o igual 140 mm y de40 J cuando es superior a 140 mm. Los tubos distarén, comomínimo, 1,20 metros del depósito. Los extremos de los tubosrebasarán al depósito, como mínimo, 2 metros por cadaextremo.

5.4.4.- CONDICIONES DE PROXIMIDADES Y PARALELISMO

Los cables subterráneos de Al deberán cumplir lascondiciones y distancias de proximidad que se indican acontinuación, procurando evitar que queden en el mismoplano vertical que las demás conducciones.

5.4.4.1. Otros cables de energía eléctrica

Los cables de alta tensión podrán instalarse paralelamente aotros de baja o alta tensión, manteniendo entre ellos unadistancia mínima de 0,25 metros. Cuando no puedarespetarse esta distancia la conducción más reciente sedispondrá separada mediante tubos, conductos o divisoriasconstituidos por materiales de adecuada resistencia mecánica,con una resistencia a la compresión de 450 N Y que soportenun impacto de energía de 20 J si el diámetro exterior del tubono es superior a 90 mm, 28 J si es superior a 90 mm y menoro igual 140 mm y de 40 J cuando es superior a 140 mm.

En el caso que un mismo propietario canalice a la vez varioscables de AT. del mismo nivel de tensiones, podrá instalarlosa menor distancia.

5.4.4.2. Cables de telecomunicación

La distancia mínima entre los cables de energía eléctrica y losde telecomunicación será de 0,20 metros. Cuando no puedamantenerse esta distancia, la canalización más reciente

instalada se dispondrá separada mediante tubos, conductos odivisorias constituidos por materiales de adecuada resistenciamecánica, con una resistencia a la compresión de 450 N Yque soporten un impacto de energía de 20 J si el diámetroexterior del tubo no es superior a 90 mm, 28 J si es superior a90 mm y menor o igual 140 mm y de 40 J cuando es superiora 140 mm.

5.4.4.3. Canalizaciones de agua

La distancia mínima entre los cables de energía eléctrica y lascanalizaciones de agua será de 0,20 metros. La distanciamínima entre los empalmes de los cables de energía eléctricay las juntas de las canalizaciones de agua será de 1 metro.Cuando no puedan mantenerse estas distancias, lacanalización más reciente se dispondrá separada mediantetubos, conductos o divisorias constituidos por materiales deadecuada resistencia mecánica, con una resistencia a lacompresión de 450 N Y que soporten un impacto de energíade 20 J si el diámetro exterior del tubo no es superior a 90mm, 28 J si es superior a 90 mm y menor o igual 140 mm y de40 J cuando es superior a 140 mm.

Se procurará mantener una distancia mínima de 0,20 metrosen proyección horizontal y, también, que la canalización deagua quede por debajo del nivel del cable eléctrico. Por otrolado, las arterias importantes de agua se dispondrán alejadasde forma que se aseguren distancias superiores a 1 metrorespecto a los cables eléctricos de alta tensión.

5.4.4.4. Canalizaciones de gas

En los paralelismos de líneas subterráneas de AT. concanalizaciones de gas deberán mantenerse las distanciasmínimas que se establecen en la tabla 4 de la ITC-LAT 06 delRD 223/08. Cuando por causas justificadas no puedanmantenerse estas distancias, podrán reducirse mediante lacolocación de una protección suplementaria hasta lasdistancias mínimas establecidas en dicha tabla 4. Estaprotección suplementaria a colocar entre servicios estaráconstituida por materiales preferentemente cerámicos(baldosas, rasillas, ladrillo, etc.) o por tubos de adecuadaresistencia mecánica, con una resistencia a la compresión de450 N Y que soporten un impacto de energía de 20 J si eldiámetro exterior del tubo no es superior a 90 mm, 28 J si essuperior a 90 mm y menor o igual 140 mm y de 40 J cuandoes superior a 140 mm.

5.5.- Transporte de bobinasLa carga y descarga, sobre camiones o remolquesapropiados, se hará siempre mediante una barra adecuadaque pase por el orificio central de la bobina.

Bajo ningún concepto se podrá retener la bobina con cuerdas,cables o cadenas que abracen la bobina y se apoyen sobre lacapa exterior del cable enrollado; asimismo no se podrá dejarcaer la bobina al suelo desde un camión o remolque.

Cuando se desplace la bobina por tierra rodándola, habrá quefijarse en el sentido de rotación, generalmente indicado conuna flecha, con el fin de evitar que se afloje el cable enrolladoen la misma.

Las bobinas no deben almacenarse sobre un suelo blando.

Antes de empezar el tendido del cable se estudiará el lugarmás adecuado para colocar la bobina con objeto de facilitar eltendido. En el caso de suelo con pendiente es preferiblerealizar el tendido en sentido descendente.

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Para el tendido la bobina estará siempre elevada y sujeta porbarra y gatos adecuados al peso de la misma y dispositivos defrenado.

5.6.- Tendido de conductoresLos cables deben ser siempre desenrollados y puestos en susitio con el mayor cuidado evitando que sufran torsión, haganbucles, etc. y teniendo siempre en cuenta que el radio decurvatura del cable debe ser superior a 20 veces su diámetrodurante su tendido y superior a 10 veces su diámetro una vezinstalado. En todo caso el radio de curvatura del cable nodebe ser inferior a los valores indicados en las Normas UNEcorrespondientes relativas a cada tipo de cable.

Cuando los cables se tiendan a mano los operarios estarándistribuidos de una manera uniforme a lo largo de la zanja.

También se puede tender mediante cabrestantes tirando delextremo del cable al que se habrá adaptado una cabezaapropiada y con un esfuerzo de tracción por milímetrocuadrado de conductor que no debe pasar del indicado por elfabricante del mismo. Será imprescindible la colocación dedinamómetros para medir dicha tracción.

El tendido se hará obligatoriamente por rodillos que puedangirar libremente y construidos de forma que no dañen al cable,adoptándose, durante el tendido, precauciones necesariaspara evitar que el cable no sufra esfuerzos importantes nigolpes ni rozaduras.

No se permitirá desplazar lateralmente el cable por medio depalancas u otros útiles; deberá hacerse siempre a mano.

Sólo de manera excepcional se autorizará desenrollar el cablefuera de la zanja, siempre bajo la vigilancia del Ingeniero-Director.

Cuando la temperatura ambiente sea inferior a cero grados nose permitirá hacer el tendido del cable debido a la rigidez quetoma el aislamiento.

No se dejará nunca el cable tendido en una zanja abierta sinhaber tomado antes la precaución de cubrirlo con una capa de10cm de arena fina y la protección de bloques de hormigónvibrado de 50x25x6cm.

La zanja en toda su longitud deberá estar cubierta con unacapa de 10cm de arena fina en el fondo antes de proceder altendido del cable.

En ningún caso se dejarán los extremos del cable en la zanjasin haber asegurado antes una buena estanqueidad de losmismos.

Cuando dos cables que se canalicen vayan a serempalmados, se solaparán al menos en una longitud de0,50m.

Las zanjas se recorrerán con detenimiento antes de tender elcable para comprobar que se encuentran sin piedras u otroselementos duros que puedan dañar a los cables en sutendido.

Si con motivo de las obras de canalización aparecieraninstalaciones de otros servicios; se tomarán todas lasprecauciones para no dañarlas, dejándolas al terminar lostrabajos en las mismas condiciones en que se encontrabanprimitivamente.

Si involuntariamente se causara alguna avería en dichosservicios, se avisará con toda urgencia al Ingeniero-Director ya la Empresa correspondiente con el fin de que procedan a sureparación. El encargado de la obra, por parte del Contratista,deberá conocer la dirección de los servicios públicos así comosu número de teléfono para comunicarse en caso denecesidad.

Si las pendientes son muy pronunciadas y el terreno es rocosoe impermeable, se corre el riesgo de que la zanja decanalización sirva de drenaje originando un arrastre de laarena que sirve de lecho a los cables. En este caso se deberáentubar la canalización asegurada con cemento en el tramoafectado.

En el caso de canalizaciones con cables unipolares:

Cada metro y medio, envolviendo las tres fases de AltaTensión, se colocará una sujeción que agrupe dichosconductores y los mantenga unidos.

Nunca se pasarán dos circuitos de Alta Tensión, bien cablestripolares o bien cables unipolares, por un mismo tubo.

Se evitarán en lo posible las canalizaciones con grandestramos entubados y si esto no fuera posible se construiránarquetas intermedias en los lugares marcados en la memoriadescriptiva o, en su defecto, donde señale el Ingeniero-Director.

Una vez tendido el cable los tubos se taparán con yeso, deforma que el cable quede en la parte superior del tubo.

5.7.- Protección mecánicaLas líneas eléctricas subterráneas deben estar protegidascontra posibles averías producidas por hundimiento de tierras,por contacto con cuerpos duros y/o por choque deherramientas metálicas.

Para ello se colocará una capa protectora constituida porbloques de hormigón vibrado de 50x25x6cm, cuando se tratede proteger una terna de conductores unipolares o un tripolar.Se incrementará la anchura en 12.5mm por cada terna decables unipolares o tripolar adicionales colocados en la mismacapa horizontal.

5.8.- SeñalizaciónTodo conductor o conjunto de conductores deberá estarseñalado por una cinta de atención de acuerdo con laRecomendación UNESA 0205 colocada como mínimo a 20cmpor encima del ladrillo. Cuando los conductores o conjuntos deconductores de categorías de tensión diferentes esténsuperpuestos, deberá colocarse dicha cinta encima de cadauno de ellos.

5.9.- IdentificaciónLos cables deberán llevar marcas que indiquen el nombre delfabricante, el año de fabricación y sus características, enconcordancia con las Normas UNE 21024, para el caso deconductores aislados con papel impregnado y la UNE 21123para los conductores de aislamiento seco.

5.10.- Cierre de zanjasEl cierre de zanjas se llevará a cabo según lo establecido enlos diferentes apartados correspondientes a las aperturas dezanjas.

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El Contratista será responsable de los hundimientos que seproduzcan por la deficiente realización de esta operación y,por lo tanto, serán de su cuenta las posteriores reparacionesque tengan que ejecutarse.

La carga y transporte a vertederos autorizados de las tierrassobrantes está incluida en la misma unidad de obra que elcierre de las zanjas con objeto de que el apisonado sea lomejor posible.

5.11.- Reposición de pavimentosLos pavimentos serán repuestos de acuerdo con las normas ydisposiciones dictadas por el propietario de los mismos.

Deberá lograrse una homogeneidad de forma que quede elpavimento nuevo lo más igualado posible al antiguo, haciendosu reconstrucción por piezas nuevas si está compuesto porlosas, adoquines, etc.

En general se utilizarán materiales nuevos salvo las losas depiedra, adoquines, bordillos de granito y otros similares.

5.12.- Puesta a tierraLas pantallas metálicas de los cables se conectarán a tierra,por lo menos en una de sus cajas terminales extremas.Cuando no se conecten ambos extremos a tierra, elproyectista deberá justificar en el extremo no conectado quelas tensiones provocadas por el efecto de las faltas a tierra opor inducción de tensión entre la tierra y pantalla, no producenuna tensión de contacto aplicada superiores al valor indicadoen la ITC-LAT 07 del RD 223/2008, salvo que en este extremola pantalla esté protegida por envolvente metálica puesta atierra o sea inaccesible. Asimismo, también deberá justificarque el aislamiento de la cubierta es suficiente para soportarlas tensiones que pueden aparecer en servicio o en caso dedefecto.

Como condiciones especiales de la instalación de puesta atierra en galerías visitables se dispondrá una instalación depuesta a tierra única, accesible a lo largo de toda la galería,formada por el tipo y número de electrodos que el proyectistade la galería juzgue necesarios. Se dimensionará para lamáxima corriente de defecto (defecto fase-tierra) que seprevea poder evacuar. El valor de la resistencia global depuesta a tierra de la galería debe ser tal que, durante laevacuación de un defecto, no se supere un cierto valor detensión de defecto establecido por el proyectista. Además, lastensiones de contacto que puedan aparecer tanto en el interiorde la galería como en el exterior (si hay transferencia depotencial debido a tubos u otros elementos metálicos quesalgan al exterior), no deben superar los valores admisibles detensión de contacto aplicada según la ITC-LAT 07.

5.13.- Montajes diversosLa instalación de herrajes, cajas terminales y de empalmes,etc., deben realizarse siguiendo las instrucciones y normas delfabricante.

En el caso de uniones en Alta Tensión de cajas terminales aseccionador o interruptor, los vanos serán cortos de forma quelos esfuerzos electrodinámicos que puedan producirse nosean ocasión de cortocircuito entre fases.

6.-RECEPCIÓN DE OBRA, PRUEBAS Y ENSAYOS

6.1.- Reconocimientos y recepción de obraPara la recepción provisional de las obras una vez terminadas,el Ingeniero-Director procederá, en presencia de losrepresentantes del Contratista o empresa instaladora eléctricaautorizada, a efectuar los reconocimientos y ensayos precisospara comprobar que las obras han sido ejecutadas consujeción al presente proyecto y cumplen las condicionestécnicas exigidas.

Previamente a los mencionados reconocimientos de las obras,el Contratista habrá retirado todos los materiales sobrantes,restos, embalajes, bobinas de cables, medios auxiliares, tierrassobrantes de las excavaciones y rellenos, escombros, etc. hastadejarlas completamente limpias y despejadas.

En estos reconocimientos se comprobará que todos losmateriales instalados coinciden con los admitidos por laDirección Facultativa en el control previo efectuado antes desu instalación y que corresponden exactamente a lasmuestras que tenga en su poder, si las hubiera y, finalmentecomprobará que no sufren deterioro alguno ni en su aspecto nien su funcionamiento.

Análogamente se comprobará que la realización de lainstalación eléctrica subterránea de Alta Tensión ha sidollevada a cabo y terminadas, rematadas correcta ycompletamente.

No se recibirá ninguna instalación eléctrica que no haya sidoprobada con su tensión normal y demostrada su correctofuncionamiento.

En particular, se resalta la comprobación y la verificación delos siguientes puntos:

Secciones y tipos de los conductores y cables utilizados.

Ejecución de los terminales, empalmes, derivaciones yconexiones en general.

Fijación de los distintos aparatos, seccionadores,interruptores y otros colocados.

Tipo, tensión nominal, intensidad nominal, característicasy funcionamiento de los aparatos de maniobra yprotección.

Formas de ejecución de los terminales, empalmes,derivaciones y conexiones en general.

Compactación de las zanjas y reposición de firmes ypavimentos afectados.

Cumplimiento de condiciones de cruzamientos, deproximidades y paralelismos entre distintascanalizaciones.

Asimismo, se verificarán, con carácter general, los siguientesextremos:

a) En el montaje de los conductores de redes eléctricassubterráneas sobre lecho de arena y bajo tubo en zanjas

El acopio de materiales a lo largo del trazado de la red serealiza siguiendo las especificaciones del proyecto y deacuerdo con el plan de montaje.

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Las herramientas y medios necesarios se seleccionan deacuerdo con las necesidades del montaje.

El replanteo y dimensiones de las zanjas y arquetas, entreotros se realiza cumpliendo con las especificaciones delproyecto y asegurándose que no coincide con otros serviciosen la misma proyección vertical y cumple con lareglamentación vigente.

Las intervenciones (calzadas, aceras, cruces de calles ycarreteras, entre otros.) se realizan disponiendo de lospermisos correspondientes.

El asiento de los cables sobre la base de la zanja o laintroducción de los cables en los tubos y la preparación de lainstalación para su tendido se realiza teniendo en cuenta eltipo de instalación.

El tendido de los conductores se realiza sin que sufran daños(colocando los rodillos y evitando cruces) y se disponen deacuerdo al tipo de instalación y a la reglamentación vigente.

Los conductores se empalman y conexionan utilizando loselementos apropiados según normas e instrucciones demontaje.

Los conductores se marcan y se agrupan a las distanciasadecuadas siguiendo la documentación del proyecto y plan demontaje.

Las protecciones mecánicas y de señalización de la red semontan cumpliendo la normativa vigente.

Las cajas terminales y empalmes se confeccionan y montansiguiendo las normas e instrucciones del fabricante.

En las pruebas realizadas a los elementos de la instalación:

se asegura la continuidad;

se comprueba el orden de fases;

se comprueba el aislamiento;

se verifica la continuidad de la pantalla metálica;

se realizan los ensayos normativos.

b) En el montaje de los conductores de redes eléctricassubterráneas en galerías

El acopio de materiales a lo largo del trazado de la red serealiza siguiendo las especificaciones del proyecto y deacuerdo con el plan de montaje.

Las herramientas y medios necesarios se seleccionan deacuerdo con las necesidades del montaje.

La ubicación de las bandejas, herrajes y sujeciones, entreotros, se realiza cumpliendo con las especificaciones delproyecto y con la reglamentación vigente.

El asiento de los cables en la bandeja se realiza teniendo encuenta el tipo de sujeción, la cantidad de cables que aloja, y elresto de servicios de la galería.

Los conductores se tienden sin que sufran daños y sedisponen de acuerdo a la reglamentación vigente.

Los conductores se marcan y se agrupan a las distanciasadecuadas siguiendo la documentación del proyecto y plan demontaje.

Los conductores se empalman y conexionan utilizando loselementos apropiados según normas e instrucciones demontaje.

En las pruebas realizadas en los elementos de la instalación:

se asegura la continuidad;

se comprueba el orden de fases;

se comprueban los aislamientos;

se verifica la continuidad de la pantalla metálica;

se realizan los ensayos normativos.

Después de efectuado este reconocimiento y de acuerdo conlas conclusiones obtenidas, se procederá a realizar laspruebas y ensayos que se indican a continuación.

Todos los cables de baja tensión serán probados durante 24horas, de acuerdo con lo que la Dirección Facultativa estimeconveniente.

Si los calentamientos producidos en las cajas de derivación,empalmes, terminales, fueran excesivos, a juicio del Ingeniero-Director, se rechazará el material correspondiente, que serásustituido por otro nuevo por cuenta del Contratista.

6.2.- Pruebas y ensayosDespués de efectuado el reconocimiento, se procederá arealizar las pruebas y ensayos que se indican a continuación:

Medida de aislamiento de la instalación: el ensayo deaislamiento se realizará para cada uno de los conductoresactivos en relación con el neutro puesto a tierra, o entreconductores activos aislados.

Protecciones contra sobretensiones y cortocircuitos:se comprobará que la intensidad nominal de los diversosinterruptores automáticos sea igual o inferior al valor de laintensidad máxima del servicio del conductor protegido.

Empalmes: se comprobará que las conexiones de losconductores son seguras y que los contactos no secalientan normalmente.

Antes de proceder a la recepción definitiva de las obras, serealizará nuevamente un reconocimiento de las mismas, conobjeto de comprobar el cumplimiento de lo establecido sobrela conservación y reparación de las obras.

7.-CONDICIONES DE MANTENIMIENTO, USO YSEGURIDAD.

Las actuaciones de mantenimiento sobre las instalacioneseléctricas de Alta Tensión son independientes de lasinspecciones periódicas que preceptivamente se tengan querealizar.

El titular o la Propiedad de la instalación eléctrica no estánautorizados a realizar operaciones de modificación, reparacióno mantenimiento. Estas actuaciones deberán ser ejecutadassiempre por una empresa instaladora autorizada.

Durante la vida útil de la instalación, La Propiedad y losusuarios de las instalaciones eléctricas de generación,transporte, distribución, conexión, enlace y receptoras,deberán mantener permanentemente en buen estado de

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seguridad y funcionamiento sus instalaciones eléctricas,utilizándolas de acuerdo con sus características funcionales.

La Propiedad o titular de la instalación deberá presentar, juntocon la solicitud de puesta en servicio de las instalacioneseléctricas de Alta Tensión que requieran mantenimiento,conforme a lo establecido en las "Instrucciones y Guía sobrela Legalización de Instalaciones Eléctricas de Baja Tensión"(anexo VII del Decreto 141/2009), un contrato demantenimiento con empresa instaladora autorizada inscrita enel correspondiente registro administrativo, en el que figureexpresamente el responsable técnico de mantenimiento.

Los contratos de mantenimiento se formalizarán por períodosanuales, prorrogables por acuerdo de las partes, y en sudefecto de manera tácita. Dicho documento consignará losdatos identificativos de la instalación afectada, en especial sutitular, características eléctricas nominales, localización,descripción de la edificación y todas aquellas otrascaracterísticas especiales dignas de mención.

No obstante, cuando el titular acredite que dispone de mediostécnicos y humanos suficientes para efectuar el correctomantenimiento de sus instalaciones, podrá adquirir lacondición de mantenedor de las mismas. En este supuesto, elcumplimiento de la exigencia reglamentaria de mantenimientoquedará justificado mediante la presentación de un Certificadode automantenimiento que identifique al responsable delmismo. No se permitirá la subcontratación del mantenimientoa través de una tercera empresa intermediaria.

Para aquellas instalaciones nuevas o reformadas, serápreceptiva la aportación del contrato de mantenimiento o elcertificado de automantenimiento junto a la solicitud de puestaen servicio.

Las empresas distribuidoras, transportistas y de generación enrégimen ordinario quedan exentas de presentar contratos ocertificados de automantenimiento.

La empresa instaladora autorizada que haya contratado elmantenimiento de instalaciones eléctricas, deberá dar cuentaa la Administración competente en materia de energía, en elplazo máximo de UN (1) mes, de todas las altas y bajas decontratos que tenga a su cargo.

Cuando las tareas de mantenimiento se compartan entreambas partes, el contrato de mantenimiento deberá delimitarel campo de actuación de cada uno. En este caso no estarápermitida la subcontratación del mantenimiento a través deuna tercera empresa.

Las comprobaciones y chequeos a realizar por losresponsables del mantenimiento se efectuarán con laperiodicidad acordada, atendiendo al tipo de instalación, sunivel de riesgo y el entorno ambiental, todo ello sin perjuicio delas otras actuaciones que proceda realizar para corrección deanomalías o por exigencia de la reglamentación. Los detallesde las averías o defectos detectados, identificación de lostrabajos efectuados, lista de piezas o dispositivos reparados osustituidos y el resultado de las verificacionescorrespondientes deberán quedar registrados en soporteauditable por la Administración.

Las empresas distribuidoras, las transportistas y las degeneración en régimen ordinario están obligadas a comunicaral órgano competente en materia de energía, los contratos demantenimiento, que celebren en su ámbito con empresasinstaladoras autorizadas, y que estén vinculados a las redes

de distribución, de transporte o centrales de generaciónrespectivamente.

7.1.- Mantenimiento o conservación- Conductores.

Cada 2 años, o después de producirse algún incidente en lainstalación, se comprobará mediante inspección visual laresistencia mecánica, la resistencia a la corrosión y se mediráel aislamiento de los conductores entre fases y entre cada fasey neutro.

- Zanjas y arquetas.

Estado de tapas, arquetas (marco y tapa), etc.

- Galerías y soportes o sujeciones de los conductores.

Cada 2 años, o después de producirse algún incidente en lainstalación, se comprobará el estado de limpieza general degalerías visitables y control de los accesos. Estado de cierres.Estado de herrajes y sujeciones

- Protecciones mecánicas y de señalización.

Estado de las mismas.

- Terminales y empalmes.

Revisión de empalmes y conexiones. Revisión del estadocajas terminales.

- Elementos de protección y maniobra.

Cada 2 años se comprobará el funcionamiento de todas lasprotecciones y elementos de maniobra por personalespecializado.

- Tomas de tierra.

Una vez al año y en la época mas seca, se revisará lacontinuidad del circuito y se medirá la puesta a tierra.

Una vez cada cinco años se descubrirán para examen losconductores de enlace en todo su recorrido, así como loselectrodos de puesta a tierra.

Cada 5 años se comprobarán los dispositivos de proteccióncontra cortocircuitos, contactos directos e indirectos, así comosus intensidades nominales en relación a la sección de losconductores que protegen.

Revisión general de la instalación cada 10 años por personalcualificado.

En general, estas operaciones de mantenimiento,conservación y mejora sobre las Líneas Eléctricas en AltaTensión son las siguientes:

Comprobación del estado de las líneas siguiendo losprocedimientos establecidos en la normativa vigente paradeterminar el perfecto estado de las líneas medianteinspección visual de los diferentes elementos de lasmismas: apoyos, conductores, herrajes, aisladores yotros componentes, con la verificación de la inexistenciade venas rotas, realizando una revisión exhaustiva de lalínea, subiendo a los apoyos y desengrapando elconductor (en el caso de líneas eléctricas aéreas).

Cambio de aisladores y herrajes, siguiendo losprocedimientos establecidos en la normativa vigente,para sustituir aquellos que estén defectuosos,

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comprobando que se sube la cadena: en apoyos deángulo o alineación, procediendo a aflojarla y cambiandoel aislador o herraje, de acuerdo con los procedimientosestablecidos y tensando el conductor en los apoyos deamarre, soltando la cadena y procediendo al cambio delaislador o herraje defectuoso.

Reparación de conductores, siguiendo losprocedimientos establecidos en la normativa vigente parasustituir aquellos que estén defectuosos, utilizando«armor-rod» o preformados en caso de rotura deconductores de aluminio en las grapas o en los vanos yrealizando empalmes completos en caso de rotura delalma de acero mediante empalmes preformados,utilizando máquina de presión.

Realización de trabajos de sustitución de otroselementos de la línea, siguiendo los procedimientosestablecidos en la normativa vigente, para evitar averías,verificando el estado de separadores y apoyos,reparando y sustituyendo en caso de que se encuentrenrotos o defectuosos, revisando la pintura o proteccióngalvanizada, verificando la ausencia de oxidaciones,colocando balizas en vanos y protecciones salvapájarosen apoyos cuando sea necesario, según la normativavigente, realizando el suplementado de apoyos cuandolos parámetros de la línea no se ajusten a lo establecidoen los reglamentos, y reponiendo o reparando la red detierras que hubieran podido ser dañadas por trabajossobre el terreno y midiendo la resistencia de la toma detierra con telurómetro.

Realización de operaciones de limpieza de calles,utilizando el equipo adecuado, para evitar averías yposibles accidentes, eliminando el ramaje, árboles oarbustos que puedan afectar a la seguridad de la línea.

7.2.- Reparación. ReposiciónSiempre que se revisen las instalaciones, se repararán losdefectos encontrados y, en el caso que sea necesario, serepondrán las piezas que lo precisen.

7.3.- Medidas de seguridadMedidas de seguridad en obras y otras actividades en las quese produzcan movimientos o desplazamientos de equipos omateriales en la cercanía de líneas aéreas, subterráneas uotras instalaciones eléctricas.

Para la prevención del riesgo eléctrico en actividades en lasque se producen o pueden producir movimientos odesplazamientos de equipos o materiales en la cercanía delíneas aéreas, subterráneas u otras instalaciones eléctricasdeberá actuarse de la siguiente forma:

1. Antes del comienzo de la actividad se identificarán lasposibles líneas aéreas, subterráneas u otrasinstalaciones eléctricas existentes en la zona de trabajo,o en sus cercanías.

2. Si, en alguna de las fases de la actividad, existe riesgode que una línea subterránea o algún otro elemento entensión protegido pueda ser alcanzado, con posiblerotura de su aislamiento, se deberán tomar las medidaspreventivas necesarias para evitar tal circunstancia.

3. Si, en alguna de las fases de la actividad, la presencia delíneas aéreas o de algún otro elemento en tensióndesprotegido, puede suponer un riesgo eléctrico para los

trabajadores y, por las razones indicadas en el artículo4.4 de del Real Decreto 614/2001, de 8 de junio, sobredisposiciones mínimas para la protección de la salud yseguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico,dichas líneas o elementos no pudieran desviarse odejarse sin tensión, se aplicará lo dispuesto en la parte Ade este anexo.

A efectos de la determinación de las zonas de peligro yproximidad, y de la consiguiente delimitación de la zona detrabajo y vías de circulación, deberán tenerse especialmenteen cuenta:

Los elementos en tensión sin proteger que se encuentren máspróximos en cada caso o circunstancia.

Los movimientos o desplazamientos previsibles (transporte,elevación y cualquier otro tipo de movimiento) de equipos omateriales.

El riesgo de accidente eléctrico en los trabajos realizados enproximidad de instalaciones eléctricas en tensión puedeaumentar considerablemente cuando se manipulan elementosde gran longitud, como perfiles o tubos metálicos, o se utilizanequipos de trabajo como escaleras, grúas y vehículos conbrazos articulados o prolongaciones de longitud suficientepara entrar en zonas de peligro o en contacto con líneaseléctricas aéreas en las que, habitualmente, el sistema deprotección general está confiado a la distancia a la que sesitúan los conductores respecto al suelo, edificaciones, etc.,de acuerdo con lo establecido en los reglamentoselectrotécnicos (Artículo 25 de del Reglamento electrotécnicosobre líneas eléctricas aéreas de alta tensión e ITC-BT-06 delReglamento Electrotécnico para Baja Tensión).

A este respecto, una lista no exhaustiva de algunos de losequipos y materiales que pueden aumentar el riesgo deaccidente eléctrico en los trabajos en proximidad deinstalaciones eléctricas en tensión es la siguiente:

MÁQUINAS Y VEHÍCULOS:

Grúas torre, Grúas móviles, Palas excavadoras, Camionescon volquete, polipastos o similares, Plataformas elevadoras yBrazos hidráulicos elevadores.

OTROS EQUIPOS DE TRABAJO:

Escaleras extensibles, Escaleras de mano, Andamiosmetálicos.

MATERIALES

Tubos y perfiles metálicos, Cables y alambres, Árboles, ramasy madera húmeda.

Además de lo anterior, será necesario incluir en lasinstrucciones de trabajo las restricciones impuestas a lautilización de materiales tales como escaleras de mano uobjetos metálicos de gran longitud. También deberá tenerseen cuenta los movimientos incontrolados de cables o alambresque pueden entrar en contacto con elementos en tensión; porejemplo, cuando pueden caer sobre los conductores de unalínea debido a una rotura o por el movimiento en forma delátigo causado por dicha rotura.

En el caso de que los equipos o máquinas tengan quecolocarse en una situación desde la que pudieran alcanzar lazona de peligro o los elementos en tensión debido a una falsamaniobra, se deberán poner barreras y/o instalar dispositivos

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que limiten la amplitud del movimiento de la parte móvil delequipo

Junto a ello, es esencial la función de vigilancia del«trabajador autorizado», quien debe controlar en todomomento las operaciones críticas con el fin de anticipar lassituaciones de riesgo y advertir de ello al operador que realizala maniobra.

La necesidad de transitar bajo líneas eléctricas aéreas convehículos o maquinaria de obra que puedan implicar un riesgode entrar en la zona de peligro es otra de las situaciones quepueden presentarse. Una forma de prevenir este riesgo es lainstalación de pórticos limitadores de altura adecuadamenteseñalizados.

Por otra parte, los trabajadores que deban manejar o conducirlas máquinas o equipos han de recibir la formación yentrenamiento necesarios para trabajar en proximidad deinstalaciones eléctricas en tensión y, antes de comenzar lostrabajos, deben ser informados de los riesgos existentes en lazona, de los límites de operación, de la señalización y de lasrestantes medidas preventivas.

Finalmente, para prevenir el riesgo de accidente eléctricodurante los trabajos realizados con máquinas excavadoras,martillos neumáticos u otros equipos, en zonas dondepudieran existir cables subterráneos, es preciso investigar laexistencia y trazado de los mismos (por ejemplo, consultandolos archivos municipales y solicitando información a lacompañía eléctrica propietaria).

Cuando la finalidad de los trabajos sea dejar al descubierto elpropio cable subterráneo, se recomienda suprimir la tensiónantes de iniciar la excavación. Con máquinas excavadoras noes aconsejable llegar a menos de un metro del cable y conmartillos neumáticos hasta 0,5 metros, concluyendo losúltimos centímetros con el auxilio de herramientas manuales,para reducir el riesgo de perforar el cable.

8.-INSPECCIONES PERIÓDICAS

Las inspecciones periódicas sobre las instalaciones eléctricasde Alta Tensión son independientes de las actuaciones demantenimiento que preceptivamente se tengan que realizar.

Las instalaciones de media y alta tensión serán sometidas auna inspección periódica al menos cada TRES (3) años.

En cualquier caso, estas inspecciones serán realizadas porun Organismo de Control Autorizado (O.C.A.), librementeelegido por el titular de la instalación.

8.1.- Verificación e Inspección de las líneaseléctricas propiedad de empresas de transporte ydistribución de energía eléctrica8.1.1.- VERIFICACIÓN

Las verificaciones previas a la puesta en servicio de las líneaseléctricas de alta tensión deberán ser realizadas por el titularde la instalación o por personal delegado por el mismo.

Se efectuarán los ensayos previos a la puesta en servicio queestablezcan las normas de obligado cumplimiento. Encualquier caso para líneas eléctricas con conductores aisladoscon pantalla se efectuarán, al menos, los ensayos decomprobación del aislamiento principal y de la cubierta. En laslíneas aéreas y en las subterráneas con cables aislados

instalados en galerías visitables, se realizarán, además, losensayos de la medida de resistencia del circuito de puesta atierra y, en el caso que corresponda, medida de las tensionesde contacto.

Las líneas eléctricas de alta tensión serán objeto deverificaciones periódicas, al menos una vez cada tres años,realizando las comprobaciones que permitan conocer elestado de los diferentes componentes de las mismas. Lasverificaciones se podrán sustituir por planes concertados conel órgano competente de la Administración, que garanticenque la línea está correctamente mantenida.

Como resultado de una verificación previa o periódica, laempresa titular emitirá un acta de verificación, en la cualfigurarán los datos de identificación de la línea y posiblerelación de defectos, planes de corrección y, en su caso,observaciones al respecto.

La empresa titular mantendrá una copia del acta deverificación a disposición del órgano competente de laAdministración. El acta de verificación podrá ser enviadamediante una transmisión electrónica.

8.1.2.- INSPECCIÓN

Los órganos competentes de la Administración podránefectuar, por sí mismos o a través de terceros, inspeccionessistemáticas mediante control por muestreo estadístico.

8.2.- Verificación e inspección de las líneaseléctricas que no sean propiedad de empresas detransporte y distribución de energía eléctricaTodas las líneas deben ser objeto de una verificación previa ala puesta en servicio y de una inspección periódica, al menoscada tres años. Para las líneas de tensión nominal menor oigual a 30 kV la inspección periódica puede ser sustituida poruna verificación periódica. Las líneas de tensión nominalsuperior a 30 kV deberán ser objeto, también, de unainspección inicial antes de su puesta en servicio. Lasverificaciones previas a la puesta en servicio de las líneaseléctricas de alta tensión deberán ser realizadas por lasempresas instaladoras autorizadas que las ejecuten.

Sin perjuicio de las atribuciones que, en cualquier caso,ostenta la Administración pública, los agentes que lleven acabo las inspecciones de las líneas eléctricas de alta tensiónde tensión nominal mayor de 30 kV deberán tener la condiciónde organismos de control, según lo establecido en el RealDecreto 2200/1995, de 28 de diciembre, acreditados para estecampo reglamentario.

Las verificaciones periódicas de líneas eléctricas de tensiónnominal no superior a 30 kV podrán ser realizadas portécnicos titulados con competencias en este ámbito quedispongan de un certificado de cualificación individual,expedido por una entidad de certificación de personasacreditada, de acuerdo con el Real Decreto 2200/1995, de 28de diciembre, y según la norma UNE-EN-ISO/IEC 17024. Elcertificado de cualificación individual se renovará, al menos,cada tres años. Asimismo, el técnico titulado encargado de laverificación no podrá haber participado ni en la redacción delproyecto, ni en la dirección de obra, ni estar vinculado con elmantenimiento de la línea.

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8.2.1.- VERIFICACIONES

8.2.1.1 Verificación inicial previa a la puesta en servicio.

Se efectuarán los ensayos previos a la puesta en servicio queestablezcan las normas de obligado cumplimiento. Encualquier caso, para líneas eléctricas con conductoresaislados con pantalla se efectuarán, al menos, los ensayos decomprobación del aislamiento principal y de la cubierta.

En las líneas aéreas y en las subterráneas con cables aisladosinstalados en galerías visitables, se realizarán, además, losensayos de la medida de resistencia del circuito de puesta atierra y, en el caso que corresponda, medida de las tensionesde contacto.

8.2.1.2 Verificaciones periódicas.

Para líneas eléctricas con conductores aislados con pantallase efectuarán, al menos, los ensayos de comprobación delaislamiento principal y de la cubierta. En las líneas aéreas y enlas subterráneas con cables aislados instalados en galeríasvisitables, se realizarán, además, los ensayos de la medida deresistencia del circuito de puesta a tierra y, en el caso quecorresponda, medida de las tensiones de contacto.

8.2.2.- INSPECCIONES

8.2.2.1 Inspección inicial.

En la inspección inicial se comprobará que los ensayos arealizar por la empresa instaladora autorizada,correspondientes a las verificaciones previas a la puesta enservicio, se ejecutan correctamente, con los medios técnicosapropiados yen correcto estado de calibración, así como elresultado obtenido es satisfactorio. También se comprobaráque existe coincidencia entre las condiciones reales detendido con las condiciones de cálculo del proyecto.

8.2.2.2 Inspección periódica.

Para líneas eléctricas con conductores aislados con pantallase efectuarán, al menos, los ensayos de comprobación delaislamiento principal y de la cubierta. En las líneas aéreas y enlas subterráneas con cables aislados instalados en galeríasvisitables, se realizarán, además, los ensayos de la medida deresistencia del circuito de puesta a tierra y, en el caso quecorresponda, medida de las tensiones de contacto.

8.2.3.- PROCEDIMIENTOS DE INSPECCIÓN Y VERIFICACIÓN

Las inspecciones y verificaciones de las instalaciones serealizarán sobre la base de las prescripciones que establezcala norma de aplicación y, en su caso, de lo especificado en elproyecto, aplicando los criterios para la clasificación dedefectos que se relacionan en el apartado siguiente.

8.2.3.1 Procedimiento de inspección inicial o periódica.

La empresa instaladora autorizada que haya ejecutado lainstalación o la responsable del mantenimiento, según se tratede inspecciones iniciales o periódicas, deberá asistir alorganismo de control para la realización de las pruebas yensayos necesarios.

Como resultado de la inspección, el agente encargado de lainspección emitirá un certificado de inspección, en el cualfigurarán los datos de identificación de la línea y la posiblerelación de defectos, con su clasificación, y la calificación de lalínea, así como el registro de las últimas operaciones demantenimiento realizadas por la empresa, responsable delmantenimiento de la línea.

8.2.3.2 Procedimiento de verificación periódica.

La empresa responsable del mantenimiento podrá asistir altécnico titulado competente para la realización de las pruebasy ensayos necesarios.

Como resultado de la verificación, el técnico tituladocompetente encargado de la verificación emitirá un acta deverificación, en la cual figurarán los datos de identificación dela línea y la posible relación de defectos, con su clasificación,y la calificación de la línea, así como el registro de las últimasoperaciones de mantenimiento realizadas por la empresaresponsable del mantenimiento de la línea.

8.2.3.3 Calificación de una línea.

La calificación de una línea, como resultado de una inspeccióno verificación, podrá ser:

1. Favorable: Cuando no se determine la existencia deningún defecto muy grave o grave. En este caso, los posiblesdefectos leves se anotarán para constancia del titular.

2. Condicionada: Cuando se detecte la existencia de, almenos, un defecto grave o defecto leve procedente de otrainspección anterior que no se haya corregido. En este caso:

b.1) Las líneas nuevas que sean objeto de esta calificaciónno podrán ser puestas en servicio en tanto no se hayancorregido los defectos indicados y puedan obtener lacalificación de favorable.

b.2) A las líneas ya en servicio se les fijará un plazo paraproceder a su corrección, que no podrá superar los seismeses. Transcurrido dicho plazo sin haberse subsanado losdefectos, el organismo de controlo el técnico tituladocompetente encargado de la verificación, según corresponda,deberá remitir el certificado con la calificación negativa alórgano competente de la Administración.

3. Negativa: Cuando se observe, al menos, un defecto muygrave. En este caso:

c.1) Las nuevas líneas no podrán entrar en servicio, entanto no se hayan corregido los defectos indicados y puedanobtener la calificación de favorable.

c.2) A las líneas ya en servicio se les emitirá certificadonegativo, que se rem itirá inmediatamente, por el organismode controlo el técnico titulado competente encargado de laverificación, según corresponda, al órgano competente de laAdm inistración,

8.3.- Clasificación de defectosLos defectos en las instalaciones se clasificarán en: defectosmuy graves, defectos graves y defectos leves.

8.3.1.- DEFECTO MUY GRAVE

Es todo aquél que la razón o la experiencia determina queconstituye un peligro inmediato para la seguridad de laspersonas o los bienes. Se consideran tales losincumplimientos de las medidas de seguridad que puedenprovocar el desencadenamiento de los peligros que sepretenden evitar con tales medidas, en relación con:

1. Reducción de distancias de seguridad.

2. Reducción de distancias de cruzamientos y paralelismos.

3. Falta de continuidad del circuito de tierra.

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4. Tensiones de contacto superiores a los valores límitesadmisibles.

8.3.2.- DEFECTO GRAVE

Es el que no supone un peligro inmediato para la seguridad delas personas o de los bienes, pero puede serlo al originarse unfallo en la instalación. También se incluye dentro de estaclasificación, el defecto que pueda reducir de modo sustancialla capacidad de utilización de la instalación eléctrica.

Dentro de este grupo, y con carácter no exhaustivo, seconsideran los siguientes defectos graves:

1. Falta de conexiones equipotenciales, cuando éstas fueranrequeridas.

2. Degradación importante del aislamiento.

3. Falta de protección adecuada contra cortocircuitos ysobrecargas en los conductores, en función de la intensidadmáxima admisible en los mismos, de acuerdo con suscaracterísticas y condiciones de instalación.

4. Defectos en la conexión de los conductores de proteccióna las masas, cuando estas conexiones fueran preceptivas.

5. Sección insuficiente de los cables y circuitos de tierras.

6. Existencia de partes o puntos de la línea cuya defectuosaejecución o mantenimiento pudiera ser origen de averías odaños.

7. Naturaleza o características no adecuadas de losconductores utilizados.

8. Empleo de equipos y materiales que no se ajusten a lasespecificaciones vigentes.

9. Ampliaciones o modificaciones de una instalación que nose hubieran tramitado según lo establecido en la ITC-LAT 04.

10. No coincidencia entre las condiciones reales de tendidocon las condiciones de cálculo del proyecto (aplicable a líneasaéreas).

11. La sucesiva reiteración o acumulación de defectos leves.

8.3.3.- DEFECTO LEVE

Es todo aquel que no supone peligro para las personas o losbienes, no perturba el funcionamiento de la línea y en el que ladesviación respecto de lo reglamentado no tiene valorsignificativo para el uso efectivo o el funcionamiento de lalínea.

8.4.- Certificados de inspecciones periódicas

Los certificados de inspección periódica se presentarán segúnmodelo oficial previsto en el anexo VIII del DECRETO 141/2009de 10 de noviembre, haciendo mención expresa al grado decumplimiento de las condiciones reglamentarias, la calificacióndel resultado de la inspección, la propuesta de las medidascorrectoras necesarias y el plazo máximo de corrección deanomalías, según proceda.

Los certificados deberán ser firmados por los autores de lainspección estando visados por el correspondiente ColegioOficial de profesionales con competencias en la materia, en UN(1) MES desde su realización. Cuando se trate de un técnicoadscrito a un OCA, éste estampará su sello oficial.

Los certificados se mantendrán en poder del titular de lasinstalaciones, quien deberá enviar copia a la Consejería deEmpleo, Industria y Comercio del Gobierno de Canarias oAdministración competente en materia de energía durante elmes siguiente al cumplimiento de los plazos máximosestablecidos en el párrafo anterior.

8.5.- Protocolo genérico de inspección periódicaEl protocolo genérico de inspección que debe seguirse será elaprobado por la Administración competente en materia deenergía, si bien la empresa titular de las instalaciones podrásolicitar la aprobación de su propio protocolo específico derevisión.

8.6.- De la responsabilidad de las inspeccionesperiódicas

Los responsables de la inspección no podrán estar vinculadoslaboralmente al titular o Propietario de la instalación, ni aempresas subcontratadas por el citado titular. Deberán suscribirun seguro de responsabilidad civil acorde con lasresponsabilidades derivadas de las inspecciones realizadas ydisponer de los medios técnicos necesarios para realizar lascomprobaciones necesarias.

En el caso de existir otras instalaciones anexas de naturalezadistinta a la eléctrica (por ejemplo de hidrocarburos, aparatosa presión, contra incendios, locales calificados comoatmósferas explosivas, etc.) para las que también seapreceptiva la revisión periódica por exigencia de su normativaespecífica, se procurará la convergencia en la programaciónde las fechas de revisión con las de los grupos vinculados, sibien prevalecerá la seguridad y el correcto mantenimiento delas mismas frente a otros criterios de oportunidad uorganización.

8.7.- Inspecciones periódicas de las instalacionesde producción, transporte y distribución de energíaeléctrica

Las instalaciones de producción en régimen ordinario, así comolas de transporte y distribución de energía eléctrica, seránrevisadas periódicamente por un OCA o por un técnico tituladocon competencia equivalente a la requerida para la puesta enservicio de la instalación, libremente elegidos por el titular de lainstalación.

La revisión se producirá al menos cada TRES (3) años, en loreferente a las redes de distribución y de transporte. En el casode instalaciones de generación se podrá adoptar, como plazo derevisión, el definido por el fabricante para la revisión mayor, sibien no se podrán superar los plazos siguientes, en función de latecnología del grupo generador:

a) Grupos diesel: DOS (2) añosb) Turbinas de gas: UN (1) año y SEIS (6) mesesc) Turbinas de vapor: CUATRO (4) añosd) Otros sistemas generadores: TRES (3) años

En el caso de que existan instalaciones auxiliares vinculadas agrupos de distinta tecnología, se adoptará el plazo más restrictivode ellos.

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8.8.- Inspecciones periódicas del resto deinstalaciones eléctricas.

El titular de la instalación eléctrica estará obligado a encargar aun OCA, libremente elegido por él, la realización de la inspecciónperiódica preceptiva, en la forma y plazos establecidosreglamentariamente.

Las instalaciones eléctricas de Baja Tensión que, de acuerdo conla Instrucción ITC-BT-05 del Reglamento Electrotécnico paraBaja Tensión, estén sometidas a inspecciones periódicas,deberán referenciar los plazos de revisión tomando como fechainicial la de puesta en servicio o la de antigüedad, según seestablece en el anexo VII del Decreto 141/2009.

Las instalaciones de media y alta tensión serán sometidas a unainspección periódica al menos cada tres años.

Los titulares de la instalación están obligados a facilitar el libreacceso a las mismas a los técnicos inspectores de estosOrganismos, cuando estén desempeñando sus funciones, previaacreditación y sin perjuicio del cumplimiento de los requisitos deseguridad laboral preceptivos.

La empresa instaladora que tenga suscrito un contrato demantenimiento tendrá obligación de comunicar al titular de lainstalación, con un (1) mes de antelación y por medio que dejeconstancia fehaciente, la fecha en que corresponde solicitar lainspección periódica, adjuntando listado de todos los OCA oreferenciándolo a la página Web del órgano competente enmateria de energía, donde se encuentra dicho listado.

Igualmente comunicará al órgano competente la relación de lasinstalaciones eléctricas, en las que tiene contratado elmantenimiento que hayan superado en tres meses el plazo deinspección periódica preceptiva.

El titular tendrá la obligación de custodiar toda ladocumentación técnica y administrativa vinculada a lainstalación eléctrica en cuestión, durante su vida útil.

8.9.- De los plazos de entrega y de validez de loscertificados de inspeccion OCA

El OCA hará llegar, en el plazo de CINCO (5) días de lainspección, el original del certificado al titular de la instalación ycopia a los profesionales presentes en la inspección. En cadaacto de inspección, el OCA colocará en el cuadro principal demando y protección, una etiqueta identificativa o placa adhesivade material indeleble con la fecha de la intervención.

El certificado de un OCA tendrá validez de CINCO (5) años en elcaso de instalaciones de Baja Tensión y de TRES (3) años paralas instalaciones de Media y Alta Tensión, siempre y cuando nose haya ejecutado una modificación sustancial en lascaracterísticas de la instalación a la que hace referencia.

Si la inspección detecta una modificación en la instalación que nohaya sido previamente legalizada o autorizada, segúncorresponda, deberá ser calificada como negativa por defectograve. Para instalaciones nuevas, tal circunstancia implicará la

no autorización de su puesta en servicio, y para instalaciones enservicio será considerado un incumplimiento grave, todo ello sinperjuicio de las infracciones en que incurran los sujetosresponsables, conforme a las leyes vigentes.

Los profesionales habilitados adscritos a los OCA estaránobligados a cumplimentar y firmar los certificados de lasinspecciones, ya sean periódicas, iniciales o extraordinarias,de las instalaciones donde intervengan, debiendo consignar ycertificar expresamente los resultados de la revisión ycustodiar las plantillas de control utilizadas y las notas decampo de tales reconocimientos.

8.10.- De la gravedad de los defectos detectados enlas inspecciones de las instalaciones y de lasobligaciones del titular y de la empresa instaladora

Cuando se detecte, al menos, un defecto clasificado como muygrave, el OCA calificará la inspección como "negativa",haciéndolo constar en el Certificado de Inspección que remitirá,además de al titular de la instalación y a los profesionalespresentes en la inspección, a la Administración competente enmateria de energía.

Para la puesta en servicio de una instalación con Certificado deInspección "negativo", será necesaria la emisión de un nuevoCertificado de Inspección sin dicha calificación, por parte delmismo OCA una vez corregidos los defectos que motivaron lacalificación anterior. En tanto no se produzca la modificación enla calificación dada por dicho Organismo, la instalación deberámantenerse fuera de servicio. Con independencia de lasobligaciones que correspondan al titular, el OCA deberá remitir ala Administración competente en materia de energía el certificadodonde se haga constar la corrección de las anomalías.

Si en una inspección los defectos técnicos detectados implicasenun riesgo grave, el OCA está obligado a requerir, al titular de lainstalación y a la empresa instaladora, que dejen fuera deservicio la parte de la instalación o aparatos afectados,procediendo al precinto total o parcial de la instalación ycomunicando tal circunstancia a la Administración competente enmateria de energía. La inspección del OCA para poner de nuevoen funcionamiento la instalación se hará dentro de las 24 horassiguientes a la comunicación del titular de que el defecto ha sidosubsanado.

Si a pesar del requerimiento realizado el titular no procede adejar fuera de servicio la parte de la instalación o aparatosafectados, el OCA lo pondrá en conocimiento de laAdministración competente en materia de energía, identificandoa las personas a las que comunicó tal requerimiento, a fin de queadopte las medidas necesarias.

Si en la inspección se detecta la existencia de, al menos, undefecto grave o un defecto leve procedente de otra inspecciónanterior, el OCA calificará la inspección como "condicionada",haciéndolo constar en el Certificado de Inspección que entregaráal titular de la instalación y a los profesionales presentes en lainspección. Si la instalación es nueva, no podrá ponerse enservicio en tanto no se hayan corregido los defectos indicados yel OCA emita el certificado con la calificación de "favorable". Alas instalaciones ya en funcionamiento el OCA fijará un plazopara proceder a su corrección, que no podrá superar los seis

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meses, en función de la importancia y gravedad de los defectosencontrados. Transcurrido el plazo establecido sin habersesubsanado los defectos, el OCA emitirá el certificado con lacalificación de "negativa", procediendo según lo descritoanteriormente.

Si como resultado de la inspección del OCA no se determinala existencia de ningún defecto muy grave o grave en lainstalación, la calificación podrá ser "favorable". En el caso deque el OCA observara defectos leves, éstos deberán seranotados en el Certificado de Inspección para constancia deltitular de la instalación, con indicación de que deberá ponerlos medios para subsanarlos en breve plazo y, en cualquiercaso, antes de la próxima visita de inspección.

9.-CONDICIONES DE ÍNDOLE FACULTATIVO

9.1.- Del titular de la instalación

as comunicaciones del titular a la Administración se podránrealizar empleando la vía telemática (correo electrónico einternet), en aras de acelerar el procedimiento administrativo,siempre y cuando quede garantizada la identidad del interesado,asegurada la constancia de su recepción y la autenticidad,integridad y conservación del documento.

Cualquier solicitud o comunicación que se realice en soportepapel, se dirigirá al Director General competente en materia deenergía y se presentará en el registro de la Consejeríacompetente en materia de energía, o en cualquiera de loslugares habilitados por el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26de noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La inexactitud o falsedad en cualquier dato, manifestación odocumento, de carácter esencial, que se acompañe o incorporea una comunicación previa implicará la nulidad de lo actuado,impidiendo desde el momento en que se conozca, el ejercicio delderecho o actividad afectada, sin perjuicio de lasresponsabilidades, penales, civiles o administrativas a quehubiera lugar.

Antes de iniciar el procedimiento correspondiente, el titular de lasmismas deberá disponer del punto de conexión a la red dedistribución o transporte y de los oportunos permisos que lehabiliten para la ocupación de suelo o para el vuelo sobre elmismo. En caso de no poseer todos los permisos de pasodeberá iniciar la tramitación conjuntamente con la de utilidadpública cuando proceda.

El titular o Propiedad de una instalación eléctrica podrá actuarmediante representante, el cual deberá acreditar, para suactuación frente a la Administración, la representación con queactúa, de acuerdo con lo establecido en el artículo 32.3 de la Ley30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún.

Durante la vida útil de la instalación, los propietarios y usuariosde instalaciones eléctricas de generación, transporte,distribución, conexión, enlace y receptoras deberán mantenerpermanentemente en buen estado de seguridad y

funcionamiento sus instalaciones eléctricas, utilizándolas deacuerdo con sus características funcionales.

El titular deberá presentar, junto con la solicitud de puesta enservicio de las instalaciones eléctricas privadas, las degeneración en régimen especial y las instalaciones eléctricas debaja tensión que requieran mantenimiento, conforme a loestablecido en las “Instrucciones y Guía sobre la Legalización deInstalaciones Eléctricas de Baja Tensión” (anexo VII del decreto141/2009), un contrato de mantenimiento con empresainstaladota autorizada inscrita en el correspondiente registroadministrativo, en el que figure expresamente el responsabletécnico de mantenimiento.

No obstante, cuando el titular acredite que dispone de mediostécnicos y humanos suficientes para efectuar el correctomantenimiento de sus instalaciones podrá adquirir la condiciónde mantenedor de las mismas. En este supuesto, elcumplimiento de la exigencia reglamentaria de mantenimientoquedará justificado mediante la presentación de un Certificadode automantenimiento que identifique al responsable delmismo. No se permitirá la subcontratación del mantenimientoa través de una tercera empresa intermediaria.

9.2.- De la dirección facultativa

El Ingeniero-Director es la máxima autoridad en la obra oinstalación. Con independencia de las responsabilidades yobligaciones que le asisten legalmente, será el único concapacidad legal para adoptar o introducir las modificaciones dediseño, constructivas o cambio de materiales que considerejustificadas y sean necesarias en virtud del desarrollo de la obra.En el caso de que la dirección de obra sea compartida por variostécnicos competentes, se estará a lo dispuesto en la normativavigente.

La dirección facultativa velará porque los productos, sistemasy equipos que formen parte de la instalación dispongan de ladocumentación que acredite las características de los mismos,así como de los certificados de conformidad con las normasUNE, EN, CEI u otras que le sean exigibles por normativa opor prescripción del proyectista, así como las garantías queostente.

9.3.- De la empresa instaladora o contratista

La empresa instaladora o Contratista es la persona física ojurídica legalmente establecida e inscrita en el Registro Industrialcorrespondiente del órgano competente en materia de energía,que usando sus medios y organización y bajo la dirección técnicade un profesional realiza las actividades industriales relacionadascon la ejecución, montaje, reforma, ampliación, revisión,reparación, mantenimiento y desmantelamiento de lasinstalaciones eléctricas que se le encomiende y esté autorizadapara ello.

Además de poseer la correspondiente autorización del órganocompetente en materia de energía, contará con la debidasolvencia reconocida por el Ingeniero-Director.

El contratista se obliga a mantener contacto con la empresasuministradora de energía a través del Director de Obra, paraaplicar las normas que le afecten y evitar criterios dispares.

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El Contratista estará obligado al cumplimiento de lo dispuesto enel Reglamento de Higiene y Seguridad en el Trabajo y cuantasdisposiciones legales de carácter social estén en vigor y leafecten.

El Contratista deberá adoptar las máximas medidas de seguridaden el acopio de materiales y en la ejecución, conservación yreparación de las obras, para proteger a los obreros, público,vehículos, animales y propiedades ajenas de daños y perjuicios.

El Contratista deberá obtener todos los permisos, licencias ydictámenes necesarios para la ejecución de las obras y puestaen servicio, debiendo abonar los cargos, tasas e impuestosderivados de ellos.

El Contratista está obligado al cumplimiento de lo legislado en laReglamentación Laboral y demás disposiciones que regulan lasrelaciones entre patrones y obreros. Debiendo presentar alIngeniero-Director de obra los comprobantes de los impresos TC-1 y TC-2 cuando se le requieran, debidamente diligenciados porel Organismo acreditado.

Asimismo el Contratista deberá incluir en la contrata la utilizaciónde los medios y la construcción de las obras auxiliares que seannecesarias para la buena ejecución de las obras principales ygarantizar la seguridad de las mismas

El Contratista cuidará de la perfecta conservación y reparaciónde las obras, subsanando cuantos daños o desperfectosaparezcan en las obras, procediendo al arreglo, reparación oreposición de cualquier elemento de la obra.

9.4.- De la empresa mantenedora

La empresa instaladora autorizada que haya formalizado uncontrato de mantenimiento con el titular o Propietario de unainstalación eléctrica, o el responsable del mantenimiento en unaempresa que ha acreditado disponer de medios propios deautomantenimiento, tendrá las siguientes obligaciones, sinperjuicio de las que establezcan otras legislaciones:

a) Mantener permanentemente las instalaciones enadecuado estado de seguridad y funcionamiento.

b) En instalaciones privadas, interrumpir el servicio a lainstalación, total o parcialmente, en los casos enque se observe el inminente peligro para laspersonas o las cosas, o exista un grave riesgomedioambiental inminente. Sin perjuicio de otrasactuaciones que correspondan respecto a lajurisdicción civil o penal, en caso de accidentedeberán comunicarlo al Centro Directivo competenteen materia de energía, manteniendo interrumpido elfuncionamiento de la instalación hasta que sesubsanen los defectos que han causado dichoaccidente. Para el resto de instalaciones seatenderá a lo establecido al respecto en el RealDecreto 1.955/2000, de 1 de diciembre, o normaque lo sustituya.

c) Atender con diligencia los requerimientos del titularpara prevenir o corregir las averías que seproduzcan en la instalación eléctrica.

d) Poner en conocimiento del titular, por escrito, lasdeficiencias observadas en la instalación, que

afecten a la seguridad de las personas o de lascosas, a fin de que sean subsanadas.

e) Tener a disposición de la Dirección General deIndustria y Energía del Gobierno de Canarias unlistado actualizado de los contratos demantenimiento al menos durante los CINCO (5)AÑOS inmediatamente posteriores a la finalizaciónde los mismos.

f) Comunicar al titular de la instalación, con unaantelación mínima de UN (1) MES, la fecha en quecorresponde realizar la revisión periódica a efectuarpor un Organismo OCA, cuando fuese preceptivo.

g) Comunicar al Centro Directivo competente enmateria de energía, la relación de las instalacioneseléctricas en las que tiene contratado elmantenimiento que hayan superado en tres mesesel plazo de inspección periódica oficial exigible.

h) Asistir a las inspecciones derivadas delcumplimiento de la reglamentación vigente, y a lasque solicite extraordinariamente el titular.

i) Tener suscrito un seguro de responsabilidad civilque cubra los riesgos que puedan derivarse de susactuaciones, mediante póliza por una cuantíamínima de 600.000 euros, cantidad que seactualizará anualmente según el IPC certificado porel Instituto Canario de Estadística (INSTAC).

j) Dimensionar suficientemente tanto sus recursostécnicos y humanos, como su organización enfunción del tipo, tensión, localización y número deinstalaciones bajo su responsabilidad.

9.5.- De los organismos de control autorizado

Las actuaciones que realice en el ámbito territorial de estaComunidad Autónoma un OCA, en los términos definidos en elartículo 41 del Reglamento de Infraestructura para la Calidad y laSeguridad Industrial, aprobado por Real Decreto 2.200/1995, de28 de diciembre, e inscrito en el Registro de EstablecimientosIndustriales de esta Comunidad y acreditado en el campo de lasinstalaciones eléctricas, deberán ajustarse a las normas que acontinuación se establecen, a salvo de otras responsabilidadesque la normativa sectorial le imponga.

El certificado de un OCA tendrá validez de 5 años en el caso deinstalaciones de baja tensión y de 3 años para las instalacionesde media y alta tensión, siempre y cuando no se haya ejecutadouna modificación sustancial en las características de lainstalación a la que hace referencia. Si la inspección detecta unamodificación en la instalación que no haya sido previamenteautorizada, deberá ser calificada como negativa por defectograve. Para instalaciones nuevas tal circunstancia implicará la noautorización de su puesta en servicio, y para instalaciones enservicio será considerado un incumplimiento grave, todo ello sinperjuicio de las infracciones en que incurran los sujetosresponsables conforme a las leyes vigentes.

Los OCA tendrán a disposición de la Administración competenteen materia de energía todos los datos registrales y estadísticoscorrespondientes a cada una de sus actuaciones, clasificando lasintervenciones por titular, técnico y empresa instaladora. Dichainformación podrá ser requerida en cualquier momento por laAdministración.

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Los profesionales habilitados adscritos a los OCA estaránobligados a cumplimentar y firmar los certificados de lasinspecciones, ya sean periódicas, iniciales o extraordinarias, delas instalaciones donde intervengan, debiendo consignar ycertificar expresamente los resultados de la revisión y custodiarlas plantillas de control utilizadas y las notas de campo de talesreconocimientos.

Para la realización de las revisiones, controles e inspeccionesque se les encomiende, los OCA aplicarán los modelos decertificados de inspección previstos en el anexo VIII del Decreto141/2009 y los manuales de revisión y de calificación de defectosque se contemplen en los correspondientes protocolos-guía,aprobados por la Administración competente en materia deenergía, o en su defecto los que tenga reconocido el OCA.

Los OCA realizarán las inspecciones que solicite laAdministración competente en materia de energía, estandopresentes en las inspecciones oficiales de aquellas instalacionesen las que hayan intervenido y sean requeridos.

Las discrepancias de los titulares de las instalaciones ante lasactuaciones de los OCA serán puestas de manifiesto ante laAdministración competente en materia de energía, que lasresolverá en el plazo de 1 mes.

10.-CONDICIONES DE ÍNDOLE ADMINISTRATIVO

10.1.- Antes del inicio de las obras

Antes de comenzar la ejecución de esta instalación, la Propiedado titular deberá designar a un técnico titulado competente comoresponsable de la Dirección Facultativa de la obra, quién, unavez finalizada la misma y realizadas las pruebas y verificacionespreceptivas, emitirá el correspondiente Certificado de Dirección yFinalización de Obra (según anexo VI del Decreto 141/2009).

Asimismo y antes de iniciar las obras, los Propietarios o titularesde la instalación eléctrica en proyecto de construcción facilitarána la empresa distribuidora o transportista, según proceda, toda lainformación necesaria para deducir los consumos y cargas quehan de producirse, a fin de poder prever con antelación suficienteel crecimiento y dimensionado de sus redes.

El Propietario de la futura instalación eléctrica solicitará a laempresa distribuidora el punto y condiciones técnicas deconexión que son necesarias para el nuevo suministro. Dichasolicitud se acompañará de la siguiente información:

k) Nombre y dirección del solicitante, teléfono, fax,correo electrónico u otro medio de contacto.

l) Nombre, dirección, teléfono y correo electrónico deltécnico proyectista y/o del instalador, en su caso.

m) Situación de la instalación, edificación u obra,indicando la calificación urbanística del suelo.

n) Uso o destino de la misma.o) Potencia total solicitada, reglamentariamente

justificada.p) Punto de la red más próximo para realizar la

conexión, propuesto por el instalador o técnico

correspondiente, identificando inequívocamente elmismo, preferentemente por medios gráficos.

q) Número de clientes estimados.

En el caso de que resulte necesaria la presentación de algunadocumentación adicional, la empresa distribuidora la solicitará,en el plazo de CINCO (5) DIAS a partir de la recepción de lasolicitud, justificando la procedencia de tal petición. Dichacomunicación se podrá realizar por vía telemática.

La empresa distribuidora habilitará los medios necesarios paradejar constancia fehaciente, sea cual sea la vía de recepción dela documentación o petición, de las solicitudes de puntos deconexión realizadas, a los efectos del cómputo de plazos ydemás actuaciones o responsabilidades.

Las solicitudes de punto de conexión referidas a instalacionesacogidas al régimen especial, también están sujetas alprocedimiento establecido en este artículo.

La información aportada, deberá ser considerada confidencial ypor tanto en su manejo y utilización se deberán cumplir lasgarantías que establece la legislación vigente sobre protecciónde datos.

Ni la empresa distribuidora, ni ninguna otra empresa vinculada ala misma, podrá realizar ofertas de servicios, al margen de lapropia oferta técnico económica, que impliquen restricciones a lalibre competencia en el mercado eléctrico canario o favorezcan lacompetencia desleal.

De igual forma el Documento Técnico de Diseño requerido ydescrito en el siguiente apartado (proyecto o memoria técnicade diseño), deberá ser elaborado y entregado al Propietario otitular antes del comienzo de las obras y antes de proceder asu tramitación administrativa.

10.2.- Documentación del proyecto

El presente proyecto consta de los documentos y contenidospreceptivamente establecidos en las normativas específicas quele son de aplicación, y como mínimo contempla ladocumentación descriptiva, en textos y representación gráfica, dela instalación eléctrica, de los materiales y demás elementos yactividades considerados necesarios para la ejecución de unainstalación con la calidad, funcionalidad y seguridad requerida.

En aquellos casos en que exista aprobada una “Guía deProyectos” que específicamente le sea de aplicación el Proyectodeberá ajustarse en su contenido esencial a dicha Guía.

Esta Guía será indicativa, por lo que los proyectos deberán sercomplementados y adaptados en función de las peculiaridadesde la instalación en cuestión, pudiendo ser ampliados según laexperiencia y criterios de buena práctica del proyectista. Eldesarrollo de los puntos que componen cada guía presupone darcontenido a dicho documento de diseño hasta el nivel de detalleque considere el proyectista, sin perjuicio de las omisiones, falloso incumplimientos que pudieran existir en dicho documento y queen cualquier caso son responsabilidad del autor del mismo.

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El Proyecto deberá ser elaborado y entregado al Propietario otitular antes del comienzo de las obras y antes de su tramitaciónadministrativa.

El Proyecto constará, al menos, de los siguientes documentos:

a) Memoria descriptiva (titular, emplazamiento, tipo deindustria o actividad, uso o destino del local y suclasificación, programa de necesidades, descripciónpormenorizada de la instalación, presupuesto total).

b) Memoria de cálculos justificativos.c) Estudio de Impacto Ambiental en la categoría

correspondiente, en su caso.d) Estudio de Seguridad y Salud o Estudio Básico de

Seguridad y Salud (según corresponda de acuerdocon la normativa de seguridad laboral vigente).

e) Planos a escalas adecuadas (situación,emplazamiento, alzados, plantas, distribución,secciones, detalles, croquis de trazados, red detierras, esquema unifilar, etc.).

f) Pliego de Condiciones Técnicas, Económicas,Administrativas y Legales.

g) Estado de Mediciones y Presupuesto (mediciones,presupuestos parciales y presupuesto general).

h) Separatas para Organismos, Administraciones oempresas de servicio afectadas.

i) Otros documentos que la normativa específicaconsidere preceptivos.

j) Plazo de ejecución o finalización de la obra.k) Copia del punto de conexión a la red o justificante

de la solicitud del mismo a la empresa distribuidora,para aquellos casos en que la misma no hayacumplido los plazos de respuesta indicados en elpunto 1 del artículo 27 del decreto 141/2009, de 10de noviembre.

Si durante la tramitación o ejecución de la instalación seprocede al cambio de empresa instaladora autorizada, estehecho deberá quedar expresamente reflejado en ladocumentación presentada por el interesado ante laAdministración. En el caso de que ello conlleve cambios en lamemoria técnica de diseño original, deberá acreditar laconformidad de la empresa autora de la misma o, en sudefecto, aportar un nuevo Proyecto.

10.3.- Modificaciones y ampliaciones de lasinstalaciones y la documentación del proyecto.10.3.1.- MODIFICACIONES Y AMPLIACIONES NO SIGNIFICATIVAS DELAS INSTALACIONES ELÉCTRICAS

10.3.1.1 Modificaciones y ampliaciones de lasinstalaciones en servicio y la documentación del proyecto

En el caso de instalaciones en servicio, las modificaciones oampliaciones aún no siendo sustanciales, quedarán reflejadasen la documentación técnica adscrita a la instalacióncorrespondiente, tal que se mantenga permanentementeactualizada la información técnica, especialmente en loreferente a los esquemas unifilares, trazados, manuales deinstrucciones y certificados de instalación. Dichasactualizaciones serán responsabilidad de la empresainstaladora autorizada, autora de las mismas, y en su caso,del técnico competente que las hubiera dirigido.

10.3.1.2 Modificaciones y ampliaciones de las

instalaciones en fase de ejecución y la documentación delproyecto

Asimismo en aquellas instalaciones eléctricas en ejecución yque no representen modificaciones o ampliacionessustanciales (según Art. 45 del RD 141/2009), con respecto alproyecto original, éstas serán contempladas como “anexos” alCertificado de Dirección y Finalización de obra o delCertificado de Instalación respectivamente, sin necesidad depresentar un reformado del Proyecto original.

10.3.2.- MODIFICACIONES Y AMPLIACIONES SIGNIFICATIVAS DELAS INSTALACIONES ELÉCTRICAS EN ALTA TENSIÓN

Cuando se trata de instalaciones eléctricas en las que sepresentan modificaciones o ampliaciones significativas, éstassupondrán, tanto en Baja como en Alta Tensión, la presentaciónde un nuevo Proyecto, además de los otros documentos quesean preceptivos.

El técnico o empresa instaladora autorizada, según seacompetente en función del alcance de la ampliación omodificación prevista, deberá modificar o reformar el proyecto ooriginal correspondiente, justificando las modificacionesintroducidas. En cualquier caso será necesario su autorización,según el procedimiento que proceda, en los términos queestablece el Decreto 141/2009, de 10 de noviembre, y demásnormativa que le sea de aplicación.

Cuando se hayan ejecutado reformas sustanciales no recogidasen el correspondiente Documento Técnico de Diseño, laAdministración o en su caso el OCA que intervenga, dictará Actao Certificado de Inspección, según proceda, con la calificación de"negativo". Ello implicará que no se autorizará la puesta enservicio de la instalación o se declarará la ilegalidad de aquélla siya estaba en servicio, todo ello sin perjuicio de las infraccionesen que habrán incurrido los sujetos responsables, conforme a laLey 21/1992, de 16 de julio, de Industria, y demás leyes deaplicación

10.4.- Documentación final

Concluidas las obras necesarias de la instalación eléctrica, éstadeberá quedar perfectamente documentada y a disposición detodos sus usuarios, incluyendo sus características técnicas, elnivel de calidad alcanzado, así como las instrucciones de uso ymantenimiento adecuadas a la misma, la cual contendrá comomínimo lo siguiente:

l) Documentación administrativa y jurídica: datosde identificación de los profesionales y empresasintervinientes en la obra, acta de recepción de obrao documento equivalente, autorizacionesadministrativas y cuantos otros documentos sedeterminen en la legislación.

m) Documentación técnica: el documento técnico dediseño (DTD) correspondiente, los certificadostécnicos y de instalación, así como otra informacióntécnica sobre la instalación, equipos y materialesinstalados.

n) Instrucciones de uso y mantenimiento:información sobre las condiciones de utilización dela instalación así como las instrucciones para elmantenimiento adecuado, que se plasmará en un

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"Manual de Instrucciones o anexo de Información alusuario". Dicho manual contendrá las instruccionesgenerales y específicas de uso (actuación), deinstrucciones de uso y mantenimiento: parainstalaciones privadas, receptoras y de generaciónen régimen especial, información sobre lascondiciones de utilización de la instalación, así comolas instrucciones para el mantenimiento adecuado,que se plasmará en un “Manual de Instrucciones oAnexo de Información al usuario”. Dicho manualcontendrá las instrucciones generales y específicasde uso (actuación), de seguridad (preventivas,prohibiciones ...) y de mantenimiento (cuáles,periodicidad, cómo, quién ...) necesarias eimprescindibles para operar y mantener,correctamente y con seguridad, la instalaciónteniendo en cuenta el nivel de cualificaciónprevisible del usuario final. Se deberá incluir,además, tanto el esquema unifilar, como ladocumentación gráfica necesaria.

o) Certificados de eficiencia energética: (cuandoproceda): documentos e información sobre lascondiciones verificadas respecto a la eficienciaenergética del edificio.

Esta documentación será recopilada por el promotor y titularde la instalación, que tendrá la obligación de mantenerla ycustodiarla durante su vida útil y en el caso de edificios oinstalaciones que contengan diversas partes que seansusceptibles de enajenación a diferentes personas, elPromotor hará entrega de la documentación a la Comunidadde Propietarios que se constituya

10.5.- Certificado de dirección y finalización de obra

Es el documento emitido por el Ingeniero-Director como TécnicoFacultativo competente, en el que certifica que ha dirigidopersonal y eficazmente los trabajos de la instalación proyectada,asistiendo con la frecuencia que su deber de vigilancia deldesarrollo de los trabajos ha estimado necesario, comprobandofinalmente que la obra está completamente terminada y que seha realizado de acuerdo con las especificaciones contenidas enel proyecto de ejecución presentado, con las modificaciones deescasa importancia que se indiquen, cumpliendo, así mismo, conla legislación vigente relativa a los Reglamentos de Seguridadque le sean de aplicación. Dicho certificado deberá ajustarse almodelo correspondiente que figura en el anexo VI del Decreto141/2009.

Si durante la tramitación o ejecución del proyecto se procede alcambio del ingeniero-proyectista o del Director Facultativo, estehecho deberá quedar expresamente reflejado en ladocumentación presentada por el peticionario ante laAdministración, designando al nuevo técnico facultativocorrespondiente. En el caso de que ello conlleve cambios en elproyecto original, se acreditará la conformidad del autor delproyecto o en su defecto se aportará un nuevo proyecto.

El Certificado, una vez emitido y fechado por el técnicofacultativo, perderá su validez ante la Administración si supresentación excede el plazo de TRES (3) MESES, contadodesde dicha fecha. En tal caso se deberá expedir una nuevaCertificación actualizada, suscrita por el mismo autor.

10.6.- Certificado de instalación

Es el documento emitido por la empresa instaladora autorizada yfirmado por el profesional habilitado adscrito a la misma que haejecutado la correspondiente instalación eléctrica, en el que secertifica que la misma está terminada y ha sido realizada deconformidad con la reglamentación vigente y con el documentotécnico de diseño correspondiente, habiendo sido verificadasatisfactoriamente en los términos que establece dicha normativaespecífica, y utilizando materiales y equipos que son conformesa las normas y especificaciones técnicas declaradas de obligadocumplimiento.

La empresa instaladora autorizada extenderá, con carácterobligatorio, un Certificado de Instalación (según modelo oficial) yun Manual de Instrucciones por cada instalación que realice, yase trate de una nueva o reforma de una existente.

En la tramitación de las instalaciones donde concurran variasinstalaciones individuales, deben presentarse tantos Certificadosy Manuales como instalaciones individuales existan, además delos correspondientes a las zonas comunes. Con carácter generalno se diligenciarán Certificados de instalaciones individualesindependientemente de los correspondientes a la instalacióncomún a la que estén vinculados.

El Certificado de Instalación una vez emitido, fechado yfirmado, deberá ser presentado en la Administración en elplazo máximo de TRES (3) MESES, contado desde dichafecha. En su defecto será necesario expedir un nuevoCertificado actualizado por parte del mismo autor.

10.7.- Libro de órdenes

En las instalaciones eléctricas para las que preceptivamente seanecesaria una Dirección Facultativa, éstas tendrán la obligaciónde contar con la existencia de un Libro de Órdenes dondequeden reflejadas todas las incidencias y actuaciones relevantesen la obra y sus hitos, junto con las instrucciones,modificaciones, órdenes u otras informaciones dirigidas alContratista por la Dirección Facultativa.

Dicho libro de órdenes estará en la oficina de la obra y serádiligenciado y fechado, antes del comienzo de las mismas, por elcorrespondiente Colegio Oficial de profesionales concompetencias en la materia y el mismo podrá ser requerido por laAdministración en cualquier momento, durante y después de laejecución de la instalación, y será considerado como documentoesencial en aquellos casos de discrepancia entre la direccióntécnica y las empresas instaladoras intervinientes.

El cumplimiento de las órdenes expresadas en dicho Libro es decarácter obligatorio para el Contratista así como aquellas querecoge el presente Pliego de Condiciones.

El contratista o empresa instaladora autorizada, estará obligado atranscribir en dicho Libro cuantas órdenes o instrucciones recibapor escrito de la Dirección Facultativa, y a firmar el oportunoacuse de recibo, sin perjuicio de la autorización de talestranscripciones por la Dirección en el Libro indicado.

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PARTICULARES PARA LÍNEAS ELÉCTRICAS SUBTERRÁNEAS EN ALTATENSIÓN.

Claudio Medina CastellanoC/ Mendizabal, 15 –BajoTeléfono/fax: 928 31 03 1935001 Las Palmas de Gran Canaria

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El citado Libro de Órdenes y Asistencias se regirá según elDecreto 462/1971 y la Orden de 9 de Junio de 1971

10.8.- Incompatibilidades

En una misma instalación u obra el Director de Obra no podrácoincidir con el instalador ni tener vinculación laboral con laempresa instaladora que está ejecutando la obra.

10.9.- Instalaciones ejecutadas por más de unaempresa instaladora.En aquellas instalaciones donde intervengan, de maneracoordinada, más de una empresa instaladora autorizada,deberá quedar nítidamente definida la actuación de cada unay en qué grado de subordinación. Cada una de las empresasintervinientes emitirá su propio Certificado de Instalación, parala parte de la instalación que ha ejecutado. La DirecciónFacultativa tendrá la obligación de recoger tal circunstancia enel Certificado de Dirección y Finalización de obracorrespondiente, indicando con precisión el reparto de tareas yresponsabilidades.

10.10.- Subcontratación

La subcontratación se podrá realizar pero siempre y de formaobligatoria entre empresas instaladoras autorizadas,exigiéndosele la autorización previa del Promotor.

Los subcontratistas responderán directamente ante laempresa instaladora principal, pero tendrán que someterse alas mismas exigencias de profesionalidad, calidad y seguridaden la obra que ésta.

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ELECTRIFICACIÓN"URBANIZACIÓN TAMARACEITE SUR"

PLIEGO DE CONDICIONESPARTICULARES. LÍNEA

SUBTERRANEAS DE BAJA TENSIÓN

“URBANIZACIÓN TAMARACEITE SUR UZO-04”

ISLA DE GRAN CANARIA (LAS PALMAS GC)Claudio Medina Castellano

Colegiado nº 911

MARZO DE 2019

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PARTICULARES PARA CENTROS DE TRANSFORMACIÓN DE TIPOINTERIOR.

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ÍNDICE

1.- OBJETO.............................................................................................................................................................4

2.- CAMPO DE APLICACIÓN.................................................................................................................................4

3.- NORMATIVA DE APLICACIÓN ........................................................................................................................4

4.- CARACTERÍSTICAS, CALIDADES Y CONDICIONES GENERALES DE LOS MATERIALES DE OBRACIVIL Y ELÉCTRICOS ....................................................................................................................................6

4.1.- OBRA CIVIL .....................................................................................................................................................................64.1.1.- HORMIGONES ............................................................................................................................................................................. 64.1.2.- BLOQUES ................................................................................................................................................................................... 74.1.3.- FORJADOS Y CUBIERTAS.............................................................................................................................................................. 74.1.4.- MUROS ...................................................................................................................................................................................... 74.1.5.- RESISTENCIA AL FUEGO ............................................................................................................................................................... 74.1.6.- ACABADOS DE LA OBRA CIVIL ....................................................................................................................................................... 74.1.7.- PUERTAS, TRAMPILLAS Y ESCALERAS ........................................................................................................................................... 74.1.8.- VENTILACIÓN Y REJILLAS DE VENTILACIÓN ..................................................................................................................................... 74.1.9.- GRADOS DE PROTECCIÓN ............................................................................................................................................................ 84.1.10.- POZO DE RECOGIDA DE ACEITE .................................................................................................................................................. 84.1.11.- CANALES INTERIORES ............................................................................................................................................................... 84.1.12.- DESAGÜES ............................................................................................................................................................................... 84.1.13.- ILUMINACIÓN............................................................................................................................................................................. 84.1.14.- EQUIPOS DE SEGURIDAD............................................................................................................................................................ 84.1.15.- EQUIPOTENCIALIDAD ................................................................................................................................................................. 8

4.2.- INSTALACIÓN ELÉCTRICA .................................................................................................................................................. 84.2.1.- CELDAS DE MANIOBRA Y PROTECCIÓN .......................................................................................................................................... 84.2.2.- CONDUCTOR A.T. DE UNIÓN PROTECCIÓN TRANSFORMADOR-TRANSFORMADOR ............................................................................. 94.2.3.- BOBINA DE DISPARO .................................................................................................................................................................... 94.2.4.- CARTUCHOS FUSIBLES ................................................................................................................................................................ 94.2.5.- TRANSFORMADOR DE POTENCIA................................................................................................................................................... 94.2.6.- DETALLES CONSTRUCTIVOS DEL TRANSFORMADOR ....................................................................................................................... 94.2.7.- CONECTORES ........................................................................................................................................................................... 104.2.8.- CONOS DEFLECTORES............................................................................................................................................................... 104.2.9.- TERMINALES BIMETÁLICOS ......................................................................................................................................................... 104.2.10.- TERMINALES DE COBRE ........................................................................................................................................................... 104.2.11.- CIRCUITOS DE TIERRA ............................................................................................................................................................. 104.2.12.- CONDUCTOR DE BAJA TENSIÓN. TRANSFORMADOR-CUADRO DE BAJA TENSIÓN............................................................................ 104.2.13.- CUADRO DE BAJA TENSIÓN ...................................................................................................................................................... 104.2.14.- APARATOS DE MEDIDA ............................................................................................................................................................. 114.2.15.- OTROS MATERIALES ................................................................................................................................................................ 11

4.3.- INSTALACIONES SECUNDARIAS........................................................................................................................................ 114.3.1.- PASILLOS ................................................................................................................................................................................. 114.3.2.- FOSA DEL TRANSFORMADOR ...................................................................................................................................................... 114.3.3.- ILUMINACIÓN............................................................................................................................................................................. 11

5.- CONDICIONES DE EJECUCIÓN Y MONTAJE..............................................................................................11

5.1.- CONSIDERACIONES PREVIAS Y GENERALES ...................................................................................................................... 115.2.- MOVIMIENTO DE TIERRAS ............................................................................................................................................... 125.3.- ORDEN DE LOS TRABAJOS .............................................................................................................................................. 125.4.- REPLANTEO ..................................................................................................................................................................125.5.- MARCHA DE LAS OBRAS.................................................................................................................................................. 125.6.- MONTAJE DEL CENTRO DE TRANSFORMACIÓN ................................................................................................................... 125.7.- CIRCUITOS ELÉCTRICOS ................................................................................................................................................. 12

5.7.1.- CONEXIONES ............................................................................................................................................................................ 125.7.2.- CANALIZACIONES ...................................................................................................................................................................... 12

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5.8.- TRANSFORMADORES DE MEDIDA Y PROTECCIÓN ............................................................................................................... 135.9.- INSTALACIONES DE PUESTA A TIERRA ............................................................................................................................... 135.10.- DEPÓSITO DE MATERIALES ........................................................................................................................................... 13

6.- RECONOCIMIENTOS, PRUEBAS Y ENSAYOS............................................................................................13

6.1.- RECONOCIMIENTO DE LAS OBRAS .................................................................................................................................... 136.2.- PRUEBAS Y ENSAYOS ..................................................................................................................................................... 14

6.2.1.- PRUEBA DE OPERACIÓN MECÁNICA............................................................................................................................................. 146.2.2.- PRUEBA DE DISPOSITIVOS AUXILIARES, HIDRÁULICOS, NEUMÁTICOS Y ELÉCTRICOS ........................................................................ 146.2.3.- VERIFICACIÓN DE CABLEADO...................................................................................................................................................... 146.2.4.- ENSAYO A FRECUENCIA INDUSTRIAL ........................................................................................................................................... 146.2.5.- ENSAYO DE LA RED DE MEDIA TENSIÓN ....................................................................................................................................... 146.2.6.- ENSAYO DIELÉCTRICO DE CIRCUITOS AUXILIARES Y DE CONTROL .................................................................................................. 14

7.- CONDICIONES DE USO, MANTENIMIENTO Y SEGURIDAD.......................................................................14

7.1.- MANTENIMIENTO ........................................................................................................................................................... 147.2.- CONDICIONES DE SEGURIDAD EN LAS CELDAS Y PUESTA EN SERVICIO.................................................................................. 157.3.- REPARACIÓN. REPOSICIÓN............................................................................................................................................. 17

8.- MEDICIÓN Y ABONO DE LAS OBRAS .........................................................................................................17

8.1.- GENERALIDADES ........................................................................................................................................................... 178.2.- ABONO DE LAS PARTIDAS ALZADAS ..................................................................................................................................178.3.- ABONO DE LA CONSERVACIÓN Y REPARACIÓN DE LAS OBRAS .............................................................................................. 178.4.- MEDICIÓN Y ABONO DE LA EXCAVACIÓN............................................................................................................................ 178.5.- MEDICIÓN Y ABONO DEL RELLENO ................................................................................................................................... 188.6.- PRECIOS CONTRADICTORIOS .......................................................................................................................................... 188.7.- ABONO DE LOS MEDIOS Y OBRAS AUXILIARES DE LOS ENSAYOS Y DE LOS DETALLES IMPREVISTOS .......................................... 18

9.- INSPECCIONES PERIÓDICAS.......................................................................................................................18

9.1.- CERTIFICADOS DE INSPECCIONES PERIÓDICAS .................................................................................................................. 189.2.- PROTOCOLO GENÉRICO DE INSPECCIÓN PERIÓDICA ........................................................................................................... 189.3.- DE LA RESPONSABILIDAD DE LAS INSPECCIONES PERIÓDICAS ............................................................................................. 189.4.- INSPECCIONES PERIÓDICAS DE LAS INSTALACIONES DE PRODUCCIÓN, TRANSPORTE Y DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA .... 199.5.- INSPECCIONES PERIÓDICAS DEL RESTO DE INSTALACIONES ELÉCTRICAS .............................................................................. 199.6.- DE LOS PLAZOS DE ENTREGA Y DE VALIDEZ DE LOS CERTIFICADOS DE INSPECCIÓN OCA....................................................... 199.7.- DE LA GRAVEDAD DE LOS DEFECTOS DETECTADOS EN LAS INSPECCIONES DE LAS INSTALACIONES Y DE LAS OBLIGACIONES DEL

TITULAR Y DE LA EMPRESA INSTALADORA ..................................................................................................................... 20

10.- CONDICIONES DE ÍNDOLE FACULTATIVO...............................................................................................20

10.1.- DEL TITULAR DE LA INSTALACIÓN ................................................................................................................................... 2010.2.- DE LA DIRECCIÓN FACULTATIVA ..................................................................................................................................... 2110.3.- DE LA EMPRESA INSTALADORA O CONTRATISTA............................................................................................................... 2110.4.- DE LA EMPRESA MANTENEDORA .................................................................................................................................... 2110.5.- DE LOS ORGANISMOS DE CONTROL AUTORIZADO............................................................................................................. 22

11.- CONDICIONES DE INDOLE ADMINISTRATIVO .........................................................................................22

11.1.- ANTES DEL INICIO DE LAS OBRAS ................................................................................................................................... 2211.2.- DOCUMENTACIÓN DEL PROYECTO ..................................................................................................................................23

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11.3.- MODIFICACIONES Y AMPLIACIONES DE LAS INSTALACIONES Y LA DOCUMENTACIÓN DEL PROYECTO ........................................ 2311.3.1.- MODIFICACIONES Y AMPLIACIONES NO SIGNIFICATIVAS DE LAS INSTALACIONES ELÉCTRICAS.......................................................... 23

11.3.1.1 Modificaciones y ampliaciones de las instalaciones en servicio y la documentación del proyecto.................................. 2311.3.1.2 Modificaciones y ampliaciones de las instalaciones en fase de ejecución y la documentación del proyecto .................. 24

11.3.2.- MODIFICACIONES Y AMPLIACIONES SIGNIFICATIVAS DE LAS INSTALACIONES ELÉCTRICAS............................................................... 2411.4.- DOCUMENTACIÓN FINAL ............................................................................................................................................... 2411.5.- CERTIFICADO DE DIRECCIÓN Y FINALIZACIÓN DE OBRA ..................................................................................................... 2411.6.- CERTIFICADO DE INSTALACIÓN ...................................................................................................................................... 2511.7.- LIBRO DE ÓRDENES ..................................................................................................................................................... 2511.8.- INCOMPATIBILIDADES ................................................................................................................................................... 2511.9.- INSTALACIONES EJECUTADAS POR MÁS DE UNA EMPRESA INSTALADORA. ........................................................................... 2511.10.- SUBCONTRATACIÓN ................................................................................................................................................... 25

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1.-OBJETO

Este Pliego de Condiciones Técnicas Particulares, el cual formaparte de la documentación del proyecto de referencia y queregirá las obras para la realización del mismo, determina lascondiciones mínimas aceptables para la ejecución obras deinstalación de Centros de Transformación de tipo Interior acordea lo estipulado por el DECRETO 141/2009, de 10 denoviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que seregulan los procedimientos administrativos relativos a laejecución y puesta en servicio de las instalaciones eléctricasen Canarias, así como las normas NUECSA de la empresaEndesa Distribución Eléctrica, S.L., en el ámbito territorial dela Comunidad Autónoma de Canarias.

En cualquier caso, dichas normas particulares no podránestablecer criterios técnicos contrarios a la normativa vigentecontemplada en el presente proyecto, ni exigir marcascomerciales concretas, ni establecer especificaciones técnicasque favorezcan la implantación de un solo fabricante orepresenten un coste económico desproporcionado para elusuario.

Las dudas que se planteasen en su aplicación o interpretaciónserán dilucidadas por el Ingeniero-Director de la obra. Por elmero hecho de intervenir en la obra, se presupone que laempresa instaladora y las subcontratas conocen y admiten elpresente Pliego de Condiciones.

2.-CAMPO DE APLICACIÓN

Este Pliego de Condiciones Técnicas Particulares se refiere alsuministro e instalación de materiales necesarios en el montajede Centros de Transformación de tipo Interior.

Este Pliego de Condiciones Técnicas Particulares se refiere alsuministro, instalación, pruebas, ensayos, mantenimiento,características y calidades de los materiales necesarios en elmontaje de Centros de Transformación (CT) de tipo Interiorreguladas por el DECRETO 141/2009, de 10 de noviembreanteriormente enunciado, con el fin de garantizar la seguridad delas personas, el bienestar social y la protección del medioambiente, siendo necesario que dichas instalaciones eléctricasse proyecten, construyan, mantengan y conserven de tal formaque se satisfagan los fines básicos de la funcionalidad, es decirde la utilización o adecuación al uso, y de la seguridad, conceptoque incluye la seguridad estructural, la seguridad en caso deincendio y la seguridad de utilización, de tal forma que el usonormal de la instalación no suponga ningún riesgo de accidentepara las personas y cumpla la finalidad para la cual es diseñaday construida.

3.-NORMATIVA DE APLICACIÓN

Además de las condiciones técnicas particulares contenidas enel presente Pliego, serán de aplicación, y se observarán en todomomento durante la ejecución de la Obra, las normas yreglamentos siguientes:

Decreto 3151/1968, de 28 de noviembre, del Ministerio deIndustria por el que se aprueba el Reglamento Técnico de LíneasEléctricas Aéreas de Alta Tensión (BOE 5-12-1987)

Real Decreto 3275/1982 de 12 de noviembre, sobreCondiciones Técnicas y Garantías de Seguridad en CentralesEléctricas, Subestaciones y Centros de Transformación, asícomo las sucesivas actualizaciones que al respecto se realicendel presente Reglamento. BOE nº 288 de 01/12/82.

Orden de 6 de julio de 1984, por la que se aprueban lasInstrucciones Técnicas Complementarias del Real Decreto3275/1982 por el que se aprueba el Reglamento sobreCondiciones Técnicas y Garantías de Seguridad en CentralesEléctricas, Subestaciones y Centros de Transformación.

Circular de la Consejería de Industria, sobre la interpretacióndel R.D. 3275/1982 de 12 de noviembre y O.M. de 6 de julio de1984 que aprueba las Instrucciones Técnicas Complementariasdel Reglamento sobre Condiciones Técnicas y Garantías deSeguridad en Centrales Eléctricas, Subestaciones y EstacionesTransformadoras.

Orden de 18 de octubre de 1984, que aprueba las InstruccionesTécnicas Complementarias del Reglamento sobre CondicionesTécnicas y Garantías de Seguridad en Centrales Eléctricas,Subestaciones y Centros de Transformación (BOE nº 256 de25/10/84), modificada por

Orden de 10 de marzo de 2000, por la que se modifican lasInstrucciones Técnicas Complementarias MIE-RAT 01, MIE-RAT02, MIE-RAT 06, MIE-RAT 14, MIE-RAT 15, MIE-RAT 16, MIE-RAT 17, MIE-RAT 18, MIE-RAT 19 del Reglamento sobreCondiciones Técnicas y Garantías de Seguridad en CentralesEléctricas, Subestaciones y Centros de Transformación (BOE de24/03/00).

Resolución de la Dirección General de la Energía, de 19 dejunio de 1984, sobre Ventilación y Acceso de ciertos Centros deTransformación (BOE de 26/06/84).

Real Decreto 1075/1986, de 2 de mayo, del Miner, por el que seestablecen Normas sobre las condiciones de los suministros deenergía eléctrica y la calidad de este servicio (BOE de 06/06/86).

ORDEN de 27 de noviembre de 1987 por la que se modificanlas Instrucciones Técnicas Complementarias MIE-RAT 13 y MIE-RAT 14 del Reglamento sobre Condiciones y Garantías deSeguridad en Centrales Eléctricas, Subestaciones y Centros deTransformación.

Resolución de la Dirección General de Innovación Industrial yTecnológica del Miner, de 18 de enero de 1988, por la que seautoriza el empleo del sistema de instalación con conductoresaislados, bajo canales protectores de material plástico (BOE nº43 de 19/02/88).

Orden de 23 de junio de 1988 por la que se actualizan diversasInstrucciones Técnicas Complementarias MIE-RAT delReglamento sobre Condiciones y Garantías de Seguridad en

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Centrales Eléctricas, Subestaciones y Centros deTransformación.

Orden de 16 de julio de 1991 por la que se modifica el punto 3.6de la Instrucción Técnica Complementaria MIE-RAT 06 delReglamento sobre Condiciones y Garantías de Seguridad enCentrales Eléctricas, Subestaciones y Centros deTransformación, aprobada por Orden 6 de julio de 1984:aparatos de maniobra de circuitos.

Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria.

Orden de 16 de mayo de 1994, por la que se adapta al progresotécnico la Instrucción Técnica Complementaria MIE-RAT 02 delReglamento sobre Condiciones Técnicas y Garantías deSeguridad en Centrales Eléctricas, Subestaciones y Centros deTransformación, aprobada por Orden 6 de julio de 1984: normasde obligado cumplimiento y hojas interpretativas.

Orden de 15 de diciembre de 1995, por la que se adapta alprogreso técnico la Instrucción Técnica Complementaria MIE-RAT 02 del Reglamento sobre Condiciones Técnicas y Garantíasde Seguridad en Centrales Eléctricas, subestaciones y Centrosde Transformación.

Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre (BOE de 6 defebrero de 1996) por el que se aprueba el Reglamento de laInfraestructura para la Calidad y Seguridad Industrial.

Ley 31/1995, de 8 de noviembre de prevención de riesgoslaborales; modificaciones por Ley 54/2003, de 12 de diciembre,de reforma del marco normativo de la prevención de riesgoslaborales e instrucción para la aplicación de la misma (B.O.E.8/3/1996).

Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que seestablecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en lasobras de construcción.

Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico,derogada parcialmente por Ley 13/2003, de 23 de mayo,reguladora del contrato de concesión de obras públicas (BOE de22 de mayo de 2003).

Resolución de la Dirección General de Innovación Industrialy Tecnológica del Miner, de 21 de enero de 1997, por la quese autoriza el empleo de conductores de aluminio en lascanalizaciones prefabricadas para instalaciones eléctricas deenlace (BOE nº 35 10/02/97).

Real Decreto 2019/1997, del Miner, de 26 de diciembre, por elque se organiza y regula el mercado de producción de energíaeléctrica (BOE nº 310 de 27/12/97), desarrollado por Orden de 29de diciembre de 1997, por la que se desarrollan algunosaspectos del Real Decreto 2019/1997, de 26 de diciembre. (LaOrden de 17 de diciembre de 1998, del Miner, modifica dichaOrden de 29 de diciembre de 1997), modificado por RealDecreto-Ley 6/2000, de 23 de junio, de medidas urgentes deintensificación de la competencia en mercados de bienes yservicios (BOE de 24/06/00), modificado por Real Decreto436/2004, de 12 de marzo, por el que se establece la

metodología para la actualización y sistematización del régimenjurídico y económico de la actividad de producción de energíaeléctrica en régimen especial (BOE de 27/03/04), modificado porReal Decreto 2351/2004, de 23 de diciembre, por el que semodifica el procedimiento de resolución de restricciones técnicasy otras normas reglamentarias del mercado eléctrico (BOE de24/12/04).

REAL DECRETO 1247/2008, de 18 de julio, por el que seaprueba la instrucción de hormigón estructural (EHE-08)

Orden del 12 de abril de 1999, del MINER, por la que se dictanlas Instrucciones Técnicas complementarias al Reglamento dePuntos de Medida de los Consumos y Tránsitos de EnergíaEléctrica (BOE de 21/4/99).

Real Decreto-Ley 6/1999, de la Jefatura del Estado, de 16 deabril, de medidas urgentes de liberalización e incremento de lacompetencia (BOE nº 92 de 16/04/99).

Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que seregulan las actividades de transporte, distribución,comercialización, suministro y procedimientos de autorización deinstalaciones de energía eléctrica (BOE de 27/12/00), modificadopor Real Decreto 2351/2004, de 23 de diciembre, por el que semodifica el procedimiento de resolución de restricciones técnicasy otras normas reglamentarias del mercado eléctrico (BOE de24/12/04).

Orden de 18 de febrero de 2000, del Ministerio de Fomento, porla que se regula el control metrológico del Estado sobre loscontadores estáticos de energía activa en corriente alterna,clases 1 y 2 (BOE nº 53 de 02/03/00).

Real Decreto-Ley 6/2000, de 23 de junio, de la Jefatura delEstado, de medidas urgentes, de intensificación de lacompetencia en mercados de bienes y servicios (BOE 24/06/00),derogada parcialmente por Ley 36/2003, de 11 de noviembre, demedidas de reforma económica.

Real Decreto-Ley 2/2001, de 2 de febrero, por el que semodifica la disposición transitoria sexta de la Ley 54/1997, de 27de noviembre, del Sector Eléctrico, y determinados artículos de laLey 16/1989, de 17 de julio de Defensa de la Competencia (BOEnº30 de 03/02/01).

Real Decreto 614/2001, de 8 de junio, sobre disposicionesmínimas para la protección de la salud y seguridad de lostrabajadores frente al riesgo eléctrico, y resto de normativaaplicable en materia de prevención de riesgos.

Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto de 2002 por el que seaprueba el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión,Instrucciones Técnicas Complementarias ITC-BT e InstruccionesComplementarias MI-BT. (BOE de 18/09/02)

Guía Técnica de aplicación al Reglamento Electrotécnico paraBaja Tensión del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

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Real Decreto 436/2004, de 12 de marzo, por el que seestablece la metodología para la actualización y sistematizacióndel régimen jurídico y económico de la actividad de producciónde energía eléctrica en régimen especial.(B.O.E Num. 75 de 27de marzo de 2004)

Real Decreto 1454/2005, de 2 de diciembre, por el que semodifican determinadas disposiciones relativas al sectoreléctrico.

Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se apruebael Código Técnico de la Edificación del Ministerio de la Vivienda(BOE n. 74 de 28/3/2006)

Real Decreto 661/2007, de 26 de mayo, por el que se regula laactividad de producción de energía eléctrica en régimen especial.

Guía Técnica para la evaluación y prevención de los riesgosrelativos a la utilización de lugares de trabajo, que adopta lanorma UNE 12464.

Normativa autonómica:

Ley 11/1990 de 13 de julio, de Prevención del ImpactoEcológico.

Decreto Territorial 224/1993, de 29 de julio, por el que seregula la realización del trámite de información pública en losprocedimientos que afectan a islas no capitalinas (BOC nº 103 de11/08/93).

Orden de 29 de julio de 1994, por la que se aprueban lasNormas Particulares de Unelco para Instalaciones Aéreas de AltaTensión hasta 30kV (BOC nº 153 de 16/12/94).

Decreto 103/1995, de 26 de abril, por el que se aprueban lasnormas en materia de imputación de costes de extensión deredes eléctricas (BOC nº 69 de 02/06/95).

Orden de la Consejería de Industria y Comercio, de 30 deenero de 1996, sobre mantenimiento y revisiones periódicas deinstalaciones eléctricas de alto riesgo (BOC nº 46 de 15/04/96).

Orden de la Consejería de Industria y Comercio, de 19 deagosto de 1997 (BOC nº 31 de 12/03/99), por la que seaprueban las Normas Particulares para Centros deTransformación de hasta 30kV, en el ámbito de suministro deUnelco, S.A.

Resolución de 4 de junio de 1997, de la Dirección General deIndustria y Energía (BOC nº 114 de 01/09/97), por la que seconvalida el Método UNESA para el diseño y cálculo de lasinstalaciones de puesta a tierra en centros de transformación detercera categoría (tensión hasta 30 kV) a efectos de su aplicaciónen la Comunidad Autónoma de Canarias.

Ley 11/1997, de 2 de diciembre, de regularización del SectorEléctrico Canario (BOC nº 158 de 08/12/97).

DECRETO 141/2009, de 10 de noviembre, por el que seaprueba el Reglamento por el que se regulan los procedimientosadministrativos relativos a la ejecución y puesta en servicio de lasinstalaciones eléctricas en Canarias.

ORDEN de 25 de mayo de 2007 (B.O.C. número 121, de 18 dejunio de 2007), por la que se regula el procedimiento telemáticopara la puesta en servicio de instalaciones eléctricas de bajatensión.

Ordenanzas Municipales y otras Normas Municipales deseñalización de obras y protecciones

Normas de Unión Eléctrica de Canarias (NUECSA)

Recomendaciones UNESA en el ámbito de la ComunidadAutónoma de Canarias y Norma GE NNM001 – Normas deoperación y definiciones de la Cía. suministradora Endesa. 1ªEdición. 2000. UNESA, “Prescripciones de Seguridad y PrimerosAuxilios”. UNELCO-AMYS “Prescripciones de Seguridad paraTrabajos y Maniobras en Instalaciones Eléctricas”.

Salvo que se trate de prescripciones cuyo cumplimiento estéobligado por la vigente legislación, en caso de discrepancia entreel contenido de los documentos anteriormente mencionados seaplicará el criterio correspondiente al que tenga una fecha deaplicación posterior. Con idéntica salvedad, será de aplicaciónpreferente, respecto de los anteriores documentos lo expresadoen este Pliego de Condiciones Técnicas Particulares.

4.-CARACTERÍSTICAS, CALIDADES Y CONDICIONESGENERALES DE LOS MATERIALES DE OBRA CIVIL YELÉCTRICOS

El Centro de Transformación tipo Interior podrá ser realizado enobra civil o ser de tipo prefabricado. En el primero de ellos sedefinirán sus dimensiones, elementos constructivos comocimentación, estructura, cerramientos, revestimientos, pavimento,albañilería, carpintería, acceso y canales para cables, fosos paratransformadores, desagües, alumbrado interior y proteccióncontra incendios.

Con respecto al de tipo prefabricado, se describirá indicando elfabricante, el modelo, sus características constructivas,dimensiones y homologación del mismo.

4.1.- OBRA CIVIL

4.1.1.- HORMIGONES

Los hormigones a emplear en los elementos estructuralestendrán una resistencia característica a los 28 días de 180kg/cm2, para lo cual se sacarán seis muestras de probetas, tresde las cuales se romperán a los siete días y las otras a los 28.Estas roturas se harán en laboratorio homologado el cualexpedirá el correspondiente documento.

Los hormigones que no cumplan estas características deberánser demolidos, o bien a juicio del Ingeniero-Director de las obras

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podrán conservarse devaluándose en la cuantía que indique laDirección Facultativa.

El material de encofrado a utilizar estará limpio, de tal forma queno deje marcas posteriores en el hormigón y permita un buendesencofrado.

El hormigón se vibrará con maquinaria especial de tal forma queno se produzca en ningún momento disgregación.

Para el armado del hormigón se empleará acero 4.200 en lacuantía que se indique en los planos así como los diámetros ydimensiones de los solapes allí acotados.

4.1.2.- BLOQUES

Los bloques serán de hormigón vibrado y aligerado del espesorque se indica en los planos de planta.

Cuando se emplee este tipo de bloque en paredes de cargadeberá rellenarse con mortero de 150kg/cm2 de resistenciacaracterística.

Los bloques se enlucirán a ambas caras con mortero de cementoy arena, no permitiéndose la utilización de bloques con roturasque no sean las precisas para la elaboración de la pared.

Los elementos delimitadores del Centro de Transformación,muros exteriores, cubierta y solera, así como los estructuralestendrán una resistencia al fuego RF-240 y los materiales derevestimiento interior serán de clase A1, de acuerdo con lanorma UNE-23727.

4.1.3.- FORJADOS Y CUBIERTAS

Las cubiertas de los centros estarán diseñadas de forma queimpidan la acumulación de agua sobre ellas, estancas y sinriesgo de filtraciones.

En los forjados se distinguirán dos casos:

Forjados de carga puntual, cuando el acceso al transformadory materiales se efectúa a través de tapas practicables situadasdebajo de un forjado.

Forjados para carga móvil que se pueden diferenciar doszonas:

La de maniobra que soportará una carga como mínimo de600Kg./m².

La del transformador y sus accesos, que soportará una cargarodante de 4.000Kg./m² apoyada sobre cuatro ruedasequidistantes.

4.1.4.- MUROS

Los muros exteriores presentarán una resistencia mecánicamínima equivalente a la de los espesores de los murosconstruidos con los distintos materiales.

4.1.5.- RESISTENCIA AL FUEGO

Los elementos delimitadores del centro de transformación, murosexteriores, cubierta y solera, así como los estructurales tendránuna resistencia al fuego RF-240 y los materiales de revestimientointerior serán de clase A1, de acuerdo con la norma UNE-23727

4.1.6.- ACABADOS DE LA OBRA CIVIL

El acabado de la albañilería en el interior del centro, tendrá comomínimo, las características siguientes:

Paramentos interiores y paramentos exteriores: Raseo conmortero de cemento y arena lavada de dosificación 1:4 conaditivo hidrófugo en masa, maestrado y pintado.

Todos los elementos metálicos que intervengan en laconstrucción del centro estarán protegidos de la oxidación porimprimación de pintura antioxidante y acabado con pintura tiporesina epoxi o epoxidica.

4.1.7.- PUERTAS, TRAMPILLAS Y ESCALERAS

Las puertas exteriores serán de carpintería de aluminioanodizado, preferentemente; no obstante pueden ser de aceroinoxidable o bien de otro material cuya resistencia mecánica seala adecuada a la situación, ubicación y características del Centrode Transformación. Las puertas abrirán hacia el exterior y si lohacen sobre vías públicas se deberán abatir sobre el muro defachada. Tendrán como mínimo 2,10 m de altura y 0,80m deancho, libre interior para el acceso al personal y 2,10m de alturay 1,25 m de anchura para la puerta de acceso del transformador.La tornillería, bisagras y cerradura serán de acero inoxidable AISI316L.

En los Centros de Transformación de tipo subterráneos las tapasde acceso, a instalar en el piso de aceras o calzadas, seajustarán a la norma EN-124, siendo de clase D-250 cuando seinstalen en zonas peatonales y D-400 cuando estén situadas ensitio de tráfico rodado. Siendo las dimensiones mínimas de luz de0,80 x 0,60 m para las tapas de acceso al personal y de 2,10 x1,25m para las tapas de acceso de materiales.

Las puertas de acceso al Centro de Transformación llevarán elcartel de señalización correspondiente compuesta por señaltriangular del riesgo eléctrico; asimismo llevarán serigrafiado encolor negro el código del centro.

4.1.8.- VENTILACIÓN Y REJILLAS DE VENTILACIÓN

Para la evacuación del calor generado en el interior del Centro deTransformación deberá posibilitarse una circulación de aire,pudiendo diseñarse dos tipos de ventilaciones:

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Ventilación natural: La altura entre la entrada y la salida del aireserá máxima. Para la ventilación natural en Centros superiores a630KVA se determinará de acuerdo con las normas particularesde UNESCO-ENDESA. Para potencias inferiores a 630KVA serácomo mínimo de 0,22m² por cada 100KVA instalado.

En Centros de Transformación de tipo subterráneo la ventilaciónse hará necesariamente con torretas verticales.

Ventilación forzada: Cuando por las características deubicación del centro sea imposible ventilar éste por ventilaciónnatural, se adoptará el sistema de ventilación forzada. En laventilación forzada no podrá rebasarse los niveles de ruidopermitidas por la Ordenanzas Municipales en el punto deinstalación en horario nocturno. Se dispondrá de dos extractoresdotados de un dispositivo que permita el funcionamientoalternativo. Se instalará un sistema de alarma que paralice elsistema de ventilación forzada en caso de incendios, y que cierrelas lamas, estrangulando la salida del fuego.

Rejillas de ventilación: Los huecos de ventilación tendrán unsistema de rejillas dobles que impidan la entrada de agua y en sucaso, tendrán una tela mosquitera de latón de 6 mm que impidala entrada de pequeños animales. Las rejillas serán de chapa dealuminio anodizado de 18/21micras y 1,5mm de espesor, aceroinoxidable o de otros materiales que presenten un grado deinsensibilidad a los agentes atmosféricos igual o superior a losanteriores. Las rejillas irán instaladas de manera que no tengancontacto eléctrico con el sistema equipotencial. La tornillería seráde acero inoxidable AISI 316 L.

4.1.9.- GRADOS DE PROTECCIÓN

El grado de protección de la parte exterior de los Centros deTransformación, incluidas las rejillas de ventilación, será IP 23según la norma UNE 20324-93 y de IK 10 según UNE 50102,declaradas de obligado cumplimiento.

4.1.10.- POZO DE RECOGIDA DE ACEITE

Para permitir la evacuación y extinción del líquido inflamable,cuando se utilicen transformadores que contengan más de 50 lde aceite mineral, se dispondrá de pozo de recogida de aceite,con revestimiento resistente y estanco. Este depósito tendrá unacapacidad neta de 600 litros. En la parte superior se preveráncortafuegos, tales como lecho de cantos rodados deaproximadamente 5cm de diámetro. Se podrá situar el depósitoen otra zona del centro o externo al mismo, para lo cual serealizará la correspondiente justificación.

4.1.11.- CANALES INTERIORES

Los canales interiores para los cables tendrán una profundidadde 40cm y un ancho de 50cm, siendo el fondo con una solerainclinada con pendiente del 2% hacia la entrada de los cables.Los radios de curvatura serán como mínimo de 0,60m. Estoscanales fuera de las celdas estarán cubiertos por una serie detapas de chapa estriada apoyadas sobre un cerco bastidor,constituidos por perfiles recibidos en el piso.

4.1.12.- DESAGÜES

En los Centros de Transformación de tipo subterráneosubicados en primer sótano, tanto el propio local como loscanales deberán contar con un desagüe suficiente porgravedad. En los que no exista desagüe suficiente porgravedad se deberá dispones de bomba de achique, cuyacota superior se encuentre por debajo de la rasante del suelodel centro.

4.1.13.- ILUMINACIÓN

Los Centros de Transformación dispondrán de instalación dealumbrado suficiente a la superficie del mismo, lámpara deemergencia de 180lm y 1 hora de autonomía y una toma decorriente. La instalación será vista y todos los receptorescontarán con protección magnetotérmica individual y proteccióndiferencial.

4.1.14.- EQUIPOS DE SEGURIDAD

Todos los Centros de Transformación estarán equipados de lossiguientes equipos de seguridad:

Cartel de primeros auxilios, 5 reglas de oro, guantes aislantespara 30kV, pértiga de salvamento y banqueta aislante.

4.1.15.- EQUIPOTENCIALIDAD

Los Centro de Transformación estarán construidos de maneraque su interior presente una superficie equipotencial, para lo cualse unirá un conductor rígido de cobre desnudo de 50 mm2

formando un anillo en todo su perímetro, al que se unirá tambiénel mallazo del piso, dejando en ambos casos una punta de cablede cobre de 0,20 m que se unirán a la tierra de las masas.

En el caso de centros prefabricados, cada pieza de las queforman parte del edificio, deberán disponer de dos puntosmetálicos, lo mas separados posible para poder medir lacontinuidad eléctrica de la armadura. Deberán tener dos puntosen su interior, fácilmente accesibles y protegidos contra golpes,para la conexión a tierra.

4.2.- INSTALACIÓN ELÉCTRICA

Todos los materiales eléctricos deberán contar con loscertificados emitidos por laboratorios acreditados, sobrecumplimiento de las normas UNE que le sean exigibles

4.2.1.- CELDAS DE MANIOBRA Y PROTECCIÓN

La aparamenta de A.T. estará montada en cabinas metálicassiendo las características de las mismas las siguientes:

Norma UNE-EN 60298Norma IEC 298Tensión nominal 20kVTensión más elevada. 24kVNº de fases. 3Frecuencia nominal 50Hz

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Intensidad nominal de aparamenta 400 ANivel de aislamiento a frecuencia industrial (1) 50kVNivel de aislamiento a onda de choque (1.2/50mseg.)

125kV

Intensidad límite dinámica en barras 46'07KAGrado de protección sobre piezas en movimiento(UNE 20324)

IHP-1

Grado de protección s/piezas en tensión (UNE20324)

IHP-2

Las celdas se construyen para su utilización en las siguientescondiciones de servicio:

En el interior. Temperatura máxima del ambiente 40ºC, siendo su valor

medio en 24 horas no superior a 35ºC. Temperatura mínima del ambiente -5ºC. Altitud de instalación no superior a los 1.000 m sobre el

nivel del mar. El aire del recinto no contendrá polvo, humo, gases o

vapores corrosivos o inflamables, ni sales en cantidadapreciable.

Todas estas condiciones de servicio se corresponden con lasexigencias de la Norma UNE-EN 60298.

4.2.2.- CONDUCTOR A.T. DE UNIÓN PROTECCIÓNTRANSFORMADOR-TRANSFORMADOR

Conductor unipolar de cobre de campo radial apantallado:

Sección: 1x35 mm2 de cobre. Tensión nominal: 12/20 kV. Designación UNE: EV 12/20. Tensión de prueba: 37.000 V. Aislamiento: Será de cualquiera de los tipos que se

indican a continuación: polietileno modificado, etilenopropileno o polietileno reticulado.

Cubierta: Tipo CV2 según UNE 21175-1 Pantalla: Fleje de cobre de 0'1 mm de espesor mínimo. Intensidad máxima de cortacircuito en la pantalla:

superior a 790 A durante 1 seg. Resistencia óhmica en C.C. a 20ºC: 0'379 Ohm/Km

como máximo. Intensidad admisible en régimen permanente a 25ºC:

190 A Disyuntor ruptofusible automático con 3 cortacircuitos de

APR y timonería. Tensión aislamiento: 24 kV. Intensidad nominal: 400 A. Extintor del arco: por soplado axial de aire comprimido. Velocidad de maniobra: independiente del operador

(apertura y cierre brusco). Tensión de ensayo a 50 Hz 1 minuto: 50 kV eficaces. Tensión de ensayo al choque, onda 1'2/50 micro seg:

125 kV - cresta. Poder de corte mínimo: 500 MVA. Mando manual por palanca con transmisión y

enclavamiento. Salida delantera.

4.2.3.- BOBINA DE DISPARO

La celda de protección del Transformador va equipada mediantebobina de disparo a 220 V, 50 VA, accionada desde eltermómetro de esfera de doble contacto a 220 V - 6 A, instaladoen la cuba del transformador.

La canalización eléctrica está formada por:

Cable 1 x 2'5 mm2 Cu 750 V. Tubo PVC rígido Rexa PG-13. Protección mediante interruptor automático

magnetotérmico 2 x 6 A en caja de protección.

4.2.4.- CARTUCHOS FUSIBLES

Cartuchos de alto poder de ruptura con dispositivopercutor para disparo de la timonería del interruptor.

Tensión de servicio (valor medio): 25 kV. Intensidad nominal: Poder de corte simétrico: 500 MVA.

4.2.5.- TRANSFORMADOR DE POTENCIA

Transformador de potencia, según UNESA 5201-C. Tensión del primario: 20.000 V con regulación ±2'5±5%. Tensión del secundario: 380/220 V Potencia: 50, 100, 160, 250, 400 ó 630 KVA. Servicio continuo Refrigeración: situados en las caras de la cuba por aire

que circula por convección natural. Calentamiento: aire a 40ºC como máximo, arrollamiento

a 65ºC como máximo, aceite a 60ºC. Frecuencia: 50Hz. Grupo de conexión: Dy 11. Regulación de tensión: en arrollamiento A.T. mando

sobre tapa -5%, -2'5%, 0- + 2'5% + 5%. Cambio de conexión estrella-triángulo y toma en el

arrollamiento de A.T. Tensión de cortocircuito: referida a 75 ºC y a tensión

nominal definida por la toma principal: 4%. Placa de características: según UNESA 5201 C.

4.2.6.- DETALLES CONSTRUCTIVOS DEL TRANSFORMADOR

Núcleo de chapa magnética de grano orientado. Aislamiento: clase A (UNE 21305). Arrollamiento: de Cu, electrolítico. Aceite: UNE 21320-5. Pasatapas: porcelana esmaltada color marrón provista

en relieve. B.T.: n a b c. A.T. a B.C. Cuba robusta para soportar el peso del transformador.

En su parte superior dispondrá de dos cáncamos conorificios de 40mm de diámetro como mínimo; en su parteinferior irá provisto de un grifo para evacuación delaceite.

Tapa de cuba del transformador con tapa para fijación determómetro de esfera.

Depósito de expansión: tendrá un volumen tal que puedaexpansionar el aceite al elevarse a 100ºC su

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temperatura. El nivel del aceite será visible desde elexterior en ambos extremos de depósito.

Puesta a tierra: llevará en la cuba para tal efecto, untornillo de cabeza hexagonal rosca M 10.

Ruedas orientables. Dimensiones máximas: se ajustarán a las indicadas en

recomendación UNESA-5201 C. Protección por pintura anticorrosiva

4.2.7.- CONECTORES

Los cables de entrada y salida, así como los de unión de la celdade protección con el transformador se realizará mediante bornasenchufables normalizados en el caso de las celdas de línea y conconos y bornas enchufables en el caso de la celda de protección.

La conexión de los cables de entrada y salida de línea de A.T. enlas celdas de SF6 se realizará mediante conectores estancos de400 A de intensidad nominal y atornillables.

La conexión entre la protección del transformador de potencia ylas bornas del primario del mismo, se realizará medianteconectores estancos enchufables de 200 A de intensidadnominal.

4.2.8.- CONOS DEFLECTORES

Los conductores de 150 mm2 Al y 35 mm2 Cu de 12/20 kV deaislamiento plástico de campo radial serán conectados en susextremos mediante terminales tipo conos deflectores a camporadial de acuerdo con las características del cable. Dispondrá detoma de tierra en la pantalla del conductor realizada mediantetrenza de cobre de 25 mm2

4.2.9.- TERMINALES BIMETÁLICOS

Terminales bimetálicos de 150mm2 de Al, M.T. serán acompresión del tipo bimetálico Al-Cu. El taladro de la pala decobre será M-12.

4.2.10.- TERMINALES DE COBRE

Para cables de 50 mm2 Cu en conexión a tierra serán acompresión. El taladro de la pala será M-12.

4.2.11.- CIRCUITOS DE TIERRA

Todas las partes metálicas de los aparatos y equipos instaladosen el Centro de Transformación se unen a la tierra de protección,así como la armadura del edificio.

En el interior del Centro de Transformación habrá dos circuitosde tierra.

Neutro del Transformador. Herrajes de A.T. y B.T.

Estos circuitos se realizarán mediante varillas de cobreelectrolítico desnudo de 8mm de diámetro que irán adosadas alas paredes mediante fijaciones formadas por abrazaderas dediámetro adecuado. Las uniones y derivaciones se realizaránmediante terminales de presión. La distancia mínima entreambos circuitos en el interior del Centro de Transformación seráde 22 cm.

Las uniones con la toma de tierra exterior se realizarán medianteconductor de cobre desnudo de 50 mm2 y accesorios de unión.

La toma de tierra estará formada por pica de acero cobreado de17'5 mm de diámetro y 3 m de longitud. Las picas estarándistanciadas unas de otras, una distancia mínima de 6 m.

Los valores de las tierras deberán ser iguales o inferiores a 14'4Ohms.

4.2.12.- CONDUCTOR DE BAJA TENSIÓN. TRANSFORMADOR-CUADRO DE BAJA TENSIÓN

Conductor unipolar de cobre sin armar. Sección en función de la Potencia del Transformador. Tensión nominal: 0'6/1kV Tensión de prueba: 3.500 V Aislamiento: PVC Cubierta: PVC Resistencia Ohmica en c.c. a 20ºC 0'124 Ohm/Km como

máximo. Intensidad admisible en régimen permanente a 25º:

207'2A

4.2.13.- CUADRO DE BAJA TENSIÓN

Los cuadros de Baja Tensión serán normalizados del tipo CMET-400, debiendo cumplir las especificaciones de la R.U. 6302,siendo sus características principales las siguientes:

Grado de protección IP-217 según UNE 20.324. Realizada en chapa de acero plegado de 2 mm de

grosor. Ventilación mediante rejillas estampadas en los paneles

laterales de 250 x 250 mm. Dimensiones de 1590 x 580 x 290 mm de fondo. Acabado:

Desengradado. Dos capas de impregnación de minio. Una capa de esmalte secado al horno. Dos capas de pintura gris medio M-110.

Estarán dispuestos de tornillería M-10 para facilitar sutransporte.

Estará constituido por :

Unidad funcional de acometida yseccionamiento, integrada por las pletinas decobre para fases y neutro.

Unidad funcional de embarrado, constituida portres barras de fases y una de neutro. Una de las

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barras llevará un transformador de intensidadsegún la intensidad del transformador depotencia.

Unidad funcional de salida de líneas de BT,constituida por cuatro bases tripolares verticalesde 400A y de apertura unipolar en carga.

Unidad funcional de control y protección, quellevará montado y conexionado los siguienteselementos:

o Base de enchufe bipolar de 10A, 230V, 4bases de fusibles tipo UTE tamaño 14x51,amperímetro maxímetro y conexiones deesto elementos.

4.2.14.- APARATOS DE MEDIDA

Los aparatos de medida deberán ser contrastados enlaboratorios oficiales, a costa del adjudicatario suministrador opedir su verificación oficial si así lo ordena el Director de lasObras.

4.2.15.- OTROS MATERIALES

El resto de los materiales como aisladores, pértigas, etc. seránsometidos a prueba, limitándose las diligencias previas para surecepción a un reconocimiento por parte del Director de Obras.

4.3.- INSTALACIONES SECUNDARIAS

4.3.1.- PASILLOS

La anchura de los pasillos de servicio será tal que permita la fácilmaniobra de las instalaciones, así como el libre movimiento porlos mismos de las personas y el transporte de los aparatos en lasoperaciones de montaje o revisión de los mismos. Cumplirán conlo expuesto en los apartado 5.1.1. y 5.1.2 de MIE-RAT 14 yrecomendaciones de las normas particulares de la compañíasuministradora.

4.3.2.- FOSA DEL TRANSFORMADOR

Para la protección contra incendios que puedan dar lugar lasinstalaciones eléctricas de Alta Tensión y concretamente en losCentros de Transformación, cuando se utilizan transformadoresque contiene más de 50 l de aceite mineral, se dispondrá de unfoso para la recogida de aceite con revestimiento resistente yestanco, disponiéndose de cortafuegos a base de guijarros. Lacapacidad neta de estos pozos será de 600 l, de acuerdo con lanorma particular de la compañía suministradora y prescripcionesindicadas en apartado 4.1 de la MIE RAT – 14.

4.3.3.- ILUMINACIÓN

Los Centros de Transformación dispondrán de alumbrado normaly de emergencia (MIE RAT – 14, Punto 4.2), con instalación vistade acuerdo con el reglamento de baja tensión y las ITCcorrespondientes.

5.-CONDICIONES DE EJECUCIÓN Y MONTAJE

5.1.- CONSIDERACIONES PREVIAS Y GENERALES

Las instalaciones de Centros de Transformación de tipo Interiorserán ejecutadas por instaladores eléctricos autorizados, para elejercicio de esta actividad, según DECRETO 141/2009 ydeberán realizarse conforme a lo que establece el presentePliego de Condiciones Técnicas Particulares y a lareglamentación vigente, cumpliéndose además, todas lasdisposiciones legales que sean de aplicación en materia deseguridad y salud en el trabajo.

Como regla general, todas las obras se ejecutarán conmateriales de calidad reconocida, de acuerdo con los planos delproyecto, y cualquier modificación en cuanto a formas, sistemasde protección, puesta a tierra, medidas, número de aparatos,calidad, etc., sólo podrá realizarse previa autorización por escritodel Ingeniero-Director de la obra.

El Ingeniero-Director rechazará todas aquellas partes de lainstalación que no cumplan los requisitos para ellas exigidas,obligándose la empresa instaladora autorizada o Contratista asustituirlas a su cargo.

En los lugares de ejecución se encontrarán presentes, comomínimo dos operarios, que deberán utilizar guantes, alfombrasaislantes, demás materiales y herramientas de seguridad.

Los aparatos o herramientas eléctricas que se utilicen estarándotados del correspondiente aislamiento de grado II, o estaránalimentados a tensión inferior a 50 V, mediante transformador deseguridad.

Antes de la instalación, el Contratista presentará al Ingeniero-Director los catálogos, muestras, etc., que se precisen para larecepción de los distintos materiales. No se podrán emplearmateriales sin que previamente hayan sido aceptados por elIngeniero Director.

Se realizarán cuantos análisis y pruebas se ordenen por laDirección de obra aunque no estén indicadas en este Pliego, loscuales se ejecutarán en los laboratorios que elija la Dirección,siendo los gastos ocasionados por cuenta de la Contrata.

Este control previo no constituye recepción definitiva, pudiendoser rechazados por la Dirección de obra, aún después decolocado, si no cumpliese con las condiciones exigidas en estePliego de Condiciones, debiendo ser reemplazados por lacontrata por otros que cumplan con las calidades exigidas.

Se comprobará que todos los elementos y componentes de lainstalación del Centro de Transformación coinciden con sudesarrollo en el proyecto, y en caso contrario se redefinirá enpresencia de la Dirección Facultativa.

Una vez iniciadas las obras deberán continuarse sin interrupcióny en plazo estipulado.

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5.2.- MOVIMIENTO DE TIERRAS

En caso de tener que realizar un vaciado de solar donde se vayaa ubicar el Centro de Transformación, se hará porprocedimientos mecánicos teniendo en cuenta las prescripcionessobre seguridad de personas y cosas.

La apertura de zanjas se hará igualmente con retroexcavadoracon refilo a mano.

La carga y transporte a vertedero autorizado de las tierrassobrantes será por cuenta del Contratista.

5.3.- ORDEN DE LOS TRABAJOS

El Director de Obra fijará el orden que deben llevar los trabajos yla contrata estará obligada a cumplir exactamente cuanto sedisponga sobre el particular.

5.4.- REPLANTEO

El replanteo de la obra se hará por el Director de Obra con elcontratista, quien será el encargado de la vigilancia y darcumplimiento a lo estipulado.

5.5.- MARCHA DE LAS OBRAS

Una vez iniciadas las obras deberán continuarse sin interrupcióny en plazo estipulado.

5.6.- MONTAJE DEL CENTRO DE TRANSFORMACIÓN

Se deberá realizar el transporte, carga y descarga de loselementos constitutivos del Centro de Transformación sin queéstos sufran daño alguno ni en su estructura ni en suaparamenta; para ello deberán usarse los medios de fijaciónprevistos por el fabricante para su traslado y ubicación.

La colocación del Transformador en su celda se realizará deforma que éste quede correctamente instalado sobre las vigas deapoyo de la misma, colocando las bornas de A.T. para el lado delfondo. Una vez instalado el Transformador, se realizarán lasconexiones previstas en el lado de A.T. y en el de B.T.

5.7.- CIRCUITOS ELÉCTRICOS

Ningún circuito de B.T. se situará sobre la vertical de los circuitosde A.T. ni a menos de 45 cm en otro caso, salvo que se instalentubos o pantallas metálicas de protección.

5.7.1.- CONEXIONES

Las conexiones de los conductores a los aparatos, así como losempalmes entre conductores, deberán realizarse mediantedispositivos adecuados, de forma tal que no incrementensensiblemente la resistencia eléctrica del conductor.

Las conexiones de B.T. se ajustarán a lo dispuesto en el vigenteReglamentos Electrotécnico para Baja Tensión.

5.7.2.- CANALIZACIONES

Las conducciones o canalizaciones de Baja Tensión deberán serdispuestas y realizadas de acuerdo con el ReglamentoElectrotécnico para Baja Tensión.

En las conducciones o canalizaciones de alta tensión, se tendráen cuenta, en la disposición de las canalizaciones, el peligro deincendio, su propagación y consecuencias, para lo cual seprocurará reducir al mínimo sus riesgos adoptando las siguientesmedidas:

Las conducciones o canalizaciones no deberándisponerse sobre materiales combustibles noautoextinguibles, ni se encontrarán cubiertas por ellos.

Los revestimientos exteriores de los cables deberán serdifícilmente inflamables.

Los cables auxiliares de medida, mando, etc., semantendrán siempre que sea posible, separados de loscables con tensiones de servicio superiores a 1kV odeberán estar protegidos mediante tabiques deseparación o en el interior de canalizaciones o tubosmetálicos puestos a tierra.

Las galerías subterráneas, atarjeas, zanjas, y tuberíaspara alojar conductores deberán ser amplias y con ligerainclinación hacia los pozos de recogida de aguas, o bienestarán provistas de tubos de drenaje.

La instalación de los cables aislados podrá ser:

a) Directamente enterrado en zanja abierta en el terrenocon lecho y relleno de arena debidamente preparado. Sedispondrá una línea continua de ladrillos o rasillas encimadel cable, a modo de protección mecánica. Cuando eltrazado discurra por zonas de libre acceso al público, sedispondrá asimismo, una cinta de señalización con laindicación de A.T.

b) En tubos de hormigón, cemento o fibrocemento, plásticoo metálicos, debidamente enterrados en zanjas.

c) En atarjeas o canales revisables, con un sistema deevacuación de agua cuando estén a la intemperie. Estetipo de canalizaciones no podrá usarse en las zonas delibre acceso al público.

d) En bandejas, soportes, palomillas o directamente sujetosa la pared, adoptando las protecciones mecánicasadecuadas cuando discurran por zonas accesibles apersonas o vehículos.

e) Colgados de cables fiadores, situados a una altura quepermita, cuando sea necesario, la libre circulación sinpeligro de personas o vehículos, siendo obligatoria laindicación del máximo gálibo admisible.

Cuando cualquiera de estas canalizaciones atraviese paredes,muros, tabiques o cualquier otro elemento que delimite seccionesde protección contra incendios, se hará de forma que el cierreobtenido presente una resistencia al fuego equivalente.

Los cables se colocarán de manera que no se perjudiquen suspropiedades funcionales.

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5.8.- TRANSFORMADORES DE MEDIDA Y PROTECCIÓN

Deberán ponerse a tierra todas las partes metálicas de lostransformadores de medida que no se encuentren sometidas atensión.

Asimismo deberá conectarse a tierra un punto del circuito ocircuitos secundarios de los transformadores de medida. Estapuesta a tierra deberá hacerse directamente en las bornassecundarias de los transformadores de medida, excepto enaquellos casos en que la instalación aconseje otro montaje.

En los circuitos secundarios de los transformadores de medidase aconseja la instalación de dispositivos que permitan laseparación, para su verificación o sustitución, de aparatos porellos alimentados o la inserción de otros, sin necesidad dedesconectar la instalación y, en el caso de transformadores deintensidad, sin interrumpir la continuidad del circuito secundario.

La instalación de estos dispositivos será obligatoria en el caso deaparatos de medida de energía que sirvan para la facturación dela misma.

La instalación de los transformadores de medida se hará deforma que sean fácilmente accesibles para su verificación oeventual sustitución.

Se prohíbe la instalación de contadores, maxímetros, relojes,bloques de prueba, etc., sobre los frentes de las celdas demedida donde la proximidad de elementos sometidos a altatensión (MIE-RAT 12), presentan riesgos de accidentes para elpersonal encargado de las operaciones de verificación, cambiode horario y lectura.

Esto no se aplicará a los conjuntos de aparamenta previstos enla MIE-RAT 16 y 17.

5.9.- INSTALACIONES DE PUESTA A TIERRA

Los conductores de las líneas de tierra deben instalarseprocurando que su recorrido sea lo más corto posible evitandotrazados tortuosos y curvas de poco radio. Con carácter generalse recomienda que sean conductores desnudos instalados alexterior de forma visible.

En el caso de que fuese conveniente realizar la instalacióncubierta, deberá serlo de forma que pueda comprobarse elmantenimiento de sus características.

En las líneas de tierra no podrán insertarse fusibles niinterruptores.

Los empalmes y uniones deberán realizarse con medios deunión apropiados, que aseguren la permanencia de la unión, noexperimenten al paso de la corriente calentamientos superiores alos del conductor, y estén protegidos contra la corrosióngalvánica.

En la instalación de los electrodos se procurará utilizar las capasde tierra más conductoras haciéndose la colocación deelectrodos con el mayor cuidado posible en cuanto a lacompactación del terreno.

5.10.- DEPÓSITO DE MATERIALES

El acopio de materiales se hará de forma que éstos no sufranalteración durante su depósito en la obra, debiendo retirar yreemplazar todos los que hubieran sufrido algunadescomposición o defecto durante su estancia, manipulación ocolocación en la obra.

Será obligación del Contratista, la ejecución de las obras derecogida de aparatos mecánicos, etc. y obras complementariasde las consignadas en el presupuesto, así como las necesariaspara la debida terminación de todas las instalaciones.

6.-RECONOCIMIENTOS, PRUEBAS Y ENSAYOS

Para la recepción provisional de las obras una vez terminadas, elIngeniero-Director procederá, en presencia de los representantesdel Contratista o empresa instaladora eléctrica autorizada, aefectuar los reconocimientos y ensayos precisos para comprobarque las obras han sido ejecutadas con sujeción al presenteproyecto y cumplen las condiciones técnicas exigidas.

No se recibirá ninguna instalación eléctrica que no haya sidoprobada con su tensión normal y demostrada su correctofuncionamiento.

6.1.- RECONOCIMIENTO DE LAS OBRAS

Antes del reconocimiento de las obras el Contratista retirará delas mismas, hasta dejarlas totalmente limpias y despejadas,todos los materiales sobrantes, restos, embalajes, bobinas decables, medios auxiliares, tierras sobrantes de las excavacionesy rellenos, escombros, etc.

Se comprobará que los materiales coinciden con los admitidospor el Ingeniero-Director de obra en el control previo, secorresponden con las muestras que tenga en su poder, si lashubiere, y no sufran deterioro en su aspecto o funcionamiento.Igualmente se comprobará que la construcción de las obras defábrica, la realización de las obras de tierra y el montaje de todaslas instalaciones eléctricas ha sido ejecutada de modo correcto yterminado y rematado completamente.

En particular, se prestará especial atención a la verificación delos siguientes puntos:

Secciones y tipos de los conductores y cables utilizados. Formas de ejecución de los terminales, empalmes,

derivaciones y conexiones en general. Tipo, tensión e intensidad nominal y funcionamiento de

los aparatos de maniobra, mando, protección y medida. Compactación de zanjas, reposición de firmes y

pavimentos afectados.

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Geometría de las obras de fábrica, foso delTransformador y del propio Centro de Transformación.

Estado de los revestimientos, pinturas y pavimentos delCentro de Transformación y ausencia en estos degrietas, humedades y penetración de agua.

Acabado, pintura y estado de la carpintería metálica delCentro de Transformación.

Ejecución de los sistemas de ventilación del Centro deTransformación.

Ejecución de sistema de iluminación del Centro deTransformación.

Después de efectuado este reconocimiento y de acuerdo con lasconclusiones obtenidas, se procederá a realizar los ensayos quese indican en los artículos siguientes.

6.2.- PRUEBAS Y ENSAYOS

Una vez ejecutada la instalación, se procederá por parte deentidad acreditada por los Organismos Públicos competentes, lamedición de los siguientes valores:

Resistencia de aislamiento de la instalación

Resistencia del sistema de tierra.

Las pruebas y ensayos a que serán sometidas las celdas unavez terminada su fabricación serán las siguientes.

6.2.1.- PRUEBA DE OPERACIÓN MECÁNICA

Se realizarán pruebas de funcionamiento mecánico sin tensiónen el circuito principal de interruptores, seccionadores y demásaparallaje, así como todos los elementos móviles yenclavamientos. Se probarán cinco veces en ambos sentidos.

6.2.2.- PRUEBA DE DISPOSITIVOS AUXILIARES, HIDRÁULICOS,NEUMÁTICOS Y ELÉCTRICOS

Se realizarán pruebas sobre elementos que tengan unadeterminada secuencia de operación. Se probará cinco vecescada sistema.

6.2.3.- VERIFICACIÓN DE CABLEADO

El cableado será verificado conforme a los esquemas eléctricos.

6.2.4.- ENSAYO A FRECUENCIA INDUSTRIAL

Se someterá el circuito principal a la tensión de frecuenciaindustrial especificada en la columna 4 de la tabla II de la normaUNE-EN 60298 durante un minuto. El procedimiento de ensayoqueda especificado en el punto 24.2. de dicha norma.

6.2.5.- ENSAYO DE LA RED DE MEDIA TENSIÓN

Se realizarán sucesivamente los siguientes ensayos: Se medirála resistencia de aislamiento entre conductores y entre estos ytierra. Si fuera posible se procederá a la puesta en tensión de lared en vacío y volviendo a medir la resistencia de aislamiento.

6.2.6.- ENSAYO DIELÉCTRICO DE CIRCUITOS AUXILIARES Y DECONTROL

Este ensayo se realizará sobre los circuitos de control y se haráde acuerdo con la norma UNE-60298.

Antes de proceder a la recepción definitiva de las obras, serealizará un reconocimiento de las mismas, con objeto decomprobar el cumplimiento de lo establecido sobre laconservación y reparación de las obras

Una vez cumplido el plazo de garantía, se podrá proceder a larecepción definitiva de las obras e instalaciones, así como alabono de la liquidación de las mismas.

Finalmente se volverá a medir la resistencia de aislamiento de lared de A.T. y las tomas de tierra del Centro de Transformaciónque deberán permanecer por encima de los mínimos admitidos.

7.-CONDICIONES DE USO, MANTENIMIENTO YSEGURIDAD

7.1.- MANTENIMIENTO

Las actuaciones de mantenimiento sobre las instalacioneseléctricas de los Centros de Transformación son independientesde las inspecciones periódicas que preceptivamente se tenganque realizar.

El titular o la Propiedad de la instalación eléctrica no estánautorizados a realizar operaciones de modificación, reparación omantenimiento. Estas actuaciones deberán ser ejecutadassiempre por una empresa instaladora autorizada.

Durante la vida útil de la instalación, los propietarios y usuariosde las instalaciones eléctricas de generación, transporte,distribución, conexión, enlace y receptoras, deberán mantenerpermanentemente en buen estado de seguridad yfuncionamiento sus instalaciones eléctricas, utilizándolas deacuerdo con sus características funcionales.

La Propiedad o titular de la instalación deberá presentar, juntocon la solicitud de puesta en servicio de la instalación querequiera mantenimiento, conforme a lo establecido en las"Instrucciones y Guía sobre la Legalización de InstalacionesEléctricas de Baja Tensión" (anexo VII del Decreto 141/2009), uncontrato de mantenimiento con empresa instaladora autorizadainscrita en el correspondiente registro administrativo, en el quefigure expresamente el responsable técnico de mantenimiento.

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Los contratos de mantenimiento se formalizarán por períodosanuales, prorrogables por acuerdo de las partes, y en su defectode manera tácita. Dicho documento consignará los datosidentificativos de la instalación afectada, en especial su titular,características eléctricas nominales, localización, descripción dela edificación y todas aquellas otras características especialesdignas de mención.

No obstante, cuando el titular acredite que dispone de mediostécnicos y humanos suficientes para efectuar el correctomantenimiento de sus instalaciones, podrá adquirir la condiciónde mantenedor de las mismas. En este supuesto, elcumplimiento de la exigencia reglamentaria de mantenimientoquedará justificado mediante la presentación de un Certificado deautomantenimiento que identifique al responsable del mismo. Nose permitirá la subcontratación del mantenimiento a través deuna tercera empresa intermediaria.

Para aquellas instalaciones nuevas o reformadas, serápreceptiva la aportación del contrato de mantenimiento o elcertificado de automantenimiento junto a la solicitud de puesta enservicio.

Las empresas distribuidoras, transportistas y de generación enrégimen ordinario quedan exentas de presentar contratos ocertificados de automantenimiento.

Las empresas instaladoras autorizadas deberán comunicar alCentro Directivo competente en materia de energía las altas ybajas de contratos de mantenimiento a su cargo, en el plazo deun mes desde su suscripción o rescisión.

Las comprobaciones y chequeos a realizar por los responsablesdel mantenimiento se efectuarán con la periodicidad acordada,atendiendo al tipo de instalación, su nivel de riesgo y el entornoambiental, todo ello sin perjuicio de las otras actuaciones queproceda realizar para corrección de anomalías o por exigencia dela reglamentación. Los detalles de las averías o defectosdetectados, identificación de los trabajos efectuados, lista depiezas o dispositivos reparados o sustituidos y el resultado de lasverificaciones correspondientes deberán quedar registrados ensoporte auditable por la Administración.

Las empresas distribuidoras, las transportistas y las degeneración en régimen ordinario están obligadas a comunicar alórgano competente en materia de energía la relación deinstalaciones sujetas a mantenimiento externo, así como lasempresas encargadas del mismo.

Para dicho mantenimiento se tomarán las medidas oportunaspara garantizar la seguridad del personal.

Las actuaciones de mantenimiento sobre las instalacioneseléctricas son independientes de las inspecciones periódicas quepreceptivamente se tengan que realizar.

Para tener derecho a financiación pública, a través de las ayudaso incentivos dirigidos a mejoras energéticas o productivas deinstalaciones o industrias, la persona física o jurídica beneficiariadeberá justificar que se ha realizado la inspección técnica

periódica correspondiente de sus instalaciones, conforme a lascondiciones que reglamentariamente estén establecidas.

7.2.- CONDICIONES DE SEGURIDAD EN LAS CELDAS Y PUESTA

EN SERVICIO

Para la protección del personal y equipos en las operaciones quedeba realizarse en los Centros de Transformación, se garantizaráque:

No será posible acceder a las zonas en tensión, si éstasno han sido puestas a tierra. Por ello, el sistema deenclavamiento interno de las celdas debe interesar almando del aparto principal del seccionador de puesta atierra y a las tapas de acceso de los cables.

Las celdas de entrada y salida serán con aislamientointegral y corte en SF6. El diseño de las celdas impedirála incidencia de los gases de escape producidos en elcaso de un arco interno, sobre los cables de MT y BT.

Las bornas de conexión de cables y fusibles seránfácilmente accesibles a los operarios. Los mandos de laaparamenta estarán situados frente al operario en elmomento de realizar la maniobra.

Asimismo el Centro de Transformación deberá estar siempreperfectamente cerrado, de forma que impida el acceso de laspersonas ajenas al servicio.

La anchura de los pasillos debe observar el Reglamento de AltaTensión (MIE-RAT 14, apartado 5.1), e igualmente, debe permitirla extracción total de cualquiera de las celdas instaladas, siendopor lo tanto la anchura útil del pasillo superior al mayor de losfondos de esas celdas.

En el interior del Centro de Transformación no se podráalmacenar ningún elemento que no pertenezca a la propiainstalación.

La instalación eléctrica debe estar correctamente señalizada ydeben disponerse las advertencias e instrucciones necesarias demodo que se impidan los errores de interrupción, maniobrasincorrectas y contactos accidentales con los elementos entensión o cualquier otro tipo de accidente.

Antes de la puesta en servicio en carga del Centro deTransformación, se realizará una puesta en servicio en vacíopara la comprobación del correcto funcionamiento de lasmáquinas.

Se realizarán unas comprobaciones de las resistencias deaislamiento y de tierra de los diferentes componentes de lainstalación eléctrica.

Protección contra incendios

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Las medidas de protección contra incendios a adoptar en losCentros de Transformación estarán de acuerdo con loestablecido en el apartado 4.1 de la MIE RAT- 14 yReglamentaciones específicas aplicables, considerándose losdos sistemas de protección contra incendios posible, bien de tipopasivo o de tipo activo

El de tipo pasivo consiste en la adopción de un conjunto demedidas en la construcción del centro en cuanto a muros,cubiertas y solera, vigas, columnas, etc., que tendrán unaresistencia al fuego de acuerdo con el Código Técnico de laEdificación RD 314/2006. Si el Transformador contiene aceite uotro refrigerante con capacidad superior a 50 litros se tendrá encuenta lo indicado en el apartado 3.2.1 de la MIE RAT – 14.

Distancias de seguridad

La distancia de seguridad entre fases y fase-tierra para el centrode transformación, serán las mínimas previstas en las tablas 4 y5 de la referida MIE RAT-12 en sus apartados 3.3 y 3.3.1.

Aparatos de maniobra.

Los conjuntos prefabricados de aparamenta bajo envolventemetálica, deberán cumplir con lo especificado en la norma UNE-EN 60298 y en las instrucciones MIE RAT- 06, punto 1 yapartado 3.4, MIE RAT-16, apartado 1.1 y 1.2, punto 2 yapartado 3.1 y 3.2.

Maniobras

El personal encargado de realizar las maniobras, estarádebidamente autorizado y adiestrado.

Para la realización de las maniobras oportunas en el Centro deTransformación se utilizará banquillo, palanca de accionamiento,guantes, etc., y deberán estar siempre en perfecto estado deuso, lo que se comprobará periódicamente.

Se colocarán las instrucciones sobre los primeros auxilios quedeben prestarse en caso de accidente en un lugar perfectamentevisible.

Cada grupo de celdas llevará una placa de características conlos siguientes datos:

Nombre del fabricante Tipo de aparamenta y número de fabricación Año de fabricación Tensión nominal Intensidad nominal Intensidad nominal de corta duración Frecuencia nominal

Junto al accionamiento de la aparamenta de las celdas, seincorporarán de forma gráfica y clara las marcas e indicacionesnecesarias para la correcta manipulación de dicha aparamenta.Igualmente, si la celda contiene SF6 bien sea para el corte o parael aislamiento, debe dotarse con un manómetro para la

comprobación de la correcta presión de gas antes de realizar lamaniobra.

Las maniobras se realizarán con el siguiente orden: primero seconectará el interruptor/seccionador de entrada, si lo hubiere, y acontinuación la aparamenta de conexión siguiente, hasta llegar altransformador, con lo cual tendremos al transformadortrabajando en vacío para hacer las comprobaciones oportunas.

Una vez realizadas las maniobras de Alta Tensión, se procederáa conectar la red de Baja Tensión.

Separación de servicio

Estas maniobras se ejecutarán en sentido inverso a lasrealizadas en la puesta en servicio y no se darán por finalizadasmientras no esté conectado el seccionador de puesta a tierra.

Protecciones.

De acuerdo con la MIE RAT-09 los Centros de Transformaciónestar protegidos contra los efectos peligrosos, térmicos ydinámicos que pueden originar las corrientes de cortocircuito ylas de sobrecarga cuando estas puedan producir averías y dañosen las citadas instalaciones.

Protecciones contra sobreintensidades.

En el punto 1 de la MIE RAT-09, se indica que contra lassobreintensidades se utilizarán interruptores automáticos ocortacircuitos fusibles. En el apartado 4.2.1 de la mismainstrucción técnica complementaria se señala como proteger alos transformadores de distribución contra las sobreintensidades,de acuerdo con los criterios señalados en los apartados a) y b).

Protección contra incendios.

Las medidas de protección contra incendios a adoptar en losCentros de Transformación estarán de acuerdo con loestablecido en el apartado 4.1 de la MIE RAT- 14 yReglamentaciones específicas aplicables. Se pueden considerardos sistemas de protección contra incendios:

Sistema pasivo.

Es aplicable cuando el volumen del líquido refrigerante inflamableno sobrepasa los 600 litros por máquina y un volumen total de2.400 litros para varias máquinas. En edificios de públicaconcurrencia estos valores se limitan a 400 litros y 1.600 paravarias máquinas.

Este sistema consiste en tomar una serie de medidas en laconstrucción del centro en cuanto a muros, cubiertas y solera,vigas, columnas, etc. Que tendrán una resistencia al fuego deacuerdo con el Código Técnico de la Edificación RD 314/2006. Siel transformador contiene aceite u otro refrigerante concapacidad superior a 50 litros se tendrá en cuenta lo indicado enel apartado 3.2.1 de la MIE RAT-14.

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Sistema activo.

En aquellas instalaciones que no sea obligatoria la disposición deun sistema fijo de extinción, se colocará como mínimo un extintorde eficacia 113 B. este extintor deberá colocarse siempre quesea posible en el exterior de la instalación para facilitar suaccesibilidad. Cuando se superen los volúmenes indicadosanteriormente se dotará al centro de transformación de un equipode funcionamiento automático de extinción activado por loscorrespondientes detectores.

7.3.- REPARACIÓN. REPOSICIÓN

Siempre que se revisen las instalaciones, se repararán losdefectos encontrados y, en el caso que sea necesario, serepondrán las piezas que lo precisen.

8.-MEDICIÓN Y ABONO DE LAS OBRAS

8.1.- GENERALIDADES

Las obras ejecutadas se medirán por su volumen, peso,superficie, longitud o simplemente por el número de unidades, deacuerdo con la definición de unidades de obra que figura en elpresupuesto, y se abonarán a los precios señalados en el mismo.

En los precios del presupuesto se consideran incluidos:

Los materiales con todos sus accesorios a los preciosresultantes a pie de obra que queden integrados en launidad de que se trate o que sean necesarios para suejecución.

La mano de obra, con sus pluses y cargas más segurossociales, que interviene directamente en la ejecución dela unidad de obra.

En su caso, los gastos de personal, combustible,energía, amortización, conservación, etc., de lamaquinaria que se prevé utilizar en la ejecución de launidad de obra.

Los gastos de instalación de oficinas a pie de obra,comunicaciones, edificación de almacenes y talleres; losdel personal técnico y administrativo adscritoexclusivamente a la obra; los causados por los medios yobras auxiliares, los ensayos de los materiales y losdetalles imprevistos, que al ejecutar las obras deban serutilizados o realizados.

La medición y abono al Contratista de obras ejecutadas, debereferirse a unidades totalmente terminadas, a juicio exclusivo delTécnico Encargado. Solamente en casos excepcionales seincluirán obras incompletas y acopios de materiales. Losmateriales acopiados se abonarán, como máximo, a las 4/4partes del importe que les corresponda dentro de ladescomposición de precios.

Las unidades de obra que por una mayor facilidad alconfeccionar los presupuestos se hayan agrupado para constituirun presupuesto parcial, deberán medirse y abonarseindividualmente.

La medición de las unidades de obra ejecutadas se llevará acabo conjuntamente por el Ingeniero-Director de obra y elContratista, siendo de cuenta del Contratista todos los gastos demateriales y personal que se originen.

8.2.- ABONO DE LAS PARTIDAS ALZADAS

Las partidas alzadas consignadas en el presupuesto, serán deabono íntegro, salvo que en el título de la partida se indiqueexpresamente que es a justificar, lo que deberá hacerse conprecios del proyecto, siempre que sea posible, y en casocontrario con precios contradictorios.

El abono íntegro de la partida alzada se producirá cuando hayansido completa y satisfactoriamente ejecutadas todas las obrasque en conjunto comprende. En ningún caso podrá exigirse porel Contratista cantidad suplementaria alguna sobre el importe dela partida alzada, a pretexto de un mayor coste de las obras arealizar con cargo a la misma.

8.3.- ABONO DE LA CONSERVACIÓN Y REPARACIÓN DE LAS

OBRAS

Para el abono de los gastos de conservación y reparación quefiguren en el presupuesto como partidas alzadas, se atendrá a loindicado en el apartado anterior.

Cuando no se prevea en el presupuesto cantidad alguna para laconservación y reparación de las obras que constituyen unartículo del mismo, se supondrá que su importe está incluido enel precio de las unidades de obra correspondiente.

8.4.- MEDICIÓN Y ABONO DE LA EXCAVACIÓN

La excavación se medirá por su volumen referido al terreno y noa los productos extraídos.

El precio del metro cúbico de excavación comprende:

Todas las operaciones necesarias para la ejecución dela excavación, cualquiera que sea la naturaleza delterreno.

El transporte a vertedero autorizado de los productossobrantes, con independencia de la distancia a que seencuentre, y si es necesario, el extendido o arreglo delos productos vertidos.

El refino de la superficie de la excavación. La limpieza de las calzadas y aceras que hayan

resultado ensuciadas por los productos de la excavación. Cuantos medios y obras auxiliares sean precisos, tales

como entibaciones, desagües, desvíos de cauces,extracciones de agua, agotamiento, pasos provisionales,apeos de canalizaciones, protecciones, señales, etc.

No se tendrá en cuenta la profundidad de la excavación cuandono se indique expresamente en el precio.

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No serán abonables los excesos de excavación que ejecute elContratista sobre los volúmenes teóricos deducidos de losplanos, órdenes de la Dirección de obra y perfiles reales delterreno, ni tampoco los desprendimientos.

8.5.- MEDICIÓN Y ABONO DEL RELLENO

El relleno se medirá y abonará por su volumen, referido alterno yno a los productos sueltos necesarios.

El precio de metro cúbico del relleno comprende: todas lasoperaciones necesarias para formar el relleno con los productosindicados, la compactación o consolidación de los mismos, elrefino de la superficie, el transporte a vertedero de los productosno utilizados y cuantos medios y obras auxiliares seannecesarios.

No serán abonables los excesos de relleno ejecutados por elContratista sobre los volúmenes teóricos deducidos de losplanos, órdenes de la Dirección de obra y perfiles reales delterreno.

A efectos de la medición de rellenos no se tendrán en cuenta lascanalizaciones, cables, etc. cuyo volumen sea inferior al 10% delespacio total a rellenar.

8.6.- PRECIOS CONTRADICTORIOS

Cuando surjan nuevas unidades no contempladas en elpresupuesto por modificaciones de las obras, quedaráperfectamente descrito el sistema para elaborar el nuevo preciocontradictorio.

8.7.- ABONO DE LOS MEDIOS Y OBRAS AUXILIARES DE LOS

ENSAYOS Y DE LOS DETALLES IMPREVISTOS

No serán de abono independiente:

Están incluidas en la contrata la utilización de los mediosy la construcción de las obras auxiliares que seannecesarias para la buena ejecución de las obrasprincipales y para garantizar la seguridad de las mismastales como: herramientas, aparatos, maquinaria,vehículos, gomas andamios, cimbras, estibaciones,desagües, protecciones, para evitar la entrada de aguasuperficial en las excavaciones y centros detransformación, etc.

Los gastos ocasionados por la realización de losensayos que la Dirección de obra juzgue necesariospara comprobar que los materiales cumplen lascondiciones exigidas. No obstante, estos gastos deberánser pagados por el Contratista.

Lo mencionado en este Pliego de CondicionesParticulares y emitido en los planos, o viceversa, habráde ser ejecutado como si estuviera expuesto en ambosdocumentos. En caso de contradicción entre ellos,prevalecerá lo establecido en el Pliego de CondicionesParticulares

Los detalles de las obras imprevistos por su minuciosidad enplanos y Pliego de Condiciones, y que a juicio exclusivo de laDirección de Obra, sin separarse del espíritu y rectainterpretación de aquellos documentos, sean necesarios para labuena construcción y perfecta terminación y remate de las obras,serán de obligada ejecución para el Contratista.

9.-INSPECCIONES PERIÓDICAS

Las inspecciones periódicas sobre las instalaciones eléctricas delos Centros de Transformación son independientes de lasactuaciones de mantenimiento que preceptivamente se tenganque realizar.

Las instalaciones de media y alta tensión serán sometidas a unainspección periódica al menos cada TRES (3) años.

En cualquier caso, estas inspecciones serán realizadas por unOrganismo de Control Autorizado (O.C.A.), libremente elegidopor el titular de la instalación.

9.1.- CERTIFICADOS DE INSPECCIONES PERIÓDICAS

Los certificados de inspección periódica se presentarán segúnmodelo oficial previsto en el anexo VIII del DECRETO 141/2009de 10 de noviembre, haciendo mención expresa al grado decumplimiento de las condiciones reglamentarias, la calificacióndel resultado de la inspección, la propuesta de las medidascorrectoras necesarias y el plazo máximo de corrección deanomalías, según proceda.

Los certificados deberán ser firmados por los autores de lainspección estando visados por el correspondiente ColegioOficial de profesionales con competencias en la materia, en UN(1) MES desde su realización. Cuando se trate de un técnicoadscrito a un OCA, éste estampará su sello oficial.

Los certificados se mantendrán en poder del titular de lasinstalaciones, quien deberá enviar copia a la Consejería deEmpleo, Industria y Comercio del Gobierno de Canarias oAdministración competente en materia de energía durante el messiguiente al cumplimiento de los plazos máximos establecidos enel párrafo anterior.

9.2.- PROTOCOLO GENÉRICO DE INSPECCIÓN PERIÓDICA

El protocolo genérico de inspección que debe seguirse será elaprobado por la Administración competente en materia deenergía, si bien la empresa titular de las instalaciones podrásolicitar la aprobación de su propio protocolo específico derevisión.

9.3.- DE LA RESPONSABILIDAD DE LAS INSPECCIONES

PERIÓDICAS

Los responsables de la inspección no podrán estar vinculadoslaboralmente al titular o Propietario de la instalación, ni a

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empresas subcontratadas por el citado titular. Deberán suscribirun seguro de responsabilidad civil acorde con lasresponsabilidades derivadas de las inspecciones realizadas ydisponer de los medios técnicos necesarios para realizar lascomprobaciones necesarias.

En el caso de existir otras instalaciones anexas de naturalezadistinta a la eléctrica (por ejemplo de hidrocarburos, aparatos apresión, contra incendios, locales calificados como atmósferasexplosivas, etc.) para las que también sea preceptiva la revisiónperiódica por exigencia de su normativa específica, se procurarála convergencia en la programación de las fechas de revisión conlas de los grupos vinculados, si bien prevalecerá la seguridad y elcorrecto mantenimiento de las mismas frente a otros criterios deoportunidad u organización.

9.4.- INSPECCIONES PERIÓDICAS DE LAS INSTALACIONES DE

PRODUCCIÓN, TRANSPORTE Y DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA

ELÉCTRICA

Las instalaciones de producción en régimen ordinario, así comolas de transporte y distribución de energía eléctrica, seránrevisadas periódicamente por un OCA o por un técnico tituladocon competencia equivalente a la requerida para la puesta enservicio de la instalación, libremente elegidos por el titular de lainstalación.

La revisión se producirá al menos cada TRES (3) años, en loreferente a las redes de distribución y de transporte. En el casode instalaciones de generación se podrá adoptar, como plazo derevisión, el definido por el fabricante para la revisión mayor, sibien no se podrán superar los plazos siguientes, en función de latecnología del grupo generador:

a) Grupos diesel: DOS (2) añosb) Turbinas de gas: UN (1) año y SEIS (6) mesesc) Turbinas de vapor: CUATRO (4) añosd) Otros sistemas generadores: TRES (3) años

En el caso de que existan instalaciones auxiliares vinculadas agrupos de distinta tecnología, se adoptará el plazo más restrictivode ellos.

9.5.- INSPECCIONES PERIÓDICAS DEL RESTO DE

INSTALACIONES ELÉCTRICAS

El titular de la instalación eléctrica estará obligado a encargar aun OCA, libremente elegido por él, la realización de la inspecciónperiódica preceptiva, en la forma y plazos establecidosreglamentariamente.

Las instalaciones eléctricas de Baja Tensión que, de acuerdo conla Instrucción ITC-BT-05 del Reglamento Electrotécnico paraBaja Tensión, estén sometidas a inspecciones periódicas,deberán referenciar los plazos de revisión tomando como fechainicial la de puesta en servicio o la de antigüedad, según seestablece en el anexo VII del Decreto 141/2009.

Las instalaciones de media y alta tensión serán sometidas a unainspección periódica al menos cada tres años.

Los titulares de la instalación están obligados a facilitar el libreacceso a las mismas a los técnicos inspectores de estosOrganismos, cuando estén desempeñando sus funciones, previaacreditación y sin perjuicio del cumplimiento de los requisitos deseguridad laboral preceptivos.

La empresa instaladora que tenga suscrito un contrato demantenimiento tendrá obligación de comunicar al titular de lainstalación, con un (1) mes de antelación y por medio que dejeconstancia fehaciente, la fecha en que corresponde solicitar lainspección periódica, adjuntando listado de todos los OCA oreferenciándolo a la página Web del órgano competente enmateria de energía, donde se encuentra dicho listado.

Igualmente comunicará al órgano competente la relación de lasinstalaciones eléctricas, en las que tiene contratado elmantenimiento que hayan superado en tres meses el plazo deinspección periódica preceptiva.

El titular tendrá la obligación de custodiar toda la documentacióntécnica y administrativa vinculada a la instalación eléctrica encuestión, durante su vida útil

9.6.- DE LOS PLAZOS DE ENTREGA Y DE VALIDEZ DE LOS

CERTIFICADOS DE INSPECCIÓN OCA

El OCA hará llegar, en el plazo de CINCO (5) días de lainspección, el original del certificado al titular de la instalación ycopia a los profesionales presentes en la inspección. En cadaacto de inspección, el OCA colocará en el cuadro principal demando y protección, una etiqueta identificativa o placa adhesivade material indeleble con la fecha de la intervención.

El certificado de un OCA tendrá validez de CINCO (5) años en elcaso de instalaciones de Baja Tensión y de TRES (3) años paralas instalaciones de Media y Alta Tensión, siempre y cuando nose haya ejecutado una modificación sustancial en lascaracterísticas de la instalación a la que hace referencia.

Si la inspección detecta una modificación en la instalación que nohaya sido previamente legalizada o autorizada, segúncorresponda, deberá ser calificada como negativa por defectograve. Para instalaciones nuevas, tal circunstancia implicará lano autorización de su puesta en servicio, y para instalaciones enservicio será considerado un incumplimiento grave, todo ello sinperjuicio de las infracciones en que incurran los sujetosresponsables, conforme a las leyes vigentes.

Los profesionales habilitados adscritos a los OCA estaránobligados a cumplimentar y firmar los certificados de lasinspecciones, ya sean periódicas, iniciales o extraordinarias, delas instalaciones donde intervengan, debiendo consignar ycertificar expresamente los resultados de la revisión y custodiarlas plantillas de control utilizadas y las notas de campo de talesreconocimientos.

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9.7.- DE LA GRAVEDAD DE LOS DEFECTOS DETECTADOS EN

LAS INSPECCIONES DE LAS INSTALACIONES Y DE LAS

OBLIGACIONES DEL TITULAR Y DE LA EMPRESA INSTALADORA

Cuando se detecte, al menos, un defecto clasificado como muygrave, el OCA calificará la inspección como "negativa",haciéndolo constar en el Certificado de Inspección que remitirá,además de al titular de la instalación y a los profesionalespresentes en la inspección, a la Administración competente enmateria de energía.

Para la puesta en servicio de una instalación con Certificado deInspección "negativo", será necesaria la emisión de un nuevoCertificado de Inspección sin dicha calificación, por parte delmismo OCA una vez corregidos los defectos que motivaron lacalificación anterior. En tanto no se produzca la modificación enla calificación dada por dicho Organismo, la instalación deberámantenerse fuera de servicio. Con independencia de lasobligaciones que correspondan al titular, el OCA deberá remitir ala Administración competente en materia de energía el certificadodonde se haga constar la corrección de las anomalías.

Si en una inspección los defectos técnicos detectados implicasenun riesgo grave, el OCA está obligado a requerir, al titular de lainstalación y a la empresa instaladora, que dejen fuera deservicio la parte de la instalación o aparatos afectados,procediendo al precinto total o parcial de la instalación ycomunicando tal circunstancia a la Administración competente enmateria de energía. La inspección del OCA para poner de nuevoen funcionamiento la instalación se hará dentro de las 24 horassiguientes a la comunicación del titular de que el defecto ha sidosubsanado.

Si a pesar del requerimiento realizado el titular no procede adejar fuera de servicio la parte de la instalación o aparatosafectados, el OCA lo pondrá en conocimiento de laAdministración competente en materia de energía, identificandoa las personas a las que comunicó tal requerimiento, a fin de queadopte las medidas necesarias.

Si en la inspección se detecta la existencia de, al menos, undefecto grave o un defecto leve procedente de otra inspecciónanterior, el OCA calificará la inspección como "condicionada",haciéndolo constar en el Certificado de Inspección que entregaráal titular de la instalación y a los profesionales presentes en lainspección. Si la instalación es nueva, no podrá ponerse enservicio en tanto no se hayan corregido los defectos indicados yel OCA emita el certificado con la calificación de "favorable". Alas instalaciones ya en funcionamiento el OCA fijará un plazopara proceder a su corrección, que no podrá superar los seismeses, en función de la importancia y gravedad de los defectosencontrados. Transcurrido el plazo establecido sin habersesubsanado los defectos, el OCA emitirá el certificado con lacalificación de "negativa", procediendo según lo descritoanteriormente.

Si como resultado de la inspección del OCA no se determina laexistencia de ningún defecto muy grave o grave en la instalación,la calificación podrá ser "favorable". En el caso de que el OCAobservara defectos leves, éstos deberán ser anotados en elCertificado de Inspección para constancia del titular de la

instalación, con indicación de que deberá poner los medios parasubsanarlos en breve plazo y, en cualquier caso, antes de lapróxima visita de inspección.

10.-CONDICIONES DE ÍNDOLE FACULTATIVO

10.1.- DEL TITULAR DE LA INSTALACIÓN

Las comunicaciones del titular a la Administración se podránrealizar empleando la vía telemática (correo electrónico einternet), en aras de acelerar el procedimiento administrativo,siempre y cuando quede garantizada la identidad del interesado,asegurada la constancia de su recepción y la autenticidad,integridad y conservación del documento.

Cualquier solicitud o comunicación que se realice en soportepapel, se dirigirá al Director General competente en materia deenergía y se presentará en el registro de la Consejeríacompetente en materia de energía, o en cualquiera de loslugares habilitados por el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26de noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La inexactitud o falsedad en cualquier dato, manifestación odocumento, de carácter esencial, que se acompañe o incorporea una comunicación previa implicará la nulidad de lo actuado,impidiendo desde el momento en que se conozca, el ejercicio delderecho o actividad afectada, sin perjuicio de lasresponsabilidades, penales, civiles o administrativas a quehubiera lugar.

Antes de iniciar el procedimiento correspondiente, el titular de lasmismas deberá disponer del punto de conexión a la red dedistribución o transporte y de los oportunos permisos que lehabiliten para la ocupación de suelo o para el vuelo sobre elmismo. En caso de no poseer todos los permisos de pasodeberá iniciar la tramitación conjuntamente con la de utilidadpública cuando proceda.

El titular o Propiedad de una instalación eléctrica podrá actuarmediante representante, el cual deberá acreditar, para suactuación frente a la Administración, la representación con queactúa, de acuerdo con lo establecido en el artículo 32.3 de la Ley30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún.

Durante la vida útil de la instalación, los propietarios y usuariosde instalaciones eléctricas de generación, transporte,distribución, conexión, enlace y receptoras deberán mantenerpermanentemente en buen estado de seguridad yfuncionamiento sus instalaciones eléctricas, utilizándolas deacuerdo con sus características funcionales.

El titular deberá presentar, junto con la solicitud de puesta enservicio de las instalaciones eléctricas privadas, las degeneración en régimen especial y las instalaciones eléctricas debaja tensión que requieran mantenimiento, conforme a loestablecido en las “Instrucciones y Guía sobre la Legalización deInstalaciones Eléctricas de Baja Tensión” (anexo VII del decreto141/2009), un contrato de mantenimiento con empresa

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instaladota autorizada inscrita en el correspondiente registroadministrativo, en el que figure expresamente el responsabletécnico de mantenimiento.

No obstante, cuando el titular acredite que dispone de mediostécnicos y humanos suficientes para efectuar el correctomantenimiento de sus instalaciones podrá adquirir la condiciónde mantenedor de las mismas. En este supuesto, elcumplimiento de la exigencia reglamentaria de mantenimientoquedará justificado mediante la presentación de un Certificado deautomantenimiento que identifique al responsable del mismo. Nose permitirá la subcontratación del mantenimiento a través deuna tercera empresa intermediaria.

10.2.- DE LA DIRECCIÓN FACULTATIVA

El Ingeniero-Director es la máxima autoridad en la obra oinstalación. Con independencia de las responsabilidades yobligaciones que le asisten legalmente, será el único concapacidad legal para adoptar o introducir las modificaciones dediseño, constructivas o cambio de materiales que considerejustificadas y sean necesarias en virtud del desarrollo de la obra.En el caso de que la dirección de obra sea compartida por variostécnicos competentes, se estará a lo dispuesto en la normativavigente.

La dirección facultativa velará porque los productos, sistemas yequipos que formen parte de la instalación dispongan de ladocumentación que acredite las características de los mismos,así como de los certificados de conformidad con las normasUNE, EN, CEI u otras que le sean exigibles por normativa o porprescripción del proyectista, así como las garantías que ostente.

10.3.- DE LA EMPRESA INSTALADORA O CONTRATISTA

La empresa instaladora o Contratista es la persona física ojurídica legalmente establecida e inscrita en el Registro Industrialcorrespondiente del órgano competente en materia de energía,que usando sus medios y organización y bajo la dirección técnicade un profesional realiza las actividades industriales relacionadascon la ejecución, montaje, reforma, ampliación, revisión,reparación, mantenimiento y desmantelamiento de lasinstalaciones eléctricas que se le encomiende y esté autorizadapara ello.

Además de poseer la correspondiente autorización del órganocompetente en materia de energía, contará con la debidasolvencia reconocida por el Ingeniero-Director.

El contratista se obliga a mantener contacto con la empresasuministradora de energía a través del Director de Obra, paraaplicar las normas que le afecten y evitar criterios dispares.

El Contratista estará obligado al cumplimiento de lo dispuesto enel Reglamento de Higiene y Seguridad en el Trabajo y cuantasdisposiciones legales de carácter social estén en vigor y leafecten.

El Contratista deberá adoptar las máximas medidas de seguridaden el acopio de materiales y en la ejecución, conservación yreparación de las obras, para proteger a los obreros, público,vehículos, animales y propiedades ajenas de daños y perjuicios.

El Contratista deberá obtener todos los permisos, licencias ydictámenes necesarios para la ejecución de las obras y puestaen servicio, debiendo abonar los cargos, tasas e impuestosderivados de ellos.

El Contratista está obligado al cumplimiento de lo legislado en laReglamentación Laboral y demás disposiciones que regulan lasrelaciones entre patrones y obreros. Debiendo presentar alIngeniero-Director de obra los comprobantes de los impresos TC-1 y TC-2 cuando se le requieran, debidamente diligenciados porel Organismo acreditado.

Asimismo el Contratista deberá incluir en la contrata la utilizaciónde los medios y la construcción de las obras auxiliares que seannecesarias para la buena ejecución de las obras principales ygarantizar la seguridad de las mismas

El Contratista cuidará de la perfecta conservación y reparaciónde las obras, subsanando cuantos daños o desperfectosaparezcan en las obras, procediendo al arreglo, reparación oreposición de cualquier elemento de la obra.

10.4.- DE LA EMPRESA MANTENEDORA

La empresa instaladora autorizada que haya formalizado uncontrato de mantenimiento con el titular o Propietario de unainstalación eléctrica, o el responsable del mantenimiento en unaempresa que ha acreditado disponer de medios propios deautomantenimiento, tendrá las siguientes obligaciones, sinperjuicio de las que establezcan otras legislaciones:

a) Mantener permanentemente las instalaciones enadecuado estado de seguridad y funcionamiento.

b) En instalaciones privadas, interrumpir el servicio a lainstalación, total o parcialmente, en los casos enque se observe el inminente peligro para laspersonas o las cosas, o exista un grave riesgomedioambiental inminente. Sin perjuicio de otrasactuaciones que correspondan respecto a lajurisdicción civil o penal, en caso de accidentedeberán comunicarlo al Centro Directivo competenteen materia de energía, manteniendo interrumpido elfuncionamiento de la instalación hasta que sesubsanen los defectos que han causado dichoaccidente. Para el resto de instalaciones seatenderá a lo establecido al respecto en el RealDecreto 1.955/2000, de 1 de diciembre, o normaque lo sustituya.

c) Atender con diligencia los requerimientos del titularpara prevenir o corregir las averías que seproduzcan en la instalación eléctrica.

d) Poner en conocimiento del titular, por escrito, lasdeficiencias observadas en la instalación, queafecten a la seguridad de las personas o de lascosas, a fin de que sean subsanadas.

e) Tener a disposición de la Dirección General deIndustria y Energía del Gobierno de Canarias un

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listado actualizado de los contratos demantenimiento al menos durante los CINCO (5)AÑOS inmediatamente posteriores a la finalizaciónde los mismos.

f) Comunicar al titular de la instalación, con unaantelación mínima de UN (1) MES, la fecha en quecorresponde realizar la revisión periódica a efectuarpor un Organismo OCA, cuando fuese preceptivo.

g) Comunicar al Centro Directivo competente enmateria de energía, la relación de las instalacioneseléctricas en las que tiene contratado elmantenimiento que hayan superado en tres mesesel plazo de inspección periódica oficial exigible.

h) Asistir a las inspecciones derivadas delcumplimiento de la reglamentación vigente, y a lasque solicite extraordinariamente el titular.

i) Tener suscrito un seguro de responsabilidad civilque cubra los riesgos que puedan derivarse de susactuaciones, mediante póliza por una cuantíamínima de 600.000 euros, cantidad que seactualizará anualmente según el IPC certificado porel Instituto Canario de Estadística (INSTAC).

j) Dimensionar suficientemente tanto sus recursostécnicos y humanos, como su organización enfunción del tipo, tensión, localización y número deinstalaciones bajo su responsabilidad.

10.5.- DE LOS ORGANISMOS DE CONTROL AUTORIZADO

Las actuaciones que realice en el ámbito territorial de estaComunidad Autónoma un OCA, en los términos definidos en elartículo 41 del Reglamento de Infraestructura para la Calidad y laSeguridad Industrial, aprobado por Real Decreto 2.200/1995, de28 de diciembre, e inscrito en el Registro de EstablecimientosIndustriales de esta Comunidad y acreditado en el campo de lasinstalaciones eléctricas, deberán ajustarse a las normas que acontinuación se establecen, a salvo de otras responsabilidadesque la normativa sectorial le imponga.

El certificado de un OCA tendrá validez de 5 años en el caso deinstalaciones de baja tensión y de 3 años para las instalacionesde media y alta tensión, siempre y cuando no se haya ejecutadouna modificación sustancial en las características de lainstalación a la que hace referencia. Si la inspección detecta unamodificación en la instalación que no haya sido previamenteautorizada, deberá ser calificada como negativa por defectograve. Para instalaciones nuevas tal circunstancia implicará la noautorización de su puesta en servicio, y para instalaciones enservicio será considerado un incumplimiento grave, todo ello sinperjuicio de las infracciones en que incurran los sujetosresponsables conforme a las leyes vigentes.

Los OCA tendrán a disposición de la Administración competenteen materia de energía todos los datos registrales y estadísticoscorrespondientes a cada una de sus actuaciones, clasificando lasintervenciones por titular, técnico y empresa instaladora. Dichainformación podrá ser requerida en cualquier momento por laAdministración.

Los profesionales habilitados adscritos a los OCA estaránobligados a cumplimentar y firmar los certificados de lasinspecciones, ya sean periódicas, iniciales o extraordinarias, delas instalaciones donde intervengan, debiendo consignar y

certificar expresamente los resultados de la revisión y custodiarlas plantillas de control utilizadas y las notas de campo de talesreconocimientos.

Para la realización de las revisiones, controles e inspeccionesque se les encomiende, los OCA aplicarán los modelos decertificados de inspección previstos en el anexo VIII del Decreto141/2009 y los manuales de revisión y de calificación de defectosque se contemplen en los correspondientes protocolos-guía,aprobados por la Administración competente en materia deenergía, o en su defecto los que tenga reconocido el OCA.

Los OCA realizarán las inspecciones que solicite laAdministración competente en materia de energía, estandopresentes en las inspecciones oficiales de aquellas instalacionesen las que hayan intervenido y sean requeridos.

Las discrepancias de los titulares de las instalaciones ante lasactuaciones de los OCA serán puestas de manifiesto ante laAdministración competente en materia de energía, que lasresolverá en el plazo de 1 mes.

11.-CONDICIONES DE INDOLE ADMINISTRATIVO

11.1.- ANTES DEL INICIO DE LAS OBRAS

Antes de comenzar la ejecución de esta instalación, la Propiedado titular deberá designar a un técnico titulado competente comoresponsable de la Dirección Facultativa de la obra, quién, unavez finalizada la misma y realizadas las pruebas y verificacionespreceptivas, emitirá el correspondiente Certificado de Dirección yFinalización de Obra (según anexo VI del Decreto 141/2009).

Asimismo y antes de iniciar las obras, los Propietarios o titularesde la instalación eléctrica en proyecto de construcción facilitarána la empresa distribuidora o transportista, según proceda, toda lainformación necesaria para deducir los consumos y cargas quehan de producirse, a fin de poder prever con antelación suficienteel crecimiento y dimensionado de sus redes.

El Propietario de la futura instalación eléctrica solicitará a laempresa distribuidora el punto y condiciones técnicas deconexión que son necesarias para el nuevo suministro. Dichasolicitud se acompañará de la siguiente información:

a) Nombre y dirección del solicitante, teléfono, fax,correo electrónico u otro medio de contacto.

b) Nombre, dirección, teléfono y correo electrónico deltécnico proyectista y/o del instalador, en su caso.

c) Situación de la instalación, edificación u obra,indicando la calificación urbanística del suelo.

d) Uso o destino de la misma.e) Potencia total solicitada, reglamentariamente

justificada.f) Punto de la red más próximo para realizar la

conexión, propuesto por el instalador o técnicocorrespondiente, identificando inequívocamente elmismo, preferentemente por medios gráficos.

g) Número de clientes estimados.

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En el caso de que resulte necesaria la presentación de algunadocumentación adicional, la empresa distribuidora la solicitará,en el plazo de CINCO (5) DIAS a partir de la recepción de lasolicitud, justificando la procedencia de tal petición. Dichacomunicación se podrá realizar por vía telemática.

La empresa distribuidora habilitará los medios necesarios paradejar constancia fehaciente, sea cual sea la vía de recepción dela documentación o petición, de las solicitudes de puntos deconexión realizadas, a los efectos del cómputo de plazos ydemás actuaciones o responsabilidades.

Las solicitudes de punto de conexión referidas a instalacionesacogidas al régimen especial, también están sujetas alprocedimiento establecido en este artículo.

La información aportada, deberá ser considerada confidencial ypor tanto en su manejo y utilización se deberán cumplir lasgarantías que establece la legislación vigente sobre protecciónde datos.

Ni la empresa distribuidora, ni ninguna otra empresa vinculada ala misma, podrá realizar ofertas de servicios, al margen de lapropia oferta técnico económica, que impliquen restricciones a lalibre competencia en el mercado eléctrico canario o favorezcan lacompetencia desleal.

De igual forma el Documento Técnico de Diseño requerido ydescrito en el siguiente apartado (proyecto o memoria técnica dediseño), deberá ser elaborado y entregado al Propietario o titularantes del comienzo de las obras y antes de proceder a sutramitación administrativa.

11.2.- DOCUMENTACIÓN DEL PROYECTO

El presente proyecto consta de los documentos y contenidospreceptivamente establecidos en las normativas específicas quele son de aplicación, y como mínimo contempla ladocumentación descriptiva, en textos y representación gráfica, dela instalación eléctrica, de los materiales y demás elementos yactividades considerados necesarios para la ejecución de unainstalación con la calidad, funcionalidad y seguridad requerida.

En aquellos casos en que exista aprobada una “Guía deProyectos” que específicamente le sea de aplicación el Proyectodeberá ajustarse en su contenido esencial a dicha Guía.

Esta Guía será indicativa, por lo que los proyectos deberán sercomplementados y adaptados en función de las peculiaridadesde la instalación en cuestión, pudiendo ser ampliados según laexperiencia y criterios de buena práctica del proyectista. Eldesarrollo de los puntos que componen cada guía presupone darcontenido a dicho documento de diseño hasta el nivel de detalleque considere el proyectista, sin perjuicio de las omisiones, falloso incumplimientos que pudieran existir en dicho documento y queen cualquier caso son responsabilidad del autor del mismo.

El Proyecto deberá ser elaborado y entregado al Propietario otitular antes del comienzo de las obras y antes de su tramitaciónadministrativa.

El Proyecto constará, al menos, de los siguientes documentos:

a) Memoria descriptiva (titular, emplazamiento, tipo deindustria o actividad, uso o destino del local y suclasificación, programa de necesidades, descripciónpormenorizada de la instalación, presupuesto total).

b) Memoria de cálculos justificativos.c) Estudio de Impacto Ambiental en la categoría

correspondiente, en su caso.d) Estudio de Seguridad y Salud o Estudio Básico de

Seguridad y Salud (según corresponda de acuerdocon la normativa de seguridad laboral vigente).

e) Planos a escalas adecuadas (situación,emplazamiento, alzados, plantas, distribución,secciones, detalles, croquis de trazados, red detierras, esquema unifilar, etc.).

f) Pliego de Condiciones Técnicas, Económicas,Administrativas y Legales.

g) Estado de Mediciones y Presupuesto (mediciones,presupuestos parciales y presupuesto general).

h) Separatas para Organismos, Administraciones oempresas de servicio afectadas.

i) Otros documentos que la normativa específicaconsidere preceptivos.

j) Plazo de ejecución o finalización de la obra.k) Copia del punto de conexión a la red o justificante

de la solicitud del mismo a la empresa distribuidora,para aquellos casos en que la misma no hayacumplido los plazos de respuesta indicados en elpunto 1 del artículo 27 del decreto 141/2009, de 10de noviembre.

Si durante la tramitación o ejecución de la instalación se procedeal cambio de empresa instaladora autorizada, este hecho deberáquedar expresamente reflejado en la documentación presentadapor el interesado ante la Administración. En el caso de que elloconlleve cambios en la memoria técnica de diseño original,deberá acreditar la conformidad de la empresa autora de lamisma o, en su defecto, aportar un nuevo Proyecto.

11.3.- MODIFICACIONES Y AMPLIACIONES DE LAS

INSTALACIONES Y LA DOCUMENTACIÓN DEL PROYECTO

11.3.1.- MODIFICACIONES Y AMPLIACIONES NO SIGNIFICATIVAS DELAS INSTALACIONES ELÉCTRICAS

11.3.1.1 Modificaciones y ampliaciones de lasinstalaciones en servicio y la documentación del proyecto

En el caso de instalaciones en servicio, las modificaciones oampliaciones aún no siendo sustanciales, quedarán reflejadas enla documentación técnica adscrita a la instalacióncorrespondiente, tal que se mantenga permanentementeactualizada la información técnica, especialmente en lo referentea los esquemas unifilares, trazados, manuales de instrucciones ycertificados de instalación. Dichas actualizaciones seránresponsabilidad de la empresa instaladora autorizada, autora delas mismas, y en su caso, del técnico competente que lashubiera dirigido.

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11.3.1.2 Modificaciones y ampliaciones de lasinstalaciones en fase de ejecución y la documentación delproyecto

Asimismo en aquellas instalaciones eléctricas en ejecución y queno representen modificaciones o ampliaciones sustanciales(según Art. 45 del RD 141/2009), con respecto al proyectooriginal, éstas serán contempladas como “anexos” al Certificadode Dirección y Finalización de obra o del Certificado deInstalación respectivamente, sin necesidad de presentar unreformado del Proyecto original.

11.3.2.- MODIFICACIONES Y AMPLIACIONES SIGNIFICATIVAS DELAS INSTALACIONES ELÉCTRICAS

Cuando se trata de instalaciones eléctricas en las que sepresentan modificaciones o ampliaciones significativas, éstassupondrán, tanto en Baja como en Alta Tensión, la presentaciónde un nuevo Proyecto, además de los otros documentos quesean preceptivos.

El técnico o empresa instaladora autorizada, según seacompetente en función del alcance de la ampliación omodificación prevista, deberá modificar o reformar el proyecto ooriginal correspondiente, justificando las modificacionesintroducidas. En cualquier caso será necesario su autorización,según el procedimiento que proceda, en los términos queestablece el Decreto 141/2009, de 10 de noviembre, y demásnormativa que le sea de aplicación.

Cuando se hayan ejecutado reformas sustanciales no recogidasen el correspondiente Documento Técnico de Diseño, laAdministración o en su caso el OCA que intervenga, dictará Actao Certificado de Inspección, según proceda, con la calificación de"negativo". Ello implicará que no se autorizará la puesta enservicio de la instalación o se declarará la ilegalidad de aquélla siya estaba en servicio, todo ello sin perjuicio de las infraccionesen que habrán incurrido los sujetos responsables, conforme a laLey 21/1992, de 16 de julio, de Industria, y demás leyes deaplicación

11.4.- DOCUMENTACIÓN FINAL

Concluidas las obras necesarias de la instalación eléctrica, éstadeberá quedar perfectamente documentada y a disposición detodos sus usuarios, incluyendo sus características técnicas, elnivel de calidad alcanzado, así como las instrucciones de uso ymantenimiento adecuadas a la misma, la cual contendrá comomínimo lo siguiente:

a) Documentación administrativa y jurídica: datosde identificación de los profesionales y empresasintervinientes en la obra, acta de recepción de obrao documento equivalente, autorizacionesadministrativas y cuantos otros documentos sedeterminen en la legislación.

b) Documentación técnica: el documento técnico dediseño (DTD) correspondiente, los certificadostécnicos y de instalación, así como otra informacióntécnica sobre la instalación, equipos y materialesinstalados.

c) Instrucciones de uso y mantenimiento:información sobre las condiciones de utilización dela instalación así como las instrucciones para elmantenimiento adecuado, que se plasmará en un"Manual de Instrucciones o anexo de Información alusuario". Dicho manual contendrá las instruccionesgenerales y específicas de uso (actuación), deinstrucciones de uso y mantenimiento: parainstalaciones privadas, receptoras y de generaciónen régimen especial, información sobre lascondiciones de utilización de la instalación, así comolas instrucciones para el mantenimiento adecuado,que se plasmará en un “Manual de Instrucciones oAnexo de Información al usuario”. Dicho manualcontendrá las instrucciones generales y específicasde uso (actuación), de seguridad (preventivas,prohibiciones ...) y de mantenimiento (cuáles,periodicidad, cómo, quién ...) necesarias eimprescindibles para operar y mantener,correctamente y con seguridad, la instalaciónteniendo en cuenta el nivel de cualificaciónprevisible del usuario final. Se deberá incluir,además, tanto el esquema unifilar, como ladocumentación gráfica necesaria.

d) Certificados de eficiencia energética: (cuandoproceda): documentos e información sobre lascondiciones verificadas respecto a la eficienciaenergética del edificio.

Esta documentación será recopilada por el promotor y titular dela instalación, que tendrá la obligación de mantenerla ycustodiarla durante su vida útil y en el caso de edificios oinstalaciones que contengan diversas partes que seansusceptibles de enajenación a diferentes personas, el Promotorhará entrega de la documentación a la Comunidad dePropietarios que se constituya.

11.5.- CERTIFICADO DE DIRECCIÓN Y FINALIZACIÓN DE OBRA

Es el documento emitido por el Ingeniero-Director como TécnicoFacultativo competente, en el que certifica que ha dirigidopersonal y eficazmente los trabajos de la instalación proyectada,asistiendo con la frecuencia que su deber de vigilancia deldesarrollo de los trabajos ha estimado necesario, comprobandofinalmente que la obra está completamente terminada y que seha realizado de acuerdo con las especificaciones contenidas enel proyecto de ejecución presentado, con las modificaciones deescasa importancia que se indiquen, cumpliendo, así mismo, conla legislación vigente relativa a los Reglamentos de Seguridadque le sean de aplicación. Dicho certificado deberá ajustarse almodelo correspondiente que figura en el anexo VI del Decreto141/2009.

Si durante la tramitación o ejecución del proyecto se procede alcambio del ingeniero-proyectista o del Director Facultativo, estehecho deberá quedar expresamente reflejado en ladocumentación presentada por el peticionario ante laAdministración, designando al nuevo técnico facultativocorrespondiente. En el caso de que ello conlleve cambios en elproyecto original, se acreditará la conformidad del autor delproyecto o en su defecto se aportará un nuevo proyecto.

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El Certificado, una vez emitido y fechado por el técnicofacultativo, perderá su validez ante la Administración si supresentación excede el plazo de TRES (3) MESES, contadodesde dicha fecha. En tal caso se deberá expedir una nuevaCertificación actualizada, suscrita por el mismo autor.

11.6.- CERTIFICADO DE INSTALACIÓN

Es el documento emitido por la empresa instaladora autorizada yfirmado por el profesional habilitado adscrito a la misma que haejecutado la correspondiente instalación eléctrica, en el que secertifica que la misma está terminada y ha sido realizada deconformidad con la reglamentación vigente y con el documentotécnico de diseño correspondiente, habiendo sido verificadasatisfactoriamente en los términos que establece dicha normativaespecífica, y utilizando materiales y equipos que son conformesa las normas y especificaciones técnicas declaradas de obligadocumplimiento.

La empresa instaladora autorizada extenderá, con carácterobligatorio, un Certificado de Instalación (según modelo oficial) yun Manual de Instrucciones por cada instalación que realice, yase trate de una nueva o reforma de una existente.

En la tramitación de las instalaciones donde concurran variasinstalaciones individuales, deben presentarse tantos Certificadosy Manuales como instalaciones individuales existan, además delos correspondientes a las zonas comunes. Con carácter generalno se diligenciarán Certificados de instalaciones individualesindependientemente de los correspondientes a la instalacióncomún a la que estén vinculados.

El Certificado de Instalación una vez emitido, fechado y firmado,deberá ser presentado en la Administración en el plazo máximode TRES (3) MESES, contado desde dicha fecha. En su defectoserá necesario expedir un nuevo Certificado actualizado porparte del mismo autor.

11.7.- LIBRO DE ÓRDENES

En las instalaciones eléctricas para las que preceptivamente seanecesaria una Dirección Facultativa, éstas tendrán la obligaciónde contar con la existencia de un Libro de Órdenes dondequeden reflejadas todas las incidencias y actuaciones relevantesen la obra y sus hitos, junto con las instrucciones,modificaciones, órdenes u otras informaciones dirigidas alContratista por la Dirección Facultativa.

Dicho libro de órdenes estará en la oficina de la obra y serádiligenciado y fechado, antes del comienzo de las mismas, por elcorrespondiente Colegio Oficial de profesionales concompetencias en la materia y el mismo podrá ser requerido por laAdministración en cualquier momento, durante y después de laejecución de la instalación, y será considerado como documentoesencial en aquellos casos de discrepancia entre la direccióntécnica y las empresas instaladoras intervinientes.

El cumplimiento de las órdenes expresadas en dicho Libro es decarácter obligatorio para el Contratista así como aquellas querecoge el presente Pliego de Condiciones.

El contratista o empresa instaladora autorizada, estará obligado atranscribir en dicho Libro cuantas órdenes o instrucciones recibapor escrito de la Dirección Facultativa, y a firmar el oportunoacuse de recibo, sin perjuicio de la autorización de talestranscripciones por la Dirección en el Libro indicado.

El citado Libro de Órdenes y Asistencias se regirá según elDecreto 462/1971 y la Orden de 9 de Junio de 1971.

11.8.- INCOMPATIBILIDADES

En una misma instalación u obra el Director de Obra no podrácoincidir con el instalador ni tener vinculación laboral con laempresa instaladora que está ejecutando la obra.

11.9.- INSTALACIONES EJECUTADAS POR MÁS DE UNA

EMPRESA INSTALADORA.

En aquellas instalaciones donde intervengan, de maneracoordinada, más de una empresa instaladora autorizada, deberáquedar nítidamente definida la actuación de cada una y en quégrado de subordinación. Cada una de las empresasintervinientes emitirá su propio Certificado de Instalación, para laparte de la instalación que ha ejecutado. La Dirección Facultativatendrá la obligación de recoger tal circunstancia en el Certificadode Dirección y Finalización de obra correspondiente, indicandocon precisión el reparto de tareas y responsabilidades.

11.10.- SUBCONTRATACIÓN

La subcontratación se podrá realizar pero siempre y de formaobligatoria entre empresas instaladoras autorizadas,exigiéndosele la autorización previa del Promotor.

Los subcontratistas responderán directamente ante la empresainstaladora principal, pero tendrán que someterse a las mismasexigencias de profesionalidad, calidad y seguridad en la obra queésta.

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PLIEGO DE CONDICIONESPARTICULARES. CENTRO DE

TRANSFORMACIÓN

“URBANIZACIÓN TAMARACEITE SUR UZO-04”

ISLA DE GRAN CANARIA (LAS PALMAS GC)Claudio Medina Castellano

Colegiado nº 911

MARZO DE 2019

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ELECTRIFICACIÓN"URBANIZACIÓN TAMARACEITE SUR"PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS

PARTICULARES PARA REDES SUBTERRÁNEAS DE B.T.

Claudio Medina CastellanoC/Mendizabal, 15 –BajoTeléfono/fax: 928 31 03 1935001 Las Palmas de Gran Canaria

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ÍNDICE1.- OBJETO....................................................................................................................................................... 3

2.- CAMPO DE APLICACIÓN........................................................................................................................... 3

3.- NORMATIVA DE APLICACIÓN .................................................................................................................. 3

4.- CARACTERÍSTICAS Y CALIDAD DE MATERIALES................................................................................ 34.1.- COMPONENTES Y PRODUCTOS CONSTITUYENTES DE LA INSTALACIÓN ......................................................... 34.2.- CONTROL Y ACEPTACIÓN DE LOS ELEMENTOS Y EQUIPOS QUE CONFORMAN LAS REDES SUBTERRÁNEAS DE

BAJA TENSIÓN ......................................................................................................................................... 34.3.- CONDUCTORES ELÉCTRICOS .................................................................................................................... 4

5.- CONDICIONES DE EJECUCIÓN Y MONTAJE.......................................................................................... 45.1.- CONSIDERACIONES GENERALES................................................................................................................ 45.2.- COMPROBACIONES INICIALES.................................................................................................................... 55.3.- FASES DE EJECUCIÓN............................................................................................................................... 5

5.3.1.- Empalmes y conexiones ...................................................................................................................................................55.3.2.- Trazado de canalizaciones e instalación de conductores ..................................................................................................5

5.3.2.1 Instalación de cables aislados directamente enterrados ................................................................ 55.3.2.2 Instalación de cables aislados en canalizaciones entubadas ......................................................... 65.3.2.3 Instalación de cables aislados en galerías ..................................................................................... 65.3.2.4 Instalación de cables aislados en galerías visitables...................................................................... 65.3.2.5 Instalación de cables aislados en galerías o zanjas registrables.................................................... 75.3.2.6 Instalación de cables en atarjeas o canales revisables .................................................................. 75.3.2.7 Instalación de cables en bandejas, soportes o sujetos directamente a los paramentos................. 75.3.2.8 Instalación de cables en circuitos paralelos.................................................................................... 7

5.4.- APERTURA DE ZANJAS .............................................................................................................................. 75.5.- CONDICIONES GENERALES PARA CRUZAMIENTO, PROXIMIDADES Y PARALELISMO......................................... 7

5.5.1.- Cruzamientos....................................................................................................................................................................75.5.2.- Proximidades y Paralelismo ..............................................................................................................................................85.5.3.- Acometidas .......................................................................................................................................................................9

5.6.- TRANSPORTE DE BOBINAS DE CABLES ....................................................................................................... 95.7.- TENDIDO DE CABLES ................................................................................................................................ 95.8.- REPOSICIÓN DE PAVIMENTOS.................................................................................................................. 105.9.- ARMARIOS DE DISTRIBUCIÓN................................................................................................................... 10

6.- RECONOCIMIENTOS, PRUEBAS Y ENSAYOS...................................................................................... 106.1.- PRUEBAS Y ENSAYOS ............................................................................................................................. 11

7.- MEDICIÓN Y ABONO DE LAS OBRAS ................................................................................................... 117.1.- GENERALIDADES.................................................................................................................................... 117.2.- ABONO DE LAS PARTIDAS ALZADAS.......................................................................................................... 127.3.- ABONO DE LA CONSERVACIÓN Y REPARACIÓN DE LAS OBRAS.................................................................... 127.4.- MEDICIÓN Y ABONO DE LA EXCAVACIÓN................................................................................................... 127.5.- MEDICIÓN Y ABONO DEL RELLENO ........................................................................................................... 127.6.- ABONO DE LOS MEDIOS Y OBRAS AUXILIARES DE LOS ENSAYOS Y DE LOS DETALLES IMPREVISTOS .............. 12

8.- CONDICIONES DE MANTENIMIENTO Y USO ........................................................................................ 138.1.- CONSERVACIÓN ..................................................................................................................................... 138.2.- REPARACIÓN. REPOSICIÓN..................................................................................................................... 14

9.- INSPECCIONES PERIÓDICAS................................................................................................................. 149.1.- CERTIFICADOS DE INSPECCIÓN PERIÓDICAS ............................................................................................ 14

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9.2.- PROTOCOLO GENÉRICO DE INSPECCIÓN PERIÓDICA ................................................................................. 149.3.- DE LA RESPONSABILIDAD DE LAS INSPECCIONES PERIÓDICAS ................................................................... 149.4.- INSPECCIONES PERIÓDICAS DE LA RED DE BAJA TENSIÓN ......................................................................... 149.5.- DE LOS PLAZOS DE ENTREGA Y DE VALIDEZ DE LOS CERTIFICADOS DE INSPECCIÓN OCA ........................... 159.6.- DE LA GRAVEDAD DE LOS DEFECTOS DETECTADOS EN LAS INSPECCIONES DE LAS INSTALACIONES Y DE LAS

OBLIGACIONES DEL TITULAR Y DE LA EMPRESA INSTALADORA................................................................... 15

10.- CONDICIONES DE INDOLE FACULTATIVO......................................................................................... 1510.1.- DEL TITULAR DE LA INSTALACIÓN........................................................................................................... 1510.2.- DE LA DIRECCIÓN FACULTATIVA ............................................................................................................ 1610.3.- DE LA EMPRESA INSTALADORA O CONTRATISTA ..................................................................................... 1610.4.- DE LA EMPRESA MANTENEDORA............................................................................................................ 1610.5.- DE LOS ORGANISMOS DE CONTROL AUTORIZADO ................................................................................... 17

11.- CONDICIONES DE INDOLE ADMINISTRATIVO ................................................................................... 1711.1.- ANTES DEL INICIO DE LAS OBRAS........................................................................................................... 1711.2.- DOCUMENTACIÓN DEL PROYECTO ......................................................................................................... 1811.3.- MODIFICACIONES Y AMPLIACIONES DE LAS INSTALACIONES Y LA DOCUMENTACIÓN DEL PROYECTO ........... 19

11.3.1.- Modificaciones y ampliaciones no significativas de las instalaciones eléctricas.............................................................1911.3.1.1 Modificaciones y ampliaciones de las instalaciones en servicio y la documentación del proyecto1911.3.1.2 Modificaciones y ampliaciones de las instalaciones en fase de ejecución y la documentación del

proyecto........................................................................................................................................ 1911.3.2.- Modificaciones y ampliaciones significativas de las instalaciones eléctricas..................................................................19

11.4.- DOCUMENTACIÓN FINAL ....................................................................................................................... 1911.5.- CERTIFICADO DE DIRECCIÓN Y FINALIZACIÓN DE OBRA ........................................................................... 2011.6.- CERTIFICADO DE INSTALACIÓN.............................................................................................................. 2011.7.- LIBRO DE ÓRDENES ............................................................................................................................. 2011.8.- INCOMPATIBILIDADES ........................................................................................................................... 2011.9.- INSTALACIONES EJECUTADAS POR MÁS DE UNA EMPRESA INSTALADORA. ................................................ 2011.10.- SUBCONTRATACIÓN ........................................................................................................................... 20

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1.-OBJETO

Este Pliego de Condiciones Técnicas Particulares, el cualforma parte de la documentación del proyecto de referencia yque regirá las obras para la realización del mismo, determinalas condiciones mínimas aceptables para la ejecución de lasobras de la Instalación Eléctrica de Redes Subterráneas deDistribución en Baja Tensión, acorde a lo estipulado por elREAL DECRETO 842/2002 de 2 de agosto por el que seaprueba el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión, elDECRETO 141/2009, de 10 de noviembre, por el que seaprueba el Reglamento por el que se regulan losprocedimientos administrativos relativos a la ejecución ypuesta en servicio de las instalaciones eléctricas en Canarias.

Las dudas que se planteasen en su aplicación o interpretaciónserán dilucidadas por el Ingeniero-Director de la obra. Por elmero hecho de intervenir en la obra, se presupone que laempresa instaladora y las subcontratas conocen y admiten elpresente Pliego de Condiciones.

2.-CAMPO DE APLICACIÓN

Este Pliego de Condiciones Técnicas Particulares se refiere alsuministro e instalación de materiales necesarios en laejecución de redes subterráneas de Baja Tensión.

3.-NORMATIVA DE APLICACIÓN

Además de las condiciones técnicas particulares contenidasen el presente Pliego, serán de aplicación, y se observarán entodo momento durante la ejecución de la obra, las siguientesnormas y reglamentos:

Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto de 2002. por el quese aprueba el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión eInstrucciones Técnicas Complementarias

Guía Técnica de aplicación al Reglamento Electrotécnicopara Baja Tensión del Ministerio de Industria, Turismo yComercio.

Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que seregulan las actividades de transporte, distribución,comercialización, suministro y procedimientos de autorizaciónde instalaciones de energía eléctrica. (BOE 27-12-2000).

Ley 31/1995, de 8 de noviembre de prevención de riesgoslaborales; modificaciones por Ley 54/2003, de 12 dediciembre, de reforma del marco normativo de la prevenciónde riesgos laborales e instrucción para la aplicación de lamisma (B.O.E. 8/3/1996).

Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que seestablecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en lasobras de construcción.

RESOLUCIÓN de 18 de enero de 1988 del Mº de Industria yEnergía, por la que se autoriza el empleo del sistema deinstalación con conductores aislados bajo canales protectoresde material plástico (BOE 19-2-1988)

Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico.

Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria.

Real Decreto 661/2007, de 26 de mayo, por el que se regulala actividad de producción de energía eléctrica en régimenespecial.

Real Decreto 436/2004, de 12 de marzo, por el que seestablece la metodología para la actualización ysistematización del régimen jurídico y económico de laactividad de producción de energía eléctrica en régimenespecial.(B.O.E Num. 75 de 27 de marzo de 2004)

Normativa Autonómica:

Ley 11/1997, de 2 de diciembre, de regulación del SectorEléctrico Canario.

DECRETO 141/2009, de 10 de noviembre, por el que seaprueba el Reglamento por el que se regulan losprocedimientos administrativos relativos a la ejecución ypuesta en servicio de las instalaciones eléctricas en Canarias.

ORDEN de 25 de mayo de 2007 (B.O.C. número 121, de 18de junio de 2007), por la que se regula el procedimientotelemático para la puesta en servicio de instalacioneseléctricas de baja tensión.

Normas de Unión Eléctrica de Canarias (NUECSA) paraRedes de Distribución de Energía Eléctrica en Baja Tensión.

Salvo que se trate de prescripciones cuyo cumplimiento estéobligado por la vigente legislación, en caso de discrepanciaentre el contenido de los documentos anteriormentemencionados se aplicará el criterio correspondiente al quetenga una fecha de aplicación posterior. Con idénticasalvedad, será de aplicación preferente, respecto de losanteriores documentos lo expresado en este Pliego deCondiciones Técnicas Particulares.

4.-CARACTERÍSTICAS Y CALIDAD DE MATERIALES

Los materiales cumplirán con las especificaciones de lasNormas UNE que les correspondan y que sean señaladascomo de obligado cumplimiento y lo que establezca elpresente Pliego de Condiciones Técnicas Particulares y lareglamentación vigente.

No se podrán emplear materiales que no hayan sidoaceptados previamente por el Ingeniero-Director.

Se realizarán cuantos ensayos y análisis indique el Ingeniero-Director de obra, aunque no estén indicados en este Pliego deCondiciones Técnicas Particulares.

4.1.- COMPONENTES Y PRODUCTOS CONSTITUYENTES DE LAINSTALACIÓN

Genéricamente la instalación contará con:

ConductoresDispositivos de protección eléctricaCanalizaciones subterráneas. Zanjas.Protecciones mecánicas.

4.2.- CONTROL Y ACEPTACIÓN DE LOS ELEMENTOS Y EQUIPOS

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QUE CONFORMAN LAS REDES SUBTERRÁNEAS DE BAJATENSIÓN

La Dirección Facultativa velará porque todos los materiales,productos, sistemas y equipos que formen parte de lainstalación eléctrica sean de marcas de calidad (UNE. EN,CEI, CE, AENOR, etc.) y dispongan de la documentación queacredite que sus características mecánicas y eléctricas seajustan a la normativa vigente, así como de los certificados deconformidad con las normas UNE, EN, CEI, CE u otras que lesean exigibles por normativa o por prescripción del proyectistay por lo especificado en el presente Pliego de CondicionesTécnicas Particulares

La Dirección Facultativa asimismo podrá exigir muestras delos materiales a emplear y sus certificados de calidad,ensayos y pruebas de laboratorios, rechazando, retirando,desmontando o reemplazando dentro de cualquiera de lasetapas de la instalación los productos, elementos odispositivos que a su parecer perjudiquen en cualquier gradoel aspecto, seguridad o bondad de la obra.

Cuando proceda hacer ensayos para la recepción de losproductos o verificaciones para el cumplimiento de suscorrespondientes exigencias técnicas, según su utilización,estos podrán ser realizadas por muestreo u otro método queindiquen los órganos competentes de las ComunidadesAutónomas, además de la comprobación de la documentaciónde suministro en todos los casos, debiendo aportarse oincluirse, junto con los equipos y materiales, las indicacionesnecesarias para su correcta instalación y uso debiendomarcarse con las siguientes indicaciones mínimas:

Identificación del fabricante, representante legal oresponsable de su comercialización.

Marca y modelo. Tensión y potencia (o intensidad) asignadas. Cualquier otra indicación referente al uso específico del

material o equipo, asignado por el fabricante.

Concretamente por cada elemento tipo, estas indicacionespara su correcta identificación serán las siguientes:

Conductores:

Identificación, según especificaciones de proyecto Distintivo de calidad: Marca de Calidad AENOR

homologada por el Ministerio de Industria, Comercio yTurismo (MICT)

Año de fabricación y características, según Normas UNE.

El resto de componentes de la instalación deberán recibirseen obra conforme a: la documentación del fabricante, marcadode calidad, la normativa si la hubiere, especificaciones delproyecto y a las indicaciones de la Dirección Facultativadurante la ejecución de las obras.

Asimismo aquellos materiales no especificados en el presenteproyecto que hayan de ser empleados para la realización delmismo, dispondrán de marca de calidad y no podrán utilizarsesin previo conocimiento y aprobación de la DirecciónFacultativa.

4.3.- CONDUCTORES ELÉCTRICOS

Los cables instalados serán los que figuran en el presenteproyecto y deberán estar de acuerdo con lasRecomendaciones UNESA y las Normas UNE

Los conductores de los cables utilizados en las líneassubterráneas serán de cobre o de aluminio y estarán aisladoscon mezclas apropiadas de compuestos poliméricos. Estaránademás debidamente protegidos contra la corrosión quepueda provocar el terreno donde se instalen y tendrán laresistencia mecánica suficiente para soportar los esfuerzos aque puedan estar sometidos.

Los cables podrán ser de uno o más conductores y de tensiónasignada no inferior a 0,6/1 kV, y deberán cumplir losrequisitos especificados en la parte correspondiente de laNorma UNE-HD 603. La sección de estos conductores será laadecuada a las intensidades y caídas de tensión previstas y,en todo caso, esta sección no será inferior a 6 mm2 paraconductores de cobre y a 16 mm2 para los de aluminio.

Dependiendo del número de conductores con que se haga ladistribución, la sección mínima del conductor neutro será:

- Con dos o tres conductores: Igual a la de los conductores defase.

- Con cuatro conductores, la sección del neutro será comomínimo la de la siguiente tabla:

Conductores faseSección neutro(mm2) (mm2)6 (Cu) 6

10 (Cu) 1016 (Cu) 1016 (Al) 16

25 1635 1650 2570 3595 50120 70150 70185 95240 120300 150400 185

5.- CONDICIONES DE EJECUCIÓN Y MONTAJE

5.1.- CONSIDERACIONES GENERALES

Las instalaciones de Líneas Eléctricas Subterráneas de BajaTensión serán ejecutadas por instaladores eléctricosautorizados, para el ejercicio de esta actividad, segúnDECRETO 141/2009 e Instrucciones Técnicas

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Complementarias ITC del REBT, y deberán realizarseconforme a lo que establece el presente Pliego deCondiciones Técnicas Particulares y a la reglamentaciónvigente.

El Ingeniero-Director rechazará todas aquellas partes de lainstalación que no cumplan los requisitos para ellas exigidas,obligándose la empresa instaladora autorizada o Contratista asustituirlas a su cargo.

Durante el proceso de ejecución de la instalación se dejaránlas líneas sin tensión y, en su caso, se conectarán a tierra.Deberá garantizarse la ausencia de tensión mediante uncomprobador adecuado antes de cualquier manipulación.

En los lugares de ejecución se encontrarán presentes, comomínimo dos operarios, que deberán utilizar guantes, alfombrasaislantes, demás materiales y herramientas de seguridad.

Los aparatos o herramientas eléctricas que se utilicen estarándotados del correspondiente aislamiento de grado II, o estaránalimentados a tensión inferior a 50V, mediante transformadorde seguridad.

Se cumplirán, además, todas las disposiciones legales quesean de aplicación en materia de seguridad y salud en eltrabajo.

5.2.- COMPROBACIONES INICIALES

Se comprobará que todos los elementos y componentes de lainstalación de las Líneas Eléctricas Subterráneas de BajaTensión, coinciden con su desarrollo en el proyecto, y en casocontrario se redefinirá en presencia de la DirecciónFacultativa.

Antes de comenzar los trabajos se marcará, por Instaladorautorizado y en presencia de la Dirección Facultativa, en elpavimento de las zonas por donde discurrirá el trazado de laszanjas, marcando tanto su anchura como su longitud y las zonasdonde se dejen llaves para la contención del terreno. Si hahabido posibilidad de conocer las acometidas de otros servicios alas fincas construidas, se indicarán sus situaciones con el fin detomar las precauciones debidas.

Se estudiará la señalización de acuerdo con las normasmunicipales y se determinarán las protecciones precisas tantode la zanja como de los pasos que sean necesarios para losaccesos a los portales, comercios, garajes, etc. así como laschapas de hierro que hayan de colocarse sobre la zanja parael paso de vehículos.

Antes de proceder a la apertura de las zanjas se abrirán calasde reconocimiento para confirmar o rectificar el trazadoprevisto.

Al marcar el trazado de las zanjas se tendrá en cuenta el radiomínimo que hay que dejar en la curva con arreglo a la seccióndel conductor o conductores que se vayan a canalizar.

5.3.- FASES DE EJECUCIÓN

5.3.1.- EMPALMES Y CONEXIONES

Los empalmes y conexiones de conductores se realizaránutilizando piezas metálicas apropiadas, resistentes a lacorrosión, y que aseguren un contacto eléctrico eficaz, demodo que en ellos, la elevación de temperatura no seasuperior a la de los conductores.

Se efectuarán siguiendo métodos o sistemas que garanticenuna perfecta continuidad del conductor y de su aislamiento,así como de su envolvente metálica, cuando exista. Asimismo,deberá quedar perfectamente asegurada su estanquidad yresistencia contra la corrosión que pueda originar el medio.

Los empalmes deberán soportar sin rotura ni deslizamientodel conductor, el 90 por ciento de su carga de rotura. No esadmisible realizar empalmes por soldadura o por torsióndirecta de los conductores.

Con conductores de distinta naturaleza, se tomarán todas lasprecauciones necesarias para obviar los inconvenientes quese derivan de sus características especiales, evitando lacorrosión electrolítica mediante piezas adecuadas.

5.3.2.- TRAZADO DE CANALIZACIONES E INSTALACIÓN DECONDUCTORES

Las canalizaciones se dispondrán, en general, por terrenos dedominio público, y en zonas perfectamente delimitadas,preferentemente bajo las aceras. El trazado será lo másrectilíneo posible y a poder ser paralelo a referencias fijascomo líneas en fachada y bordillos. Asimismo, deberántenerse en cuenta los radios de curvatura mínimos, fijados porlos fabricantes (o en su defecto los indicados en las normasde la serie UNE 20.435), a respetar en los cambios dedirección.

En la etapa de proyecto se deberá consultar con las empresasde servicio público y con los posibles propietarios de serviciospara conocer la posición de sus instalaciones en la zonaafectada. Una vez conocida, antes de proceder a la aperturade las zanjas se abrirán calas de reconocimiento paraconfirmar o rectificar el trazado previsto en el proyecto.

Los cables aislados podrán instalarse de cualquiera de lassiguientes maneras:

5.3.2.1 INSTALACIÓN DE CABLES AISLADOSDIRECTAMENTE ENTERRADOS

La profundidad, hasta la parte inferior del cable, no serámenor de 0,60 m en acera, ni de 0,80 m en calzada.

Cuando existan impedimentos que no permitan lograr lasmencionadas profundidades, éstas podrán reducirse,disponiendo protecciones mecánicas suficientes, tales comolas establecidas en el apartado 2.1.2. Por el contrario, deberánaumentarse cuando las condiciones que se establecen en elapartado 2.2 de la presente instrucción así lo exijan.

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Para conseguir que el cable quede correctamente instaladosin haber recibido daño alguno, y que ofrezca seguridad frentea excavaciones hechas por terceros, en la instalación de loscables se seguirán las instrucciones descritas a continuación:

- El lecho de la zanja que va a recibir el cable seráliso y estará libre de aristas vivas, cantos, piedras,etc.. . En el mismo se dispondrá una capa de arenade mina o de río lavada, de espesor mínimo 0,05 msobre la que se colocará el cable. Por encima delcable irá otra capa de arena o tierra cribada de unos0,10 m de espesor. Ambas capas cubrirán laanchura total de la zanja, la cual será suficiente paramantener 0,05 m entre los cables y las paredeslaterales.

- Por encima de la arena todos los cables deberántener una protección mecánica, como por ejemplo,losetas de hormigón, placas protectoras de plástico,ladrillos o rasillas colocadas transversalmente.Podrá admitirse el empleo de otras proteccionesmecánicas equivalentes. Se colocará también unacinta de señalización que advierta de la existenciadel cable eléctrico de baja tensión. Su distanciamínima al suelo será de 0,10 m, y a la parte superiordel cable de 0,25 m.

- Se admitirá también la colocación de placas con ladoble misión de protección mecánica y deseñalización.

5.3.2.2 INSTALACIÓN DE CABLES AISLADOS ENCANALIZACIONES ENTUBADAS

En este caso sólo deberá disponerse un cable (o un conjuntode conductores unipolares que constituyan un sistema) porconducto y serán conforme a lo dispuesto por el apartado1.2.4 de la ITC-BT-21 del REBT, estableciéndose ademásregistros suficientes y convenientemente dispuestos de modoque la sustitución, reposición o ampliación de los conductorespueda efectuarse fácilmente.

Se evitarán, en lo posible, los cambios de dirección de lostubos. En los puntos donde se produzcan y para facilitar lamanipulación de los cables, se dispondrán arquetas con tapa,registrables o no. Para facilitar el tendido de los cables, en lostramos rectos se instalarán arquetas intermedias, registrables,ciegas o simplemente calas de tiro, como máximo cada 40 m.Esta distancia podrá variarse de forma razonable, en funciónde derivaciones, cruces u otros condicionantes viarios. A laentrada en las arquetas, los tubos deberán quedardebidamente sellados en sus extremos para evitar la entradade roedores.

5.3.2.3 INSTALACIÓN DE CABLES AISLADOS EN GALERÍAS

Se consideran dos tipos de galería, la galería visitable, dedimensiones interiores suficientes para la circulación depersonas, y la galería registrable, o zanja prefabricada, en laque no está prevista la circulación de personas y dónde lastapas de registro precisan medios mecánicos para sumanipulación.

Las galerías serán de hormigón armado o de otros materialesde rigidez, estanqueidad y duración equivalentes. Sedimensionarán para soportar la carga de tierras y pavimentossituados por encima y las cargas del tráfico que correspondan.

5.3.2.4 INSTALACIÓN DE CABLES AISLADOS EN GALERÍASVISITABLES

Podrán ser utilizadas para las instalaciones eléctricas depotencia, cables de control y de telecomunicaciones pero enningún caso conjuntamente con instalaciones de gas.Asimismo se evitará su utilización con canalizaciones de agua,aunque cuando coexistan, las que transportan el aguadeberán estar situadas en un nivel inferior que el resto deinstalaciones necesitando obligatoriamente un desagüesituado por encima de la cota de las alcantarilla, o de lacanalización de saneamiento que evacua.

Las galerías visitables dispondrán de pasillos de circulación deanchura mínima de 90cm y de 2 m de altura mínima, dotadade accesos cerrados al paso de personas no autorizadas perocon sistema de apertura fácil desde su interior. Se dispondráde este tipo de accesos en cada extremo de la galería yestarán dotadas de sistemas de ventilación que garantices 6renovaciones por hora y no sobrepasar los 40º detemperatura.

Los suelos serán antideslizantes, con pendiente adecuada,dotado de sistema eficaz de drenaje así como adoptando lasmedidas oportunas para evitar la entrada de roedores.

Los cables se dispondrán con trazado recto procurandoconservar su posición relativa entre ellos, así como suagrupamiento por tensiones, debiendo estar perfectamenteseñalizados e identificados, incluido el nombre de la empresaa los que pertenecen.

En el caso de agruparse, lo harán formando bandas, donde laseparación entre dos bandas de cables será como mínimo de20cm.

La separación entre dos cables multipolares o ternas de cablesunipolares dentro de una misma banda será como mínimo de20cm.

La profundidad de las respectivas bandas de cablesdependerá de las tensiones, de forma que la mayorprofundidad corresponda a la mayor tensión

Estarán fijados a la pared o a la estructura de las galeríasmediante correspondientes elementos de sujeción (regletas,ménsulas, bandejas portacables, bridas, etc.) en evitación deesfuerzos electrodinámicos. Todos estos elementos desujeción que sean metálicos así como aquellos accesibles alas personas (barandillas, tuberías, etc.), estarán conectadoseléctricamente al conductor de tierra de la galería.

En aquellas galerías en las que se supere los 400m delongitud, además de satisfacer las condiciones anteriores,será de obligado cumplimento disponer las siguientesmedidas:

- Sistema de Alumbrado fijo en su interior.

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- Instalación de detección de gases tóxicos consensibilidad de al menos 300ppm.

- Indicadores luminosos que regulen el acceso de laspersonas.

- Un acceso para personas cada 400 m de recorrido.

- Alumbrado de señalización interior, de salidas y derecorridos de evacuación.

- Compartimentación

- Puertas cortafuegos.

5.3.2.5 INSTALACIÓN DE CABLES AISLADOS EN GALERÍAS OZANJAS REGISTRABLES

Podrán ser utilizadas para las instalaciones eléctricas de altatensión, baja tensión, alumbrado, cables de control y detelecomunicaciones pero en ningún caso conjuntamente coninstalaciones de gas. Asimismo se podrán utilizarconjuntamente con instalaciones de agua siempre y cuandose garantice que en caso de fuga, el agua no afecte a losdemás servicios, por lo que se deberán extremar lasprecauciones de su estanqueidad de cierres y disponer deóptima ventilación para evitar la acumulación de gases, lacondensación acuosa y favorecer la refrigeración de loselementos.

5.3.2.6 INSTALACIÓN DE CABLES EN ATARJEAS O CANALESREVISABLES

En el interior de establecimientos industriales o en recintos deuso exclusivo para las instalaciones eléctricas, se podrándisponer los cables en canales de obra revisables que tendrántapas de cierre manipulables manualmente y estarán dotadosde correspondiente sistema de ventilación. Este canal podráalbergar cables de distintas tensiones aunque searecomendable el empleo de un canal por cada tipo de cable.

5.3.2.7 INSTALACIÓN DE CABLES EN BANDEJAS, SOPORTESO SUJETOS DIRECTAMENTE A LOS PARAMENTOS

Solamente se emplearán en subestaciones eléctricas y en elinterior de las edificaciones no sometidas a efectos de laintemperie, con acceso restringido a personas autorizadas,estando dotadas de protecciones mecánicas para impedir ellibre acceso incluido el paso de vehículos.

5.3.2.8 INSTALACIÓN DE CABLES EN CIRCUITOSPARALELOS

Esta disposición se empleará cuando la intensidad atransportar por un solo conductor sea superior a la admisible,pudiendo instalar más de un cable por fase, según la adopciónde los siguientes criterios:

Empleo de conductor del mismo material, sección ylongitud.

Agrupación en tresbolillo, en ternas dispuestas enuno o varios niveles.

5.4.- APERTURA DE ZANJAS

Las zanjas se harán verticales hasta la profundidad escogida,colocándose entibaciones en los casos en que la naturalezadel terreno lo haga preciso.

Se procurará dejar un paso de 50cm entre la zanja y lastierras extraídas, con el fin de facilitar la circulación delpersonal de la obra y evitar la caída de tierras en la zanja.

Se deben tomar todas las precauciones precisas para no taparcon tierras registros de gas, teléfono, bocas de riego,alcantarillas, etc.

Durante la ejecución de los trabajos en la vía pública sedejarán pasos suficientes para vehículos y peatones, así comolos accesos a los edificios, comercios y garajes. Si esnecesario interrumpir la circulación se precisará unaautorización especial.

Las dimensiones mínimas de las zanjas serán las siguientes:

Profundidad de 60cm y anchura de 50cm para canalizacionesde baja tensión bajo acera.

Profundidad de 115cm y anchura de 60cm paracanalizaciones de baja tensión bajo calzada.

5.5.- CONDICIONES GENERALES PARA CRUZAMIENTO,PROXIMIDADES Y PARALELISMO

Los conductores subterráneos deberán cumplir, además delas condiciones señaladas en la ITC-BT-07 del REBT, lasdisposiciones legales que pudieran imponer otros organismoscompetentes cuando sus instalaciones fueran afectadas porlos tendidos de conductores subterráneos de Baja Tensión.

Para cruzar zonas en las que no sea posible o supongagraves inconvenientes y dificultades la apertura de zanjas(cruces de ferrocarriles, carreteras con gran densidad decirculación, etc.), pueden utilizarse máquinas perforadoras"topo" de tipo impacto, hincadora de tuberías o taladradora debarrena, en estos casos se prescindirá del diseño de zanjadescrito anteriormente puesto que se utiliza el proceso deperforación que se considere más adecuado. Su instalaciónprecisa zonas amplias despejadas a ambos lados delobstáculo a atravesar para la ubicación de la maquinaria.

5.5.1.- CRUZAMIENTOS

Para cables subterráneos de baja tensión directamenteenterrados:

Con calles y carreteras

Los conductores se colocarán entubados (también para evitaruna nueva excavación para el paso de otra nueva línea oreparación de la existente) en el interior de tubos protectoresconforme con lo establecido en la ITC-BT-21, recubiertos dehormigón en toda su longitud, a una profundidad mínima de0,80metros. Los conductos serán resistentes, duraderos ytendrán un diámetro que permita deslizar fácilmente por suinterior los conductores. El cruce se recomienda seaperpendicular al eje del vial.

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Deberá preverse para futuras ampliaciones uno o varios tubosde reserva dependiendo el número de la zona y situación delcruce (en cada caso se fijará el número de tubos de reserva).

Los tubos de cemento o fibrocemento, hierro o PVC seinstalarán sobre una capa de hormigón de 10cm de espesor.Una vez colocados los tubos se recubrirá toda la zanja conhormigón hasta una altura de 10cm inferior al de la calzada,para rellenar ésta con pavimento asfáltico.

La superficie interna de los tubos será lisa. Deberá preverse parafuturas ampliaciones varios tubos de reserva dependiendo de lazona y situación del cruce.

Especial cuidado ha de observarse en la salida de los cables delinterior de los tubulares, para evitar el cizallamiento de losmismos, caso de producirse movimientos del terreno.

Los extremos de los tubos de reserva quedarán tapados y ensu longitud es importante dejar dispositivos pasantes (cablesde acero galvanizado de 2,5mm. de diámetro como mínimo).

Siempre que la profundidad de la zanja bajo la calzada seainferior a la reglamentaria se utilizarán tubos de hierro o chapasmetálicas, sobre los tubos que aseguren resistencia mecánicaequivalente, , teniendo en cuenta que dentro del mismo tubodeberán colocarse las tres fases y neutro.

Los extremos de los tubos en los cruces llegarán hasta lasarquetas situadas en las aceras.

En las salidas el cable se situará en la parte superior del tubo,cerrando los orificios con yeso.

Con ferrocarriles

Los conductores se colocarán en el interior de tubosprotectores conforme con lo establecido en la ITC-BT-21,recubiertos de hormigón cuado sea posible y rebasarán lasvías férreas en 1,5m por cada extremo.

Los cruzamientos se efectuarán en conductos, siempre quesea posible, normalmente perpendicular a la vía y a unaprofundidad mínima de 1.30 metros con respecto a la carainferior de la traviesa. Se recomienda efectuar el cruzamientopor los lugares de menor anchura de la zona del ferrocarril.

Los cruces de vías férreas, cursos de agua, etc. deberánproyectarse con todo detalle.

Con otros conductores de energía subterráneos

Se procurará colocar los cables de baja tensión por encima delos de alta tensión.

La distancia mínima entre un cable de baja tensión y otroscables de energía eléctrica será: 0,25 m con cables de altatensión y 0,10 m con cables de baja tensión. La distancia delpunto de cruce a los empalmes será superior a 1 m. Cuandono puedan respetarse estas distancias en los cablesdirectamente enterrados, el cable instalado másrecientemente se dispondrá en canalización entubada segúnlo prescrito en el apartado 2.1.2. de la ITC-BT-07 del REBT.

Con cables de telecomunicación

La separación mínima entre los cables de energía eléctrica ylos de telecomunicación será de 0.20 m. La distancia delpunto de cruce a los empalmes, tanto del cable de energíacomo del cable de telecomunicación, será superior a 1 m.Cuando no puedan respetarse estas distancias en los cablesdirectamente enterrados, el cable instalado másrecientemente se dispondrá en canalización entubada segúnlo prescrito en el apartado 2.1.2. de la ITC-BT-07 del REBT.

Estas restricciones no se deben aplicar a los cables de fibraóptica con cubiertas dieléctricas. Todo tipo de protección en lacubierta del cable debe ser aislante.

Con canalizaciones de gas y agua

Siempre que sea posible, los cables se instalarán por encimade las canalizaciones de agua.

La distancia mínima entre cables de energía eléctrica ycanalizaciones de agua o gas será de 0,20 m. Se evitará elcruce por la vertical de las juntas de las canalizaciones deagua o gas, o de los empalmes de la canalización eléctrica,situando unas y otros a una distancia superior a 1 m del cruce.Cuando no puedan respetarse estas distancias en los cablesdirectamente enterrados, el cable instalado másrecientemente se dispondrá en canalización entubada segúnlo prescrito en el apartado 2.1.2. de la ITC-BT-07 del REBT.

Con conducciones de alcantarillado y saneamiento

Se procurará pasar los cables por encima de las conduccionesde alcantarillado, pudiendo incidir en sus paredes siempre ycuando ésta no se debilite. Si fuese necesario que los cablesdiscurran por debajo de las conducciones de alcantarillado,irán bajo tubos protectores según lo prescrito en el apartado2.1.2. de la ITC-BT-07 del REBT.

Con depósitos de combustibles

Los cables discurran canalizados bajo tubos protectores, adistancia mínima de 0,20 metros del depósito y rebasarán aéste en 1,5 m por cada extremo.

El cruzamiento entre cables de energía y conduccionesmetálicas enterradas no debe efectuarse sobre la proyecciónvertical de las uniones no soldadas de la misma conducciónmetálica. No deberá existir ningún empalme sobre el cable deenergía a una distancia inferior a 1m.

La mínima distancia entre la generatriz del cable de energía yla de la conducción metálica no debe ser inferior a 0,30m.Además entre el cable y la conducción debe estar interpuestauna plancha metálica de 8mm de espesor como mínimo u otraprotección mecánica equivalente, de anchura igual al menosal diámetro de la conducción y de todas formas no inferior a0,50m.

Análoga medida de protección debe aplicarse en el caso deque no sea posible tener el punto de cruzamiento a distanciaigual o superior a 1m de un empalme del cable.

5.5.2.- PROXIMIDADES Y PARALELISMO

Los cables subterráneos de baja tensión directamenteenterrados deberán cumplir las condiciones y distancias deproximidad que se indican a continuación, procurando evitar

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que queden en el mismo plano vertical que las demásconducciones.

Con otros conductores de energía eléctrica

Los cables de baja tensión podrán instalarse paralelamente aotros de baja o alta tensión, manteniendo entre ellos unadistancia mínima de 0,10 m con los cables de baja tensión y0,25 m con los cables de alta tensión. Cuando no puedanrespetarse estas distancias en los cables directamenteenterrados, el cable instalado más recientemente se dispondráen canalización entubada según lo prescrito en el apartado2.1.2. de la ITC-BT-07 del REBT.

En el caso de que un mismo propietario canalice a la vezvarios cables de baja tensión, podrá instalarlos a menordistancia, incluso en contacto.

Con cables de telecomunicación-

La distancia mínima entre los cables de energía eléctrica y losde telecomunicación será de 0,20 m. Cuando no puedanrespetarse estas distancias en los cables directamenteenterrados, el cable instalado más recientemente se dispondráen canalización entubada según lo prescrito en el apartado2.1.2. de la ITC-BT-07 del REBT.

Con canalizaciones de agua

La distancia mínima entre los cables de energía eléctrica y lascanalizaciones de agua será de 0,20 m. La distancia mínimaentre los empalmes de los cables de energía eléctrica y lasjuntas de las canalizaciones de agua será de 1 m. Cuando nopuedan respetarse estas distancias en los cablesdirectamente enterrados, el cable instalado másrecientemente se dispondrá en canalización entubada segúnlo prescrito en el apartado 2.1.2. de la ITC-BT-07 del REBT.

Se procurará mantener una distancia mínima de 0,20 m enproyección horizontal, y que la canalización de agua quedepor debajo del nivel del cable eléctrico.

Por otro lado, las arterias principales de agua se dispondránde forma que se aseguren distancias superiores a 1 mrespecto a los cables eléctricos de baja tensión.

Con canalizaciones de gasLa distancia mínima entre los cables de energía eléctrica y lascanalizaciones de gas será de 0,20 m, excepto paracanalizaciones de gas de alta presión (más de 4 bar), en quela distancia será de 0,40 m. La distancia mínima entre losempalmes de los cables de energía eléctrica y las juntas delas canalizaciones de gas será de 1 m. Cuando no puedanrespetarse estas distancias en los cables directamenteenterrados, el cable instalado más recientemente se dispondráen canalización entubada según lo prescrito en el apartado2.1.2. de la ITC-BT-07 del REBT.Se procurará mantener una distancia mínima de 0,20 m enproyección horizontal.Por otro lado, las arterias importantes de gas se dispondránde forma que se aseguren distancias superiores a 1 mrespecto a los cables eléctricos de baja tensión.

5.5.3.- ACOMETIDAS

En el caso en el que el cruzamiento o paralelismo de loscables eléctricos se produzcan con los servicios descritosanteriormente en tramos de acometidas a edificios, semantendrá una distancia mínima de 0,20 metros.

Si por motivos especiales, esta distancia no pudierarespetarse, los conductores se establecerán en el interior detubos, conductos o divisorias, constituidos por materialesincombustibles de adecuada resistencia mecánica según loprescrito en el apartado 2.1.2. de la ITC-BT-07 del REBT.

5.6.- TRANSPORTE DE BOBINAS DE CABLES

La carga y descarga, sobre camiones o remolquesapropiados, se hará siempre mediante una barra adecuadaque pase por el orificio central de la bobina.

Bajo ningún concepto se podrá retener la bobina con cuerdas,cables o cadenas que abracen la bobina y se apoyen sobre lacapa exterior del cable enrollado; asimismo no se podrá dejarcaer la bobina al suelo desde un camión o remolque.

Cuando se desplace la bobina por tierra rodándola, habrá quefijarse en el sentido de rotación, generalmente indicado conuna flecha, con el fin de evitar que se afloje el cable enrolladoen la misma.

Las bobinas no deben almacenarse sobre un suelo blando.

Antes de empezar el tendido del cable se estudiará el lugarmás adecuado para colocar la bobina con objeto de facilitar eltendido. En el caso de suelo con pendiente es preferiblerealizar el tendido en sentido descendente.

Para el tendido la bobina estará siempre elevada y sujeta porbarra y gatos adecuados al peso de la misma y dispositivos defrenado.

5.7.- TENDIDO DE CABLES

Los cables deben ser siempre desenrollados y puestos en susitio con el mayor cuidado evitando que sufran torsión, haganbucles, etc. y teniendo siempre en cuenta que el radio decurvatura del cable debe ser superior a 20 veces su diámetrodurante su tendido y superior a 10 veces su diámetro una vezinstalado. En todo caso el radio de curvatura del cable nodebe ser inferior a los valores indicados en las Normas UNEcorrespondientes relativas a cada tipo de cable.

Cuando los cables se tiendan a mano los operarios estarándistribuidos de una manera uniforme a lo largo de la zanja.

El tendido se hará obligatoriamente por rodillos que puedangirar libremente y construidos de forma que no dañen al cable.

Durante el tendido se tomarán precauciones para evitar que elcable no sufra esfuerzos importantes ni golpes ni rozaduras.

No se permitirá desplazar lateralmente el cable por medio depalancas u otros útiles; deberá hacerse siempre a mano.

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Sólo de manera excepcional se autorizará desenrollar el cablefuera de la zanja, siempre bajo la vigilancia del Ingeniero-Director de obra.

Cuando la temperatura ambiente sea inferior a cero grados nose permitirá hacer el tendido del cable debido a la rigidez quetoma el aislamiento.

En ningún caso se dejarán los extremos del cable en la zanjasin haber asegurado antes una buena estanqueidad de losmismos.

Cuando dos cables que se canalicen deban ser empalmados,se solaparán al menos en una longitud de 0,50 m., teniendoen cuenta que los empalmes se realizarán en el interior de lasarquetas.

Si con motivo de las obras de canalización aparecieraninstalaciones de otros servicios; se tomarán todas lasprecauciones para no dañarlas, dejándolas al terminar lostrabajos en las mismas condiciones en que se encontrabanprimitivamente.

Si involuntariamente se causara alguna avería en dichosservicios, se avisará con toda urgencia al Ingeniero-Directorde obra y a la empresa correspondiente con el fin de queprocedan a su reparación. El encargado de la obra por partedel Contratista o empresa instaladora autorizada, deberáconocer la dirección de los servicios públicos así como sunúmero de teléfono para comunicarse en caso de necesidad.

En el caso de canalizaciones con cables unipolares:

Se recomienda colocar en cada metro y medio por fase yen el neutro unas vueltas de cinta adhesiva para indicar elcolor distintivo de dicho conductor.

Cada metro y medio, envolviendo las tres fases y elneutro, se colocará una sujeción que agrupe dichosconductores y los mantenga unidos.

Nunca se pasarán dos circuitos de baja tensión, bien cablestripolares o bien cables unipolares, por un mismo tubo.

5.8.- REPOSICIÓN DE PAVIMENTOS

Los pavimentos serán repuestos de acuerdo con las normas ydisposiciones dictadas por el propietario de los mismos.

Deberá lograrse una homogeneidad de forma que quede elpavimento nuevo lo más igualado posible al antiguo, haciendosu reconstrucción por piezas nuevas si está compuesto porlosas, adoquines, etc.

En general se utilizarán materiales nuevos salvo las losas depiedra, adoquines, bordillos de granito y otros similares.

5.9.- ARMARIOS DE DISTRIBUCIÓN

La fundación de los armarios tendrán como mínimo 50 cm dealtura sobre el nivel del suelo.

Al preparar esta fundación se dejarán los tubos o taladrosnecesarios para el posterior tendido de los cables,colocándolos con la mayor inclinación posible para conseguir

que la entrada de cables a los tubos quede siempre 50 cmcomo mínimo por debajo de la rasante del suelo.

6.-RECONOCIMIENTOS, PRUEBAS Y ENSAYOS

Para la recepción provisional de las obras una vez terminadas,el Ingeniero-Director procederá, en presencia de losrepresentantes del Contratista o empresa instaladora eléctricaautorizada, a efectuar los reconocimientos y ensayos precisospara comprobar que las obras han sido ejecutadas consujeción al presente proyecto y cumplen las condicionestécnicas exigidas.

Previamente a los mencionados reconocimientos de las obras,el Contratista habrá retirado todos los materiales sobrantes,restos, embalajes, bobinas de cables, medios auxiliares, tierrassobrantes de las excavaciones y rellenos, escombros, etc. hastadejarlas completamente limpias y despejadas.

En estos reconocimientos se comprobará que todos losmateriales instalados coinciden con los admitidos por laDirección Facultativa en el control previo efectuado antes desu instalación y que corresponden exactamente a lasmuestras que tenga en su poder, si las hubiera y, finalmentecomprobará que no sufren deterioro alguno ni en su aspecto nien su funcionamiento.

Análogamente se comprobará que la realización de lainstalación eléctrica subterránea de baja tensión ha sidollevada a cabo y terminadas, rematadas correcta ycompletamente.

No se recibirá ninguna instalación eléctrica que no haya sidoprobada con su tensión normal y demostrada su correctofuncionamiento.

En particular, se resalta la comprobación y la verificación delos siguientes puntos:

Secciones y tipos de los conductores y cables utilizados. Formas de ejecución de los terminales, empalmes,

derivaciones y conexiones en general. Tipo, tensión e intensidad nominales y funcionamiento de

los aparatos de maniobra, mando, protección y medida. Compactación de las zanjas y reposición de firmes y

pavimentos afectados. Cumplimiento de condiciones de cruzamientos, de

proximidades y paralelismos entre distintascanalizaciones.

Asimismo, se verificarán, con carácter general, los siguientesextremos:

En el montaje de los conductores de redes eléctricassubterráneas sobre lecho de arena y bajo tubo enzanjas.

El acopio de materiales a lo largo del trazado de la red serealiza siguiendo las especificaciones del proyecto y deacuerdo con el plan de montaje.

Las herramientas y medios necesarios se seleccionan deacuerdo con las necesidades del montaje.

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El replanteo y dimensiones de las zanjas y arquetas, entreotros, se realiza cumpliendo con las especificaciones delproyecto y asegurándose que no coincide con otros serviciosen la misma proyección vertical y cumple con lareglamentación vigente.

Las intervenciones (calzadas, aceras, cruces de calles ycarreteras, entre otros.) se realizan disponiendo de lospermisos correspondientes.

El asiento de los cables sobre la base de la zanja o laintroducción de los cables en los tubos y la preparación de lainstalación para su tendido se realiza teniendo en cuenta eltipo de instalación.

El tendido de los conductores se realiza sin que sufran daños(colocando los rodillos y evitando cruces) y se disponen deacuerdo al tipo de instalación y a la reglamentación vigente.

Los conductores se empalman y conexionan utilizando loselementos apropiados según normas e instrucciones demontaje.

Los conductores se marcan y se agrupan a las distanciasadecuadas siguiendo la documentación del proyecto y plan demontaje.

Las protecciones mecánicas y de señalización de la red semontan cumpliendo la normativa vigente.

Las cajas terminales y empalmes se confeccionan y montansiguiendo las normas e instrucciones del fabricante.

En las pruebas realizadas a los elementos de la instalación:

se asegura la continuidad; se comprueba el orden de fases; se comprueba el aislamiento; se verifica la continuidad de la pantalla metálica; se realizan los ensayos normativos.

En el montaje de los conductores de redeseléctricas subterráneas en galerías

El acopio de materiales a lo largo del trazado de la red serealiza siguiendo las especificaciones del proyecto y deacuerdo con el plan de montaje.

Las herramientas y medios necesarios se seleccionan deacuerdo con las necesidades del montaje.

La ubicación de las bandejas, herrajes y sujeciones, entreotros, se realiza cumpliendo con las especificaciones delproyecto y con la reglamentación vigente.

El asiento de los cables en la bandeja se realiza teniendo encuenta el tipo de sujeción, la cantidad de cables que aloja, y elresto de servicios de la galería.

Los conductores se tienden sin que sufran daños y sedisponen de acuerdo a la reglamentación vigente.

Los conductores se marcan y se agrupan a las distanciasadecuadas siguiendo la documentación del proyecto y plan demontaje.

Los conductores se empalman y conexionan utilizando loselementos apropiados según normas e instrucciones demontaje.

En las pruebas realizadas en los elementos de la instalación:

se asegura la continuidad; se comprueba el orden de fases; se comprueban los aislamientos; se verifica la continuidad de la pantalla metálica; se realizan los ensayos normativos.

Después de efectuado este reconocimiento y de acuerdo conlas conclusiones obtenidas, se procederá a realizar laspruebas y ensayos que se indican a continuación.

6.1.- PRUEBAS Y ENSAYOS

En la recepción de la instalación se incluirá la medición de laconductividad de la toma de tierras y las pruebas deaislamiento según la forma establecida en la Norma UNErelativa a cada tipo de cable.

El aislamiento de los conductores no será inferior a 1000 U,siendo U la tensión de servicio en voltios. La puesta entensión y el mantenimiento en servicio de la red de BajaTensión no debe provocar el funcionamiento de los aparatos.

El Ingeniero-Director de obra contestará por escrito alContratista, comunicando su conformidad a la instalación ocondicionando su recepción a la modificación de los detallesque estime susceptibles de mejora.

Antes de proceder a la recepción definitiva de las obras, serealizará un reconocimiento de las mismas, con objeto decomprobar el cumplimiento de lo establecido sobre laconservación y reparación de las obras.

Se volverá a medir la resistencia de aislamiento que deberápermanecer por encima de los mínimos admitidos.

7.-MEDICIÓN Y ABONO DE LAS OBRAS

7.1.- GENERALIDADES

Las obras ejecutadas se medirán por su volumen, peso,superficie, longitud o simplemente por el número de unidades,de acuerdo con la definición de unidades de obra que figuraen el presupuesto, y se abonarán a los precios señalados enel mismo.

En los precios del presupuesto se consideran incluidos:

Los materiales con todos sus accesorios a los preciosresultantes a pie de obra que queden integrados en launidad de que se trate o que sean necesarios para suejecución.

La mano de obra, con sus pluses y cargas más segurossociales, que interviene directamente en la ejecución de launidad de obra.

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En su caso, los gastos de personal, combustible, energía,amortización, conservación, etc., de la maquinaria que seprevé utilizar en la ejecución de la unidad de obra.

Los gastos de instalación de oficinas a pie de obra,comunicaciones, edificación de almacenes y talleres; losdel personal técnico y administrativo adscritoexclusivamente a la obra; los causados por los medios yobras auxiliares, los ensayos de los materiales y losdetalles imprevistos, que al ejecutar las obras deban serutilizados o realizados.

La medición y abono al Contratista de obras ejecutadas, debereferirse a unidades totalmente terminadas, a juicio exclusivodel Ingeniero-Director de obra o de su representante.Solamente en casos excepcionales se incluirán obrasincompletas y acopios de materiales. Los materialesacopiados se abonarán, como máximo, a las 4/4 partes delimporte que les corresponda dentro de la descomposición deprecios.

Las unidades de obra que por una mayor facilidad alconfeccionar los presupuestos se hayan agrupado paraconstituir un presupuesto parcial, deberán medirse y abonarseindividualmente.

La medición de las unidades de obra ejecutadas se llevará acabo conjuntamente por el Ingeniero-Director de obra y elContratista, siendo de cuenta del Contratista todos los gastosde materiales y personal que se originen.

7.2.- ABONO DE LAS PARTIDAS ALZADAS

Las partidas alzadas consignadas en el presupuesto, serán deabono íntegro, salvo que en el título de la partida se indiqueexpresamente que es a justificar, lo que deberá hacerse conprecios del proyecto, siempre que sea posible, y en casocontrario con precios contradictorios.

El abono íntegro de la partida alzada se producirá cuandohayan sido completa y satisfactoriamente ejecutadas todas lasobras que en conjunto comprende. En ningún caso podráexigirse por el Contratista cantidad suplementaria algunasobre el importe de la partida alzada, a pretexto de un mayorcoste de las obras a realizar con cargo a la misma.

7.3.- ABONO DE LA CONSERVACIÓN Y REPARACIÓN DE LASOBRAS

Para el abono de los gastos de conservación y reparación quefiguren en el presupuesto como partidas alzadas, se atendrá alo indicado en el apartado anterior.

Cuando no se prevea en el presupuesto cantidad alguna parala conservación y reparación de las obras que constituyen unartículo del mismo, se supondrá que su importe está incluidoen el precio de las unidades de obra correspondiente.

7.4.- MEDICIÓN Y ABONO DE LA EXCAVACIÓN

La excavación de zanjas se medirá por su volumen referido alterreno y no a los productos extraídos.

El precio del metro cúbico de excavación comprende:

Todas las operaciones necesarias para la ejecución de laexcavación, cualquiera que sea la naturaleza del terreno.

El transporte a vertedero de los productos sobrantes, conindependencia de la distancia a que se encuentre, y si esnecesario, el extendido o arreglo de los productosvertidos.

El refino de la superficie de la excavación. La limpieza de las calzadas y aceras que hayan resultado

ensuciadas por los productos de la excavación. Cuantos medios y obras auxiliares sean precisos, tales

como entibaciones, desagües, desvíos de cauces,extracciones de agua, agotamiento, pasos provisionales,apeos de canalizaciones, protecciones, señales, etc.

No se tendrá en cuenta la profundidad de la excavacióncuando no se indique expresamente en el precio.

No serán abonables los excesos de excavación que ejecute elContratista sobre los volúmenes teóricos deducidos de losplanos, órdenes de la Dirección de obra y perfiles reales delterreno, ni tampoco los desprendimientos.

7.5.- MEDICIÓN Y ABONO DEL RELLENO

El relleno de zanjas se medirá y abonará por su volumen,referido alterno y no a los productos sueltos necesarios.

El precio de metro cúbico del relleno comprende: todas lasoperaciones necesarias para formar el relleno con losproductos indicados, la compactación o consolidación de losmismos, el refino de la superficie, el transporte a vertedero delos productos no utilizados y cuantos medios y obrasauxiliares sean necesarios.

No serán abonables los excesos de relleno ejecutados por elContratista sobre los volúmenes teóricos deducidos de losplanos, órdenes del Ingeniero-Director de la obra y perfilesreales del terreno.

A efectos de la medición de rellenos no se tendrán en cuentalas canalizaciones, cables, etc. cuyo volumen sea inferior al10% del espacio total a rellenar.

7.6.- ABONO DE LOS MEDIOS Y OBRAS AUXILIARES DE LOSENSAYOS Y DE LOS DETALLES IMPREVISTOS

Están incluidas en la contrata la utilización de losmedios y la construcción de las obras auxiliares quesean necesarias para la buena ejecución de lasobras principales y para garantizar la seguridad delas mismas tales como: herramientas, aparatos,maquinaria, vehículos, gomas andamios, cimbras,entibaciones, desagües, protecciones, para evitar laentrada de agua superficial en las excavaciones ycentros de transformación, etc.

No serán de abono independiente los gastosocasionados por la realización de los ensayos que laDirección de obra juzgue necesarios paracomprobar que los materiales cumplen lascondiciones exigidas. No obstante, estos gastosdeberán ser pagados por el Contratista o empresainstaladora autorizada.

Lo mencionado en este Pliego de Condiciones TécnicasParticulares y emitido en los planos, o viceversa, habrá de ser

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ejecutado como si estuviera expuesto en ambos documentos.En caso de contradicción entre ellos, prevalecerá loestablecido en el Pliego de Condiciones Técnicas Particulares.

Los detalles de las obras imprevistos por su minuciosidad enplanos y Pliego de Condiciones, y que a juicio exclusivo de laDirección de obra, sin separarse del espíritu y rectainterpretación de aquellos documentos, sean necesarios parala buena construcción y perfecta terminación y remate de lasobras, serán de obligada ejecución para el Contratista.

8.-CONDICIONES DE MANTENIMIENTO Y USO

Las actuaciones de mantenimiento sobre las instalacioneseléctricas de las Redes Subterráneas de Baja Tensión sonindependientes de las inspecciones periódicas quepreceptivamente se tengan que realizar.

El titular o la Propiedad de la instalación eléctrica no estánautorizados a realizar operaciones de modificación, reparación omantenimiento. Estas actuaciones deberán ser ejecutadassiempre por una empresa instaladora autorizada.

Durante la vida útil de la instalación, los propietarios y usuariosde las instalaciones eléctricas de generación, transporte,distribución, conexión, enlace y receptoras, deberán mantenerpermanentemente en buen estado de seguridad yfuncionamiento sus instalaciones eléctricas, utilizándolas deacuerdo con sus características funcionales.

La Propiedad o titular de la instalación deberá presentar, juntocon la solicitud de puesta en servicio de la instalación querequiera mantenimiento, conforme a lo establecido en las"Instrucciones y Guía sobre la Legalización de InstalacionesEléctricas de Baja Tensión" (anexo VII del Decreto 141/2009), uncontrato de mantenimiento con empresa instaladora autorizadainscrita en el correspondiente registro administrativo, en el quefigure expresamente el responsable técnico de mantenimiento.

Los contratos de mantenimiento se formalizarán por períodosanuales, prorrogables por acuerdo de las partes, y en su defectode manera tácita. Dicho documento consignará los datosidentificativos de la instalación afectada, en especial su titular,características eléctricas nominales, localización, descripción dela edificación y todas aquellas otras características especialesdignas de mención.

No obstante, cuando el titular acredite que dispone de mediostécnicos y humanos suficientes para efectuar el correctomantenimiento de sus instalaciones, podrá adquirir la condiciónde mantenedor de las mismas. En este supuesto, elcumplimiento de la exigencia reglamentaria de mantenimientoquedará justificado mediante la presentación de un Certificado deautomantenimiento que identifique al responsable del mismo. Nose permitirá la subcontratación del mantenimiento a través deuna tercera empresa intermediaria.

Para aquellas instalaciones nuevas o reformadas, serápreceptiva la aportación del contrato de mantenimiento o elcertificado de automantenimiento junto a la solicitud de puesta enservicio.

Las empresas distribuidoras, transportistas y de generación enrégimen ordinario quedan exentas de presentar contratos ocertificados de automantenimiento.

Las empresas instaladoras autorizadas deberán comunicar alCentro Directivo competente en materia de energía las altas ybajas de contratos de mantenimiento a su cargo, en el plazo deun mes desde su suscripción o rescisión.

Las comprobaciones y chequeos a realizar por los responsablesdel mantenimiento se efectuarán con la periodicidad acordada,atendiendo al tipo de instalación, su nivel de riesgo y el entornoambiental, todo ello sin perjuicio de las otras actuaciones queproceda realizar para corrección de anomalías o por exigencia dela reglamentación. Los detalles de las averías o defectosdetectados, identificación de los trabajos efectuados, lista depiezas o dispositivos reparados o sustituidos y el resultado de lasverificaciones correspondientes deberán quedar registrados ensoporte auditable por la Administración.

Las empresas distribuidoras, las transportistas y las degeneración en régimen ordinario están obligadas a comunicar alórgano competente en materia de energía la relación deinstalaciones sujetas a mantenimiento externo, así como lasempresas encargadas del mismo.

Para dicho mantenimiento se tomarán las medidas oportunaspara garantizar la seguridad del personal.

Las actuaciones de mantenimiento sobre las instalacioneseléctricas son independientes de las inspecciones periódicas quepreceptivamente se tengan que realizar.

Para tener derecho a financiación pública, a través de lasayudas o incentivos dirigidos a mejoras energéticas oproductivas de instalaciones o industrias, la persona física ojurídica beneficiaria deberá justificar que se ha realizado lainspección técnica periódica correspondiente de susinstalaciones, conforme a las condiciones quereglamentariamente estén establecidas.

8.1.- CONSERVACIÓN

- Conductores.

Cada 2 años, o después de producirse algún incidente en lainstalación, se comprobará mediante inspección visual laresistencia mecánica, la resistencia a la corrosión y se mediráel aislamiento de los conductores entre fases y entre cadafase y neutro.

- Zanjas y arquetas.

Estado de tapas, arquetas (marco y tapa), etc.

- Galerías y soportes o sujeciones de los conductores.

Cada 2 años, o después de producirse algún incidente en lainstalación, se comprobará el estado de limpieza general degalerías visitables y control de los accesos. Estado de cierres.Estado de herrajes y sujeciones.

- Protecciones mecánicas y de señalización.

Estado de las mismas.

- Terminales y empalmes.

Revisión de empalmes y conexiones. Revisión del estadocajas terminales.

- Elementos de protección y maniobra.

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Cada 2 años se comprobará el funcionamiento de todas lasprotecciones y elementos de maniobra por personalespecializado.

- Tomas de tierra.

Una vez al año y en la época mas seca, se revisará lacontinuidad del circuito y se medirá la puesta a tierra.

Una vez cada cinco años se descubrirán para examen losconductores de enlace en todo su recorrido, así como loselectrodos de puesta a tierra.

Cada 5 años se comprobarán los dispositivos de proteccióncontra cortocircuitos, contactos directos e indirectos, así comosus intensidades nominales en relación a la sección de losconductores que protegen.

Revisión general de la instalación cada 10 años por personalcualificado.

8.2.- REPARACIÓN. REPOSICIÓN

Siempre que se revisen las instalaciones, se repararán losdefectos encontrados y, en el caso que sea necesario, serepondrán las piezas que lo precisen.

9.-INSPECCIONES PERIÓDICAS

Las inspecciones periódicas sobre las instalaciones eléctricasde líneas subterráneas de baja tensión son independientes delas actuaciones de mantenimiento que preceptivamente setengan que realizar.

Deberán realizarse en los plazos siguientes, en función de sufecha de autorización de puesta en marcha o de suantigüedad, según el caso:

1.1. Instalaciones con puesta en marcha presentadadespués del 18 de septiembre de 2003: 5 años.

1.2. Instalaciones con puesta en marcha presentadaantes del 18 de septiembre de 2003:1.2.1. Desde la última revisión periódica realizada

en cumplimiento de la Orden de 30 de enerode 1996: 5 años.

1.2.2. Resto de las instalaciones sin revisiónrealizada, contados desde su puesta enmarcha: 5 años.

Las sucesivas inspecciones tendrán una periodicidad de 5años.

En cualquier caso, estas inspecciones serán realizadas por unOrganismo de Control Autorizado (O.C.A.), libremente elegidopor el titular de la instalación.

9.1.- CERTIFICADOS DE INSPECCIÓN PERIÓDICAS

Los certificados de inspección periódica se presentarán segúnmodelo oficial previsto en el anexo VIII del DECRETO 141/2009de 10 de noviembre, haciendo mención expresa al grado decumplimiento de las condiciones reglamentarias, la calificacióndel resultado de la inspección, la propuesta de las medidascorrectoras necesarias y el plazo máximo de corrección deanomalías, según proceda.

Los certificados deberán ser firmados por los autores de lainspección estando visados por el correspondiente ColegioOficial de profesionales con competencias en la materia, en UN(1) MES desde su realización. Cuando se trate de un técnicoadscrito a un OCA, éste estampará su sello oficial.

Los certificados se mantendrán en poder del titular de lasinstalaciones, quien deberá enviar copia a la Consejería deEmpleo, Industria y Comercio del Gobierno de Canarias oAdministración competente en materia de energía durante elmes siguiente al cumplimiento de los plazos máximosestablecidos en el párrafo anterior.

9.2.- PROTOCOLO GENÉRICO DE INSPECCIÓN PERIÓDICA

El protocolo genérico de inspección que debe seguirse será elaprobado por la Administración competente en materia deenergía, si bien la empresa titular de las instalaciones podrásolicitar la aprobación de su propio protocolo específico derevisión.

9.3.- DE LA RESPONSABILIDAD DE LAS INSPECCIONESPERIÓDICAS

Los responsables de la inspección no podrán estar vinculadoslaboralmente al titular o Propietario de la instalación, ni aempresas subcontratadas por el citado titular. Deberán suscribirun seguro de responsabilidad civil acorde con lasresponsabilidades derivadas de las inspecciones realizadas ydisponer de los medios técnicos necesarios para realizar lascomprobaciones necesarias.

En el caso de existir otras instalaciones anexas de naturalezadistinta a la eléctrica (por ejemplo de hidrocarburos, aparatosa presión, contra incendios, locales calificados comoatmósferas explosivas, etc.) para las que también seapreceptiva la revisión periódica por exigencia de su normativaespecífica, se procurará la convergencia en la programaciónde las fechas de revisión con las de los grupos vinculados, sibien prevalecerá la seguridad y el correcto mantenimiento delas mismas frente a otros criterios de oportunidad uorganización.

9.4.- INSPECCIONES PERIÓDICAS DE LA RED DE BAJA TENSIÓN

El titular de la instalación eléctrica estará obligado a encargar aun OCA, libremente elegido por él, la realización de la inspecciónperiódica preceptiva, en la forma y plazos establecidosreglamentariamente.

Las instalaciones eléctricas de Baja Tensión que, de acuerdo conla Instrucción ITC-BT-05 del Reglamento Electrotécnico paraBaja Tensión, estén sometidas a inspecciones periódicas,deberán referenciar los plazos de revisión tomando como fechainicial la de puesta en servicio o la de antigüedad, según seestablece en el anexo VII del Decreto 141/2009.

Las instalaciones de media y alta tensión serán sometidas a unainspección periódica al menos cada tres años.

Los titulares de la instalación están obligados a facilitar el libreacceso a las mismas a los técnicos inspectores de estosOrganismos, cuando estén desempeñando sus funciones, previaacreditación y sin perjuicio del cumplimiento de los requisitos deseguridad laboral preceptivos.

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La empresa instaladora que tenga suscrito un contrato demantenimiento tendrá obligación de comunicar al titular de lainstalación, con un (1) mes de antelación y por medio que dejeconstancia fehaciente, la fecha en que corresponde solicitar lainspección periódica, adjuntando listado de todos los OCA oreferenciándolo a la página Web del órgano competente enmateria de energía, donde se encuentra dicho listado.

Igualmente comunicará al órgano competente la relación de lasinstalaciones eléctricas, en las que tiene contratado elmantenimiento que hayan superado en tres meses el plazo deinspección periódica preceptiva.

El titular tendrá la obligación de custodiar toda ladocumentación técnica y administrativa vinculada a lainstalación eléctrica en cuestión, durante su vida útil.

9.5.- DE LOS PLAZOS DE ENTREGA Y DE VALIDEZ DE LOSCERTIFICADOS DE INSPECCIÓN OCA

El OCA hará llegar, en el plazo de CINCO (5) días de lainspección, el original del certificado al titular de la instalación ycopia a los profesionales presentes en la inspección. En cadaacto de inspección, el OCA colocará en el cuadro principal demando y protección, una etiqueta identificativa o placa adhesivade material indeleble con la fecha de la intervención.

El certificado de un OCA tendrá validez de CINCO (5) años en elcaso de instalaciones de Baja Tensión y de TRES (3) años paralas instalaciones de Media y Alta Tensión, siempre y cuando nose haya ejecutado una modificación sustancial en lascaracterísticas de la instalación a la que hace referencia.

Si la inspección detecta una modificación en la instalación que nohaya sido previamente legalizada o autorizada, segúncorresponda, deberá ser calificada como negativa por defectograve. Para instalaciones nuevas, tal circunstancia implicará lano autorización de su puesta en servicio, y para instalaciones enservicio será considerado un incumplimiento grave, todo ello sinperjuicio de las infracciones en que incurran los sujetosresponsables, conforme a las leyes vigentes.

Los profesionales habilitados adscritos a los OCA estaránobligados a cumplimentar y firmar los certificados de lasinspecciones, ya sean periódicas, iniciales o extraordinarias,de las instalaciones donde intervengan, debiendo consignar ycertificar expresamente los resultados de la revisión ycustodiar las plantillas de control utilizadas y las notas decampo de tales reconocimientos.

9.6.- DE LA GRAVEDAD DE LOS DEFECTOS DETECTADOS ENLAS INSPECCIONES DE LAS INSTALACIONES Y DE LASOBLIGACIONES DEL TITULAR Y DE LA EMPRESA INSTALADORA

Cuando se detecte, al menos, un defecto clasificado como muygrave, el OCA calificará la inspección como "negativa",haciéndolo constar en el Certificado de Inspección que remitirá,además de al titular de la instalación y a los profesionalespresentes en la inspección, a la Administración competente enmateria de energía.

Para la puesta en servicio de una instalación con Certificado deInspección "negativo", será necesaria la emisión de un nuevoCertificado de Inspección sin dicha calificación, por parte delmismo OCA una vez corregidos los defectos que motivaron lacalificación anterior. En tanto no se produzca la modificación en

la calificación dada por dicho Organismo, la instalación deberámantenerse fuera de servicio. Con independencia de lasobligaciones que correspondan al titular, el OCA deberá remitir ala Administración competente en materia de energía el certificadodonde se haga constar la corrección de las anomalías.

Si en una inspección los defectos técnicos detectados implicasenun riesgo grave, el OCA está obligado a requerir, al titular de lainstalación y a la empresa instaladora, que dejen fuera deservicio la parte de la instalación o aparatos afectados,procediendo al precinto total o parcial de la instalación ycomunicando tal circunstancia a la Administración competente enmateria de energía. La inspección del OCA para poner de nuevoen funcionamiento la instalación se hará dentro de las 24 horassiguientes a la comunicación del titular de que el defecto ha sidosubsanado.

Si a pesar del requerimiento realizado el titular no procede adejar fuera de servicio la parte de la instalación o aparatosafectados, el OCA lo pondrá en conocimiento de laAdministración competente en materia de energía, identificandoa las personas a las que comunicó tal requerimiento, a fin de queadopte las medidas necesarias.

Si en la inspección se detecta la existencia de, al menos, undefecto grave o un defecto leve procedente de otra inspecciónanterior, el OCA calificará la inspección como "condicionada",haciéndolo constar en el Certificado de Inspección que entregaráal titular de la instalación y a los profesionales presentes en lainspección. Si la instalación es nueva, no podrá ponerse enservicio en tanto no se hayan corregido los defectos indicados yel OCA emita el certificado con la calificación de "favorable". Alas instalaciones ya en funcionamiento el OCA fijará un plazopara proceder a su corrección, que no podrá superar los seismeses, en función de la importancia y gravedad de los defectosencontrados. Transcurrido el plazo establecido sin habersesubsanado los defectos, el OCA emitirá el certificado con lacalificación de "negativa", procediendo según lo descritoanteriormente.

Si como resultado de la inspección del OCA no se determinala existencia de ningún defecto muy grave o grave en lainstalación, la calificación podrá ser "favorable". En el caso deque el OCA observara defectos leves, éstos deberán seranotados en el Certificado de Inspección para constancia deltitular de la instalación, con indicación de que deberá ponerlos medios para subsanarlos en breve plazo y, en cualquiercaso, antes de la próxima visita de inspección.

10.-CONDICIONES DE INDOLE FACULTATIVO

10.1.- DEL TITULAR DE LA INSTALACIÓN

Las comunicaciones del titular a la Administración se podránrealizar empleando la vía telemática (correo electrónico einternet), en aras de acelerar el procedimiento administrativo,siempre y cuando quede garantizada la identidad del interesado,asegurada la constancia de su recepción y la autenticidad,integridad y conservación del documento.

Cualquier solicitud o comunicación que se realice en soportepapel, se dirigirá al Director General competente en materia deenergía y se presentará en el registro de la Consejeríacompetente en materia de energía, o en cualquiera de loslugares habilitados por el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26

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de noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La inexactitud o falsedad en cualquier dato, manifestación odocumento, de carácter esencial, que se acompañe o incorporea una comunicación previa implicará la nulidad de lo actuado,impidiendo desde el momento en que se conozca, el ejercicio delderecho o actividad afectada, sin perjuicio de lasresponsabilidades, penales, civiles o administrativas a quehubiera lugar.

Antes de iniciar el procedimiento correspondiente, el titular de lasmismas deberá disponer del punto de conexión a la red dedistribución o transporte y de los oportunos permisos que lehabiliten para la ocupación de suelo o para el vuelo sobre elmismo. En caso de no poseer todos los permisos de pasodeberá iniciar la tramitación conjuntamente con la de utilidadpública cuando proceda.

El titular o Propiedad de una instalación eléctrica podrá actuarmediante representante, el cual deberá acreditar, para suactuación frente a la Administración, la representación con queactúa, de acuerdo con lo establecido en el artículo 32.3 de la Ley30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún.

Durante la vida útil de la instalación, los propietarios y usuariosde instalaciones eléctricas de generación, transporte,distribución, conexión, enlace y receptoras deberán mantenerpermanentemente en buen estado de seguridad yfuncionamiento sus instalaciones eléctricas, utilizándolas deacuerdo con sus características funcionales.

El titular deberá presentar, junto con la solicitud de puesta enservicio de las instalaciones eléctricas privadas, las degeneración en régimen especial y las instalaciones eléctricas debaja tensión que requieran mantenimiento, conforme a loestablecido en las “Instrucciones y Guía sobre la Legalización deInstalaciones Eléctricas de Baja Tensión” (anexo VII del decreto141/2009), un contrato de mantenimiento con empresainstaladota autorizada inscrita en el correspondiente registroadministrativo, en el que figure expresamente el responsabletécnico de mantenimiento.

No obstante, cuando el titular acredite que dispone de mediostécnicos y humanos suficientes para efectuar el correctomantenimiento de sus instalaciones podrá adquirir la condiciónde mantenedor de las mismas. En este supuesto, elcumplimiento de la exigencia reglamentaria de mantenimientoquedará justificado mediante la presentación de un Certificadode automantenimiento que identifique al responsable delmismo. No se permitirá la subcontratación del mantenimientoa través de una tercera empresa intermediaria.

10.2.- DE LA DIRECCIÓN FACULTATIVA

El Ingeniero-Director es la máxima autoridad en la obra oinstalación. Con independencia de las responsabilidades yobligaciones que le asisten legalmente, será el único concapacidad legal para adoptar o introducir las modificaciones dediseño, constructivas o cambio de materiales que considerejustificadas y sean necesarias en virtud del desarrollo de la obra.En el caso de que la dirección de obra sea compartida por variostécnicos competentes, se estará a lo dispuesto en la normativavigente.

La dirección facultativa velará porque los productos, sistemasy equipos que formen parte de la instalación dispongan de ladocumentación que acredite las características de los mismos,así como de los certificados de conformidad con las normasUNE, EN, CEI u otras que le sean exigibles por normativa opor prescripción del proyectista, así como las garantías queostente.

10.3.- DE LA EMPRESA INSTALADORA O CONTRATISTA

La empresa instaladora o Contratista es la persona física ojurídica legalmente establecida e inscrita en el Registro Industrialcorrespondiente del órgano competente en materia de energía,que usando sus medios y organización y bajo la dirección técnicade un profesional realiza las actividades industriales relacionadascon la ejecución, montaje, reforma, ampliación, revisión,reparación, mantenimiento y desmantelamiento de lasinstalaciones eléctricas que se le encomiende y esté autorizadapara ello.

Además de poseer la correspondiente autorización del órganocompetente en materia de energía, contará con la debidasolvencia reconocida por el Ingeniero-Director.

El contratista se obliga a mantener contacto con la empresasuministradora de energía a través del Director de Obra, paraaplicar las normas que le afecten y evitar criterios dispares.

El Contratista estará obligado al cumplimiento de lo dispuesto enel Reglamento de Higiene y Seguridad en el Trabajo y cuantasdisposiciones legales de carácter social estén en vigor y leafecten.

El Contratista deberá adoptar las máximas medidas de seguridaden el acopio de materiales y en la ejecución, conservación yreparación de las obras, para proteger a los obreros, público,vehículos, animales y propiedades ajenas de daños y perjuicios.

El Contratista deberá obtener todos los permisos, licencias ydictámenes necesarios para la ejecución de las obras y puestaen servicio, debiendo abonar los cargos, tasas e impuestosderivados de ellos.

El Contratista está obligado al cumplimiento de lo legislado en laReglamentación Laboral y demás disposiciones que regulan lasrelaciones entre patrones y obreros. Debiendo presentar alIngeniero-Director de obra los comprobantes de los impresos TC-1 y TC-2 cuando se le requieran, debidamente diligenciados porel Organismo acreditado.

Asimismo el Contratista deberá incluir en la contrata la utilizaciónde los medios y la construcción de las obras auxiliares que seannecesarias para la buena ejecución de las obras principales ygarantizar la seguridad de las mismas

El Contratista cuidará de la perfecta conservación y reparaciónde las obras, subsanando cuantos daños o desperfectosaparezcan en las obras, procediendo al arreglo, reparación oreposición de cualquier elemento de la obra.

10.4.- DE LA EMPRESA MANTENEDORA

La empresa instaladora autorizada que haya formalizado uncontrato de mantenimiento con el titular o Propietario de unainstalación eléctrica, o el responsable del mantenimiento en unaempresa que ha acreditado disponer de medios propios de

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automantenimiento, tendrá las siguientes obligaciones, sinperjuicio de las que establezcan otras legislaciones:

a) Mantener permanentemente las instalaciones enadecuado estado de seguridad y funcionamiento.

b) En instalaciones privadas, interrumpir el servicio a lainstalación, total o parcialmente, en los casos enque se observe el inminente peligro para laspersonas o las cosas, o exista un grave riesgomedioambiental inminente. Sin perjuicio de otrasactuaciones que correspondan respecto a lajurisdicción civil o penal, en caso de accidentedeberán comunicarlo al Centro Directivo competenteen materia de energía, manteniendo interrumpido elfuncionamiento de la instalación hasta que sesubsanen los defectos que han causado dichoaccidente. Para el resto de instalaciones seatenderá a lo establecido al respecto en el RealDecreto 1.955/2000, de 1 de diciembre, o normaque lo sustituya.

c) Atender con diligencia los requerimientos del titularpara prevenir o corregir las averías que seproduzcan en la instalación eléctrica.

d) Poner en conocimiento del titular, por escrito, lasdeficiencias observadas en la instalación, queafecten a la seguridad de las personas o de lascosas, a fin de que sean subsanadas.

e) Tener a disposición de la Dirección General deIndustria y Energía del Gobierno de Canarias unlistado actualizado de los contratos demantenimiento al menos durante los CINCO (5)AÑOS inmediatamente posteriores a la finalizaciónde los mismos.

f) Comunicar al titular de la instalación, con unaantelación mínima de UN (1) MES, la fecha en quecorresponde realizar la revisión periódica a efectuarpor un Organismo OCA, cuando fuese preceptivo.

g) Comunicar al Centro Directivo competente enmateria de energía, la relación de las instalacioneseléctricas en las que tiene contratado elmantenimiento que hayan superado en tres mesesel plazo de inspección periódica oficial exigible.

h) Asistir a las inspecciones derivadas delcumplimiento de la reglamentación vigente, y a lasque solicite extraordinariamente el titular.

i) Tener suscrito un seguro de responsabilidad civilque cubra los riesgos que puedan derivarse de susactuaciones, mediante póliza por una cuantíamínima de 600.000 euros, cantidad que seactualizará anualmente según el IPC certificado porel Instituto Canario de Estadística (INSTAC).

j) Dimensionar suficientemente tanto sus recursostécnicos y humanos, como su organización enfunción del tipo, tensión, localización y número deinstalaciones bajo su responsabilidad.

10.5.- DE LOS ORGANISMOS DE CONTROL AUTORIZADO

Las actuaciones que realice en el ámbito territorial de estaComunidad Autónoma un OCA, en los términos definidos en elartículo 41 del Reglamento de Infraestructura para la Calidad y laSeguridad Industrial, aprobado por Real Decreto 2.200/1995, de28 de diciembre, e inscrito en el Registro de EstablecimientosIndustriales de esta Comunidad y acreditado en el campo de lasinstalaciones eléctricas, deberán ajustarse a las normas que acontinuación se establecen, a salvo de otras responsabilidadesque la normativa sectorial le imponga.

El certificado de un OCA tendrá validez de 5 años en el caso deinstalaciones de baja tensión y de 3 años para las instalacionesde media y alta tensión, siempre y cuando no se haya ejecutadouna modificación sustancial en las características de lainstalación a la que hace referencia. Si la inspección detecta unamodificación en la instalación que no haya sido previamenteautorizada, deberá ser calificada como negativa por defectograve. Para instalaciones nuevas tal circunstancia implicará la noautorización de su puesta en servicio, y para instalaciones enservicio será considerado un incumplimiento grave, todo ello sinperjuicio de las infracciones en que incurran los sujetosresponsables conforme a las leyes vigentes.

Los OCA tendrán a disposición de la Administración competenteen materia de energía todos los datos registrales y estadísticoscorrespondientes a cada una de sus actuaciones, clasificando lasintervenciones por titular, técnico y empresa instaladora. Dichainformación podrá ser requerida en cualquier momento por laAdministración.

Los profesionales habilitados adscritos a los OCA estaránobligados a cumplimentar y firmar los certificados de lasinspecciones, ya sean periódicas, iniciales o extraordinarias, delas instalaciones donde intervengan, debiendo consignar ycertificar expresamente los resultados de la revisión y custodiarlas plantillas de control utilizadas y las notas de campo de talesreconocimientos.

Para la realización de las revisiones, controles e inspeccionesque se les encomiende, los OCA aplicarán los modelos decertificados de inspección previstos en el anexo VIII del Decreto141/2009 y los manuales de revisión y de calificación de defectosque se contemplen en los correspondientes protocolos-guía,aprobados por la Administración competente en materia deenergía, o en su defecto los que tenga reconocido el OCA.

Los OCA realizarán las inspecciones que solicite laAdministración competente en materia de energía, estandopresentes en las inspecciones oficiales de aquellas instalacionesen las que hayan intervenido y sean requeridos.

Las discrepancias de los titulares de las instalaciones ante lasactuaciones de los OCA serán puestas de manifiesto ante laAdministración competente en materia de energía, que lasresolverá en el plazo de 1 mes.

11.-CONDICIONES DE INDOLE ADMINISTRATIVO

11.1.- ANTES DEL INICIO DE LAS OBRAS

Antes de comenzar la ejecución de esta instalación, la Propiedado titular deberá designar a un técnico titulado competente comoresponsable de la Dirección Facultativa de la obra, quién, unavez finalizada la misma y realizadas las pruebas y verificaciones

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preceptivas, emitirá el correspondiente Certificado de Dirección yFinalización de Obra (según anexo VI del Decreto 141/2009).

Asimismo y antes de iniciar las obras, los Propietarios o titularesde la instalación eléctrica en proyecto de construcción facilitarána la empresa distribuidora o transportista, según proceda, toda lainformación necesaria para deducir los consumos y cargas quehan de producirse, a fin de poder prever con antelación suficienteel crecimiento y dimensionado de sus redes.

El Propietario de la futura instalación eléctrica solicitará a laempresa distribuidora el punto y condiciones técnicas deconexión que son necesarias para el nuevo suministro. Dichasolicitud se acompañará de la siguiente información:

a) Nombre y dirección del solicitante, teléfono, fax,correo electrónico u otro medio de contacto.

b) Nombre, dirección, teléfono y correo electrónico deltécnico proyectista y/o del instalador, en su caso.

c) Situación de la instalación, edificación u obra,indicando la calificación urbanística del suelo.

d) Uso o destino de la misma.

e) Potencia total solicitada, reglamentariamentejustificada.

f) Punto de la red más próximo para realizar laconexión, propuesto por el instalador o técnicocorrespondiente, identificando inequívocamente elmismo, preferentemente por medios gráficos.

g) Número de clientes estimados.

En el caso de que resulte necesaria la presentación de algunadocumentación adicional, la empresa distribuidora la solicitará,en el plazo de CINCO (5) DIAS a partir de la recepción de lasolicitud, justificando la procedencia de tal petición. Dichacomunicación se podrá realizar por vía telemática.

La empresa distribuidora habilitará los medios necesarios paradejar constancia fehaciente, sea cual sea la vía de recepción dela documentación o petición, de las solicitudes de puntos deconexión realizadas, a los efectos del cómputo de plazos ydemás actuaciones o responsabilidades.

Las solicitudes de punto de conexión referidas a instalacionesacogidas al régimen especial, también están sujetas alprocedimiento establecido en este artículo.

La información aportada, deberá ser considerada confidencial ypor tanto en su manejo y utilización se deberán cumplir lasgarantías que establece la legislación vigente sobre protecciónde datos.

Ni la empresa distribuidora, ni ninguna otra empresa vinculada ala misma, podrá realizar ofertas de servicios, al margen de lapropia oferta técnico económica, que impliquen restricciones a lalibre competencia en el mercado eléctrico canario o favorezcan lacompetencia desleal.

De igual forma el Documento Técnico de Diseño requerido ydescrito en el siguiente apartado (proyecto o memoria técnicade diseño), deberá ser elaborado y entregado al Propietario o

titular antes del comienzo de las obras y antes de proceder asu tramitación administrativa.

11.2.- DOCUMENTACIÓN DEL PROYECTO

El presente proyecto consta de los documentos y contenidospreceptivamente establecidos en las normativas específicas quele son de aplicación, y como mínimo contempla ladocumentación descriptiva, en textos y representación gráfica, dela instalación eléctrica, de los materiales y demás elementos yactividades considerados necesarios para la ejecución de unainstalación con la calidad, funcionalidad y seguridad requerida.

En aquellos casos en que exista aprobada una “Guía deProyectos” que específicamente le sea de aplicación el Proyectodeberá ajustarse en su contenido esencial a dicha Guía.

Esta Guía será indicativa, por lo que los proyectos deberán sercomplementados y adaptados en función de las peculiaridadesde la instalación en cuestión, pudiendo ser ampliados según laexperiencia y criterios de buena práctica del proyectista. Eldesarrollo de los puntos que componen cada guía presupone darcontenido a dicho documento de diseño hasta el nivel de detalleque considere el proyectista, sin perjuicio de las omisiones, falloso incumplimientos que pudieran existir en dicho documento y queen cualquier caso son responsabilidad del autor del mismo.

El Proyecto deberá ser elaborado y entregado al Propietario otitular antes del comienzo de las obras y antes de su tramitaciónadministrativa.

El Proyecto constará, al menos, de los siguientes documentos:

a) Memoria descriptiva (titular, emplazamiento, tipo deindustria o actividad, uso o destino del local y suclasificación, programa de necesidades, descripciónpormenorizada de la instalación, presupuesto total).

b) Memoria de cálculos justificativos.

c) Estudio de Impacto Ambiental en la categoríacorrespondiente, en su caso.

d) Estudio de Seguridad y Salud o Estudio Básico deSeguridad y Salud (según corresponda de acuerdocon la normativa de seguridad laboral vigente).

e) Planos a escalas adecuadas (situación,emplazamiento, alzados, plantas, distribución,secciones, detalles, croquis de trazados, red detierras, esquema unifilar, etc.).

f) Pliego de Condiciones Técnicas, Económicas,Administrativas y Legales.

g) Estado de Mediciones y Presupuesto (mediciones,presupuestos parciales y presupuesto general).

h) Separatas para Organismos, Administraciones oempresas de servicio afectadas.

i) Otros documentos que la normativa específicaconsidere preceptivos.

j) Plazo de ejecución o finalización de la obra.

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k) Copia del punto de conexión a la red o justificantede la solicitud del mismo a la empresa distribuidora,para aquellos casos en que la misma no hayacumplido los plazos de respuesta indicados en elpunto 1 del artículo 27 del decreto 141/2009, de 10de noviembre.

Si durante la tramitación o ejecución de la instalación seprocede al cambio de empresa instaladora autorizada, estehecho deberá quedar expresamente reflejado en ladocumentación presentada por el interesado ante laAdministración. En el caso de que ello conlleve cambios en lamemoria técnica de diseño original, deberá acreditar laconformidad de la empresa autora de la misma o, en sudefecto, aportar un nuevo Proyecto.

11.3.- MODIFICACIONES Y AMPLIACIONES DE LASINSTALACIONES Y LA DOCUMENTACIÓN DEL PROYECTO

11.3.1.- MODIFICACIONES Y AMPLIACIONES NO SIGNIFICATIVAS DELAS INSTALACIONES ELÉCTRICAS

11.3.1.1 MODIFICACIONES Y AMPLIACIONES DE LASINSTALACIONES EN SERVICIO Y LA DOCUMENTACIÓN DELPROYECTO

En el caso de instalaciones en servicio, las modificaciones oampliaciones aún no siendo sustanciales, quedarán reflejadasen la documentación técnica adscrita a la instalacióncorrespondiente, tal que se mantenga permanentementeactualizada la información técnica, especialmente en loreferente a los esquemas unifilares, trazados, manuales deinstrucciones y certificados de instalación. Dichasactualizaciones serán responsabilidad de la empresainstaladora autorizada, autora de las mismas, y en su caso,del técnico competente que las hubiera dirigido.

11.3.1.2 MODIFICACIONES Y AMPLIACIONES DE LASINSTALACIONES EN FASE DE EJECUCIÓN Y LA DOCUMENTACIÓNDEL PROYECTO

Asimismo en aquellas instalaciones eléctricas en ejecución yque no representen modificaciones o ampliacionessustanciales (según Art. 45 del RD 141/2009), con respecto alproyecto original, éstas serán contempladas como “anexos” alCertificado de Dirección y Finalización de obra o delCertificado de Instalación respectivamente, sin necesidad depresentar un reformado del Proyecto original.

11.3.2.- MODIFICACIONES Y AMPLIACIONES SIGNIFICATIVAS DELAS INSTALACIONES ELÉCTRICAS

Cuando se trata de instalaciones eléctricas en las que sepresentan modificaciones o ampliaciones significativas, éstassupondrán, tanto en Baja como en Alta Tensión, la presentaciónde un nuevo Proyecto, además de los otros documentos quesean preceptivos.

El técnico o empresa instaladora autorizada, según seacompetente en función del alcance de la ampliación omodificación prevista, deberá modificar o reformar el proyecto ooriginal correspondiente, justificando las modificacionesintroducidas. En cualquier caso será necesario su autorización,según el procedimiento que proceda, en los términos que

establece el Decreto 141/2009, de 10 de noviembre, y demásnormativa que le sea de aplicación.

Cuando se hayan ejecutado reformas sustanciales norecogidas en el correspondiente Documento Técnico deDiseño, la Administración o en su caso el OCA queintervenga, dictará Acta o Certificado de Inspección, segúnproceda, con la calificación de "negativo". Ello implicará queno se autorizará la puesta en servicio de la instalación o sedeclarará la ilegalidad de aquélla si ya estaba en servicio, todoello sin perjuicio de las infracciones en que habrán incurridolos sujetos responsables, conforme a la Ley 21/1992, de 16 dejulio, de Industria, y demás leyes de aplicación.

11.4.- DOCUMENTACIÓN FINAL

Concluidas las obras necesarias de la instalación eléctrica, éstadeberá quedar perfectamente documentada y a disposición detodos sus usuarios, incluyendo sus características técnicas, elnivel de calidad alcanzado, así como las instrucciones de uso ymantenimiento adecuadas a la misma, la cual contendrá comomínimo lo siguiente:

a) Documentación administrativa y jurídica: datosde identificación de los profesionales y empresasintervinientes en la obra, acta de recepción de obrao documento equivalente, autorizacionesadministrativas y cuantos otros documentos sedeterminen en la legislación.

b) Documentación técnica: el documento técnico dediseño (DTD) correspondiente, los certificadostécnicos y de instalación, así como otra informacióntécnica sobre la instalación, equipos y materialesinstalados.

c) Instrucciones de uso y mantenimiento:información sobre las condiciones de utilización dela instalación así como las instrucciones para elmantenimiento adecuado, que se plasmará en un"Manual de Instrucciones o anexo de Información alusuario". Dicho manual contendrá las instruccionesgenerales y específicas de uso (actuación), deinstrucciones de uso y mantenimiento: parainstalaciones privadas, receptoras y de generaciónen régimen especial, información sobre lascondiciones de utilización de la instalación, asícomo las instrucciones para el mantenimientoadecuado, que se plasmará en un “Manual deInstrucciones o Anexo de Información al usuario”.Dicho manual contendrá las instrucciones generalesy específicas de uso (actuación), de seguridad(preventivas, prohibiciones ...) y de mantenimiento(cuáles, periodicidad, cómo, quién ...) necesarias eimprescindibles para operar y mantener,correctamente y con seguridad, la instalaciónteniendo en cuenta el nivel de cualificaciónprevisible del usuario final. Se deberá incluir,además, tanto el esquema unifilar, como ladocumentación gráfica necesaria.

d) Certificados de eficiencia energética: (cuandoproceda): documentos e información sobre lascondiciones verificadas respecto a la eficienciaenergética del edificio.

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ELECTRIFICACIÓN"URBANIZACIÓN TAMARACEITE SUR"PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS

PARTICULARES PARA REDES SUBTERRÁNEAS DE B.T.

Claudio Medina CastellanoC/Mendizabal, 15 –BajoTeléfono/fax: 928 31 03 1935001 Las Palmas de Gran Canaria

20/21

Esta documentación será recopilada por el promotor ytitular de la instalación, que tendrá la obligación demantenerla y custodiarla durante su vida útil y en el casode edificios o instalaciones que contengan diversaspartes que sean susceptibles de enajenación a diferentespersonas, el Promotor hará entrega de la documentacióna la Comunidad de Propietarios que se constituya.

11.5.- CERTIFICADO DE DIRECCIÓN Y FINALIZACIÓN DE OBRA

Es el documento emitido por el Ingeniero-Director como TécnicoFacultativo competente, en el que certifica que ha dirigidopersonal y eficazmente los trabajos de la instalación proyectada,asistiendo con la frecuencia que su deber de vigilancia deldesarrollo de los trabajos ha estimado necesario, comprobandofinalmente que la obra está completamente terminada y que seha realizado de acuerdo con las especificaciones contenidas enel proyecto de ejecución presentado, con las modificaciones deescasa importancia que se indiquen, cumpliendo, así mismo, conla legislación vigente relativa a los Reglamentos de Seguridadque le sean de aplicación. Dicho certificado deberá ajustarse almodelo correspondiente que figura en el anexo VI del Decreto141/2009.

Si durante la tramitación o ejecución del proyecto se procede alcambio del ingeniero-proyectista o del Director Facultativo, estehecho deberá quedar expresamente reflejado en ladocumentación presentada por el peticionario ante laAdministración, designando al nuevo técnico facultativocorrespondiente. En el caso de que ello conlleve cambios en elproyecto original, se acreditará la conformidad del autor delproyecto o en su defecto se aportará un nuevo proyecto.

El Certificado, una vez emitido y fechado por el técnicofacultativo, perderá su validez ante la Administración si supresentación excede el plazo de TRES (3) MESES, contadodesde dicha fecha. En tal caso se deberá expedir una nuevaCertificación actualizada, suscrita por el mismo autor.

11.6.- CERTIFICADO DE INSTALACIÓN

Es el documento emitido por la empresa instaladora autorizada yfirmado por el profesional habilitado adscrito a la misma que haejecutado la correspondiente instalación eléctrica, en el que secertifica que la misma está terminada y ha sido realizada deconformidad con la reglamentación vigente y con el documentotécnico de diseño correspondiente, habiendo sido verificadasatisfactoriamente en los términos que establece dicha normativaespecífica, y utilizando materiales y equipos que son conformesa las normas y especificaciones técnicas declaradas de obligadocumplimiento.

La empresa instaladora autorizada extenderá, con carácterobligatorio, un Certificado de Instalación (según modelo oficial) yun Manual de Instrucciones por cada instalación que realice, yase trate de una nueva o reforma de una existente.

En la tramitación de las instalaciones donde concurran variasinstalaciones individuales, deben presentarse tantos Certificadosy Manuales como instalaciones individuales existan, además delos correspondientes a las zonas comunes. Con carácter generalno se diligenciarán Certificados de instalaciones individualesindependientemente de los correspondientes a la instalacióncomún a la que estén vinculados.

El Certificado de Instalación una vez emitido, fechado yfirmado, deberá ser presentado en la Administración en elplazo máximo de TRES (3) MESES, contado desde dichafecha. En su defecto será necesario expedir un nuevoCertificado actualizado por parte del mismo autor.

11.7.- LIBRO DE ÓRDENES

En las instalaciones eléctricas para las que preceptivamente seanecesaria una Dirección Facultativa, éstas tendrán la obligaciónde contar con la existencia de un Libro de Órdenes dondequeden reflejadas todas las incidencias y actuaciones relevantesen la obra y sus hitos, junto con las instrucciones,modificaciones, órdenes u otras informaciones dirigidas alContratista por la Dirección Facultativa.

Dicho libro de órdenes estará en la oficina de la obra y serádiligenciado y fechado, antes del comienzo de las mismas, por elcorrespondiente Colegio Oficial de profesionales concompetencias en la materia y el mismo podrá ser requerido por laAdministración en cualquier momento, durante y después de laejecución de la instalación, y será considerado como documentoesencial en aquellos casos de discrepancia entre la direccióntécnica y las empresas instaladoras intervinientes.

El cumplimiento de las órdenes expresadas en dicho Libro es decarácter obligatorio para el Contratista así como aquellas querecoge el presente Pliego de Condiciones.

El contratista o empresa instaladora autorizada, estará obligado atranscribir en dicho Libro cuantas órdenes o instrucciones recibapor escrito de la Dirección Facultativa, y a firmar el oportunoacuse de recibo, sin perjuicio de la autorización de talestranscripciones por la Dirección en el Libro indicado.

El citado Libro de Órdenes y Asistencias se regirá según elDecreto 462/1971 y la Orden de 9 de Junio de 1971.

11.8.- INCOMPATIBILIDADES

En una misma instalación u obra el Director de Obra no podrácoincidir con el instalador ni tener vinculación laboral con laempresa instaladora que está ejecutando la obra.

11.9.- INSTALACIONES EJECUTADAS POR MÁS DE UNAEMPRESA INSTALADORA.

En aquellas instalaciones donde intervengan, de maneracoordinada, más de una empresa instaladora autorizada,deberá quedar nítidamente definida la actuación de cada unay en qué grado de subordinación. Cada una de las empresasintervinientes emitirá su propio Certificado de Instalación, parala parte de la instalación que ha ejecutado. La DirecciónFacultativa tendrá la obligación de recoger tal circunstancia enel Certificado de Dirección y Finalización de obracorrespondiente, indicando con precisión el reparto de tareasy responsabilidades.

11.10.- SUBCONTRATACIÓN

La subcontratación se podrá realizar pero siempre y de formaobligatoria entre empresas instaladoras autorizadas,exigiéndosele la autorización previa del Promotor.

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ELECTRIFICACIÓN"URBANIZACIÓN TAMARACEITE SUR"PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS

PARTICULARES PARA REDES SUBTERRÁNEAS DE B.T.

Claudio Medina CastellanoC/Mendizabal, 15 –BajoTeléfono/fax: 928 31 03 1935001 Las Palmas de Gran Canaria

21/21

Los subcontratistas responderán directamente ante laempresa instaladora principal, pero tendrán que someterse alas mismas exigencias de profesionalidad, calidad y seguridaden la obra que ésta.

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PLANIFICACIÓN OBRA

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CENTRO DE TRANSFORMACIÓN"URBANIZACIÓN TAMARACEITE SUR"

PLAN DE OBRASEMANA

CAPÍTULO 01. RED DE MEDIA TENSIÓNDEMOLICIONES/EXCAVACIONESCANALIZACIÓNRELLENO ZANJAS/REPOSICIÓN FIRME Y PAVIMENTOTENDIDO DE LÍNEA MTCAPÍTULO 02. RED DE BAJA TENSIÓNDEMOLICIONES/EXCAVACIONESCANALIZACIÓNRELLENO ZANJAS/REPOSICIÓN FIRME Y PAVIMENTOTENDIDO DE LÍNEA BTCAPÍTULO 03. CENTRO DE TRANSFORMACIÓNDEMOLICIONES/EXCAVACIONESINSTALACIÓN CTRELLENO

SEMANA 17 SEMANA 18

PLAZO DE EJECUCIÓN

SEMANA 9 SEMANA 10 SEMANA 11 SEMANA 12 SEMANA 13 SEMANA 14 SEMANA 15 SEMANA 16SEMANA 5 SEMANA 6 SEMANA 7 SEMANA 8SEMANA 4SEMANA 2SEMANA 1 SEMANA 3

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PRESUPUESTO

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RESUMEN DE PRESUPUESTO

CAPITULO RESUMEN EUROS %

01 RED SUBTERRÁNEA DE MEDIA TENSIÓN ...................................................................................................... 10.472,90 5,9202 RED SUBTERRÁNEA DE BAJA TENSIÓN........................................................................................................ 61.272,08 34,6303 CENTROS DE TRANSFORMACIÓN Y MANIOBRA............................................................................................ 102.757,64 58,0704 SEGURIDAD Y SALUD................................................................................................................................... 2.440,00 1,38

TOTAL EJECUCIÓN MATERIAL 176.942,6213,00% Gastos generales.......................... 23.002,546,00% Beneficio industrial......................... 10.616,56

SUMA DE G.G. y B.I. 33.619,10

TOTAL EJECUCIÓN CONTRATA 210.561,72

6,50% I.G.I.C..................................................................... 13.686,51

TOTAL PRESUPUESTO 224.248,23

Asciende el presupuesto general a la expresada cantidad de DOSCIENTOS VEINTICUATRO MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO EUROS conVEINTITRES CÉNTIMOS

Las Palmas de Gran Canaria, a 4 de abril de 2019.

EL INGENIERO INDUSTRIAL

Claudio Medina Castellano

Página 1

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MEDICIONES Y PRESUPUESTO

Código Descripción Uds Longitud Anchura Altura Parciales Cantidad Precio Importe

CAPÍTULO 01 RED SUBTERRÁNEA DE MEDIA TENSIÓN01.01 m Canalización MT con 1 tubo de PE D 250 mm, T.P.P.

Canalización eléctrica en MTformada por 1 tubo de polie-tileno (rojo), de doble pared,D 250 mm, T.P.P. (Tuberías yperfiles plásticos) o equiva-lente, s/UNE-EN 50086, in-cluso alambre guía galvani-zado, cinta de señalización,excavación en zanja(1,3mx0,8m), protección conhormigón, relleno y compac-tación del resto de la zanjacon tierras saneadas. Insta-lada.

2 25,00 50,00

50,00 44,59 2.229,50

01.02 m Línea eléctrica media tensión c/conductores aluminio 3(1x400)mm

Línea eléctrica de media ten-sión realizada con conducto-res de aluminio 3x(1x400)mm² con aislamiento de12/20 kV, bajo tubo enterradode PVC rígido D 200 mm, in-cluso empalmes y pequeñomaterial. Instalada, conexio-nada y comprobado su fun-cionamiento.

2 50,00 100,00

100,00 71,48 7.148,00

01.03 m² Firme asfált. caliente, en calzadas, subbase+ECR-1+G-20+D-12Firme asfáltico en caliente,en calzadas, constituído porriego de imprimación ECR-1(1,2 kg/m²), capa intermediaG-20 de e=10 cm, riego deadherencia ECR-1 (0,6kg/m²) y capa de rodaduraD-12 de e=5 cm, inclusosub-base granular de zaho-rra artificial de e=25 cm, ex-tendido y compactado.

1 10,00 1,00 10,001 10,00 1,00 10,00

20,00 30,27 605,40

01.04 m² Demolición mecánica firmes asfálticos.Demolición mecánica de fir-mes asfálticos y carga deescombros sobre camión.

1 10,00 1,00 10,001 10,00 1,00 10,00

20,00 1,85 37,00

3 de abril de 2019 Página 1

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MEDICIONES Y PRESUPUESTO

Código Descripción Uds Longitud Anchura Altura Parciales Cantidad Precio Importe

01.05 m³ Excav. manual en zanja terreno suelto para localización deservi

Excavación manual en zanjaen terreno suelto, hasta unaaltura de 1,50 m, con extrac-ción de tierras al borde. Lamedición se hará sobre per-fil.

2 6,00 1,00 1,50 18,00

18,00 19,42 349,56

01.06 m² Demolición pavimentos de adoquines para localización deservicio

Demolición de pavimentosde adoquines sentado conmortero de cto. y arena, eje-cutada con compresor, inclu-so acopio de escombrosjunto al lugar de carga.

2 6,00 1,00 12,00

12,00 8,62 103,44

TOTAL CAPÍTULO 01 RED SUBTERRÁNEA DE .. 10.472,90

3 de abril de 2019 Página 2

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MEDICIONES Y PRESUPUESTO

Código Descripción Uds Longitud Anchura Altura Parciales Cantidad Precio Importe

CAPÍTULO 02 RED SUBTERRÁNEA DE BAJA TENSIÓN02.01 m Canalización BT con 1 tubo de PE D 160 mm, T.P.P.

Canalización eléctrica BT for-mada por 1 tubo de polietile-no (rojo), de doble pared, D160 mm, T.P.P. (Tuberías yperfiles plásticos) o equiva-lente, s/UNE-EN 50086, in-cluso alambre guía galvani-zado, cinta de señalización,excavación en zanja(0,9mx0,8m), protección conhormigón, relleno y compac-tación del resto de la zanjacon tierras saneadas. Insta-lada.

1 30,00 30,00

30,00 27,36 820,80

02.02 m Canalización BT con 6 tubo de PE D 250 mm, T.P.P.Canalización eléctrica en BTformada por 6 tubo de polie-tileno (rojo), de doble pared,D 250 mm, T.P.P. (Tuberías yperfiles plásticos) o equiva-lente, s/UNE-EN 50086, in-cluso alambre guía galvani-zado, cinta de señalización,excavación en zanja(0,9mx0,8m), protección conhormigón, relleno y compac-tación del resto de la zanjacon tierras saneadas. Insta-lada.

1 106,00 106,00

106,00 158,73 16.825,38

02.03 ud Arqueta p/conexionado electr. ext., de fábrica bloques, tipo A-3Arqueta para conexionado deelectricidad en exteriores, ti-po A-3 s/normas de la com-pañía suministradora, reali-zada con bloque hueco dehormigón vibrado de12x25x50 cm, enfoscada ybruñida interiormente, contapa y marco de fundicióndúctil B 125 s/UNE EN 124,de 960x710 mm, con fondode arena, tolamente acaba-da.

3 3,00

3,00 296,78 890,34

3 de abril de 2019 Página 3

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MEDICIONES Y PRESUPUESTO

Código Descripción Uds Longitud Anchura Altura Parciales Cantidad Precio Importe

02.04 ud Arqueta p/conexionado electr. ext., de fábrica bloques, tipo A-2Arqueta para conexionado deelectricidad en exteriores, ti-po A-2 s/normas de la com-pañía suministradora, reali-zada con bloque hueco dehormigón vibrado de9x25x50 cm, enfoscada ybruñida interiormente, contapa y marco de fundicióndúctil B 125 s/UNE EN 124,de 750x500 mm, con fondode arena, tolamente acaba-da.

1 1,00

1,00 159,16 159,16

02.05 ud Armario distrib. línea eléctr. subterránea, c/tejadillo, tipo PLArmario de distribución de lí-nea eléctrica subterránea, depoliester con tejadillo, de do-ble aislamiento, Schneider ti-po PLA-107T/ALS-5/1 o equi-valente, de dimensiones1000x750x300 mm, de su-perficie, con 1 cortacircuitosde 630 A seccionable en car-ga, 4 cortacircuitos de 630A y15 fusibles NH, instalados/Normas de la compañíasuministradora.

2 2,00

2,00 1.786,32 3.572,64

02.06 m Acometida gral. eléctrica B.T. 4(1x240) mm²Acometida general eléctricade B.T. realizada con con-ductores de cobre 4(1x240)mm² con aislamiento de0,6/1 kV, canalizados bajo tu-bo enterrado. Instalada ycomprobado su funciona-miento, s/RBT-02. (Sólo ca-bleado y conexionado).

2 106,00 212,00

212,00 183,98 39.003,76

TOTAL CAPÍTULO 02 RED SUBTERRÁNEA DE .. 61.272,08

3 de abril de 2019 Página 4

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MEDICIONES Y PRESUPUESTO

Código Descripción Uds Longitud Anchura Altura Parciales Cantidad Precio Importe

CAPÍTULO 03 CENTROS DE TRANSFORMACIÓN Y MANIOBRA03.01 Ud. Edificio de Transformación: PFS-62-2T-V 24kV

Edificio prefabricado consti-tuido por una envolvente, deestructura monobloque, dehormigón armado, tipoPFS-V--62 24 kV, de dimen-siones generales aproxima-das 6560 mm de largo por2460 mm de fondo por 2840mm (incluye solado) de alto.Incluye el edificio y todos suselementos exteriores segúnCEI 622171-202, transporte,montaje y accesorios, exca-vación relleno solera de20cm y con mallazo y lechode arena.

1 1,00

1,00 43.640,17 43.640,17

3 de abril de 2019 Página 5

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MEDICIONES Y PRESUPUESTO

Código Descripción Uds Longitud Anchura Altura Parciales Cantidad Precio Importe

03.02 Ud. Equipo de Media Tensión CGMCOSMOS-2LPEquipo compacto de corte yaislamiento íntegro en gas,extensible y preparado parauna eventual inmersión, fa-bricado por ORMAZABAL conlas siguientes característi-cas: - CGMCOSMOS-2LP· Un = 24 kV· In = 630 A· Icc = 16 kA / 40 kA· Dimensiones: 1190 mm/ 735 mm / 1740 mm· Mecanismo de Maniobra1: manual tipo B· Mecanismo de Maniobra2: manual tipo B· Mecanismo de Maniobra(Prot. Fusibles): manual tipoBR

- CGMCOSMOS-P- Protección Trasformador 2-CGMCOSMOS-PMódulo metálico de corte yaisñamiento íntegro en gas,preparado para una eventualinmersión, fabricado por OR-MAZABALcon las siguientes caracte-rísticas técnicas: Un = 24 kV· In = 630 A· Icc = 16 kA / 40 kA· Dimensiones: 470 mm /735 mm / 1740 mm· Mecanismo de Maniobra(Prot. Fusibles): manual tipoBR

Se incluyen el montaje y co-nexión

PFS-H-48 1 1,00

1,00 16.150,00 16.150,00

03.03 Ud. Interconexiones Media TensiónCables MT 12/20 kV del tipoRHZ1, unipolares, con con-ductores de sección y mate-rial 1x35 Cu empleando 3 de10 m de longitud, y termina-ciones ELASTIMOLD de 24kV del tipo enchufable aco-dada y modelo K-158-LR. Enel otro lado son del tipo en-chufable recta y modeloK-152.

2 2,00

2,00 3.350,00 6.700,00

3 de abril de 2019 Página 6

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MEDICIONES Y PRESUPUESTO

Código Descripción Uds Longitud Anchura Altura Parciales Cantidad Precio Importe

03.04 Ud. Transformador en aceite 24KVTransformador trifásico re-ductor de tensión, según lasnormas citadas en la Memo-ria con neutro accesible enel secundario, de potencia630 kVA y refrigeración enbaño de ACEITE VEGETAL,de tensión primaria 20 kV ytensión secundaria 420 V envacío (B2), grupo de cone-xión Dyn11, de tensión decortocircuito de 4% y regula-ción primaria de + 2,5%, +5%, + 7,5%, + 10 %.Se incluye también una pro-tección con Termómetro, to-talmente montado y conexio-nado.

2 2,00

2,00 10.391,00 20.782,00

03.05 Ud. Cuadro de Baja Tensión PFS-62-2T-V 24kVCuadro de Baja Tensión Op-timizado CBTO-C, con 2 sali-das dobles de 400A con fusi-bles salidas trifásicas confusibles en bases ITV, y de-más características descri-tas en la Memoria.

2 2,00

2,00 3.000,00 6.000,00

03.06 Ud. Modulo de Ampliación Cuadro de Baja Tensión PFS-62-2T-V24kV

Módulo de Ampliación Cua-dro de Baja Tensión, con 4salidas con fusibles salidastrifásicas con fusibles en ba-ses ITV y demás característi-cas descritas en la Memoria.

2 2,00

2,00 918,99 1.837,98

03.07 Ud. Puentes BT-Transformador-Cuadro de BTJuego de puentes de cablesde BT,de sección 150 mm² ymaterial Al (Etileno-Propile-no) sin armadura, y todos losaccesorios para la conexión,formados por un grupo decables en la cantidad 4xfase+ 2xneutro de 3,0 m de longi-tud.

PFS-H-48 2 2,00

2,00 1.500,00 3.000,00

3 de abril de 2019 Página 7

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MEDICIONES Y PRESUPUESTO

Código Descripción Uds Longitud Anchura Altura Parciales Cantidad Precio Importe

03.08 Ud. Tierras Exteriores Prot Transformación: Anillo rectangularTierras Exteriores ProtTransformación: Anillo rec-tangularInstalación exterior de pues-ta a tierra de protección en eledificio de transformación,debidamente montada y co-nexionada, empleando con-ductor de cobre desnudo.El conductor de cobre estáunido a picas de acero co-breado de 14mm de diáme-tro.Características:Configuración seleccionada:70-30/5/82Geometría del sistema:Anillo rectangularDistancia de la red:7x3 mProfundidad del electrodohorizontal: 0,5 mNúmero de picas: CuatroOchoLongitud de las picas:2metros

1 1,00

1,00 890,59 890,59

03.09 Ud. Tierras Exteriores Serv Transformación: Picas alineadasTierra de servicio o neutrodel transformador. Instala-ción exterior realizada concobre aislado con el mismotipo de materiales que lastierras de protección.Características:Identificación: 5/62(según método UNESA)Geometría: PicasalineadasNúmero de picas:6Longitud entre picas: 3metrosProfundidad de las picas:2 m

1 1,00

1,00 566,54 566,54

03.10 Ud. Tierras Interiores Prot Transformación: Instalación interior tieInstalación de puesta a tierrade protección en el edificiode transformación, con elconductor de cobre desnudo,grapado a la pared, y conec-tado a los equipos de MT ydemás aparamenta de esteedificio, así como una cajageneral de tierra de protec-ción según las normas de lacompañía suministradora.

1 1,00

1,00 293,46 293,46

3 de abril de 2019 Página 8

Page 182: CENTRO DE TRANSFORMACIÓN - contrataciondelestado.es

MEDICIONES Y PRESUPUESTO

Código Descripción Uds Longitud Anchura Altura Parciales Cantidad Precio Importe

03.11 Ud. Tierras Interiores Serv Transformación: Instalación interior tieInstalación de puesta a tierrade servicio en el edificio detransformación, con el con-ductor de cobre aislado, gra-pado a la pared, y conectadoal neutro de BT, así comouna caja general de tierra deservicio según las normasde la compañía suministra-dora.

1 1,00

1,00 293,46 293,46

03.12 Ud. Defensa de TransformadoresProtección metálica para de-fensa del transformador

1 1,00

1,00 169,67 169,67

03.13 Ud. Iluminación Edificio de TransformaciónEquipo de iluminación com-puesto de:Equipo de alumbrado quepermita la suficiente visibili-dad para ejecutar las manio-bras y revisiones necesariasen los equipos de MT.Equipo autónomo de alum-brado de emergencia y se-ñalización de la salida del lo-cal.

1 1,00

1,00 283,27 283,27

03.14 Ud. Maniobra de Transformación: Equipo de seguridad y maniobraEquipo de operación quepermite tanto la realizaciónde maniobras con aisla-miento suficiente para prote-ger al personal durante laoperación, tanto de manio-bras como de mantenimien-to, compuesto por:1 Banquillo aislante 25kV1 Pértiga de salvamento de25kV1 Cartel de Primeros Auxilios1 Cartel de las 5 reglas deOro3 Placas de peligro de muer-te1 palanca de accionamiento

1 1,00

1,00 349,54 349,54

3 de abril de 2019 Página 9

Page 183: CENTRO DE TRANSFORMACIÓN - contrataciondelestado.es

MEDICIONES Y PRESUPUESTO

Código Descripción Uds Longitud Anchura Altura Parciales Cantidad Precio Importe

03.15 Ud. Terminales elastimod K-400 TBSuministro e instalación determinales de interior conborna atornillable apantalla-da marca Elastimold, mode-lo K-400 TB, de 400 Amp. deintensidad nominal, paraconductor de aluminio de150 mm². de sección conaislamiento de 12/20 kV detensión nominal y 400 mm.de línea de fuga, incluyendopequeño material, bornas,etc. totalmente terminada

CONEXIÓN DE CABINASDE Linea

6 6,00

6,00 237,86 1.427,16

03.16 Ud. Fusible de A.T. de 50 Amperios DIN-43625Suministro e instalación defusible de A.T. de 50 ampe-rios, según DIN-43625, acor-de con modelo de cabina deprotección instalada.

FUSIBLES DE CENTRODE TRANSF.

7 7,00

7,00 53,40 373,80

TOTAL CAPÍTULO 03 CENTROS DE................... 102.757,64

3 de abril de 2019 Página 10

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Código Descripción Uds Longitud Anchura Altura Parciales Cantidad Precio Importe

CAPÍTULO 04 SEGURIDAD Y SALUD04.02 ud. Casco de seguridad CE, hom

Casco de seguridad CE, ho-mologado, CE s/normativavigente.

5,00 25,00 125,00

04.03 ud. Bota lona y serraje, con pBota lona y serraje, con pun-tera y plantilla metálica incor-porada, (par) homologadaCE s/normativa vigente.

5,00 30,00 150,00

04.04 ud. Cinturón de seguridad tipoCinturón de seguridad tiposujeción, homologado CE,s/normativa vigente.

5,00 6,00 30,00

04.05 ud. Cinturón portaherramientasCinturón portaherramientasCE s/normativa vigente.

5,00 25,00 125,00

04.07 ud. Valla metálica modular, tipoValla metálica modular, tipoAyuntamiento, de 2,50 de lar-go y 1,10 m de altura, (amor-tización = 10 %), incluso co-locación y posterior retirada.

1,00 200,00 200,00

04.08 ml. Barandilla de protección rBarandilla de protección rea-lizada con soportes metáli-cos tipo sargento y dos ta-blones de madera de pinode 250 x 25 mm, (amortiza-ción = 30 %), incluso coloca-ción y anclaje.

10,00 150,00 1.500,00

04.10 ud. Cartel indicativo de riesgo,Cartel indicativo de riesgo,sin soporte metálico, (amor-tización = 100 %), incluso co-locación y desmontado.

1,00 10,00 10,00

04.12 ud. Botiquín metálico tipo malBotiquín metálico tipo male-tín, preparado para colgar enpared, con contenido sanita-rio completo según ordenan-zas.

1,00 300,00 300,00

TOTAL CAPÍTULO 04 SEGURIDAD Y SALUD...... 2.440,00

TOTAL................................................................ 176.942,62

3 de abril de 2019 Página 11

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MEDICIONES

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MEDICIONES

Código Descripción Uds Longitud Anchura Altura Parciales Cantidad Precio Importe

CAPÍTULO 01 RED SUBTERRÁNEA DE MEDIA TENSIÓN01.01 m Canalización MT con 1 tubo de PE D 250 mm, T.P.P.

Canalización eléctrica en MTformada por 1 tubo de polie-tileno (rojo), de doble pared,D 250 mm, T.P.P. (Tuberías yperfiles plásticos) o equiva-lente, s/UNE-EN 50086, in-cluso alambre guía galvani-zado, cinta de señalización,excavación en zanja(1,3mx0,8m), protección conhormigón, relleno y compac-tación del resto de la zanjacon tierras saneadas. Insta-lada.

2 25,00 50,00

50,00

01.02 m Línea eléctrica media tensión c/conductores aluminio 3(1x400)mm

Línea eléctrica de media ten-sión realizada con conducto-res de aluminio 3x(1x400)mm² con aislamiento de12/20 kV, bajo tubo enterradode PVC rígido D 200 mm, in-cluso empalmes y pequeñomaterial. Instalada, conexio-nada y comprobado su fun-cionamiento.

2 50,00 100,00

100,00

01.03 m² Firme asfált. caliente, en calzadas, subbase+ECR-1+G-20+D-12Firme asfáltico en caliente,en calzadas, constituído porriego de imprimación ECR-1(1,2 kg/m²), capa intermediaG-20 de e=10 cm, riego deadherencia ECR-1 (0,6kg/m²) y capa de rodaduraD-12 de e=5 cm, inclusosub-base granular de zaho-rra artificial de e=25 cm, ex-tendido y compactado.

1 10,00 1,00 10,001 10,00 1,00 10,00

20,00

01.04 m² Demolición mecánica firmes asfálticos.Demolición mecánica de fir-mes asfálticos y carga deescombros sobre camión.

1 10,00 1,00 10,001 10,00 1,00 10,00

20,00

3 de abril de 2019 Página 1

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Código Descripción Uds Longitud Anchura Altura Parciales Cantidad Precio Importe

01.05 m³ Excav. manual en zanja terreno suelto para localización deservi

Excavación manual en zanjaen terreno suelto, hasta unaaltura de 1,50 m, con extrac-ción de tierras al borde. Lamedición se hará sobre per-fil.

2 6,00 1,00 1,50 18,00

18,00

01.06 m² Demolición pavimentos de adoquines para localización deservicio

Demolición de pavimentosde adoquines sentado conmortero de cto. y arena, eje-cutada con compresor, inclu-so acopio de escombrosjunto al lugar de carga.

2 6,00 1,00 12,00

12,00

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MEDICIONES

Código Descripción Uds Longitud Anchura Altura Parciales Cantidad Precio Importe

CAPÍTULO 02 RED SUBTERRÁNEA DE BAJA TENSIÓN02.01 m Canalización BT con 1 tubo de PE D 160 mm, T.P.P.

Canalización eléctrica BT for-mada por 1 tubo de polietile-no (rojo), de doble pared, D160 mm, T.P.P. (Tuberías yperfiles plásticos) o equiva-lente, s/UNE-EN 50086, in-cluso alambre guía galvani-zado, cinta de señalización,excavación en zanja(0,9mx0,8m), protección conhormigón, relleno y compac-tación del resto de la zanjacon tierras saneadas. Insta-lada.

1 30,00 30,00

30,00

02.02 m Canalización BT con 6 tubo de PE D 250 mm, T.P.P.Canalización eléctrica en BTformada por 6 tubo de polie-tileno (rojo), de doble pared,D 250 mm, T.P.P. (Tuberías yperfiles plásticos) o equiva-lente, s/UNE-EN 50086, in-cluso alambre guía galvani-zado, cinta de señalización,excavación en zanja(0,9mx0,8m), protección conhormigón, relleno y compac-tación del resto de la zanjacon tierras saneadas. Insta-lada.

1 106,00 106,00

106,00

02.03 ud Arqueta p/conexionado electr. ext., de fábrica bloques, tipo A-3Arqueta para conexionado deelectricidad en exteriores, ti-po A-3 s/normas de la com-pañía suministradora, reali-zada con bloque hueco dehormigón vibrado de12x25x50 cm, enfoscada ybruñida interiormente, contapa y marco de fundicióndúctil B 125 s/UNE EN 124,de 960x710 mm, con fondode arena, tolamente acaba-da.

3 3,00

3,00

3 de abril de 2019 Página 3

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Código Descripción Uds Longitud Anchura Altura Parciales Cantidad Precio Importe

02.04 ud Arqueta p/conexionado electr. ext., de fábrica bloques, tipo A-2Arqueta para conexionado deelectricidad en exteriores, ti-po A-2 s/normas de la com-pañía suministradora, reali-zada con bloque hueco dehormigón vibrado de9x25x50 cm, enfoscada ybruñida interiormente, contapa y marco de fundicióndúctil B 125 s/UNE EN 124,de 750x500 mm, con fondode arena, tolamente acaba-da.

1 1,00

1,00

02.05 ud Armario distrib. línea eléctr. subterránea, c/tejadillo, tipo PLArmario de distribución de lí-nea eléctrica subterránea, depoliester con tejadillo, de do-ble aislamiento, Schneider ti-po PLA-107T/ALS-5/1 o equi-valente, de dimensiones1000x750x300 mm, de su-perficie, con 1 cortacircuitosde 630 A seccionable en car-ga, 4 cortacircuitos de 630A y15 fusibles NH, instalados/Normas de la compañíasuministradora.

2 2,00

2,00

02.06 m Acometida gral. eléctrica B.T. 4(1x240) mm²Acometida general eléctricade B.T. realizada con con-ductores de cobre 4(1x240)mm² con aislamiento de0,6/1 kV, canalizados bajo tu-bo enterrado. Instalada ycomprobado su funciona-miento, s/RBT-02. (Sólo ca-bleado y conexionado).

2 106,00 212,00

212,00

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Código Descripción Uds Longitud Anchura Altura Parciales Cantidad Precio Importe

CAPÍTULO 03 CENTROS DE TRANSFORMACIÓN Y MANIOBRA03.01 Ud. Edificio de Transformación: PFS-62-2T-V 24kV

Edificio prefabricado consti-tuido por una envolvente, deestructura monobloque, dehormigón armado, tipoPFS-V--62 24 kV, de dimen-siones generales aproxima-das 6560 mm de largo por2460 mm de fondo por 2840mm (incluye solado) de alto.Incluye el edificio y todos suselementos exteriores segúnCEI 622171-202, transporte,montaje y accesorios, exca-vación relleno solera de20cm y con mallazo y lechode arena.

1 1,00

1,00

3 de abril de 2019 Página 5

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Código Descripción Uds Longitud Anchura Altura Parciales Cantidad Precio Importe

03.02 Ud. Equipo de Media Tensión CGMCOSMOS-2LPEquipo compacto de corte yaislamiento íntegro en gas,extensible y preparado parauna eventual inmersión, fa-bricado por ORMAZABAL conlas siguientes característi-cas: - CGMCOSMOS-2LP· Un = 24 kV· In = 630 A· Icc = 16 kA / 40 kA· Dimensiones: 1190 mm/ 735 mm / 1740 mm· Mecanismo de Maniobra1: manual tipo B· Mecanismo de Maniobra2: manual tipo B· Mecanismo de Maniobra(Prot. Fusibles): manual tipoBR

- CGMCOSMOS-P- Protección Trasformador 2-CGMCOSMOS-PMódulo metálico de corte yaisñamiento íntegro en gas,preparado para una eventualinmersión, fabricado por OR-MAZABALcon las siguientes caracte-rísticas técnicas: Un = 24 kV· In = 630 A· Icc = 16 kA / 40 kA· Dimensiones: 470 mm /735 mm / 1740 mm· Mecanismo de Maniobra(Prot. Fusibles): manual tipoBR

Se incluyen el montaje y co-nexión

PFS-H-48 1 1,00

1,00

03.03 Ud. Interconexiones Media TensiónCables MT 12/20 kV del tipoRHZ1, unipolares, con con-ductores de sección y mate-rial 1x35 Cu empleando 3 de10 m de longitud, y termina-ciones ELASTIMOLD de 24kV del tipo enchufable aco-dada y modelo K-158-LR. Enel otro lado son del tipo en-chufable recta y modeloK-152.

2 2,00

2,00

3 de abril de 2019 Página 6

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Código Descripción Uds Longitud Anchura Altura Parciales Cantidad Precio Importe

03.04 Ud. Transformador en aceite 24KVTransformador trifásico re-ductor de tensión, según lasnormas citadas en la Memo-ria con neutro accesible enel secundario, de potencia630 kVA y refrigeración enbaño de ACEITE VEGETAL,de tensión primaria 20 kV ytensión secundaria 420 V envacío (B2), grupo de cone-xión Dyn11, de tensión decortocircuito de 4% y regula-ción primaria de + 2,5%, +5%, + 7,5%, + 10 %.Se incluye también una pro-tección con Termómetro, to-talmente montado y conexio-nado.

2 2,00

2,00

03.05 Ud. Cuadro de Baja Tensión PFS-62-2T-V 24kVCuadro de Baja Tensión Op-timizado CBTO-C, con 2 sali-das dobles de 400A con fusi-bles salidas trifásicas confusibles en bases ITV, y de-más características descri-tas en la Memoria.

2 2,00

2,00

03.06 Ud. Modulo de Ampliación Cuadro de Baja Tensión PFS-62-2T-V24kV

Módulo de Ampliación Cua-dro de Baja Tensión, con 4salidas con fusibles salidastrifásicas con fusibles en ba-ses ITV y demás característi-cas descritas en la Memoria.

2 2,00

2,00

03.07 Ud. Puentes BT-Transformador-Cuadro de BTJuego de puentes de cablesde BT,de sección 150 mm² ymaterial Al (Etileno-Propile-no) sin armadura, y todos losaccesorios para la conexión,formados por un grupo decables en la cantidad 4xfase+ 2xneutro de 3,0 m de longi-tud.

PFS-H-48 2 2,00

2,00

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Código Descripción Uds Longitud Anchura Altura Parciales Cantidad Precio Importe

03.08 Ud. Tierras Exteriores Prot Transformación: Anillo rectangularTierras Exteriores ProtTransformación: Anillo rec-tangularInstalación exterior de pues-ta a tierra de protección en eledificio de transformación,debidamente montada y co-nexionada, empleando con-ductor de cobre desnudo.El conductor de cobre estáunido a picas de acero co-breado de 14mm de diáme-tro.Características:Configuración seleccionada:70-30/5/82Geometría del sistema:Anillo rectangularDistancia de la red:7x3 mProfundidad del electrodohorizontal: 0,5 mNúmero de picas: CuatroOchoLongitud de las picas:2metros

1 1,00

1,00

03.09 Ud. Tierras Exteriores Serv Transformación: Picas alineadasTierra de servicio o neutrodel transformador. Instala-ción exterior realizada concobre aislado con el mismotipo de materiales que lastierras de protección.Características:Identificación: 5/62(según método UNESA)Geometría: PicasalineadasNúmero de picas:6Longitud entre picas: 3metrosProfundidad de las picas:2 m

1 1,00

1,00

03.10 Ud. Tierras Interiores Prot Transformación: Instalación interior tieInstalación de puesta a tierrade protección en el edificiode transformación, con elconductor de cobre desnudo,grapado a la pared, y conec-tado a los equipos de MT ydemás aparamenta de esteedificio, así como una cajageneral de tierra de protec-ción según las normas de lacompañía suministradora.

1 1,00

1,00

3 de abril de 2019 Página 8

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MEDICIONES

Código Descripción Uds Longitud Anchura Altura Parciales Cantidad Precio Importe

03.11 Ud. Tierras Interiores Serv Transformación: Instalación interior tieInstalación de puesta a tierrade servicio en el edificio detransformación, con el con-ductor de cobre aislado, gra-pado a la pared, y conectadoal neutro de BT, así comouna caja general de tierra deservicio según las normasde la compañía suministra-dora.

1 1,00

1,00

03.12 Ud. Defensa de TransformadoresProtección metálica para de-fensa del transformador

1 1,00

1,00

03.13 Ud. Iluminación Edificio de TransformaciónEquipo de iluminación com-puesto de:Equipo de alumbrado quepermita la suficiente visibili-dad para ejecutar las manio-bras y revisiones necesariasen los equipos de MT.Equipo autónomo de alum-brado de emergencia y se-ñalización de la salida del lo-cal.

1 1,00

1,00

03.14 Ud. Maniobra de Transformación: Equipo de seguridad y maniobraEquipo de operación quepermite tanto la realizaciónde maniobras con aisla-miento suficiente para prote-ger al personal durante laoperación, tanto de manio-bras como de mantenimien-to, compuesto por:1 Banquillo aislante 25kV1 Pértiga de salvamento de25kV1 Cartel de Primeros Auxilios1 Cartel de las 5 reglas deOro3 Placas de peligro de muer-te1 palanca de accionamiento

1 1,00

1,00

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MEDICIONES

Código Descripción Uds Longitud Anchura Altura Parciales Cantidad Precio Importe

03.15 Ud. Terminales elastimod K-400 TBSuministro e instalación determinales de interior conborna atornillable apantalla-da marca Elastimold, mode-lo K-400 TB, de 400 Amp. deintensidad nominal, paraconductor de aluminio de150 mm². de sección conaislamiento de 12/20 kV detensión nominal y 400 mm.de línea de fuga, incluyendopequeño material, bornas,etc. totalmente terminada

CONEXIÓN DE CABINASDE Linea

6 6,00

6,00

03.16 Ud. Fusible de A.T. de 50 Amperios DIN-43625Suministro e instalación defusible de A.T. de 50 ampe-rios, según DIN-43625, acor-de con modelo de cabina deprotección instalada.

FUSIBLES DE CENTRODE TRANSF.

7 7,00

7,00

3 de abril de 2019 Página 10

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MEDICIONES

Código Descripción Uds Longitud Anchura Altura Parciales Cantidad Precio Importe

CAPÍTULO 04 SEGURIDAD Y SALUD04.02 ud. Casco de seguridad CE, hom

Casco de seguridad CE, ho-mologado, CE s/normativavigente.

5,00

04.03 ud. Bota lona y serraje, con pBota lona y serraje, con pun-tera y plantilla metálica incor-porada, (par) homologadaCE s/normativa vigente.

5,00

04.04 ud. Cinturón de seguridad tipoCinturón de seguridad tiposujeción, homologado CE,s/normativa vigente.

5,00

04.05 ud. Cinturón portaherramientasCinturón portaherramientasCE s/normativa vigente.

5,00

04.07 ud. Valla metálica modular, tipoValla metálica modular, tipoAyuntamiento, de 2,50 de lar-go y 1,10 m de altura, (amor-tización = 10 %), incluso co-locación y posterior retirada.

1,00

04.08 ml. Barandilla de protección rBarandilla de protección rea-lizada con soportes metáli-cos tipo sargento y dos ta-blones de madera de pinode 250 x 25 mm, (amortiza-ción = 30 %), incluso coloca-ción y anclaje.

10,00

04.10 ud. Cartel indicativo de riesgo,Cartel indicativo de riesgo,sin soporte metálico, (amor-tización = 100 %), incluso co-locación y desmontado.

1,00

04.12 ud. Botiquín metálico tipo malBotiquín metálico tipo male-tín, preparado para colgar enpared, con contenido sanita-rio completo según ordenan-zas.

1,00

3 de abril de 2019 Página 11

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PLANOS

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Planta Media Tensión. Fase a ejecutar 021/1500

PLANO:

Claudio Medina Castellano

Colegiado número 911EL INGENIERO INDUSTRIAL

CLAUDIO MEDINA CASTELLANOTfnos/Fax: 928 310 319 Email: [email protected]/ Mendizabal n° 15 35001 - Las Palmas de Gran Canaria

NºPROYECTO DE ELECTRIFICACIÓN. "URBANIZACIÓNTAMARACEITE SUR"

Marzo 2019

PROYECTADOESCALA

INGENIERO INDUSTRIAL

REVISIÓN DESCRIPCIÓN"URBANIZACIÓN TAMARACEITE SUR UZO-04"

ISLA DE GRAN CANARIA (LAS PALMAS DE G.C.)

RELLENO DE TIERRA EN CAPASDE 0,20 COMPACTADAS

HORMIGON H-150 KG.

FRANJA PINTADA EN ROJO

FRANJA PINTADA EN BLANCO

FRANJA PINTADA EN ROJO

PLANTA

HORMIGÓN DE 250 Kgs.

CORRUGADO Ø14 mm.VARILLA DE HIERRO

A.T.

MOJÓN DE SEÑALIZACIÓN

CUATRO TUBULARESDOS TUBULARES

CINTA DE SEÑALIZACIÓN

TUBOS DE Ø 0,20 INTERIOR

EN CALLE Y CARRETERA

TUBOS DE Ø 0,20 INTERIOR

CINTA DE SENALIZACION

DE 0,20 COMPACTADASRELLENO DE TIERRA EN CAPAS

HORMIGON H-150 KG.

SECCIÓN A-A

TUBO DE (PVC) DE 200 mmØ

CABLE

PLANTAEscala 1:1500

1.00

0.43

1.00

0.74

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34

0.60

SEIS LÍNEAS

0.10

0.25

0.15

6T 250Ø

DETALLE TAPA Y MARCO ARQUETA TIPO A-3ESC.- 1/20

0.88

0.10

SECCIÓN

LEYENDA DE BAJA TENSIÓN

3.- TUBO DE POLIETILENO CORRUGADO DOBLE PARED Ø225 mm.

2.- HORMIGÓN HNE-20/B/201.- PAQUETE PAVIMENTO EN ACERAS

4.- CONDUCTORES ELÉCTRICOS

OCHO LÍNEAS

34

2

2

S

34

2

20.25

0.15

0.50

0.28

0.1

0.60

1.38

0.0

5.- PAQUETE DE FIRME EN CALZADA

1

Planta Baja Tensión. Etapa 1ª Fase 1ª 121/1500

PLANO:

Claudio Medina Castellano

Colegiado número 911EL INGENIERO INDUSTRIAL

CLAUDIO MEDINA CASTELLANOTfnos/Fax: 928 310 319 Email: [email protected]/ Mendizabal n° 15 35001 - Las Palmas de Gran Canaria

NºPROYECTO DE ELECTRIFICACIÓN. "URBANIZACIÓNTAMARACEITE SUR"

Marzo 2019

PROYECTADOESCALA

INGENIERO INDUSTRIAL

REVISIÓN DESCRIPCIÓN"URBANIZACIÓN TAMARACEITE SUR UZO-04"

ISLA DE GRAN CANARIA (LAS PALMAS DE G.C.)