c!!!!e~ gobierno regional

3
GOBIERNO REGIONAL cusca .¿ A~ Gobierno Regional <Presiáencia ~giona[ · ~:itx,~ C!!!!E~ RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL 227 -2015-GR CUSCO/PR Cusca, 2 4 ABR 2015 EL PRESIDENTE REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL CUSCO. VISTOS: Informe 65-2015-GR CUSCO/GRI-SGEM de la Sub Gerencia de Equipo Mecánico, Informe 295-2015-GR CUSCO/GRI-SGO de la Sub Gerencia de Obras, Informe 211-2015-GR CUSCO/GRI y Memorándum 1144-2015-GR CUSCO/GRI de la Gerencia Regional de Infraestructura, Informe 041-2015-GR CUSCO-GRPPAT- SGPI/GMV del Evaluador OPI Regional, Informe 167-2015-GRCUSCO-GRPPAT/SGPI de la Sub Gerencia de Programación e Inversiones, Memorándum 165-2015- GRCUSCO/GRPPAT de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y Memorándum 235-2015-GRCUSCO/ORAJ de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional Cusca; CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 191 ° de la Constitución Política del Estado y el Artículo de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional 128-2013-GR CUSCO/PR de fecha 31 de enero de 2013, se Aprobó el Expediente Técnico de la Obra "Mejoramiento de la Carretera Huancarani - Paucartambo, Provincia de Paucartambo, Departamento de Cusco" con un presupuesto total de S/ . 163'664 ,655.97, a ejecutarse por la Modalidad de Ejecución Presupuestaria Directa; Que, con Resolución Ejecutiva Regional 1985-2014-GR CUSCO/PR de fecha 28 de noviembre de 2014, se resolvió APROBAR la Modificación de la modalidad de Ejecución Presupuesta! Directa a la modalidad de Ejecución Presupuesta! Indirecta - Contrata, de la ejecución física - financiera de la obra "Mejoramiento de la Carretera Huancarani - Paucartambo, Provincia de Paucartambo, Departamento de Cusca", con un presupuesto total de S/.163'664,655.97, que se ejecutará por la Modalidad de Ejecución Presupuestaria Indirecta, disponiéndose además, que la Gerencia Regional de Infraestructura cumpla con documentar la pre liquidación de la ejecución física y financiera que se ejecutó antes de la modificación de la modalidad de ejecución presupuesta! de la obra; Que, con Resolución Ejecutiva Regional 1995-2014-GRCUSCO/PR de 28 de noviembre del 2014, se aprueba el Expediente Técnico Reformulado de la obra "Mejoramiento de la Carretera Huancarani - Paucartambo, Provincia de Paucartambo, Departamento de Cusca", con un presupuesto total de S /. 145'984,504.27, el mismo que se ejecutaría por la Modalidad de Ejecución Presupuestaria Indirecta; Que, mediante Informe 211-2015-GR CUSCO/GRI de fecha 30 de marzo de 2015, la Gerencia Regional de Infraestructura, solicita a la Presidencia Regional del Gobierno Regional de Cusca, se autorice que el Proyecto de Inversión Pública "Mejoramiento de la Carretera Huancarani - Paucartambo, Provincia de Paucartambo, Departamento de Cusca" sea ejecutado por Administración Directa, por cuanto su ejecución por la modalidad de administración indirecta, generaría demasiados conflictos y gastos a la entidad, más aun considerando que la Resolución de Contrataría 195-88-CG por la que se aprueban las normas que regulan la ejecución de Obras Públicas por Administración Directa, en su Artículo 1 °, numeral 1), establece que las entidades que programan la ejecución de obras bajo ésta modalidad, deben contar con la asignación presupuesta!, el personal técnico administrativo y los equipos necesarios, requisitos con los que cuenta ésta Gerencia, conforme se evidencia del Informe 65-2015- GR CUSCO/GRI- SGEM de 26 de Marzo del 2105, por el cual, la Sub Gerencia de Equipo Mecánico informa 1

Upload: others

Post on 20-Feb-2022

3 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: C!!!!E~ Gobierno Regional

GOBIERNO REGIONAL cusca . ¿ A~ Gobierno Regional

<Presiáencia ~giona[ · ~:itx,~ C!!!!E~

RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 227 -2015-GR CUSCO/PR

Cusca, 2 4 ABR 2015 EL PRESIDENTE REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL CUSCO.

VISTOS: Informe Nº 65-2015-GR CUSCO/GRI-SGEM de la Sub Gerencia de Equipo Mecánico, Informe Nº 295-2015-GR CUSCO/GRI-SGO de la Sub Gerencia de Obras, Informe Nº 211-2015-GR CUSCO/GRI y Memorándum Nº 1144-2015-GR CUSCO/GRI de la Gerencia Regional de Infraestructura, Informe Nº 041-2015-GR CUSCO-GRPPAT­SGPI/GMV del Evaluador OPI Regional, Informe Nº 167-2015-GRCUSCO-GRPPAT/SGPI de la Sub Gerencia de Programación e Inversiones, Memorándum Nº 165-2015-GRCUSCO/GRPPAT de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y Memorándum Nº 235-2015-GRCUSCO/ORAJ de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional Cusca;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 191 ° de la Constitución Política del Estado y el Artículo 2° de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 128-2013-GR CUSCO/PR de fecha 31 de enero de 2013, se Aprobó el Expediente Técnico de la Obra "Mejoramiento de la Carretera Huancarani - Paucartambo, Provincia de Paucartambo, Departamento de Cusco" con un presupuesto total de S/.163'664,655.97, a ejecutarse por la Modalidad de Ejecución Presupuestaria Directa;

Que, con Resolución Ejecutiva Regional Nº 1985-2014-GR CUSCO/PR de fecha 28 de noviembre de 2014, se resolvió APROBAR la Modificación de la modalidad de Ejecución Presupuesta! Directa a la modalidad de Ejecución Presupuesta! Indirecta - Contrata, de la ejecución física - financiera de la obra "Mejoramiento de la Carretera Huancarani -Paucartambo, Provincia de Paucartambo, Departamento de Cusca", con un presupuesto total de S/.163'664,655.97, que se ejecutará por la Modalidad de Ejecución Presupuestaria Indirecta, disponiéndose además, que la Gerencia Regional de Infraestructura cumpla con documentar la pre liquidación de la ejecución física y financiera que se ejecutó antes de la modificación de la modalidad de ejecución presupuesta! de la obra;

Que, con Resolución Ejecutiva Regional Nº 1995-2014-GRCUSCO/PR de 28 de noviembre del 2014, se aprueba el Expediente Técnico Reformulado de la obra "Mejoramiento de la Carretera Huancarani - Paucartambo, Provincia de Paucartambo, Departamento de Cusca", con un presupuesto total de S/. 145'984,504.27, el mismo que se ejecutaría por la Modalidad de Ejecución Presupuestaria Indirecta;

Que, mediante Informe Nº 211-2015-GR CUSCO/GRI de fecha 30 de marzo de 2015, la Gerencia Regional de Infraestructura, solicita a la Presidencia Regional del Gobierno Regional de Cusca, se autorice que el Proyecto de Inversión Pública "Mejoramiento de la Carretera Huancarani - Paucartambo, Provincia de Paucartambo, Departamento de Cusca" sea ejecutado por Administración Directa, por cuanto su ejecución por la modalidad de administración indirecta, generaría demasiados conflictos y gastos a la entidad, más aun considerando que la Resolución de Contrataría Nº 195-88-CG por la que se aprueban las normas que regulan la ejecución de Obras Públicas por Administración Directa, en su Artículo 1 °, numeral 1), establece que las entidades que programan la ejecución de obras bajo ésta modalidad, deben contar con la asignación presupuesta!, el personal técnico administrativo y los equipos necesarios, requisitos con los que cuenta ésta Gerencia, conforme se evidencia del Informe Nº 65-2015-GR CUSCO/GRI­SGEM de 26 de Marzo del 2105, por el cual, la Sub Gerencia de Equipo Mecánico informa

1

Page 2: C!!!!E~ Gobierno Regional

GOBIERNO REGIONAL cusca ' i,.-;J,,ll Gobierno Regional ~ ~..r. . @n • { ~ !t~ cuse~ '.C ,-es1aencia :1.wgwna C.,m inemt>" ji)~'""

que existen más de 100 unidades de equipo mecánico que están paralizados porque no se están ejecutando obras viales, 30 servidores repuestos que no pueden desempeñar funciones de operadores de maquinaria y que vienen desempeñándose como guardianes, estando en posibilidades de atender hasta cuatro frentes de trabajo de la obra, por lo que se encuentran en la capacidad de ejecutar éste proyecto; y del Informe Nº 295-2015-GR CUSCO/GRI-SGO de fecha 26 de marzo del 2015, del Sub Gerente de Obras, quien presenta un Plan de Acción para la Ejecución de la obra por la modalidad de Administración Directa, debido a que se tiene cuatro principales recursos consistentes en: 1. Equipo profesional, técnico y administrativo capaz de plantear soluciones estratégicas, 2. Gran pool de equipo mecánico operativo, 3. Área de administración y logística con experiencia, y 4. Disponibilidad presupuesta!;

Que, con Memorándum Nº 165-2015-GRCUSCO/GRPPAT de fecha 15 de abril de 2015, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, señala que la Sub Gerencia de Programación e Inversiones ha procedido a analizar la documentación presentada y la información del citado Proyecto en el marco de la normatividad que rige el SNIP, emitiendo el Informe Nº 167-2015-GRCUSCO­GRPPAT/SGPI de 15 de abril del 2015, del cual se desprende que el proyecto está inscrito en el Banco de Proyectos con el Código SNIP Nº 214769 con el monto de S/ .136'973,204.00, considerando la Administración Directa como modalidad de ejecución, habiéndose aprobado el Expediente Técnico en fecha 03/01/ 2013 con Resolución Ejecutiva Regional Nº 128-2013-GRCUSCO/PR por S/.163'664,655.97, registrándose el 30 de setiembre del 2013, la modificación presupuesta/ en el Banco de Proyectos, siendo éste el único registro, por lo que recomienda continuar con la modalidad de ejecución por Administración Directa, considerando el contenido del Expediente Técnico registrado;

'

~o ~~º!~"'1; Que, la Resolución de Contraloría Nº 195-88-CG del 18 de Julio de 1988, sobre ~~1 ci Ejecución de las Obras por Administración Directa en su Artículo 1º establece: numeral 1)

O r~ ~ Las Entidades que programen la Ejecución de Obras bajo esta modalidad deben

~ Ge· ." .. R!l<Jl<l<,ol o contar con la Asignación Presupuesta/, el personal técnico- administrativo y, los r: . '· ) ' equipos necesarios ( .. .), en el numeral 4) La entidad debe demostrar que el costo total

• i-.~~,~-- de la obra a ejecutarse por administración directa, resulta igual o menor al presupuesto base deducida la utilidad, situación que deberá reflejarse en la liquidación de la obra; en el numeral 5) En la etapa de construcción, la Entidad dispondrá de una "Cuaderno de Obra" debidamente foliado y legalizado en el que se anotará la fecha de inicio y término de los trabajos, las modificaciones autorizadas los avance mensuales, los controles diarios de ingreso y salida de materiales y personal, las horas de trabajo de los equipos, así como los problemas que viene afectando el cumplimiento de los cronogramas establecidos y las constancias de la supervisión de obra; del mismo modo en el numeral 8) El Ingeniero Residente y/o Inspector presentará mensualmente un informe detallado al nivel correspondiente sobre el avance ñsico valorizado de la obra, precisando los aspectos limitantes y las recomendaciones para superarlos, debiendo la Entidad disponer las medidas respectivas; numeral 1), en el que se enmarca lo peticionado por la Gerencia Regional de Infraestructura;

Que, conforme establece el inciso a) del Artículo 59° del Texto Unico Ordenado de la de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, la Ejecución Presupuestaria Directa: Se produce cuando la Entidad con su personal e infraestructura es el ejecutor presupuesta/ y financiero de las Actividades y Proyectos así como de sus respectivos Componentes;

Que, la modificación de la modalidad de ejecución presupuesta! directa a la modalidad de ejecución presupuesta! indirecta - contrata del citado proyecto de inversión, aprobada por Resolución Ejecutiva Regional Nº 1985-2014-GR CUSCO/PR, no fue registrada en el Sistema Nacional de Inversión Pública SNIP, ni se ha realizado la pre liquidación dispuesta en su Artículo Segundo, por tanto, dicha resolución no ha surtido efectos al no haber sido implementada; condición que hace viable que pueda continuarse la ejecución de la obra por Administración Directa, teniendo en cuenta que

2

Page 3: C!!!!E~ Gobierno Regional

GOBIERNO REGIONAL cusca -f _¿..~I Gobierno Regional

lil.. ~ .r. · (í)º • [ ~'!~ CUSCL, 'I: I ~SJaencza 2uJgWna c.,minemos junto,

el Gobierno Regional Cusca tiene la capacidad técnica y financiera para dicha ejecución; consecuentemente, el Expediente Técnico Reformulado aprobado por Resolución Ejecutiva Regional Nº 1995-2014-GRCUSCO/PR no será ejecutado, por lo que es necesario dejar sin efecto las citadas resoluciones y de este modo, disponer la continuidad de la ejecución de la obra por Administración Directa;

Estando a los documentos del Visto y con las visaciones de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Gerencia Regional de Infraestructura, y Gerencia General Regional del Gobierno Regional Cusca;

En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27783 Ley de Bases de la Descentralización, el inciso d) del Artículo 21º y el inciso a) del Artículo 41° de la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales modificado por Ley Nº 27902;

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO. - DEJAR SIN EFECTO la Resolución Ejecutiva Regional Nº 1985-2014-GR CUSCO/PR de fecha 28 de noviembre de 2014 que aprueba la Modificación de la modalidad de Ejecución Presupuesta/ Directa a la modalidad de Ejecución Presupuesta! Indirecta - Contrata, de la ejecución física - financiera de la obra "Mejoramiento de la Carretera Huancarani - Paucartambo, Provincia de Paucartambo, Departamento de Cusco", por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ejecutiva Regional.

ARTÍCULO SEGUNDO.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución Ejecutiva Regional Nº 1995-2014-GR CUSCO/PR de fecha 28 de noviembre de 2014 que aprueba el Expediente Técnico Reformulado de la Obra "Mejoramiento de la Carretera Huancarani - Paucartambo, Provincia de Paucartambo, Departamento de Cusco", por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ejecutiva Regional.

ARTÍCULO TERCERO.- DISPONER la continuidad de la ejecución de la Obra "Mejoramiento de la Carretera Huancarani - Paucartambo, Provincia de Paucartambo, Departamento de Cusco" por la modalidad de Ejecución Presupuestaria Directa, para lo cual la Gerencia Regional de Infraestructura deberá implementar las acciones correspondientes de conformidad a sus funciones.

ARTÍCULO CUARTO.- TRANSCRIBIR la presente Resolución Ejecutiva Regional a los órganos técnicos administrativos de la Sede del Gobierno Regional Cusca.

REGÍSTRESE Y COMUNÍQUESE

3