casos prácticos de derecho sindical

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Casos prácticos de Derecho sindical 1.-Don Fernando R.T viene prestando sus servicios laborales por cuenta de la empresa Caja de ahorros SA desde el 15 de marzo de 1979. Ingresó en la empresa por oposición, con la categoría profesional de Auxiliar administrativo, promocionando a la categoría de oficial de segunda por antigüedad en 1985. El 1 de Enero de 1991 obtiene la categoría de Oficial superior por pertenecer al nivel B la oficina del C/Piamonte donde prestaba sus servicios. El 18 de Junio de 1991 solicita de la dirección de la empresa asumir las funciones de delegado de oficina, siendo destinado con tal nombramiento el 22 de febrero de 1993 a la oficina de la C/Buenaventura, de nivel G (oficina esta que en enero de 1989 alcanza el nivel F), donde permanece hasta el 28 de noviembre de 1996, en que la Dirección de le empresa le traslada como delegado de oficina a la de la C/Pastores, de igual nivel G. El 21 de Noviembre de 1996, don Fernando comunicó a la empresa verbalmente su desacuerdo con el traslado a la C/Pastores, solicitando un puesto de trabajo acorde con su condición de delegado de oficina del mismo rango o expectativas, o de Licenciado en económicas. El cargo de delegado de oficina es un cargo de confianza que la empresa otorga con absoluta discrecionalidad, pudiendo los nombrados ser removidos en cualquier momento si así lo requiere la marcha de la oficina El 1 de Noviembre de 1996, don Fernando se afilia al sindicato CCOO, domiciliando el pago de la cuota sindical en la cuenta abierta en la empresa, es delegado sindical desde noviembre de 1997. El 30 de noviembre de 1996, inicia sus funciones en el Departamento Económico-Financiero de la oficina central, donde fue trasladado a petición del propio trabajador, que solicitó un puesto en un Departamento Técnico realizando tareas administrativas. Celebradas elecciones sindicales, don Fernando obtuvo un puesto en el Comité de Empresa

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Casos prácticos de Derecho sindical

1.-Don Fernando R.T viene prestando sus servicios laborales por cuenta de la empresa Caja de ahorros SA desde el 15 de marzo de 1979. Ingresó en la empresa por oposición, con la categoría profesional de Auxiliar administrativo, promocionando a la categoría de oficial de segunda por antigüedad en 1985. El 1 de Enero de 1991 obtiene la categoría de Oficial superior por pertenecer al nivel B la oficina del C/Piamonte donde prestaba sus servicios.

El 18 de Junio de 1991 solicita de la dirección de la empresa asumir las funciones de delegado de oficina, siendo destinado con tal nombramiento el 22 de febrero de 1993 a la oficina de la C/Buenaventura, de nivel G (oficina esta que en enero de 1989 alcanza el nivel F), donde permanece hasta el 28 de noviembre de 1996, en que la Dirección de le empresa le traslada como delegado de oficina a la de la C/Pastores, de igual nivel G.

El 21 de Noviembre de 1996, don Fernando comunicó a la empresa verbalmente su desacuerdo con el traslado a la C/Pastores, solicitando un puesto de trabajo acorde con su condición de delegado de oficina del mismo rango o expectativas, o de Licenciado en económicas.

El cargo de delegado de oficina es un cargo de confianza que la empresa otorga con absoluta discrecionalidad, pudiendo los nombrados ser removidos en cualquier momento si así lo requiere la marcha de la oficina

El 1 de Noviembre de 1996, don Fernando se afilia al sindicato CCOO, domiciliando el pago de la cuota sindical en la cuenta abierta en la empresa, es delegado sindical desde noviembre de 1997.

El 30 de noviembre de 1996, inicia sus funciones en el Departamento Económico-Financiero de la oficina central, donde fue trasladado a petición del propio trabajador, que solicitó un puesto en un Departamento Técnico realizando tareas administrativas.

Celebradas elecciones sindicales, don Fernando obtuvo un puesto en el Comité de Empresa

En Abril de 1998, con posterioridad a las elecciones sindicales, se le ordena la actualización del archivo del Departamento. Comunicando su imposibilidad por comportar el traslado de los documentos en cajas, aportando certificado médico acreditativo de la imposibilidad de realizar tareas físicas que el trabajo asignado requiere, por lo que el 19 de Junio de 1998 es trasladado al Departamento de Ahorro, oficina central, colocándole en un puesto de cajero terminalista.

¿Existe violación del derecho de libertad sindical?

2.-La empresa Prefabricados SA dedicada a la actividad de paredes y construcciones de escayola, cuenta con una plantilla de 41 trabajadores.

En fechas recientes, los trabajadores de la empresa afiliados al sindicato UT han constituido una Sección Sindical, siendo elegida doña Esperanza GH como representante o Delegada de dicha Sección ante la Dirección de la empresa

La empresa se niega a la constitución de dicha Sección Sindica y al nombramiento de la Delegada

¿Puede negarse la empresa a la constitución de la Sección Sindical? ¿Tiene que reconocer a doña Esperanza como Delegada Sindical?

¿Cuál sería la vía procedimental para reclamar contra la decisión empresarial?

3.-En la empresa Electrodomésticos SA, dedicada a la fabricación de muebles de cocina prestan servicios nueve trabajadores

Con fecha de 19 de Abril de 2006 tuvo entrada en la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Empleo un escrito de preaviso de celebración de elecciones en la empresa “Electrodomésticos SA” en el que figuraban don Carlos RT y don Ignacio PL como candidatos por el sindicato CTC, y en el que se decía que la fecha de iniciación del proceso electoral sería el 3 de mayo de 2006

El 24 de abril de 2006, cinco empleados de los nueve que tiene la empresa, decidieron dejar en suspenso el proceso electoral.

Don Carlos y don Ignacio, fueron despedidos el 4 de Mayo de 2006 mediante carta en la que se les imputaba la transgresión de la buena fe contractual ya que el 26 de Abril de 2006 se personaron en el despacho de la dirección del a empresa manifestando que tenían en su poder información con la cual podrían meter en la cárcel tanto al Administrador de la compañía como a su esposa y que dicho asunto podría saldarse mediante la entrega de 188 000 euros.

¿Debería haberse iniciado expediente contradictorio?