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1 CAPÍTULO I SITUACIÓN ACTUAL DE LAS ASOCIACIONES COOPERATIVAS DE AHORRO Y CRÉDITO. El presente capítulo, contiene la reseña histórica del cooperativismo mundial y sus inicios en El Salvador, como también las características del cooperativismo, etapas de las asociaciones, desarrollo, formación, principios, características, estructura organizativa, reglamentos y fines de dichas instituciones. i. GENERALIDADES 1. ANTECEDENTES. El origen del movimiento cooperativo moderno surgió en Europa hacia fines del siglo XVIII, como reacción popular de defensa frente a las situaciones de injusticia y abuso derivados de las condiciones imperantes de esa época. El origen del movimiento cooperativo tiene causas muy trascendentales, las cuales obligaron al hombre a sistematizar las cooperativas en forma pacifica y en beneficio de un conglomerado social mayoritario cuyas condiciones de vida eran precarias.

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CAPÍTULO I

SITUACIÓN ACTUAL DE LAS ASOCIACIONES COOPERATIVAS DE AHORRO Y

CRÉDITO.

El presente capítulo, contiene la reseña histórica del cooperativismo mundial y

sus inicios en El Salvador, como también las características del cooperativismo,

etapas de las asociaciones, desarrollo, formación, principios, características,

estructura organizativa, reglamentos y fines de dichas instituciones.

i. GENERALIDADES

1. ANTECEDENTES.

El origen del movimiento cooperativo moderno surgió en Europa hacia fines del

siglo XVIII, como reacción popular de defensa frente a las situaciones de injusticia y

abuso derivados de las condiciones imperantes de esa época.

El origen del movimiento cooperativo tiene causas muy trascendentales, las

cuales obligaron al hombre a sistematizar las cooperativas en forma pacifica y en

beneficio de un conglomerado social mayoritario cuyas condiciones de vida eran

precarias.

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1.1. ORIGENES DE LAS ORGANIZACIONES SOCIALES POSTERIOR A LA

REVOLUCION INDUSTRIAL (INGLATERRA 1904).

A) CAUSA Y EFECTOS QUE LAS ORIGINARON:

1. Transformación de Inglaterra, de un país agrícola a Industrial (desarrollo

Industrial Inglés).

2. Abandono de las Labores Agrícolas del Campesino, para convertirse en

obrero tejedor (escasez y encarecimiento de granos básicos).

3. La emigración del campesino a la ciudad, aumentó la oferta de mano de obra

barata (disminución de los salarios).

B) CONDICIONES DE VIDA DE LOS OBREROS

1. La explotación del hombre por el hombre:

- Bajos Salarios

- Largas Jornadas de Trabajo

- Obligación de comprar en las tiendas de la fábrica

2. Mala alimentación, agotamiento, enfermedades frecuentes, mortalidad infantil.

3. Escasez de vivienda para la población obrera.1

Fue en esta época en que aparecieron los grandes pensadores y realizadores de la

cooperación moderna, con el fin de atenuar en parte los abusos que se cometían en

nombre de la Revolución Industrial en contra de las clases obreras.

1 Instituto Salvadoreño de Fomento Cooperativo INSAFOCOOP, Curso sobre generalidades de los sistemas cooperativos (abril 1991).

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Esta situación dio origen al movimiento de asociaciones del siglo XIX que se reveló a

través de tres principales y perdurables manifestaciones:

1) El sindicalismo, en materia laboral

2) El socialismo y otros movimientos de tendencia popular como el cartismo.

3) El cooperativismo, en materia socioeconómica que procura defender a las

personas en su doble carácter de consumidores y productores mediante la

asociación de esas personas en forma de empresa propia destinada a satisfacer sus

necesidades comunes.

El nacimiento exitoso del movimiento cooperativo moderno, fue fijado el 21 de

diciembre de 1884, fecha de la organización en gran Bretaña de la famosa “Sociedad

de los Pobres o Justos Pioneros de Rochdale”. Dicha sociedad se convirtió con el

pasar del tiempo en la base del desarrollo del cooperativismo, dándoles vida en esa

forma, a los ideales de Robert Owen y William King, padres del cooperativismo

Inglés.

En América Latina la primera cooperativa de la cual se tiene noticias fue

organizada en Argentina; se trató de una empresa de seguros Agrícolas, integrada

por inmigrantes franceses.

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1.2. RESUMEN HISTÓRICO DE LAS ASOCIACIONES COOPERATIVAS DE

EL SALVADOR

El origen del cooperativismo en El Salvador está vinculado al desarrollo del

Estado Nacional. Partiendo de esta Tesis la historia del cooperativismo se divide en

cuatro grandes períodos.

- De 1,896 a 1,920

Este período coincide con el Estado Liberal Clásico o no intervensionista. Se

caracteriza este periodo por una carencia de políticas estatales definidas sobre el

cooperativismo.

En 1,896 se establece en la Facultad de Jurisprudencia la cátedra de

Cooperativismo como materia obligatoria. En el Código de Comercio de 1,904

aparecen la primeras regulaciones sobre las cooperativas en el capitulo IV titulado:

De Las Sociedades Cooperativas Conceptualizadas como sociedades mercantiles.

En 1,917 se constituye la cooperativa “Sociedad de Obreros de El Salvador

Federados”, de la que no se tiene datos.2

- De 1,930 a 1,949

En 1,935 se funda la cooperativa de Paneleros de Cojutepeque y del Valle de

Jiboa.

Partiendo del modelo cooperativo del crédito rural se crean en 1,940 las Cajas de

Crédito Rural, apoyadas legal y financieramente por el Estado. Posteriormente, en

1,943, integran la Federación de Cajas de crédito Rural, amparadas por la Ley de

Crédito Rural.

2 Herrera Morales, Oscar, Maeda Romero, “Las Cooperativas en El Salvador”.

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Con base en el Código de Comercio de 1,904 se organiza la cooperativa

Algodonera Salvadoreña limitada en 1,940.

- De 1,950 a 1,969.

La Constitución promulgada en 1,950 institucionalizaba el Estado

Intervensionista.

Es a lo largo de este periodo, con todo y las limitaciones e insuficiencias que

se puedan señalar, el de promoción y auge del cooperativismo, entre los hechos más

relevantes están las aprobaciones por la Asamblea Legislativa en 1,969 de la Ley de

Asociaciones Cooperativas y la Ley de Creación del Instituto Salvadoreño de

Fomento Cooperativo.

Antes, en 1,964, el Gobierno de los Estados Unidos de América había

promovido la creación de cooperativas de ahorro y crédito con sectores medios

urbanos a través del programa CUNA-AID.3

Estas cooperativas fundaron en 1,966 la Federación de Cooperativas de Ahorro y

Crédito de El Salvador. (FEDECACES).

3 Programa de incentivos manejados por la Agencia Internacional de Desarrollo.

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CUADRO No. 1

HECHOS RELEVANTES DE ESTE PERIODO

AÑO HECHOS RELEVANTES

1,950

1,951

1,952

1,953

1,955

1,957

1,961

1,962

1,964

1,966

1,969

Creación de la Sección de Educación Obrera del Ministerio de Trabajo

Se declaran de utilidad Pública las cooperativas organizadas por el Ministerio de

Trabajo

Se crea el Departamento de Fomento Cooperativo Escolar y el Curso Semestral de

Educación Cooperativa.

Organización de La Cooperativa Lechera de Oriente.

Organización de las Cooperativas Ganaderas de Sonsonate.

Creación de la Sección de Fomento Cooperativo Agropecuarias en el Ministerio de

Agricultura y Ganadería.

Organización de las fincas de Beneficio proporcional en hacienda del Instituto de

Colonización Rural (ICR).

Creación de la Sección de Cooperativas de la Administración de Bienestar Campesino

(ABC); hoy Banco de Fomento Agropecuario.

Programa CUNA-AID (Cooperativa de Ahorro y Crédito).

Organización de la Federación de Cooperativas de ahorro y crédito de El Salvador

(FEDECACES).

Ley General de Asociaciones Cooperativas y Ley de Creación del Instituto

Salvadoreño de Fomento Cooperativo (INSAFOCOOP).

- De 1,970 a nuestros días.

En este periodo los EEUU juegan un papel importante con su “Programa

Alianza para el Progreso’, impulsando y fortaleciendo las Cooperativas de Ahorro y

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Crédito, con el objetivo de contrarrestar las reivindicaciones sindicales de las

trabajadores.

En 1,971 el INSAFOCOOP empieza a funcionar como institución autónoma

bajo la tutela del Ministerio de Trabajo y Previsión Social.

En 1,972 se organiza la Comisión Nacional Asesora del Movimiento

Cooperativo y Producción. Al amparo de las nuevas leyes surgen organizaciones

cooperativas orientadas hacia la marginalidad en el campo: La Asociación Nacional

Indígena Salvadoreña (ANIS), también surge al final de la década la Federación de

Asociación Cooperativas de la Industria del Transporte de El Salvador.

(FENACITES).

A partir de la década de los años 70’s las cooperativas han logrado un

desarrollo significativo ya que han prestado sus servicios a la población para que

esta pueda resolver en comunidad los problemas que se les presentan ya que en

esta década estalla un conflicto político y la economía de las familias se deteriora

siendo el medio cooperativo de diferentes comunidades y gremiales el que sostuvo la

economía de los afectados.

En la actualidad, la importancia de las cooperativas financieras es tal que

dentro del Producto Interno Bruto, para el 2000 fue de ¢ 2,177.4 millones de

colones.4

4 Tomado de la Pagina Web del Banco Central de Reserva de El Salvador y documentación de ACACI de RL.

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CUADRO No. 2

COOPERATIVAS INSCRITAS OFICIALMENTE HASTA 1990

No. TIPO DE COOPERATIVA No. DE ASOCIADOS

38

41

51

69

352

1,350

17

Cooperativa de Producción Manufacturera (Pequeña

Industria).

Cooperativas Pesqueras (24 activas)

Cooperativas de Transporte

Cooperativas de Consumo

Cooperativas de Ahorro y crédito

Cooperativas Agrícolas

Cooperativas de otros servicios

1,239

631

1,916

2,908

16,949

68,669

461

1,918 Cooperativas en El Salvador 92,773

Fuente = INSAFOCOOP Y MAG.

2. IMPORTANCIA DE LAS COOPERATIVAS.

El origen y desarrollo del cooperativismo en El Salvador esta vinculado a

fenómenos económicos, políticos, ideológicos, que determinaron su aparecimiento.

Desde entonces estas han crecido considerablemente a través de los años.

La importancia de las cooperativas de ahorro y crédito, radica en el aporte que

dan al desarrollo económico del país, ya que proporcionan recursos financieros y

educación productiva a la población de bajos recursos para que estos no sean carga

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para el Estado sino que se conviertan en sectores productivos a través de la

educación para guiarlos a invertir sus recursos de forma correcta.

Es de gran importancia el aporte que las cooperativas brindan a los sectores

que no son sujetos de crédito en instituciones bancarias. Apoyando así que sean

productivos y mejoren su nivel de vida ofreciéndoles diferentes servicios como:

créditos personales, despensa, créditos para educación, servicios médicos, y otros.

3. OBJETIVOS DE LAS COOPERATIVAS

a) El estimulo del ahorro sistemático por medio de aportaciones.

b) La concesión de préstamos e intereses razonables y preferentemente no mayores

a los que establece el sistema financiero.

c) Procurar educación cooperativa a sus asociados.

d) Contribuir al desarrollo social y cultural de sus asociados y de la comunidad.

e) Estimular a los asociados para que sean parte del desarrollo económico del país.

f) Hacer que los microempresarios mantengan el espíritu empresarial necesario

para aumentar su productividad.

4. PRINCIPIOS Y VALORES DE LAS COOPERATIVAS.

Los principios y valores cooperativos como guías, han sido una discusión

permanente y constante en el seno de la Alianza Cooperativa Industrial (ACI).

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En la historia de la ACI, los principios han sido reformulados oficialmente dos

veces (Paris 1,937 y Viena 1,966), pero su revisión continúa siendo permanente.

En 1,937 en Paris, los siete principios aceptados por la ACI, se dividieron en

fundamentales y no fundamentales. Se reconocieron los siguientes:

a. Adhesión Libre

b. Control Democrático

c. Retorno Sobre las Compras

d. Interés Limitado al Capital

e. Neutralidad Política y Religiosa

f. Ventas al Contado

g. Desenvolvimiento de la Educación

En 1,963 en el consejo de Inglaterra se creo una comisión “para formular los

principios fundamentales de la actividad cooperativa en las condiciones actuales”.

Dicha comisión debía establecer en que medida los principios definidos en 1,937

eran observados. En 1,966 en Viena, basados en el trabajo de La comisión, se

definieron los principios asi:

1. La afiliación de una cooperativa deberá ser libre y voluntario. Deberá ser

accesible sin restricciones artificial alguna y sin discriminación social, política o

religiosa a todas las personas que puedan hacer uso de sus servicios y estén

dispuestos a cumplir las obligaciones que implica la afiliación.

2. Las cooperativas son organizaciones democráticas. Deberán ser

administradas por personas elegida o nombradas de la forma acordada por los

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miembros y deberán rendir cuentas a estos. Los miembros de las cooperativas

deberán gozar del derecho al vota igual (un miembro un voto).

3. Participación económica de los miembros. La tasa de interés del capital

invertido, si es que se paga, deberá limitarse estrictamente.

4. Autonomía e Independencia. Los beneficios o ahorros que resulten de las

actividades de la cooperativa, si es que producen, pertenecen a los miembros de la

misma deberán distribuirse de modo tal que ningún miembro se enriquezca a costa

de otro miembro. Esto podrá hacerse de la siguiente forma según la decisión tomada

por los miembros:

• Constitución de reserva para el desarrollo de las actividades de la cooperativa.

• Abastecimiento de servicios generales .

• Distribución entre los miembros de proporción al monto de sus transacciones con

la cooperativa

5. Todas las cooperativas deberán preocuparse de la educación de sus

miembros, funcionarios y empleados y el del público en general en materia de los

principios y la práctica, tanto económicos como democráticos de cooperación.

6. Todas las organizaciones cooperativas deberán cooperar activamente y en

todas las formas posibles con otras cooperativas a nivel local, nacional e

internacional en beneficio máximo de sus miembros.

7. Compromiso con la comunidad.

Estos son los principios aprobados en 1966 en Viena y vigentes actualmente.

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5. CARACTERÍSTICAS DE LAS COOPERATIVAS:

a) Vínculo abierto

b) Vínculo Cerrado

c) Su responsabilidad es limitada

d) Su principal objetivo es la prestación de servicios financieros

e) Pertenecen a un sistema administrativo mundial

f) Son respaldadas por el Instituto Salvadoreño del Fomento Cooperativo

(INSAFOCOOP).

g) Son independientes una de otra.

6. ETAPAS DEL DESARROLLO DE LAS COOPERATIVAS

Definición: Una cooperativa es una asociación autónoma de personas que se

unen voluntariamente, para satisfacer necesidades sociales y económicas comunes,

mediante una empresa de propiedad conjunta y democrática controlada.

(FEDECACES).

6. 1 Etapas de promoción

El consejo administrativo creará la etapa de promoción que considere

conveniente con el objetivo de impulsar la labor social y cultural de la cooperativa,

hacia asociados y la comunidad.

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Los comités de promoción tendrán la asistencia y supervisión del consejo de

administración. Los comités de promoción se sujetaran a las normas y presupuestos

establecidos por consejo de administración.

Para la planificación de la etapa de promoción del consejo administrativo

nombrará un presidente, un vicepresidente y un secretario, los cuales durarán en su

cargo un período de un año, pudiendo ser reelectos. Los demás integrantes tendrán

el carácter de vocales. Dicho comité se encargara de la planificación y puesta en

marcha de los planes de promoción para un periodo de un año.

6. 2 Etapa de Organización

Las personas o interesados en organizar y constituir una cooperativa deberán

realizar por medio de la Asamblea General celebrada por estos con un número

mínimo de asociados determinado según la naturaleza de la cooperativa, el cual en

ningún caso podrá ser menor de quince.

En dicha Asamblea se aprobarán los Estatutos y se suscribirá el capital social

pagándose por lo menos el 20% del capital escrito.

El acta de constitución será firmada por todos los asociados. Una vez que la

cooperativa se haya constituido, solicitará su reconocimiento oficial y su inscripción

en el Registro Nacional de Cooperativas del INSAFOCOOP a fin de obtener la

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personalidad jurídica, la cooperativa presentará certificación del acta de constitución

firmada por el secretario del consejo de administración.

Las cooperativas deben llevar al principio de sus denominaciones las palabras

“Asociación Cooperativa” y al final de ellas las palabra “de responsabilidad limitada”.

6.3 Etapas de Capacitación

En la etapa de capacitación se le brindará un seguimiento especial a las

personas que conforman las áreas de Dirección, Administración y Comité de

Vigilancia de la cooperativa. Se capacitará al personal y socios en materia de leyes,

reglamentos, principios, normas, estatutos.

La etapa de capacitación es continua tanto para los socios como para el

personal ya que estos son los encargados de transmitir a los asociados los

beneficios del cooperativismo y tener una mejor asesoria que ayude al

aprovechamiento óptimo de los recursos financieros.

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7. ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DE LAS ASOCIACIONES COOPERATIVAS

Organigrama de las Cooperativas de Ahorro y Crédito

ORGANISMOS DE APOYO

ASISTENTE A LA GERENCIA SUPERVISOR DE AGENCIA

CONTADOR AUDITOR

SERVICIOS GENERALES

COORDINADOR ADMINISTRATIVO CAJEROS

DEPARTAMENTO FINANCIEROCONTABLE

JEFE ASISTENTE

ASESORES

DEPARTAMENTO DE CREDITOS YRECUPERACIONES

ASESORES ATENCION AL CLIENTE

DEPARTAMENTO DE MERCADEO

JURIDICO

DEPARTAMENTO JURIDICO

ENCARGADO DE COMPUTO

INFORMATICA

GERENCIA

CONSEJO DE ADMINISTRACION JUNTA DE VIGILANCIA

ASAMBLEA GENERAL

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8. RECURSO HUMANO QUE LABORA EN LAS ASOCIACIONES

COOPERATIVAS DE AHORRO Y CREDITO.

a) Gerente General

b) Asistente a la Gerencia

c) Supervisor de agencia

d) Auditor interno

e) Auxiliar contable

f) Coordinador de área administrativa

g) Asesores de crédito

h) Asesores de cobro

i) Coordinador de mercadeo

j) Asesores de mercadeo

k) Atención al cliente

l) Jurídico

m) Cajeros

n) Encargado de cómputo

o) Servicios Generales

p) Seguridad.

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9. ASPECTOS LEGALES DE LAS COOPERATIVAS DE AHORRO Y CREDITO

El articulo 114 de la Constitución de la República 5 se convierte en la

garantía de las cooperativas ante el respaldo del sector público.

La base legal de las cooperativas está contemplada por el decreto

legislativo en la ley General de Asociaciones Cooperativas en donde se establece

y regula su funcionamiento.

Es por tanto, el Instituto Salvadoreño de Fomento Cooperativo

(INSAFOCOOP) la institución rectora del movimiento cooperativo en El Salvador.

El INSAFOCOOP es una institución de Derecho Público, con autonomía en

los aspectos económicos y administrativos y fue creado en 1,969.

a) La ejecución de la Ley General de Asociaciones Cooperativas.

b) Iniciar, promover, coordinar y supervisar la organización y funcionamiento

de las asociaciones cooperativas.

c) Planificar la política de fomento y desarrollo del cooperativismo para lo

cual podrá solicitar la colaboración de organismos estatales, municipales y

particulares interesados en esta actividad.

d) Conceder personalidad jurídica, mediante la inscripción en el Registro

Nacional de Cooperativas.6

5 Art.114 El Estado protegerá y fomentara las asociaciones cooperativas, facilitando su organización, expansión y financiamiento. 6 Ley de Creación de Instituto Salvadoreño de Fomento Cooperativo (INSAFOCOOP).

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Las asociaciones cooperativas como organizaciones están regidas por

leyes que reglamentan su existencia y constituyen su régimen legal:

Leyes e instituciones:

a) Constitución de la República.

La constitución de la República emitida en 1,983, en el articulo No. 114 Establece:

“El Estado protegerá y fomentará las asociaciones cooperativas, facilitándole su

organización, expansión y financiamiento”.

b) Ley General de Asociaciones Cooperativas.

La Ley General de Asociaciones Cooperativas fue emitida el 6 de mayo de 1,986,

por medio del decreto No.86, Tomo No. 291 de fecha 14 de mayo del mismo año.

El objetivo de esta ley es regular la creación y funcionamiento de las Asociaciones

Cooperativas para lograr que su actuación este enmarcada en los principios del

movimiento cooperativo.

c) Reglamento de Ley General de Asociaciones Cooperativas.

Fue emitido por decreto ejecutivo No. 62, de fecha 20 de agosto de 1,986.

El reglamento establece la forma de aplicación de la ley, dictando normas y

procedimientos a seguir, para la constitución, funcionamiento, administración y

disolución de las asociaciones cooperativas.

d) Ley de Creación del Instituto Salvadoreño de Fomento Cooperativo

(INSAFOCOOP).

La ley de creación del Instituto Salvadoreño de Fomento Cooperativo, se

emitió el 25 de noviembre de 1,969, por de decreto legislativo No. 560, publicado

en el Diario Oficial No. 229, Tomo No. 225 de fecha 9 de diciembre del mismo año.

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Esta ley establece las atribuciones y la forma en que el Instituto tiene que

ser administrado, a fin de cumplir con sus objetivos de promover, coordinar y

supervisar a las asociaciones cooperativas.

La creación del INSAFOCOOP, responde a la necesidad de centralizar la dirección

y coordinación de la actividad cooperativa.

9.1 Personería Jurídica de las Asociaciones Cooperativas.

a) Ley General de Asociaciones Cooperativas, Articulo 15.

Las cooperativas se constituirán por medio de Asamblea General,

celebrada por todos los interesados con una nómina mínima de asociados,

determinada según la naturaleza de la cooperativa, el cual en ningún caso, podrá

ser menor de quince.

En dicha Asamblea se aprobarán los estatutos y se suscribirán el capital social

pagándose por lo menos el 20% del capital suscrito.

El acta de Constitución será firmada por todos los asociados, en caso de que

hubieran asociados que no pudieran firmar, se hará constar esta circunstancia y

dejarán impresa su huella digital del dedo pulgar.

Articulo 16.

Una vez que la cooperativa se haya constituido solicitará su reconocimiento

oficial y su inscripción en El Registro Nacional de Cooperativas del INSAFOCOOP,

a fin de obtener la personalidad jurídica, la cooperativa presentará tres

certificaciones de constitución firmada por el secretario del Consejo de

Administración. Los asientos de inscripción así como las cancelaciones de las

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mismas, por disolución y liquidación de la cooperativa inscrita se publicará en

extracto por una sola vez en el Diario Oficial, la oficina de Registro librará el

mandamiento respectivo para su publicación.

Articulo 17.

Las cooperativas deben llevar al principio de su denominación las palabras

“Asociación Cooperativa”, al final de ellas “De Responsabilidad Limitada” o sus

iniciales ”De R.L.”.

El INSAFOCOOP no podrá autorizar la cooperativa cuya denominación por igual o

semejante, pueda confundir con la de otra existente

b) El Reglamento de Ley General de Asociaciones Cooperativas.

Articulo 6.

Las asociaciones cooperativas tendrán personalidad jurídica a partir de la

fecha que queden inscritas dentro del Registro Nacional de Cooperativas de

INSAFOCOOP.

Articulo 10.

Las cooperativas pueden adicionar a sus actividades propias otro tipo de

actividades sin la necesidad de modificar su Acta Constitutiva, pero informará al

INSAFOCOOP para efectos del control de registros.

9.2. Prohibiciones.

a) Efectuar transacciones con terceras personas naturales o jurídicas, con fines

de lucro, para permitirles participación directa o indirectamente en las

prerrogativas o beneficios que la ley otorga a las cooperativas.

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b) Pertenecer a entidades con fines incompatibles con los principios cooperativos

excepto cuando participen como asociados de instituciones cuya función será

el fomento de las cooperativas.

c) Realizar actividades diferentes a los fines de las cooperativas.

d) Integrar sus organismos directivos con personas que no sean miembros de la

cooperativa, ni con las que tengan a su cargo la gerencia, la contabilidad o

auditoria.

e) Conceder ventajas, preferencia u otros privilegios a sus promotores,

fundadores o dirigentes.

f) Exigir a los asociados admitidos con posterioridad a la constitución de las

mismas, que contraigan obligaciones económicas superiores a las de los

miembros que hayan ingresado anteriormente.

9.3. Obligaciones

a) Llevar los libros que sean necesarios para su normal desarrollo tales como:

de actas, registros de asociación y de contabilidad, autorizados por el

INSAFOCOOP.

b) Comunicar por escrito al lNSAFOCOOP dentro de los treinta días siguientes a

su elección, la nómina de las personas elegidas para integrar los distintos

órganos directivos señalados por la ley, reglamentos de la misma y estatutos

respectivos.

c) Enviar dentro de los treinta días posteriores a la fecha en que la Asamblea

General de asociados le haya aprobado, los estatutos financieros del cierre del

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ejercicio económico los cuales deberán ser autorizados por el Presidente de la

Junta de Vigilancia , contador y auditor externo si lo hubiere.

d) Enviar copia en el término de quince días al INSAFOCOOP de las auditorias

que les hayan practicado.

e) Proveer al INSAFOCOOP de los datos e informes que les han solicitado.

El incumplimiento de estas obligaciones hará incurrir a la asociación

cooperativa responsable, en alguna de las sanciones establecidas en el

reglamento de la ley general de asociaciones cooperativas.

9.4. Sanciones

a) Multas de cien mil colones mediante resolución o sentencia y previo el juicio

correspondiente.

b) Suspensión temporal de los miembros de los órganos de administración y

vigilancia en el ejercicio de sus cargos y sustituirlos por los suplentes

respectivos.

c) Suspensión temporal o cancelación de la autorización para operar.

d) Interventoría provisional, para solo efecto de proteger los bienes y patrimonios

de las cooperativas en casos extremos de anormalidad. La Asamblea General

de asociados será convocada por el INSAFOCOOP, de acuerdo a los

estatutos y esta se celebrara dentro de un plazo no mayor de treinta días a

partir del inicio de la interventora y durante la cual se adoptara decisión sobre

la continuación o finalización de la intervención.

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Las multas las impondrá el Instituto Salvadoreño de Fomento Cooperativo en

forma gubernativa.

La cuantía de las multas se determinará en cada caso atendiendo a la gravedad

de la infracción y a la capacidad económica del o de los responsables.

Si no obstante la multa impuesta, persistiese la infracción o se incurriere en ella

nuevamente las posteriores sanciones que se impongan deberán aumentarse en

progresión aritmética hasta el limite legal fijado. Si se persistiere en la infracción

se procederá a la suspensión y aún a las disolución de la asociación, según la

gravedad del caso.

10. REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO DE LAS ASOCIACIONES

COOPERATIVAS DE AHORRO Y CREDITO.

Los reglamentos internos de trabajo de las asociaciones cooperativas de

ahorro y crédito, están constituidos de la siguiente, forma:

CAPITULO I:

Se establecen a través de artículos los objetivos y campos de aplicación

de dicho reglamento.

CAPITULO II:

Establece la organización jerárquica de las asociaciones cooperativas, así

como también las obligaciones de cada puesto de trabajo.

CAPITULO III:

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Se establecen los requisitos de ingreso que debe cumplir el personal, así

también el perfil necesario de cada miembro.

CAPITULO IV:

Se establece el horario de trabajo que cada empleado debe cumplir dentro

de la cooperativa.

CAPITULO V:

Se establecen los derechos, obligaciones y prohibiciones de los empleados.

CAPITULO VI:

Establece la forma de pago del salario para los empleados.

CAPITULO VII:

Se establecen las licencias, asuetos y días de descanso semanal.

CAPITULO VIII:

Se establecen las vacaciones y aguinaldos a los que los empleados tienen

derecho.

CAPITULO IX:

En este capítulo se establecen la higiene, riesgos profesionales y seguro

social para los empleados.

CAPITULO X:

Se establecen las disposiciones, disciplinas y modos de aplicarlas.

CAPITULO XI:

Establece las disposiciones generales.