cÁmara de comercio de lima reforma …€¦ · impuesto al patrimonio vehicular.-las tablas de...

28
1 CÁMARA DE COMERCIO DE LIMA Lima, Mayo 2005 REFORMA INTEGRAL DEL REFORMA INTEGRAL DEL SISTEMA TRIBUTARIO SISTEMA TRIBUTARIO NACIONAL NACIONAL Documento de Trabajo para ser presentado a la Comisión de Economía del Congreso de la República

Upload: vodung

Post on 26-Sep-2018

218 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

1

CÁMARA DE COMERCIO DE LIMA

Lima, Mayo 2005

REFORMA INTEGRAL DELREFORMA INTEGRAL DELSISTEMA TRIBUTARIOSISTEMA TRIBUTARIO

NACIONALNACIONAL

Documento de Trabajo para ser presentado a laComisión de Economía del Congreso de la

República

2

Reforma Integral

• La reforma liderada por el Congreso de la República, debe adecuarsea los principios tributarios que ordena la Constitución:– Legalidad

– Igualdad

– Capacidad contributiva

– No confiscatoriedad

– Respeto a los derechos de la persona

• Las normas que no respeten los principios tributarios carecen deefecto desde que fueron publicadas (sentencia del TC Exp. 033-2004-AI/TC – Anticipo Adicional).

3

Participación Multisectorial

• Se sugiere incorporar a la Comisión Técnica de Coordinación arepresentantes del MEF, SUNAT, Tribunal Fiscal y municipalidades.

• Las autoridades que administran la tributación fiscal deben participaren la discusión pública de la reforma.

• Se recomienda prepublicar los textos antes de su aprobación.

4

Sistema Recaudatorio

• La actual política tributaria, delineada por los sucesivos gobiernos,

está basada en el incremento de tasas, limitación de gastos,

impuestos adelantados, impuestos temporales y excesivas

formalidades, se dio importancia principalmente a la recaudación de

impuestos.

• Se trata de normas recaudatorias, cortoplacistas que impiden lagobernabilidad.

5

Nueva política tributaria

• Es conveniente que las bases estructurales del sistema tributario,

definan una filosofía que parta de un programa de corto, mediano y

largo plazo; con un esquema de recaudación simple, y sin excesos.

• Buscar formas para la ampliación constante de la base de

contribuyentes.

• La reforma debe ser elaborada pensando en el reto de la

competitividad y la globalización.

• El país requiere de un sistema tributario predectible y sostenible en el

tiempo.

6

Lineamientos para la Reforma Tributaria

No más tributosEl incremento de la presión tributaria no implica necesariamente crearnuevos tributos. Para el contribuyente formal la presión tributaria es30%, considerando que el 60% de la economía corresponde al sectorinformal que no paga impuestos

Drástico con el evasorEl código y las leyes tributarias deben ser drásticas y ejemplares paracon el evasor, el falsificador, el contrabandista, el informal y en generalcon todo el que se desenvuelva al margen de la ley.

Para contrarrestrar el contrabando y la evasión, las tasas fiscales debenser reducidas con tramos progresivos.

7

Lineamientos para la Reforma Tributaria

Simplificación administrativaDeben eliminarse todas las barreras y trabas burocráticas injustificadas eirracionales, que limitan el acceso o permanencia de las empresas en elmercado. Ejemplo: Limitación de gastos con boleta de ventas

Tributos antitécnicosSe debe eliminar los tributos antitécnicos, tales como el impuestotemporal a los activos netos y el impuesto a las transaccionesfinancieras.

Se debe eliminar disposiciones fiscalistas como las percepciones del IGV,que obligan a pagar impuestos que el contribuyente no debe.

8

Lineamientos para la Reforma TributariaFormalismosLa reforma tributaria debe desterrar los formalismos, que muchas vecesprevalecen sobre las cuestiones esenciales o de fondo, haciendointolerable el sistema impositivo para el contribuyente formal.

El incumplimiento de formalidades deben sancionarse con multa y nocon el desconocimiento del derecho a deducir gasto, costo ó créditofiscal

Justica tributaria

La reforma tributaria debe respetar y conceder buen trato alcontribuyente que cumple con sus obligaciones fiscales.

Es deber del contribuyente soportar la carga fiscal, pero sin abusos niexcesos que afecten sus derechos constitucionales.

9

Lineamientos para la Reforma TributariaEstabilidad tributariaLas inversiones que el país requiere necesitan de estabilidad jurídica engeneral.

El cambio constante de las reglas de juego en materia fiscal deben serevitadas.

Tributo Único para MYPESMejorar el RUS o establecer un régimen tributario promocional para lasmypes; las que deben estar facultadas a emitir boletas de venta quepermitan deducir el 100% del gasto.

10

Lineamientos para la Reforma TributariaExoneraciones tributarias

Racionalizar y posteriormente eliminar las exoneraciones tributarias.(actualmente estarían bordeando el 10% del presupuesto nacional).

En lugar de las exoneraciones podrían, en casos especiales, rebajarselas tasas impositivas. (Ejemplo: sector agrario).

Tributación municipal

La reforma tributaria debe comprender la revisión de la tributaciónmunicipal, precisando los alcances de las facultades tributarias que laConstitución concede a las municipalidades, para evitar abusos.

Se debe establecer límites para el cobro de arbitrios, en función de loscriterios expuestos por el TC y el INDECOPI.

11

PROPUESTAS CCL

12

Código Tributario

Reestructuración.- El Código Tributario debe ser reestructurado

totalmente. Fue hecho a la medida y para comodidad de la

Administración.

El Gobierno para lograr que el Congreso le delegue facultades, ofreció

“un Código Tributario que guarde equilibrio entre los derechos de los

contribuyentes y las facultades de SUNAT, con el fin de cautelar el bien

común de la sociedad”.

Ofrecimiento que no se respetó, pues con el D. Leg. 953 se modificó el

50% de su texto (con vigencia al día siguiente de su publicación) con

severas disposiciones y formalidades que sólo afectan al contribuyente

que históricamente soporta la carga fiscal.

13

Código TributarioFacultades discrecionales.- Revisar las facultades discrecionales deSUNAT, para que sus acciones y resoluciones sean objetivas, respetandoel marco legal establecido.

Compensación automática.- Instituir la compensación automática de

tributos pagados en exceso con otros adeudos que correspondan al

gobierno central o municipal, sin perjuicio de la posterior fiscalización al

contribuyente.

Fiscalización.- Los tributos y periodos ya fiscalizados sinobservaciones, no deben ser vueltos a fiscalizar. La auditoria debe serintegral y no exceder de 3 meses.

14

Código TributarioTribunal Fiscal.- Dotar al Tribunal Fiscal de mayores recursos humanosy materiales para que resuelva las apelaciones en los plazos que señalael Código Tributario.

Conforme a la reciente sentencia del TC (Exp. 1255-2003-AT/TC), luegode vencido los plazos para resolver no deben generar interesesmoratorios para el contribuyente.

Intereses.- Revisar los porcentajes discordantes de los intereses por

mora y los intereses por impuestos pagados en exceso. El fisco cobra el

1.5% y paga el 0.40% mensual (transgrede el principio de igualdad).

Agentes de retención.- Deben ser designados por ley y no por la

entidad encargada de recaudar los tributos.

15

Código Tributario

Sanciones.- Se debe revisar las tablas de infracciones y sanciones. Porejemplo, el contribuyente que no ha retenido impuestos por montosmínimos (S/. 20) es sancionado con media UIT.

Formalidades.- El incumplimiento de formalidades (declaraciones

juradas, medios de pago bancarios, legalizaciones, etc.) deben ser

sancionadas con multa, pero no con la pérdida del derecho de deducir

gasto, costo ni crédito fiscal, porque eso es confiscatorio.

Defensoría del Contribuyente.- No debe depender del MEF debe

tener autonomía y debe ser elegido por concurso, propuesta que

también debe extenderse a los miembros del Tribunal Fiscal.

16

Código Tributario

Devolución.- Se debe simplificar el procedimiento para la devolución de

impuestos. El plazo no debe exceder de 30 días hábiles.

Delitos tributarios y aduaneros.- Se debe cambiar la “facultad

discrecional” para denunciar delitos tributarios y aduaneros.

Los hechos deben ser trasladados al Ministerio Público como titular de la

acción penal.

17

Impuesto a la RentaTasas progresivas.- Las personas naturales y las empresas debenpagar IR con tasas progresivas entre el 5% y el 30%.

Rentas del trabajo.- Requieren una revisión profunda desde surégimen de deducciones hasta las tasas que resultan “castigando” eltrabajo personal.

Valor de mercado.- Revisar las normas que limitan las remuneracionesde socios y accionistas. No respetan los contratos de trabajo suscritos yobligan a pagar hasta un 50% más de impuesto a la renta

Arrendamiento.- Se debe precisar cómo se declara y paga el impuestoa la renta por arrendamiento de inmuebles, en especial cuando elpropietario es no domiciliado y el arrendatario es persona natural.

18

Impuesto a la Renta4ta categoría.- Revisar los casos donde la 4ta se ha convertido en 5tacategoría sólo para comodidad de la administración y para recaudar másimpuestos. Los casos de incumplimiento deben ser fiscalizados ysancionados.

Pagos a cuenta.- Los pagos a cuenta del impuesto a la renta abonados

en exceso deben aplicarse contra otros tributos, por ejemplo, contra el

ITAN en tanto esté vigente.

No domiciliados.- Se debe revisar las tasas y rentas de los nodomiciliados, porque en la práctica son asumidos por el usuario de losservicios.

Anticipo adicional.- El anticipo adicional pagado en exceso se debe

aplicar contra los pagos a cuenta y la regularización del impuesto a la

renta 2005.

19

Impuesto General a las Ventas

Pagos adelantados del IGV.- Derogar el régimen de pagosadelantados de IGV (percepciones) porque obligan a pagar impuestosque el contribuyente no debe, desfinanciando y descapitalizando a lasempresas. El costo administrativo lo asume el contribuyente bajo penade severas multas por simples errores de forma.

Temporalidad.- Los regímenes adelantados del IGV deben sertransitorios.

Detracciones.- Los porcentajes no deben exceder del 2%(endetracciones es hasta el 14% actualmente).

20

Impuesto General a las VentasCompensación.- Se deben contemplar la devolución/compensaciónautomática con otros tributos que administra SUNAT y quecorresponden al Tesoro Público.

Acumulación de regímenes.- No debe aplicarse al mismocontribuyente más de un régimen de pagos adelantados, porquedesfinancia y descapitaliza a las empresas. Cuando al mismocontribuyente se le aplica percepciones más retenciones, su margendebe superar el 100%, imposible de obtener en un negocio lícito.

Legalidad.- A fin de respetar el Principio de Legalidad, las tasas delISC y los Apéndices de la Ley del IGV e ISC se deben modificar por leyy no por simple Decreto Supremo.

21

Impuesto General a las Ventas

Facilidades a contribuyentes.- Los contribuyentes encargadosde retener tributos ajenos, para compensar los sobrecostosadministrativos, deben de tener facilidades para el cumplimiento de susobligaciones, inclusive una retribución que ahora cobra SUNAT.

Generalidad.- Los sistemas de pago adelantados deben aplicarse demodo general, para evitar distorsiones en el mercado.

Formalidades.- El incumplimiento de formalidades no debe acarrear lapérdida del crédito fiscal del IGV, se debe sancionar con la multarespectiva.

22

Impuesto General a las Ventas

T.U.O.- Es necesario se elaboren textos únicos ordenados para evitar

confusión y sanciones injustificadas a los contribuyentes.

IGV Servicios.- Se debe adecuar el Reglamento del IGV al reciente

fallo del Tribunal Fiscal (Res. N° 02285-5-2005, El Peruano: 13.05.05)

que establece que no se paga IGV si el usuario del servicio no paga la

retribución en el plazo convenido.

23

Tributación Municipal

Autonomía Municipal.- El Código Tributario y la Ley de TributaciónMunicipal, deben contener reglas claras y limitaciones precisas para elejercicio de la facultad tributaria municipal.

Regulación general.- Se debe expedir normas reglamentarias con

carácter general para todas las municipalidades, en especial, respecto

del cobro de arbitrios municipales.

Validez de las ordenanzas.- La ley debe establecer que las

ordenanzas de las municipalidades distritales que crean tasas (arbitrios),

si no están ratificadas por la municipalidad provincial carecen de efecto

(requisito formal obligatorio).

24

Tributación Municipal

Nulidad de las ordenanzas.- La ley debe disponer que las ordenanzasque transgreden los principios tributarios señalados en la Constitución(Art. 74°), son nulas y carecen de efecto, desde que fueron publicadas.

Impuesto al Patrimonio Vehicular.- Las Tablas de ValoresReferenciales de vehículos que anualmente aprueba el MEF supera elvalor de mercado de los vehículos. El impuesto (1%) debe aplicarsesobre el precio del vehículo (incl. impuestos) según la factura que exigeSUNAT.

Embarcaciones de Recreo.- El impuesto (5%) debe aplicarse sobre elprecio de compra de las embarcaciones (inc. impuestos) y no sobrevalores referenciales sobrevaluados que publica anualmente el MEF.

25

Tributación MunicipalLicencias de Funcionamiento.-Prohibir que las municipalidades(sobretodo de provincias) cobren tasas por renovación de licencias defuncionamiento, sin que hayan cambiado de giro, denominación y otrosrequisitos exigibles para su otorgamiento.

Licencias de avisos publicitarios.-Las municipalidades deben cobrartasas de acuerdo al costo del servicio únicamente en la autorización,prohibiéndose el cobro de tributos periódicos por avisos publicitarios.

Barreras burocráticas municipales.- Se debe facultar al INDECOPIpara que en un plazo perentorio, una vez comprobada la barreraburocrática municipal, disponga su inmediata eliminación.

26

Tributación Municipal

Arbitrios.- La Ley de Tributación Municipal - D. Leg. N° 776, debe serreformulada a fin de establecer los lineamientos que deben de observarlas municipalidades al fijar arbitrios, respetando los criterios expuestospor Indecopi y el Tribunal Constitucional en sus últimas resoluciones.

Responsabilidad de funcionarios.- La Ley debe establecer sancionespecuniarias, inclusive la destitución de los funcionarios que imponentasas municipales sin respetar la Constitución ni las leyes.

27

Impuesto Temporal a los Activos NetosSuspensión por pérdidas.-Las empresas que acrediten (con el

balance respectivo) que registran pérdidas, deben tener derecho a la

suspensión de los pagos del ITAN.

Pagos en exceso.- Igualmente, las empresas que acrediten que el

Impuesto a la Renta del ejercicio ya está cubierto con créditos de años

anteriores, deben de tener derecho a solicitar la suspensión de pagos

del ITAN.

Actividades preoperativas.- Las empresas que excepcionalmente

han realizado una compra o venta y aún se encuentran en etapa

preoperativa deben ser excluidos del ITAN.

28

Impuesto Temporal a los Activos NetosCompensación.- Los pagos en exceso del Impuesto a la Renta o por

concepto del derogado Anticipo Adicional del Impuesto a la Renta

deben ser compensados con el ITAN.

Base Imponible.- Las empresas que por la naturaleza de sus

actividades tienen activos por valores significativos (inmobiliarias,

industriales, etc.) deben de tener derecho a una rebaja de la base

imponible.

Convenios.- El ITAN no debe aplicarse a las empresas que cuentan

con convenios de estabilidad tributaria.