c o n t e n i d o - metepec

111
Año: 01 No. 98 15 de octubre de 2019 H. Ayuntamiento de Metepec 2019-2021 C O N T E N I D O MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA MUNICIPAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DE METEPEC, ESTADO DE MÉXICO. CÓDIGO DE CONDUCTA DEL SISTEMA MUNICIPAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DEL MUNICIPIO DE METEPEC, ESTADO DE MÉXICO.

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Año: 01 No. 98 15 de octubre de 2019 H. Ayuntamiento de Metepec 2019-2021

C O N T E N I D O

• MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA MUNICIPAL PARA EL DESARROLLO

INTEGRAL DE LA FAMILIA DE METEPEC, ESTADO DE MÉXICO.

• CÓDIGO DE CONDUCTA DEL SISTEMA MUNICIPAL PARA EL DESARROLLO

INTEGRAL DE LA FAMILIA DEL MUNICIPIO DE METEPEC, ESTADO DE MÉXICO.

15 de octubre de 2019

Página 2

• MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA MUNICIPAL PARA EL

DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DE METEPEC, ESTADO DE MÉXICO.

VERSIÓN: 00 OCTUBRE 11 19

20

Sistema para el

Desarrollo Integral de

la Familia de Metepec

1

MANUAL DE

ORGANIZACIÓN

Sistema para el Desarrollo

Integral de la Familia de Metepec

© H. Ayuntamiento de Metepec, 2019-2021.

Sistema Municipal DIF de Metepec.

Manuel J. Clouthier No. 70, Izcalli Cuauhtémoc V,

Metepec, México, C.P. 52176.

Teléfono: 2082636 al 39.

https://metepec.gob.mx/paginadif/

Sistema Municipal DIF de Metepec.

Versión Vigente 00

Aprobado por H. Junta de Gobierno del SMDIF 11 de Octubre 2019

Impreso y hecho en Metepec, México.

La reproducción total o parcial de este documento se autorizará siempre y

cuando se dé el crédito correspondiente a la fuente.

VIGENCIA:

La versión 00 del Manual General de Organización del Sistema Municipal para

el Desarrollo Integral de la Familia de Metepec, deja sin efecto el Manual

General de Organización del Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de

la Familia de Metepec publicado, en Gaceta N° 79 de fecha 17 de octubre

de 2017.

2

MANUAL DE

ORGANIZACIÓN

Sistema para el Desarrollo

Integral de la Familia de Metepec

ÍNDICE

PRESENTACIÓN 4

I. ANTECEDENTES 5

II. BASE LEGAL 6

III. MISIÓN 7

IV. VISIÓN 8

V. OBJETIVO DEL MANUAL 9

VI. ATRIBUCIONES 10

VII. ESTRUCTURA ORGÁNICA 12

VIII. ORGANIGRAMA 13

IX. OBJETIVOS Y FUNCIONES 14

1. JUNTA DE GOBIERNO 14

2. PRESIDENCIA 15

3. DIRECCIÓN GENERAL 17

3.0.1. UNIDAD DE INFORMACIÓN, PLANEACIÓN, PROGRAMACIÓN

Y EVALUACIÓN

20

3.0.2. UNIDAD DE PROCURACIÓN DE FONDOS 22

3.0.3 ÓRGANO INTERNO DE CONTROL 24

3.0.3.1 ÁREA DE FISCALIZACIÓN 28

3.0.3.2 ÁREA DE INVESTIGACIÓN 32

3.0.3.3 ÁREA DE SUBSTANCIACIÓN 35

3.0.4. UNIDAD DE COMUNICACIÓN SOCIAL 38

3

MANUAL DE

ORGANIZACIÓN

Sistema para el Desarrollo

Integral de la Familia de Metepec

3.1 DIRECCIÓN DE PROGRAMAS ASISTENCIALES 39

3.1.1 COORDINACIÓN DE ATENCIÓN A PERSONAS ADULTAS

MAYORES

41

3.1.2 COORDINACIÓN DE ALIMENTACIÓN Y NUTRICIÓN

FAMILIAR

43

3.2 DIRECCIÓN MUNICIPAL DE SALUD 45

3.2.1 COORDINACIÓN DE SALUD Y ATENCIÓN A LA

DISCAPACIDAD

49

3.2.2 COORDINACIÓN DE ESTOMATOLOGÍA 52

3.2.3 COORDINACIÓN DE PREVENCIÓN Y BIENESTAR

FAMILIAR

53

3.3 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS 55

3.3.1 DEPARTAMENTO DE FINANZAS 58

3.3.2 DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN 60

3.4 DIRECCIÓN JURÍDICA Y PROCURADURÍA MUNICIPAL DE

PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES

62

3.4.1 COORDINACIÓN DE SERVICIOS JURÍDICOS

ASISTENCIALES

66

X. DIRECTORIO 67

XI. VALIDACIÓN 71

XII. HOJA DE ACTUALIZACIÓN 73

4

MANUAL DE

ORGANIZACIÓN

Sistema para el Desarrollo

Integral de la Familia de Metepec

PRESENTACIÓN

El Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia de Metepec, tiene

como objetivo generar resultados concretos que aseguren la capacidad de

respuesta y al mismo tiempo satisfagan las expectativas de la sociedad

metepequense.

Por lo anterior se presenta este Manual General de Organización como la

base para el desempeño de las actividades a realizar en cada área que

conforma el Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia de

Metepec, siendo un documento rector de control Administrativo que tiene el

propósito de normar la estructura organizacional, ademàs de orientar la forma

en que se organiza.

En su contenido se encuentran apartados que describen la Misión y Visión, así

como la estructura organizacional y el organigrama correspondiente a la

administración 2019-2021; de igual forma define los objetivos, funciones y el

ámbito de competencia de cada unidad Administrativa, ayudando así a

evitar la duplicidad de funciones, garantizando una actuación incluyente y

completamente libre de cualquier tipo de discriminación.

5

MANUAL DE

ORGANIZACIÓN

Sistema para el Desarrollo

Integral de la Familia de Metepec

I. ANTECEDENTES

Desde el 2006, el Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia de

Metepec ha trabajado para orientar su estructura organizacional e

incrementar la eficiencia de sus recursos humanos y materiales en apoyo para

los que menos tienen, así mismo, se ha buscado asegurar los servicios en

cumplimiento a las normas y políticas de las instancias y ámbitos

gubernamentales.

En el año 2013, se buscó obtener una modernización de la función pública

municipal, y al mismo tiempo dar una respuesta eficaz para que la

ciudadanía obtuviera una atención y apoyo de calidad y calidez.

La presente Administración 2019-2021, refuerza las acciones emprendidas por

las administraciones anteriores, reafirmando el propósito de cumplir

cabalmente el objetivo de brindar la asistencia social a la población a través

de programas que tengan congruencia con la realidad que vive la población

metepequense.

Por lo anterior se pretende que la asistencia social se acepte como el

conjunto de acciones dirigidas a convertir en positivas las circunstancias

adversas que impiden al hombre su realización como individuo, como

miembro de una familia y de la comunidad; así como fortalecer al Sistema

Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia de Metepec como una

instancia social y de servicio que promueva cotidianamente con calidez y

calidad los valores en la familia, la sana nutrición, la salud, la recreación en los

jóvenes y la dignificación del adulto mayor, para hacer efectivo el desarrollo

social en el municipio.

El presente Manual de Organización del Sistema Municipal para el Desarrollo

Integral de la Familia de Metepec, fue actualizado por la Unidad de

Información, Planeación, Programación y Evaluación, de la Dirección General

del SMDIF con la colaboración de las Direcciones Jurídica y Procuraduría

Municipal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, Dirección Municipal

de Salud, Dirección de Programas Asistenciales y Dirección de Administración

y Finanzas.

6

MANUAL DE

ORGANIZACIÓN

Sistema para el Desarrollo

Integral de la Familia de Metepec

II. BASE LEGAL

• Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

• Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México

• Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y

Municipios

• Ley de Asistencia Social del Estado de México y Municipios

• Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios

• Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de

México y Municipios

• Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos

Obligados del Estado de México y Municipios

• Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información

Pública del Estado de México

• Ley Orgánica Municipal del Estado de México

• Ley que Crea los Organismos Públicos Descentralizados de Asistencia

Social, de Carácter Municipal, denominados “Sistemas Municipales para

el Desarrollo Integral de la Familia”

• Bando Municipal de Metepec, Estado de México

• Código de Reglamentación Municipal de Metepec, Estado de México

• Reglamento Interno del Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de

la Familia de Metepec, Estado de México

7

MANUAL DE

ORGANIZACIÓN

Sistema para el Desarrollo

Integral de la Familia de Metepec

II. MISIÓN

Coordinar, vigilar y otorgar servicios de asistencia social a niñas, niños,

adolescentes, personas adultas mayores, mujeres, personas con discapacidad

y cualquier persona que se encuentre en estado de vulnerabilidad a través de

programas preventivos y de atención; apegados siempre a un sistema

transparente y de rendición de cuentas, mejorando la calidad de vida

individual, familiar y comunitaria, erradicando el trabajo infantil, con la

colaboraciòn de la sociedad, con los sistemas nacionales, estatales y

municipales, e instituciones públicas y privadas.

8

MANUAL DE

ORGANIZACIÓN

Sistema para el Desarrollo

Integral de la Familia de Metepec

III. VISIÓN

Ser una institución que brinde una atención integral con mayor cercanía a los

metepequenses, trabajando con alta vocación de servicio, humanismo,

profesionalismo y agilidad en los tràmites y servicios, en àreas de educación,

inclusión y capacitación en las esferas biológica, psicológica y social del ser

humano, todo bajo procesos transparentes y de rendición de cuentas,

logrando con ello una administración de resultados.

9

MANUAL DE

ORGANIZACIÓN

Sistema para el Desarrollo

Integral de la Familia de Metepec

IV. OBJETIVO DEL MANUAL

Establecer la organización general al interior del Sistema Municipal DIF de

Metepec, así como delinear las principales funciones de cada una de las

unidades administrativas, para promover el desarrollo integral de la familia a

través de programas y acciones encaminadas a incrementar los niveles de

bienestar de las niñas, niños, adolescentes, mujeres, personas adultas mayores

y personas con discapacidad del municipio de Metepec, aportandoles las

herramientas para gestionar las medidas correspondientes y poder mantener

y mejorar su calidad de vida mediante programas de asistencia social.

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MANUAL DE

ORGANIZACIÓN

Sistema para el Desarrollo

Integral de la Familia de Metepec

V. ATRIBUCIONES

CÓDIGO DE REGLAMENTACIÓN MUNICIPAL DE METEPEC, ESTADO DE MÉXICO

LIBRO TERCERO

DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL

TÍTULO QUINTO

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL DESCENTRALIZADA,

CAPÍTULO II

SISTEMA MUNICIPAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA

Artículo 3.69. El Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia es un

organismo que tiene por objeto la promoción de las actividades y acciones

relacionadas con la asistencia social, la prestación de servicios asistenciales y la

protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes.

Artículo 3.70. El Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia, estará

sujeto al control y vigilancia del Ayuntamiento y deberá coordinarse con el

Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de México, de

acuerdo a los ordenamientos legales vigentes.

Artículo 3.71. El Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia, tendrá

las siguientes atribuciones:

I. Asegurar la atención permanente a la población marginada, brindando

servicios integrales de asistencia social, enmarcados dentro de los programas

básicos del Sistema Integral para el de Desarrollo Integral de la Familia;

II. Promover el bienestar social y desarrollo de las comunidades que conforman el

Municipio;

III. Fomentar la educación escolar y extraescolar e impulsar el sano crecimiento

físico y mental de la niñez;

IV. Coordinar las actividades que en materia de asistencia social realicen otras

instituciones públicas o privadas en el Municipio;

V. Promover la creación de instituciones de asistencia social, en beneficio de

niñas, niños y adolescentes, en estado de abandono, de adultos mayores y

personas con discapacidad;

11

MANUAL DE

ORGANIZACIÓN

Sistema para el Desarrollo

Integral de la Familia de Metepec

VI. Prestar servicios jurídicos asistenciales y de orientación social a las niñas, niños y

adolescentes, adultos mayores y personas con discapacidad, así como a la

familia en la búsqueda de su integración o bienestar;

VII. Impulsar acciones para promover el desarrollo humano integral de los adultos

mayores, coadyuvando para que sus capacidades sean valoradas y

aprovechadas en el desarrollo comunitario, económico y social;

VIII. Promover y coordinar acciones con instituciones del sector salud, con la

finalidad de contribuir a preservar la salud de la población del Municipio,

especialmente de los grupos de escasos recursos económicos;

IX. Asistir a reuniones intra e interinstitucionales, relacionadas con los programas

prioritarios sobre salud y asistencia comunitaria para aplicar y vigilar el

funcionamiento y la operación de los consultorios fijos y las unidades móviles

médicas y dentales;

X. Coordinar y supervisar el desarrollo de los programas de salud en las

comunidades, desarrollando, organizando y difundiendo programas y

actividades de educación para la salud, para promover el mejoramiento en la

calidad de vida de los individuos y las familias;

XI. Supervisar el cumplimiento de lineamientos, así como la aplicación y ejecución

de los programas y campañas de salud emitidos por el sector salud, a través de

los cuales se oriente y atienda a las familias en la prevención de enfermedades,

salud sexual y reproductiva, atención integral de la salud del escolar y de la

mujer, educación para la salud, vacunación universal, infecciones respiratorias

agudas, el control de enfermedades diarreicas y crónico degenerativas y

odontología preventiva;

XII. Coordinar con las autoridades competentes, para la aplicación de programas

de vacunación;

XIII. Coordinar con las instancias correspondientes la atención a la salud de la

población escolar, adolescentes, adultos, adultos mayores, niñas y niños de la

calle, y personas con discapacidad;

XIV. Planear, coordinar, difundir y controlar el cumplimiento del programa de

pasantes en servicio social del área de la salud; y

XV. Los demás que le encomienden las leyes y disposiciones jurídicas aplicables.

12

MANUAL DE

ORGANIZACIÓN

Sistema para el Desarrollo

Integral de la Familia de Metepec

VI. ESTRUCTURA ORGÁNICA

1. Junta de Gobierno

2. Presidencia

3. Dirección General

3.0.1 Unidad de Información, Planeación, Programación y Evaluación

3.0.2 Unidad de Procuración de Fondos

3.0.3 Órgano Interno de Control

3.0.3.1 Área de Fiscalización

3.0.3.2 Área de Investigación

3.0.3.3 Área de Substanciación

3.0.4 Unidad de Comunicación Social

3.1 Dirección de Programas Asistenciales

3.1.1 Coordinación de Personas Adultas Mayores

3.1.2 Coordinación de Alimentación y Nutrición Familiar

3.2 Dirección Municipal de Salud

3.2.1 Coordinación de Salud y Atención a la Discapacidad

3.2.2 Coordinación de Estomatología

3.2.3 Coordinación de Prevención y Bienestar Familiar

3.3 Dirección de Administración y Finanzas

3.3.1 Departamento de Finanzas

3.3.2 Departamento de Administración

3.4 Dirección Jurídica y Procuraduría Municipal de Protección de

Niños, Niñas y Adolescentes

3.4.1 Coordinación de Servicios Jurídico Asistenciales

13

MANUAL DE

ORGANIZACIÓN

Sistema para el Desarrollo

Integral de la Familia de Metepec

VII. ORGANIGRAMA

Aprobado en la 4ª. Sesión Ordinaria el 27 de junio de

2019 bajo el acuerdo JG-SMDIFM/4O/01/19

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MANUAL DE

ORGANIZACIÓN

Sistema para el Desarrollo

Integral de la Familia de Metepec

VIII. OBJETIVOS Y FUNCIONES

1. JUNTA DE GOBIERNO

OBJETIVO

Representar y dirigir el funcionamiento del Sistema Municipal del DIF, así como

establecer y aprobar los informes, planes y programas de trabajo del

organismo.

FUNCIONES

1. Representar al Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la

Familia, a través del Presidente(a) de la propia Junta;

2. Conocer y en su caso autorizar, los convenios que el Sistema Municipal

DIF celebre para el cumplimiento de sus objetivos;

3. Autorizar el Reglamento Interno y la Organización General del Sistema

Municipal, así como los manuales de procedimientos y servicios al

público;

4. Autorizar los planes y programas de trabajo del Sistema Municipal DIF

que serán acordes a los planes y programas del DIFEM;

5. Autorizar los presupuestos, informes de actividades y estados financieros

anuales;

6. Establecer convenios de coordinación con las dependencias o

Instituciones que consideren necesarios para el cumplimiento de los

objetivos del Sistema Municipal DIF;

7. Extender los nombramientos del personal del Sistema Municipal de

acuerdo con las disposiciones jurídicas aplicables;

8. Establecer los planes y programas de trabajo del Sistema Municipal DIF;

9. Fomentar y apoyar a las organizaciones o asociaciones privadas cuyo

objeto sea la prestación de servicios de asistencia social;

10. Autorizar la contratación de créditos, así como la aceptación de

herencias, legados o donaciones, cuando éstas sean condicionadas o

se refieran a bienes en litigio;

11. Decidir sobre asuntos relacionados con la promoción a la igualdad, la

prevención de la discriminación y la erradicación del trabajo infantil;

12. Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia.

15

MANUAL DE

ORGANIZACIÓN

Sistema para el Desarrollo

Integral de la Familia de Metepec

2. PRESIDENCIA

OBJETIVO

Desarrollar y evaluar los programas de asistencia social, encaminados a

incrementar los niveles de bienestar de la población Metepequense.

FUNCIONES

1. Presentar a la Junta de Gobierno los planes y programas de asistencia

social;

2. Dictar las medidas y acuerdos necesarios para el establecimiento de

programas encaminados a la protección de la infancia, oportunidad

para los jóvenes, a la integración de la familia y al cumplimiento de los

objetivos inherentes al Sistema Municipal DIF;

3. Instruir la ejecución de los objetivos, funciones y actividades sociales del

Sistema Municipal DIF de Metepec;

4. Presentar a la Junta de Gobierno las propuestas, proyectos e informes

que se requieran para el eficaz desempeño del organismo;

5. Proponer a la Junta de Gobierno la normatividad reglamentaria y

operativa del Sistema Municipal DIF de Metepec, así como las

modificaciones que estime necesarias para la realizar las acciones de

asistencia social bajo los principios de eficiencia, eficacia y

transparencia; así como los manuales de organización, de

procedimientos y de los Catálogos de Servicios al Público

6. Celebrar los convenios de coordinación con dependencias y

organismos públicos y privados, para el cumplimiento de los objetivos y

fines del Sistema Municipal DIF;

7. Promover los acuerdos y disposiciones de la Junta de Gobierno;

8. Delegar, parcialmente, las facultades que le otorga la Ley que Crea los

Organismos Públicos Descentralizados de Asistencia Social, de Carácter

Municipal, denominados “Sistemas Municipales para el Desarrollo

Integral de la Familia”, a las y los servidores públicos que para tal efecto

determine, indicándoles el tiempo y alcances de tales facultades;

16

MANUAL DE

ORGANIZACIÓN

Sistema para el Desarrollo

Integral de la Familia de Metepec

9. Someter a la Junta de Gobierno las personas propuestas para ocupar

los puestos de directores, coordinadores, así como nombrar y remover

libremente a los funcionarios del Sistema Municipal DIF de Metepec;

10. Otorgar poder general o especial, previo acuerdo de la Junta de

Gobierno, para representar al Sistema Municipal DIF;

11. Presentar a la Junta de Gobierno información precisa sobre la existencia

de herencias, legados o donaciones que se otorguen al Sistema

Municipal DIF de Metepec;

12. Rendir los informes que la Junta de Gobierno le solicite;

13. Autorizar con su firma, la presentación de la documentación que deba

remitirse al Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México;

14. Revisar y autorizar los libros de contabilidad y de inventarios que debe

llevar el organismo;

15. Solicitar los informes que requiera, sobre el personal del Sistema

Municipal DIF;

16. Vigilar, que el manejo y administración de los recursos que conforman el

patrimonio del Sistema Municipal DIF de Metepec, se realice conforme

a las disposiciones jurídicas y normativas aplicables;

17. Presidir el Patronato del Voluntariado

18. Conducir las relaciones laborales del Sistema Municipal DIF de Metepec

de acuerdo con las disposiciones legales aplicables;

19. Organizar los diferentes consejos, órganos colegiados, comités o grupos

de trabajo internos, en los que por disposición legal sea parte, o en los

cuales la Institución tenga intervención, por tratarse de asuntos en

materia de asistencia social;

20. Ordenar la difusión y publicación de las normas de carácter general y

reglamentos aprobados por la Junta de Gobierno; y

21. Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia.

17

MANUAL DE

ORGANIZACIÓN

Sistema para el Desarrollo

Integral de la Familia de Metepec

3. DIRECCIÓN GENERAL

OBJETIVO

Planear, organizar y dirigir las acciones de las diferentes unidades

administrativas del organismo, para dar cabal cumplimiento al objetivo y los

fines institucionales, en materia de asistencia social y beneficio colectivo.

FUNCIONES

1. Planear y dirigir el funcionamiento del Sistema Municipal DIF de

Metepec, de conformidad con las instrucciones emitidas por la Junta de

Gobierno y la Presidencia;

2. Dirigir los programas de trabajo, así como asignar los presupuestos de las

unidades administrativas del Sistema Municipal DIF de Metepec;

3. Acordar con los titulares de las unidades administrativas las actividades

colectivas o individuales a realizar para el mejor funcionamiento del

organismo;

4. Fungir como Secretario de la Junta de Gobierno con las atribuciones

que le confiere la Ley que Crea los Organismos Públicos

Descentralizados de Asistencia Social, de Carácter Municipal,

denominados “Sistemas Municipales para el Desarrollo Integral de la

Familia”;

5. Vigilar la ejecución de los acuerdos y disposiciones dictados por la Junta

de Gobierno;

6. Suscribir en conjunto con la Presidencia del Sistema, los nombramientos

de las y los servidores públicos del organismo que apruebe la Junta de

Gobierno del Sistema Municipal DIF de Metepec;

7. Suscribir mancomunadamente con el (la) Director (a) de Administración

y Finanzas los contratos y demás documentos relativos a la apertura de

cuentas bancarias del Organismo;

8. Suscribir conjuntamente con el Director de Administración y Finanzas las

órdenes de pago directo o bancario que acuerde la Presidencia del

Sistema Municipal DIF de Metepec;

18

MANUAL DE

ORGANIZACIÓN

Sistema para el Desarrollo

Integral de la Familia de Metepec

9. Intervenir en representación del Sistema Municipal DIF de Metepec,

como parte en los juicios en que éste sea reconocido, así como en los

que el Organismo sea parte o tenga interés.

10. Promover y suscribir los contratos y actos jurídicos que se requieran para

el logro de los objetivos del organismo;

11. Organizar y participar en los órganos colegiados que las disposiciones

legales establezcan;

12. Presentar periódicamente a la Presidencia del Sistema Municipal DIF de

Metepec, informe sobre las actividades desarrolladas en las unidades

administrativas del organismo y tomar acuerdo para la obtención de

mejores resultados;

13. Vigilar, dentro de sus atribuciones, el cumplimiento de la Ley que Crea

los Organismos Públicos Descentralizados de Asistencia Social, de

Carácter Municipal, denominados “Sistemas Municipales para el

Desarrollo Integral de la Familia”, y demás ordenamientos jurídicos

normativos;

14. Establecer, supervisar y evaluar las políticas y programas del Sistema

Municipal con la asesoría del DIFEM;

15. Dirigir las actividades y funciones del personal del Sistema Municipal DIF

bajo los principios de eficiencia, transparencia y economía;

16. Rendir los informes parciales que la Junta de Gobierno o la Presidencia

le solicite;

17. Revisar y en su caso validar los manuales de organización, de

procedimientos y de los servicios de atención;

18. Autorizar, previo acuerdo con la Presidencia del Sistema, las

contrataciones y remociones del personal de confianza que no estén

reservados a la Junta;

19. Conducir las negociaciones con el Sindicato Único de Trabajadores de

los Poderes, Municipios e Instituciones Descentralizadas del Estado de

México (SUTEyM), y controlar el cumplimiento del convenio de

prestaciones socioeconómicas aplicables a los trabajadores

sindicalizados;

20. Planear y organizar el presupuesto del Organismo, en coordinación con

la Dirección de Administración y Finanzas, en los términos aprobados por

las instancias normativas y legales;

19

MANUAL DE

ORGANIZACIÓN

Sistema para el Desarrollo

Integral de la Familia de Metepec

21. Vigilar, validar y dar seguimiento a la integración del inventario general

de bienes muebles es inmuebles propiedad del Sistema Municipal DIF de

Metepec, haciendo que estos se inscriban en el libro especial, con

expresión de sus valores y de todas las características de identificación

como el uso y el destino de los mismos, de conformidad con los

lineamientos emitidos por el Órgano Superior de Fiscalización del Estado

de México;

22. Cuidar que la aplicación de los gastos se haga llenando los requisitos

legales y administrativo, conforme al presupuesto respectivo;

23. Supervisar el registro, mantenimiento y conservación de los bienes

muebles e inmuebles asignados a las unidades administrativas del

Organismo;

24. Validar el inventario general de bienes muebles y el inventario general

de bienes inmuebles, de conformidad con los lineamientos emitidos al

respecto por el Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México;

25. Autorizar con su firma, la documentación que deba presentarse al

OSFEM;

26. Planear la gestión administrativa con los Sistemas Nacional, Estatal y

Municipales DIF, para coadyuvar a la resolución de las problemáticas

de los sujetos de la asistencia social, respetando el ámbito de sus

respectivas competencias;

27. Supervisar y vigilar que el manejo, administración, registro, control, uso,

mantenimiento y conservación de los recursos que conforman el

patrimonio del Organismo, se realice conforme a las disposiciones

legales aplicables;

28. Procurar que las funciones de las unidades administrativas, se realicen

de manera coordinada, así como brindar el apoyo logístico para el

desarrollo de sus actividades;

29. Gestionar ante otras dependencias el apoyo de recursos para el óptimo

desarrollo de los eventos, actividades, congresos y festividades que el

SMDIF tenga proyectados en favor de la comunidad del municipio;

30. Dirigir los diferentes consejos, órganos colegiados, comités o grupos de

trabajo internos, en los que por disposición legal sea parte, o porque se

lo haya instruido el Presidente; y

31. Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia.

20

MANUAL DE

ORGANIZACIÓN

Sistema para el Desarrollo

Integral de la Familia de Metepec

3.0.1. UNIDAD DE INFORMACIÓN, PLANEACIÓN, PROGRAMACIÓN Y

EVALUACIÓN

OBJETIVO

Coordinar los procesos de planeación, programación, integración y

evaluación de los programas desarrollados por el sistema, elaborando,

evaluando y dando seguimiento al Programa Operativo Anual y del Programa

Trianual de Asistencia Social del Sistema Municipal DIF de Metepec.

FUNCIONES

1. Ser el enlace de la Dirección General del Sistema, ante las distintas

dependencias que esta le instruya;

2. Recopilar, procesar y generar información de planeación y

programática del Sistema e informarla a las instancias específicas

correspondientes;

3. Recopilar, procesar y generar información de avance de metas, de

estadística básica y geográfica que competa al organismo;

4. Proporcionar la información suficiente, oportuna y congruente para la

elaboración de los documentos de evaluación de la gestión pública del

Sistema;

5. Recopilar la información requerida para su publicación en materia de

transparencia del Sistema;

6. Coordinar la elaboración, actualización, reconducción y seguimiento

del Programa Operativo Anual del Sistema, e integrarlo de conformidad

al presupuesto basado en resultados;

7. Proponer y verificar que los programas del Sistema estén vinculados y

sean congruentes con el Plan de Desarrollo Municipal;

8. Elaborar y reportar mensualmente a la unidad de Información,

Planeación, Programación y Evaluación del DIFEM y a la Dirección de

Gobierno por Resultados del Ayuntamiento de Metepec, los avances

programáticos de las metas contenidos en el programa anual, así

como, los alcances y logros de lo programado y comprometido en el

mismo programa;

21

MANUAL DE

ORGANIZACIÓN

Sistema para el Desarrollo

Integral de la Familia de Metepec

9. Presentar la información al Órgano Superior de Fiscalización del Estado

de México (OSFEM), relativa a los indicadores de la Evaluación de

Desempeño de los programas que se desarrollan en el Sistema, con la

frecuencia que determine el OSFEM para cada indicador;

10. Mantener comunicación continua con las Direcciones y Unidades del

Sistema para la integración, seguimiento y evaluación del Programa

Operativo Anual;

11. Fungir como Enlace de Unidad de Transparencia, para coordinar los

trabajos en la materia de acuerdo a la normatividad aplicable;

12. Asesorar, vigilar y evaluar el manejo adecuado de la información, así

como su catalogación, conservación y disposición;

13. Recibir, tramitar y resolver dentro del plazo establecido en la legislación

aplicable, las solicitudes de acceso a la información pública;

14. Establecer mecanismos para garantizar la protección de los datos

personales de las beneficiarias e integrantes del SMDIF; y

15. Desarrollar las demás funciones que le encomiende su superior

jerárquico, en el ámbito de su competencia.

22

MANUAL DE

ORGANIZACIÓN

Sistema para el Desarrollo

Integral de la Familia de Metepec

3.0.2 UNIDAD DE PROCURACIÓN DE FONDOS

OBJETIVO

Gestionar ante instancias públicas, privadas y sociales la obtención de fondos

y donativos a favor de las acciones asistenciales del Sistema.

FUNCIONES

1. Realizar las acciones de apoyo en tenor de procurar fondos, que

instruya la Dirección General del Sistema;

2. Presentar su Programa Anual de Trabajo al Comité para la

Administración de Donativos;

3. Presentar e informar al superior inmediato sobre el desarrollo de las

actividades;

4. Gestionar ante instancias públicas, privadas y sociales la obtención de

fondos y donativos a favor de las acciones asistenciales del Sistema

Municipal DIF de Metepec;

5. Gestionar ante instancias públicas, privadas y sociales la obtención de

donativos a favor de las acciones asistenciales que desarrolla el Sistema

Municipal DIF de Metepec;

6. Proponer la organización y participación de la comunidad en la

prestación de los servicios asistenciales establecidos por el Sistema;

7. Controlar la creación y operación de grupos voluntarios de apoyo para

la obtención de recursos financieros;

8. Realizar actividades artísticas, culturales, sociales, deportivas, rifas,

bazares, sorteos y en general cualquier actividad que, en forma lícita,

permita la obtención de fondos para los fines propios del Sistema;

9. La Unidad de Procuración de Fondos, desempeña el cargo de

secretaria ejecutiva en el Comité para la Administración de Donativos y

en el Comité de Grupo Voluntariado Municipal;

10. Reportar mensualmente al Comité para la Administración de Donativos

sobre el desarrollo de sus actividades en relación con Programa Anual

de Trabajo, así como, del origen de los recursos que se obtengan;

23

MANUAL DE

ORGANIZACIÓN

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11. Recibir, registrar y controlar los bienes recibidos en donación, de

conformidad con los Lineamientos Generales para el Control y

Recepción y Otorgamiento de Donativos;

12. Reportar a la Dirección General sobre el desarrollo de las actividades

encomendadas a su Unidad; y

13. Desarrollar las demás funciones que le encomiende su superior

jerárquico, en el ámbito de su competencia.

24

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Integral de la Familia de Metepec

3.0.3 ÓRGANO INTERNO DE CONTROL

OBJETIVO

Ejercer en el ámbito de sucompetencia la vigilancia, fiscalización, control y

cumplimiento de obligaciones en materia presupuestaria, de planeación,

financiamiento, inversión, deuda, fondos y valores del organismo, de

conformidad a las disposiciones jurídico administrativas aplicables; así como,

prevenir, investigar, substanciar y calificar actos u omisiones que pudieran ser

constitutivos de responsabilidad administrativa por las y los servidores públicos

del SMDIF Metepec y particulares vinculados con faltas administrativas; y en su

caso, sancionar aquellas conductas no graves, observando los principios de

legalidad, imparcialidad, objetividad, congruencia, exhaustividad, eficiencia

y certeza.

FUNCIONES

1. Gestionar áreas de fácil acceso, para la presentación de las denuncias

por presuntas faltas administrativas;

2. Autorizar la investigación, substanciación y calificación de las faltas

administrativas; así como las resoluciones en caso de faltas

administrativas no graves;

3. Instruir la investigación de la presunta responsabilidad de faltas

administrativas de oficio, por denuncia o derivado de las auditorías

practicadas, calificar las faltas administrativas y de ser el caso, instruir la

realización del Informe de Presunta Responsabilidad Administrativa;

4. Instruir a la Autoridad Investigadora para que reuna información de

hechos para determinar la existencia o inexistencia de actos u

omisiones que deban investigarse como presuntas faltas administrativas;

5. Ordenar la remisión del Informe de Presunta Responsabilidad

Administrativa en caso de faltas administrativas graves al Tribunal de

Justicia Administrativa;

6. Instruir la substanciación de los procedimientos de responsabilidad

administrativa y resolver en caso de faltas no graves;

25

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Integral de la Familia de Metepec

7. Instruir la imposición y ejecución de sanciones administrativas por faltas

administrativas no graves de conformidad con la Ley de

Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios;

8. Aprobar la abstención de iniciar el procedimiento de responsabilidad

administrativa o de imponer sanciones administrativas dirigidas a un

servidor público;

9. Autorizar e instruir la presentación de denuncias por hechos que las

leyes señalen como delitos ante la Fiscalía General de Justicia del

Estado de México o en su caso ante el homólogo en el ámbito federal;

10. Informar al Titular del SMDIF, de las resoluciones que dicte, así como de

aquellos asuntos en trámite ante autoridad diversa;

11. Ordenar el seguimiento a las sentencias pronunciadas por los Tribunales

Jurisdiccionales en ejercicio de sus funciones, así como la cadena

impugnativa correspondiente;

12. Ordenar la ejecución y, en su caso, la verificación de que se hagan

efectivas las sanciones administrativas impuestas a las y los servidores en

términos de las leyes respectivas;

13. Instruir las acciones necesarias para el cumplimiento de registro de la

información concerniente a los Sistemas de las Plataformas Digitales de

los Sistemas Nacional y Estatal Anticorrupción;

14. Instruir la implementación de acciones para establecer el criterio que en

situaciones específicas deberán observar las y los servidores públicos del

SMDIF en el desempeño de sus empleos, cargos o comisiones;

15. Vigilar la inscripción y actualización de la información correspondiente a

las y los servidores públicos del SMDIF declarantes en el sistema de

evolución patrimonial, de declaración de intereses y de presentación

de la constancia de declaración fiscal, en términos de la Ley de

Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios;

16. Autorizar el establecimiento de mecanismos para coadyuvar en la

presentación de la Declaración de Situación Patrimonial y Declaración

de Intereses por parte de las y los servidores del SMDIF;

17. Ordenar la realización de una verificación aleatoria de las

declaraciones patrimoniales que obren en el sistema de evolución

patrimonial, de declaración de intereses y constancia de presentación

de declaración fiscal, así como de la evolución del patrimonio de las y

26

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Sistema para el Desarrollo

Integral de la Familia de Metepec

los servidores públicos del SMDIF y de no existir ninguna anomalía o

inconsistencia, expedir la certificación correspondiente;

18. Testificar que los actos de Entrega-Recepción de las unidades

administrativas del SMDIF se lleven a cabo de acuerdo con lo que se

establece en las disposiciones jurídicas aplicables;

19. Habilitar como notificadoras o notificadores a las y a los servidores

públicos adscritos al Órgano Interno de Control;

20. Participar en los diferentes consejos, órganos colegiados, comités o

grupos de trabajo internos, en los que por disposición legal sea parte, o

por instrucción de la Presidencia o la Dirección General;

21. Participar en la realización de los Levantamientos Físicos de Inventarios

de Bienes Muebles e Inmuebles del SMDIF, que se lleven a cabo en los

términos y plazos establecidos en las disposiciones jurídicas aplicables;

22. Realizar por sí o a solicitud de parte, auditorías, supervisiones, revisiones

de control, inspecciones, evaluaciones, acompañamientos, seguimiento

de observaciones y acciones de mejora;

23. Instruir la ejecución de acciones tendientes a verificar el cumplimiento,

por parte de las Unidades Administrativas, de las obligaciones derivadas

de las disposiciones en materia de planeación, presupuesto, ingresos,

egresos, financiamiento, patrimonio y fondos;

24. Autorizar e instruir la implementación de mecanismos internos que

prevengan actos u omisiones que pudieran constituir responsabilidades

administrativas, en los términos establecidos por el Sistema Estatal

Anticorrupción;

25. Fiscalizar el ingreso y ejercicio del gasto público del SMDIF y su

congruencia con el presupuesto de egresos;

26. Vigilar que los recursos federales y estatales asignados al SMDIF, se

apliquen en los términos estipulados en las leyes, los reglamentos y los

convenios respectivos;

27. Facultar la aplicación de acciones administrativas y legales que deriven

de los resultados de las auditorías, supervisiones, revisiones de control,

inspecciones, evaluaciones, acompañamientos, seguimiento de

observaciones y acciones de mejora;

28. Valorar y supervisar el cumplimiento de las recomendaciones que haga

el Comité Coordinador del Sistema Estatal Anticorrupción a las

autoridades, con el objeto de adoptar las medidas necesarias para el

27

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fortalecimiento institucional en su desempeño y control interno para

procurar la prevención de faltas administrativas y hechos de corrupción;

29. Verificar el cumplimiento de las normas y disposiciones en materia de

sistemas de registro y contabilidad, contratación y pago de personal,

contratación de servicios, adquisiciones, arrendamientos, conservación,

uso, destino, afectación, enajenación, baja de bienes y demás activos

del SMDIF;

30. Vigilar que la Cuenta Pública, Informes Mensuales y obligaciones

periódicas se presenten ante el OSFEM, en los términos y plazos

establecidos;

31. Vigilar que las observaciones y recomendaciones que derivan de

acciones de fiscalización practicadas por órganos de control, sean

aclaradas y atendidas por los titulares de las unidades administrativas

del organismo, en los términos y plazos establecidos;

32. Supervisar la actualización de la información pública, correspondiente a

las obligaciones de transparencia, en el ámbito de su competencia;

33. Supervisar la atención de las solicitudes en materia de acceso a la

información pública, así como en materia de acceso, rectificación,

cancelación, y oposición de datos personales; requerida por la Unidad

de Transparencia;

34. Garantizar la protección de los datos personales, proporcionados por las

personas para los trámites y servicios realizados por el área en el ámbito

de su competencia;

35. Encargar la organización y conservación de la documentación

generada, atendiendo a la normatividad aplicable;

36. Expedir constancias o certificar copias respecto de documentos que

obren en sus archivos y otros sistemas que opere, sobre asuntos de su

competencia;

37. Proponer a la Junta de Gobierno la estructura administrativa de su área;

y

38. Desarrollar las demás funciones que le confiere la normatividad

aplicable, así como aquellas que le encomiende la Junta de Gobierno

o la Presidenta del SMDIF.

28

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3.0.3.1. ÁREA DE FISCALIZACIÓN

OBJETIVO

Ejecutar actividades de fiscalización y control preventivo, para contribuir y

asegurar que las y los servidores públicos adscritos a las Unidades

Administrativas del SMDIF, se apeguen a las disposiciones jurídicas y

administrativas que regulan sus actividades.

FUNCIONES

1. Realizar por sí o a solicitud de parte, auditorías, supervisiones,

revisiones de control, inspecciones, evaluaciones, acompañamientos,

seguimiento de observaciones y acciones de mejora;

2. Revisar y valorar a través de las auditorías, supervisiones, revisiones de

control, inspecciones, evaluaciones, acompañamientos, seguimiento

de observaciones y acciones de mejora, el cumplimiento de los

objetivos y metas fijados en los programas del SMDIF, en

concordancia con el ejercicio del presupuesto de egresos, con el

propósito de fortalecer el sistema de control interno del SMDIF, e

informar de los resultados al Titular del Órgano Interno de Control;

3. Supervisar a través de auditorías, supervisiones, revisiones de control,

inspecciones y evaluaciones, de tipo contable, operacional y de

resultados, así como de acciones de control preventivo, se confirme

que las Unidades Administrativas den cumplimiento a las obligaciones

derivadas de las disposiciones en materia de planeación,

presupuesto, ingresos, egresos, financiamiento, patrimonio y fondos,

supervisando el ejercicio de los recursos asignados;

4. Revisar los ingresos y el ejercicio del gasto público del SMDIF, y su

congruencia con el presupuesto de egresos;

5. Revisar que los recursos federales y estatales asignados al SMDIF, se

apliquen en los términos estipulados en las leyes, los reglamentos y los

convenios respectivos;

29

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Integral de la Familia de Metepec

6. Informar al Titular del Órgano Interno de Control de las deficiencias o

desviaciones que detecte con motivo del ejercicio de sus

atribuciones, para que se determinen las medidas administrativas

conducentes;

7. Apoyar al Titular del Órgano Interno de Control en la atención a los

requerimientos de entes de fiscalización externa, para la ejecución

de las auditorías, supervisiones, revisiones de control, inspecciones,

evaluaciones, acompañamientos, seguimiento de observaciones y

acciones de mejora, que de acuerdo a sus atribuciones o

competencias lleven a cabo;

8. Por instrucciones del Titular del Órgano Interno de Control, llevar a

cabo las acciones administrativas y legales que deriven de los

resultados de las auditorías, supervisiones, revisiones de control,

inspecciones, evaluaciones, acompañamientos, seguimiento de

observaciones y acciones de mejora;

9. Proponer al Titular del Órgano Interno de Control, acciones para

establecer el criterio que en situaciones específicas deberán observar

las y los servidores públicos del SMDIF en el desempeño de sus

empleos, cargos o comisiones;

10. Proponer al Titular del Órgano Interno de Control la implementación

de mecanismos internos que prevengan actos u omisiones que

pudieran constituir responsabilidades administrativas, en los términos

establecidos por el Sistema Estatal Anticorrupción;

11. Confirmar que se realice el seguimiento correspondiente de las

recomendaciones, hasta asegurar el cumplimiento de las mismas

conforme a lo establecido por el Comité Coordinador del Sistema

Estatal Anticorrupción;

12. Llevar a cabo las acciones necesarias para el cumplimiento de

registro de la información concerniente al Sistema de las y los

servidores públicos que intervengan en procedimientos de

contrataciones públicas del Sistema Nacional Anticorrupción;

13. Ejecutar los programas específicos de auditorías, supervisiones,

revisiones de control, inspecciones, evaluaciones, acompañamientos,

seguimiento de observaciones y acciones de mejora, previamente

autorizados por el Titular del Órgano Interno de Control;

30

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Integral de la Familia de Metepec

14. Verificar que la elaboración e integración de los expedientes de

auditorías, supervisiones, revisiones de control, inspecciones,

evaluaciones, acompañamientos, seguimiento de observaciones y

acciones de mejora, sean realizados de conformidad con las normas

de la materia;

15. Identificar los controles susceptibles de implementación o

perfeccionamiento, como resultado de las acciones en materia de

control, para contribuir con el mejor desempeño del SMDIF;

16. Fungir como representante para realizar la acción de control; tal

como, testificaciones, inspecciones, recomendaciones,

acompañamientos;

17. Realizar acciones que permitan constatar la existencia y

funcionamiento adecuado de sistemas de control en la protección

de los recursos patrimoniales del SMDIF;

18. Promover estudios para proponer adecuaciones necesarias para la

actualización o modificación de las normas administrativas que rigen

al SMDIF, derivado de los resultados obtenidos de las auditorías o

acciones de control preventivo;

19. Realizar las acciones tendientes a inscribir y actualizar la información

correspondiente de las y los servidores públicos declarantes del

SMDIF, en el sistema de evolución patrimonial, de declaración de

intereses y de presentación de la constancia de declaración fiscal;

20. Establecer mecanismos para difundir la obligación de presentar

oportunamente las altas, bajas y actualización anual de la

declaración de situación patrimonial y de intereses de las y los

servidores públicos del SMDIF, y brindar orientación y asesoría a las

personas servidoras públicas del SMDIF que lo soliciten, respecto de la

presentación de dicha Declaración;

21. Monitorear el cumplimiento de la declaración patrimonial y de

intereses que por inicio, anualidad o conclusión deban realizar las y

los servidores públicos del SMDIF, y en caso de incumplimiento sin

causa justificada, informar al Titular del Órgano Interno de Control y al

Área de Investigación para que se inicie la investigación que

corresponda;

22. Recibir la declaración de situación patrimonial, la declaración de

intereses, y en su caso, la constancia de presentación de declaración

31

MANUAL DE

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Integral de la Familia de Metepec

fiscal, para analizar y evaluar de forma aleatoria la evolución

patrimonial de las y los servidores públicos del SMDIF, y de no existir

ninguna anomalía se proceda a expedir la certificación

correspondiente y en caso contrario, informar a su superior jerárquico

y al Área de Investigación para dar inicio la investigación que

corresponda;

23. Solicitar la aclaración de la declaración de situación patrimonial del

servidor público declarante cuando esta refleje un incremento en su

patrimonio que no sea explicable o justificable, en virtud de su

remuneración como servidor público; de no justificarse, integrar el

expediente correspondiente e informar al Área de Investigación el

inicio de la investigación y, en su caso, la denuncia correspondiente

ante el Ministerio Público;

24. Remitir la información y documentación requerida por su superior

jerárquico para dar contestación a las solicitudes en materia de

acceso a la información pública y protección de datos personales en

el ámbito de su competencia;

25. Remitir la información y documentación requerida por su superior

jerárquico para registrar lo que corresponda en el ámbito de su

competencia en la Plataforma Digital Estatal del Sistema

Anticorrupción del Estado de México;

26. Atender los actos de entrega y recepción encomendados por el

Titular del Órgano Interno de Control;

27. Coadyuvar en la realización de los levantamientos físicos de

inventarios de bienes muebles e inmuebles del SMDIF, que se lleven a

cabo en los términos y plazos establecidos en las disposiciones

jurídicas aplicables;

28. Controlar el archivo generado en el cumplimiento de sus atribuciones;

y

29. Desarrollar las demás funciones que le encomiende su superior

jerárquico, en el ámbito de su competencia.

32

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Integral de la Familia de Metepec

3.0.3.2 ÁREA DE INVESTIGACIÓN

OBJETIVO

Coordinar, supervisar y ejecutar acciones tendientes a la investigación de

presunta responsabilidad de faltas administrativas de oficio, por denuncia o

derivado de las auditorías practicadas, calificar las faltas administrativas y

realizar el Informe de Presunta Responsabilidad Administrativa.

FUNCIONES

1. Promover y dirigir la investigación con oportunidad, exhaustividad y

eficiencia, la integralidad de los datos y documentos, así como el

resguardo del expediente en su conjunto;

2. Cooperar con las autoridades nacionales como internacionales a fin

de fortalecer los procedimientos de investigación, compartir las

mejores prácticas internacionales y combatir de manera efectiva la

corrupción;

3. Iniciar la investigación de presunta responsabilidad de faltas

administrativas de oficio, por denuncia o derivado de las auditorías,

supervisiones, revisiones de control, inspecciones y seguimiento de

observaciones practicadas;

4. Tomar las medidas necesarias para proteger y mantener el carácter

confidencial de la identidad de las personas que denuncien de

manera anónima las presuntas infracciones;

5. Acordar con el Titular del Órgano Interno de Control las solicitudes de

la información o documentación necesaria para el esclarecimiento

de los hechos a cualquier persona física o jurídica colectiva;

6. Realizar visitas de verificación, supervisión, acciones encubiertas y/o

de usuario simulado con apego a la Ley de Responsabilidades

Administrativas del Estado de México y Municipios, previa autorización

del Titular del Órgano Interno de Control;

7. Emplear las medidas de apremio contempladas en la ley de la

materia para el cumplimiento de sus determinaciones, previa

autorización del Titular del Órgano Interno de Control;

33

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Integral de la Familia de Metepec

8. Solicitar al Área de Substanciación las medidas cautelares que estime

pertinentes en el procedimiento de responsabilidad administrativa;

9. Analizar los hechos e información recabada y solicitada a cualquier

persona física o jurídica colectiva, a efecto de determinar la

existencia o inexistencia de actos u omisiones que la Ley señale como

falta administrativa y, en su caso, determinar su calificación como

grave o no grave;

10. Elaborar los acuerdos de conclusión y archivo de los expedientes en

los que no obren elementos suficientes para demostrar la existencia

de la información y acreditar la presunta responsabilidad del infractor;

11. Reabrir la investigación en caso de que se haya emitido un acuerdo

de conclusión o archivo y se hubieren presentado nuevos indicios de

pruebas y no hubiere prescrito la facultad para sancionar;

12. Impugnar la abstención de iniciar un procedimiento de

responsabilidad administrativa ante la Sala Especializada en materia

de Responsabilidades Administrativas;

13. Realizar las notificaciones que fueren necesarias en términos de ley;

14. Recibir el escrito de impugnación en contra de la calificación de la

falta o la abstención de iniciar el procedimiento de responsabilidad

administrativa;

15. Correr traslado a la Sala Especializada en materia de

responsabilidades administrativas cuando corresponda;

16. Realizar el Informe de Presunta Responsabilidad Administrativa en los

casos y términos que marca la Ley de Responsabilidades

Administrativas del Estado de México y Municipios, y remitirlo al Área

de Substanciación;

17. Fungir como parte en el procedimiento de responsabilidad

administrativa;

18. Hacer la reclasificación de la falta cuando lo solicite el Tribunal de

Justicia Administrativa o negarse a reclasificar fundando y motivando

su proceder;

19. Interponer el recurso de reclamación en contra del Área de

Substanciación en los supuestos que marca la Ley de

Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios;

20. Auxiliar en la formulación de denuncias ante el Ministerio Público por

actos u omisiones que puedan constituir delitos y ser coadyuvante del

34

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Integral de la Familia de Metepec

mismo en el procedimiento penal respectivo, previa autorización del

Titular del Órgano Interno de Control;

21. Proponer a su superior jerárquico las adecuaciones que considere

necesarias para la actualización o modificación de las normas

relativas a la actuación de las y los servidores públicos del SMDIF;

22. Remitir la información y documentación requerida por su superior

jerárquico para dar contestación a las solicitudes en materia de

acceso a la información pública y protección de datos personales en

el ámbito de su competencia;

23. Remitir la información y documentación requerida por su superior

jerárquico para registrar lo que corresponda al ámbito de su

competencia en la Plataforma Digital Estatal del Sistema

Anticorrupción del Estado de México;

24. Coordinar la realización de revisiones y supervisiones respecto de las

conductas de las y los servidores públicos y particulares que puedan

constituir responsabilidades administrativas en el ámbito de su

competencia;

25. Verificar que se hayan implementado los mecanismos internos que

prevengan actos u omisiones que pudieran constituir

responsabilidades administrativas, en los términos establecidos por el

Sistema Nacional Anticorrupción;

26. Controlar el archivo generado en el cumplimiento de sus atribuciones;

y

27. Desarrollar las demás funciones que le encomiende su superior

jerárquico, en el ámbito de su competencia.

35

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Integral de la Familia de Metepec

3.0.3.3. ÁREA DE SUBSTANCIACIÓN

OBJETIVO

Substanciar los procedimientos de responsabilidad administrativa que deriven

de la investigación realizada por el Área de Investigación y proyectar sus

resoluciones cuando se trate de faltas no graves.

FUNCIONES

1. Iniciar el procedimiento de responsabilidad administrativa, una vez

que se admita el Informe de Presunta Responsabilidad Administrativa;

2. Proponer al Titular del Órgano Interno de Control abstenerse de iniciar

el procedimiento de responsabilidad administrativa o de imponer

sanciones administrativas a un servidor público en los supuestos

previstos por la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado

de México y Municipios;

3. Hacer uso de los medios de apremio y medidas cautelares que

dispone la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de

México y Municipios para el cumplimiento de sus determinaciones,

previa autorización del Titular del Órgano Interno de Control;

4. Llevar a cabo el desahogo de diligencias, substanciación y

elaboración de proyectos relativos al procedimiento de

responsabilidad administrativa;

5. Analizar y valorar las pruebas que obren en los expedientes;

6. Recibir las declaraciones de testigos y peritos, y presidir los actos de

prueba;

7. Realizar diligencias para mejor proveer;

8. Interrogar libremente a los testigos, para esclarecer la verdad de los

hechos;

9. Solicitar a las partes que aporten los instrumentos tecnológicos que

permitan la apreciación de los documentos que ofrezcan comola

prueba;

10. Solicitar la colaboración de la Fiscalía General de Justicia del Estado

de México o de cualquier otra institución pública o educativa, para

36

MANUAL DE

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determinar la autenticidad de los documentos cuestionados por las

partes, en coordinación con el Titular del Órgano Interno de Control;

11. Solicitar la colaboración de la Fiscalía General o de otra institución

pública o educativa, para la asignación de perito tercero en la

ciencia, arte, técnica, industria, oficio o profesión adscritos a tales

instituciones, para el esclarecimiento de los hechos, en coordinación

con el Titular del Órgano Interno de Control;

12. Tramitar de manera incidental las medidas cautelares, la suspensión

de las medidas cautelares, la objeción de las pruebas, la tacha de

testigos, la traducción de documentos en idioma extranjero;

13. Autorizar la acumulación de los procedimientos administrativos

cuando sea procedente;

14. Realizar las notificaciones que deriven del procedimiento de

responsabilidad administrativa;

15. Advertir los elementos de que adolece el Informe de Presunta

Responsabilidad y prevenir al Área de Investigación para que

subsane los elementos que debe contener el Informe de Presunta

Responsabilidad Administrativa; en caso contrario tenerlo por no

presentado;

16. Elaborar el proyecto de improcedencia o sobreseimiento del

procedimiento de responsabilidad administrativa, previa instrucción

del Titular del Órgano Interno de Control;

17. Desarrollar las audiencias dentro del Procedimiento de

Responsabilidad Administrativa de conformidad con la Ley de

Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios;

18. Someter a consideración del Titular del Órgano Interno de Control la

autorización de las actuaciones, y en su caso, ejecutarlas;

19. Citar a las partes que deban concurrir al procedimiento de

responsabilidad administrativa previo a la celebración de la

audiencia;

20. Proponer la resolución de los procedimientos de responsabilidad

administrativa;

21. Dar seguimiento a las sentencias pronunciadas por los Tribunales

Jurisdiccionales en ejercicio de sus funciones, así como la cadena

impugnativa correspondiente.

37

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22. Conocer los incidentes que deriven del procedimiento de

responsabilidad administrativa y proponer al Titular del Órgano Interno

de Control la resolución del mismo;

23. Verificar, previo al nombramiento, designación o contratación, que

las personas que pretendan ingresar al servicio público del SMDIF no

se encuentren inhabilitadas;

24. Orientar y asesorar, dentro del ámbito de sus funciones, en materia de

responsabilidades administrativas a las y los servidores públicos del

SMDIF;

25. Proponer y en su caso, ejecutar acciones que favorezcan el apego al

marco de actuación de las y los servidores públicos del SMDIF, y que

prevengan e inhiban conductas contrarias a las establecidas en las

disposiciones jurídicas y administrativas;

26. Proponer a su superior jerárquico las adecuaciones que considere

necesarias para la actualización o modificación de las normas

relativas a la actuación de las y los servidores públicos del SMDIF;

27. Remitir la información y documentación requerida por su superior

jerárquico para dar contestación a las solicitudes en materia de

acceso a la información pública y protección de datos personales en

el ámbito de su competencia;

28. Remitir la información y documentación requerida por su superior

jerárquico para registrar lo que corresponda al ámbito de su

competencia en la Plataforma Digital Estatal del Sistema

Anticorrupción del Estado de México;

29. Promover y difundir el código de ética y de conducta de las y los

servidores públicos del SMDIF, y coadyuvar en el cumplimiento del

marco de actuación de dichos códigos.

30. Controlar el archivo generado en el cumplimiento de sus atribuciones;

y

31. Desarrollar las demás funciones que le encomiende su superior

jerárquico, en el ámbito de su competencia.

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Integral de la Familia de Metepec

3.0.4. UNIDAD DE COMUNICACIÓN SOCIAL

OBJETIVO

Reportar con oportunidad y veracidad las acciones y programas que el

Sistema realiza para la obtención del bienestar de la población en situación

de vulnerabilidad; así como su difusión en medios de comunicación impresos y

electrónicos, dentro de un marco de respeto y pluralidad.

FUNCIONES

1. Asistir a los eventos del Sistema dentro y fuera del Municipio para

realizar tomas fotográficas, de audio y videograbación, a fin de

reproducir la información para medios masivos de comunicación;

2. Realizar boletines informativos de las acciones y programas del

Sistema, con el objetivo de que sean difundidos en medios de

comunicación impresos y electrónicos;

3. Realizar de manera mensual, un periódico mural de las actividades

realizadas en el Sistema, con el objetivo de informar a la ciudadanía y

al personal que labora en la Institución;

4. Difundir en redes sociales, las actividades, programas y talleres del

Sistema, además de canalizar a la Dirección General las quejas y

sugerencias que los suscriptores hagan en estos canales de

comunicación; así como generar estrategias de comunicación para

que las campañas que se publiquen por esta vía tengan más impacto;

5. Aprobar los contenidos de la página oficial web de la institución;

6. Apoyar la difusión de campañas públicas municipales y de los servicios

asistenciales del Sistema, a favor de la población Metepequenses;

7. Diseñar los contenidos de campañas de difusión sobre los programas y

acciones del Sistema con productos gráficos, como vinilonas, carteles,

volantes, espectaculares, infografías, etcétera; y

8. Desarrollar las demás funciones que le encomiende su superior

jerárquico, en el ámbito de su competencia.

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3.1 DIRECCIÓN DE PROGRAMAS ASISTENCIALES

OBJETIVO

Promover, supervisar y regular las acciones, así como promover, ejecutar y

difundir programas y proyectos en atención a personas adultas mayores,

alimentación y nutrición familiar que favorezcan al desarrollo integral de la

familia.

FUNCIONES

1. Impulsar el desarrollo de las actividades operativas, derivadas de los

programas institucionales;

2. Supervisar y vigilar los programas operativos desde su formación hasta su

ejecución;

3. Intervenir en la planeación, organización coordinación, supervisión y

control de las acciones y programas del Sistema Municipal DIF Metepec;

4. Supervisar la correcta ejecución de los programas que opera el

organismo;

5. Presentar al Presidente (a) del Organismo y a la Dirección General

acciones y eventos para incluirlas dentro de sus giras de trabajo por las

diferentes comunidades del municipio;

6. Supervisar y avalar las acciones desarrolladas por los coordinadores

operativos en los diferentes ámbitos que integran su dirección;

7. Formular y presentar a la Dirección General los presupuestos y

programas de trabajo de las áreas adscritas a su cargo;

8. Actuar como enlace entre la Dirección General del Organismo y las

coordinaciones operativas;

9. Supervisar la logística en las giras de trabajo de la titular de la

Presidencia del DIF Metepec y de la Dirección General en la materia

que corresponde a las coordinaciones, coadyuvando al óptimo

desarrollo de las mismas;

10. Presentar periódicamente a la Presidencia y a la Dirección General del

Organismo, del desarrollo y avance de los programas operativos;

40

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Integral de la Familia de Metepec

11. Supervisar que la atención y resolución de los asuntos de competencia

de las coordinaciones a cargo se cumplan de acuerdo a los

lineamientos aplicables y atención con las políticas institucionales;

12. Fomentar la participación en las acciones de revalorización de los

adultos mayores para garantizarles una vida activa dentro de la

sociedad y en su núcleo familiar;

13. Gestionar ante las instancias pertinentes el apoyo para mejorar la

calidad de vida de las personas adultos mayores como: atención

médica, servicio psicológico y asesorías jurídicas;

14. Participar en la elaboración del Programa Trianual de Asistencia Social;

15. Supervisar el cumplimiento en tiempo y forma de los informes y pliego de

observaciones realizadas por las auditorías internas y externas de las

autoridades correspondientes basado en las revisiones del programa

trianual de asistencia social y el programa operativo anual, así como del

sistema de gestión de calidad ISO 9001:2015 y la Norma Mexicana de

Igualdad Laboral y No Discriminación NMX-R-025-SCFI-2015;

16. Supervisar y avalar las políticas y programas del Sistema con la asesoría

del DIFEM;

17. Dar seguimiento a los informes y pliego de observaciones realizadas por

las auditorias de las autoridades correspondientes, basado en las

revisiones del Programa Trianual de Asistencia Social y el Programa

Operativo Anual;

18. Asistir a las actividades convocadas por la Presidencia Municipal para

promover los programas vigentes del Sistema Municipal DIF a trvès de la

Dirección de Programas Asistenciales;

19. Desarrollar las demás funciones que le encomiende su superior

jerárquico, en el ámbito de su competencia.

41

MANUAL DE

ORGANIZACIÓN

Sistema para el Desarrollo

Integral de la Familia de Metepec

3.1.1. COORDINACIÓN DE ATENCIÓN A PERSONAS ADULTAS MAYORES

OBJETIVO

Brindar atención integral a las personas adultas mayores del municipio de

Metepec con servicio de salud, asesorías jurídicas, actividades deportivas,

culturales y recreativas en clubes.

FUNCIONES

1. Promover el respeto a los Derechos Humanos de las personas Adultas

Mayores.

2. Reportar al superior inmediato sobre el desarrollo de las actividades

encomendadas a su área;

3. Supervisar que la atención y resolución de los asuntos de su

competencia se cumplan de acuerdo a los lineamientos aplicables y

atención con las políticas institucionales;

4. Promover la participación de la sociedad en las acciones de

revalorización de las personas adultas mayores, para garantizarles una

vida activa dentro de la sociedad y su núcleo familiar;

5. Concertar con las dependencias públicas y privadas la firma de

convenios de coordinación y colaboración que coadyuven al

desarrollo de la economía de las perosnas adultas mayores;

6. Proponer actividades educativas, culturales y recreativas con las

personas adultas mayores, fomentando una cultura de respeto y trato

digno, coadyuvando a su reincorporación y revalorización social;

7. Supervisar la atención que se brinda en las casas de Día del Adulto

Mayor, así como sus clubes de día localizados en el municipio de

Metepec;

8. Promover actividades de esparcimiento y recreación a personas

adultas mayores, como paseos y campamentos, en coordinación con

el DIFEM;

9. Promover la convivencia de las personas adultas mayores de Metepec

con otros municipios, a través de actividades físicas, manuales,

recreativas y culturales;

42

MANUAL DE

ORGANIZACIÓN

Sistema para el Desarrollo

Integral de la Familia de Metepec

10. Promover convivencias intergeneracionales con las personas adultas

mayores;

11. Gestionar la emisión de credenciales federales para personas adultas

mayores;

12. Proponer y supervisar que la atención y resolución de los asuntos de su

competencia, se cumplan de acuerdo a los ordenamientos legales

aplicables;

13. Supervisar y reportar al superior inmediato sobre el desarrollo de las

actividades encomendadas a su área;

14. Realizar sus actividades sustantivas en coordinación con la Dirección

de Programas Asistenciales y verificar que éstas se lleven a cabo de

manera adecuada a fin de lograr el cumplimiento de las metas

establecidas en el Plan Trianual de Desarrollo del Organismo;

15. Controlar el funcionamiento de la Coordinación en todos sus aspectos,

ejecutando los planes y programas aprobados por la Junta de

Gobierno del Sistema DIF Municipal de Metepec;

16. Supervisar y avalar el avance de las metas de los proyectos de cada

coordinación de acuerdo al Programa Trianual de Asistencia Social y el

Plan Operativo Anual;

17. Rendir los informes que la Dirección de Programas Asistenciales solicite;

18. Verificar la información requerida para su publicación por Internet en

el portal y página de transparencia del Sistema;

19. Conocer y atender denuncias de vulneraciòn de derechos que

involucren a personas adultas mayores, a través del grupo

multidisciplinario;

20. Proporcionar información, datos y cooperación técnica que le sean

requeridos por las áreas y autoridades competentes; y

21. Desarrollar las demás funciones que le encomiende su superior

jerárquico, en el ámbito de su competencia.

43

MANUAL DE

ORGANIZACIÓN

Sistema para el Desarrollo

Integral de la Familia de Metepec

3.1.2. COORDINACIÓN DE ALIMENTACIÓN Y NUTRICIÓN FAMILIAR

OBJETIVO

Ofrecer servicios integrales sobre alimentación, orientación alimentaria y

proyectos productivos dirigidos a la población en condiciones de

vulnerabilidad.

FUNCIONES

1. Supervisar y reportar al Director de Programas Asistenciales sobre el

desarrollo de las actividades encomendadas a su área;

2. Participar en la elaboración del Programa Trianual de Asistencia Social,

que corresponda al ámbito de su coordinación;

3. Proponer y controlar que la atención y resolución de los asuntos de su

competencia se cumplan de acuerdo a los lineamientos aplicables y

atención con las políticas institucionales;

4. Proponer y controlar la distribución de las raciones alimentarias que

otorga el DIFEM a través del programa de Desarrollo Social Edomex:

Nutrición Escolar de acuerdo a la actualización anual de las Reglas de

Operación de dichos programas;

5. Llevar el seguimiento de los programas estatales y municipales en

materia alimentaria para niñas y niños de educaciòn básica y proponer

en su caso estrategias que permitan su eficaz cumplimiento;

6. Identificar a grupos prioritarios de atención a los programas alimentarios

a niñas y niños escolares que opera el DIFEM;

7. Proponer mecanismos de orientación nutricional, acorde a las

condiciones sociales y económicas de los grupos que atiende la

coordinación;

8. Apoyar la operación de programas que brinden atención nutricional a

infantes y familias de alto riesgo por su deficiente alimentación,

mediante orientación alimentaria;

9. Enseñar y orientar actividades tendientes a la siembra, producción y

cosecha de alimentos hortofrutícolas mediante la creación de un huerto

escolar, a fin de mejorar la calidad en los alimentos de consumo;

44

MANUAL DE

ORGANIZACIÓN

Sistema para el Desarrollo

Integral de la Familia de Metepec

10. Supervisar la prestación de servicios en las áreas y programas a su cargo

a fin de que se otorguen de manera transparente, oportuna y eficaz;

11. Supervisar y reportar el avance de las metas de los proyectos de su

Coordinación de acuerdo el Programa Trianual de Asistencia Social y el

Plan Operativo Anual;

12. Supervisar y apoyar las políticas de las diferentes áreas de la

coordinación con asesoría del DIFEM;

13. Dar seguimiento a los informes y pliego de observaciones realizadas por

las auditorias de las autoridades correspondientes, basado en las

revisiones del Programa Trianual de Asistencia y el Programa Operativo

Anual;

14. Dar seguimiento a los informes y pliego de observaciones realizadas por

las auditorías internas y externa de las autoridades correspondientes,

basado en las revisiones del Sistema de Gestión de Calidad ISO

9001:2015 y la Norma Mexicana de Igualdad Laboral y No

Discriminación NMX-R-025-SCFI-2015;

15. Rendir los informes que la Dirección de Programas Asistenciales solicite;

16. Controlar y entregar la información requerida a su Coordinación para su

publicación por Internet en el portal y página de transparencia del

Sistema;

17. Proporcionar información, técnica que le sean requeridos por las áreas y

autoridades competentes;

18. Brindar Asesorías Alimentarias a la población que lo requiera;

19. Desarrollar las demás funciones que le encomiende su superior

jerárquico, en el ámbito de su competencia.

45

MANUAL DE

ORGANIZACIÓN

Sistema para el Desarrollo

Integral de la Familia de Metepec

3.2. DIRECCIÓN MUNICIPAL DE SALUD

OBJETIVO

Coordinar y supervisar las acciones, programas y proyectos que deban

llevarse a cabo en las áreas de salud, estomatología y atención a la

discapacidad; así como, en todos los ámbitos de salud que se encuentren

entrelazados con instituciones Estatales y Federales.

FUNCIONES

1. Supervisar y reportar al superior inmediato sobre el desarrollo de las

actividades encomendadas a su área;

2. Orientar, supervisar y aprobar los servicios de salud que se otorgan en el

Municipio de Metepec y dirigir las acciones relativas a medicina

preventiva y vigilancia epidemiológica;

3. Formular y presentar al Comité Municipal de Salud Pública, los planes y

programas orientados a mejorar la prestación de los servicios de

atención médica;

4. Participar en la elaboración del Programa Trianual de Asistencia Social;

5. Proponer y supervisar que la atención y resolución de los asuntos de su

competencia se cumplan de acuerdo a los lineamientos aplicables, con

las políticas institucionales;

6. Supervisar la consulta de medicina general, fija y móvil promoviendo

que la atención médica integral se proporcione con calidad y trato

humano;

7. Supervisar la consulta de odontología fija y móvil, promoviendo que la

atención odontológica integral se proporcione con calidad y trato

humano;

8. Formular, proponer y, en su caso, instrumentar las normas y políticas

generales relacionadas con la atención médica, odontológica,

psicológica y enfermería;

9. Diseñar e implantar mecanismos que permitan racionalizar y optimizar

los recursos asignados a salud;

46

MANUAL DE

ORGANIZACIÓN

Sistema para el Desarrollo

Integral de la Familia de Metepec

10. Proponer convenios de colaboración para el desarrollo de programas y

proyectos de salud;

11. Elaborar estudios de factibilidad para ampliar la infraestructura médica

y odontológica del Municipio;

12. Participar en contingencias de salud donde sea requerido personal

médico;

13. Participar en los Comités relacionados con los servicios de salud, a

efecto de mejorar el cumplimiento de las funciones;

14. Participar en las acciones, eventos o programas inherentes a la salud,

convocados por otras Instituciones Federales y Estatales Públicas, con el

propósito de incrementar los beneficios a la población del Municipio;

15. Orientar las gestiones para obtener ayudas asistenciales y apoyos

funcionales con instancias públicas y privadas a favor de la población

del municipio;

16. Participar en coordinación con las instancias estatales y federales en las

semanas nacionales de vacunación;

17. Impartir pláticas a la población del municipio, con acciones de

prevención y promoción de la salud;

18. Remitir y canalizar a pacientes a hospitales de segundo y tercer nivel;

19. Realizar acciones en favor de la salud de la mujer, en el área de salud

reproductiva, embarazo adolescente, anticoncepción, enfermedades

de transmisión sexual, prevención de cáncer cérvico uterino y de

mama;

20. Detectar y atender pacientes crónico – degenerativos (Hipertensión

Arterial, Diabetes Mellitus, Obesidad, entre otros);

21. Orientar a madres de familia para prevenir enfermedades diarreicas y

respiratorias;

22. Fomentar una cultura de trato digno y respeto a los derechos de las

personas discapacitadas;

23. Realizar cursos de capacitación y sensibilización sobre prevención y

atención de la discapacidad dirigido a organizaciones civiles y

población abierta;

24. Diseñar estrategias de atención y realizar acciones encaminadas a

prevenir problemas que generen discapacidad;

47

MANUAL DE

ORGANIZACIÓN

Sistema para el Desarrollo

Integral de la Familia de Metepec

25. Propiciar servicios de rehabilitación no hospitalaria a personas con

discapacidad, a través de programas de valoración y tratamiento

integral;

26. Promover acciones que apoyen la autogestión y organización de las

personas con discapacidad, para su incorporación a una vida social

productiva;

27. Impulsar la capacitación del personal del Sistema Municipal DIF

Metepec, en materia de prevención, rehabilitación e integración social;

28. Fomentar la coordinación de acciones con entidades públicas y

privadas para beneficio de las personas con discapacidad;

29. Revisar y validar el avance de las metas de los proyectos de su

Dirección de acuerdo al Programa Trianual de Asistencia Social y el Plan

Operativo Anual;

30. Coordinar y supervisar las políticas de la Dirección con asesoría del

Desarrollo Integral de la Familia del Estado de México;

31. Dar seguimiento a los informes y pliego de observaciones realizadas por

las auditorias de las autoridades correspondientes, basado en las

revisiones del Programa Trianual de Asistencia Social y del Programa

Operativo Anual;

32. Dar seguimiento a los informes y observaciones realizadas por las

auditorías internas y externas, basado en las revisiones del Sistema de

Gestión de la Calidad ISO 9001:2015, Norma Mexicana de Igualdad

Laboral y No Discriminación NMX-R-025-SCFI-2015 y demás aplicables en

la materia de calidad;

33. Revisar el avance de las metas de los proyectos de cada coordinación

de acuerdo al Programa Trianual de Asistencia Social y el Plan

Operativo Anual;

34. Rendir los informes que la Dirección General del Sistema Municipal para

el Desarrollo Integral de la Familia, le solicite;

35. Reportar y entregar la información requerida de su Dirección para su

publicación en el portal y en la página de transparencia;

36. Proporcionar información, datos y cooperación técnica que le sean

requeridos por las áreas y autoridades competentes;

37. Coordinar y aprobar, las funciones de Trabajo Social, para colaborar en

el cumplimiento y logros de los objetivos del Sistema Municipal DIF, en

48

MANUAL DE

ORGANIZACIÓN

Sistema para el Desarrollo

Integral de la Familia de Metepec

materia de salud, estomatología y discapacidad con apoyos

asistenciales y de ayudas funcionales, en su caso;

38. Participar en los diferentes consejos, órganos colegiados, comités o

grupos de trabajo internos, en los que por disposición legal sea parte, o

porque se lo haya instruido el Presidente o el Director General; y

39. Supervisar la capacitación médica continua;

40. Desarrollar las demás funciones que le encomiende su superior

jerárquico, en el ámbito de su competencia.

49

MANUAL DE

ORGANIZACIÓN

Sistema para el Desarrollo

Integral de la Familia de Metepec

3.2.1 COORDINACIÓN DE SALUD Y ATENCIÓN A LA DISCAPACIDAD

OBJETIVO

Coordinar y supervisar las acciones, programas y proyectos que deban

llevarse a cabo en las áreas de salud y atención a la discapacidad; así como,

en todos los ámbitos de salud que se encuentren entrelazados con

instituciones estatales y federales con el fin de elevar las condiciones de vida

de los metepequenses.

FUNCIONES

1. Supervisar y coordinar la consulta de medicina general y promover que

la atención médica integral se proporcione con calidad y trato digno;

2. Atender la salud de las niñas, niños y adolescentes, y la vigilancia de su

crecimiento y desarrollo, incluyendo la vacunación oportuna;

3. Entregar la información requerida a su Dirección Municipal de Salud,

para su publicación por Internet en el portal y en la página de

transparencia;

4. Formular, proponer y, en su caso, instrumentar las normas y políticas

generales relacionadas con la atención médica, enfermería, psicología

y para la discapacidad;

5. Mantener en constante supervisión, las unidades de salud municipales,

para que estos cumplan con la máxima eficacia en atención primaria a

la salud;

6. Diseñar e implantar mecanismos que permitan racionalizar y optimizar

los recursos asignados a salud y a la discapacidad;

7. Mantener el control sobre el constante abastecimiento de

medicamento, asegurando que cada una de las unidades cuente con

los insumos mínimos indispensables para la atención primaria a la salud;

8. Promover convenios de colaboración para el desarrollo de programas y

proyectos de salud y a la discapacidad

50

MANUAL DE

ORGANIZACIÓN

Sistema para el Desarrollo

Integral de la Familia de Metepec

9. Dar seguimiento de las CLUES (Clave Única de Establecimiento de Salud

y SINERHIAS en las unidades médicas correspondientes de la Dirección

Municipal de Salud;

10. Participar en las acciones, eventos o programas inherentes a la salud,

convocados por otras Instituciones Federales y Estatales Públicas, con el

propósito de incrementar los beneficios a la población del Municipio;

11. Orientar las gestiones para obtener ayudas asistenciales y apoyos

funcionales con instancias públicas y privadas a favor de la población

del municipio;

12. Participar en coordinación con las instancias estatales y federales en las

semanas nacionales de vacunación;

13. A través de las unidades médicas impartir pláticas a la población del

municipio, con acciones de prevención y promoción de la salud;

14. Supervisar la referencia a hospitales de segundo y tercer nivel;

15. Supervisar las acciones de salud a la mujer. (Salud Reproductiva,

Prevención de cáncer cérvico uterino y de mama);

16. Detectar y atender pacientes crónico – degenerativos (Hipertensión

Arterial, Diabetes Mellitus, Obesidad, entre otros);

17. Orientar a madres de familia para prevenir enfermedades diarreicas y

respiratorias;

18. Fomentar una cultura de trato digno y respeto a los derechos de las

personas discapacitadas;

19. Realizar cursos de capacitación y sensibilización sobre prevención y

atención de la discapacidad dirigido a organizaciones civiles y

población abierta;

20. Diseñar estrategias de atención y realizar acciones encaminadas a

prevenir problemas que generen discapacidad;

21. Propiciar servicios de rehabilitación no hospitalaria a personas con

discapacidad, a través de programas de valoración y tratamiento

integral;

22. Promover acciones que apoyen la autogestión y organización de las

personas con discapacidad, para su incorporación a una vida social

productiva;

23. Impulsar la capacitación del personal del Sistema Municipal DIF

Metepec, en materia de prevención, rehabilitación e integración social;

51

MANUAL DE

ORGANIZACIÓN

Sistema para el Desarrollo

Integral de la Familia de Metepec

24. Fomentar la coordinación de acciones con entidades públicas y

privadas para beneficio de las personas con discapacidad;

25. Revisar y validar el avance de las metas de los proyectos de su

Coordinación de acuerdo al Programa Trianual de Asistencia Social y el

Plan Operativo Anual;

26. Llevar el control y cumplimiento cabal del Reglamento de los médicos y

enfermeras pasantes del servicios social;

27. Llevar el control sobre la libreta de horarios de entradas y salidas del

personal médico;

28. Llevar el control sobre el buzón de quejas y sugerencias de cada unidad

médica, con la que cuenta la Dirección Municipal de Salud;

29. Rendir los informes que la Dirección General de Sistema Municipal para

el Desarrollo Integral de Familia le solicite;

30. Proporcionar información, datos y cooperación técnica que le sean

requeridos por las áreas y autoridades competentes;

31. Coordinar y aprobar, las funciones de Trabajo Social, para colaborar en

el cumplimiento y logros de los objetivos del Sistema Municipal DIF, en

materia de salud y discapacidad con apoyos asistenciales y de ayudas

funcionales, en su caso;

32. Supervisar las funciones de Trabajo Social, para colaborar en el

cumplimiento y logros de los objetivos del Sistema Municipal para el

Desarrollo Integral de la Familia, en materia de salud y discapacidad

con apoyos asistenciales y de ayudas funcionales, en su caso, y;

33. Desarrollar las demás funciones que le encomiende su superior

jerárquico, en el ámbito de su competencia.

52

MANUAL DE

ORGANIZACIÓN

Sistema para el Desarrollo

Integral de la Familia de Metepec

3.2.2. COORDINACIÓN DE ESTOMATOLOGÍA

OBJETIVO

Coordinar acciones, programas y proyectos que deban llevarse a cabo en las

áreas de estomatología; con el fin de elevar las condiciones de vida de los

metepequenses.

FUNCIONES

2. Supervisar se proporcione consulta y tratamiento de calidad en

consultorios odontológicos;

3. Formular, proponer y en su caso, instrumentar las normas y políticas

generales relacionadas con la atención odontológica y en unidades

móviles en su caso;

4. Diseñar e implementar mecanismos que permitan racionalizar y

optimizar los recursos asignados a la salud odontológica;

5. Realizar y validar el avance de las metas de los proyectos de su

Coordinación de acuerdo al programa Trianual de Asistencia Social y el

Plan Operativo Anual;

6. Rendir los informes que la Dirección Municipal de Salud del Sistema

Municipal DIF solicite;

7. Dirigir las gestiones para obtener ayudas asistenciales y apoyos

funcionales con instancias públicas y privadas a favor de la población

del municipio;

8. Supervisar el desarrollo de los eventos comunitarios en materia de

odontología;

9. Evaluar los resultados de los eventos comunitarios en materia de

odontología;

10. Realizar las medidas necesarias para el desarrollo de los eventos de

salud en la comunidad;

11. Apoyar a los programas de salud en las comunidades a través de la

unidad médica móvil;

12. Desarrollar las demás funciones que le encomiende su superior

jerárquico, en el ámbito de su competencia.

53

MANUAL DE

ORGANIZACIÓN

Sistema para el Desarrollo

Integral de la Familia de Metepec

3.2.3 COORDINACIÓN DE PREVENCIÓN Y BIENESTAR FAMILIAR

OBJETIVO

Desarrollar acciones de prevención que promuevan la salud mental de niñas,

niños, adolescentes, jóvenes y adultos, con el propósito de favorecer una vida

plena y productiva.

FUNCIONES

2. Desarrollar programas orientados a fortalecer la unidad y la integración

familiar;

3. Proponer estrategias y acciones para prevenir conductas antisociales;

4. Proponer estrategias orientadas a prevenir la expulsión y el abandono

del menor de su núcleo familiar;

5. Proponer acciones para la inclusión de los jóvenes a fin de que estos

realicen propuestas de solución a conflictos sociales;

6. Proponer mecanismos que contribuyan a prevenir problemas de

tabaquismo, alcoholismo y drogadicción, estimulando el desarrollo

físico, intelectual y emocional de la familia;

7. Brindar orientación psicológica a la población;

8. Proponer a la Dirección Municipal de Salud, los objetivos, normas,

políticas y lineamientos generales para la formulación y ejecución de

programas de prevención y bienestar familiar;

9. Controlar y supervisar las acciones que tiendan al fortalecimiento de la

mujer como pilar del núcleo familiar, así como, de los menores

trabajadores en la calle, para lograr la integración y cambio en sus

condiciones de vida;

10. Concertar con las dependencias públicas y privadas la firma de

convenios de coordinación y colaboración que favorezcan el

funcionamiento de los programas de orientación y atención psicológica

de prevención de las adicciones;

11. Realizar sus actividades sustantivas en coordinación con la Dirección

Municipal de Salud y verificar que éstas se lleven a cabo de manera

adecuada a fin de lograr el cumplimiento de las metas establecidas en

el Programa Trianual de Asistencia Social;

54

MANUAL DE

ORGANIZACIÓN

Sistema para el Desarrollo

Integral de la Familia de Metepec

12. Supervisar el funcionamiento de la Coordinación en todos sus aspectos,

ejecutando los planes y programas aprobados por la Junta de Gobierno

del Sistema DIF Municipal de Metepec;

13. Atender y dar seguimiento psicológico a las personas canalizadas por el

Grupo Multidisciplinario, sin que ellas sean sujetas de cuota de

recuperación alguna; y

14. Desarrollar las demás funciones que le encomiende su superior

jerárquico, en el ámbito de su competencia.

55

MANUAL DE

ORGANIZACIÓN

Sistema para el Desarrollo

Integral de la Familia de Metepec

3.3. DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS

OBJETIVO

Promover y supervisar el desempeño de las actividades relacionadas con el

manejo de los recursos humanos, materiales y financieros del Sistema

Municipal DIF de Metepec, procurando el óptimo aprovechamiento de los

recursos asignados, conforme a los lineamientos, normas y disposiciones

legales aplicables vigentes.

FUNCIONES

1. Formular y compilar las normas, políticas y procedimientos de la

administración de los recursos humanos, materiales y financieros del

Sistema, estableciendo los criterios de oportunidad, eficiencia y

economía, así como el suministro de éstos;

2. Conducir condiciones laborales entre el personal y las autoridades del

Sistema, conforme a los ordenamientos legales aplicables en materia de

trabajo;

3. Controlar el registro asistencia, incapacidades, vacaciones, días no

laborables y demás incidencias de las y los servidores públicos del

Organismo;

4. Controlar los nombramientos, reconocimientos, renuncias, licencias,

cambios de adscripción y promociones, previa autorización de la

Dirección General;

5. Promover las sanciones administrativas y económicas a que se hagan

acreedores las y los servidores públicos del Organismo, que deriven de

resoluciones judiciales, administrativas o económicas, de conformidad

con las disposiciones legales y administrativas correspondientes;

6. Regular la adquisición de los recursos materiales, su almacenamiento,

inventarios y suministro, así como la prestación de los servicios de

mantenimiento preventivo y correctivo de los bienes propios del Sistema

que así lo requieran;

56

MANUAL DE

ORGANIZACIÓN

Sistema para el Desarrollo

Integral de la Familia de Metepec

7. Presidir y apoyar el funcionamiento del Comité de Adquisiciones y

Servicios del Organismo, de acuerdo con la normatividad aplicable;

8. Participar en los diferentes consejos, órganos colegiados, comités o

grupos de trabajo internos, en los que por disposición legal sea parte, o

porque se lo haya instruido el Presidente o el Director General; y

9. Proveer, en términos de la normatividad aplicable, los bienes y servicios

para el desarrollo de las actividades del Organismo;

10. Supervisar los procedimientos de adquisición y arrendamiento de bienes

y contratación de servicios, que requiera el Organismo, de acuerdo con

la normatividad aplicable;

11. Gestionar ante las dependencias correspondientes los recursos

financieros del Organismo, de acuerdo con los lineamientos

establecidos y previa autorización del Director General;

12. Promover al Director General estrategias financieras para cumplir con

las metas institucionales, incluyendo acciones que le permitan allegarse

de recursos provenientes de financiamiento;

13. Administrar los recursos financieros del Organismo, estableciendo

mecanismos para la captación y control de los ingresos destinados al

cumplimiento de las obligaciones de carácter económico del DIF

Metepec;

14. Asegurarse de contar con un Sistema, que registre de manera

armónica, delimitada y específica las operaciones presupuestarias y

contables derivadas de la gestión del Sistema, así como otros flujos

económicos;

15. Suscribir mancomunadamente con el Director General los contratos y

demás documentos relativos a la apertura de cuentas bancarias del

Organismo;

16. Programar y avalar las erogaciones o pagos con cargo al presupuesto

de egresos del Organismo;

17. Articular el proyecto del presupuesto de ingresos y egresos del

Organismo, tomando en cuenta los objetivos y requerimientos

programáticos de sus unidades administrativas;

18. Programar y coordinar el manejo de los recursos financieros, así como la

integración de los presupuestos con orientación programática de las

unidades administrativas del Organismo;

57

MANUAL DE

ORGANIZACIÓN

Sistema para el Desarrollo

Integral de la Familia de Metepec

19. Operar y controlar el ejercicio del presupuesto de las unidades

administrativas y vigilar su aplicación;

20. Formular los estados financieros del Organismo, así como los registros e

informes contables y presupuestales y su presentación en tiempo y

forma a las instancias correspondientes;

21. Supervisar el registro y control de los bienes muebles e inmuebles del

Organismo;

22. Dar seguimiento a los informes y pliego de observaciones realizadas por

las auditorías internas y externas, realizadas por las autoridades

competentes, en temas relacionados con la Dirección de

Administración y Finanzas;

23. Resguardar los ingresos propios que se reciben diariamente por

concepto de servicios otorgados por las diferentes coordinaciones y

depositarlos en las cuentas bancarias;

24. Controlar el fondo fijo de casa conforme a los lineamientos

establecidos; y

25. Desarrollar las demás funciones que le encomiende su superior

jerárquico, en el ámbito de su competencia.

58

MANUAL DE

ORGANIZACIÓN

Sistema para el Desarrollo

Integral de la Familia de Metepec

3.3.1. DEPARTAMENTO DE FINANZAS

OBJETIVO

Programar, administrar e informar a la Dirección de Administración y Finanzas

sobre las acciones relativas al manejo de los recursos financieros propios y

asignados al Sistema.

FUNCIONES

1. Elaborar el proyecto de presupuesto de ingresos y egresos anual con

orientación programática;

2. Proponer la asignación del presupuesto de egresos a los programas que

integran el organismo y someterlo a la autorización de las instancias

respectivas;

3. Analizar el comportamiento del ejercicio presupuestal y detectar las

desviaciones que se hayan suscitado para promover y realizar los

traspasos

4. Registrar el flujo de efectivo del Sistema, efectuando cortes de caja

diarios;

5. Administrar las cuentas bancarias del Sistema;

6. Controlar la guardia y custodia de los cheques propiedad del Sistema;

7. Elaborar los estados financieros y presupuestales del Sistema;

8. Verificar el cumplimiento de las normas y procedimientos a que debe

sujetarse la contabilidad del organismo con apego a las medidas de

control interno establecidas;

9. Realizar el correcto registro de los asientos contable-presupuestal que se

deriven de las operaciones financieras realizadas por las diversas áreas

que comprenden el Sistema, de acuerdo a la Ley General de

Contabilidad Gubernamental y demás normatividad aplicable;

10. Realizar la adecuada integración contable de los activos propiedad del

Sistema;

11. Dar cumplimiento en tiempo y forma a las obligaciones fiscales a cargo

del Sistema;

59

MANUAL DE

ORGANIZACIÓN

Sistema para el Desarrollo

Integral de la Familia de Metepec

12. Integrar y mantener el archivo y resguardo de la documentación

original soporte de los registros contables así como de los estados

financieros del Sistema;

13. Integrar el proyecto de presupuesto de ingresos y egresos definitivo del

Sistema, para su aprobación ante la Junta de Gobierno y entregar al

Órgano Superior de Fiscalización, así como su publicación; y

14. Llevar el control de los registros contable-presupuestal, de los ingresos,

egresos, activo y pasivo para elaborar en forma oportuna, los estados

financieros y entregarlos al Órgano Superior de Fiscalización del

Gobierno del Estado de México, de acuerdo a los lineamientos

aplicables; y

15. Desarrollar las demás funciones que le encomiende su superior

jerárquico, en el ámbito de su competencia.

60

MANUAL DE

ORGANIZACIÓN

Sistema para el Desarrollo

Integral de la Familia de Metepec

3.3.2. DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN

OBJETIVO:

Proponer, elaborar e integrar las acciones necesarias para que las áreas del

Sistema cuenten con los recursos humanos, materiales y técnicos, así como los

servicios generales que contribuyan al eficiente y eficaz desarrollo de sus

funciones.

FUNCIONES:

1. Proponer la ejecución de las políticas, normas y procedimientos

establecidos en materia de personal para el pago de sueldos y

prestaciones, selección, contratación, estímulos, sanciones, permisos,

licencias, control de nómina, actualización de plantilla de personal,

capacitación, así como lo referente a la organización y procedimientos

administrativos, de acuerdo a la normatividad establecida y llevar su

seguimiento;

2. Tramitar y registrar los movimientos del personal del Sistema (altas, bajas,

cambios de adscripción, permisos, licencias, vacaciones, promociones,

etc.) así como dirigir y controlar la actualización de los registros y

controles de asistencia y puntualidad del personal;

3. Realizar la reubicación, movimientos de alta o baja del personal, previa

autorización de la Dirección General;

4. Promover la capacitación continua para el desarrollo profesional de las y

los servidores públicos, contribuyendo al desarrollo integral de sus

funciones

5. Integrar y actualizar permanentemente los expedientes del personal del

Sistema;

6. Participar como Secretario técnico en el Comité de Adquisiciones y

Servicios del Sistema Municipal;

7. Elaborar el Programa Anual de Adquisiciones y Servicios conforme a las

normas y procedimientos vigentes;

8. Realizar investigaciones de mercado, con la finalidad de obtener los

mejores precios para los procedimientos adquisitivos de bienes y

61

MANUAL DE

ORGANIZACIÓN

Sistema para el Desarrollo

Integral de la Familia de Metepec

contratación de servicios Coordinar, dirigir, supervisar, ejecutar y controlar

las acciones relacionadas con el Programa Anual de Adquisiciones;

9. Atender las requisiciones de bienes o servicios de las diversas áreas del

Sistema, previa autorización de la Dirección de Administración y Finanzas,

conforme a las normas y procedimientos vigentes incluyendo la calidad

de los bienes adquiridos;

10. Ejecutar la celebración de concursos y elaboración de contratos para la

adquisición de bienes o contratación de servicios necesarios para el

desarrollo y cumplimiento de los objetivos del Sistema;

11. Integrar y actualizar la información que se registra en el sistema

correspondiente al inventario de los bienes muebles e inmuebles

propiedad del Organismo y establecer mecanismos de vigilancia para su

conservación, mantenimiento y procesos de almacenamiento;

12. Integrar el levantamiento del inventario de bienes muebles e inmuebles

del Organismo, dos veces al año;

13. Suministrar los servicios generales a las áreas del Sistema, incluyendo la

supervisión y control del parque vehicular (en cuanto a su asignación,

mantenimiento y trámites), intendencia, vigilancia, mensajería, servicios

básicos, etcétera;

14. Llevar un registro preciso de las entradas y salidas de los almacenes, así

como las existencias de los insumos;

15. Integrar la administración del archivo de documentos del Sistema y

controlar el archivo de desuso de los mismos;

16. Designar a un responsable para atender los requerimientos de las áreas

en la realización de jornadas y eventos, el cual mantendrá en óptimas

condiciones el material para dichos eventos; y

17. Desarrollar las demás funciones que le encomiende su superior jerárquico,

en el ámbito de su competencia.

62

MANUAL DE

ORGANIZACIÓN

Sistema para el Desarrollo

Integral de la Familia de Metepec

3.4. DIRECCIÓN JURÍDICA Y PROCURADURÍA MUNICIPAL DE PROTECCIÓN DE

NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES.

OBJETIVO

Ofrecer servicios de asistencia jurídica, psicológica y de trabajo social a través

del Grupo Multidisciplinario a las niñas, niños y adolescentes ante una eventual

vulneración de sus derechos; además de emprender asesorías y

representación legal en juicios del orden familiar, así como representar

jurídicamente al Sistema ante cualquier instancia o institución para defender

jurídicamente sus intereses.

FUNCIONES

DIRECCIÓN JURÍDICA:

1. Promover la asesoría y defensa jurídica del Sistema, además de actuar

como representante legal del organismo en todos los asuntos en que

este tenga interés;

2. Proporcionar apoyo jurídico en aspectos relacionados con la

regularización del patrimonio del Sistema Municipal y participar en los

procesos de adquisiciones, enajenaciones con el propósito de

salvaguardar los intereses del Sistema;

3. Asesorar a las unidades administrativas del Sistema en aspectos legales

que deriven de la operación de los programas y procedimientos

litigiosos y contenciosos;

4. Realizar el análisis jurídico de convenios, contratos, acuerdos y de todos

los instrumentos jurídicos en los que tenga injerencia el Sistema;

5. Evaluar los protocolos y procedimientos para la operación y

funcionamiento de las áreas bajo su responsabilidad e instrumentar las

medidas pertinentes para el adecuado cumplimiento de sus funciones;

6. Administrar los recursos humanos, materiales, técnicos y financieros que

le sean asignados y verificar su optimización y racionalización;

7. Vigilar que la atención y resolución de los asuntos de su competencia,

se cumplan de acuerdo a los ordenamientos legales aplicables;

63

MANUAL DE

ORGANIZACIÓN

Sistema para el Desarrollo

Integral de la Familia de Metepec

8. Realizar estudios socio-económicos para conocer las condiciones de

vida de las niñas, niños y adolescentes, para detectar las situaciones

que afecten su desarrollo óptimo;

9. Determinar la cuota de recuperación que corresponda en las en

Estancias Infantiles y el Jardín de Niños, atendiendo a la situación socio-

económica de la familia que requiera del servicio;

10. Supervisar la aplicación de los programas educativos, de capacitación,

así como las actividades técnico-pedagógicas y administrativas que se

llevan a cabo en Estancias Infantiles y el Jardín de Niños;

11. Promover la aplicación de los planes, programas y normas

pedagógicas, establecidas por la Secretaria de Educación del Estado

de México, para la impartición de educación preescolar en el Jardín de

Niños;

12. Vigilar el cumplimiento de la normatividad para el otorgamiento de los

servicios educativos en estancias infantiles y jardín de niños;

13. Avalar la información y documentación oficial que compete al

programa educativo;

14. Supervisar la remisión a la Dirección General de Educación Básica los

movimientos estadísticos que competen al área educativa;

16. Supervisar la operación de los programas de educación preescolar

emitidos por la Secretaría de Educación del Estado de México, con el

objeto de elevar el nivel de enseñanza-aprendizaje del Jardín de Niños;

17. Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia, o

las que le señale la presidenta o la Junta.

PROCURADURÍA DE PROTECCIÓN DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES:

1. Otorgar apoyo jurídico, psicológico, de trabajo social y médico a las

niñas, niños, adolescentes, que se encuentren en situación de

vulneración de derechos o en situación de violencia familiar;

2. Intervenir, coadyuvar y ejercitar acciones legales para tutelar el interés

superior de las niñas, niños y adolescentes, ante autoridades

administrativas, ministeriales o judiciales;

64

MANUAL DE

ORGANIZACIÓN

Sistema para el Desarrollo

Integral de la Familia de Metepec

3. Conducir los procesos de reintegración familiar de niños, niñas y

adolescentes;

4. Promover, difundir y proteger los derechos de las niñas, niños y

adolescentes que se encuentren en estado de vulnerabilidad, ante

instancias especializadas que brinden servicios de asistencia jurídica y

orientación social, en apego a los ordenamientos legales en la materia;

5. Atender y dar seguimiento a la situación jurídica de las niñas, niños y

adolescentes atendidos por el Grupo Multidisciplinario;

6. Coadyuvar con la Fiscalía especializada en la atención de niñas, niños y

adolescentes, cuando se presentan casos de vulneración de derechos,

aportando indicios y elementos a su alcance;

7. Participar en los procedimientos judiciales, civiles y familiares en los que

niñas, niños y adolescentes sean víctimas u ofendidos, de acuerdo con

las disposiciones legales correspondientes;

8. Realizar investigaciones de trabajo social y visitas domiciliarias cuando

sean requeridas por autoridades administrativas o judiciales, para

coadyuvar en los procedimientos que se lleven a cabo para la

reintegración de niñas, niños y adolescentes a su núcleo familiar;

9. Promover e instrumentar acciones de prevención y atención de los

derechos de las niñas, niños y adolescentes de manera pronta, gratuita

e integral, a través del grupo multidisciplinario conformado por las áreas

de trabajo social, médica, psicológica y jurídica;

10. Dar apoyo integral a niñas, niños y adolescentes migrantes y repatriados

no acompañados, en los casos en que se requiera la coordinación con

otros Sistemas Estatales o Municipales DIF, con el propósito de

reincorporarlos a su núcleo familiar, previa solicitud para iniciar la

búsqueda y localización de sus familiares;

11. Supervisar los protocolos de actuación, así como su difusión del grupo

multidisciplinario;

12. Efectuar el diagnóstico y seguimiento de los casos de vulneración de

derechos de niñas, niños y adolescentes, mediante la reunión periódica

con el grupo multidisciplinario, con la finalidad de evaluar los resultados

en los casos atendidos;

13. Vigilar y dar seguimiento a los reportes de vulneración de derechos de

niñas, niños y adolescentes denunciados de manera anónima, los

cuales serán resguardados con confidencialidad;

65

MANUAL DE

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Sistema para el Desarrollo

Integral de la Familia de Metepec

14. Entregar a los usuarios del servicio, los citatorios para las personas

intervinientes en los reportes de probable maltrato;

15. Dar seguimiento a los reportes de probable vulneración de derechos a

niñas, niños y adolescentes notificados al Grupo Multidisciplinario;

16. Realizar estudios socioeconómicos y visitas domiciliarias para constatar

la condición de vulnerabilidad de las niñas, niños y adolescentes de los

cuales se solicita apoyo en materia de asistencia jurídica o de algún

servicio inherente a la Procuraduría; y

17. Desarrollar las demás funciones que le encomiende su superior

jerárquico, en el ámbito de su competencia.

La Dirección Jurídica y Procuraduría Municipal de Protección de Niñas, Niños y

Adolescentes tendrá a su cargo las Estancias Infantiles “San Lucas” y “Sor

Juana Inés de la Cruz”, así como el Jardín de Niños “Luisa Isabel Campos de

Jiménez Cantú” y contará con la Coordinación de Servicios Jurídicos

Asistenciales, la cual estará encargada de brindar servicios legales en materia

familiar a la población en general, con la finalidad de proteger los derechos

de la familia.

66

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Integral de la Familia de Metepec

3.4.1.1. COORDINACIÓN DE SERVICIOS JURÍDICO ASISTENCIALES

OBJETIVO

Brindar servicios de asistencia jurídica a la población metepequense en

general, con la finalidad de proteger los derechos de la familia.

FUNCIONES

1. Brindar asistencia jurídica en materia de derecho familiar a usuarios

de asistencia social y personas en situación de vulnerabilidad y de

escasos recursos económicos del municipio;

2. Supervisar las acciones en materia de asistencia jurídica familiar, y

dar seguimiento a los juicios de orden familiar en los que tengan

conocimiento e injerencia;

3. En las problemáticas de orden familiar, proponer alternativas de

solución a las partes, mismas que les permitan resolver sus conflictos,

procurando salvaguardar sus derechos y obligaciones;

4. Mediante la celebración de juntas conciliatorias, realizar convenios

extrajudiciales con las partes, y en su caso darles orientación para

que acudan a otras instancias para su atención y solución de

conflictos; y

5. Desarrollar las demás funciones que le encomiende su superior

jerárquico, en el ámbito de su competencia.

TRANSITORIOS

PRIMERO. Publíquese en el Órgano Oficial de Información “Gaceta Municipal”.

SEGUNDO. El Manual de Organización del Sistema Municipal DIF de Metepec

entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la “Gaceta Municipal”.

TERCERO. Se abroga el Manual de Organización Sistema Municipal para el

Desarrollo Integral de la Familia del Municipio de Metepec, Estado de México

2016-2018, publicado en Gaceta Municipal No. 79 del diecisiete de octubre

del 2017.

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X DIRECTORIO

DIRECTORIO INSTITUCIONAL

Gabriela Gamboa Sánchez

Presidenta Municipal Constitucional

Ricardo Rosales Gómez

Síndico Municipal

Ilze Eugenia Torres Enríquez

Primera Regidora

Oscar Alejandro González Márquez

Segundo Regidor

María del Consuelo Estrada Plata

Tercera Regidora

Héctor Vázquez García

Cuarto Regidor

Araceli Sánchez Sánchez

Quinta Regidora

Jorge Enrique Trujillo Gómez

Sexto Regidor

Hilda Camacho Arzate

Séptima Regidora

María Luisa García Colín

Octava Regidora

Alejandro Rodrigo Falcón Pérez

Noveno Regidor

Paola Sandoval Martínez

Décima Regidora

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Alejandro de Jesús Acevedo Esquivel

Décimo Primer Regidor

María del Carmen Camacho Lira

Décima Segunda Regidora

María de las Mercedes Bravo Álvarez Malo

Décima Tercera Regidora

Raymundo Guzmán Corroviñas

Secretario del Ayuntamiento

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DIRECTORIO INTERNO

Mariana Cabeza Gamboa

Presidenta del Sistema Municipal para el Desarrollo

Integral de la Familia de Metepec

Sara López Escobedo

Directora General

César Augusto Cordero Galera

Director Municipal de Salud

Laura Leticia López Morales

Director de Programas Asistenciales

Miguel Ángel Hernández Huerta

Director Jurídico y Procurador Municipal de Protección de Niñas, Niños y

Adolescentes

María Isabel Maya Mendoza

Directora de Administración y Finanzas

Limber José Mejía Barrios

Titular del Órgano Interno de Control

María de la Paz Cárdenas Cedillo

Coordinadora de Atención de Adultos Mayores

Alicia Revelin Hernández

Coordinadora de Alimentación y Nutrición Familiar

Margarita Carballido Barba

Coordinadora de Estomatología

Benjamín Villava Villalva

Coordinador de Salud y Atención a la Discapacidad

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ORGANIZACIÓN

Sistema para el Desarrollo

Integral de la Familia de Metepec

Álvaro Ortega López

Coordinador de Prevención y Bienestar Familiar

Samantha Peralta Bravo

Coordinadora de Servicios Jurídico Asistenciales

José Pedraza Rico

Departamento de Administración

Pamela Rivera Sánchez

Departamento de Finanzas

Jorge Antonio García Sánchez

Titular del Área de Fiscalización

Carina Licet Pérez Domínguez

Titular del Área de Substanciación

Alejandro Zamora Fernández

Titular del Área de Investigación

Soraya Amelia Jiménez Pineda

Titular de la Unidad de Procuración de Fondos

Heli Jair Marure Ruíz

Titular de la Unidad de Comunicación Social

Enrique Valle Cruz

Titular de la Unidad de Información, Planeación,

Programación y Evaluación

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Integral de la Familia de Metepec

XI VALIDACIÓN

Elaboró

Revisó

Sara López Escobedo Alex Ricardo Trejo Sánchez

Directora General del Sistema

Municipal para el Desarrollo

Integral de la Familia de

Metepec

Director de Gobierno por Resultados

(Rúbrica)

(Rúbrica)

Aprobó

Gabriela Gamboa Sánchez

Presidenta Municipal Constitucional de Metepec

(Rúbrica)

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JUNTA DE GOBIERNO

Miguel Ángel Juárez Frias

Primer Vocal

(Rubrica)

María Teresa Almazán de la Rosa

Segunda Vocal

(Rubrica)

Mariana Cabeza Gamboa

Presidenta

(Rúbrica)

Sara López Escobedo

Secretaria

(Rúbrica)

María Isabel Maya Mendoza

Tesorera

(Rúbrica)

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Integral de la Familia de Metepec

XII HOJA DE ACTUALIZACION

NIV. DE REV FECHA DESCRICPION

00 15/Septiembre/2019 Emisión del Documento

01 11/octubre/2019 Integración de las áreas del Órgano

Interno de Control.

15 de octubre de 2019

Página 5

• CÓDIGO DE CONDUCTA DEL SISTEMA MUNICIPAL PARA EL DESARROLLO

INTEGRAL DE LA FAMILIA DEL MUNICIPIO DE METEPEC, ESTADO DE

MÉXICO.

“2019. Año del Centésimo Aniversario Luctuoso de Emiliano Zapata Salazar, el Caudillo del Sur”

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CÓDIGO DE CONDUCTA

DEL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DE ASISTENCIA SOCIAL, DE CARÁCTER MUNICIPAL,

DENOMINADO SISTEMA MUNICIPAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DEL MUNICIPIO DE METEPEC,

ESTADO DE MÉXICO

1. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS.

Que de conformidad con lo establecido en los artículos 2 fracciones I y IV; y 17 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de

México y Municipios, mediante los cuales se establecen los principios y obligaciones que rigen la actuación de las personas servidoras públicas, para que en su actuación impere una conducta digna; así como la

prevención, corrección e investigación de responsabilidades administrativas. Asimismo, la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado

de México y Municipios, en el artículo 5 indican cuales son los principios rectores mediante los cuales se regirá el actuar de las y los servidores públicos de cada ente público.

La presente administración comprometida con el respeto irrestricto a la ley y convencida de que la ciudadanía tiene el derecho de un servicio

público honesto que escucha, atiende y resuelve, tiene a bien expedir el presente Código de Conducta para los servidores públicos del Sistema

Municipal DIF de Metepec. Estamos ciertos que el Código de Conducta beneficiará en la prevención

de violaciones legales y reglamentarias, y en caso de detectarlas, mitigar sus efectos. Asimismo, tenderá a prevenir conflictos tanto internos como

externos, mejorar la eficiencia, eficacia y economía con la que se administran los recursos institucionales, así como generar lealtad, cooperación y compañerismo entre las y los servidores públicos

mejorando el ambiente laboral. Este documento, busca ser el documento base de la actuación pública de

todos los que prestan sus servicios en el Sistema, mismo que, enuncia las acciones y obligaciones de forma potestativa, más no limitativa.

Asimismo, las reglas de integridad son alineadas a los principios y valores

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adoptados en el Código de Ética de los Servidores Públicos de la Administración Pública Municipal 2019-2021 especificando aquellas

conductas que permitan un servicio público de calidad, honesto y cercano a los metepequenses.

2. MARCO JURÍDICO

• Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículos 73 fracción XXIV, 109 fracción III, 113 y 115.

• Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; artículos 5, 112, 116, 122, 128 fracciones II, III, XI y XII, 130, 137 y 138.

• Ley Orgánica Municipal del Estado de México; artículos 15, 31 fracciones I, II, XXXVI, XXXIX, 48 fracciones I, II, III, IV, XVI, XVII, 49,

91 fracción XIII, 112 fracción VIII, 163, 164, 166, 168 y 170.

• Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios; artículos 1, 5 y 7.

• Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios; artículos 7 y 17.

• Código de Ética de los Servidores Públicos de la Administración Pública Municipal 2019-2021, Capítulo III Del Código de Conducta, artículos 8 y 9.

3. MISIÓN

Contar con un documento rector que nos permita establecer un ambiente

favorable, en la construcción de una cultura de plena vigencia del respeto a los derechos y obligaciones de los servidores públicos municipales, basados en un actuar ético y de valores públicos, además de fortalecer la vida

institucional del Sistema Municipal DIF de Metepec, y en su caso, sancionar las conductas contrarias a su buen desempeño.

4. VISIÓN

Consolidar al Sistema Municipal DIF de Metepec como un organismo

descentralizado que brinde servicios de calidad a la ciudadanía sustentados en valores y principios éticos que fomenten en los servidores públicos lealtad, honradez, compromiso, responsabilidad y respeto.

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5. OBJETIVO

Fomentar que las y los servidores públicos se conduzcan bajo la misión, visión y valores del Sistema Municipal DIF de Metepec, así como coadyuvar para que las y los servidores públicos se rijan bajo los

principios rectores y valores establecidos en el Código de Ética y el Código de Conducta.

6. GLOSARIO.

Para los efectos del presente Código de Conducta, se entenderá por:

a) Administración pública municipal: Organización pública y/o servidores públicos que realizan la función administrativa, en el gobierno central,

descentralizados, desconcentrados, autónomos y autoridades auxiliares.

b) Carta compromiso: Documento suscrito por las y los servidores públicos, para desempeñarse conforme a los valores y principios establecidos en el

presente Código de Conducta.

c) Código de Conducta: Instrumento normativo que considera las reglas de integridad, misión, visión y atribuciones especificas; de manera que permita enfrentar riesgos éticos, a la vez que se fomente identificación y apropiación

por parte de las personas servidores públicas con cada ente público.

d) Código de Ética: Instrumento deontológico, al que se refiere el artículo 17 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y

Municipios vigente, que establece los parámetros generales de valoración y actuación respecto al comportamiento al que aspira una persona servidora pública, en el ejercicio de su empleo, cargo o comisión, a fin de promover un

gobierno transparente, íntegro y cercano a la ciudadanía.

e) Comité de Ética Pública: Refiere al cuerpo colegiado encargado de vigilar la correcta diligencia y observancia del Código de Ética de los y las servidores

públicos, conformado en términos del artículo 4.110 del Reglamento Interno de los Consejos, Comisiones y Comités Municipales de Metepec, Estado de México.

f) Delación: La narrativa que formula cualquier persona sobre un hecho o

conducta atribuida a un o una servidor público, y que resulta presuntamente contraria al Código de Ética o al Código de Conducta.

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g) Interés público: El interés superior que debe procurar la administración municipal, actuando con respeto a los derechos humanos, igualdad y no

discriminación, igualdad de género, entorno cultural y ecológico, cooperación y liderazgo.

h) Juicio ético: En un contexto de ambigüedad, será el ejercicio individual de ponderación de principios y valores que lleve a cabo cada persona

servidor(a) público (a), previo a la toma de decisiones y acciones vinculadas con el desempeño de su empleo, cargo o comisión.

i) Órganos Internos de Control. Entidades de la administración pública

municipal, adscritos en el gobierno central o descentralizado, cuya finalidad es prevenir, detectar y abatir posibles actos de corrupción.

j) Principios rectores: Los principios que encausarán el actuar de los y las servidores públicos del Sistema Municipal DIF de Metepec, siendo éstos los

de: legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad, eficiencia, objetividad, profesionalismo, eficacia, equidad, transparencia, economía, integridad,

competencia por mérito, disciplina y rendición de cuentas.

k) Procedimiento de supervisión. Informe que realizan las unidades administrativas del Sistema Municipal DIF de Metepec, su superior jerárquico o los Órganos Internos de Control, con la finalidad de dar a

conocer los actos u omisiones que en ejercicio de sus funciones, llegaren a advertir respecto de cualquier persona servidora pública, que puedan ser causa de responsabilidad administrativa en los términos establecidos por la

Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios, y de las normas que al efecto se expidan.

l) Reglas de integridad: Las conductas para el ejercicio del empleo, cargo o

comisión de los y las Servidores Públicos de la administración pública municipal.

m) Responsabilidad. El actuar del servidor público, que realizan de manera adecuada, las actividades que tienen encomendadas conforme a la ley, para

alcanzar eficazmente los fines que les han sido conferidos por la ciudadanía, conforme a sus facultades y atribuciones.

n) Riesgo ético: Situaciones en las que potencialmente pudieran

transgredirse principios, valores o reglas de integridad.

ñ) Sanción. La consecuencia a un deber incumplido, una vez que ha quedado acreditada plenamente una responsabilidad.

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o) Servicio público: Aquella actividad desarrollada por las Unidades Administrativas del Sistema Municipal DIF de Metepec, consistente en

satisfacer de una manera regular, continua y uniforme, necesidades públicas de carácter esencial o fundamental, a través del ejercicio de sus atribuciones.

p) Servidoras Públicas: Aquellas personas que desempeñan un empleo,

cargo o comisión, en las direcciones, coordinaciones o cualquier otra unidad administrativa, conforme a lo dispuesto en el artículo 130 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México y la Ley de

Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios.

q) Sistema o SMDIF: Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia de Metepec

r) Valores: Son las cualidades e ideas que comparten y aceptan los y las

servidores públicos y que influyen en su comportamiento. Estos se integran por un conjunto de creencias sobre lo justo y lo injusto, sobre lo bueno y lo

malo, que constituyen la base de las actitudes y conductas externas de los hombres y mujeres; son los cimientos de una educación encaminada a lograr un desarrollo integral.

7. ÁMBITO DE APLICACIÓN Y OBLIGATORIEDAD

El presente Código de Conducta es de observancia obligatoria para todas las

personas servidoras públicas que desempeñen un empleo, cargo o comisión al interior del Sistema Municipal DIF de Metepec, en el cual se establece la

forma en que se aplicarán los principios, valores y reglas de integridad contenidas en el Código de Ética de los Servidores Públicos de la Administración Pública 2019-2021.

8. PRINCIPIOS RECTORES DEL SERVICIO PÚBLICO.

Son de observancia general para los y las servidores públicos en el

desempeño de su empleo, cargo o comisión, los siguientes:

I. Legalidad. Ejercer sus actividades con estricto apego al marco jurídico vigente, obligado a conocer, respetar y cumplir la Constitución Política de

los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México y demás leyes y reglamentos que de ellas emanen.

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II. Disciplina. Se refiere al comportamiento y actitud de la y el servidor público, dentro de la administración pública municipal, respetando en todo

momento las reglas establecidas para su buen desempeño.

III. Honradez. Actuar con la máxima rectitud, sin pretender obtener con motivo del ejercicio de su cargo, empleo o comisión, ventaja o provecho alguno, para sí o para terceras, evitando de esta manera la realización de

conductas indebidas, y en su caso, denunciando aquellas que pudieran afectar el cumplimiento de los deberes.

IV. Rendición de Cuentas. Asumir plenamente ante la sociedad y sus

autoridades, la responsabilidad que deriva del ejercicio de su empleo, cargo o comisión, por lo que informan, explican y justifican sus decisiones y acciones, y se sujetan a un sistema de sanciones, así como la evaluación y

al escrutinio público de sus funciones por parte de la ciudadanía.

V. Transparencia. Procurar el derecho fundamental de toda persona al acceso a la información, sin más limitaciones que las establecidas por las

leyes y reglamentos, dando a conocer su actuar público con la finalidad de inhibir conductas irregulares.

VI. Imparcialidad. Impulso el acceso neutral y sin discriminación de todas las personas, a las mismas condiciones, oportunidades y beneficios

institucionales y gubernamentales, garantizando así la equidad, la objetividad y la competencia por mérito; los valores de equidad de género e igualdad y no discriminación y la regla de integridad de comportamiento

digno.

VII. Integridad. Toda Servidora o servidor público debe ejercer sus funciones con plena rectitud y probidad, atendiendo siempre a la verdad,

fomentando la credibilidad en las Instituciones y la confianza por parte de la sociedad.

VIII. Profesionalismo. Actuar conforme a sus conocimientos y técnicas, para otorgar servicios de calidad y excelencia en el desempeño de las

funciones inherentes a su cargo.

IX. Equidad. Las personas servidoras públicas procurarán que toda persona acceda con justicia e igualdad al uso, disfrute y beneficio de los bienes,

servicios, recursos y oportunidades.

X. Lealtad. Corresponder a la confianza que el SMDIF de Metepec les ha conferido, teniendo una vocación absoluta de servicio a la sociedad,

satisfaciendo en todo momento el interés superior de las necesidades

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colectivas por encima de los intereses particulares, personales o ajenos al interés general y bienestar de la población.

XI. Eficiencia. Actuar en apego a los planes y programas previamente

establecidos, optimizando el uso y la asignación de los recursos públicos en el desarrollo de sus actividades, para lograr los objetivos propuestos.

XII. Economía. Administrar los bienes, recursos y servicios públicos con legalidad, austeridad y disciplina, satisfaciendo los objetivos y metas a los

que estén destinados, siendo éstos de interés social.

XIII. Objetividad. Preservar el interés superior de las necesidades colectivas por encima los intereses particulares, personales o ajenos al interés general,

actuando de manera neutral e imparcial en la toma de decisiones, que a su vez deberán de informarse en estricto apego a la legalidad.

XIV. Competencia por mérito. Ser seleccionadas para ocupar un puesto, de acuerdo a su habilidad profesional, capacidad y experiencia,

garantizando la igualdad de oportunidades, atrayendo a las los mejores candidatos para ocupar los puestos mediante procedimientos

transparentes, objetivos y equitativos.

XV. Eficacia. Actuar conforme a una cultura de servicio orientada al logro de resultados, procurando en todo momento un mejor desempeño de sus funciones, a fin de alcanzar las metas institucionales según sus

responsabilidades, y mediante el uso responsable y claro de los recursos públicos, eliminando cualquier ostentación y discrecionalidad indebida en

su aplicación.

9. VALORES DENTRO DEL SERVICIO PÚBLICO.

Corresponden a los fines de carácter axiológico que se deben observar en el ejercicio del servicio público:

I. Interés público. Actuar buscando en todo momento la máxima atención de las necesidades y demandas de la sociedad por encima de intereses y beneficios

particulares, ajenos a la satisfacción colectiva.

II. Respeto. Conducirse con austeridad y sin ostentación, otorgando un trato digno y cordial a las personas, a sus colegas de trabajo, superiores y

subordinadas, considerando sus derechos, de tal manera que propicien el diálogo cortés y la aplicación armónica de instrumentos que conduzcan al entendimiento, a través de la eficacia y el interés público.

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III. Respeto a los derechos humanos. Respetar los derechos humanos, en el ámbito de su competencia y atribuciones, garantizándolos, promoviéndolos y

protegiéndolos, entendiendo que son inherentes a la persona humana, por el hecho de serlo.

IV. Igualdad y no discriminación. Otorgar a todas las personas sin distinción, exclusión, restricción o preferencia basada en el origen étnico o nacional, el

color de piel, cultura, el sexo, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, económica, de salud o jurídica, la religión, la apariencia física, las características genéticas, la situación migratoria, el embarazo, la lengua,

las opiniones, las preferencias sexuales, la identidad o filiación política, el estado civil, la situación familiar, las responsabilidades familiares, el idioma,

los antecedentes penales o cualquier otro motivo.

V. Equidad de género. Garantizar que tanto mujeres como hombres accedan con las mismas condiciones, posibilidades y oportunidades, a los bienes y servicios públicos, a los programas y beneficios institucionales, y a los empleos,

cargos y comisiones gubernamentales.

VI. Entorno cultural y ecológico. Las y los servidores públicos en el desarrollo de sus actividades, deben evitar la afectación del patrimonio cultural,

asumiendo una actitud de respeto, defensa y preservación de la cultura y del medio ambiente del municipio de Metepec, al ser el principal legado para las generaciones futuras.

VII. Cooperación. Colaborar entre sí y propiciar el trabajo en equipo para

alcanzar los objetivos comunes, previstos en los planes y programas gubernamentales, generando así una plena vocación de servicio público en

beneficio de la colectividad, generando confianza de la ciudadanía, en las instituciones públicas.

VIII. Liderazgo. Promover el Código de Ética y las Reglas de Integridad, fomentando y aplicando en el desempeño de sus funciones, los principios que

la Constitución y la ley les imponen, así como aquellos valores adicionales que por su importancia son intrínsecos a la función pública.

IX. Austeridad. La manera de comportarse con sobriedad en el servicio

público, sin hacer ninguna clase de alardes, ajustándose con apego a las normas de la moral pública.

X. Honestidad. Cualidad humana que consiste en comportarse y expresarse con sinceridad y coherencia, respetando los valores de la justicia y la verdad.

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XI. Identidad. Asumir la misión institucional como compromiso propio, procurando que el ejercicio de sus funciones sea eficiente, eficaz, educador y

humanista.

XII. Responsabilidad. Cumplir con esmero, cuidado y atención todos sus deberes, reconociendo y aceptando los principios y valores previstos en el presente Código de Ética, afrontando las acciones y compromisos de manera

positiva.

XIII. Justicia. En aquellos casos en que el servidor público se encuentre ante situaciones no previstas por las leyes, deberán actuar con prudencia,

procurando el bienestar colectivo por encima de cualquier interés particular.

XIV. Tolerancia. Respetar las ideas, creencias y prácticas de toda persona y su derecho de expresión.

XV. Idoneidad. Desarrollar las actividades que le sean encomendadas, atendiendo a su aptitud técnica, legal y moral, para propiciar el adecuado

ejercicio de la función pública.

XVI. Colaboración. Coadyuvar con las tareas que por su naturaleza o modalidad no sean las estrictamente inherentes a su cargo, siempre que ellas

resulten necesarias para superar las eventualidades que se presenten en las diversas unidades administrativas que integran la administración pública municipal.

XVII. Proactividad. Proponer acciones creativas y audaces que generen

mejoras en beneficio de la colectividad.

XVIII. Comunicación efectiva. Transmitir correctamente la información, confirmando que el mensaje fue recibido con éxito.

XIX. Trabajo en equipo. Realizar cotidianamente, con armonía y tolerancia

actividades conjuntas.

XX. Creatividad. Se entiende como la cualidad para encontrar nuevas formas que permitan desarrollar las labores en la administración pública municipal, de manera eficaz y eficiente.

XXI. Solidaridad. Mostrar una actitud y un comportamiento inclinados a responder favorablemente a las necesidades de grupo, prójimo, prójima y una forma de conducta cuando se concretiza en acciones.

XXII. Pasión por servir. Es la filosofía de vida que debe guiar el actuar de las

y los servidores públicos dentro y fuera de la administración pública municipal,

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y se entiende como el compromiso constante con que deben realizarse las tareas y responsabilidades encomendadas, para satisfacer al máximo las necesidades

de la ciudadanía.

10. REGLAS DE INTEGRIDAD.

10.1 CONOCIMIENTO Y APLICACIÓN DEL MARCO NORMATIVO.

RESPONSABILIDAD

Conocer y acatar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, la Ley Orgánica Municipal, Ley de Responsabilidades

Administrativas del Estado de México y Municipios, las que de una u otra emanen, el Bando Municipal de Metepec, el Reglamento Interno del SMDIF y las que sean aplicables de acuerdo a sus funciones

específicas.

CONDUCTAS I. Aplicar en todo momento la normatividad correspondiente a

cada caso en concreto.

II. Actuar con legalidad, imparcialidad y objetivamente en las actividades del servicio público y en las que deriven de éste.

III. Aplicar las normas jurídicas que impliquen su aplicación en el actuar de las y los servidores públicos.

IV. Conocer las funciones, atribuciones y obligaciones de su cargo

o comisión. V. Utilizar la normatividad sin perjuicio de persona alguna o para

beneficio propio.

10.2 ACTUACIÓN PÚBLICA. RESPONSABILIDAD

Las y los servidores públicos deben sujetar su actuación con transparencia, honestidad, lealtad, cooperación, austeridad y siempre

orientada al interés público. CONDUCTAS

I. Conducirse con actitud colaborativa y de unidad, fomentando el trabajo en equipo.

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II. Acatar las disposiciones jurídicas y administrativas, sin perseguir intereses propios o ajenos.

III. Actuar con honestidad, congruencia, transparencia, imparcialidad y objetividad.

IV. Propiciar un ambiente laboral libre de violencia.

V. Difundir los principios, valores y reglas de integridad que regulan la actuación pública frente a la ciudadanía.

VI. Desempeñar el empleo, cargo o comisión conferido con lealtad

y honestidad, obteniendo únicamente la remuneración que el Estado otorga por el desempeño de la función pública.

VII. Actuar en el ejercicio del servicio público, representando y buscando únicamente los intereses del SMDIF.

VIII. Preservar la independencia y objetividad en su actuación, estar

libre de influencias o circunstancias que comprometan de manera real o en apariencia el juicio profesional o la actuación

imparcial del SMDIF de Metepec. IX. Adquirir o mantener actualizados los conocimientos y

habilidades que garanticen el cumplimiento de las tareas

especializadas de cada persona servidora pública. X. Evitar cualquier conducta que pueda desacreditar al SMDIF.

XI. Inhibir en su actuación y la de sus compañeros factores que

pudieran demeritar el buen desarrollo del servicio público. XII. Informar y ejercer responsablemente las actividades que se

deriven del empleo, cargo o comisión asignado. XIII. Portar y mostrar en todo momento la identificación

institucional, ya sea dentro de las instalaciones o en las

actividades que por su propia naturaleza se realicen fuera de ellas.

10.3 INFORMACIÓN PÚBLICA.

RESPONSABILIDAD Las y los servidores públicos se conducen con profesionalismo, responsabilidad y protección con la información, evitando ocultar o

simular información que propicie irregularidades en los resultados, conforme al principio de transparencia, resguardando la

documentación e información gubernamental que tiene bajo su responsabilidad, conforme a la normatividad aplicable en materia de transparencia y protección de datos personales.

CONDUCTAS

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I. Garantizar el derecho de acceso a la información pública, facilitando y proporcionando los requerimientos de información,

con la debida protección de los datos personales que establecen las disposiciones legales aplicables.

II. Contribuir en la instrumentación de los mecanismos de

rendición de cuentas. III. Inhibir todo acto tendente a revelar información que pudiera

causar afectación al SMDIF de Metepec, salvo en los casos que

la Ley lo permita. IV. Atender de forma pronta y expedita las solicitudes de

información, sin ocultarlas de forma deliberada. V. Abstenerse de extraer información institucional de carácter

confidencial, que por el ejercicio de su empleo cargo o comisión

tenga acceso.

10.4 CONTRATACIONES PÚBLICAS RESPONSABILIDAD

Las personas servidoras públicas que directa o indirectamente participen en contrataciones públicas se conducirán con honradez, transparencia, imparcialidad y objetividad.

CONDUCTAS

I. Conocer y observar los protocolos y demás normatividad de actuación en materia de contrataciones públicas.

II. Abstenerse de manipular los procedimientos de contratación

pública en beneficio propio o de un tercero y cuando exista un posible conflicto de interés.

III. Anteponer los principios de equidad e igualdad y no

discriminación entre los participantes en los procedimientos de contrataciones, observando lo previsto en la normatividad

aplicable. IV. Evitar ejercer su empleo, cargo o comisión, con el objeto de

influir a otro servidor público en la tramitación de

contrataciones públicas.

10.5 PROGRAMAS GUBERNAMENTALES. RESPONSABILIDAD

Las personas servidoras públicas que con motivo de su empleo, cargo o comisión realizan acciones de control y evaluación, relacionadas al

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otorgamiento y operaciones de subsidios y apoyos de programas gubernamentales, se sujetan a los principios de igualdad y no

discriminación, legalidad, imparcialidad y transparencia. CONDUCTAS

I. Llevar a cabo acciones para la fiscalización de los programas gubernamentales, con directrices éticas y enfocadas a la sociedad.

II. Conocer las normas, lineamientos y demás disposiciones aplicables para la fiscalización de los programas

gubernamentales. III. Realizar acciones para promover la participación ciudadana en

el seguimiento, control, vigilancia y evaluación de los

programas.

10.6 TRÁMITES Y SERVICIOS. RESPONSABILIDAD

Las personas servidoras públicas que participen en la prestación de trámites y otorgamiento de servicios, atenderán a los usuarios de forma respetuosa, eficiente, oportuna, responsable e imparcial.

CONDUCTAS

I. Inhibir la prestación de algún beneficio, provecho o ventaja personal o a favor de terceros; por medio de compensaciones, prestaciones, dádivas, obsequios o regalos de cualquier persona

u organización. II. Actuar en la gestión o desarrollo de actividades que impliquen

trato directo con los ciudadanos, con apego a la legalidad,

igualdad y respeto, buscando satisfacer, directa o indirectamente, las necesidades de la persona requirente del

servicio o trámite, anteponiendo el interés público. III. Promover la eficiencia, transparencia, rendición de cuentas y la

simplificación administrativa, que coadyuve al mejoramiento en

los procedimientos públicos que se realizan, ofreciendo calidad y oportuna respuesta a los trámites y servicios.

IV. Brindar atención de manera oportuna y eficiente a las personas que soliciten información sobre los diversos servicios y trámites.

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10.7 RECURSOS HUMANOS.

RESPONSABILIDAD Gestión y administración del capital humano de la administración con el fin de incrementar la productividad, aprovechando al máximo las

cualidades, capacidades, habilidades, talento y desempeño para lograr el cumplimiento de los objetivos del Sistema.

CONDUCTAS I. Contar con servidoras y servidores públicos capaces, eficientes,

con un buen clima laboral. II. Aprovechar al máximo las cualidades, capacidades,

habilidades, talento y desempeño de las y los servidores

públicos para el desarrollo de sus funciones. III. Crear canales de comunicación eficientes entre las y los

servidores públicos y el Sistema. IV. Motivar e incentivar a las y los servidores públicos derivado del

desempeño de su cargo o comisión, así como, su competencia

para los puestos de trabajo. V. Promover el acceso a las y los servidores públicos para cargos

de nivel superior, tomando en cuenta las habilidades,

competencias, capacidades y desempeño en la actuación pública.

VI. Garantizar la igualdad de oportunidades en el acceso al servicio pública con base al mérito.

VII. Evitar que los conflictos personales entre servidores públicos

interfieran en el desarrollo de la actuación pública. VIII. Inhibir actividades que puedan alterar o interferir en el clima

laboral en perjuicio del Sistema.

IX. Realizar las contrataciones de forma correcta y apegada a las normatividades aplicables.

10.8 ADMINISTRACIÓN DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES.

RESPONSABILIDAD Participación en los procedimientos de baja, enajenación,

transferencia o destrucción de bienes muebles o de administración de bienes inmuebles, para que se puedan administrar de forma eficiente, transparente y honradamente para la satisfacción de los objetivos a

los cuales están destinados, así como su correcta utilización.

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CONDUCTAS I. Utilizar los bienes muebles e inmuebles para la función que se

determinó. II. Disponer de los bienes y demás recursos públicos observando

las disposiciones normativas aplicables.

III. Utilizar el parque vehicular de carácter oficial única y exclusivamente para los fines a los que esté destinado.

IV. Realizar los procedimientos de enajenación, adjudicación o

cualquiera que establezca la ley conforme a la normatividad aplicable.

V. Está prohibido solicitar la baja, enajenación, transferencia o destrucción de bienes que sigan siendo útiles.

VI. Evitar utilizar los bienes para uso ajeno a la normatividad

aplicable. VII. Está prohibido intervenir o influir en las decisiones de otros

servidores públicos para que se beneficie algún participante en los procedimientos de enajenación de bienes.

VIII. Está prohibido recibir o solicitar cualquier tipo de

compensación, dádiva u obsequio con la finalidad de influir en las decisiones que sean competencia de los que administran los bienes muebles e inmuebles que forman parte del patrimonio

del Sistema.

10.9 PROCESOS DE EVALUACIÓN.

RESPONSABILIDAD Intervención en los procesos de evaluación, en el que las y los servidores públicos que con motivo de su empleo, cargo, comisión o

función debe participar, apegándose en todo momento en los principios de legalidad, imparcialidad y rendición de cuentas.

CONDUCTAS

I. Participar en los procesos de evaluación inherentes al cargo o

comisión. II. Proporcionar la información contenida en los sistemas de la

información pública del Sistema. III. Atender las recomendaciones formuladas por cualquier

instancia, sea interna o externa.

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IV. Está prohibido realizar actos de simulación o que puedan modificar los resultados de las funciones, programas y

proyectos del Sistema.

10.10 CONTROL INTERNO.

RESPONSABILIDAD Participación en los procesos de materia de control interno en los que

se requiera que se genere, obtenga, utilice y comunique información suficiente, oportuna, confiable y de calidad, apegándose a los

principios de legalidad, imparcialidad y rendición de cuentas. CONDUCTAS

I. Comunicar los riesgos asociados al cumplimiento de metas y objetivos del Sistema, así como los relacionados con actos de

corrupción y posibles faltas administrativas y posibles irregularidades que afecten los recursos económicos públicos.

II. Participar en el diseño o actualización de las políticas o

procedimientos necesarios en materia de control interno. III. Generar, comunicar y actualizar información financiera,

presupuestaria y de operación completa, clara, precisa y con el

soporte debido. IV. Supervisar los planes, programas o proyectos a su cargo.

V. Revisar las actividades y el cumplimiento de las funciones de las y los servidores públicos de igual o menor jerarquía.

VI. Salvaguardad documentos e información que se deban

conservar por su importancia o aspectos técnicos, jurídicos, económicos o de seguridad.

VII. Adoptar en todo momento, mejores prácticas y procesos para

evitar la corrupción y prevenir cualquier conflicto de interés. VIII. Está prohibido inhibir las propuestas que sean de beneficio

para superar deficiencias de operación, procesos, calidad de trámites y servicios, o de comportamiento ético de las y los servidores públicos.

IX. Evitar eludir el establecimiento de estándares o protocolos de actuación en trámites o servicios de atención directa al público

o dejar de observar los previstos por las instancias competentes.

10.11 PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO.

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RESPONSABILIDAD Participación en los procedimientos administrativos en el ejercicio de

su empleo, cargo, comisión o función, fomentando la cultura de denuncia, respeto a las formalidades del procedimiento y la salvaguarda de la garantía de audiencia.

CONDUCTAS

I. Colaborar en todo momento cuando exista un procedimiento

administrativo en el que sea parte la o el servidor público y/o tenga conocimiento de éste.

II. Informar, declarar o testificar sobre hechos que le consten a la o el servidor público, relacionados con conductas contrarias a la normatividad, así como al Código de Ética, Código de

Conducta y Reglas de Integridad. III. Proporcionar la documentación o información de los casos en

que se tenga conocimiento de algún probable procedimiento administrativo o hecho de corrupción al Comité de Ética o la instancia competente.

IV. Observar y aplicar en todo momento los criterios de legalidad, imparcialidad, objetividad y discreción en los asuntos que se tenga conocimiento y que impliquen la contravención a la

normatividad, el Código de Ética, el Código de Conducta y las Reglas de Integridad del SMDIF de Metepec.

V. Está prohibido negar la información o documentación que esté relacionado con un procedimiento administrativo o con posibles hechos de corrupción.

10.12 DESEMPEÑO CON INTEGRIDAD.

RESPONSABILIDAD

Actuación legal, imparcial, objetiva, transparente, certera, de cooperación, ética y de integridad en el desempeño del empleo, cargo, comisión o función.

CONDUCTAS

I. Actuar con trato digno y cordial, conforme a los protocolos de actuación o atención al público, y de cooperación entre las y los servidores públicos de igual, menor o mayor jerarquía.

II. Atender de forma rápida y expedita cualquier trámite o servicio.

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III. Brindar información y documentación que tengan como finalidad el acceso a la información pública.

IV. Conducir su actuación pública con criterios de sencillez, austeridad y uso adecuado de bienes y medios que disponga la o el servidor público.

V. Está prohibido realizar cualquier tipo de discriminación entre las y los servidores públicos y el ciudadano en general.

VI. Está prohibido ocultar información inherente a su cargo o

comisión u obstaculizar cualquier procedimiento. VII. Está prohibido recibir, solicitar o aceptar cualquier tipo de

compensación, dádiva, obsequio o regalo en la gestión y otorgamiento de trámites y servicios.

VIII. Está prohibido omitir excusarse cuando exista un conflicto de

intereses. IX. Está prohibido aceptar documentación sin que reúnan los

requisitos solicitados para la tramitación de los servicios que presta el SMDIF de Metepec.

10.13 COOPERACIÓN CON INTEGRIDAD. RESPONSABILIDAD

El desempeño de las funciones debe prever la cooperación de las distintas unidades administrativas del Sistema con las instancias

encargadas de velar por la observancia de los principios y valores intrínsecos a la función pública, en el fortalecimiento de la cultura ética y de servicio a la sociedad.

CONDUCTAS

I. Detectar áreas sensibles o vulnerables a la corrupción.

II. Identificar posibles fallas en el área que se desempeña la o el servidor público.

III. Proponer, en su caso, adoptar cambios a las estructuras y procesos a fin de inhibir ineficiencias, conductas antiéticas y posibles actos de corrupción.

IV. Recomendar, diseñar y establecer mejores prácticas a favor del servicio público.

V. Está prohibido no aplicar las recomendaciones, acciones de mejora, implementaciones o aquellas medidas que sean de beneficio para el cumplimiento de funciones o sean tendientes

a eliminar posibles actos de corrupción.

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10.14 COMPORTAMIENTO DIGNO.

RESPONSABILIDAD Conducirse en el desempeño de su cargo o comisión en forma digna

sin proferir expresiones, adoptar comportamientos, usar lenguaje o realizar acciones de hostigamiento o acoso sexual, manteniendo en todo momento una actitud de respeto hacia las personas con las que

se tiene una relación en la actuación pública.

CONDUCTAS I. Actuar de forma digna y decorosa durante el desempeño de sus

funciones, respetando los derechos humanos de las personas

que lo rodean y salvaguardando el respeto por la dignidad del ser humano.

II. Ejercer sus funciones con respeto y tolerancia para las y los servidores públicos con igual, mayor o menor jerarquía.

III. Está prohibido realizar señales sexualmente sugerentes con las

manos o a través de los movimientos del cuerpo, así como tener contacto físico sugestivo o de naturaleza sexual, como tocamientos, abrazos, besos, manoseos o jalones.

IV. Está prohibido hacer regalos, dar preferencias indebidas o notoriamente diferentes o manifestar abiertamente o de una

manera indirecta el interés sexual por una persona. V. Está prohibido obligar a las y los servidores públicos a la

realización de actividades que no son de su competencia u otras

medidas disciplinarias en represalia por rechazar proposiciones de carácter sexual.

VI. Está prohibido expresar insinuaciones, invitaciones, favores o

propuestas a citas o encuentros de carácter sexual; así como condicionar la prestación de un trámite o servicio a cambio de

sostener conductas sexuales de cualquier naturaleza. VII. Está prohibido realizar comentarios, burlas o bromas

sugerentes respecto de la vida sexual de las y los servidores

públicos o de otra persona, así como exhibir o enviar a través de algún medio de comunicación carteles, calendarios,

mensajes, fotos, afiches, ilustraciones u objetos con imágenes o estructuras de naturaleza sexual, no deseadas ni solicitadas por la persona receptora, así como aquellas que sean pertenecientes

y partícipe a algún servidor público sin su consentimiento; o de

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cualquier otro medio visual o sonoro que atente contra la imagen del SMDIF de Metepec.

VIII. Está prohibido expresar insultos o humillaciones de naturaleza sexual o de cualquier índole, difundir rumores o cualquier otro tipo de información sobre la vida sexual o personal de alguna

persona o servidor público. IX. Está prohibido mostrar deliberadamente partes íntimas del

cuerpo a una o varias personas en el horario laboral o en la

ejecución de alguna comisión, así como en los inmuebles que ocupan las diversas dependencias del Sistema.

X. Realizar actos inmorales dentro de las instalaciones del Sistema como tocamientos, escarceos, manoseos y actos denigrantes.

10.15 DESARROLLO PERMANENTE E INTEGRAL.

RESPONSABILIDAD Participar en cursos, talleres, pláticas, conferencias, capacitaciones

o cualquier actividad que implique una profesionalización para el desarrollo de la actuación en el servicio público, que permitan la actualización constante y permanente.

CONDUCTAS I. Asistir puntualmente a los cursos, talleres, pláticas,

conferencias, capacitaciones o cualquier actividad similar que

implique una profesionalización puntualmente, sin importar el día o la hora de su celebración.

II. Brindar capacitaciones, en su caso, al personal que así lo

requiera y se encuentre dentro de su área del conocimiento. III. Mantener actualizados los conocimientos del cargo o comisión

que se ha conferido, para el desarrollo óptimo de las funciones que se desempeñan.

IV. Brindar facilidades para que se puedan llevar a cabo las

actividades de capacitación, actualización y profesionalización de las y los servidores públicos.

V. No obstaculizar, impedir, interrumpir o cancelar los cursos, talleres, pláticas, conferencias, capacitaciones o cualquier actividad similar en los que se intervienen, sin causa

justificada.

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10.16 USO Y CUIDADO DE LOS RECURSOS.

RESPONSABILIDAD Las instalaciones, el inmobiliario, los recursos financieros y los

recursos humanos son de uso exclusivo para cumplir con las actividades propias de la dependencia.

CONDUCTAS

I. Utilizar los recursos asignados únicamente para el cumplimiento de las funciones o comisiones de las y los servidores públicos, considerando en todo momento la

racionalización, optimización y ahorro. II. Utilizar de manera responsable y adecuada los equipos de

cómputo, fotográfico, de impresoras, los medios de comunicación, teléfonos celulares, redes de internet, sistemas, software, entre otros.

III. Conservar y utilizar las instalaciones que ocupa la dependencia, debiendo dar aviso al superior jerárquico de cualquier falla en la estructura o del mobiliario asignado.

IV. Conservar y utilizar adecuadamente el mobiliario asignado para el cumplimiento de las funciones, dando buen uso, mantener

en buen estado y dar aviso al superior jerárquico de cualquier falla en el mobiliario.

V. No hacer uso indebido de las instalaciones, mobiliario, equipos

de cómputo, software, sistemas, entre otros; que sean asignados para el desempeño de las funciones encomendadas.

VI. No utilizar los recursos e instalaciones de forma ilícita, para

fines que beneficien o perjudiquen a terceros, partidos políticos, asociaciones civiles, personas físicas o jurídico colectivas, que

violenten la ley o causen un beneficio propio.

10.17 TOMA DE DECISIONES.

RESPONSABILIDAD

Todas las decisiones que el servidor público tome durante su actuación pública, deben apegarse siempre a la Ley, a los valores y principios contenidos en el Código de Ética de los Servidores Públicos

de la Administración 2019-2021 del Municipio de Metepec.

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CONDUCTAS I. Decidir con honestidad, honradez, congruencia, lealtad y

transparencia, buscando en todo momento el cumplimiento de los objetivos de la institución y evitar cualquier acto de corrupción.

II. Actuar con justicia, igualdad e integridad, cumpliendo en todo momento con lo establecido por la ley y las normas aplicables a cada caso en concreto.

III. Agilizar la toma de decisiones, evitando en todo momento entorpecer o dificultar los trámites o asuntos que son

responsabilidad de cada servidor público. IV. Respetar y acatar las determinaciones que tomen las y los

servidores públicos con rango superior jerárquico.

V. No tomar decisiones en el ejercicio de sus funciones si no se cuenta con la facultad o autorización para hacerlo.

VI. No evadir la responsabilidad por las acciones que se tomen en algún caso en particular, o que puedan ser obstáculo para su realización.

VII. No conceder preferencias o privilegios a terceros, sin importar quien sea.

VIII. No hacer distinciones por motivos personales o por diferencia

de preferencias sexuales, religiosas, económicas, profesionales, entre otras.

10.18 TRANSPARENCIA Y RENDICIÓN DE CUENTAS.

RESPONSABILIDAD La actuación de las y los servidores públicos debe de ser clara, precisa, oportuna y suficiente a la ciudadanía cuando esta la requiera, así

como a las propias dependencias que derivado de sus funciones la requieran.

CONDUCTAS

I. Atender, dar seguimiento y respuesta oportuna e imparcial

dentro del actuar del servicio público en materia de información, transparencia y rendición de cuentas.

II. Cuidar y resguardar la información pública, reservada y confidencial que esté al alcance en el ejercicio de su función pública.

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III. Salvaguardar en todo momento la protección de datos personales de las y los servidores públicos en materia de acceso

a la información. IV. Contribuir en todo momento con el Sistema para la

instrumentación de mecanismos de rendición de cuentas.

V. Evitar obstaculizar las acciones o mecanismos empleados para la transparencia y rendición de cuentas.

VI. No utilizar la información que se resguarda o de la cual se tenga

conocimiento, derivado del cargo, con fines de represión, amenaza, parcialidad o cualquier otra actitud que no sea

objetiva y fundamentada.

10.19 CLIMA LABORAL.

RESPONSABILIDAD Las y los servidores públicos deben dirigirse con dignidad y respeto hacia todos sus compañeros o el personal que labore dentro del

Sistema, promoviendo todo el tiempo el trato amable, cordial, equitativo y sin ningún tipo de discriminación.

CONDUCTAS I. Propiciar un ambiente libre de violencia machista, libre de

violencia y acoso físico o psicológico. II. Mantener relaciones laborales preservando el respeto, trato

digno y la cordialidad.

III. Fomentar el trabajo en equipo sin importar el nivel jerárquico o la función que desempeñan para la consecución de objetivos institucionales.

IV. Denunciar la violencia física o psicológica, el acoso cuando se tenga conocimiento de ellas ante las autoridades

correspondientes. V. En toda la actuación pública dirigirse con respeto hacia

cualquier persona, sin importar sean servidores públicos o no.

VI. Brindar buen trato y respeto a las pertenencias de los colaboradores de todo el Sistema, así como los bienes de ésta.

VII. Está prohibido amenazar, agredir o abusar del cargo que ostente cada servidor público.

VIII. Evitar provocar conflictos entre los compañeros del Sistema.

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IX. Está prohibido realizar actos de violencia física o psicológica que atenten en contra de la dignidad, integridad física y emocional

de algún compañero de trabajo o del propio Sistema. X. Evitar denigrar la libre expresión de ideas u opiniones de los

demás servidores públicos.

10.20 RESPETO A LOS DERECHOS HUMANOS.

RESPONSABILIDAD Privilegiar los derechos humanos tanto de las y los servidores públicos

que laboren en el Sistema, así como de aquellos usuarios que acudan por algún trámite o servicio.

CONDUCTAS I. Actuar conforme a lo establecido por la Constitución Política de

los Estados Unidos Mexicanos, así como los Tratados Internacionales en materia de Derechos Humanos.

II. Incluir acciones que favorezcan los derechos humanos.

III. Garantizar en todo momento la aplicación de los derechos humanos en la actuación pública.

IV. No condicionar al personal los derechos y prestaciones que

otorga el Sistema. V. Evitar utilizar lenguaje que fomente el perjuicio de la dignidad

de la persona humana. VI. Evitar utilizar sobre nombres, palabras altisonantes, o

cualquier forma que pueda lacerar la dignidad de algún servidor

público del Sistema.

10.21 IGUALDAD Y NO DISCRIMINACIÓN.

RESPONSABILIDAD Incorporar los principios de equidad de género, igualdad entre mujeres y hombres en la actuación pública, con el propósito de

eliminar prejuicios y estereotipos discriminatorios.

CONDUCTAS I. Incluir acciones que favorezcan la equidad entre mujeres y

hombres.

II. Impulsar en todo momento el trato equitativo entre hombres y mujeres.

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III. Propiciar acciones para el desarrollo igualitario entre las y los servidores públicos sin importar sexo, edad, condición física o

mental, estado de salud u otro. IV. Utilizar lenguaje incluyente para la comunicación adecuada. V. Fomentar el acceso a oportunidades de desarrollo sin

discriminación. VI. Está prohibido realizar cualquier acto de acoso u hostigamiento

sexual o laboralmente con los compañeros del Sistema.

VII. Evitar utilizar lenguaje sexista que fomente estereotipos o prejuicios y genere desigualdades entre mujeres y hombres.

10.22 ENTORNO CULTURAL Y ECOLÓGICO

RESPONSABILIDAD Implementar y desarrollar acciones de protección al medio ambiente,

evitar acciones que pongan en riesgo la salud, seguridad e integridad de las y los servidores públicos, así como el fomento a su cuidado.

CONDUCTAS

I. No fumar dentro de los inmuebles destinados para el ejercicio

de funciones de las y los servidores públicos. II. No ingerir o inhalar sustancias tóxicas o psicotrópicas y bebidas

alcohólicas en los inmuebles del municipio ni durante el ejercicio de sus funciones.

III. Utilizar racional y moderadamente el agua, energía eléctrica,

papel, y cualquier otro insumo que se encuentre dentro de la dependencia que sea de beneficio para las y los servidores públicos.

IV. Reportar al área responsable sobre cualquier falla o desperfecto que se presente en el área de trabajo.

V. Rehusar el material, que por su naturaleza lo permita, tantas veces sea necesario.

VI. Mantener limpio y organizada el área de trabajo.

VII. Colaborar con las acciones que implemente protección civil, respetando en todo momento las instrucciones que emanen de

ésta. VIII. Evitar acciones que pongan en riesgo el medio ambiente, la

salud y seguridad propia de las y los servidores públicos.

IX. Evitar bloquear accesos, rampas para discapacitados, rutas de evacuación y señalizaciones de protección civil, así como zonas

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de seguridad que sean de utilidad para salvaguardar la integridad de las y los servidores públicos.

X. Está prohibido introducir, portar o accionar armas de fuego, armas blancas, o cualquier otra que ponga en riesgo a las y los servidores públicos que laboran en la institución, salvo se

cuenten con las autorizaciones y permisos por la autoridad competente.

10.23 CONFLICTO DE INTERESES.

RESPONSABILIDAD Reconocer la existencia de un interés laboral, personal, profesional,

familiar o de negocios de las y los servidores públicos que pueda afectar su desempeño imparcial y objetivo de sus funciones en su actuación pública.

CONDUCTAS

I. Identificar y analizar la posibilidad de excusarse para desempeñar alguna actividad propia de sus funciones cuando exista un interés laboral, personal, profesional, familiar o de

negocios de las y los servidores públicos cuando su actuación pueda afectar el desempeño imparcial y objetivo de sus

funciones. II. Está prohibido realizar acción o actividad alguna encaminada a

realizar favores personales o a terceros fuera de la ley, derivado

de la función que se desempeña en el Sistema.

10.24 COOPERACIÓN.

RESPONSABILIDAD

Acciones que incentiven la participación en las actividades que se desarrollan en el Sistema, contemplando las que se deriven del desempeño propio de cada una de las responsabilidades asignadas

por el desempeño de funciones, así como de aquellas que aunque no estén asignadas directamente y sean fundamentales para el

cumplimiento de metas y objetivos que deriven en el correcto funcionamiento del Sistema.

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CONDUCTAS

• Ayudar a las y los servidores públicos que tengan dificultades para lograr el desarrollo integral del Sistema.

• Identificar, analizar y aplicar estrategias integrales eficaces y eficientes para la consecución de metas y objetivos del Sistema.

• Coadyuvar en las actividades propias del área al que las y los servidores públicos se encuentren adscritos, así como las del Sistema en su conjunto.

• Colaborar en todas las actividades que tengan como finalidad el cumplimiento de metas y objetivos del Sistema.

• Evitar obstaculizar el trabajo de las los servidores públicos en el desempeño de la actuación pública.

• Abstenerse de coadyuvar en las actividades encaminadas al cumplimiento de metas u objetivos del Sistema, aun cuando no

sean atribuciones directas, pero que si correspondan al correcto funcionamiento del organismo.

10.25 LIDERAZGO.

RESPONSABILIDAD Función que ocupan las y los servidores públicos de igual o superior nivel jerárquico, con la finalidad de tomar decisiones acertadas en

beneficio del Sistema y lograr la consecución de metas y objetivos. CONDUCTAS

I. Participar en las actividades que deriven de la delegación de funciones emanadas de los ordenamientos legales.

II. Tomar decisiones acertadas en el desempeño de sus funciones y atribuciones en el servicio público.

III. Inspirar y ser modelo de las y los servidores públicos para que

éstos participen con la finalidad de alcanzar las metas y objetivos del Sistema.

IV. Fomentar el debate y la discusión en la institución, partiendo de criterios fundamentados siempre y cuando sea para aportar a las metas y objetivos del Sistema.

V. Mantener una actualización constante sobre las actividades que se desarrollan en el área de trabajo en la actuación pública.

VI. Identificar y analizar las situaciones productivas de la

administración para estar a la vanguardia con las necesidades de la ciudadanía.

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VII. Está prohibido tomar decisiones por cuenta propia sin consulta y justificación de éstas.

VIII. Evitar la pérdida de tiempo entre los servidores públicos adscritos a un área o con otras áreas.

IX. Evitar ser irreverente con las y los servidores públicos de igual

o superior nivel jerárquico. X. Evitar hacer alusión, o hablar sin fundamento, denostar y

denigrar a las autoridades y los propios compañeros que

laboran en el Sistema. XI. Guardar y respetar el secreto profesional.

XII. No difundir imágenes, comentarios, audios que atente en contra de autoridades y compañeros de trabajo, en perjuicio de su persona y del propio SMDIF de Metepec.

XIII.

11. INSTANCIAS COMPETENTES Y SANCIONES

Las instancias competentes para resolver sobre lo no previsto en el presente ordenamiento, así como para conocer del incumplimiento de Código de Conducta son:

I. El Comité de Ética del SMDIF, en su carácter de instancia preventiva,

el cual podrá emitir recomendaciones encaminadas a mejorar el clima organizacional y a evitar la reiteración de la o las conductas contrarias al contenido de este Código y del Código de Ética, y

II. El Órgano Interno de Control, será quien determinará si se actualiza una falta administrativa, sin perjuicio de las acciones que en derecho correspondan conforme a las leyes aplicables.

Todas las personas servidoras públicas adscritas al SMDIF de Metepec

deberán suscribir Carta Compromiso para el cumplimiento de los principios, valores y reglas de integridad del Código de Conducta durante el desempeño

de su empleo, cargo o comisión.

El incumplimiento a las disposiciones contenidas en el Código de Ética y del Código de Conducta, será sancionado por el Órgano Interno de Control del SMDIF y conforme al procedimiento previsto en la Ley de Responsabilidades

Administrativas del Estado de México y Municipios, y demás disposiciones legales aplicables.

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12. TRANSITORIOS

PRIMERO. Publíquese en el Órgano Oficial de Información “Gaceta Municipal”.

SEGUNDO. El Código de Conducta del SMDIF de Metepec entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la “Gaceta Municipal”.

TERCERO. Se abroga el Código de Conducta del Organismo Público

Descentralizado de Asistencia Social, de Carácter Municipal, Denominado Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia del Municipio de Metepec, Estado de México 2016-2018, publicado en Gaceta Municipal No. 75

del 02 de septiembre de 2016.

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FUNDAMENTO DE LA PUBLICACIÓN

La presente tiene como antecedente la solicitud de la Directora General del Sistema

Municipal DIF de Metepec, México, suscrita mediante el oficio DIF/DG-1016/2019.

Sirve de fundamento lo dispuesto por los artículos 91 fracción XIII, de la Ley Orgánica

Municipal del Estado de México; 1.27, 1.28, 1.29, 1.32, 1.33 fracción II y 1.34, del

Código de Reglamentación Municipal de Metepec, Estado de México 2019.

M. en A. P. Raymundo Guzmán Corroviñas

Secretario del Ayuntamiento

(Rúbrica)

Integrantes del H. Ayuntamiento de Metepec, México

Gabriela Gamboa Sánchez

Presidenta Municipal Constitucional

Ricardo Rosales Gómez

Síndico Municipal

Ilze Eugenia Torres Enríquez

Primera Regidora

Oscar Alejandro González Márquez

Segundo Regidor

María del Consuelo Estrada Plata

Tercera Regidora

Héctor Vázquez García

Cuarto Regidor

Araceli Sánchez Sánchez

Quinta Regidora

Jorge Enrique Trujillo Gómez

Sexto Regidor

Hilda Camacho Arzate

Séptima Regidora

María Luisa García Colín

Octava Regidora

Alejandro Rodrigo Falcón Pérez

Noveno Regidor

Paola Sandoval Martínez

Décima Regidora

Alejandro de Jesús Acevedo Esquivel

Décimo Primer Regidor

María del Carmen Camacho Lira

Décima Segunda Regidora

María de las Mercedes Bravo Álvarez Malo

Décima Tercera Regidora

Raymundo Guzmán Corroviñas

Secretario del Ayuntamiento