briones josé miguel controvercia familiar

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GÓMEZ, GARCÍA Y ASOCIADOS. DESPACHO JURÍDICO. IGNACIO ZARAGOZA No. 61 COL. BENITO JUÁREZ BARRÓN, CD. NICOLÁS ROMERO TEL. 044 55 15 32 74 25. BRIONES CASTAÑEDA JOSÉ MIGUEL VS. CHRISTIAN ALLIETE BALLEZA RODRÍGUEZ_ CONTROVERSIA DE ORDEN FAMILIAR EXPEDIENTE 254/2007 C. JUEZ TERCERO DE LO FAMILIAR DE CUAUTITLÁN, IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO. JOSÉ MIGUEL BRIONES CASTAÑEDA, promoviendo por mi propio derecho, y con la personalidad que tengo debidamente acreditada en los autos el juicio que se cita al rubro, ante Usted con el debido respeto comparezco y expongo: Que por medio del presente escrito y en virtud del estado que guardan los presentes autos, toda vez que la contraria ha hecho hasta lo imposible para dilatar el procedimiento, como se puede apreciar en las últimas actuaciones, ya que después de haber recibido el exhorto en fecha 12 de noviembre del año en curso, para realizar la única diligencia pendiente, de dicho exhorto hasta la fecha no hay constancia alguna en autos de que haya sido presentada para su diligenciación, ante el Juez de lo Familiar en Turno de Atizapán de Zaragoza, Estado de México, razón por la cual se solicita se requiera a la parte demandada para que exhiba el acuse de recibo del exhorto que se dejó a su disposición o en su caso manifieste la razón por la que no se ha diligenciado el miso, a efecto de poder continuar con el procedimiento, solicitando se aperciba a la parte contraria de la aplicación de alguna de las medidas de apremio que considere su Señoría a efecto de que se abstenga de dilatar más el presente juicio. Por lo anteriormente expuesto y fundado; A USTED C. JUEZ, atentamente pido se sirva: ÚNICO.- Tenerme por presentado en los términos del presente escrito, acordando de conformidad lo solicitado en el cuerpo del mismo, solicitando se requiera a la parte demandada para que exhiba el acuse de recibo del exhorto que se dejó a su disposición o en su caso manifieste la razón por la que no se ha diligenciado el miso, a efecto de poder continuar con el procedimiento, solicitando se aperciba a la parte contraria de

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Page 1: Briones José Miguel Controvercia Familiar

GÓMEZ, GARCÍA Y ASOCIADOS.DESPACHO JURÍDICO.

IGNACIO ZARAGOZA No. 61 COL. BENITO JUÁREZ BARRÓN, CD. NICOLÁS ROMERO TEL. 044 55 15 32 74 25.

BRIONES CASTAÑEDA JOSÉ MIGUEL VS.

CHRISTIAN ALLIETE BALLEZA RODRÍGUEZ_CONTROVERSIA DE ORDEN FAMILIAR EXPEDIENTE 254/2007

C. JUEZ TERCERO DE LO FAMILIAR DECUAUTITLÁN, IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO.

JOSÉ MIGUEL BRIONES CASTAÑEDA, promoviendo por mi propio derecho, y con la personalidad que tengo debidamente acreditada en los autos el juicio que se cita al rubro, ante Usted con el debido respeto comparezco y expongo:

Que por medio del presente escrito y en virtud del estado que guardan los presentes autos, toda vez que la contraria ha hecho hasta lo imposible para dilatar el procedimiento, como se puede apreciar en las últimas actuaciones, ya que después de haber recibido el exhorto en fecha 12 de noviembre del año en curso, para realizar la única diligencia pendiente, de dicho exhorto hasta la fecha no hay constancia alguna en autos de que haya sido presentada para su diligenciación, ante el Juez de lo Familiar en Turno de Atizapán de Zaragoza, Estado de México, razón por la cual se solicita se requiera a la parte demandada para que exhiba el acuse de recibo del exhorto que se dejó a su disposición o en su caso manifieste la razón por la que no se ha diligenciado el miso, a efecto de poder continuar con el procedimiento, solicitando se aperciba a la parte contraria de la aplicación de alguna de las medidas de apremio que considere su Señoría a efecto de que se abstenga de dilatar más el presente juicio.

Por lo anteriormente expuesto y fundado;

A USTED C. JUEZ, atentamente pido se sirva:

ÚNICO.- Tenerme por presentado en los términos del presente escrito, acordando de conformidad lo solicitado en el cuerpo del mismo, solicitando se requiera a la parte demandada para que exhiba el acuse de recibo del exhorto que se dejó a su disposición o en su caso manifieste la razón por la que no se ha diligenciado el miso, a efecto de poder continuar con el procedimiento, solicitando se aperciba a la parte contraria de la aplicación de alguna de las medidas de apremio que considere su Señoría a efecto de que se abstenga de dilatar más el presente juicio.

PROTESTO LO NECESARIO

JOSÉ MIGUEL BRIONES CASTAÑEDA

LIC. MARIA ISABEL GARCÍA SALAZARCED. PROF. 1039735.

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GÓMEZ, GARCÍA Y ASOCIADOS.DESPACHO JURÍDICO.

IGNACIO ZARAGOZA No. 61 COL. BENITO JUÁREZ BARRÓN, CD. NICOLÁS ROMERO TEL. 044 55 15 32 74 25.

BRIONES CASTAÑEDA JOSÉ MIGUEL VS.

CHRISTIAN ALLIETE BALLEZA RODRÍGUEZ_CONTROVERSIA DE ORDEN FAMILIAR EXPEDIENTE 254/2007

C. JUEZ TERCERO DE LO FAMILIAR DECUAUTITLÁN, IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO.

JOSÉ MIGUEL BRIONES CASTAÑEDA, promoviendo por mi propio derecho, y con la personalidad que tengo debidamente acreditada en los autos el juicio que se cita al rubro, ante Usted con el debido respeto comparezco y expongo:

Que por medio del presente escrito y en virtud del estado que guardan los presentes autos, vengo ante su Señoría a manifestar bajo protesta de decir verdad que en las Sucursales Bancarias no hay formas de billete de depósito para realizar el depósito de la pensión alimenticia a favor de mi menor hijo HÉCTOR FERNANDO BRIONES BALLEZA, informándome en dichas sucursales que tardará un mes aproximadamente en que tenga de nuevo las formas de billetes de depósito, razón por la cual y a efecto de no incurrir en incumplimiento de mis obligaciones, exhibo en efectivo la cantidad de $ 1,300.00 (UN MIL TRESCIENTOS PESOS 00/100 M. N), misma que corresponde a la pensión alimenticia del mes de septiembre del año en curso, solicitando sea puesto a disposición de la señora CHRISTIAN ALLIETE BALLEZA RODRÍGUEZ, la cantidad mencionada.

Así mismo y hecho lo anterior solicito me sean expedidas copias certificadas del presente escrito y del auto que le recaiga, por serme necesarias para exhibidas como prueba en juicio distinto..

Por lo anteriormente expuesto y fundado;

A USTED C. JUEZ, atentamente pido se sirva:

PRIMERO.- Tenerme por presentado en los términos del presente escrito, acordando de conformidad lo solicitado en el cuerpo del mismo, teniendo por exhibida la cantidad que se menciona por concepto de la pensión alimenticia correspondiente al mes de septiembre del año en curso, y ordenando sea puesta a disposición de la señora CHRISTIAN ALLIETE BALLEZA RODRÍGUEZ, la cantidad que se menciona.

SEGUNDO.- Ordenar a quien corresponda me sean expedidas las

copias certificadas que solicito por los motivos expuestos. .

PROTESTO LO NECESARIO

JOSÉ MIGUEL BRIONES CASTAÑEDA

LIC. MARIA ISABEL GARCÍA SALAZARCED. PROF. 1039735.

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IGNACIO ZARAGOZA No. 61 COL. BENITO JUÁREZ BARRÓN, CD. NICOLÁS ROMERO TEL. 044 55 15 32 74 25.

BRIONES CASTAÑEDA JOSÉ MIGUEL VS.

CHRISTIAN ALLIETE BALLEZA RODRÍGUEZ_CONTROVERSIA DE ORDEN FAMILIAR EXPEDIENTE 254/2007.

C. JUEZ TERCERO DE LO FAMILIAR DECUAUTITLÁN, IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO.

JOSÉ MIGUEL BRIONES CASTAÑEDA, promoviendo por mi propio derecho, y con la personalidad que tengo debidamente acreditada en los autos el juicio que se cita al rubro, ante Usted con el debido respeto comparezco y expongo:

Que por medio del presente escrito y en virtud del estado que guardan los presentes autos, vengo ante su Señoría a manifestar bajo protesta de decir verdad que en las Sucursales Bancarias no hay formas de billete de depósito para realizar el depósito de la pensión alimenticia a favor de mi menor hijo HÉCTOR FERNANDO BRIONES BALLEZA, informándome en dichas sucursales que tardará un mes aproximadamente en que tenga de nuevo las formas de billetes de depósito, razón por la cual y a efecto de no incurrir en incumplimiento de mis obligaciones, exhibo en efectivo la cantidad de $ 1,300.00 (UN MIL TRESCIENTOS PESOS 00/100 M. N), misma que corresponde a la pensión alimenticia del mes de agosto del año en curso, solicitando sea puesto a disposición de la señora CHRISTIAN ALLIETE BALLEZA RODRÍGUEZ, la cantidad mencionada.

Así mismo y hecho lo anterior solicito me sean expedidas copias certificadas del presente escrito y del auto que le recaiga, por serme necesarias para exhibidas como prueba en juicio distinto..

Por lo anteriormente expuesto y fundado;

A USTED C. JUEZ, atentamente pido se sirva:

PRIMERO.- Tenerme por presentado en los términos del presente escrito, acordando de conformidad lo solicitado en el cuerpo del mismo, teniendo por exhibida la cantidad que se menciona por concepto de la pensión alimenticia correspondiente al mes de agosto del año en curso, y ordenando sea puesta a disposición de la señora CHRISTIAN ALLIETE BALLEZA RODRÍGUEZ, la cantidad que se menciona.

SEGUNDO.- Ordenar a quien corresponda me sean expedidas las

copias certificadas que solicito por los motivos expuestos. .

PROTESTO LO NECESARIO

JOSÉ MIGUEL BRIONES CASTAÑEDA

LIC. MARIA ISABEL GARCÍA SALAZARCED. PROF. 1039735.

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IGNACIO ZARAGOZA No. 61 COL. BENITO JUÁREZ BARRÓN, CD. NICOLÁS ROMERO TEL. 044 55 15 32 74 25.

BRIONES CASTAÑEDA JOSÉ MIGUEL VS.

CHRISTIAN ALLIETE BALLEZA RODRÍGUEZ_CONTROVERSIA DE ORDEN FAMILIAR EXP. 254/2007

C. JUEZ TERCERO DE LO FAMILIAR DE CUAUTITLÁN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO.

JOSÉ MIGUEL BRIONES CASTAÑEDA, promoviendo por mi propio derecho, y con la personalidad que tengo debidamente acreditada en los autos el juicio que se cita al rubro, ante Usted con el debido respeto comparezco y expongo:

Que por medio del presente escrito y en virtud del estado que guardan los presentes autos, vengo a solicitar me sean expedidas a mi costa copias certificadas de mi escrito presentado en fecha cuatro de junio del año en curso, así como del auto que le recayó, por serme necesarias para exhibidas como prueba dentro de la averiguación previa ATI/II/136/2009, radicada en la Agencia Especializada en Violencia Intrafamiliar y Sexual de Atizapán de Zaragoza, Estado de México.

Por lo anteriormente expuesto y fundado;

A USTED C. JUEZ, atentamente pido se sirva:

ÚNICO.- Tenerme por presentado en los términos del presente escrito, acordando de conformidad lo solicitado en el cuerpo del mismo ordenando me sean expedidas a mi costa las copias certificadas que solicito por los motivos expuestos.

PROTESTO LO NECESARIO

JOSÉ MIGUEL BRIONES CASTAÑEDA

LIC. MARIA ISABEL GARCÍA SALAZARCED. PROF. 1039735.Número de registro 8309.

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IGNACIO ZARAGOZA No. 61 COL. BENITO JUÁREZ BARRÓN, CD. NICOLÁS ROMERO TEL. 044 55 15 32 74 25.

BRIONES CASTAÑEDA JOSÉ MIGUEL VS.

CHRISTIAN ALLIETE BALLEZA RODRÍGUEZ_CONTROVERSIA DE ORDEN FAMILIAR EXHORTO 74/2009

C. JUEZ QUINTO DE LO FAMILIAR DETLALNEPANTLA, CON RESIDENCIA EN ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO.

JOSÉ MIGUEL BRIONES CASTAÑEDA, promoviendo por mi propio derecho, y con la personalidad que tengo debidamente acreditada en los autos el juicio que se cita al rubro, ante Usted con el debido respeto comparezco y expongo:

Que por medio del presente escrito y en virtud del estado que guardan los presentes autos, toda vez que según se desprende de la razón asentada por el notificador del Juzgado de fecha 19 de marzo del año en curso, la demandada CHRISTIAN ALLIETE BALLEZA RODRÍGUEZ, no espero en su domicilio para hacer la entrega de mi menor hijo a efecto de poder realizar la convivencia, según lo ordenado por el Juez exhortante, lo que constituye una desobediencia a una orden de carácter Judicial, es por lo que solicito se le haga efectivo el apercibimiento dictado en autos y se le aplique la medida de apremio que estime necesaria su Señoría.

Por lo anteriormente expuesto y fundado;

A USTED C. JUEZ, atentamente pido se sirva:

PRIMERO.- Tenerme por presentado en los términos del presente escrito, acordando de conformidad lo solicitado en el cuerpo del mismo, ordenando se le haga efectivo el apercibimiento dictado en autos y se le aplique la medida de apremio que estime necesaria su Señoría.

SEGUNDO.- Ordenar pasen los autos al Notificador del Juzgado para que se constituya en el domicilio de la demandada CHRISTIAN ALLIETE BALLEZA RODRÍGUEZ, para que le sea notificada del auto en el que se ordene espere al suscrito y entregue a nuestro menor hijo y se lleve a cabo la convivencia familiar pactada, señalada para el día 02 de abril del año en curso.

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PROTESTO LO NECESARIO

JOSÉ MIGUEL BRIONES CASTAÑEDA

LIC. MARIA ISABEL GARCÍA SALAZARCED. PROF. 1039735.

GÓMEZ, GARCÍA Y ASOCIADOS.DESPACHO JURÍDICO.

IGNACIO ZARAGOZA No. 61 COL. BENITO JUÁREZ BARRÓN, CD. NICOLÁS ROMERO TEL. 044 55 15 32 74 25.

BRIONES CASTAÑEDA JOSÉ MIGUEL VS.

CHRISTIAN ALLIETE BALLEZA RODRÍGUEZ_CONTROVERSIA DE ORDEN FAMILIAR EXP. 254/2007

C. JUEZ TERCERO DE LO FAMILIAR DE CUAUTITLÁN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO.

JOSÉ MIGUEL BRIONES CASTAÑEDA, promoviendo por mi propio derecho, y con la personalidad que tengo debidamente acreditada en los autos el juicio que se cita al rubro, ante Usted con el debido respeto comparezco y expongo:

Que por medio del presente escrito y en virtud del estado que guardan los presentes autos, toda vez que según se desprende de las actuaciones, ya se ha ordenado la aplicación de una medida de apremio para la demandada CHRISTIAN ALLIETE BALLEZA RODRÍGUEZ, y a la fecha no se ha girado el oficio respectivo para el cobro de la multa impuesta, solicito se ordene a quien corresponda girar dicho oficio a la Autoridad Administrativa correspondiente para que se haga efectiva la medida de apremio impuesta a la contraria, y de ser posible me sea entregado el oficio en mención para hacerlo llegar a la Autoridad destinataria.

Por otro lado y toda vez que según se desprende de la razón asentada por el Notificador del Juzgado Quinto de lo Familiar de Atizapán de Zaragoza México, que fue exhortado, en el sentido de que no se pudo dar cumplimiento a lo ordenado por su Señoría porque no se pudo localizar a la demandada CHRISTIAN ALLIETE BALLEZA RODRÍGUEZ, para que se llevará a cabo la convivencia familiar en los términos del convenio que se tiene celebrado, razón por la cual solicito se gire nuevo exhorto al C. Juez de lo Familiar en Turno en Atizapán de Zaragoza, Estado de México, para que se lleve a cabo la convivencia familiar, anexando al efecto copias certificadas del convenio celebrado entre las partes en fecha 22 de mayo del año 2007, y precisando que la convivencia familiar que se solicita tendría que llevarse a cabo en los siguientes términos: Que el suscrito pueda recoger a mi menor hijo los próximos días cinco y diecinueve de marzo, así como el día dos de abril todos del año 2009, a las 13.00 horas, regresándolo al domicilio de la demandada a las 19.00 horas de los días indicados; así como para recogerlo los días 21 de marzo, cuatro y dieciocho de abril todos del año 2009, para recoger al menor a las 10.00 a.m., y regresarlo al domicilio de la demandada al día siguiente de cada fecha, es decir los días 22 de marzo, cinco y diecinueve de abril todos del año 2009, a las 11.00 a..m.; asimismo para la convivencia de sólo el día domingo, recoger a mi menor hijo en fechas 29, de marzo 12, y 26 de abril todos del año

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2009, a las 10.00 a. m. y regresarlo al domicilio de la demandada a las 7.00 p. m. del mismo día, ya que estas fechas son las que coinciden con el convenio celebrado entre las partes.

Por lo anteriormente precisado es por lo que solicito se dicte auto ordenando al Notificador del Juzgado notifique oportunamente a la demandada para que espere en su domicilio en las fechas señaladas y asimismo se constituya el propio Notificador en compañía del suscrito en el mencionado domicilio de la demandada, ubicado en Paseo de las Villas número 79, Fraccionamiento Villas de la Hacienda, Municipio de Atizapán de Zaragoza, Estado de México, para que inicialmente se le notifique de que debe esperar a su domicilio en las fechas antes señaladas para que el suscrito pueda llevar a cabo la convivencia familiar pactada y posteriormente se constituya en el mismo domicilio de la demandada y dé fe si se me permite o no la convivencia con mi menor hijo, en los términos, fechas y horarios señalados en el párrafo anterior

Por lo anteriormente expuesto y fundado;

A USTED C. JUEZ, atentamente pido se sirva:

PRIMERO.- Tenerme por presentado en los términos del presente escrito, acordando de conformidad lo solicitado en el cuerpo del mismo, ordenando a quien corresponda gire el oficio respectivo para que se haga efectiva la multa impuesta a la parte deemandada CHRISTIAN ALLIETE BALLEZA RODRÍGUEZ, como medida de apremio, y de ser posible se ordene me sea entregado dicho oficio para hacerlo llegar a la Autoridad aministrativa correspondiente.

SEGUNDO.- Ordenar pasen los autos al Notificador del Juzgado para que se constituya en el domicilio de la demandada CHRISTIAN ALLIETE BALLEZA RODRÍGUEZ, para que le sea notificada del auto en el que se ordene espere al suscrito a nuestro menor hijo y se lleve a cabo la convivencia familiar pactada, así mismo se ordene al mismo Notificador se constituya en compañía del suscrito en el domicilio de la demandada, en las fechas señaladas para que se lleve a cabo la convivencia familiar, a efecto de que de fe si se da cumplimiento a la convivencia familiar con mi menor hijo en los términos expresados en el cuerpo del presente ocurso.

TERCERO.- Dejar subsistente el apercibimiento decretado en auto de fecha 24 de octubre del año en curso, para que sea apercibida la demandada con la aplicación de una medida de apremio decretada por su Señoría en caso de seguir desobedeciendo las ordenes de su Señoría persistiendo en su negativa de dejarme convivir con mi menor hijo HÉCTOR FERNANDO BRIONES BALLEZA,

CUARTO.- Autorizar expresamente al Juez exhortado para la aplicación de las medidas de apremio correspondientes en caso de seguir desobedeciendo las ordenes de su Señoría por parte de la demandada, persistiendo en su negativa de dejarme convivir con mi menor hijo HÉCTOR FERNANDO BRIONES BALLEZA.

QUINTO.- Ordenar se gire atento exhorto con los insertos necesarios al C. Juez de lo Familiar en Turno en Tlalnepantla, con residencia en Atizapán de Zaragoza, Estado de México, para que se lleve a cabo lo acordado por su Señoría, concediendo el término de sesenta días para tener tiempo suficiente para diligenciar el exhorto que se ordene girar, así facultando al Juez exhortado para que habilite días y horas inhábiles en caso de ser necesario y acuerdo todo tipo de promociones tendientes a cumplimentar la diligenciación del exhorto.

PROTESTO LO NECESARIO

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JOSÉ MIGUEL BRIONES CASTAÑEDA

LIC. MARIA ISABEL GARCÍA SALAZARCED. PROF. 1039735.

GÓMEZ, GARCÍA Y ASOCIADOS.DESPACHO JURÍDICO.

IGNACIO ZARAGOZA No. 61 COL. BENITO JUÁREZ BARRÓN, CD. NICOLÁS ROMERO TEL. 044 55 15 32 74 25.

BRIONES CASTAÑEDA JOSÉ MIGUEL VS.

CHRISTIAN ALLIETE BALLEZA RODRÍGUEZ_CONTROVERSIA DE ORDEN FAMILIAR EXP. 254/2007

C. JUEZ TERCERO DE LO FAMILIAR DE CUAUTITLÁN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO.

JOSÉ MIGUEL BRIONES CASTAÑEDA, promoviendo por mi

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propio derecho, y con la personalidad que tengo debidamente acreditada en los autos el juicio que se cita al rubro, ante Usted con el debido respeto comparezco y expongo:

Que por medio del presente escrito y en virtud del estado que guardan los presentes autos, vengo a desahogar la vista que se me mandó dar por auto de fecha veintiséis de enero del año 2009, con el dictamen de valoración psicológica rendido por la Licenciada CLAUDIA GARCÍA MENDOZA, perito nombrado por este Tribunal, manifestando mi conformidad con los términos del mismo, para todos los efectos legales a que haya lugar.

Por lo anteriormente expuesto y fundado;

A USTED C. JUEZ, atentamente pido se sirva:

ÚNICO.- Tenerme por presentado en los términos del presente escrito, acordando de conformidad lo solicitado en el cuerpo del mismo, desahogando la vista que se me mandó dar con el dictamen de valoración psicológica rendido, manifestando mi conformidad con los términos del mismo, para todos los efectos legales a que haya lugar

PROTESTO LO NECESARIO

JOSÉ MIGUEL BRIONES CASTAÑEDA

LIC. MARIA ISABEL GARCÍA SALAZARCED. PROF. 1039735.

GÓMEZ, GARCÍA Y ASOCIADOS.DESPACHO JURÍDICO.

IGNACIO ZARAGOZA No. 61 COL. BENITO JUÁREZ BARRÓN, CD. NICOLÁS ROMERO TEL. 044 55 15 32 74 25.

BRIONES CASTAÑEDA JOSÉ MIGUEL VS.

CHRISTIAN ALLIETE BALLEZA RODRÍGUEZ_CONTROVERSIA DE ORDEN FAMILIAR EXP. 254/2007

C. JUEZ TERCERO DE LO FAMILIAR DE CUAUTITLÁN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO.

JOSÉ MIGUEL BRIONES CASTAÑEDA, promoviendo por mi propio derecho, y con la personalidad que tengo debidamente acreditada en los autos el juicio que se

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cita al rubro, ante Usted con el debido respeto comparezco y expongo:

Que por medio del presente escrito y en virtud del estado que guardan los presentes autos, toda vez que en el exhorto que se tiene que diligenciar se menciona que hay que dar cumplimiento al auto de fecha 24 de octubre del año 2008, y el mismo no fue transcrito en el cuerpo del exhorto que nos ocupa, por economía procesal vengo a exhibir copia certificada del mencionado auto así como del auto de fecha 23 de enero del presente año, en el que se ordena la expedición de dicha copia certificada para los efectos referidos; por lo que solicito se ordene agregarlo a los autos del exhorto para la diligenciación del mismo y se acuerde pasen los autos al Notificador del Juzgado para que se realice lo ordenado por el Juez exhortante

Por lo anteriormente expuesto y fundado;

A USTED C. JUEZ, atentamente pido se sirva:

ÚNICO.- Tenerme por presentado en los términos del presente escrito, acordando de conformidad lo solicitado en el cuerpo del mismo, ordenando agregar a los autos la copia certificada que exhibo por los motivos expuestos, para la diligenciación del exhorto que nos ocupa y se acuerde pasen los autos al Notificador del Juzgado para que se realice lo ordenado por el Juez exhortante.

PROTESTO LO NECESARIO

JOSÉ MIGUEL BRIONES CASTAÑEDA

LIC. MARIA ISABEL GARCÍA SALAZARCED. PROF. 1039735.

GÓMEZ, GARCÍA Y ASOCIADOS.DESPACHO JURÍDICO.

IGNACIO ZARAGOZA No. 61 COL. BENITO JUÁREZ BARRÓN, CD. NICOLÁS ROMERO TEL. 044 55 15 32 74 25.

BRIONES CASTAÑEDA JOSÉ MIGUEL VS.

CHRISTIAN ALLIETE BALLEZA RODRÍGUEZ_CONTROVERSIA DE ORDEN FAMILIAR EXP. 254/2007

C. JUEZ TERCERO DE LO FAMILIAR DE CUAUTITLÁN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO.

JOSÉ MIGUEL BRIONES CASTAÑEDA, promoviendo por mi propio derecho, y con la personalidad que tengo debidamente acreditada en los autos el juicio que se cita al rubro, ante Usted con el debido respeto comparezco y expongo:

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Que por medio del presente escrito y en virtud del estado que guardan los presentes autos, toda vez que en el exhorto girado por su Señoría en fecha 15 de enero del año en curso, se omitió transcribir en el exhorto el auto de fecha veinticuatro de octubre del año 2008, por economía procesal y a efecto de exhibirlo ante el Juez exhortado, vengo a solicitar se sirva expedir a mi costa copia certificada de dicho auto, por ser necesaria para diligenciar el mencionado exhorto.

Por lo anteriormente expuesto y fundado;

A USTED C. JUEZ, atentamente pido se sirva:

ÚNICO.- Tenerme por presentado en los términos del presente escrito, acordando de conformidad lo solicitado en el cuerpo del mismo ordenando me sea expedida a mi costa la copia certificada que se menciona por los motivos expuestos.

PROTESTO LO NECESARIO

JOSÉ MIGUEL BRIONES CASTAÑEDA

LIC. MARIA ISABEL GARCÍA SALAZARCED. PROF. 1039735.

GÓMEZ, GARCÍA Y ASOCIADOS.DESPACHO JURÍDICO.

IGNACIO ZARAGOZA No. 61 COL. BENITO JUÁREZ BARRÓN, CD. NICOLÁS ROMERO TEL. 044 55 15 32 74 25.

BRIONES CASTAÑEDA JOSÉ MIGUEL VS.

CHRISTIAN ALLIETE BALLEZA RODRÍGUEZ_CONTROVERSIA DE ORDEN FAMILIAR EXP. 254/2007.INCIDENTE DE MODIFICACIÓN DE CONVENIO.

C. JUEZ TERCERO DE LO FAMILIAR DE CUAUTITLÁN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO.

JOSÉ MIGUEL BRIONES CASTAÑEDA, promoviendo por mi

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propio derecho, y con la personalidad que tengo debidamente acreditada en los autos el juicio que se cita al rubro, ante Usted con el debido respeto comparezco y expongo:

Que por medio del presente escrito y en virtud del estado que guardan los presentes autos, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 1.217 del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado, vengo a formular por escrito los alegatos que a mi parte corresponden, lo cual hago en los siguientes términos:

ALEGATOS

I.- Como consta de autos en fecha de enero del año en curso, fui notificado del Incidente de Modificación de Convenio promovido por mi cónyuge CHRISTIAN ALLIETE BALLEZA RODRÍGUEZ, incidente que como podrá apreciar su Señoría no se encuentra fundamentado en hechos suficientes o graves para que den causa a la solicitud que pretende la contraria.

II.- Por escrito de fecha 12 de enero del presente año, tuve a bien dar contestación al incidente que promoviera la contraria, haciendo notar en dicho escrito a su Señoría la falsedad con que se ha conducido la señora CHRISTIAN ALLIETE BALLEZA RODRÍGUEZ, ya que ha obstaculizado sistemáticamente la convivencia del suscrito con mi menor hijo sin razón o justificación alguna, más aún las veces que se le ha tratado de requerir a hecho caso omiso a las citaciones e incluso se ha escondido y sustraído del domicilio a mi menor hijo para evitar que pueda verlo o convivir con él, lo que demuestra la mala fe con la que está actuando la contraria para impedir la convivencia a la que tengo derecho, promoviendo el presente incidente con esa única intención y no porque haya motivo justificado para pedir la modificación del convenio.

III.- Cómo lo señalé en mi escrito de contestación del incidente, tache de falsos los hechos narrados por mi cónyuge, negativa con la que se arroja la carga de la prueba a mi contraparte, misma que hasta este momento no ha exhibido prueba fehaciente que demuestre de manera alguna que los hechos que alega son ciertos, sino por el contrario con las actuaciones resultantes de los exhortos que he promovido para intentar que la señora CHRISTIAN ALLIETE BALLEZA RODRÍGUEZ, es quien se ha negado a cumplir con el convenio que tenemos celebrado, pues la última vez que pude convivir con mi menor hijo lo fue precisamente el día 19 de junio del año 2007, fecha en la que tuve la oportunidad de llevar a mi hijo de paseo, y desde esa fecha se me ha negado la convivencia, por lo que es absurdo lo que argumenta la contraria en el sentido de que mi hijo haya convivido con la persona que menciona, falso también es que mi hijo haya sufrido quemaduras en la piel por descuido del suscrito, pues de ser cierto y con la actitud que ha demostrado mi contraparte, hubiera tenido pruebas médicas de esta situación, por lo que es falso todo lo que argumenta en este hecho mi contraparte.

IV.- Haciendo un análisis lógico y jurídico de todas y cada una de las probanzas ofrecidas y desahogadas por las partes en el presente incidente, se puede apreciar que la señora CHRISTIAN ALLIETE BALLEZA RODRÍGUEZ, no probó de manera alguna los hechos en los que basa su petición de modificación, y solamente trata de evitar ser sancionada con la multa que se le ha impuesto por su negativa a cumplir con el convenio que tenemos celebrado y no porque mi menor haya sufrido algún cambio de conducta o algún riesgo al estar en convivencia con el suscrito, motivo por el cual solicito sean debidamente valoradas las pruebas ofrecidas y desahogadas por mi parte, considerando que debe de dictarse sentencia interlocutoria en el sentido de que no ha procedido el presente incidente y se decrete que queda intocable el convenio que tenemos celebrado entre las partes

Por lo anteriormente expuesto u fundado.

A USTED C. JUEZ, atentamente pido se sirva:

ÚNICO.- Tenerme por presentado en los términos del presente escrito, acordando de conformidad lo solicitado en el cuerpo del mismo, teniendo por formulados por escrito los alegatos que a mi parte corresponde, para que sean tomados en cuenta por su Señoría, al. Momento de dictar la sentencia interlocutoria que en derecho corresponda..

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PROTESTO LO NECESARIO

JOSÉ MIGUEL BRIONES CASTAÑEDA

LIC. MARIA ISABEL GARCÍA SALAZARCED. PROF. 1039735.

GÓMEZ, GARCÍA Y ASOCIADOS.DESPACHO JURÍDICO.

IGNACIO ZARAGOZA No. 61 COL. BENITO JUÁREZ BARRÓN, CD. NICOLÁS ROMERO TEL. 044 55 15 32 74 25.

BRIONES CASTAÑEDA JOSÉ MIGUEL VS.

CHRISTIAN ALLIETE BALLEZA RODRÍGUEZ_CONTROVERSIA DE ORDEN FAMILIAR EXP. 254/2007

C. JUEZ TERCERO DE LO FAMILIAR DE CUAUTITLÁN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO.

JOSÉ MIGUEL BRIONES CASTAÑEDA, promoviendo por mi propio derecho, y con la personalidad que tengo debidamente acreditada en los autos el juicio que se cita al rubro, ante Usted con el debido respeto comparezco y expongo:

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Que por medio del presente escrito y en virtud del estado que guardan los presentes autos, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 1.216 y demás relativos y aplicables del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado, vengo a desahogar la vista que se me mando dar con el incidente de modificación de convenio promovido por mi contraria CHRISTIAN ALLIETE BALLEZA RODRÍGUEZ, lo cual hago en los siguientes términos:

Desde luego niego que le asista derecho o razón alguna a CHRISTIAN ALLIETE BALLEZA RODRÍGUEZ, para la interposición del presente incidente, pretendiendo modificar el convenio que tenemos celebrado para la convivencia familiar a la que tengo derecho con mi menor hijo de nombre HÉCTOR BRIONES BALLEZA, ya que los hechos en que pretende fundamentar su incidente son totalmente falsos.

A LOS HECHOS,

I.- El hecho que se contesta por ser cierto se afirma, quedando fuera de todo litigio, sin embargo quiero hacer notar a su Señoría que según se puede apreciar de las actuaciones, la señora CHRISTIAN ALLIETE BALLEZA RODRÍGUEZ, ha obstaculizado sistemáticamente la convivencia del suscrito con mi menor hijo sin razón o justificación alguna, más aún las veces que se le ha tratado de requerir a hecho caso omiso a las citaciones e incluso se ha escondido y sustraído del domicilio a mi menor hijo para evitar que pueda verlo o convivir con él, lo que demuestra la mala fe con la que está actuando la contraria para impedir la convivencia a la que tengo derecho

II.- Por cuanto a este hecho es falso de toda falsedad, por lo que lo niego, ya que sí me he retrazado en algunos depósito de pensión, lo ha sido por la situación económica en que me encuentro, sin embargo siempre he tratado de cumplir con las pensiones a las que me obligué en el convenio, por otra parte sí han sido pocas las ocasiones en que me he llevado a convivir a mi menor hijo, lo es por la actitud de la señora CHRISTIAN ALLIETE BALLEZA RODRÍGUEZ, quien se ha negado a cumplir con el convenio que tenemos celebrado, pues la última vez que pude convivir con mi menor hijo lo fue precisamente el día 19 de junio del año 2007, fecha en la que tuve la oportunidad de llevar a mi hijo de paseo, y desde esa fecha se me ha negado la convivencia, por lo que es absurdo lo que argumenta la contraria en el sentido de que mi hijo haya convivido con la persona que menciona, falso también es que mi hijo haya sufrido quemaduras en la piel por descuido del suscrito, pues de ser cierto y con la actitud que ha demostrado mi contraparte, hubiera tenido pruebas médicas de esta situación, por lo que es falso todo lo que argumenta en este hecho mi contraparte, y con esta actitud demuestra únicamente la intransigencia para evitar el que conviva con mi menor hijo.

III.- El hecho que se contesta por no ser un hecho propio ni se niega ni se afirma, toda vez que el mismo narra únicamente actitudes personales de la señora CHRISTIAN ALLIETE BALLEZA RODRÍGUEZ, para con el suscrito, siendo falso que exista fundamento para el temor que dice tener de que mi hijo sufra alteraciones psicológicas tratando de restringir la convivencia del suscrito con mi menor hijo en los términos en que ya lo tenemos convenido.

IV.- Lo manifestado por la contraria en el presente hecho, no constituye en sí hechos ni propios ni de la contraria, pues son simples manifestaciones de su intención, sin embargo cabe hacer notar a su Señoría, que la entrevista con el menor ya se realizó por parte de esta autoridad, siendo únicamente la actitud dolosa por parte de la señora CHRSTIAN ALLIETE BALLEZA RODRÍGUEZ, quien pretende armar una situación totalmente absurda ya que sí en la primera entrevista que ya realizó su señoría, no se denoto la supuesta actitud perjudicial, con esta segunda entrevista que solicita lo único que demuestra es que ha manipulado dolosamente a mi menor hijo para que realice manifestaciones ante esta autoridad que no son propias de su edad, demostrando con ello la manipulación de la que ha sido objeto mi menor hijo para evitar que conviva con él, lo que sí es perjudicial para su desarrollo físico y mental.

V.- Este hecho no se contesta en virtud de que en este numeral no se contiene hecho alguno.

P R U E B A S.

Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 1.216, y demás

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relativos y aplicables del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado, vengo a ofrecer las pruebas que a mi parte correspondan lo cual hago en los siguientes términos:

1.- LA CONFESIONAL, a cargo de la parte actora CHRISTIAN ALLIETE BALLEZA RODRÍGUEZ, quien deberá comparecer de manera personal y no mediante apoderado para desahogar dicha probanza en forma personal al tenor del interrogatorio que se anexa en sobre cerrado, con el apercibimiento de declararla confesa para el caso de no comparecer al desahogo de la misma, solicitando sea citada por los conductos legales en el domicilio que tiene señalado en autos, prueba que relaciono con todos y cada uno de los puntos controvertidos del presente incidente y en especial a la contestación de los hechos I, II y III del presente escrito.

2.- LA TESTIMONIAL, a cargo de los señores RODOLFO HÉCTOR BRIONES PERALTA, SARA CECILIA CASTAÑEDA ZARAGOZA Y JATZIRI XHERENI BRIONES CASTAÑEDA, quiénes deberán declarar lo que sepan y les conste al tenor del pliego de posiciones que se anexa a la presente personas a las que me comprometo a prestar el día y hora que tenga a bien señalar su Señoría, para el desahogo de dicha probanza, prueba con la que se pretende demostrar la falsedad con que está actuando la contraria, la cual relaciono con la contestación a los hechos I, II y II del presente escrito.

3.- LA PERICIAL EN MATERIA DE PSICOLOGÍA, que deberá rendir dentro del cuaderno principal la psicóloga adscrita al Tribunal Superior de Justicia Psicóloga CLAUDIA GARCÍA MENDOZA, misma que se practicó tanto al menor HÉCTOR FERNANDO BRIONES BALLEZA, como al suscrito y a la señora CHRISTIAN ALLIETE BALLEZA RODRÍGUEZ, misma que demuestra el estado psicológico actual de mi menor hijo en su conjunto con el estudio hecho a ambos padres, pericial a la que me sujeto y ofrezco para que surta los mismos efectos dentro del presente incidente, prueba que relaciono con todos y cada uno de los puntos controvertidos en este juicio y en especial con los hechos I, II y III del presente escrito.

4.- LA INSTRUMENTAL DE ACTUACIONES, consistente en todo lo actuado en el presente juicio, principalmente en la entrevista que se le realizó ami menor hijo por su Señoría, con la que se prueba plenamente que mi menor hijo HÉCTOR BRIONES BALLEZA no se encuentra psicológicamente afectado en los términos en que alude la contraria, así como con las demás actuaciones que demuestran la mala fe con que se ha conducido la señora CHRISTIAN ALLIETE BALLEZA RODRÍGUEZ, para tratar de evitar la convivencia del suscrito con mi menor hijo.

5.- LA PRESUNCIONAL EN SU DOBLE ASPECTO DE LEGAL Y HUMANO, en todo y en cuanto me sea beneficioso.

OBJECIÓN DE DOCUMENTOS.

Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 1.302, del Código de Procedimientos Civiles vigente en le estado, vengo a objetar la documental ofrecida por la parte actora dentro del presente incidente precisamente en el capítulo de pruebas apartado VI correspondiente a LA PERICIAL EN MATERIA DE PSICOLOGÍA a cargo del Sr. JESÚS RODRÍGUEZ SÁNCHEZ, toda vez que la misma no esta ofrecida en los términos y con los requisitos precisados en los artículos 1,306, 1.307, 1.308, y demás relativos y aplicables del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado, por tanto la prueba ofrecida como pericial es un simple documento de una persona física con una valoración unilateral del menor sin tomar en cuenta el entorno y las entrevistas que debieron hacerse a los dos padres del mismo, razón por la que carece de toda validez legal y deberá de ser desechada en su oportunidad.

.

Por lo anteriormente expuesto u fundado.

A USTED C. JUEZ, atentamente pido se sirva:

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PRIMERO.- Tenerme por presentado en los términos del presente escrito, acordando de conformidad lo solicitado en el cuerpo del mismo, teniendo por desahogada la vista que se me mandó dar y por contestado el incidente en los términos que se hacen valer.

SEGUNDO.- Tener por ofrecidas las pruebas que se mencionan, y señalar día y hora para la audiencia de desahogo de pruebas y alegatos que en derecho corresponda.

PROTESTO LO NECESARIO

JOSÉ MIGUEL BRIONES CASTAÑEDA

LIC. MARIA ISABEL GARCÍA SALAZARCED. PROF. 1039735.

PLIEGO DE POSICIONES AL TENOR DEL CUAL DEBERÁ ABSOLVER DE MANERA PERSONAL Y NO MEDIANTE APODERADO LA SEÑORA CHRISTIAN ALLIETE BALLEZA RODRÍGUEZ, EL DÍA Y HORA QUE TENGA BIEN SEÑALAR SU SEÑORÍA PARA LA RECEPCIÓN DE DICHA PROBANZA DENTRO DEL EXPEDIENTE MARCADO CON EN NÚMERO 254/2007.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

DIRÁ LA ABSOLVENTE SI ES CIERTO COMO LO ES:

1.- QUE LA ÚLTIMA VEZ QUE USTED, DEJO CONVIVIR A SU MENOR HIJO HÉCTOR FERNANDO BRIONES BALLEZA, CON SU SEÑOR PADRE JOSÉ MIGUEL BRIONES CASTAÑEDA, EL DÍA 19 DE JUNIO DEL AÑO 2007?. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

2.- QUE USTED, DESDE EL DÍA 19 DE JUNIO DEL AÑO 2007, SE HA NEGADO A QUE EL SEÑOR JOSÉ MIGUEL BRIONES CASTAÑEDA, CONVIVA CON SU MENOR HIJO HÉCTOR FERNANDO BRIONES BALLEZA?.- - - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - -

3.- QUE LA ÚLTIMA VEZ QUE USTED LE PERMITIÓ CONVIVIR A SU MENOR HIJO HÉCTOR FERNANDO BRIONES BALLEZA, CON SU SEÑOR PADRE JOSÉ MIGUEL BRIONES CASTAÑEDA, DICHA CONVIVENCIA DURO DEL DÍA 19 DE JUNIO DEL AÑO 2007 AL DÍA 26 DE JUNIO DEL MISMO AÑO?.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

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4.- QUE DURANTE EL TIEMPO QUE DURO LA ÚLTIMA CONVIVENCIA ENTRE SU MENOR HIJO HÉCTOR FERNANDO BRIONES BALLEZA, CON SU SEÑOR PADRE JOSÉ MIGUEL BRIONES CASTAÑEDA, USTED NO ESTUVO PRESENTE?.- - - - - - - - - - - - - - - - -

5.- QUE USTED, DESPUÉS DEL DÍA 19 DE JUNIO DEL AÑO 2007, HA SIDO REQUERIDA EN DISTINTAS OCASIONES PARA QUE PERMITA LA CONVIVENCIA ENTRE SU MENOR HIJO HÉCTOR FERNANDO BRIONES BALLEZA, CON SU SEÑOR PADRE JOSÉ MIGUEL BRIONES CASTAÑEDA?.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

PROTESTO LO NECESARIO

JOSÉ MIGUEL BRIONES CASTAÑEDA

LIC. MARIA ISABEL GARCÍA SALAZARCED. PROF. 1039735.

PLIEGO DE REPREGUNTAS AL TENOR DEL CUAL DEBERÁN CONTESTAR LOS TESTIGOS OFRECIDOS POR LA SEÑORA CHRISTIAN ALLIETE BALLEZA RODRÍGUEZ, DE NOMBRES FERNANDO BALLEZA OLGUÍN, MARÍA DEL PILAR RODRÍGUEZ ESCOBEDO Y IOCONDA BALLEZA RODRÍGUEZ, DENTRO DEL EXPEDIENTE MARCADO CON EL NÚMERO 254/2007. - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - --

DIRÁ EL TESTIGO SÍ SABE Y LE CONSTA:

1.- EN RELACIÓN A LA PRIMERA DIRECTA.

A).- EN DONDE CONOCIÓ AL SEÑOR JOSÉ MIGUEL BRIONES CASTAÑEDA.- - - - - -

B).- DIGA LA FECHA EXACTA EN QUE CONOCIÓ AL SEÑOR JOSÉ MIGUEL BRIONES CASTAÑEDA.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

C).- QUIEN ESTABA PRESENTE CUANDO CONOCIÓ AL SEÑOR JOSÉ MIGUEL

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BRIONES CASTAÑEDA. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

2.- EN RELACIÓN A LA SEGUNDA DIRECTA.NO SE FORMULA REPREGUNTAS.

3.- EN RELACIÓN A LA TERCERA DIRECTA.NO SE FORMULA REPREGUNTAS.

4.- EN RELACIÓN A LA CUARTA DIRECTA.

A).- SÍ SABE CUAL ERA EL DOMICILIO ANTERIOR DONDE HABITABAN LAS PERSONAS NOMBRADAS CON ANTELACIÓN EN LAS PREGUNTAS DIRECTAS. - - - -

B).- QUE DIGA LA FECHA EXACTA EN QUE EMPEZARON A VIVIR EN EL DOMICILIO QUE MENCIONA EN SU RESPUESTA QUE MENCIONA EN LA PREGUNTA ANTERIOR LAS PERSONAS A LAS QUE SE REFIERE. - - - - - - - - - - - - - - -

9.- EN RELACIÓN A LA NOVENA DIRECTA.

A).- DESDE QUE FECHA CUBRE LAS NECESIDADES ALIMENTICIAS DEL MENOR HÉCTOR FERNANDO BRIONES BALLEZA, LA PERSONA QUE MENCIONA EN SU RESPUESTA A LA PREGUNTA DIRECTA. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

B).- QUE DIGA QUE CANTIDAD ES LA QUE PROPORCIONA LA PERSONA QUE MENCIONA EN SU RESPUESTA A LA PREGUNTA DIRECTA PARA CUBRIR LAS NECESIDADES ALIMENTICIAS DEL MENOR HÉCTOR FERNANDO BRIONES BALLEZA. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

C).- QUE DIGA EL NOMBRE DE LA PERSONA QUE CUBRÍA LAS NECESIDADES ALIMENTICIAS DEL MENOR HÉCTOR FERNANDO BRIONES BALLEZA, ANTES DE QUE LO HICIERA LA PERSONA QUE MENCIONA EN SU RESPUESTA ANTERIOR. - -

12.- A LA DOCE DIRECTA.

A).- QUE DIGA CUANDO FUE LA ÚLTIMA VEZ QUE EL MENOR HÉCTOR FERNANDO BRIONES BALLEZA, CONVIVIÓ CON SU SEÑOR PADRE JOSÉ MIGUEL BRIONES CASTAÑEDA,- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

B).- QUE DIGA CUANTO TIEMPO DURO LA CONVIVENCIA ENTRE EL MENOR HÉCTOR FERNANDO BRIONES BALLEZA Y SU SEÑOR PADRE JOSÉ MIGUEL BRIONES CASTAÑEDA, LA ÚLTIMA VEZ QUE CONVIVIERON AMBOS. - - - - - - - - - -

C).- QUE DIGA EN DONDE SE LLEVÓ A CABO LA CONVIVENCIA LA ÚLTIMA VEZ QUE EL MENOR HÉCTOR FERNANDO BRIONES BALLEZA, CONVIVIÓ CON SU SEÑOR PADRE JOSÉ MIGUEL BRIONES CASTAÑEDA,- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - D).- SÍ USTED ESTUVO PRESENTE LA ÚLTIMA VEZ QUE EL MENOR HÉCTOR FERNANDO BRIONES BALLEZA, CONVIVIÓ CON SU SEÑOR PADRE JOSÉ MIGUEL BRIONES CASTAÑEDA,- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

13.- A LA TRECE DIRECTA.

A).- SÍ USTED ESTUVO PRESENTE CUANDO EL SEÑOR JOSÉ MIGUEL BRIONES CASTAÑEDA, SE NEGÓ A PROPORCIONAR ALIMENTOS A SU MENOR HIJO, HÉCTOR FERNANDO BRIONES BALLEZA. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

B).- QUE DIGA LA FECHA EXACTA EN QUE EL SEÑOR JOSÉ MIGUEL BRIONES CASTAÑEDA, SE NEGÓ A PROPORCIONAR ALIMENTOS A SU MENOR HIJO, HÉCTOR FERNANDO BRIONES BALLEZA. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

C).- QUIEN ESTABA PRESENTE CUANDO EL SEÑOR JOSÉ MIGUEL BRIONES CASTAÑEDA, SE NEGÓ A PROPORCIONAR ALIMENTOS A SU MENOR HIJO, HÉCTOR FERNANDO BRIONES BALLEZA. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

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D).- EN QUE LUGAR EL SEÑOR JOSÉ MIGUEL BRIONES CASTAÑEDA, SE NEGÓ A PROPORCIONAR ALIMENTOS A SU MENOR HIJO, HÉCTOR FERNANDO BRIONES BALLEZA. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

E).- CUANDO FUE LA ÚLTIMA VEZ QUE EL SEÑOR JOSÉ MIGUEL BRIONES CASTAÑEDA, PROPORCIONÓ DINERO PARA LOS ALIMENTOS DE SU MENOR HIJO, HÉCTOR FERNANDO BRIONES BALLEZA. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - EN RELACIÓN CON LA DÉCIMO CUARTA DIRECTAREPREGUNTAS A LA IDONEIDAD DE SU DICHO:

A).- QUÉ NOS DIGA SI ALGUNA PERSONA LE INDICO COMO TENÍA QUE CONTESTAR A LAS PREGUNTAS DIRECTAS QUE SE LE FORMULARON.- - - - - - - - -

B).- QUE NOS DIGA SI YA CONOCÍA ALGUNA DE LAS PREGUNTAS DIRECTAS QUE SE LE FORMULARON.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

C).- QUÉ NOS DIGA SI LE GUSTARÍA QUE LA SEÑORA CHRISTIAN ALLIETE BALLEZA RODRÍGUEZ, GANARÁ EL PRESENTE INCIDENTE.- - - - - - - - - - - - - - - - - -

D).- QUÉ NOS DIGA QUIEN LE DIJO QUE TENÍA QUE DECLARAR ANTE ESTE JUZGADO. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

E).- QUE NOS DIGA CUANDO SE ENTERO QUE TENÍA QUE DECLARAR ANTE ESTE JUZGADO. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

F). - QUE NOS DIGA SI LE GUSTARÍA QUE EL SEÑOR JOSÉ MIGUEL BRIONES CASTAÑEDA, PERDIERA EL PRESENTE JUICIO.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

PROTESTO LO NECESARIO

JOSÉ MIGUEL BRIONES CASTAÑEDA

LIC. MARIA ISABEL GARCÍA SALAZARCED. PROF. 1039735.

INTERROGATORIO AL TENOR DEL CUAL DEBERÁN ABSOLVER LOS TESTIGOS DE NOMBRES RODOLFO HÉCTOR BRIONES PERALTA, SARA CECILIA CASTAÑEDA ZARAGOZA Y JATZIRI XHERENI BRIONES CASTAÑEDA, EN EL EXPEDIENTE MARCADO CON EL NÚMERO 254/2007. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

DIRA EL TESTIGO SI SABE Y LE CONSTA:

1.- QUE SI CONOCE A SU PRESENTANTE SEÑOR JOSÉ MIGUEL BRIONES CASTAÑEDA. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

2.- EN CASO AFIRMATIVO A LA PREGUNTA ANTERIOR, DESDE CUÁNDO LO CONOCE. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

3.- QUE DIGA SI CONOCE A LA SEÑORA CHRISTIAN ALLIETE BALLEZA RODRÍGUEZ - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

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4.- EN CASO AFIRMATIVO A LA PREGUNTA ANTERIOR, DESDE CUÁNDO LA CONOCE.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

5.- QUE DIGA SI SABE DESDE CUANDO EL SEÑOR JOSÉ MIGUEL BRIONES CASTAÑEDA DEJO DE CONVIVIR CON SU MENOR HIJO HÉCTOR FERNANDO BRIONES BALLEZA. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - -

6.- QUE DIGA SI SABE EL MOTIVO POR EL QUE EL SEÑOR JOSÉ MIGUEL BRIONES CASTAÑEDA DEJO DE CONVIVIR CON SU MENOR HIJO HÉCTOR FERNANDO BRIONES BALLEZA. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

7.- QUE DIGA COMO HA SIDO LA CONVIVENCIA ENTRE EL SEÑOR JOSÉ MIGUEL BRIONES CASTAÑEDA SU MENOR HIJO HÉCTOR FERNANDO BRIONES BALLEZA

8.- QUE DIGA SI SABE CUANTO DURO LA CONVIVENCIA ENTRE EL SEÑOR JOSÉ MIGUEL BRIONES CASTAÑEDA CON SU MENOR HIJO HÉCTOR FERNANDO BRIONES BALLEZA, LA ÚLTIMA VEZ QUE AMBOS CONVIVIERON.- - - - - - - - - - - - -

9.- QUE DIGA SÍ USTED ESTUVO PRESENTE DURANTE TODO EL TIEMPO QUE DURO LA CONVIVENCIA ENTRE EL SEÑOR JOSÉ MIGUEL BRIONES CASTAÑEDA CON SU MENOR HIJO HÉCTOR FERNANDO BRIONES BALLEZA, LA ÚLTIMA VEZ QUE AMBOS CONVIVIERON.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 10.- QUE DESCRIBA SI LO SABE, LO QUE PASO DURANTE EL TIEMPO QUE DURO LA CONVIVENCIA ENTRE EL SEÑOR JOSÉ MIGUEL BRIONES CASTAÑEDA CON SU MENOR HIJO HÉCTOR FERNANDO BRIONES BALLEZA, LA ÚLTIMA VEZ QUE AMBOS CONVIVIERON.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

11.- QUE DIGA SI SABE QUIEN PROPORCIONA ACTUALMENTE LO NECESARIO PARA LA ALIMENTACIÓN DEL MENOR HÉCTOR FERNANDO BRIONES BALLEZA.

12.- QUE DIGA SI ALGUNA VEZ HA VISTO QUE EL MENOR HÉCTOR FERNANDO BRIONES BALLEZA, HAYA SUFRIDO DESCUIDOS DE PARTE DEL SEÑOR JOSÉ MIGUEL BRIONES CASTAÑEDA, DURANTE ALGUNA DE LAS CONVIVENCIAS QUE HA TENIDO CON SU MENOR HIJO. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - -

13.- DIRÁ EL TESTIGO LA RAZÓN DE SU DICHO.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

PROTESTO LO NECESARIO

JOSÉ MIGUEL BRIONES CASTAÑEDA.

LIC. MARIA ISABEL GARCÍA SALAZARCED. PROF. 1039735.

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GÓMEZ, GARCÍA Y ASOCIADOS.DESPACHO JURÍDICO.

IGNACIO ZARAGOZA No. 61 COL. BENITO JUÁREZ BARRÓN, CD. NICOLÁS ROMERO TEL. 044 55 15 32 74 25.

BRIONES CASTAÑEDA JOSÉ MIGUEL VS.

CHRISTIAN ALLIETE BALLEZA RODRÍGUEZ_CONTROVERSIA DE ORDEN FAMILIAR EXP. 254/2007

C. JUEZ TERCERO DE LO FAMILIAR DE CUAUTITLÁN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO.

JOSÉ MIGUEL BRIONES CASTAÑEDA, promoviendo por mi propio derecho, y con la personalidad que tengo debidamente acreditada en los autos el juicio que se cita al rubro, ante Usted con el debido respeto comparezco y expongo:

Que por medio del presente escrito y en virtud del estado que guardan los presentes autos, toda vez que según se desprende de la razón asentada por el Notificador del Juzgado exhortado, en el sentido de que no se pudo dar cumplimiento a lo ordenado por su Señoría porque no se pudo localizar a la demandada CHRISTIAN ALLIETE BALLEZA RODRÍGUEZ, para que se llevará a cabo la convivencia familiar en los términos del convenio que se tiene celebrado, razón por la cual solicito se gire nuevo exhorto al C. Juez de lo Familiar en Turno en Atizapán de Zaragoza, Estado de México, para que se lleve a cabo la convivencia familiar, anexando al efecto copias certificadas del convenio celebrado entre las partes en fecha 22 de mayo del año 2007, y precisando que la convivencia familiar que se solicita tendría que llevarse a cabo en los siguientes términos: Que el suscrito pueda recoger a mi menor hijo el próximo día cinco de febrero del año 2009, a las 13.00 horas, regresándolo al domicilio de la demandada a las 19.00 horas del mismo día; recogerlo el día 21 de febrero del año 2009, a las 10.00 a.m., y regresarlo al domicilio de la demandada el día 22 de febrero del año 2009, a las 11.00 a. m.; y recoger a mi menor hijo en fecha 1º de marzo del año 2009, a las 10.00 a. m. y regresarlo al domicilio de la demandada a las 7.00 p. m., del mismo día, ya que estas fechas son las que coinciden con el convenio celebrado entre las partes.

Por lo anteriormente precisado es por lo que solicito se dicte auto ordenando al Notificador del Juzgado se constituya en compañía del suscrito en el domicilio de la demandada, ubicado en Paseo de las Villas número 79, Fraccionamiento Villas de la Hacienda, Municipio de Atizapán de Zaragoza, Estado de México, para que inicialmente se le notifique de que debe esperar a su domicilio en las fechas antes señaladas para que el suscrito pueda llevar a cabo la convivencia familiar pactada y posteriormente se constituya en el mismo domicilio de la demandada y dé fe si se me permite o no la convivencia con mi menor hijo, en los términos, fechas y horarios señalados en el párrafo anterior

Por lo anteriormente expuesto y fundado;

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A USTED C. JUEZ, atentamente pido se sirva:

PRIMERO.- Tenerme por presentado en los términos del presente escrito, acordando de conformidad lo solicitado en el cuerpo del mismo, ordenando pasen los autos al Notificador del Juzgado para que se constituya en el domicilio de la demandada para que le sea notificado el auto en el que se ordene espere al suscrito a nuestro menor hijo y se lleve a cabo la convivencia familiar pactada, así mismo se ordene al mismo Notificador se constituya en compañía del suscrito en el domicilio de la demandada en las fechas señaladas para la convivencia familiar, para que de fe si se da cumplimiento a la convivencia familiar con mi menor hijo en los términos expresados en el cuerpo del presente ocurso.

SEGUNDO.- Dejar subsistente el apercibimiento decretado en auto de fecha 24 de octubre del año en curso, para que sea apercibida la demandada con la aplicación de una medida de apremio decretada por su Señoría en caso de seguir desobedeciendo las ordenes de su Señoría persistiendo en su negativa de dejarme convivir con mi menor hijo HÉCTOR FERNANDO BRIONES BALLEZA,

TERCERO.- Ordenar se gire atento exhorto con los insertos necesarios al C. Juez de lo Familiar en Turno en Tlalnepantla, con residencia en Atizapán de Zaragoza, Estado de México, para que se lleve a cabo lo acordado por su Señoría, concediendo el término de sesenta días para tener tiempo suficiente para diligenciar el exhorto que se ordene girar, así facultando al Juez exhortado para que habilite días y horas inhábiles en caso de ser necesario y acuerdo todo tipo de promociones tendientes a cumplimentar la diligenciación del exhorto.

PROTESTO LO NECESARIO

JOSÉ MIGUEL BRIONES CASTAÑEDA

LIC. MARIA ISABEL GARCÍA SALAZARCED. PROF. 1039735.

GÓMEZ, GARCÍA Y ASOCIADOS.DESPACHO JURÍDICO.

IGNACIO ZARAGOZA No. 61 COL. BENITO JUÁREZ BARRÓN, CD. NICOLÁS ROMERO TEL. 044 55 15 32 74 25.

BRIONES CASTAÑEDA JOSÉ MIGUEL VS.

CHRISTIAN ALLIETE BALLEZA RODRÍGUEZ_CONTROVERSIA DE ORDEN FAMILIAR EXP. 254/2007

C. JUEZ TERCERO DE LO FAMILIAR DE CUAUTITLÁN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO.

Page 23: Briones José Miguel Controvercia Familiar

JOSÉ MIGUEL BRIONES CASTAÑEDA, promoviendo por mi propio derecho, y con la personalidad que tengo debidamente acreditada en los autos el juicio que se cita al rubro, ante Usted con el debido respeto comparezco y expongo:

Que por medio del presente escrito y en virtud del estado que guardan los presentes autos, toda vez que según se desprende de la audiencia pericial celebrada el día 15 de octubre del año 2008, se le previno a la perito Psicóloga CLAUDIA GARCÍA MENDOZA, para que en el término de veinte días emitiera el dictamen pericial que le fue encomendado, sin que a la fecha lo haya hecho, es por lo que vengo a solicitar se le haga efectivo el apercibimiento de ley, y se le requiera que a la mayor brevedad exhiba la pericial mencionada.

Por lo anteriormente expuesto y fundado;

A USTED C. JUEZ, atentamente pido se sirva:

ÚNICO.- Tenerme por presentado en los términos del presente escrito, acordando de conformidad lo solicitado en el cuerpo del mismo, haciendo efectivo el apercibimiento a la perito CLAUDIA GARCÍA MENDOZA, y requiriéndole para que a la mayor brevedad rinda el peritaje que se le encomendó.

PROTESTO LO NECESARIO

JOSÉ MIGUEL BRIONES CASTAÑEDA

LIC. MARIA ISABEL GARCÍA SALAZARCED. PROF. 1039735.

GÓMEZ, GARCÍA Y ASOCIADOS.DESPACHO JURÍDICO.

IGNACIO ZARAGOZA No. 61 COL. BENITO JUÁREZ BARRÓN, CD. NICOLÁS ROMERO TEL. 044 55 15 32 74 25.

BRIONES CASTAÑEDA JOSÉ MIGUEL VS.

CHRISTIAN ALLIETE BALLEZA RODRÍGUEZ_CONTROVERSIA DE ORDEN FAMILIAR EXP. 254/2007

C. JUEZ TERCERO DE LO FAMILIAR DE CUAUTITLÁN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO.

Page 24: Briones José Miguel Controvercia Familiar

JOSÉ MIGUEL BRIONES CASTAÑEDA, promoviendo por mi propio derecho, y con la personalidad que tengo debidamente acreditada en los autos el juicio que se cita al rubro, ante Usted con el debido respeto comparezco y expongo:

Que por medio del presente escrito y en virtud del estado que guardan los presentes autos, vengo a desahogar la vista que se me mandó dar por auto de fecha 11 de diciembre del año 2008, manifestando mi inconformidad con los argumentos esgrimidos por la Trabajadora Social, pues en el domicilio del suscrito siempre hay familiares que pueden atender a cualquier persona, nunca se encuentra desabitado mi domicilio, por lo que es falso que la perito MARÍA DEL CARMEN MÉNDEZ LÓPEZ, haya realizado una visita al mismo, sin embargo y toda vez que me es urgente y beneficioso que se realice dicha visita, de ser procedente solicito que la misma se realice en fecha 12 de enero del año 2009, en un horario de las 9.00 a las 15.00 horas, solicitando se le requiera a la mencionada perito para que informe que ha realizado con respecto a la demandada CHRISTIAN ALLIETE BALLEZA RODRÍGUEZ, ya que en su escrito de fecha 11 de diciembre del año 2008, no realiza manifestación alguna.

Por lo anteriormente expuesto y fundado;

A USTED C. JUEZ, atentamente pido se sirva:

ÚNICO.- Tenerme por presentado en los términos del presente escrito, acordando de conformidad lo solicitado en el cuerpo del mismo, teniendo por desahogada la vista que se me mandó dar y ordenando se realicen las visitas a que hace referencia la perito en la fecha y horarios arriba señalados, requiriéndole informe lo que ha realizado respecto a la parte demandada.

PROTESTO LO NECESARIO

JOSÉ MIGUEL BRIONES CASTAÑEDA

GÓMEZ, GARCÍA Y ASOCIADOS.DESPACHO JURÍDICO.

IGNACIO ZARAGOZA No. 61 COL. BENITO JUÁREZ BARRÓN, CD. NICOLÁS ROMERO TEL. 044 55 15 32 74 25.

BRIONES CASTAÑEDA JOSÉ MIGUEL VS.

CHRISTIAN ALLIETE BALLEZA RODRÍGUEZ_CONTROVERSIA DE ORDEN FAMILIAR EXHORTO. 490/2008

C. JUEZ QUINTO DE LO FAMILIAR DE TLALNEPANTLA, MÉXICO, CON RESIDENCIAEN ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO.

Page 25: Briones José Miguel Controvercia Familiar

JOSÉ MIGUEL BRIONES CASTAÑEDA, promoviendo por mi propio derecho, y con la personalidad que tengo debidamente acreditada en los autos el juicio que se cita al rubro, ante Usted con el debido respeto comparezco y expongo:

Por medio el presente escrito y en virtud del estado que guardan los presentes autos, a efecto de que se lleve a cabo la convivencia familiar ordenada por el Juez exhortante, vengo a precisar que la convivencia familiar por tratarse de un acto continuo, la misma se tendría que llevar a cabo en los siguientes términos: Que el suscrito pueda recoger a mi menor hijo el próximo día 08 de enero del año 2009, a las 13.00 horas, regresándolo al domicilio de la demandada a las 19.00 horas del mismo día; recogerlo el día sábado 17 de enero del año 2009, a las 10.00 a.m., y regresarlo al domicilio de la demandada el día 18 de enero del mismo año, a las 11.00 a. m.; y recoger a mi menor hijo en fecha; y recogerlo el día domingo 25 de enero del año 2009, a las 10.00 a.m. y regresarlo a las 7.00 p. m. del mismo día ya que estas fechas son las que coinciden con el convenio celebrado entre las partes.

Por lo anteriormente precisado es por lo que solicito se dicte auto ordenando al Notificador del Juzgado se constituya en compañía del suscrito en el domicilio de la demandada, ubicado en Paseo de las Villas número 79, Fraccionamiento Villas de la Hacienda, Municipio de Atizapán de Zaragoza, Estado de México, para que inicialmente se le notifique a la demandada de que debe esperar en su domicilio en las fechas antes señaladas para que el suscrito pueda llevar a cabo la convivencia familiar pactada y posteriormente se constituya en el mismo domicilio de la demandada y dé fe si se me permite o no la convivencia con mi menor hijo, en los términos, fechas y horarios señalados en el párrafo anterior

Por lo anteriormente expuesto y fundado;

A USTED C. JUEZ, atentamente pido se sirva:

PRIMERO.- Tenerme por presentado en los términos del presente escrito, acordando de conformidad lo solicitado en el cuerpo del mismo, teniendo por señaladas las fechas que se indican para que se lleve a cabo la convivencia familiar en los términos ordenados por el Juez exhortante.

SEGUNDO.- Ordenar pasen los autos al Notificador del Juzgado para que se constituya en el domicilio de la demandada para que le sea notificado el auto en el que se ordene espere al suscrito a nuestro menor hijo y se lleve a cabo la convivencia familiar pactada, así mismo se ordene al mismo Notificador se constituya en compañía del suscrito en el domicilio de la demandada en las fechas señaladas para la convivencia familiar, para que de fe si se da cumplimiento a la convivencia familiar con mi menor hijo en los términos expresados en el cuerpo del presente ocurso.

PROTESTO LO NECESARIO

JOSÉ MIGUEL BRIONES CASTAÑEDA

Page 26: Briones José Miguel Controvercia Familiar

LIC. MARIA ISABEL GARCÍA SALAZARCED. PROF. 1039735.

ÓMEZ, GARCÍA Y ASOCIADOS.DESPACHO JURÍDICO.

IGNACIO ZARAGOZA No. 61 COL. BENITO JUÁREZ BARRÓN, CD. NICOLÁS ROMERO TEL. 044 55 15 32 74 25.

BRIONES CASTAÑEDA JOSÉ MIGUEL VS.

CHRISTIAN ALLIETE BALLEZA RODRÍGUEZ_CONTROVERSIA DE ORDEN FAMILIAR EXP. 254/2007

C. JUEZ TERCERO DE LO FAMILIAR DE CUAUTITLÁN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO.

Page 27: Briones José Miguel Controvercia Familiar

JOSÉ MIGUEL BRIONES CASTAÑEDA, promoviendo por mi propio derecho, y con la personalidad que tengo debidamente acreditada en los autos el juicio que se cita al rubro, ante Usted con el debido respeto comparezco y expongo:

Que por medio del presente escrito y en virtud del estado que guardan los presentes autos, toda vez que según se desprende de la razón asentada por el Notificador del Juzgado exhortado, de fecha ____ de noviembre del año en curso, en el sentido de que no se pudo dar cumplimiento a lo ordenado por su Señoría porque no se señala a que hora debería regresar al menor, en donde debería de llevarse la convivencia y sí es en el domicilio de la demandada, a efecto de que se lleve a cabo la convivencia familiar, solicito se gire nuevo exhorto al C. Juez de lo familiar en turno en Atizapán de Zaragoza, Estado de México, para que se lleve a cabo la convivencia familiar, anexando al efecto copias certificadas del convenio celebrado entre las partes en fecha 22 de mayo del año 2007, y precisando que la convivencia familiar que se solicita tendría que llevarse a cabo en los siguientes términos: Que el suscrito pueda recoger a mi menor hijo el próximo día cuatro de diciembre del año 2008, a las 13.00 horas, regresándolo al domicilio de la demandada a las 19.00 horas del mismo día; recogerlo el día sábado 13 de diciembre del presente año, a las 10.00 a.m., y regresarlo al domicilio de la demandada el día 14 de diciembre a las 11.00 a. m.; y recoger a mi menor hijo en fecha 21 de diciembre del año en curso, a las 10.00 a. m. y regresarlo al domicilio de la demandada a las 7.00 p. m., ya que estas fechas son las que coinciden con el convenio celebrado entre las partes.

Por lo anteriormente precisado es por lo que solicito se dicte auto ordenando al Notificador del Juzgado se constituya en compañía del suscrito en el domicilio de la demandada, ubicado en Paseo de las Villas número 79, Fraccionamiento Villas de la Hacienda, Municipio de Atizapán de Zaragoza, Estado de México, para que inicialmente se le notifique de que debe esperar a su domicilio en las fechas antes señaladas para que el suscrito pueda llevar a cabo la convivencia familiar pactada y posteriormente se constituya en el mismo domicilio de la demandada y dé fe si se me permite o no la convivencia con mi menor hijo, en los términos, fechas y horarios señalados en el párrafo anterior

Por lo anteriormente expuesto y fundado;

A USTED C. JUEZ, atentamente pido se sirva:

PRIMERO.- Tenerme por presentado en los términos del presente escrito, acordando de conformidad lo solicitado en el cuerpo del mismo, ordenando pasen los autos al Notificador del Juzgado para que se constituya en el domicilio de la demandada para que le sea notificado el auto en el que se ordene espere al suscrito a nuestro menor hijo y se lleve a cabo la convivencia familiar pactada, así mismo se ordene al mismo Notificador se constituya en compañía del suscrito en el domicilio de la demandada en las fechas señaladas para la convivencia familiar, para que de fé si se da cumplimiento a la convivencia familiar con mi menor hijo en los términos expresados en el cuerpo del presente ocurso.

SEGUNDO.- Dejar subsistente el apercibimiento decretado en auto de fecha 24 de octubre del año en curso, para que sea apercibida la demandada con la aplicación de una medida de apremio decretada por su Señoría en caso de seguir desobedeciendo las ordenes de su Señoría persistiendo en su negativa de dejarme convivir con mi menor hijo HÉCTOR FERNANDO BRIONES BALLEZA,

TERCERO.- Ordenar se gire atento exhorto con los insertos necesarios al C. Juez de lo Familiar en Turno en Tlalnepantla, con residencia en Atizapán de Zaragoza, Estado de México, para que se lleve a cabo lo acordado por su Señoría, concediendo el término de sesenta días para tener tiempo suficiente para diligenciar el exhorto que se ordene girar, así facultando al Juez exhortado para que habilite días y horas inhábiles en caso de ser necesario y acuerdo todo tipo de promociones tendientes a cumplimentar la diligenciación del exhorto.

Page 28: Briones José Miguel Controvercia Familiar

PROTESTO LO NECESARIO

JOSÉ MIGUEL BRIONES CASTAÑEDA

LIC. MARIA ISABEL GARCÍA SALAZARCED. PROF. 1039735.

GÓMEZ, GARCÍA Y ASOCIADOS.DESPACHO JURÍDICO.

IGNACIO ZARAGOZA No. 61 COL. BENITO JUÁREZ BARRÓN, CD. NICOLÁS ROMERO TEL. 044 55 15 32 74 25.

BRIONES CASTAÑEDA JOSÉ MIGUEL VS.

CHRISTIAN ALLIETE BALLEZA RODRÍGUEZ_CONTROVERSIA DE ORDEN FAMILIAR EXP. 254/2007

C. JUEZ TERCERO DE LO FAMILIAR DE CUAUTITLÁN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO.

JOSÉ MIGUEL BRIONES CASTAÑEDA, promoviendo por mi

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propio derecho, y con la personalidad que tengo debidamente acreditada en los autos el juicio que se cita al rubro, ante Usted con el debido respeto comparezco y expongo:

Que por medio del presente escrito y en virtud del estado que guardan los presentes autos, toda vez que mi cónyuge CHRISTIAN ALLIETE BALLEZA RODRÍGUEZ, no esperó a la Notificadora del Juzgado para que diera fe del inicio de la convivencia familiar en los términos convenidos, para que otorgara las facilidades a efecto deque we llevará a cabo la convivencia familiar entre el suscrito y nuestro menor hijo HÉCTOR FERNANDO BRIONES BALLEZA, es por lo que solicito se haga efectivo el apercibimiento decretado en auto de fecha 2 de septiembre del año en curso, imponiéndole a la contraria la multa que fijó su Señoría.

Así mismo, toda vez que la demandada CHRISTIAN ALLIETE BALLEZA RODRÍGUEZ, persiste en su negativa de dejarme ver y convivir con mi menor hijo HÉCTOR FERNANDO BRIONES BALLEZA, en los términos en que lo tenemos convenido en la audiencia conciliatorio de fecha 22 de mayo del año 2007, solicito de nueva cuenta se ordene al Notificador del Juzgado se constituya en compañía del suscrito en el domicilio de la demandada, ubicado en Paseo de las Villas número 79, Fraccionamiento Villas de la Hacienda, Municipio de Atizapán de Zaragoza, Estado de México, para que dé fe si se me permite o no la convivencia con mi menor hijo, señalando como fecha para que se realice dicha diligencia el día 6 de noviembre del año en curso, a efecto de recoger a mi menor hijo en el domicilio de la demandada y convivir con él de las 13.00 a las 19.00 horas, devolviéndolo al mismo domicilio; así mismo señalo el día 15 de noviembre para recoger a mi menor hijo en el domicilio de la demandada a las 10.00 a.m. y entregarlo a las 11.00 a.m. del día 16 de noviembre, ambas fechas del presente año; en virtud de que estas fechas corresponderían con calendario a las establecidas en el convenio que se menciona, solicitando se aperciba a la demandada por la aplicación de una medida de apremio más severa, en caso de persistir con la negativa de dejarme convivir con mi menor hijo HÉCTOR FERNANDO BRIONES BALLEZA.

Por otro lado, toda vez que el domicilio donde han de realizarse las diligencias solicitadas se encuentra fuera de la jurisdicción de este Tribunal, solicito se gire atento exhorto con los insertos necesarios al C. juez de lo Familiar en Turno, de Tlalnepantla, con residencia en Atizapán de Zaragoza, Estado de México, a efecto de que habilite al Notificador del Juzgado para que lleve a cabo lo ordenado por su Señoría, y toda vez que los días 15 y 16 de noviembre del presente año, que se señalan para que se lleve a cabo la convivencia son días sábado y domingo, solicito se autorice al Juez exhortado para que pueda acordar la habilitación de días y horas inhábiles a efecto de que se pueda constituir el notificador del juzgado en compañía del suscrito al domicilio de la demandada, para dar fe de la convivencia con mi menor hijo en los términos expuestos, así como de acordar todo tipo de promociones tendientes a la diligenciación del exhorto que se sirva ordenar su Señoría; solicitando al mismo tiempo se conceda el término de 60 días para tener el tiempo suficiente para diligenciar el exhorto solicitado.

Por lo anteriormente expuesto y fundado;

A USTED C. JUEZ, atentamente pido se sirva:

PRIMERO.- Tenerme por presentado en los términos del presente escrito, acordando de conformidad lo solicitado en el cuerpo del mismo, ordenando pasen los autos al Notificador del Juzgado para que se constituya en compañía del suscrito en el domicilio de la demandada para que de fé si se da cumplimiento a la convivencia familiar con mi menor hijo en los términos expresados en el cuerpo del presente ocurso.

SEGUNDO.- Apercibir a la demandada con la aplicación de una medida de apremio más severa en caso de seguir desobedeciendo las ordenes de su Señoría persistiendo en su negativa de dejarme convivir con mi menor hijo HÉCTOR FERNANDO BRIONES BALLEZA,

TERCERO.- Ordenar se gire atento exhorto con los insertos necesarios al C. Juez de lo Familiar en Turno en Tlalnepantla, con residencia en Atizapán de

Page 30: Briones José Miguel Controvercia Familiar

Zaragoza, Estado de México, para que se lleve a cabo lo acordado por su Señoría, concediendo el término de sesenta días para tener tiempo suficiente para diligenciar el exhorto que se ordene girar.

PROTESTO LO NECESARIO

JOSÉ MIGUEL BRIONES CASTAÑEDA

LIC. MARIA ISABEL GARCÍA SALAZARCED. PROF. 1039735.

GÓMEZ, GARCÍA Y ASOCIADOS.DESPACHO JURÍDICO.

IGNACIO ZARAGOZA No. 61 COL. BENITO JUÁREZ BARRÓN, CD. NICOLÁS ROMERO TEL. 044 55 15 32 74 25.

BRIONES CASTAÑEDA JOSÉ MIGUEL VS.

CHRISTIAN ALLIETE BALLEZA RODRÍGUEZ_CONTROVERSIA DE ORDEN FAMILIAR EXP. 254/2007

C. JUEZ TERCERO DE LO FAMILIAR DE CUAUTITLÁN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO.

JOSÉ MIGUEL BRIONES CASTAÑEDA, promoviendo por mi propio derecho, y con la personalidad que tengo debidamente acreditada en los autos el juicio que se

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cita al rubro, ante Usted con el debido respeto comparezco y expongo:

Que por medio del presente escrito y en virtud del estado que guardan los presentes autos, toda vez que la demandada CHRISTIAN ALLIETE BALLEZA RODRÍGUEZ, persiste en su negativa de dejarme ver y convivir con mi menor hijo HÉCTOR FERNANDO BRIONES BALLEZA, en los términos en que lo tenemos convenido en la audiencia conciliatoria de fecha 22 de mayo del año 2007, es por lo que solicito se ordene al notificador adscrito al juzgado se constituya en compañía del suscrito en el domicilio de la demandada ubicado en Paseo de las Villas número 79, Fraccionamiento Villas de la Hacienda, Municipio de Atizapán de Zaragoza, Estado de México, para que de fe sí se me permite o no la convivencia con mi menor hijo, señalando como día jueves once de septiembre del año en curso, para recoger a mi hijo en el domicilio de la demandada y convivir con el de las 13.00 a las 19.00 horas, devolviéndolo al mismo domicilio, asimismo se señala los días 6 y 7 de septiembre para recoger a mi hijo en el domicilio de la demandada el día 6 de septiembre a las 10.00 a.m. y entregarlo a las 11.00 horas del día 7 de septiembre, todas estas fechas del presente año dos mil ocho; en virtud de que estas fechas corresponderían por calendario a las establecidas en el convenio que se menciona, solicitando se aperciba a la demandada con la aplicación de alguna medida de apremio en caso de persistir con la negativa de dejarme convivir con mi menor hijo FERNANDO BRIONES BALLEZA, en los términos que lo tenemos pactado.

Así mismo, una vez que el domicilio de la demandada se encuentra fuera de la Jurisdicción de este Tribunal, solicito se gire atento exhorto con los insertos necesarios al C. Juez de lo Familiar en Turno, de Tlalnepantla, México, con residencia en Atizapán de Zaragoza, Estado de México, a efecto de que habilite al notificador del Juzgado para que lleve a cabo lo ordenado por su señoría, y toda vez que los días 6 y 7 de septiembre que se señalan para la convivencia son los días sabádo y domingo de la semana correspondiente, solicito que se autorice al Juez exhortado para que pueda acordar la habilitación de días y horas inhábiles a efecto de que se pueda constituir el notificador del Juzgado en compañía del suscrito para dar fe, así como acordar todo tipo de promociones tendientes a la diligenciación del exhorto que se sirva ordenar su Señoría; solicitando también se conceda el término de 60 días para poder tener el tiempo suficiente de diligenciar el exhorto solicitado..

Por lo anteriormente expuesto y fundado;

A USTED C. JUEZ, atentamente pido se sirva:

PRIMERO.- Tenerme por presentado en los términos del presente escrito, acordando de conformidad lo solicitado en el cuerpo del mismo, ordenando se pasen los autos al Notificador del Juzgado para que se constituya en compañía del suscrito en el domicilio de la demandada para que de fe sí se da cumplimiento a la convivencia familiar con mi menor hijo en los términos expresados en el cuerpo del presente ocurso.

SEGUNDO.- Ordenar se gire exhorto con los insertos necesarios al C. Juez de lo Familiar en Turno de Tlalnepantla, con residencia en Atizapán de Zaragoza, Estado de México, para que lleve a cabo lo ordenado por su Señoría, concediendo el término de 60 días para tener tiempo suficiente para diligenciar el exhorto que ordene girar su Señoría

PROTESTO LO NECESARIO

JOSÉ MIGUEL BRIONES CASTAÑEDA

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LIC. MARIA ISABEL GARCÍA SALAZARCED. PROF. 1039735.