br. patricia espinoza zuÑiga autor

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UNIVERSIDAD SAN ANDRES FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLITICAS TRABAJO DE SUFICIENCIA PROFESIONAL LA REHABILITACIÓN DEL ADOLESCENTE INFRACTOR DEL DELITO DE TRAFICO ILICITO DE DROGAS EN EL CENTRO JUVENIL DE DIAGNÓSTICO Y REHABILITACIÓN DE LIMA, 2019. Para obtener el título de Abogado Br. PATRICIA ESPINOZA ZUÑIGA CÓDIGO ORCID: https://orcid.org/000-0002-9880-6293 AUTOR Línea de investigación: Derecho Penal Asesor: Dr. Víctor Liliano Yzaga Arévalo CÓDIGO ORCID: https://orcid.org/0000-0003-3572-145X Lima Norte Perú 2020

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Page 1: Br. PATRICIA ESPINOZA ZUÑIGA AUTOR

i

UNIVERSIDAD SAN ANDRES

FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLITICAS

TRABAJO DE SUFICIENCIA PROFESIONAL

LA REHABILITACIÓN DEL ADOLESCENTE

INFRACTOR DEL DELITO DE TRAFICO ILICITO DE

DROGAS EN EL CENTRO JUVENIL DE DIAGNÓSTICO Y

REHABILITACIÓN DE LIMA, 2019.

Para obtener el título de Abogado

Br. PATRICIA ESPINOZA ZUÑIGA

CÓDIGO ORCID: https://orcid.org/000-0002-9880-6293 AUTOR

Línea de investigación: Derecho Penal

Asesor: Dr. Víctor Liliano Yzaga Arévalo

CÓDIGO ORCID: https://orcid.org/0000-0003-3572-145X

Lima Norte – Perú

2020

Page 2: Br. PATRICIA ESPINOZA ZUÑIGA AUTOR

ii

HOJA DE FIRMA DEL JURADO Y ASESOR

Nombre

Grado:

Cargo: Presidente

Nombre

Grado:

Cargo: Secretario

Nombre

Grado:

Cargo: Vocal

Nombre : Víctor Liliano Yzaga Arévalo

Grado : Doctor en Derecho

Cargo : Asesor

Page 3: Br. PATRICIA ESPINOZA ZUÑIGA AUTOR

iii

DEDICATORIA

El presente trabajo lo dedico principalmente a Dios, por ser

el inspirador y darme fuerza para continuar en este proceso

de obtener uno de los anhelos más deseados.

A mi esposo, hijo y familia por su apoyo incondicional.

Page 4: Br. PATRICIA ESPINOZA ZUÑIGA AUTOR

iv

AGRADECIMIENTO

A Dios por la dicha de ser profesional.

A la Universidad San Andrés, por contribuir en mis

conocimientos.

A mi asesor por guiar mis dudas.

Page 5: Br. PATRICIA ESPINOZA ZUÑIGA AUTOR

v

DELARACIÓN JURADA DE AUTORÍA DE TRABAJO DE SUFICIENCIA

PROFESIONAL

TITULO: “LA REHABILITACIÓN DEL ADOLESCENTE INFRACTOR DEL DELITO

DE TRAFICO ILICITO DE DROGAS EN EL CENTRO JUVENIL DE DIAGNÓSTICO

Y REHABILITACIÓN DE LIMA”.

AÑO : 2019

AUTOR : PATRICIA ESPINOZA ZUÑIGA

LOCALIDAD : LOS OLIVOS

DEPARTAMENTO : LIMA

Yo, PATRICIA ESPINOZA ZUÑIGA con DNI N° 09787430, y en condición

de alumna en la Universidad San Andrés, como autor del presente trabajo

declaro lo siguiente:

• Este trabajo es original e inédito, no se ha enviado ni se enviará a otra

revista para su publicación, salvo que sea rechazado.

• Ninguno de los datos presentados en este trabajo ha sido plagiado,

inventado, manipulado o distorsionado. Los datos originales se distinguen

claramente de los ya publicados.

• Se identifican y citan las fuentes originales en las que se basa la información

contenida en el manuscrito, así como las teorías y los datos procedentes de

otros trabajos previamente publicados.

• Autorizo a la Universidad San Andrés de disponer del producto generado

del presente proyecto de investigación, en caso resulte ganador de fondos

concursables para su desarrollo.

PATRICIA ESPINOZA ZUÑIGA

DNI Nº09787430

Page 6: Br. PATRICIA ESPINOZA ZUÑIGA AUTOR

vi

PRESENTACIÓN

En cumplimiento a las normas establecidas en el Reglamento de Grados y Títulos

para optar el título de abogado en la Universidad San Andrés, es honroso hacer llegar a

consideración de los miembros del jurado, para su revisión y correspondiente evaluación, el

trabajo titulado.

“La Rehabilitación del adolescente infractor del delito de tráfico ilícito de drogas en

el Centro Juvenil de Diagnóstico y Rehabilitación de lima, 2019”, investigación científica

que tiene por problema general: ¿Cuáles son los factores que contribuyen a mejorar la

rehabilitación del adolescente infractor del delito de tráfico ilícito de drogas en el Centro

Juvenil de diagnóstico y rehabilitación de Lima 2019?, o sea, va ser materia de estudios, el

menor de edad infractor que comete el delito de tráfico ilícito de drogas y su internamiento

para su rehabilitación a la sociedad.

La parte metodológica de este trabajo se basa en el diseño de investigación

cualitativo porque será materia de estudios la conducta humana del menor de edad infractor,

porque está basado en la observación y descripción, que ayudarán a dar una visión más

exacta de las consecuencias penales en el delito de tráfico ilícito de drogas en menores de

edad desde la óptica nacional.

El trabajo ha sido estructurado en tres capítulos, siendo que el primer capítulo será

materia de investigación el planteamiento del problema; el segundo capítulo se investiga el

marco teórico nacional e internacional y en el tercer capítulo se materializa la metodología

de la presente investigación científica.

Esperando señores miembros del jurado, que la presente investigación, reúna los

méritos y la producción de nuevos conocimientos, merezca su aprobación

La autora

Page 7: Br. PATRICIA ESPINOZA ZUÑIGA AUTOR

vii

ÍNDICE

HOJA DE FIRMA DEL JURADO Y ASESOR .............................................................. ii

DEDICATORIA ................................................................................................................ iii

AGRADECIMIENTO ....................................................................................................... iv

DELARACIÓN JURADA DE AUTORÍA DE TRABAJO DE INVESTIGACIÓN .... v

PRESENTACIÓN.............................................................................................................. vi

RESUMEN ......................................................................................................................... ix

ABSTRAC ........................................................................................................................... x

CAPÍTULO I

PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA ....................................................................... 11

1.1 REALIDAD PROBLEMÁTICA. ............................................................................. 11

1.2. FORMULACIÓN DEL PROBLEMA ...................................................................... 12

1.2.1. Problema general .......................................................................................... 12

1.2.2. Problemas específicos: ................................................................................. 12

1.3. OBJETIVO: .............................................................................................................. 13

1.3.1. General.......................................................................................................... 13

1.3.2. Específicos: ................................................................................................... 13

1.4. JUSTIFICACIÓN E IMPORTANCIA DE LA INVESTIGACIÓN ........................ 13

1.4.1. Justificación. ................................................................................................. 13

1.4.2. Importancia. .................................................................................................. 15

1.5 LIMITACIONES DE LA INVESTIGACIÓN.......................................................... 16

1.5.1. Antes de la investigación: ......................................................................... 16

1.5.2. Durante la investigación: .......................................................................... 16

Page 8: Br. PATRICIA ESPINOZA ZUÑIGA AUTOR

viii

CAPÍTULO II

MARCO TEÓRICO:........................................................................................................ 18

2.1 ANTECEDENTES DEL PROBLEMA: ................................................................... 18

2.1.1. Internacionales: .............................................................................................. 18

2.1.2. Antecedentes nacionales. ............................................................................... 18

2.1.3. Antecedentes locales. ..................................................................................... 20

2.2. BASES TEÓRICAS .................................................................................................. 20

2.2.1. Teoría de la reacción social o etiquetamiento (labeling approach) ................. 25

2.2.2 teoria del desarrollo ......................................................................................... 26

2.2.3. Rehabilitación del tráfico ilícito de drogas en el derecho comparado: ........... 27

2.3 DEFINICIONES DE TÉRMINOS BÁSICOS.......................................................... 27

CAPITULO III

METODOLOGÍA ............................................................................................................. 34

3.1 ENFOQUE Y DISEÑO DE INVESTIGACIÓN ...................................................... 34

3.2 ZONA DE ESTUDIOS ............................................................................................ 35

3.3 TÉCNICAS DE ANÁLISIS DE DATOS ................................................................. 35

3.4 ANÁLISIS DE RESULTADOS ............................................................................... 35

CONCLUSIONES ............................................................................................................ 37

RECOMENDACIONES .................................................................................................. 38

REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS............................................................................ 39

ANEXOS ............................................................................................................................ 40

Matriz de consistencia ...................................................... ¡Error! Marcador no definido.

Normatividad legal relacionada a la investigacion ...... ¡Error! Marcador no definido.4

Page 9: Br. PATRICIA ESPINOZA ZUÑIGA AUTOR

ix

RESUMEN

El presente trabajo: “la Rehabilitación del Adolescente Infractor del Delito de Tráfico

Ilícito de Drogas en el Centro Juvenil de Diagnóstico y Rehabilitación de Lima, 2019”, que

es elaborada por el autor, en sus Capítulos I, II y III, se investigó sobre el planteamiento del

problema (realidad problemática) y el marco teórico, empleando la metodología de un

enfoque cualitativo, de tipo básica, descriptiva, explicativa e interpretativa, así como

también, realizó las conclusiones, recomendaciones, bibliografía y anexos de la

investigación.

En ese sentido, cabe señalar que el autor mediante la presente tesina estudiará al

adolescente que comete infracciones que constituyen la comisión del delito de tráfico ilícito

de drogas que es pasible de sanciones penales, así como, su internamiento y su rehabilitación

en dichos centros juveniles.

En tal sentido, cabe indicar que un factor importante para obtener resultados positivos

en el tratamiento del adolescente infractor de la comisión del delito de tráfico ilícito de

drogas, es la participación directa de la familia y de los profesionales especialistas en el

tratamiento al menor de edad del Centro Juvenil de Diagnóstico y Rehabilitación ubicado en

el distrito de San Miguel de la provincia y departamento de Lima – Perú.

En conclusión, cabe aseverar que la causa principal para que el adolescente infractor

cometa el delito de tráfico ilícito de drogas, es el consumo de alcohol y drogas por éste, a

causa de venir de un hogar disfuncional y desintegrado, con ausencia extrema de sus padres

en su formación y educación de principios y valores.

Palabras claves: Rehabilitación – adolescente infractor - Delito – tráfico ilícito de drogas

– centro juvenil.

Page 10: Br. PATRICIA ESPINOZA ZUÑIGA AUTOR

x

ABSTRAC

The present monographic: “The Rehabilitation of the Violating Teenager of the

Crime of Illicit Drug Trafficking in the Youth Center of Diagnosis and Rehabilitation of

Lima, 2019”, which is carried out by the author, in Chapters I, II and III, is He investigated

the problem statement (problematic reality) and the theoretical framework, using the

methodology of a qualitative approach, basic, descriptive, explanatory and interpretive, as

well as elaborated the conclusions, recommendations, bibliography and annexes of the

research.

In that sense, it should be noted that the author through this thesis will study the

adolescent who commits infractions that constitute the commission of the crime of illicit

drug trafficking that is liable to criminal penalties, as well as his detention and rehabilitation

in said youth centers.

In this regard, it should be noted that an important factor in obtaining positive

results in the treatment of the adolescent offender of the commission of the crime of illicit

drug trafficking is the direct participation of the family and of the professionals specialized

in the treatment of minors. of the Diagnosis and Rehabilitation Youth Center located in the

San Miguel district of the province and department of Lima - Peru.

In conclusion, it is possible to affirm that the main cause so that the offending

adolescent commits the crime of illicit drug trafficking, is the consumption of alcohol and

drugs for this, because of coming from a dysfunctional and disintegrated home, with extreme

absence of his parents in its formation and education of principles and values

Keywords: Rehabilitation – adolescent offender - Crime – illicit drug trafficking – youth

center.

Page 11: Br. PATRICIA ESPINOZA ZUÑIGA AUTOR

11

CAPÍTULO I

PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

1.1 REALIDAD PROBLEMÁTICA.

Desde un enfoque internacional, tenemos que las Naciones Unidas en su

Quinto Informe Conjunto del año 2010, realizó un estudio sobre “la relación de droga

y delito en adolescentes infractores” con experiencias de los países de Bolivia, Chile,

Colombia, Perú y Uruguay, con énfasis de estudios sobre la base de los menores

infractores internados en los Centros Juveniles de Rehabilitación para menores de

edad.

En el caso de Bolivia, el objetivo general se centró en estimar la asociación

que existe entre delito y droga en jóvenes infractores de ley, de 12 a 16 años, recluidos

en centros de rehabilitación para infractores menores de edad, en seis departamentos

de Bolivia (La Paz, Santa Cruz, Cochabamba, Sucre, Oruro y Potosí); y, el objetivo

específico versó sobre estimar las demandas y necesidades de tratamiento y

rehabilitación que tienen jóvenes infractores de ley de 12 a 16 años, recluidos en

centros de rehabilitación para infractores menores en seis departamentos de Bolivia.

Desde un punto de vista nacional y local en la ciudad de Lima – Perú, se tiene

que los menores infractores que consumen drogas e incurren en la trasgresión de

normas legales penales, esto es, en la comisión de delitos, entre otros, del delito de

tráfico ilícito de drogas, son internados en el Centro Juvenil de Diagnóstico y

Rehabilitación de Lima, conocido coloquialmente como “Maranguita”, para su

reeducación, rehabilitación y reinserción a la sociedad peruana.

En ese sentido, cabe aseverar que uno de los problemas en el que radica el

crecimiento del consumo de drogas en niños y adolescentes mención, se centra en el

seno del hogar, esto es, si dichos niños y adolescentes pertenecen a un hogar

disfuncional y desintegrado de sus padres, o sea, si provienen de papá y mamá adictos

a la droga o que son potenciales delincuentes, ello va a significar un factor importante

para que estos niños y adolescentes se droguen o delincan las leyes penales.

Page 12: Br. PATRICIA ESPINOZA ZUÑIGA AUTOR

12

Otro factor importante, es el hecho de hogares de padres separados con o sin

una economía sólida, en donde la ausencia extrema de papá o mamá en la formación

y educación de buenos valores y principios en los hijos, va a representar que ellos se

refugien en las drogas y también en la delincuencia.

El niño y/o adolescente consumidor de drogas, al no tener los medios

económicos para cubrir la compra de dichas drogas, se inicia como un potencial

delincuente en la comisión del delito de hurto de bienes de su propio hogar previsto

en el artículo o 185 y 186 del Código Penal; y, cuando no tenga que hurtar en casa o

que sus padres le pongan limites, comisionaran el delito de robo previsto en el

artículo 188 y 189 de la citada norma penal, para finalmente convertirse a sus cortas

edades en parte de una organización criminal de la comisión del delito de tráfico

ilícito de drogas previsto en el artículo 296 y siguientes del referido dispositivo penal.

Finalmente, cabe precisar que el Poder Legislativo y el Poder Ejecutivo por

delegación de facultades del primero, debería promulgar normas legales que doten

de mayor eficacia y eficiencia la lucha del Estado contra la delincuencia infantil, con

el objetivo legal de extinguir la comisión de infracciones de adolescente que

constituyan hechos tipificados en el Código Penal como delitos, a fin de no tener que

aplicar sanciones penales y medidas de rehabilitación sobre ellos, siendo un factor

importante a parte de la protección del Estado, la dedicación integral de la familia en

la vida de estos jóvenes.

1.2. FORMULACIÓN DEL PROBLEMA

1.2.1 Problema general

¿Cuáles son los factores que contribuyen a mejorar la rehabilitación del

adolescente infractor del delito de tráfico ilícito de drogas en el Centro Juvenil de

diagnóstico y rehabilitación de Lima 2019?

1.2.2 Problemas específicos:

a) ¿De qué manera el integrante de la familia debe ayudar con la

rehabilitación del adolescente infractor del delito de tráfico ilícito de drogas en el

Centro Juvenil de diagnóstico y rehabilitación de Lima 2019?

Page 13: Br. PATRICIA ESPINOZA ZUÑIGA AUTOR

13

b) ¿Cómo mejorar la efectividad de los profesionales que trabajan con

el adolescente infractor del delito de tráfico ilícito de drogas en el Centro Juvenil

de Diagnóstico y Rehabilitación de Lima 2019?

1.3. OBJETIVO:

1.3.1 General

Establecer los factores que contribuyen a mejorar la rehabilitación del

adolescente infractor del delito de tráfico ilícito de drogas en el Centro Juvenil de

Diagnóstico y Rehabilitación de Lima 2019.

1.3.2 Específicos:

a) Precisar la manera como el integrante de la familia debe ayudar en la

rehabilitación del adolescente infractor del delito de tráfico ilícito de drogas en

el Centro Juvenil de Diagnóstico y Rehabilitación de Lima 2019.

b) Determinar cómo mejorar la efectividad de los profesionales que

trabajan con el adolescente infractor del delito de tráfico ilícito de drogas en el

Centro Juvenil de Diagnóstico y Rehabilitación de Lima 2019.

1.4. JUSTIFICACIÓN E IMPORTANCIA DE LA INVESTIGACIÓN

1.4.1 Justificación.

(Bernal, 2010); en una investigación, la justificación se refiere a las razones

del porqué y el para qué de la investigación que se va a realizar, es decir, justificar

una investigación consiste en exponer los motivos por los cuales es importante llevar

a cabo el respectivo estudio. Al respecto, suele haber tres dimensiones o tipos de

justificación: teórica, práctica y metodológica. Algunas investigaciones pueden

requerir los tres tipos de justificación, otras dos tipos y otras solo uno. Ello depende

de las particularidades de cada investigación.

Page 14: Br. PATRICIA ESPINOZA ZUÑIGA AUTOR

14

En la sociedad peruana, han surgido serias interrogantes respecto a la

justificación de las políticas públicas elaboradas y aplicadas por los tres poderes del

Estado, esto es, el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder de Justicia, del porque

no han generado el impacto y resultado positivo proyectado en la lucha frontal que

reduzca el índice del consumo de drogas en adolescentes; con el objetivo de

exterminar la comisión del delito de tráfico ilícito de drogas y crimen organizado

por parte de adolescentes; con la finalidad pública de no aplicar medidas salidas

alternativas al proceso; la remisión; el acuerdo reparatorio; y, las medidas socio

educativas, al no existir adolescentes infractores de la ley penal.

1.4.1.1. Justificación teórica - científica:

Permite explorar los términos y la construcción conceptual, pues el tráfico

ilícito de drogas, es un tema fundamentalmente explicativo y teórico, por que radica

en el análisis y la configuración epistemológica desde el punto de vista científico, por

las razones del daño que ocasiona al cerebro al consumir la droga, y al comercializar

se incurre en ilícitos penales.

1.4.1.2. Justificación jurídica y Social:

Genera socialmente la búsqueda de la solución al problema socio- jurídico.

Es decir, la sociedad está mal, toda vez que, menores de 14- 18, años, consumen

drogas, y comercializan, dañan su proyecto de vida, por tales razones, se busca

encaminar y mejorar propuestas normativas a fin de corregir el problema social y

jurídico de tráfico ilícito de drogas, en menores de edad.

1.4.1.3. Justificación Metodológica:

Tiene su base metodológica en los sucesos, análisis, y la interpretación operativa

de la norma. Pues, el aspecto metodológico es la praxis y enfoque de la aplicación de la

investigación. Es decir, el uso de la metodología aplicada como recurso indispensable

para el análisis cualitativo del delito de tráfico ilícito de drogas tráfico ilícito de drogas.

Page 15: Br. PATRICIA ESPINOZA ZUÑIGA AUTOR

15

1.4.2 Importancia.

Una investigación llega a ser conveniente por diversos motivos: tal vez ayude

a resolver un problema social, a construir una nueva teoría o a generar nuevas

inquietudes de investigación. Lo que algunos consideran relevante para investigar

puede no serlo para otros. Respecto de ello, suele diferir la opinión de las personas.

Sin embargo, es posible establecer criterios para evaluar la utilidad de un estudio

propuesto, los cuales, evidentemente, son flexibles y de ninguna manera exhaustiva.

Desde luego, es muy difícil que una investigación pueda responder

positivamente a todas estas interrogantes; algunas veces sólo cumple un criterio.

De acuerdo con los citados estudiosos sobre la metodología de una investigación, se tiene

que el presente trabajo de investigación únicamente tiene una connotación de relevancia

social, toda vez que, es materia de investigación la lucha frontal contra el consumo de

drogas y su incidencia en la comisión del delito de tráfico ilícito de drogas a través

del crimen organizado, con la finalidad pública (resultado) que permiten al adolescente

infractor de la ley penal reinsertarse a la sociedad a través de la aplicación de medidas

de salidas alternativas al proceso; la remisión; el acuerdo reparatorio; y, las medidas

socio educativas.

Necesidad; la presente tesina centra su necesidad en la materialización de la

investigación del adolescente infractor en la comisión del delito de tráfico ilícito de

drogas y la participación de la familia y de los profesionales en su rehabilitación a través

del Centro Juvenil de Diagnóstico y Rehabilitación de Lima.

Relevancia; el estudio de la presente investigación es relevante porque realiza

un enfoque de la familia, del adolescente y las trasgresiones de las leyes penales, así

como, sus sanciones aplicables, que incluye, el internamiento del adolescente infractor de

disposiciones penales en el Centro Juvenil de Diagnóstico y Rehabilitación de Lima para

su rehabilitación.

Pertinencia; el presente estudio de investigación centra su pertinencia en el

hecho de probar que un adolescente infractor de las normas penales, con la ayuda de la

familia y de los profesionales del Centro Juvenil de Diagnóstico y Rehabilitación de

Lima, es capaz de lograr su rehabilitación a través de la reeducación para integrarse a la

sociedad.

Page 16: Br. PATRICIA ESPINOZA ZUÑIGA AUTOR

16

1.5 LIMITACIONES DE LA INVESTIGACIÓN

1.5.1 Antes de la investigación:

Como hechos anteriores a la investigación, realicé la visita al Centro Juvenil

de Diagnóstico y Rehabilitación de Lima a fin de entrevistarme con los internos y

escucharlos que hechos los motivaron a infringir las normas penales que hayan causado

su internamiento en dicho centro, entidad pública que no me permitió el acceso, a causa

de no ser defensa técnica y/o familiar directo de ningún interno, constituyéndose tal hecho

en una limitación personal de investigación.

Las visitas en el Centro Juvenil de Diagnóstico y Rehabilitación de Lima para

realizar las entrevistas a los internos me tomo un tiempo de quince (15) días naturales

aproximadamente, toda vez que, en mi primera visita, se me indicó que se realizaría la

consulta pertinente al Director de dicho Centro Juvenil, siendo que el recién el día quince

(15) se me indicó que no podía entrevistarme con ningún interno por las causas antes

señaladas, constituyéndose dicho hecho en una limitación de tiempo en la investigación.

Por mi condición de madre soltera con un hijo adolescente que realiza trabajos

caseros obteniendo remuneraciones mínimas variables, fue complicado invertir la suma

de Trescientos Soles (S/. 300.00) por quince días naturales de visita al Centro Juvenil de

Diagnóstico y Rehabilitación de Lima (Comas – San Miguel – Comas) para obtener una

respuesta negativa en la entrevista con los internos, cuya inversión fue a razón de Veinte

Soles (S/. 20.00) diarios, constituyéndose mi trabajo en una limitación económica para

realizar la presente investigación.

1.5.2 Durante la investigación:

Al no tener accesos a los internos, durante la investigación realice visitas al

Poder Judicial y Ministerio Público Fiscalía de la Nación con el objetivo de

entrevistarme con jueces y fiscales en busca de mayor información sobre los

adolescentes infractores de la comisión de delito de tráfico ilícito de drogas,

instituciones públicas que me denegaron el acceso para entrevistarme con dichas

autoridades públicas de nuestro sistema de administración de justicia penal, por no ser

defensa técnica y/o familiar directo de ningún interno.

Page 17: Br. PATRICIA ESPINOZA ZUÑIGA AUTOR

17

Asimismo, en busca de mayor información sobre adolescentes infractor, también

realicé visitas al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, siendo que se me indicó que

no puedo entrevistarme con ninguna autoridad, sin embrago, se me precisó que si deseaba

acceder a información sobre adolescentes infractor, que realice mi requerimiento de

información a través de acceso a la información pública.

Igualmente, visite la Biblioteca de la Universidad Nacional Mayor de San

Marcos en donde con ciertas limitaciones y sobre mi perseverancia se me permitió revisar

bibliografías en dónde encontré material que utilicé y vertí en el presente trabajo de

investigación.

Page 18: Br. PATRICIA ESPINOZA ZUÑIGA AUTOR

18

CAPÍTULO II

MARCO TEÓRICO:

2.1 ANTECEDENTES DEL PROBLEMA:

2.1.1. Internacionales:

Según (Nidia Lizbeth López, 2005), la imputabilidad de los menores de edad

como necesidad social y su reinserción a la sociedad. Tesis para optar el título

profesional de abogado. Universidad de San Carlos de Guatemala. Guatemala.

El autor concluye “señalando que, la delincuencia juvenil es uno de los

fenómenos sociales más importantes de las sociedades de hoy, al cual se busca una

solución mediante el análisis y prevención a la problemática, pues desde el siglo

pasado éste un es un problema criminológico internacional, ya que las

manifestaciones de una conducta irregular, por lo general son más frecuentemente

entre los jóvenes, que en la población adulta. Además, es importante tratar la

delincuencia juvenil de hoy como posible delincuencia adulta de mañana.

Asimismo, manifiesta que, cuando un individuo crece y convive en un hogar

desfavorable y adverso, son muchas las posibilidades de llevar a cabo conductas

delictivas. El delincuente juvenil o adolescente transgresor de la ley penal existe

porque, su conducta delictiva se ha formado en el entorno social en que le tocó vivir.

Existiendo los factores de pobreza extrema, haber nacido en hogar de padres

delincuentes, deserción escolar, falta de figura paterna o materna en el hogar,

violencia intra familiar, desintegración familiar.

2.1.2. Antecedentes nacionales.

(Chávez, 2013), indica que la responsabilidad penal por reincidencia en los

mayores de 16 y menores de 18 años de edad. Tesis para optar el título profesional

de abogado. Universidad César Vallejo. Trujillo. El autor concluye manifestando

Page 19: Br. PATRICIA ESPINOZA ZUÑIGA AUTOR

19

que los menores infractores reincidentes que infringen la ley penal, tienen

conocimiento lucido de sus acciones contrarias a la ley, puesto que, al haber recibido

un tratamiento, continúan con su reiterado actuar delictivo, vulnerando bienes

jurídicos de gran importancia.

Es necesario recalcar que los reincidentes tienen manejo y conocimiento de

la vida carcelaria, y de lo más importante; como son menores de edad tiene cierta

prerrogativa judicial.

(Altuna, 2014), señala que la responsabilidad e imputabilidad penal de un

menor de 18 y mayor de 14 años de edad en la comisión de un hecho sancionado

como delito grave por la legislación penal peruana. Tesis para optar el título

profesional de abogado. Universidad César Vallejo. Trujillo. El autor concluye

señalando que, un menor de 18 y mayor de 16 años tiene la plena capacidad para

actuar con discernimiento y plena conciencia de sus actos pues la capacidad respecto

de la edad no constituye un argumento jurídicamente valido sin antes tomar en

cuenta otros criterios tales como la gravedad del caso en concreto, la capacidad de

entender su accionar y la edad del mismo, pero no se puede argumentar que estos no

tienen capacidad de discernimiento.

(Ayvar, 2004) manifiesta que la situación criminológica de reclusos en los

establecimientos penitenciarios de la región lima. Tesis para optar el Grado

Académico de: Doctor en Derecho y Ciencia Política. Universidad Nacional Mayor

de San Marcos, tiene como objetivo de la investigación poner a descubrimientos

nuevas nociones científicas acerca de la educación de la mujer, así mismo significa

un desarrollo de la investigación y trabajos de campo en diferentes centros

penitenciarios a nivel nacional. Y concluye “con su trabajo diciendo que la

delincuencia femenina se ve inmerso esquemas proporciones estadísticas frente al

caso de los hombres que representan con altos datos estadísticos.”

Es necesario recalcar que, el tráfico ilícito de drogas es potencialmente

influenciado por las personas y jóvenes de baja cultura, de condición social baja, y

con problemas familiares inestable.

Page 20: Br. PATRICIA ESPINOZA ZUÑIGA AUTOR

20

(Torres, 2013), señala que el análisis de la continuidad de la política exterior

peruana en tráfico ilícito de drogas. Tesis para optar el Grado de Magister en Ciencia

Política. Pontificia Universidad Católica del Perú. Cuyo trabajo de investigación “es

dar a conocer las políticas y reformas que han tomado cada gobierno referente en

materia de tráfico ilícito de drogas. Y concluye con la inexistencia de algún cambio

en las políticas exteriores peruanas referente en materia de tráfico ilícito de drogas,

así mismo no hubo un esfuerzo de un líder de decisiones ni por parte del gobierno

que haga el papel de defensor en política exterior en contra de las drogas”.

En efecto, existe plena coincidencia con la autora de la investigación, toda

vez que, el tráfico ilícito de drogas, es una enfermedad endeble, por lo tanto,

debemos de gestionar normativamente elevando penas, mejorando normativas y

erradicar este flagelo.

2.1.3. Antecedentes locales.

Al respecto, cabe precisar que como antecedentes locales se tiene que los

adolescentes infractores o trasgresores de las normas penales, entre otros, por la

comisión del delito de tráfico ilícito de drogas, son internados en el Centro Juvenil de

Diagnóstico y Rehabilitación de Lima, institución pública en dónde se prevé su

reeducación, rehabilitación y reinserción a la sociedad.

2.2. BASES TEÓRICAS

Ministerio de Justicia y del Derecho (Colombia, 2018), la valoración de la

personalidad del menor, en el caso de delincuencia juvenil, se tenía en cuenta la personalidad

del menor y no la naturaleza del hecho cometido. En la medida en que eran inimputables,

no fue evaluada la relevancia social del bien jurídico afectado sino más bien sus

características personales y sociofamiliares, que le atribuyeron su carácter peligrosista.

En ese sentido, Hurtado (2016), señala que en el Código Penal de 1924 se orientaba

por la doctrina de la situación irregular, conforme a la cual se ponía énfasis en la necesidad

de enmendar, corregir los errores de los menores que cometían delitos o faltas. El Estado

asumía, por tanto, una actitud tuitiva, patermalista, que veía las circunstancias personales y

Page 21: Br. PATRICIA ESPINOZA ZUÑIGA AUTOR

21

sociales del menor como la causa de sus conductas contrarias a derecho. Esta concepción se

plasmó en la legislación, así como en la organización de la jurisdicción de menores.

Iñigo (2019), La medida socioeducativa es una medida jurídica que se aplica a los

adolescentes que cometieron alguna infracción. Tiene por objetivo evitar aquellos castigos

y sanciones que afectan negativamente la socialización del adolescente autor de una

infracción. Constituye al mismo tiempo una sanción y una oportunidad de resocialización.

Contiene una dimensión coercitiva, pues el adolescente está obligado a cumplirla, y es

también educativa, porque su objetivo no se reduce a sancionar al adolescente, sino

promover su integración social.

Villegas (2018), señala que la finalidad educativa de la sanción penal juvenil

constituye una cuestión esencial que determina el carácter particular o esencial del sistema

penal juvenil. Lo cual incluso ha llevado a la consideración de que las medidas que se

imponen en este sector no son penas. González (2015), señala que cierto sector de la doctrina

considera que el hecho de negar a las medidas la naturaleza jurídica de las penas, no

constituye un fiel reflejo de la realidad jurídica sino más bien pretender defender un

determinado modelo de justicia juvenil, en el que las notas características del ordenamiento

penal ceden a favor de las propias de un sistema de corte tuitivo.

En ese sentido, cabe precisar que el derecho comparado a través de la Corte

Interamericana de Derechos Humanos ha emitido 2 fallos de gran importancia que se citan

seguidamente:

CIDH (2014) (L)a Corte considera que en caso de ser necesario requerir identificar

y determinar la edad de una persona, especialmente un posible menor de edad, el Estado, a

través de sus autoridades competentes en la materia. debe realizar & oficio las acciones

pertinentes para acreditar fehaciente la minoría de edad, a través de una evaluación con

criterios científicos, teniendo en cuenta la apariencia física (características somáticas y

morfológicas) y la madurez psicológica, realizada de forma segura, respetuosa y con

consideraciones de género e impactos diferenciados. En caso que no sea posible llegar a una

determinación cenen de la edad, se debe otorgar al individuo e) beneficio de la duda, de

manera que, en la hipótesis de que se trate de un menor, se le trate como tal”.

Page 22: Br. PATRICIA ESPINOZA ZUÑIGA AUTOR

22

Corre Interamericana de Derechos Humanos. Caso Hermanos Landaeta Mejías y otros

vs. Venezuela Excepciones preliminares, fondo, reparaciones y costas. Sentencia del

27de agosto de 2014.

CIDH (2002) “110. Es inadmisible que se incluya en esta hipótesis la situación de

los menores que no lun incurrido en conducta penalmente típica, pero se encuentran en

situación de riesgo o peligro, por desvalimiento, abandono, miseria o enfermedad, y menos

aún en la de aquellos otros que simplemente observan un comportamiento diferente del que

caracteriza a la mayoría, se apartan de los patrones de conducta generalmente aceptados,

presentan conflictos de adaptación al medio familiar, escolar o social, en general, o se

marginan de los usos y valores de la sociedad de [a que forman parre. El concepto de

delincuencia infantil o juvenil solo puede aplicarse a quienes se hallan en el primer supuesto

mencionado, esto es, a los que incurren en conductas típicas, no así a quienes se encuentran

en los otros supuestos”.

En la parte resolutiva de dicha Opinión Consultiva se reiteró dio, indicándose:

l2. Que la conducta que motive la intervención del Estado en los casos a los que se

refiere el punto anterior debe hallarte descrita en la ley penal. Otros casos como son los de

abandono, desvalimiento, riesgo o enfermedad, deben ser atendidos en forma diferente, a la

que corresponde a los procedimientos aplicables a quienes incurren en conductas típicas. Sin

embargo, en dichos casos es preciso observar, igualmente, los principios y las normas del

debido proceso legal, tanto en lo que corresponde a los menores como en lo que toca a

quienes ejercen derechos en relación con estos, derivados del estatuto familiar, atendiendo

también a las condiciones específicas en que se reencuentren los niños.

FUNDAMENTOS TEÓRICOS

El Adolescente Infractor:

El Poder Ejecutivo ha dado la promulgación del Decreto Legislativo N° 1348,

Decreto Legislativo que aprueba el Código de Responsabilidad Penal del

Adolescente, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2018-

JUS, Reglamento del Código de Responsabilidad Penal del Adolescente, normas

legales a través de las cuales, ordena la derogación de diversos artículos contenidos

Page 23: Br. PATRICIA ESPINOZA ZUÑIGA AUTOR

23

en el Código del Niño y Adolescente, dispositivo que primigeniamente regulaban las

conductas, sanciones y rehabilitación del adolescente infractor.

En ese sentido, cabe señalar que el citado dispositivo legal define que

adolescente, es la persona entre catorce (14) y menos de dieciocho (18) años a quien

se le aplica la norma legal en comentario, señalando que el termino adolescente

incluye a quien habiendo cumplido la mayoría de edad se encuentra ejecutando

alguna medida socioeducativa establecida en el marco de un proceso de

responsabilidad penal de adolescente, salida alternativa al proceso o se encuentre

procesado bajo los alcances del Código de responsabilidad Penal del Adolescente.

En tal virtud, cabe precisar que los jueces del Poder Judicial vienen

ejecutando la aplicación e interpretación de dichos dispositivos legales, desde una

configuración jurídica que al adolescente de catorce (14) a dieciocho (18) años se le

garantiza brindar la máxima protección a sus derechos durante el proceso de

responsabilidad penal.

El autor de la investigación analiza de forma integral las citadas normas

legales con la finalidad de verificar que no existan vacíos legales que entorpezcan la

aplicación e interpretación de la ley y el reglamento, así como también, evaluar la

propuesta de modificaciones a la ley, en caso de advertir una deficiencia o vació legal

en ellas.

Rehabilitación del Adolescente Infractor:

El adolescente infractor que realiza actos que constituyen la comisión del

delito de tráfico ilícito de drogas tipificado en el artículo 296 del Código Penal, será

pasible de sanciones penales, cuya pena la cumplirá en el Centro Juvenil de

Diagnóstico y Rehabilitación de San Miguel – Lima – Perú, en busca de su

reeducación y rehabilitación.

En ese sentido, cabe señalar que la citada norma define al Centro Juvenil

como la institución encargada de la ejecución de las medidas socioeducativas. El

Page 24: Br. PATRICIA ESPINOZA ZUÑIGA AUTOR

24

termino comprende tanto al Servicio de Orientación a el/la Adolescente (SOA) como

al Centro Juvenil de Diagnóstico y Rehabilitación (CJDR).

- El Centro Juvenil de Diagnóstico y Rehabilitación (CJDR), es el Centro

Juvenil de medio cerrado en donde se ejecuta la medida socioeducativa

de internación, así como la medida de coerción procesal de internamiento

preventiva.

- El Servicio de Orientación a el/la Adolescente (SOA), es el Centro Juvenil

de medio abierto encargado de la ejecución de las medidas

socioeducativas no privativas de la libertad. En los lugares dónde no se

haya implementado una SOA, las funciones son asumidas por alguna otra

institución que haga sus veces.

Profesionales Especializados del Centro Juvenil

El educador/a Social; es la persona con experiencia en el trabajo de

adolescente que cuenta con formación profesional o técnica en las ciencias sociales,

salud, educación o cualquier otra que le permita desarrollar una labor como parte del

equipo técnico interdisciplinario. Así también competencias en: conocimiento,

análisis e investigación de los contextos educativos, mediación educativa, mediación

educativa, diseño, implementación y evaluación de programas y proyectos

educativos.

El equipo Técnico Interdisciplinario; son los órganos de auxilio a la función

jurisdiccional y fiscal, así como a la ejecución de las medidas socio educativas,

conformados por profesionales especializados, con capacitación continua, que

desarrollan una labora integral de evaluación, asistencia, intervención y

acompañamiento de el/la adolescente en las diversas etapas previstas en el Código

de responsabilidad Penal del Adolescente y su Reglamento.

Con relación a la capacitación continua, cabe precisar que, si bien es cierto

que existe una partida presupuestal de inversión en capacitación para el personal

profesional y técnico que labora en los centros Juveniles, esta no es utilizada de forma

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25

eficiente y eficaz, toda vez que, mayor capacitación recibe el persona nombrado

respecto del personal contratado, lo que ha dado origen a una fuga continua del

talento humano del último personal citado.

La familia del Adolescente Infractor

La familia está compuesta por esposos-padres e hijos y se deben el respeto

mutuo entre sí. Conforme al artículo 13 de nuestra Carta Magna, la educación tiene

como finalidad integral el desarrollo de la persona humana. El estado reconoce y

garantiza la libertad de enseñanza. Los padres de familia tienen el deber de educar a

sus hijos y el derecho de escoger los centros educativos y de participar en el proceso

educativo.

Desde un punto de vista constitucional, literal y explícitamente no se exige a

la familia, esto es, a los padres y hermanos del adolescente infractor, que participen

de forma activa en la recuperación y rehabilitación socioeducativa del adolescente

infractor que realizó actos que constituyen la comisión del delito de tráfico ilícito de

drogas que cumple una medida de seguridad en cualquiera de los Centros Juveniles

antes señalados.

2.2.1 Teoría de la reacción social o etiquetamiento (labeling approach)

(García, 1972), en esta teoría la delincuencia es el efecto de procesos de

atribuciones a una persona a través de un proceso dinámico de interacción entre el

hombre y la sociedad que crea en aquel una autoimagen distinta a la que los demás

tienen de él.

Esta teoría sustenta sus procesos en el desarrollo y actividad de interrelación

con el ambiente de cambio, los maltratos que en ella se plasman. Sustentando que

su desarrollo sobre la reacción social y la conducta desviada,” también conocida

como la labeling theory, que refiere los efectos de la reacción social en la creación

del delincuente (el “etiquetado”)

Page 26: Br. PATRICIA ESPINOZA ZUÑIGA AUTOR

26

El delito o el infractor tienen para esta tendencia naturaleza social y

definicional. Integran una realidad social que se construye. Por lo tanto, no interesan

tanto las “causas” de la desviación cuanto los procesos de criminalización a través

de los cuales, ciertos grupos sociales que tienen poder para ello, definen como delito

y como delincuente a determinadas conductas y determinadas persona

2.2.2 Teoría del desarrollo

El crecimiento, el desarrollo y la criminalidad están correlacionados. El

desempleo se ve como una de las consecuencias, y que éste genera angustia que

fortalece la inclinación del delito y la marginalidad socioeconómica.

Siendo la minoría de edad un supuesto de inimputabilidad penal conforme al

artículo 20, inciso 2) del Código Penal, resulta atractivo para los miembros de bandas

organizadas, utilizar a estos jóvenes para la comisión de actos ilícitos. (García

Huayama J. & Alvarado Reyes J., 2013).

De igual manera nos dice que, la imputabilidad penal del adolescente

infractor mantiene el mismo fundamento que la del adulto, pero tendrá un referente

y destinatario distinto: una ley penal especial. La responsabilidad del menor frente

del delito será, por lo tanto, penal (igual a la del adulto), lo que no quiere decir -

necesariamente- que las consecuencias jurídicas sean las mismas. (Cámara Arroyo,

citado por Peña Cabrera Freyre A., 2013)

(Bardón, 2000). Estima que los menores van a ser considerados plenamente

responsables de los riesgos que crean, siempre que les sea objetiva y subjetivamente

imputables, independientemente de que el Derecho les declare exentos de

responsabilidad criminal.

Estas conductas marcan a la personalidad y conducta del joven, siendo su

repercusión social y estableciendo infracciones penales.

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27

2.2.3 Rehabilitación del tráfico ilícito de drogas en el derecho comparado:

Los adolescentes infractores trasgresores de las normas panales nacionales,

también les son aplicables las normas internacionales siguientes, que representan un

marco legal de interpretación y aplicación protectora al menor de edad infractor en

su rehabilitación a la sociedad.

a) Convención Americana sobre Derechos Humanos.

b) Convención sobre los Derechos del Niño.

c) Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para la administración de

justicia de menores (Reglas de Beijing).

d) Directrices de las Naciones Unidas para la prevención de la

delincuencia juvenil (Directrices de Riad).

e) Reglas de las Naciones Unidas para la protección de los menores

privados de Libertad (Reglas de la Habana).

f) Directrices de Viena.

g) Reglas Mínimas de la Naciones Unidas sobre medias no privativas de

la libertad (Reglas de Tokio).

h) Reglas de Naciones Unidas para el tratamiento de reclusas y medidas

no privativos de la libertad para las mujeres delincuentes (Reglas de

Bangkok).

2.3 DEFINICIONES DE TÉRMINOS BÁSICOS

Bien jurídico protegido

La seguridad pública, concebida como el conjunto de condiciones necesarias

para conservar la integridad de todo bien.

Flagrancia

La flagrancia es una figura que permite acoger a un proceso especial

denominado “proceso inmediato” cual se encuentra respaldado por el Decreto

Legislativo 1194 promulgado el 29 de agosto del año 2015, pero es importante saber

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28

que es la flagrancia para poder desarrollarla dentro de dicho proceso. Según la Real

Academia Española flagrancia significa: “En el mismo momento de estarse

cometiendo un delito, sin que el autor haya podido huir”; “que se está ejecutando

actualmente”; “de tal evidencia que no necesita pruebas”.

El Fiscal – Ministerio Público:

Es el titular de la acción penal y que tiene la responsabilidad y el deber de la

carga de la prueba. Es quien establecerá la estrategia para desarrollar la investigación

de un delito, trabaja en conjunto con la Policía Nacional del Perú, formula acusación

en base a su propia teoría del caso. En el Nuevo Código Procesal Penal las etapas

procesales que se encuentran directamente bajo la dirección y responsabilidad del

Ministerio Publico son la investigación preliminar y preparatoria. La etapa

intermedia, etapa de juzgamiento y ejecución se encuentra bajo la dirección directa

y responsabilidad del Poder Judicial. Según el Nuevo Código Procesal Penal en su

artículo 60, el fiscal es el titular de la acción penal, es el defensor de la legalidad,

acusa en base a elementos de convicción y es el garante de la tranquilidad pública.

Su decisión se basa en un proceso que respeta las normas, las disposiciones y las

leyes. Sin embargo, este es apelable a instancias superiores, lo que garantiza que el

individuo goce de las garantías jurídicas necesarias en una sociedad democrática

Juez Natural

El principio del Derecho al Juez Natural, apunta FIX-ZAMUDIO, forma

parte del derecho de defensa de los justiciables y es piedra angular del concepto del

Debido Proceso Legal, y se encuentra íntimamente ligado al concepto desarrollado

en el punto precedente. Sin embargo, resulta importante realizar su capital

diferencia, pues una es la Unicidad del Poder Judicial como estructura del Estado a

través de su manifestación jurisdiccional (característica estática) y otra es la reserva

que la Constitución hace para dicha estructura de la actividad juzgadora

(característica dinámica). De acuerdo con nuestra Carta Constitucional la función

jurisdiccional en el Perú sólo la puede ejercer el Órgano Jurisdiccional desarrollado

sobre la base del propio esquema constitucional. Pero en un segundo momento

determinamos que esa actividad juzgadora no sólo es intrínsecamente exclusiva, sino

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29

extrínsecamente excluyente, para nada ni nadie puede suplirla o hacerla suplir. En

consecuencia, el principio del Derecho al Juez Natural, consagrado en las Cartas

Internacionales, determina enfáticamente que nadie puede ser desviado de la justicia

ordinaria, natural, a la vez que dentro de la misma nadie puede ser derivado del juez

natural que conforme a la ley de la materia le corresponda de modo previo y objetivo.

Según la Constitución política del Perú, nos dice: Ramírez (2002), el artículo

8 de la “que el narcotráfico viene a ser también una forma de crimen organizado que

involucra a múltiples sectores de nuestra sociedad”. Así mismo el narcotráfico es un

ejemplo de violencia con distintos efectos, el estado combate y sanciona el tráfico

ilícito de drogas.

En efecto, la sociedad tiene que tener paz, lograr la satisfacción total

poblacional, es decir, todo aquello que conlleve inseguridad violencia por tráfico

ilícito de drogas debe castigarse con elevadas penas.

Tipicidad Objetiva

1) Promover, favorecer, o facilitar el consumo ilegal mediante actos de fabricación

o tráfico.

2) Posesión para tráfico.

3) Proveer, producir, acopiar o comercializar materias primas para ser destinadas a

la elaboración ilegal de drogas.

4) Conspiración de dos o más personas para promover, favorecer o facilitar el

tráfico ilícito de drogas.

Tipicidad Subjetiva

Todo el mundo vive la problemática del delito de tráfico ilícito de drogas

debido a que estos actos ilícitos crean temor por ser considerados delitos violentos,

inducido por el aumento de la violencia en los mercados de drogas ilícitas, afecta al

uso de las zonas públicas por los ricos y trae consigo un aumento de las precauciones

de seguridad, como la construcción de comunidades cercadas.

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30

Policía Nacional del Perú:

(Cubas, 2006) “La policía Nacional forma parte de la estructura orgánica del

Ministerio del Interior y, en consecuencia, para la investigación del delito, es un

organismo auxiliar, que presta su invalorable apoyo al Ministerio Publico, órgano

institucional autónomo, encargado de la persecución del delito y como tal titular de

la acción penal’’.

La policía nacional de acuerdo a la Constitución tiene la tarea de velar por el

orden interno con el fin de proteger la seguridad de todos los ciudadanos, en ese

sentido con nuevo código procesal penal actual, el rol de la policía sigue siendo el

mismo, prevenir y mantener el orden interno en la sociedad no obstante con la

implementación del nuevo código, es cierto que la policía nacional del Perú tiene

nuevas exigencias de trabajo de la mano con el fiscal representante del Ministerio

Publico.

En efecto, la función preventiva de la policía es justamente dar las garantías

necesarias a la población, capturando a delincuentes y padillas que infringen la ley.

La Política Criminal:

(Villavicencio, 2006) Viene a ser la realización y obtención de los criterios

dentro del ámbito de la justicia penal, entendemos como el grupo de criterios

empleados o aplicar para el tratamiento de la criminalidad.

Criminología:

(Villavicencio, 2006) Su objetivo de la criminología es la de estudiar la

evolución de la criminalización y la realidad de nuevas conductas en la sociedad que

causan daño y frente a situaciones de conflictos sociales.

Las drogas:

Las drogas, “en definitiva, alteran las condiciones psíquicas del ser humano.

Algunas drogas sirven para efectos curativos y han estado siempre asociadas con

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31

determinadas culturas. Por ejemplo, civilizaciones de India, África y Mesopotámica

asociadas a los cultivos de cannabis y opiáceos. En el continente americano, los

aztecas, mayas, toltecas, e incas, utilizaban diferentes cultivos psicotrópicos, de los

cuales uno de los más importantes hasta ahora es la coca”.

En efecto, existen drogas curativas, pero también las drogas que a través de

composiciones o elementos químicos dañan la salud, y el estado mental. El consumo

y comercialización de droga en menores es frecuente, ellos son: PBC,

MARIHUANA, COCAÍNA, INHALANTES, ÉXTASIS, HEROÍNA, etc

Según el Ministerio Publico (2016), en su artículo web ‘‘Revista

Estadística’’ publicado por el Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena

Privativa de Libertad Efectiva, mpfn.gob.pe, menciona lo siguiente: “En el Perú en

lo referente a ingresos penitenciarios a nivel nacional, año 2015; por delitos de actos

contra el pudor tiene el 2.13%, mientras que los actos contra el pudor en menores de

14 años tiene el 1.44%’’(p.8). “En el Perú en lo referente a ingresos penitenciarios a

nivel nacional, año 2015; por delitos de tráfico ilícito de drogas tiene el 5.90%,

mientras que promoción o favorecimiento al tráfico ilícito de drogas tiene el

4.64%’’.

Imputabilidad:

(Chanamé, 2009) También denominado capacidad de culpabilidad,

conceptualiza como: Es uno de los elementos constitutivos del delito. Se es

imputable cuando posee la facultad de discernir con la razón o la conciencia de sus

acciones u omisiones y la obligación penal de responder por esta conducta que puede

provocar una falta o delito.

Incautación de drogas en el Perú

Para hablar de incautación debemos primero referirnos a los decomisos. En

su totalidad los decomisos no se cumplen, debido a que alrededor de 90 son los tipos

de insumos que pueden ser usados para la elaboración de pasta básica de cocaína,

pero la legislación vigente considera tan solo 26 dentro de la lista de productos que

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32

pueden ser fiscalizados por su uso potencial en la elaboración de drogas. Si bien

estos insumos son objeto de control, sólo lo son en algunos lugares, donde se viene

dando la actividad cocalera, pero no en otras zonas donde impera el libre comercio,

en donde estos insumos son trasladados hacia los centros de producción de

estupefacientes.

Siendo uno de estos insumos químicos decomisados, como el kerosene y el

óxido de calcio. Estos tipos de insumos utilizados para elaborar droga es difícil de

controlar en casi la mayoría de las veces, debido a que son de uso común, los cuales

transitan por las cuencas cocaleras por caminos de herradura, a lomo de mula o

cargados por personas. Sin embargo, cabe señalar que, con la nueva Ley de Control

de Insumos Químicos, se viene creando una base de datos que identifica con un

certificado a todo fabricante, importador o usuario de estos insumos. Dicha base es

compartida entre el Ministerio de Producción, SUNAT, Aduanas, Devida, Dirandro

y el Ministerio Público permitiendo de esta forma vigilar desde el momento de la

producción o importación hasta su destino final, así como el poder aumentar los

niveles de decomisos.

Con respecto a la Incautación de lo decomisado hasta su respectiva

incineración pasa por un procedimiento estricto: en primer lugar, la unidad operativa

policial incauta la droga, siempre con la presencia de un fiscal, luego la droga es

enviada al laboratorio central de la DIRINCRI para su análisis y pesaje levantándose

un acta la cual es firmada por el agente que hizo el decomiso, el químico del

laboratorio y por el fiscal.

El adolescente infractor:

Es aquella persona que puede provenir de un hogar disfuncional y

desintegrado con una economía precaria, así como, también puede provenir de un

hogar funcional e integrado de una economía sólida, la causa que realmente motiva

a un adolescente infractor incurrir en la comisión del delito de tráfico ilícito de drogas

se centra en su libre albedrio de decisión, en principio para consumir drogas y

posteriormente para delinquir para la adquisición de dicha droga.

Page 33: Br. PATRICIA ESPINOZA ZUÑIGA AUTOR

33

Rehabilitación:

El Centro Juvenil de Diagnóstico y Rehabilitación de Lima, institución pública

conocida coloquialmente en nuestra sociedad como Maranguita, es la entidad que está

conformada por profesionales de múltiples especialidades a cargo de la reeducación,

rehabilitación y reinserción a la sociedad del adolescente infractor.

Centro Juvenil:

Se constituye en la entidad del Estado dirigido por personas de diferentes

disciplinas profesionales que contribuyen con la reeducación del adolescente

infractor que cometen actos tipificados como delitos en el código penal peruano, con

la participación activa de la familia.

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34

CAPITULO III

METODOLOGÍA

3.1 ENFOQUE Y DISEÑO DE INVESTIGACIÓN

ENFOQUE:

(Sampietri, 2014). El enfoque cualitativo también se guía por áreas o temas

significativos de investigación. Sin embargo, en lugar de que la claridad sobre las preguntas

de investigación e hipótesis preceda a la recolección y el análisis de los datos (como en la

mayoría de los estudios cuantitativos), los estudios cualitativos pueden desarrollar preguntas

e hipótesis antes, durante o después de la recolección y el análisis de los datos. Con

frecuencia, estas actividades sirven, primero, para descubrir cuáles son las preguntas de

investigación más importantes, y después, para refinarlas y responderlas. La acción

indagatoria se mueve de manera dinámica en ambos sentidos: entre los hechos y su

interpretación, y resulta un proceso más bien “circular” y no siempre la secuencia es la

misma, varía de acuerdo con cada estudio en particular.

En tal virtud, cabe precisar que el presente trabajo de investigación tiene un

enfoque cualitativo, porque analiza realidades sociales y jurídicas existentes.

TIPO DE INVESTIGACIÓN:

(Hernández, Fernández y Baptista 2014, p.92) Es descriptiva; porque con

frecuencia la meta del investigador consiste en describir fenómenos, situaciones, contextos

y sucesos, esto es, detallar como son y se manifiestan. Con los estudios descriptivos se busca

especificar las propiedades, las características y los perfiles de personas, grupos,

comunidades, procesos, objetos o cualquier otro fenómeno que se someta a análisis.

(Hernández, Fernández y Baptista 2014) Es explicativa; porque vas más allá

de la descripción de conceptos o fenómenos o del establecimiento de relaciones entre

conceptos; es decir, están dirigidos a responder por las causas de los eventos y fenómenos

físicos o sociales. Como su nombre lo indica, su interés se centra en explicar por qué ocurre

un fenómeno y en qué condiciones se manifiesta o por qué se relacionan dos o más variables.

Page 35: Br. PATRICIA ESPINOZA ZUÑIGA AUTOR

35

Conforme a lo expuesto, el presente trabajo de investigación es de tipo básica,

descriptiva y explicativa.

El diseño de investigación

(Kerlinger, 2002) No experimental debido a que la investigación no experimental es

aquella que se realiza sin manipular deliberadamente variables, es decir, es investigación

donde no hacemos variar intencionalmente las variables independientes.

3.2 ZONA DE ESTUDIOS

El presente trabajo de investigación fue abordado desde los jóvenes

infractores internados en el Centro Juvenil de Diagnóstico y Rehabilitación de Lima,

ubicado en el distrito de San Miguel, departamento y provincia de Lima de la

República del Perú.

3.3 TÉCNICAS DE ANÁLISIS DE DATOS

Escenario de estudio

Es la sociedad peruana y su coyuntura social -actual, además se ha recurrido

a estudiar de manera analítica y en base a constantes lecturas y experiencias la

realidad por la que cursa Ministerio Publico, mediante el análisis documental.

3.4 ANÁLISIS DE RESULTADOS

Del análisis documental, se tiene:

Al respecto, cabe precisar que el adolescente infractor que incurre en la comisión

del delito de tráfico ilícito de drogas previsto en el artículo 296 del Código Penal, después

de un debido proceso en el que se acredite su responsabilidad penal, será internado en un

Page 36: Br. PATRICIA ESPINOZA ZUÑIGA AUTOR

36

Centro Juvenil para la aplicación de la medida socioeducativa para su rehabilitación

integral.

En ese sentido, cabe señalar que el Estado mediante sus profesionales especializados

y la familia compuesta por los padres y hermanos, intervienen en la rehabilitación

socioeducativa del adolescente infractor del delito de tráfico ilícito de drogas que requiere

de la aplicación de una medida socioeducativa para su rehabilitación y reinserción a la

sociedad.

En ese sentido, cabe indicar los profesionales especializados y técnicos especialistas

aportan de manera eficiente en la rehabilitación del adolescente infractor con sus

conocimientos y experiencias adquiridas antes de laborar en el Centro Juvenil, entidad

dónde adquieren mayor destreza en la rehabilitación de adolescente infractores.

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37

CONCLUSIONES

1) Se ha establecido que el Estado (a través de sus profesionales especializados) y la

familia, se constituyen en un factor importante y determinante para la rehabilitación

del adolescente infractor que realizó actos que constituyen la comisión del delito de

tráfico ilícito de drogas en el Centro Juvenil de Diagnóstico y Rehabilitación de

Lima 2019.

2) Se ha precisado que una familia compuesta por padres e hijos, no participan de forma

integral en la rehabilitación socioeducativa del adolescente infractor que realizó

actos que constituyen la comisión del delito de tráfico ilícito de drogas en el Centro

Juvenil de Diagnóstico y Rehabilitación de Lima 2019.

3) Se ha determinado que la limitación en la capacitación integral del personal

nombrado respecto del personal contratado de un Centro Juvenil, genera la fuga del

talento humano de estos últimos, da origen a la aplicación limitada de una medida

socioeducativa en la rehabilitación del adolescente infractor que realizó actos que

constituyen la comisión del delito de tráfico ilícito de drogas en el Centro Juvenil de

Diagnóstico y Rehabilitación de Lima 2019.

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38

RECOMENDACIONES

1) E Poder Legislativo y el Poder Ejecutivo, éste último por delegación de facultades

del primero, debe promulgar normas legales que mejoren la actuación y

participación activa del Estado en la rehabilitación socioeducativas del adolescente

infractor que realizó actos que constituyen la comisión del delito de tráfico ilícito de

drogas en el Centro Juvenil de Diagnóstico y Rehabilitación de Lima 2019.

2) El Poder Ejecutivo mediante la dación de políticas públicas, debe establecer la

exigencia de los padres y hermanos mayores de edad del interno, de participar de

forma más activa en la rehabilitación socioeducativa del adolescente infractor que

realizó actos que constituyen la comisión del delito de tráfico ilícito de drogas en el

Centro Juvenil de Diagnóstico y Rehabilitación de Lima 2019.

3) El Gobierno como administrador del dinero público, a través de la promulgación de

políticas públicas, debe ordenar que el director de un Centro Juvenil bajo

responsabilidad funcional, de manera indistinta, debe capacitar a todo su personal

nombrado y contratado del Centro Juvenil que participa activa y eficientemente en

la rehabilitación socioeducativa del adolescente infractor que realizó actos que

constituyen la comisión del delito de tráfico ilícito de drogas en el Centro Juvenil de

Diagnóstico y Rehabilitación de Lima 2019.

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39

REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS

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Región, Nª 52, Medellín: Corporación REGIÓN, septiembre, pp.32-43

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Nacional Autónoma de México. México.

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5) GOMEZ, E. y Herce, V. (1987). Derecho procesal penal, Artes Gráficas y

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6) JIMENEZ, E. (2004). Derecho procesal penal, Editorial de Revista de Derecho.

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8) SALAS, C. (2011). El proceso penal común. Gaceta Jurídica. Lima.

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10) SAN MARTIN, C. (2003). Derecho procesal penal, 2.a edición. Editorial Jurídica

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11) TAMAYO, M. El Proceso de la Investigación científica. Editorial Limusa S.A.

México.1997.

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40

ANEXOS

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41

MATRIZ DE CONSISTENCIA

PATRICIA ESPINOZA ZUÑIGA

FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS

TITULO DEL TRABAJO DE

INVESTIGACIÓN

LA REHABILITACIÓN DEL ADOLESCENTE

INFRACTOR DEL DELITO DE TRÁFICO ILÍCITO

DE DROGAS EN EL CENTRO JUVENIL DE

DIAGNÓSTICO Y REHABILITACIÓN DE LIMA,

2019.

PROBLEMA GENERAL

¿Cuáles son los factores que contribuyen a mejorar la

rehabilitación del adolescente infractor del delito de

tráfico ilícito de drogas en el Centro Juvenil de

diagnóstico y rehabilitación de Lima, 2019?

PROBLEMA ESPECÍFICOS

Problema específico 1

¿De qué manera el integrante de la familia debe

ayudar con la rehabilitación del adolescente infractor

del delito de tráfico ilícito de drogas en el Centro

Juvenil de diagnóstico y rehabilitación de Lima,

2019?

Problema específico 2

¿Cómo mejorar la efectividad de los profesionales que

trabajan con el adolescente infractor del delito de

tráfico ilícito de drogas en el Centro Juvenil de

Diagnóstico y Rehabilitación de Lima, 2019?

OBJETIVO GENERAL

Establecer los factores que contribuyen a mejorar la

rehabilitación del adolescente infractor del delito de

tráfico ilícito de drogas en el Centro Juvenil de

Diagnóstico y Rehabilitación de Lima, 2019.

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OBJETIVOS ESPECÍFICOS

Objetivo específico 1

Precisar la manera como el integrante de la familia

debe ayudar en la rehabilitación del adolescente

infractor del delito de tráfico ilícito de drogas en el

Centro Juvenil de Diagnóstico y Rehabilitación de

Lima, 2019.

Objetivo específico 2

Determinar cómo mejorar la efectividad de los

profesionales que trabajan con el adolescente infractor

del delito de tráfico ilícito de drogas en el Centro

Juvenil de Diagnóstico y Rehabilitación de Lima,

2019.

TIPO DE ESTUDIOS Tipo básica, descriptiva, explicativa e interpretativa.

DISEÑO DE ESTUDIO Enfoque Cualitativa.

CATEGORIZACIÓN

Categoría 1: La Rehabilitación

Subcategoría: La Familia

Categoría 2: El Adolecente Infractor

Subcategoría: El Profesional

MÉTODO DE ANÁLISIS DE

DATOS

Análisis sistemático, método de hermenéutica,

analítico, comparativo, inductivo y sintético.

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NORMATIVIDAD LEGAL RELACIONADA A LA INVESTIGACION

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ

Artículo 1°. – Defensa de la persona humana: La defensa de la persona

humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo. (Constitución Política del

Perú, 1993).

Artículo 2°. – Derechos de la persona: Toda persona tiene derecho: A la vida,

a su identidad, a su integridad moral, psíquica y física y a su libre desarrollo y

bienestar. (Constitución Política del Perù.1993.)

CÓDIGO PENAL PERUANO

Artículo 296.- Promoción o favorecimiento al tráfico ilícito de drogas que

promueve, favorece o facilita el consumo ilegal de drogas tóxicas, estupefacientes o

sustancias psicotrópicas, mediante actos de fabricación o tráfico será reprimido con

pena privativa de libertad no menor de ocho ni mayor de quince años y con ciento

ochenta a trescientos sesenta y cinco días-multa, e inhabilitación conforme al artículo

36, incisos 1), 2) y 4). El que posea drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias

psicotrópicas para su tráfico ilícito será reprimido con pena privativa de libertad no

menor de seis ni mayor de doce años y con ciento veinte a ciento ochenta días-multa.

Asimismo, el que provee, produce, acopie o comercialice materias primas o

insumos para ser destinados a la elaboración ilegal de drogas en cualquiera de sus

etapas de maceración, procesamiento o elaboración y/o promueva, facilite o financie

dichos actos, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cinco ni mayor

de diez años y con sesenta a ciento veinte días-multa.

El que toma parte en una conspiración de dos o más personas para promover,

favorecer o facilitar el tráfico ilícito de drogas, será reprimido con pena privativa de

libertad no menor de cinco ni mayor.

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Causas que eximen o atenúan la responsabilidad penal. Inimputabilidad.

Artículo 20°. – Está exento de responsabilidad penal: 1. (…); 2. El menor de

18 años; 3. (…) (Código Penal, 1991)

CÓDIGO DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTES

TÍTULO PRELIMINAR

Artículo I.- Responsabilidad penal especial

1. El adolescente entre catorce (14) y menos de dieciocho (18) años de edad,

es sujeto de derechos y obligaciones, responde por la comisión de una

infracción en virtud de una responsabilidad penal especial, considerándose

para ello su edad y características personales.

2. Para la imposición de una medida socioeducativa se requiere determinar

la responsabilidad del adolescente. Está prohibida toda forma de

responsabilidad objetiva.

Artículo 5.- Normas vinculantes El proceso de responsabilidad y

especialmente la privación de libertad respecto del adolescente se regula por

el presente Código, respetando los derechos y garantías establecidos en la

Constitución Política del Perú, así como en los Tratados Internacionales de

Protección de Derechos Humanos, tales como la Convención sobre los

Derechos del Niño u otros instrumentos internacionales que el Estado

peruano haya suscrito o suscriba y sean de aplicación.

Artículo 6.- Excepcionalidad de la Privación de libertad La privación de

libertad del adolescente, aun cuando sea preventiva, tiene carácter

excepcional y debe estar debidamente fundada, es aplicada como medida de

último recurso. La fundamentación de la medida debe señalar el motivo por

el cual no es posible aplicar una medida alternativa. La duración de la

privación de libertad debe ser la más breve posible.

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TÍTULO I

JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA

CAPÍTULO I

JURISDICCIÓN ESPECIALIZADA

Artículo 9. - Juez de Investigación Preparatoria del Adolescente

Durante la Investigación Preparatoria y la Etapa Intermedia, el Juez de

Investigación Preparatoria del Adolescente, es competente para:

a. Conocer las cuestiones planteadas por los sujetos procesales durante la

Investigación Preparatoria.

b. Imponer, modificar o hacer cesar las medidas limitativas de derechos

impuestas al adolescente durante la Investigación Preparatoria.

c. Realizar el control del plazo de la detención policial que fuera requerido

por el adolescente o su abogado defensor, cuando se trate de los delitos de

Tráfico Ilícito de Drogas, Terrorismo y Espionaje.

d. Realizar el procedimiento para la actuación de la prueba anticipada.

e. Aplicar la remisión judicial o el acuerdo reparatorio como salidas

alternativas al proceso.

f. Llevar a cabo el procedimiento especial de Terminación Anticipada.

g. Conducir la Etapa Intermedia.

h. Conocer de los demás casos que este Código y las Leyes determinen.

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REGLAMENTO DEL CÓDIGO DE RESPONSABILIDAD PENAL DE

ADOLESCENTES, APROBADO MEDIANTE DECRETO LEGISLATIVO N° 1348

TÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES SOBRE

ASPECTOS DEL PROCESO

Artículo 1. Objeto.

El presente Reglamento tiene por objeto regular las disposiciones generales

sobre el proceso de responsabilidad penal de adolescentes, así como la

Ejecución de Medidas Socioeducativas y lo que concierne a la Comisión

Multisectorial Permanente del Código

de Responsabilidad Penal de Adolescentes, aprobado mediante Decreto

Legislativo N° 1348.

Artículo 2. Glosario.

Para los fines del presente reglamento, se entiende por:

2.1. Adolescente. – Es la persona entre catorce (14) y menos de dieciocho

(18) años a quien se le aplica el Decreto Legislativo N° 1348 que aprueba el

Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes y su Reglamento.

Para los efectos del presente reglamento y del Código, el término adolescente

incluye a quien habiendo cumplido la mayoría de edad se encuentra

ejecutando alguna medida socioeducativa establecida en el marco de un

proceso de responsabilidad penal de adolescentes, salida alternativa al

proceso o se encuentre procesado bajo los alcances del Código de

Responsabilidad Penal de Adolescentes.

2.2 Centro Juvenil. – Es la institución encargada de la ejecución de las

medidas socioeducativas. El término comprende tanto al Servicio de

Orientación a el/la adolescente (SOA) como al Centro Juvenil de Diagnóstico

y Rehabilitación (CJDR).

2.3 Centro Juvenil de Diagnóstico y Rehabilitación

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47

(CJDR). – Es el Centro Juvenil de medio cerrado en donde se ejecuta la

medida socioeducativa de internación, así como la medida de coerción

procesal de internación preventiva.

2.4 Educador/a Social. - Es la persona con experiencia en trabajo con

adolescentes que cuenta con formación profesional o técnica en las ciencias

sociales, salud, educación o cualquier otra que le permita desarrollar una labor

como parte del equipo técnico interdisciplinario.

Así también competencias en: conocimiento, análisis e investigación de los

contextos educativos, mediación educativa, diseño, implementación y

evaluación de programas y proyectos educativos,

2.5 Equipos Técnicos Interdisciplinarios. – Son órganos de auxilio a la

función jurisdiccional y fiscal, así como a la ejecución de medidas

socioeducativas, conformados por profesionales especializados, con

capacitación continua, que desarrollan una labor integral de evaluación,

asistencia, intervención y acompañamiento de el/la adolescente en las

diversas etapas previstas en el Código de Responsabilidad Penal de

Adolescentes y su Reglamento.

2.6 Factores de protección. - Son las situaciones, conductas o características

de el/la adolescente, que pueden contribuir a incrementar las probabilidades

de éxito en el proceso de reinserción de el/la adolescente infractora/a.

2.7 Factores de riesgo. - Son situaciones contextuales que, al estar presentes

en el/la adolescente, incrementan las probabilidades de fracaso del proceso de

reinserción.

2.8 Faltas disciplinarias. – Son conductas que los/las adolescentes realizan,

afectando la convivencia, seguridad y disciplina del Centro Juvenil. Dichas

conductas pueden afectar a otros/as adolescentes, personal del Centro Juvenil

o cualquier visitante. Se clasifican en leves y graves y se sancionan sin

perjuicio de la responsabilidad penal o de cualquier otra índole a que hubiere

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lugar. No se puede sancionar a el/la adolescente por una conducta que no se

encuentre tipificada.

2.9 Instituciones Prestadoras del Servicio de Salud (IPRESS).- Son

aquellos establecimientos de salud y servicios médicos de apoyo, públicos,

privados o mixtos, creados y por crearse, que realizan atención de salud con

fines de prevención, promoción, diagnóstico, tratamiento y/o rehabilitación;

así como aquellos servicios complementarios o auxiliares de la atención

médica, que tienen por finalidad coadyuvar en la prevención, promoción,

diagnóstico, tratamiento y/o rehabilitación de la salud.

2.10 Mecanismo restaurativo. - Es una metodología de la justicia

restaurativa que propicia el diálogo entre los/las involucrados/as en una

presunta infracción a la ley penal a fin de llegar a un acuerdo. Esta

metodología requiere de la intervención de un/a mediador/a, conciliador/a o

tercero/a autorizado/a por la autoridad fiscal o judicial, cuando corresponda,

según el Código.

2.11 Módulo especializado de atención a el/ la adolescente en conflicto

con la ley penal. - Es la infraestructura o espacio diferenciado para la

atención especializada de adolescentes en conflicto con la ley penal en caso

de detención. Se ubica preferentemente en la comisaría sectorial o

establecimiento policial. Los ambientes que conforman el Módulo

especializado deben encontrarse separados de los ambientes destinados a la

detención de adultos.

2.12 Personal de la Salud. - Es todo aquel especialista en Ciencias de la

Salud, con formación técnica o profesional acreditada con Título a nombre de

la Nación.

2.13 Régimen disciplinario. - Es el conjunto de medidas de seguridad, orden

y sanciones para mantener la convivencia pacífica en los Centros Juveniles.

Para la aplicación de sanciones se toma en consideración los fines del

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tratamiento de el/la adolescente. El régimen disciplinario se aplica a todo

adolescente, cualquiera sea su situación jurídica.

2.14 Servicio de Orientación a el/la adolescente (SOA). – Es el Centro

Juvenil de medio abierto encargado de la ejecución de las medidas

socioeducativas no privativas de libertad. En los lugares donde no se haya

implementado un SOA, las funciones son asumidas por alguna otra

institución que haga sus veces.

2.15 Técnicas restaurativas. – Son aquellas herramientas y metodologías

cuyo objetivo es propiciar, en los/las adolescentes, situaciones reparadoras,

así como ayudarlos a enfrentar y controlar emociones, convertir problemas en

oportunidades pedagógicas, reconciliarse consigo mismo y asumir las

consecuencias de sus actos.