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BOLETÍN OFICIAL N.º 119 - MIÉRCOLES 2 DE OCTUBRE DE 2013 Pág. 1 DE LA PROVINCIA DE ZAMORA www.diputaciondezamora.es

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I. Administración del EstadoDELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CASTILLA Y LEÓN

SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN ZAMORASECCIÓN DE DERECHOS CIUDADANOS Y AUTORIZACIONES ADMINISTRATIVAS

INFRACCIONES ADMINISTRATIVASEdicto

Conforme a lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre (BOE del 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común, se notifica a las personas que se relacionanmás abajo, con indicación del último domicilio conocido, en el que ha resultadoinfructuoso el intento de notificación, que se ha acordado la iniciación del expedien-te sancionador por infracción de la normativa que se menciona:

El texto completo de los respectivos acuerdos de iniciación se encuentra en estecentro a disposición de los interesados, en el plazo de quince días hábiles, conta-dos a partir del siguiente al de la publicación del presente edicto pueden los mismosaportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estimen convenientes y,en su caso, proponer prueba concretando los medios de que pretendan valerse (art.16.1 del R.D. 1398/1993). De no efectuar alegaciones sobre su contenido en dichoplazo los acuerdos podrán ser considerados propuestas de resolución.

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El pago voluntario de la cantidad expresada como multa prevista, en cualquirmomento anterior a la resolución, podrá conllevar la terminación del expediente sinperjuicio de la posibilidad de interponer recursos procedentes.

Zamora, 25 de septiembre de 2013.-El Secretario General, Dionisio FerreroGarcía.

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I. Administración del EstadoMINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE

CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUEROCOMISARÍA DE AGUAS

Información pública sobre extinción del derecho a un aprovechamiento de aguas

1.- En el Registro de Aguas, Sección B, tomo 233, de esta ConfederaciónHidrográfica del Duero, figura la inscripción del siguiente aprovechamiento:- Número: 43072008- Corriente o acuífero: 02.06: Región del Esla - Valderaduey.- Clase y afección: Riego.- Titular: Teodosia Gómez Rodríguez, NIF: 11.671.981-X.- Lugar, termino y provincia de la toma: Parcela 304, polígono 2. Finca/paraje"Las Raposeras", Manganeses de la Lampreana (Zamora).- Caudal (l/s): 1,62 máximo, 0,54 medio.- Volumen máximo anual (m3/año): 6.300.- Superficie regable (ha): 8,67.- Potencia instalada (c.v,): 90.- Título, fecha, autoridad: Resolución de inscripción por disposición legal defecha 20/03/2009. Resolución de modificación de características de24/01/2013. Confederación Hidrográfica del Duero, Dirección General,- Observaciones: Sondeo, coordenadas UTM (x,y) del Huso 30: (270359,4628861). Expediente IP-4307/2008-ZA. La resolución de 24/01/2013, consis-te en ampliación de caudal y superficie regable de 0,4 a 8,67 ha. por asper-sión y para cereales, en primavera y durante cuarenta y cinco días.2.- Con fecha 26 de agosto de 2013 ha tenido entrada en el registro de esta

Confederación Hidrográfica del Duero, el escrito de renuncia presentado por doñaTeodosia Gómez Rodríguez conforme a lo dispuesto en el artículo 53.1.d del textorefundido de la Ley de Aguas aprobado por R.D. Legislativo 1/2001, en el que soli-citaba el inicio del procedimiento de extinción de derecho de un aprovechamientode aguas subterráneas en la parcela 304, del polígono 2, en el término municipalde Manganeses de la Lampreana (Zamora), motivado por la expropiación forzosade parte de la finca realizada por el Ministerio de Fomento.

3.- Esta Confederación ha acordado someter dicho expediente, de conformidady a los efectos previstos en los artículos 163.3 y 167 del Reglamento del DominioPúblico Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, a informa-ción pública durante un plazo de veinte días, a contar desde el siguiente al de lapublicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Zamora,durante el cual podrá comparecer por escrito ante esta Confederación cualquierpersona, incluido el titular del derecho, que pueda resultar afectada por la extincióndel mismo, manifestando cuanto considere conveniente.

Valladolid, 20 de septiembre de 2013.-La Jefe del Servicio de Registro deAguas y R.H., Ana I. Guardo Pérez.

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I. Administración del EstadoMINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE

CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUEROCOMISARÍA DE AGUAS

Anuncio-Información públicaEl Ayuntamiento de Manganeses de la Polvorosa (P4912200E), solicita de la

Confederación Hidrográfica del Duero, una concesión de un aprovechamiento deaguas superficiales a derivar del río Orbigo, en el término municipal de Manganesesde la Polvorosa (Zamora).

Las obras descritas en la documentación presentada son las siguientes:- Pozo de captación de aguas procedentes del río Orbigo y piscina fluvial de 30 x10 m y de altura variable entre 0.80 y 1.50 m. La captación se ubicará en la par-cela 5731 del polígono 1, parque del Tamaral, en el término municipal deManganeses de la Polvorosa (Zamora). El caudal de agua necesario será elequivalente al llenado de la piscina, que se realizará cada semana, en época esti-val (de junio a septiembre ambos incluidos). El agua de la piscina se utilizará parael riego de las zonas contiguas (campo de fútbol y praderas adyacentes).- La finalidad del aprovechamiento es para el siguiente uso: Recreativo.- El caudal medio equivalente es de 0,32 l/s.- El volumen máximo anual solicitado es de 4.080 m3/año, siendo el método deextracción utilizado un grupo de bombeo de 1,5 C.V. de potencia.- Las aguas captadas se prevén tomar del cauce del río Orbigo.Lo que se hace público, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 109 del

Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por el Real Decreto849/1986, de 11 de abril, a fin de que, en el plazo de un mes, contado a partir dela publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Zamora, pue-dan presentar reclamaciones los que se consideren afectados, en el Ayuntamientode Manganeses de la Polvorosa (Zamora), en la oficina de la ConfederaciónHidrográfica del Duero en Avda. Tres Cruces, 18, de Zamora o en su oficina de C/Muro, 5, de Valladolid, donde puede consultarse el expediente de referencia C-818/2013-ZA (ALBERCA-INY), o en el registro de cualquier órgano administrativoy demás lugares previstos en el artículo 38.4. de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común.

Valladolid, 25 de julio de 2013.-El Jefe del Área de Gestión del D.P.H., RogelioAnta Otorel.

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II. Administración AutonómicaJUNTA DE CASTILLA Y LEÓN

DELEGACIÓN TERRITORIAL DE ZAMORASERVICIO TERRITORIAL DE MEDIO AMBIENTE

Anuncio de información pública de expediente del procedimiento de prórroga delcoto de caza ZA-10.528.

En este Servicio Territorial se encuentra en tramitación expediente de la prórro-ga del coto privado de caza ZA-10.528, denominado “Rebordillos”, iniciado a instan-cia de Club Deportivo de Cazadores Rebordillos de Hermisende. El objeto del refe-rido expediente es el procedimiento de prórroga del coto de caza situado en el tér-mino municipal de Hermisende, en las localidades de La Tejera, Castromil, SanCiprián, Castrelos en la provincia de Zamora, con una superficie de 10.817,60 hec-táreas.

Lo que se hace público, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 delDecreto 83/1998, de 30 de abril, por el que se desarrolla reglamentariamente elTítulo IV "De los terrenos", de la Ley 4/1996, de 12 de julio, de Caza de Castilla yLeón, haciendo constar que el referido expediente se encontrará a disposición decualquier persona que desee examinarlo y, en su caso, formular alegaciones duran-te el plazo de veinte días hábiles desde el día siguiente al de la publicación en elBoletín Oficial de la Provincia del presente anuncio, en las Oficinas del ServicioTerritorial de Medio Ambiente (Sección de Vida Silvestre), C/ Leopoldo Alas Clarín,4 - 49018 Zamora, durante el horario de atención al público (9:00 a 14:00 horas, delunes a viernes).

Zamora, 3 de septiembre de 2013.-El Jefe del Servicio Territorial de MedioAmbiente de Zamora, J. Casto López Cañibano.

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III. Administración LocalDIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZAMORA

SECRETARÍA GENERALNEGOCIADO DE PATRIMONIO

AnuncioAdvertido error en el anuncio de referencia 201303307, publicado en el Boletín

Oficial de la Provincia n.º 111, de fecha 16 de septiembre de 2013, relativo a laaprobación definitiva del Reglamento Regulador de la utilización de edificios pro-vinciales, al haberse omitido el Anexo que contiene el modelo de solicitud corres-pondiente, se procede a la subsanación de dicho error mediante la publicacióníntegra del indicado reglamento:

APROBACIÓN DEFINITIVA DEL REGLAMENTO REGULADOR DE LA UTILIZACIÓN DE EDIFICIOS PROVINCIALES.

El Pleno de la Diputación Provincial, en sesión ordinaria celebrada el día 7 dejunio de 2013, acordó aprobar inicialmente el Reglamento Regulador de laUtilización de Edificios Provinciales.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 deabril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, el expediente ha sido sometidoa información pública por el plazo de treinta días, contados a partir del siguiente asu publicación en el Boletín Oficial de la Provincia número 77, de fecha 3 de juliode 2013, para que los interesados pudieran examinar el expediente y presentar lasreclamaciones y sugerencias que estimen oportunas.

Transcurrido dicho periodo de información pública sin que se hayan presenta-do reclamaciones o sugerencias, se entiende definitivamente adoptado el acuerdohasta ahora provisional, sin necesidad de nuevo acuerdo plenario; y transcurrido elplazo al que se refiere el art. 65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora delas Bases de Régimen Local, sin que se haya formulado requerimiento por partedel Estado o de la Comunidad Autónoma, se procede a publicar el texto íntegro delmencionado Reglamento, a tenor de lo provisto en el artículo 70.2 de la citada Ley:

REGLAMENTO REGULADOR DE LA UTILIZACIÓN DE EDIFICIOS PROVINCIALESEXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Las distintas personas físicas y jurídicas, ya sean estas últimas públicas o pri-vadas, vienen demandando a la Diputación Provincial de Zamora el uso de loca-les, edificios e instalaciones provinciales para distintas actividades de carácter mul-tidisciplinar.

Sin perjuicio de la normativa que, en su caso, pudiera resultar de aplicación alpatrimonio de las entidades locales, se considera necesaria la elaboración y apro-bación de un Reglamento que regule precisamente el uso de dichos locales.

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La Diputación Provincial de Zamora, mediante la puesta a disposición de losmismos, facilitará la puesta en marcha de programas y servicios de carácter social,cultural, informativo, formativo, educativo y lúdico que se organicen por las diferen-tes entidades o particulares. Del mismo modo propiciará el uso compartido de luga-res comunitarios y de encuentro entre los habitantes, asociaciones y demás ele-mentos integrantes de la vida de la provincia. En definitiva el objetivo prioritario deesta Diputación será, en todo caso, que sus edificios, locales e instalaciones pue-dan constituirse en espacios destinados al fomento cultural, la formación y la con-vivencia procurando así mejorar la calidad de vida y el bienestar social y personalde los habitantes de la provincia de Zamora.

En virtud de lo anteriormente expuesto se aprueba el presente Reglamento, enaplicación de la potestad reglamentaria y de autoorganización reconocida a lasentidades locales en el artículo 4.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora delas Bases de Régimen Local.

TÍTULO IDISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1.- Objeto. El presente Reglamento tiene como objeto regular la utilización privativa o apro-

vechamiento especial de los edificios, locales e instalaciones de dominio públicopropiedad de la Diputación Provincial de Zamora.Artículo 2.- Ámbito de aplicación.Las normas del presente Reglamento serán de aplicación a los edificios, loca-

les e instalaciones de dominio público propiedad de esta Diputación Provincial indi-cados en el artículo siguiente, siempre que no cuenten con una Ordenanza espe-cífica del mismo objeto o la utilización del local, edificio o instalación estuviera regu-lada por un contrato específico.

Del mismo modo, queda fuera del ámbito objetivo del presente Reglamento lautilización de locales, edificios o instalaciones provinciales cuando esta estuvieraregulada por ley.Artículo 3.- Denominación y situación de los locales. En los términos previstos en la presente ordenanza, serán susceptibles de uti-

lización privativa o aprovechamiento especial los siguientes locales, edificios e ins-talaciones provinciales:

a) Palacio Provincial:- Sala de la Encarnación.

b) Antiguo Palacio Provincial:- Salas.

c) Colegio Universitario:- Paraninfo.- Sala de Conferencia.- Claustro.

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Artículo 4.- Uso de los locales.Los edificios, locales e instalaciones regulados en Reglamento, podrán ser uti-

lizados para llevar a cabo en ellos exposiciones, reuniones, cursos, charlas, cele-braciones de bodas civiles u otro tipo de celebraciones, así como otros actos oeventos de diferente tipo, ya tengan o no fines económicos, siempre y cuando sehaga un uso responsable de aquellos y se cumplan las previsiones establecidas enel presente Reglamento.

Estará en todo caso prohibido el uso del local para actividades que vulneren lalegalidad o que fomenten la violencia, el racismo, la xenofobia y cualquier otraforma de discriminación o que atenten contra la dignidad humana.

Cualquier uso de los edificios, locales e instalaciones provinciales estará supe-ditado al funcionamiento habitual de los servicios públicos y de las actividades pro-pias a desarrollar en el edificio, local o instalación.Artículo 5.- Beneficiarios. La utilización de dichos edificios, locales e instalaciones podrá realizarse por las

personas interesadas ya se trate de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas. TÍTULO II

PROCEDIMIENTO PARA LA UTILIZACIÓN DE LOS EDIFICIOS, LOCALES E INSTALACIONES PROVINCIALES

Artículo 6.-Solicitudes.Los interesados en la utilización de edificios, locales e instalaciones provincia-

les deberán solicitarlo por medio de una instancia dirigida al Sr. Presidente de laDiputación Provincial de Zamora, con al menos quince días naturales de antelacióncon respecto a la fecha en que se pretenda dicha utilización, conforme al modeloque se incorpora al presente Reglamento como Anexo I.

En la instancia se hará constar, además de los datos preceptivos según la Ley30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y de Procedimiento Administrativo Común, los siguientes extremos:

a) Datos del solicitante. En el supuesto de que se trate de una persona jurídicadeberá designarse un representante que actuará como responsable del cumpli-miento de las previsiones establecidas en el presente Reglamento.

b) Duración [horas y/o días].c) Descripción de las actividades a realizar.d) Número previsto de ocupantes o asistentes.e) Finalidad de la utilización y motivos de la solicitud.Artículo 7.- Tramitación.Una vez recibida la solicitud, se dará traslado de la misma al Negociado de

Patrimonio para que se proceda a la instrucción del correspondiente procedimien-to, debiendo comprobar la misma así como, en su caso, la documentación que laacompañe.

Si se estima que la solicitud no reúne los requisitos previstos en el presenteReglamento se requerirá al solicitante para que en un plazo de diez días subsanela falte o acompañe la documentación preceptiva, con indicación de que, si así nolo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición.

Previa a la concesión de la autorización, la Diputación podrá solicitar cuantosdocumentos, informes o aclaraciones complementarias considere oportuno.

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Artículo 8.- Criterios de adjudicación.En todo caso, la Diputación Provincial de Zamora tendrá prioridad en la utiliza-

ción de los edificios y locales provinciales, aun cuando el uso de éstos haya sidoya autorizado, debiendo comunicarlo al solicitante, de forma motivada, con la máxi-ma antelación posible.

En el supuesto de que se hallen en estado de tramitación dos o más solicitudes enlas que se produzca coincidencia de locales solicitados, horarios y/o fechas y no sepueda realizar un uso compatible por los diferentes solicitantes la Diputación Provincialtendrá en cuenta los siguientes criterios de preferencia, por el orden que se indica:

a) Actividades promovidas, financiadas o patrocinadas por la DiputaciónProvincial de Zamora.

b) Actividades promovidas, financiadas o patrocinadas por otras Administracioneso entidades públicas.

c) Eventos o actividades de carácter público frente a los eventos o actividadesprivados.

d) Realización de actos o eventos sin fines económicos frente a actos o even-tos con fines económicos, entendiendo por tales los así definidos en la ordenanzafiscal reguladora de la tasa por la utilización de edificios provinciales.

e) Actividades a realizar por asociaciones y/o grupos que se hallen inscritos enel correspondiente Registro de Asociaciones frente a otras planteadas por perso-nas y/o grupos no estructurados o no inscritos.

f) Fecha/hora de entrada en el Registro de la Diputación Provincial, teniendopreferencia la solicitud que haya tenido entrada en primer lugar. Artículo 9.- Autorización. En todo caso, con carácter previo al inicio de la actividad o uso deberá haber-

se obtenido la correspondiente autorización expresa de la Diputación Provincial deZamora.

Corresponde a la Presidencia la adjudicación del uso de los edificios, locales einstalaciones provinciales cuando su valor no supere el 10% de los recursos ordi-narios del presupuesto ni el importe de tres millones de euros.

Corresponde al Pleno la adjudicación del uso de dichos edificios, locales e ins-talaciones cuando no corresponda al Presidente.

La resolución podrá imponer condiciones particulares en relación al aforo máximopermitido, restricciones al acceso de menores o limitaciones derivadas de la normativavigente en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas u otras materias.

El plazo máximo para resolver este procedimiento será de tres meses. El trans-curso de este plazo sin haberse dictado resolución expresa legitima al interesadopara entender desestimada su petición por silencio administrativo.

TÍTULO IIIOBLIGACIONES DE LOS USUARIOS

Artículo 10.- Deberes de los autorizados.Los autorizados a usar los edificios, locales e instalaciones previstos en el pre-

sente Reglamento deberán cumplir las siguientes obligaciones:a) Destinar el espacio a la finalidad para la que se le concedió, sin que pueda

llevarse a cabo ningún tipo de actividad distinta.b) No realizar en los locales ningún tipo de actividad prohibida de conformidad

con lo señalado en el artículo 4 del presente Reglamento.

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c) No ceder a terceros el uso del local ni total ni parcialmente.d) Respetar las fechas y horarios previstos en la autorización.e) No causar molestias al vecindario ni perturbar la tranquilidad de la zona

durante los horarios de utilización.f) Respetar los espacios y horarios de otros usuarios que, en su caso, com-

partan la utilización del local, sin interferir en el normal desarrollo de sus activi-dades.

g) Contratar y costear cuantos servicios o suministros sean necesarios parael desarrollo de la actividad autorizada y de los que no disponga el correspon-diente edificio, local o instalación.

h) Velar por la limpieza y el orden del local, después de cada período diariode uso.

i) No realizar ningún tipo de obra ni reforma en los locales cualquiera quesea su clase o entidad.

j) Cuidar de los locales, mobiliario y enseres existentes, efectuando un usoresponsable y cívico de los mismos, de forma que no se ocasione daño omenoscabo alguno, sin perjuicio del desgaste que pueda producirse por el usonormal, adecuado y razonable atendiendo al fin para el cual fue solicitada laautorización.

k) En caso de producirse por cualquier causa dichos daños o desperfectos,asumir el coste de los mismos. A estos efectos el autorizado estará obligado al rein-tegro del coste total de los respectivos gastos de reconstrucción o reparación y aldepósito previo de su importe. Si los daños fueran irreparables la Diputación seráindemnizada en una cuantía igual al valor de los bienes destruidos o al importe deldeterioro de lo dañado. En ningún caso la Diputación Provincial podrá condonartotal ni parcialmente las indemnizaciones y reintegros señalados.

l) Asumir las indemnizaciones derivadas de las reclamaciones que se pre-senten por la producción de daños en los bienes y en las personas derivados dela utilización de los edificios, locales e instalaciones provinciales así como delfuncionamiento normal o anormal de los servicios o actividades que en ellos sepresten o realicen, sin que la Diputación Provincial de Zamora asuma responsa-bilidad alguna.

m) Comunicar a la Diputación Provincial cualquier anomalía, incidencia, defi-ciencia o deterioro que pueda surgir, y con carácter inmediato en el supuesto deurgencia.

n) Permitir a la Diputación Provincial el ejercicio en cualquier momento de lapotestad de inspección de los edificios, locales e instalaciones y de las activida-des que en ellos se desarrollan, facilitando el acceso a los diversos espacios yproporcionando la información y documentación que sea requerida.

o) Obtener a su costa cuantas licencias y permisos resulten necesarios deconformidad con la normativa vigente para el desarrollo de la correspondienteactividad.

p) A la finalización del período establecido, entregar el bien en el estado deconservación y uso en que se pone a su disposición.

q) Cumplir la normativa vigente en relación con la actividad para la que seconcede la autorización así como las previsiones establecidas en la presenteOrdenanza y aquellas otras que puedan preverse en la propia autorización.

r) Abonar, en los casos en que así proceda, la tasa establecida en laOrdenanza fiscal correspondiente y, en su caso, otros tributos que pudieran pro-ceder en relación con la actividad autorizada.

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TÍTULO IVINFRACCIONES Y SANCIONES

Artículo 11.- Infracciones.Se considerarán infracciones todas las actuaciones de los autorizados a usar

los edificios, locales e instalaciones provinciales que supongan un incumplimientode las obligaciones señaladas en el artículo anterior o de las condiciones específi-cas indicadas, en su caso, en la propia autorización.

Las infracciones se clasificarán en muy graves, graves y leves.Se consideran infracciones muy graves las que supongan: a) Una perturbación relevante de la convivencia que afecte de manera grave,

inmediata y directa a la tranquilidad o al ejercicio de derechos legítimos de otraspersonas, al normal desarrollo de actividades de toda clase conforme a la norma-tiva aplicable o a la salubridad u ornato público, siempre que se trate de conductasno subsumibles en los tipos previstos en el capítulo IV de la Ley 1/1992, de 21 defebrero, de Protección de la Seguridad Ciudadana.

b) El impedimento del uso de un servicio o espacio público por otra u otras per-sonas con derecho a su utilización.

c) El impedimento o la grave y relevante obstrucción al normal funcionamientode un servicio público.

d) Los actos de deterioro grave y relevante de los locales y del mobiliario y equi-pamiento existente en ellos.

e) El destino del espacio a algún tipo de actividad prohibida de conformidad conlo señalado en el artículo 4 del presente Reglamento o a cualquier actividad distin-ta de aquella para la que se concedió.

f) La cesión a terceros por parte del autorizado del uso del local ya sea total oparcialmente.

Las demás infracciones se clasificarán en graves y leves, de acuerdo con lossiguientes criterios:

a) Gravedad en la vulneración de la legalidad. b) Gravedad o intensidad de los daños causados al interés público, a los dere-

chos de los ciudadanos o de otros usuarios o a los bienes de la DiputaciónProvincial.

c) Intensidad del deterioro de la imagen pública institucional. Artículo 12.- Sanciones.Previa instrucción del correspondiente expediente, las sanciones a imponer en

caso de comisión de las infracciones arriba indicadas, serán:a) Infracciones muy graves: Hasta 3.000 euros.b) Infracciones graves: Hasta 1.500 euros.c) Infracciones leves: Hasta 500 euros.Las sanciones que pueden imponerse serán independientes de la indemniza-

ción de daños y perjuicios que proceda.Además, en el caso de infracciones graves y muy graves procederá en todo

caso la extinción de la autorización concedida para el uso del correspondiente edi-ficio, local o instalación.

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Disposición transitoria única.Las entidades que a la entrada en vigor del presente Reglamento se hallen utili-

zando edificios, locales o instalaciones provinciales deberán presentar la correspon-diente solicitud de uso en el plazo de un mes a contar desde dicha entrada en vigor.

A estas entidades se les concederá prioridad en el otorgamiento del uso de loslocales que vinieran ocupando. Disposición derogatoria única.Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan

a lo dispuesto en este Reglamento.Disposición final única. El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de la publicación ínte-

gra de su texto en el Boletín Oficial de la Provincia de Zamora.Contra el presente acto que pone fin a la vía administrativa. Podrán interponer-

se los siguientes recursos:- Recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de

Castilla y León, en el plazo de dos meses a contar desde el siguiente día a la pre-sente publicación, en la forma y con los requisitos exigidos por la Ley 29/1998, de13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

- Cualquier otro que estime procedente.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTOZAMORAEdicto

De conformidad con lo dispuesto en los art. 59 y 61 de la Ley 30/1992, de 26de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común, se hace pública notificación de resolución derecursos de reposición interpuestos, de los expedientes que a continuación se rela-cionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido,ésta no se ha podido practicar.

Los expedientes se encuentran a disposición de los interesados en la Oficinade Tramitación de Denuncias del Excmo. Ayuntamiento de Zamora, ubicada en C/Santa Ana, n.º 5.

Asimismo, se significa que la resolución indicada pone fin a la vía administrati-va y que contra ella, cabe interponer: Directamente, recurso contencioso-adminis-trativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Zamora, en el plazo dedos meses, contado a partir del día siguiente al de la publicación del presenteanuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Zamora.

Sin perjuicio de lo anterior, le significo que, como interesado, podrá ejercitarcualquier otro recurso que estime oportuno de acuerdo con la Ley y el Derecho.

Asimismo se le indica que:- Forma de pago: El pago de la multa deberá hacerse efectiva a través de Caja

Duero n.º de cuenta: 2104 0093 9 9 9153610185, indicando: NÚmero de expedien-te, boletín y matrícula del vehículo que figura en esta publicación.

- Efectos del no pago en periodo voluntario (vía de apremio): Transcurrido elplazo máximo de pago, treinta días a partir de la presente publicación sin haberseefectuado el ingreso en periodo voluntario, se procederá a su cobro por el procedi-miento de apremio.Claves de identificación:LTSV: Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobada por Real DecretoLegislativo 339/1190, de 2 de marzo.RGC: Reglamento General de Circulación, aprobado por Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre.OCUZ: Ordenanza de Circulación y Usos de las Vías Públicas del municipio de Zamora. Boletín Oficial de laProvincia de 11 de febrero de 1999.

C. P. Exp Boletín NIF Denunciado Matricula Fecha Clave Artº Apdo Cuantia49028 113613 3024316 11971932H DOMINGUEZ FERNANDEZ INMACULADA M-6721-PM 26/01/2013 RGC 154 00 80,00 €49028 112812 12435420 45684387Q GARCIA HERAS NOELIA ZA-9945-K 26/12/2012 OCUZ 063 02 60,00 €49027 110813 12827400 11969984W MARCO CESAR MANJON GAGO 5350-GJJ 01/08/2012 OCUZ 063 02 60,00 €37900 108001 12528809 11936341P MARTIN MARCOS, ANGEL JOSE 2391-GYK 27/06/2012 OCUZ 063 02 60,00 €49697 111366 12135480 71017532H RODRIGUEZ CAMPS GONZALO 6253-HBT 11/09/2012 OCUZ 063 02 60,00 €

Zamora, 23 de septiembre de 2013.-La Alcaldesa.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTOZAMORAAnuncio

Mediante acuerdo adoptado en sesión ordinaria del Pleno del Ayuntamiento deZamora de fecha 30-09-2013, se aprobó la modificación de la RPT y plantilla pre-supuestaria 2013.

De conformidad con lo señalado en el art. 49 de la Ley 7/85, de 2 de abril, deBases de Régimen Local, se expone al público el expediente a fin de dar audien-cia a los interesados por plazo de treinta días para presentar reclamaciones o ale-gaciones.

Transcurrido el plazo sin que se hayan presentado alegaciones o reclamacio-nes se entenderá definitivamente aprobado.

La Alcaldesa.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTOZAMORA

POLÍCIA MUNICIPALInforme sobre listado de vehículos y titulares de los mismos que se encuentran

ilocalizables y cuyo ultimo domicilio conocido es el municipio de Zamora.El Oficial de la Policía Municipal de Zamora con número de identificación 9038

tiene el deber de informar a Vd.Que a continuación se relaciona listado de vehículos que se encuentran en el

Depósito Municipal del Ayuntamiento de Zamora a cuyos titulares ha resultadoimposible notificarles la entrada de dichos vehículos al depósito por no residir en elúltimo domicilio conocido por lo que se solicita a Vd. que, de conformidad con lodispuesto en los artículos 59.1 y 61 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común (B.O.E. número 285 de 27 de noviembre de 1992), se détraslado al Sr. Secretario del Excmo. Ayuntamiento de Zamora del presente docu-mento al objeto de que se haga pública la notificación del requerimiento para quelos titulares de los vehículos procedan a su retirada del Depósito Municipal median-te la exposición en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Zamora y de la publi-cación del edicto en el Boletín Oficial de la Provincia.

Los expedientes de dichos vehículos se encuentran en las dependencias de laPolicía Municipal de Zamora en la Unidad de Policía Administrativa a disposiciónde los interesados.

Los vehículos y titulares de vehículos a los que se requiere para que procedan,en el plazo máximo de dos meses, a su retirada del Depósito Municipal o, en sucaso formulen las alegaciones que estimen procedentes, son los siguientes:Matrícula Titular D.N.I./N.I.F. Fecha depósitoZA3568K Grecope, S.L. B49181845 14/10/20126071DCB Bernardino Martín Fernández 11728300W 10/10/2012ZA5785K Instalaciones Valza, S.L. B49228992 29/12/2011ZA6933J Ars Vitraria, S.L. B49192693 11/07/2012C0330BSP Antonio Serrano Puentes 43412819C 29/11/2011L4487M Grupo Casaseca dos mil, S.L. B49174501 23/01/20026925BXF Juan José Serna Rodríguez 14565725D 7/06/2013LE8476Z Francisco Angel González Pérez 11678819V 24/04/20138163BNY Raul Muñoz Borja 47031597R 12/06/2013M6765PY Alejandro Valentín Ael Lungu 71041993F 01/02/2013

Una vez cumplimentado el trámite sería conveniente que se emitiese por partedel Sr. Secretario una certificación que acredite la legalidad del mismo a los efec-tos de dar por efectuada la notificación para proseguir con el procedimiento.

Zamora, 17 de septiembre de 2013.-El Oficial.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTO

TOROAlcaldíaDecreto

En uso de las facultades que me otorgan la Ley 7/1985, de 2 de abril,Reguladora de las Bases de Régimen Local, el Real Decreto Legislativo 781/86, de18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legalesvigentes en materia de Régimen Local, y el Real Decreto 2568/86, de 28 de noviem-bre, de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las CorporacionesLocales.

RESUELVOAprobar el Padrón del Impuesto de Actividades Económicas, correspondiente al

ejercicio 2013, por un importe de 302.321,13 euros (trescientos dos mil trescientosveintiun euros con trece centimos).

Lo mando y firmo en la ciudad de Toro, a veintisiete de septiembre de 2013.-ElAlcalde.

ANUNCIO DE EXPOSICIÓN AL PÚBLICOAprobado provisionalmente el Padrón del Impuesto de Actividades

Económicas, correspondiente al ejercicio 2013, por Decreto de Alcalde-Presidenten.º 20130977, de fecha 27 de septiembre de 2013, se expone al público durante elplazo de quince días, contados a partir de aquel en que aparezca publicado en elBoletín Oficial de la Provincia, para que pueda ser examinado por los interesadosy presentar las reclamaciones que consideren oportunas.

Transcurrido dicho plazo, en el caso de que no se hubieran presentado recla-maciones, se entenderá definitivamente aprobado.

Por lo que respecta a la cobranza del referido padrón, se informa:1.- Plazo de ingreso en periodo voluntario: Desde el día 24 de octubre de 2013

hasta el 23 de diciembre de 2013, ambos inclusive.2.- Los obligados al pago que no hubieran efectuado la domiciliación bancaria

de los recibos, con el fin de facilitar su efectividad, recibirán en sus domicilios losinstrumentos cobratorios correspondientes. En caso de no recibirlos, podrán reco-gerlos en la Oficina de Recaudación ubicada en la Pza. Mayor, 1.3.- Lugar de pago: En las siguientes entidades bancarias colaboradoras:Banco Bilbao Vizcaya Argentaria (BBVA) - Caja Rural de Zamora.4.- Medios de pago: Los establecidos en el artículo 24 del Reglamento General

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de Recaudación, en relación con los artículos 60 a 65 de la Ley 58/2003 GeneralTributaria.5.- Advertencia: El vencimiento del plazo voluntario de pago establecido ante-

riormente sin haber satisfecho los importes adeudados, determinará el inicio delprocedimiento de apremio, con el devengo del recargo de apremio, intereses dedemora y posibles costas que se produzcan, de acuerdo con lo dispuesto en losartículos 160 y 161 de le Ley General Tributaria y el 91 y ss del ReglamentoGeneral de Recaudación.

Asimismo, queda abierto el periodo de exposición al público de la matrícula delImpuesto sobre Actividades Económicas 2013, referida a cuotas municipales, cuyosdatos podrán consultarse en las dependencias del Excmo. Ayuntamiento de Toro,durante el plazo de quince días, contados a partir de la publicación en el BoletínOficial de la Provincia. La inclusión o exclusión de un sujeto pasivo en la matrícula,así como la alteración de cualquiera de los datos comprendidos en la misma, cons-tituyen actos administrativos contra los que cabe interponer recurso de reposiciónante la Delegación de Zamora de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria,en el plazo de un mes, a contar desde el día inmediato siguiente al de la finalizacióndel periodo de exposición pública de la matrícula, o reclamación económico-admi-nistrativa, en el mismo plazo, ante el Tribunal Económico-Administrativo de Castillay León, sin que puedan simultanearse ambos recursos. Podrá, no obstante, interpo-nerse cualquier otro recurso que se estime procedente.

Toro, 27 de septiembre de 2013.-El Alcalde.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTOVEGALATRAVE

Que en la sesión plenaria celebrada con carácter el día 12 de julio de 2013 seaprobó la modificación de la ordenanza de prestación del servicio de suministro deagua, y no habiéndose presentado reclamaciones contra la misma durante el perio-do de exposición pública, se ha elevado a definitivo el acuerdo, de conformidad alo establecido en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de lasBases de Régimen Local.

Se publica el texto modificado del artículo 5.2 de las ordenanza citada:2.- La cuota tributaria correspondiente por la prestación de los servicios de

abastecimiento de agua, se determinarán aplicando la siguiente tarifa, por cuatri-mestres:

Tasa mínima de 4 euros, por cada cuatrimestre.a) De 0 m3 a 20 m3, al precio de 0,30 euros/m3.b) De 21 m3 a 50 m3, al precio de 0,50 euros/m3.c) De 51 m3 a 70 m3, al precio de 0,80 euros/m3.d) De 71 m3 a 100 m3 al precio de 1,00 euros/m3.e) De 101 m3 en adelante, al precio de 3,00 euros/m3.A las tarifas anteriores se le aplicará el tipo impositivo del Impuesto del Valor

Añadido vigente en cada momento, que devengara la cuota tributaria correspon-diente.Disposición final.- La presente modificación del artículo 5.2 de la ordenanza

entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Provinciade Zamora, permaneciendo vigente hasta su modificación o derogación expresa.

Vegalatrave, 26 de septiembre de 2013.-La Alcaldesa.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTOSANZOLES

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión extraordinaria celebrada el 26 de sep-tiembre de 2013, acordó el establecimiento y aprobación inicial de ordenanza porla que se crean, modifican y suprimen ficheros de datos de carácter personal delAyuntamiento de Sanzoles, así como de la ordenanza para el ejercicio de activida-des comerciales minoristas y prestación de determinados servicios.

De conformidad con lo dispuesto en el art. 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,reguladora de las Bases de Régimen Local, durante el plazo de treinta días hábi-les, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BoletínOficial de la Provincia, los interesados podrán examinar el expediente y durante elmismo plazo se les dará audiencia a efectos de que puedan presentar las reclama-ciones y hacer las alegaciones y sugerencias que estimen oportunas.

Transcurrido dicho plazo sin interponerse reclamaciones, este acuerdo provi-sional se elevará a definitivo sin necesidad de segundo acuerdo expreso, publicán-dose en todo caso el texto íntegro de la misma.

Sanzoles, 26 de septiembre de 2013.-El Alcalde.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTOMELGAR DE TERA

AnuncioEl Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 23 de sep-

tiembre de 2013, acordó aprobar la modificación de la ordenanza reguladora de latasa por licencias urbanísticas.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 del texto refundido de la LeyReguladora de las Haciendas Locales (aprobado por Real Decreto Legislativo2/2004, de 5 de marzo), el acuerdo provisional de modificación de la citada orde-nanza fiscal queda expuesto al público en este Ayuntamiento, para que en el plazode treinta días, contados desde el siguiente al de la publicación de este anuncio enel Boletín Oficial de la Provincia, los interesados legítimos a que hace referencia elartículo 18 de la Ley citada puedan examinar el expediente y presentar las recla-maciones que estimen oportunas. En el caso de que no se presenten reclamacio-nes, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisio-nal, sin necesidad de acuerdo plenario.

Melgar de Tera, 24 de septiembre de 2013.-El Alcalde.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTO

CERECINOS DE CAMPOSEdicto

Por resolución de Alcaldía, de fecha 25 de septiembre de 2013, los padronesde contribuyentes que a continuación se relacionan, quedan expuestos al públicoen la Secretaría de este Ayuntamiento, de conformidad con la legislación vigente,por un plazo de quince días, durante los cuales se podrán examinar y, en su caso,presentar las reclamaciones que se estimen oportunas, todo ello de conformidadcon lo dispuesto en el art. 124.3 de la Ley General Tributaria.

PADRONES EXPUESTOS- Padrón: Suministro de agua.- Ejercicio: 1.º semestre año 2013.De no producirse reclamación alguna, se entenderán definitivamente aproba-

dos sin necesidad de adoptar nuevo acuerdo expreso.Cerecinos de Campos, 25 de septiembre de 2013.-El Alcalde.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTO

CASASECA DE CAMPEÁNAnuncio padrones cobratorios

Tributo PeriodoAbastecimiento de agua 3.er T 2012Abastecimiento de agua 4.° T 2012Basura 2013

Todos los interesados en comprobar los datos personales y fiscales, puedenconsultarlos en el Ayuntamiento de Casaseca de Campeán durante el plazo deveinte días contados a partir de la publicación de este anuncio y formular en esemismo plazo las alegaciones que consideren pertinentes.

Casaseca de Campean, 19 de septiembre del 2013.-La Alcaldesa.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTO

PUEBLICA DE VALVERDEAnuncio de aprobación definitiva

En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 179.4 del Real DecretoLegislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de laLey Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegacionesdurante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a defi-nitivo el acuerdo plenario de fecha 22 de agosto de 2013, sobre el expediente demodificación de créditos n.° 3/2013 del presupuesto en vigor y se hace públicoresumido por capítulos:

Altas en aplicaciones de gastosAplicación presupuestaria NN.º Descripción Euros2 143 Otro personal 100,002 160 Seguridad Social 100,002 162.05 Seguros 100,001 463 Transferecias corrientes a Mancomunidades 1.700,00

Total gastos 2.000,00

Baja en aplicaciones de gastosAplicación presupuestaria NN.º Descripción Euros1 227.06 Estudios y trabajos técnicos 2.000,00

Total gastos 2.000,00

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el articulo 113 de laLey 7/1985, de 2 de abril, Regaladora de las Bases del Régimen Local, los intere-sados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en laforma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 dejulio, Reguladora de dicha Jurisdicción,

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividaddel acto o acuerdo impugnado.

Pueblica de Valverde, 26 de septiembre de 2013.-El Alcalde.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTOTORREGAMONES

AnuncioEl Pleno de este Ayuntamiento, en sesión extraordinaria celebrada el día 13 de

septiembre de 2013, acordó aprobar inicialmente la ordenanza fiscal, reguladoradel impuesto sobre bienes inmuebles.

De conformidad con lo dispuesto en el citado artículo 17 del texto refundido dela Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo2/2004 de 5 de marzo, el presente acuerdo tiene carácter provisional y se exponeen el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provinciadurante el plazo de treinta días, contados desde el día siguiente a la inserción delpresente anuncio en el citado Boletín, a fin de que los interesados puedan examinarel expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Torregamones, 18 de septiembre de 2013.-El Alcalde.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTOTORREGAMONES

Anuncio de percepciones por asistencias a PlenoEn cumplimiento de lo establecido en el artículo 75.5 de la Ley 7/1985, de 2 de

abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, se publica íntegramente elacuerdo plenario adoptado por el Ayuntamiento de Torregamones, con fecha 26 deenero de 2013, relativo a la determinación de las percepciones de los miembros dela Corporación por asistencias a plenos:Punto cuarto.- Acuerdo sobre percepciones por asistencia a sesiones de los

órganos colegiados de los miembros de la corporación.Visto el expediente tramitado para la determinación de la percepción de asis-

tencias a las sesiones a celebrar por los órganos colegiados de la Corporación, enel que consta la propuesta del Sr. Alcalde, de acuerdo con lo previsto por el art. 75de la Ley de Bases de Régimen Local y art. 13 del Reglamento de Organización yFuncionamiento de las Corporaciones Locales, de compensar a los miembros dela Corporación por la asistencia a las sesiones del Pleno con una percepción eco-nómica de treinta euros por asistencia real y efectiva a estas sesiones. El Pleno,tras breve debate, por unanimidad de los asistentes acuerda:

1.- Establecer a favor de los miembros de la Corporación que no tienen dedica-ción exclusiva, ni parcial, la percepción económica de treinta euros para cada uno delos miembros de la Corporación por asistencia efectiva a los Plenos que se celebren.

2.- Publicar en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial dela Provincia el presenté acuerdo.

Torregamones, 18 de septiembre de 2013.-El Alcalde.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTOTORREGAMONES

AnuncioRégimen de dedicación parcial del Alcalde y retribuciones

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 75.5 de la Ley 7/1985, de 2 deabril, reguladora de las Bases del Régimen Local, se publica integramente elacuerdo plenario adoptado por el Ayuntamiento de Torregamones , con fecha 13 deseptiembre de 2013, relativo a la determinación del régimen de dedicación parcialdel alcalde en el ejercicio de sus funciones y las retribuciones del cargo:Punto segundo.- Acuerdo sobre régimen de dedicación parcial del Alcalde y

determinación de retribuciones.A la vista del expediente tramitado, en el que constan los informes de Secretaría-

Intervención de fecha 2 de septiembre de 2013 y la propuesta de que el cargo deAlcalde se desempeñe en régimen de dedicación parcial, con derecho a retribución,así como la cuantía que se le asigna en atención a su grado de responsabilidad trasla deliberación suscitada, el Pleno, por unanimidad de los asistentes acuerda:Primero.- Determinar que el cargo de Alcalde se realice en régimen de dedica-

ción parcial y retribuida, con una dedicación mínima en el ejercicio del cargo de vein-te horas semanales; dada la complejidad de la administración municipal actual y elamplio abanico de asuntos que es necesario resolver con inmediatez, esta determi-nación viene motivada por la necesidad de Impulso de las múltiples actuaciones queesta corporación tiene previsto desarrollar, y en aras de garantizar el funcionamien-to adecuado de los servicios y la optimización de los recursos existentes.Segundo.-Establecer a favor del Alcalde por el desempeño de su cargo en régi-

men de dedicación parcial, con efectos a partir del 15 de septiembre de 2013, unaretribución bruta anual de 6.000,00 euros, que se percibirán en doce pagas de500,00 euros, correspondientes a las diferentes mensualidades del año, así comodarle de alta en el régimen general de la Seguridad Social, asumiendo estaCorporación el pago de las cuotas empresariales que corresponda, quedando sinefecto, conforme a la normativa vigente, él régimen de indemnizaciones estableci-do para por acuerdo de Pleno de este Ayuntamiento de fecha 15 de febrero de 2013.Tercero.-Aprobar el expediente de modificación de crédito necesario para dotar

de consignación en el vigente presupuesto municipal las obligaciones derivadasdel presente acuerdo, cuya previsión inicial, para el presente ejercicio de 2012, esde 2.359,95 euros, cantidad comprensiva de las retribuciones y de las cuotasempresariales por Seguridad Social.Cuarto.- Publicar en el Boletín Oficial de la Provincia de forma íntegra el pre-

sente acuerdo, a los efectos de su general conocimiento. Torregamones, 18 de septiembre de 2013.-El Alcalde.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTO

PALACIOS DEL PANAnuncio

De conformidad con lo establecido en el artículo 212.3 del Real DecretoLegislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de laLey Reguladora de las Haciendas Locales, se expone al público la Cuenta Generaldel ejercicio 2012 con sus justificantes y el informe de la Comisión Especial deCuentas, por plazo de quince días, durante los cuales y ocho mas los interesadospodrán presentar reclamaciones, reparos u observaciones, que serán examinadospor dicha Comisión, que practicará cuantas comprobaciones crea necesarias, emi-tiendose en dicho supuesto un nuevo informe.

Palacios del Pan, 27 de septiembre de 2013.-La Alcaldesa.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTOLOSACINOEdicto

De conformidad eon lo establecido en el artículo 177.2. en relación con el 169.3del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el textorefundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se expone al público elexpediente numero 4/2013, sobre modificaciones de créditos en el presupuesto delejercicio de 2013, mediante concesión de créditos extraordinarios y suplementosde créditos, resumido por capítulos.

1. Créditos extraordinarios y suplementos de créditos:Capítulo Denominación Créditos Extraord. Suplemento Crédito

6 Inversiones reales 15.000,00

2. Financiar las expresadas modificaciones de crédito, de la siguiente forma:a) Con cargo al remanente líquido de Tesorería: 15.000,00.b) Con los nuevos o mayores ingresos siguientes:c) Mediante anulaciones o bajas de créditos de las siguientes partidas presu-puestarías:

d) Concertando una operación de crédito por importe de:Destinada a cubrir los siguientes gastos de inversión: Total financiación créditos extraordinarios y suplementos de créditos: 15.000,00.Contra la modificación de créditos podrá interponerse recurso contencioso-

administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del siguiente a la publi-cación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia o, en su caso, de lanotificación personal a los interesados que presentaron reclamación contra la apro-bación inicial de la misma.

Losacino, 26 de septiembre de 2013.-La Alcaldesa.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTOMUELAS DEL PAN

Anuncio de contratación para la enajenación onerosa de cuatro parcelas patri-moniales del Ayuntamiento por procedimiento abierto mediante subasta pública.

El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento mediante resolución del 06/09/2013aprobó el expediente administrativo de enajenación mediante subasta pública con-forme al articulo 80 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, TextoRefundido de las disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local,convocando su licitación, para las parcelas municipales que se indican en el obje-to del contrato.

Asimismo, aprobó el pliego de condiciones administrativa particulares que regi-rá la adjudicación y el contrato, en consecuencia, se abre un periodo de informa-ción pública de quince días hábiles, de acuerdo con el artículo 110 del Reglamentode Bienes de la Entidades Locales aprobado por el Real Decreto 1372/1986, de 13de junio, contado a partir de la publicación de! presente en el Boletín Oficial de laProvincia, para la presentación de reclamaciones.

De forma simultanea se convoca la licitación, sí bien en caso de presentarsereclamaciones contra el mencionado expediente o Pliego, se suspenderá lo nece-sario.1. Entidad adjudicadora.a) Organismo: Ayuntamiento de Muelas del Pan.b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría.c) Número de expediente: 2/2013.d) Órgano de contratación: Alcalde.e) Dirección de Internet del Perfil de Contratante insito en la página webmunicipal: http://www.ayto-muelasdelpan.com/perfilcontrat.htm.

2. Objeto del contrato.Constituye el objeto del contrato la enajenación por este Ayuntamiento, median-

te subasta pública, de los bienes inmuebles de propiedad municipal siguientes:- Número uno:Parcela en calle Santiago 1-A, de 306,54 m2 de superficie, situada dentro del

casco urbano de Muelas del Pan, de forma rectangular con dimensiones de 13,10m. a la calle Santiago y 23.40 m. a la calle Peñas y topografía horizontal, carecede edificaciones y vallado, está sin catastrar y sin uso alguno en la actualidad.Limita al norte con calle Peñas; al oeste con vivienda en la calle San Roque 14,propiedad de don Francisco Martín Gato; al sur con parcela de propiedad munici-pal situada en calle Santiago 1-B; y al este con frente a vía pública en calleSantiago. Se califica como bien patrimonial y se le asigna un valor de 9.196,20euros. Se conoce la existencia de una servidumbre de luces y vistas en su linde-ro oeste ante la existencia de una ventana en la planta primera de la vivienda dedon Francisco Martín Gato. El Ayuntamiento la posee desde tiempo inmemorialquieta y pacíficamente no existiendo título de dominio. Referencia Catastral:

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2512508TM5021S0001OZ. Datos Registro de la Propiedad: Inscripción 1a, tomo:2.092, libro: 40, folio: 76, fecha: 04/10/2012. Finca de Muelas del Pan n.º 4189.

- Número dos: Parcela en calle Santiago 1-B, de 303,03 m2 de superficie, situada dentro del

casco urbano de Muelas del Pan, de forma rectangular con dimensiones de 12,95m. a la calle Santiago y 23,40 m. de fondo y topografía horizontal, carece de edifi-caciones y vallado, está sin catastrar y sin uso alguno en la actualidad. Limita alnorte con parcela de propiedad municipal situada en calle Santiago 1-A; al oestecon parcela de propiedad municipal situada en la calle San Roque 12-A; al sur conparcela de propiedad municipal situada en calle Santiago 1-C; y al este con frentea vía pública en calle Santiago. Se califica como bien patrimonial y se le asigna unvalor de 7.575,75 euros No se conocen cargas y el Ayuntamiento la posee desdetiempo inmemorial quieta y pacíficamente, no existiendo titulo de dominio.Referencia Catastral: 2512507TM5021S0001MZ. Datos Registro de la Propiedad:Inscripción 1ª, tomo: 2.092, libro: 40. folio: 78, fecha: 04/10/2012. Finca de Muelasdel Pan n.° 4190.

- Número tres: Parcela en calle Santiago 1-C, de 234,00 m2 de superficie, situada dentro del

casco urbano de Muelas del Pan, de forma rectangular con dimensiones de 10,00m. a la calle Santiago y 23,40 m. de fondo y topografía horizontal, carece de edifi-caciones y vallado, está sin catastrar y sin uso alguno en la actualidad. Limita alnorte con parcela de propiedad municipal situada en calle Santiago 1-B; al oestecon solar sin uso situado en la calle San Roque 12, propiedad de don IgnacioRodrigo Bartolomé; al sur con parcela de propiedad municipal situada en calleSantiago 1-D; y al este con frente a vía pública en calle Santiago. Se califica comobien patrimonial y se le asigna un valor de 5.850,00 euros No se conocen cargasy el Ayuntamiento la posee desde tiempo inmemorial quieta y pacíficamente, noexistiendo título de dominio. Referencia Catastral: 2512506TM5021S0001FZ.Datos Registro de la Propiedad: Inscripción 1ª, tomo: 2.092, libro: 40, folio: 80,fecha: 04/10/2012. Finca de Muelas del Pan n.°: 4191.

- Número cinco: Parcela en calle San Roque 12-A, de 194,25 m2 de superficie, situada dentro

del casco urbano de Muelas del Pan, de forma rectangular con dimensiones de12,95 m. a la calle San Roque y 15,00 m. de fondo y topografía horizontal, carecede edificaciones y vallado, está sin catastrar y sin uso alguno en la actualidad.Limita al norte con vivienda en la calle San Roque 14, propiedad de don FranciscoMartín Gato; al oeste con frente a vía pública en calle San Roque; al sur con solarsin uso situado en la calle San Roque 12, propiedad de don Ignacio RodrigoBartolomé; y al este con parcela de propiedad municipal situada en calle Santiago1-A. Se califica como bien patrimonial y se le asigna un valor de 4.856,25 euros.No se conocen cargas y el Ayuntamiento la posee desde tiempo inmemorial quie-ta y pacíficamente no existiendo título de dominio. Referencia Catastral:2512504TM5021S0001LZ. Datos Registro de la Propiedad: Inscripción 1ª, tomo:2.092, libro: 40, folio: 84, Fecha: 04/10/2012. Finca de Muelas del Pan n°: 4193.3. Tramitación y procedimiento.La forma de adjudicación de la enajenación será la subasta pública por proce-

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dimiento abierto, en la que cualquier interesado podrá presentar una oferta, confor-me al artículo 80 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, TextoRefundido de las disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local.

Para la valoración de las ofertas y la determinación de la mejor oferta se aten-derá a un solo criterio de adjudicación, que deberá ser necesariamente el del mejorprecio.4. Tipo de licitación.El precio tipo de licitación al alza es, para cada parcela, el siguiente:

NÚMERO DE ORDEN Y SITUACIÓN DE LOS BIENES TIPO DE LICITACIÓN MUNICIPALES QUE SE ENAJENAN MÍNIMO SIN IVANúmero uno: Parcela en calle Santiago 1-A, de 306,54 m2 de superficie. 9.196,20 €Número dos: Parcela en calle Santiago 1-B, de 303,03 m2 de superficie. 7.575,75 €Número tres: Parcela en calle Santiago 1-C, de 234,00 m2 de superficie. 5.850,00 €Número cinco: Parcela en calle San Roque 12-A, de 194,25 m2 de superficie. 4.856,25 €

Los licitadores deberán limitarse a cubrir el tipo de licitación o bien mejorarlo afavor de la Corporación contratante, no siendo válida la proposición que contengacifras comparativas respecto a la más ventajosa.

Serán de cuenta del adjudicatario cuantos gastos, impuestos o arbitrios se ori-ginen con ocasión de la enajenación incluidos los de publicación, otorgamiento deescritura y posteriores regístrales.

La oferta deberá contener claramente el precio ofertado para la adquisición dela finca pretendida, así como el desglose del IVA correspondiente derivado dedicha adquisición. Correspondiendo al adjudicador pagar tanto el precio de adqui-sición como el Impuesto sobre el Valor Añadido del 21% sobre el mismo.5. Garantías.Provisional: Para tornar parte en esta subasta se exige una garantía provisio-

nal, con el fin de garantizar el cumplimiento por el adjudicatario de sus obligacio-nes, por importe de 500,00 euros que deberá constituirse a nombre del mismo y afavor del Ayuntamiento mediante ingreso en la Depositaría Municipal.

Dicha garantía podrá constituirse en cualquiera de las formas previstas en elpliego de cláusulas económico administrativas,6. Obtención de documentación e información.El expediente contractual podrá ser examinado en las oficinas municipales del

Ayuntamiento de Muelas del Pan, en horario de atención al público, durante elplazo de presentación de proposiciones.

Además de la publicación en el boletín oficial de la provincia de los anunciospreceptivos, con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la infor-mación relativa a su actividad contractual se publicarán los mismos en el perfil decontratante del órgano de contratación ínsito en la página web municipal:http://www.ayto-muelasdelpan.com/perfilcontrat.htm.7. Proposiciones.Las proposiciones serán secretas y se ajustarán al modelo previsto en este plie-

go. Deberán ir firmadas por quien las presenta, y habrán de estar redactadas encastellano, sin enmiendas ni tachaduras. Su presentación implica la aceptación

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incondicionada por el lidiador de todas las prescripciones incluidas en el presentepliego que regula este contrato.

Las proposiciones se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento deMuelas del Pan, en horario de atención al público del mismo. Cuando las proposi-ciones se presenten por correo o en cualquier otro lugar de los previstos en el artí-culo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común, el remitentelo habrá de comunicar por telegrama al Ayuntamiento de Muelas del Pan, el mismodía en que la presente, sin la concurrencia de ambos requisitos la proposición noserá admitida si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a lafecha de terminación del plazo. No obstante, transcurridos cinco días naturalesdesde la terminación del plazo de presentación, no se admitirá ninguna oferta queno haya sido recibida en dicho registro.

Cada licitador sólo podrá presentar una única proposición, referida a una únicaparcela de las cinco que se subastan. Si se presenta más de una proposición porun mismo licitador o se oferta por más de una parcela en la misma proposición,será inadmitida.

El plazo de presentación de proposiciones será de veintiséis días naturales, acontar del siguiente al de la publicación del anuncio de licitación en el BoletínOficial de la Provincia

Se presentarán conforme al modelo definido en el pliego de cláusulas adminis-trativas aprobado para la licitación y se acompañará con las formalidades y docu-mentos reseñados en dicho pliego.8. Apertura de proposiciones.El órgano de contratación, tras calificar previamente los documentos presenta-

dos en tiempo y forma en el sobre A, procederá a las 18:00 horas del segundo mar-tes hábil siguiente a la finalización del plazo de presentación de proposiciones, enacto público, a notificar el resultado de la calificación de dicha documentación y ala apertura de las proposiciones presentadas por los licitadores en el sobre B.

Si el órgano de contratación observara defectos materiales en la documenta-ción presentada en el sobre A, podrá conceder, sí lo estimara conveniente, unplazo no superior a 3 días hábiles para que el licitador subsane el error. La comu-nicación se hará electrónicamente a la dirección indicada por el licitador y serápublicada en el tablón de anuncios de esta entidad, a efectos de la notificación pre-vista en el artículo 59 de la LRJPA, comenzando, en su caso, el cómputo del plazoconcedido para la subsanación de los defectos calificados como tales, el día inme-diatamente posterior.9. Condicionalidad y reversión.Los bienes que se enajenan deberán destinarse, única y exclusivamente, a su

edificación conforme a los usos autorizados por la normativa urbanística aplicable,no admitiéndose otro destino, conforme a los plazos y condiciones fijadas en elpliego.

Caso de no verificarse dichos actos de edificación en el plazo marcado, la pro-piedad del solar revertirá al Ayuntamiento de Muelas del Pan, con pérdida del dine-ro pagado y corriendo todos los gastos que la transmisión ocasione a cargo delcomprador.

Muelas del Pan, 6 de septiembre de 2013.-El Alcalde.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTO

SANTIBÁÑEZ DE VIDRIALESAnuncio de aprobación inicial

El Pleno del Ayuntamiento de Santibáñez de Vidriales, en sesión ordinaria cele-brada el día 20 de septiembre de 2013, acordó la aprobación inicial de la ordenan-za reguladora de la tasa de piscina municipal, y la derogación de la actual.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la LeyReguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a informaciónpública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente de la inserciónde este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Zamora, para que los inte-resados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que esti-men oportunas.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se con-siderará aprobado definitivamente dicho acuerdo.

Santibáñez de Vidriales, 26 de septiembre de 2013.-El Alcalde.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTOCOOMONTEAnuncio

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.3 del Real DecretoLegislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de laLey Reguladora de las Haciendas Locales, se hace público el Presupuesto Generaldefinitivo de este Ayuntamiento, para el ejercicio de 2013, conforme al siguiente:

RESUMEN POR CAPÍTULOSIngresos

Capítulo EurosA) Operaciones no financierasA.1) Operaciones corrientes

1 Impuestos directos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 24.000,002 Impuestos indirectos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,003 Tasas y otros ingresos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 28.000,004 Transferencias corrientes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43.000,005 Ingresos patrimoniales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 14.500,00

A.2) Operaciones de capital6 Enajenación de inversiones reales . . . . . . . . . . . . . . . . 500,007 Transferencias de capital . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.200,00

B) Operaciones financieras8 Activos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,009 Pasivos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.100,00

Total ingresos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 160.300,00Gastos

Capítulo EurosA) Operaciones no financierasA.1) Operaciones corrientes

1 Gastos en personal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 39.000,002 Gastos en bienes corrientes y servicios . . . . . . . . . . . . 45.000,003 Gastos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.700,004 Transferencias corrientes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 11.000,00

A.2) Operaciones de capital6 Inversiones reales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 51.000,007 Transferencias de capital . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5.000,00

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Capítulo EurosB) Operaciones financieras

8 Activos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,009 Pasivos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7.600,00

Total gastos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 160.300,00De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 del R.D. Legislativo

781/1986, de 18 de abril, asimismo se publica la plantilla de personal de esteAyuntamiento:Personal funcionario:Contra la aprobación definitiva del presupuesto podrá interponerse recurso con-

tencioso-administrativo ante el Tribunal correspondiente de la ComunidadAutónoma, en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cualquier otro recurso.

Coomonte, 25 de septiembre de 2013.-El Alcalde.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTOVILLALPANDO

AnuncioEl Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 25 de septiembre de

2013, ha acordado la aprobación provisional de la modificación de la ordenanza fis-cal reguladora de la tasa por la prestación del servicio de guardería infantil.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de Ley Reguladorade las Haciendas Locales, el expediente se expone al público durante treinta díashábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anun-cio de exposición en el Boletín Oficial de la Provincia, durante los cuales los inte-resados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que se esti-men oportunas, dirigidas al Pleno de la Corporación. Transcurrido dicho plazo sininterponerse reclamaciones, el acuerdo provisional se entenderá definitivamenteadoptado sin necesidad de nuevo acuerdo plenarío.

Villalpando, 26 de septiembre de 2013.-El Alcalde.

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IV. Administración de JusticiaJUZGADO DE LO SOCIAL N.º 1

ZAMORANIG: 49275 44 4 2013 0000212. EJECUCIÓN DE TÍTULOS JUDICIALES 0000130/2013. Procedimiento ori-gen: DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000102/2013. Sobre DESPIDO. Ejecutante: D. VALENTÍN HERRERODOMÍNGUEZ. Abogada: D.ª ROCIO FERNÁNDEZ COLINO. Graduado/a Social: RAÚL GANCEDO CARBA-LLO. FONDO DE GARANTÍA SALARIAL FOGASA, TÉCNICA DE CARPINTERÍA ZAMORANA, S.L.

EdictoDon Jaime Támara Silván, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social n.° 1 de

Zamora. Hago saber: Que en el procedimiento ETJ 130/13 de este Juzgado de lo Social

n.° 1 de Zamora, se ha dictado auto extintivo.Y para que sirva de notificación en legal forma a la empresa Técnica de

Carpintería Zamorana, S.L., en ignorado paradero, haciéndole saber que en lasede de dicho Juzgado podrá tener conocimiento integro del acto; y que contra lamisma cabe interponer recurso de reposición, en el plazo de tres días siguientes asu notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente hubiereincurrido la resolución impugnada, sin que la interposición del recurso tenga efec-tos suspensivos (artículos 186 y 187 de la LJS); expido la presente para su inser-ción en el Boletín Oficial de la Provincia de Zamora.

En Zamora, a veintinueve de agosto de dos mil trece.-El Secretario Judicial.

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IV. Administración de JusticiaJUZGADO DE LO SOCIAL N.º 1

ZAMORANIG: 49275 44 4 2013 0000211. EJECUCIÓN DE TÍTULOS JUDICIALES 0000129/2013. Procedimientoorigen: DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000101/2013. Sobre DESPIDO.

EdictoDon Jaime Támara Silván, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social n.° 1 de

Zamora. Hago saber: Que en el procedimiento ETJ 129/13 de este Juzgado de lo Social

n.º 1 de Zamora, se ha dictado auto extintivo.Y para que sirva de notificación en legal forma a la empresa Técnica de

Carpintería Zamorana, S.L., en ignorado paradero, haciéndole saber que en lasede de dicho Juzgado podrá tener conocimiento integro del acto; y que contra lamisma cabe interponer recurso de reposición, en el plazo de tres días siguientes asu notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente hubiereincurrido la resolución impugnada, sin que la interposición del recurso tenga efec-tos suspensivos (artículos 186 y 187 de la LJS), expido la presente para su inser-ción en el Boletín Oficial de la Provincia de Zamora.

En Zamora, a veintinueve de agosto de dos mil trece.-El Secretario Judicial.

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IV. Administración de JusticiaJUZGADO DE LO SOCIAL N.º 1

ZAMORANIG: 49275 44 4 2013 0000446. DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000216/2013. Sobre DESPIDO.Demandados: FOGASA, ARTESANÍA DE MUEBLES TOLEDO, S.L.

EdictoDon Jaime Támara Silván, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social n.° 1 de

Zamora.Hago saber: Que en el procedimiento DSP 216/13 de este Juzgado de lo Social

n.º 1 de Zamora, se ha dictado sentencia n.° 237.Y para que sirva de notificación en legal forma a la empresa Artesanía de

Muebles Toledo, S.L., en ignorado paradero, haciéndole saber que en la sede dedicho Juzgado podrá tener conocimiento integro del acto; y que contra la mismacabe recurso de suplicación para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior deJusticia de Castilla y León, con sede en Valladolid, pudiendo anunciarse el mismopor comparecencia o por escrito ante este juzgado, dentro del plazo de los cincodías hábiles siguientes a su notificación, o por mera manifestación de la parte, desu abogado o representante, al efectuarse ésta, de su propósito de entablarlo.Asimismo se advierte a la condenada que en caso de interposición del menciona-do recurso y al tiempo de anunciarlo, deberá ingresar en la cuenta abierta por esteJuzgado en el Banco Español de Crédito, oficina principal de esta capital, denomi-nada "Depósitos y Consignaciones", n.° 4839/0000/65/0216/13, el importe de lacondena, así como la cantidad de 300 euros, en concepto de depósito sin cuyosrequisitos no será viable el recurso. Se advierte a las partes que, en caso de inter-posición del mencionado recurso, y al tiempo de formalizarlo, deberán acreditar elhaber satisfecho las tasas correspondientes, de conformidad con la Ley 10/2012de 20 de noviembre y Orden HAP/2662/2012, de 13 de diciembre; expido la pre-sente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Zamora.

En Zamora, a veinticinco de septiembre de dos mil trece.-El Secretario Judicial.

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IV. Administración de JusticiaJUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 6

ZAMORAN.I.G.: 49275 41 1 2013 0003958. EXPEDIENTE DE DOMINIO. REANUDACIÓN DEL TRACTO0000439/2013. Sobre OTRAS MATERIAS. Demandante: D. RUBÉN SÁNCHEZ SÁNCHEZ.

EdictoDon Fernando Rodríguez Martín, Secretario del Juzgado de Primera Instancia

e Instrucción n.º 6 de Zamora.Hago saber: Que en este órgano judicial se sigue el procedimiento expediente

de dominio. Reanudación del tracto 439/2013 a instancia de D. Rubén SánchezSánchez expediente de dominio de la siguiente finca: Rústica, número cuarenta ydos del plano general de concentración parcelaria, terreno dedicado a regadío, alsitio de Puente Toro, que linda: Norte, con Felipa González Lleras (finca número43) ; sur, con Valeriana Sánchez González (finca n.° 41); este, con Ayuntamientode Sanzoles del Vino (finca n.° 46) y la finca n.° 41; oeste, con acequia contigua acamino de Villalazán a Venialbo por donde tiene salida y otra acequia. Tiene unaextensión superficial de noventa y seis áreas y doce centiáreas. Es indivisible.Figura inscrita en el Registro de la Propiedad de Toro, al tomo 1629, libro 35, folió142, finca 3.147, inscripción 1ª. Referencia catastral: 49233A001000420000WO.Adquirida a la entidad Metálicas Erice, S.L., por escritura pública.

Por el presente y en virtud de lo acordado en resolución de esta fecha se con-voca a los causahabientes de doña Silvestre Sánchez Carrascal y a las personasignoradas a quienes pudiera perjudicar la inscripción solicitada, para que en el tér-mino de los diez días siguientes a la publicación de este edicto puedan compare-cer en el expediente alegando lo que a su derecho convenga.

En Zamora, a veinticuatro de septiembre de dos mil trece.-El Secretario Judicial.

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IV. Administración de JusticiaJUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 1

VILLALPANDON.I.G.: 49250 41 1 2013 0100035. EJECUCIÓN HIPOTECARIA 0000015/2013. Sobre OTRAS MATERIAS.Ejecutante: CAJA RURAL DE ZAMORA COOP. DE CRÉDITO. Procurador: D. FERNANDO CARTÓN SAN-CHO. Abogado. D. ADRIÁN LÓPEZ RODRÍGUEZ. Ejecutados: HEREDERO D.ª PETRA HERNÁNDEZORTEGA, JOSÉ DIMAS CRESPO CAÑIBANO, JOSÉ ANTONIO CRESPO HERNÁNDEZ, LAURA CRESPOHERNÁNDEZ. Procurador: SIDONIO FERNÁNDEZ PRIETO.

EdictoDon Jorge del Bien García, Secretario Judicial de la Oficina de Subastas:Hago saber: Se ha señalado para el próximo día 13 de noviembre de 2103 a

las 10:30 horas, en la Oficina de Subastas de esta sede judicial, la subasta delsiguiente bien inmueble:

Finca: Era, en término de Villamayor de Campos (Zamora), en la carretera deVillar, con una extensión superficial de nueve áreas y veintisiete centiáreas, o nove-cientos veintisiete metros cuadrados, en la que se hallan enclavados unos cubier-tos de trescientos metros cuadrados. Linda: Norte, la finca de Don Sabino CrespoCañibano; sur, con María Riol; este, con camino del Pozo; oeste, con Luis Diez.

Inscrita en el Registro de la Propiedad de Villalpando (Zamora), tomo 1686,libro 67, folio 201, finca registral 7251.

El valor de tasación a efectos de subasta es de 64.350,00 €.Los requisitos para tomar parte en la subasta serán los establecidos en los

artículos 668 y siguientes; de la L.E.C., sin perjuicio de la aplicación supletoria delarticulo 647, de conformidad con el párrafo segundo del artículo 65.5 de la L.E.C.:Primero.- Los licitadores deberán identificarse de forma suficiente y declarar

que conocen las condiciones generales y particulares de la subasta.Segundo.- Para tomar parte en la subasta, y a I excepción del ejecutante, deberán,

presentar resguardo acreditativo de haber depositado en la cuenta de depósitos y con-signaciones de este órgano judicial, abierta en Banesto con el n.° 4829 0000 06 001513, o de haber prestado aval bancario, por el 5% del valor de tasación de los bienesobjeto de la subasta, haciendo constar, en su caso, si se hace en nombre de tercero.Tercero.- Que la certificación registral y, en su caso, la titulación sobre el inmueble

que se subasta está de manifiesto en la oficina judicial sede del órgano de ejecución.Cuarto.- Que se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación

existente o que no existan títulos. No habiéndose suplido previamente la falta détítulos de propiedad se estará a lo dispuesto en la regla 5ª del art. 140 delReglamento Hipotecario.

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Quinto.- Que las carcas o gravámenes anteriores, si los hubiere, al crédito delactor continuarán subsistentes y que, por el sólo hecho de participar en la subastael licitador los admite y acepta quedar subrogado en la responsabilidad derivada deaquéllos, si el remate se adjudicare a su favor.Sexto.- Por el mero hecho de participar en la subasta se entenderá que los pos-

tores aceptan como suficiente la titulación que consta en autos o que no exista titu-lación y que aceptan, asimismo, subrogarse en las cargas anteriores al crédito porel que se ejecuta, en caso de que el remate se adjudique a su favor.Séptimo.- No se puede hacer constar la situación posesoria del inmueble.Octavo.- El presente edicto estará expuesto en el tablón de anuncios de este

Juzgado, sirviendo de notificación edictal para el caso de que la notificación delseñalamiento de subasta a los ejecutados resultase infructuoso, por encontrarseen ignorado paradero.

Dado en Villalpando, a doce de septiembre de dos mil trece. Doy fe.El/La Secretario/a Judicial.

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IV. Administración de JusticiaJUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 1

VILLALPANDON.I.G.: 49250 41 1 2013 0100103. EJECUCIÓN HIPOTECARIA 0000038/2013. Sobre OTRAS MATERIAS.Ejecutante, Interviniente: BANKIA, S.A., PETRA. HERNÁNDEZ ORTEGA. Procurador: D. FERNANDOCARTÓN SANCHO. Ejecutado: D. JOSÉ ANTONIO CRESPO HERNÁNDEZ.

EdictoDon Jorge del Bien García, Secretario Judicial de la Oficina de Subastas.Hago saber: Se ha señalado para el próximo día 21 de noviembre de 2103 a

las 10:30 horas, en la Oficina de Subastas de esta sede judicial, la subasta delsiguiente bien inmueble:

Solar con un pajar en el casco de Villamayor de Campos, en la calleCantarranas, n.º 11, con una superficie de suelo de cuatrocientos veinte metroscuadrados, y una superficie construida de veintiocho metros cuadrados. Linda:Derecha entrando, Josefa Zuñiga; izquierda, Eugenio de Caso; y fondo, Ronda delPuente. Sobre esta finca se ha construido una vivienda unifamiliar de una solaplanta, se compone de vestíbulo, salón-comedor, cocina, cuatro dormitorios, baño,aseo y distribuidor, tiene todo ello una superficie construida de ciento treinta y ochometros y noventa y dos decímetros cuadrados, y una superficie útil de ciento die-ciséis metros y siete decímetros cuadrados. Linda por sus cuatro vientos con lafinca donde se alza, estando el resto del solar no edificado destinado a patio.

El valor de tasación a efectos de subasta es de 132.200,00 €.Los requisitos para tomar parte en la subasta serán los establecidos en los

artículos 668 y siguientes de la L.E.C., sin perjuicio de la aplicación supletoria delartículo 6:47, de conformidad con el párrafo segundo del artículo 655 de la L.E.C.:Primero.- Los licitadores deberán identificarse de forma suficiente y declarar

que conocen las condiciones generales y particulares de la subasta.Segundo.- Para tomar parte en la subasta, y a excepción del ejecutante, debe-

rán presentar resguardo acreditativo de haber depositado en la cuenta de depósi-tos y consignaciones de este Órgano judicial, abierta en Banesto con el n.º 48290000 06 0030 13, o de haber prestado aval bancario, por el 5% del valor de tasa-ción de los bienes objeto de la subasta, haciendo constar, en su caso, si se haceen nombre de tercero.Tercero.- Que la certificación registral y, en su caso, la titulación sobre el inmueble

que se subasta está de manifiesto en la Oficina Judicial sede del órgano de ejecución.Cuarto.- Que se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación

existente o que no existan títulos. No habiéndose suplido previamente la falta de

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títulos de propiedad se estará a lo dispuesto en la regla 5.ª del artículo 140 delReglamento Hipotecario.Quinto.- Que las cargas o gravámenes anteriores, si los hubiere, al crédito del

actor continuarán subsistentes y que, por el sólo hecho de participar en la subas-ta), el licitador los admite y acepta quedar subrogado en la responsabilidad deriva-da de aquéllos, si el remate se adjudicare a su favor.Sexto.- Por el mero hecho de participar en la subasta se entenderá que los pos-

tores aceptan como suficiente la titulación que consta en autos o que no exista titu-lación y que aceptan, asimismo, subrogarse en las cargas anteriores al crédito porel que se ejecuta, en caso de que el remate se adjudique a su favor.Séptimo.- No se puede hacer constar la situación posesoria del inmueble.Octavo.- El presente edicto, estará expuesto en el tablón de anuncios de este

Juzgado, sirviendo de notificación edictal para el caso de que la notificación delseñalamiento, de subasta a los ejecutados resultase infructuoso, por encontrarseen ignorado paradero.

Dado en Villalpando, a veinte de septiembre de dos mil trece. Doy fe.El/La Secretario/a Judicial.

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IV. Administración de JusticiaJUZGADO DE INSTRUCCIÓN N.º 3

VALLADOLIDN.I.G.: 47186 43 2 2013 0309380. JUICIO DE FALTAS N.° 0000172/2013. Delito/falta: FALTA DE HURTO.

EdictoQue en virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo

dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, porel presente se notifica a Nelu Sali, Petru Valusescu, Aurel Neacsu, Rozalia Sali yNorica Didina Buti la resolución recaída en las presentes actuaciones, del siguien-te tenor literal:

Que debo condenar a Nelu Sali, Petru Valusescu, Norica Didina Buti, AurelNeascu y Rozalia Sali, como autores cada uno de una falta de hurto a 2 meses demulta con cuota de 5 € y responsabilidad el art. 53 C., con imposición de las cos-tas procesales y a que se indemnice al Ayuntamiento de Tordesillas en 104 €.

Así por esta mi sentencia, contra la que cabe recurso de apelación ante laAudiencia Provincial de Valladolid, a interponer mediante escrito en el plazo decinco días desde su notificación, lo pronuncio, mando y firmo.

En Valladolid, a veintitrés de septiembre de dos mil trece.-El/La Secretario/aJudicial.

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VI. Anuncios particularesCOMUNIDAD DE REGANTES CANAL TORO-ZAMORA

ConvocatoriaPor la presente se convoca a todos los participes de esta Comunidad de

Regantes del Canal Toro-Zamora, a la Junta General Ordinaria y Reglamentariaque tendrá lugar el domingo, día 6 de octubre, a las 11:30 de la mañana, en prime-ra convocatoria, y media hora después, en segunda, en el Hotel M.ª de Molina,Plaza San Julián de los Caballeros, 1, de Toro, en el que se tratara el siguiente:

ORDEN DEL DÍA1.º- Lectura y aprobación, si procede, del acta de la sesión anterior.2.º- Análisis de la actual campaña de riegos.3.º- Información y previsiones sobre las obras del Sector III y IV.4.º- Aprobación de cuotas de amortización y gastos de comunidad.5.º- Ruegos y preguntas.Toro, 16 de septiembre de 2013.-El Presidente de la Comunidad, Alejandro

Fraile Aparicio.

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