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AÑO CXXII Nº 87 28 Páginas La Uruca, San José, Costa Rica, viernes 6 de mayo del 2016 TRIBUNALES DE TRABAJO Causahabientes Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Mario Alberto Sánchez Rodríguez, quien fue mayor, divorciado, de nacionalidad costarricense, portó la cédula 1-0398-0957 y falleció el día 26 de abril del 2015, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el número 15- 002935-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Promovido por Mario Vinicio, Pablo Alberto, Kennett Alfredo todos de apellidos Sánchez Romero. Expediente N° 15-002935-0173-LA.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 7 de enero del 2016.—Licda. Mónica Zúñiga Vega, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016023545 ). Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Christian Gabriel Hernández Tercero, quien fue mayor, soltero, de nacionalidad nicaragüense, portó la cédula de residencia número 155816013201 y falleció el día 19 de noviembre del 2015, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el número 15-002936-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Promovido por Eva María Pérez Cuadra. Expediente N° 15-002936- 0173-LA.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 7 de enero del 2016.—Licda. Mónica Zúñiga Vega, Jueza.—1 vez.—Exento.—( IN2016023546 ). Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones legales del fallecido Ricardo Noguera Villagra, quien fuera mayor, nicaragüense, soltero, peón agrícola, cédula de residencia número uno cinco cinco cinco ocho cero seis seis nueve cero seis uno quince, vecino de Quepos, San Rafael de Cerros; frente a la plaza de deportes casa de madera color celeste, el cual falleció el día quince de julio del año dos mil quince, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho a hace valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del código de trabajo. Lo anterior por haberse ordenado así en las diligencias de consignación de prestaciones de trabajador fallecido, causante: Ricardo Noguera Villagra, promueve Diana Carolina Noguera Mairena. Expediente 15-300120-0425-3-LA.— Juzgado de Trabajo de Mayor Cuantía de Aguirre y Parrita, Quepos, 28 de octubre del 2015.—Licda. Sedier Villegas Méndez, Jueza.—1 vez.—Exento.—( IN2016024002 ). Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Rafael Calderón Guevara, quien fue mayor, casado vecino de Turrialba, cédula de identidad 3-0274-0207 y fallecido el veintiuno de noviembre del dos mil quince, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias devolución de ahorro obligatorio, bajo el número 16- 000037-1007-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 16-000037-1007-LA.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Turrialba (Materia Laboral), 14 de abril del 2016.—Lic. Randall Gómez Chacón, Juez.—1 vez.— Exonerado.—( IN2016024003 ). ADMINISTRACIÓN JUDICIAL Remates SEGUNDA PUBLICACIÓN Juzgado Penal de Coto Brus, a las nueve horas del martes treinta y uno de mayo de dos mil dieciséis, en las instalaciones de este despacho ubicado en San Vito de Coto Brus, Puntarenas; sobre la base de ciento cincuenta y ocho mil doscientos veintiún colones exactos (¢158221,00) se procederá a rematar la siguiente madera ciento quince piezas de la especie Mayo Blanco con un volumen de 2,51 metros cúbicos (1110.61 pulgadas), la cual se decomisó dentro de la causa 16-000137-0636-PE que se tramita por el delito de tala ilegal en contra del imputado Olger Naranjo Cascante y otro, en perjuicio de los recursos naturales. Lo anterior de conformidad con la resolución de las once horas veintidós minutos del veinte de abril de dos mil dieciséis emitida por el Juzgado Penal de Coto Brus. Se hace ver que el producto forestal que fue descrito líneas arriba, permanece en custodia del Sistema Nacional de Áreas de Conservación de San Vito de Coto Brus.— Juzgado Penal de Coto Brus.—Lic. Jean Carlo Monge Madrigal, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016024875 ). En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las diez horas y cero minutos del veintitrés de mayo del año dos mil dieciséis, y con la base de treinta millones doscientos tres mil ochocientos ocho colones con sesenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento treinta mil doscientos treinta y cuatro-cero cero cero, la cual es terreno lote 12-E terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 01 Tilarán, cantón 08 Tilarán, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, resto de Corporación Orbana de Tilarán S. A.; al sur, resto de Corporación Urbana de Tilarán S. A.; al este, Hermanos Arias Campos S. A. y al oeste, calle pública sin un frente de 10,00 metros. Mide: trescientos metros con cero decímetros cuadrados. Plano: G-0745215- 2001. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del siete de junio del año dos mil dieciséis, con la base de veintidós millones seiscientos cincuenta y dos mil ochocientos cincuenta y seis colones con cuarenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veintidós de junio del año dos mil dieciséis con la base de siete millones quinientos cincuenta mil novecientos cincuenta y dos colones con quince céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Hannia Marixa Murillo Carrillo, expediente Nº 15-001716-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, (Materia Cobro), 05 de abril del 2016.—Lic. Jorge Zúñiga Jáen, Juez.—( IN2016024891 ).

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AÑO CXXII La Uruca, San José, Costa Rica, lunes 1° de febrero del 2016 Nº 87 — 28 PáginasLa Uruca, San José, Costa Rica, viernes 6 de mayo del 2016

TRIBUNALES DE TRABAJO

CausahabientesSe cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de

Mario Alberto Sánchez Rodríguez, quien fue mayor, divorciado, de nacionalidad costarricense, portó la cédula 1-0398-0957 y falleció el día 26 de abril del 2015, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el número 15-002935-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Promovido por Mario Vinicio, Pablo Alberto, Kennett Alfredo todos de apellidos Sánchez Romero. Expediente N° 15-002935-0173-LA.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 7 de enero del 2016.—Licda. Mónica Zúñiga Vega, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016023545 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Christian Gabriel Hernández Tercero, quien fue mayor, soltero, de nacionalidad nicaragüense, portó la cédula de residencia número 155816013201 y falleció el día 19 de noviembre del 2015, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el número 15-002936-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Promovido por Eva María Pérez Cuadra. Expediente N° 15-002936-0173-LA.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 7 de enero del 2016.—Licda. Mónica Zúñiga Vega, Jueza.—1 vez.—Exento.—( IN2016023546 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones legales del fallecido Ricardo Noguera Villagra, quien fuera mayor, nicaragüense, soltero, peón agrícola, cédula de residencia número uno cinco cinco cinco ocho cero seis seis nueve cero seis uno quince, vecino de Quepos, San Rafael de Cerros; frente a la plaza de deportes casa de madera color celeste, el cual falleció el día quince de julio del año dos mil quince, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho a hace valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del código de trabajo. Lo anterior por haberse ordenado así en las diligencias de consignación de prestaciones de trabajador fallecido, causante: Ricardo Noguera Villagra, promueve Diana Carolina Noguera Mairena. Expediente N° 15-300120-0425-3-LA.—Juzgado de Trabajo de Mayor Cuantía de Aguirre y Parrita, Quepos, 28 de octubre del 2015.—Licda. Sedier Villegas Méndez, Jueza.—1 vez.—Exento.—( IN2016024002 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Rafael Calderón Guevara, quien fue mayor, casado vecino de Turrialba, cédula de identidad 3-0274-0207 y fallecido el veintiuno de noviembre del dos mil quince, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en

las diligencias devolución de ahorro obligatorio, bajo el número 16-000037-1007-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 16-000037-1007-LA.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Turrialba (Materia Laboral), 14 de abril del 2016.—Lic. Randall Gómez Chacón, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016024003 ).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

RematesSEGUNDA PUBLICACIÓN

Juzgado Penal de Coto Brus, a las nueve horas del martes treinta y uno de mayo de dos mil dieciséis, en las instalaciones de este despacho ubicado en San Vito de Coto Brus, Puntarenas; sobre la base de ciento cincuenta y ocho mil doscientos veintiún colones exactos (¢158221,00) se procederá a rematar la siguiente madera ciento quince piezas de la especie Mayo Blanco con un volumen de 2,51 metros cúbicos (1110.61 pulgadas), la cual se decomisó dentro de la causa 16-000137-0636-PE que se tramita por el delito de tala ilegal en contra del imputado Olger Naranjo Cascante y otro, en perjuicio de los recursos naturales. Lo anterior de conformidad con la resolución de las once horas veintidós minutos del veinte de abril de dos mil dieciséis emitida por el Juzgado Penal de Coto Brus. Se hace ver que el producto forestal que fue descrito líneas arriba, permanece en custodia del Sistema Nacional de Áreas de Conservación de San Vito de Coto Brus.—Juzgado Penal de Coto Brus.—Lic. Jean Carlo Monge Madrigal, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016024875 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las diez horas y cero minutos del veintitrés de mayo del año dos mil dieciséis, y con la base de treinta millones doscientos tres mil ochocientos ocho colones con sesenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento treinta mil doscientos treinta y cuatro-cero cero cero, la cual es terreno lote 12-E terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 01 Tilarán, cantón 08 Tilarán, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, resto de Corporación Orbana de Tilarán S. A.; al sur, resto de Corporación Urbana de Tilarán S. A.; al este, Hermanos Arias Campos S. A. y al oeste, calle pública sin un frente de 10,00 metros. Mide: trescientos metros con cero decímetros cuadrados. Plano: G-0745215-2001. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del siete de junio del año dos mil dieciséis, con la base de veintidós millones seiscientos cincuenta y dos mil ochocientos cincuenta y seis colones con cuarenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veintidós de junio del año dos mil dieciséis con la base de siete millones quinientos cincuenta mil novecientos cincuenta y dos colones con quince céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Hannia Marixa Murillo Carrillo, expediente Nº 15-001716-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, (Materia Cobro), 05 de abril del 2016.—Lic. Jorge Zúñiga Jáen, Juez.—( IN2016024891 ).

Viernes 6 de mayo del 2016Pág 2 — BOLETIN JUDICIAL Nº 87

las citas 302-04044-01-0902-001, 302-04044-01-0903-001; a las trece horas y treinta minutos del veintitrés de mayo del año dos mil dieciséis, y con la base de diecinueve millones doscientos noventa y tres mil ciento setenta y seis colones con treinta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número noventa y cuatro mil setecientos ochenta y seis-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Buenos Aires, cantón 03 Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Rafael Ángel Vidal Barrantes; al sur Andrey Vidal Gómez; al este, calle publica y al oeste Freddy Estrada Quesada. Mide: novecientos noventa y dos metros con cuarenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del siete de junio del año dos mil dieciséis, con la base de catorce millones cuatrocientos sesenta y nueve mil ochocientos ochenta y dos colones con veintitrés céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del veintidós de junio del año dos mil dieciséis con la base de cuatro millones ochocientos veintitrés mil doscientos noventa y cuatro colones con ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Carlos Alberto Gómez Villanueva. Exp: 16-000545-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, (Pérez Zeledón), (Materia Cobro), 04 de febrero del año 2016.—Licda. Helen Hidalgo Ávila, Jueza.—( IN2016027310 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las dieciséis horas (4:00 p.m.) del veinticinco de mayo del dos mil dieciséis, y con la base de ocho millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago 169740-001-002, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número la cual es terreno para construir lote 22-I. Situada en el distrito 01 Tejar, cantón 08 Guarco, de la provincia de Cartago, 169740-001-002. Colinda: al norte, calle pública; al sur, lote 7; al este, lote 21 y al oeste, lote 23. Mide: ciento setenta y un metros con cincuenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las dieciséis horas (4:00 p.m.) del trece de junio del dos mil dieciséis, con la base de seis millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las dieciséis horas (4:00 p.m.) del veintiocho de junio del dos mil dieciséis, con la base de dos millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Francisco José Obando Acevedo y Marice Navarro Montoya. Exp. N° 15-003674-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 31 de marzo del 2016.—Licda. Karina Quesada Blanco, Jueza.—( IN2016027320 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y treinta minutos del veinticinco de mayo de dos mil dieciséis, y con la base de veinticuatro millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 114760-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Paraíso, cantón 02 Paraíso, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Custodia Brenes Picado; al sur, Custodia Brenes Picado; al este, Custodia Brenes Picado y al oeste, calle pública. Mide: doscientos noventa y cinco metros con cincuenta y cinco decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del nueve de junio de dos mil dieciséis, con la base de dieciocho millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta

En la puerta exterior de este Despacho; con la base de tres millones setecientos cuarenta y cuatro mil doscientos un colones con cincuenta y seis céntimos, libre de gravámenes hipotecarios; pero contiene anotaciones en su derecho cero cero dos, el primero se encuentra bajo citas 800-82644-01-0001-001 dentro del expediente N° 11-000096-1052-LA, el segundo bajo practicado que se encuentra en citas 2013-272983-01-0001-001 expediente 09-000059-1052-LA, un tercero bajo esta oficina dentro del presente expediente, bajo practicado que se encuentra bajo citas 800-260367-01-0001-001. Sáquese a remate el inmueble embargado en autos, la cual es finca que se describe así, inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número siete siete cero cero dos, derecho cero cero dos, el cual es lote 326, terreno para construir centro de población del asentamiento Sixaola. Situada en el distrito 02- Sixaola, cantón 04- Talamanca, de la provincia de Limón. Colinda: Al sur, lote 313, al norte, calle pública; al este, lote 327 y al oeste, lote 314. Mide: Trescientos sesenta y siete metros con cuarenta decímetros cuadrados. Plano: L-0357382-1996. Para tal efecto se señalan las nueve horas treinta minutos del trece de junio del dos mil dieciséis. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las nueve horas treinta minutos del veintiocho de junio del dos mil dieciséis, con la base de dos millones ochocientos ocho mil ciento cincuenta y un colones con diecisiete céntimos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas treinta minutos del trece de julio del dos mil dieciséis, con la base de novecientos treinta y seis mil cincuenta colones y treinta y nueve céntimos, (un 25% de la base original). Por otro lado, y conforme lo expone el numeral 21.4, párrafo último de la Ley de Cobro Judicial, se concede el plazo de ocho días, al acreedor Julio Damián Sáenz Caballero, pasaporte C1119251 para que se apersonen a los autos en defensa de sus derechos. Se ordena notificar al señor Sáenz Caballero por medio de edicto. Se remata por ordenarse así en proceso ordinario de Miguel Núñez Ortiz cédula de identidad 8000540699 contra Alexis Alberto Mejía Mejía, cédula de identidad 502520625 y Seguridad La Costa del Pacifico S.C.P. Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3-102-464783. Expediente. N° 09-000068-1052-LA.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Guanacaste, Sede Santa Cruz, 15 de abril del 2016.—Licda. Alejandra Pérez Cordero, Jueza.—Exento.—( IN2016027163 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones; a las nueve horas y treinta minutos del cuatro de octubre del dos mil dieciséis, y con la base de veinticinco millones ciento cincuenta mil ciento cuarenta y seis colones con setenta y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento veintiún mil seiscientos sesenta y tres-cero cero cero, la cual es terreno de pasto. Situada en el distrito 04 Roxana, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Máximo Alberto Gómez Rocha; al sur, Luis Torres Torres; al este, calle pública y al oeste, Senene Saiz Villegas. Mide: veinte mil doscientos doce metros con setenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del diecinueve de octubre de dos mil dieciséis, con la base de dieciocho millones ochocientos sesenta y dos mil seiscientos diez colones con siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y tres minutos del tres de noviembre del dos mil dieciséis, con la base de seis millones doscientos ochenta y siete mil quinientos treinta y seis colones con sesenta y nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Crédito Agrícola de Cartago contra Damaso Calderón Espinoza. Exp. N° 14-000240-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, (Materia Cobro), 11 de marzo del 2016.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—( IN2016027204 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones ref: 00019153-000 bajo las citas 302-04044-01-0901-001, reservas y restricciones bajo

Viernes 6 de mayo del 2016 BOLETIN JUDICIAL Nº 87 — Pág 3

noventa y cuatro mil diez colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cincuenta y ocho mil novecientos cincuenta y cuatro-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa número sesenta y dos (N° 62). Situada en el distrito 01 Puntarenas, cantón 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, lote 54; al sur, calle con 8m; al este, lote 63 y al oeste, lote 61. Mide: ciento treinta y ocho metros con quince decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las nueve horas cero minutos del dieciséis de junio del dos mil dieciséis, con la base de diez millones cuarenta y cinco mil quinientos siete colones con cincuenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las nueve horas cero minutos del primero de julio del dos mil dieciséis con la base de tres millones trescientos cuarenta y ocho mil quinientos dos colones con cincuenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Además a las mismas horas y fechas señaladas supra y con la base de ocho millones ochocientos ochenta y siete mil cuatrocientos diez colones exactos para el primer señalamiento de remate, libre de gravámenes hipotecarios; en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cincuenta y ocho mil novecientos cuarenta y seis-cero cero cero, la cual es terreno para construir lote 54. Situada en el distrito 01 Puntarenas, cantón 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Ave Pública con 8m; al sur, lote 62; al este, lote 55 y al oeste, lote 53. Mide: ciento treinta y ocho metros con quince decímetros cuadrados. De no haber postores, para llevar a cabo el Segundo remate, con la base de seis millones seiscientos sesenta y cinco mil quinientos cincuenta y siete colones con cincuenta céntimos (rebajada en un 25%) y de no apersonarse rematantes, para el Tercer remate, se fija la base de dos millones doscientos veintiún mil ochocientos cincuenta y dos colones con cincuenta céntimos (un 25% de la base original). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Inmobiliaria WG & OG C & de Inversiones S. A. Exp.:13-004163-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 11 de setiembre del 2015.—Lic. Carlos Marín Angulo, Juez.—( IN2016027468 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cero minutos del siete de junio de dos mil dieciséis, y con la base de diez millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuarenta y tres mil setecientos noventa y cuatro-cero cero cero, la cual es terreno para construir lote N° 841. Situada en el distrito Barranca, cantón Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, lote 840; al sur, Lote 842; al este, lote 849 y al oeste, Avenida Garza. Mide: ciento cincuenta y cuatro metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintidós de junio de dos mil dieciséis, con la base de siete millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del siete de julio de dos mil dieciséis con la base de dos millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Didian Méndez García. Exp. 15-001502-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 20 de agosto del año 2015.—Lic. Carlos Marín Angulo, Juez.—( IN2016027469 ).

minutos del veinticuatro de junio de dos mil dieciséis con la base de seis millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago Ahorro y Préstamo contra Gonzalo Alberto Cervantes Chaves, Horacio Esteban Cervantes Cordero y María Eugenia Cordero Jiménez. Exp.: 16-001388-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 12 de abril del 2016.—Licda. Joyce Ugalde Huezo, Jueza.—( IN2016027321 ).

Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 512691-001-002, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 07 Sabanilla, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Juan de Dios Herrera Alfaro; al sur, Maicol Ramírez Herrera; al este, calle pública con 16.04 m y al oeste, Juan de Dios Herrera Alfaro. Mide: Quinientos treinta y dos metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y veinte minutos del catorce de junio del dos mil dieciséis -1:20 p.m. 14/06/2016-, con la base de dieciocho millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las trece horas y veinte minutos del veintinueve de junio del dos mil dieciséis -1:20 p.m. 29/06/2016- con la base de seis millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: En caso de que existan postores el día de efectuarse el remate y estos aporten la suma correspondiente en moneda diferente a la indicada -en el presente edicto-, se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que se realice la almoneda, según lo establezca el banco de costa rica, asimismo, se le hace saber a los posibles postores que de conformidad con el numeral 153 bis de la Ley del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda, de resultar adjudicatario un tercero deberá realizar el pago total de la oferta en el acto. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra María Edith Herrera Alfaro y Marlene María Ramírez Herrera. Exp. N° 16-000140-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 30 de marzo del 2016.—Lic. Allan Barquero Durán, Juez.—( IN2016027431 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando sea el vehículo placas número CL-222003, libre de gravámenes prendarios, pero soportando gravamen inscrito al tomo 2012, asiento 00303842; a las ocho horas y treinta minutos del veintisiete de mayo del dos mil dieciséis, y con la base de nueve millones novecientos noventa y seis mil quinientos veinticinco colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número CL222003, marca Daihatsu, categoría carga liviana, capacidad 3 personas, año 2008, color blanco. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del trece de junio del dos mil dieciséis, con la base de siete millones cuatrocientos noventa y siete mil trescientos noventa y tres colones con setenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiocho de junio del dos mil dieciséis, con la base de dos millones cuatrocientos noventa y nueve mil ciento treinta y un colones con veinticinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Huabin Li. Exp. N° 13-000345-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 12 de noviembre del 2015.—Lic. Carlos Marín Angulo, Juez.—( IN2016027452 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas cero minutos del primero de junio del dos mil dieciséis, y con la base de trece millones trescientos

Viernes 6 de mayo del 2016Pág 4 — BOLETIN JUDICIAL Nº 87

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas del tres de junio de dos mil dieciséis, y con la base de un millón novecientos cincuenta y tres mil seiscientos noventa y ocho colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa 299471, marca Nissan, estilo Sentra, año 1998, color rojo, chasis 3N1EB31S5ZL022659, motor GA16718579V. Para el segundo remate se señalan las diez horas del veinte de junio de dos mil dieciséis, con la base de un millón cuatrocientos sesenta y cinco mil doscientos setenta y tres colones con cincuenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas del cinco de julio del dos mil dieciséis, con la base de cuatrocientos ochenta y ocho mil cuatrocientos veinticuatro colones con cincuenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Natalia Rodríguez Ríos contra Álvaro Enrique Rojas Sojo. En expediente N° 16-000378-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 14 de abril del 2016.—Licda. Yesenia Zúñiga Ugarte, Jueza.—( IN2016027474 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando pero soportando obligaciones Ref: 00157306-000, citas: 0368-00000303-01-0901-001; obligaciones ref: 2302500001 citas: 0368-00000303-01-0902-001, obligaciones ref: 2302502001 citas: 0368-00000303-01-0903-001; a las nueve horas y cero minutos del uno de junio del año dos mil dieciséis, y con la base de ocho millones ciento noventa y dos mil quinientos veintiocho colones con cuarenta y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos doce mil quinientos ocho-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 02 San José, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte Rafael Ángel Núñez Montero; al sur lote uno N Y Joselyn Porras Salazar; al este, INCOFER y al oeste calle pública. Mide: ciento sesenta metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciséis de junio del año dos mil dieciséis, con la base de seis millones ciento cuarenta y cuatro mil trescientos noventa y seis colones con treinta y tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del uno de julio del año dos mil dieciséis con la base de dos millones cuarenta y ocho mil ciento treinta y dos colones con once céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Caja Costarricense de Seguro Social contra Omar Raúl Ortiz Víctor. Exp: 16-006371-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, 14 de abril del año 2016.—Licda. María Angelina Varela Valenciano, Jueza.—( IN2016027505 )

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos del catorce de junio del dos mil dieciséis, y con la base de trece millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 382155-000, la cual es terreno con una casa de habitación y cochera número 24 B. Situada en el distrito 04 San Rafael, cantón 15 Montes de Oca, de la provincia de San José. Colinda: al norte, avenida 1; al sur, lote 23-C; al este, calle pública y al oeste, lote 25-B. Mide: ciento sesenta y siete metros con setenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintinueve de junio del dos mil dieciséis, con la base de diez millones ciento veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del catorce de julio del dos mil dieciséis, con la base de tres millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (un

veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional Costa Rica contra Miguel Antonio Corrales Murillo. Exp. N° 16-009092-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, 22 de abril del 2016.—Lic. Gustavo Irias Obando, Juez.—( IN2016027507 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las once horas cero minutos del catorce de junio del año dos mil dieciséis, y con la base de dos millones ochocientos veinte mil novecientos sesenta y nueve colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos ochenta y cinco mil cuatrocientos veintiuno-cero cero cero, la cual es terreno para construir lote 179. Situada en el distrito La Trinidad, cantón Moravia , de la provincia de San José. Colinda: al norte, avenida 1 y lote 178; al sur lote 180 e Invu; al este, lote 178 e Invu y al oeste, lote 180 y avenida 1 bis. Mide: ciento cuarenta y cuatro metros con sesenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas cero minutos del veintinueve de junio del año dos mil dieciséis, con la base de dos millones ciento quince mil setecientos veintiséis colones con setenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas cero minutos del catorce de julio del año dos mil dieciséis, con la base de setecientos cinco mil doscientos cuarenta y dos colones con veinticinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo contra María del Socorro Monge Guerrero, Mario Alejandro Chacón Monge, Shirley Chacón Monge. Exp: 16- 006409-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 29 de abril del año 2016.—Lic. Danny Alberto Gutiérrez Gómez, Juez.—( IN2016027508 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 275-08960-01-0002-001; a las nueve horas y quince minutos del veinticinco de mayo de dos mil dieciséis, y con la base de cuarenta y cinco millones ochenta mil doscientos cincuenta y tres colones con sesenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número quinientos ochenta y siete mil quinientos ochenta y ocho - cero cero cero (587588-000), la cual es terreno naturaleza: lote O. terreno para construir. Situada en el distrito 05 San Antonio, cantón 03 Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Banco Crédito Agrícola de Cartago en calidad de fiduciario; al sur Banco Crédito Agrícola de Cartago en calidad de Fiduciario y calle publica con seis metros; al este Banco Crédito Agrícola de Cartago en calidad de fiduciario y al oeste Banco Crédito Agrícola de Cartago en Calidad de Fiduciario. Mide: ciento sesenta y dos metros con noventa y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y quince minutos del nueve de junio de dos mil dieciséis, con la base de treinta y tres millones ochocientos diez mil ciento noventa colones con veinte céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y quince minutos del veinticuatro de junio de dos mil dieciséis con la base de once millones doscientos setenta mil sesenta y tres colones con cuarenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Marco Vinicio Masís Tenorio y María Ester Jiménez Díaz. Exp: 15-004656-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, (Materia Cobro), 18 de febrero del año 2016.—Lic. German Valverde Vindas, Juez.—( IN2016027544 ).

Viernes 6 de mayo del 2016 BOLETIN JUDICIAL Nº 87 — Pág 5

año: 2000, color: blanco, cilindrada: 7200 c.c. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del catorce de junio de dos mil dieciséis, con la base de dos millones ciento cincuenta y nueve mil doscientos sesenta y un colones con seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veintinueve de junio de dos mil dieciséis con la base de setecientos diecinueve mil setecientos cincuenta y tres colones con sesenta y nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: En caso de que existan postores el día de efectuarse el remate y estos aporten la suma correspondiente en moneda diferente a la indicada -en el presente edicto-, se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que se realice la almoneda, según lo establezca el Banco de Costa Rica. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Fiduciaria Brunca S. A. contra Glenda de los Ángeles Castillo Quesada y Marvin Artavia Araya. Exp: 16-000706-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 31 de marzo del año 2016.—Lic. Allan Barquero Durán, Juez.—( IN2016027623 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y cero minutos del tres de junio de dos mil dieciséis, y con la base de un millón cuatrocientos veintisiete mil ochocientos veinticinco colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placa 900172, marca Hyundai, estilo Accente, año 2000, color blanco, sedan 4 puertas, capacidad 5 pasajeros, motor 1500 c.c. a gasolina, chasis KMHCG41FPYU166185. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veinte de junio de dos mil dieciséis, con la base de un millón setenta mil ochocientos sesenta y ocho colones con setenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del cinco de julio de dos mil dieciséis con la base de trescientos cincuenta y seis mil novecientos cincuenta y seis colones con veinticinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Grupo Canafín S. A. contra Ileana Montalban Fallas Exp: 12-025060-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 19 de abril del año 2016.—Licda. Yesenia Zúñiga Ugarte, Jueza.—( IN2016027669).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veinticinco de mayo de dos mil dieciséis, y con la base de dos millones seiscientos cinco mil ciento quince colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placa: 537799, marca: Chevrolet, categoría: automóvil, carrocería: Familiar, tracción: 4x2, chasis: 3GNEC16T84C149902, estilo: Suburban, capacidad: 9 personas, año: 2004, color: verde, combustible: gasolina. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del nueve de junio de dos mil dieciséis, con la base de un millón novecientos cincuenta y tres mil ochocientos treinta y seis colones con veinticinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de junio de dos mil dieciséis con la base de seiscientos cincuenta y un mil doscientos setenta y ocho colones con setenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Grupo Canafín S. A. contra Rafael Eduarte Agüero Exp: 15-028350-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 07 de octubre del año 2015.—Licda. Shirley María Carrillo Angulo, Jueza.—( IN2016027671 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condición resolutoria citas 351-08728-01-0900-001, servidumbre de paso citas 571-81558-01-0004-001; a las diez horas y cero minutos del cuatro de julio del año dos mil dieciséis, y con la base de siete millones ochocientos colones con noventa y nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real matrícula número quinientos ochenta y seis mil setecientos setenta y ocho- cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 08 Cajón, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Álvaro Hernández Barboza; al sur, calle publica con un fte de 19 metros 99 centímetros; al este, William Bonilla Rodríguez y al oeste William Bonilla Rodríguez. Mide: trescientos diez metros con ochenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del diecinueve de julio del año dos mil dieciséis, con la base de cinco millones doscientos cincuenta mil seiscientos colones con setenta y cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del cuatro de agosto del año dos mil dieciséis con la base de un millón setecientos cincuenta mil doscientos colones con veinticinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R.L. contra Luis de Jesús Ortiz Meza Exp: 15-004464-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, (Pérez Zeledón), (Materia Cobro), 07 de marzo del año 2016.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez.—( IN2016027617 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones; a las ocho horas y treinta minutos del veinte de junio del año dos mil dieciséis, y con la base de dos millones doscientos cincuenta y nueve mil novecientos ochenta y seis colones con cuarenta y dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número sesenta y tres mil setecientos cuarenta y uno-cero cero cero, la cual es terreno de frutales con 1 casa. Situada en el distrito 01 Buenos Aires, cantón 03 Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Manuel Esquivel, al sur, calle pública con 36m 10cm, al este, Manuel Esquivel y al oeste, Manuel Esquivel. Mide: mil ciento ochenta y cinco metros con setenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del cinco de julio del año dos mil dieciséis, con la base de un millón seiscientos noventa y cuatro mil novecientos ochenta y nueve colones con ochenta y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del veinte de julio del año dos mil dieciséis con la base de quinientos sesenta y cuatro mil novecientos noventa y seis colones con sesenta y un céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianaza R.L. contra Felipe Walter Jiménez Saldaña. Exp: 16-001145-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, (Pérez Zeledón), (Materia Cobro), 18 de marzo del 2016.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2016027618 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y cero minutos del treinta de mayo de dos mil dieciséis, y con la base de dos millones ochocientos setenta y nueve mil catorce colones con setenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas: C-150579, Marca: Freightliner, categoría: carga pesada, Vin: 1FV6HJBA2YHF01734,

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tercera subasta con la base de setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢750,00). 9) Artículos varios con la base de cinco mil quinientos colones exactos (¢5.500,00). Para el segundo remate con la base de cuatro mil ciento veinticinco colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢4.125,00) y para la tercera subasta con la base de mil trescientos setenta y cinco colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢1.375,00). 10) Una banca de madera con dos cojines con la base de diez mil colones exactos (¢10.000,00). Para el segundo remate con la base de siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢7.500,00) y para la tercera subasta con la base de dos mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢2.500,00). 11) Un barrilito de madera con la base de tres mil colones exactos (¢3.000,00). Para el segundo remate con la base de dos mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢2.250,00) y para la tercera subasta con la base de setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢750,00). 12) Una base de hierro forjado con jarrón de vidrio con la base de diez mil colones exactos (¢10.000,00). Para el segundo remate con la base de siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢7.500,00) y para la tercera subasta con la base de dos mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢2.500,00). 13) Una base decorativa con tres recipientes pequeños para llaves con la base de cinco mil colones exactos (¢5.000,00). Para el segundo remate con la base de tres mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢3.750,00) y para la tercera subasta con la base de mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢1.250,00). 14) Una base ovalada de vidrio decoración navideña con la base de tres mil colones exactos (¢3.000,00). Para el segundo remate con la base de dos mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢2.250,00) y para la tercera subasta con la base de setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢750,00). 15) Una batidora Kitchen Need blanca sin número de serie visible con la base de veinte mil colones exactos (¢20.000,00). Para el segundo remate con la base de quince mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢15.000,00) y para la tercera subasta con la base de cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢5.000,00). 16) Baúl de madera pequeño con la base de cinco mil colones exactos (¢5.000,00). Para el segundo remate con la base de tres mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢3.750,00) y para la tercera subasta con la base de mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢1.250,00). 17) Una bicicleta azul marca Eurobike con la base de veinte mil colones exactos (¢20.000,00). Para el segundo remate con la base de quince mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢15.000,00) y para la tercera subasta con la base de cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢5.000,00). 18) Una bicicleta azul marca Pro con la base de veinte mil colones exactos (¢20.000,00). Para el segundo remate con la base de quince mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢15.000,00) y para la tercera subasta con la base de cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢5.000,00). 19) Una bicicleta de hierro forjado con raspa de hielo con la base de cinco mil colones exactos (¢5.000,00). Para el segundo remate con la base de tres mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢3.750,00) y para la tercera subasta con la base de mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢1.250,00). 20) Una bicicleta vino marca Diamond Back con la base de veinte mil colones exactos (¢20.000,00). Para el segundo remate con la base de quince mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢15.000,00) y para la tercera subasta con la base de cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢5.000,00). 21) Una cama individual acolchonada color azul con colchones con la base de cincuenta mil colones exactos (¢50.000,00). Para el segundo remate con la base de treinta y siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢37.500,00) y para la tercera subasta

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas y treinta minutos del dieciocho de julio del año dos mil dieciséis, y con la base de cinco millones ciento setenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 242256-000, la cual es terreno solar con una casa. Situada en el distrito Tucurrique, cantón Jiménez, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Mario Gerardo Chacón Araya, Murilio Chacón Araya y Miriam Soto Calderón; al sur, Dinora Chacón Araya; al este, Alexis Chacón Araya y al oeste calle pública con un frente de 8.46.00 metros. Mide: ciento cuarenta y cinco metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del cuatro de agosto del año dos mil dieciséis, con la base de tres millones ochocientos setenta y siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del veintidós de agosto del año dos mil dieciséis con la base de un millón doscientos noventa y dos mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Evelyn Chacón Cervantes. Exp: 16-006337-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 29 de marzo del año 2016.—Licda. Mayela Gómez Pacheco, Jueza.—( IN2016027679 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, se señalan las nueve horas del primero de junio de dos mil dieciséis, las nueve horas del dieciséis de junio de dos mil dieciséis, y las nueve horas del primero de julio de dos mil dieciséis, para la celebración respectiva del primer, segundo y tercer remate ante esta autoridad, de los bienes que se describe a continuación: 1) Una alfombra grande beige con palmeras verdes con la base de diez mil colones exactos (¢10.000,00). Para el segundo remate con la base de siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢7.500,00) y para la tercera subasta con la base de dos mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢2.500,00). 2) Un árbol de navidad artificial de dos metros con la base de seis mil colones exactos (¢6.000,00). Para el segundo remate con la base de cuatro mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢4.500,00) y para la tercera subasta con la base de mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢1.500,00). 3) Un armario de madera con la base de veinticuatro mil colones exactos (¢24.000,00). Para el segundo remate con la base de dieciocho mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢18.000,00) y para la tercera subasta con la base de seis mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢6.000,00). 4) Un armario de madera con la base de veinticuatro mil colones exactos (¢24.000,00). Para el segundo remate con la base de dieciocho mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢18.000,00) y para la tercera subasta con la base de seis mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢6.000,00). 5) Un armario grande con la base de veinticinco mil colones exactos (¢25.000,00). Para el segundo remate con la base de dieciocho mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢18.750,00) y para la tercera subasta con la base de seis mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢6.250,00). 6) Artículos de cocina con la base de cinco mil colones exactos (¢5.000,00). Para el segundo remate con la base de tres mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢3.750,00) y para la tercera subasta con la base de mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢1.250,00). 7) Artículo de limpieza con la base de cinco mil colones exactos (¢5.000,00). Para el segundo remate con la base de tres mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢3.750,00) y para la tercera subasta con la base de mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢1.250,00). 8) Artículos de oficina con la base de tres mil colones exactos (¢3.000,00). Para el segundo remate con la base de dos mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢2.250,00) y para la

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¢5.000,00). 35) Dos muebles de noche con la base de cincuenta mil colones exactos (¢50.000,00). Para el segundo remate con la base de treinta y siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢37.500,00) y para la tercera subasta con la base de doce mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢12.500,00). 36) Dos pares de patines lineales con la base de veinte mil colones exactos (¢20.000,00). Para el segundo remate con la base de quince mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢15.000,00) y para la tercera subasta con la base de cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢5.000,00). 37) Dos pinturas de barcos con la base de diez mil colones exactos (¢10.000,00). Para el segundo remate con la base de siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢7.500,00) y para la tercera subasta con la base de dos mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢2.500,00). 38) Dos sillas de maderas con la base de veinte mil colones exactos (¢20.000,00). Para el segundo remate con la base de quince mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢15.000,00) y para la tercera subasta con la base de cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢5.000,00). 39) Dos sillas de madera con la base de veinte mil colones exactos (¢20.000,00). Para el segundo remate con la base de quince mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢15.000,00) y para la tercera subasta con la base de cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢5.000,00). 40) Dos valijas decorativas de aparente bejuco con la base de cinco mil colones exactos (¢5.000,00). Para el segundo remate con la base de tres mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢3.750,00) y para la tercera subasta con la base de mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢1.250,00). 41) Un ejercitador abdominal AB King con la base de ochenta y cinco mil colones exactos (¢85.000,00). Para el segundo remate con la base de sesenta y tres mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢63.750,00) y para la tercera subasta con la base de veintiuno mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢21.250,00). 42) Un equipo de sonido Sony Estio torre serie 8804227 con la base de veinticinco mil colones exactos (¢25.000,00). Para el segundo remate con la base de dieciocho mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢18.750,00) y para la tercera subasta con la base de seis mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢6.250,00). 43) Un equipo de sonido Sony Mega Storage STR-D435, Deck TC We 435 y dos parlantes con la base de veinticinco mil colones exactos (¢25.000,00). Para el segundo remate con la base de dieciocho mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢18.750,00) y para la tercera subasta con la base de seis mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢6.250,00). 44) Un escritorio en formica con la base de veinticinco mil colones exactos (¢25.000,00). Para el segundo remate con la base de dieciocho mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢18.750,00) y para la tercera subasta con la base de seis mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢6.250,00). 45) Un espejo con marco aparente madera decorativa con la base de diez mil colones exactos (¢10.000,00). Para el segundo remate con la base de siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢7.500,00) y para la tercera subasta con la base de dos mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢2.500,00). 46) Un espejo con marco de madera con la base de diez mil colones exactos (¢10.000,00). Para el segundo remate con la base de siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢7.500,00) y para la tercera subasta con la base de dos mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢2.500,00). 47) Un espejo en hierro forjado con la base de diez mil colones exactos (¢10.000,00). Para el segundo remate con la base de siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢7.500,00) y para la tercera subasta con la base de dos mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base

con la base de doce mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢12.500,00). 22) Una cama individual acolchada color azul con colchones con la base de cincuenta mil colones exactos (¢50.000,00). Para el segundo remate con la base de treinta y siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢37.500,00) y para la tercera subasta con la base de doce mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢12.500,00). 23) Una cama individual de madera con colchón con la base de cuarenta mil colones exactos (¢40.000,00). Para el segundo remate con la base de treinta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢30.000,00) y para la tercera subasta con la base de diez mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢10.000,00). 24) Una cama matrimonial con dos mesas de noche en madera con la base de doscientos mil colones exactos (¢200.000,00). Para el segundo remate con la base de ciento cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢150.000,00) y para la tercera subasta con la base de cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢50.000,00). 25) Un camarote en madera con la base de diez mil colones exactos (¢10.000,00). Para el segundo remate con la base de siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢7.500,00) y para la tercera subasta con la base de dos mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢2.500,00). 26) Una canasta decorativa con la base de cinco mil colones exactos (¢5.000,00). Para el segundo remate con la base de tres mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢3.750,00) y para la tercera subasta con la base de mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢1.250,00). 27) Un coffee maker blanco Black and Decker con la base de cinco mil colones exactos (¢5.000,00). Para el segundo remate con la base de tres mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢3.750,00) y para la tercera subasta con la base de mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢1.250,00). 28) Una columna de madera con la base de tres mil colones exactos (¢3.000,00). Para el segundo remate con la base de dos mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢2.250,00) y para la tercera subasta con la base de setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢750,00). 29) Una cómoda con espejo con la base de veinte mil colones exactos (¢20.000,00). Para el segundo remate con la base de quince mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢15.000,00) y para la tercera subasta con la base de cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢5.000,00). 30) Doce cojines con la base de seis mil colones exactos (¢6.000,00). Para el segundo remate con la base de cuatro mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢4.500,00) y para la tercera subasta con la base de mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢1.500,00). 31) Dos bases decorativas de hierro con la base de ocho mil colones exactos (¢8.000,00). Para el segundo remate con la base de seis mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢6.000,00) y para la tercera subasta con la base de dos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢2.000,00). 32) Dos candelabros base de hierro redonda con bolas decorativas con la base de diez mil colones exactos (¢10.000,00). Para el segundo remate con la base de siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢7.500,00) y para la tercera subasta con la base de dos mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢2.500,00). 33) Dos candeleros de lata con la base de cinco mil colones exactos (¢5.000,00). Para el segundo remate con la base de tres mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢3.750,00) y para la tercera subasta con la base de mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢1.250,00). 34) Dos lámparas pequeñas en hierro forjado con la base de veinte mil colones exactos (¢20.000,00). Para el segundo remate con la base de quince mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢15.000,00) y para la tercera subasta con la base de cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial,

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61) Un juego de sala café de dos piezas, dos y tres plazas respectivas con la base de treinta y cinco mil colones exactos (¢35.000,00). Para el segundo remate con la base de veintiséis mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢26.250,00) y para la tercera subasta con la base de ocho mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢8.750,00). 62) Un juego de sala champang dos plazas para seis y tres personas con mesa de centro con la base de cincuenta mil colones exactos (¢50.000,00). Para el segundo remate con la base de treinta y siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢37.500,00) y para la tercera subasta con la base de doce mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢12.500,00). 63) Juguetes varios con la base de diez mil colones exactos (¢10.000,00). Para el segundo remate con la base de siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢7.500,00) y para la tercera subasta con la base de dos mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢2.500,00). 64) Una lampara con sombra beige con la base diez mil colones exactos (¢10.000,00). Para el segundo remate con la base de siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢7.500,00) y para la tercera subasta con la base de dos mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢2.500,00). 65) Una lámpara con sombra de flores base de hierro con la base de diez mil colones exactos (¢10.000,00). Para el segundo remate con la base de siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢7.500,00) y para la tercera subasta con la base de dos mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢2.500,00). 66) Una lámpara decorativa en hierro con sombra con la base de diez mil colones exactos (¢10.000,00). Para el segundo remate con la base de siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢7.500,00) y para la tercera subasta con la base de dos mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢2.500,00). 67) Una lavadora LG modelo WM1832CW con la base de cincuenta mil colones exactos (¢50.000,00). Para el segundo remate con la base de treinta y siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢37.500,00) y para la tercera subasta con la base de doce mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢12.500,00). 68) Una licuadora Osterizer niquelada sin número de serie visible con la base de cinco mil colones exactos (¢5.000,00). Para el segundo remate con la base de tres mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢3.750,00) y para la tercera subasta con la base de mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢1.250,00). 69) Una maceta decorativa en yeso con la base de cuatro mil colones exactos (¢4.000,00). Para el segundo remate con la base de tres mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢3.000,00) y para la tercera subasta con la base de mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢1.000,00). 70) Una mesa con la base de diez mil colones exactos (¢10.000,00). Para el segundo remate con la base de siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢7.500,00) y para la tercera subasta con la base de dos mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢2.500,00). 71) Una mesa antigua con la base de quince mil colones exactos (¢15.000,00). Para el segundo remate con la base de once mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢11.250,00) y para la tercera subasta con la base de tres mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢3.750,00). 72) Una mesa color oro para llaves con la base de cinco mil colones exactos (¢5.000,00). Para el segundo remate con la base de tres mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢3.750,00) y para la tercera subasta con la base de mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢1.250,00). 73) Una mesa de centro de madera con la base de veinte mil colones exactos (¢20.000,00). Para el segundo remate con la base de quince mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢15.000,00) y para la tercera subasta con la base de cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial,

inicial, ¢2.500,00). 48) Un espejo rectangular con marco color oro en madera con la base de quince mil colones exactos (¢15.000,00). Para el segundo remate con la base de once mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢11.250,00) y para la tercera subasta con la base de tres mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢3.750,00). 49) Un estante de hierro con la base de quince mil colones exactos (¢15.000,00). Para el segundo remate con la base de once mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢11.250,00) y para la tercera subasta con la base de tres mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢3.750,00). 50) Una estatua dorada con la base de tres mil colones exactos (¢3.000,00). Para el segundo remate con la base de dos mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢2.250,00) y para la tercera subasta con la base de setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢750,00). 51) Un gavetero de mimbre con la base de diez mil colones exactos (¢10.000,00). Para el segundo remate con la base de siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢7.500,00) y para la tercera subasta con la base de dos mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢2.500,00). 52) Un gavetero de madera con la base de diez mil colones exactos (¢10.000,00). Para el segundo remate con la base de siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢7.500,00) y para la tercera subasta con la base de dos mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢2.500,00). 53) Un horno microondas Kewmore, serie 412TA05415 con la base de veinticinco mil colones exactos (¢25.000,00). Para el segundo remate con la base de dieciocho mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢18.750,00) y para la tercera subasta con la base de seis mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢6.250,00). 54) Un horno Oster niquelado serie PN123569 con la base de veinte mil colones exactos (¢20.000,00). Para el segundo remate con la base de quince mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢15.000,00) y para la tercera subasta con la base de cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢5.000,00). 55) Un horno Whirlpool blanco serie XH4201173 con la base de cincuenta mil colones exactos (¢50.000,00). Para el segundo remate con la base de treinta y siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢37.500,00) y para la tercera subasta con la base de doce mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢12.500,00). 56) Un jarrón de vidrio estilo cilindro con la base de tres mil colones exactos (¢3.000,00). Para el segundo remate con la base de dos mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢2.250,00) y para la tercera subasta con la base de setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢750,00). 57) Una jaula decorativa con la base de tres mil colones exactos (¢3.000,00). Para el segundo remate con la base de dos mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢2.250,00) y para la tercera subasta con la base de setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢750,00). 58) Una jaula en lata con la base de tres mil colones exactos (¢3.000,00). Para el segundo remate con la base de dos mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢2.250,00) y para la tercera subasta con la base de setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢750,00). 59) Un juego de Bagamon de madera con la base de dos mil colones exactos (¢2.000,00). Para el segundo remate con la base de mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢1.500,00) y para la tercera subasta con la base de quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢500,00). 60) Un juego de comedor rectangular para ocho personas en madera con la base de cincuenta mil colones exactos (¢50.000,00). Para el segundo remate con la base de treinta y siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢37.500,00) y para la tercera subasta con la base de doce mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢12.500,00).

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veinticinco por ciento de la base inicial, ¢5.000,00). 87) Un mueble en madera con gaveteros con la base de veinte mil colones exactos (¢20.000,00). Para el segundo remate con la base de quince mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢15.000,00) y para la tercera subasta con la base de cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢5.000,00). 88) Un mueble en madera con gaveteros con la base de veinte mil colones exactos (¢20.000,00). Para el segundo remate con la base de quince mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢15.000,00) y para la tercera subasta con la base de cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢5.000,00). 89) Un mueble grande de madera con la base de cincuenta mil colones exactos (¢50.000,00). Para el segundo remate con la base de treinta y siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢37.500,00) y para la tercera subasta con la base de doce mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢12.500,00). 90) Nueve pañoletas decorativas con la base de nueve mil colones exactos (¢9.000,00). Para el segundo remate con la base de seis mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢6.750,00) y para la tercera subasta con la base de dos mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢2.250,00). 91) Una olla arrocera blanca Oster con la base de cinco mil colones exactos (¢5.000,00). Para el segundo remate con la base de tres mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢3.750,00) y para la tercera subasta con la base de mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢1.250,00). 92) Una parrilla con la base cinco mil colones exactos (¢5.000,00). Para el segundo remate con la base de tres mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢3.750,00) y para la tercera subasta con la base de mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢1.250,00). 93) Una parrilla Weber negra con cobertor con la base de veinte mil colones exactos (¢20.000,00). Para el segundo remate con la base de quince mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢15.000,00) y para la tercera subasta con la base de cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢5.000,00). 94) Una pizarra con la base de dos mil colones exactos (¢2.000,00). Para el segundo remate con la base de mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢1.500,00) y para la tercera subasta con la base de quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢500,00). 95) Una plancha antigua de hierro con la base de tres mil colones exactos (¢3.000,00). Para el segundo remate con la base de dos mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢2.250,00) y para la tercera subasta con la base de setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢750,00). 96) Un plato de madera con la base de tres mil colones exactos (¢3.000,00). Para el segundo remate con la base de dos mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢2.250,00) y para la tercera subasta con la base de setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢750,00). 97) Un plato niquelado con vineras decorativas con la base de cinco mil colones exactos (¢5.000,00). Para el segundo remate con la base de tres mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢3.750,00) y para la tercera subasta con la base de mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢1.250,00). 98) Procesador Kitchen AID blanco con la base de cinco mil colones exactos (¢5.000,00). Para el segundo remate con la base de tres mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢3.750,00) y para la tercera subasta con la base de mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢1.250,00). 99) Un radio antiguo Grundig con la base de cinco mil colones exactos (¢5.000,00). Para el segundo remate con la base de tres mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢3.750,00) y para la tercera subasta con la base de mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢1.250,00). 100) Radio antiguo Phillips con la base de diez mil colones exactos (¢10.000,00). Para el segundo remate

¢5.000,00). 74) Una mesa de centro de madera y vidrio con la base de veinticinco mil colones exactos (¢25.000,00). Para el segundo remate con la base de dieciocho mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢18.750,00) y para la tercera subasta con la base de seis mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢6.250,00). 75) Una mesa de comedor redonda con cinco sillas con cojines con la base de setenta y cinco mil colones exactos (¢75.000,00). Para el segundo remate con la base de cincuenta y seis mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢56.250,00) y para la tercera subasta con la base de dieciocho mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢18.750,00). 76) Una mesa de hierro decorativa con la base de diez mil colones exactos (¢10.000,00). Para el segundo remate con la base de siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢7.500,00) y para la tercera subasta con la base de dos mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢2.500,00). 77) Una mesa de madera con la base de quince mil colones exactos (¢15.000,00). Para el segundo remate con la base de once mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢11.250,00) y para la tercera subasta con la base de tres mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢3.750,00). 78) Una mesa de madera con la base de quince mil colones exactos (¢15.000,00). Para el segundo remate con la base de once mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢11.250,00) y para la tercera subasta con la base de tres mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢3.750,00). 79) Una mesa de madera con la base de quince mil colones exactos (¢15.000,00). Para el segundo remate con la base de once mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢11.250,00) y para la tercera subasta con la base de tres mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢3.750,00). 80) Una mesa de madera decorativa con la base de diez mil colones exactos (¢10.000,00). Para el segundo remate con la base de siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢7.500,00) y para la tercera subasta con la base de dos mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢2.500,00). 81) Una mesa de madera pequeña con la base de cinco mil colones exactos (¢5.000,00). Para el segundo remate con la base de tres mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢3.750,00) y para la tercera subasta con la base de mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢1.250,00). 82) Una mesa de pool sin marca con la base de doscientos mil colones exactos (¢200.000,00). Para el segundo remate con la base de ciento cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢150.000,00) y para la tercera subasta con la base de cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢50.000,00). 83) Una mesa pequeña forrada en cuerina con la base de ocho mil colones exactos (¢8.000,00). Para el segundo remate con la base de seis mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢6.000,00) y para la tercera subasta con la base de dos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢2.000,00). 84) Mini bar de madera con cinco sillas altas en hierro y madera con la base de cincuenta mil colones exactos (¢50.000,00). Para el segundo remate con la base de treinta y siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢37.500,00) y para la tercera subasta con la base de doce mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢12.500,00). 85) Un mueble de madera con cuatro puertas con la base de veinticinco mil colones exactos (¢25.000,00). Para el segundo remate con la base de dieciocho mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢18.750,00) y para la tercera subasta con la base de seis mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢6.250,00). 86) Un mueble de madera para entretenimiento con la base de veinte mil colones exactos (¢20.000,00). Para el segundo remate con la base de quince mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢15.000,00) y para la tercera subasta con la base de cinco mil colones exactos (un

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diez mil colones exactos (¢10.000,00). Para el segundo remate con la base de siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢7.500,00) y para la tercera subasta con la base de dos mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢2.500,00). 114) Una silla secretaria de madera con la base de diez mil colones exactos (¢10.000,00). Para el segundo remate con la base de siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢7.500,00) y para la tercera subasta con la base de dos mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢2.500,00). 115) Un sillón café dos plazas con la base de treinta y cinco mil colones exactos (¢35.000,00). Para el segundo remate con la base de veintiséis mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢26.250,00) y para la tercera subasta con la base de ocho mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢8.750,00). 116) Un sillón café dos plazas con la base de treinta mil colones exactos (¢30.000,00). Para el segundo remate con la base de veintidós mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢22.500,00) y para la tercera subasta con la base de siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢7.500,00). 117) Un sillón ejecutivo giratorio negro con la base de diez mil colones exactos (¢10.000,00). Para el segundo remate con la base de siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢7.500,00) y para la tercera subasta con la base de dos mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢2.500,00). 118) Un sillón en madera cuerina con la base de veinte mil colones exactos (¢20.000,00). Para el segundo remate con la base de quince mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢15.000,00) y para la tercera subasta con la base de cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢5.000,00). 119) Un sillón esquinero cuerina siete personas beige con la base de cuarenta y cinco mil colones exactos (¢45.000,00). Para el segundo remate con la base de treinta y tres mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢33.750,00) y para la tercera subasta con la base de once mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢11.250,00). 120) Un sillón vino con rayas amarillas para tres personas con la base de treinta y cinco mil colones exactos (¢35.000,00). Para el segundo remate con la base de veintiséis mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢26.250,00) y para la tercera subasta con la base de ocho mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢8.750,00). 121) Un teléfono decorativo con la base de quince mil colones exactos (¢15.000,00). Para el segundo remate con la base de once mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢11.250,00) y para la tercera subasta con la base de tres mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢3.750,00). 122) Un teléfono G Electric 292676E3-B con la base de cinco mil colones exactos (¢5.000,00). Para el segundo remate con la base de tres mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢3.750,00) y para la tercera subasta con la base de mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢1.250,00). 123) Un televisor Hitachi 14”, serie 0308-1421-0203 con la base de veinte mil colones exactos (¢20.000,00). Para el segundo remate con la base de quince mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢15.000,00) y para la tercera subasta con la base de cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢5.000,00). 124) Un televisor Hitachi, 14”, serie 0308-1425-0203, modelo AP 1926 con la base de veinte mil colones exactos (¢20.000,00). Para el segundo remate con la base de quince mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢15.000,00) y para la tercera subasta con la base de cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢5.000,00). 125) Un televisor JTV29”, modelo JP-2968P con la base de treinta mil colones exactos (¢30.000,00). Para el segundo remate con la base de veintidós mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢22.500,00) y para la tercera subasta con la base de siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base

con la base de siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢7.500,00) y para la tercera subasta con la base de dos mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢2.500,00). 101) Radio con CD Sony Player con la base de cinco mil colones exactos (¢5.000,00). Para el segundo remate con la base de tres mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢3.750,00) y para la tercera subasta con la base de mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢1.250,00). 102) Radio despertador Coby 200971 con la base de tres mil colones exactos (¢3.000,00). Para el segundo remate con la base de dos mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢2.250,00) y para la tercera subasta con la base de setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢750,00). 103) Radio despertador Sony serie 70L5908 con la base de cinco mil colones exactos (¢5.000,00). Para el segundo remate con la base de tres mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢3.750,00) y para la tercera subasta con la base de mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢1.250,00). 104) Radiograbadora Sony CFFV10 con la base de cinco mil colones exactos (¢5.000,00). Para el segundo remate con la base de tres mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢3.750,00) y para la tercera subasta con la base de mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢1.250,00). 105) Un refrigerador GE Profile, niquelada, número TM421246 con la base de ciento veinticinco mil colones exactos (¢125.000,00). Para el segundo remate con la base de noventa y tres mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢93.750,00) y para la tercera subasta con la base de treinta y un mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢31.250,00). 106) Refrigeradora Mabe pequeña model MR07L con la base de treinta mil colones exactos (¢30.000,00). Para el segundo remate con la base de veintidós mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢22.500,00) y para la tercera subasta con la base de siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢7.500,00). 107) Regadera de lata con la base de tres mil colones exactos (¢3.000,00). Para el segundo remate con la base de dos mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢2.250,00) y para la tercera subasta con la base de setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢750,00). 108) Ropa, zapatos y bolsos en general con la base de diez mil colones exactos (¢10.000,00). Para el segundo remate con la base de siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢7.500,00) y para la tercera subasta con la base de dos mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢2.500,00). 109) Una secadora General Electric serie ZZ225805G con la base de cincuenta mil colones exactos (¢50.000,00). Para el segundo remate con la base de treinta y siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢37.500,00) y para la tercera subasta con la base de doce mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢12.500,00). 110) Siete mascaras decorativas de madera con la base de catorce mil colones exactos (¢14.000,00). Para el segundo remate con la base de diez mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢10.500,00) y para la tercera subasta con la base de tres mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢3.500,00). 111) Una silla con un colacho con la base de cinco mil colones exactos (¢5.000,00). Para el segundo remate con la base de tres mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢3.750,00) y para la tercera subasta con la base de mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢1.250,00). 112) Una silla de madera con la base de cinco mil colones exactos (¢5.000,00). Para el segundo remate con la base de tres mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢3.750,00) y para la tercera subasta con la base de mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢1.250,00). 113) Una silla en madera con sobre de mimbre y cojin con la base de

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veinticinco por ciento de la base inicial, ¢2.500,00). 139) Vascula Smart Scale con la base de diez mil colones exactos (¢10.000,00). Para el segundo remate con la base de siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢7.500,00) y para la tercera subasta con la base de dos mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢2.500,00). 140) Unos vasos y tazas con la base de cinco mil colones exactos (¢5.000,00). Para el segundo remate con la base de tres mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢3.750,00) y para la tercera subasta con la base de mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢1.250,00). 141) Una ventana antigua decorativa con la base de cinco mil colones exactos (¢5.000,00). Para el segundo remate con la base de tres mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢3.750,00) y para la tercera subasta con la base de mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢1.250,00). 142) Una waflera modelo TSK 2737 P con la base de cinco mil colones exactos (¢5.000,00). Para el segundo remate con la base de tres mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢3.750,00) y para la tercera subasta con la base de mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢1.250,00). 143) Unos zapatos y bolsos con la base de diez mil colones exactos (¢10.000,00). Para el segundo remate con la base de siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢7.500,00) y para la tercera subasta con la base de dos mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢2.500,00). Se rematan por ordenarse así en proceso ordinario de Corporación El Cincuenta y Ocho S. A. contra la Junta Liquidadora del Banco Elca S. A. Expediente N° 08-000689-0183-CI.—Juzgado Concursal del Primer Circuito Judicial de San José, 21 de abril del 2016.—Lic. Daniel Jiménez Medrano, Juez.—( IN2016027692 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y treinta minutos del dieciocho de julio del año dos mil dieciséis y con la base de treinta y ocho millones cuatrocientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 258638-000, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito Piedades cantón Santa Ana de la provincia de San José. Colinda: al norte María Cecilia Morales Vargas al sur Guillermo Aguilar Mena al este, calle pública y al oeste, Amelia Aguilar Mena Mide: ciento ochenta y nueve metros con ochenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del cuatro de agosto del año dos mil dieciséis con la base de veintiocho millones ochocientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del veintidós de agosto del año dos mil dieciséis con la base de nueve millones seiscientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual de Cartago de Ahorro y Préstamo contra José Antonio Vargas Arias. Exp: 12-028808-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 01 de abril del año 2016.—Lic. Iván Tiffer Vargas, Juez.—( IN2016027695 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendario; soporta infracción en el Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Santo Domingo, bajo la sumaria 15-1237-373-TC, a las quince horas treinta minutos del treinta de mayo del dos mil dieciséis, y con la base de treinta y cinco mil quinientos cuarenta y ocho dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo 834867, marca Mitsubishi, categoría automóvil, serie JMYLRV96WAJ000228, carrocería todo terreno 4 puertas, tracción 4x4, chasis JMYLRV96WAJ000228, estilo montero GLS, capacidad 7 personas, año 2010, color gris, combustible diesel, motor 4M40HL7345 cilindrada 2835 cc. Para el segundo remate se señalan las quince horas treinta minutos del catorce de junio del

inicial, ¢7.500,00). 126) Un televisor JTV, 29 pulgadas, modelo JP0625 con la base de treinta mil colones exactos (¢30.000,00). Para el segundo remate con la base de veintidós mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢22.500,00) y para la tercera subasta con la base de siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢7.500,00). 127) Un televisor LG, serie 004TM 01743 de 27” con la base de veinticinco mil colones exactos (¢25.000,00). Para el segundo remate con la base de dieciocho mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢18.750,00) y para la tercera subasta con la base de seis mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢6.250,00). 128) Un televisor Mitsubish, aprox. 50 pulgadas con la base de treinta y cinco mil colones exactos (¢35.000,00). Para el segundo remate con la base de veintiséis mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢26.250,00) y para la tercera subasta con la base de ocho mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢8.750,00). 129) Un televisor Sony Trinithon serie 800308, modelo KB34 con la base de quince mil colones exactos (¢15.000,00). Para el segundo remate con la base de once mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢11.250,00) y para la tercera subasta con la base de tres mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢3.750,00). 130) Un televisor Sony Trinithon, serie 7146842 con la base de veinte mil colones exactos (¢20.000,00). Para el segundo remate con la base de quince mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢15.000,00) y para la tercera subasta con la base de cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢5.000,00). 131) Un tostador Proctor Siles color blanco con la base de diez mil colones exactos (¢10.000,00). Para el segundo remate con la base de siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢7.500,00) y para la tercera subasta con la base de dos mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢2.500,00). 132) Tres platones decorativos de aparente madera con la base de diez mil colones exactos (¢10.000,00). Para el segundo remate con la base de siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢7.500,00) y para la tercera subasta con la base de dos mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢2.500,00). 133) Utensilios de cocina y limpieza varios con la base de cuatro mil colones exactos (¢4.000,00). Para el segundo remate con la base de tres mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢3.000,00) y para la tercera subasta con la base de mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢1.000,00). 134) Una vajilla y cubiertos con la base de diez mil colones exactos (¢10.000,00). Para el segundo remate con la base de siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢7.500,00) y para la tercera subasta con la base de dos mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢2.500,00). 135) Una vajilla decorativa con la base de cinco mil colones exactos (¢5.000,00). Para el segundo remate con la base de tres mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢3.750,00) y para la tercera subasta con la base de mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢1.250,00). 136) Una vajilla decorativa de cuero con la base de cinco mil colones exactos (¢5.000,00). Para el segundo remate con la base de tres mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢3.750,00) y para la tercera subasta con la base de mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢1.250,00). 137) Varios adornos decorativos con la base de quince mil colones exactos (¢15.000,00). Para el segundo remate con la base de once mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢11.250,00) y para la tercera subasta con la base de tres mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial, ¢3.750,00). 138) Varios cojines con la base de diez mil colones exactos (¢10.000,00). Para el segundo remate con la base de siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento, ¢7.500,00) y para la tercera subasta con la base de dos mil quinientos colones exactos (un

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del III Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Cobro), 25 de abril del año 2016.—Licda. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—( IN2016027722 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las once horas y quince minutos del siete de junio de dos mil dieciséis, y con la base de veinte millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 76270-000 la cual es terreno de café con una casa. Situada en el distrito 07 San Isidro cantón 02 San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública frente 34,89 metros; al sur, Yurro en medio María Chaves Méndez; al este, Omar González Loría y al oeste, Christian José Vargas Villalobos. Mide: ochocientos treinta y siete metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y quince minutos del veintidós de junio de dos mil dieciséis, con la base de quince millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y quince minutos del ocho de julio de dos mil dieciséis con la base de cinco millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Sur Química S. A., contra Jodava Limitada. Exp.: 12-030239-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 06 de abril del 2016.—Lic. Marvin Ovares Leandro, Juez.—( IN2016027766 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos; a las catorce horas y veinte minutos del diecinueve de mayo del dos mil dieciséis, y con la base de ocho millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento setenta mil ochocientos cuarenta y tres-cero cero cero, la cual es terreno lote 25-1, Proyecto González Flores. Situada en el distrito 03 Las Horquetas, cantón 10 Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, I.D.A; al sur, calle pública; al este, I.D.A y al oeste, I.D.A. Mide: ciento cincuenta mil ciento cuarenta metros con cuarenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y veinte minutos del tres de junio del dos mil dieciséis, con la base de seis millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y veinte minutos del veinte de junio de dos mil dieciséis con la base de dos millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Luis Ángel de Jesús Sánchez Durán contra Delia Vanessa Sequeira Espinoza. Exp. N° 15-001439-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, (Materia Cobro), 19 de enero del 2016.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—( IN2016027770 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas y treinta minutos del veintiuno de junio del año dos mil dieciséis, y con la base de quince mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ochenta y nueve mil novecientos ochenta y seis-cero cero cero, la cual es terreno con una casa y un local comercial. Situada en el distrito 01 Hojancha, cantón 11 Hojancha, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Noel Villalobos Cortés; al sur, Vicente Bienvenido Marchena Gómez; al este, calle pública con un frente de 9,64 metros y al oeste, calle pública con un frente de 10,05 metros. Mide: trescientos cincuenta y un metros con diez decímetros cuadrados. Plano: G-0929475-1990. Para el Segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del seis de julio del año dos mil dieciséis, con la base de once mil

dos mil dieciséis, con la base de veintiséis mil seiscientos sesenta y un dólares (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas treinta minutos del veintinueve de junio del dos mil dieciséis con la base de ocho mil ochocientos ochenta y siete dólares (un veinticinco por ciento de la base inicial) Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco de Costa Rica contra Sergio Daniel Ramírez González, y Silvia Elena Salazar Calvo. Exp: 15-022927-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 22 de abril del año 2016.—Licda. Adriana Castro Rivera, Jueza.—( IN2016027699 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada, bajo las citas: 0303-9203-01-0006-001; a las once horas quince minutos del catorce de junio de dos mil dieciséis, y con la base de setenta y nueve mil seiscientos ochenta y tres dólares con cuatro centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 237940-000 la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 02 San Diego, cantón 03 La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte Fiduciaria Castro Garnier S. A.; al sur, Fiduciaria Castro Garnier S. A.; al este, Fiduciaria Castro Garnier S. A. y al oeste calle pública. Mide: 120 cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas quince minutos del veintinueve de junio de dos mil dieciséis, con la base de cincuenta y nueve mil setecientos sesenta y dos dólares con cincuenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas quince minutos del catorce de julio de dos mil dieciséis con la base de diecinueve mil novecientos veinte dólares con ochenta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pago con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a las restricción del articulo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Yan Jil Liu Lee contra Inversiones Jaikel S.P S. A., Jaikel George Smith Parker. Exp: 16-000672-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro I Circuito Judicial de San José, 25 de abril del año 2016.—Licda. Peggy Corrales Chaves, Jueza.—( IN2016027720 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones; a las nueve horas y cero minutos del dieciséis de junio del año dos mil dieciséis y con la base de cuatro millones trescientos doce mil doscientos ochenta colones con cuarenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos mil cuatrocientos ochenta y dos-cero cero cero, la cual es terreno de patio con un galerón destinado a taller. Situada en el distrito San José, cantón Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Jacobo Rodríguez Arguedas; al sur, calle pública con un frente a ella de seis metros lineales; al este, Félix Ángel Vargas Alpízar y al oeste, Jacobo Rodríguez Arguedas. Mide: doscientos once metros con noventa y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del uno de julio del año dos mil dieciséis, con la base de tres millones doscientos treinta y cuatro mil doscientos diez colones con treinta y cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciocho de julio del año dos mil dieciséis con la base de un millón setenta y ocho mil setenta colones con once céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Luz Hannia Rodríguez Arguedas. Exp: 15-001374-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía

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de la base inicial). Nota: En caso de que existan postores el día de efectuarse el remate y estos aporten la suma correspondiente en moneda diferente a la indicada -en el presente edicto-, se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que se realice la almoneda, según lo establezca el Banco de Costa Rica. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Cooperativa de Ahorro y Crédito ANDE Nº 1 contra Roosbelt Ríos Soto. Exp. N° 13-009145-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 31 de marzo del 2016.—Lic. Allan Barquero Durán, Juez.—( IN2016027802 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las trece horas y treinta minutos del dieciocho de julio de dos mil dieciséis, y con la base de quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Maquina piladora de arroz marca Misoto cuatro motores. Para el Segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del tres de agosto de dos mil dieciséis, con la base de trescientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del diecisiete de agosto de dos mil dieciséis con la base de ciento veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Fernando Rojas Murillo contra Hubert de las Piedades Marín Sánchez. Exp.: 15-000656-1201-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Golfito, (Materia Cobro), 13 de abril del 2016.—Licda. Olga Sandí Torres, Jueza.—( IN2016027804 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de anotaciones y gravámenes prendarios; a las diez horas y treinta minutos del dieciséis de agosto del año dos mil dieciséis, y con la base de ocho mil novecientos treinta y siete dólares con cincuenta y siete centavos (moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número 751286. Marca Hyundai. Estilo Elantra GLS. Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año 2008. Color negro. Vin KMHDU41TP8U415641. Cilindrada 1600 CC. combustible diesel. Motor Nº D4FB8U502141. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del treinta y uno de agosto del año dos mil dieciséis, con la base de seis mil setecientos tres dólares con dieciocho centavos (moneda de curso legal de los Estados Unidos de América) (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del dieciséis de setiembre del año dos mil dieciséis con la base de dos mil doscientos treinta y cuatro dólares con treinta y nueve centavos (moneda de curso legal de los Estados Unidos de América) (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Crediq Inversiones CR S.A. contra Ricardo Alberto Solís Adams. Exp: 13-003783-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia (Materia Cobro), 30 de marzo del año 2016.—Licda. Patricia Cedeño Leitón, Jueza.—( IN2016027856 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando hipoteca de primer grado inscrita al Tomo 551 Asiento 6206-01-0002- 001; a las nueve horas Y treinta minutos del treinta y uno de mayo de dos mil dieciséis, y con la base de dos millones cuatrocientos setenta y un mil ciento treinta y seis colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento treinta y un mil trescientos cincuenta y siete secuencia cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 03-Tobosi,

doscientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del veintiuno de julio del año dos mil dieciséis con la base de tres mil setecientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Pinco Italiano Sociedad Anónima, Roberto Di Roberto. Exp.: 16-000348-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, (Liberia), (Materia Cobro), 03 de mayo del 2016.—Lic. Jorge Zúñiga Jáen, Juez.—( IN2016027794 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas y veinte minutos del uno de junio de dos mil dieciséis -1:20 p.m. 01/06/2016-, y con la base de veintinueve millones quinientos noventa y un mil cuatrocientos treinta y seis colones con veinte céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 39237-000, la cual es terreno para construir con 1 casa N° 46. Situada en el distrito 03 Macacona, cantón 02 Esparza, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, lote 47; al sur, lote 45; al este, Víctor Manuel Peralta, y al oeste, calle pública con 08M 60c.m. Mide: doscientos cuatro metros con cincuenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las trece horas y veinte minutos del dieciséis de junio de dos mil dieciséis -1:20 p.m. 16/06/2016-, con la base de veintidós millones ciento noventa y tres mil quinientos setenta y siete colones con quince céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las trece horas y veinte minutos del uno de julio de dos mil dieciséis -1:20 p.m. 01/07/2016- con la base de siete millones trescientos noventa y siete mil ochocientos cincuenta y nueve colones con cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: En caso de que existan postores el día de efectuarse el remate y estos aporten la suma correspondiente en moneda diferente a la indicada en el presente edicto, se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que se realice la almoneda, según lo establezca el Banco de Costa Rica. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito ANDE Nº 1 contra María Cecilia Castillo Ugalde. Expediente N° 15-002252-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 07 de abril del 2016.—Lic. Allan Barquero Durán, Juez.—( IN2016027801 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones y limitaciones citas 324-16257-01-0996-001 e hipoteca de primer grado citas 574-91995-01-0008-001; a las catorce horas y treinta minutos del veinticinco de mayo de dos mil dieciséis, 2:30 p.m. 25/05/2016, y con la base de cuarenta y tres millones setecientos siete mil ochocientos sesenta y tres colones con cincuenta y ocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 123036-000, la cual es terreno para agricultura. Situada en el distrito 02 Pacuarito, cantón 03 Siquirres, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Marcos Antonio Ríos Soto; al sur, Río Caño Azul; al este, José Arce Arce y al oeste, calle pública. Mide: treinta y cuatro mil ciento trece metros con trece decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del trece de junio del dos mil dieciséis -2:30 p.m. 13/06/2016-, con la base de treinta y dos millones setecientos ochenta mil ochocientos noventa y siete colones con sesenta y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintiocho de junio del dos mil dieciséis -2:30 p.m. 28/06/2016- con la base de diez millones novecientos veintiséis mil novecientos sesenta y cinco colones con ochenta y nueve céntimos (un veinticinco por ciento

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con la base de veinticinco mil quinientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y quince minutos del veintiocho de junio de dos mil dieciséis con la base de ocho mil quinientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cultivos Agrícolas de Naranjo Sociedad Anónima contra Cira María de los Ángeles Bell Angulo, Esteban Emilio Salazar Bell, Julio Cesar Salazar Bell, María Luisa Salazar Bell, Randall Esteban Salazar Bell, Roger Emilio Salazar Bell, Róger Salazar Salazar. Exp: 15-004874-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 28 de marzo del año 2016.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Juez.—( IN2016027926 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos del siete de junio de dos mil dieciséis, y con la base de veinticuatro mil quinientos dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos setenta y cuatro mil novecientos cincuenta y dos cero cero cero (374.952-000) la cual es terreno con una casa de habitación N° 27. Situada en el distrito Mata de Plátano, cantón Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Asoc. de Vivienda de San José; al sur, calle pública; al este, Asoc de Vivienda de San José y al oeste lote 28. Mide: ciento treinta y un metros con ochenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintidós de junio de dos mil dieciséis, con la base de dieciocho mil trescientos setenta y cinco dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del siete de julio de dos mil dieciséis con la base de seis mil ciento veinticinco dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Pame de Heredia Sociedad Anónima contra Karla Herminia Rose Castro. Exp: 14-004928-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 12 de abril del 2016.—Msc. Liseth Delgado Chavarría, Jueza.—( IN2016027927 ).

En la puerta exterior de este Despacho, soportando hipoteca de primer grado a favor del Banco Nacional de Costa Rica; a las trece horas y treinta minutos del veintiséis de mayo de dos mil dieciséis, y con la base de nueve millones seiscientos siete mil noventa colones con noventa y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 3-241725-001-002, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 San Rafael, cantón 07 Oreamuno, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, María Elena Araya Vargas y Fernando Elizondo Masís, Ana Meza Badilla y Claudio Mata Quirós; al sur, Luis Alfonso Moya; al este, Óscar Tames Brenes y al oeste, María Elena Araya Vargas y Fernando Elizondo Masís y calle pública. Mide: doscientos cuarenta y cuatro metros con cero decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del diez de junio de dos mil dieciséis, con la base de siete millones doscientos cinco mil trescientos dieciocho colones con veintiún céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del veintisiete de junio de dos mil dieciséis con la base de dos millones cuatrocientos uno mil setecientos setenta y dos colones con setenta y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo

cantón 08- El Guarco, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Carlos Rodrigo Sánchez, Óscar Ramírez, Nelsy Ríos, todos en parte; al sur, calle pública con 7.85 metros de frente; al este, Familia Arrieta Flores S. A. y al oeste, Familia Arrieta Flores S. A., Fernando Hidalgo Cerdas, María Cecilia Cortes Cordero, Marco Antonio Meléndez Pasapera, y Marta Vargas Martínez todos en parte. Mide: Trescientos dieciocho metros con noventa y nueve decímetros cuadrados. Con la base de un millón novecientos veintiocho mil ochocientos sesenta y cuatro colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando hipoteca de primer grado inscrita al Tomo 551 Asiento 6206-01-0002-001, finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento treinta y un mil trescientos cincuenta y ocho secuencia cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 03- Tobosi, cantón 08- El Guarco, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, María del Rocío Ramírez Aguilar, Carlos Rodrigo Sánchez Ramírez en parte; al sur, calle pública con 7.97 metros de frente; al este, Dagoberto Montero Brenes y al oeste, Familia Arrieta Flores S. A. Mide: trescientos treinta y ocho metros con dieciséis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del quince DE junio de dos mil dieciséis, con la base de un millón ochocientos cincuenta y tres mil trescientos cincuenta y dos colones exactos, para la Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento treinta y un mil trescientos cincuenta y siete secuencia cero cero cero y la base de un millón cuatrocientos cuarenta y seis mil seiscientos cuarenta y ocho colones exactos, para la Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento treinta y un mil trescientos cincuenta y ocho secuencia cero cero cero (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del treinta de junio de dos mil dieciséis con la base de seiscientos diecisiete mil setecientos ochenta y cuatro colones exactos, para la finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento treinta y un mil trescientos cincuenta y siete secuencia cero cero cero y con la base de cuatrocientos ochenta y dos mil doscientos dieciséis colones exactos, para la finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento treinta Y UN MIL trescientos cincuenta y ocho secuencia cero cero cero (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Inversiones Ramawe Sur Sociedad Anónima, Raúl Antonio de Jesús Arrieta Flores. Exp: 16-000422-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 05 de abril del año 2016.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza.—( IN2016027860 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando cuatro servidumbre trasladada citas: 379-06710-01-0987-001 (Inscrita en los derechos 001/002/003/004/005/006/007); a las nueve horas y quince minutos del veintisiete de mayo de dos mil dieciséis, y con la base de treinta y cuatro mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, matrícula número diez mil doscientos setenta y tres - F - cero cero uno/cero cero dos/cero cero tres/cero cero cuatro/cero cero cinco/cero cero seis y cero cero siete (10273-F-001/002/003/004/005/006/007) la cual es terreno naturaleza: casa 44 en proceso de construcción. Situada en el distrito 4-San Rafael, cantón 15- Montes de Oca, de la provincia de San José. Colinda: al norte área común de aceras y calle; al sur área común de acera y calle; al este casa 43 y área de jardín y al oeste casa 45. Mide: ciento doce metros con treinta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y quince minutos del trece de junio de dos mil dieciséis,

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de Puntarenas, lindante al Norte: Calle pública; al Sur: Quebrada Azufrada, al Este: Calle Pública y al Oeste: Mario Arguedas Badilla y Fabian Molina Cornejo, el cual mide treinta y dos mil doscientos setenta y cinco metros con cero decímetros cuadrados, según plano Nº P-0911954-2004, propiedad de la demandada Niebla del Sena Sociedad Anónima. 3) Para el primer remate, soportando hipoteca de primer grado a favor del Banco Nacional de Costa Rica por la suma de ciento diez mil dólares al tomo 2014, asiento 00200349, consecutivo 01, secuencia 0001, subsecuencia 001 y soportando Restricciones Reg Art. 18 de la Ley 2825 al tomo 0555, asiento 00005172, consecutivo 01, secuencia 0127, subsecuencia 001 con la base de capital pactada en el documento base de esta ejecución, sea la suma de catorce mil ochocientos treinta y nueve dólares treinta y cuatro centavos moneda de los Estados Unidos de Norteamérica, remataré: el fundo hipotecado del Partido de Puntarenas matrícula número ciento cuarenta y un mil ochocientos nueve-cero cero cero, que es terreno de potrero y agricultura, Parcela 5-42-Asentamiento Cuenca del Río Aranjuez, finca se encuentra en zona catastrada, sito en el distrito 2 La Unión, cantón cuarto Montes de Oro de la Provincia de Puntarenas, lindante al Norte: José Ángel Marín González; al sur, Rodolfo Aguilar Moreno, al este, Nautilio Ulate Álvarez y al oeste, calle pública, el cual mide ciento cuarenta y un mil trescientos noventa y cinco metros con cero decímetros cuadrados, según plano Nº P-0927911-2004, propiedad de la demandada Niebla del Sena Sociedad Anónima. En caso de resultar fracasado el primer remate, para el segunda subasta de los inmuebles antes indicados y con la rebaja del veinticinco por ciento de sus bases original es, sea: 1) La finca del Partido de Puntarenas matrícula número noventa y tres mil ochocientos noventa y doscero cero cero con la rebaja del veinticinco por ciento de ley de su base original, sea la suma de cinco mil cuatrocientos noventa y dos dólares con cuarenta centavos moneda de los Estados Unidos de Norteamérica. 2) La finca del Partido de Puntarenas matrícula número ciento cuarenta y un mil ochocientos diez-cero cero cero con la rebaja del veinticinco por ciento de ley de la base original, sea la suma de veinte mil ochocientos setenta y ocho dólares seis centavos moneda de Estados Unidos de Norteamérica. 3) La finca del Partido de Puntarenas matrícula número ciento cuarenta y un mil ochocientos nueve-cero cero cero, con la rebaja del veinticinco por ciento de ley de la base original, sea la suma de once mil ciento veintinueve dólares con cinco centavos moneda de Estados Unidos de Norteamérica, se señalan las ocho horas del veintisiete de junio del dos mil dieciséis. En la eventualidad de que el segundo remate tampoco se realicen posturas para la tercera almoneda y con las bases del veinticinco por ciento de las bases originales, sea: 1) La finca del Partido de Puntarenas matrícula número noventa y tres mil ochocientos noventa y dos-cero cero cero con la base del veinticinco por ciento de ley de su base original, sea la suma de mil ochocientos treinta dólares sesenta y seis centavos moneda de los Estados Unidos de Norteamérica. 2) La finca del Partido de Puntarenas matrícula número ciento cuarenta y un mil ochocientos diez-cero cero cero con la base del veinticinco por ciento de ley de la base original, sea la suma de seis mil novecientos cincuenta y nueve dólares con cinco centavos moneda de los Estados Unidos de Norteamérica. 3) La finca del Partido de Puntarenas, matrícula número ciento cuarenta y un mil ochocientos nueve-cero cero cero, con la base del veinticinco por ciento de ley de la base original, sea la suma de tres mil setecientos nueve dólares ochenta y tres centavos moneda de los Estados Unidos de Norteamérica, se señalan las ocho horas del doce de julio del dos mil dieciséis. Publicar por dos veces consecutivas en el Boletín Judicial. De conformidad con la Circular 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte, del 22 de junio de 2009. Se le comunica que en virtud del Principio de Gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Lo anterior por estar así ordenado en Proceso de Ejecución Hipotecaria Nº 15-000708-1202-CJ establecida por el Banco Nacional de Costa Rica, contra Quality Fresh Tropicals Costa Rica Sociedad Anónima y otros.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 20 de abril del 2016.—Ana Milena Castro Elizondo, Jueza Agraria.—( IN2016027962 ).

deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Fernando Antonio Elizondo Araya. Exp.: 15-000885-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 18 de abril del 2016.—Licda. Joyce Ugalde Huezo, Jueza.—( IN2016027947 ).

PRIMERA PUBLICACIÓNEn la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes

hipotecarios; a las diez horas veinte minutos del veintiséis de julio de dos mil dieciséis, y con la base de sesenta y nueve millones setecientos dieciséis mil quinientos dieciocho colones con cuarenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento veintisiete mil ochocientos ocho cero cero cero, la cual es terreno dedicado a cultivos varios.- Situada en el distrito 03 Las Horquetas, cantón 10 Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Tony Sauma Vargas; al sur, Rafael Ángel Vindas González; al este, Río Puerto Viejo en Parte y al oeste, Cirilo Salas Carranza. Mide: doscientos sesenta y dos mil novecientos ochenta y cuatro metros con treinta y dos centímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas veinte minutos del dieciséis de agosto del dos mil dieciséis, con la base de cincuenta y dos millones doscientos ochenta y siete mil trescientos ochenta y ocho colones con ochenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas veinte minutos del dos de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de diecisiete millones cuatrocientos veintinueve mil ciento veintinueve colones con sesenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Luis Marcelo López Salazar. Exp: 15-001635-1208-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica (Materia Cobro), 2 de mayo del año 2016.—Lic. Andrés Rafael Valladares Castillo, Jueza.—( IN2016027951 ).

A las ocho horas del diez de junio del dos mil dieciséis, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, remataré los siguientes inmuebles: 1) Para el primer remate, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de capital pactada en el documento base de esta ejecución, sea la suma de siete mil trescientos veintidós dólares sesenta y cinco centavos moneda de los Estados Unidos de Norteamérica, remataré: el fundo hipotecado del Partido de Puntarenas matrícula número noventa y tres mil ochocientos noventa y dos-cero cero cero, que es terreno con una casa de habitación, sito en el distrito 2 La Unión, cantón cuarto Montes de Oro de la provincia de Puntarenas, lindante al norte, calle pública con un frente total de ciento cuarenta y cinco metros con treinta y cinco centímetros lineales; al sur, Álvaro Jiménez Badilla, al este: Álvaro Jiménez Badilla y al oeste, calle pública con un frente total de ciento cuarenta y cinco metros con treinta y cinco centímetros lineales, el cual mide dos mil setecientos cuatro metros con un decímetros cuadrados, según plano Nº P-0183359-1994, propiedad de la demandada Niebla del Sena Sociedad Anónima. 2) Para el primer remate, libre de gravámenes hipotecarios y soportando Restricciones Reg Art. 18 de la Ley 2825 al tomo 0555, asiento 00005172, consecutivo 01, secuencia 0129, subsecuencia 001 y con la base de capital pactada en el documento base de esta ejecución, sea la suma de veintisiete mil ochocientos treinta y ocho dólares con un centavo moneda de los Estados Unidos de Norteamérica, remataré: el fundo hipotecado del Partido de Puntarenas matrícula número ciento cuarenta y un mil ochocientos diez-cero cero cero, que es terreno de potrero y agricultura, Parcela 5-43-Asentamiento Cuenca del Río Aranjuez, finca se encuentra en zona catastrada, sito en el distrito 2 La Unión, cantón cuarto Montes de Oro de la Provincia

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sur Antonio Cabezas Carvajal; al este calle pública con un frente de 9 metros 57 centímetros y Antonio Cabezas Carvajal y al oeste calle pública con un frente de 23 metros 51 centímetros. Mide: setecientos veinticinco metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y veinte minutos del tres de agosto de dos mil dieciséis, con la base de dieciocho millones ciento cinco mil novecientos treinta y ocho colones con sesenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y veinte minutos del diecinueve de agosto de dos mil dieciséis con la base de seis millones treinta y cinco mil trescientos doce colones con ochenta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Marco Tulio de Jesús Quesada Varela. Exp: 16-000325-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí (Materia Cobro), 29 de marzo del año 2016.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—( IN2016027993 ).

Títulos Supletoriosrlos Juárez Abarca y Gerardo Abarca Gutiérrez. Mide cinco

mil quinientos sesenta y nueve metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número G-1793375-2015. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de cinco millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por medio de donación y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de veinte años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en cercado. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Randy Lourdes Juárez Abarca. Exp. N° 16-000050-0391-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, 8 de abril del 2016.—Lic. José Walter Ávila Quirós, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016023956 ).

Se hace saber que ante este Despacho, se tramita el expediente N° 15-100088-1143-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Dalila Quijano Lobo, cédula 2 499 780, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno sin inscribir. Situada en el distrito Yolillal, cantón Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, con Dalila Quijano Lobo; al sur, con Oscar Manuel Quijano Lobo; al este, con servidumbre de paso y al oeste, con Harol Quijano Lobo y Oscar Manuel Quijano Lobo. Mide: Doscientos sesenta y dos metros cuadrados. Indica la promovente que sobre el inmueble a inscribir que no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cinco millones de colones. Que adquirió dicho inmueble mediante donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido mantenimiento en mantenimiento de cercar y limpieza de rondas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros Inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Dalila Quijano Lobo. Exp.

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de trasladada, citas: 0311-00014303-01-002-001; a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del treinta y uno de mayo de dos mil dieciséis, y con la base de un millón de colones exactos, que es la base de la hipoteca de grado superior vencido, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número seiscientos veintinueve mil quinientos cuatro cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 06 San Antonio, cantón 20 León Cortés, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Isideo Badilla; al sur, servidumbre de paso de seis metros de ancho con distancia a calle publica de diez metros; al este, Isidro Badilla y al oeste, Isidro Badilla. Mide: trescientos veintiún metros con cero decímetros cuadrados. Plano: SJ-1588314-2012. Para el Segundo remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del quince de junio de dos mil dieciséis, con la base de setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del treinta de junio de dos mil dieciséis con la base de doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de César Alvarado Fallas contra Silvia Rosa Badilla Venegas. Exp.: 15-030093-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 23 de noviembre del 2015.—M.Sc. Nidia Durán Oviedo, Jueza.—( IN2016027972 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones bajo las citas: 353-18993-01-0900-001, servidumbre de paso bajo las citas: 576-30111-01-0014-001 y 576-30111-01- 0018-001; a las diez horas y treinta minutos del seis de junio del año dos mil dieciséis, y con la base de nueve millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 479379-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 6, Pital cantón 10, San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, servidumbre de paso de 6 metros de ancho en medio de Teresa Ramires Solís y calle publica, al sur, Fiduciaria Nacional Finacio S. A., al este, calle publica y al oeste, Teresa Ramires Solís. Mide: doscientos cuarenta y ocho metros cuadrados. Plano: A-1460456-2010. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veintiuno de junio del año dos mil dieciséis, con la base de siete millones ciento veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del seis de julio del año dos mil dieciséis con la base de dos millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución Hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Margarita Ramírez Solís. Exp: 15-002192-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 08 de abril del año 2016.—Licda. Lilliam Ruth Álvarez Villegas, Jueza.—( IN2016027973 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y veinte minutos del quince de julio de dos mil dieciséis, y con la base de veinticuatro millones ciento cuarenta y un mil doscientos cincuenta y un colones con cincuenta y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos ochenta y seis mil setecientos cuatro cero cero cero la cual es terreno de solar con una casa y solar. Situada en el distrito 14 Sarapiquí, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte calle pública con un frente de 18 metros 78 centímetros; al

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quien es mayor, estado civil soltera, vecina de barrio Limón de Santa Cruz, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe Nº 1-0949-0593, profesión ingeniera civil, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es para construir con una casa. Situada en el distrito Santa Cruz, cantón Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Flor del Carmen Álvarez Chaves; al sur, Erasmo Antonio Álvarez Chaves; al este, calle pública con un frente a ella de ciento diez metros con ochenta y dos centímetros lineales y al oeste, Río Diría. Mide: Una hectárea sesenta y ocho metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado Nº G-1786498-2014. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de dos millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por cesión de su abuela Juana Rosa Chaves Briceño y del señor Heriberto Álvarez Chaves, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de diez años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en chapias, cercas, siembra de frutales. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Aura María Álvarez Orozco. Expediente Nº 15-000004-0391-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, 04 de abril del 2016.—Lic. José Wálter Ávila Quirós, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016025595 ).

Se hace saber que ante este Despacho, se tramita el expediente N° 15-100088-1143-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Dalila Quijano Lobo, cédula 2 499 780, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno sin inscribir. Situada en el distrito Yolillal, cantón Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, con Dalila Quijano Lobo; al sur, con Oscar Manuel Quijano Lobo; al este, con servidumbre de paso y al oeste, con Harol Quijano Lobo y Oscar Manuel Quijano Lobo. Mide: Doscientos sesenta y dos metros cuadrados. Indica la promovente que sobre el inmueble a inscribir que no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cinco millones de colones. Que adquirió dicho inmueble mediante donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido mantenimiento en mantenimiento de cercar y limpieza de rondas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros Inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Dalila Quijano Lobo. Exp. N° 15-100088-1143-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala, 27 de enero del 2016.—Lic. Gersan Tapia Martínez, Juez.—1 vez.—( IN2016023983 ).

Se hace saber que ante este Despacho se encuentra el expediente N° 07-000808-0388-CI, el cual corresponde a un proceso de diligencias de información posesoria, promovido por Yendry Pastrano Castro, quien es mayor, casada una vez, ama de casa, portadora de la cédula de identidad 5-0308-0458 y vecina de Filadelfia, Carrillo, Guanacaste, del CENSINAI cincuenta metros al sur y veinticinco al este; el cual interpuso a fin de que se inscriba a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, un terreno que es

N° 15-100088-1143-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala, 27 de enero del 2016.—Lic. Gersan Tapia Martínez, Juez.—1 vez.—( IN2016023983 ).

Se hace saber que ante este Despacho se encuentra el expediente N° 07-000808-0388-CI, el cual corresponde a un proceso de diligencias de información posesoria, promovido por Yendry Pastrano Castro, quien es mayor, casada una vez, ama de casa, portadora de la cédula de identidad 5-0308-0458 y vecina de Filadelfia, Carrillo, Guanacaste, del CENSINAI cincuenta metros al sur y veinticinco al este; el cual interpuso a fin de que se inscriba a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, un terreno que es para construir, situado en Filadelfia, distrito 01 (Filadelfia), cantón 5 (Carrillo), provincia de Guanacaste; el cual colinda al norte, Pedro Obando Piña; sur, calle pública con un frente a ella de siete metros con setenta y siete centímetros lineales; este, Marta Antonieta Piña Duarte, y oeste, Pedro Obando Piña; mide 153 metros cuadrados, según plano G-1798351-2015. Indica la parte promotora que sobre el mismo no pesan gravámenes, que mediante dicho proceso no pretende evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, que estima el inmueble en un millón quinientos mil colones exactos, que lo adquirió mediante donación que le hiciera el señor Milciades Aguilar Dávila, mayor, soltero, mecánico, cédula 5-0116-0523, vecino de Filadelfia, Carrillo, Guanacaste, veinticinco metros al oeste de la municipalidad, el día 20 de enero de 1998 y con quien no le liga parentesco alguno, que hasta la fecha lo ha poseído a título de dueña, en forma pública, pacífica y sin interrupciones; que los actos de posesión que ha ejercido sobre él han consistido en deslinde, limpieza y acumulación de material para construcción de casa; que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias otros inmuebles y que carece de título inscribible de dominio. Por tal razón y de conformidad con el artículo 5 de la Ley de Informaciones Posesorias, se emplaza por este medio a todas las personas interesadas en este asunto, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho a hacer valer sus derechos.—Juzgado Civil y de Trabajo de Santa Cruz, Guanacaste, 2 de marzo de 2016.—Licda. Julieth Víquez Fernández, Jueza.—1 vez.—( IN2016023994 ).

Jorge Rodríguez Rodríguez, mayor, masculino, costarricense, casado una vez, agricultor, cédula Nº 2-0174-0784, vecino de La Victoria de Horquetas de Sarapiquí, Heredia, contiguo a Helicópteros de Costa Rica, promueve diligencias de Información Posesoria para inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, un inmueble que se describe así: Terreno de pasto. Ubicado en Colonia Bambú, distrito tercero Horquetas, del cantón décimo Sarapiquí de la provincia de Heredia. Mide: Cuatro hectáreas cuatro mil quinientos ochenta y cinco metros con treinta y nueve decímetros cuadrados. Linda al norte, con Eduardo Anchía Picado; al sur, con Lorenzo Vargas Vargas y Rolando Abarca Picado; al este, con Omer Gerardo Araya Acuña y Quebrada Lajas, y al oeste, con Jesús Vargas Barquero y calle pública con un frente a ella de cuarenta y un metros con catorce centímetros lineales. Graficado en el Plano Catastrado Nº H-653149-2000. Inmueble que fue estimado en la suma de diez millones de colones exactos y las diligencias en tres millones de colones. Dicho inmueble no tiene cargas reales que pesen sobre el mismo, no posee condueños y con las presentes diligencias no se pretende evadir las consecuencias de un proceso sucesorio. Por medio de este edicto se llama a todos los interesados en estas diligencias para que dentro del plazo de un mes, contado a partir de su publicación, se apersonen en este Juzgado en defensa de sus derechos, bajo los apercibimientos legales en caso de omisión. Exp. Nº 12-000274-0504-CI.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 18 de abril del 2016.—Lic. Ronald Rodríguez Cubillo, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016024014 ).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 15-000004-0391-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Aura Maria Álvarez Orozco

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la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de tres millones de colones. Que adquirió dicho inmueble mediante compraventa N° 113 realizada por su antiguo poseedor, la señora Judith Carrillo Chavarría, quien era, mayor, soltera, del hogar, vecina de Roblar de Nicoya, cédula 5-0060-0332, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en el mantenimiento de cercas, limpieza y siembra de árboles y asistencia en general. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Heidy Carrillo Chavarría. Exp. N° 09-000330-0390-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Nicoya, 21 de julio del 2015.—Licda. Mayra Cristina Cordero Espinoza, Jueza.—1 vez.—( IN2016024029 ).

Se hace saber que ante este Despacho, se tramita el expediente N° 15-000190-0386-CI, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Alexander Lobo Alvarado, quien es mayor de edad, estado civil casado una vez, vecino de Barrio Los Oses de Guayabo de Bagaces, Guanacaste, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número cinco-doscientos noventa y nueve-ciento noventa y tres, profesión abogado, Merlyn Gretter Arias Rojas, mayor de edad, casada una vez y separada de hecho, comerciante, vecina de Barrio Los Oses de Guayabo de Bagaces, Guanacaste, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número cinco-trescientos seis-novecientos cincuenta y cinco, profesión comerciante, Evelio Álvarez Molina, mayor de edad, casado una vez, profesión pastor, vecino de Guayabo de Bagaces, Guanacaste, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número seis-ciento setenta y cinco-doscientos setenta y cuatro, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir con un edificio de dos plantas. Situada en el distrito tercero Mogote, cantón Bagaces, de la provincia de Guanacaste. Colinda al noroeste, calle pública con una medida de frente de ocho metros con cincuenta y cinco centímetros lineales; al suroeste y sureste, Alejandrina Cruz González; al noreste, Aricruz de Miravalles Sociedad Anónima. Mide doscientos ochenta y seis metros con un decímetros cuadrados. Indican los promoventes que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de quince millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de venta que le hiciera Anabelle Méndez Alvarado, cédula de identidad cinco-doscientos treinta y siete-seiscientos veintisiete, quien es mayor, divorciada una vez, confeccionista, vecina de Liberia, Guanacaste y Fernando Varela Salazar, quien es mayor, divorciado una vez, abogado, vecino de Guayabo de Bagaces, Guanacaste, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en limpieza del terreno, construcciones y cuido de todo el inmueble. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del registro público de la propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Alexander Lobo Alvarado. Exp. N° 15-000190-0386-CI. Notifíquese.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 5 de octubre del 2015.—Lic. Berenice Picado Alvarado, Jueza.—1 vez.—( IN2016024053 ).

CitacionesSe cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de

Vidal Cajina Calvo cédula de identidad número seis cero uno dos tres cero cuatro tres tres, casado una vez, en vida fue vecino de

para construir, situado en Filadelfia, distrito 01 (Filadelfia), cantón 5 (Carrillo), provincia de Guanacaste; el cual colinda al norte, Pedro Obando Piña; sur, calle pública con un frente a ella de siete metros con setenta y siete centímetros lineales; este, Marta Antonieta Piña Duarte, y oeste, Pedro Obando Piña; mide 153 metros cuadrados, según plano G-1798351-2015. Indica la parte promotora que sobre el mismo no pesan gravámenes, que mediante dicho proceso no pretende evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, que estima el inmueble en un millón quinientos mil colones exactos, que lo adquirió mediante donación que le hiciera el señor Milciades Aguilar Dávila, mayor, soltero, mecánico, cédula 5-0116-0523, vecino de Filadelfia, Carrillo, Guanacaste, veinticinco metros al oeste de la municipalidad, el día 20 de enero de 1998 y con quien no le liga parentesco alguno, que hasta la fecha lo ha poseído a título de dueña, en forma pública, pacífica y sin interrupciones; que los actos de posesión que ha ejercido sobre él han consistido en deslinde, limpieza y acumulación de material para construcción de casa; que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias otros inmuebles y que carece de título inscribible de dominio. Por tal razón y de conformidad con el artículo 5 de la Ley de Informaciones Posesorias, se emplaza por este medio a todas las personas interesadas en este asunto, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho a hacer valer sus derechos.—Juzgado Civil y de Trabajo de Santa Cruz, Guanacaste, 2 de marzo de 2016.—Licda. Julieth Víquez Fernández, Jueza.—1 vez.—( IN2016023994 ).

Jorge Rodríguez Rodríguez, mayor, masculino, costarricense, casado una vez, agricultor, cédula Nº 2-0174-0784, vecino de La Victoria de Horquetas de Sarapiquí, Heredia, contiguo a Helicópteros de Costa Rica, promueve diligencias de Información Posesoria para inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, un inmueble que se describe así: Terreno de pasto. Ubicado en Colonia Bambú, distrito tercero Horquetas, del cantón décimo Sarapiquí de la provincia de Heredia. Mide: Cuatro hectáreas cuatro mil quinientos ochenta y cinco metros con treinta y nueve decímetros cuadrados. Linda al norte, con Eduardo Anchía Picado; al sur, con Lorenzo Vargas Vargas y Rolando Abarca Picado; al este, con Omer Gerardo Araya Acuña y Quebrada Lajas, y al oeste, con Jesús Vargas Barquero y calle pública con un frente a ella de cuarenta y un metros con catorce centímetros lineales. Graficado en el Plano Catastrado Nº H-653149-2000. Inmueble que fue estimado en la suma de diez millones de colones exactos y las diligencias en tres millones de colones. Dicho inmueble no tiene cargas reales que pesen sobre el mismo, no posee condueños y con las presentes diligencias no se pretende evadir las consecuencias de un proceso sucesorio. Por medio de este edicto se llama a todos los interesados en estas diligencias para que dentro del plazo de un mes, contado a partir de su publicación, se apersonen en este Juzgado en defensa de sus derechos, bajo los apercibimientos legales en caso de omisión. Exp. Nº 12-000274-0504-CI.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 18 de abril del 2016.—Lic. Ronald Rodríguez Cubillo, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016024014 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 09-000330-0390-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Heidy Carrillo Chavarría, quien es mayor, estado civil casada una vez, vecina de Roblar de Nicoya, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 5-0180-0921, profesión del hogar, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno de patio con casa. Situada en el distrito cuarto Quebrada Honda, cantón segundo Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, servidumbre de paso; al sur, Gilberth Obando Carrillo y Franklin Carrillo Aguilar; al este, Lidieth Carrillo Obando, y al oeste, calle pública. Mide: Mil trescientos siete cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir

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Ante mi notaría pública se ordenó la apertura del proceso sucesorio notarial de quien en vida fue Randy Wong Li. Se invita a eventuales acreedores e interesados a apersonarse a este proceso por el término legal a hacer valer sus derechos. Esta Notaría se encuentra abierta en calle El Tejar, Esparza.—Esparza, 18 de abril del 2016.—Lic. Luis E. Wong Sánchez, Notario.—1 vez.—( IN2016023585 ).

Se hace saber que ha sido solicitada la intervención del suscrito notario para tramitar el proceso sucesorio extrajudicial ab intestato de quien en vida fue James Salas Rojas, mayor, casado una vez, médico neonatólogo, con número de cédula de identidad Nº 1-0479-0169, vecino de Colima de Tibás, San José; quien falleció en Carmen, Central, San José, el día 15 de noviembre de 2015. Se cita y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de 30 días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de este plazo, la herencia pasará a quien corresponda. La oficina del suscrito notario se encuentra ubicada en San Rafael de Escazú, 200 metros sur de la entrada sureste al Centro Comercial Multiplaza, Edificio Terraforte, 4to piso, oficinas del Bufete Lex Counsel. Expediente Nº 0001-2016.—San José, 7 de marzo de 2016.—Lic. Jorge Moisés Ulloa Maduro, Notario.—1 vez.—( IN2016023588 ).

Ante esta notaría al ser las 9:00 horas del 14 de marzo de 2016, se realizó el acta de apertura de la sucesión ab intestato de Alonina Monge Piedra, conocida como Alabinia Monge Piedra, quien en vida fue mayor, soltera, del hogar, vecina de Bustamante de Desamparados, San José, setecientos metros norte de la iglesia evangélica, cédula número uno-doscientos noventa y cinco-ochocientos nueve. Por lo tanto y en cumplimiento del artículo ochocientos noventa y cuatro del código procesal civil, se procede a publicar por una vez en el Boletín Judicial, citando interesados para que dentro del plazo de treinta días comparezcan a hacer valer sus derechos. Es todo.—Cartago, 18 de abril de 2016.—Lic. Didier Fallas Hidalgo, Notario.—1 vez.—( IN2016023595 ).

Yo, Adolfo Ledezma Vargas, notario público, hago constar que ante mi notaría, ubicada en Las Juntas de Abangares, Guanacaste, frente al Gimnasio Municipal, se tramita bajo el expediente número: cero cero cero tres- dos mil dieciséis; sucesión AB-Intestada acumulada de Felipe Chavarría Coronado, cédula Nº 5-045-957 e Isabel Matarrita, cédula Nº 6-032-965, mayores, cónyuges entre sí, pensionado y del hogar respectivamente, vecinos de San Buenaventura de Colorado de Abangares, fallecidos por su orden el 16 del once del 2011 y 30, del uno del 2009. Se convoca a los herederos, acreedores y demás interesados en este proceso para que en el plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto en el Boletín Judicial, se apersonen ante esta Notaría en la dirección dicha, a hacer valer sus derechos.—Las Juntas de Abangares, diez de abril del dos mil dieciséis.—Lic. Adolfo Ledezma Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2016023604 ).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de José Antonio Ledezma Camacho, quien fue mayor, soltero, empleado del ICE, cédula de identidad número cuatro-ciento setenta y nueve-cuatrocientos ochenta y ocho, se declara abierto su proceso sucesorio, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría, situada en Heredia, calles 1 y 3, avenida 2, a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de este plazo, la herencia pasará a quien corresponda.—Heredia, veinte de marzo del dos mil dieciséis.—Licda. Sharon Adriana Chinchilla Villalta, Notaria.—1 vez.—( IN2016023609 ).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de la señora María Elena Salicettia Mejías, quien fue mayor, casada una vez, ama de casa, cédula de identidad número nueve - cero cuarenta y nueve - quinientos cincuenta y ocho, vecina de Heredia, La Puebla, cien metros oeste de La Gasotica, se declara abierto su proceso

Goicoechea, Calle Blancos para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a mi oficina, sita en San José, Calle Blancos Urbanización el Encanto, Primer Etapa, Casa 27, teléfono 87117370, a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de heredero, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. San José diecinueve de abril del año dos mil dieciséis. Expediente número 0006-2016.—Licda. Jeannette Badilla Madrigal, Notaria.—1 vez.—( IN2016023642 ).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Rodrigo Rodríguez Villalobos, mayor, estado civil soltero, registrador, costarricense, con documento de identidad Nº 0502220291 y vecino de Moravia. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente N° 14-000058-0164-CI.—Juzgado del Segundo Circuito Judicial de San José, 20 de febrero del 2014.—Lic. Jainer Alonso Gamboa Muñoz, Juez.—1 vez.—( IN2016018012 ).

Se hace saber que en esta notaría se tramita el proceso sucesorio notarial de quien en vida fue Jorge Enrique Sánchez Porras, quien fue mayor, soltero, peón agrícola, vecino de Guácimo, Limón, contiguo al Banco Nacional, con cédula de identidad número cuatro-cero ochenta-ochocientos cincuenta y uno. Se emplaza a los herederos, acreedores, y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonaren dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 002-2016. Notaría de la licenciada Elsa Azofeifa Méndez, 75 metros al sur del Banco Nacional, Guácimo. Teléfonos: 2716-8231.—Licda. Elsa Azofeifa Méndez, Notaria.—1 vez.—( IN2016018886 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Michael Wayne (nombre) Hawkins (apellido), de único apellido en razón de su nacionalidad estadounidense, mayor, casado tres veces, pensionado, con cédula número: uno ocho cuatro cero cero cero siete dos uno tres cero uno, vecino de Sabana Larga de Atenas, casa número cincuenta y siete, para que en el plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 01-2016. Notaría del bufete del licenciado Alejandro Alonso Román González, Notario Público.—1 vez.—( IN2016020702 ).

Ante la suscrita notaria pública, Ana Lorena Orozco Jimenez, carné diez mil novecientos veinticinco, con oficina abierta en Vuelta de Jorco de Aserrí, de la Iglesia Católica ochocientos metros al este, se han presentado como herederos José Evelio Fallas Vindas, cédula Nº 1-0412-1174, y Mayra Fallas Vindas, Nº 1-0342-0375, en su condición de hijos y como albacea, José Evelio Fallas Vindas, solicitando la tramitación en sede notarial del sucesorio sin testamento, de quien en vida se llamó María Cristina Fallas Vindas, quien fuera, mayor, soltera, ama de casa, cédula número uno-ciento ochenta y cinco-cero treinta y seis, quien fuera vecina de Tarbaca de Aserrí, El Cedral, cincuenta norte de la escuela. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y a cualquier otro interesado, para que dentro del plazo de treinta días comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se presentan en ese plazo, aquella podrá pasar a quien corresponda. Expediente número: S.N. uno - dos mil quince.—Vuelta de Jorco de Aserrí, a las ocho horas del diecisiete de julio del año dos mil quince.—Lic. Ana Lorena Orozco Jiménez, Notaria.—1 vez.—( IN2016023579 ).

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Se emplaza a todos los herederos, legatarios e interesados en la mortual de Margarita Cascante Quesada, quién en vida fue mayor, costarricense, casada una vez, portó la cédula de identidad número 1-0395-0674, ama de casa, vecina de Pavas y quién falleciere el 25 de marzo del 2014, con el fin que se apersonen dentro del plazo de treinta días, a hacer valer sus derechos y bajo el apercibimiento que si no lo hacen, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 15-000223-0182 CI. Causante Margarita Cascante Quesada, presuntos herederos Blas Manuel Espinoza Gutiérrez, Félix Andrey Espinoza Cascante, Lilliana María Espinoza Cascante, Lizbeth Cristina Espinoza Cascante, Blas Manuel Espinoza Cascante, Johan Francisco Espinoza Cascante.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Pavas, 30 de octubre del 2015.—Licda. Lorena Delgado Ruiz, Jueza.—1 vez.—( IN2016023675 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Lastenia Brenes Brenes, conocida como Lastenia Sánchez Brenes, mayor, viuda una vez, ama de casa, cédula de identidad tres-cero cincuenta y uno- cuatro mil ciento veinte, vecina de Cartago, cuatrocientos cincuenta metros norte antiguo City Garden, fallecida el pasado once de abril del dos mil ocho y de Luis Gerardo Jiménez Sánchez, mayor, soltero, estudiante, cédula de identidad tres- ciento setenta y seis- quinientos sesenta, vecino de Cartago, cuatrocientos cincuenta metros norte antiguo City Garden, fallecido el pasado dieciocho de diciembre de mil novecientos noventa y seis y de Alicia Jiménez Brenes, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad tres- ciento setenta y cuatro-cuatrocientos veinte, vecina de Cartago, cuatrocientos cincuenta metros norte antiguo City Garden, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 2016-01. Diligencias extrajudiciales de sucesión de Lastenia Brenes Brenes conocida como Lastenia Sánchez Brenes y de Luis Gerardo Jiménez Sánchez y de Alicia Jiménez Brenes. Promoventes: Isabel Jiménez Sánchez, Alejandro Jiménez Brenes, Manuel Emilio Jiménez Sánchez, José Alberto Jiménez Sánchez, Leonardo Adrián Jiménez Brenes, Rebeca María Jiménez Brenes. Notaria: Licda. Daisy María Plá Moreno. Notaria Pública, Cartago, 500 metros norte esquina noreste de las Ruinas. Teléfonos 2551-0063, 8385-4828, fax. 2591-5745.—Licda. Daisy María Plá Moreno, Notaria.—1 vez.—( IN201623677 ).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quienes en vida se llamaron José Ramón Barrantes Estrada, mayor, masculino, casado en primeras nupcias, costarricense, con documento de identidad Nº 0301220524, agricultor y María Hortensia Granados Cortés, mayor, casada en primeras nupcias, costarricense, femenina, ama de casa, con cédula de identidad Nº 0301300560, ambos vecinos de Tayutic de Turrialba. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 15-000035-0341-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Turrialba, 14 de mayo del 2015.—Lic. Wilberth Herrera Delgado, Juez.—1 vez.—( IN2016023684 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión en sede notarial, de Carlos Alberto Pérez Chavarría, mayor, casado una vez, pensionado, con cedula de identidad número cuatro-cero noventa y cinco-seiscientos siete, vecino de Heredia, de la entrada del cementerio de Heredia, cien al norte y setenta y cinco al oeste, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que creen tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 001-2016. Notaria del Bufete Blanco Alfaro, sita en Heredia, cien este de NAOS Plaza.—Licda. Marianela Blanco Alfaro, Notaria.—1 vez.—( IN2016023685 ).

sucesorio, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría, situada en Heredia, calles 1 y 3, avenida 2, a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de este plazo, la herencia pasará a quien corresponda.—Heredia, doce de abril del dos mil dieciséis.—Licda. Sharon Adriana Chinchilla Villalta, Notaria.—1 vez.—( IN2016023612 ).

Con el plazo de treinta días a partir de la publicación de este edicto, se cita a los beneficiarios, legatarios e interesados en sucesión de Inés del Carmen Vargas Cerdas, quien fuera, mayor, soltera, pensionada, con cédula de identidad cinco cero cero cuarenta y ocho - cero dos veintidós, vecina de Grecia, doscientos metros al sur y cien al oeste del seguro social, para que se apersonen en defensa de sus derechos, en mi notaría sita en Curridabat, 50 metros al norte de Motores Británicos. De lo contrario, la herencia pasará a quien por ley corresponda. Expediente N° 0001 -2016.—San José, 18 de abril del 2016.—Lic. Vilma Camacho Víquez, Notaria.—1 vez.—( IN2016023631 ).

Se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados en la sucesión de José Minor Retana Fallas, quien fue mayor, casado una vez, vecino de Desamparados, San José, cédula de identidad Nº 1-0612-0903, para que dentro del plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener mejor derecho a la herencia, de que si no se presentan en el plazo citado, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 15-100241-0217-CI, sucesión de José Minor Retana Fallas.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 16 de febrero de 2016.—Licda. Ana Milena Gutiérrez Rojas, Jueza.—1 vez.—( IN2016023633 ).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de la señora Luisa Ángela Ramírez Muñoz, quien fuera mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de Santa Rosa de Montes de Oro, calle El Tamarindo, portadora de la cédula de identidad número nueve-cero sesenta y nueve-seiscientos cuarenta y siete, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de su publicación se apersonen a esta notaría a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si así no lo hicieren, la herencia pasará a quien legalmente corresponda. Lic. Rogelio Flores Agüero.—Miramar, 12 de abril del 2016. Expediente Nº 003-2015. Sucesorio: Luisa Ángela Ramírez Muñoz. Tramitado por Marcos Andrey León García.—Lic. Rogelio Flores Agüero, Notario.—1 vez.—( IN2016023638 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Miriam Arce Soto, cédula de identidad número dos cero dos siete ocho cero uno nueve tres, soltera, en vida fue vecina de Vázquez de Coronado, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a mi oficina, sita en San José, Calle Blancos, Urbanización El Encanto, primer etapa, casa 27 , teléfono 8711-7370, a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número 0005 2016.—San José diecinueve de abril del año dos mil dieciséis.—Lic. Jeannette Badilla Madrigal, Notaria.—1 vez.—( IN2016023643 ).

Se convoca a todos los interesados herederos y de terceros de buena fe en la sucesión de: Luis Alberto Milanés Dinarte, cédula Nº 6-0197-0262, para que en el plazo de treinta días, comparezcan ante esta notaría, ubicada en Paso Ancho diagonal a Perimercado San José, teléfonos 88439292, o al fax 2227-2485, a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento de que si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda por Derecho. Sucesorio en Sede Notarial de Luis Alberto Milanés Diñarte. Expediente Nº 03-2016. Notaria Pública: Raquel María Arias Castellón.—San José, 19 de abril 2016.—Licda. Raquel María Arias Castellón, Notaria.—1 vez.—( IN2016023673 ).

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Se cita y emplaza a todos los herederos, acreedores, legatarios, y cualquier interesado en la sucesión notarial no testamentaria de Omar López Sánchez, quien fue mayor, casado una vez, agricultor, cédula Nº 3-173-114, vecino de Cartago, Turrialba, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación por única vez de este edicto en el Boletín Judicial, se apersonen a la oficina del notario público Giovanni Portuguez Barquero, sita en Cartago centro, 125 metros al este de la Biblioteca Pública de Cartago, teléfono: 2552-6229, en horario de 09:00 a.m. a 05:00 p.m., a hacer valer sus derechos dentro del proceso sucesorio no testamentario que se tramita en dicha oficina.—Cartago, 18 de abril del 2016.—Lic. Giovanni Portuguez Barquero, Notario.—1 vez.—( IN2016023730).

Se cita y emplaza a todos los herederos, acreedores, legatarios, y cualquier interesado en la sucesión notarial no testamentaria de José Manuel Chaves Araya, mayor, casado una vez, pensionado, cedula tres-ciento cuarenta y siete - cero noventa y dos, vecino de Cartago, San Francisco, la Pitahaya, para que dentro del plazo de 30 días contados a partir de la publicación por única vez de este edicto en el Boletín Judicial, se apersonen a la oficina del notario público Giovanni Portuguez Barquero, sita en Cartago centro, 125 metros al este de la biblioteca pública de Cartago, teléfono 2552 - 6229, en horario de 9 a. m. a 5 p. m. a hacer valer sus derechos dentro del proceso sucesorio no testamentario que se tramita en dicha oficina.—Cartago, 19 de abril del 2016.—Lic. Giovanni Portuguez Barquero, Notario.—1 vez.—( IN2016023731 ).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Ángela Ramírez Arguedas, mayor, estado civil divorciada, profesión dato desconocido, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0202170673 y vecina de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, Linda Vista, de la Tesalia 100 metros norte de la escuela del lugar. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 16-000039-0297-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Civil), 7 de marzo del 2016.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—( IN2016023752 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión del señor Herman Chinchilla Castro, quien fue casado una vez, agricultor, vecino de Puntarenas, Buenos Aires, con cédula de identidad uno-trescientos cincuenta y cuatro-ciento sesenta y nueve, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda, sita en San José, Plaza Víquez, doscientos metros norte de las piscinas, Edificio Chaves.—Lic. Alonso Jesús Chaves Fernández, Notario.—1 vez.—( IN2016023760 ).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Georgina Kopper Murillo, mayor, estado civil divorciada, profesión educadora, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0203090552 y vecina de Quebrada Azul de Florencia de San Carlos, 75 metros sur del Ingenio Quebrada Azul. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 16-000023-0297-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Civil), 8 de febrero del 2016.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—( IN2016023762 ).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Dinorah Brenes Loaiza, mayor, estado civil viuda, ama de casa, con documento de identidad Nº 0301100374 y vecina de Cartago, El Carmen. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 15-000537-0640-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago, (Materia Civil), 03 de marzo del 2016.—Msc. Carlos Felipe Jinesta Blanco, Juez.—1 vez.—( IN2016023690 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fuera Marvin Rodríguez Saborío, quien fuera mayor, soltero, chofer, vecino de Carmona, Nandayure, cédula de identidad número 5-241-242, fallecido el día 4 de abril de 1998, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos. Se apercibe a los que crean tener calidad de herederos o algún interés legítimo en la sucesión, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 0001-2016-16875-JMRG. Notaría de la Licenciada Jenny María Ramos González, Barrio Los Ángeles de Nicoya, 25 metros al este, 25 norte y 75 este, de Agroveterinaria El Colono. Teléfono: 2685-3269; Fax: 2685-4147. Cualquier interesado deberá apersonarse de forma personal a la oficina, o por medio de escrito debidamente autenticado y con los documentos legales que prueben cualquier derecho reclamado. Póngase a disposición del interesado.—Nicoya, 18 de marzo del 2016.—Licda. Jenny María Ramos González, Notaria.—1 vez.—( IN2016023706 ).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Carlos Erick Morales Salazar, mayor, soltero, operador internacional, cédula Nº 01-0857-0942 vecino de San José, del Hospital de La Mujer, 400 metros al sur, carretera a Paso Ancho. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 16-000059-0183-CI.—Juzgado Cuarto Civil de San José, 01 de abril del 2016.—Licda. Marlene Martínez González, Jueza.—1 vez.—( IN2016023707 ).

Se cita y emplaza a todos los herederos, acreedores, legatarios, y cualquier interesado en la sucesión notarial no testamentaria de Xinia María Montenegro Serrano, quien fuera mayor, casada una vez, del hogar, cédula Nº 3-232-860, vecina de Cartago, Paraíso, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación por única vez de este edicto en el Boletín Judicial, se apersonen a la oficina del notario público Giovanni Portuguez Barquero, sita en Cartago centro, 125 metros al este de la Biblioteca Pública de Cartago, teléfono: 2552-6229, en horario de 09:00 a.m. a 05:00 p.m., a hacer valer sus derechos dentro del proceso sucesorio no testamentario que se tramita en dicha oficina.—Cartago, 19 de abril del 2016.—Lic. Giovanni Portuguez Barquero, Notario.—1 vez.—( IN2016023728 ).

Se cita y emplaza a todos los herederos, acreedores, legatarios, y cualquier interesado en la sucesión notarial no testamentaria de Ana Rosalía Álvarez Araya, quien fue mayor, soltera, educadora, cedula N° 3-286-320, vecina de Cartago, Oreamuno, para que dentro del plazo de 30 días contados a partir de la publicación por única vez de este edicto en el Boletín Judicial, se apersonen a la oficina del notario público Giovanni Portuguez Barquero, sita en Cartago centro, 125 metros al este de la biblioteca pública de Cartago, teléfono 2552 - 6229, en horario de 9 a.m. a 5 p. m. a hacer valer sus derechos dentro del proceso sucesorio no testamentario que se tramita en dicha oficina.—Cartago, 18 de abril del 2016.—Lic. Giovanni Portuguez Barquero, Notario.—1 vez.—( IN2016023729 ).

Viernes 6 de mayo del 2016Pág 22 — BOLETIN JUDICIAL Nº 87

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fuera el señor José de la Trinidad Jiménez Gómez, quien fuera mayor, soltero, constructor, vecino de Maquenco de Nicoya, misma dirección que la compareciente, cédula de identidad número cinco - doscientos sesenta y seis - setecientos sesenta y nueve, fallecido el día diez de octubre del año dos mil quince; para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos. Se apercibe a los que crean tener calidad de herederos o algún interés legítimo en la sucesión, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 0001-2016-19725-CGJB. Notaría del Licenciado Cristian Guillermo Jiménez Barrantes, sita cincuenta metros sur del Hotel Giada, Playa Sámara, Nicoya, Guanacaste. Teléfonos 2656-3190, 4001-7824, 8483-1215. Póngase a disposición del interesado.—Lic. Cristian Guillermo Jiménez Barrantes, Notario.—1 vez.—( IN2016023896 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien fuera Rafael Ángel Murillo Porras, quien fuera divorciado, agricultor, cédula de identidad cinco-ciento noventa y tres-cero veintidós, vecino de Pital de San Carlos, Alajuela; para que dentro del término de treinta días hábiles a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante esta Notaría a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien legítimamente corresponda. Expediente Nº 0002-2016.—Lic. Adolfo Jeremías Ramos González, Notario.—1 vez.—( IN2016025320 ).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Hellen Ariella Guzmán Huertas, mayor, estado civil soltera, profesión oficinista, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0206410594 y vecina de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, Barrio San Antonio. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Exp. N° 16-000022-0297-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Civil), 25 de febrero del 2016.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—( IN2016023980 ).

Ante esta notaría comparecieron María Gabriela Chacón Chinchilla, mayor, casada dos veces, educadora, ama de casa, vecina de San Isidro de Heredia, Calle Zurquí, altura de setecientos metros, cédula uno-quinientos noventa y ocho-setecientos veintitrés y Francisco Chacón Chinchilla, mayor, casado una vez, administrador, vecino de Santo Domingo de Heredia, cuadrante sur de La Basílica, cédula uno-ochocientos veintitrés, cuatrocientos treinta y ocho. Quienes con las certificaciones correspondientes comprueban ser todos hermanos entre si y ser hijos de quienes en vida fueran José Francisco Chacón Sánchez, mayor, casado una vez, oficinista, vecino de Santo Domingo de Heredia, cien sur y setenta y cinco metros de La Basílica de Santo Domingo de Heredia, cédula cuatro-cero cero seis nueve-cero tres siete cero, quien falleció el día seis de febrero del año dos mil once, y María Isabel Chinchilla Watson, mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de Santo Domingo de Heredia, cien sur y setenta y cinco metros de La Basílica de Santo Domingo de Heredia, cédula uno-dos tres siete-seis cuatro cuatro, quien falleció el día primero de noviembre de dos mil nueve. La comparecencia lo es con el propósito de iniciar sucesión testamentaria de quienes en vida fueran sus padres según lo autoriza el artículo número ciento veintinueve del Código Notarial. Por lo anterior se tiene por abierto el presente proceso sucesorio y se cita a los presuntos herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento, a los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quién corresponda a partir de la fecha de publicación del mismo. Notaría de la Licenciada Beatriz Artavia

Se cita y emplaza a los interesados en la sucesión de quien en vida fue el señor Rodolfo Alberto Jiménez Vargas, mayor, divorciado una vez, cédula 1-479-528, vecino de Desamparados, quien falleció el 21 de setiembre del 2015, para que dentro del plazo de treinta días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a hacer valer sus derechos ante esta notaría, ubicada en San José, de la antigua Botica Solera 200 metros al norte, Edificio TRAA, segundo piso, Radial a La Uruca, apercibidos de que si no lo hicieren dentro del plazo dicho, la herencia pasará a quien corresponda. Exp. N° 003-2016.—San José, 19 de abril del 2016.—Lic. Arnulfo Carmona Martínez, Notario.—1 vez.—( IN2016023770 ).

Por escritura otorgada ante el notario Álvaro Rodrigo Mora Salazar, número ciento catorce del tomo sesenta y uno de mi protocolo, en la ciudad de San José, a las dieciocho horas del catorce de abril del dos mil dieciséis, los señores Gladys Carmona Torres, cédula número uno-cero trescientos cincuenta y cuatro-cero quinientos ochenta y ocho, como cónyuge supérstite del causante y Nelson Gerardo Vindas Carmona, cédula número uno-cero seiscientos cincuenta y tres-cero ochocientos seis; José Luis Vindas Carmona, cédula número uno-cero seiscientos ochenta y seis-cero cuatrocientos siete, y Flor Vindas Carmona, cédula número uno-cero setecientos treinta y siete-cero seiscientos catorce, solicitan la apertura en sede notarial del señor Javier Calderón Castro, mayor, casado una vez, pensionado, cédula número dos-cero ciento ochenta-cero cuatrocientos ochenta y cuatro, vecino de La Fila de Desamparados, costarricense, hijo de Abelardo Calderón González y Elida Castro Ramírez, ya fallecidos. Se convoca a los interesados y acreedores, se apersonen ante esta notaría ubicada en la ciudad de San José, avenidas diez y diez bis, calle veintiuno, número mil sesenta y cinco, dentro de los treinta días siguientes a la publicación de este aviso, en defensa de sus derechos, se les previene que deben señalar lugar para notificaciones dentro del perímetro judicial de San José, con la advertencia de que si no lo hacen los bienes pasarán a los que legalmente correspondan.—Lic. Álvaro Rodrigo Mora Salazar, Notario.—1 vez.—( IN2016023794 ).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Olga Cervantes Alfaro, para que dentro de 30 días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 001-2013-SU. Notaría Bufete Gustavo Arián Sánchez Masís, ubicada, en San José, Goicoechea, del parque de Guadalupe, cuatrocientos cincuenta metros al este, diagonal a Coopenae.—Lic. Gustavo Arián Sánchez Masís, Notario.—1 vez.—( IN2016023795 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Gordon Lee (nombre) Balter (apellido), de único apellido en razón de su nacionalidad estadounidense, mayor, casado dos veces, pensionado, con pasaporte numero dos uno cuatro cinco cuatro cinco tres seis cero, vecino de Sabana Larga de Atenas, Residencial Vista Atenas, casa número setenta y seis, para que en el plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 02-2016.—Lic. Alejandro Alonso Román González, Notario.—1 vez.—( IN2016023812 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Hugo Gerardo Sánchez Chinchilla, mayor, comerciante, casado una vez, vecino de San José, Urbanización Montereal, casa cincuenta y dos, Ipís de Goicoechea, cédula 1 – 0354 - 0823, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 16-0001.—Licda. Nora Vanessa Chacón Jiménez, Notaria.—1 vez.—( IN2016023861 ).

Viernes 6 de mayo del 2016 BOLETIN JUDICIAL Nº 87 — Pág 23

AvisosSe cita y emplaza a todos los que tuvieren interés en el depósito

judicial de la persona menor de edad Alondra Melissa Rodríguez Villegas, para que se apersonen a este juzgado, dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado a su vez, se comunica al señor Santiago Rodríguez Arauz, sin más datos, padre registral de la citada persona menor de edad, que dicho proceso se tramita en este juzgado bajo el expediente N° 16-000306-1302-FA, promovido por el Lic. Ernesto Romero Obando, Representante Legal del Patronato Nacional de la Infancia de Ciudad Quesada, donde solicita que se apruebe el depósito de la citada menor; por lo que se les concede el plazo de tres días contados a partir de la última publicación, para que manifieste su conformidad o se opongan a estas diligencias.—Juzgado de Familia de San Carlos, a las diecinueve horas y doce minutos del tres de abril del dos mil dieciséis.—Msc. Marilene Herra Alfaro, Jueza.—Exonerado.—( IN2016023522 ). 3 v. 3.

Se cita y emplaza a todos los que tuvieren interés en el depósito judicial de las personas menores de edad Ana Yeilin y Luis Antonio ambos de apellidos Herrera Hernández, para que se apersonen a este juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. A su vez, se comunica a la señora Ana Yanci Hernández Parrales, cédula de identidad Nº 2-692-899, madre registral de las citadas personas menores de edad, que dicho proceso se tramita en este juzgado bajo el expediente Nº 16-000312-1302-FA, promovido por el Lic. Ernesto Romero Obando, Representante Legal del Patronato Nacional de la Infancia de Ciudad Quesada, donde solicita que se apruebe el depósito de los citados menores; por lo que se les concede el plazo de tres días contados a partir de la última publicación, para que manifiesten su conformidad o se opongan a estas diligencias.—Juzgado de Familia de San Carlos, a las dieciséis horas y cincuenta y un minutos del tres de abril de dos mil dieciséis.—Licda. Sandra Saborío Artavia, Jueza.—Exonerado.—( IN2016023523 ). 3 v. 3.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la menor Lidia Cisneros Oporta, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. En otro orden de ideas se avisa al señor Julio Cisneros Oporta, mayor, nicaragüense, únicos datos conocidos, que en este Juzgado se tramita el expediente Nº 16-000338-1302-FA, correspondiente a diligencias de depósito judicial de menor, promovidas por la Licda. Ericka Araya Jarquín, Representante Legal del Patronato Nacional de la Infancia de Los Chiles, frontera norte, donde se solicita que se apruebe el depósito de la menor Lidia Cisneros Oporta. Se le concede el plazo de tres días, para que manifieste su conformidad o se oponga a estas diligencias. Expediente N° 16-000338-1302-FA. Clase de asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, a las ocho horas y seis minutos del catorce de abril de dos mil dieciséis.—Licda. Sandra Saborío Artavia, Jueza.—Exonerado.—( IN2016023524 ). 3 v. 3

Se convoca por medio de edicto que se publicará por tres veces consecutivas, a todas aquellas personas que tuvieran derecho a la tutela legítima de la persona menor de edad Julián Céspedes Calderón por haber sido nombradas en testamento, ya por corresponderles la legítima, para que se presenten dentro del plazo de quince días contados a partir de la fecha de publicación del último edicto. Expediente N° 16-000737-0338-FA. Proceso tutela legítima dativa. Promovente: María Monserrat Céspedes Calderón.—Juzgado de Familia de Cartago, 01 de abril del 2016.—Licda. Cristina Dittel Masís, Jueza.—Exonerado.—( IN2016023613 ). 3 v. 1

Se avisa que en este Despacho los señores Johan Manuel Jiménez Jiménez y María Gabriela Arroyo Vargas, solicitan se apruebe la adopción conjunta de la persona menor de edad María Guadalupe Méndez Alvarado. Se concede a todos los interesados directos el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se

Vásquez, con oficina en Santa Elena de San Isidro de Heredia, doscientos cincuenta metros al sur del Restaurante Las Orquídeas. Teléfono 4070-0361.—San José, a las diez horas del treinta de marzo del dos mil dieciséis.—Lic. Beatriz Artavia Vásquez, Notaria.—1 vez.—( IN2016023984 ).

Lic. José Francisco Barahona Segnini, Notario Público, con Oficina abierta en la Ciudad de San Ramón, Alajuela, hace saber que a las once horas treinta minutos del día dieciocho de febrero del dos mil dieciséis, en mi notaría, bajo el expediente N° 0001-2016, se declaró abierto el proceso sucesorio ab intestato en Sede Notarial, de quien en vida fue Víctor Ramírez Nájera, cédula dos-trescientos dos-novecientos ochenta y uno, casado una vez, pensionado, vecino de San Isidro, San Ramón, Alajuela. Se cita y emplaza a herederos, legatarios, acreedores y, en general, a todos quienes puedan resultar interesados o crean tener derechos en la presente sucesión extrajudicial en sede notarial, a efecto de que concurran a hacer valer sus derechos dentro de los siguientes treinta días a partir de la respectiva publicación del edicto en el Boletín Judicial, en la oficina del suscrito notario, sita en la Ciudad de San Ramón, provincia de Alajuela, cincuenta metros al oeste del Banco Nacional de Costa Rica, Teléfonos: 2445-6492, 2445-7342, bajo el apercibimiento de que si no se apersonaren a la sucesión en esta notaría dentro del término conferido, la herencia pasará a quien corresponda.—Lic. José Francisco Barahona Segnini, Notario.—1 vez.—( IN2016023993 ).

Se hace saber que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Odilie Jiménez Vargas, mayor, estado civil: casada una vez pero separada de hecho, ama de casa, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0201910555 y vecina de Naranjo. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 16-000045-0295-CI.—Juzgado Civil y Trabajo de Grecia, (Materia Civil), 1 de abril del 2016.—Lic. Randall Briceño Solano, Juez.—1 vez.—Exento.—( IN2016024004 ).

Se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de Erdulfo Gutiérrez Gutiérrez, quien fue mayor, casado, vecino de Pavas, cédula de identidad número ocho-cero cero cuatro siete-cero siete uno cuatro, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la primera y única publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se presentan en el plazo citado, aquella pasará a quien corresponda. Exp. N° 15-000206-0182-CI (7), que es una sucesión de Erdulfo Gutiérrez Gutiérrez.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 26 de octubre del 2015.—M.Sc. Osvaldo López Mora, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016024019 ).

Se emplaza: A todos los herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados en la sucesión de Adilio Marín Muñoz, quien fue mayor, casado una vez, constructor, portador de la cédula de identidad cinco-cero cien cero ciento ochenta y nueve, vecino de San Luis de Tilarán, Guanacaste, doscientos metros al este de la iglesia católica, para que dentro del plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener mejor derecho a la herencia, de que si no se presentan en el plazo citado, aquella pasará a quien corresponda. Exp. N° 15-100100-0927-CI(112-4-2015)-A, sucesión de Adilio Marín Muñoz, representado por Yorleny Marín Rodríguez.—Juzgado Civil y de Trabajo de Cañas, Guanacaste, 2 de marzo del 2016.—Licda. Mayra Cristina Cordero Espinoza, Jueza.—1 vez.—( IN2016024051 ).

Viernes 6 de mayo del 2016Pág 24 — BOLETIN JUDICIAL Nº 87

Se avisa que en este Despacho la señora Xiomara Edelma Campos Marín, solicitan se apruebe la adopción individual de la persona menor de edad Alma Iris Campos Espinoza. Se concede a todos los interesados directos el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Exp. N° 16-000105-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San José, 31 de marzo del 2016.—Lic. Yerma Campos Calvo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016023958 ).

Se avisa que en este Despacho el señor Juan Carlos Rodríguez Cordero, solicita se apruebe la adopción individual de la persona menor de edad Mabel Dennise Aldecoba Gutiérrez. Se concede a todos los interesados directos el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Exp. N° 16-000108-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San José, 01 de abril del 2016.—Msc. Yerma Campos Calvo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016023959 ).

Se avisa a la señora Itza Yesenia Castillo Sánchez, de nacionalidad nicaragüense, de demás calidades y domicilio desconocidos que en este Juzgado, se tramita el expediente 16-000133-0673-NA, correspondiente a diligencias de depósito judicial, promovidas por el patronato nacional de la infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de las personas menores de edad Génesis Daniela Carrión Castillo y Sair Kaleb Castillo Sánchez. Se le concede el plazo de tres días naturales para que manifieste su conformidad o se oponga a estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 12 de abril del dos mil dieciséis.—Licda. Karol Vindas Calderón, Jueza.—1 vez.—Exento.—( IN2016023962 ).

Se avisa que en este Despacho la señora Estefanie Jiménez López, solicita se apruebe la adopción individual de la persona menor de edad Suyen Victoria López Jiménez. Se concede a todos los interesados directos el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Exp. N° 16-000139-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San José, 4 de abril del 2016.—Msc. Yerma Campos Calvo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016023964 ).

Se avisa que en este Despacho, los señores Beatriz Zúñiga Rojas y John Evaristo Castrillo Quirós, solicitan se apruebe la adopción conjunta de la persona menor de edad Samantha Lara Astúa. Se concede a todos los interesados directos el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente N° 16-000141-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San José, 4 de abril del 2016.—Msc. Yerma Campos Calvo, Jueza.—1 vez.—Exento.—( IN2016023965 ).

Licda. Lorena Mc Laren Quirós. Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, hace saber que en proceso insania, bajo el expediente Nº 15-000514-0165-FA, establecido por Marta Murillo Salas en favor de Pedro Murillo Salas. Dentro de dicho proceso, se dictó sentencia número 13-2016 de las catorce horas y treinta y tres minutos del once de enero del dos mil dieciséis, que en lo contundente dice: Proceso insania establecido por Marta Eugenia Murillo Salas, mayor, casada, cédula de identidad número 0104370913, vecina de San José, en favor de Pedro William Murillo Salas, mayor, soltero, sin oficio, portador de la cédula de identidad 1-386-501, vecino de Guadalupe. Resultando: I.—II.—III.—Considerando: I.—Sobre los hechos probados: II.—Sobre el fondo: Por tanto, Razones dichas y normativa citada procede acoger la acción y se declara el estado de insania a Pedro William Murillo y declarar a Marta Eugenia Murillo Salas,

indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.- Expediente 16-000150-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San José, 4 de abril del 2016.—Msc. Yerma Campos Calvo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016023933 ).

Se avisa a la señora Ivonne de Jesús Ruiz Vega, portadora de la cédula de identidad 5-0264-0994, de demás calidades y domicilio desconocidos que en este Juzgado, se tramita el expediente 16-000165-0673-NA, correspondiente a diligencias de depósito judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Naomi de los Ángeles Chaverri Ruiz. Se le concede el plazo de tres días naturales para que manifieste su conformidad o se oponga a estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 07 de abril del dos mil dieciséis.—MSc. Yerma Campos Calvo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016023934 ).

Se avisa a la señora Yulissa Hilary Rosales Cerdas, portadora de la cédula de identidad 1-2210-0240 de demás calidades y domicilio desconocidos que en este juzgado, se tramita el expediente 16-000174-0673-NA, correspondiente a diligencias de depósito judicial, promovidas por el patronato nacional de la infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Neymar Joel Rosales Cerdas. Se le concede el plazo de tres días naturales para que manifieste su conformidad o se oponga a estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 6 de abril del dos mil dieciséis.—MSc. Karol Vindas Calderón, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016023935 ).

Se avisa a los señores Stephanie Aurora Arias Romero, portadora de la cédula de identidad 1-1473-0264, de demás calidades y domicilio desconocidos y Aldrin Armando Corrales Hidalgo, portador de la cédula 1-0709-0035, de demás calidades y domicilio desconocidos que en este Juzgado se tramita el expediente 16-000185-0673-NA, correspondiente a diligencias de depósito judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Mathew Javier Corrales Arias. Se les concede el plazo de tres días naturales para que manifiesten su conformidad o se oponga a estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 05 de abril del 2016.—Msc. Yerma Campos Calvo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016023936 ).

Se avisa a la señora Noilyn Jiménez Mora, portadora de la cédula de identidad 1-1074-0869, de demás calidades y domicilio desconocidos que en este juzgado, se tramita el expediente 16-000186-0673-NA correspondiente a diligencias de depósito judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de las personas menores de edad Darling Gabriela y Dylan Josué ambos Vallecillo Jiménez. Se le concede el plazo de tres días naturales para que manifieste su conformidad o se oponga a estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 05 de abril del dos mil dieciséis.—Licda. Karol Vindas Calderón, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016023937 ).

Se avisa a la señora Cledy Yariela Cortes Calvo, portadora de la cédula de identidad 1-1154-0061, de demás calidades y domicilio desconocidos que en este juzgado, se tramita el expediente 16-000206-0673-NA, correspondiente a diligencias de depósito judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Nayad Adriana Cortes Calvo. Se le concede el plazo de tres días naturales para que manifieste su conformidad o se oponga a estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 14 de abril del dos mil dieciséis.—MSc. Yerma Campos Calvo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016023938 ).

Viernes 6 de mayo del 2016 BOLETIN JUDICIAL Nº 87 — Pág 25

su hermana como su curadora a fin de que vele por los intereses patrimoniales y personales, personalísimos tanto a nivel judicial como administrativo, lo que incluye tanto el bien inmueble de la finca inscrita al sistema de folio real 1-00121413- 009, así como cualquier otro bien mueble o inmueble y/o cuentas bancarias que pudiesen determinar existen a nombre de Pedro William Murillo Salas. Firme esta sentencia inscríbase en el Registro Público en el Registro de Nacimientos de la provincia de San José tomo 437, folio 457, asiento 913 y publíquese esta sentencia por única vez en el Boletín Judicial. Sin especial condenatoria en costas procesales ni personales en razón de la materia. Hágase saber. Licda. Lorena María Mc Laren Quirós, Jueza. Expediente N° 15-000514-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 5 de abril del 2016.—Licda. Lorena María Mc Laren Quirós, Jueza.—1 vez.—Exento.—( IN2016023995 ).

Se avisa a Iliana Lizeth Céspedes Salazar y Ólger Vinicio Castro Solís, de domicilios y demás calidades desconocidas, representados por la curadora procesal la Licenciada Tanya Francelia Zamora Simón, hace saber que existe proceso N°15-000545-0673-NA, abreviado de suspensión de autoridad parental de la persona menor de edad Chirstell Michell Castro Céspedes, establecido por Patronato Nacional de la Infancia contra Iliana Lizeth Céspedes Salazar y Ólger Vinicio Castro Solís, a quienes que se le concede el plazo de diez días para que se pronuncien sobre la misma y ofrezcan prueba de descargo si es del caso de conformidad con el artículo 305 del Código Procesal Civil. Se le advierte a la parte accionada que si no contesta en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso, de oficio se le declarará rebelde y se tendrá por contestada afirmativamente la demanda en cuanto a los hechos.—Juzgado de Familia, de Niñez y Adolescencia, 12 de abril del 2016.—Licda. Karol Vindas Calderón, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016023996 ).

Se avisa a la señora Priscila María Umaña Ballestero, portadora de la cédula de identidad 1-1353-0111 de demás calidades y domicilio desconocidos que en este Juzgado, se tramita el expediente N° 15-000682-673-NA, correspondiente a diligencias de depósito judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Lia Sofía Guilles Umaña. Se le concede el plazo de tres días naturales para que manifieste su conformidad o se oponga a estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 31 de marzo del dos mil dieciséis.—Msc. Yerma Campos Calvo, Jueza.—1 vez.—Exento.—( IN2016023997 ).

Se avisa, a Armando Antonio Álvarez Ferreira, de domicilio y (demás) calidades desconocidas, representado por el curador procesal el Licenciado, Walter Habid Ardón Sánchez, hace saber que existe proceso N° 15-000759-0673-NA, abreviado de suspensión de autoridad parental de la persona menor de edad Breyner Francisco Álvarez Méndez, establecido por Patronato Nacional de la Infancia contra Armando Antonio Álvarez Ferreira y Flor María Méndez Agüero, a quien que se le concede el plazo de diez días para que se pronuncie sobre la misma y ofrezca prueba de descargo si es del caso de conformidad con el artículo 305 del Código Procesal Civil. Se le advierte a la parte accionada que si no contesta en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso, de oficio se le declarará rebelde y se tendrá por contestada afirmativamente la demanda en cuanto a los hechos.—Juzgado de Familia, de Niñez y Adolescencia, 13 de abril del 2016.—Licda. Karol Vindas Calderón, Jueza.—1 vez.—Exento.—( IN2016023998 ).

Se avisa, al señor Gerardo Enrique Vargas Otárola, mayor, casado, cédula de identidad número 1-1217-0461, representado por el curador procesal Licenciado Heberto José Noguera González, se le hace saber que existe proceso N° 15-000772-0673-NA de la declaratoria judicial de abandono de la persona menor de edad Shaina Ixayana Vargas Tatis, establecido por el Patronato Nacional de la Infancia en contra de Gerardo Enrique Vargas Otárola y Maribel Tatis Álvarez, que en resolución dictada por el Juzgado de

Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José a las trece horas y veintisiete minutos del once de enero de dos mil dieciséis, que en lo conducente dice: Se le concede el plazo de cinco días a dichos accionados para que se pronuncie sobre la misma y ofrezca prueba de descargo si es del caso de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se le advierte a la accionada que si no contesta en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso con una audiencia oral y privada conforme con el artículo 123 del Código de Familia y una vez recibida la prueba se dictará sentencia. Notifíquese. Msc. Milagro Rojas Espinoza.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 8 de abril de 2016.—Lic. Karol Vindas Calderón, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016023999 ).

Licda. Lorena María Mc Laren Quirós Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José; hace saber a José Rafael Padilla Morales, documento de identidad 937579, separado judicialmente, empresario, domicilio desconocido, que en este Despacho, se interpuso un proceso suspensión patria potestad en su contra, bajo el expediente número 15-000861-0165-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Expediente N° 15-000861-0165-FA-3. Proceso: Suspensión patria potestad actora: Gloriana Jiménez Odio demandado: José Rafael Padilla Morales, Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, a las once horas y doce minutos del veintidós de mayo del dos mil quince. De la anterior demanda abreviada de suspensión patria potestad establecida por el accionante Gloriana Jiménez Odio, se confiere traslado al accionado José Rafael Padilla Morales por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de Ley de los Testigos y los Hechos a que se referirá cada uno. Por existir menores involucrados en este proceso se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia. Notifíquese a dicha institución por medio de la Oficina de Comunicaciones Judiciales de este Circuito. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del Despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones. Así mismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Nombramiento curador: A efecto de proceder al nombramiento de curador procesal, 1) deberá la actora depositar la suma de cincuenta

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mil colones, para responder en forma definitiva a los emolumentos del profesional a designar. La misma deberá depositarse en la cuenta automatizada N° 150008610165FA-3 de este Juzgado en el Banco de Costa Rica, bajo el apercibimiento de que si no se verifica, el proceso permanecerá inactivo. Una vez efectuado el depósito, deberá comunicarse al Despacho a efecto de proceder conforme a derecho corresponda. Deberá la parte actora presentarse al despacho a solicitar la apertura de la cuenta bancaria correspondiente para realizar dicho depósito. 2) Se ordena expedir oficio a la Caja Costarricense de Seguro Social, Departamento de Planillas con el fin de que se sirvan informar si el demandado, se encuentra reportado como patrono. 3) Además deberá indicar el nombre de dos testigos que acrediten la ausencia o bien, que desconozcan el paradero del demandado. Se le previene a la parte proponente que dichos testigos no podrán ser los mismos que declaren sobre los hechos de la demanda, para evitar declaraciones complacientes. Msc. Silvia Fernández Quirós. Jueza. Lo anterior se ordena así en proceso suspensión patria potestad de Gloriana Jiménez Odio contra José Rafael Padilla Morales. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación. Expediente Nº 15-000861-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 14 de marzo del 2016.—Licda. Lorena María Mc Laren Quirós, Jueza.—1 vez.—Exento.—( IN2016024000 ).

Licenciada Patricia Cordero García. Jueza del Juzgado de Familia de Cartago, a Francisco José Rayo Suarez y Manuel González Yaser, en su carácter personal, se les hace saber que en demanda declaratoria judicial abandono, expediente 15-001102-0338-FA establecida por Patronato Nacional de la Infancia contra Francisco José Rayo Suarez, Manuel González Yaser y Maryuri Zuelma Urbina se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Cartago, a las Juzgado de Familia de Cartago. A las diez horas y treinta minutos del veintiséis de mayo del año dos mil quince.- Se tiene por establecido el presente proceso especial de declaratoria de abandono y depósito judicial de los menores de edad Angie Elizabeth González Urbina, Alondra Tatiana Urbina Urbina y Yosmary Sarai Rayo Urbina, planteado por Patronato Nacional de la Infancia, contra Francisco José Rayo Suarez, Manuel González y Maryuri Zulema Urbina, a quienes se les concede el plazo de cinco días para que opongan excepciones, se pronuncien sobre la solicitud y ofrezcan prueba de descargo, de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. En ese mismo plazo, en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Se le advierte que si no contesta en el indicado plazo de cinco días, el proceso seguirá su curso con una convocatoria a una audiencia oral y privada, conforme lo estipula el artículo 123 ibídem; y una vez recibidas las pruebas, se dictará sentencia. Notifíquese esta resolución a la demandada, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona al delegado policial de La Unión de Tres Ríos. En

caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar la notificación, artículo 4° de la Ley de Notificaciones Judiciales. Con respecto a los señores Francisco José y Yaser Manuel, por ser los mismos Nicaragüenses y desconocerse sus calidades, se ordena nombrarles un curador procesal que los represente en el proceso y para tal efecto se tiene como tal a Dagoberto Martín Quesada García, cédula de identidad N° 1-0690-0387, localizable en el teléfono número 2290-35-32, al celular número 8520-17-63, quien señala como medio para recibir notificaciones el correo electrónico [email protected], a quien se le previene para que dentro del plazo de tres días se presente a aceptar el cargo. En otro orden de ideas, se ordena como medida cautelar el depósito provisional de los niños en cuestión, en el domicilio de la señora Marilen Castro Velásquez. Lo anterior bajo el apercibimiento de que de no hacerlo, se entenderá que no tiene interés en dicho nombramiento, y se procederá a la sustitución, sin necesidad de ulterior resolución que lo ordene, previa comunicación a la Dirección Ejecutiva del Poder Judicial para lo que corresponda. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Cartago.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016024001 ).

Se avisa que en este Despacho, bajo el expediente número 15-000075-0776-FA, los señores Ronny de Jesús Céspedes Vargas, cédula de identidad 502340292 y Ligia María Rojas Bonilla, cédula de identidad 5-03060942, solicitan se apruebe la adopción del menor Santiago Denis Víctor Angulo, cédula de menor 1-20590663. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Santa Cruz (Materia Familia), 29 de marzo del 2016.—Licda. Ana Lucrecia Valverde Arguedas, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016024017 ).

Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania de Ligia María Viales Cabalceta. Expediente número 15-000131-0388-CI.—Juzgado de Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Santa Cruz (Materia Familia), 7 de abril del 2016.—Licda. Ana Lucrecia Valverde Arguedas, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016024018 ).

Edictos MatrimonialesHan comparecido a este Despacho solicitando contraer

matrimonio civil los señores: Adrián Méndez Astúa, mayor, soltero, cédula de identidad número 303300491, costarricense, de cuarenta y un años, Informático en la empresa de Chiquita, nacido en la provincia de Cartago, el día treinta y uno de mayo de mil novecientos setenta y cuatro, y Nancy Vanessa Mayorga Hernández, costarricense, soltera, cédula de identidad 701630405, de treinta y un años cumplidos, Oficinista en JAPDEVA, nacida en la provincia de Limón, el día veintiuno de febrero de mil novecientos ochenta y cinco, ambos vecinos de Limón barrio La Colina 75 metros sur de Alcohólicos Anónimos, casa color café terracota de cemento. Si alguna persona tuviere conocimiento de la existencia de impedimento legal para que su matrimonio se celebre debe manifestarlo a este Despacho dentro de los ocho días posteriores a la publicación de este edicto. Expediente Nº 16-000251-1152-FA (3).—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 18 de abril del 2016.—Licda. Yuliana Ugalde Zumbado, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016023939 ).

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil las personas contrayentes presentes en este Despacho, Randy Núñez Solórzano, mayor de edad, se desempeña como oficial de seguridad, cédula de identidad número 0116440800, vecino de Purral, La Lupita, frente al salón comunal, casa 84, hijo de Ronald Felipe Núñez Mussio y Karen Lizeth Solórzano Zúñiga,

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nacido en Hospital, Central, San José el 17/06/1996 con 19 Años de edad, y Katherine Dayana Alvarado Cortés, mayor, soltera, se desempeña como ama de casa, cédula de identidad número 0116720861, vecina de Purral, La Lupita, frente al salón comunal, casa 84, hija de Adrián Roberto Alvarado Rodríguez y Lucía Cortés Quirós, nacida en Carmen, Central, San José, el 02/04/1997, actualmente con 18 años de edad. Las personas comparecientes manifiestan: Venimos ante su autoridad con el fin de que mediante sus buenos oficios se nos una en matrimonio civil, dado que no hay impedimento legal para ello y para comprobarlo solicitamos se llame a declarar a los testigos: José Francisco Valverde Calderón y Rosibel Ríos Solano. Es todo leído que les fue lo anterior en voz alta a los comparecientes, lo encuentran conforme, ratifican y firman. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio) Exp. N° 16-000508-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 03 de marzo del año 2016.—Licda. Lorena María Mc Laren Quirós, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016023940 ).

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Jorge Enrique González Salas, mayor, de 62 años de edad, cédula 1-0423-0128, costarricense, divorciado, oficial de investigación, vecino de Guadalupe, 125 metros sur, de la Municipalidad de Guadalupe, casa de alto pequeña portón negro, a mano izquierda, nacido en Guadalupe, Goicoechea, San José, el 04 de diciembre de 1953, hijo de Mariano González Montero y María Cristina Salas Oviedo, ambos costarricenses, fallecidos los dos; y María Mercedes Barrantes Ramírez, mayor, de 58 años de edad, cédula de identidad 1-489-490, costarricense, divorciada, ama de casa, vecina de la misma dirección del anterior, nacida en Guadalupe, Goicoechea, San José, el 27 de enero de 1958, hija de Manuel Barrantes Garita y Elisa Ramírez Rojas, ambos costarricenses, la madre vecina de Guadalupe, y de padre fallecido; Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. Solicitud de matrimonio, expediente: 16-000566-165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, Montelimar, 10 de marzo del 2016.—Licda. Lorena Mc Laren Quirós, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016023941 ).

Licenciada Cristina Dittel Masís, Jueza del Juzgado de Familia de Cartago, hace saber que Fernando Calderón Obando, mayor, soltero, soldador, cédula de identidad número 0304300703, vecino de Dulce Nombre de Cartago, del cementerio Valle de Paz, 500 al sur, 25 oeste, hijo de José Rodrigo Calderón Aguilar y Maritza Obando Pereira, nacido en Cartago el 19 de julio de 1988, con 27 años de edad y Yendry Alexandra Ilama Marrero, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad número 0304540172, vecina de Dulce Nombre de Cartago, del Cementerio Valle de Paz, 500 al sur y 25 al oeste , hija de Greivin Ilama Chavarría y Kattia Marrero Vega, nacida en Cartago el 30 de mayo de 1991, actualmente con 24 años de edad, se hacen presentes al despacho para que se les una en matrimonio civil dado que no hay impedimento legal para ello y para comprobarlo solicitamos se llame a declarar a los testigos: Greivin Ilama Chavarría y Fressy Hernández Marín. Expediente N° 16-000921-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago.—Licda Cristina Dittel Masís, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016023942 ).

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil las personas contrayentes Eliécer Esteban Vargas Esquivel, mayor, divorciado una vez, electromecánico, cédula de identidad número tres - trescientos setenta y nueve - novecientos veintiséis, hijo de Norberto Vargas Chaves y Hazel Esquivel Rivera, nacido en Centro Turrialba Cartago, el diecisiete de marzo de mil novecientos ochenta y dos, con treinta y tres años de edad, y Karla

Patricia Vargas Gómez, mayor, divorciada una vez, ama de casa, cédula de identidad número tres - trescientos sesenta y nueve - trescientos noventa y siete, hija de José Joaquín Vargas Torres y Teresa Miriam Gómez Serrano, nacida en Centro Turrialba Cartago, el cuatro de octubre de mil novecientos ochenta, actualmente con treinta y cinco años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio). Exp. 16-000096-0675-FA-I.—Juzgado de Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Turrialba, (Materia Familia), 13 de abril del año 2016.—Msc. Gisela Salazar Rosales, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016023957 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil José Raúl Lew Arrieta, mayor, soltero, desempleado, cédula de identidad N° 0304580977, vecino de Turrialba, Canadá de la Suiza, 75 metros al este del Bar Canadá, casa color papaya, hijo de Tung Yan Lew Lui y María Isabel Arrieta Romero, nacido en Centro, Turrialba, Cartago, el 31/08/1991, con 24 años de edad, y Marian Daniela Nájera Carvajal, mayor, soltera, ama de casa y estudiante, cédula de identidad N° 0702170413, vecina de Turrialba, Canadá de la Suiza, 75 metros oeste de la Escuela de Canadá, casa de color papaya, hija de Sergio Nájera Cordero y Sonia Yisel Carvajal Rojas, nacida en Centro, Central, Limón, el 10/01/1993, actualmente con 23 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº 16-000132-0675-FA-DM1.—Juzgado de Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Turrialba, (Materia Familia), 18 de abril del 2016.—Lic. Elmer Rojas Aguilar, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016023960 ).

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil las personas contrayentes Denis Gabriel Porras Ramírez, costarricense, mayor, soltero, oficial de seguridad, cédula de identidad N° 0204980025, vecino de San Ramón, San Juan, 150 metros norte y 25 metros este del antiguo Restaurante Bribrí, hijo de Carlos Porras Rodríguez y María de los Ángeles Ramírez Vega, nacido en Centro, San Ramón, Alajuela, el 18/10/1974, con 41 años de edad, y Chenna Cecilia Lobo Alpízar, costarricense, mayor, soltera, diseñadora, cédula de identidad N° 0110970660, vecina de San Ramón, San Juan, 150 metros norte y 25 metros este del antiguo Restaurante Bribrí, hija de Rolando Lobo Camacho y Odili Alpízar Chacón, nacida en Hospital, Central, San José, el 22/11/1975, actualmente con 40 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio) Exp. N° 16-000132-0688-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón (Materia Familia), 15 de abril del 2016.—Máster Denia Magaly Chavarría Jiménez, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016023961 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Anthony Jesús Brenes Tenorio, mayor, soltero, desempleado, cédula de identidad N° 0701880266, vecino de Turrialba, Verbena Sur, Calle El Banco, dos kilómetros al noroeste del teléfono público, casa de fibrolit sin pintar, hijo de Trino Jesús Brenes Jiménez y María Luisa Tenorio Porras, nacido en Centro, Central, Limón, el 03/12/1988, con 27 años de edad, y Elizabeth Salas Retana, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad número 0304360027, vecina de Turrialba, Verbena Sur, Calle El Banco, dos kilómetros al noroeste del teléfono público, casa de fibrolit sin pintar, hija de Uriel Salas Alvarado y Marta Cecilia Retana Pérez, nacida en Centro, Turrialba, Cartago, el 25/03/1989, actualmente con 27 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días

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siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº 16-000134-0675-FA-DM1.—Juzgado de Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Turrialba (Materia Familia), 18 de abril del 2016.—Lic. Elmer Rojas Aguilar, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016023963 ).

Edictos en lo PenalMediante sentencia en firme de las quince horas del nueve de

noviembre del dos mil quince, se condenó al imputado Michael Mata Leitón, por el delito de portación ilegal de arma; sin que en dicho fallo se haya resuelto el destino del arma de fuego marca Ranger, calibre 38, tipo revólver, serie 07491B, fabricación Argentina, con empuñadura de madera color café y tres municiones, calibre 38 especial; dado a lo anterior, es que este Tribunal ordena publicar tres veces en el Boletín Judicial, con el fin de notificar al representante legal de la Sociedad de Seguridad Profesional Moriah JYL S. A., cédula jurídica 3101258809, para que este pueda hacer valer sus derechos con respecto a dicha arma de fuego, de no existir dentro del plazo de Ley Solicitud de Devolución, este Tribunal ordena el comiso definitivo a favor del Estado, esto de conformidad con la Ley 6106. Expediente Nº 15-000426-0569-PE.—Tribunal de Juicio de Cartago, 7 de abril del 2016.—Licda. Susana Wittmann Stengel, Jueza.—Exonerado.—( IN2016023002 ). 3 v. 3

No habiendo sido posible la localización de la dueña registral del vehículo placas 290670, marca Ford, categoría automóvil, año 1994, estilo Escort LX, color verde, Mara Scarlet Zavala Sequeira y siendo necesario ponerle en conocimiento sobre la devolución de dicho automotor, es que se ordena publicar en el Boletín Judicial tres veces consecutivas sobre dicha entrega; sí en el entendido de que deberá Zavala Sequeira gestionar la respectiva devolución dentro del término de ley, de no existir pronunciamiento, esta cámara ordena el comiso definitivo a favor del Estado del automotor placas 290670, esto sin ulterior resolución. Expediente Nº 11-001133-0569-PE.—Tribunal de Juicio de Cartago, 07 de abril de 2016.—Licda. Susana Wittmann Stengel.—Exonerado.—( IN2016023018 ). 3 v. 3

Licda. Marjorie Valenciano Arias, Jueza Penal del Segundo Circuito Judicial de San José, en la sumaria penal número 09-008943-0042- PE, seguida por el delito de homicidio culposo en contra de Johannie Miguel Ramírez Porras, cometido en perjuicio de Andrés Brenes Díaz, y de conformidad con el artículo 162 del Código Procesal Penal, se dispone a notificar por edicto a Laureano Solís Mora, cédula de identidad 9-0005-0837, que se ha ordenado la devolución de un vehículo marca Chevrolet, sedán, modelo 74, color amarillo con franjas negras, motor N° 328575GM82, placas Nº 67642; para que en el término de un mes, a partir de la publicación del edicto aludido, se apersone al Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de San José, a hacer valer sus derechos que sobre dicho bien le asistan, presentando su cédula de identificación, de no presentarse a retirarlos, los mismos se donarán a favor del Estado conforme a la Ley de Bienes Caídos en Comiso. Se ordena su publicación por una única vez en el Boletín Judicial. Publíquese. Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de San José.—Licda. Marjorie Valenciano Arias, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016023556 ).

Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de San José, en la sumaria 11-001025-1092-PE por la presunta comisión del delito de robo agravado en contra de Yendry Pérez Chavarría en perjuicio de Yong Feng, y de conformidad con el artículo 7 de la Ley de Notificaciones, se dispone notificar por edicto por una sola vez que por resolución de las diez horas con treinta minutos del quince de abril del dos mil dieciséis mediante la cual se ordena la devolución del vehículo decomisado; por lo anterior de conformidad con lo dispuesto en el numeral 1 y 6 de la Ley de Distribución de Bienes confiscados o caídos en comiso y su reglamento, así como el artículo 162 del Código Procesal se le comunica al señor Baltan Ocoro Sifredo Eliécer, portador del documento de identidad Nº CC16501511 que cuenta con el plazo de un mes a partir de la presente notificación para que se presente a este despacho con la finalidad de realizarle la devolución de un vehículo marca vehículo marca Mazda, placa 503901, color vino, estilo Sedán, número de chasis JM1BG2262L0170821. Se le previene al requerido

que deberá presentarse ante esta oficina Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de San José, antes del plazo indicado, caso contrario se procederá a realizar los oficios de comiso en favor del estado. Es todo.—Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de San José.—Lic. José Pablo León Vásquez, Juez Penal.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016023557 ).

Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de San José, en la sumaria 11-001339-0275-PE, por la presunta comisión del delito de agresión calificada en contra de Jairo Hernández Chacón en perjuicio de Leonardo Jiménez Mora, y de conformidad con el artículo 7 de la Ley de Notificaciones, se dispone notificar por edicto por una sola vez que por resolución de las trece horas con treinta minutos del quince de abril del dos mil dieciséis mediante la cual se ordena la devolución del vehículo decomisado; por lo anterior de conformidad con lo dispuesto en los numerales 1 y 6 de la Ley de Distribución de Bienes Confiscados o Caídos en Comiso y su Reglamento, así como el artículo 162 del Código Procesal se le comunica al señor Ricardo Bolaños Méndez, portador de la cédula de identidad Nº 800010270, que cuenta con el plazo de un mes a partir de la presente notificación para que se presente a este despacho con la finalidad de realizar devolución de un vehículo marca Datsun, placa 50071, estilo 120Y, color beige con tapa de motor color negra, número de chasis no visible, número de motor A12610875D. Se le previene al requerido que deberá presentarse ante esta oficina Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de San José, antes del plazo indicado, caso contrario se procederá a realizar los oficios de comiso en favor del Estado. Se ordena su publicación por única vez en el Boletín Judicial. Es todo.— Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de San José.—Lic. José Pablo León Vásquez, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016023558 ).

De conformidad con lo establecido por el artículo 81 y 172 de la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial Nº 9078 y siendo que a folio 10, consta que Eladio Ramírez González, Representante Legal de Auto Transportes Pavas S. A. portador de la cédula jurídica Nº 3-101-054006 es propietario registral del vehículo placas SJB 8458, vin o chasis Nº 9BM382033VB141249 se le indica que tiene derecho a constituirse como parte en el presente asunto. Para ello deberá apersonarse dentro del plazo de los diez días siguientes a la notificación de esta resolución o de su publicación mediante edicto. Asimismo para cumplir con la notificación legal del propietario registral, al tenor de lo dispuesto en el Transitorio II de la Ley 9078 supra citada, se ordena la publicación de un edicto por una única vez en el Diario Oficial La Gaceta y para ello en cumplimiento de la circular Nº 65-2004 en cuanto a la tramitación de edictos en materia de Tránsito, se ordena enviar mediante la lista correspondiente la información pertinente para el edicto que publicará la Dirección Ejecutiva del Poder Judicial en el diario oficial, lo anterior con el fin de continuar con la tramitación del presente proceso hasta su fenecimiento. Notifíquese. Causa seguida contra: Johnny Vega León y otro.—Juzgado de Tránsito de Pavas y Escazú, a las dos de la tarde con treinta minutos del catorce de abril del dos mil dieciséis.—Licenciado Fernando Flores Fernández, Juez de Tránsito de Pavas.—1 vez.—( IN2016023630 ).

Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial, en la sumaria No 14-003573-0042-PE, por el delito de homicidio culposo contra Christian Mendoza Bravo en perjuicio de Andrea Pérez Aguilera, y de conformidad con el artículo 7 de la Ley de Notificaciones, se dispone notificar por edicto a Alfonso Carrillo Rojas cédula de identidad N° 6-0232-0512, sobre la devolución del vehículo marca Hyundai Accent placa 667035, contando con el plazo de un mes a partir de esta publicación para su retiro, vencido el plazo se dispondrá su donación en favor del Estado según lo dispuesto en la Ley Nº 6106 denominada Ley de Distribución de Bienes Confiscados o Caídos en Comiso.—Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de San José.—Licda. Marjorie Valenciano Arias, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016025594 ).