boletÍn institucional de la sni - sni.org.pe · se dejará constancia del cumplimiento de las...

11
1 PERÚ PRODUCE CONTENIDO //02 REPORTE SECTORIAL SNI espera crecimiento de 4.5% de la industria para el 2014. 5 ¿Se debe normar la Responsabilidad Social Corporativa? //03 REPORTE PARLAMENTARIO 6 //04 VISITA A ATEM PERÚ Luis Salazar visitó Asociación de Talleres de Empresas de Metalmecánica – ATEM PERU. 8 //05 ANIVERSARIOS 10 //01 REPORTE LEGAL Modificaciones al Reglamento de la Ley General e Inspección del Trabajo. 2 MODIFICACIONES AL REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL E INSPECCION DEL TRABAJO //REPORTE LEGAL Con fecha 07 de Diciembre del 2013, se publicó en el Diario Oficial ¨El Peruano¨ el DECRETO SUPREMO Nº 012-2013-TR, el mismo que entrará en vigencia a partir del 01 de Marzo del próximo año, en el que se modifica el Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo. Leer más // Pág. 2 BOLETÍN INSTITUCIONAL DE LA SNI // Nº 595 - DIC. 2013 PERÚ PRODUCE

Upload: phungcong

Post on 19-Sep-2018

217 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

1PERÚ PRODUCE

CONTENIDO

//02REPORTE SECTORIALSNI espera crecimiento de 4.5% de la industria para el 2014.

5

¿Se debe normar la Responsabilidad Social Corporativa?

//03REPORTE PARLAMENTARIO 6

//04VISITA A ATEM PERÚ

Luis Salazar visitó Asociación de Talleres de Empresas de Metalmecánica – ATEM PERU.

8

//05ANIVERSARIOS 10

//01REPORTE LEGALModificaciones al Reglamento de la Ley General e Inspección del Trabajo.

2

MODIFICACIONES AL REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL E INSPECCION DEL TRABAJO//REPORTE LEGAL

Con fecha 07 de Diciembre del 2013, se publicó en el Diario Oficial ¨El Peruano¨ el DECRETO SUPREMO Nº 012-2013-TR, el mismo que entrará en vigencia a partir del 01 de Marzo del próximo año, en el que se modifica el Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo.

Leer más // Pág. 2

BOLETÍN INSTITUCIONAL DE LA SNI // Nº 595 - DIC. 2013

PERÚPRODUCE

2

01// REPORTE LEGAL PERÚ PRODUCE

Entre las principales novedades, en la le-gislación laboral, se han considerado como faltas graves del empleador lo siguiente:

■ No contar con el registro de Control de asistencia, impedir o sustituir al trabaja-dor en el registro de su tiempo de trabajo;

■ No registrar trabajadores, pensionistas, prestadores de servicio, personal con-tratado bajo modalidades formativas laborales, personal de terceros o dere-chohabientes en las planillas de pago o planillas electrónicas,

■ No registrar trabajadores prestadores de

servicios, en el plazo y con los requisitos previstos, incurriéndose en una infracción por cada trabajador, pensionista, presta-dor de servicios, personal en formación – Modalidad Formativa Laboral y otros, personal de terceros o derechohabiente.

Respecto a las actuaciones de fiscaliza-ción, se establece que si no se hubiera comprobado la comisión de infracciones, los inspectores emitirán el informe de ac-tuaciones inspectivas. En este caso, la au-toridad competente dispone el archivo del expediente.

MODIFICACIONES AL REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL E INSPECCION DEL TRABAJO

3

01// REPORTE LEGAL PERÚ PRODUCE

La presente norma modifica los incisos 17.2 , 17.3 del art. 17° regulando lo siguiente:Emisión del acta de infracciónDe existir alguna falta, la comisión de in-fracciones emitirá medidas de advertencia, requerimiento, paralización o prohibición de trabajos o tareas, según corresponda, a fin de garantizar el cumplimiento de las normas objeto de fiscalización. La autori-dad competente podrá ordenar su segui-miento o control para la verificación de su cumplimiento. Transcurrido el plazo otorgado para la subsanación y habién-dose o no realizado, se extiende el acta de infracción correspondiente. En el acta se dejará constancia del cumplimiento de las medidas de requerimiento y de la apli-cación del beneficio a que se hace referen-cia en numeral 17.3 del artículo 17º del pre-sente Reglamento.

SUBSANACION DE LAS INFRACCIONES ANTES DE LA EMISION DEL ACTA.- REDUCCION DE LA MULTA:

Cuando el sujeto inspeccionado subsane las infracciones advertidas, antes de la expedi-ción del acta de infracción, la propuesta de multa irá acompañada de la indicación de la aplicación de una reducción del noventa por ciento (90%) respecto de las infrac-ciones efectivamente subsanadas. La pre-sentación de descargos contra el acta de in-fracción o la impugnación de la resolución de multa ocasiona la pérdida del beneficio de re-ducción del 90% respecto de las infracciones implicadas en los descargos o la impugnación.

Infracciones Graves de Empresas y Enti-dades de Intermediación, se conserva lo regulado ampliando el referido inciso en la forma siguiente:

¨No comunicar o presentar a la autoridad competente, en los plazos y con los requi-sitos previstos, la información y documen-tación relacionada con el ejercicio de sus actividades como empresa o entidad de intermediación laboral, los contratos sus-critos con los trabajadores destacados a la empresa usuaria y no registrar los contra-tos suscritos con las empresas usuarias¨.

Otra innovación importante es que la nue-va norma incorpora el art. 48-A, señalan-do que las escalas de multas previstas para las micro empresas y pequeñas em-presas, definidas según la ley que las regula, contemplan la reducción del cincuenta por ciento (50%) establecida en el tercer párra-fo del artículo 39º de la ley. Sin embargo en ningún caso podrán tener un valor inferior al valor previsto para las infracciones leves,

4

01// REPORTE LEGAL PERÚ PRODUCE

graves y muy graves, cuando se afecta a un trabajador y al valor previsto para las infrac-ciones leves, graves y muy graves, cuando se afecta de 1 a 5 trabajadores.Hay que tener presente, que para ac-ceder a las tablas previstas para micro empresas y pequeñas empresas, es re-quisito que estén inscritas en el REMY-PE antes de la generación de la orden de inspección. Las multas impuestas a las MYPE, inscritas en el REMYPE antes de la generación de la orden de inspección, no podrán superar, en un mismo proce-dimiento sancionador, el 1% del total de ingresos netos que hayan percibidos dentro del ejercicio fiscal anterior al de la generación de la orden de inspección.

Asimismo, el referido artículo señala que corresponderá al sujeto inspeccionado sustentar los ingresos netos anuales, del ejercicio fiscal anterior al de la genera-ción de la orden de inspección, durante las actuaciones inspectivas ante el Ins-pector del Trabajo y/o en el marco del procedimiento sancionador, al formular los descargos respectivos.

DERECHOS COLECTIVOS: Únicamente para el cálculo de la multa a im-ponerse calificarán como trabajadores afec-tados los actos que afecten la libertad sin-dical del trabajador o de la organización de trabajadores, como los que impiden la libre afiliación a una organización sindical, pro-mueven la desafiliación de la misma, impidan la constitución de sindicatos, etc. y demás casos específicos señalados en la norma.

-Finalmente el D.S. 012-2013-MT, incor-pora el artículo 48-Aº en el Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo, respecto a los Concursos de infracciones estableciendo que cuando el incumplimien-to de una obligación sustantiva implique la inobservancia de obligaciones formales y accesorias, solo se considerará la infrac-ción sustantiva para efectos de la multa a imponerse. Los beneficios de la reducción de la multa en este caso se aplican a aque-llas infracciones que efectivamente hayan sido enmendadas, debiendo acreditarse la subsanación ante la autoridad inspectiva.

Con las modificaciones e innovaciones an-tes enunciadas es recomendable tomarlas en cuenta para evitar el pago de las multas y estar atentos de tener toda la documen-tación de la empresa en orden.

5

02// REPORTE SECTORIAL PERÚ PRODUCE

Durante el período Enero - Octubre del 2013, la producción industrial registró un crecimien-to de 1,67%, con un incremento en octubre de 3.02%, manteniendo la recuperación obser-vada en el mes anterior. En esta perspectiva, se estima que al cierre del año se podría lograr una tasa de 2,1%, alentado por una recupera-ción de 3,9% en el último trimestre.

Con esta mejora, se espera para el 2014 que la industria tenga un comportamiento positivo de 4.5%, con lo que paulatinamente se estaría llegando al promedio de los últimos años.

Entre las razones que influenciarían en una me-jora del crecimiento industrial se encuentra el

mayor dinamismo de los mercados internacio-nales que permitirá una leve recuperación de nuestras exportaciones; en especial, las texti-les y confecciones y el mayor gasto público en las regiones, ya que se trata de un año electoral.

Se debe indicar que será difícil alcanzar el rit-mo de crecimiento que se observara en los años precedentes a la crisis internacional, pues si bien existe una recuperación de la eco-nomía mundial, los países están desarrollan-do programas agresivos de reindustrialización que podrían impedir un fuerte crecimiento de las exportaciones así como el retiro del estí-mulo fiscal americano que podría limitar el in-cremento del consumo en ese país.

SNI ESPERA CRECIMIENTO DE 4.5% DE LA INDUSTRIA PARA EL 2014

2.1  

4.1  

1.8  

4.4  

2.9  

4.7  

0  

2  

4  

6  

8  

Industria  total   Primaria   No  primaria  

2013  

2014  

PROYECCIÓN  DE  PRODUCCIÓN  MANUFACTURERA,  2013-­‐2014                                                                          (Variación  porcentual)  

1  Fuente:  Ministerio  de  la  Producción  Elaboración:  SNI  -­‐  IEES  

6

03// REPORTE PARLAMENTARIO PERÚ PRODUCE

La Comisión de Descentralización y Moder-nización de la Gestión del Estado ha recibido un proyecto de ley de autoría de la congre-sista Cecilia Chacón, que propone declarar de interés nacional la promoción de la Res-ponsabilidad Social Corporativa (RSC), para lo cual se señala de manera general que la RSC es el compromiso voluntario de las em-presas con los problemas e impactos socia-les y medioambientales relacionados con sus operaciones y actividades, así como en las relaciones con sus grupos de interés.

Se considerará que una empresa ejerce Res-ponsabilidad Social Corporativa cuando:

■ Posea alguna certificación otorgada por una entidad reconocida internacionalmen-te. A estos efectos el Reglamento podrá in-cluir un listado de dichas entidades.

■ Cuente con un programa permanente de Responsabilidad Social que sea informado en forma periódica, transparente y pública.

■ Involucre en sus actividades y decisiones a sus grupos de interés.

¿SE DEBE NORMAR LA RESPONSABILIDAD SOCIAL CORPORATIVA?

7

03// REPORTE PARLAMENTARIO PERÚ PRODUCE

■ Cuente con un plan de desarrollo soste-nible y realice evaluaciones periódicas de sus logros.

■ Cumpla con todas sus obligaciones lega-les, no teniendo pendiente ningún proce-so, medida administrativa o sanción de cualquier autoridad.

El proyecto de ley menciona que todos los niveles de gobierno del país deben incluir en sus planes y en su gestión medidas de pro-moción mediante algunas de las siguientes formas:

Normas con incentivos de cualquier tipo.■ Fomentos del contenido y difusión de la im-

portancia de la RSC.■ Reconocimientos y/o premios especiales

para las empresas que demuestren alta Responsabilidad Social Corporativa.

■ Promoción o auspicio de concursos para empresas que demuestren RSC.

■ Difusión de la importancia de la RSC entre la población en general, con énfasis en los estudiantes de niveles de educación se-cundaria, técnica y universitaria.

Esta propuesta nos lleva a preguntarnos, ¿se debe incorporar en la legislación nacional la intervención del Estado en la labor de RS que hacen las empresas voluntariamente, aunque ésta sea para promover y brindar reconoci-miento?

Por otro lado, se pretende incluir como indi-cador de niveles de responsabilidad social a las certificaciones de organizaciones recono-cidas internacionalmente, dejando abierta la posibilidad de que éstas sean señaladas en el reglamento, norma de menor jerarquía y mayor flexibilidad para el cambio. Entonces, ¿cuáles serán las organizaciones que se po-drán considerar para estos efectos?

Destacamos el compromiso que las empresas asumen con la sociedad, en la que se desen-vuelven vía un trabajo social y voluntario. Esto debe continuar así, pues estas acciones so-ciales adicionales deben diferenciarse de las obligaciones que la ley ya les impone.

8

04// Visita a ATEM PERÚ PERÚ PRODUCE

Con el objetivo de reconocer el trabajo que realizan las pequeñas empresas asociadas a ATEM PERU, el legislador Angel Neyra Olaychea, miembro titular de la Comisión de Economía del Congreso de la República, invitó al Ing. Luis Salazar, presidente de la SNI, a visitar el Parque Industrial Infantas ubicado en el distrito de Los Olivos.

Entre las empresas visitadas figuran: SILICON-TECHNOLOGY, fabricante de aisladores poli-méricos de silicona; Eloy Vega R. e Hijos EIRL, empresa que realiza servicio de electro ero-sión, hilo, y también tienen centro de mecani-zado para moldes, matrices y utillajes.

Además se conoció a I&T Electric S.A.C, de-dicada al diseño, fabricación, mantenimiento y reparación de equipos para baja, media y alta tensión, elaborando transformadores de distribución y potencia entre otros productos similares.

Acompañaron en el recorrido, Ludovico Alcor-ta, director de Política de Desarrollo e Inves-tigación Estratégica de la Onudi, Javier Gó-mez, presidente de ATEM y Adelaida Joaquín, miembro de la Directiva.

LUIS SALAZAR VISITÓ ASOCIACIÓN DE

TALLERES DE EMPRESAS DE METALMECÁNICA – ATEM PERU

9

05// ANIVERSARIOS PERÚ PRODUCE

1

5

9

13

2

6

10

14

3

7

11

15

4

8

12

16

NOVIEMBRE 2013

• FABRICADETEJIDOSALGODONERALIMEÑAS.A.20años

• SANMIGUELINDUSTRIASPETS.A.5años

•QUIMICACOMERCIALDELPERUS.A.C. 4años

• CONGELADOSPERUANADELPACIFICOS.A. 2años

• SOCIEDADDEINDUSTRIASOLEAGINOSASS.A.C. 8años

•MOLINOELTRIUNFOS.A. 37años

• CORPORACION INCAKOLAPERUSRL 17años

• CKFINDUSTRIALS.A. 26años

• FIMAS.A. 44años

• LEVAPANDELPERUS.A.C. 17años

• EMBOTELLADORASANMIGUELDELSURS.A.C. 24años

•MIRAYFASHIONS.A.C. 6años

• KRAFTFOODSPERUS.A. 74años

•ORICACHEMICALSPERUS.A.C. 19años

• LITHOLASERS.A. 22años

• TEDITEXS.A.C. 23años

• TEXVILLS.A.C. 10años

• SOUTHERNPERUCOPPERCORPORATION,SUCURSALDELPERU 59años

• ALIMENTOSPROCESADOSS.A.25años

• TUBERIASYGEOSISTEMASDELPERUS.A. 47años

• INDUSTRIASDELZINCS.A. 4años

• LEVEL3PERUS.A. 14años

•MICHELL&CIAS.A. 82años

• FABRICADECHOCOLATESLAIBERICAS.A. 104años

•GRUPOGRANDES.A.C. 8años

10

05// ANIVERSARIOS PERÚ PRODUCE

17

21

25

29

18

22

26

30

19

23

27

31

20

24

28

• TEVAPERUS.A. 68años

• PROMOCIONESCHET`SS.A. 26años

• TECNOSANITARIAS.A. 20años

• FUNDICIONVENTANILLAS.A. 45años

• INDUSTRIATEXTILPIURAS.A. 41años

• DESTILERIALACARAVEDOSRL 4años

• CONSERVERAAMAZONICAS.A. 44años

•GFOOD´SNATIVES.A.C. 4años

•GAVILONPERUSRL 4años

•GESTIONDESERVICIOSAMBIENTALESSAC 10años

• REACTIVOSNACIONALESS.A. 37años

• FUNDICIONCALLAOS.A. 77años

• REPARACIONESYSERVICIOSDELSURS.A.C. 40años

• SOLDADORASANDINASS.A. 41años

• INVERSIONESPERUPACIFICOS.A.19años

• BASFPERUANAS.A. 57años

• PRODUCTOSALIMENTICIOSTRESAS.A. 27años

• PURATOSPERUS.A. 35años

•U&PINVERSIONESS.A. 18años

• INKAFERTS.A.C. 7años

• CORPORACIONPERUANADEPRODUCTOSQUIMICOSS.A. 81años

• CORPORACIONCERAMICAS.A. 19años

Los Laureles 365 San Isidro Lima Perú T 616 4444 www.sni.org.pe