beneficios adicionales al seguro de vida individual y colectivos

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BENEFICIOS ADICIONALES AL SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL Y COLECTIVOS

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Page 1: BENEFICIOS ADICIONALES AL SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL Y COLECTIVOS

BENEFICIOS ADICIONALES AL SEGURO DE VIDA

INDIVIDUAL Y COLECTIVOS

Page 2: BENEFICIOS ADICIONALES AL SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL Y COLECTIVOS

BENEFICIO ADICIONAL DE EXENCION DE PAGO DE PRIMAS EN CASO DE INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE (BITP)• Primas deben estar al día• Asegurado incapacitado totalmente por enfermedad o

accidente, para el desempeño de su trabajo habitual o cualquier compatible con sus conocimientos y aptitudes.:– Pérdida completa de la vista de ambos ojos– Pérdida de ambas manos (articulación carpometacarpiana)– Pérdida de ambos pies (articulación tibio-tarsiana)

Page 3: BENEFICIOS ADICIONALES AL SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL Y COLECTIVOS

• Comienza la exención de pago de primas después de la fecha en que el asegurado haya comprobado en forma satisfactoria su incapacidad.

• Aseguradora puede exigir comprobación de que continúa el estado de incapacidad total no más de una vez al año.

• Cese del beneficio:– Si asegurado se niega a la comprobación – Cese de la incapacidad total– Si asegurado solicita por escrito la terminación de la cobertura o ya no

pertenece al grupo asegurado• No aplica si:

– incapacidad es provocada por el propio asegurado– Incapacidad es a consecuencia de guerra o rebelión, alborotos populares o

insurrecciones– Alcoholismo o drogadicción– Comisión de delito o falta– Desempeño de servicios militares o navales en tiempo de guerra

declarada o no, bajo órdenes de efectuar operaciones bélicas o restauración del orden público o realizando un arresto como representante de la ley

BITP

Page 4: BENEFICIOS ADICIONALES AL SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL Y COLECTIVOS

Cómo determinar la incapacidad total

• Verificar ocupación reportada en la solicitud de seguro

• Solicitud de informes médicos incluyendo la documentación de la incapacidad a través de estudios de diagnóstico.

• Referencia del asegurado con médico de la compañía de seguros

• Visita en el domicilio del asegurado

BITP

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BENEFICIO ADICIONAL DE INDEMNIZACION POR ACCIDENTE (MAD)

• Se paga si el asegurado exclusivamente fallece:– Ahogado– Debido a lesión (es) corporales por acción

súbita, fortuita y violenta de una fuerza externa ajena a la voluntad del asegurado

– Cuando la muerte o pérdida ocurra dentro de los 90 días siguientes a la fecha del accidente.

Page 6: BENEFICIOS ADICIONALES AL SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL Y COLECTIVOS

Tabla de Indemnizaciones(Vida Individual)

Por la pérdida de: % de indemnización básica Observación importante:

La vida 100

Ambas manos o ambos pies 100 Mano: separación a nivel de articulación carpometacarpiana o arriba de ella

Una mano y un pie 100 Pie: separación a nivel de articulación tibiotarsiana o arriba de ella

Una mano o pie junto con la vista de un ojo

100

Una mano o un pie 50

La vista de un ojo 30 Vista: pérdida completa y definitiva de la visión

Un dedo pulgar 15

Un dedo índice 10

Cada uno de los dedos, medio, anular y meñique

5 Dedos: separación de dos falanges completas cuando menos

MAD

Page 7: BENEFICIOS ADICIONALES AL SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL Y COLECTIVOS

Por la pérdida de: Monto a indemnizar Observación importante:

La vida La suma asegurada

Ambas manos o ambos pie o la vista de ambos ojos

La suma asegurada Mano: separación a nivel de articulación carpometacarpiana o arriba de ella

Una mano y un pie La suma asegurada Pie: separación a nivel de articulación tibiotarsiana o arriba de ella

Una mano o pie junto con la vista de un ojo

La suma asegurada

Una mano o un pie La mitad de la suma asegurada

La vista de un ojo Un tercio de la suma asegurada

Vista: pérdida completa y definitiva de la visión

Pérdida de los dedos pulgar e índice

Un cuarto de la suma asegurada

Dedos: separación de dos falanges completas cuando menos

Se pagará de acuerdo a la tabla pero solo una de las pérdidas, la que fuera mayor

Tabla de Indemnizaciones(Vida Colectivos)

Page 8: BENEFICIOS ADICIONALES AL SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL Y COLECTIVOS

Exclusiones• Enfermedad u operaciones que no sean

motivadas directamente por las lesiones cubiertas

• Infecciones, a menos que sobrevengan como consecuencia directa de la lesión accidental

• Envenenamiento de cualquier tipo• Homicidio intencional• Lesión en riña con o sin provocación del

asegurado; o intencionalmente ocasionada al asegurado por cualquier persona

• Suicidio consciente o inconsciente, o conato de él, no importando la causa que lo provoquen

• Perdida causada u originada mientras el asegurado esté bajo efectos de alcohol o drogas o como consecuencia de ellos.

• Por lesiones en servicio militar, naval o de guerra; en revoluciones, alborotos populares o insurrecciones

• Actos delictuosos donde participe el asegurado

• Lesiones cuando el asegurado viaje en vehículo de carreras, pruebas o contiendas de seguridad, resistencia o velocidad

• Navegación aérea, a menos que el asegurado viaje como pasajero en aeronave certificada para el transporte de pasajeros, y el vuelo esté sujeto a las leyes respectivas, tripulada por persona con licencia válida

• Lesiones ocasionadas por armas de fuego, contundentes o punzocortantes

MAD

Page 9: BENEFICIOS ADICIONALES AL SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL Y COLECTIVOS

Forma de determinar la indemnización por MAD

• Si hubo intervención de bomberos y/o policía, solicitar informes o actas que documenten el hecho

• Estudios radiológicos que documenten la pérdida de un miembro

• Prueba de alcoholemia o panel de drogas• Evaluación oftalmológica por médico

especialista – Agudeza visual de lejos (AVL)– Campimetría

MAD

Page 10: BENEFICIOS ADICIONALES AL SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL Y COLECTIVOS

• Ceguera (basado en Tabla de Niveles de Deterioro Visual del Grupo de

estudio sobre la prevención de la ceguera – OMS, Ginebra 1972)

NIVEL DE CEGUERA

AVL DC Campo Visual

Descripción

Deterioro visual profundo

Entre 0,04 y 0,02;

A menos de 3m

10 ° o menos

baja visión profunda

Deterioro visual casi total

Menos de 0.02

1 m o menos, MM a 5m o menos, percepción de luz

5 ° o menos ceguera grave o casi total

Deterioro visual total

Ninguna percepción de luz

ceguera total

MAD

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Terminación

• Si durante la vigencia del beneficio de MAD, la suma de todas las reclamaciones suman el 100% del beneficio contratado.

• Cancelación de la póliza• Cumplimiento de 70 años (65)• Cumplimiento del término del plazo del

seguro o periodo de pago de primas

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BENEFICIO ADICIONAL DE INDEMNIZACION POR ACCIDENTE Y RENTAS POR INCAPACIDAD (MADIR)

Page 13: BENEFICIOS ADICIONALES AL SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL Y COLECTIVOS

Incapacidad temporal, total o contínua

• Que desde la fecha del accidente impida al asegurado el desempeño de todos y cada uno de los deberes propios de su ocupación

• Indemnización semanal:– 5 por millar de la indemnización básica– Máximo 52 semanas – Incapacidad por un periodo de 3 semanas no

será indemnizable

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Incapacidad temporal o parcial

• Que desde la fecha del accidente o inmediatamente después de una incapacidad total descrita anteriormente, impida al asegurado el desempeño de uno ó más deberes propios de su ocupación.

• Indemnización semanal de 1.25 por millar

• Máximo 52 semanas

• En caso por un mismo accidente se indemniza por incapacidad total y/o por incapacidad parcial, la indemnización no debe exceder las 52 semanas.

• Incapacidades de menos de 3 semanas no serán indemnizables

Page 15: BENEFICIOS ADICIONALES AL SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL Y COLECTIVOS

Ejemplo:

• Ejemplo: Asegurado de 45 años, piloto de camión sufre fractura de antebrazo derecho razón por la cual fue necesario realizar una osteosíntesis con colocación de clavos. Está asegurado desde el 1 de enero del 2009 bajo una póliza temporal renovable de vida dentro de la cual contrató MADIR por Q. 50,000.00

Page 16: BENEFICIOS ADICIONALES AL SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL Y COLECTIVOS

• Presenta aviso y prueba de accidentes y radiografías finales donde se documenta la lesión y el tratamiento que le efectuaron.

• De acuerdo a la evaluación del departamento de siniestros, de acuerdo a la lesión y tratamiento efectuado corresponde otorgar 8 semanas de incapacidad total y 4 semanas de incapacidad parcial:

– Cálculo de incapacidad parcial:• 50 x 1.25 = 62.50 x 4 semanas = 250.00

– Cálculo de incapacidad total:• 50 x 5 = 250.00 x 8 semanas = 2,000.00

– Total a indemnizar: Q. 2,250.00

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Incapacidad permanente, total y contínua

• Impide al asegurado el desempeño de su trabajo habitual o cualquier otro compatible con sus conocimientos y aptitudes

• La compañía pagará mientras dure la incapacidad, una vez se haya pagado la indemnización correspondiente a la una o las dos anteriores durante 52 semanas.

• Pagos anuales del 10% de la indemnización básica en mensualidades iguales o como máximo 10 años

Page 18: BENEFICIOS ADICIONALES AL SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL Y COLECTIVOS

Aspectos a considerar en la indemnización por incapacidad

• Aviso y prueba de accidentes: debe incluir toda la información relacionada al evento que provocó las lesiones– Datos del asegurado: nombre, domicilio, fecha de

nacimiento, ocupación actual, ingresos, lugar de trabajo

– Detalles del accidente: fecha, lugar dónde ocurrió, lesiones que resultaron del accidente

– Datos del médico y hospital consultado: Fecha de la consulta con el médico

– Detalle de las lesiones, el tratamiento y secuelas del mismo

– Datos de testigos que presenciaron el hecho

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BENEFICIO ADICIONAL DE ENFERMEDADES GRAVES

• Aplica cuando el asegurado ha sufrido o desarrollado o se diagnostique, durante el periodo de cobertura del beneficio adicional, una de las indicadas como enfermedades graves

• En caso de muerte o vencimiento se reduce en el monto pagado por este beneficio, si la muerte o vencimiento ocurre dentro de los primeros 60 días después de la ocurrencia de la enfermedad grave.

• Asegurado debe dar aviso en periodo máximo de 30 días contados a partir de la fecha que fue diagnosticada la enfermedad.

• Asegurado debe presentar pruebas a su propio costo que confirmen que la enfermedad, así como información clínica, radiológica, histológica y de laboratorio que sustenten el diagnóstico. Aseguradora puede solicitar confirmación con médico de su elección, corriendo ésta con los gastos

Page 20: BENEFICIOS ADICIONALES AL SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL Y COLECTIVOS

Enfermedades Graves

• Infarto del Miocardio: historial de dolor típico, cambios en EKG, elevación de enzimas cardiacas

• Derrame o hemorragia cerebral: – Incidente cerebrovascular con secuelas neurológicas

de más de 24 horas– Debe incluir muerte de tejido cerebral, hemorragia o

embolia originada de una fuente extracerebral. – Pruebas de deficiencia neurológica permanente

Page 21: BENEFICIOS ADICIONALES AL SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL Y COLECTIVOS

ENF. GRAVES

• Cirugía arteriocoronaria: – Intervención quirúrgica a corazón abierto para

corregir dos o más arterias coronarias obstruidas o bloqueadas e implantar un bypass coronario.

– Comprobación mediante angiografía coronaria

– Excluido: angioplastía y cualquier otra intervención intraarterial

Page 22: BENEFICIOS ADICIONALES AL SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL Y COLECTIVOS

• Cáncer:– Tumor maligno, incluye leucemia y

enfermedades malignas del sistema linfático– Excluye:

• Cáncer no invasivo o in situ• Cáncer de la piel, con excepción de melanoma

maligno

ENF. GRAVES

Page 23: BENEFICIOS ADICIONALES AL SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL Y COLECTIVOS

• Póliza principal termina, caduca, se anula, rescatada o convertida en seguro saldado.

• Asegurado cumple de 65 años edad• Si ocurre una enfermedad grave

indemnizada por el beneficio de enfermedades graves

TerminaciónENF. GRAVES

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PANEL DE PREGUNTAS