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Superintendencia de Recursos Materiales Complejo Petroquímico Morelos Jefatura de Adquisiciones LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. 18578019-000-11 Número Interno 0000000 Bases de Adquisición de Bienes. Ver. 1 Marzo de 2011 Página 1 Coatzacoalcos, Ver, a 29 de Julio de 2011 PREBASES DE LICITACIÓN PARA COMENTARIOS PREBASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL PRESENCIAL . OBJETO DE LA LICITACIÓN: PINTURAS, RECUBRIMIENTOS Y SOLVENTES . DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 9 DE LAS DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS DE CONTRATACIÓN EN MATERIA DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, OBRAS Y SERVICIOS DE LAS ACTIVIDADES SUSTANTIVAS DE CARÁCTER PRODUCTIVO DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS, EL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS DE PEMEX PETROQUÍMICA , RECIBIRÁ COMENTARIOS SOBRE ESTAS PREBASES HASTA EL PRÓXIMO DIA 18 DE AGOSTO DE 2011 ; EN EL SIGUIENTE CORREO ELECTRÓNICO: ING. HÉCTOR SANTAMARÍA MURRIETA. ESPECIALISTA DE LICITACIONES [email protected] La publicación de las prebases no implicara compromiso alguno de convocar, ni de aceptar las sugerencias presentadas, de conformidad con el artículo 9 de las DAC’S.

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Superintendencia de Recursos Materiales Complejo Petroquímico Morelos

Jefatura de Adquisiciones

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18578019-000-11 Número Interno 0000000

Bases de Adquisición de Bienes. Ver. 1 Marzo de 2011 Página 1

Coatzacoalcos, Ver, a 29 de Julio de 2011

PREBASES DE LICITACIÓN PARA COMENTARIOS

PREBASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL PRESENCIAL. OBJETO DE LA LICITACIÓN: PINTURAS, RECUBRIMIENTOS Y SOLVENTES. DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 9 DE LAS DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS DE CONTRATACIÓN EN MATERIA DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, OBRAS Y SERVICIOS DE LAS ACTIVIDADES SUSTANTIVAS DE CARÁCTER PRODUCTIVO DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS, EL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS DE PEMEX PETROQUÍMICA, RECIBIRÁ COMENTARIOS SOBRE ESTAS PREBASES HASTA EL PRÓXIMO DIA 18 DE AGOSTO DE 2011; EN EL SIGUIENTE CORREO ELECTRÓNICO: ING. HÉCTOR SANTAMARÍA MURRIETA. ESPECIALISTA DE LICITACIONES [email protected] La publicación de las prebases no implicara compromiso alguno de convocar, ni de aceptar las sugerencias presentadas, de conformidad con el artículo 9 de las DAC’S.

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LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL PRESENCIAL No. 18578019-000-11

Bajo la Reserva Permanente y transitoria de los Capítulos de Compras del Sector Público de los Tratados de Libre Comercio.

EL OBJETO DE LA LICITACIÓN ES:

“PINTURAS, RECUBRIMIENTOS Y SOLVENTES”

Para los años 2011, 2012 y 2013.

Bajo la modalidad de Contrato abierto sujeto a ajuste de precios

En cumplimiento a las disposiciones que establecen los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 51, 53, 54, 55 fracción I, II y III de la Ley de Petróleos Mexicanos (en adelante “Ley”); 50 Fracción I, 53 Fracción I, 55, 56 y 57 de su Reglamento (en adelante “Reglamento”); 14, 15, y 16 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios (en adelante “DAC´S”), PEMEX PETROQUÍMICA por conducto del Complejo Petroquímico Morelos de PEMEX Petroquímica a través de la SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES, ubicada en Ejido Pajaritos S/N, SC. C.P. 96400, Allende, Coatzacoalcos, Veracruz, México, Teléfono 01 (921) 21 14000 ext. 34,630 y 34138; correo electrónico: [email protected] y [email protected]; en adelante “Convocante” o PEMEX PETROQUÍMICA, emite las Bases de Licitación en las que se desarrollará la Licitación Pública Nacional presencial numero 18578019-000-11, (en adelante “Bases”), Solicitud de Pedido Núm. 430-42000-B-1009814, que tiene por objeto la adquisición de los bienes muebles consistentes en: PINTURAS, RECUBRIMIENTOS Y SOLVENTES (en adelante “Bienes”), que se describen en el Documento 01. Estas Bases constan de 21 Documentos.

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Cronograma del Procedimiento de Contratación.

Actos Fecha Hora Sala/Dirección

Fecha límite para adquirir las bases _________ ______ Ventanilla de entrega de bases, localizada en el Edificio de la Superintendencia de Recursos Materiales, ubicada en Ejido Pajaritos S/N, SC. C.P. 96400, Allende, Coatzacoalcos, Veracruz, México

Visita(s) a instalaciones –NO APLICA–

Junta de aclaraciones. ___________ ______ Sala de juntas de Licitaciones, localizada en el Edificio de la Superintendencia de Recursos Materiales, ubicada en Ejido Pajaritos S/N, SC. C.P. 96400, Allende, Coatzacoalcos, Veracruz, México

Acto de presentación y apertura de proposiciones.

___________ _______ Sala de juntas de Licitaciones, localizada en el Edificio de la Superintendencia de Recursos Materiales, ubicada en Ejido Pajaritos S/N, SC. C.P. 96400, Allende, Coatzacoalcos, Veracruz, México

Junta Pública para dar a conocer el Fallo de la licitación (Fecha estimada).

___________ ______ Sala de juntas de Licitaciones, localizada en el Edificio de la Superintendencia de Recursos Materiales, ubicada en Ejido Pajaritos S/N, SC. C.P. 96400, Allende, Coatzacoalcos, Veracruz, México

Formalización del contrato (Fecha estimada).

_____________ ______ Sala de juntas de Licitaciones, localizada en el Edificio de la Superintendencia de Recursos Materiales, ubicada en Ejido Pajaritos S/N, SC. C.P. 96400, Allende, Coatzacoalcos, Veracruz, México

REGLAS QUE DEBERÁN CUMPLIR LOS LICITANTES PARA EL ACCESO A LOS EVENTOS.- Los representantes de los licitantes que ingresen a los centros de trabajo e instalaciones de Pemex petroquímica, deberán cumplir con las medidas de seguridad establecidas en el Reglamento de Seguridad, salud y Protección Ambiental que deben cumplir los contratistas y/o proveedores dentro de las instalaciones de PEMEX Petroquímica, sin el cumplimiento de lo anterior, no le será permitido el acceso a las instalaciones.

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DOCUMENTO CONTENIDO FOLIO

01 Especificaciones Técnicas.

02 Aspectos Administrativos.

03 Formato de información para acreditar la existencia y personalidad del licitante

03-A Escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada e intervenir en el Acto de Presentación y Apertura de propuestas.

04 Documentos que deberán ser firmados autógrafamente por el apoderado o representante

05 Formato para la constancia de recepción de documentos que los licitantes entregan a la convocante en el acto de presentación y apertura de propuestas.

06 Formato de propuesta Técnica.

06-A Formato de propuesta Económica.

06-B Modelo de manifestación para integrar el catálogo de proveedores de los sistemas transaccionales de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios

07 Formato para la manifestación de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC´S.

08

Modelo de texto de Fianza que presentará(n) el (los) Licitante(es) adjudicado(s) para:

Garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas de los contratos, los defectos y vicios ocultos de los Bienes y la calidad de los servicios, así como cualquier otra responsabilidad.

09

Modelo de Carta de Crédito STANDBY confirmada que deberá(n) presentar (án) el(los) proveedor(es) y modelo de declaración de beneficiario.

10

Formato para la manifestación para dar cumplimiento a las “REGLAS para la determinación, acreditación y verificación del contenido nacional de los bienes que se ofertan y entregan en los procedimientos de contratación, así como para la aplicación del requisito de contenido nacional en la contratación de obras públicas, que celebren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal” publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 14 de Octubre de 2010.

11 Manifestación del carácter de la documentación que integra la propuesta presentada por el Licitante.

12 Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento. –NO APLICA-

13 Formato de Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios. –NO APLICA-

14 Formato del documento de “Compromisos con la Transparencia”.

15 Nota Informativa para incluir en las Bases de Licitación del Gobierno Federal.

16 Modelo-Guía del Contrato.

17 Causas de desechamiento.

18 Niveles de inspección de bienes.

19 Reglamento de Seguridad e Higiene Industrial y Protección Ambiental.

20 Formato de manifestación escrita de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

21 Determinación y declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados” emitido por la Dirección Corporativa de Operaciones de Petróleos Mexicanos, con fundamento en el articulo decimo tercero transitorio de la Ley de Petróleos Mexicanos.

21-A Formato para la manifestación que deberá presentar el licitante adjudicado o proveedor de los bienes, para dar cumplimiento a lo establecido en el inciso 3.1 del documento 21 “Determinación y declaración del grado de integración nacional de los bienes suministrados”.

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DOCUMENTO CONTENIDO FOLIO

21-B Formato para la manifestación que deberá presentar el licitante adjudicado o proveedor de los bienes, para dar cumplimiento a lo establecido en el inciso 3.2 del documento 21 “Determinación y declaración del grado de integración nacional de los bienes suministrados”.

Para mejor conducción de esta licitación preferentemente se deberán utilizar los formatos integrados a estas bases de licitación, los cuales contienen los datos mínimos necesarios. Podrán utilizar documentos membretados de su empresa los cuales deberán cumplir cuando menos con los datos solicitados en cada formato.

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DOCUMENTO 01

ESPECIFICACIONES TECNICOS

PDA. CANTIDAD MAXIMA DEL CONTRATO

CANTIDAD MINIMA

DEL CONTRATO

UNIDAD DESCRIPCIÓN

1 900 360 LITRO PRIMARIO DE ZINC RECUBRIMIENTO ANTICORROSIVO PRIMARIO, INORGÁNICO RICO EN ZINC, AUTOCURANTE BASE SOLVENTE, SÓLIDOS EN VOLUMEN MÍNIMO 65% ESPECIFICACION PEMEX RP-4 B MODIFICADO GRIS. CARACTERÍSTICAS: NUMERO DE COMPONENTES: 2 PRESENTACIÓN: SERÁ EN RECIPIENTES METÁLICOS Y LA RELACIÓN DE MEZCLA (LITROS) DEL PRODUCTO OFERTADO PODRÁ SER DE ACUERDO A CADA FABRICANTE. DEBERÁ CUMPLIR CON LA NORMA: NRF-053-PEMEX-2006.- "SISTEMAS DE PROTECCIÓN ANTICORROSIVA A BASE DE RECUBRIMIENTOS PARA INSTALACIONES SUPERFICIALES".

2 5,440 2,176 LITRO PRIMARIO EPÓXICO CATALIZADO RECUBRIMIENTO ANTICORROSIVO CON POLIAMIDA DE DOS COMPONENTES, SÓLIDOS EN VOLUMEN MÍNIMO 70%, ESPECIFICACION PEMEX RP-6 MODIFICADO COLOR ROJO OXIDO. NÚMERO DE COMPONENTES: 2 PRESENTACIÓN: SERÁ EN RECIPIENTES METÁLICOS Y LA RELACIÓN DE MEZCLA (LITROS) DEL PRODUCTO OFERTADO PODRÁ SER DE ACUERDO A CADA FABRICANTE. DEBERÁ CUMPLIR CON LA NORMA: NRF-053-PEMEX-2006.- "SISTEMAS DE PROTECCIÓN ANTICORROSIVA A BASE DE RECUBRIMIENTOS PARA INSTALACIONES SUPERFICIALES".

3 6,750 2,700 LITRO ADELGAZADOR PARA PINTURAS 80% METILISOBUTILCETONA 20% XILENO PARA USO EN PRIMARIO EPOXICO CATALIZADO Y ACABADO EPOXICO CATALIZADO DE ALTOS SOLIDOS 80-20. CARACTERÍSTICAS: APARIENCIA: TRANSPARENTE CLARO COMPONENTES: MEZCLA DE HIDROCARBUROS DE MEDIA Y ALTA POLARIDAD Y CONTENIDO DE HUMEDAD MUY BAJO. OLOR: IRRITANTE Y PICANTE PRESENTACIÓN: SERÁ PREFERENTEMENTE EN TAMBORES METÁLICOS DE 200 LITROS +/- 10 %.

4 4,500 1,800 LITRO ADELGAZADOR XILENO 100% SINONIMOS DIMETIL-BENZENO, METIL TOLUENO, O XILOL. CARACTERÍSTICAS: COMPONENTES: HIDROCARBURO AROMATICO FORMULADO A PARTIR DE DIMETILBENCENO DE APARIENCIA CLARA Y TRANSPARENTE OLOR: IRRITANTE Y PICANTE PRESENTACIÓN: SERÁ PREFERENTEMENTE EN TAMBORES METÁLICOS DE 200 LITROS +/- 10 %.

5 1,500 600 LITRO ADELGAZADOR PARA PINTURAS DE BUTIRATO (THINER) CARACTERÍSTICAS: CLASIFICACIÓN: ADELGAZADOR TIPO AMERICANO APARIENCIA Y OLOR: LÍQUIDO TRANSPARENTE CLARO DE OLOR IRRITANTE Y PICANTE. COMPONENTES: MEZCLA DE HIDROCARBUROS AROMÁTICOS, ALIFÁTICOS, SOLVENTES OXIGENADOS, CETONAS Y GLICOETERES. PRESENTACIÓN: SERÁ PREFERENTEMENTE EN TAMBORES METÁLICOS DE 200 LITROS +/- 10 %.

6 6,600 2,640 LITRO ADELGAZADOR PARA PINTURAS ACABADO POLIURETANO RA28 40% XILENO 41% ACETATO DE ETILO 19% ACETATO DE BUTILO CARACTERÍSTICAS: APARIENCIA: TRANSPARENTE CLARO COMPONENTES: MEZCLA DE HIDROCARBUROS DE MEDIA Y ALTA POLARIDAD Y CONTENIDO DE HUMEDAD MUY BAJO. OLOR: IRRITANTE Y PICANTE PRESENTACION: SERA PREFERENTEMENTE EN TAMBORES METÁLICOS CON CAPACIDAD DE 200 LITROS +/- 10 %

7 1,500 600 LITRO ESMALTE ALQUIDALICO BRILLANTE ESPECIFICACION PEMEX RA-20 COLOR

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BLANCO NO 002. CARACTERÍSTICAS PORCENTAJE DE SÓLIDOS EN VOLUMEN: 37 A 48 % COMPONENTES: 1 PRESENTACIÓN: SERÁ EN RECIPIENTES METÁLICOS Y LA RELACIÓN DE MEZCLA (LITROS) DEL PRODUCTO OFERTADO PODRÁ SER DE ACUERDO A CADA FABRICANTE. DEBERÁ CUMPLIR CON LA NORMA: 4.411.01.- "RECUBRIMIENTOS PARA PROTECCIÓN ANTICORROSIVA"

8 900 360 LITRO ESMALTE ALQUIDALICO BRILLANTE ESPECIFICACION PEMEX RA-20 COLOR GRIS 506. CARACTERÍSTICAS PORCENTAJE DE SÓLIDOS EN VOLUMEN: 37 A 48 % COMPONENTES: 1 PRESENTACIÓN: SERÁ EN RECIPIENTES METÁLICOS Y LA RELACIÓN DE MEZCLA (LITROS) DEL PRODUCTO OFERTADO PODRÁ SER DE ACUERDO A CADA FABRICANTE. DEBERÁ CUMPLIR CON LA NORMA: 4.411.01.- "RECUBRIMIENTOS PARA PROTECCIÓN ANTICORROSIVA"

9 600 240 LITRO ESMALTE ALQUIDALICO BRILLANTE ESPECIFICACION PEMEX RA-20 COLOR ROJO NO. 102. CARACTERÍSTICAS PORCENTAJE DE SÓLIDOS EN VOLUMEN: 37 A 48 % COMPONENTES: 1 PRESENTACIÓN: SERÁ EN RECIPIENTES METÁLICOS Y LA RELACIÓN DE MEZCLA (LITROS) DEL PRODUCTO OFERTADO PODRÁ SER DE ACUERDO A CADA FABRICANTE. DEBERÁ CUMPLIR CON LA NORMA: 4.411.01.- "RECUBRIMIENTOS PARA PROTECCIÓN ANTICORROSIVA"

10 300 120 LITRO ESMALTE ALQUIDALICO BRILLANTE ESPECIFICACIÓN PEMEX RA-20 COLOR NEGRO NO 001 CARACTERÍSTICAS PORCENTAJE DE SÓLIDOS EN VOLUMEN: 37 A 48 % COMPONENTES: 1 PRESENTACIÓN: SERÁ EN RECIPIENTES METÁLICOS Y LA RELACIÓN DE MEZCLA (LITROS) DEL PRODUCTO OFERTADO PODRÁ SER DE ACUERDO A CADA FABRICANTE. DEBERÁ CUMPLIR CON LA NORMA: 4.411.01.- "RECUBRIMIENTOS PARA PROTECCIÓN ANTICORROSIVA"

11 1,800 720 LITRO ESMALTE ALQUIDALICO BRILLANTE ESPECIFICACION PEMEX RA-20 NO. 624 COLOR AMARILLO. CARACTERÍSTICAS PORCENTAJE DE SÓLIDOS EN VOLUMEN: 37 A 48 % COMPONENTES: 1 PRESENTACIÓN: SERÁ EN RECIPIENTES METÁLICOS Y LA RELACIÓN DE MEZCLA (LITROS) DEL PRODUCTO OFERTADO PODRÁ SER DE ACUERDO A CADA FABRICANTE. DEBERÁ CUMPLIR CON LA NORMA: 4.411.01.- "RECUBRIMIENTOS PARA PROTECCIÓN ANTICORROSIVA"

12 900 360 LITRO ESMALTE ALQUIDALICO BRILLANTE ESPECIFICACION PEMEX RA-20 COLOR VERDE 302. CARACTERÍSTICAS PORCENTAJE DE SÓLIDOS EN VOLUMEN: 37 A 48 % COMPONENTES: 1 PRESENTACIÓN: SERÁ EN RECIPIENTES METÁLICOS Y LA RELACIÓN DE MEZCLA (LITROS) DEL PRODUCTO OFERTADO PODRÁ SER DE ACUERDO A CADA FABRICANTE. DEBERÁ CUMPLIR CON LA NORMA: 4.411.01.- "RECUBRIMIENTOS PARA PROTECCIÓN ANTICORROSIVA"

13 900 360 LITRO ESMALTE ALQUIDALICO BRILLANTE ESPECIFICACION PEMEX RA-20 COLOR AZUL NO 406 CARACTERÍSTICAS PORCENTAJE DE SÓLIDOS EN VOLUMEN: 37 A 48 % COMPONENTES: 1 PRESENTACIÓN: SERÁ EN RECIPIENTES METÁLICOS Y LA RELACIÓN DE MEZCLA (LITROS) DEL PRODUCTO OFERTADO PODRÁ SER DE ACUERDO A CADA FABRICANTE. DEBERÁ CUMPLIR CON LA NORMA: 4.411.01.- "RECUBRIMIENTOS PARA PROTECCIÓN ANTICORROSIVA"

14 2,500 1,000 LITRO ACABADO VINILICO ALTOS SOLIDOS ESPECIFICACION PEMEX RA-22 COLOR BLANCO 002 CARACTERÍSTICAS: LOS PIGMENTOS NO DEBEN TENER DERIVADOS DE PLOMO. NUMERO DE COMPONENTES: 1 PRESENTACIÓN: SERÁ EN RECIPIENTES METÁLICOS Y LA RELACIÓN DE

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MEZCLA (LITROS) DEL PRODUCTO OFERTADO PODRÁ SER DE ACUERDO A CADA FABRICANTE. DEBERÁ CUMPLIR CON LA NORMA: 4.411.01.- "RECUBRIMIENTOS PARA PROTECCIÓN ANTICORROSIVA"

15 2,500 1,000 LITRO ACABADO VINILICO ALTOS SOLIDOS ESP.PEMEX RA22 (MATE) COLOR GRIS 506 CARACTERÍSTICAS: LOS PIGMENTOS NO DEBEN TENER DERIVADOS DE PLOMO. NUMERO DE COMPONENTES: 1 PRESENTACIÓN: SERÁ EN RECIPIENTES METÁLICOS Y LA RELACIÓN DE MEZCLA (LITROS) DEL PRODUCTO OFERTADO PODRÁ SER DE ACUERDO A CADA FABRICANTE. DEBERÁ CUMPLIR CON LA NORMA: 4.411.01.- "RECUBRIMIENTOS PARA PROTECCIÓN ANTICORROSIVA"

16 600 240 LITRO ACABADO VINILICO ALTOS SOLIDOS ESPECIFICACION PEMEX RA-22 COLOR AMARILLO NUMERO 624 LOS PIGMENTOS NO DEBEN TENER DERIVADOS DE PLOMO. NUMERO DE COMPONENTES: 1 PRESENTACIÓN: SERÁ EN RECIPIENTES METÁLICOS Y LA RELACIÓN DE MEZCLA (LITROS) DEL PRODUCTO OFERTADO PODRÁ SER DE ACUERDO A CADA FABRICANTE. DEBERÁ CUMPLIR CON LA NORMA: 4.411.01.- "RECUBRIMIENTOS PARA PROTECCIÓN ANTICORROSIVA"

17 2,350 940 LITRO ACABADO EPOXICO CATALIZADO POLIAMIDA DE DOS COMPONENTES ALTOS SOLIDOS ESPECIFICACION PEMEX RA-26 MODIFICADO. CARACTERÍSTICAS. COLOR BLANCO 002. PORCENTAJE DE SÓLIDOS EN VOLUMEN: 70 % MÍNIMO NÚMERO DE COMPONENTES: 2 PRESENTACIÓN: SERÁ EN RECIPIENTES METÁLICOS Y LA RELACIÓN DE MEZCLA (LITROS) DEL PRODUCTO OFERTADO PODRÁ SER DE ACUERDO A CADA FABRICANTE. DEBERÁ CUMPLIR CON LA NORMA: NRF-053-PEMEX-2006.- SISTEMAS DE PROTECCIÓN ANTICORROSIVA A BASE DE RECUBRIMIENTOS PARA INSTALACIONES SUPERFICIALES.

18 6,130 2,452 LITRO ACABADO POLIURETANO ACRILICO ALIFATICO DE DOS COMPONENTES ESPECIFICACION PEMEX RA 28 MODIFICADO COLOR BLANCO 002 ACABADO POLIURETANO ACRÍLICO ALIFÁTICO DE DOS COMPONENTES RA-28 MODIFICADO. CARACTERISTICAS. PORCENTAJE DE SÓLIDOS EN VOLUMEN: 65 % MÍNIMO NÚMERO DE COMPONENTES: 2 PRESENTACIÓN: SERÁ EN RECIPIENTES METÁLICOS Y LA RELACIÓN DE MEZCLA (LITROS) DEL PRODUCTO OFERTADO PODRÁ SER DE ACUERDO A CADA FABRICANTE. DEBERÁ CUMPLIR CON LA NORMA: NRF-053-PEMEX-2006.- SISTEMAS DE PROTECCIÓN ANTICORROSIVA A BASE DE RECUBRIMIENTOS PARA INSTALACIONES SUPERFICIALES.

19 2,150 860 LITRO ACABADO POLIURETANO ACRÍLICO-ALIFÁTICO DE DOS COMPONENTES, SÓLIDOS EN VOLUMEN MÍNIMO 65% ESPECIFICACION PEMEX RA-28 MODIFICADO COLOR GRIS 506. ACABADO POLIURETANO ACRÍLICO ALIFÁTICO DE DOS COMPONENTES RA-28 MODIFICADO. CARACTERISTICAS. PORCENTAJE DE SÓLIDOS EN VOLUMEN: 65 % MÍNIMO NÚMERO DE COMPONENTES: 2 PRESENTACIÓN: SERÁ EN RECIPIENTES METÁLICOS Y LA RELACIÓN DE MEZCLA (LITROS) DEL PRODUCTO OFERTADO PODRÁ SER DE ACUERDO A CADA FABRICANTE. DEBERÁ CUMPLIR CON LA NORMA: NRF-053-PEMEX-2006.- SISTEMAS DE PROTECCIÓN ANTICORROSIVA A BASE DE RECUBRIMIENTOS PARA INSTALACIONES SUPERFICIALES.

20 1,840 736 LITRO ACABADO POLIURETANO ACRILICO-ALIFATICO DE DOS COMPONENTES, SÓLIDOS EN VOLUMEN MÍNIMO 65%, ESPECIFICACION PEMEX RA-28 MODIFICADO COLOR VERDE 607. ACABADO POLIURETANO ACRÍLICO ALIFÁTICO DE DOS COMPONENTES RA-28 MODIFICADO. CARACTERISTICAS. PORCENTAJE DE SÓLIDOS EN VOLUMEN: 65 % MÍNIMO NÚMERO DE COMPONENTES: 2 PRESENTACIÓN: SERÁ EN RECIPIENTES METÁLICOS Y LA RELACIÓN DE MEZCLA (LITROS) DEL PRODUCTO OFERTADO PODRÁ SER DE ACUERDO A CADA FABRICANTE. DEBERÁ CUMPLIR CON LA NORMA: NRF-053-PEMEX-2006.- SISTEMAS DE PROTECCIÓN ANTICORROSIVA A BASE DE RECUBRIMIENTOS PARA INSTALACIONES SUPERFICIALES.

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21 1,600 640 LITRO ACABADO POLIURETANO ACRÍLICO-ALIFÁTICO DE DOS COMPONENTES, SÓLIDOS EN VOLUMEN MÍNIMO 65% ESPECIFICACION PEMEX RA-28 MODIFICADO COLOR AZUL 406. ACABADO POLIURETANO ACRÍLICO ALIFÁTICO DE DOS COMPONENTES RA-28 MODIFICADO. CARACTERISTICAS. PORCENTAJE DE SÓLIDOS EN VOLUMEN: 65 % MÍNIMO NÚMERO DE COMPONENTES: 2 PRESENTACIÓN: SERÁ EN RECIPIENTES METÁLICOS Y LA RELACIÓN DE MEZCLA (LITROS) DEL PRODUCTO OFERTADO PODRÁ SER DE ACUERDO A CADA FABRICANTE. DEBERÁ CUMPLIR CON LA NORMA: NRF-053-PEMEX-2006.- SISTEMAS DE PROTECCIÓN ANTICORROSIVA A BASE DE RECUBRIMIENTOS PARA INSTALACIONES SUPERFICIALES.

22 1,700 680 LITRO ACABADO POLIURETANO ACRÍLICO-ALIFÁTICO DE DOS COMPONENTES, SÓLIDOS EN VOLUMEN MÍNIMO 65%, ESPECIFICACION PEMEX RA-28 MODIFICADO COLOR AZUL 404. ACABADO POLIURETANO ACRÍLICO ALIFÁTICO DE DOS COMPONENTES RA-28 MODIFICADO. CARACTERISTICAS. PORCENTAJE DE SÓLIDOS EN VOLUMEN: 65 % MÍNIMO NÚMERO DE COMPONENTES: 2 PRESENTACIÓN: SERÁ EN RECIPIENTES METÁLICOS Y LA RELACIÓN DE MEZCLA (LITROS) DEL PRODUCTO OFERTADO PODRÁ SER DE ACUERDO A CADA FABRICANTE. DEBERÁ CUMPLIR CON LA NORMA: NRF-053-PEMEX-2006.- SISTEMAS DE PROTECCIÓN ANTICORROSIVA A BASE DE RECUBRIMIENTOS PARA INSTALACIONES SUPERFICIALES.

23 1,360 544 LITRO ACABADO POLIURETANO ACRILICO-ALIFATICO DE DOS COMPONENTES, SÓLIDOS EN VOLUMEN MÍNIMO 65%, ESPECIFICACION PEMEX RA-28 MODIFICADO COLOR AMARILLO 624. ACABADO POLIURETANO ACRÍLICO ALIFÁTICO DE DOS COMPONENTES RA-28 MODIFICADO. CARACTERISTICAS. PORCENTAJE DE SÓLIDOS EN VOLUMEN: 65 % MÍNIMO NÚMERO DE COMPONENTES: 2 PRESENTACIÓN: SERÁ EN RECIPIENTES METÁLICOS Y LA RELACIÓN DE MEZCLA (LITROS) DEL PRODUCTO OFERTADO PODRÁ SER DE ACUERDO A CADA FABRICANTE. DEBERÁ CUMPLIR CON LA NORMA: NRF-053-PEMEX-2006.- SISTEMAS DE PROTECCIÓN ANTICORROSIVA A BASE DE RECUBRIMIENTOS PARA INSTALACIONES SUPERFICIALES.

24 900 360 LITRO ACABADO POLIURETANO ACRÍLICO-ALIFÁTICO DE DOS COMPONENTES, SÓLIDOS EN VOLUMEN MÍNIMO 65%, ESPECIFICACION PEMEX RA-28 MODIFICADO COLOR NARANJA 200. ACABADO POLIURETANO ACRÍLICO ALIFÁTICO DE DOS COMPONENTES RA-28 MODIFICADO. CARACTERISTICAS. PORCENTAJE DE SÓLIDOS EN VOLUMEN: 65 % MÍNIMO NÚMERO DE COMPONENTES: 2 PRESENTACIÓN: SERÁ EN RECIPIENTES METÁLICOS Y LA RELACIÓN DE MEZCLA (LITROS) DEL PRODUCTO OFERTADO PODRÁ SER DE ACUERDO A CADA FABRICANTE. DEBERÁ CUMPLIR CON LA NORMA: NRF-053-PEMEX-2006.- SISTEMAS DE PROTECCIÓN ANTICORROSIVA A BASE DE RECUBRIMIENTOS PARA INSTALACIONES SUPERFICIALES.

25 1,800 720 LITRO RECUBRIMIENTO ESPECIAL A BASE DE RESINA ACRILICA SILICONIZADA CON PIGMENTO DE ALUMINIO, QUE RESISTAN TEMPERATURAS DE 353 K HASTA 563 K (DE 80° C A 260°C), SÓLIDOS EN VOLUMEN MINIMO 40%, PEMEX RE-30 A MODIFICADO, COLOR ALUMINIO CARACTERÍSTICAS. PORCENTAJE DE SÓLIDOS EN VOLUMEN: 40 % MÍNIMO NUMERO DE COMPONENTES: 1 PRESENTACIÓN: SERÁ EN RECIPIENTES METÁLICOS Y LA RELACIÓN DE MEZCLA (LITROS) DEL PRODUCTO OFERTADO PODRÁ SER DE ACUERDO A CADA FABRICANTE. DEBERÁ CUMPLIR CON LA NORMA: NRF-053-PEMEX-2006.- "SISTEMAS DE PROTECCIÓN ANTICORROSIVA A BASE DE RECUBRIMIENTOS PARA INSTALACIONES SUPERFICIALES".

26 1,800 720 LITRO RECUBRIMIENTO ESPECIAL A BASE DE RESINA DE SILICON CON PIGMENTO DE ALUMINIO QUE RESISTAN TEMPERATURAS DE 533 K A 833 K (DE 260 GRADOS CENTIGRADOS A 560 GRADOS CENTIGRADO) SÓLIDOS EN VOLUMEN MINIMO 40% PEMEX RE-30 B MODIFICADO COLOR ALUMINIO CARACTERÍSTICAS. PORCENTAJE DE SÓLIDOS EN VOLUMEN: 40 % MÍNIMO NUMERO DE COMPONENTES: 1

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PRESENTACIÓN: SERÁ EN RECIPIENTES METÁLICOS Y LA RELACIÓN DE MEZCLA (LITROS) DEL PRODUCTO OFERTADO PODRÁ SER DE ACUERDO A CADA FABRICANTE. DEBERÁ CUMPLIR CON LA NORMA: NRF-053-PEMEX-2006.- "SISTEMAS DE PROTECCIÓN ANTICORROSIVA A BASE DE RECUBRIMIENTOS PARA INSTALACIONES SUPERFICIALES".

27 1,200 480 LITRO RECUBRIMIENTO PRIMARIO ELABORADO CON RESINAS DE HULE CLORADO PLASTIFICADAS PARA SEÑALAMIENTO DE TRAFICO COLOR BLANCO 002. CARACTERÍSTICAS: PORCENTAJE DE SOLIDOS EN VOLUMEN: 35% MINIMO NUMERO DE COMPONENTES: 1 PRESENTACIÓN: SERÁ EN RECIPIENTES METÁLICOS Y LA RELACIÓN DE MEZCLA (LITROS) DEL PRODUCTO OFERTADO PODRÁ SER DE ACUERDO A CADA FABRICANTE. DEBERÁ CUMPLIR CON LA NORMA: 4.411.01.- "RECUBRIMIENTOS PARA PROTECCIÓN ANTICORROSIVA"

28 7,100 2,840 LITRO RECUBRIMIENTO PRIMARIO ELABORADO CON RESINAS DE HULE CLORADO PLASTIFICADAS PARA SEÑALAMIENTO DE TRAFICO COLOR AMARILLO 624. CARACTERÍSTICAS: PORCENTAJE DE SOLIDOS EN VOLUMEN: 35% MINIMO NUMERO DE COMPONENTES: 1 PRESENTACIÓN: SERÁ EN RECIPIENTES METÁLICOS Y LA RELACIÓN DE MEZCLA (LITROS) DEL PRODUCTO OFERTADO PODRÁ SER DE ACUERDO A CADA FABRICANTE. DEBERÁ CUMPLIR CON LA NORMA: 4.411.01.- "RECUBRIMIENTOS PARA PROTECCIÓN ANTICORROSIVA"

29 15,970 6,388 LITRO PINTURA LATEX TIPO I COLOR BLANCO 002 DILUIBLE CON AGUA, DENSIDAD MINIMA 1.2 KILOGRAMOS POR LITRO SECADO AL TACTO DE 60 MINUTOS MAXIMO CARACTERÍSTICAS: PORCENTAJE DE SÓLIDOS: 48 A 50%. ACABADO SATINADO DE 25 A 35 UNIDADES DE BRILLO. NUMERO DE COMPONENTES: 1 PRESENTACIÓN: SERÁ EN RECIPIENTES PLÁSTICOS. DEBERÁ CUMPLIR CON LA NORMA: NMX-C-423-ONNCCE-2003.- "INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN PINTURAS -PINTURAS LÁTEX (ANTES PINTURAS VINÍLICAS)- ESPECIFICACIONES Y MÉTODOS DE PRUEBA.

30 3,000 1,200 LITRO PINTURA LATEX TIPO III COLOR GRIS 506, DILUIBLE CON AGUA DENSIDAD MINIMA DE 1.2 KILOGRAMOS POR LITRO SECADO AL TACTO DE 60 MINUTOS CARACTERÍSTICAS: PORCENTAJE DE SÓLIDOS: 48 A 50%. ACABADO SATINADO DE 25 A 35 UNIDADES DE BRILLO. NUMERO DE COMPONENTES: 1 PRESENTACIÓN: SERÁ EN RECIPIENTES PLÁSTICOS. DEBERÁ CUMPLIR CON LA NORMA: NMX-C-423-ONNCCE-2003.- "INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN PINTURAS - PINTURAS LÁTEX (ANTES PINTURAS VINÍLICAS)- ESPECIFICACIONES Y MÉTODOS DE PRUEBA.

31 3,600 1,440 LITRO PINTURA LATEX TIPO III COLOR AMARILLO 624 DILUIBLE CON AGUA DENSIDAD MINIMA 1.2. KILOGRAMOS POR LITRO SECADO AL TACTO DE 60 MINUTOS MAXIMO CARACTERÍSTICAS: PORCENTAJE DE SÓLIDOS: 48 A 50%. ACABADO SATINADO DE 25 A 35 UNIDADES DE BRILLO. NUMERO DE COMPONENTES: 1 PRESENTACIÓN: SERÁ EN RECIPIENTES PLÁSTICOS. DEBERÁ CUMPLIR CON LA NORMA: NMX-C-423-ONNCCE-2003.- "INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN PINTURAS - PINTURAS LÁTEX (ANTES PINTURAS VINÍLICAS)- ESPECIFICACIONES Y MÉTODOS DE PRUEBA.

32 4,000 1,600 LITRO PINTURA LATEX TIPO IV COLOR AZUL 006 DILUIBLE CON AGUA DENSIDAD MINIMA 1.2 KILOGRAMOS POR LITRO SECADO AL TACTO DE 60 MIUTOS MAXIMO CARACTERÍSTICAS: PORCENTAJE DE SÓLIDOS: 48 A 50%. ACABADO SATINADO DE 25 A 35 UNIDADES DE BRILLO. NUMERO DE COMPONENTES: 1 PRESENTACIÓN: SERÁ EN RECIPIENTES PLÁSTICOS. DEBERÁ CUMPLIR CON LA NORMA: NMX-C-423-ONNCCE-2003.- "INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN PINTURAS - PINTURAS LÁTEX (ANTES PINTURAS VINÍLICAS)- ESPECIFICACIONES Y MÉTODOS DE PRUEBA.

33 1,500 600 LITRO PINTURA LATEX TIPO IV COLOR NEGRO 001 DILUIBLE CON AGUA DENSIDAD

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MINIMA 1.2 KILOGRAMOS POR LITRO, SECADO AL TACTO DE 60 MINUTOS MAXIMO CARACTERÍSTICAS: PORCENTAJE DE SÓLIDOS: 48 A 50%. ACABADO SATINADO DE 25 A 35 UNIDADES DE BRILLO. NUMERO DE COMPONENTES: 1 PRESENTACIÓN: SERÁ EN RECIPIENTES PLÁSTICOS. DEBERÁ CUMPLIR CON LA NORMA: NMX-C-423-ONNCCE-2003.- "INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN PINTURAS - PINTURAS LÁTEX (ANTES PINTURAS VINÍLICAS)- ESPECIFICACIONES Y MÉTODOS DE PRUEBA.

34 1,500 600 LITRO PINTURA LATEX TIPO IV COLOR ROJO 619 DILUIBLE CON AGUA DENSIDAD MINIMA 1.2 KILOGRAMOS POR LITRO SECADO AL TACTO DE 60 MINUTOS MAXIMO. CARACTERÍSTICAS: PORCENTAJE DE SÓLIDOS: 48 A 50%. ACABADO SATINADO DE 25 A 35 UNIDADES DE BRILLO. NUMERO DE COMPONENTES: 1 PRESENTACIÓN: SERÁ EN RECIPIENTES PLÁSTICOS. DEBERÁ CUMPLIR CON LA NORMA: NMX-C-423-ONNCCE-2003.- "INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN PINTURAS - PINTURAS LÁTEX (ANTES PINTURAS VINÍLICAS)- ESPECIFICACIONES Y MÉTODOS DE PRUEBA.

35 300 120 LITRO ACABADO POLIURETANO ACRÍLICO-ALIFÁTICO DE DOS COMPONENTES, SÓLIDOS EN VOLUMEN MÍNIMO 65% ESPECIFICACION PEMEX RA-28 MODIFICADO COLOR NEGRO 001. ACABADO POLIURETANO ACRÍLICO ALIFÁTICO DE DOS COMPONENTES RA-28 MODIFICADO. CARACTERISTICAS. PORCENTAJE DE SÓLIDOS EN VOLUMEN: 65 % MÍNIMO NÚMERO DE COMPONENTES: 2 PRESENTACIÓN: SERÁ EN RECIPIENTES METÁLICOS Y LA RELACIÓN DE MEZCLA (LITROS) DEL PRODUCTO OFERTADO PODRÁ SER DE ACUERDO A CADA FABRICANTE. DEBERÁ CUMPLIR CON LA NORMA: NRF-053-PEMEX-2006.- SISTEMAS DE PROTECCIÓN ANTICORROSIVA A BASE DE RECUBRIMIENTOS PARA INSTALACIONES SUPERFICIALES.

1.-NORMAS APLICABLES. PARA LAS PINTURAS, RECUBRIMIENTOS Y SOLVENTES DE ESTA REQUISICIÓN SE DEBERÁ DAR CUMPLIMIENTO A LAS NORMAS: NORMA NRF-053-PEMEX-2006.- SISTEMAS DE PROTECCIÓN ANTICORROSIVA A BASE DE RECUBRIMIENTOS PARA INSTALACIONES SUPERFICIALES. EN EL NUMERAL 8.3. "TIPOS GENÉRICOS DE RECUBRIMIENTOS Y SUS CARACTERÍSTICAS". LE APLICA A LAS PARTIDAS: 1, 2, 17, 18, 19, 20, 21, 22,23, 24, 25, 26 Y 35. NORMA UNT: P.4.411.01.- RECUBRIMIENTO PARA PROTECCION ANTICORROSIVA. EL NUMERAL 4.11 "ESPECIFICACIÓN PEMEX-RA-20". LE APLICA A LAS PARTIDAS: 7, 8, 9, 10, 11, 12 Y 13. EL NUMERAL 4.13 "ESPECIFICACIÓN PEMEX-RA-22". LE APLICA A LAS PARTIDAS: 14, 15 Y 16. EL NUMERAL 4.9 "DENOMINACIÓN HULE CLORADO". LE APLICA A LAS PARTIDAS: 27 Y 28. LA TONALIDAD DE LOS COLORES QUE APLICAN EN ESTA REQUISICIÓN DEBERÁN SER DE ACUERDO AL CÓDIGO DE COLORES ESTABLECIDO EN LA TABLA No.1, LISTA DE COLORES Y SU EQUIVALENCIA CON EL CODIGO PANTONE MATCHING SYSTEM, ESTABLECIDO EN LA NORMA NRF-009-PEMEX-2004.- IDENTIFICACIÓN POR PRODUCTOS TRANSPORTADOS POR TUBERÍAS O CONTENIDOS EN TANQUES DE ALMACENAMIENTO. LE APLICA A LAS PARTIDAS 7 A LA 35. NORMA NMX-C-423-ONNCCE-2003.- "INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN PINTURAS - PINTURAS LÁTEX (ANTES PINTURAS VINÍLICAS)- SPECIFICACIONES Y MÉTODOS DE PRUEBA. NUMERAL 5. CLASIFICACIÓN Y DESIGNACIÓN DEL PRODUCTO. LE APLICA A LAS PARTIDAS: 29, 30, 31, 32, 33 Y 34. 2.- REQUISITOS QUE DEBERÁ CUMPLIR EL LICITANTE. PARA EFECTOS DE EVALUACION TECNICA EL LICITANTE DEBERA PRESENTAR EN SU ROPUESTA TÉCNICA:

2.1.- ORIGINAL Ó COPIA SIMPLE Y LEGIBLE DE LA FICHA TÉCNICA DE LOS BIENES PROPUESTOS QUE SEA EMITIDA POR EL FABRICANTE, EN LA FICHA TÉCNICA DEBERÁ INDICAR LA MARCA Y LOS PARAMETROS ESTABLECIDOS EN CADA UNA DE LAS PARTIDAS PARA VERIFICAR SU CUMPLIMIENTO. 2.2.-EL LICITANTE DEBERÁ INDICAR EN SU PROPUESTA, LA MARCA DE CADA PRODUCTO OFERTADO, Y PARA TODAS LAS PARTIDAS DEBERÁ INCLUIR EL COLOR, EL NUMERO DE COMPONENTES DE LA MEZCLA, EL PORCENTAJE MÍNIMO DE SÓLIDOS EN VOLÚMEN. 2.3.- EL LICITANTE DEBERÁ MANIFESTAR EN SU PROPUESTA QUE LOS BIENES OFERTADOS SERÁN NUEVOS Y DE RECIENTE FABRICACIÓN.

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3.1.-EL PROVEEDOR DEBERÁ ENTREGAR LOS BIENES EN EL ALMACEN DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS DANDO CUMPLIMIENTO A LO SIGUIENTE: a).- ADJUNTAR LAS FICHAS TECNICAS Y LA INFORMACION ADICIONAL EN ORIGINAL O COPIAS LEGIBLES QUE COMPRUEBEN QUE LOS BIENES SUMINISTRADOS CUMPLAN CON LAS CARACTERISTICAS SOLICITADAS EN LA MARCA PROPUESTA, ESPECIFICANDO ADEMÁS DE LA CANTIDAD SUMINISTRADA Y EL NÚMERO DE LOTE, LAS TEMPERATURAS MÁXIMA Y MÍNIMA DE APLICACIÓN Y CURADO, ASÍ COMO OTRAS LIMITANTES RELEVANTES Y RELACIONADAS CON LAS CONDICIONES DE APLICACIÓN Y CURADO. LE APLICA A TODAS LAS PARTIDAS. b).-ENTREGAR LA DOCUMENTACIÓN EN LA CUÁL SE INDIQUE QUE LAS PRUEBAS A LAS MUESTRAS DE LOS RECUBRIMIENTOS SE REALIZARÓN POR EL FABRICANTE EN LABORATORIOS ACREDITADOS POR EMA (ENTIDAD MEXICANA DE ACREDITACIÓN) O POR UN ORGANISMO INTERNACIONAL DE ACREDITACIÓN QUE TENGA RECONOCIMIENTO MUTUO CON EMA. EN CUMPLIMIENTO A LO INDICADO A LA NORMA NRF-053-PEMEX-2006.- SISTEMAS DE PROTECCIÓN ANTICORROSIVA A BASE DE RECUBRIMIENTOS PARA INSTALACIONES SUPERFICIALES. LOS INFORMES DE LAS MUESTRAS EVALUADAS POR EL LABORATORIO DE PRUEBA SERÁN VIGENTES HASTA QUE EXISTA UNA MODIFICACIÓN A LA CITADA NORMA. LE APLICA A LAS PARTIDAS 1, 2, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26 Y 35. c).- ENTREGAR LA HOJA DE SEGURIDAD DEL PRODUCTO QUE OFERTÓ (INFORMACIÓN DE RIESGO), EN ORIGINAL O COPIA LEGIBLE. LE APLICA A TODAS LAS PARTIDAS. d).- ACOMPAÑAR A CADA LOTE DE ENTREGA LA HOJA DE RESULTADOS DE ANÁLISIS DEL LABORATORIO DE LOS RECUBRIMIENTOS DEL FABRICANTE. LE APLICA A TODAS LAS PARTIDAS. e).-LA CAPACIDAD DE ALMACENAJE Ó LA PRESENTACIÓN DE LOS RECIPIENTES METÁLICOS Ó PLÁSTICOS DE LOS BIENES SUMINISTRADOS POR EL PROVEEDOR, PODRÁN SER DE ACUERDO A LO OFERTADO POR CADA FABRICANTE, SIN EMBARGO DEBERÁ DAR CUMPLIMIENTO A LAS CANTIDADES SOLICITADAS EN LITROS PARA CADA PARTIDA. f).- EL PERIODO DE CADUCIDAD DEL PRODUCTO SERÁ MÍNIMO DE 6 MESES A PARTIR DE LA ENTREGA DE LOS BIENES EN EL ALMACEN DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS.

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DOCUMENTO 02

ASPECTOS ADMINISTRATIVOS

1.- Consulta y/u obtención de las Bases de la Licitación

1.1 Para consulta

1.2 Pago de Bases.

2.- Información General sobre el Procedimiento

2.1 Condiciones Generales de la Licitación.

3.- Eventos previos a la presentación de propuestas

3.1 Visitas a los sitios de instalación de los bienes. –NO APLICA-

3.2 Junta(s) de aclaraciones a las Bases de Licitación.

3.3 Modificaciones a la convocatoria y bases de licitación.

3.4 Etapa de precalificación.

4.- Requisitos que deberán cumplir los licitantes e instrucciones para elaborar las propuestas y desarrollo del procedimiento.

4.1 Condiciones y formalidades para la presentación de propuestas por medios remotos de comunicación electrónica. –NO APLICA-.

4.2 Indicaciones generales para el desarrollo de los actos

4.3 Acto de presentación y apertura de propuestas

4.4 Métodos y Criterios de evaluación de propuestas

4.4.1 Criterios de evaluación de aspectos técnicos y legales.

4.4.2 Criterios de evaluación de aspectos económicos

4.4.3 Procedimiento de desempate de ofertas iguales en precio.

4.5 Negociación de precios–NO APLICA-.

5.- Criterios de adjudicación.

5.1 Abastecimiento simultáneo. –NO APLICA-

6.- Casos en que se declarará desierta la licitación.

7.- Cancelación de la licitación, partidas o conceptos incluidos en éstas.

8.- Causas de desechamiento de propuestas.

9.- Fallo.

10.- Inconformidades.

11.- Compromisos con la transparencia.

12.- Firma del contrato.

13.- Aspectos contractuales básicos.

13.1 Contrato abierto.

13.1.1 Vigencia.

13.1.2 Cantidad(es) del Contrato.

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13.1.3 Ordenes de suministro.

13.2 Condición, plazo y lugar de entrega de los Bienes.

13.3 Inspección de los Bienes

13.3.1 Devolución y Reposición de Bienes

13.4 Garantías

13.4.1 Devolución y Reposición de Bienes

13.5 Anticipo –NO APLICA-

13.6 Condiciones y forma de pago

13.6.1 Ajuste de precios

13.7 Facturación

13.8 Penalizaciones

13.9 Recisión Administrativa del Contrato

13.10 Información Reservada y Confidencial

13.11 Seguros

13.12 Fuentes de Financiamiento –NO APLICA-

13.13 Propiedad Industrial y Derechos de Autor

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Documento 02

ASPECTOS ADMINISTRATIVOS.

Información General Este procedimiento de contratación se convoca: Nacional Bajo la Reserva Permanente y transitoria de los Capítulos de Compras del Sector Público de los Tratados de Libre Comercio. Este procedimiento de contratación se realiza bajo la reserva permanente de los Capítulos de Compras del Sector Público de los Tratados de Libre Comercio que se citan a continuación: TLC México-América del Norte, TLC México-Costa Rica, TLC México-Nicaragua, TLC México-Israel, TLC México-Colombia, TLC México-Asociación Europea de Libre Comercio (AELC) y TLC México-Unión Europea (TLCUE), y bajo la reserva transitoria de los Capítulos de Compras del Sector Público de los Tratados de Libre Comercio que se citan a continuación: TLC-México-Japón y TLC México Chile. Esta licitación se llevará a cabo de manera presencial. No se aceptará el envío de propuestas por medios de comunicación electrónica, por servicio postal o de mensajería. 1. Consulta y/u obtención de las Bases de la Licitación. La publicación de las bases de la Licitación Pública, se realizará a través de la página electrónica de Pemex Petroquímica (www.ptq.pemex.com), asimismo, la Convocante pondrá a disposición de los licitantes dichas bases, de acuerdo a lo siguiente:

1.1 Para consulta: :

A) En las oficinas de la Convocante en el horario comprendido de las 8:00 horas a las 16:00 horas en días hábiles, en el interior del Centro de Trabajo en la ventanilla No. 2 del Área de Atención a Proveedores de la Jefatura de Adquisiciones, localizada en Ejido Pajaritos S/N, C.P. 96400, Allende, Coatzacoalcos, Ver., México.

B) A través de la página electrónica de Pemex Petroquímica en la dirección electrónica:

http://www.ptq.pemex.com.

1.2 Pago de bases:

El pago de las Bases de la Licitación se deberá realizar a elección del licitante, utilizando cualquiera de las opciones que se indican a continuación:

A) A través del sistema de pago en banco, mediante deposito en firme en BBVA BANCOMER, en la cuenta No.0152025868, con Clabe Interbancaria No. 012790001520258684 a nombre de PEMEX PETROQUIMICA MORELOS y tienen un costo de $ M.N. (_________ pesos 66/100 M.N.) incluido el I.V.A.

B) En el domicilio de la Convocante en el horario comprendido de las 08:30 horas a las 14:00 horas en días hábiles, ubicadas en el interior del Centro de Trabajo en la ventanilla del Área de Atención a Proveedores de la Jefatura de Adquisiciones, localizada en Ejido Pajaritos S/N, C.P. 96400, Allende, Coatzacoalcos, Ver., México, y tienen un costo de $ 509.66 M.N. (________________ pesos 66/100 M.N.) incluido el I.V.A. El

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pago solo podrá hacerse mediante entrega de cheque certificado o de caja a nombre de Pemex Petroquímica, expedido por institución bancaria autorizada para operar en la República Mexicana.

Para lo cual deberán presentar un escrito, en el que expresen su interés en participar en el procedimiento, por si o en representación de un tercero, manifestando en todos los casos los datos generales del interesado y, en su caso, del representante, utilizando el formato del Documento 03-A anexo. La convocante les extenderá un formato de pago (3 originales), para que se realice el pago de las bases en la Ventanilla Única del Área de Finanzas, ubicada en el interior del Centro de Trabajo, debiendo devolver un original debidamente sellado por la Ventanilla Única del Área de Finanzas, a la ventanilla del Área de Atención a Proveedores de la Jefatura de Adquisiciones.

Será obligatorio presentar el recibo de pago correspondiente para participar en cualquiera de los eventos de esta licitación. Las bases de licitación estarán disponibles en la página de Internet de la convocante, en la dirección electrónica: www.ptq.pemex.com, siendo responsabilidad de los licitantes conocer su contenido.

En el caso de propuestas conjuntas (consorcios), bastará que alguno de los integrantes del consorcio, realice el pago de bases de acuerdo a lo indicado en los párrafos anteriores. La fecha límite de pago de bases de licitación será el día: __________________. Pemex Petroquímica, no se responsabiliza de la devolución del importe de los pagos que se realicen con posterioridad a la fecha límite: __________________. Para el caso de pago a través del sistema en banco, Pemex Petroquímica se reserva el derecho de verificar que el pago que se haya realizado por el licitante cumpla con lo establecido en estas bases, caso contrario, será motivo para desechar la propuesta. La fecha de pago que conste en dicho comprobante, deberá ser como máximo la fecha límite de pago de bases, que se indica en las presentes bases. 2. Información General sobre el Procedimiento.

2.1. Condiciones Generales de la Licitación. No podrán participar las personas físicas o morales que se encuentren en alguno de los supuestos que señala el artículo 53 fracción V de la Ley, así como el artículo 12 de las DAC´S.

3. Eventos previos a la presentación de propuestas

3.1 Visitas a los sitios de instalación de los bienes. No aplica.

3.2 Junta(s) de aclaraciones a las Bases de Licitación.

La(s) junta(s) de aclaración a las Bases de Licitación se llevará a cabo el día 00 de _________ de 2011 a las 00:00 horas, en la sala de juntas de LICITACIONES, localizada en el EDIFICIO DE LA SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES, ubicada en Ejido Pajaritos S/N, SC. C.P. 96400, Allende, Coatzacoalcos, Veracruz México, siendo optativa la asistencia de los licitantes a las reuniones que, en su caso, se realicen.

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Las dudas, planteamientos y solicitudes de modificación relacionadas con las bases de licitación, se deberán acompañar de copia simple legible del recibo de pago correspondiente, pudiendo solicitarlas por cualquiera de los medios que se indican a continuación:

1. Enviarse por correo electrónico a las siguientes direcciones [email protected] y [email protected], a más tardar cuarenta y ocho horas antes de la fecha y hora en que se vaya a realizar la junta de aclaraciones ó

2. Entregarlas personalmente en el interior del Centro de Trabajo en la ventanilla del Área de Atención a Proveedores de la Jefatura de Adquisiciones, en el domicilio de la convocante ubicado en Ejido Pajaritos S/N, C.P. 96400, sito en Allende, Coatzacoalcos, Ver., México, a más tardar cuarenta y ocho horas antes de la fecha y hora en que se vaya a realizar la junta de aclaraciones.

Solamente se atenderán las solicitudes de aclaración a las bases de la licitación, de las personas que hayan realizado el pago de bases de la licitación conforme a lo indicado en el párrafo anterior (punto 1 y 2) de las presentes

bases, caso contrario, se les permitirá su asistencia sin poder formular preguntas ni aclaraciones. Por lo que, las

preguntas presentadas con posterioridad a dicho plazo, no serán atendidas por considerarse extemporáneas. Concluida la última junta de aclaraciones, no se recibirán más preguntas.

Preferentemente indicar el numeral de las Bases de Licitación al que hacen referencia sus dudas, planteamientos y solicitudes de modificación. Pemex Petroquímica podrá celebrar el número de juntas de aclaraciones que considere necesarias, por lo que al concluirse la primera junta se podrá señalar el lugar, fecha y hora para la celebración de la siguiente junta. De cada junta de aclaraciones se levantará un acta, que contendrá la firma de los asistentes interesados y de los servidores públicos que intervengan, así como las preguntas formuladas por los licitantes, las respuestas de Pemex Petroquímica y, en su caso, se señalará la fecha, lugar y hora para la celebración de la siguiente junta de aclaraciones; debiéndose entregar copia a los interesados presentes y estará a disposición de los licitantes que no hayan asistido, en las oficinas de la Convocante en el horario comprendido de las 08:30 horas a las 14:00 horas en días hábiles, ubicadas en el interior del Centro de Trabajo en la ventanilla del Área de Atención a Proveedores de la Jefatura de Adquisiciones, localizada en Ejido Pajaritos S/N, C.P. 96400, Allende, Coatzacoalcos, Ver., México, así como en la página www.ptq.pemex.com, siendo responsabilidad de los licitantes conocer su contenido.

La falta de firma de algún licitante al acta, no invalidará su contenido y efectos.

La inasistencia de algún Interesado a la(s) junta(s) de aclaraciones, no lo relevará de su obligación de acatar las decisiones que de ellas se deriven, por lo cual podrá acudir con la debida oportunidad a las oficinas de la Convocante en el horario comprendido de las 08:30 horas a las 14:00 horas en días hábiles, ubicadas en el interior del Centro de Trabajo en la ventanilla del Área de Atención a Proveedores de la Jefatura de Adquisiciones, localizada en Ejido Pajaritos S/N, C.P. 96400, Allende, Coatzacoalcos, Ver., México, o bien podrá consultar el acta de dicha junta en la página de Internet www.ptq.pemex.com. Asimismo, los licitantes se darán por notificados del acta que se levante en la junta de aclaraciones de que se trate, cuando ésta se encuentre a su disposición en la página de Internet www.ptq.pemex.com independientemente de que pueda acudir al domicilio de la convocante.

3.3 Modificaciones a la convocatoria y bases de licitación.

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Pemex Petroquímica podrá realizar modificaciones a los requisitos, documentación requerida, plazos u otros aspectos establecidos en la convocatoria o en las bases de licitación, en la forma dispuesta en estas últimas, haciendo del conocimiento de los participantes, dichas modificaciones en la(s) junta(s) de aclaraciones o a través de los mismos medios utilizados y bajo las mismas condiciones para su publicación. El plazo entre la difusión de las modificaciones y la fecha en que se realice el Acto de Presentación y Apertura de Propuestas, no podrá ser inferior a diez días naturales. Cualquier modificación a la convocatoria y/o a las bases derivada de la o la(s) junta(s) de aclaraciones, será considerada como parte integrante de las propias bases, por lo tanto los licitantes deberán considerarlas para la elaboración de su propuesta. Pemex Petroquímica entregará una versión final de las bases de licitación a todos los licitantes, que contengan las modificaciones derivadas de las juntas de aclaraciones, el día hábil siguiente de la última junta de aclaraciones; o bien, en dicha junta se les informara la fecha en que se entregarán y estarán disponibles en el portal de Pemex Petroquímica, en la dirección electrónica: www.ptq.pemex.com. Los licitantes se darán por notificados de la versión final de las bases de licitación, cuando ésta se encuentre a su

disposición en la página de Internet www.ptq.pemex.com, independientemente de que pueda acudir a solicitarla al

domicilio de la convocante.

3.4 Etapa de precalificación.

Para el presente procedimiento de licitación no habrá precalificación. 4. Requisitos que deberán cumplir los licitantes e instrucciones para elaborar las propuestas y desarrollo del procedimiento. El licitante deberá cumplir con los siguientes requisitos para poder participar en el procedimiento de licitación:

A) Únicamente podrán participar personas de nacionalidad mexicana. Acreditar su existencia y personalidad jurídica, mediante un escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, escrito que deberá contener los datos que se citan en el Documento 03, deberá proporcionar una dirección de correo electrónico, en caso de contar con él. El apoderado o representante que firme el Documento 03, deberá ser quien firme autógrafamente la proposición. Los licitantes entregarán junto con el sobre cerrado, copia simple por ambos lados de su identificación oficial vigente con fotografía, tratándose de personas físicas y, en el caso de personas morales, de la persona que firme la proposición. Únicamente podrán participar licitantes que hayan pagado las bases de licitación, debiendo presentar copia simple legible del recibo de pago correspondiente dentro o fuera del sobre de su propuesta.

B) Elaborar y entregar la proposición; la documentación distinta a ésta; así como las manifestaciones requeridas

en estas bases de licitación, deberán entregarse en idioma español, sin tachaduras o enmendaduras. La

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proposición deberá estar firmada autógrafamente por persona facultada para ello en la última hoja del documento que la contenga, mismos que se relacionan en el Documento 04. La proposición se presentará dentro de sobre(s) cerrado(s), preferentemente identificado con la siguiente información: Nombre o razón social y domicilio del licitante. Número de licitación. Debido a la necesidad de mantener un orden en el manejo de la documentación, se solicita preferentemente presentar la propuesta foliada en papel membretado de la empresa, establecer un índice del contenido de la propuesta, el folio se aplicará también a todas las hojas de información complementaria. El incumplimiento a lo establecido en este párrafo, no será motivo para desechar la propuesta.

C) Entregar la manifestación escrita bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC´S, conforme al Documento 07.

D) Elaborar su propuesta técnica, conforme al Documento 06, en donde deberá detallar claramente las especificaciones técnicas de los Bienes que propone de acuerdo a lo solicitado en el Documento 01, y en su caso, lo que se haya asentado en el acta de la junta de aclaraciones, indicando el número de partida de que se trate, unidad de medida y cantidad, así mismo deberá manifestar el plazo, lugar y condiciones de entrega que propone. Los anexos técnicos y folletos que se incluyan en la propuesta, podrán presentarse en idioma distinto al español, acompañados de una traducción simple al español. La proposición, los anexos técnicos, folletos, manuales y demás literatura técnica que presente el licitante, deberán ser completamente congruentes con lo ofertado y lo solicitado en el Documento 01, de estas bases de licitación. Se deberán describir los Bienes propuestos y no se aceptarán indicaciones tales como: “marca o similar” “o equivalente”, “marca propia” “cotizo mi marca”, “cotizo de acuerdo a lo solicitado”, “incluido”, “sin costo” y otros datos diferentes a los solicitados en el Documento 01 o bien que proponga más de una marca para un mismo bien o que no indique la marca de los Bienes o nombre del Fabricante, ya que será motivo para desechar la propuesta.

E) Elaborar su propuesta económica en pesos mexicanos, conforme al Documento 06-A. Se deberán cotizar precios fijos, netos y hasta con dos decimales, los cuales serán aplicables durante la vigencia del Contrato, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.). No se aceptan precios condicionados o variables.

F) Se podrán presentar propuestas conjuntas de conformidad con el artículo 24 de las DAC´S, observando los

términos establecidos en estas Bases de Licitación.

F.1) Para intervenir en el acto de presentación y apertura de propuestas, bastará que alguno de los integrantes del grupo, presente copia simple del recibo de pago de bases de licitación y el escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí

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o por su representada, sin que resulte necesario acreditar su personalidad jurídica, conforme al Documento 03-A.

F.2) Deberán celebrar entre todas las personas que integran la agrupación, un convenio en los términos de la

legislación aplicable, en el que se establecerán con precisión los aspectos siguientes: a) Nombre, domicilio y Registro Federal de Contribuyentes de las personas integrantes, identificando en

su caso, los datos de las escrituras públicas con las que se acredita la existencia legal de las personas morales, y de haberlas, sus reformas y modificaciones así como el nombre de los socios que aparezcan en éstas;

b) Nombre y domicilio de los representantes de cada una de las personas agrupadas; identificando en

su caso, los datos de las escrituras públicas con las que acrediten las facultades de representación; c) Se requerirá la designación de un representante común para participar en la licitación y para suscribir

y presentar la propuesta, así como cualquier otra clase de documentos que se requieran. d) La descripción de las partes objeto del Contrato que corresponderá cumplir a cada persona, así como

la manera en que se exigirá el cumplimiento de las obligaciones, e) Estipulación expresa de que los integrantes de la propuesta conjunta se obliguen en forma solidaria

respecto de la totalidad de las obligaciones derivadas del contrato correspondiente;

En caso de resultar ganadora la propuesta conjunta, el contrato deberá ser firmado por cada una de las personas participantes en la propuesta, debiendo quedar estipulado que cada una de ellas quedará obligada solidariamente ante Pemex Petroquímica. En el caso de que los participantes constituyan una sociedad de propósito específico, el contrato será suscrito por dicha sociedad la cual figurará como Proveedor o Contratista y por los participantes en la propuesta como obligados solidarios; PEMEX PETROQUÍMICA no firmará el Contrato, si de la proposición conjunta se elimina ó sustituye alguno de los integrantes o varía el alcance original de la proposición conjunta, en cuyo caso, informará a la Secretaría de la Función Pública en términos del artículo 59 de la Ley.

f) La propuesta deberá señalarse a la persona que actuará como líder en la ejecución del contrato. Adicionalmente, deberán adjuntar los instrumentos que regulen el control del consorcio por quien actúe como líder en la ejecución del contrato, la resolución de controversias entre los participantes y los acuerdos de indemnización entre los mismos;

g) Aquellas entidades que controlen o se relacionen corporativamente, directa o indirectamente, con los integrantes de la propuesta conjunta, se obliguen en forma solidaria con éstos cuando su capacidad financiera no sea suficiente para garantizar el cumplimiento del contrato,

F.3) Acreditar individualmente la existencia y personalidad de los integrantes de la propuesta conjunta,

conforme al Documento 03 de estas Bases de Licitación.

F.4) Firmar la propuesta por el representante común que se haya designado en el convenio respectivo.

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F.5) Presentar la manifestación escrita bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC´S, conforme al Documento 07, en forma individual por los integrantes de la proposición conjunta.

F.6) De resultar ganadora la propuesta conjunta, presentar en un sólo instrumento, la garantía de cumplimiento

del Contrato, (calidad, defectos y vicios ocultos de los Bienes), la cual deberá otorgarse conforme al punto 13.4.

F.7) La declaración de encontrarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones fiscales a que se hace

referencia en el tercer párrafo del punto 12 deberá ser presentada por escrito, por cada uno de los miembros que integran la proposición conjunta, previo a la firma del Contrato, debiendo contener como mínimo lo indicado en el Documento 20.

G) Con el propósito de agilizar el desarrollo del acto de presentación y apertura de propuestas, preferentemente

entregar el Documento 05, en el cual se indicará la documentación que se presenta. La omisión de este documento no será motivo de descalificación. Dicho documento servirá como constancia de recepción de la documentación que se entregue en el acto de presentación y apertura de propuesta

H) Esta licitación se llevará a cabo de manera presencial. No se aceptará el envío de propuestas por medios de

comunicación electrónica, por servicio postal o de mensajería.

I) En cumplimiento a las “REGLAS para la determinación, acreditación y verificación del contenido nacional de los bienes que se ofertan y entregan en los procedimientos de contratación, así como para la aplicación del requisito de contenido nacional en la contratación de obras públicas, que celebren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal” publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 14 de Octubre de 2010, el licitante deberá entregar una manifestación escrita bajo protesta de decir verdad que:

a) Los bienes que ofertan para las partidas respectivas y que entregarán, serán producidos en los Estados Unidos Mexicanos, y además contendrán como mínimo el 60 % de contenido nacional requerido, de conformidad con la Regla 5 de este documento, y

b) Que tienen conocimiento de lo establecido en el segundo párrafo del artículo 57 de la Ley de Adquisiciones, en el sentido de que, en caso de ser requeridos, exhibirán la información documental y/o permitirán la inspección física de la planta industrial en la que se producen los bienes ofertados y adjudicados.

Dicha manifestación deberá presentarse, conforme al Documento 10.

J) En cumplimiento a lo establecido NO APLICA.

K) El grado de contenido nacional con el que deberán cumplir los bienes que se oferten en la presente licitación, deberá ser de cuando menos el 60%.

L) Con la finalidad de homogeneizar la información de los catálogos de Proveedores de los sistemas

transaccionales de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, y con el propósito de garantizar que la información de estos sistemas con respecto a la estratificación de empresas micro, pequeñas y medianas sea correcta, es necesario que los licitantes manifiesten en su propuesta, el tipo de empresa a la que corresponden.

Se establece la estratificación de las micro, pequeñas y medianas empresas, de conformidad con los siguientes criterios:

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Estratificación

Tamaño Sector Rango de número

de trabajadores

Rango de monto de

ventas anuales (mdp)

Tope máximo

combinado*

Micro Todas Hasta 10 Hasta $4 4.6

Pequeña Comercio Desde 11 hasta 30 Desde $4.01 hasta $100 93

Industria y Servicios Desde 11 hasta 50 Desde $4.01 hasta $100 95

Mediana Comercio Desde 31 hasta 100 Desde $100.01 hasta

$250 235

Servicios Desde 51 hasta 100

Industria Desde 51 hasta 250 Desde $100.01 hasta

$250 250

*Tope Máximo Combinado = (Trabajadores) X 10% + (Ventas Anuales) X 90%. El tamaño de la empresa se determinará a partir del puntaje obtenido conforme a la siguiente fórmula: Puntaje de la empresa = (Número de trabajadores) X 10% + (Monto de Ventas Anuales) X 90%, el cual debe ser igual o menor al Tope Máximo Combinado de su categoría.

Lo anterior para estar en posibilidad de contar con una Base de información que coadyuven a la promoción, la instalación y operación de las empresas micro, pequeñas y medianas conforme al Documento 06-B, MODELO DE MANIFESTACIÓN PARA INTEGRAR EL CATÁLOGO DE PROVEEDORES DE LOS SISTEMAS TRANSACCIONALES DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS. La omisión de esta manifestación, no es motivo para desechar la proposición.

M) Los bienes que el licitante proponga y entregue deberán ser nuevos. N) Los bienes y/o servicios que integran las presentes bases no podrán ser subcontratados.

O) El licitante adjudicado o proveedor, a la entrega de los bienes, deberá entregar de manera obligatoria, para efectos informativos y estadísticos, un escrito original mediante el cual manifieste bajo protesta decir verdad, el nombre del fabricante del bien y el resultado del cálculo del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados, debiendo entregar una copia al momento de presentar sus facturas para pago. Esta manifestación podrá ser entregada en escrito libre o utilizando el Documento 21-A, de esta convocatoria.

En caso de que el licitante adjudicado o proveedor del bien, no sea el fabricante del bien, adicionalmente al escrito indicado en el párrafo anterior, a la entrega de los bienes, deberá entregar de manera obligatoria, para efectos informativos y estadísticos, un escrito original en el que el fabricante manifieste bajo protesta decir verdad, el Grado de Integración Nacional del bien suministrado, debiendo entregar una copia al momento de presentar sus facturas para pago. Esta manifestación podrá ser entregada en escrito libre o utilizando el Documento 21-B, de esta convocatoria. Lo anterior, en cumplimiento a la estrategia para apoyar el desarrollo de proveedores y contratistas nacionales como parte del Plan Estratégico Integral de Negocios, establecida en el Documento 21 de esta convocatoria, denominado “Determinación y declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados” emitido por la Dirección Corporativa de Operaciones de Petróleos

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Mexicanos, con fundamento en el articulo decimo tercero transitorio de la Ley de Petróleos Mexicanos.

4.1 Condiciones y formalidades para la presentación de propuesta por medios remotos de comunicación

electrónica. –NO APLICA- 4.2 Indicaciones generales para el desarrollo de los actos.

A) Para intervenir en el acto de presentación y apertura de propuestas, bastará que el licitante, presente el recibo

de pago de bases de licitación y el escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, conforme al Documento 3-A. No será motivo de desechamiento la falta de identificación o de acreditamiento de la representación de la persona que solamente entregue las proposiciones, pero sólo podrá participar durante el desarrollo del acto con el carácter de oyente. En caso de que el licitante presente el original del comprobante de pago de las Bases y no incluya copia del mismo, el comprobante original se le devolverá una vez concluido el acto de presentación y apertura de proposiciones, previa obtención de la copia correspondiente.

B) El acto de presentación y apertura de propuesta iniciará a la hora establecida en estas Bases de Licitación, por

lo que se recomienda al licitante su presencia con 30 minutos de anticipación a la hora establecida, ya que una vez iniciado el acto, no se recibirán las propuestas de aquellos licitantes que hayan llegado después de la hora señalada y no se admitirá el ingreso de documentos adicionales a las propuestas entregadas, por lo que no se permitirá el acceso a ningún licitante ni observador.

C) Queda estrictamente prohibido el uso de teléfonos celulares y radio localizadores audibles en el interior de la

sede en donde se desarrollen los actos que deriven de esta licitación, con el objeto de mantener orden y respeto.

D) El servidor público designado por la Convocante para presidir los actos que deriven de esta licitación, será el

único facultado para recepcionar las proposiciones sin que ello implique la evaluación de su contenido, y en general, para tomar todas las decisiones durante la realización de los mismos, en los términos de la normatividad vigente.

E) En el acto de presentación y apertura de propuestas, la revisión de la documentación se efectuará en forma cuantitativa, y se dará lectura al importe total de cada propuesta, los cuales se incluirán en el acta respectiva. El análisis detallado se efectuará durante el proceso de evaluación de las propuestas.

F) Las actas de las juntas de aclaraciones, del acto de presentación y apertura de propuestas, y de la junta pública

en la que se dé a conocer el fallo serán firmadas por los licitantes que hubieran asistido, sin que la falta de firma de alguno de ellos reste validez o efectos a las mismas, de las cuales se podrá entregar una copia a dichos asistentes, y al finalizar cada acto se fijará un ejemplar del acta correspondiente o aviso de referencia en el tablero de la ventanilla de atención a Proveedores de la Jefatura de Adquisiciones de la Superintendencia de Recursos Materiales del Complejo Petroquímico Morelos de PEMEX PETROQUIMICA, sito en Ejido Pajaritos S/N, SC. C.P. 96400, Allende, Coatzacoalcos, Veracruz, México, por un término no menor de cinco días hábiles. Asimismo, se difundirá un ejemplar de dichas actas en la página electrónica de PEMEX

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PETROQUÍMICA www.ptq.pemex.com, para efectos de su notificación a los licitantes que no hayan asistido al acto. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal.

A los actos del procedimiento de licitación pública podrá asistir cualquier persona en calidad de observador, bajo la condición de registrar su asistencia y abstenerse de intervenir en cualquier forma en los mismos.

4.3 Acto de presentación y apertura de propuestas.

El acto de presentación y apertura de propuestas se llevará a cabo de conformidad con lo que dispone el artículo 28 de las DAC´S, el día 00 de _________ de 2011 a las 00:00 hrs., ubicada en la sala de juntas de LICITACIONES, localizada en el EDIFICIO DE LA SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES, sito en Ejido Pajaritos S/N, SC. C.P. 96400, Allende, Coatzacoalcos, Veracruz México. De entre los licitantes que hayan asistido, éstos elegirán a uno, que en forma conjunta con el servidor público que la dependencia o entidad designe, rubricarán las propuestas, las que para estos efectos constarán documentalmente. Una vez recibidas las proposiciones en sobre cerrado, éstas no podrán ser retiradas o dejarse sin efecto, por lo que deberán considerarse vigentes dentro del procedimiento de contratación hasta su conclusión; procediéndose a su apertura. Para este procedimiento se podrán solicitar aclaraciones a las propuestas presentadas, a fin de que los licitantes subsanen omisiones en los términos previstos en el 2° párrafo del artículo 29 de las DAC’S.

4.4 Métodos y Criterios de evaluación de las propuestas.

Todas las propuestas recibidas serán evaluadas técnica, legal y económicamente de la misma forma bajo el método Binario. La evaluación se realizara para cada una de las partidas propuestas.

4.4.1 Criterios de evaluación de aspectos técnicos y legales.

A) Se evaluarán técnicamente todas las propuestas recibidas, verificando que los bienes propuestos

cumplan con lo solicitado en las presentes bases, y en su caso, lo que se haya derivado de la(s) junta(s) de aclaración(es) a las bases y en la versión final de las bases que se haya emitido.

B) La propuesta deberá cumplir con los requisitos en forma y contenido que se solicitan en el punto

4 incisos A), B), C), D), I) y K del Documento 02, así como con el Documento 06 de estas bases de licitación.

C) En el caso de propuestas conjuntas todos los integrantes del grupo deberán cumplir con los

requisitos indicados en el inciso F) del punto 4, por lo que, el incumplimiento de cualquiera de éstos, afectará la solvencia de la totalidad de la propuesta, en cuyo caso será desechada.

D) Satisfacer las condiciones y plazo de entrega, solicitada en el punto 4 inciso D).

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4.4.2. Criterios de evaluación de aspectos económicos.

A) La base para evaluar la oferta será el precio unitario (cuando se presente un error de cálculo en la oferta presentada, solo habrá lugar a su rectificación por parte de la convocante, cuando la corrección no implique la modificación de precios unitarios. Si el licitante no acepta la corrección de la oferta, se desechara la misma).

B) La oferta deberá cumplir con los requisitos en forma y contenido que se solicitan en el punto 4 incisos E), de Documento 02, así como con el Documento 06-A de estas bases de licitación.

C) Se verificará si los precios que cotice el licitante son convenientes, según lo que establece el artículo 2 de la LAASSP y 51 inciso B) de su Reglamento, para realizar el cálculo se aplicará la siguiente operación:

I. Los precios preponderantes de las proposiciones aceptadas en la presente invitación, son aquéllos que se ubican dentro del rango que permita advertir que existe consistencia entre ellos, en virtud de que la diferencia entre los mismos es relativamente pequeña; A continuación se indica la metodología para el cálculo de los precios preponderantes: Se deberá entender como precios Preponderantes, aquellos que se encuentren dentro del rango de la desviación estándar a partir de su media tanto hacia arriba como hacia abajo. Para tal efecto deberá utilizarse los valores de las proposiciones aceptadas técnicamente por cada partida en el presente procedimiento y proceder a realizar el cálculo de la desviación estándar conforme a lo siguiente:

Se tiene una muestra de cinco precios aceptados técnicamente

p1, p2, p3, p4, p5

1.- Calcular la media (el promedio de los precios aceptados técnicamente)

p1+ p2+ p3+p4+ p5 = media 5

2.- A cada precio aceptado técnicamente restarle la media

p1– media = diferencia 1 p2– media = diferencia 2 p3– media = diferencia 3 p4– media = diferencia 4 p5– media = diferencia 5

3.- Calcular la varianza de la siguiente forma: sumar el cuadrado de las diferencias obtenidas y dividirlas entre la cantidad de precios aceptados técnicamente.

Varianza: (diferencia 1)2+(diferencia 2)2+(diferencia 3)2+(diferencia 41)2+(diferencia 5)2 = V2

5

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4.- Cálculo de la desviación estándar, la cual se obtiene de sacar la raíz cuadra de la varianza

DESVIACIÓN ESTÁNDAR: DEst = Raíz Cuadrada de V2 = V

5.- Calculo del rango de la desviación estándar a partir de la media de los precios aceptados técnicamente: para el cálculo del valor inferior, se resta el valor de la desviación estándar a la media de los precios aceptados técnicamente y para el cálculo del valor superior se suma el valor de la desviación estándar a la media de los precios aceptados técnicamente. Rango de desviación estándar: Valor inferior = Media de los precios aceptados técnicamente restando “DEst” Valor superior = Media de los precios aceptados técnicamente sumando “DEst” Los precios aceptados técnicamente que se encuentren dentro de este rango son los que se consideran como precios preponderantes

II. De los precios preponderantes determinados, se obtendrá el promedio de los mismos. III. Al promedio señalado en la fracción anterior se le restará el cuarenta por ciento. IV. Los precios cuyo monto sea igual o superior al obtenido de la operación realizada

conforme a este apartado serán considerados precios convenientes.

Los precios ofertados que se encuentren por debajo del precio conveniente podrán ser desechados por la convocante.

D) En la evaluación de las propuestas se verificará el precio no aceptable, para lo cual la convocante aplicará cualquiera de las siguientes opciones, en tal caso la propuesta será desechada.

Precio no aceptable: es aquél que la convocante puede dejar de considerar para efectos de adjudicación porque se ubica por arriba del precio calculado a partir de aplicar cualquiera de las siguientes opciones a elección de la convocante:

I. El que resulta de sumar un 10% al precio que se obtiene después de sacar la mediana a los precios obtenidos en la investigación de mercado hecha para esa contratación.

II. El que se obtiene después de sumarle un 10% al promedio de las ofertas presentadas en este procedimiento, las cuales deben ser aceptadas técnicamente. Para la utilización de esta opción se deberá contar con por lo menos tres propuestas aceptadas técnicamente.

4.4.3. Procedimiento de desempate de ofertas iguales en precio.

Si derivado de la evaluación económica se obtuviera un empate en el precio de dos o más propuestas, se dará preferencia a las personas que integren el sector de micro, pequeñas y medianas empresas nacionales.

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En caso de subsistir el empate entre las personas pertenecientes al sector descrito en el párrafo anterior, se efectuará en favor del licitante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que celebre la Convocante en el propio acto de fallo, el cual consistirá en la participación de un boleto por cada propuesta que resulte empatada y depositados en una urna de material transparente, de la que se extraerá el boleto del licitante ganador, en presencia de los licitantes que asistieren.

4.5 Negociación de Precios. No aplica

5. Criterios de adjudicación.

Una vez efectuada la evaluación de las propuestas, el contrato se adjudicará a:

I. Aquél cuya propuesta resulte solvente porque reúne, conforme a los criterios de evaluación de aspectos técnicos, legales y económicos establecidos en esta licitación, y garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas. Si resultare que dos o más propuestas son solventes, el contrato se adjudicará a quien presente la propuesta cuyo precio sea el más bajo.

II. La adjudicación del Contrato será por: partida completa.

5.1 Abastecimiento simultáneo. –NO APLICA-

Se considerarán (indicar número) fuentes del suministro y un diferencial no mayor del 5% en el precio unitario respecto de la propuesta solvente más baja y la asignación será como sigue:

Se considerarán __ fuentes de suministro. FUENTES

Al 1er. lugar se asignará el (50 o superior) % 1o.

Al 2do. lugar se asignará el __% 2o.

Al 3er. lugar se asignará el __% 3o.

Al 4to. lugar se asignará el __% 4o.

Al 5to. lugar se asignará el __% 5o.

6. Casos en que se declarará desierta la licitación.

La Convocante podrá declarar desierta la licitación cuando: I. No se presenten propuestas;

II. Las propuestas presentadas no reúnan los requisitos solicitados; III. Las propuestas económicas no resulten aceptables, ó IV. Se presente alguna otra causal o supuesto expresamente previsto en las presentes bases de licitación.

7. Cancelación de la licitación, partidas o conceptos incluidos en éstas.

La Convocante podrá cancelar la licitación, partidas o conceptos incluidos en éstas, conforme a los supuestos siguientes:

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a) Se podrá cancelar la licitación, partidas o conceptos incluidos en éstas, cuando se presente caso fortuito; fuerza mayor; existan circunstancias justificadas que extingan la necesidad para adquirir los bienes, arrendamientos o servicios, o que de continuarse con el procedimiento se pudiera ocasionar un daño o perjuicio a la propia dependencia o entidad. La determinación de dar por cancelada la invitación, partidas o conceptos, deberá precisar el acontecimiento que motiva la decisión, la cual se hará del conocimiento de los licitantes, y no será procedente contra ella recurso alguno, sin embargo podrán interponer la inconformidad en términos del Título Sexto, Capítulo Primero de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Publico.

b) Salvo en las cancelaciones por caso fortuito y fuerza mayor, la dependencia o entidad cubrirá a los

licitantes los gastos no recuperables que, en su caso, procedan de acuerdo a lo siguiente:

c) Previa solicitud por escrito de los licitantes, el pago de los gastos no recuperables, será procedente cuando los mismos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con la licitación o el contrato no signado limitándose según corresponda, a los siguientes conceptos:

I. Costo de la preparación e integración de la proposición; II. Pasajes y hospedaje de la persona que haya asistido a la o las juntas de aclaraciones, al

acto de presentación y apertura de proposiciones, al acto de fallo y a la firma del contrato, en caso de que el licitante no resida en el lugar en que se realice el procedimiento;

III. Costo de la emisión de garantías, exclusivamente en el caso del licitante ganador, y IV. Los gastos en que el proveedor hubiera incurrido para cumplir con el contrato y los costos

de los bienes producidos y entregados, o los servicios proporcionados, hasta el momento en que el proveedor suspenda su suministro o prestación por falta de firma del contrato por causas imputables a la dependencia o entidad.

Los licitantes podrán solicitar a la dependencia o entidad el pago de gastos no recuperables en un plazo máximo de tres meses, contados a partir de la fecha de la cancelación de la licitación o la emisión del fallo respectivo, según corresponda.

8. Causas de desechamiento de propuestas.

Se desecharán las propuestas de los licitantes cuando incurran en una o algunas de las situaciones, que se enlistan de manera enunciativa, más no limitativa en el Documento 17 y que afecte la solvencia de la propuesta.

9. Fallo.

El fallo de la licitación se dará a conocer conforme a lo previsto en los artículos 33, 34 y 35 de las DAC´S, el día ____de ______ del 2011 a las ____ hrs., en la sala de Juntas de Licitaciones del Edificio de la Superintendencia de Recursos Materiales localizada en el interno del Complejo Petroquímico Morelos, sito en del Módulo de Adquisiciones, localizada en Ejido Pajaritos S/N, C.P. 96400, Allende, Coatzacoalcos, Ver., México. Asimismo, se levantará el Acta de Fallo de la licitación que firmarán los asistentes, a quienes se les entregará copia de la misma. La falta de firma de algún Licitante no invalidará su contenido y efectos, poniéndose a partir de esa fecha a disposición de los que no hayan asistido, para efectos de notificación en las oficinas de la Convocante en el horario comprendido de las 08:30 horas a las 14:00 horas en días hábiles, ubicadas en el interior del Centro de Trabajo en la ventanilla del Área de Atención a Proveedores de la Jefatura de Adquisiciones, localizada en Ejido Pajaritos S/N, C.P. 96400, Allende, Coatzacoalcos, Ver., México; siendo de la exclusiva responsabilidad de los interesados acudir a enterarse de su contenido y obtener copia de la misma.

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Asimismo, se difundirá un ejemplar de dicha acta incluyendo el fallo, en la página electrónica de PEMEX PETROQUÍMICA www.ptq.pemex.com, para efectos de su notificación, a los licitantes que no hayan asistido al acto. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal.

10. Inconformidades.

En términos de lo establecido en el artículo 35, segundo párrafo de la Ley, la Secretaría de la Función Pública y los Órganos Internos de Control en Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios, serán competentes para conocer de las inconformidades, así como del procedimiento de conciliación, de las Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo previstas en el artículo 51 de la Ley, los cuales se substanciarán conforme a lo dispuesto en el artículo 37 y el Título Sexto de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y en el artículo 39 y el Título Séptimo de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. Las personas interesadas podrán inconformarse por escrito ante el Órgano Interno de Control en PEMEX PETROQUÍMICA ubicado en: Jacarandas No. 100, Col. Rancho Alegre I, Nivel C-1, a la atención del LIC. LUIS GUILLERMO PINEDA BERNAL, en días y horas hábiles o, en su caso, a través de medios remotos de comunicación electrónica mediante el programa informático que les proporcione la Secretaría de la Función Pública en términos de lo dispuesto por el Título Sexto, Capítulo Primero de la Ley así como de las Reglas Décima y Décima Primera del ACUERDO.

11. Compromisos con la Transparencia.

En el marco del Programa para la Transparencia y el Combate a la Corrupción emprendido por Petróleos Mexicanos, sus Organismos Subsidiarios y Empresas Filiales, se les exhorta a todos los licitantes y servidores públicos que intervienen en este procedimiento de contratación a actuar con honestidad, transparencia y con estricto apego a la legalidad, integridad y equidad, por lo que, los licitantes podrán presentar dentro o fuera de su proposición, dos tantos firmados autógrafamente del documento denominado “Compromisos con la Transparencia” conforme al Documento 14. El servidor público de PEMEX PETROQUÍMICA responsable de presidir el acto de presentación y apertura de proposiciones, lo firmará y entregará un tanto firmado al licitante que lo haya presentado. La falta de suscripción u omisión de entregar este Documento no será motivo de desechamiento de la proposición presentada. Asimismo, en cumplimiento a los compromisos adquiridos por México como miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), para conocimiento de los licitantes, como Documento 15 se acompaña la “Nota Informativa para incluir en las Bases de Licitación del Gobierno Federal”, la cual también podrá ser consultada en la página electrónica:

http://www.pemex.com/files/transparencia/nota_inf_Bases_Licita.pdf

12. Firma del Contrato.

La firma del Contrato se hará a mas tardar el día ____ del mes de ____ del año 2011, y en defecto de tales previsiones, dentro de los quince días naturales siguientes al de la notificación del fallo, en la: Ventanilla de Atención a proveedores de la Superintendencia de Recursos Materiales del Complejo Petroquímico Morelos de

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PEMEX PETROQUIMICA localizada en Ejido Pajaritos S/N, SC. C.P. 96400, sito en Allende, Coatzacoalcos, Veracruz, México, y en el horario comprendido de las 8.30 hrs a las 14.30 hrs. El licitante adjudicado, previo a la firma del Contrato, deberá presentar original o copia certificada para su cotejo y copia simple para su archivo de los documentos indicados en el numeral 4 inciso A) de las presentes bases de licitación.

Para los efectos del Artículo 32-D, primero, segundo, tercero y cuarto párrafos del Código Fiscal de la Federación (CFF), cuando el monto del contrato sea superior a $300,000.00 M. N. sin incluir el IVA, al momento de suscribir el contrato deberá presentar y entregar lo siguiente:

a) Documento vigente expedido por el SAT, en la que se emita opinión sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales de conformidad con la Regla I.2.1.15. Para efecto de lo anterior, los contribuyentes con quienes se vaya a celebrar el contrato, deberán solicitar a las autoridades fiscales la opinión sobre el cumplimiento de obligación en términos de lo dispuesto por la Regla II.2.1.13 (Procedimiento para contrataciones con la Federación y Entidades Federativas) de la Segunda Resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2010, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 3 de Diciembre de 2010”; ó en su caso,

b) Escrito bajo protesta de decir verdad que realizó ante el SAT la solicitud de opinión respecto al cumplimiento de sus obligaciones fiscales en los términos señalados en la Regla I.2.1.15. (Contrataciones con la Federación y Entidades Federativas) de la segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2010, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 03 de Diciembre de 2010, en apego al modelo de manifestación que se presenta como Documento 20, anexando el “acuse de recepción”, que compruebe que realizo la solicitud de opinión prevista en la citada Regla.

Para efectos de lo anterior, los contribuyentes con quienes se vaya a celebrar el contrato. Deberán solicitar a las autoridades fiscales la opinión sobre el cumplimiento de obligaciones en términos de lo dispuesto por la regla II.2.1.13.

Procedimiento que debe observarse para la obtención de la opinión sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales:

II.2.1.13. los contribuyentes que para realizar algún trámite fiscal u obtener alguna autorización en materia de impuestos internos, comercio exterior, o para el otorgamiento de subsidio y estímulos requieran obtener la opinión sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales, deberán realizar el siguiente procedimiento. I.- Ingresaran a la página de internet del SAT en la opción “Mi Portal”, con la clave CIECF. II.- Una vez elegida la opción de informe de opinión sobre el cumplimiento de obligaciones, el contribuyente podrá imprimir el acuse de respuesta. En la solicitud de opinión al SAT deberán incluir el correo electrónico siguiente: [email protected]; [email protected] para que el SAT envíe el “acuse de respuesta”, que emitirá en atención a su solicitud de opinión.

Si PEMEX PETROQUÍMICA, previo a la formalización del contrato, recibe del SAT el acuse de respuesta de la solicitud en el que se emita una opinión en sentido negativo del Proveedor que resulto adjudicado, PEMEX PETROQUÍMICA dará cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación y remitirá a la Secretaría de la Función Pública la documentación de los hechos presumiblemente constitutivos de infracción por la falta de formalización del contrato, por causas imputables al adjudicado.

El licitante adjudicado, que injustificadamente y por causas imputables a él, no se presentara a firmar el Contrato, dentro del plazo descrito con anterioridad, perderá el derecho a formalizarlo y se hará acreedor a las sanciones señaladas por los artículos 59 y 60 de la Ley.

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PEMEX PETROQUIMICA podrá no llevar a cabo la formalización del Contrato, por causas de fuerza mayor o casos fortuitos, o bien cuando existan causas justificadas que provoquen la extinción de la necesidad de los Bienes y que con su formalización, se le ocasione un daño o perjuicio. En este último supuesto, se considerara únicamente al licitante adjudicado, el reconocimiento de gastos no recuperables en los términos del artículo 101 del Reglamento.

13. Aspectos contractuales básicos.

Como Documento 16 se incluye el modelo-guía de contrato.

13.1. Contrato abierto. 13.1.1 Vigencia

La presente contratación abarcará los ejercicio(s) fiscal(es) 2011, 2012 y 2013. La vigencia del contrato iniciará en la fecha de formalización del mismo y concluirá el 31 de diciembre de 2013, para PEMEX PETROQUÍMICA o antes de esta fecha si se agota la cantidad máxima susceptible de ejercer, lo que ocurra primero, en el entendido de que PEMEX PETROQUIMICA no se obliga a agotar la cantidad máxima solicitada.

13.1.2 Cantidades del Contrato.

Las cantidades que PEMEX PETROQUÍMICA ejercerá, serán un máximo del 100% y un mínimo del 40% de bienes de acuerdo a lo siguiente:

2011 2012 2013

PARTIDA MÁXIMA MÍNIMA MÁXIMA MÍNIMA MÁXIMA MÍNIMA

1 300 120 300 120 300 120

2 1750 700 1750 736 1750 740

3 2500 1000 2500 860 2500 840

4 1500 600 1500 600 1500 600

5 500 200 500 200 500 200

6 2500 1000 2500 840 2500 800

7 500 200 500 200 500 200

8 300 120 300 120 300 120

9 200 80 200 80 200 80

10 100 40 100 40 100 40

11 600 240 600 240 600 240

12 300 120 300 120 300 120

13 300 120 300 120 300 120

14 1000 400 1000 200 1000 400

15 1000 400 1000 200 1000 400

16 200 80 200 80 200 80

17 1000 400 1000 200 1000 340

18 2830 1132 2830 560 2830 760

19 850 340 850 160 850 360

20 840 336 840 200 840 200

21 500 200 500 240 500 200

22 700 280 700 200 700 200

23 560 224 560 160 560 160

24 500 200 500 80 500 80

25 800 320 800 200 800 200

26 900 360 900 180 900 180

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27 400 160 400 160 400 160

28 2600 1040 2600 1100 2600 700

29 6550 2620 6550 1888 6550 1880

30 1000 400 1000 400 1000 400

31 1600 640 1600 400 1600 400

32 2000 800 2000 400 2000 400

33 500 200 500 200 500 200

34 500 200 500 200 500 200

35 100 40 100 40 100 40

13.1.3. Ordenes de Suministro.

PEMEX PETROQUÍMICA ejercerá el Contrato a través de “órdenes de suministro” (de aquí en adelante “ORDEN” u “ÓRDENES”). La ORDEN que emita PEMEX PETROQUÍMICA será entregada al Proveedor a través de la Superintendencia de Ingeniería de Mantenimiento, transmitida vía fax ó vía electrónica o de manera personal. PEMEX PETROQUÍMICA a través del administrador del contrato en forma conjunta con el proveedor se obligan a llevar el saldo correspondiente de las ÓRDENES, mismas que no podrán rebasar el la cantidad máxima establecida en el Contrato. La cantidad máxima y mínima para cada orden de surtimiento:

2011 2012 2013

PARTIDA MÁXIMA MÍNIMA MÁXIMA MÍNIMA MÁXIMA MÍNIMA

1 300 18 300 18 300 18

2 1750 18 1840 18 1850 18

3 2500 200 2150 200 2100 200

4 1500 200 1500 200 1500 200

5 500 200 500 200 500 200

6 2500 200 2100 200 2000 200

7 500 18 500 18 500 18

8 300 18 300 18 300 18

9 200 18 200 18 200 18

10 100 18 100 18 100 18

11 600 18 600 18 600 18

12 300 18 300 18 300 18

13 300 18 300 18 300 18

14 1000 18 500 18 1000 18

15 1000 18 500 18 1000 18

16 200 18 200 18 200 18

17 1000 18 500 18 850 18

18 2830 18 1400 18 1900 18

19 850 18 400 18 900 18

20 840 18 500 18 500 18

21 500 18 600 18 500 18

22 700 18 500 18 500 18

23 560 18 400 18 400 18

24 500 18 200 18 200 18

25 800 18 500 18 500 18

26 900 18 450 18 450 18

27 400 18 400 18 400 18

28 2600 18 2750 18 1750 18

29 6550 18 4720 18 4700 18

30 1000 18 1000 18 1000 18

31 1600 18 1000 18 1000 18

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32 2000 18 1000 18 1000 18

33 500 18 500 18 500 18

34 500 18 500 18 500 18

35 100 18 100 18 100 18

El Proveedor sólo recibirá Órdenes cuando éstas puedan ser surtidas dentro de la vigencia originalmente pactada o modificada en el convenio respectivo.

Cuando se requiera variar alguna orden de surtimiento en cualquiera de sus conceptos, deberá ser tramitada por la Superintendencia de Ingeniería de Mantenimiento, en el entendido de que ninguna variación podrá afectar las condiciones establecidas en el Contrato, ya que de ser el caso, ésta se considerará inexistente para todos los efectos legales.

13.2 Condición, plazo y lugar de entrega de los bienes.

La Condición de Entrega que aplicará es DDP Delivered Duty Paid (INCOTERMS 2010) sin considerar la estipulación relativa a la exportación o importaciones, consecuentemente, el Proveedor estará obligado a:

Suministro de la mercancía de conformidad con el contrato debe suministrar la mercancía y la factura comercial, de acuerdo con el contrato, así como cualquier otra prueba de conformidad que pueda exigir el contrato.

Contrato de transporte debe contratar, a sus propias expensas, el tipo de transporte más conveniente, de acuerdo a la naturaleza de los bienes y al lugar de entrega indicado en las presentes bases.

Entrega debe poner la mercancía a disposición de PEMEX PETROQUÍMICA, sobre los medios de transporte utilizada y no descargada, a su llegada al lugar destino convenido, en la fecha o dentro del periodo acordado para la entrega.

Transmisión de riesgos debe soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta el momento en que haya sido entregada conforme al párrafo anterior.

Gastos debe pagar los gastos relativos al transporte, empaque y embalaje de los bienes hasta el momento en que hayan sido entregados.

Aviso debe dar a PEMEX PETROQUÍMICA aviso suficiente de la expedición de la mercancía, así como cualquier otra información que precise PEMEX PETROQUÍMICA para adoptar las medidas normalmente necesarias que le permitan recibir la entrega de la mercancía.

Embalaje – marcado la forma de empaque que deberá utilizar será la que garantice a PEMEX PETROQUÍMICA que los bienes no sufran daño y/o avería alguna durante las maniobras de carga, transporte, terrestre, marítimo o aéreo y descarga, así como almacenaje, el embalaje ha de ser marcado adecuadamente.

PEMEX PETROQUÍMICA estará obligado a:

Pago del precio debe pagar el precio según lo dispuesto en el contrato.

Recepción de la entrega debe recibir los bienes cuando se hayan entregado sobre los medios de transporte utilizado y no descargado, a su llegada al lugar de destino convenido en el contrato.

Transmisión de riesgos debe soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía desde la Recepción de la entrega hasta su almacenamiento.

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Gastos debe pagar todos los gastos relacionados con los bienes a partir de la Recepción de la entrega hasta su almacenamiento.

Inspección de los Bienes debe pagar los costes de cualquier inspección previa al embarque, excepto cuando tal inspección sea ordenada por las autoridades.

La entrega del bien será a través de órdenes de surtimiento, las cuales serán notificadas al proveedor vía fax o correo electrónico a través de la Superintendencia de Ingeniería de Mantenimiento. El plazo de entrega será de 37 días naturales contados a partir del día hábil siguiente de la fecha en que se reciba la orden de surtimiento por parte del proveedor (incluyendo los 7 días de inspección y recepción de los bienes). Los bienes serán entregados en el Almacén Local (430) del Complejo Petroquímico Morelos ubicado en Ejido Pajaritos S/N, SC. C.P. 96400, Allende, Coatzacoalcos, Veracruz, México, a la atención de Ing. Everardo Gómez Salazar, Jefe de Almacén, en días hábiles y en el siguiente horario: de 8:30 a 14:30 hrs. El Proveedor deberá entregar los Bienes amparados en el Contrato, a más tardar el día (o en su caso hora) en que concluya el plazo pactado, salvo que el mismo coincida con un día inhábil, en cuyo caso la fecha de entrega se correrá hasta el siguiente día hábil sin dar lugar a la aplicación de penalizaciones, sin embargo, si el término del plazo no coincide con un día inhábil y el Proveedor no entrega los Bienes en esa fecha, los días inhábiles siguientes contarán como naturales para efectos de la aplicación de penalizaciones.

Previo a la entrega de los bienes muebles, el proveedor deberá presentar una solicitud de inspección al área o personal designado para realizarla, indicando el número (s) de partida a inspeccionar, así como el número del contrato. El tiempo máximo utilizado por el área o personal designado para atender la solicitud de inspección de bienes es de siete días naturales a partir de la fecha de recepción de la solicitud de inspección de bienes, que deberá estar considerado dentro del plazo de entrega de los bienes, de conformidad con lo indicado en el Procedimiento Institucional para Inspección de Bienes muebles y Supervisión de Arrendamientos o Servicios en Petróleos Mexicanos, Organismos Subsidiarios y en su caso, Empresas Filiales, con clave: PA-800-70600-01 Rev. 01 de fecha 10 de septiembre del 2009.

13.3 Inspección de los Bienes.

La inspección que realice PEMEX PETROQUIMICA a los bienes amparados en el contrato, no releva al PROVEEDOR del compromiso que lo obliga a garantizar los bienes entregados, contra defectos o vicios ocultos, por lo que éste acepta expresamente que, para el caso de que incurra en responsabilidad originada por incumplimiento de este género, se hará efectiva la garantía otorgada por los conceptos indicados.

El NIVEL DE INSPECCIÓN que aplicará será Nivel III de conformidad con lo indicado en el Documento 18. El área que realizará la Inspección será la Jefatura del Departamento de Ingeniería de Mantenimiento del C.P Morelos. El lugar donde se llevará a cabo será el almacén local del Complejo Petroquímico Morelos.

La inspección de los bienes se realizará de conformidad con lo indicado en el Procedimiento Institucional para Inspección de Bienes muebles y Supervisión de Arrendamientos o Servicios en Petróleos Mexicanos, Organismos Subsidiarios y en su caso, Empresas Filiales, con clave: PA-800-70600-01 Rev. 01 de fecha 10 de septiembre del 2009.

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Previo a la entrega de los bienes muebles, el proveedor de los bienes deberá entregar la solicitud de inspección al área o personal designado para realizarla, indicando el número de partida a inspeccionar, así como el número del contrato, debiéndose entregar el escrito de solicitud directamente o a través de fax ó correo electrónico. Dicho documento debe contener el membrete, la razón social de la empresa, número de teléfono, nombre y firma de un representante, los datos para relacionar el bien, arrendamiento o servicio con el contrato especifico, así como indicar lugar, fecha, horario de atención, personal facultado por el proveedor para atender la inspección o supervisión en el lugar de entrega. El tiempo máximo utilizado por el área o personal designado para atender la solicitud de inspección de bienes es de siete días naturales a partir de la fecha de recepción de la solicitud de inspección de bienes, que deberá estar considerado dentro del plazo de entrega de los bienes, de conformidad con lo indicado en el procedimiento institucional para inspección de bienes muebles y supervisión de arrendamientos o servicios en petróleos mexicanos, organismos subsidiarios y en su caso, empresas filiales, con clave: PA-800-70600-01 rev. 01 de fecha 10 de septiembre del 2009. Al realizar la inspección de bienes, el proveedor deberá entregar como mínimo, copia de la siguiente documentación:

a) Remisión o factura. “No aplica” b) Pedimento de importación. “No aplica” c) Certificado de origen. “No aplica” d) Garantía comercial. “No aplica” e) Certificados de calidad e informes de resultados de laboratorio. “Aplica” f) Resultado de las pruebas efectuadas durante el proceso. “No aplica” g) Protocolo de pruebas. “No aplica” h) Documentación técnica. “Aplica” i) Dos fotocopias del contrato y sus anexos. “No aplica”

13.3.1 Devolución y Reposición de Bienes.

En el caso de que los bienes presenten fallas de calidad o de cumplimiento de las especificaciones originalmente convenidas, previo a la reclamación de la garantía en términos de la cláusula de garantías PEMEX PETROQUÍMICA podrá exigir al PROVEEDOR que lleve a cabo las correcciones o reparaciones necesarias o las reposiciones que se requieran en un plazo no mayor a 30 días naturales, sin que las sustituciones impliquen su modificación lo que el PROVEEDOR deberá realizar por su cuenta sin que tenga derecho a retribución por tal concepto. Si el PROVEEDOR no lleva a cabo las correcciones, reparaciones o reposiciones que se le exigen a partir del vencimiento del plazo que PEMEX PETROQUÍMICA otorgue al PROVEEDOR para efectuar las correcciones, reparaciones y/o reposiciones necesarias, PEMEX PETROQUÍMICA, podrá solicitar a un tercero que realice los trabajos o podrá llevarlos a cabo directamente con cargo al PROVEEDOR.

13.4 Garantías.

El PROVEEDOR a su elección podrá entregar cualquiera de los siguientes instrumentos de garantía: FIANZA O CARTA DE CRÉDITO

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13.4.1 Fianza para garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, los defectos y vicios ocultos de los bienes, y la calidad de los servicios así como cualquier otra responsabilidad.

El Proveedor, a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, así como para responder de los defectos, vicios ocultos de los bienes y la calidad de los servicios prestados, y cualquier otra responsabilidad en los términos señalados en el contrato y en la legislación aplicable, deberá presentar a PEMEX PETROQUÍMICA, a más tardar dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato, o el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, Póliza de Fianza que se constituirá por el 10% del monto [TOTAL O MÁXIMO] del contrato adjudicado, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, más SEIS meses a partir de que queden en operación los bienes suministrados o se concluya el servicio prestado, o después de la entrega de los bienes en su destino final, otorgada por institución de fianzas debidamente autorizada por el Gobierno Federal y a favor de PEMEX PETROQUÍMICA; en el caso de que el Proveedor no cumpla con la entrega de la presente garantía, PEMEX PETROQUÍMICA podrá determinar la rescisión administrativa del contrato. La Fianza que garantiza el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato y/o defectos, vicios ocultos de los bienes, y la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad en los términos señalados en el contrato y en la legislación aplicable, se deberá otorgar en estricto apego al Documento 09, de esta convocatoria y deberá entregarse en el domicilio siguiente: Ejido Pajaritos S/N, C.P. 96400, Allende, Coatzacoalcos, Ver., México; en días hábiles y en horario comprendido de las 8:30 a las 15:30 hrs.

La Fianza de Cumplimiento de ninguna manera será considerada como una limitación de la responsabilidad del Proveedor derivada de sus obligaciones y garantías estipuladas en el contrato y de ninguna manera impedirá que PEMEX PETROQUÍMICA reclame la indemnización o el reembolso por cualquier incumplimiento que pueda exceder el valor de la Fianza. En el caso de cualquier modificación al monto o al plazo pactado en el contrato y/o sus anexos, el Proveedor se obliga a entregar a PEMEX PETROQUÍMICA a la firma del convenio respectivo, el endoso o documento modificatorio de la Fianza de Cumplimiento, defectos y vicios ocultos de los bienes y la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad otorgada originalmente, debiendo contener el documento modificatorio de la póliza en cuestión, la estipulación de que es conjunto, solidario e inseparable de la Fianza inicialmente presentada por el Proveedor, en el caso de que el Proveedor no cumpla con la entrega del documento modificatorio PEMEX PETROQUÍMICA podrá determinar la rescisión administrativa del contrato.

El Proveedor manifestará expresamente en el contrato respectivo: (A) Que queda obligado ante PEMEX PETROQUÍMICA para responder de los defectos y vicios ocultos de los

bienes y de la calidad de los servicios, así como cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido, en los términos señalados en el contrato y en la legislación aplicable, por lo que PEMEX PETROQUÍMICA podrá exigir al PROVEEDOR que lleve a cabo las correcciones o reparaciones necesarias o las reposiciones inmediatas que se requieran, lo que el PROVEEDOR deberá realizar por su cuenta sin que tenga derecho a retribución por tal concepto. En el caso de que el PROVEEDOR no lleve a cabo las correcciones, reparaciones o reposiciones que se le exigen a partir del vencimiento del plazo máximo de 30 días naturales que PEMEX PETROQUÍMICA otorgue al PROVEEDOR o en su caso, el acordado entre el PROVEEDOR y PEMEX PETROQUÍMICA, para efectuar las correcciones, reparaciones y/o reposiciones necesarias, podrá solicitarse a un tercero que realice los trabajos o podrá llevarlos a cabo PEMEX PETROQUÍMICA con cargo al PROVEEDOR. Si el plazo acordado para la realización de las

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correcciones, reparaciones o reposiciones no es superior a 30 días no será necesario que se dé aviso previo a la afianzadora de los trabajos de corrección, reposición o reparación que deberán llevarse a cabo, siempre y cuando, no se haya reclamado previamente el incumplimiento ante la compañía afianzadora. En caso de que el plazo acordado entre el PROVEEDOR y PEMEX PETROQUÍMICA exceda el periodo de 30 días, el PROVEEDOR quedará obligado a solicitar anuencia por escrito de su afianzadora, y hacer entrega de la misma a PEMEX PETROQUÍMICA.

(B) Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PEMEX PETROQUÍMICA, de desistirse del

derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva las garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de PEMEX PETROQUÍMICA.

(C) Su conformidad de que la fianza se pague independientemente de que se interponga cualquier tipo de

recurso ante instancias del orden administrativo o no judicial. (D) Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante

la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los respectivos recursos que se interpongan con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.

(E) Su conformidad en obligarse conjuntamente con su afianzadora en el caso de reclamación, y con

fundamento en la facultad que le concede el artículo 118 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, que la excepción de subjudicidad, se tendrá por justificada únicamente, si se exhibe copia sellada del escrito de demanda, en el que conste que en el ejercicio de la acción principal, el fiado señala como documento fundatorio de dicha acción, este contrato y existe identidad entre las prestaciones reclamadas y los hechos que soportan la improcedencia del reclamo, renunciando expresamente a cualquier otra acepción que se pudiera dar a la excepción de subjudicidad o exigibilidad de la póliza de fianza sujeta a controversia judicial o administrativa entre las partes de este contrato; así como a que en este supuesto, la institución de fianzas entere el pago de la cantidad procedente en el día hábil inmediato subsecuente al vencimiento del plazo de treinta días naturales que le concede el artículo 93 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas para resolver sobre la procedencia del reclamo.

(F) Su aceptación para que la fianza de cumplimiento, defectos y vicios ocultos de los bienes y la calidad de

los servicios, y cualquier otra responsabilidad, permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad a satisfacción de PEMEX PETROQUÍMICA, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por PEMEX PETROQUÍMICA.

(G) Su conformidad expresa que la reclamación que se presente ante la afianzadora quedará debidamente

integrada con la siguiente documentación:

Por cumplimiento.

1. PÓLIZA DE FIANZA Y SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS, EN SU CASO. 2. CONTRATO GARANTIZADO Y EN SU CASO SUS CONVENIOS MODIFICATORIOS. 3. DOCUMENTO DE NOTIFICACIÓN AL FIADO DE SU INCUMPLIMIENTO.

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4. LA RESCISION DEL CONTRATO Y SU NOTIFICACION. 5. FINIQUITO. 6. CUANTIFICACIÓN DEL IMPORTE RECLAMADO.

Por defectos, vicios ocultos de los bienes, así como la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad.

1. PÓLIZA DE FIANZA Y SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS, EN SU CASO. 2. CONTRATO GARANTIZADO Y EN SU CASO SUS CONVENIOS MODIFICATORIOS. 3. DOCUMENTO TÉCNICO ELABORADO POR PERSONAL DEL CENTRO DE TRABAJO, 4. QUE REÚNA LOS ELEMENTOS NECESARIOS DE IDENTIFICACIÓN Y DESCRIPCIÓN 5. DE LOS DEFECTOS, DE LOS VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y/O LA MALA 6. CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD 7. RELATIVA A LOS VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS 8. SERVICIOS Y SU CUANTIFICACIÓN. 9. ESCRITO DONDE SE RECLAMA AL FIADO LA REPARACIÓN DE LOS DEFECTOS O 10. VICIOS OCULTOS DETECTADOS Y/O LA MALA CALIDAD DE LOS SERVICIOS

En caso de Propuestas Conjuntas, la Fianza de Cumplimiento del contrato se presentará en un solo instrumento en que la afianzadora exprese que asume frente a PEMEX PETROQUÍMICA una responsabilidad única por todos los integrantes. La Fianza de Cumplimiento, defectos, vicios ocultos de los bienes, calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad, se podrá hacer efectiva por PEMEX PETROQUÍMICA, cuando se presente de manera enunciativa y no limitativa alguno de los siguientes casos:

a).- Cuando el Proveedor incumpla con cualquiera de las obligaciones que deriven del contrato. b).- Cuando se rescinda el contrato por causas imputables al Proveedor. c).- Cuando se presenten defectos, vicios ocultos de los bienes, mala calidad de los servicios y cualquier otra

responsabilidad en los bienes y/o servicios materia del contrato. d).- Cuando hubiese transcurrido el plazo, que en su caso, se haya concedido al Proveedor para reparar, reponer o

corregir los defectos, vicios ocultos y la calidad de los bienes y servicios, así como cualquier otra responsabilidad cuando aplique, y no se hayan reparado, repuesto o corregido los defectos, vicios ocultos de los bienes y la mala calidad de los servicios, así como cualquier otra responsabilidad.

Carta de Crédito Standby irrevocable confirmada relacionada al cumplimiento del contrato, así como los

ddeeffeeccttooss yy vviicciiooss ooccuullttooss ddee llooss bbiieenneess,, llaa ccaalliiddaadd ddee llooss sseerrvviicciiooss y cualquier otra responsabilidad.

El Proveedor, a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato así como los defectos y vicios ocultos de los bienes y la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad, deberá presentar a PEMEX PETROQUÍMICA, a más tardar dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato, o el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, Carta de Crédito STANDBY Irrevocable Confirmada por una institución bancaria autorizada para operar en territorio mexicano, la que se constituirá por el 10% del monto [TOTAL O MÁXIMO] del contrato adjudicado, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado más NUEVE meses a partir de que queden en operación los bienes suministrados o se concluya el servicio prestado, o después de la entrega de los bienes en su destino final a total satisfacción y a favor de PEMEX PETROQUÍMICA; en el caso de que el Proveedor no cumpla con la entrega de la presente garantía, PEMEX PETROQUÍMICA podrá determinar la rescisión administrativa del contrato.

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La Carta de Crédito STANDBY que garantiza el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, así como los defectos y vicios ocultos de los bienes y la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad, y sus documentos modificatorios, si los hubiere, se deberán otorgar en estricto apego al Documento 09-A, de esta convocatoria y deberán entregarse en original en el domicilio siguiente: Ejido Pajaritos S/N, C.P. 96400, Allende, Coatzacoalcos, Ver., México; en días hábiles y en horario comprendido de las 8:30 a las 15:30 hrs. La Carta de Crédito STANDBY que garantiza el cumplimiento, así como los defectos y vicios ocultos de los bienes y la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad, de ninguna manera será considerada como una limitación de la responsabilidad del Proveedor derivada de sus obligaciones estipuladas en el contrato y de ninguna manera impedirá que PEMEX PETROQUÍMICA reclame la indemnización o el reembolso por cualquier incumplimiento que pueda exceder el valor de dicha garantía.

En el caso de cualquier modificación al monto o al plazo pactado en el contrato y/o sus anexos, el Proveedor se obliga a entregar a PEMEX PETROQUÍMICA a la firma del convenio respectivo, el documento modificatorio en original de la Carta de Crédito STANDBY otorgada inicialmente que garantiza el cumplimiento, así como los defectos y vicios ocultos de los bienes y la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad, en el caso de que el Proveedor no cumpla con la entrega del documento modificatorio PEMEX PETROQUÍMICA podrá determinar la rescisión administrativa del contrato.

El Proveedor manifestará expresamente en el contrato respectivo:

(A) Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PEMEX PETROQUÍMICA, de renunciar al

derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorgará su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se hagan efectivas las garantías otorgadas, así como cualquier otro saldo a favor de PEMEX PETROQUÍMICA.

(B) Que reconoce que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se hará

efectiva parcial o totalmente la Carta de Crédito Standby otorgada. (C) Que reconoce que la Carta de Crédito Standby expedida para garantizar el cumplimiento del contrato, así

como los defectos y vicios ocultos de los bienes y la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad, será pagada ante el incumplimiento de las obligaciones contractuales, que la hagan exigible, con entera desvinculación de cualquier circunstancia que pudiera generar una excepción de pago distinta a aquélla que se origine en inconsistencias o deficiencias del propio documento que se hace efectivo, por lo que cualquier excepción que pudiese eventualmente señalarse como conexa, carecería de eficacia para desvirtuar la legitimidad de la gestión de cobro.

13.5. Anticipo.

Para la adquisición de los Bienes objeto de esta licitación PEMEX PETROQUÍMICA NO otorgará anticipo.

13.6. Condiciones y forma de pago. (55 fracción III inciso e) de la Ley)

PEMEX PETROQUÍMICA pagará al Proveedor el monto de los Bienes entregados y aceptados a los 20 días naturales siguientes máximo contados a partir de la fecha de recepción y aceptación del original de la factura, acompañada de la documentación soporte que proceda y del acuse de recibo correspondiente conteniendo el

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comprobante de recepción del área receptora de los Bienes, en el cual se asentará la fecha de la recepción, así como el nombre, ficha y firma del personal facultado para estos efectos. El pago al Proveedor se efectuará a través de depósito bancario en la cuenta que para tal efecto designe él mismo, para lo cual éste se obliga a entregar junto con sus facturas, los datos de la cuenta bancaria donde se depositará el pago. Las obligaciones de pago denominadas en moneda extranjera para ser cumplidas en la República Mexicana, se harán en pesos mexicanos y al tipo de cambio vigente que publique el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación, el día en que se realice el pago. Una vez realizado el pago al Proveedor, éste tendrá diez (10) días hábiles para manifestar cualquier aspecto que se relacione con el mismo; transcurrido dicho plazo sin que se presente manifestación alguna, éste se considerará definitivamente aceptado y sin derecho a ulterior reclamación. Para los compromisos el Proveedor podrá solicitar la condición de pronto pago, cuando acepte el porcentaje de descuento por cada día de adelanto que resulte de aplicar la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) de 28 días, más cuatro (4) punto porcentuales, que se encuentre vigente con dos (2) días hábiles previos a la fecha valor en que se presente la solicitud de “Pronto Pago”. En caso que se dejara de publicar la tasa TIIE, se utilizara la que determine el Banco de México en sustitución de esta. Para la aplicación de la condición de “Pronto Pago”, se observaran las siguientes premisas:

a) Se podrá aplicar siempre y cuando no existan adeudos pendientes por parte del proveedor. b) Que los bienes y servicios hayan sido entregados o presentados a satisfacción de PEMEX

PETROQUÍMICA. c) Que el tercero presente la solicitud de pronto pago, por lo menos con tres días hábiles de anticipación a

la fecha en que deba efectuarse el pago en forma adelantada, en la Ventanilla Única ubicada en el interior del Complejo Petroquímico Morelos, en el horario de 9:00 a 13:00 hrs., y estará sujeta a la disponibilidad presupuestal en flujo de efectivo en PEMEX PETROQUÍMICA, misma que deberá contener la siguiente leyenda “Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que los documentos que se presentan para pronto pago objeto de esta solicitud, no se encuentran en trámite de descuento para financiamiento ante ninguna institución financiera que implique que el pago se encuentra comprometida o cedido a un tercero”.

d) Cada operación de descuento por “Pronto Pago”, deberá quedar documentada con Nota de Crédito expedida por el proveedor a favor de PEMEX PETROQUÍMICA, bajo el concepto de “descuento por pronto pago”, misma que deberá reunir todos los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación y deberá entregarse junto con la solicitud a que hace referencia el inciso c).

e) El límite de recursos a utilizar será el techo financiero que autorice la gerencia de Control Presupuestal para cada Organismo, o las ampliaciones que esa gerencia pudiera autorizar, con base en su disposición presupuestal.

f) La aplicación de este programa será extensivo a los compromisos que se liquiden a través del Pemex Project Funding Master Trust o del Fideicomiso F/163.

g) Las facturas que hayan sido previamente presentadas en el esquema de “validación de contra-recibos” no podrán ser objeto de la aplicación de pronto pago, excepto que el solicitante presente carta de la empresa de factoraje en la que confirma el abandono del procedimiento de conformidad con las propias reglas de dicho esquema.

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Nacional Financiera cuenta con un esquema de factoraje que está a disposición de todos los proveedores y contratistas en adquisiciones y arrendamientos de bienes muebles, servicios y obra pública de la Administración Pública Federal. Para aquellos proveedores y contratistas que estén interesados en utilizar este esquema de factoraje, se les invita a que se afilien al Programa de Cadenas Productivas. Al respecto encontrará mayor información en la página web de Nacional Financiera: http://www.nafin.com/portalnf/content/ventas-al-gobierno/programa-de-compras-del-gobierno -federal/cadenas-productivas.html.

13.6.1. Ajuste de Precios. La fórmula o mecanismo para determinar el ajuste a los precios de Bienes objeto del contrato es el siguiente: LA FÓRMULA DE AJUSTE DE PRECIOS ES LA SIGUIENTE: AP = K * PO DONDE: AP PRECIO AJUSTADO K CONSTANTE DE AJUSTE PO PRECIO DE COTIZACIÓN EN LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS ASÍ MISMO, SE DEFINE K COMO K= [ INPPMATI / INPPMAT0 ] DONDE: INPPMAT0 SE REFIERE AL ÍNDICE NACIONAL DE PRECIOS PRODUCTOR EN EL AÑO DE COTIZACIÓN ASOCIADO CON LOS MATERIALES SUMINISTRADOS EN CADA PARTIDA. INPPMATI SE REFIERE AL ÍNDICE NACIONAL DE PRECIOS PRODUCTOR EN EL AÑO DE AJUSTE ASOCIADO CON LOS MATERIALES SUMINISTRADOS EN CADA PARTIDA. PARA CADA PARTIDA LA FÓRMULA DE AJUSTE DE PRECIOS ES ESPECÍFICA DE ACUERDO A LA NATURALEZA DE LOS MATERIALES, MANO DE OBRA Y EL EQUIPO UTILIZADO. POR LO ANTERIOR, LOS ÍNDICES NACIONALES DE PRECIOS PRODUCTOR QUE APLICAN POR PARTIDA SON POR CONCEPTO DE MATERIALES, POR LO ANTERIOR, LOS ÍNDICES NACIONALES DE PRECIOS PRODUCTOR QUE APLICAN POR PARTIDA SON: PARA LAS PARTIDAS 01, 02, 07, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34 Y 35; EL INPP QUE APLICA ES EL C4011 (353) PINTURAS. PARA LAS PARTIDAS 03, 04, 05 Y 06; EL INPP QUE APLICA ES EL C4045 (365) SOLVENTES.

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NOTA: El precio establecido será fijo a partir de la fecha de formalización del contrato, hasta el primer semestre del 2012, mes en que será sujeto a revisión. Las revisiones serán conforme al siguiente diagrama, con base a publicaciones del Banco de México del mes anterior (mayo y noviembre) y aplicables a partir del siguiente mes (enero y julio). Diagrama de Ajustes:

Precio fijo hasta el primer semestre de 2012.

Julio-Diciembre 2012

Enero-Junio 2013

Julio-Diciembre 2013

Precio Fijo Primer Ajuste Segundo Ajuste Tercer Ajuste En los casos de atraso en la entrega del bien por causas imputables al proveedor, el ajuste de precios no podrá exceder a la fecha de entrega originalmente pactada o modificada. El ajuste de precios solamente aplicará para los saldos del contrato. A partir del inicio del periodo de penalización por atraso, no deberá autorizarse ajuste de precios. En caso de prórroga en el contrato por causas de caso fortuito o fuerza mayor, el ajuste de precios procederá durante el período de la prórroga. En el caso de que se presenten decrementos en los índices de referencia en función del último precio autorizado, el proveedor se obliga a notificarlo a PEMEX Petroquímica, y deberá bonificar en la presentación de sus facturas, las cantidades que resulten aplicando el mecanismo pactado, y aún cuando el proveedor no lo hubiere notificado, si PEMEX Petroquímica, lo detecta, le solicitará que lo bonifique en su facturación más próxima. Los índices de precios de referencia de los componentes aplicables para el cálculo de los ajustes son los publicados por el Banco de México (BM), en su edición electrónica “Índices de precios” y el promedio de los salarios mínimos generales de las Áreas Geográficas “A”, “B” y “C”, publicados por la Comisión Nacional de Salarios Mínimos en el Diario Oficial de la Federación. El procedimiento empleado para la actualización de los precios, consiste en calcular la suma de los términos formados por cada una de las proporciones o incidencias (Expresadas en decimales), en que intervienen los respectivos insumos, multiplicada por el cociente formado por el relativo actual y anterior correspondiente a las fechas que determinen el período de actualización.

El ajuste de precios, respecto de los bienes pendientes de entregar, aplicará previa solicitud por escrito del PROVEEDOR a las áreas usuarias de PEMEX PETROQUÍMICA a partir de la fecha de recepción de la solicitud, en los términos pactados en esta cláusula y, se notificará al PROVEEDOR mediante oficio la resolución correspondiente, dentro de un plazo máximo de 30 días naturales a partir de que se publiquen los índices que apliquen.

13.7. Facturación.

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El Proveedor deberá presentar sus facturas acompañadas de la documentación soporte en términos del Contrato, para inicio de trámite de pago en la Ventanilla Única de la Superintendencia de Recursos Financieros del Complejo Petroquímico Morelos de PEMEX PETROQUIMICA ubicado en: Ejido Pajaritos S/N, SC. C.P. 96400, Allende, Coatzacoalcos, Veracruz, México, y en el horario comprendido de las 8:30 hrs a las 12:00 horas.

Debidamente requisitadas, en original y 2 copias, para proceder al inicio de trámite de pago, mismas que deberán ser presentadas en un máximo de siete (7) días naturales posteriores a la recepción de los Bienes en los términos del Contrato. El Proveedor al momento de facturar, deberá hacer referencia al Contrato correspondiente, a la ORDEN –CUANDO APLIQUE-, a la (partida) que surte, la unidad de medida y al precio unitario de los Bienes. En caso de que las facturas entregadas por el Proveedor, presenten errores o deficiencias, PEMEX PETROQUÍMICA dentro de los tres (3) días naturales siguientes al de su recepción, indicará por escrito las deficiencias que deberá corregir. El periodo que transcurre a partir de la entrega del citado escrito y hasta que solvente las correcciones, no se computará para efectos del plazo establecido de 20 días MAXIMO para pago. Una vez corregida la factura correspondiente, reiniciará el cómputo del plazo mencionado. En caso de que existan Bienes faltantes o discrepantes, o pago en exceso, PEMEX PETROQUÍMICA tendrá el derecho de reclamar por dichos conceptos, aún y cuando, hubiese efectuado el pago correspondiente. 13.8. Penalizaciones Respecto de cada ORDEN (contrato), las penas convencionales a las que el Proveedor se haga acreedor por atraso en el plazo de entrega de los Bienes, se calcularán, a partir del día siguiente del plazo pactado para la entrega de los mismos, o en su caso, modificado mediante convenio, y serán determinadas el valor de los bienes entregados con atraso, a razón de 0.5%, por cada día calendario de atraso y hasta el importe del 10% de la ORDEN (el contrato) de que se trate. PEMEX PETROQUÍMICA, podrá exigir la entrega de los Bienes con la aplicación de las penas convencionales que procedan. Una vez transcurrido el plazo máximo de espera de aplicación de penas convencionales de una orden sin que el proveedor haya entregado los bienes PEMEX PETROQUÍMICA procederá a aplicar una deducción equivalente al 10% del valor de la misma y podrá generar una nueva orden. Cuando la suma de las penas convencionales alcance el importe de la garantía de cumplimiento del Contrato, PEMEX PETROQUÍMICA podrá iniciar el procedimiento de rescisión administrativa del Contrato. El pago de los Bienes quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que el Proveedor deba efectuar por concepto de penas convencionales y/o deducciones. Para determinar la aplicación de las penas convencionales, no se tomarán en cuenta las demoras motivadas por caso fortuito o causas de fuerza mayor o cualquier otra causa no imputable al Proveedor. De presentarse caso fortuito o fuerza mayor o por causas imputables a la convocante, se podrá otorgar una prórroga al cumplimiento de las obligaciones.

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13.9. Rescisión administrativa del contrato.

PEMEX PETROQUÍMICA podrá en cualquier momento, rescindir administrativamente el Contrato, sin necesidad de declaración judicial o arbitral, en caso de que el PROVEEDOR se ubique en cualquiera de los siguientes supuestos: a) Incumpla con sus obligaciones en los términos establecidos en el contrato y sus anexos;

b) No entregue los bienes de conformidad con lo estipulado en el contrato y sus anexos o sin motivo

justificado no acate las órdenes dadas por el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato;

c) Sea declarado o sujeto a concurso mercantil, quiebra o suspensión de pagos, o cualquier otra figura análoga;

d) Durante la ejecución del contrato pierda las capacidades técnicas, financieras u operativas que hubiere acreditado para la adjudicación del contrato;

e) Se le revoque o cancele de manera definitiva cualquier permiso o autorización gubernamental necesaria para el cumplimiento de sus obligaciones bajo el contrato;

f) Cuando sin autorización expresa de PEMEX PETROQUIMICA ceda o transfiera las obligaciones y derechos del contrato de cualquier forma;

g) Cuando sin autorización expresa de PEMEX PETROQUIMICA ceda o transfiera las acciones, partes sociales e intereses del PROVEEDOR o sus obligados solidarios, cuando se haya pactado dicha condición;

h) Cambie su nacionalidad, en caso de que haya sido establecido como requisito tener una determinada nacionalidad o, si siendo extranjero invoca la protección de su gobierno en relación al contrato;

i) Si no da cumplimiento al porcentaje de contenido nacional en los términos de la cláusula denominada “Contenido Nacional” del contrato;

j) Se ubique en los supuestos de la cláusula “Anticorrupción” del contrato;

k) Si no da a PEMEX PETROQUIMICA o a quien éste designe por escrito, las facilidades y datos necesarios para la inspección de los bienes;

l) Si no entrega a PEMEX PETROQUIMICA el(los) endoso(s) y ampliación(es) y/o renovación(es) a la garantía otorgada para el cumplimiento del contrato que esté obligado a entregar conforme a la cláusula “Modificaciones al Contrato” del contrato;

En caso de que el PROVEEDOR se encuentre en alguno de los supuestos que se indican en esta cláusula, previo a la determinación de la rescisión, PEMEX PETROQUIMICA podrá otorgar al PROVEEDOR un periodo para subsanar dicho incumplimiento, sin perjuicio de las penalizaciones que, en su caso, se hubieren pactado. El periodo será determinado por PEMEX PETROQUIMICA atendiendo a las circunstancias del contrato. Si al concluir

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dicho periodo, el PROVEEDOR no hubiera subsanado el incumplimiento, PEMEX PETROQUIMICA podrá determinar la rescisión administrativa conforme al procedimiento señalado en esta cláusula. En caso de que PEMEX PETROQUIMICA determine rescindir administrativamente el contrato, el PROVEEDOR estará obligado a devolver a PEMEX PETROQUIMICA, en un plazo de __ (____) días naturales, contados a partir de la notificación del inicio del procedimiento de rescisión, toda la documentación que éste le hubiere entregado para la ejecución del contrato. El finiquito correspondiente deberá efectuarse dentro de los ___ (____) días naturales siguientes a la fecha de la comunicación de la determinación, a fin de proceder a hacer efectivas las garantías. El PROVEEDOR solo podrá rescindir el contrato, previa declaración de la autoridad competente. El PROVEEDOR sólo podrá demandar la rescisión, cuando por causas imputables a PEMEX PETROQUIMICA se actualicen alguno de los siguientes supuestos:

a) Por incumplimiento en las obligaciones de pago;

b) Por no contar con los permisos, licencias o autorizaciones que estén a su cargo;

c) Por no poner a disposición de PROVEEDOR el sitio donde se deban entregar los bienes. 13.10 Información reservada y confidencial.

Se hace del conocimiento de las personas físicas y morales que tengan interés en participar en el proceso de licitación convocado, que en términos de lo dispuesto por los artículos 14 fracciones I y II, 18 fracciones I y II, y 19 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y 38 de su Reglamento, deberán indicar si en los documentos que proporcionen a PEMEX PETROQUÍMICA se contiene información de carácter confidencial, reservada o comercial reservada, señalando los documentos o las secciones de estos que la contengan, así como el fundamento legal por el cual consideren que tengan ese carácter. Se recomienda utilizar preferentemente para enumerar su documentación reservada y confidencial el formato del Documento 11.

13.11 Seguros

Los bienes deberán asegurarse por cuenta del proveedor, hasta su recepción de acuerdo a lo establecido en las condiciones de entrega.

13.12. Fuentes de financiamiento. –NO APLICA-.

13.13. Propiedad industrial y derechos de autor

El LICITANTE acepta que, en relación con el objeto de esta licitación asume la responsabilidad total para el caso de que se infrinjan derechos de propiedad industrial y derechos de autor, por lo que se obliga a sacar en paz y a salvo a PEMEX PETROQUÍMICA de cualquier acción que se interponga en su contra y/o en contra de Petróleos Mexicanos y/o Organismos Subsidiarios y/o Empresas Filiales; obligándose en este caso, a reembolsar y/o indemnizar de cualquier gasto y/o costa judicial, así como los relativos a la defensa legal que se utilice y que realice PEMEX PETROQUÍMICA por la violación a los derechos de propiedad industrial y derechos de autor de un tercero.

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Si se da dicho supuesto, PEMEX PETROQUÍMICA dará aviso a las autoridades competentes y al PROVEEDOR, y éste último en un plazo de (número) (letra) días naturales contados a partir de la fecha de recepción de la notificación, proporcionará a PEMEX PETROQUÍMICA un informe circunstanciado sobre la referida violación. El PROVEEDOR asumirá el control de la defensa de la reclamación y de cualquier negociación o conciliación. Si dicha reclamación, negociación o conciliación afecta los intereses de Petróleos Mexicanos y/o de los Organismos Subsidiarios y/o sus Empresas Filiales, la defensa, la negociación o conciliación se llevará a cabo conjuntamente, para lo que, el PROVEEDOR se compromete a consultar y obtener la autorización previa de PEMEX PETROQUÍMICA para implementar los medios y estrategias de defensa necesarios, sin restringirse las facultades de PEMEX PETROQUÍMICA de implementar sus propios medios y estrategias de defensa. El PROVEEDOR bajo ninguna circunstancia podrá usar para fines comerciales, publicitarios o de cualquier otra índole, el nombre de Petróleos Mexicanos, el de los Organismos Subsidiarios y el de sus Empresas Filiales, sus logotipos o cualquier otro signo o símbolo distintivo.

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DOCUMENTO 03

FORMATO DE INFORMACIÓN PARA ACREDITAR LA EXISTENCIA Y PERSONALIDAD DEL LICITANTE Yo, (nombre del apoderado ó representante que firme la propuesta), manifiesto BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, que los datos aquí asentados, son ciertos y han sido debidamente verificados y que cuento con facultades suficientes para comprometer a mi representada a través de la propuesta en la presente licitación pública, a nombre y representación de: (nombre de la persona física o moral).

Clave del Registro Federal de Contribuyentes:

Domicilio.-

Calle y Número:

Colonia: Delegación o Municipio:

Código Postal: Entidad Federativa:

Teléfonos: Fax:

Correo electrónico:

No. de la escritura pública en la que consta su acta constitutiva:

Fecha:

Nombre, número y circunscripción del Notario ó Fedatario Público que la protocolizó:

Relación de Socios:

Apellido Paterno:

Apellido Materno:

Nombre( s )

Descripción del objeto social (para personas físicas, actividad comercial ó profesional:

Reformas o modificaciones al acta constitutiva:

Nombre, número y circunscripción del Notario ó Fedatario Público que las protocolizó:

RFC y domicilio del apoderado o representante (que firma la propuesta):

Datos de la Escritura Pública mediante la cual acredita su personalidad y facultades para suscribir la propuesta:

Escritura pública número: Fecha:

Nombre, número, y circunscripción del Notario o Fedatario Público que la protocolizó:

Lugar y fecha

(Firma autógrafa original del apoderado o representante) Notas: 1.- El presente formato podrá ser reproducido por cada licitante en el modo que estime conveniente, debiendo respetar su contenido, preferentemente, en el orden

indicado. 2.- El licitante deberá incorporar textualmente, los datos de los documentos legales que se solicitan en este documento, sin utilizar abreviaturas, principalmente en

lo relativo al nombre de la persona física o razón social de la persona moral. 3.- Con la finalidad de agilizar la formalización del contrato, el licitante podrá integrar en su propuesta copia de la documentación indicada en este formato.

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DOCUMENTO 03 A

ESCRITO EN EL QUE SU FIRMANTE MANIFIESTE, BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, QUE CUENTA CON FACULTADES SUFICIENTES PARA COMPROMETERSE POR SÍ O POR SU REPRESENTADA.

(Lugar y Fecha)

Pemex petroquímica Complejo Petroquímico Morelos P r e s e n t e.

Licitación Pública Nacional No.: _(indicar numero de convocatoria) .

Yo, (Nombre del apoderado o representante legal), en mi carácter de (términos en que este otorgando el mandato), de

la empresa (denominación o razón social), y en cumplimiento de lo solicitado en el inciso A) del numeral 4.2

Indicaciones Generales para el desarrollo de los actos, manifiesto “BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD” que

cuento con facultades suficientes para comprometerme por sí o por mi representada, sin que resulte necesario

acreditar mi personalidad jurídica, para intervenir en el acto de presentación y apertura de propuestas de la presente

Licitación Pública.

Lo anterior para los fines y efectos que haya lugar.

A T E N T A M E N T E

(NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE O APODERADO LEGAL DE LA EMPRESA)

NOTA: 1 En el supuesto de que el licitante se trate de una persona física, se deberá ajustar el presente formato en su parte

conducente.

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DOCUMENTO 04

DOCUMENTOS QUE DEBERÁN SER FIRMADOS AUTÓGRAFAMENTE POR EL APODERADO O REPRESENTANTE.

C

on

s.

Descripción

1. Formato de información para acreditar la existencia y personalidad del licitante (Documento 03). 2. Escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes

para comprometerse por sí o por su representada, sin que resulte necesario acreditar su personalidad jurídica, para intervenir en el acto de presentación y apertura de propuestas. (Documento 03-A).

3. Manifestación escrita bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC´S, conforme al Documento 07

4 De ser el caso, el convenio privado mediante el cual se conviene en presentar propuesta conjunta. 5 Formato de propuesta (Técnica) Documento 06 6 Formato de propuesta (Económica) Documento 06-A 7 Modelo de manifestación para integrar el catálogo de proveedores de los sistemas transaccionales de

Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. Documento 06-B. 8 Formato para la manifestación para dar cumplimiento a las “REGLAS para la determinación, acreditación y

verificación del contenido nacional de los bienes que se ofertan y entregan en los procedimientos de contratación, así como para la aplicación del requisito de contenido nacional en la contratación de obras públicas, que celebren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal” publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 14 de Octubre de 2010. (Documento 10).

9 De ser el caso, el documento Compromisos con la Transparencia (Documento 14).

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DOCUMENTO 05

FORMATO PARA LA CONSTANCIA DE RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS QUE LOS LICITANTES ENTREGAN A LA CONVOCANTE EN EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES

No. DOCUMENTO PUNTOS DE LA

CONVOCATORIA ENTREGO

DONDE SE EXIGE SI NO

Dentro o fuera del sobre de la propuesta a elección del licitante

1

Acreditación de la existencia y personalidad del licitante (Documento 03). Copia simple por ambos lados de su identificación oficial vigente con fotografía, tratándose de personas físicas y, en el caso de personas morales, de la persona que firme la proposición.

4 INCISO A)

2 Copia de comprobante de pago de bases 4 INCISO A)

3 Declaración escrita de no encontrarse en los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC´S (Documento 07).

4 INCISO C)

4

Formato para la manifestación que podrán presentar los licitantes que participen en los procedimientos de contratación internacional, para dar cumplimiento a lo dispuesto en la regla 6 de las “Reglas para la aplicación del margen de preferencia en el precio de los bienes de origen nacional, respecto del precio de los bienes de importación, en los procedimientos de contratación de carácter internacional abierto que realizan las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de Diciembre de 2010. Transparencia (Documento 10).

4 INCISO I)

La omisión de los siguientes documentos no será motivo de desechamiento de la propuesta.

5 Escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada (Documento 3-A)

4.2 INCISO A)

6 Formato para la constancia de recepción de documentos que los licitantes entregan a la Convocante en el acto de presentación y apertura de proposiciones (Documento 05).

4 INCISO G)

7 El documento denominado Compromisos con la Transparencia (Documento 14).

11

Documentación que deberá presentarse dentro del sobre de la propuesta.

8 Propuesta Técnica. (Documento 06). 4 INCISO D)

9 Propuesta Económica. (Documento 06-A). 4 INCISO E)

Este formato se utilizará como constancia para el licitante de haber entregado la documentación que en el mismo se cita, en caso de que lo incluya, y sólo da constancia de la recepción de la propuesta, por lo que, su contenido cualitativo con respecto a lo solicitado en las bases de la licitación pública será verificado y evaluado por la Convocante. La omisión de la presentación de este formato por parte del licitante, no será motivo de desechamiento de su propuesta.

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DOCUMENTO 06 FORMATO DE PROPUESTA TECNICA

No. Partida

Cantidad máxima

Cantidad máxima

Unidad de

Medida

Descripción y Especificaciones Técnicas de los Bienes (Incluir marca y modelo o Nombre del Fabricante, así como las normas

con las que cumplen los Bienes que propone)

1.- Plazo de entrega

2.- Lugar de entrega

3.- Condición de entrega D.D.P. (INCOTERMS 2000)

4.- Características y condiciones LOS BIENES OFERTADOS SON NUEVOS

NOMBRE DEL LICITANTE: (DENOMINACIÓN O RAZÒN SOCIAL)

NOMBRE DEL REPRESENTANTE: _________________________________ FIRMA: _____________________ CARGO: ____________________ FECHA: _____________________

Nota al Licitante: Se deberán describir los Bienes propuestos y no se aceptarán indicaciones tales como: “marca o similar” “o equivalente”, “marca propia” “cotizo mi marca”, “cotizo de acuerdo a lo solicitado”, “incluido”, “sin costo” y otros datos diferentes a los solicitados en el Documento 01 o bien que proponga más de una marca para un mismo bien o que no indique la marca de los Bienes o nombre del Fabricante, ya que será motivo para desechar la propuesta.

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DOCUMENTO 06-A FORMATO DE PROPUESTA ECONOMICA

No. Partida

Cantidad Máxima

Cantidad Mínima

Unidad de

Medida

Descripción Genérica de los Bienes

Precio Unitario sin

I.V.A. ($)

Importe Total sin I.V.A. ($)

Condiciones Económicas

1.- Vigencia de proposición Mínimo 60 DÍAS NATURALES 2.- Monto total de la proposición (sin IVA) (indicarlo con numero y con letra)(indicar la moneda)

3.- Condiciones de precio PRECIO FIJO 4.- Origen de los bienes

NOMBRE DEL LICITANTE: (DENOMINACIÓN O RAZÒN SOCIAL)

NOMBRE DEL REPRESENTANTE: _________________________________ FIRMA: _____________________ CARGO: ____________________ FECHA: _____________________

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DOCUMENTO 06-B

MODELO DE MANIFESTACIÓN PARA INTEGRAR EL CATÁLOGO DE PROVEEDORES DE LOS SISTEMAS

TRANSACCIONALES DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS

Información con carácter voluntario

De conformidad con el Acuerdo de Estratificación de empresas micro, pequeñas y medianas publicado en el D. O. F. el 30 de diciembre de 2002, a continuación manifiesto bajo protesta de decir verdad lo siguiente, considerando los criterios de tamaño, sector y clasificación por número de empleados:

Razón social: ______________________________________________________ Favor de marcar sólo una opción: ¿Pertenece a alguna Cámara? SI ( ) No ( ) En caso de ser afirmativa la respuesta anterior indicar el nombre de la Cámara: ___________________________________________________________________________

Favor de indicar la Estratificación que corresponda a su empresa de acuerdo a la información indicada para cada Tipo de Empresa en el numeral

Estratificación Tamaño Sector Rango del Número

de Trabajadores Rango de montos de

ventas anuales (mdp)

Tope Máximo Combinado *

Página en Internet_____________________________________________________________

(Lugar y fecha)

____________________________________________ (Firma)

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DOCUMENTO 07

FORMATO PARA LA MANIFESTACIÓN DE NO ENCONTRARSE EN ALGUNO DE LOS SUPUESTOS ESTABLECIDOS POR LOS ARTÍCULOS 53 FRACCION V DE LA LEY DE PETRÓLEOS MEXICANOS y 12 DE LAS DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS DE CONTRATACIÓN EN MATERIA DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, OBRAS Y SERVICIOS DE LAS ACTIVIDADES SUSTANTIVAS DE CARÁCTER PRODUCTIVO DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS.

(Lugar y Fecha)

Pemex petroquímica Complejo Petroquímico Morelos P r e s e n t e. (Nombre del apoderado o representante legal), en mi carácter de (términos en que esté otorgando el mandato),

manifiesto BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, que mi representada, sus accionistas y asociados, no se

encuentran en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y

12 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y

Servicios de las actividades sustantivas de Carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

A T E N T A M E N T E

(NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE O APODERADO

LEGAL DE LA EMPRESA) NOTA: 2 En el supuesto de que el licitante se trate de una persona física, se deberá ajustar el presente formato en su parte

conducente.

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DOCUMENTO 08

MODELO DE FIANZA PARA GARANTIZAR EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE LOS CONTRATOS, LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD. NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DE LA INSTITUCION DE FIANZAS. SE CONSTITUYE FIADORA HASTA POR LA SUMA DE $ ( MONTO DE LA FIANZA ) (NÚMERO, LETRA Y MONEDA) ANTE, A FAVOR Y A DISPOSICIÓN DE (PEMEX PETROQUIMICA) PARA GARANTIZAR POR ______________________________ EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO NÚMERO ____________________ Y SUS ANEXOS, ASÍ COMO DE RESPONDER DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES, DE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS, Y DE CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERA INCURRIDO EL FIADO EN TÉRMINOS DEL CONTRATO. EL CONTRATO CITADO TIENE POR OBJETO _________________________________________________ Y SU MONTO ASCIENDE A LA CANTIDAD DE $__________________ (NÚMERO, LETRA Y MONEDA). ESTA FIANZA SE OTORGA ATENDIENDO A TODAS LAS ESTIPULACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO Y SUS ANEXOS Y GARANTIZA EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES DEL CONTRATO Y SUS ANEXOS, POR PARTE DE NUESTRO FIADO, LAS CUALES DEBERÁN SER REALIZADAS EN LOS PLAZOS QUE PARA TAL EFECTO SE ESTABLECIERON EN EL MISMO. ESTA FIANZA TAMBIÉN RESPONDE DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y DE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS, ASÍ COMO DE CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERA INCURRIDO EL FIADO EN TÉRMINOS DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO. EN CASO DE QUE SEA NECESARIO PRORROGAR EL PLAZO SEÑALADO O CONCEDER ESPERAS Y/O CONVENIOS DE AMPLIACIÓN DE PLAZO PARA EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO GARANTIZADO Y SUS ANEXOS, ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS, A PETICIÓN DEL FIADO, PRORROGARÁ LA VIGENCIA DE LA FIANZA EN CONCORDANCIA CON LAS PRÓRROGAS, ESPERAS, O CONVENIOS DE AMPLIACIÓN DE PLAZO OTORGADOS HASTA EN UN 20% DE LA VIGENCIA ORIGINAL DEL CONTRATO, DEBIENDO EMITIR LOS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS CORRESPONDIENTES. CUANDO EL PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO SUPERE EL 20% DE LA VIGENCIA ORIGINAL, LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA PODRÁ DISCRECIONALMENTE OTORGAR EL DOCUMENTO MODIFICATORIO QUE GARANTICE EL PORCENTAJE EN EXCESO AL 20%. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS RECONOCE QUE EL MONTO GARANTIZADO POR ESTA FIANZA PUEDE MODIFICARSE COMO CONSECUENCIA DE LA FORMALIZACIÓN DE CONVENIOS DE AMPLIACIÓN AL MONTO, LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA PODRÁ DISCRECIONALMENTE OTORGAR EL DOCUMENTO MODIFICATORIO QUE GARANTICE EL PORCENTAJE EN EXCESO AL MONTO ORIGINALMENTE GARANTIZADO, POR LO QUE EL FIADO DEBERÁ SOLICITAR A LA AFIANZADORA EL ENDOSO CORRESPONDIENTE. EL COAFIANZAMIENTO O YUXTAPOSICIÓN DE GARANTÍAS, NO IMPLICARÁ NOVACIÓN DE LAS OBLIGACIONES ASUMIDAS POR LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS, POR LO QUE SUBSISTIRÁ SU RESPONSABILIDAD

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EXCLUSIVAMENTE EN LA MEDIDA Y CONDICIONES EN QUE LA ASUMIÓ EN LA PRESENTE PÓLIZA DE FIANZA Y EN SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS. ESTA FIANZA GARANTIZA HASTA POR EL MONTO EN QUE FUE EMITIDA LA TOTAL EJECUCIÓN Y EL CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO, AÚN CUANDO PARTE DE ELLAS SE SUBCONTRATEN, INCLUYENDO LOS PAGOS EN EXCESO MÁS SUS INTERESES CORRESPONDIENTES, QUE SUPONE QUE EL BENEFICIARIO EFECTÚE UN PAGO POR ERROR SIN EXISTIR OBLIGACIÓN ALGUNA PARA HACERLO. ESTA FIANZA SE EXPIDE DE ENTERA CONFORMIDAD CON LAS CLÁUSULAS DEL CONTRATO GARANTIZADO Y SUS ANEXOS. ESTA FIANZA GARANTIZA IGUALMENTE LA OBLIGACIÓN DEL PROVEEDOR DE RESPONDER POR LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y DE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERA INCURRIDO EL FIADO EN TÉRMINOS DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO, POR UN PERIODO DE 6 MESES A PARTIR DE QUE SE SUMINISTREN LOS BIENES O CONCLUYA EL SERVICIO PRESTADO O DE LA FECHA DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO, LO QUE OCURRA PRIMERO. EL PAGO DE LA FIANZA ES INDEPENDIENTE DEL QUE SE RECLAME AL FIADO POR CONCEPTO DE PENAS CONVENCIONALES, ESTIPULADAS EN EL CONTRATO GARANTIZADO. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE SOMETERSE A LOS PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN PREVISTOS EN LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS PARA LA EFECTIVIDAD DE LA FIANZA, AUN PARA EL CASO DE QUE PROCEDIERA EL COBRO DE INTERESES CON MOTIVO DEL PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE LA PÓLIZA DE FIANZA REQUERIDA. EL BENEFICIARIO DISPONDRÁ DE UN TÉRMINO DE DIEZ MESES PARA FORMULAR LA RECLAMACIÓN RESPECTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, EL QUE SE COMPUTARÁ A PARTIR DE LA FECHA DE NOTIFICACIÓN AL PROVEEDOR DE LA RESCISIÓN DECRETADA POR SU INCUMPLIMIENTO O DE LA FECHA DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO, LO QUE OCURRA PRIMERO; Y DE SEIS MESES PARA LAS OBLIGACIONES RELACIONADAS CON LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y CON LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS, LA QUE SE COMPUTARÁ A PARTIR DEL VENCIMIENTO DEL PLAZO MÁXIMO DE 30 DÍAS NATURALES QUE EL BENEFICIARIO OTORGUE A NUESTRO FIADO O EN SU CASO, EL ACORDADO ENTRE EL FIADO Y EL BENEFICIARIO, PARA EFECTUAR LAS CORRECCIONES, REPARACIONES Y/O REPOSICIONES NECESARIAS. EN AQUELLOS CASOS EN QUE EL BENEFICIARIO Y NUESTRO FIADO CONVENGAN UN PLAZO MAYOR PARA LAS CORRECCIONES, REPARACIONES O REPOSICIONES, ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS DEBERÁ OTORGAR SU ANUENCIA POR ESCRITO, A PETICIÓN DEL FIADO. LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA MANIFIESTA QUE LA RECLAMACIÓN DE LA FIANZA QUEDARÁ INTEGRADA A PARTIR DE SU PRESENTACIÓN SI AL ESCRITO INICIAL EN QUE SE FORMULA SE ACOMPAÑA EN COPIA SIMPLE DE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN: 1.- PARA CUMPLIMIENTO:

A) PÓLIZA DE FIANZA Y SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS, EN SU CASO. B) CONTRATO GARANTIZADO Y EN SU CASO SUS CONVENIOS MODIFICATORIOS. C) DOCUMENTO DE NOTIFICACIÓN AL FIADO DE SU INCUMPLIMIENTO. D) LA RESCISION DEL CONTRATO Y SU NOTIFICACION. E) FINIQUITO. F) CUANTIFICACIÓN DEL IMPORTE RECLAMADO.

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2.- PARA DEFECTOS, VICIOS OCULTOS Y/O CALIDAD DE LOS SERVICIOS Y CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD:

A) PÓLIZA DE FIANZA Y SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS, EN SU CASO. B) CONTRATO GARANTIZADO Y EN SU CASO SUS CONVENIOS MODIFICATORIOS. C) DOCUMENTO TÉCNICO ELABORADO POR PERSONAL DEL CENTRO DE TRABAJO, QUE REÚNA LOS ELEMENTOS NECESARIOS DE IDENTIFICACIÓN Y DESCRIPCIÓN DE LOS DEFECTOS, DE LOS VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y/O LA MALA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD RELATIVA A LOS VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS Y SU CUANTIFICACIÓN. D) ESCRITO DONDE SE RECLAMA AL FIADO LA REPARACIÓN DE LOS DEFECTOS O VICIOS OCULTOS DETECTADOS Y/O LA MALA CALIDAD DE LOS SERVICIOS.

ÚNICAMENTE, EN EL CASO DE QUE EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 118 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, EL FIADO PROPORCIONE A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS OPORTUNAMENTE ELEMENTOS Y DOCUMENTOS RELACIONADOS CON LA OBLIGACIÓN PRINCIPAL GARANTIZADA, QUE AFECTEN LA CUANTIFICACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, O BIEN, SU IMPROCEDENCIA TOTAL O PARCIAL, INCLUYÉNDOSE EN ESTE CASO LAS EXCEPCIONES QUE LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS PUEDA OPONER AL BENEFICIARIO DE LA PÓLIZA DE FIANZA, LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ EL DERECHO DE SOLICITAR ALGÚN DOCUMENTO ADICIONAL A LOS QUE SE SEÑALAN EN LOS INCISOS QUE ANTECEDEN. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE COMPROMETE A PAGAR HASTA EL 100% DEL IMPORTE GARANTIZADO MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE PAGAR AL BENEFICIARIO HASTA EL 100% DEL IMPORTE GARANTIZADO MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, EN RECLAMACIONES ORIGINADAS POR INCUMPLIMIENTO A OBLIGACIONES ESTABLECIDAS A CARGO DEL FIADO, PARA EL CASO EN QUE EL CONTRATO HAYA SIDO ADJUDICADO EN PROPUESTA CONJUNTA SIN IMPORTAR SI SE CONSTITUYÓ UNA SOCIEDAD O SOCIEDAD DISTINTA, YA QUE CUALQUIERA QUE SEA EL NUMERO DE INTEGRANTES, LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS RECONOCE QUE FRENTE AL BENEFICIARIO ASUME UNA RESPONSABILIDAD ÚNICA, INDEPENDIENTEMENTE DE LOS TÉRMINOS EN QUE AQUELLOS SE HUBIERAN OBLIGADO, ENTRE SÍ Y/O CON LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS, ATENDIENDO A LO PREVISTO POR EL ARTÍCULO 20 DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ UN PLAZO HASTA DE 30 DÍAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA EN QUE SE INTEGRE LA RECLAMACIÓN PARA PROCEDER A SU PAGO, O EN SU CASO, PARA COMUNICAR POR ESCRITO AL BENEFICIARIO LAS RAZONES, CAUSAS O MOTIVOS DE SU IMPROCEDENCIA. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ENTERARÁ EL PAGO DE LA CANTIDAD RECLAMADA HASTA POR EL MONTO GARANTIZADO MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, AÚN CUANDO LA OBLIGACIÓN SE ENCUENTRE SUBJÚDICE, EN VIRTUD DE PROCEDIMIENTO ANTE AUTORIDAD JUDICIAL O TRIBUNAL ARBITRAL, SALVO QUE EL ACTO RESCISORIO SEA COMBATIDO Y EL FIADO OBTENGA LA SUSPENSIÓN DE SU EJECUCIÓN, YA SEA EN EL RECURSO ADMINISTRATIVO, EN EL JUICIO CONTENCIOSO O ANTE EL TRIBUNAL ARBITRAL CORRESPONDIENTE. EN CASO DE QUE EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO, O ANTE AUTORIDAD JUDICIAL O TRIBUNAL ARBITRAL RESULTE FAVORABLE A LOS INTERESES DEL FIADO, Y LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS HAYA PAGADO LA

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CANTIDAD RECLAMADA, EL BENEFICIARIO DEVOLVERÁ A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS LA CANTIDAD PAGADA EN UN PLAZO MÁXIMO DE NOVENTA DIAS HÁBILES CONTADOS A PARTIR DE QUE LA RESOLUCIÓN FAVORABLE AL FIADO HAYA CAUSADO EJECUTORIA. ESTA FIANZA ESTARÁ VIGENTE DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS PROCEDIMIENTOS JUDICIALES O ARBITRALES Y LOS RECURSOS LEGALES QUE SE INTERPONGAN, CON ORIGEN EN LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA HASTA QUE SE PRONUNCIE RESOLUCIÓN DEFINITIVA QUE HAYA CAUSADO EJECUTORIA POR AUTORIDAD O TRIBUNAL COMPETENTE. LA INSTITUCION DE FIANZAS SE OBLIGA A ABSTENERSE DE OPONER COMO EXCEPCIÓN PARA EFECTOS DE PAGO DE ÉSTA FIANZA, LA DE COMPENSACIÓN DEL CRÉDITO QUE TENGA SU FIADO CONTRA EL BENEFICIARIO, PARA LO CUAL HACE EXPRESA RENUNCIA DE LA OPCIÓN QUE LE OTORGA EL ARTÍCULO 2813 DEL CÓDIGO CIVIL FEDERAL, EN LA INTELIGENCIA DE QUE SU FIADO HA REALIZADO EN EL CONTRATO GARANTIZADO LA RENUNCIA EXPRESA AL BENEFICIO DE COMPENSACIÓN EN TÉRMINOS DE LO QUE DISPONEN LOS ARTÍCULOS 2197, EN RELACIÓN CON EL 2192 FRACCIÓN I DEL CITADO CÓDIGO. ESTA FIANZA NO ES EXCLUYENTE DE LA EXIGIBILIDAD QUE EL BENEFICIARIO HAGA VALER EN CONTRA DE NUESTRO FIADO POR CUALQUIER INCUMPLIMIENTO DERIVADO DEL CONTRATO QUE PUEDA EXCEDER DEL VALOR CONSIGNADO EN ESTA PÓLIZA. LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE ESTA FIANZA SE EXTINGUIRÁNAUTOMÁTICAMENTE UNA VEZ TRANSCURRIDOS DIEZ MESES CONTADOS A PARTIR DELA FECHA DE NOTIFICACIÓN AL PROVEEDOR DE LA RESCISIÓN DECRETADA POR INCUMPLIMIENTO, O DE LA FECHA DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO, LO QUE OCURRA PRIMERO; Y SEIS MESES PARA PRESENTAR LA RECLAMACIÓN POR DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y DE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS, ASÍ COMO DE CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERE INCURRIDO EL FIADO, LA QUE SE COMPUTARÁ A PARTIR DEL VENCIMIENTO DEL PLAZO MÁXIMO DE 30 DÍAS NATURALES QUE EL BENEFICIARIO OTORGUE A NUESTRO FIADO O EN SU CASO, EL ACORDADO ENTRE EL FIADO Y EL BENEFICIARIO, PARA EFECTUAR LAS CORRECCIONES, REPARACIONES Y/O REPOSICIONES NECESARIAS. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS QUEDARÁ LIBERADA DE SU OBLIGACIÓN FIADORA ÚNICAMENTE SI EL BENEFICIARIO SOLICITA EXPRESAMENTE Y POR ESCRITO LA CANCELACIÓN DE LA PRESENTE GARANTÍA. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ATENDER LAS RECLAMACIONES FIRMADAS POR EL BENEFICIARIO, MISMAS QUE DEBERÁN CONTENER LOS SIGUIENTES DATOS: FECHA DE LA RECLAMACIÓN; NÚMERO DE PÓLIZA DE FIANZA RELACIONADO CON LA RECLAMACIÓN RECIBIDA; FECHA DE EXPEDICIÓN DE LA FIANZA; MONTO DE LA FIANZA; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL FIADO; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL BENEFICIARIO Y DE SU REPRESENTANTE LEGAL DEBIDAMENTE ACREDITADO; DOMICILIO DEL BENEFICIARIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES; DESCRIPCIÓN DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA; REFERENCIA DEL CONTRATO FUENTE (FECHAS, NÚMERO DE CONTRATO, ETC.); DESCRIPCIÓN DEL INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA QUE MOTIVA LA PRESENTACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, ACOMPAÑANDO LA DOCUMENTACIÓN QUE SIRVA COMO SOPORTE PARA COMPROBAR LO DECLARADO Y EL IMPORTE DE LO RECLAMADO QUE NUNCA PODRÁ SER SUPERIOR AL MONTO DE LA FIANZA. FIN DEL TEXTO.

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DOCUMENTO 09

MMOODDEELLOO DDEE CCAARRTTAA DDEE CCRRÉÉDDIITTOO SSTTAANNDDBBYY CCOONNFFIIRRMMAADDAA QUE DEBERAN PRESENTAR (AN) EL(LOS) PROVEEDOR(ES) Y MODELO DE DECLARACIÓN DE BENEFICIARIO.

Versión en español *** INICIO MTxxx (SWIFT MESSAGE)

BANCO EMISOR (NOMBRE Y DIRECCIÓN INCLUYENDO CIUDAD, ESTADO Y PAIS)

BANCO CONFIRMADOR (NOMBRE DEL BANCO CONFIRMADOR Y DOMICILIO EN MEXICO, EN CASO DE QUE EL EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO).

BENEFICIARIO (PETRÓLEOS MEXICANOS, ORGANISMO SUBSIDIARIO O EMPRESA FILIAL Y DOMICILIO FISCAL)

ORDENANTE (NOMBRE Y DOMICILIO COMPLETO DEL PROVEEDOR Ó CONTRATISTA)

FECHA DE EMISION (FECHA DE EMISIÓN DE LA CARTA DE CRÉDITO) FECHA DE VENCIMIENTO: (LUGAR, PAÍS Y FECHA ESPECÍFICA DE VENCIMIENTO, VIGENCIA DE LA

OBLIGACIÓN A GARANTIZAR MÁS 90 DÍAS)

HEMOS ESTABLECIDO NUESTRA CARTA DE CRÉDITO STANDBY IRREVOCABLE Y CONFIRMADA (EN CASO DE QUE EL

EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO) NO. ______________ POR ORDEN Y CUENTA DE (NOMBRE DEL ORDENANTE) A FAVOR

DE PEMEX PETROQUÍMICA POR LA CANTIDAD DE $ (IMPORTE CON NÚMERO, LETRA Y MONEDA), EN RELACIÓN AL

CONTRATO O CONVENIO (NÚMERO Y FECHA DEL CONTRATO O CONVENIO) CELEBRADO ENTRE EL “ORDENANTE” Y EL

“BENEFICIARIO” PARA (DESCRIPCIÓN DE LA OBLIGACION QUE GARANTIZA).

DISPONIBLE A LA VISTA EN LAS INSTALACIONES DE (NOMBRE Y PLAZA DEL BANCO EMISOR O CONFIRMADOR, EN CASO DE

QUE EL EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO) MEDIANTE LA PRESENTACIÓN DE LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS EN

ORIGINAL:

1. DECLARACIÓN DEL BENEFICIARIO. SEGÚN FORMATO ANEXO MANIFESTANDO EL INCUMPLIMIENTO POR PARTE DEL

ORDENANTE.

2. CARTA DE CRÉDITO STANDBY ORIGINAL Y SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS, SI LOS HUBIESE.

CONDICIONES ESPECIALES:

1. CONFORME A ESTA CARTA DE CRÉDITO STANDBY SE PERMITEN DISPOSICIONES PARCIALES, PERO EN NINGÚN

CASO PODRÁN EXCEDER DEL IMPORTE TOTAL DE ESTA CARTA DE CRÉDITO STANDBY.

2. TODAS LAS COMISIONES Y GASTOS DERIVADOS DE ESTA CARTA DE CRÉDITO STANDBY SON POR CUENTA DEL

ORDENANTE, INCLUYENDO GASTOS DE CONFIRMACIÓN.

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NOS COMPROMETEMOS IRREVOCABLEMENTE CON EL BENEFICIARIO A HONRAR A LA VISTA SUS PRESENTACIONES EN

ORDEN Y DE ACUERDO A LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES DE LA CARTA DE CRÉDITO, ANTES O EN LA FECHA DE

VENCIMIENTO, POR LA CANTIDAD TOTAL DE SU DISPOSICIÓN, MEDIANTE TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA DE FONDOS

INMEDIATAMENTE DISPONIBLES DE ACUERDO A LAS INSTRUCCIONES QUE EL BENEFICIARIO SEÑALE, A MÁS TARDAR A LAS

13:00 HORAS (TIEMPO DE LA CD. DE MÉXICO) DEL TERCER DÍA HÁBIL INMEDIATO SIGUIENTE AL DE LA PRESENTACIÓN.

EN CASO DE PRESENTACIONES QUE NO CUMPLAN CON LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES DE LA CARTA DE CRÉDITO, EL

BANCO EMISOR / CONFIRMADOR (EN CASO DE QUE EL EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO) DEBERÁ DAR AVISO POR

ESCRITO AL BENEFICIARIO DEL RECHAZO DE LA PRESENTACIÓN ESPECIFICANDO TODAS LAS DISCREPANCIAS EN LAS

CUALES HA BASADO SU RECHAZO. DICHO AVISO DEBERÁ SER ENTREGADO EN LAS OFICINAS DEL BENEFICIARIO INDICADAS

EN ESTA CARTA DE CRÉDITO O BIEN, EN EL DOMICILIO QUE EL BENEFICIARIO INFORME POR ESCRITO PARA TAL FIN AL

BANCO EMISOR / CONFIRMADOR (EN CASO DE QUE EL EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO), A MÁS TARDAR EL SEGUNDO

DÍA HÁBIL INMEDIATO SIGUIENTE A AQUEL EN QUE SE HAYA HECHO LA PRESENTACIÓN. EL BENEFICIARIO PODRÁ VOLVER A

HACER NUEVAS PRESENTACIONES QUE CUMPLAN CON LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES DE LA CARTA DE CRÉDITO.

ESTA CARTA DE CRÉDITO STANDBY SE SUJETA A LAS REGLAS ISP98 PRÁCTICAS INTERNACIONALES PARA STANDBY

PUBLICACIÓN ICC 590 Y EN TANTO NO EXISTA CONTRADICCIÓN CON ISP98 ESTA CARTA DE CRÉDITO SE REGIRÁ E

INTERPRETARÁ DE CONFORMIDAD CON LAS LEYES FEDERALES DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. CUALQUIER

CONTROVERSIA QUE SURJA CON MOTIVO DE LA MISMA DEBERÁ RESOLVERSE EXCLUSIVAMENTE ANTE LOS TRIBUNALES

FEDERALES COMPETENTES DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS CON SEDE EN LA CIUDAD DE MÉXICO, DISTRITO

FEDERAL.

SÍRVANSE AGREGAR SU CONFIRMACIÓN (EN CASO DE QUE EL EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO) A LA PRESENTE CARTA

DE CRÉDITO STANDBY.

FIN DEL TEXTO***

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(HOJA MEMBRETADA DEL BENEFICIARIO)

***INICIO DE TEXTO

DECLARACIÓN DEL BENEFICIARIO

FECHA: (Fecha de Presentación)

BANCO EMISOR O CONFIRMADOR (EN CASO DE QUE EL EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO) (Nombre y domicilio)

REF: NO. CARTA DE CRÉDITO STANDBY PEMEX PETROQUÍMICA EN SU CARÁCTER DE BENEFICIARIO DE LA CARTA DE CRÉDITO STANDBY DE REFERENCIA, POR

MEDIO DE LA PRESENTE MANIFIESTA QUE:

EL ORDENANTE (NOMBRE DEL ORDENANTE) HA INCUMPLIDO CON LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES SUSCRITAS EN EL

CONTRATO NO. (NÚMERO Y FECHA DEL CONTRATO) ESPECÍFICAMENTE EN LO ESTIPULADO EN LA(S) CLAÚSULA (S) (NO.

CLAÚSULA DEL CONTRATO) POR LO QUE EL BENEFICIARIO PEMEX PETROQUÍMICA ESTÁ EN SU DERECHO DE GIRAR A

CARGO DE ESTA CARTA DE CRÉDITO STANDBY.

POR LO ANTERIOR SÍRVANSE TRANSFERIR EL PAGO POR LA CANTIDAD DE (MONEDA, IMPORTE CON NÚMERO Y LETRA) A LA

CUENTA BANCARIA NO. (CUENTA DEL BANCO) DE (NOMBRE DEL BANCO) A NOMBRE DE PEMEX PETROQUÍMICA.

AGRADECEREMOS CITAR NUESTRA REFERENCIA Y LA REFERENCIA DEL PRESENTE CRÉDITO.

19 NOMBRE Y FIRMA

FIN DE TEXTO ***

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MODIFICACIÒN A CARTA DE CRÉDITO STANDBY

***INICIO TEXTO

BANCO EMISOR (NOMBRE Y DIRECCIÓN INCLUYENDO CIUDAD Y PAÍS)

BANCO CONFIRMADOR (NOMBRE DEL BANCO CONFIRMADOR Y DOMICILIO EN MÉXICO,

EN CASO DE QUE EL EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO)

REFERENCIA BANCO EMISOR/CONFIRMADOR (NÚMERO DE CARTA DE CRÉDITO STANDBY) (EN CASO DE QUE EL EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO)

BENEFICIARIO (PEMEX PETROQUÍMICA)

ORDENANTE (NOMBRE Y DOMICILIO COMPLETO DEL PROVEEDOR)

20 MODIFICACIÓN NO. _____ ESTAMOS MODIFICANDO LA CARTA DE CRÉDITO STANDBY DE REFERENCIA COMO SIGUE DE ACUERDO CON

LOS TÉRMINOS DEL PROPIO CRÉDITO:

DICE:

( I N C L U I R T E X T O A C T U A L )

DEBE DECIR:

( I N C L U I R N U E V O T E X T O )

LOS DEMAS TÉRMINOS Y CONDICIONES DEL CRÉDITO PERMANECEN SIN CAMBIO. ESTA MODIFICACIÓN FORMA PARTE INTEGRAL DE LA CARTA DE CRÉDITO STANDBY ORIGINAL. FIN TEXTO***

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DOCUMENTO 10

FORMATO PARA LA MANIFESTACIÓN QUE DEBERÁN PRESENTAR LOS LICITANTES, PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN LA REGLA 8 DE LAS “DISPOSICIONES GENERALES PARA LA DETERMINACIÓN, ACREDITACIÓN Y VERIFICACIÓN DEL CONTENIDO NACIONAL DE LOS BIENES QUE SE OFERTAN Y ENTREGAN EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN QUE REALIZAN LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL”, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN, EL 14 DE OCTUBRE DE 2010.

__________de __________ de ______________ (1) ________(2)____________ P r e s e n t e. Me refiero al procedimiento _______(3)___________ No. __(4)____ en el que mi representada, la empresa _______________(5)___________________ participa a través de la presente propuesta. Sobre el particular, y en los términos de lo previsto por las “Reglas para la determinación, acreditación y verificación del contenido nacional de los bienes que se ofertan y entregan en los procedimientos de contratación, así como para la aplicación del requisito de contenido nacional en la contratación de obras públicas, que celebren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal”, el que suscribe, manifiesta bajo protesta de decir verdad que, en el supuesto de que me sea adjudicado el contrato respectivo, la totalidad de los bienes que oferto en dicha propuesta y suministraré, bajo la partida ____(6)______, será(n) producido(s) en los Estados Unidos Mexicanos y contará(n) con un porcentaje de contenido nacional de cuando menos el 60%*. De igual forma manifiesto bajo protesta de decir verdad, que tengo conocimiento de lo previsto en el artículo 57 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; en este sentido, me comprometo, en caso de ser requerido, a aceptar una verificación del cumplimiento de los requisitos sobre el contenido nacional de los bienes aquí ofertados, a través de la exhibición de la información documental correspondiente y/o a través de una inspección física de la planta industrial en la que se producen los bienes, conservando dicha información por tres años a partir de la entrega de los bienes a la convocante.

ATENTAMENTE

__________________(7)_________________

* Este porcentaje deberá adecuarse conforme a los incrementos previstos en la Regla 5 de las presentes Reglas:

A partir del 27 de junio de 2011 60%

A partir del 27 de junio de 2012 65%

INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO DEL FORMATO PARA LA MANIFESTACION QUE DEBERAN PRESENTAR LOS LICITANTES QUE PARTICIPEN EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACION, PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN LA REGLA 8 DE ESTE INSTRUMENTO

NUMERO DESCRIPCIÓN

1 Señalar la fecha de suscripción del documento.

2 Anotar el nombre de la dependencia o entidad que convoca o invita.

3 Precisar el procedimiento de que se trate, licitación pública, invitación a cuando menos tres personas o adjudicación directa.

4 Indicar el número respectivo.

5 Citar el nombre o razón social o denominación de la empresa licitante.

6 Señalar el número de partida que corresponda.

7 Anotar el nombre y firma del representante de la empresa licitante.Señalar la fecha de suscripción del documento.

NOTA: Si el licitante es una persona física, se podrá ajustar el presente formato en su parte conducente.

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DOCUMENTO 11

(MANIFESTACIÓN DEL CARÁCTER DE LA DOCUMENTACIÓN QUE INTEGRA LA PROPUESTA PRESENTADA POR EL LICITANTE) (Lugar y Fecha)

PEMEX PETROQUÍMICA.

______________________ ______________________ P R E S E N T E

Asunto: Manifestación de confidencialidad de documentos

(Nombre del representante Legal), en representación de (Nombre del Licitante o Propuesta Conjunta), con fundamento

en lo dispuesto en los artículos 18 fracción I y 19 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública

Gubernamental, manifiesto que la información y/o documentos que se listan más adelante, mismos que integran la

propuesta, presentadas en el proceso de Licitación Pública No. ____________, se entrega con carácter confidencial,

reservada o comercial reservada.

LISTA DE DOCUMENTOS

Documento Sección Carácter Fundamento Legal

Atentamente,

_______________________

[NOMBRE DEL LICITANTE] [NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL]

La falta de presentación de este escrito no será causa de desechamiento de la proposición.

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DOCUMENTO 12

DOCUMENTACION REQUERIDA POR LAS FUENTES DE FINANCIAMIENTO

NO APLICA

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DOCUMENTO 13

FORMATO DE CEDULA SOBRE EL PAIS DE ORIGEN DE LOS BIENES

NO APLICA

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DOCUMENTO 14

COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA PARA FORTALECER EL PROCESO DE CONTRATACIÓN ____________________________________________, QUE SUSCRIBEN PEMEX-PETROQUÍMICA, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR _______________________________________, EN SU CARÁCTER DE ___________________________________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA PEMEX-PETROQUÍMICA Y _________________________________________________, REPRESENTADA POR ________________________________________ EN SU CARÁCTER DE _______________________________________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA “EL LICITANTE”, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES CONSIDERACIONES Y COMPROMISOS:

CONSIDERACIONES

I. EL GOBIERNO FEDERAL SE HA COMPROMETIDO A IMPULSAR ACCIONES PARA QUE SU ACTUACIÓN OBEDEZCA A UNA CONDUCTA ÉTICA Y DE TRANSPARENCIA.

II. QUE ES DE SU INTERÉS CONTAR CON EL APOYO, PARTICIPACIÓN, VIGILANCIA Y COMPROMISO DE TODOS LOS INTEGRANTES DE LA SOCIEDAD.

III. QUE LA FALTA DE TRANSPARENCIA ES UNA SITUACIÓN QUE DAÑA A TODOS Y SE PUEDE CONSTITUIR EN FUENTE DE CONDUCTAS IRREGULARES.

IV. ES OBJETO DE ESTE INSTRUMENTO MANTENER EL COMPROMISO DE LAS PARTES EN NO TRATAR DE INFLUIR EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN MEDIANTE CONDUCTAS IRREGULARES.

V. SE REQUIERE LA PARTICIPACIÓN DE LAS PARTES INVOLUCRADAS, PARA FORTALECER LA TRANSPARENCIA EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN.

VI. REPRESENTA UN COMPROMISO MORAL, EL CUAL SE DERIVA DE LA BUENA VOLUNTAD DE LAS PARTES.

VII. LA SUSCRIPCIÓN VOLUNTARIA DE ESTE DOCUMENTO DE “COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA”, NO SUSTITUYE A LA DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD QUE DEBE PRESENTARSE EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 30 FRACCIÓN VII DE LA DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO.

DENTRO DE ESTE MARCO LOS FIRMANTES, ASUMEN LOS SIGUIENTES:

21 COMPROMISOS

I.- DEL LICITANTE 1. INDUCIR A SUS EMPLEADOS QUE INTERVENGAN EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN PARA QUE

ACTÚEN CON ÉTICA EN TODAS LAS ACTIVIDADES EN QUE INTERVENGAN Y CUMPLAN CON LOS COMPROMISOS AQUÍ PACTADOS.

2. ACEPTAR LA RESPONSABILIDAD DE SU ACTIVIDAD PARA CON LA SOCIEDAD Y EL GOBIERNO

FEDERAL.

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3. ELABORAR SU PROPUESTA A EFECTO DE COADYUVAR EN LA EFICIENTE, OPORTUNA Y EFICAZ UTILIZACIÓN DE LOS RECURSOS PÚBLICOS DESTINADOS AL OBJETO DE LA CONTRATACION.

4. ACTUAR SIEMPRE CON HONRADEZ, TRANSPARENCIA Y LEALTAD Y MANTENER CONFIDENCIALIDAD

SOBRE LA INFORMACIÓN QUE HAYA OBTENIDO EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN.

5. DESEMPEÑAR CON HONESTIDAD LAS ACTIVIDADES QUE CONFORMAN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN Y EN SU CASO, EL CUMPLIMIENTO DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES QUE ADQUIERA CON LA FORMALIZACION DEL CONTRATO.

6. ACTUAR CON INTEGRIDAD PROFESIONAL CUIDANDO QUE NO SE PERJUDIQUEN INTERESES DE LA

SOCIEDAD O LA NACIÓN.

7. OMITIR ACTITUDES Y REALIZACIÓN DE ACTOS QUE PUEDAN DAÑAR LA REPUTACIÓN DE LAS INSTITUCIONES GUBERNAMENTALES O DE TERCEROS.

II.- DE PEMEX-PETROQUÍMICA

1. EXHORTAR A SUS SERVIDORES PÚBLICOS QUE POR RAZÓN DE SU ACTIVIDAD INTERVENGAN EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN, PARA QUE ACTÚEN CON HONESTIDAD, TRANSPARENCIA Y CON ESTRICTO APEGO A LA LEGALIDAD, INTEGRIDAD, EQUIDAD Y EN IGUALDAD DE CIRCUNSTANCIAS PARA TODOS LOS LICITANTES QUE INTERVENGAN EN EL PROCESO Y CUMPLAN CON LOS COMPROMISOS AQUÍ PACTADOS, ASÍ COMO A DIFUNDIR EL PRESENTE DOCUMENTO “COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA” ENTRE SU PERSONAL, Y TERCEROS QUE TRABAJEN PARA PEMEX, QUE POR RAZONES DE SUS ACTIVIDADES INTERVENGAN DURANTE EL PROCESO DE CONTRATACIÓN.

2. PROMOVER QUE LOS SERVIDORES PUBLICOS QUE PARTICIPAN EN EL PROCESO DE

CONTRATACIÓN DESARROLLEN SUS ACTIVIDADES APEGADOS AL CÓDIGO DE ÉTICA DE LOS SERVIDORES PUBLICOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL Y AL CODIGO DE CONDUCTA DE PETROLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS.

3. EXHORTAR A SUS SERVIDORES PÚBLICOS A NO ACEPTAR ARREGLOS COMPENSATORIOS O

CONTRIBUCIONES DESTINADAS A FAVORECER O A OTORGAR VENTAJAS EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN O EN LA ADJUDICACION DEL CONTRATO.

4. FOMENTAR QUE LA ACTUACIÓN DE SUS SERVIDORES PÚBLICOS SEA EN TODO MOMENTO

IMPARCIAL EN BENEFICIO DE LA INSTITUCIÓN Y SIN PERJUICIO DE LOS LICITANTES. 5. PROMOVER QUE SUS SERVIDORES PÚBLICOS LLEVEN A CABO SUS ACTIVIDADES CON INTEGRIDAD

PROFESIONAL, SIN PERJUDICAR LOS INTERESES DE LA SOCIEDAD Y LA NACIÓN.

EL PRESENTE COMPROMISO CON LA TRANSPARENCIA SE FIRMA EN _____________________________________, A ___________________________________ DE 20_____.

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POR PEMEX-PETROQUÍMICA

Nombre y Cargo del Servidor Público.

Nombre de la Empresa POR EL LICITANTE

___________________________________ Nombre y Cargo.

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DOCUMENTO 15

NOTA INFORMATIVA PARA INCLUIR EN LAS BASES DE LICITACIÓN DEL GOBIERNO FEDERAL.

El compromiso de México en el combate a la corrupción ha trascendido nuestras fronteras y el ámbito de acción del gobierno federal. En el plano internacional y como miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y firmante de la Convención para combatir el cohecho de servidores públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales, hemos adquirido responsabilidades que involucran a los sectores público y privado. Esta Convención busca establecer medidas para prevenir y penalizar a las personas y a las empresas que prometan o den gratificaciones a funcionarios públicos extranjeros que participan en transacciones comerciales internacionales. Su objetivo es eliminar la competencia desleal y crear igualdad de oportunidades para las empresas que compiten por las contrataciones gubernamentales. La OCDE ha establecido mecanismos muy claros para que los países firmantes de la Convención cumplan con las recomendaciones emitidas por ésta y en el caso de México, iniciará en noviembre de 2003 una segunda fase de evaluación –la primera ya fue aprobada- en donde un grupo de expertos verificará, entre otros:

La compatibilidad de nuestro marco jurídico con las disposiciones de la Convención.

El conocimiento que tengan los sectores público y privado de las recomendaciones de la Convención. El resultado de esta evaluación impactará el grado de inversión otorgado a México por las agencias calificadores y la atracción de inversión extranjera. Las responsabilidades del sector público se centran en:

Profundizar las reformas legales que inició en 1999.

Difundir las recomendaciones de la Convención y las obligaciones de cada uno de los actores comprometidos en su cumplimiento.

Presentar casos de cohecho en proceso y concluidos (incluyendo aquellos relacionados con lavado de dinero y extradición).

Las responsabilidades del sector privado contemplan:

Las empresas: adoptar esquemas preventivos como el establecimiento de códigos de conducta, de mejores prácticas corporativas (controles internos, monitoreo, información financiera pública, auditorias externas) y de mecanismos que prevengan el ofrecimiento y otorgamiento de recursos o bienes a servidores públicos, para obtener beneficios particulares o para la empresa.

Los contadores públicos: realizar auditorías; no encubrir actividades ilícitas (doble contabilidad y transacciones indebidas, como asientos contables falsificados, informes financieros fraudulentos, transferencias sin autorización, acceso a los activos sin consentimiento de la gerencia); utilizar registros contables precisos; informar a los directivos sobre conductas ilegales.

Los abogados: promover el cumplimiento y revisión de la Convención (imprimir el carácter vinculatorio entre ésta y la legislación nacional); impulsar los esquemas preventivos que deben adoptar las empresas.

Las sanciones impuestas a las personas físicas o morales (privados) y a los servidores públicos que incumplan las recomendaciones de la Convención, implican entre otras, privación de la libertad, extradición, decomiso y/o embargo de dinero o bienes.

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Asimismo, es importante conocer que el pago realizado a servidores públicos extranjeros es perseguido y castigado independientemente de que el funcionario sea acusado o no. Las investigaciones pueden iniciarse por denuncia, pero también por otros medios, como la revisión de la situación patrimonial de los servidores públicos o la identificación de transacciones ilícitas, en el caso de las empresas. El culpable puede ser perseguido en cualquier país firmante de la Convención, independientemente del lugar donde el acto de cohecho haya sido cometido. En la medida que estos lineamientos sean conocidos por las empresas y los servidores públicos del país, estaremos contribuyendo a construir estructuras preventivas que impidan el incumplimiento de las recomendaciones de la convención y por tanto la comisión de actos de corrupción.

Por otra parte, es de señalar que el Código Penal Federal sanciona el cohecho en los siguientes términos: “Artículo 222 Cometen el delito de cohecho:

I. El servidor público que por sí, o por interpósita persona solicite o reciba indebidamente para sí o para otro, dinero o cualquiera otra dádiva, o acepte una promesa, para hacer o dejar de hacer algo justo o injusto relacionado con sus funciones, y

II. El que de manera espontánea dé u ofrezca dinero o cualquier otra dádiva a alguna de las personas que

se mencionan en la fracción anterior, para que cualquier servidor público haga u omita un acto justo o injusto relacionado con sus funciones.

Al que comete el delito de cohecho se le impondrán las siguientes sanciones: Cuando la cantidad o el valor de la dádiva o promesa no exceda del equivalente de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, o no sea valuable, se impondrán de tres meses a dos años de prisión, multa de treinta a trescientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de tres meses a dos años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos. Cuando la cantidad o el valor de la dádiva, promesa o prestación exceda de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, se impondrán de dos años a catorce años de prisión, multa de trescientas a quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de dos años a catorce años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos. En ningún caso se devolverá a los responsables del delito de cohecho, el dinero o dádivas entregadas, las mismas se aplicarán en beneficio del Estado. Capítulo XI Cohecho a servidores públicos extranjeros Artículo 222 bis Se impondrán las penas previstas en el artículo anterior al que con el propósito de obtener o retener para sí o para otra persona ventajas indebidas en el desarrollo o conducción de transacciones comerciales internacionales, ofrezca, prometa o dé, por sí o por interpósita persona, dinero o cualquiera otra dádiva, ya sea en bienes o servicios:

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I. A un servidor público extranjero para que gestione o se abstenga de gestionar la tramitación o resolución de asuntos relacionados con las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión;

II. A un servidor público extranjero para llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto que se

encuentre fuera del ámbito de las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión, o

III. A cualquier persona para que acuda ante un servidor público extranjero y le requiera o le proponga llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto relacionado con las funciones inherentes al empleo, cargo o comisión de este último.

Para los efectos de este artículo se entiende por servidor público extranjero, toda persona que ostente u ocupe un cargo público considerado así por la ley respectiva, en los órganos legislativo, ejecutivo o judicial de un Estado extranjero, incluyendo las agencias o empresas autónomas, independientes o de participación estatal, en cualquier orden o nivel de gobierno, así como cualquier organismo u organización pública internacionales. Cuando alguno de los delitos comprendidos en este artículo se cometa en los supuestos a que se refiere el artículo 11 del este Código, el juez impondrá a la persona moral hasta quinientos días multa y podrá decretar su suspensión o disolución, tomando en consideración el grado de conocimiento de los órganos de administración respecto del cohecho en la transacción internacional y el daño causado o el beneficio obtenido por la persona moral.”

* Fuente http//:www.funcionpublica.gob.mx

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DOCUMENTO 16

MODELO DE CONTRATO

CONTRATO DE ADQUISICIÓN DE BIENES MUEBLES (EN ADELANTE “CONTRATO”) QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE PEMEX PETROQUIMICA, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ “PEMEX PETROQUIMICA”, REPRESENTADO POR __________________, EN SU CARÁCTER DE ________________ Y POR LA OTRA ____________________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ “PROVEEDOR”, (SEGÚN EL CASO APLICARÁ

LO CONDUCENTE A LAS PERSONAS FÍSICAS) REPRESENTADA POR _________________ EN SU CARÁCTER DE _________________, AL TENOR DE LAS DECLARACIONES, DEFINCIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

D E C L A R A C I O N E S 1. PEMEX PETROQUIMICA declara, a través de su (representante/apoderado), que: 1.1 Es un Organismo Descentralizado de la Administración Pública Federal con personalidad jurídica y patrimonio propios de conformidad con la Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios publicada el 16 de julio de 1992 en el Diario Oficial de la Federación y tiene por objeto procesos industriales petroquímicos cuyos productos no forman parte de la industria petroquímica básica, y celebrar toda clase de actos, convenios y contratos, entre otros, de conformidad con la Ley de Petróleos Mexicanos, publicada el 28 de noviembre de 2008 en el Diario Oficial de la Federación. 1.2 Acredita su personalidad y facultades en su carácter de APODERADO GENERAL DE PEMEX PETROQUIMICA, mediante el testimonio de la Escritura Pública No. 141,536 de fecha 08 de agosto de 2008, otorgada ante la fe del Lic. Ignacio R. Morales Lechuga, Titular de la Notaria Pública No. 116 de la Ciudad de México, Distrito Federal, mismas que no le han sido revocadas, limitadas o modificadas en forma alguna. 1.3 Para la celebración del presente contrato, de manera previa ha obtenido todas las aprobaciones previstas por la Ley de Petróleos Mexicanos, su Reglamento, las Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios y demás normatividad aplicable, así como la autorización correspondiente de conformidad con los Lineamientos que establecen los Casos y Montos para la Aprobación de Contratos, a que se refiere el inciso k) de la fracción IV del artículo 19 de la Ley de Petróleos Mexicanos. 1.4 Se obliga a prever los recursos para llevar a cabo el objeto de este contrato. 1.5 El presente contrato se adjudicó mediante el Procedimiento de LICITACION PUBLICA NACIONAL, con numero de concurso ____________, con fundamento en_____________. 1.6 Su domicilio para efectos del presente contrato es Ejido Pajaritos S/N, C.P. 96400, Allende, Coatzacoalcos, Veracruz, Mexico, y que su número de Registro Federal de Contribuyentes es RFC: PPE920716TS5. 2 El PROVEEDOR declara, a través de su (apoderado/representante), que:

2.1 A) TRATÁNDOSE DE PERSONAS MORALES. NOTA: EN CASO DE SER UNA SOCIEDAD EXTRANJERA, SE DEBERÁ ADECUAR LA REDACCIÓN E INCORPORAR LOS DATOS

CORRESPONDIENTES A LOS DOCUMENTOS CON LOS QUE SE ACREDITA LA EXISTENCIA DE LA SOCIEDAD, MISMOS QUE DEBERÁN

ESTAR APOSTILLADOS O LEGALIZADOS.

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Es una sociedad mercantil legalmente constituida y con existencia jurídica de conformidad con las disposiciones legales de los Estados Unidos Mexicanos, según se acredita mediante la Escritura Pública (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Titular de la (Correduría o Notaría) Pública No. ____ de (Localidad), Licenciado (Nombre del fedatario), cuyo primer testimonio quedó debidamente inscrito en el Registro Público de Comercio de (Lugar, folio mercantil o partida y fecha). B) EN CASO DE SER PERSONA FÍSICA QUE ACTÚE POR SU PROPIO DERECHO: Es una persona física actuando por su propio derecho, y se identifica con (precisar los datos de identificación del PROVEEDOR ejemplo: identificación oficial vigente: cartilla, pasaporte, documento migratorio, credencial para votar, cédula profesional) y que cuenta con la capacidad jurídica para celebrar el presente contrato. 2.2 A) PARA LA ACREDITACIÓN DE LA PERSONALIDAD Y FACULTADES DEL REPRESENTANTE DE UNA PERSONA MORAL DE

NACIONALIDAD MEXICANA, DICHAS FACULTADES DEBERÁN PROTOCOLIZARSE ANTE FEDATARIO PÚBLICO MEXICANO. Su representante cuenta con las facultades para celebrar el presente contrato, según se acredita mediante la Escritura Pública No. (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Titular de la (Correduría o Notaría) Pública No. ____, de (Localidad), Licenciado (Nombre del fedatario), y manifiesta que las mismas no le han sido revocadas, modificadas o limitadas en forma alguna a la fecha de firma del presente contrato. C) PARA LA ACREDITACIÓN DE LA PERSONALIDAD Y FACULTADES DE UNA PERSONA FÍSICA CON REPRESENTANTE. Cuenta con capacidad para celebrar el presente contrato, según lo acredita con (indicar el documento en donde conste el mandato, ya sea en instrumento público o en carta poder con la formalidad que se requiera, según proceda.) 2.3 A).- TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR DE NACIONALIDAD MEXICANA. Es mexicano y conviene, aun cuando llegare a cambiar de nacionalidad, en seguirse considerando como mexicano por cuanto a este contrato se refiere y a no invocar la protección de gobierno extranjero alguno, bajo pena de perder en beneficio de los Estados Unidos Mexicanos todo derecho derivado de este contrato. 2.5 Tiene la capacidad jurídica, técnica y financiera para cumplir con sus obligaciones conforme al presente contrato, mismas que se compromete a preservar durante su vigencia. 2.6 Conoce el contenido y requisitos que establecen: (I) la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo y su Reglamento; (II) la Ley de Petróleos Mexicanos y su Reglamento; (III) las Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios; (IV) los anexos que debidamente firmados por las partes, forman parte integrante de este contrato y (V) las disposiciones en materia de seguridad industrial y protección ambiental. 2.7 Cumple con todos los requerimientos legales y autorizaciones necesarios para celebrar y cumplir el presente contrato, y ni él, ni ningún tercero asociado con él, se encuentran en alguno de los supuestos previstos en los artículos 59 de la Ley de Petróleos Mexicanos y 12 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. 2.8 TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR NACIONAL Y DE CONTRATOS CUYO MONTO EXCEDA EL IMPORTE DE $300,000 SIN

INCLUIR EL I.V.A. De manera previa a la formalización del presente contrato y para los efectos del articulo 32-D del Código Fiscal de la Federación, ha presentado a PEMEX PETROQUIMICA el "acuse de recepción" con el que comprueba que ha realizado la solicitud de opinión respecto del cumplimiento de sus obligaciones ante el Servicio de Administración Tributaria prevista en la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.

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2.9 No ha cometido robo, fraude, cohecho o tráfico de influencia en perjuicio de Petróleos Mexicanos o sus Organismos Subsidiarios, decretado en resolución definitiva por autoridad jurisdiccional competente en territorio nacional. 2.10 Para los efectos del presente contrato, señala como su domicilio convencional el siguiente: Domicilio: ________ Col. _______________, C.P. ______________ Ciudad:_________________________ Estado:__________________________ Tel./Fax: _______________________ Correo Electrónico: _________________ 2.11 El PROVEEDOR declara que su empresa se encuentra ubicada en la siguiente estratificación (Microempresa, Sector Comercio) de acuerdo con la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa

DEFINICIONES

Los términos siguientes tendrán, para efectos de este Contrato, los significados que se indican a continuación: “Área Administradora del Proyecto”: UNIDAD DE MANTENIMIENTO Y CONSERVACION “Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato”: Superintendencia de Planeación de Mantenimiento Vistas las declaraciones y definiciones que anteceden, las partes expresan su consentimiento para comprometerse a las siguientes:

C L Á U S U L A S PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO El objeto del presente contrato es la adquisición de los bienes muebles (en adelante “bienes”) por parte de PEMEX PETROQUIMICA consistentes en: __________________________, de conformidad con los términos y condiciones que se especifican en los anexos “A” y “B” de este contrato, mismo que forma parte integrante del mismo SEGUNDA.- VIGENCIA La vigencia del presente contrato inicia a partir del día natural siguiente de la fecha de firma del contrato y concluye hasta que se formalice el acto jurídico mediante el cual se extingan en su totalidad los derechos y obligaciones de las partes. TERCERA.- PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA DE LOS BIENES El PROVEEDOR se obliga a entregar los bienes amparados en el presente contrato, en un plazo de______________ días naturales contados a partir del día natural siguiente de la fecha de firma de este contrato por el PROVEEDOR. Previo a la entrega de los bienes muebles, el proveedor deberá presentar una solicitud de inspección al área o personal designado para realizarla, indicando el numero (s) de partida (es) a inspeccionar, así como el numero del contrato.

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El tiempo máximo utilizado por el área o personal designado para atender la solicitud de inspección de bienes es de siete días naturales a partir de la fecha de recepción de la solicitud de inspección de bienes, que deberá estar considerado dentro del plazo de entrega de los bienes, de conformidad con lo indicado en el Procedimiento Institucional para Inspección de Bienes muebles y Supervisión de Arrendamientos o Servicios en Petroleos Mexicanos, Organismos Subsidiarios y en su caso, Empresas Filiales, con clave: PA-800-70600-01 Rev. 01 de fecha 10 de septiembre del 2009. Los BIENES objeto de este Contrato, serán entregados en el Almacén 430 del COMPLEJO PETROQUIMICO MORELOS, ubicado en Ejido Pajaritos S/N, Allende, Coatzacoalcos, Ver., México., C.P. 96400, a la atención de la Superintendencia de Recursos Materiales en días hábiles y en el siguiente horario: 8:30 AM a 14:30 P.M. La responsabilidad de la transportación de los bienes objeto del presente contrato así como la integridad de los mismos hasta su recepción formal por parte de PEMEX PETROQUIMICA, será a cargo del PROVEEDOR. Los Bienes objeto del contrato deberán entregarse por: partida completa La condición de entrega que aplica para el presente contrato es DDP Delivery Duty Paid “Derechos pagados” (INCOTERMS 2000) destino final, en Almacén Local (430) de Complejo Petroquímico Morelos, ubicado en Ejido Pajaritos s/n, Allende sin referencia, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Ver., México.; consecuentemente, el PROVEEDOR estará obligado a contemplar todos los costos hasta el destino final, incluyendo los trámites y aranceles de importación y PEMEX PETROQUÍMICA estará obligado a recibir los bienes en el destino convenido. CUARTA.- REMUNERACIÓN 4.1 Monto El monto total de los bienes objeto del presente contrato es de $_________ (_________________ 00/100.), sin incluir el Impuesto al Valor Agregado. El precio unitario de los bienes se especifica por partida en el Anexo “A” de este contrato. La(s) referencia(s) MXP, asentada(s) en la columna precio unitario del Anexo “A” de este contrato significan: pesos mexicanos. 4.2 Facturación El PROVEEDOR deberá entregar sus facturas acompañadas de la documentación soporte a que se refiere este contrato, para inicio de trámite de pago en Ventanilla Única ubicada en la Superintendencia de Recursos Financieros del Complejo Petroquímico Morelos, sitio en Ejido Pajaritos S/N, C.P. 96400, Allende, Coatzacoalcos, Ver., México., debidamente requisitadas, en original, para proceder en los términos que se establecen en este contrato, mismas que deberán ser presentadas en un máximo de siete (7) días naturales posteriores a la recepción de los bienes en los términos de este contrato. El PROVEEDOR al momento de facturar, deberá hacer referencia a este contrato, a la partida que surte, la unidad de medida y al precio unitario de los bienes. El PROVEEDOR deberá facturar a nombre de PEMEX PETROQUIMICA Complejo Petroquímico Morelos, RFC: PPE920716TS5, domicilio fiscal: Ejido Pajaritos S/N, C.P. 96400, Allende, Coatzacoalcos, Ver., y deberá hacer referencia a este Contrato, a la orden, a los bienes entregados de acuerdo a la(s) partida(s) que surte, la(s) unidad(es) de medida y al(a los) precio(s) unitario(s) de los BIENES.

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En caso de que las facturas entregadas por el PROVEEDOR para su pago, presenten errores o deficiencias, PEMEX PETROQUIMICA dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes al de su recepción, indicará por escrito al PROVEEDOR las deficiencias que deberá corregir. El periodo que transcurre a partir de la entrega del citado escrito y hasta que el PROVEEDOR presente las correcciones, no se computará para efectos del plazo establecido en Condiciones y Forma de Pago. Una vez corregida la factura correspondiente, reiniciará el cómputo del plazo mencionado. 4.3 Condiciones y forma de pago PEMEX PETROQUIMICA pagará al PROVEEDOR el monto de los bienes entregados y aceptados de acuerdo con las condiciones establecidas en este contrato, a los 20 (veinte) días naturales contados a partir de la fecha de recepción y aceptación del original de la factura, acompañada de la documentación que acredite la entrega de los bienes. Cuando la fecha de vencimiento sea día inhábil bancario en la plaza de pago se aplicará el siguiente criterio:

Los pagos al PROVEEDOR se efectuarán invariablemente mediante depósito bancario en la cuenta que para tal efecto haya comunicado por escrito a PEMEX PETROQUIMICA. En caso de que el PROVEEDOR realice un cambio de cuenta durante la vigencia del contrato, que no sea consecuencia, ni implique una cesión de derechos de cobro, bastará con que lo comunique a PEMEX PETROQUIMICA a través de la Ventanilla Única ubicada en el Edificio Administrativo del Complejo Petroquímico Morelos, sitio en Ejido Pajaritos S/N, C.P. 96400, Allende, Coatzacoalcos, Ver., México., con antelación a la presentación a la citada ventanilla única de la(s) factura(s) subsecuente(s) de que se trate. Una vez realizado el pago al PROVEEDOR, este tendrá (10) diez días hábiles para solicitar aclaraciones sobre cualquier aspecto del mismo; transcurrido dicho plazo sin que se presente reclamación alguna, éste se considerará definitivamente aceptado y sin derecho a ulterior reclamación. En los casos de atraso o incumplimiento en los pagos por parte de PEMEX PETROQUIMICA, a solicitud del PROVEEDOR, deberá pagar gastos financieros conforme a una tasa que será igual a la establecida por la Ley de Ingresos de la Federación, en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Dichos pagos empezarán a generarse cuando las partes tengan definido el importe a pagar y se calcularán sobre las cantidades no pagadas, debiéndose computar por días naturales desde que sean determinadas y hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición del PROVEEDOR. El PROVEEDOR, siempre y cuando no tenga adeudos vencidos y los bienes hayan sido entregados conforme a lo especificado en este contrato, podrá solicitar la condición de pronto pago cuando acepte el porcentaje de descuento que resulte de aplicar la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) de 28 (veintiocho) días, más cuatro puntos porcentuales, que se encuentre vigente con 2 (dos) días hábiles previos a la fecha valor en que se presente la solicitud de “Pronto Pago”. En caso de que dejara de publicarse la tasa TIIE, se utilizará la que determine el Banco de México en sustitución de ésta. En todos los casos, el porcentaje obtenido se deberá multiplicar por el número de días por los que el PROVEEDOR solicite el adelanto del pago. Para tal efecto, deberá presentar la solicitud correspondiente en los términos establecidos por la Dirección Corporativa de Finanzas, por lo menos con tres (3) días hábiles de anticipación a la fecha en que deba efectuarse el pago en forma adelantada, misma que deberá contener la siguiente leyenda “Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que los documentos que se presentan para pronto pago objeto de esta solicitud, no se encuentran en trámite de descuento para

VENCIMIENTO INHÁBIL PAGO Domingo Día hábil posterior Sábado Día hábil anterior

Lunes a jueves Día hábil posterior Viernes Día hábil anterior

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financiamiento ante ninguna institución financiera que implique que el pago se encuentra comprometido o cedido a un tercero”, y presentar Nota de Crédito a favor de PEMEX PETROQUIMICA bajo el concepto de “descuento por pronto pago” misma que deberá reunir los requisitos fiscales establecidos en los arts. 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación. El pago estará sujeto a la disponibilidad presupuestal en flujo de efectivo en PEMEX PETROQUIMICA. 4.4 Pagos en exceso En caso de que existan pagos en exceso que haya recibido el PROVEEDOR, éste deberá reintegrar las cantidades pagadas en exceso, más los intereses correspondientes conforme a la tasa que establezca la Ley de Ingresos de la Federación en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Los intereses se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por días naturales desde la fecha del pago hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de PEMEX PETROQUIMICA. PEMEX PETROQUIMICA procederá a deducir dichas cantidades de las facturas subsecuentes o bien el PROVEEDOR cubrirá dicho pago con cheque certificado a favor de PEMEX PETROQUIMICA. QUINTA.- PENALIZACIONES Las partes en el presente contrato, acuerdan que en caso de que por causas imputables al PROVEEDOR, existan incumplimientos o atrasos en la entrega de los bienes, PEMEX PETROQUIMICA le aplicará penas convencionales en los siguientes supuestos: I. Atraso en la Entrega de los Bienes Las penas convencionales a las que el PROVEEDOR se haga acreedor por atraso en el plazo de entrega de los bienes, se calcularán, a partir del día siguiente de la fecha del vencimiento del plazo pactado para la entrega de los mismos o, en su caso, modificado mediante convenio, por un monto equivalente a (valor total de los bienes o valor de los bienes entregados con atraso), por cada día calendario de atraso, a razón de ____________ % por cada día de atraso y hasta por el importe de la garantía de cumplimiento del contrato o, si fuera el caso, de manera proporcional al importe de la garantía de cumplimiento que corresponda a la partida de que se trate. El monto de las penas convencionales no podrá exceder del monto de la garantía presentada. El PROVEEDOR acepta, que PEMEX PETROQUIMICA aplique las penas convencionales a que se refiere la presente cláusula, con cargo a cualquiera de las siguientes opciones:

- Las facturas que se generen con motivo del presente contrato. - Mediante cheque certificado que ampare el monto correspondiente a dichas penas. - Cualquier pago a que tenga derecho el PROVEEDOR en cualquier otro contrato que tenga celebrado con

PEMEX PETROQUIMICA, siempre y cuando el otro contrato prevea la posibilidad de tal deducción.

Para determinar la aplicación de las penas convencionales, no se tomarán en cuenta las demoras motivadas por caso fortuito o causas de fuerza mayor o cualquier otra causa no imputable al PROVEEDOR. SEXTA.- CONTENIDO NACIONAL

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El PROVEEDOR se obliga a entregar los bienes objeto del presente contrato cumpliendo al menos con el contenido nacional al que se comprometió en su propuesta durante el procedimiento de contratación, en los términos del Anexo “ B” de este contrato. PEMEX PETROQUIMICA, podrá llevar a cabo durante la vigencia del contrato, directamente o por medio de terceros, la verificación del cumplimiento del contenido nacional al que se comprometió el PROVEEDOR en su propuesta durante el procedimiento de contratación de los bienes objeto de este contrato. SEPTIMA.- CESIÓN El PROVEEDOR no podrá ceder o transferir, total o parcialmente, los derechos u obligaciones derivadas del presente contrato, sin el consentimiento previo y por escrito de PEMEX PETROQUIMICA. Para que PEMEX PETROQUIMICA otorgue su consentimiento el PROVEEDOR deberá acreditar que la persona a la que pretende ceder o transferir las obligaciones y derechos del presente contrato preserve las capacidades técnicas y financieras necesarias para cumplir con las obligaciones del PROVEEDOR, excepto cuando se cedan los derechos de cobro. La cesión de los derechos de cobro del PROVEEDOR se realizará con la intervención del área jurídica. El PROVEEDOR podrá ceder sus derechos de cobro a favor de un intermediario financiero mediante operaciones de Factoraje o Descuento Electrónico, y PEMEX PETROQUIMICA otorga su consentimiento, siempre y cuando al momento de registrarse la correspondiente Cuenta por Pagar en Cadenas Productivas y al acceder al Portal de Nafin Cadenas Productivas, no exista impedimento legal o administrativo. En virtud de lo anterior, las partes se obligan al procedimiento establecido en las “Disposiciones Generales a las que deberán sujetarse las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal para su incorporación al Programa de Cadenas Productivas de Nacional Financiera, S.N.C.; Institución de Banca de Desarrollo”. OCTAVA.- CLÁUSULA FISCAL Las partes pagarán todas y cada una de las contribuciones y demás cargas fiscales que conforme a las leyes federales, estatales y municipales de los Estados Unidos Mexicanos tengan la obligación de cubrir durante la vigencia, ejecución y cumplimiento del presente contrato y sus anexos, sin perjuicio de que PEMEX PETROQUIMICA realice, de los pagos que haga al PROVEEDOR, las retenciones que le impongan las leyes de la materia. NOVENA.- GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, DEFECTOS O VICIOS OCULTOS EN LOS BIENES Y CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD. El PROVEEDOR, a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a PEMEX PETROQUIMICA, dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, defectos o vicios ocultos en los bienes y cualquier otra responsabilidad, consistente en: Póliza de fianza que se constituirá por el 10 % del importe total del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, más seis meses a partir de la entrega de los bienes, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX PETROQUIMICA. El PROVEEDOR manifiesta expresamente:

(A) Que queda obligado ante PEMEX PETROQUIMICA para responder por los defectos o vicios ocultos en los bienes, así como cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido, en los términos señalados en el contrato

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y en la legislación aplicable, por lo que PEMEX PETROQUIMICA podrá exigir al PROVEEDOR que lleve a cabo las correcciones o reparaciones necesarias o las reposiciones inmediatas que se requieran, lo que el PROVEEDOR deberá realizar por su cuenta sin que tenga derecho a retribución por tal concepto. En el caso de que el PROVEEDOR no lleve a cabo las correcciones, reparaciones o reposiciones que se le exijan a partir del vencimiento del plazo máximo de 30 días naturales que PEMEX PETROQUIMICA otorgue al PROVEEDOR o en su caso, el acordado entre el PROVEEDOR y PEMEX PETROQUIMICA, para efectuar las correcciones, reparaciones y/o reposiciones necesarias, podrá solicitarse a un tercero que realice los trabajos o podrá llevarlos a cabo PEMEX PETROQUIMICA con cargo al PROVEEDOR. Si el plazo acordado para la realización de las correcciones, reparaciones o reposiciones no es superior a 30 días no será necesario que se dé aviso previo a la afianzadora de los trabajos de corrección, reposición o reparación que deberán llevarse a cabo, siempre y cuando, no se haya reclamado previamente el incumplimiento ante la compañía afianzadora. En caso de que el plazo acordado entre el PROVEEDOR y PEMEX PETROQUIMICA exceda el periodo de 30 días, el PROVEEDOR quedará obligado a solicitar anuencia por escrito de su afianzadora, y hacer entrega de la misma a PEMEX PETROQUIMICA.

(B) Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PEMEX PETROQUIMICA, de desistirse del derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de PEMEX PETROQUIMICA.

(C) Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.

(D) Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso, la indemnización por mora que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aún cuando la obligación se encuentre sub júdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de noventa días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria.

(E) Su aceptación para que la fianza de cumplimiento, defectos o vicios ocultos en los bienes y cualquier otra responsabilidad, permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por PEMEX PETROQUIMICA.

(F) Su conformidad expresa que la reclamación que se presente ante la afianzadora quedará integrada con la siguiente documentación:

1. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. 2. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios. 3. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios.

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4. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. 5. La rescisión del contrato y su notificación. 6. Copia del finiquito 7. Cuantificación del importe reclamado.

cualquier otra responsabilidad.

1. Reclamación por escrito a la institución de fianzas. 2. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios. 3. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. 4. Copia del documento técnico elaborado por personal del centro de trabajo, que reúna los elementos

necesarios de identificación y descripción de los defectos, de los vicios ocultos de los bienes, así como cualquier otra responsabilidad relativa a los defectos y vicios ocultos de los bienes y su cuantificación.

Copia del escrito donde se reclama al fiado la reparación de los defectos o vicios ocultos detectados. La(s) garantía(s) a que se refiere esta cláusula deberá(n) entregarse en la ventanilla de la Jefatura de Adquisiciones ubicada en la Superintendencia de Recursos Materiales, en el horario de: 8:30 a 15:30 hrs., aceptando expresamente el PROVEEDOR las obligaciones consignadas en éstos. Para el caso de que la garantía corresponda a una póliza de fianza, el PROVEEDOR deberá verificar la autenticidad de la misma, previo a su entrega, por lo que en el supuesto de que PEMEX PETROQUIMICA detecte que una garantía es apócrifa, se dará aviso a las autoridades competentes y a la institución que supuestamente emitió la garantía, ateniéndose el PROVEEDOR a las consecuencias legales que puedan derivar por la entrega de un documento apócrifo. DÉCIMA.- INSPECCIÓN DE LOS BIENES El PROVEEDOR se obliga a la reposición de los bienes sin costo para PEMEX PETROQUIMICA, si al ser recibidos o puestos en operación no corresponden a las especificaciones técnicas, clase y/o calidad requeridas, quedando sujeto el PROVEEDOR a las obligaciones y condiciones que en este sentido se señalan en este contrato. La inspección que realice PEMEX PETROQUIMICA a los bienes amparados en el presente contrato, no releva al PROVEEDOR del compromiso que lo obliga a garantizar los bienes entregados, contra defectos o vicios ocultos, por lo que éste acepta expresamente que, para el caso de que incurra en responsabilidad originada por incumplimiento de este género, se hará efectiva la garantía otorgada por los conceptos indicados. Para este contrato aplicará el siguiente procedimiento de inspección: Nivel III, el área que realizará la inspección será: _______________________________, el lugar donde se llevará a cabo será: en el Almacén Local del Complejo Petroquímico Morelos, quienes deberán verificar documental y físicamente, lo siguiente: ___________________________________________ Previo a la entrega de los bienes muebles, el Proveedor de los bienes deberá entregar la solicitud de Inspección al área o personal designado para realizarla, indicando el numero de partida a inspeccionar, así como el numero del contrato, debiéndose entregar el escrito de solicitud directamente o a través de fax ó correo electrónico. Dicho documento debe contener el membrete, la razón social de la empresa, número de teléfono, nombre y firma de un representante, los datos para relacionar el bien, arrendamiento o servicio con el contrato especifico, así como indicar lugar, fecha, horario de atención, personal facultado por el proveedor para atender la inspección o supervisión en el lugar de entrega. El tiempo máximo utilizado por el área o personal designado para atender la solicitud de inspección de bienes es de siete días naturales a partir de la fecha de recepción de la solicitud de inspección de bienes, que deberá estar considerado dentro del plazo de entrega de los bienes, de conformidad con lo indicado en el Procedimiento Institucional para

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Inspección de Bienes muebles y Supervisión de Arrendamientos o Servicios en Petroleos Mexicanos, Organismos Subsidiarios y en su caso, Empresas Filiales, con clave: PA-800-70600-01 Rev. 01 de fecha 10 de septiembre del 2009. Al realizar la inspección de bienes, el proveedor deberá entregar como mínimo, copia de la siguiente documentación: j) Remisión o factura (NO APLICA). k) Pedimento de importación (NO APLICA). l) Certificado de origen (NO APLICA). m) Garantía comercial (NO APLICA). n) Certificados de calidad e informes de resultados de laboratorio. o) Resultado de las pruebas efectuadas durante el proceso (NO APLICA). p) Protocolo de pruebas (NO APLICA). q) Documentación técnica. r) Dos fotocopias del contrato y sus anexos. Al término de la inspección, el responsable de la misma emitirá el reporte correspondiente a efecto de señalar que, en su caso, los bienes fueron entregados de conformidad con este contrato. DECIMA PRIMERA.- RECEPCIÓN DE LOS BIENES El PROVEEDOR se obliga a entregar los bienes en el plazo especificado en la cláusula denominada “Plazo y Lugar de Entrega de los Bienes”, observando para su entrega lo dispuesto en esta cláusula. Los bienes que se entreguen deberán ser nuevos. Todos los embarques deberán marcarse claramente en lugar visible, con el nombre de PEMEX PETROQUIMICA, lugar de destino, el número del contrato, el número de la solicitud de pedido y el número de partida, indicando las cantidades contenidas en las cajas o bultos, según el caso, así como el peso de cada uno de ellos. Cuando se presente nota de remisión, invariablemente deberá indicarse el número del contrato y la partida correspondiente, así como el número de la solicitud de pedido y la descripción detallada de los bienes entregados. El PROVEEDOR manifiesta su conformidad de que hasta en tanto no se cumpla con la verificación de las especificaciones y la aceptación de los bienes en los términos previstos en este contrato y sus anexos, éstos no se tendrán por recibidos o aceptados por PEMEX PETROQUIMICA. En el caso de materias primas, materiales para construcción, aislantes y todos aquellos productos que por su naturaleza lo requieran, deberán ser empacados con un envase que los proteja adecuada y permanentemente que permita su identificación. El PROVEEDOR acepta que el incumplimiento de las indicaciones especificadas en la presente cláusula, originará el rechazo de los bienes correspondientes, sin responsabilidad para PEMEX PETROQUIMICA. El PROVEEDOR deberá presentar para efectos de comprobar la recepción de los bienes, en la sección de recibo del almacén, la copia del contrato y el original de la nota de remisión o factura, a fin de que en cualquiera de estos últimos documentos, se registre el acuse de recibo respectivo. Para tales efectos, el PROVEEDOR está obligado a informar por escrito, con 48 (cuarenta y ocho) horas de anticipación, de la llegada del embarque al almacén del centro de trabajo de destino o al usuario responsable de recibir los bienes, sin dicho aviso el almacén no está obligado a recibir inmediatamente los bienes. En cada embarque deberán colocarse, en lugar visible, las copias de las listas de embarque y de la nota de remisión así como del contrato.

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Cualquier gasto en que incurra PEMEX PETROQUIMICA, por falta de documentación de embarque, será cubierto por el PROVEEDOR o, en su caso, se descontará del pago a que tenga derecho el PROVEEDOR. El PROVEEDOR se obliga a otorgar las facilidades necesarias para que con base en las atribuciones legales y reglamentarias que tengan conferidas autoridades mexicanas, se realice la verificación de los bienes adquiridos por PEMEX PETROQUIMICA bajo el presente contrato. DÉCIMA SEGUNDA.- MODIFICACIONES AL CONTRATO Cuando las necesidades del proyecto o del contrato lo requieran, las partes podrán pactar modificaciones al presente contrato, de acuerdo con lo siguiente: I Mediante convenio modificatorio, suscrito por los representantes legales de las partes, cuando se trate de: a. Los términos contractuales relativos a la remuneración y a los mecanismos para sus ajustes, b. Los términos relativos a objeto, monto, plazo o vigencia del contrato, c. La cesión o el cambio de control previstos en la cláusula denominada “Cesión”, y d. Incorporación de avances tecnológicos. II Mediante memoranda de entendimiento o cualquier otro documento en el que conste el acuerdo entre los representantes autorizados de cada una de las partes en el presente contrato, para las modificaciones distintas a las contenidas en la fracción anterior. Las partes acuerdan que las modificaciones realizadas en términos de esta cláusula no implicarán novación de las obligaciones del presente contrato. Las partes en ningún caso podrán modificar sustancialmente el objeto de contratación. El PROVEEDOR deberá entregar a PEMEX PETROQUIMICA, el endoso, ampliación o renovación a la garantía otorgada para el cumplimiento del contrato que ampare las modificaciones al contrato realizadas en términos de esta cláusula. DÉCIMA TERCERA.- CASO FORTUITO O CAUSAS DE FUERZA MAYOR Salvo por disposición en contrario contenida en este contrato, ninguna de las partes será responsable por el incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones conforme al presente contrato en la medida y por el plazo en que la imposibilidad de cumplimiento se deba a caso fortuito o fuerza mayor. Se entiende por caso fortuito o fuerza mayor aquellos fenómenos de la naturaleza o hechos de personas, ajenos a la voluntad de cualquiera de las partes y que se producen sin que haya falta o negligencia por parte de las mismas, que son insuperables, imprevisibles, o que previéndose no se pueden evitar, que impiden a la parte afectada llevar a cabo sus obligaciones de conformidad con el presente contrato, siempre y cuando no se haya dado causa o contribuido al caso fortuito o fuerza mayor. Entre otros, se consideran caso fortuito o fuerza mayor, acontecimientos tales como huelgas y disturbios laborales, motines, cuarentenas, epidemias, guerras, declaradas o no, actos o atentados terroristas, bloqueos, disturbios civiles, insurrecciones, incendios y tormentas. Queda expresamente convenido que caso fortuito o fuerza mayor no incluirá los siguientes eventos: (i) cualquier acontecimiento resultante de la falta de previsión, negligencia, impericia, provocación o culpa del PROVEEDOR; (ii) o bien, aquellos que no se encuentren debidamente justificados, ya que de actualizarse alguno de estos supuestos, se procederá a la aplicación de las penas convencionales que se establecen en la cláusula correspondiente. La parte que alegue la existencia del caso fortuito o fuerza mayor tendrá la carga de la prueba.

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En caso de terminación anticipada de los trabajos derivada de caso fortuito o fuerza mayor, se estará a lo dispuesto en la cláusula denominada “Terminación Anticipada”. DÉCIMA CUARTA.- RESCISIÓN DEL CONTRATO 14.1 Rescisión administrativa PEMEX PETROQUIMICA podrá, en cualquier momento rescindir administrativamente el contrato, sin necesidad de declaración judicial o arbitral, en caso de que el PROVEEDOR se ubique en cualquiera de los siguientes supuestos: a) Incumpla con sus obligaciones en los términos establecidos en el contrato y sus anexos; b) No entregue los bienes de conformidad con lo estipulado en el presente contrato y sus anexos o sin motivo justificado no acate las órdenes dadas por el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato; c) Sea declarado o sujeto a concurso mercantil, quiebra o suspensión de pagos, o cualquier otra figura análoga; d) Durante la ejecución del contrato pierda las capacidades técnicas, financieras u operativas que hubiere acreditado para la adjudicación del contrato; e) Se le revoque o cancele de manera definitiva cualquier permiso o autorización gubernamental necesaria para el cumplimiento de sus obligaciones bajo el contrato; g) Cuando sin autorización expresa de PEMEX PETROQUIMICA ceda o transfiera las obligaciones y derechos del contrato de cualquier forma; h) Cuando sin autorización expresa de PEMEX PETROQUIMICA ceda o transfiera las acciones, partes sociales e intereses del PROVEEDOR o sus obligados solidarios, cuando se haya pactado dicha condición; i) Cambie su nacionalidad, en caso de que haya sido establecido como requisito tener una determinada nacionalidad o, si siendo extranjero invoca la protección de su gobierno en relación al contrato; j) Si no da cumplimiento al porcentaje de contenido nacional en los términos de la cláusula denominada “Contenido Nacional”; k) Se ubique en los supuestos de la cláusula “Anticorrupción”; l) Si no da a PEMEX PETROQUIMICA o a quien éste designe por escrito, las facilidades y datos necesarios para la inspección de los bienes; n) Si no entrega a PEMEX PETROQUIMICA el(los) endoso(s) y ampliación(es) y/o renovación(es) a la garantía otorgada para el cumplimiento del contrato que esté obligado a entregar conforme a la cláusula “Modificaciones al Contrato”; En caso de que el PROVEEDOR se encuentre en alguno de los supuestos que se indican en esta cláusula, previo a la determinación de la rescisión, PEMEX PETROQUIMICA podrá otorgar al PROVEEDOR un periodo para subsanar dicho incumplimiento, sin perjuicio de las penas convencionales que, en su caso, se hubieren pactado. El periodo será determinado por PEMEX PETROQUIMICA atendiendo a las circunstancias del contrato. Si al concluir dicho periodo, el PROVEEDOR no hubiera subsanado el incumplimiento, PEMEX PETROQUIMICA podrá determinar la rescisión administrativa conforme al procedimiento señalado en esta cláusula.

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El finiquito correspondiente deberá efectuarse dentro de los 20 (veinte) días naturales siguientes a la fecha de la comunicación de la determinación, a fin de proceder a hacer efectivas las garantías. PEMEX PETROQUIMICA podrá, junto con el PROVEEDOR, conciliar los saldos derivados de la rescisión administrativa con el fin de preservar los intereses de las partes dentro del finiquito. PEMEX PETROQUIMICA hará constar en el finiquito, la recepción de los bienes que haya entregado el PROVEEDOR hasta la rescisión administrativa del presente contrato, debiendo en todo caso ajustarse a lo estipulado en las cláusulas del presente contrato y sus anexos. En caso de rescisión administrativa del contrato por causas imputables al PROVEEDOR, una vez emitida la determinación respectiva, PEMEX PETROQUIMICA, precautoriamente y desde el inicio de la misma, se abstendrá de cubrir los importes resultantes de bienes entregados aún no liquidados, hasta que se otorgue el finiquito correspondiente, a fin de proceder a hacer efectivas las garantías. 14.2 Procedimiento de Rescisión Administrativa El procedimiento de rescisión administrativa se iniciará a partir de que PEMEX PETROQUIMICA notifique al PROVEEDOR el incumplimiento en que éste haya incurrido, para que dentro del plazo de 5 (cinco) días hábiles contados a partir de la notificación, exponga lo que a su derecho convenga y aporte, en su caso, las pruebas que estime pertinentes, y La determinación de PEMEX PETROQUIMICA de dar o no por rescindido el contrato deberá estar fundada y motivada; y se notificará al PROVEEDOR dentro de los 15 (quince) días hábiles siguientes a aquél en que se hubieren recibido los argumentos y pruebas o que se haya vencido el plazo estipulado en el párrafo anterior. En caso de que PEMEX PETROQUIMICA resuelva rescindir el contrato, dicha rescisión surtirá sus efectos a partir de la fecha de notificación de la determinación respectiva. La notificación, tanto del inicio del procedimiento de rescisión como de la determinación de la rescisión administrativa del contrato, serán notificadas por PEMEX PETROQUIMICA al PROVEEDOR conforme a lo dispuesto por la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. 14.3 Rescisión por causas imputables a PEMEX PETROQUIMICA El PROVEEDOR solo podrá rescindir este contrato, previa declaración de la autoridad competente. El PROVEEDOR sólo podrá demandar la rescisión, cuando por causas imputables a PEMEX PETROQUIMICA se actualicen alguno de los siguientes supuestos: a) Por incumplimiento en las obligaciones de pago; b) Por no contar con los permisos, licencias o autorizaciones que estén a su cargo; c) Por no poner a disposición de PROVEEDOR el sitio donde se deban entregar los bienes. DÉCIMA QUINTA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA Las partes podrán convenir la terminación anticipada del presente contrato, por las siguientes causas:

I. Por caso fortuito o fuerza mayor; II. Cuando existan causas que impidan la ejecución del contrato; y

III. Cuando lo determine PEMEX PETROQUIMICA.

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Convenida la terminación anticipada, el PROVEEDOR tendrá el derecho de recibir de PEMEX PETROQUIMICA, el pago por los bienes entregados hasta la fecha de terminación anticipada, así como el correspondiente a los conceptos señalados en los Anexos “A” y “B”, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato. En caso de terminación anticipada, se elaborará el finiquito en los términos de la cláusula denominada “Finiquito”. DÉCIMA SEXTA.- COMUNICACIONES ENTRE LAS PARTES Las partes se obligan a comunicarse por escrito toda información que se genere con motivo de la ejecución del presente contrato, incluido el cambio de domicilio, conforme a lo siguiente: Comunicaciones a PEMEX PETROQUIMICA: Las comunicaciones relacionadas con este contrato deberán ser entregadas al Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato en forma personal o por cualquier otro medio que asegure su recepción en el domicilio siguiente: Ejido Pajaritos S/N, Allende, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, Tel: 01 (921) 211-4000 Ext. 30-930, 30-931, y correo electrónico [email protected]. Comunicaciones al PROVEEDOR: Las comunicaciones relativas a cuestiones técnicas o administrativas deberán ser entregadas en forma personal al representante del PROVEEDOR para la ejecución del contrato, o bien, ser enviadas por cualquier otro medio que asegure su recepción al domicilio señalado en el numeral 2.10 del apartado de declaraciones de este contrato. Las comunicaciones de índole legal deberán ser entregadas en forma personal al representante legal del PROVEEDOR, o bien, ser enviadas por cualquier otro medio de mensajería que asegure su recepción, al domicilio señalado en el numeral 2.10 del apartado de declaraciones de este contrato. DÉCIMA SÉPTIMA.- OTRAS OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR El PROVEEDOR será el único responsable cuando los bienes amparados en este contrato, no se hayan entregado de acuerdo con lo estipulado en el mismo, o bien, conforme a las órdenes dadas por escrito por parte del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato; por lo que en estos casos; PEMEX PETROQUIMICA podrá ordenar, la rectificación o reposición de aquellos bienes que se hubieren considerado como rechazados o discrepantes sin que el PROVEEDOR tenga derecho a retribución adicional alguna por ello, ya que los mismos se harán por cuenta del PROVEEDOR; en tal supuesto, el PROVEEDOR procederá de manera inmediata a la atención de la rectificación o reposición de los bienes rechazados o discrepantes, sin que esto sea motivo para ampliar el plazo señalado para su entrega. Si el PROVEEDOR entrega bienes por mayor valor de lo indicado, independientemente de la responsabilidad en que incurra por la entrega de los bienes excedentes, no tendrá derecho a reclamar pago alguno por ello. El PROVEEDOR tendrá la obligación de contar con todas las autorizaciones requeridas por las dependencias gubernamentales correspondientes, para la adecuada ejecución del contrato, por lo que, también se obliga a cumplir con todas las leyes, reglamentos, y normas aplicables, sean éstas municipales, estatales o federales, asimismo, el PROVEEDOR deberá cumplir con las disposiciones de seguridad e higiene de PEMEX PETROQUIMICA para la entrega de los bienes.

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El PROVEEDOR acepta que deberá proporcionar la información y/o documentación relacionada con este contrato, que en su momento se requiera, derivado de auditorías que los órganos fiscalizadores practiquen. Se conviene que las obligaciones del PROVEEDOR de acuerdo a este contrato, deberán incluir todas las actividades, insumos y en su caso, instalaciones que se consideren indispensables para el cumplimiento del presente contrato. CUANDO APLIQUE, TRATÁNDOSE DE CONTRATOS CELEBRADOS CON MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS El PROVEEDOR se compromete a inscribirse en el Directorio de Proveedores del Gobierno Federal de Nacional Financiera, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo. DÉCIMA OCTAVA.- RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES El PROVEEDOR será el único responsable de la entrega de los bienes y deberá sujetarse a todas las leyes, los reglamentos y ordenamientos de las autoridades competentes en materia de seguridad, protección ecológica y de medio ambiente que rijan en el ámbito federal, estatal o municipal y a las instrucciones que al efecto le señale PEMEX PETROQUIMICA y cuando la ejecución del contrato implique riesgos para las instalaciones o el personal de PEMEX PETROQUIMICA o de sus proveedores y contratistas, deberá sujetarse a su sistema de seguridad industrial. Las responsabilidades y los daños y perjuicios que resultaren por su inobservancia serán a cargo del PROVEEDOR. Las partes reconocen que la responsabilidad por el incumplimiento de sus obligaciones contractuales, no podrá exceder el monto total del contrato, sin perjuicio de la aplicación de las penalizaciones establecidas en el presente instrumento. Con independencia de lo anterior, los daños y perjuicios que cualquiera de las partes cause a la otra y/o a terceros por su negligencia, dolo o mala fe serán a cargo de la parte que los provoque. Cuando sin negligencia, dolo o mala fe de alguna de las partes se produzcan dichos daños o perjuicios, cada una de ellas soportará los propios sin derecho a indemnización. Se conviene que bajo ningún concepto las partes serán responsables entre sí por daños indirectos de cualquier naturaleza, punitivos, o consecuenciales no inmediatos. Cuando alguna de las partes cause un daño y el afectado demande la reparación del mismo a la parte que no se lo causó y así se haya determinado por resolución judicial o administrativa, quien lo causó deberá cubrir las cantidades que la demandada hubiere erogado con motivo de acciones, quejas, demandas, reclamos, juicios, procesos, impuestos, costos y gastos directos e inmediatos, incluyendo honorarios de abogados y costas judiciales, regulados en el arancel correspondiente. DÉCIMA NOVENA.- PROPIEDAD INTELECTUAL El PROVEEDOR bajo ninguna circunstancia podrá usar para fines comerciales, publicitarios o de cualquier otra índole, el nombre de Petróleos Mexicanos y el de los Organismos Subsidiarios, sus logotipos o cualquier otro signo o símbolo distintivo de su propiedad. En caso de que la titularidad del PROVEEDOR sobre los bienes materia del presente contrato invada derechos de propiedad intelectual de un tercero, el PROVEEDOR se obliga a sacar en paz y a salvo a PEMEX PETROQUIMICA de cualquier acción que se interponga en su contra y/o en contra de Petróleos Mexicanos y/o Organismos Subsidiarios; obligándose en este caso, a reembolsar y/o indemnizar de cualquier gasto y/o costa judicial, así como los relativos a la defensa legal que se utilice y que realice PEMEX PETROQUIMICA en relación con el asunto. Si se actualiza dicho supuesto, PEMEX PETROQUIMICA dará aviso al PROVEEDOR y en su caso, a las autoridades competentes, el PROVEEDOR, en un plazo de 3 (tres) días naturales contados a partir de la fecha de recepción de la notificación, proporcionará a PEMEX PETROQUIMICA un informe circunstanciado sobre la referida violación.

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El PROVEEDOR asumirá el control de la defensa de la reclamación y de cualquier negociación o conciliación. Si dicha reclamación, negociación o conciliación afecta los intereses de Petróleos Mexicanos y/o de los Organismos Subsidiarios, el PROVEEDOR se compromete a informar a PEMEX PETROQUIMICA respecto de los medios y estrategias de defensa necesarios que interpondrá, sin restringirse las facultades de PEMEX PETROQUIMICA de implementar sus propios medios y estrategias de defensa. En caso de que derivado del objeto del presente contrato se generen derechos de propiedad intelectual, la titularidad sobre los mismos corresponderá en todo momento a PEMEX PETROQUIMICA. Bajo el supuesto señalado en el párrafo inmediato anterior, el PROVEEDOR se obliga a obtener por parte de quien corresponda, los contratos de cesión de derechos, cartas de colaboración remunerada, o cualesquiera instrumentos necesarios para la acreditación o constitución en favor de PEMEX PETROQUIMICA de los derechos de propiedad intelectual generados. VIGÉSIMA.- RESPONSABILIDAD LABORAL El PROVEEDOR, como empresario y patrón del personal que ocupa para la ejecución del objeto de este contrato, será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia del trabajo y seguridad social para con sus trabajadores. Asimismo, el PROVEEDOR reconoce y acepta que con relación al presente contrato, actúa exclusivamente como PROVEEDOR independiente, por lo que nada de lo contenido en este instrumento jurídico, ni la práctica comercial entre las partes, creará una relación laboral o de intermediación en términos del artículo 13 de la Ley Federal del Trabajo, entre el PROVEEDOR, incluyendo sus vendedores y/o subcontratistas y sus respectivos funcionarios o empleados, y PEMEX PETROQUIMICA. Por lo anterior, en caso de cualquier reclamación o demanda, relacionada con los supuestos establecidos en la presente cláusula y proveniente de cualquiera de las personas antes mencionadas, que pueda afectar los intereses de PEMEX PETROQUIMICA o se involucre a Petróleos Mexicanos y/o cualquiera de sus Organismos Subsidiarios, el PROVEEDOR queda obligado a sacarlos en paz y a salvo de dicha reclamación o demanda, obligándose también, a resarcir a Petróleos Mexicanos y/o cualquiera de sus Organismos Subsidiarios, en cuanto éste así se lo solicite por escrito, cualquier cantidad que llegaren a erogar por tal concepto, incluyendo el pago de honorarios de abogados. VIGÉSIMA PRIMERA.- SEGUROS El PROVEEDOR será el único responsable de contar con las pólizas de seguros que, conforme a la naturaleza y complejidad de los alcances del contrato, estime necesario. VIGÉSIMA SEGUNDA.- CLÁUSULA ANTICORRUPCIÓN El PROVEEDOR acuerda que durante la ejecución de este contrato ni él, ni sus subcontratistas o empleados de éstos ofrecerán, prometerán o darán por sí o por interpósita persona, dinero, objetos de valor o cualquier otra dádiva, a servidor público alguno, que puedan constituir un incumplimiento a la ley tales como robo, fraude, cohecho o tráfico de influencias. En caso de que la(s) conducta(s) resultase(n) en la comisión de delito(s), decretado(s) en resolución definitiva por autoridad jurisdiccional competente en territorio nacional, PEMEX PETROQUIMICA podrá optar por la rescisión conforme a lo establecido en la cláusula denominada “Rescisión del Contrato”.

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Por lo anterior, la Administradora del Proyecto dará aviso al Órgano Interno de Control en PEMEX PETROQUIMICA, para que se hagan las anotaciones en el registro de proveedores y contratistas de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. VIGÉSIMA TERCERA.- IDIOMA Las partes se obligan a utilizar exclusivamente el idioma español en todas las comunicaciones relativas al contrato. VIGÉSIMA CUARTA.- CONCILIACIÓN Las partes podrán presentar ante la Secretaría de la Función Pública solicitud de conciliación, por desavenencias derivadas del cumplimiento del contrato, el cual se substanciará conforme a lo dispuesto en el artículo 37 y Título Sexto de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, de conformidad con lo establecido en los artículos 35 de la Ley de Petróleos Mexicanos y 67 de su Reglamento. En el supuesto de que las partes lleguen a una conciliación, el convenio respectivo obligará a las mismas y su cumplimiento podrá ser demandado por la vía correspondiente. En caso contrario, quedarán a salvo sus derechos, para que los hagan valer ante la instancia respectiva. VIGÉSIMA QUINTA.- TOTALIDAD DEL CONTRATO Este contrato es una compilación de los términos y condiciones que rigen el acuerdo entre las partes con respecto al objeto del mismo y reemplaza y substituye cualquier convenio o entendimiento sobre dicho objeto. Ninguna declaración de agentes, empleados o representantes de las partes que pudiera haberse hecho antes de la celebración del contrato tendrá validez en cuanto a la interpretación de los términos del Contrato. VIGÉSIMA SEXTA.- ANEXOS DEL CONTRATO Acompañan y forman parte integrante de este contrato los anexos que a continuación se indican, firmados de conformidad por ambas partes. Anexo “A”.- Tarifa y Catalogo de Conceptos Anexo “B”.- Descripción y Alcance del Contrato Así mismo, se considerarán como anexos del presente contrato, los que se pacten en el futuro entre ambas partes, de acuerdo con las estipulaciones de este contrato. VIGÉSIMA SEPTIMA.- RECONOCIMIENTO CONTRACTUAL El presente contrato constituye el acuerdo único entre las partes en relación con el objeto del mismo y deja sin efecto cualquier otra negociación o comunicación entre éstas, ya sea oral o escrita, anterior a la fecha en que se firme el mismo. Las partes acuerdan que en el caso de que alguna de las cláusulas establecidas en el presente instrumento fuere declarada como nula por autoridad jurisdiccional competente, las demás cláusulas serán consideradas como válidas y operantes para todos sus efectos legales. El PROVEEDOR reconoce que los convenios modificatorios y/o de terminación anticipada y/o de prórroga serán suscritos por el servidor público que firma este contrato, o quien lo sustituya o quien esté facultado para ello.

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El PROVEEDOR reconoce y acepta que la rescisión administrativa de este contrato podrá llevarse a cabo por el servidor público que lo suscribe o quien esté facultado para ello. VIGÉSIMA OCTAVA.- LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN El presente contrato se regirá por las Leyes Federales de los Estados Unidos Mexicanos y demás disposiciones que de ellas emanen, en vigor. En caso de que surja cualquier controversia relacionada con el presente contrato, las partes acuerdan expresamente someterse a la jurisdicción de los Tribunales Federales Competentes de la Ciudad de Coatzacoalcos, Veracruz, por lo tanto, el PROVEEDOR renuncia irrevocablemente a cualquier fuero que pudiera corresponderle por razón de su domicilio presente o futuro, o por cualquier causa. VIGÉSIMA NOVENA.- DEVOLUCIÓN Y REPOSICIÓN DE BIENES En el caso de que los bienes presenten fallas de calidad o de cumplimiento de las especificaciones originalmente convenidas, previo a la reclamación de la garantía de vicios ocultos en términos de la cláusula denominada “Garantías” PEMEX PETROQUIMICA podrá exigir al PROVEEDOR que lleve a cabo las correcciones o reparaciones necesarias o las reposiciones inmediatas que se requieran, sin que las sustituciones impliquen su modificación, lo que el PROVEEDOR deberá realizar por su cuenta sin que tenga derecho a retribución por tal concepto. En el caso de que el PROVEEDOR no lleve a cabo las correcciones, reparaciones o reposiciones que se le exigen a partir del vencimiento del plazo que PEMEX PETROQUIMICA otorgue al PROVEEDOR para efectuar las correcciones, reparaciones y/o reposiciones necesarias, PEMEX PETROQUIMICA podrá solicitar a un tercero que realice los trabajos o podrá llevarlos a cabo directamente con cargo al PROVEEDOR, excepto que se trate de derechos exclusivos. TRIGÉSIMA.- NORMAS DE CALIDAD CUANDO ASÍ SE HAYA ESPECIFICADO EN EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN O QUE EL PROVEEDOR LO HAYA MANIFESTADO EN

SU PROPOSICIÓN O COTIZACIÓN El PROVEEDOR se obliga a que (los procesos de fabricación y/o distribución) de los bienes objeto del contrato que entregue a PEMEX PETROQUIMICA cuenten con una certificación normativa, conforme al (los) Certificado(s) de Calidad: (indicar la NMX o su equivalente homologación según el país de origen, misma que deberá corresponder a lo indicado en la oferta del PROVEEDOR). TRIGÉSIMA PRIMERA.- CONCEPTOS DE CONTROL INTERNO Los conceptos denominados codificación / Centro de trabajo / Departamento afectado / concepto de origen / renglón del gasto /número de referencia / centro gestor / posición financiera, y almacén, señalados en el anexo “A” del presente contrato, corresponden a datos de control interno de PEMEX PETROQUIMICA que no tienen implicaciones legales para el PROVEEDOR. Enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente contrato lo firman de conformidad por duplicado en la Ciudad de de Coatzacoalcos, Veracruz, el día ________ de ___________ de ________.

POR PEMEX PETROQUIMICA

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POR EL PROVEEDOR

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REVISIÓN JURÍDICA

POR PARTE DE LA OFICINA DEL ABOGADO GENERAL

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DOCUMENTO 17

CAUSAS DE DESECHAMIENTO

Se desecharán las propuestas que no cumplan con los requisitos esenciales siguientes: 1. No presentar el DOCUMENTO 03 para acreditar la existencia y personalidad jurídica del licitante de

conformidad con el punto 4 inciso A), del documento 02 de estas bases. 2. No presentar copia del comprobante de pago de bases. Para el caso de pago a través del sistema en banco, si que el pago de bases no se realizo en tiempo y

forma, de conformidad con lo indicado en el inciso A), ultimo, penúltimo y antepenúltimo párrafo del punto 1.2 de estas bases de licitación.

3. Si la proposición no está firmada autógrafamente, por el apoderado o representante que firme el

Documento 03, de conformidad con lo indicado el punto 4 inciso A), del documento 02 de estas bases.

4. No presentar su propuesta redactada en idioma español, sin tachaduras o enmendaduras y firmada

autógrafamente por persona facultada para ello, de conformidad con el punto 4 inciso B) del documento 02 de estas bases.

5. No entregar la manifestación escrita bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en alguno de los

supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC´S, de conformidad con el punto 4 inciso C) del Documento 02 y Documento 07 de estas bases.

6. Si no satisface cualquiera de los requisitos técnicos establecidos en el DOCUMENTO 01, y en su caso

las aclaraciones y modificaciones que se deriven de la(s) acta(s) de la(s) junta(s) de aclaraciones a la convocatoria.

7. Asimismo se desechará la propuesta que incurra en alguno(s) de los supuestos siguientes:

Que agregue la leyenda “o similar” a la marca que propone

Que indique “marca propia” o “cotizo mi marca”

Que proponga más de una marca para un mismo bien

Que no indique marca Que no manifieste el plazo, lugar y condiciones de entrega que propone.

8. No elaborar su propuesta económica en pesos mexicanos, conforme al Documento 06-A. No cotizar

precios fijos, netos y hasta con dos decimales, los cuales serán aplicables durante la vigencia del Contrato. Proponer precios condicionados o variables. Si manifiesta que los precios incluyen el I.V.A.

9. Cuando el (los) precio(s) ofertado(s) por el licitante no fueren convenientes y aceptables de acuerdo al

punto 4.4.2 incisos C) y D) del documento 02 de estas bases.

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10. No presentar la manifestación escrita bajo protesta de decir verdad, para dar cumplimiento a las

“REGLAS para la determinación, acreditación y verificación del contenido nacional de los bienes que se ofertan y entregan en los procedimientos de contratación, así como para la aplicación del requisito de contenido nacional en la contratación de obras públicas, que celebren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal” publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 14 de Octubre de 2010, de conformidad con lo indicado en el punto 4 inciso I) del Documento 02 y Documento 10 de estas bases.

11. El señalar condicionantes dentro de sus proposiciones, a cualesquiera de los requisitos establecidos

en estas bases, de conformidad con lo establecido en el punto 4 del documento 02 de estas bases. 12. Manifieste la subcontratación en cualquiera de las partes bienes objeto de la presente convocatoria. 13. Cuando se compruebe que ha habido acuerdo entre los licitantes para elevar los precios de los bienes

objeto de esta convocatoria o para obtener ventaja respecto a cualquier otro licitante. 14. Cualquier violación a la Ley de Petróleos Mexicanos, su Reglamento y demás disposiciones

reglamentarias aplicables. 15. El NO señalar dentro de su proposición, que los bienes que propone y entregará son nuevos, de

conformidad con el punto 4 inciso M) del Documento 02 de estas bases. 16. Que proponga un plazo de entrega mayor al plazo máximo establecido en el punto 13.2 del

Documento 02 de estas bases. 17. No ser claro, preciso y congruente en su propuesta, de acuerdo a lo solicitado. 18. No presentar los Documentos: 03, 06, 06-A, 06-B, 07, y 10, debidamente requisitados. 19. Entregar sin firma del representante indicado, cualquiera de los documentos que forman parte de su

propuesta, incluyendo los documentos que pudiesen entregar fuera del sobre de la propuesta. 20. Si existe cualquier incumplimiento a lo establecido en estas bases de licitación, así como a su versión

final que afecte directamente la solvencia de su proposición. 21. La falta de presentación de cualquier documento y/o manifestación que afecte directamente la

solvencia de la proposición, solicitados en estas bases, en la(s) acta(s) de Junta(s) de Aclaraciones y en cualquier modificación autorizada a la propia bases, y a su versión final.

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DOCUMENTO 18

NIVEL(ES) DE INSPECCIÓN.

Nivel III

Aplica a los bienes terminados que se revisan con personal designado por PEMEX, en las instalaciones del proveedor o en destino final.

En el cumplimiento de las especificaciones técnicas establecidas en los contratos, se determina revisando los requisitos y presenciando las actividades que apliquen, siendo enunciativas más no limitativas las siguientes:

1) Especificaciones contractuales.

2) La revisión del cumplimiento de las normas, códigos, procedimientos o especificaciones de los bienes terminados. (NO APLICA)

3) Certificados de calidad de los bienes terminados.

4) Las pruebas finales. (NO APLICA)

5) El acabado y embalaje de los bienes terminados. (NO APLICA)

6) Manuales (operación, mantenimiento y capacitación) y memoria técnica del bien y números de parte. (NO APLICA)

7) La documentación que establece el contrato.

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DOCUMENTO 19

Reglamento de Seguridad e Higiene Industrial y Protección Ambiental

400-ACSIPA-RE-01 Rev. 01

Reglamento.

Identificación 400-ACSIPA-RE-01 Área emisora Auditoria de Calidad, Seguridad Industrial y

Protección Ambiental

Revisión 01 Fecha de revisión: 19 de Junio del 2006

Nombre del documento: Reglamento de Seguridad, Salud y Protección Ambiental, que deben cumplir los Contratistas y/o

Proveedores dentro de las instalaciones de Pemex Petroquimica.

Elabora

Revisa

Autoriza

Ing. Hugo Martiradoni Aguiñaga Ing. Guillermo García Reynaga Ing. Mario H. González Petrikowsky

1.- OBJETIVO.

Establecer las disposiciones generales de Seguridad, Salud y Protección Ambiental (SSPA), que

deberán ser observadas por el personal de las Empresas Contratistas, Sub-contratistas y Terceros que

presten servicios en las instalaciones de Pemex Petroquímica,

2.- PROPÓSITO.

La Seguridad Industrial, Salud y la Protección al Medio Ambiente, es compromiso de funcionarios y empleados de Pemex Petroquímica, buscando la eliminación de accidentes, enfermedades laborales y de todo aquello que afecte nuestro proceso productivo y medio ambiente, comprendiendo y respetando la Política de Petróleos Mexicanos la cual se menciona a continuación:

“Ser una empresa eficiente y competitiva que se distinga por el esfuerzo y compromiso de sus trabajadores con la Seguridad, Salud y Protección Ambiental, bajo los siguientes Principios:

La Seguridad, Salud y Protección Ambiental son valores con igual prioridad que la producción, el transporte, las ventas, la calidad y los costos.

Todos los incidentes y lesiones se pueden prevenir.

La Seguridad, Salud y Protección Ambiental son responsabilidad de todos y condición de empleo.

En PEMEX nos comprometemos a continuar la protección y el mejoramiento del medio ambiente en beneficio de la comunidad.

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Los trabajadores estamos convencidos de que la Seguridad, Salud y Protección Ambiental son en beneficio propio y nos motivan a participar en este esfuerzo”.

Por lo que esta Política se hace extensiva a las compañías contratistas y/o proveedores, generando el presente Reglamento diseñado para que todo personal de Compañía Contratista que realice actividades para cualquier instalación de Pemex Petroquímica, cumpla con la normatividad en materia de Seguridad, Salud y Protección Ambiental.

3.- ALCANCE

Este Reglamento se refiere a:

3.1. Las responsabilidades y obligaciones de los contratistas que proporcionan servicios de mantenimiento, reparación, construcción, desmantelamiento, modificación u otros trabajos, en las instalaciones de Pemex Petroquimica.

3.2. Los requerimientos mínimos de seguridad industrial que debe cumplir el personal contratista en el desarrollo de sus actividades, mecanismos de control correspondientes y las responsabilidades que debe asumir.

3.3. Así como de cuidar de su salud e integridad física y la de sus compañeros de trabajo, contribuyendo a prevenir y a evitar los accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, accidentes con daño a la propiedad, al medio ambiente y/o a terceras personas.

3.4. Este Reglamento formará parte integrante de las Bases Técnicas de todos los Contratos de Pemex Petroquímica con Empresas Contratistas, Subcontratistas y Terceros, como también formará parte de cualquier Contrato de Servicios y Obras.

3.5. Este reglamento es de aplicación general y obligatoria para todas las Compañías Contratistas o personas que mediante contratos de obras públicas o de servicios efectúen trabajos de: instalación, ampliación, adecuación, remodelación, restauración, modificación, demolición, adaptación, conservación, mantenimiento, rehabilitación, reacondicionamiento, construcción, y todos aquellos de naturaleza análoga, en cualquier instalación de Pemex Petroquímica.

4.- REFERENCIA NORMATIVA.

Estas normas, principios y procedimientos son complementarios de las disposiciones sobre Seguridad e Higiene Industrial y Medio Ambiente que se establecen en la Legislación vigente y que el Contratista declara conocer, cumplir y hacer cumplir. A continuación se listan las Normativas Legales más importantes, la cual no excluye otra legislación aplicable y las modificaciones posteriores

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículo 123, Apartado A, Fracciones XIII y XXXI.

Ley Federal del Trabajo, (Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1º de Abril de 1970, Ultima modificación 17 de Enero de2006) Artículo 132, Capítulo III BIS, Artículo 153-F.

Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente.

Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos y su Reglamento.

Ley de Aguas Nacionales y su Reglamento.

Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento.

Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento.

Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo,(Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de Enero de 1997), Capítulo Segundo, “Obligaciones de los Patrones” Artículo 17

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Fracción VII, Capítulo Tercero “Obligaciones de los Trabajadores” Fracción IV, Capítulo V “Capacitación” Artículo 135, 136, 137, 138, 139, 140 y 141.

Reglamento para el Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos.-Actualizado al 28-1I-03 y sus normas.

Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, de Petróleos Mexicanos, Organismos Subsidiarios y Empresas Filiales, 08/05/2006

Contrato Colectivo de Trabajo, PEMEX-STPRM 2005-2007.

Reglamento de Seguridad e Higiene de Petróleos Mexicanos.

Norma NO.03.0.03 “Acceso de personas a instalaciones de Petróleos Mexicanos” Abril, 1987.

Acuerdo por el que se fijan Criterios Generales y se establecen los formatos correspondientes para la realización de Trámites Administrativos en Materia de Capacitación y Adiestramiento de los Trabajadores, (Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de Abril de 1997).

5. ACTUALIZACIÓN.

Las sugerencias para la revisión de este Reglamento, deben ser enviadas a la Auditoria de Calidad, Seguridad Industrial y Protección Ambiental de Pemex Petroquímica, quien debe programar y realizar la actualización de acuerdo a la procedencia de las mismas y en su caso, este Reglamento debe revisarse y actualizarse por lo menos cada cinco años, o antes si las sugerencias de cambios o recomendaciones lo ameritan.

Las propuestas y sugerencias deben dirigirse por escrito a:

Subgerencia de Seguridad Industrial

Corporativo de Pemex Petroquímica.

Jacarandas no. 100, Col. Rancho Alegre I, Nivel B-2, Edificio Sede de Pemex Petroquímica, Coatzacoalcos, Ver, México.

Teléfono Directo: (01-921)-2-11-14-09, Conmutador: (01-921)-2-11-11-00, extensión 20-309.

6.- DEFINICIONES.

Para los fines del presente Reglamento se establecen las siguientes definiciones:

6.1. Accidente personal: Es cualquier lesión o enfermedad profesional sufrida por una persona, la cual resulta de y en el curso del trabajo, o en tránsito de ésta a casa o viceversa.

6.2. Accidente industrial: Evento inesperado que altera el funcionamiento normal de las instalaciones y/o de la industria causándoles averías graves, acompañado o no de daño al medio ambiente o a las personas en su integridad física.

6.3 Análisis de Seguridad de Trabajos: Es la aplicación de controles Administrativos a los trabajos de mantenimiento en las áreas de proceso, no proceso y talleres, de manera que los riesgos del trabajo y los asociados con el mismo sean Identificados, minimizados y controlados para que las Lesiones e Incidentes puedan ser eliminados, enfocados a: la Planeación, Programación y Ejecución de los trabajos

6.4. Áreas de riesgo: Los lugares donde se puedan suscitar los eventos siguientes:

6.4.1. Existan de modo continuo o periódico concentraciones de gases, líquidos y sólidos de materiales peligrosos.

6.4.2. Se procesen, manejen o usen materiales peligrosos.

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6.4.3. Exista la presencia de materiales combustibles o inflamables gaseosos, líquidos o sólidos que ofrezcan posibilidad de incendio y/o explosión.

6.4.4. Instalación y/o equipo que opere a altas presiones y/o temperaturas.

6.4.5. Instalaciones y/o equipos que se encuentren en reparación.

6.4.6. Instalación y/o equipo en que se manejen productos tóxicos o corrosivos.

6.4.7. Instalación y/o equipo que se encuentre a más de 10 metros de altura.

6.4.8. Instalación y/o equipo que se encuentre a más de 5 metros de altura de una plataforma o excavaciones de más de 1.20 metros de profundidad, drenajes, túneles y pozos en general.

6.4.9. Instalación y/o equipo que opere con alta tensión.

6.4.10. Instalación y/o equipo que genere ruido, radiaciones ionizantes y/o radiación térmica.

6.4.11. Interior de recipientes o equipos (espacios confinados).

6.5. CCSIPA: Coordinación de Calidad, Seguridad Industrial y Protección Ambiental: en el CP Morelos y el CP Cangrejera.

6.6. Contratista y/o proveedor: La persona que celebra contratos de Obras Públicas o de Servicios Relacionados con las Mismas, así como de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, incluyendo al personal empleado.

6.7. Centro de Trabajo: Instalación industrial de Pemex Petroquímica.

6.8. Derrame: Es toda liberación de materiales en el aire, suelo y agua de desechos industriales y otras materias.

6.9. Encargado en Seguridad Radiológica: Es la persona designada por el contratista como responsable de la ejecución de los trabajos radiológicos. Deberá estar acreditado como Perito en Seguridad Radiológica por la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias, en los términos del Título Séptimo Capítulo III, “Del permisionario, encargado de seguridad radiológica y personal ocupacionalmente expuesto”, del Reglamento General de Seguridad Radiológica.

6.10. Equipo generador de flama o chispa: Es aquél que en forma ocasional o continua, directa o indirectamente produce flamas o chispas o emite calor con energía suficiente para provocar la ignición de gases o vapores derivados de líquidos y sólidos inflamables o combustibles.

6.11. Incidente: Evento inesperado que altera el funcionamiento normal de las instalaciones, acompañado o no de daños a las instalaciones, al medio ambiente o a las personas en su integridad física.

6.12. Pemex Petroquímica: Organismo Subsidiario de Petróleos Mexicanos,

6.13. Permiso para ejecución de trabajo con riesgo: Formato a través del cual, el jefe de operación de la instalación y el Ingeniero de Seguridad, otorgan de manera conjunta, la autorización correspondiente para que se realice el trabajo, condicionado a que se cumpla con las medidas preventivas establecidas en el propio formato.

6.14. Residuo peligroso: Todos aquellos residuos en cualquier estado físico, que por sus características corrosivas, tóxicas, reactivas, explosivas, inflamables, biológicas o infecciosas, representen un peligro para el equilibrio ecológico o el ambiente.

6.15. Reglamento General de Seguridad Radiológica: Corresponde al Reglamento General de Seguridad Radiológica emitido por la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de Noviembre de 1988.

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6.16 Superintendencia de Calidad, Seguridad Industrial y Protección Ambiental: en el CP Pajaritos, el CP Cosoleacaque, el CP Escolín, el CP Independencia y el CP Tula.

6.17. SSPA: Seguridad, Salud y Protección Ambiental.

6.18. Superintendente de Construcción: Persona física representante del Contratista ante Pemex Petroquímica.

6.19. Trabajo con riesgo: Es aquél que se realiza en un área de riesgo o cerca de ella, con equipo que produce calor, flama o chispa con energía suficiente para provocar la ignición de gases, vapores o líquidos inflamables; así como aquellos trabajos que por su naturaleza o por las condiciones del área de trabajo y sus alrededores y/o naturaleza de las substancias manejadas, generan una condición de peligro para quienes los efectúen.

6.20. Residente de Obra y/o supervisor de los servicios: Servidor Público designado por Pemex Petroquímica, para supervisar la correcta ejecución de los trabajos, inspeccionar servicios o bienes contratados o adquiridos y quien fungirá como su representante ante el contratista ó proveedor.

6.21. Supervisor de Seguridad: Persona asignada por el contratista y/o proveedor para llevar a cabo las funciones de supervisión de los aspectos de seguridad, salud y protección ambiental en los trabajos que se efectúen al amparo de un contrato.

6.22. Usuario: Personal quien solicita y hace uso de los servicios, obras o productos adquiridos y/o amparados en los contratos.

7. OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES.

7.1. DEL CONTRATISTAS Y/O PROVEEDOR.

7.1.1.- DEL ACCESO Y TRANSITO EN LAS INSTALACIONES.

7.1.1.a. El acceso al personal de la Compañía Contratista a las instalaciones, deberá ser a través de las entradas oficiales o por los lugares señalados por los centros de trabajo, para que los Departamentos de Seguridad Física mantengan un estricto control.

7.1.1.b. Los contratistas y/o proveedores antes de iniciar los trabajos objeto de cada contrato, deberá registrar a su personal en las oficinas de la Coordinación de Auditoría de Seguridad Industrial y Protección Ambiental de cada centro de trabajo o a quien este último designe.

7.1.1.c. Este registro tiene entre otros objetivos, el que al personal de la Compañía Contratista y/o proveedor se le incluya en los planes de emergencia y/o evacuación, instruyéndolos con los lineamientos específicos a seguir.

7.1.1.d. Los contratistas y/o proveedores deben proporcionar a su personal, el pase que el centro de trabajo proporcione, para que pueda accesar a las instalaciones y exhibirlo cuando así se lo solicite.

7.1.1.e. Los contratistas y/o proveedores deben cumplir con el horario de labores que previamente al inicio de la obra o servicio se haya estipulado en el centro de trabajo.

7.1.1.f. Los contratistas y/o proveedores y sus trabajadores que vayan a laborar, deberán cumplir con los puntos que a continuación se mencionan, para tener acceso a los centros de trabajo:

Exhibir en la puerta oficial de Vigilancia que se le indique, la(s) credencial(es) de su personal, que contendrán el nombre, firmas del trabajador y del Representante de la Compañía, No. de afiliación al I.M.S.S., y fotografía del trabajador de frente, así como nombre y R.F.C. de la compañía a la cual pertenece, vigencia y número del contrato, el área o lugar donde deba trabajar y nombre del Supervisor de Seguridad, en su caso.

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Los contratistas y/o proveedores que terminen su relación contractual y laboral con cualquiera de sus trabajadores lo deberán notificar de manera simultánea a dicha terminación y por escrito al Departamento de Seguridad Física, de lo contrario serán responsables de lo que dicho trabajador realice en las instalaciones de Pemex Petroquímica o Filial.

Portar su equipo básico de protección personal desde el acceso al centro de trabajo, ropa de trabajo de algodón consistente en: pantalón, camisa de algodón u overol (color naranja) de manga larga, guantes de carnaza, zapatos de seguridad, casco (color naranja) protección ocular con lentes de seguridad, gogles y tapones auditivos, en el entendido de que la ropa y casco deberán ser color naranja, para su identificación, además la ropa deberá estar razonablemente ajustada al cuello, puños y parte baja de los pantalones, de tal forma que no se tengan partes colgantes.

Como excepción, para los operadores de autotanques ajenos a los Organismos Subsidiarios de Pemex, que deberán vestir ropa del tipo overol en color azul marino, confeccionado en algodón 100 %, portar casco de seguridad fabricado con polipropileno de color azul marino, calzar zapatos de seguridad y usar gogles contra salpicaduras químicas, y en su caso contar con guantes adecuados al tipo de producto que maneja.

7.1.2. DE LOS VEHÍCULOS.

7.1.2.a. Los contratistas y/o proveedores que manejen vehículos en el interior de las instalaciones deberán contar con licencias de manejo vigentes y utilizar en todo momento el cinturón de seguridad, asimismo deberán respetar la velocidad permitida (de acuerdo a los señalamientos) y todos los avisos de tránsito ubicados en el interior del centro de trabajo. El Contratista se obliga a tramitar ante el departamento de Seguridad Física, el pase de acceso para el vehículo y que deberá portar en lugar visible, el cual se expedirá siempre y cuando el mismo cuente con póliza de seguro emitida por compañía legalmente constituida y se encuentre en buenas condiciones de seguridad (frenos, llantas, sistema eléctrico y escape, matachispas, etc. previa inspección de las áreas de seguridad (CCSIPA o SCSIPA)

7.1.2.b. Así mismo, no es permitido estacionar vehículos en sitios donde obstruyan hidrantes o equipo contra-incendio y salidas de emergencia.

7.1.2.c. Será responsabilidad única y exclusivamente del contratista y/o proveedor la utilización de equipos y accesorios de maniobra (grúas, winches, diferenciales, estrobos, eslingas, montacargas, etc.) en buen estado y condiciones seguras de trabajo.

7.1.2.d. En el caso de la operación de grúas, el contratista debe de contar con personal entrenado, certificado de competencia laboral, certificado de salud satisfactorio, tener un mínimo de tres años de experiencia en la operación y maniobras, debe de contar con sus procedimientos escritos para tránsito, preparación del equipo, preparación de la carga, cálculos de la maniobra, de comunicación, de emergencia, listas de verificación, certificación de la grúa etc., todo movimiento que realice la grúa debe contar con una supervisión continua, los procedimiento deben ser aprobados por el Residente de Obra con visto bueno de CCSIPA o SCSIPA y Mantenimiento, estos están facultados para impedir el uso de este equipo en caso de que detecte que no reúne las condiciones de operación y seguridad requeridos. De lo anterior descrito se hace extensivo en lo que corresponda para tractocamiones, plataformas, plataforma baja, montacargas, autotanques, equipos presión vacío, motoconformadoras, tractores, trascabos, etc.

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7.1.2.e. En el caso de que el contratista y/o proveedor considere indispensable efectuar algún bloqueo de las calles para realizar un trabajo o maniobra, debe solicitarlo con toda oportunidad al personal del centro de trabajo de Pemex Petroquímica, para que tome las medidas pertinentes.

7.1.2.f. Los trabajadores no deberán transportarse en los sistemas y equipos destinados al traslado de materiales en general, materiales o sustancias químicas peligrosas, con excepción de aquellos que cuenten con las condiciones adecuadas de seguridad , higiene y ergonomía, así como cuando lo requiera la actividad especifica.

Los vehículos de carga para transportes o equipos deben ser exclusivamente los designados para tales fines. Y se entenderá por vehículos de carga para materiales y equipo los: Camiones de redilas, remolques con plataforma, camiones-plataformas y remolques (o tráiler) con caja cerrada o de redilas y cama plana, deberán contar con cinturones de seguridad y extintor de incendios.

Los camiones que se usen para el transporte de trabajadores deben estar dotados de asientos adecuados, así como de protección lateral y cabina, que de protección en caso de mal tiempo o accidentes de tránsito. Y en el caso de la actividad específica, deberán contar con cinturones de seguridad y extintor de incendios.

7.1.2.g. Los vehículos y máquinas con motor de combustión interna de la compañía, deben contar con un dispositivo matachispas en el escape.

7.1.2.h. Manifestar en el formato que le proporcione el departamento de Seguridad Física de el total de equipo y herramientas que introduzcan a las instalaciones del centro de trabajo, de lo contrario no podrán retirar a su salida el equipo y herramientas que no estuviesen manifestados en dicho documento hasta en tanto no comprueben su propiedad.

7.1.2.i. Las lámparas a prueba de explosión de los contratistas deben registrarlas en el Departamento de Vigilancia desde su ingreso y presentarlas numeradas para su revisión, prueba y control por parte del personal de mantenimiento eléctrico del centro de trabajo.

7.1.3. DE LA CAPACITACIÓN Y ENTRENAMIENTO DEL PERSONAL DE LAS COMPAÑÍAS CONTRATISTAS.

7.1.3.a. El encargado responsable de la realización de los trabajos y del supervisor de seguridad de la compañía contratista y/o proveedor deben comprobar a satisfacción de las Coordinaciones de Auditorías de Seguridad Industrial y Protección Ambiental de los centros de trabajo de Pemex Petroquímica, que cuenta con los conocimientos y experiencia suficiente sobre seguridad industrial y protección ambiental, debiendo capacitar y/o entrenar al personal de la Compañía, sobre las recomendaciones de seguridad que deben ser observadas.

7.1.3.b. La Compañía Contratista debe establecer y mantener procedimientos efectivos para asegurar la competencia en cada función y nivel del personal que realiza las funciones, mediante programas de capacitación en materia de seguridad industrial, salud y protección ambiental, debe comprender los siguientes puntos como ejemplo, los cuales no son limitativos:

Trabajos con riesgo, básicamente en trabajos de corte y soldadura (en áreas riesgosas y/o en líneas y recipientes que hayan contenido o contengan productos inflamables), radiografiado, transporte de sustancias químicas, trabajos de altura, etc.

Programa de capacitación al personal en sus respectivas categorías, que incluya pláticas y prácticas de contra-incendio, pláticas de seguridad, primeros auxilios, uso del equipo de protección personal, manejo y disposición de residuos, rutas de evacuación, etc.

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Para los efectos de la disposición anterior, el contratista debe contar con un registro por cada uno de sus trabajadores, en el cual se debe anotar cursos, pláticas y prácticas recibidas por el trabajador, con las fechas en las que se dieron dichos eventos así como las evaluaciones de los mismos.

El contratista y su personal deben asistir cuando sea convocado a presentaciones, pláticas y prácticas de seguridad, que organicen Los centros de trabajo de Pemex Petroquímica, se reservan el derecho de impedir la ejecución de los trabajos, al personal de la Compañía Contratista que no acuda a esta convocatoria, de la instrucción a que se refiere el párrafo anterior, en la inteligencia de que cualquier suspensión de los trabajos contratados, quedará bajo la responsabilidad del propio Contratista.

El programa de capacitación que debe implementar el contratista a su personal debe de abarcar los siguientes temas, antes del iniciar las actividades propias del contrato:

Inducción en materia de SSPA para trabajadores de nuevo ingreso.

Comunicación de riesgos.

Primeros auxilios.

Combate de incendios.

Protección contra caídas.

Permiso de Trabajo.

Protección respiratoria.

Uso de equipo de protección personal.

Trabajos en altura.

Trabajos en espacios confinados.

Riesgos y peligros de sustancias tóxicas.

Manejo, transporte y almacenamiento de cilindros con gases comprimidos.

Excavaciones, trincheras, ademes, barricadas, etc.

Plan de respuesta a emergencias.

Reglamento de tránsito vehicular.

Residuos Peligrosos.

Pemex Petroquímica a través de la CCSIPA de los Centros de Trabajo, se reserva el derecho de realizar en el inicio y en cualquier tiempo, una evaluación de conocimientos de los puntos anteriores al personal contratista, así como verificar las evidencias documentales de la capacitación.

7.1.3.c. Los operadores de grúas y/o montacargas de la Compañía Contratista que ejecuten trabajos en los términos de este Reglamento, deberán tener su licencia vigente expedida por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

7.1.3.d. Los operarios de la Compañía Contratista que ejecuten labores de soldadura, deben estar calificados de acuerdo con lo que especifica, la última edición del manual de la Sociedad Americana de Soldadura (A.W.S.) D.1.1. ó ASME Sección IX y presentar la documentación que los acredite.

7.1.4. DE LAS MEDIDAS PREVENTIVAS AL MEDIO AMBIENTE.

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7.1.4.a. El contratista y/o proveedor debe vigilar que sus trabajadores, los subcontratistas e incluso sus proveedores, no dañen el medio ambiente, respetando las normas que regulan las actividades, aplicando medidas que reduzcan la generación de residuos y sus impactos contaminantes sobre el ambiente, a las personas y los bienes. En especial, se debe cuidar que no se produzcan problemas de contaminación por generación de residuos peligrosos y/o emisiones al aire, agua, suelo y también por contaminación visual y acústica.

7.1.4.b. Protección de la flora y fauna.

Flora: El contratista y/o proveedor y su personal no podrán, sin autorización previa de parte del área administradora del contrato, del supervisor o la autoridad pertinente, cubrir o cortar ninguna especie vegetal. Tampoco podrá utilizarlas como combustible, particularmente aquellas reconocidas como raras o protegidas.

Fauna: Respecto de la fauna, estará expresamente prohibida la caza de cualquier especie dentro de los límites de los establecimientos y lugares donde se efectúen actividades industriales de Pemex Petroquímica, como también en terrenos de derecho de paso, servidumbre, privados y fiscales que Pemex Petroquímica atribuya legalmente a cualquier título. También estará expresamente prohibido capturar, molestar o maltratar a los animales. Se exigirá un respeto irrestricto de las temporadas de veda y las demás condiciones establecidas en la legislación con respecto a la pesca.

7.1.4.c. Protección del medio ambiente.

Aire: Los equipos de de combustión interna (Diesel y Gasolina), deberán contar con verificación vehicular. Cualquier infracción en este sentido dará lugar a que Pemex Petroquímica no permita la utilización de dichos equipos, o maquinarias. En los terrenos donde se lleva cabo algún trabajo o proyecto, no se permitirá quemas de neumáticos, aceites usados u otros lubricantes, solventes o productos que puedan liberar gases tóxicos.

Agua: Además de lo que estipula la legislación vigente, será causal de suspensión al contrato el vaciado de materiales o residuos peligrosos a los drenajes, cauces naturales o artificiales o a otras obras hidráulicas de conducción o acopio de aguas existentes, sean de aguas superficiales o subterráneas, tales como: tanques, pozos, lagunas, fosas, drenes, cauces secos, etc.

Se consideran materias nocivas, entre otras, las siguientes: Jabones y detergentes, materiales peligrosos, combustibles, lubricantes, solventes, aceites quemados, basuras domésticas y residuos sólidos industriales, aguas no tratadas en plantas o sin un sistema autorizado de evacuación a base de fosa séptica y pozo o drenes absorbentes, productos de movimiento de tierras y demoliciones, cualquier otra sustancia nociva.

En la ejecución de los trabajos en terreno abierto, el Contratista y/o proveedor deberá mantener inalterado el sistema natural de drenaje superficial existente, canalizando las aguas interceptadas por las obras provisorias y por sus instalaciones hacia los cursos originales, sin perjuicio de las autorizaciones administrativas que procedieren, de modo de evitar la formación de nuevos cauces y minimizar o controlar las erosiones asociadas.

Durante la ejecución de los trabajos está estrictamente prohibido a la Compañía Contratista y/o proveedor arrojar a los drenajes, materiales no biodegradables como los que se señalan a continuación: Cualquier tipo de plástico, incluyendo ropa sintética, trapos, vidrio, metales, botellas, loza, equipaje y materiales de recubrimiento, pinturas, solventes, así como todos aquellos materiales a que se refiere la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

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Suelo: Los residuos de desechos o escombros provenientes de las actividades, así como los materiales del escarpes el excedentes de y de movimientos de la tierra, recolectados deberán de ser transportados por el contratista y/o proveedor en sitios autorizados para la disposición -- y asignados por la Autoridad correspondiente y bajo las condiciones que ésta señale, de acuerdo un los procedimientos y normas existentes para tales efectos.

En el caso de que la Compañía Contratista y/o proveedor genere residuos peligrosos, deberá de manejarlos y almacenarlos de acuerdo a lo previsto en la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, así como a su Reglamento en la Materia y demás normas oficiales mexicanas. . En caso de que la Compañía Contratista y/o proveedor derrame accidentalmente materiales peligrosos, estará obligada a reportarlo al centro de trabajo de Pemex Petroquímica, a través de las Auditorías de Seguridad Industrial y Protección Ambiental mediante el formato correspondiente.

7.1.5. DEL EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL.

7.1.5.a. Sin excepción, durante la ejecución de los trabajos, el personal Contratista y/o proveedor debe utilizar el equipo de protección personal adecuado a la realización de sus actividades, en caso de que los trabajos tenga que ejecutarse dentro de las instalaciones de Pemex Petroquímica. Únicamente se le permitirá el acceso si lleva puesto el equipo de protección personal, que de manera enunciativa más no limitativa se indica a continuación:

Ropa de trabajo de algodón de color naranja, con el logotipo de la Compañía Contratista, casco de seguridad con barbiquejo, botas con suela antiderrapante con casquillo metálico de protección, protección auditiva, ocular y manos.

Además deberá utilizar durante el desarrollo de sus labores, el equipo de protección adecuado al riesgo al que se está expuesto, tal como: Guantes, protección ocular (lentes, gogles, o pantalla facial), equipo de protección respiratoria, cinturón de seguridad, equipo para soldador, (guantes, careta, polainas y peto), etc.

7.1.5.b. En el supuesto que algún (os) trabajador (es) de la Compañía Contratista, y/o proveedor esté (n) ejecutando algún trabajo y no cumpliese (n) con esta disposición se les impedirá seguir laborando, levantándose el reporte correspondiente.

7.1.5.c. El contratista ó y/o proveedor es responsable de proporcionar y vigilar el uso por parte de su personal, de la ropa, calzado y del equipo de protección personal adecuados y en óptimas condiciones, de acuerdo a la normatividad vigente, para llevar a cabo las diferentes labores dentro de las instalaciones.

7.1.5.d. El contratista y/o proveedor es responsable de que su personal utilice correctamente el equipo de protección respiratorio necesario en espacios confinados (acceso a recipientes, en registros de drenaje, tanques de almacenamiento, etc.).

7.1.5.e. El contratista y/o proveedor debe cumplir con las disposiciones tendientes a proteger debidamente a su personal en aquellos trabajos que se efectúen en altura, para lo cual debe utilizar en forma segura y apropiada los andamios, barandales o escaleras, revisándolos para certificar sus adecuadas condiciones de armado o construcción, así como supervisar que su personal utilice los cinturones de seguridad y cables de vida requeridos para asegurar su integridad física. No se permitirá el uso de madera en la instalación de andamios.

7.1.6. DE LAS INSTALACIONES DEL CONTRATISTA O PRESTADOR DE SERVICIO.

7.1.6.a. El área asignada por el centro de trabajo de Pemex Petroquímica para la instalación provisional de bodegas para resguardo del material, herramientas y/o equipo que requiere la Compañía

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Contratista y/o proveedor, según el caso y las condiciones particulares del lugar, debe estar cercada e identificada; así mismo colocar servicios sanitarios para su personal (letrinas móviles), extintores contra fuego y mantenerse limpia y ordenada.

7.1.6.b. El contratista y/o proveedor debe contar con un botiquín de primeros auxilios en el lugar de trabajo, con el fin de tratar lesiones leves que pudieran ocurrir a su personal, en el caso de que el contratista empleé a mas de 150 trabajadores deberá contar con una ambulancia y un médico o paramédico de base.

7.1.6.c. La Compañía Contratista y/o proveedor debe suministrar agua potable a sus trabajadores y contenedores para basura.

7.1.7. DEL PERMISO DE TRABAJO CON RIESGO.

7.1.7.a. El personal ejecutor y supervisor de la Compañía Contratista y/o proveedor que intervendrá directamente en la ejecución de trabajos con riesgo de cualquier naturaleza, deberá contar con la capacitación específica en trabajos con riesgo. Sus conocimientos y experiencias deberán estar evaluados y documentados por instructores certificados. El supervisor de la Contratista y/o proveedor será el responsable de la seguridad y deberá estar en coordinación con el Supervisor de Seguridad del centro de trabajo de Pemex Petroquímica y este último tendrá la facultad de realizar auditorías.

7.1.7.b. El Contratista y/o proveedor debe observar las recomendaciones de seguridad que se establezcan en los permisos de trabajo correspondientes, obligándose a conocer y a cumplir con el procedimiento y reglamento respectivos, de los siguientes permisos:

Trabajo potencialmente No peligroso: Es aquel trabajo no operacional que por su naturaleza no representa un riesgo, al personal, a las instalaciones, al ambiente y/o al entorno, ejemplos de estos trabajos son barrer, toma de lecturas en los mantenimientos predictivos, rotulación de letreros a nivel de piso, etc.

Trabajo Potencialmente Peligroso: Son aquellos trabajos no operacionales que por su naturaleza representan un riesgo al trabajador, a las instalaciones, al ambiente y/o al entorno, ejemplos de estos trabajos son: entrada a espacios confinados, trabajos con posibilidad de fuga, trabajos con energía eléctrica, trabajo con fuego abierto, trabajos con vehículos de combustión interna, trabajos en altura, trabajos de excavación y trabajos con fuente radiactiva, etc.

Trabajos con Fuego Abierto: Son aquellos que al ejecutarse generan una fuente de ignición capaz de provocar incendio de vapores de hidrocarburos, de materiales combustibles, detonación o explosión.

Trabajos en Espacios Confinados: Son aquellos que se realizan en lugares parcialmente cerrados en los que además pueda existir una atmósfera contaminada y/o deficiente de oxigeno, y/o temperaturas extremas.

Trabajos con posibilidad de fuga de producto: Son trabajos con apertura (ruptura de hermeticidad) de líneas, recipientes, equipos dinámicos de proceso, envases/embalaje que contienen o hayan contenido sustancias tóxicas, corrosivas/reactivas/explosivas y/o que durante la apertura de las mismas, exista la posibilidad de fuga de éstas y trabajos en los que exista la posibilidad de contaminación del ambiente o en los que pueda haber temperaturas extremas. Nota: Para trabajos de instalación o retiro de juntas o tapas ciegas en líneas, equipos y accesorios conectados a los sistemas de desfogue donde descarguen más de 2 plantas, además se utilizará el Procedimiento GSIPA-SI-0901 vigente.

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Trabajos en Altura: Son aquellos trabajos que se ejecutan a diferentes niveles por arriba del nivel de piso terminado (dos metros) y que por las condiciones del lugar y la falta de plataformas y/o escaleras propias del equipo o instalaciones y/o trabajos que por las condiciones en que se realiza aunado a la altura, exista el riesgo de caída del (os) ejecutor (es).

Trabajos con Energía Eléctrica: Son aquellos trabajos que se ejecutan en equipos o accesorios que generen u operen con energía eléctrica, y/o que se realizan con las mismas instalaciones eléctricas, estando o no energizados al momento de efectuarse éstos.

Trabajos con vehículos de combustión interna: Son aquellos trabajos que requieren la entrada, salida y/o maniobra de una máquina de combustión interna en áreas de proceso, almacenamiento u otras, en donde se requiera una labor de prevención al entrar al área, durante la actividad, y al salir de ésta.

Trabajos de Excavación: Son aquellos trabajos que se llevan a cabo en el interior o en el perímetro del centro de trabajo, con posibilidad de afectaciones a instalaciones subterráneas o superficiales.

Trabajos con Fuente Radiactiva: Son aquellos trabajos que se ejecutan con o alrededor de fuentes generadoras o emisoras de radiaciones ionizantes, fijas o móviles. Estos trabajos así como el ingreso y permanencia de los trabajadores en el área de riesgo será controlada por el encargado se seguridad radiológica del centro de Trabajo.

AST: Como complemento elemental a los permisos anteriores es necesario contar con los conocimientos más amplio sobre los riesgos de trabajos que se planean ejecutar, y esto consiste en realizar un análisis de riesgos del trabajo sobre las tareas que ejecutaran las personas. Los factores que se deben considerar para asignar una prioridad para Análisis de Seguridad de un Trabajo, incluye:

1. Frecuencia y gravedad de accidentes: trabajos donde los accidentes ocurren frecuentemente o no muy frecuente pero que resultan en lesiones incapacitantes.

2. Potencial para lesiones o enfermedades graves: las consecuencias de un accidente, condiciones peligrosas, o exposición a sustancias nocivas son potencialmente grave.

3. Trabajos recientemente establecidos: debido a la falta de experiencia de nuestros trabajos los riesgos puede que no sean evidentes o anticipados.

4. Trabajos modificados: se pueden formar nuevos riesgos con los cambios en los procedimientos de trabajo

5. Trabajos desarrollados con poca frecuencia: los trabajadores pueden estar en riesgo mayor cuando realizan trabajos que no son rutinarios, un AST brinda un medio eficaz de revisar los riesgos.

6.

7.1.8. DE LA INTERVENCIÓN EN LOS EQUIPOS O INSTALACIONES.

7.1.8.a. Cualquier intervención en líneas o equipos de proceso que estén o hayan estado en operación, debe ser aprobada previamente por el personal responsable de la instalación.

7.1.8.b. Está estrictamente prohibido accionar, tocar, mover o manipular válvulas, conexiones, instrumentos y controles de los Centros de Trabajo, sin autorización previa del personal responsable del área en el centro de trabajo de Pemex Petroquímica.

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7.1.8.c Está prohibido efectuar maniobras reteniéndose o apoyándose en tuberías, soportes, válvulas o equipos.

7.1.8.d. Todo trabajo que se efectúe en el sistema de drenajes debe contar con la autorización respectiva, previas pruebas que sean necesarias a juicio del encargado de la instalación.

7.1.8.e. Las conexiones que se requieran para hacer uso de agua, aire, electricidad, u otros servicios, deben aprobarse previamente por el grupo técnico del sector o planta del centro de trabajo de Pemex Petroquímica si esta estipulado en el contrato

7.1.8.f. Cualquier excavación que tenga que realizarse por la compañía, debe ser previamente autorizada por el personal del centro de trabajo de Pemex Petroquímica y debe contar con los ademes necesarios para evitar derrumbes de las paredes de las mismas, así como el uso de líneas de vida y con señalizaciones adecuadas para evitar accidentes al personal.

7.1.9. DE LA PROTECCIÓN CONTRA INCENDIO.

7.1.9.a. El Contratista y/o proveedor debe conocer el área donde va a llevar a cabo sus trabajos, incluyendo los equipos y sistemas de protección contra incendio existentes en la misma, así como los de seguridad.

7.1.9.b. En los trabajos que requieran de protección contra incendio, el Contratista y/o proveedor, previo acuerdo con el centro de trabajo de Pemex Petroquímica, debe contar con el personal y equipo contra incendio portátil propios para proporcionar dicha protección.

7.1.9.c. Está prohibido que el Contratista y/o proveedor haga uso de la red de agua de contra incendio, para servicios diferentes a los autorizados por el centro de trabajo de Pemex Petroquímica.

7.1.10. DE LAS INSTALACIONES ELÉCTRICAS.

7.1.10.a. Todo trabajo en el cual se requiera intervenir equipos eléctricos (subestaciones, interruptores, alimentadores, líneas eléctricas, etc.), debe contar con la autorización previa del personal encargado de la instalación, para tomar las acciones pertinentes y evitar algún incidente.

7.1.10.b. Los cables de energía eléctrica que utilice el Contratista y/o proveedor, deben estar en buen estado (empalmes y conexiones debidamente aislados) y no estar cerca de registros de drenajes o materiales inflamables o combustibles. En las áreas industriales se utilizarán cables y conexiones a prueba de explosión.

7.1.10.c. La conexión a tierra de equipos de soldar, debe realizarse a un pozo de tierras y no debe ser a estructuras o tuberías cercanas a los trabajos.

7.1.10.d. El Contratista y/o proveedor le queda prohibido el violar la integridad de los sistemas eléctricos, y el uso de conexiones eléctricas provisionales y este deberá de cumplir con la clasificación de las áreas eléctricas de acuerdo a la especificada en el diseño y a las normas correspondientes.

7.1.11. DE LA SUSPENSIÓN DE TRABAJOS.

7.1.11.a. En el caso de suscitarse una emergencia en el área de trabajo o en sus proximidades, el Contratista y/o proveedor, debe suspender los trabajos y seguir las instrucciones del personal del centro de trabajo de Pemex Petroquímica encargado de la instalación, por lo que debe conocer previamente las rutas de evacuación para los casos de emergencia.

7.1.11.b. El Contratista y/o proveedor, debe suspender sus actividades cuando por razones de seguridad, el personal encargado de la instalación industrial así lo solicite, asentando en la bitácora de obra lo conducente.

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7.1.12. DEL TRANSPORTE Y MANEJO DE CILINDROS DE GASES COMPRIMIDOS.

7.1.12.a. Los cilindros de oxígeno y acetileno utilizados para trabajos de corte y soldadura, por ningún motivo deben permanecer en el interior de tanques y/o recipientes, y deben estar siempre en posición vertical, soportados y asegurados adecuadamente para evitar que se caigan, así como manejados con el cuidado según lo indican las propias recomendaciones del proveedor o fabricante, esto se hace extensivo al uso de otros gases comprimidos utilizados o suministrados por el Contratista y/o proveedor.

7.1.13. DE LOS SERVICIOS DE RAYOS X (RADIOGRAFIADO).

7.1.13.a. El personal técnico del Contratista y/o proveedor encargado de tomar, revelar e interpretar radiografías de uniones soldadas, así como reportar resultados de la inspección, deberá tener y presentar la documentación que lo acredite como técnico calificado en inspección no destructiva de acuerdo a la práctica recomendada SNT-TC-IA de la Sociedad Americana de Pruebas no Destructivas (ASNT).

7.1.13.b. El personal técnico del Contratista y/o proveedor encargado de efectuar las inspecciones ultrasónicas deberá presentar la documentación que lo acredite como técnico calificado de acuerdo al SNT-TC-IA de la ASNT.

7.1.13.c. Los certificados mencionados anteriormente, tiene una vigencia de tres años, por lo que el personal con las categorías mencionadas, deberán revalidarlos al vencimiento del período.

7.1.13.d. Cuando el Contratista y/o proveedor realice servicios de radiografiado con rayos X, el área será previamente delimitada, acordonada y marcada con letreros que indiquen: “¡PELIGRO! Altos niveles de radiación”.

7.1.14. DE LOS ACCIDENTES E INCIDENTES DE TRABAJO.

7.1.14.a. Al lesionarse uno o más trabajador (es), el Contratista y/o proveedor debe trasladarlo (s) al centro de atención designado por ésta.

7.1.14.b. El Contratista y/o proveedor se obliga a reportar a Pemex Petroquímica, por conducto de las CCSIPA o SCSIPA y del Supervisor del centro de trabajo, dentro de los primeros cinco días de cada mes, sus estadísticas de accidentes relacionados con los trabajos, incluyendo los acontecidos en las instalaciones de Pemex Petroquímica y los sucedidos en tránsito; dicho reporte deberá realizarse mediante el llenado del anexo 1 (GS-1) del documento y se acompañará de las estadísticas relacionadas tales como:

Indice de frecuencia (I.F.):

IF= NUM. DE ACCIDENTES CON PERDIDA DE TIEMPO X 1´000,000

HORAS HOMBRE LABORADAS.

Indice de gravedad (I.G.):

IG= NUM. DE DIAS PERDIDOS POR ACCIDENTE X 1´000,000

HORAS HOMBRE LABORADAS.

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Indice de fatalidad (FAR):

FAR=NUM. DE FATALIDADES X 10´000,000

HORAS HOMBRE LABORADAS.

Número de Trabajadores:

Horas hombre de exposición al riesgo:

Días calendario sin accidentes:

Número de trabajadores lesionados con días perdidos.

7.1.14.c. Sin perjuicio de lo anterior, el Contratista y/o proveedor está obligada a realizar el reporte del accidente en el mismo día en que ocurra, llenando para tal efecto el anexo número 2 adjunto. En caso que el Contratista y/o proveedor permanezca contratada menor tiempo a un mes, deberá reportar sus estadísticas del período que haya durado el contrato.

7.1.14.d. El Contratista y/o proveedor deberá asumir totalmente la responsabilidad de los accidentes, lesiones o daños que ocurran tanto a su personal, instalaciones o equipos, como al del centro de trabajo de Pemex Petroquímica, cuando éstos se motiven a consecuencia de los trabajos que directamente realiza la compañía.

7.1.14.e. Al ocurrir algún incidente imputable el Contratista y/o proveedor, ésta esta obligada a notificarlo inmediatamente al Supervisor de la empresa; así mismo deberá participar en el Análisis Técnico del mismo y cumplir o acatar las medidas correctivas y preventivas que se determinen con ello.

7.1.15. DEL RESPONSABLE DE SEGURIDAD POR PARTE DEL CONTRATISTA Y/O PROVEEDOR.

7.1.15.a. Instruir, supervisar y verificar las acciones necesarias para cumplir los requisitos referentes a la seguridad industrial dispuestos es este manual y aquellos que determine el centro de trabajo de Pemex Petroquímica y/o los encargados del área de trabajo.

7.1.15.b. Participar en la investigación de las causas de los incidentes o accidentes de trabajo, en los que esté involucrada el Contratista y/o proveedor.

7.1.15.c. Realizar los trabajos de acuerdo a las indicaciones del personal técnico encargado del área de trabajo.

7.1.16. DE LAS MEDIDAS PREVENTIVAS GENERALES.

7.1.16.a. El contratista y/o proveedor debe instruir a su personal, acerca del contenido y cumplimiento de las medidas de seguridad dispuestas en este Reglamento.

7.1.16.b. La Compañía Contratista y/o proveedor, debe contar en el sitio, con un Supervisor de seguridad, salud y protección ambiental como mínimo, por cada 50 trabajadores, que se responsabilice de SSPA y la conducta del personal de la Compañía dentro de las instalaciones de Pemex Petroquímica.

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7.1.16.c. La Compañía Contratista y/o proveedor debe observar las disposiciones de seguridad, orden y limpieza, con el objeto de mantener en óptimas condiciones en lugar de trabajo. Por ello, se obliga a dejar el lugar en donde se ejecutaron los trabajos en las mismas condiciones en que la recibió. Por consiguiente, se entenderá como no terminada la obra ó servicio, hasta en tanto la Compañía Contratista y/o proveedor entregue el lugar limpio de escombros, basura, contaminación, etc. El tiempo que utilice la Compañía Contratista y/o proveedor en el cumplimiento de esta disposición, correrá por su cuenta.

7.1.16.d. En el supuesto de que la Compañía Contratista y/o proveedor se negara a hacer la limpieza del área, el centro de trabajo de Pemex Petroquímica, por su conducto o mediante la contratación de terceros, llevará a cabo los trabajos de limpieza correspondiente, corriendo a cargo de la Compañía Contratista y/o proveedor el pago de los mismos, ya sea que se cubran directamente por éste, o mediante el descuento en el pago de sus facturas, quedando asentada esta circunstancia en la bitácora.

7.1.16.e. El contratista y/o proveedor debe informar al personal de Pemex Petroquímica, cuando observe condiciones anómalas dentro del área en la cual se encuentre laborando (fugas, derrames, averías, etc.)

7.1.16.f. La Compañía Contratista y/o proveedor debe cumplir con todas las disposiciones legales aplicables (Federales, Estatales y Municipales), en materia de protección ambiental y seguridad industrial.

7.1.16.g. La Compañía Contratista y/o proveedor debe cumplir con las disposiciones adicionales que el centro de trabajo de Pemex Petroquímica especifique para la prevención y control de riesgos.

7.1.17. DE LOS PROCEDIMIENTOS.

7.1.17.a. La Compañía Contratista durante la ejecución de los trabajos, deberá acatar todos los procedimientos aplicables de acuerdo a la naturaleza y objeto del contrato, debiendo de ponerlos al alcance de sus trabajadores, especialmente aquellas actividades que generen un riesgo potencial como las que se describen de manera enunciativa, más no limitativa en los puntos siguientes:

7.1.17.b. Procedimiento para entrar a espacios confinados (recipientes que hayan contenido hidrocarburos).

7.1.17.c. Procedimiento para realizar trabajos de altura, excavaciones, eléctricos, plantas, civil, instrumentos, mecánico, etc.

7.1.17.d. Procedimiento para realizar trabajos de reparación de líneas de proceso. Procedimiento para realizar trabajos de soldadura o Hot Tapping sobre equipos que contienen productos inflamables.

7.1.17.e. Procedimiento para realizar trabajos de reparación y limpieza de recipientes atmosféricos y/o presurizados, etc.

7.1.17.f. Procedimiento para realizar maniobras con grúas.

7.1.17.g. PPQ revisará los procedimientos y/o protocolos de pruebas finales entre los que se encuentran: Procedimientos específicos de pruebas, Protocolos de Pruebas de Equipos (Separadores, motores, compresores, turbinas, bombas, generadores de energía eléctrica, recuperadores, detectores gas, fuego y humos, reguladores de presión, transmisores de presión, rociadores, relevadores, tableros de carga, tableros de mando y control local, extinguidores de CO2 etc.), Protocolos de Pruebas de Sistemas eléctricos, Protocolos de Pruebas de Sistemas electrónicos y de control, Protocolos de Pruebas de Sistemas estructurales, Protocolos de Pruebas de

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Sistemas en su conjunto: sistemas de emergencia, sistemas de separación, sistemas de detección y extinción de incendio, sistemas de medición, sistemas de proceso, etc.

7.1.17.h. Cada procedimiento deberá incluir la información necesaria para organizar, definir la participación y responsabilidades del personal, definir la secuencia, los parámetros a medir, la duración y los resultados esperados de las pruebas.

7.1.17.i. Corresponde al residente de obra y/o supervisor de los servicios vigilar que se cumplan las disposiciones del presente reglamento y de comunicar al Contratista, a través del Superintendente de Construcción de las disposiciones específicas de seguridad mencionadas en el párrafo anterior y las especificadas en el presente Reglamento, así como de gestionar lo correspondiente en caso de incumplimiento por parte del Contratista o del personal bajo su responsabilidad.

7.2. DE LOS CENTROS DE TRABAJO DE PEMEX PETROQUIMICA

7.2.1. DEL PERSONAL TÉCNICO RESPONSABLE DEL ÁREA DE TRABAJO (Grupo Técnico).

7.2.1.a. Elaborar y analizar el o los permisos de trabajo correspondientes con los encargados del área involucrada, cuando el contrato de obra lo requiera.

7.2.1.b. Personal de mantenimiento, operación y seguridad industrial, debe participar en la supervisión de los trabajos del Contratista en el ámbito de su competencia, de tal manera que aseguren que dichas labores se efectúen en un ámbito de seguridad, orden y limpieza.

7.2.1.c. Instruir, supervisar y verificar las acciones necesarias para que los trabajos se desarrollen sin contratiempo por la Compañía.

7.2.1.d. El personal técnico de CCSIPA o SCSIPA, tiene la responsabilidad de efectuar inspecciones no planeadas durante la ejecución de los trabajos, a fin de detectar actos y condiciones inseguras, así como de riesgos no previstos en las disposiciones antes mencionadas y notificará el resultado de las inspecciones al Residente de Obra y/o al Superintendente de Construcción, para que tomen acciones correctivas / preventivas.

7.2.1.e. Participar en la investigación de las causas de los incidentes o accidentes de trabajo, en los que esté involucrada la Compañía Contratista.

7.2.2. DE LAS BASES DE LA LICITACION Y OBRA.

7.2.2.a. En los modelos de bases para licitaciones o concursos para adjudicar contratos de servicio y obra que se elaboran en la entidad, se debe de incluir este Reglamento.

7.2.2.b. En los modelos de bases para licitaciones o concursos para adjudicar contratos de servicio y obra que se elaboran en la entidad, se deben de incluir los procedimientos de seguridad, salud y protección ambiental, específicas y especiales; independientemente de las disposiciones generales de SSPA, contenidas en este Reglamento.

7.2. 3. DE LOS DAÑOS A LAS INSTALACIONES DE PEMEX PETROQUIMICA

7.2.3.a. Los centros de trabajo de Pemex Petroquímica no son responsables de daños por incendio, robo o fenómenos naturales que ocurran en las instalaciones o equipos de la Compañía, pero si por las afectaciones a Contratistas como consecuencia directa de sus operaciones.

7.2.3.b. Todo daño a las instalaciones imputable a los contratistas y/o proveedores será reparado inmediatamente por ellas mismas, sin cargo Pemex Petroquímica.

7.2.3.c. Cualquier trabajador de Pemex Petroquímica que tenga conocimiento de que los trabajadores de los contratistas y/o proveedores estén ejecutando labores riesgosas sin tomar en cuenta las medidas de seguridad necesarias, podrá ponerlo en conocimiento de su superior inmediato o de

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la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene, a fin de que se suspenda la ejecución del trabajo, mediante la intervención del Residente de Obra hasta que se adopten las medidas necesarias de seguridad, higiene y protección ambiental adecuadas, siendo el contratistas y/o proveedores responsable del retraso que con ello se genere, de conformidad en lo estipulado en el contrato del que se deriven dichos trabajos.

7.2.4. DE LOS ACCESOS A LOS CENTROS DE TRABAJO DE PEMEX PETROUIMICA

7.2.4.a. Para el control de acceso a las instalaciones, la autoridad máxima de Seguridad Física del centro de trabajo de Pemex Petroquímica, debe expedir pases firmados para cada uno de los trabajadores del Contratista, con vigencia establecida, especificando claramente el área o lugar donde debe laborar.

8. DISPOSICIONES GENERALES.

8.1. Para los trabajos a desarrollar, en la solicitud de pedido o de servicio, así como en el “ANEXO B” del contrato de obra, deberá incluirse un anexo en el cual se especifique que el contratista y/o proveedor se compromete a presentar una constancia sobre la capacitación de su personal en materia de seguridad industrial, salud y protección al medio ambiente certificada o autorizado por la Camara Mexicana de la Industria de la Construcción (CMIC) u otra Organización de prestigio, certificada para poder otorgar capacitación en la materia.

8.2. Los contratistas y/o proveedores están obligados a capacitar, instruir y orientar a sus trabajadores sobre la manera más segura de ejecutar su trabajo y éstos de atender de manera obligatoria dichas indicaciones o recomendaciones.

8.3. Los contratistas y/o proveedores y sus trabajadores deberán ejecutar sus labores de acuerdo a las normas que para la realización del trabajo contratado estén establecidas, y están obligados a acatar las instrucciones de seguridad, que se les indiquen en los permisos de trabajo correspondientes, de acuerdo al procedimiento 400-1100-ACSIPA-2400 vigente, emitido por la Auditoria de Calidad, Seguridad Industrial y Protección Ambiental de Pemex Petroquímica, así como de las Instrucciones Operativas Generales del Sistema de Administración Ambiental que apliquen.

8.4. Son obligatorias para los contratistas y/o proveedores todas las disposiciones preventivas de riesgos de trabajo que se dicten con la intervención de la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene, al igual que las medidas preventivas de seguridad, higiene y de protección al ambiente, que acuerden las autoridades competentes y las que indique Pemex Petroquímica, para protección personal de los trabajadores, instalaciones y ambiental.

8.5. Los contratistas y/o proveedores podrán contar con sistemas de gestión funcionando: de Calidad, Seguridad y Protección Ambiental bajo las normas o estándares que les apliquen. Y podrán demostrar que estos sistemas de gestión han sido implantados, lo que permite asegurar la calidad, seguridad y protección ambiental del servicio.

8.6. Los contratistas y/o proveedores serán responsables de que sus trabajadores utilicen el tipo de ropa y el equipo de seguridad adecuado, conforme se especifica en el numeral 7.1.5 de este reglamento, y según la obra de que se trate, además deberán proporcionarles a éstos los que a juicio del personal de CCSIPA o SCSIPA se requieran, esto último deberá estar especificado en el correspondiente permiso de trabajo.

8.7. Los contratistas y/o proveedores, deberán contar y llevar un programa de seguridad e higiene por escrito, durante el tiempo que dure el contrato o servicio, apegado a los programas de la instalación donde prestan dichos servicios o se lleva a cabo el contrato.

8.8. Los contratistas y/o proveedores deberán realizar previo al inicio de la obra o servicio y de la autorización de los permisos de trabajo peligrosos, un reconocimiento del área donde van a llevar a cabo sus trabajos, con el objeto de conocer e identificar la ubicación de los sistemas y equipos de

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protección, contra incendio y seguridad, así como los riesgos potenciales existentes en la misma, para ello contarán con la asesoría del responsable del área.

8.9. Son obligatorias para los contratistas y/o proveedores todas las disposiciones preventivas de riesgos de trabajo contenidas en el Reglamento de Seguridad e Higiene de Petróleos Mexicanos vigente.

8.10. Las áreas donde se efectúen trabajos con riesgos, los contratistas y/o proveedores como mínimo deben ser acordonadas con cinta de barricada de 3.5” de ancho, fabricadas con polietileno de color amarillo, rojo o naranja de gran visibilidad, para impedir el paso a personas ajenas al área de trabajo y demás letreros alusivos a la seguridad necesarios.

8.11. Los contratistas y/o proveedores que se encuentren realizando labores en las instalaciones de Pemex Petroquímica, deberán identificarse cuando se le solicite ante cualquier trabajador técnico o supervisor de seguridad física de Pemex Petroquímica, exhibiendo para ello en todo momento su respectiva credencial y/o el pase de acceso personal.

8.12. Para los contratistas y/o proveedores, que ejecuten trabajos para Pemex Petroquímica y durante el tiempo que permanezcan en ésta, queda estrictamente prohibido lo siguiente:

a) El uso de ropa especificada para trabajadores de Petróleos Mexicanos, Organismos Subsidiarios o Filiales.

b) No usar el equipo de protección personal ni adoptar las medidas preventivas de seguridad indicadas.

c) Dañar o alterar los avisos de seguridad o la propaganda alusiva fijada en las instalaciones de Pemex Petroquímica o Filiales

d) Fumar y encender fósforos dentro de las instalaciones, independientemente de que existan o no letreros indicando la prohibición.

e) Presentarse en las instalaciones en estado de embriaguez, con aliento alcohólico, bajo el influjo de drogas, enervantes y en general cualquier sustancia que altere los sentidos, Introducir o ingerir bebidas embriagantes, así como consumir narcóticos o drogas enervantes en el interior de las instalaciones de Pemex Petroquímica.

f) Portar armas de cualquier clase, se exceptúan los objetos punzantes y punzo cortantes que formen parte de las herramientas o útiles de trabajo.

g) Realizar bromas, fechorías, jugar y cualquier acto que altere el orden en el interior de las instalaciones.

h) Arrojarse herramientas o material para que lo reciba en el aire algún compañero.

i) Realizar trabajos sobre barriles o tambores de cualquier clase.

j) Pasar carretillas de mano, materiales, diablos, etc. sobre mangueras con aire comprimido o con agua de contraincendio, conductores o cables eléctricos o tuberías de gas o aire de alta presión, así como pisarlos o dejar caer objeto alguno sobre ellos, que impidan su adecuado funcionamiento.

k) Sujetar garruchas o diferenciales, de las estructuras de los techos para levantar o suspender maquinaria o piezas pesadas, si no están diseñadas para ello. Así como retenerse o apoyarse en soportes, tuberías, válvulas o cualquier clase de instrumento o equipo de las instalaciones, para efectuar maniobras.

l) Pasar por debajo de los autotanques, carrostanques o plataformas de ferrocarril, así como subirse y viajar en ellos si no son personal de la tripulación.

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m) El uso de parrillas eléctricas, extensiones y cualquier dispositivo o aparato eléctrico que no sea a prueba de explosión.

n) Hacer fogatas o cualquier tipo de fuego en las proximidades de tanques de almacenamiento y/o equipos de líneas de proceso, salvo en los casos requeridos y previo trámite del permiso correspondiente.

o) Operar y manipular los hidrantes y monitores de la red de agua de Contraincendio para otro uso que no sea su fin.

p) Distraer a los demás trabajadores de sus ocupaciones.

q) Leer impresos durante las horas de labor.

r) Hacer inscripciones o dibujos en muebles o inmuebles de la compañía o de sus compañeros.

s) Ensuciar intencionalmente o por descuido o negligencia, los lugares donde prestan sus servicios, los baños, vestidores y demás locales de servicio.

t) Hacer propaganda de cualquier clase, vender o rifar mercancías dentro de las horas de labor.

u) Entrar o permanecer dentro de las instalaciones a horas que no les corresponde.

v) Escuchar radio en el lugar de trabajo.

w) Bañarse durante las horas de trabajo.

x) Ocupar el tiempo en cosas ajenas al trabajo.

y) Tomar alimentos fuera del lugar asignado y a la hora destinada para este fin.

z) Usar los sanitarios más tiempo del que normalmente se requiere.

aa) Efectuar operaciones de usura, apuestas o colectas durante las horas de servicio.

bb) Causar desorden dentro y a las puertas Pemex Petroquímica

cc) Mentir a sus superiores.

dd) Desobedecer las órdenes que reciban de sus superiores, aunque a juicio del trabajador sean equivocadas, salvo el caso que dichas órdenes contravengan Las Normas Básicas y los Procedimientos de Seguridad.

ee) Transportar en los estribos y parte exterior de los vehículos a trabajadores.

ff) Estacionar vehículos fuera de las áreas autorizadas, así como obstaculizar el libre acceso a los extinguidores, equipo contraincendio y equipo de protección personal; bloquear maquinaria, materiales, salidas de emergencia y vías normales para el acceso del personal o el tránsito de vehículos.

gg) Utilizar vehículos que tengan los cristales de color oscuro o reflejantes.

hh) El uso de cámaras fotográficas ó vídeo, dentro de los Centros de Trabajo de Pemex Petroquímica sin la autorización expresa del Residente de Obra y/o Supervisor del centro de trabajo.

ii) Acceso de contratistas y/o proveedores, a las áreas industriales y de almacenamiento en operación, sólo podrán accesar con autorización expresa del personal encargado de los sitios.

jj) Todos aquellos actos u omisiones que a su juicio determine CCSIPA, en cada uno de los trabajos a realizar.

kk) Suspender el trabajo durante las horas del mismo, sin causa justificada.

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ll) Abuso de confianza.

mm) Hacer mal trabajo, actuando con dolo.

nn) Provocar a riña o reñir dentro de los recintos de la Compañía.

oo) El deterioro intencional de propiedades de la Compañía, de compañeros o de tercera persona.

pp) Dormir dentro de las jornadas de trabajo.

qq) Perjuicio doloso a los compañeros en sus obras de labor, maquinaria, herramienta y útiles.

rr) No cumplir con los Procedimientos de Seguridad de Pemex Petroquímica.

ss) Robar materiales, útiles, herramientas, equipo, etc. propiedad de la compañía, vestuario y efectos personales, etc., propiedad de sus compañeros de trabajo o de terceras personas.

tt) Negarse el trabajador de manera manifiesta a adoptar las medidas preventivas de seguridad, a usar equipos de seguridad o a seguir los procedimientos indicados en general, para evitar accidentes o enfermedades.

uu) Operar o usar maquinaria o equipo que no le corresponde para sus labores o del que no haya recibido instrucciones acerca de su uso.

vv) Comunicar los secretos técnicos, comerciales o de fabricación, de los cuales tenga conocimiento por razón del trabajo que desempeña.

8.13. En caso de incumplimiento a cualquiera de los artículos mencionados en el presente Reglamento, se procederá a la cancelación del pase y/o credencial de acceso a los trabajadores que hayan cometido la violación, sin perjuicio de las sanciones y penas que en forma específica se convengan en el contrato respectivo.

9.- DISCIPLINA.

9.1 Al encontrar a algún trabajador de la Compañía Contratista ejecutando actividades incumpliendo o violando las reglas de seguridad industrial, protección ambiental y/o higiene establecidas, se le impedirá seguir laborando, levantándose el reporte correspondiente y amonestación, otorgándosele a la Compañía un plazo máximo de 8 horas, dependiendo de la actividad y la exposición al riesgo que tenga su personal, para su corrección sin perjuicio de las sanciones en que incurra, de conformidad con los programas de trabajo.

9.2. Si algún trabajador de la Compañía Contratista es amonestado dos veces por la misma falta incumpliendo o violando las reglas de SSPA establecidas, se hará acreedor a no permitirle el acceso a la instalación, sin perjuicio de las sanciones y penas que en forma específica se convengan en el contrato respectivo.

9.1 Pemex Petroquímica, comunicará verbal y/o por escrito a la Contratista, las indisciplinas en que incurran sus trabajadores, a manera de que ésta proceda a corregir las anomalías en un plazo máximo de 8 horas, dependiendo de la actividad.

10. AUDITORIAS

10.1. Los centros de trabajo de Pemex Petroquímica se reservan el derecho de auditar el cumplimiento a lo estipulado en el presente reglamento, a través de las CCSIPA o SCSIPA, sin perjuicio de que los supervisores de dicha rama como representantes de Pemex Petroquímica hagan lo propio en el cumplimiento de su función, quedando facultados para suspender cualquier trabajo con riesgo que no se ejecute de conformidad con el presente documento.

10.2. Los centros de trabajo de Pemex Petroquímica, a través de los encargados en las instalaciones y/o equipos, tienen la facultad de prohibir el paso a sus instalaciones, a cualquier trabajador de la Compañía

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Contratista que carezca del equipo de protección personal mencionando en este reglamento, sin que esto represente un motivo de incumplimiento imputable a Pemex Petroquímica por el retraso de los trabajos, motivo de cada contrato.

10.3. Durante la realización de una auditoria por parte de Pemex Petroquímica, la Compañía Contratista brindará todas la facilidades y proporcionará la información que requiera el Auditor a efecto de que éste revise el cumplimiento de las normas contenidas en este reglamento, en el entendido de que cuando se detecte alguna anomalía, levantará un acta administrativa y pormenorizada en la que se describirá minuciosamente el incumplimiento. En dicha Acta, la Compañía Contratista asentará lo que en su derecho convenga, debiendo ser firmada por ambas partes y dos testigos. Si la Compañía se negara a firmar, se asentará este hecho. La falta de firma por parte de la Contratista, no invalidará este documento.

ANEXO 1

RESUMEN ESTADISTICO MENSUAL SOBRE ACCIDENTES DE TRABAJO (GS-1)

a) Compañía

b) Dirección y teléfono

c) Informe correspondiente al mes del 200

d) Total mensual de accidentes de trabajo con pérdida de tiempo

e) Total mensual de accidentes de tránsito con pérdida de tiempo

f) Total mensual de casos pagados con incapacidad parcial permanente y total permanente

g) Total mensual de casos pagados con incapacidad parcial permanente y total permanente

h) Total mensual de casos pagados de muerte por accidente

i) Total mensual de días perdidos por incapacidad

j) Total mensual de días indemnizados por incapacidad parcial permanente y total permanente

k) Importe total mensual de salarios y prestaciones pagados por incapacidad

l) Importe total mensual de gastos por servicios médicos proporcionado a los trabajadores accidentados

m) Importe total mensual de las indemnizaciones pagadas por riesgos de trabajo

n) Total mensual de horas hombre laboradas

o) En la ciudad de a de del 200

p) Nombre, firma y cargo.

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ANEXO 2

REPORTE DE ACCIDENTES PERSONALES Y/O INDUSTRIALES DE COMPAÑIAS CONTRATISTAS

a) Lugar Fecha

b) Nombre N°. De identificación

c) Clasificación o categoría Edad

d) Nombre de la Compañía

e) Tiempo que tiene laborando en la Compañía

f) Relato del accidente

g) Se autorizó y supervisó el trabajo con riesgo SI NO

h) En caso afirmativo, nombre del Supervisor que autorizó el trabajo con riesgo:

A) Operativo:

B) Construcción y/o Mantenimiento:

C) S.I.P.A.:

i) Lugar donde ocurrió el accidente:

j) Daños a la instalación de Pemex Petroquímica

k) Lesiones al trabajador

l) Lugar donde se atendió al trabajador

m) Nombre del médico que atendió

n) Institución o servicio médico

o) Nombre del personal de Pemex Petroquímica (SIPA) que tuvo conocimiento del accidente

p) Cuantificación de daños

q) Fecha de reporte a S.I.P.A.

r) Representante de la Compañía:

Nombre: Cargo:

Forma de distribución:

ORIGINAL.-CCSIPA o SCSIPA

COPIA.-OPERATIVO

COPIA.-CONSTRUCCION Y/O MANTENIMIENTO.

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DOCUMENTO 20

MODELO DE MANIFESTACIÓN DE ESTAR AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES FISCALES TRATÁNDOSE DE LICITANTES NACIONALES.

(Lugar y Fecha): ______________, a ___ de______________de__________.

PEMEX PETROQUÍMICA COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS PRESENTE __________________________en mi carácter de (Apoderado o Representante Legal) con Registro Federal de Contribuyentes Clave _________________________y correo electrónico ______________de la Empresa denominada _____________________con Registro Federal de Contribuyentes clave ____________,cuya actividad Preponderante es _______________________y con domicilio Fiscal en _________________. Que como resultado de (señalar el procedimiento de Adjudicación utilizado) _______________________________respecto del contrato número _____________(adquisiciones de bienes, arrendamiento, prestación de servicios u obras públicas)_______,con un monto de (______________) sin incluir I. V. A., por medio del presente escrito y BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, manifiesto que mi representada:

Ha realizado ante el SAT la solicitud de opinión respecto al cumplimiento de mis obligaciones fiscales en los términos señalados en la

Regla I.2.1.15. (Contrataciones con la Federación y Entidades Federativas) de la Segunda resolución de Modificaciones a la

Resolución Miscelánea Fiscal para 2010, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 03 de Diciembre de 2010 (de la cual anexo

copia).

Asimismo me obligo a entregar a esta Entidad, la opinión emitida por el SAT.

A T E N T A M E N T E

(NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE O APODERADO LEGAL DE LA EMPRESA)

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DOCUMENTO 21

Determinación y declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados

1. Definiciones.

1.1. Concursante: la persona que participa en cualquier procedimiento de concurso,

ya sea licitación pública, invitación a cuando menos tres personas (invitación

restringida) o adjudicación directa.

1.2. Convocante: cualesquiera de las áreas de Petróleos Mexicanos y sus

Organismos Subsidiarios que llevan a cabo un procedimiento de contratación ya

sea bajo la modalidad de licitación pública, invitación a cuando menos tres

personas (invitación restringida) o adjudicación directa para la adquisición de

bienes.

1.3. Ensamble Simple: el proceso de juntar cinco o menos partes, todas extrajeras

(excluyendo sujetadores tales como tornillos, pernos, etc.) por medio del

atornillado, pegado, soldado, cosido o por otros medios sin más que un

procesamiento menor.

1.4. Fabricación Nacional: el proceso productivo que consiste en realizar dentro del

territorio nacional, la transformación sustancial de insumos, partes o

componentes nacionales o importados para obtener un bien final nuevo.

1.5. Fabricante del Bien: la persona física o moral que produce los bienes

suministrados por el Proveedor del Bien a Petróleos Mexicanos y sus

Organismos Subsidiarios.

1.6. Fabricante Nacional: la persona física o moral que produce bienes en los

Estados Unidos Mexicanos.

1.7. Grado de Integración Nacional: el grado específico de contenido nacional de los

bienes adquiridos, medido de acuerdo a lo establecido en el Apartado 2 de este

documento.

1.8. Insumos: las materias primas, partes y componentes utilizados en la fabricación

de un bien.

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1.9. Insumos Indirectos: los insumos utilizados en la producción, verificación o

inspección de un bien, pero que no están físicamente incorporados a él; o los

bienes que se utilizan para el mantenimiento u operación de maquinarias y

equipos relacionados con la producción de un bien, tales como:

1.9.1. Combustibles y energía.

1.9.2. Herramientas, troqueles y moldes.

1.9.3. Refacciones y materiales utilizados en el mantenimiento de equipo y

edificios.

1.9.4. Lubricantes, grasas, materiales de mezcla y otros materiales utilizados en

la producción o para operar el equipo o los edificios.

1.9.5. Guantes, anteojos, calzado, ropa, equipo y aditamentos de seguridad.

1.9.6. Equipo, aparatos y aditamentos utilizados para la verificación o inspección

de los bienes.

1.9.7. Catalizadores y solventes, y

1.9.8. Cualesquiera otros bienes que no estén incorporados en el bien, pero cuyo

uso en la producción del bien pueda demostrarse razonablemente.

1.10. Material Fungible: el material que se consume con el primer uso.

1.11. Procedimientos de Contratación: las licitaciones públicas, las invitaciones a

cuando menos tres personas (invitaciones restringidas) y las adjudicaciones

directas en los términos del artículo 54 de la Ley de Petróleos Mexicanos.

1.12. Procesamiento menor: las operaciones que no producen una transformación

sustancial de un bien tales como:

1.12.1. La simple dilución en agua o en otra sustancia que no altere materialmente

las características del bien.

1.12.2. La limpieza, inclusive la remoción de óxido, grasa, pintura u otros

recubrimientos.

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1.12.3. La aplicación de revestimientos preservativos o decorativos, incluyendo

lubricantes, encapsulación protectora, pintura decorativa o preservativa, o

revestimientos metálicos.

1.12.4. El rebajado, limado o cortado de pequeñas cantidades de materiales

excedentes.

1.12.5. La descarga, recarga o cualquier otra operación necesaria para el

mantenimiento del bien en buena condición.

1.12.6. La dosificación, empaque, re-empaque, embalaje y re-embalaje.

1.12.7. Las operaciones de prueba, marcado, ordenado, o clasificado.

1.12.8. Las reparaciones y alteraciones, lavado o esterilizado.

1.13. Proveedor del Bien: la persona física o moral que celebra contratos con

Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios para el suministro de

bienes.

1.14. Proveedor Directo del Fabricante: la persona que suministra al Fabricante del

Bien las materias primas, partes o componentes que integran el bien

suministrado a Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios.

1.15. Proveedor Indirecto del Fabricante: la persona física o moral que suministra a un

Proveedor Directo del Fabricante materias primas, partes o componentes las

cuales se integran al bien suministrado a Petróleos Mexicanos y sus Organismos

Subsidiarios.

1.16. Transformación sustancial: la producción que da como resultado un bien nuevo y

diferente, con un nuevo nombre, nuevas características y nuevo uso.

1.17. Verificación del Grado de Integración Nacional: la revisión y análisis de

documentos que se realiza para determinar el cumplimiento de las disposiciones

sobre Grado de Integración Nacional, lo cual puede incluir la inspección ocular de

las instalaciones en donde se lleva a cabo el proceso de producción de los

bienes sujetos a verificación.

2. Determinación del Grado de Integración Nacional

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2.1. El Grado de Integración Nacional de los bienes estará dado por la siguiente

fórmula:

GINB = (1- (VIB / VTB )) * 10 0

Donde:

GINB es el Grado de Integración Nacional del bien suministrado

VTB es el valor total del bien suministrado menos impuestos indirectos

VIB es el valor total de las importaciones utilizadas para la fabricación del bien,

incluyendo insumos y corresponde a la suma de:

a) El valor de los insumos importados por el Fabricante del Bien y que se

incorporan al bien suministrado a Petróleos Mexicanos y sus

Organismos Subsidiarios. Dicho valor será igual al valor declarado al

momento de realizar la importación adicionando, en caso de que no se

encuentren incluidos en el valor declarado, los siguientes rubros:

i. Los fletes, seguros y todos los demás costos en que se haya

incurrido para el transporte del insumo hasta el punto de

importación.

ii. Los aranceles, impuestos indirectos y gastos por los servicios de

agencias aduanales.

b) El valor de los insumos importados por Proveedores Directos del

Fabricante, que los venden al Fabricante del Bien en el mismo estado

en que los importaron y que se incorporan al bien suministrado a

Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios. Dicho valor será

el precio pagado por el Fabricante del Bien al Proveedor Directo del

Fabricante, más impuestos indirectos. En caso de que no estuviesen

considerados en el precio, se incluirán los costos de seguros y fletes

incurridos al transportar dichos insumos a la planta del Fabricante del

Bien.

2.2. Los bienes fabricados fuera de territorio nacional tendrán un Grado de

Integración Nacional igual a cero.

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2.3. La compra de los insumos en territorio nacional no significa que los mismos

hayan sido producidos en territorio nacional.

2.4. Los insumos cuyo origen no pueda acreditarse, deberán considerarse como

importados.

2.5. Cualquier parte o componente producido fuera de territorio nacional será

considerado como importado en su totalidad, sin importar que en su proceso de

elaboración se hayan utilizado insumos nacionales.

2.6. Los Insumos Indirectos utilizados en la fabricación de bienes en territorio

nacional se considerarán 100% nacionales.

2.7. Si en la elaboración del bien se utilizan Materiales Fungibles, se deberá utilizar

un método de manejo de inventarios (PEPS, UEPS, etc.), para determinar si

dichos Materiales Fungibles son nacionales o importados.

2.8. Los accesorios, las refacciones y las herramientas entregados con el bien no se

tomarán en cuenta para efectos de la determinación del Grado de Integración

Nacional.

3. De la declaración del Grado de Integración Nacional

3.1. Independientemente del tipo y carácter de los Procedimientos de Contratación

mediante los cuales les hayan sido adjudicados los contratos, los Proveedores de

Bienes deberán entregar de manera obligatoria, para efectos informativos y

estadísticos, un escrito mediante el cual manifiesten, bajo protesta de decir verdad,

el nombre del Fabricante del Bien y el resultado del cálculo del Grado de

Integración Nacional de los bienes suministrados. Esta manifestación podrá ser

entregada en escrito libre o utilizando el Formato 1 incluido en este documento. El

escrito original de la manifestación referida deberá presentarse a la entrega de los

bienes, debiéndose entregar también una copia del escrito al momento de

presentarse las facturas de pago correspondientes

3.2. En caso de que el Proveedor del Bien no sea el Fabricante del Bien,

adicionalmente al escrito indicado en el inciso anterior, el Proveedor del Bien al

momento de presentar sus facturas para pago, deberá entregar de manera

obligatoria, para efectos informativos y estadísticos, un escrito en el que el

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Fabricante del Bien manifieste, bajo protesta de decir verdad, el Grado de

Integración Nacional del bien suministrado. Esta manifestación podrá ser

entregada en escrito libre o utilizando el Formato 2 incluido en este documento.

El escrito original de la manifestación referida deberá presentarse a la entrega de

los bienes debiéndose entregar también una copia del escrito al momento de

presentarse las facturas de pago correspondientes

3.3. Las manifestaciones del Grado de Integración Nacional a que hacen referencia

los incisos 3.1 y 3.2 anteriores, deberán ser entregadas para cada una de las

partidas que el Proveedor del Bien suministre.

El Proveedor del Bien está obligado a conservar durante tres años contados a partir de la entrega del bien a la convocante, la información que les permita sustentar en todo momento el contenido y la veracidad de las manifestaciones a las que se refieren los incisos 3.1 y 3.2 de este documento, incluso la proporcionada por los Fabricantes de Bienes o comercializadores, para que dicha información sea presentada cuando le sea requerida por motivo de una verificación.

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DOCUMENTO 21-A

FORMATO PARA LA MANIFESTACION QUE DEBERA PRESENTAR EL LICITANTE ADJUDICADO O PROVEEDOR DE LOS BIENES, PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO ESTABLECIDO EN EL INCISO 3.1 DEL DOCUMENTO 21 “DETERMINACION Y DECLARACION DEL GRADO DE INTEGRACION NACIONAL DE LOS BIENES SUMINISTRADOS”.

__________de __________ de _____________(1)_

Pemex-Petroquímica. P R E S E N T E

Me refiero al Contrato No. ______(2)___________, que fue adjudicado a mi representada, la empresa _____________________(3)_____________. Sobre el particular, y en términos de lo previsto en el inciso 3.1 del Documento 21 de esta convocatoria “Determinación y declaración del grado de integración nacional de los bienes suministrados”, el que suscribe manifiesta bajo protesta de decir verdad, que los bienes entregados cuentan con el grado de Integración Nacional indicado en la siguiente tabla:

Partida Descripcion del Bien

Fabricante del Bien

GIN

(4) (5) (6) (7)

De igual forma manifiesto bajo protesta de decir verdad, que tengo conocimiento de lo previsto en el artículo 23 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios y en este sentido, me comprometo a aceptar una verificación del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados, a través de la exhibición de la información documental correspondiente y7o a través de una inspección física de la planta industrial en la que se producen los bienes a la convocante.

Atentamente

_____________________________(8)________________________________

Instructivo de llenado

Numero Descripción

1 Señalar la fecha de suscripción del documento

2 Indicar el numero del contrato

3 Citar el nombre o razón social del proveedor del Bien

4 Señalar el numero de partida que corresponda

5 Indicar la descripción del bien suministrado

6 Citar el nombre o razón social del Fabricante del bien

7 Indicar el resultado del cálculo del grado de integración nacional de acuerdo al inciso 2 del Documento 23.

8 Anotar el nombre y firma del representante legal del Proveedor del Bien.

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DOCUMENTO 21-B

FORMATO PARA LA MANIFESTACION QUE DEBERA PRESENTAR EL LICITANTE ADJUDICADO O PROVEEDOR DE LOS BIENES, PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO ESTABLECIDO EN EL INCISO 3.2 DEL DOCUMENTO 21 “DETERMINACION Y DECLARACION DEL GRADO DE INTEGRACION NACIONAL DE LOS BIENES SUMINISTRADOS”.

__________de __________ de _____________(1)_

Pemex-Petroquímica. P R E S E N T E

Me refiero al Contrato No. ______(2)___________, que fue adjudicado a la empresa _____________________(3)_____________. Sobre el particular, y en términos de lo previsto en el inciso 3.2 del Documento 21 de esta convocatoria “Determinación y declaración del grado de integración nacional de los bienes suministrados”, el que suscribe __________(4)____________ manifiesta bajo protesta de decir verdad, que los bienes que hemos fabricado y suministrado a la empresa ___________(3)___________,cuentan con el grado de Integración Nacional indicado en la siguiente tabla:

Partida Descripcion del Bien

GIN

(5) (6) (7)

De igual forma manifiesto bajo protesta de decir verdad, que tengo conocimiento de lo previsto en el artículo 23 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios y en este sentido, me comprometo a aceptar una verificación del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados, a través de la exhibición de la información documental correspondiente y/o a través de una inspección física de la planta industrial en la que se producen los bienes, conservando dicha información por tres años a partir de la entrega de los bienes a la convocante.

Atentamente

_____________________________(8)________________________________

Instructivo de llenado

Numero Descripción

1 Señalar la fecha de suscripción del documento

2 Indicar el numero del contrato

3 Citar el nombre o razón social del proveedor del Bien

4 Citar el nombre o razón social del fabricante del bien

5 Señalar el número de la partida que corresponda.

6 Indicar la descripción del bien suministrado

7 Indicar el resultado del cálculo del grado de integración nacional de acuerdo al inciso 2 del Documento 23.

8 Anotar el nombre y firma del representante legal del Fabricante del Bien.