bases de la gerencia y la administración pública
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Gerencia y Administración
Pública
BASES DE LA GERENCIA
Y
LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Facilitadora: Vanezza E. Reyes
Bases Legales
C.R.B.V.
L.O.A.P
L.O.A.F.S.P.
C.R.B.V
Art. 141
Art. 158
Art. 185
Art. 251
Artículo 141.
La Administración Pública está al servicio de los ciudadanos y
ciudadanas y se fundamenta en los principios de honestidad,
participación, celeridad, eficacia, eficiencia, transparencia, rendición
de cuentas y responsabilidad en el ejercicio de la función pública,
con sometimiento pleno a la ley y al derecho.
Artículo 158.
La descentralización, como política nacional, debe profundizar la
democracia, acercando el poder a la población y creando las
mejores condiciones, tanto para el ejercicio de la democracia
como para la prestación eficaz y eficiente de los cometidos
estatales.
Artículo 185.
El Consejo Federal de Gobierno es el órgano encargado de la
planificación y coordinación de políticas y acciones para el
desarrollo del proceso de descentralización y transferencia de
competencias del Poder Nacional a los Estados y Municipios.
Estará presidido por el Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta
Ejecutiva e integrado por los Ministros o Ministras, los
gobernadores o gobernadoras, un alcalde o alcaldesa por cada
Estado y representantes de la sociedad organizada, de acuerdo con
la ley.
Artículo 251.
El Consejo de Estado es el órgano superior de consulta del
Gobierno y de la Administración Pública Nacional. Será de su
competencia recomendar políticas de interés nacional en aquellos
asuntos a los que el Presidente o Presidenta de la República
reconozca de especial trascendencia y requieran de su opinión.
L.O.A.P
Art. 3
Art. 4
Art. 12
Art. 18
Artículo 3.
La Administración Pública tendrá como principal objetivo de su
organización y funcionamiento dar eficacia a los principios, valores
y normas consagrados en la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela y, en especial, garantizar a todas las
personas, conforme al principio de progresividad y sin
discriminación alguna, el goce y ejercicio irrenunciable, indivisible e
interdependiente de los derechos humanos.
Artículo 4.
La Administración Pública se organiza y actúa de conformidad con
el principio de legalidad, por el cual la asignación, distribución y
ejercicio de sus competencias se sujeta a la Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela, a las leyes y a los actos
administrativos de carácter normativo, dictados formal y
previamente conforme a la ley, en garantía y protección de las
libertades públicas que consagra el régimen democrático a los
particulares.
Artículo 12.
La actividad de la Administración Pública se desarrollará con base en los principios de economía, celeridad, simplicidad administrativa, eficacia, objetividad, imparcialidad, honestidad, transparencia, buena fe y confianza. Asimismo, se efectuará dentro de parámetros de racionalidad técnica y jurídica. La simplificación de los trámites administrativos será tarea permanente de los órganos y entes de la Administración Pública, así como la supresión de los que fueren innecesarios, todo de conformidad con los principios y normas que establezca la ley correspondiente.
A fin de dar cumplimiento a los principios establecidos en esta Ley, los órganos y entes de la Administración Pública deberán utilizar las nuevas tecnologías que desarrolle la ciencia, tales como los medios electrónicos, informáticos y telemáticos, para su organización, funcionamiento y relación con las personas. En tal sentido, cada órgano y ente de la Administración Pública deberá establecer y mantener una página en la internet, que contendrá, entre otra información que se considere relevante, los datos correspondientes a su misión, organización, procedimientos, normativa que lo regula, servicios que presta, documentos de interés para las personas, así como un mecanismo de comunicación electrónica con dichos órganos y entes disponible para todas las personas vía internet.
Artículo 18.
El funcionamiento de los órganos y entes de la Administración
Pública se sujetará a las políticas, estrategias, metas y objetivos que
se establezcan en los respectivos planes estratégicos y
compromisos de gestión. Igualmente, comprenderá el seguimiento
de las actividades, así como la evaluación y control del desempeño
institucional y de los resultados alcanzados.
L.O.A.F.S.P.
Art. 2
Art. 10
Artículo 2.-
La administración financiera del sector público comprende el
conjunto de sistemas, órganos, normas y procedimientos que
intervienen en la captación de ingresos públicos y en su aplicación
para el cumplimiento de los fines del Estado, y estará regida por
los principios Constitucionales de legalidad, eficiencia, solvencia,
transparencia, responsabilidad, equilibrio fiscal y coordinación
macroeconómica.
Artículo 10.-
Los presupuestos públicos expresan los planes nacionales regionales y locales, elaborados dentro de las líneas generales del plan de desarrollo económico y social de la Nación aprobadas por la Asamblea Nacional, en aquellos aspectos que exigen, por parte del sector público, captar y asignar recursos conducentes al cumplimiento de las metas de desarrollo económico, social e institucional del país; y se ajustarán a las reglas de disciplina fiscal contempladas en esta Ley y en la Ley del marco plurianual del presupuesto.
El plan operativo anual, coordinado por el Ministerio de Planificación y Desarrollo, será presentado ala Asamblea Nacional en la misma oportunidad en la cual se efectúe la presentación formal del proyecto de ley de presupuesto.
Bases de la Gerencia Pública
Gestión Pública
La nueva visión del ciudadano contemplada en la Constitución y las leyes supone un nuevo rol capaz de decidir racionalmente en términos de la calidad de tal o cual servicio; el ciudadano es
un vigilante de la gestión pública.
A esta nueva forma del control ciudadano sobre la gestión pública
se ha denominado,
Democracia participativa
Muchas Gracias…