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Gerencia y Administración
Pública
BASES DE LA GERENCIA
Y
LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Facilitadora: Vanezza E. Reyes
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Bases Legales
C.R.B.V.
L.O.A.P
L.O.A.F.S.P.
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C.R.B.V
Art. 141
Art. 158
Art. 185
Art. 251
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Artículo 141.
La Administración Pública está al servicio de los ciudadanos y
ciudadanas y se fundamenta en los principios de honestidad,
participación, celeridad, eficacia, eficiencia, transparencia, rendición
de cuentas y responsabilidad en el ejercicio de la función pública,
con sometimiento pleno a la ley y al derecho.
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Artículo 158.
La descentralización, como política nacional, debe profundizar la
democracia, acercando el poder a la población y creando las
mejores condiciones, tanto para el ejercicio de la democracia
como para la prestación eficaz y eficiente de los cometidos
estatales.
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Artículo 185.
El Consejo Federal de Gobierno es el órgano encargado de la
planificación y coordinación de políticas y acciones para el
desarrollo del proceso de descentralización y transferencia de
competencias del Poder Nacional a los Estados y Municipios.
Estará presidido por el Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta
Ejecutiva e integrado por los Ministros o Ministras, los
gobernadores o gobernadoras, un alcalde o alcaldesa por cada
Estado y representantes de la sociedad organizada, de acuerdo con
la ley.
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Artículo 251.
El Consejo de Estado es el órgano superior de consulta del
Gobierno y de la Administración Pública Nacional. Será de su
competencia recomendar políticas de interés nacional en aquellos
asuntos a los que el Presidente o Presidenta de la República
reconozca de especial trascendencia y requieran de su opinión.
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L.O.A.P
Art. 3
Art. 4
Art. 12
Art. 18
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Artículo 3.
La Administración Pública tendrá como principal objetivo de su
organización y funcionamiento dar eficacia a los principios, valores
y normas consagrados en la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela y, en especial, garantizar a todas las
personas, conforme al principio de progresividad y sin
discriminación alguna, el goce y ejercicio irrenunciable, indivisible e
interdependiente de los derechos humanos.
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Artículo 4.
La Administración Pública se organiza y actúa de conformidad con
el principio de legalidad, por el cual la asignación, distribución y
ejercicio de sus competencias se sujeta a la Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela, a las leyes y a los actos
administrativos de carácter normativo, dictados formal y
previamente conforme a la ley, en garantía y protección de las
libertades públicas que consagra el régimen democrático a los
particulares.
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Artículo 12.
La actividad de la Administración Pública se desarrollará con base en los principios de economía, celeridad, simplicidad administrativa, eficacia, objetividad, imparcialidad, honestidad, transparencia, buena fe y confianza. Asimismo, se efectuará dentro de parámetros de racionalidad técnica y jurídica. La simplificación de los trámites administrativos será tarea permanente de los órganos y entes de la Administración Pública, así como la supresión de los que fueren innecesarios, todo de conformidad con los principios y normas que establezca la ley correspondiente.
A fin de dar cumplimiento a los principios establecidos en esta Ley, los órganos y entes de la Administración Pública deberán utilizar las nuevas tecnologías que desarrolle la ciencia, tales como los medios electrónicos, informáticos y telemáticos, para su organización, funcionamiento y relación con las personas. En tal sentido, cada órgano y ente de la Administración Pública deberá establecer y mantener una página en la internet, que contendrá, entre otra información que se considere relevante, los datos correspondientes a su misión, organización, procedimientos, normativa que lo regula, servicios que presta, documentos de interés para las personas, así como un mecanismo de comunicación electrónica con dichos órganos y entes disponible para todas las personas vía internet.
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Artículo 18.
El funcionamiento de los órganos y entes de la Administración
Pública se sujetará a las políticas, estrategias, metas y objetivos que
se establezcan en los respectivos planes estratégicos y
compromisos de gestión. Igualmente, comprenderá el seguimiento
de las actividades, así como la evaluación y control del desempeño
institucional y de los resultados alcanzados.
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L.O.A.F.S.P.
Art. 2
Art. 10
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Artículo 2.-
La administración financiera del sector público comprende el
conjunto de sistemas, órganos, normas y procedimientos que
intervienen en la captación de ingresos públicos y en su aplicación
para el cumplimiento de los fines del Estado, y estará regida por
los principios Constitucionales de legalidad, eficiencia, solvencia,
transparencia, responsabilidad, equilibrio fiscal y coordinación
macroeconómica.
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Artículo 10.-
Los presupuestos públicos expresan los planes nacionales regionales y locales, elaborados dentro de las líneas generales del plan de desarrollo económico y social de la Nación aprobadas por la Asamblea Nacional, en aquellos aspectos que exigen, por parte del sector público, captar y asignar recursos conducentes al cumplimiento de las metas de desarrollo económico, social e institucional del país; y se ajustarán a las reglas de disciplina fiscal contempladas en esta Ley y en la Ley del marco plurianual del presupuesto.
El plan operativo anual, coordinado por el Ministerio de Planificación y Desarrollo, será presentado ala Asamblea Nacional en la misma oportunidad en la cual se efectúe la presentación formal del proyecto de ley de presupuesto.
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Bases de la Gerencia Pública
Gestión Pública
La nueva visión del ciudadano contemplada en la Constitución y las leyes supone un nuevo rol capaz de decidir racionalmente en términos de la calidad de tal o cual servicio; el ciudadano es
un vigilante de la gestión pública.
A esta nueva forma del control ciudadano sobre la gestión pública
se ha denominado,
Democracia participativa
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Muchas Gracias…