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MUTUALIDAD GENERAL JUDICIAL ÁREA DE PERSONAL Y RÉGIMEN INTERIOR MINISTERI O DE CONVOCATORIA DE AYUDAS DE ACCIÓN SOCIAL PARA EL PERSONAL DE LA MUTUALIDAD GENERAL JUDICIAL A Ñ O 2012 INTRODUCCIÓN La Acción Social de la Mutualidad General Judicial tiene como finalidad ofertar un conjunto de ayudas o subvenciones al personal destinado en el Organismo para programas formativos, asistenciales, sanitarios, etc., que son financiados con el crédito destinado a gastos sociales en los presupuestos de 2012. La presente convocatoria de Acción Social se ha elaborado de conformidad con las directrices establecidas en la Resolución de 28 de julio de 2011, de la Secretaría de Estado para la Función Pública, por la que se aprueba y publica el Acuerdo de 27 de julio de 2011 de la Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado sobre criterios comunes aplicables a los Planes de Acción Social en la Administración General del Estado. Dicha Resolución pretende identificar, ordenar y ayudar a establecer criterios de aplicación comunes para el conjunto de Departamentos y Organismos de la Administración General del Estado, para evitar situaciones de desatención o trato diferenciado en una misma administración, sin menoscabar la autonomía funcional y organizativa

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MUTUALIDAD GENERAL JUDICIAL

ÁREA DE PERSONAL YRÉGIMEN INTERIOR

MINISTERIODE

CONVOCATORIA DE AYUDAS DE ACCIÓN SOCIAL PARA EL PERSONAL DE LA MUTUALIDAD GENERAL JUDICIAL

A Ñ O 2012

INTRODUCCIÓN

La Acción Social de la Mutualidad General Judicial tiene como finalidad ofertar un conjunto de ayudas o subvenciones al personal destinado en el Organismo para programas formativos, asistenciales, sanitarios, etc., que son financiados con el crédito destinado a gastos sociales en los presupuestos de 2012.

La presente convocatoria de Acción Social se ha elaborado de conformidad con las directrices establecidas en la Resolución de 28 de julio de 2011, de la Secretaría de Estado para la Función Pública, por la que se aprueba y publica el Acuerdo de 27 de julio de 2011 de la Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado sobre criterios comunes aplicables a los Planes de Acción Social en la Administración General del Estado.

Dicha Resolución pretende identificar, ordenar y ayudar a establecer criterios de aplicación comunes para el conjunto de Departamentos y Organismos de la Administración General del Estado, para evitar situaciones de desatención o trato diferenciado en una misma administración, sin menoscabar la autonomía funcional y organizativa de cada uno de ellos, respetando los principios generales de igualdad, globalidad y universalidad

1. PERÍODO DE COBERTURA

Las ayudas establecidas en la presente convocatoria de Acción Social cubrirán los gastos o actividades que se ocasionen en el periodo comprendido entre el 1 de junio y el 31 de diciembre de 2011.

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2. REQUISITOS GENERALES

2.1) BENEFICIARIOS

La convocatoria va dirigida al personal funcionario y laboral de la Mutualidad General Judicial que se encuentre en situación administrativa de servicio activo a la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes y reúna los requisitos exigidos para cada programa, que figuran en sus condiciones específicas.

Con carácter general, podrá ser beneficiario solicitante de las ayudas de Acción Social, el personal funcionario y laboral de la Mutualidad General Judicial que en el momento de presentar la solicitud perciba sus retribuciones con cargo al “Capítulo I”, para sí o a favor de sus familiares, siempre que éstos sean integrantes de la unidad familiar.

A) Se asimilan a la situación de beneficiario durante el primer año:

- La situación de expectativa de destino.

- La excedencia por razón de violencia de género.

- La excedencia por el cuidado de hijos y familiares.

B) Podrán ser también beneficiarios:

- El empleado público que hubiese accedido a la situación de jubilación o declarado en situación de invalidez absoluta o gran invalidez, durante el año o periodo anual a que se extiende la convocatoria en que se hayan producido tales situaciones.

- Los huérfanos y cónyuge o pareja de hecho supérstite del personal que haya fallecido en servicio activo, durante el periodo a que se extienda la convocatoria.

- Los empleados públicos que por su situación administrativa no se encuentren en servi-cio activo en el momento de presentar la solicitud pero si lo estuviesen en el periodo de cobertura.

- En el supuesto de que el cónyuge, pareja de hecho, ex cónyuge o separado judicial-mente del solicitante sea empleado público de la Mutualidad General Judicial, Admi-nistración General del Estado o de la Administración de Justicia, podrá causar derecho a favor de los ascendientes o descendientes comunes:

a) Uno de ellos, a elección de los mismos.

b) En el caso de los hijos, de no existir esa elección, ambos padres generarán el dere-cho al 50 %.

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C) No se considerarán beneficiario, en ningún caso, al personal que, mediante contratos de servicios, estén sometidos a la legislación de contratos de las Administraciones Públicas.

2.2) UNIDAD FAMILIAR

A los efectos de la percepción de las prestaciones se entenderá por unidad familiar:

A) La integrada, además de por el empleado público, por los siguientes sujetos, si los hubiera:

El otro cónyuge

Los hijos propios y los del cónyuge, bien sean por naturaleza, adopción o acogimiento de carácter indefinido.

Los menores o discapacitados sometidos a la tutela de cualquiera de ellos

Los ascendientes en primer grado, tanto por consanguinidad como por afinidad.

B) La que tiene su base en una unión de hecho estable y probada mediante cualquier prueba admitida en derecho, los hijos y/o ascendientes, con los mismos requisitos expresados ante-riormente.

El límite de edad de los hijos se establece en 26 años, salvo para los hijos con una discapacidad igual o superior al 33 %, en los que no existirá límite.

En todos los casos se exige que:

1. Convivan en el domicilio familiar, salvo el caso de los hijos que convivan con la persona que ostente la custodia, y/o los familiares que requieran atención y/o estancia fuera de di-cho domicilio familiar.

2. Exista dependencia económica del solicitante. Se entenderá que existe dependencia eco-nómica cuando la persona que conviva con el solicitante carezca de ingresos o estos fue-ran inferiores al Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples del año en curso (actual-mente 7.455,14 €).

2.3) DERECHOS Y CUANTIFICACIÓN DE LAS AYUDAS

A. Los solicitantes que estén en la situación de servicio activo o prestando sus servicios en la Administración General del Estado durante todo el periodo de cobertura tendrán derecho a percibir la totalidad de las ayudas de acción social que les correspondan.

Este derecho se extenderá a aquellos solicitantes que, durante el período de cobertura, se hayan jubilado, bien por edad, bien por incapacidad permanente absoluta o por gran invalidez. En caso de fallecimiento durante el período de

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cobertura, se generará el mismo derecho en favor de los causahabientes que tengan la condición de beneficiarios.

B. En el caso de reingreso al servicio activo, de incorporación o de cese en la Administración General del Estado a lo largo del periodo de cobertura, el solicitante tendrá derecho a las ayudas que estén destinadas a cubrir aquellos gastos o actividades realizadas desde el reingreso, desde su incorporación o hasta su cese, en la parte proporcional al tiempo de trabajo realizado.

2.4) INCOMPATIBILIDAD ENTRE LAS AYUDAS

Las ayudas contempladas en esta convocatoria, serán incompatibles con otras de la misma naturaleza y finalidad que el beneficiario reciba de cualquier ente público o privado, salvo que la suma del importe de las ayudas abonadas por otros entes fuera inferior al que efectivamente se conceda por la Mutualidad general Judicial. En este supuesto, el importe será descontado de la ayuda que pueda corresponderle en esta Mutualidad.

El conjunto de las ayudas, cuando estas sean compatibles, no podrán exceder en ningún caso del importe de los gastos realizados.

Al respecto se cumplimentará la declaración responsable establecida al efecto (modelo del Anexo III) para las diferentes ayudas que integran la Acción Social, con independencia de que cualquier beneficiario de las mismas deba justificar documentalmente la denegación o no dis-frute de las ayudas ofrecidas, por dichos conceptos, por otros entes u organismos si así se le solicitase.

3. DISTRIBUCIÓN DE LAS AYUDAS

3.1) PROGRAMAS Y DOTACIÓN ASIGNADA

Los programas que integran la Acción Social de Mugeju para el año 2012, así como el crédito asignado a cada uno de ellos, son los siguientes:

PROGRAMA DOTACIÓN

1. ESTUDIOS DE LOS HIJOS 8.411 €

2. DISCAPACIDAD:1.718 €A) PERSONAL DE MUGEJU 1.000 €

B) HIJOS Y OTROS FAMILIARES 718 €

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3. SANITARIA 2.546 €

4. ESTUDIOS 1.067 €

5. TRANSPORTE 4.718 €

TOTAL 18.460 €

Si las ayudas concedidas no agotaran los créditos destinados para cada programa, el remanente se destinará a completar los créditos de los programas que hayan resultado deficitarios, según el siguiente orden de prelación: Hijos, Discapacidad, Sanitaria, y Estudios.

Una vez atendido este déficit, todo el remanente que siga subsistiendo, cualquiera que sea su programa de origen, revertirá en la ayuda de transporte, incrementándose la cuantía fijada inicialmente.

Ningún solicitante podrá percibir ayudas de más de dos programas, dada la limitación presupuestaria. En dicha limitación no se incluye la ayuda por discapacidad, teniendo derecho en este caso el solicitante a la percepción de hasta tres ayudas Cuando un peticionario solicitase distintas ayudas y pudiera ser beneficiario de todas ellas, tendrá derecho a la percepción de aquellas dos de mayor cuantía económica, y a la de minusválidos en su caso.

3.2) BAREMO

El baremo se aplicará sólo en el supuesto de que el importe total de las peticiones por ayuda supere la dotación asignada a la misma, en cuyo caso la adjudicación se hará a favor de quienes obtengan mayor puntuación según los siguientes baremos:

A) Ayudas para estudios de hijos

Puntuación por ingresos =260.000

Retribuciones íntegras anuales del solicitante

La puntuación resultante se incrementará según el número de miembros de la unidad familiar, que acredite la documentación requerida, de la siguiente manera:

- Con 1 hijo................................................................................................................80 %

- Con 2 hijos...............................................................................................................150 %

- Con 3 hijos...............................................................................................................210 %

- A partir del 4º hijo y siguientes se añadirá al % anterior el......................................60 %

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B) Ayudas para el solicitante

Puntuación por ingresos = 260.000

Retribuciones íntegras anuales del solicitante

Las retribuciones íntegras del solicitante serán las que figuren en nómina y serán facilitadas, de oficio, por la Habilitación de Personal de la Mutualidad General Judicial.

C) Ayudas por discapacidad para hijos y familiares

Puntuación por ingresos =260.000

Nivel de Renta de la unidad familiar

El nivel de renta de la unidad familiar, según establece la Agencia Tributaria, consiste en el cálculo de las siguientes casillas de la Declaración de IRPF: (450)+(452)-(454)+(457)-(459)+(460).

El valor de la puntuación se calculará con dos decimales.

3.3) CRITERIOS DE DESEMPATE

Cuando por aplicación del anterior baremo resulten empates de puntuación se ordenará a los peticionarios con arreglo a los siguientes criterios y por el siguiente orden:

- Haber percibido una menor cuantía en el conjunto de las ayudas obtenidas en los pro-gramas de Acción Social del ejercicio anterior.

- Haber percibido una menor cuantía en la ayuda obtenida en el ejercicio anterior dentro del Programa de que se trate.

- El que tenga mayor antigüedad en la Mutualidad General Judicial.

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4. PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE LAS AYUDAS

4.1) SOLICITUDES

Los interesados en las ayudas establecidas dirigirán sus solicitudes a la Secretaría General de la Mutualidad General Judicial, cumplimentando en todos sus extremos un único modelo de instancia (Anexo I), donde se consignarán los datos de las ayudas que se soliciten.

A la solicitud se acompañará, obligatoriamente, la documentación general y específica exigida en cada programa.

Las solicitudes deberán presentarse entre la fecha de publicación de la presente convocatoria y el 31 de mayo de 2012.

En el caso de producirse un traslado durante el periodo de presentación de solicitudes y el empleado público ya estuviese en la situación de servicio activo o prestando servicio en el Departamento u Organismo de destino, éste deberá presentar un certificado del órgano competente del Departamento u Organismo Público de origen, de no haber presentado solicitud de ayudas de acción social, ó certificado de renuncia a la misma. No obstante, podrán participar en la convocatoria de Mugeju, si en el momento de su cese estuviera cerrado el plazo de solicitudes en el Organismo de destino; lo que se acreditará presentando certificado al respecto expedido por dicho Organismo.

Las solicitudes registradas fuera del plazo anteriormente señalado no serán admitidas a trámite, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

4.2) FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES

En el registro de la Mutualidad General Judicial, ubicado en la calle Marqués del Duero nº 7, 28071-Madrid; así como en los restantes registros oficiales y oficinas de Correos, de conformidad con el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

4.3) DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

A) Documentación acreditativa general:

1. Para las solicitudes de ayudas dirigidas al propio empleado público, a la formación de sus hijos o las ayudas por discapacidad de ambos: Certificado de retribuciones íntegras anuales de 2011. Esta certificación será facilitada directamente por la Habilitación de Per-sonal a la Secretaría General.

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Si el solicitante no hubiera trabajado en la Mutualidad General Judicial durante el año 2011 completo, deberá presentar, necesariamente, el certificado de retribuciones corres-pondiente a su anterior destino.

3. Para la ayuda por minusvalía:

Cuando en la solicitud de la ayuda por minusvalía, se incluya a algún familiar (cónyuge, hermanos y ascendientes), deberá aportarse:

Si ha presentado la declaración de la renta del año 2010: Certificado resumen de la declaración anual del IRPF correspondiente al año 2010.

Si no ha presentado dicha declaración: Certificado de imputación de rentas del año 2010.

Los solicitantes podrán sustituir dicha documentación por la autorización a la Mugeju, para solicitar a la Agencia Tributaria un certificado telemático en el que consten sus ingresos en el año 2010. Dicha autorización deberá estar firmada por todos los componentes de la unidad familiar, mayores de 18 años.

3. Declaración de Responsabilidad del empleado público, en el que se especifique que los hijos comprendidos entre la mayoría de edad (18 años) y los 26 años dependen eco-nómicamente del mismo, durante el periodo que abarca la ayuda. La declaración respon-sable figura en el Anexo II.

Se entenderá que existe dependencia económica cuando la persona que conviva con el solicitante carezca de ingresos o estos fueran inferiores al Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) establecido para el año en curso (7.455,14 €). Al respecto, de-berá cumplimentarse una declaración responsable de que concurre dicha circunstancia (modelo del Anexo II para la ayuda de estudio de hijos y modelo del Anexo III para la ayu-da por discapacidad).

4. Fotocopia del Libro de Familia cuando haya de acreditarse vínculo matrimonial o pa-rentesco en el caso de hijos por los que se solicite ayuda, o deban ser tenidos en cuenta a efectos de puntuación según baremo, excepto si se presentó en años anteriores y las circunstancias no han variado. A tal fin se adjuntará Declaración Responsable cuyo mo-delo se adjunta en el anexo III.

5. Para aquellos que no acrediten vínculo conyugal, Declaración Responsable de ser pa-reja de hecho.

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6. Certificado de convivencia para aquellos sujetos de la Unidad Familiar (U.F.), distintos del cónyuge o pareja de hecho e hijos, que el solicitante alegue a efectos de configurar el baremo.

7. Cuando para la justificación de los gastos se exija la presentación de facturas o justifi-cantes de pago acreditativos del gasto, éstos deberán contener al menos: número y en su caso serie, nombre y apellidos, razón o denominación social y NIF del expedidor, nombre y apellidos del destinatario y su número de identificación fiscal, descripción de la opera-ción y su contraprestación total, lugar y fecha de emisión, y además los datos específicos solicitados en cada ayuda.

8. En caso de separación o divorcio de los cónyuges, el solicitante acreditará, mediante una declaración responsable, que es el cónyuge que tiene atribuida la guarda y custodia de los hijos por quienes solicita la ayuda. El modelo de declaración se adjunta en el anexo III.

En caso de que el excónyuge sea empleado público, el solicitante deberá acompañar un escrito del mismo en el que éste manifieste su conformidad a que el/la solicitante perciba la totalidad de la ayuda que pudiera corresponderle por los hijos (Anexo IV). De no pre-sentarse dicho escrito, se abonará el 50% de la ayuda a cada uno de los excónyuges.

9. Cuando se haya percibido ayuda de cualquier entidad pública o privada por cualquiera de las situaciones objeto de las ayudas de Acción Social, justificante de la concesión o percepción de la cantidad correspondiente. En caso de no haber solicitado o recibido nin-guna de estas ayudas, se realizará una declaración responsable según modelo contenido en el Anexo III.

B) Documentación complementaria

Además de la documentación específica establecida para la participación en cada Programa y de la general establecida en el punto anterior, la Comisión de Acción Social podrá recabar de los peticionarios la documentación aclaratoria o complementaria que estime necesaria en orden a la acreditación de las circunstancias alegadas.

C) Desestimaciones

La falta de alguno de los requisitos exigidos, tanto de carácter personal como formal, o la ausencia de documentos que deben aportarse con la solicitud, determinará la desestimación de ésta.

Los requisitos personales, salvo indicación en contrario, se entenderán referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

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D) Responsabilidad por irregularidades en la documentación

La ocultación o falseamiento de datos o documentos que viene obligado a aportar el solicitante dará lugar a la denegación de la ayuda o, en su caso, a la devolución de las cantidades percibidas en todas las ayudas concedidas con cargo a esta convocatoria. Además, no podrá percibir ninguna clase de ayuda de acción social durante los próximos tres ejercicios; todo ello sin perjuicio de cualesquiera otras responsabilidades que de dichas irregularidades pudieran derivarse.

4.4) RELACIONES PROVISIONALES DE PETICIONARIOS

Concluido el plazo para formular solicitudes y una vez examinada la documentación aportada, así como baremadas las solicitudes presentadas por los interesados, se harán públicas por la Secretaría General las siguientes relaciones provisionales:

1. Relación provisional de peticionarios con documentación completa, en la que aparece-rán los peticionarios por orden de puntuación según baremo y donde figurarán los datos siguientes:

DNI.

Nombre y apellidos.

Cantidad provisionalmente asignada.

Puntuación obtenida según baremo.

2. Relación provisional de peticionarios con documentación incompleta, en la que, junto a los datos personales, se expresará el motivo o deficiencia documental detectada.

3. Relación provisional de peticionarios excluidos, en la que se indicará, junto a los datos personales, el motivo o la causa de exclusión.

Dichas relaciones se publicarán en el tablón de anuncios de los Servicios Centrales, además de enviarse al correo electrónico corporativo de cada empleado público de esta Mutualidad.

4.5) RECLAMACIONES Y RESOLUCIÓN DEFINITIVA

En un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del siguiente al de publicación de las relaciones provisionales, los interesados podrán subsanar las deficiencias documentales puestas de manifiesto así como formular reclamaciones frente a las mismas.

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Estudiadas y resueltas las reclamaciones presentadas, la Gerencia, a propuesta de la Secretaría General, dictará resolución aprobando las listas definitivas de las ayudas concedidas y denegadas.

4.6) PLAZO PARA RESOLVER

Según lo establecido en la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999 de 13 de enero, el plazo máximo para resolver será de seis meses desde el día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de solicitudes. No obstante, por las causas previstas en el artículo 42.6 de la citada Ley, podrá acordarse la ampliación de dicho plazo por otro período igual y el efecto que producirá el silencio administrativo será desestimatorio, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 3 de la Disposición adicional vigésima novena de la Ley 14/2000, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden social (BOE nº 313, de 30 de diciembre) y en el artículo 44.1 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5. RECURSOS Y RECLAMACIÓN PREVIA

Frente a las bases y contenidos de la presente Resolución de Acción Social, así como contra los actos resultantes de la misma podrán las personas interesadas formular los recursos o la reclamación previa a la vía judicial laboral previstos en el Capítulo II del Título VII y en el artículo 125, respectivamente, de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, a…………..de…………..

LA GERENTE

Fdo.: Celima Gallego Alonso

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PROGRAMA I

AYUDA DE ESTUDIOS PARA HIJOS

I.1) OBJETO DEL PROGRAMA

Contribuir a sufragar los gastos originados por asistencia a escuelas infantiles (guarderías) y/o los estudios de los hijos de hasta 26 años cumplidos en el año 2011.

Este límite de edad no se aplicará a los hijos con algún tipo de minusvalía reconocida legalmente, y en este caso se entenderá como ayuda a personas con minusvalía.

I.2) CUANTÍA DE LAS AYUDAS

La dotación inicial es de 8.411 euros.

La cuantía de la ayuda será de 175 euros por un hijo, o de 250 euros por dos o más hijos.

Si el importe total de las solicitudes es superior a la dotación asignada al Programa, se aplicará el baremo que establece el punto 3.2, apartado A.

I.3) REQUISITOS

En el supuesto de que el cónyuge, pareja de hecho, ex cónyuge o separado judicialmente del solicitante sea empleado público de la Mutualidad General Judicial, Administración General del Estado o de la Administración de Justicia se aplicará, para la adjudicación de la ayuda, lo establecido en el punto 2.1, apartado B.

Dentro de la ayuda por estudios no están comprendidos los estudios de doctorado, master u otro tipo de estudios de postgrado.

I.4) DOCUMENTACIÓN ESPECÍFICA

Además de la documentación general deberán acompañar a la solicitud fotocopia compulsada de la matricula o certificado del Centro donde realiza los estudios correspondientes al curso académico 2011/2012, para los hijos menores de 6 años o mayores de 16, sin que se considere válida, a efectos de documentación la “solicitud de matrícula”.

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PROGRAMA II

AYUDA POR DISCAPACIDAD

II.1) OBJETO DEL PROGRAMA

Las ayudas de este Programa, están destinadas a subvencionar parcialmente los gastos referidos a la discapacidad del propio solicitante y de los hijos, cónyuge o pareja de hecho, hermanos y ascendientes hasta primer grado con minusvalía física o psíquica, que tengan a su cargo y formen parte de la unidad familiar y que no perciban ingresos o éstos fueran inferiores al Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) para el año en curso (7.455,14 €).

El programa de discapacidad se ha desglosado en dos apartados, las ayudas para los solicitantes, en las que se aplicará el baremo establecido en el punto 3.2., apartado B y las ayudas para el resto de familiares en las que se aplicará el punto 3.2., apartado C.

En las ayudas por discapacidad de familiares a cargo, tendrán carácter preferente para la concesión de la ayuda los hijos y el cónyuge o pareja de hecho. En caso de existir un remanente de crédito, podrán ser beneficiarios del mismo, y por este orden, los hermanos y los ascendientes de primer grado.

Si se produjera un remanente en cualquiera de los dos apartados se asignaria al que tuviera déficit.

Con cargo a esta ayuda se subvencionarán gastos tales como:

a) Servicios de rehabilitación: estimulación precoz, recuperación funcional (psicomotricidad y fisioterapia) y tratamiento psicoterapéutico. El beneficiario deberá estar afectado por un grado de discapacidad igual o superior al 33 %.

b) Asistencia especializada en el domicilio o en centros especializados, y cuyo grado de discapacidad sea igual o superior al 65 %.

c) Facilitar la movilidad y comunicación destinadas a la adquisición o renovación de aparatos de prótesis u órtesis, incluidas las sillas de ruedas, así como a la adaptación de vehículos automóviles. El beneficiario habrá de estar afectado por una discapacidad igual o superior al 65 %.

d) Eliminación de barreras arquitectónicas y adaptación de la vivienda, siempre que el beneficiario esté afectado por un grado de discapacidad no inferior al 65%.

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Si el importe total de las solicitudes es superior a la dotación asignada al Programa, se aplicará el baremo que establece el punto 3.2, apartado C.

II.2) CUANTÍA DE LAS AYUDAS

La dotación inicial es de 1.718 euros.

Las ayudas se concederán según el grado de invalidez, hasta un máximo de 650 €, de acuerdo con la siguiente tabla:

GRADO DE DISCAPACIDAD

IMPORTE DE LA AYUDA

De 33% al 50% 200 €

De 51% al 75% 450 €

De 76% al 100% 650 €

Cuando un peticionario solicite ayudas para dos o más miembros de la unidad familiar, el importe total de las ayudas concedidas por este programa no podrá superar los 1.000 €.

En el caso de que el padre y la madre del hijo o hijos por el que se solicita la ayuda estuvieran separados o divorciados, y fueran ambos empleados públicos, con independencia de la Administración en que preste sus servicios, se aplicará, para la adjudicación de la ayuda, lo establecido en el punto 2.1, apartado B.

Las ayudas contempladas en este programa serán incompatibles con otras de la misma naturaleza y finalidad que el beneficiario reciba de cualquier ente público o privado, salvo que la suma del importe de las ayudas abonadas por otros entes fuera inferior al que efectivamente se conceda por la Mutualidad general Judicial. En este supuesto, el importe será descontado de la ayuda que pueda corresponderle en esta Mutualidad.

II.3) DOCUMENTACIÓN ESPECÍFICA

Además de la documentación general, deberán acompañar a la solicitud:

II.3.1) Certificación del Organismo Oficial competente que acredite la condición de minusválido y el grado de minusvalía del beneficiario por el que se solicita la ayuda. De haberse presentado dicho certificado en anteriores convocatorias y siempre que no haya sido revisado el grado de discapacidad por mejoría, se cumplimentará la declaración responsable del Anexo III.

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II.3.2) En caso de que la ayuda fuera solicitada para un hermano, deberá acreditarse que el solicitante ostenta la tutela legal de aquel.

II.3.3) Certificado de convivencia o empadronamiento en los casos de parentesco diferentes al de hijo.

II.3.4) Declaración de la Renta de la Unidad Familiar.

II.3.5) Originales o fotocopias compulsadas de las facturas justificativas de los gastos realizados en este concepto. En dichas facturas deberá constar, además de los requisitos legales establecidos, el tipo de tratamiento o servicio prestado, persona que lo ha recibido, los costes del mismo desglosado por conceptos y la fecha en que se han hecho efectivos.

II.3.6) En el caso de recibir un tratamiento de rehabilitación o ser asistido domiciliariamente o en centro especializado, prescripción facultativa de la necesidad y duración del tratamiento, así como certificado por parte del centro o profesional que realiza el tratamiento.

II.3.8) En el caso de adquisición o renovación de aparatos de prótesis, órtesis o silla de ruedas, justificante médico de la necesidad de su adquisición o renovación.

III.3.9) En el caso de adaptación de vehículos automóviles, justificante médico acreditativo de que la discapacidad impide o dificulta gravemente la utilización del transporte público. Asimismo, en este caso deberá aportarse fotocopia compulsada de la tarjeta de circulación del vehículo, que deberá estar a nombre del discapacitado.

III.3.10) En el caso de eliminación de barreras arquitectónicas y adaptación de la vivienda, deberá aportarse el presupuesto de la obra respectiva, con el desglose de los trabajos a realizar, y la factura que acredite el abono de dicha obra.

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PROGRAMA III

AYUDA SANITARIA

III.1) OBJETO DEL PROGRAMA

Las ayudas de este Programa, están destinadas a subvencionar parcialmente los gastos del peticionario por los tratamientos médicos contemplados en esta convocatoria, no cubiertos en su totalidad por el Sistema de Seguridad Social del funcionario, por MUFACE o por la Mutualidad General Judicial.

III.2) CUANTÍA DE LAS AYUDAS

La dotación inicial es de 2.546 euros.

El importe de la ayuda será el 50% de los gastos efectivamente realizados, por los conceptos que se indican a continuación, con el límite máximo de 150 €.

En caso de haber recibido ayuda económica de MUGEJU o MUFACE por el mismo concepto por el que se solicita esta ayuda, o éste sea subvencionable, al gasto efectuado por el solicitante se le aplicará el 50% para el cálculo de la ayuda y a la cantidad resultante se le restará de oficio la cantidad abonada, o susceptible de abonar, por dichas mutualidades

OCULARES AUDITIVAS

Gafas completas (monturas + cristales graduados) Audífonos

Cristales graduados Moldes para audífonos

Repuestos de monturas, para cristales graduados Tapones a medida

Lentillas, Lentillas desechables con graduación Aparatos de fonación

Prismas, Telelupa

Cirugía refractiva

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DENTALES

Carilla Limpieza (profilaxis, tartrectomía, detartraje)

Corona Muñón colado

Dentadura completa Ortodoncias

Dentadura inferior Periodoncia

Dentadura superior Perno

Empaste Pieza dentaria

Endodoncia (tratamiento de conductos) Pernomuñon

Espiga Recementado

Estructura base (prótesis metálica, aparato)

Reconstrucción de Muñón

Férula de descarga Restauración

Funda Restauración de ángulos

Implantes osteointegrados Selladores

Incrustación

APARATO LOCOMOTOR

Bastones Muñequeras

Coderas Plantillas

Calzado corrector (con o sin plantillas) Rodilleras ortopédicas

Collarín cervical Taloneras de silicona

Corsés Tobilleras

Fajas

OTROS TRATAMIENTOS

Tratamientos de toxicomanía, alcoholismo, ludopatía y sida.

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Si el importe total de las solicitudes es superior a la dotación asignada al Programa, se aplicará el baremo que se establece en el punto 3.2, apartado B.

III.3) REQUISITOS

Serán objeto de ayuda, exclusivamente, los gastos de los tratamientos, indicados en el punto anterior, correspondientes al personal que presta servicio en este Organismo, quedando excluidos los correspondientes a los otros miembros de la unidad familiar, que se hayan recibido y pagado entre el 1 de junio y el 31 diciembre de 2011.

En la documentación justificativa deberá venir identificado, claramente, el perceptor de los conceptos que se indican en el apartado III.2, en caso contrario se procederá a denegar la solicitud.

III.4) DOCUMENTACIÓN ESPECÍFICA

Además de la documentación general, deberán acompañar a la solicitud:

III.4.1) Original o fotocopia compulsada de la prescripción facultativa, en la que se especifique el diagnóstico, el tratamiento específico a seguir y el perceptor del mismo.

En los casos en que la factura conste los tratamientos odontológicos realizados y las piezas tratadas, no será necesario presentar la citada prescripción facultativa, tampoco será necesario en gafas, cristales y lentillas, si se aporta la graduación o esta consta en la factura ni en los audífonos si se aporta la audiometría. En este supuesto, en la factura necesariamente constará quién es el perceptor del mismo.

III.4.2) Originales o fotocopias compulsadas de las facturas en las que conste, además de los requisitos legales, el tipo de tratamiento, persona que lo ha recibido, los costes del mismo desglosado por conceptos y la fecha en que se han hecho efectivos.

III.4.3) Para gastos de rehabilitación extraordinarios y los tratamientos indicados deberá acompañarse:

a) Prescripción facultativa de la necesidad y duración del tratamiento con indicación de la persona que lo recibe.

b) Facturas, recibos originales o fotocopias compulsadas de los mismos, justificativos del gasto realizado y certificación del Centro o profesional que realice el tratamiento, así como de la asistencia al mismo.

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PROGRAMA IVAYUDA DE ESTUDIOS

IV.1) OBJETO DEL PROGRAMA

Las ayudas de este Programa, están destinadas a subvencionar, hasta un máximo de 125 euros, los gastos de matriculación, cuotas y libros, contraídos por el solicitante por la realización de estudios o cursos.

IV.2) CUANTÍA DE LAS AYUDAS

La dotación inicial es de 1.067 euros.

El importe de la ayuda será el 100 % de los gastos efectivamente realizados, por el tipo de estudios que se indican a continuación, con el límite máximo de 125 €.

Si el importe total de las solicitudes es superior a la dotación asignada al Programa, se aplicará el baremo que se establece en el punto 3.2, apartado B.

IV.3) TIPO DE ESTUDIOS

A) Bachillerato, F.P. ciclos formativos de grado medio y superior.

B) Acceso a la universidad para mayores de 25 años.

C) Estudios universitarios oficiales reconocidos por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

D) Preparación de oposiciones para la Administración Pública.

IV.4) REQUISITOS

IV.4.1) Estar matriculados en curso 2011/2012 en Centros Oficiales de enseñanza o reconocidos por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, para los estudios de los apartados A) al C).

IV.4.2) Para los estudios de la modalidad C) estar matriculado durante el curso académico 2011/2012, en Escuelas Universitaria, Facultad o equivalente, cualquiera que sea el número de asignaturas. Sólo podrá solicitarse ayuda para la primera y segunda convocatoria de las asignaturas.

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En la documentación justificativa se deberá acreditar este extremo. En caso contrario se procederá a desestimar la solicitud.

IV.4.3) Para la modalidad D), se tendrán en cuenta los estudios realizados durante el periodo de 1 de junio a 31 de diciembre de 2011.

IV.5) INCOMPATIBILIDADES Y EXCLUSIONES

No están comprendidos en esta ayuda los funcionarios que tengan matrícula gratuita o sean becarios.

IV.6) DOCUMENTACIÓN ESPECÍFICA

IV.6.1) Original o fotocopia compulsada de la matrícula del curso realizado (si no comprende un curso completo, deberá figurar las asignaturas a que se refiere la matrícula), el número de convocatoria de cada asignatura y del justificante del pago, que refleje el ingreso del importe de la matrícula, o certificación del Centro donde se hayan cursado los estudios en la que conste el importe del curso, las asignaturas que comprende y la cantidad efectivamente abonada por el peticionario.

IV.6.2) Original o fotocopia compulsada de la factura acreditativa del gasto realizado en concepto de libros para la realización de los estudios de los que se trate. En el caso de temarios para la preparación de oposiciones para la Administración Pública, no será objeto de la ayuda correspondiente las cuotas abonadas en concepto de actualización de dichos temarios.

En la factura deberá figurar el importe de adquisición de los libros o temario correspondiente, con indicación del curso, estudios u oposiciones de que se trate, y cuya fecha habrá de corresponderse con la del curso académico o período establecidos para la presente convocatoria.

IV.6.3) Para el apartado D), deberán aportar factura reglamentaria o certificado del centro, donde se han cursado los estudios, en el que se haga constar el importe de los mismos y la cantidad, efectivamente abonada por la persona que solicita la ayuda con la indicación, además, del periodo que comprende y el tipo de estudios realizados. En el caso de tener domiciliado el abono de las cantidades a abonar a los centros correspondientes, bastará con la presentación de los recibos bancarios correspondientes al abono de los estudios realizados dentro del período establecido en la convocatoria, bien originales, bien fotocopias compulsadas.

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ACCIÓN SOCIAL DE LA MUTUALIDAD GENERAL JUDICIAL

PROGRAMA DE AYUDA DE TRANSPORTE ( V )

V.1) OBJETO DEL PROGRAMA

Las ayudas de este Programa, están destinadas a subvencionar parcialmente los gastos de desplazamiento del solicitante al centro de trabajo.

Esta ayuda es incompatible, a efectos de evitar duplicidad de pagos por este concepto, en el caso del personal que, por necesidades de servicio, reciba para la realización de su trabajo el importe del abono transporte mensual.

V.2) CUANTÍA DE LAS AYUDAS

La dotación inicial es de 4.718 euros.

El importe de la ayuda será de 60 euros.

Si el importe total de las solicitudes es superior a la dotación asignada al Programa, se aplicará el baremo que se establece en el punto 3.2, apartado B.

V.3) DOCUMENTACIÓN ESPECÍFICA

El solicitante deberá cumplimentar obligatoriamente el recuadro de la solicitud en que figura la “Declaración de Responsabilidad” de utilizar el transporte público o privado para desplazarse desde su domicilio al centro de trabajo.

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( A N E X O I )

ACCIÓN SOCIAL - AÑO 2012

SOLICITUD ÚNICA(INDIQUE CON UNA “X” LAS AYUDAS SOLICITADAS)

AYUDA DE HIJOSAYUDA POR DISCAPACIDADAYUDA SANITARIAAYUDA DE ESTUDIOSAYUDA DE TRANSPORTE

DATOS PERSONALES OTROS DATOSN.I.F. CUERPO:

PRIMER APELLIDO: DESTINO:

SEGUNDO APELLIDO: POBLACIÓN:

NOMBRE: PROVINCIA: C.P.

ESTADO CIVIL EN 2010: TELÉFONO DE TRABAJO:

Nº HIJOS MENORES DE 25 AÑOS: DE SER INTERINO, FECHA DE NOMBRAMIENTO:

Nº DE SUJETOS ASIMILADOS: Nº COTIZACIÓN SEGURIDAD SOCIAL

Nº COTIZACIÓN MUFACE/ MUGEJU

DATOS DEL CÓNYUGE O PAREJA DE HECHOSi Vd. está separado/a o divorciado/a de un trabajador que ostente la condición de Funcionario o Laboral de la Admón. de Justicia o General del Estado, debe indicar el N.I.F. de su ex cónyuge para poder solicitar las Ayudas por Minusvalía y de Hijos.

NIF.: NIF.:APELLIDOS: APELLIDOS Y NOMBRE:

NOMBRE: GUARDIA O CUSTODIA DEL MENOR: SOLICITANTE

EX CÓNYUGE

CUMPLIMENTAR LOS RECUADROS DE LAS AYUDAS SOLICITADAS

AYUDA DE HIJOSAPELLIDOS Y NOMBRE POR QUIEN SOLICITA LA AYUDA FECHA DE NACIMIENTO

DOCUMENTACIÓN ESPECÍFICA

Fotocopia compulsada de la matricula o certificación del Centro (para los hijos menores de 6 años y mayores de 16).

Declaración responsable del cónyuge de no haber percibido ayuda por este concepto.

Conformidad, por parte del excónyuge, para que el/la solicitante perciba la totalidad de la ayuda.

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AYUDA POR DISCAPACIDAD

APELLIDOS Y NOMBRE POR QUIEN SE SOLICITA LA AYUDA PARENTESCO, EN SU CASO(Hijo, cónyuge, hermano, ascendiente

FECHA NACIMIENTO

DEL DISCAPACITADO

GRADO DEDISCAPACIDAD

DOCUMENTACIÓN ESPECÍFICA

Certificación del Organismo competente que acredite la condición y el grado de discapacidad.Si solicita ayuda para un hermano, documento que acredite la tutela legal del mismo.Certificado declaración IRPF de la unidad familiarFacturas correspondientes a los gastos realizados por los conceptos que integran este programaInforme médico justificativo del tratamiento/adquisición de prótesis, órtesis o silla de ruedas/dificultad o imposibilidad de utilización del transporte públicoCaso de recibir tratamiento ambulatorio o domiciliario, certificado del centro o profesional que realice dicho tratamientoFotocopia compulsada de la tarjeta de circulación del vehículo adaptadoPresupuesto desglosado de la obra de adaptación de vivienda o de supresión de barreras arquitectónicasConformidad, por parte del excónyuge, para que el/la solicitante perciba la totalidad de la ayudaLos abajo firmantes declaran, bajo su responsabilidad, que aceptan las bases de la convocatoria, que cumplen los requisitos exigidos en la misma y que son ciertos todos los datos que constan en esta solicitud. Autorizan, asimismo, a la Mutualidad General Judicial a obtener, a través de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, el nivel de renta de los interesados.Firma y NIF solicitante

Firma y NIF cónyuge o pareja de hecho

Firma y NIF hijos/hijas (a partir de 18 años de edad)

Firma y NIF ascendiente/s

Firma y NIF hermano/a

AYUDA SANITARIADATOS A RELLENAR OBLIGATORIAMENTE PARA SOLICITAR ESTA AYUDA

DATOS A RELLENAR OBLIGATORIAMENTE POR EL SOLICITANTE, SI HA RECIBIDO AYUDA DE MUGEJU / MUFACE Y SOLICITA ESTA AYUDA

Nº Factura Fecha Factura Importe de la Factura

Nº Factura Fecha Factura Importe de la Factura

DOCUMENTACIÓN ESPECÍFICA

Prescripción médica Factura acreditativa del gasto

AYUDA DE ESTUDIOSINDIQUE EL IMPORTE DEL GASTO QUE JUSTIFICA

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DOCUMENTACIÓN ESPECÍFICADocumento que acredite el gasto realizado o factura reglamentaria del mismo

AYUDA DE TRANSPORTEDECLARACIÓN JURADA DEL SOLICITANTE

Don/Doña , con domicilio en provincia de , declara bajo su responsabilidad, a efectos de ser beneficiario del programa de Ayuda de Transporte de Acción Social de 2011, que utiliza el transporte público o privado como medio de desplazamiento para trasladarse desde su domicilio al centro de trabajo.

En, a de de 2012.

Fdo.:

Para la gestión de estas ayudas, autorizo a la Unidad de Personal el tratamiento de los datos que se recogen en esta solicitud (Art. 5 y 6 de la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).

Declaro ser ciertos todos los datos que constan en esta solicitud, así como aceptar las bases del programa.

Lugar, fecha y firma.

SRA. SECRETARIA GENERAL DE LA MUTUALIDAD GENERAL JUDICIAL – MADRID

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( A N E X O I I )

DECLARACIÓN DE RESPONSABILIDAD

Sólo para peticionarios con hijos a cargo con edades comprendidas entre los 18 y los 26 años, salvo que estén afectados por una minusvalía igual o superior al 33%

D/Dª ____________________________________________________________

DECLARO, bajo mi responsabilidad, que el/los hijo/s que se expresan a continuación dependían económicamente de mí en el periodo que abarca la ayuda.

NOMBRE DEL HIJO FECHA DE NACIMIENTO GRADO DE DISCAPACIDAD EN SU CASO

En ____________, a ___ de _________ de 2012.

Fdo.:

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(A N E X O I I I)

DECLARACIÓN DE RESPONSABILIDAD

D. declara, a los efectos previstos en la convocatoria de Acción Social 2012, que (póngase una cruz donde proceda):

Que mi situación familiar no ha variado con respecto a la acreditada en la solicitud de ayudas de Acción Social presentada en el año 2011, en cuanto a la aportación del Libro de Familia.

Que convivo con otra persona como pareja de hecho.

Que la discapacidad del familiar por el cual se solicita la ayuda correspondiente no ha sido revisada por mejoría y que su grado se corresponde con el que figura en el último certificado presentado al respecto.

Que los familiares discapacitados por quienes solicito la ayuda conviven conmigo, formando parte de la Unidad Familiar, y no perciben rentas superiores al IPREM del año en curso (7.455,14 €).

Que ni yo ni mi cónyuge (en este caso, por las ayudas por hijos y por discapacidad) hemos solicitado o percibido cantidad alguna de ninguna institución u Organismo público o privado por los siguientes conceptos que integran la Acción Social de la Mugeju:

Ayuda por hijos

Ayuda por discapacidad

Ayuda sanitaria

Ayuda por estudios

En ____________, a ___ de _________ de 2012.

Fdo.:

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