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Unión Europea FEADER Sección de Diversificación Rural C/ González Tablas 9 31005 PAMPLONA Tfno.: 848 426 368 GUÍA DE AYUDA DE LAS MEDIDAS OPERACIÓN 19.02.01 (02 SDR). Ayuda para la Implementación de las Estrategias de Desarrollo Local Participativo: grupos de acción local 19.03 Actividades de cooperación de los grupos de acción local UNIDAD GESTORA Sección de Diversificación Rural. Servicio de Diversificación y Desarrollo Rural

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Sección de Diversificación RuralC/ González Tablas 9

31005 PAMPLONATfno.: 848 426 368

GUÍA DE AYUDA DE LAS MEDIDAS OPERACIÓN 19.02.01 (02 SDR). Ayuda para la Implementación de las Estrategias de Desarrollo Local Participativo: grupos de acción local 19.03 Actividades de cooperación de los grupos de acción local UNIDAD GESTORA Sección de Diversificación Rural. Servicio de Diversificación y Desarrollo Rural

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Esta guía tiene como finalidad ayudar en la preparación y presentación de la documentación necesaria para las ayudas a la Implementación de Estrategias de Desarrollo Local participativo (LEADER) por los Grupos de Acción Local y para las Actividades de Cooperación de los Grupos de Acción Local. Pretende ser una herramienta de consulta básica tanto para los grupos de acción local solicitantes y beneficiarios de las ayudas, así como para los organismos e instituciones que participamos en el desarrollo de la misma.

Los contenidos de este documento, de carácter meramente informativo, no suponen el establecimiento de normas o reglas de ineludible cumplimiento. En ningún caso la información aquí contenida podrá originar derechos ni expectativas a favor del grupo de acción local solicitante de las ayudas ni de terceras personas. Igualmente, la posible omisión de información en el presente documento no podrá servir de argumento para incumplir la normativa vigente en materia de subvenciones públicas o las normas establecidas en las Bases Reguladoras de la ayuda, ni la normativa foral, nacional y europea que pudiera afectar a la misma.

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CONTENIDO

1. ASPECTOS FORMALES..........................................................................................................................5 1.1. Acrónimos ..................................................................................................................................................5 1.2. Definiciones................................................................................................................................................5

2. DESCRIPCIÓN GENERAL DE LAS LÍNEAS DE AYUDA ......................................................................6 2.1. Objeto de las estrategias de desarrollo local participativo .........................................................................6 2.2. Objeto de las ayudas .................................................................................................................................6 2.3. Beneficiarios finales de las ayudas ............................................................................................................7 2.4. Tipos de acciones previstas.......................................................................................................................7

3. DESCRIPCIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS DE GESTIÓN..................................................................7 3.1. Esquema del procedimiento de gestión.....................................................................................................7

3.1.1. Procedimiento de gestión M19.02.02 y M19.03 cooperación .......................................................7 3.1.2. Procedimiento de gestión M19.03 cooperación interterritorial/transnacional ..............................18

4. ACCIONES PREVIAS A LA INCOACIÓN DEL EXPEDIENTE .............................................................21

5. SOLICITUD DE ACEPTACIÓN DE GASTO ..........................................................................................21 5.1. Asignación de número de expediente......................................................................................................21 5.2. Presentación de las solicitudes de aceptación de gasto..........................................................................22 5.3. Descripción de la documentación que acompaña a la solicitud...............................................................23

6. REVISIÓN ADMINISTRATIVA DE LAS SOLICITUDES........................................................................26 6.1. Subsanación de la documentación aportada (Solicitud Aceptación de gasto) ........................................26

7. VERIFICACIÓN Y VALIDACIÓN DE LAS SOLICITUD DE ACEPTACIÓN DE GASTO ......................26 7.1. Elegibilidad del proyecto solicitado ..........................................................................................................26

7.1.1. Requisitos para acceder a la ayuda ............................................................................................26 7.1.2. Resultados de la elegibilidad y la viabilidad ................................................................................27

7.2. Subvencionalidad del proyecto solicitado ................................................................................................27 7.2.1. Presupuesto solicitado ................................................................................................................27 7.2.2. Moderación costes ......................................................................................................................28 7.2.3. Limitaciones generales de las medidas ......................................................................................29 7.2.4. Incompatibilidades.......................................................................................................................30

7.3 Cálculo de la ayuda...................................................................................................................................30 7.4 Resultado de la subvencionalidad ............................................................................................................31

8. RESOLUCIÓN DE LA SOLICITUD DE ACEPTACIÓN DE GASTO .....................................................31 8.1. Propuesta de resolución ..........................................................................................................................31 8.2. Traslado de la resolución de concesión...................................................................................................31

9. OTROS PROCEDIMIENTOS PARALELOS PREVIOS AL PAGO........................................................31 9.1. Anulación de un expediente a petición del grupo ....................................................................................32 9.2. Archivo de un expediente por falta de subsanación ................................................................................32 9.3. Modificación de un expediente tras la concesión de la ayuda.................................................................32

10. SOLICITUD DE PAGO..........................................................................................................................33

11. CONTROL ADMINISTRATIVO DE LA SOLICITUD DE PAGO...........................................................34 11.1 Subsanación de la documentación (Solicitud de pago) .........................................................................34 11.2. Control fin de inversión ..........................................................................................................................35 11.3. Control técnico del proyecto ejecutado..................................................................................................35

11.3.1. Control de las facturas presentadas..........................................................................................36 11.3.2. Control de los justificantes de pago ..........................................................................................37 11.3.3. Control de las aportaciones a la Seguridad Social....................................................................38 11.3.4. Control de los gastos de viaje ...................................................................................................39 11.3.5. Moderación de costes ...............................................................................................................39 11.3.6. Medidas informativas y publicitarias..........................................................................................40

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11.3.7. Incompatibilidad ........................................................................................................................41

11.4. Determinación del importe de pago provisional .....................................................................................41 11.5. Control sobre el Terreno (si procede) ....................................................................................................42 11.6. Determinación del importe de pago definitivo ........................................................................................42 11.7. Control presupuestario...........................................................................................................................43

12 PROPUESTA Y RESOLUCIÓN DE PAGO...........................................................................................43 12.1. Resolución de pago ...............................................................................................................................43 12.2. Traslado de la Resolución de pago........................................................................................................43

13 CONTABILIZACIÓN DE LA AYUDA ....................................................................................................44

14. OTROS PROCEDIMIENTOS................................................................................................................44 14.1. Control a posteriori.................................................................................................................................44 14.2. Recursos ................................................................................................................................................44 14.3. Recuperación de pagos indebidos.........................................................................................................44 14.4. Irregularidades .......................................................................................................................................44

ANEXO 1. NORMATIVA.............................................................................................................................45 1.1 NORMATIVA COMUNITARIA...................................................................................................................45 1.2 NORMATIVA ESTATAL............................................................................................................................46 1.3 NORMATIVA FORAL................................................................................................................................47 1.4 PROCEDIMIENTOS DEL ORGANISMO PAGADOR...............................................................................48

ANEXO 2.TIPOS DE ACCIÓN DE LOS CUATRO GRUPOS DE ACCIÓN LOCAL .................................49 2.1 LÍNEAS DE ACCIÓN DE ASOCIACIÓN CEDERNA-GARALUR..............................................................49 2.2 LÍNEAS DE ACCIÓN DEL CONSORCIO EDER ......................................................................................51 2.3 LÍNEAS DE ACCIÓN DE ASOCIACIÓN TEDER......................................................................................53 2.4 LÍNEAS DE ACCIÓN DE ZONA MEDIA DE NAVARRA...........................................................................56

ANEXO 3. PLANTILLAS UTILIZADAS EN EL PROCEDIMIENTO...........................................................58

ANEXO 4. LISTA DE CONTROL ...............................................................................................................59

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1. ASPECTOS FORMALES

1.1. Acrónimos

1.2. Definiciones

Proyecto de cooperación; proyecto realizado por los grupos de acción local navarros, entre ellos y/o con grupos de otras regiones de España y/o de territorios de diferentes Estados miembros de la UE. También podrían participar en proyectos de cooperación (conforme al artículo 44.2 del Reglamento (UE) nº1305/2013:

- Un grupo de socios públicos y privados locales de un territorio rural que aplique

una EDLP, dentro o fuera de la Unión Europea - Un grupo de socios públicos y privados locales de un territorio no rural que aplique

una EDLP, dentro de la UE.

Abreviatura Denominación

CAP Control a posteriori CFNA Comunidad Foral de Navarra CST Control sobre el terreno DDRMAyAL Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local DGDRAG Director General de Desarrollo Rural, Agricultura y Ganadería DSDDR Director de Servicio de Diversificación y Desarrollo Rural EDLP Estrategias de Desarrollo Local Participativo FEADER Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural FEAGA Fondo Europeo Agrícola de Garantía FEGA Fondo Español de Garantía Agraria GAL Grupo de Acción Local JSDR Jefe de la Sección de Diversificación Rural LF Ley Foral

M19.02.02 Ayuda para la implementación de las Estrategias de desarrollo local participativo: grupos de acción local

MAGRAMA Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente NAE Negociado de Asuntos Económicos del DDRMAyAL NRA Normas Reguladoras de Ayudas OP Organismo Pagador del FEAGA y FEADER en Navarra PDR 2014-2020 Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad Foral de Navarra 2014-2020 PTRPSDR Personal Técnico Responsable de Proyectos perteneciente a la SDR PTRPGAL Personal Técnico Responsable de Proyectos perteneciente a un GAL RAF Responsable administrativo financiero del GAL SC Sección de Coordinación, DDRMAyAL SDDR Servicio de Diversificación y Desarrollo Rural, DDRMAyAL SDR Sección de Diversificación Rural del SDDR, DDRMAyAL

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Proyecto de cooperación territorial; proyecto de cooperación llevado a cabo entre grupos navarros. Proyecto de cooperación interterritorial; proyecto de cooperación llevado a cabo entre grupos de acción local españoles. Proyecto de cooperación transnacional; proyecto de cooperación el que se da entre grupos de acción local de distintos Estados miembros.

2. DESCRIPCIÓN GENERAL DE LAS LÍNEAS DE AYUDA

Siguiendo los objetivos que el PDR 2014-2020 pretende conseguir con la aplicación de las medidas de EDLP y en concreto para la submedida M.19.02.02 y 19.03, este manual determina los procedimientos de gestión de las subvenciones para los proyectos incluidos en estas submedidas donde los promotores y beneficiaros directos son los grupos de acción local.

2.1. Objeto de las estrategias de desarrollo local participativo

La estrategia ayudará al desarrollo endógeno del territorio, impulsando la competitividad de las actividades económicas, la mejora del medioambiente, la acción por el clima así como la calidad de vida, la creación de empleo y la diversificación económica y promoviendo un desarrollo equilibrado y cohesionado. Tiene en cuenta los tres objetivos transversales de medio ambiente, mitigación del cambio climático e innovación, que prenden cubrir principalmente las siguientes necesidades:

o N02: Apoyo al desarrollo local participativo-LEADER.

o N06: Desarrollo socioeconómico equilibrado y sostenible de las zonas

rurales.

o N08: Dotación de pequeñas infraestructuras en el medio rural.

De esta forma se afrontan los siguientes retos prioritarios:

a) Creación de empleo, atendiendo a las necesidades de los sectores tradicionales, así como el apoyo a PYMES en otras actividades, en apoyo a la diversificación de la economía rural, favoreciendo la formación, la innovación y a los emprendedores.

b) Utilización eficiente de los recursos naturales y el mantenimiento, conservación y

recuperación del patrimonio cultural, histórico, arquitectónico y medio ambiental y su valorización y explotación sostenible.

c) Mejora de los servicios públicos y la calidad de vida, que ayude a paliar el déficit

de oportunidades respecto del medio urbano, con especial atención a la población más desfavorecida o en riesgo de exclusión.

2.2. Objeto de las ayudas

El objeto de la submedida M19.02.02: “Ayuda para la Implementación de las EDLP: grupos de acción local”, es el de fomentar la aplicación de las EDLP mediante los grupos de acción local con proyectos propios.

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En la submedida 19.03 “Actividades de cooperación de los grupos de acción local” además de la aplicación de las EDLP, se busca fomentar la cooperación territorial, transnacional e interterritorial entre los grupos de acción local, mediante el intercambio de conocimientos prácticos y la aplicación en el territorio de las buenas prácticas relacionadas con el enfoque LEADER.

2.3. Beneficiarios finales de las ayudas

Los cuatro Grupos de Acción Local de Navarra, Asociación Cederna-Garalur, Consorcio EDER, Asociación TEDER y Zona Media de Navarra, cada uno en su ámbito territorial, serán los beneficiarios finales de las ayudas dentro de las submedidas M19.02.02 y 19.03 del PDR 2014-2020 Para acceder a las ayudas, el grupo de acción local debe cumplir dos requisitos:

1) Haber sido elegido como tal y suscrito el correspondiente convenio de colaboración con el DDRMAyAL para la implementación de la EDLP (LEADER) en el marco del PDR 2014-2020.

2) Tener disponibibilidad presupuestaria en la correspondiente medida para la ejecución del proyecto, conforme al cuadro financiero del convenio vigente.

2.4. Tipos de acciones previstas

Cada Grupo de Acción local ha definido sus estrategias, objetivos estratégicos o ejes de actuación y dentro de ellas sus objetivos operativos, elementos clave ó líneas ó tipos de acción. En el anexo 2 se detallan los tipos y líneas de acción de cada grupo. 1. Los proyectos que podrán ser financiados deberán estar enmarcados en las acciones

previstas en las estrategias de desarrollo local de cada grupo y relacionados con los objetivos de la medida M19 (Desarrollo local participativo-LEADER).

2. El plazo máximo de ejecución de los proyectos será de dos años. 3. En el caso de los proyectos de cooperación, se distinguen las siguientes fases:

a) Fase de preparación: comprende cuestiones relacionadas con las gestiones previas de definición y redacción del proyecto, metodología de ejecución y acuerdo de cooperación entre los participantes del proyecto.

b) Fase de ejecución: se llevará a cabo lo redactado en el proyecto, respetando el marco del acuerdo firmado entre todos los participantes en el mismo.

3. DESCRIPCIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS DE GESTIÓN

3.1. Esquema del procedimiento de gestión

3.1.1. Procedimiento de gestión M19.02.02 y M19.03 cooperación

Los importes que los grupos de acción local soliciten al DDRMAyAL en relación a proyectos de EDLP promovidos por ellos mismos así como a proyectos de cooperación de los grupos de acción local, deben estar autorizados con cargo al cuadro financiero vigente de cada grupo, así como con cargo al presupuesto del ejercicio correspondiente

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del Gobierno de Navarra en la partida “Estrategias de Desarrollo Local Participativo (LEADER) PDR FEADER 2014-2020”. En la presente tabla se muestra de forma esquemática el procedimiento de gestión de los expedientes de la submedida M19.02.02: “Ayuda para la Implementación de las EDLP: grupos de acción local” y de la submedida 19.03 “Actividades de cooperación de los grupos de acción local”. En ella se describe:

• Nº de orden de la actividad en el procedimiento. • Fase del procedimiento. • Descripción de la actividad, quién la realiza y la unidad orgánica a la que está

adscrita (en gris se indican las tareas correspondientes a unidades que no corresponden al SDDR).

• Documentos generados.

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Aprobación: R. xxx/2015 de xx de xxxxx, del DGAG

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PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN: Submedida 19_2. Ayuda a la implementación de la EDLP: a los grupos de acción local. Y submedida 19.03

Actividades de cooperación entre grupos. Lista de actividades: SOLICITUD DE ACEPTACIÓN DE GASTO Y CONCESIÓN

Nº Fase Descripción de la actividad Rol Unidad Orgánica Documentos

1 Aprobar el expediente y su presentación Órgano de Decisión GAL GAL

2 Solicitar número de expediente Técnico GAL GAL 3 Asignar número al expediente Técnico SDR SDR

4

Sol

icitu

d ac

epta

ción

gas

to

Presentar Solicitud de Aceptación de gasto Grupo solicitante GAL Solicitud de ayuda (Impreso Solicitud) Documentación aportada

5 Recepción de la solicitud de aceptación de gasto Administrativo SDR SDR

6 Validar los nombres de los grupos solicitantes Administrativo SDR SDR

7 Revisar la solicitud de aceptación de gasto y la documentación aportada Técnico SDR SDR

Informe Elegib.-Viabilidad (Lista control: Concesión) (apartado Validación de la solicitud de ayuda y documentación presentada)

8 Visita: para inversiones ligadas al terreno (si procede) Técnico SDR SDR Acta de No Inicio

9

Con

cesi

ón

Requerir la subsanación de documentos (ver Subrutina Subsanación) Técnico SDR SDR (Ver Subrutina Subsanación)

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Guía M19.02.02_19.03_Catálogo5,

Aprobación: R. xxx/2015 de xx de xxxxx, del DGAG

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PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN: Submedida 19_2. Ayuda a la implementación de la EDLP: a los grupos de acción local. Y submedida 19.03

Actividades de cooperación entre grupos. Lista de actividades: SOLICITUD DE ACEPTACIÓN DE GASTO Y CONCESIÓN

10 Determinar la elegibilidad y viabilidad del proyecto solicitado Técnico SDR SDR

Informe Elegib.-Viabilidad (Lista control: Concesión) (apartados: Validación de requisitos y Catalogación y análisis del proyecto)

11 Determinar la subvencionabilidad de la solicitud Técnico SDR SDR Informe Subvencionabilidad (Lista control: Concesión)

12 Elaborar el borrador de la propuesta de Resolución de concesión Técnico SDR SDR Borrador de la propuesta de Resolución de concesión

13 Corregir borrador y dar el VºBº Jefe SDR y Director SDDR SDR y SDDR Propuesta de Resolución de concesión

14 Enviar a tramitar la propuesta de Resolución de concesión

Administrativo SDDR_NOFYR SDDR

15 Pre-contabilizar el gasto Negociado Asuntos Económicos

Sección Gestión Presupuestaria Apunte contable provisional

16 Fiscalizar el gasto Interventor DDRMAyAL Sección Intervención

17 Firmar la Resolución de concesión Director General Dirección General Resolución de concesión

Notificación con acuse de recibo a interesados;

18 Recibir y enviar los traslados de Resolución de concesión

Administrativo SDDR_NOFYR SDDR

Traslado a: SDDR, Negociado Asuntos Económicos, Intervención delegada de Hacienda

19 Cerrar la pre-contabilización (contabilización definitiva)

Negociado Asuntos Económicos

Sección Gestión Presupuestaria Apunte contable definitivo

20 Recibir el acuse de recibo de la notificación Administrativo SDR SDR Acuse de recibo

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PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN: Submedida 19_2. Ayuda a la implementación de la EDLP: a los grupos de acción local. Y submedida 19.03

Actividades de cooperación entre grupos. Lista de actividades: SOLICITUD DE PAGO Y PAGO

Nº Fase Descripción de la actividad Rol Unidad Orgánica Documentos

21

Sol

icitu

d pa

go

Realizar la solicitud de pago Grupo beneficiario GAL Solicitud de pago y documentación

22 Recepción de la solicitud de pago Administrativo SDR SDR

23 Revisar la solicitud de pago y la documentación aportada Técnico SDR SDR Propuesta de pago (Lista de control: Pago)

24

Requerir la subsanación de documentos (ver Subrutina Subsanación) Técnico SDR SDR (Ver Subrutina Subsanación)

25 Controlar fin inversión: visita si procede Técnico SDR SDR Acta fin de inversión

26 Realizar control administrativo del proyecto ejecutado Técnico SDR SDR Propuesta de pago (Lista de control: Pago)

27 Determinar importe de pago provisional Técnico SDR SDR Propuesta de pago (Lista de control: Pago)

28 Control sobre el terreno (si procede) Técnico SDR - 2 SDR Propuesta de pago (Lista de control: Pago)

29 Determinar propuesta de pago definitiva Técnico SDR SDR Propuesta de pago (Lista de control: Pago)

30

Pag

o

Control presupuestario Técnico SDR SDR Propuesta de pago (Lista de control: Pago) - Control presupuestario

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PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN: Submedida 19_2. Ayuda a la implementación de la EDLP: a los grupos de acción local. Y submedida 19.03

Actividades de cooperación entre grupos. Lista de actividades: SOLICITUD DE PAGO Y PAGO

31 Autorizar el pago Autorización de pago

32

Elaborar el borrador de la propuesta de Resolución de pago Técnico SDR SDR

Borrador de la propuesta de Resolución de pago

33 Corregir borrador y dar el VºBº Jefe SDR y Director SDDR SDR y SDDR Propuesta de Resolución de pago

34 Enviar a tramitar la propuesta de Resolución de pago Administrativo SDDR_NOFYR SDDR

35 Pre-contabilizar el pago Negociado Asuntos Económicos Sección Gestión Presupuestaria Apunte contable provisional 36 Fiscalizar el pago Interventor DDRMAyAL Sección Intervención 37 Firmar la Resolución de pago Director General Dirección General Resolución de pago

38 Notificación con acuse de recibo a interesados;

39

Traslado a: SDDR, Negociado Asuntos Económicos, Sección de Coordinación, Intervención delegada de Hacienda

40 Recibir y enviar los traslados de Resolución de pago Administrativo SDDR_NOFYR SDDR

Traslado a Negociado de Ejecución de pagos (MIC)

41 Comprobar deudores Negociado Ejecución Pagos Informe de deudores

42

Recepcionar el informe de deudores y cerrar la pre-contabilización (contabilización definitiva) Negociado Asuntos Económicos Sección Gestión Presupuestaria Apunte contable definitivo

43 Recibir el acuse de recibo de la notificación Administrativo SDR SDR Acuse de recibo

44 Enviar comunicación de cobro Administrativo GAL GAL Comunicación cobro GAL

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Guía M19.02.02_19.03_Catálogo5,

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Se describen a continuación otros procedimientos que pueden darse o no durante la tramitación de los expedientes: PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN: Submedida 19_2. Ayuda a la implementación de la EDLP: a los grupos de acción local. Y submedida 19.03

Actividades de cooperación entre grupos. Lista de actividades: CONTROL SOBRE EL TERRENO

1 Revisar expediente en oficina Técnico 2 SDR SDR Acta de control

2 Visitar el lugar de ejecución del expediente Técnico 2 SDR SDR Acta de control

3 Realizar el informe de CST Técnico 2 SDR SDR Informe de control 4 Dar VºBº al informe Jefe de Sección SDR Informe de calidad

5

CS

T

Pasar toda la documentación del control al técnico 1 SDR Técnico 2 SDR SDR

PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN: Submedida 19_2. Ayuda a la implementación de la EDLP: a los grupos de acción local. Y submedida 19.03

Actividades de cooperación entre grupos. Lista de actividades: CONTROL A POSTERIORI

1 Revisar expediente en oficina Técnico 2 SDR SDR Acta de control

2 Visitar el lugar de ejecución del expediente Técnico 2 SDR SDR Acta de control

3 Realizar el informe de CST Técnico 2 SDR SDR Informe de control 4 Dar VºBº al informe Jefe de Sección SDR Informe de calidad

5

CA

P

Pasar toda la documentación del control al técnico 1 SDR Técnico 2 SDR SDR

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Guía M19.02.02_19.03_Catálogo5,

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PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN: Submedida 19_2. Ayuda a la implementación de la EDLP: a los grupos de acción local. Y submedida 19.03

Actividades de cooperación entre grupos. Lista de actividades: SUBRUTINA SUBSANACIÓN

Nº Fase Descripción Rol Unidad Orgánica Documentos 1 Solicitar la subsanación Técnico SDR SDR Requerimiento de subsanación

2 Enviar el requerimiento de subsanación al grupo solicitante o beneficiario

Administrativo SDR SDR Notificación con acuse de recibo

3 Recibir el acuse de recibo de la notificación y contabilizar el plazo

Administrativo SDR SDR Acuse de recibo

4 Preparar documentos para subsanar Grupo solicitante o beneficiario GAL Documentos a subsanar

5 Presentar documentos para subsanar Grupo solicitante o beneficiario GAL Instancia de subsanación

6 Si se presenta la documentación requerida, terminar la subrutina y continuar la tramitación Técnico SDR SDR

Lista de control: Control Elegibilidad - Viabilidad (apartado Validación de la solicitud de ayuda y documentación presentada)

7

Si no se han presentado los documentos requeridos en plazo, preparar el borrador de Resolución de archivo por falta de subsanación Técnico SDR SDR Borrador de Resolución de archivo

8 Dar VºBº a la propuesta de Resolución de archivoJefe SDR y Director SDDR SDR y SDDR Propuesta de Resolución de archivo

9 Enviar la propuesta de Resolución de archivo para su firma por el DG

Administrativo SDDR SDDR

10

Con

cesi

ón /

Pag

o

Firmar la Resolución de archivo Director General Dirección General Resolución de archivo

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Guía M19.02.02_19.03_Catálogo5,

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PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN: Submedida 19_2. Ayuda a la implementación de la EDLP: a los grupos de acción local. Y submedida 19.03

Actividades de cooperación entre grupos. Lista de actividades: SUBRUTINA SUBSANACIÓN

11 Recibir y enviar los traslados de Resolución de archivo

Administrativo SDDR SDDR Notificación con acuse de recibo

12 Recibir el acuse de recibo de la notificación y archivar el expediente

Administrativo SDR SDR Acuse de recibo

PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN: Submedida 19_2. Ayuda a la implementación de la EDLP: a los grupos de acción local. Y submedida 19.03

Actividades de cooperación entre grupos. Lista de actividades: ANULACIÓN DE UN EXPEDIENTE

Nº Fase Descripción de la actividad Rol Unidad Orgánica Documentos

1 Realiza instancia de renuncia del expediente Grupo solicitante o beneficiario GAL Instancia de renuncia

2 Recibe la instancia y la entrega al PTRPSDR Administrativo SDR SDR 4 Preparar el borrador de Resolución de baja Técnico SDR SDR Borrador de Resolución de baja

5 Dar VºBº a la propuesta de Resolución de baja Jefe SDR y Director SDDR SDR y SDDR Propuesta de Resolución de baja

6 Enviar la propuesta de Resolución de baja para su firma por el DG Administrativo SDDR SDDR

7 Firmar la Resolución de archivo Director General Dirección General Resolución de archivo 8 Recibir y enviar los traslados de Resolución Baja Administrativo SDR SDDR Notificación con acuse de recibo

9

Cap

tura

/ C

once

sión

/ P

ago

Recibir el acuse de recibo de la notificación y archivar el expediente Administrativo SDR SDR Acuse de recibo

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PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN: Submedida 19_2. Ayuda a la implementación de la EDLP: a los grupos de acción local. Y submedida 19.03

Actividades de cooperación entre grupos. Lista de actividades: MODIFICACIÓN DE LA SOLICITUD DE AYUDA

Nº Fase Descripción de la actividad Rol Unidad Orgánica Documentos

1

Realizar instancia de modificación de la solicitud de ayuda Grupo solicitante o beneficiario GAL Instancia de modificación

2 Recibir la instancia y entregar al PTRPSDR Administrativo SDR SDR

3 Comprobar la documentación y adjuntarla al expediente Técnico SDR SDR

4 Realizar controles de la modificación Técnico SDR SDR

Si se acepta la modificación:

5a Preparar el borrador de Resolución de modificación Técnico SDR SDR Borrador de Resolución de modificación

6a Dar VºBº a la propuesta de Resolución de modificación Jefe SDR y Director SDDR SDR y SDDR Propuesta de Resolución de modificación

7a

Enviar la propuesta de Resolución de modificación para su firma por el DG Administrativo SDDR SDDR

8a Firmar la Resolución de modificación de Concesión Director General Dirección General Resolución de modificación de Concesión

9a Recibir y enviar los traslados de Resolución modificación Administrativo SDR SDDR Notificación con acuse de recibo

10a

Recibir el acuse de recibo de la notificación y archivar el expediente Administrativo SDR SDR Acuse de recibo

Cap

tura

pag

o / P

ago

Si se rechaza la modificación:

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PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN: Submedida 19_2. Ayuda a la implementación de la EDLP: a los grupos de acción local. Y submedida 19.03

Actividades de cooperación entre grupos. Lista de actividades: MODIFICACIÓN DE LA SOLICITUD DE AYUDA

5b

Redactar el borrador de la carta de rechazo de la modificación solicitada Técnico SDR SDR Borrador de carta de rechazo

6b Dar VºBº a la carta de rechazo Jefe SDR o Director SDDR SDR o SDDR Carta de rechazo

7b Enviar carta de rechazo y recibir acuse de recibo Administrativo SDDR SDDR

Notificación con acuse de recibo y Acuse de recibo

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3.1.2. Procedimiento de gestión M19.03 cooperación interterritorial/transnacional

Para proyectos de cooperación interterritorial y/o transnacional, paralelo a la solicitud de ayuda que el grupo de acción navarro debe realizar al Servicio de Diversificación y Desarrollo Rural, se deberá seguir el siguiente el procedimiento de gestión en la Red Rural Nacional, con el resto de grupos de acción local participantes en el proyecto:

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PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN: Submedida 19.03 Cooperación interterritorial y/o transnacional entre grupos de acción local (fuera de

Navarra: parte Red Rural Nacional (RRN)) Lista de actividades: SOLICITUD FASE PREPARATORIA Y EJECUCIÓN DEL PROYECTO

Nº Fase Descripción de la actividad Rol Unidad Orgánica Documentos

1 Manifestación de Interés y ayuda preparatoria a la RRN y AAGG

Grupo acción local COORDINADOR

Grupo acción local COORDINADOR Documento de Manifestación de interés

2 Solicitud de aceptación de gasto de ayuda preparatoria (GAL Navarro a DRMAyAL) (Ver lista de actividades general: Solicitud de aceptación de gasto y concesión)

GAL Navarro GAL Navarro Solicitud de aceptación de ayuda preparatoria (Navarra)

3 Comunicación a las diferentes AAGG (5 días desde n1) RRN RRN Comunicación foro RRN

4 Informe favorable AAGG coordinadora (10 días desde n3) AAGG GAL coordinador

AAGG GAL coordinador Informe favorable proyecto

5 Informe favorable AAGG participantes (10 días desde n4) AAGG participantes AAGG participantes Informe favorable proyecto 6 RRNN resumen informes favorables (5 días desde n5) RRN RRN Resumen informes favorables

7 Comunicación de aceptación del GAL coordinador (5 días desde n6) GAL coordinador GAL coordinador Comunicación aceptación de ayuda

preparatoria

8 Sol

icitu

d ay

uda

fase

pre

para

toria

RR

N

Resolución de aceptación de gasto de ayuda preparatoria (GAL Navarro) (Ver lista de actividades general: Solicitud de aceptación de gasto y concesión)

DRMAyAL DRMAyAL Resolución de aceptación de gasto de ayuda preparatoria proyecto

9

Elaborar gestiones previas de definición, redacción de proyecto y metodología de ejecución. Elaboración del convenio de colaboración entre GALs participantes (2 meses desde n7)

GALs participantes GALs participantes

10 Eje

cuci

ón d

e Fa

se

prep

arat

oria

Solicitar el pago de ayuda preparatoria (GAL Navarro a DRMAyAL) (Ver lista de actividades general:Solicitud de pago y pago)

GAL Navarro GAL Navarro Solicitud de pago ayuda preparatoria (Navarra)

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PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN: Submedida 19.03 Cooperación interterritorial y/o transnacional entre grupos de acción local (fuera de

Navarra: parte Red Rural Nacional (RRN)) Lista de actividades: SOLICITUD FASE PREPARATORIA Y EJECUCIÓN DEL PROYECTO

11

El grupo coordinador presenta la solicitud común de proyecto a la RRN

Grupo acción local COORDINADOR

Grupo acción local COORDINADOR

Solicitud común de ejecución de proyecto y Convenio

12

Solicitud de aceptación de gasto de ejecución proyecto (GAL Navarro a DRMAyAL) (Ver lista de actividades general: Solicitud de aceptación de gasto y concesión)

GAL Navarro GAL Navarro Solicitud de aceptación de ejecución de proyecto de cooperación (Navarra)

13 La RRN cuelga la solicitud común en el foro comunicando a las AAGG participantes (5 días desde n11) RRN RRN Comunicación foro RRN de la solicitud

común

14 Informe favorable AAGG participantes (4 meses desde n11) AAGG participantes AAGG participantes Informe favorable proyecto

15

RRN elabora informe resumen de los informes favorables y lo cuelga en el foro, informando a las AAGG participantes (5 días desde n14)

RRN RRN Comunicación foro RRN del informe resumen

16 El grupo coordinador comunica la aceptación del proyecto de cooperación a la RRN

Grupo acción local COORDINADOR

Grupo acción local COORDINADOR

Comunicación aceptación de ejecución proyecto

17

Sol

icitu

d ac

epta

ción

de

gast

o R

RN

Resolución de aceptación de gasto de proyecto de cooperación (GAL Navarro) (Ver lista de actividades general: Solicitud de aceptación de gasto y concesión)

DRMAyAL DRMAyAL Resolución de aceptación de gasto de proyecto de cooperación

18 Cada grupo de acción local asume sus responsabilidades durante la ejecución del proyecto

19

Eje

cuci

ón d

el

proy

ecto

Solicitud de pago de proyecto (GAL Navarro a DRMAyAL) (Ver lista de actividades general:Solicitud de pago y pago) GAL Navarro GAL Navarro Solicitud de pago proyecto (Navarra)

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4. ACCIONES PREVIAS A LA INCOACIÓN DEL EXPEDIENTE

La unidad gestora de las ayudas es la Sección de Diversificación Rural (SDR), perteneciente al Servicio de Diversificación y Desarrollo Rural, que depende de la Dirección General de Desarrollo Rural, Agricultura y Ganadería del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local del Gobierno de Navarra. Conforme el Marco Nacional de Desarrollo Rural, el Acuerdo de Asociación de España y el propio Programa de Desarrollo Rural de Navarra para el periodo 2014-2020, se creó un Comité para la selección de los grupos de acción local y las estrategias de desarrollo, con la participación de representantes de los intereses sociales, económicos y culturales. De conformidad con las normas de la convocatoria para la selección de los GAL por Resolución 272/2015 de 14 de Abril, del Director General de Desarrollo Rural, se presentaron las candidaturas a Grupo de Acción Local. Mediante la Resolución 514/2015 del 13 de julio se aprobó la selección de los Grupos de Acción Local en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Navarra 2014-2020. Los cuatro Grupos de Acción Local de Navarra seleccionados fueron los siguientes:

Denominación CIF

Asociación Cederna-Garalur G31372063 Consorcio EDER G31513260 Asociación TEDER G31590219 Consorcio Zona Media de Navarra Q3173367H

Mediante Resolución 697/2016, del 23 de junio, se aprobaron las EDLP de los cuatro grupos cada uno en su ámbito territorial. Por Acuerdo del Gobierno de Navarra, de 27 de Agosto de 2014, se aprobó el gasto plurianual del PDR 2014-2020, siendo posteriormente modificado por Acuerdo de 29 de Abril de 2015. Los importes de los cuadros financieros actualizados están contabilizados por GAL, por medidas y por años en la contabilidad del DDRMAyAL en el Negociado de Asuntos Económicos y son los establecidos en el Convenio de Colaboración aprobado por Resolución 824/2016, del 9 de agosto, del Director General de Desarrollo Rural, Agricultura y Ganadería, para todo el periodo 2014-2020.

5. SOLICITUD DE ACEPTACIÓN DE GASTO

5.1. Asignación de número de expediente

Previo a la presentación de la solicitud, el grupo de acción local solicitará a la SDR el número de expediente. Para ello, el PTRPSDR:

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- Comprobará cuál es el último expediente anotado de la correspondiente medida en el excel “LEADER 2014-2020_P.PROPIOS”.

- Asignará número para los expedientes a solicitar. El número tendrá el siguiente formato:

3 primeros dígitos: el Tipayu, número entero que identifica la ayudas en Navarra. Para la submedida M19.02.02 es el 213 y para la submedida 19.03 es el 214.

2 dígitos siguientes: 2 últimos dígitos del año de la Solicitud de Aceptación de Gasto.

Sexto dígito: identificador del gestor del expediente: en ambas submedidas es el nº 5, que corresponde a la SDR.

Séptimo dígito: identificador del grupo beneficiario. Se establecen los siguientes:

Nº identificador Grupo de acción local 1 Asociación Cederna Garalur 2 Consorcio EDER 3 Asociación TEDER 4 Grupo de acción local ZONA MEDIA

2 últimos dígitos: el número de caída secuencial del expediente de la

ayuda, empezando por el 01. En el caso de la submedida 19.03 de cooperación, estos números serán coincidentes en todos los grupos que participen en el mismo proyecto.

De ese modo, en los proyectos de cooperación, cada grupo tendrá un número de expediente, pudiendo haber dos o más números de expediente, por proyecto de la submedida 19.03, en función de quien coopere en el proyecto. Ejemplos:

• primer expediente de la submedida M19.02.02 con Solicitud de Aceptación de gasto en 2016 del grupo Cederna-Garalur, tendría la numeración 213165101.

• un expediente de la submedida 19.03 con Solicitud de Aceptación de gasto en

2016 donde cooperan por primera vez Cederna-Garalur y Consorcio EDER, pero que es el tercer expediente de cooperación que se gestiona en la SDR, sería: 214165103 para Cederna-Garalur y 214165203 para Consorcio EDER.

5.2. Presentación de las solicitudes de aceptación de gasto

El convenio regulador entre el GAL y el DRMAyAL, establece el plazo de presentación de las solicitudes de aceptación de gasto:

- M19.02.02: antes de 31 de octubre del ejercicio anterior de ejecución de proyecto. - M19.03: en cualquier momento tras la firma del convenio. En el caso de proyectos

de M19.03 cooperación interterritorial y/o transnacional además, se deberá seguir el procedimiento paralelo establecido en el apartado 4.1.2 Procedimiento de gestión M19.03 cooperación interterritorial/transnacional:

Fase de preparación: una vez realizadas las solicitudes iniciales en la RRN, de los correspondientes grupos de acción local que vayan a participar en el proyecto.

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Fase de ejecución: una vez realizadas las solicitudes iniciales en la RRN, de los correspondientes grupos de acción local que vayan a participar en el proyecto.

Los grupos presentarán las solicitudes:

- Telemáticamente a través de la ficha correspondiente del Catálogo de trámites del Portal del Gobierno de Navarra en Internet www.navarra.es, accediendo al trámite mediante certificado digital.

- En oficinas de registro del Gobierno de Navarra. La fecha de registro de la solicitud es la fecha de la Solicitud de Aceptación de Gasto presentada por el grupo de acción local solicitante. El grupo verificará que:

• Existe registro de entrada de la solicitud, con: o Número. o Fecha.

• La fecha de registro está dentro del periodo de solicitud establecido. La solicitud debe ir acompañada de toda la documentación necesaria para la tramitación del expediente.

5.3. Descripción de la documentación que acompaña a la solicitud

Las solicitudes se presentarán en los modelos normalizados disponibles en el sitio de trabajo establecido para la comunicación con los grupos, e irán acompañadas por la documentación que en cada caso sea precisa. Igualmente estarán a disposición de los grupos de acción local en el Catálogo de Trámites del Gobierno de Navarra (www.navarra.es). La SDR proporcionará el modelo de solicitud a los grupos de acción local en caso de que lo soliciten. El modelo de solicitud anterior incluye una relación de la documentación acreditativa de los requisitos exigidos que debe presentar el GAL, así como la declaración de ayudas, las autorizaciones y los compromisos y obligaciones del beneficiario. La documentación a presentar junto con la solicitud de ayuda, constará de la siguiente documentación:

1. Solicitud de aceptación del gasto según plantilla “Solicitud Aceptación Gasto EDLP_Coop”:

• Con todos los apartados obligatorios cumplimentados. • Determinado los ejercicios presupuestarios con cargo a los que se solicita la

ayuda. 2. Modificaciones sufridas en la documentación entregada para la selección de los

grupos de acción local: • Se adjuntan las modificaciones sufridas y son legibles.

3. Acuerdo del grupo de acción local para solicitar la ayuda: • El documento está fechado y firmado.

4. Memoria descriptiva del proyecto a realizar, con las previsiones y el presupuesto el proyecto:

• Conforme al modelo normalizado facilitado al respecto.

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• Con todos los campos requeridos cumplimentados. • Fechada y firmada por el representante del grupo solicitante o coordinador, en

caso de tratarse de un proyecto de cooperación entre grupos navarros. 5. Proyecto técnico o memoria valorada:

Requieren proyecto de ejecución de edificación (Ley de Ordenación de la Edificación 38/99, artículo 2.1): • Obras de edificación de nueva construcción, excepto aquellas construcciones de

escasa entidad constructiva y sencillez técnica que no tengan, de forma eventual o permanente, carácter residencial ni público y se desarrollen en una sola planta.

• Todas las intervenciones sobre los edificios existentes, siempre y cuando alteren su configuración arquitectónica, entendiendo por tales las que tengan carácter de intervención total o las parciales que produzcan una variación esencial de la composición general exterior, la volumetría, o el conjunto del sistema estructural, o tengan por objeto cambiar los usos característicos del edificio.

• Obras que tengan el carácter de intervención total en edificaciones catalogadas o que dispongan de algún tipo de protección de carácter ambiental o histórico-artístico, regulada a través de norma legal o documento urbanístico y aquellas otras de carácter parcial que afecten a los elementos o partes objeto de protección.

Cuando proceda: • Se presentará el proyecto técnico o memoria valorada. • Se facilitará información sobre documentos incorporados en Consigna (número de

proyecto y localizador). • Se visará el documento (Real Decreto 1000/2010):

o Los proyectos de ejecución de edificación que requieran proyecto según el artículo 2.1 de la Ley 38/99 (casos anteriores).

o Proyecto de legalización de obras. o Proyecto demolición de edificios. o Proyecto voladuras.

6. Acreditación de la propiedad o capacidad legal de uso y disfrute de la misma: Si el proyecto solicitado incluye inversiones en inmuebles, se acreditará que la parcela donde se van a realizar está a nombre del grupo solicitante, o en su defecto, dispone de permisos para poderla llevar a cabo en ese inmueble. Cuando proceda, se aportará:

o Cédula parcelaria, o o Contrato de arrendamiento, o o Otras modalidades: cesión de uso, etc

La documentación aportada al respecto asegura la plena disponibilidad del bien por un periodo mínimo de 5 años siguientes al pago estimado de la ayuda.

7. Licencias y autorizaciones o solicitudes de las mismas: Si procede, debe adjuntarse licencias y autorizaciones pertinentes, o la solicitud de las mismas.

8. Informe favorable de los de organismos competentes en ámbitos afectados por proyecto, incluida en su caso, la Valoración de Impacto Ambiental de acuerdo con la Ley Foral 4/2005 de intervención de la protección ambiental. Si procede, debe adjuntarse informe de los organismos competentes en los ámbitos afectados por el proyecto (comercio, cultura, desarrollo rural, fomento empresarial, industria, medio ambiente, turismo, etc). En caso de ser necesario, el informe no debe indicar disconformidad con la actividad por la que se solicita ayuda.

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9. Facturas proforma: • Se adjuntarán las facturas proforma de todos los costes a ejecutar. • Los gastos relativos a Honorarios Profesionales, serán acreditados mediante una

única factura proforma o presupuesto detallado del técnico competente. • Las facturas proforma contendrán los requisitos exigidos:

o Fecha de la propuesta. o Nombre y apellidos, o razón social, de la entidad ofertante. o Nombre y apellidos, o razón social, del destinatario (el/la beneficiario/a de

la subvención). o NIF de la entidad ofertante. o NIF del destinatario (el/la beneficiario/a de la subvención). o Dirección de la entidad ofertante. o Descripción de la operación a realizar (con suficiente detalle). o Indicación de si el importe de la propuesta recoge o no el IVA.

10. Plantilla de cumplimiento de la moderación de costes “DeclaraciónAdjudicación EDLP_Coop”: Si procede, debe adjuntarse certificado del responsable administrativo financiero que recoja el compromiso aprobado del proceso de adjudicación que se seguirá de acuerdo a la Ley de Contratos Públicos.

11. Otros documentos: En caso de que los grupos no den su consentimiento expreso para la consulta de algún documento necesario para la tramitación del expediente, habrá que comprobar que han aportado el documento en cuestión. Por otro lado, en función de la tipología de proyecto a realizar, puede ser necesaria otra documentación para la correcta tramitación del expediente. En ese caso, se solicitará la documentación mediante la correspondiente subsanación.

Además, en caso de tratarse de ayudas a las actividades de cooperación de los grupos de acción local:

12. Convenio de colaboración suscrito entre los grupos participantes en proyecto: • Incluirá el siguiente contenido mínimo:

o Objetivos del proyecto a desarrollar. o Acciones que se llevarán a cabo para alcanzarlos. o Papel de cada participante en el desarrollo del proyecto. o Derechos y obligaciones de las participantes. o Cronograma por acciones y tipo de gasto. o Beneficiarios potenciales. o Resultados esperados. o Duración, vigencia, modificación y finalización del acuerdo. o Resolución de conflictos.

• El documento estará fechado y firmado por todos los grupos participantes.

13. Aprobación del proyecto por parte de la autoridad de gestión responsable de la comunidad y/o país del resto de grupos: Cando participen en un proyecto grupos de acción local nacionales o internaciones, se adjuntará la aprobación o un informe favorable del proyecto por parte de la autoridad de gestión responsable de la Comunidad Autónoma y/o país de dichos grupos.

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6. REVISIÓN ADMINISTRATIVA DE LAS SOLICITUDES

6.1. Subsanación de la documentación aportada (Solicitud Aceptación de gasto)

Revisada por la SDR la documentación presentada, en caso de faltar documentación necesaria, se realizará un requerimiento de subsanación de documentación, utilizando la plantilla correspondiente. Este requerimiento se enviará al grupo solicitante de la ayuda como notificación administrativa con acuse de recibo. El grupo dispondrá de 10 días contados a partir de la fecha de la notificación, para la presentación de la documentación requerida mediante instancia presentada en el Registro General Electrónico o en oficinas de registro del Gobierno de Navarra. Transcurrido el plazo de subsanación, se pueden dar las siguientes opciones:

1. Se ha presentado toda la documentación requerida: se continúa con la tramitación del expediente.

2. No se ha presentado toda la documentación requerida: a. La existente es suficiente para la tramitación del expediente, se procederá

a su tramitación teniendo en cuenta la documentación obrante. b. La existente no es suficiente para la tramitación del expediente, se

procederá a archivar la solicitud.

7. VERIFICACIÓN Y VALIDACIÓN DE LAS SOLICITUD DE ACEPTACIÓN DE GASTO

Finalizada la fase de revisión de la documentación presentada, la SDR lleva a cabo los controles necesarios para la concesión del expediente:

• Determina la elegibilidad y viabilidad del proyecto solicitado: - comprobando el cumplimiento de los requisitos para acceder a la ayuda, - analizando la adecuación del proyecto a la EDLP, y - recogiendo indicadores.

• Determina la subvencionalidad de la solicitud: - valorando el presupuesto solicitado a fin de determinar su admisibilidad, - comprobando el cumplimiento de la moderación de costes, - comprobando la existencia o no de incompatibilidades, y - determinando el importe de la ayuda.

En caso de ser necesarias aclaraciones, se procederá a realizarlas, utilizando la plantilla solicitud de subsanación, con un plazo de 10 días naturales al efecto.

7.1. Elegibilidad del proyecto solicitado

7.1.1. Requisitos para acceder a la ayuda

El PTRPSDR revisará que se cumplen cada uno de los requisitos establecidos en las bases reguladoras. En cuanto a la conformidad de organismos competentes con ámbitos de actuación afectados, se comprobará que:

• El expediente cuenta con informe del organismo competente en materia de comercio, cultura, turismo, fomento empresarial, industria, medio ambiente, u

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otros que se consideren afectados y para los que sea necesario informe al respecto.

• Que el informe del organismo competente en la materia muestra conformidad con las actuaciones a realizar.

• No presenta oposición a la actividad a crear. En caso de que incluyan condiciones particulares, en la fase de pagos se comprobará que se ha adjuntado el informe definitivo del organismo competente dando su conformidad con la actuación realizada. En caso contrario, el proyecto no resultará subvencionable. En cuanto al no inicio de las inversiones con anterioridad a la fecha de presentación de la Solicitud de Aceptación de gasto, cuando el proyecto contemple actuaciones que se puedan referenciar geográficamente y se pueda comprobar visualmente su inicio, se realizará una visita al lugar donde vayan a realizarse dichas actuaciones para comprobar que no han sido iniciadas y se levantará acta. Se realizarán 2 copias, firmando en la misma el grupo interesado y el PTRPSDR. Una quedará en el expediente y la otra se entregará al grupo. Si el grupo desea presentar alegaciones al control realizado, podrá hacerlo en el apartado destinado a ello en el acta. En los casos en que no proceda la realización de la visita, se recogerá este hecho en el apartado Observaciones.

7.1.2. Resultados de la elegibilidad y la viabilidad

En caso de que haya incumplimiento en algún requisito o en la catalogación y análisis del proyecto, el expediente se considera NO ELEGIBLE, procediéndose a desestimar la solicitud de aceptación de gasto. En caso de que se detecte inviabilidad en el análisis del proyecto a desarrollar o en la revisión de la Memoria descriptiva, el expediente se considera NO VIABLE, procediéndose a desestimar la solicitud de gasto. Si la solicitud de ayuda resulta ELEGIBLE y VIABLE, se continúa con el análisis de su subvencionabilidad.

7.2. Subvencionalidad del proyecto solicitado

7.2.1. Presupuesto solicitado

Se estudiará que: • Los costes solicitados son subvencionables conforme al artículo 32 de las Normas

reguladoras de las ayudas. • En los proyectos de cooperación interterritorial y transnacional únicamente se

consideran como subvencionables la parte correspondiente a los grupos de acción local navarros.

• Se aportan facturas proforma de todos los gastos relacionados. • Las facturas proforma presentan los requisitos formales exigidos:

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o Fecha de expedición, o Datos de la entidad proveedora (identificación, NIF; domicilio), y o Datos del cliente (identificación, NIF).

En lo relativo a la subvencionalidad del IVA, indicar que conforme al Manual de Procedimiento del Organismo Pagador PT17OP003 éste resultará subvencionable en el caso de personas jurídicas que no realizan declaración de IVA por la actividad objeto de la ayuda. Para verificar este hecho, los grupos solicitantes deberán aportar certificado de exención con todas las casuísticas de la exencionalidad. En caso que ese grupo realice otro tipo de actividades por la que si está obligado a la declaración de IVA, se deberá controlar que no se ha deducido este impuesto por las facturas subvencionadas. En este caso el grupo beneficiario deberá aportar declaración de IVA correspondiente. Para determinar el presupuesto subvencionable, se agruparán los costes según los conceptos que figuran en dichas bases, aplicando la moderación de costes correspondiente y considerando las limitaciones correspondientes. En los proyectos de cooperación se dará información de los gastos comunes (entre grupos) en la “PL17OP107_001_01_Memoria Descriptiva Proyecto EDLP_Coop” según lo expuesto en el apartado 2) del artículo 32 del convenio. Sumando los importes subvencionables se calculará la inversión total subvencionable y los gastos totales subvencionables.

7.2.2. Moderación costes

El artículo 48 del Reglamento de ejecución 809/2014 de la Comisión y el artículo 28 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de subvenciones, exigen la comprobación de la moderación de los costes de las inversiones y gastos por los que se solicita ayuda teniendo en cuenta costes de referencia del mercado. Se atenderá a lo establecido en el PT17OP005.- Procedimiento para la moderación de costes. Para ello el grupo debe presentar un certificado del responsable administrativo y financiero que recoja el compromiso aprobado del proceso de adjudicación que se seguirá de acuerdo a la Ley Foral de Contratos Públicos; LÍMITES LEY FORAL 14/2014, DE 18 DE JUNIO, MODIFICACIÓN LF6/2006, DE 9 DE JUNIO, DE CONTRATOS PÚBLICOS

CONTRATOS OBRAS ASISTENCIA TÉCNICA SUMINISTRO PROCEDIMIENTO

Sin IVA

Factura Hasta 3.000,00€ Hasta 3.000,00€ Hasta 3.000,00€

Reserva de crédito y factura Hasta 30.000,00€ Hasta 6.000,00€ Hasta 6.000,00€

Negociado sin publicidad comunitaria ni publicación Portal de Contratación de Navarra

Hasta 200.000,00€ Hasta 60.000,00€ Hasta 60.000,00€

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LÍMITES LEY FORAL 14/2014, DE 18 DE JUNIO, MODIFICACIÓN LF6/2006, DE 9 DE JUNIO, DE CONTRATOS PÚBLICOS Negociado sin publicidad comunitaria: sí publicación Portal de Contratación de Navarra

A partir de 200.000,00 hasta 600.000,00

A partir de 60.000,00 hasta 75.000,00

A partir de 60.000,00 hasta 75.000,00

Valor estimado sin incluir IVA

Publicidad comunitaria obligatoria, conforme artículo 83 de la LF 6/2006 de Contratos Públicos.

Ninguna empresa o profesional podrán ser adjudicatarios dentro de la misma administración contratante y durante un mismo ejercicio presupuestario de un número de contratos adjudicados mediante factura o factura con reserva de crédito, cuya cuantía acumulada sea superior a 80.000,00€ IVA excluido, en obras, y 30.000,00€ , IVA excluido en el resto de contratos.

CO

NSI

DER

AC

ION

ES

Artículo 89.3 (LF 14/2014): para los procedimientos negociados sin publicidad que, sin exceder de los límites previstos en el artículo 73 de esta ley foral, superen respectivamente los 200.000,00€, IVA excluido, para los contratos de obras y los 60.000,00€ IVA excluido, en el resto de supuestos, el anuncio en el Portal de Contratación de Navarra será obligatorio.

En proyectos de cooperación con grupos de acción local pertenecientes a otros Estados miembros de la UE, la acreditación de la elección de proveedor con criterios de eficiencia y economía se hará, para los grupos navarros, conforme la correspondiente legislación foral, sin perjuicio de la normativa nacional o comunitaria, en la parte imputable a dichos grupos.

7.2.3. Limitaciones generales de las medidas

Se respetarán las siguientes limitaciones: • Gastos de personal técnico propio: la cuantía máxima de ayuda correspondiente a la

nómina y seguridad social del personal imputado al proyecto estará limitada al salario bruto anual según categoría profesional del personal de Gobierno de Navarra (retribuciones salariales más complementos de incompatibilidad en función de la Ley Foral anual de Presupuestos de Gobierno de Navarra), de forma proporcional a la jornada laboral y con las siguientes equivalencias:

Categoría Ley Foral de presupuestos del Gobierno de Navarra

Gerente Dirección de Servicio Técnico Funcionario nivel A

Administrativo Funcionario nivel C

• Gastos de personal técnico propio: en ningún caso supondrán más del 20% del importe total subvencionable, en proyectos de la submetida M19.02.02.

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• Costes generales ligados a dotación bienes de equipo y construcción /mejora de inmuebles; 12% del importe total correspondiente a estos costes.

7.2.4. Incompatibilidades

Estas ayudas son incompatibles con: - Otras medidas financiadas a través del FEADER. - Ayudas financiadas por otros fondos comunitarios. - Ayudas nacionales y autonómicas, salvo que su normativa prevea lo contrario.

Por ello se controlará que no hay incompatibilidades conforme al artículo 51 de las NRA, realizando controles cruzados mediante oficio a las unidades gestoras correspondientes, especialmente con las siguientes medidas:

• M01 (Acciones de transferencia de conocimientos e información) • M02 (Servicios de asesoramiento, gestión y sustitución destinados a las

explotaciones agrícolas), • M03 (Regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios), • M04 (Inversiones en activos físicos), • M06 (Desarrollo de explotaciones agrícolas y empresas), • M07 (Servicios básicos y renovación de poblaciones en las zonas rurales), • M08 (Inversiones en el desarrollo de zonas forestales y mejora de la viabilidad de

los bosques), • M11 (Agricultura ecológica)

Para la realización de la comprobación se atenderá a lo dispuesto en el procedimiento PT17OP003 “Procedimiento de gestión y control de ayudas del FEADER NO SIGC” Anexo II - Incompatibilidades. El procedimiento a seguir para comprobar la doble financiación entre ayudas será:

- Realizar la comprobación de coincidencias a nivel de NIF. - Identificados los NIF coincidentes, la comprobación descenderá a nivel de factura.

Si el resultado de las comprobaciones es INCOMPATIBLE en alguno de ellos, se considera que el proyecto no es subvencionable.

7.3 Cálculo de la ayuda

Se calculará el importe de la prima conforme al artículo 33. Sistema de cálculo de la ayuda, de las NRA; del Convenio de colaboración firmado con el grupo de acción local. El importe de la ayuda se calcula tomando como base los costes subvencionables previstos en el proyecto:

a. La ayuda máxima para el grupo de acción local es del 100% de los gastos subvencionables.

b. El grupo de acción local podrá ejecutar un máximo de cinco proyectos propios con cargo a la submetida 19.02.02 a lo largo de todo el periodo, sin que pueda superarse el 10% del importe asignado al total de la submetida M19.02.

c. La cuantía máxima de la ayuda destinada para el personal propio será la determinada para la submedida M19.04 en el artículo 39. En los proyectos de

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la submedida M19.02.02, los gastos de personal propio estarán limitados al 20% del importe total auxiliable.

La participación del FEADER en el coste público subvencionable es el 65% de la ayuda total.

7.4 Resultado de la subvencionalidad

En caso de que haya incompatibilidad o el importe de la ayuda a conceder resulte 0,00 euros, el expediente se considera NO SUBVENCIONABLE, por lo que procederá a desestimar la solicitud de aceptación de gasto. En caso contrario, la solicitud de aceptación de gasto resulta SUBVENCIONABLE, procediendo la aprobación del expediente y por tanto la concesión de la ayuda correspondiente.

8. RESOLUCIÓN DE LA SOLICITUD DE ACEPTACIÓN DE GASTO

8.1. Propuesta de resolución

El borrador de la resolución de concesión es elaborado por PTRPSDR. Desde la jefatura de la SDR y la dirección de la SDDR, se corrige y da el visto bueno al borrador, realizando la propuesta de resolución de concesión. El personal administrativo de la SDDR tramita la misma para su firma por la Dirección General de Desarrollo Rural, Agricultura y Ganadería. La Resolución, aprobada por Dirección General de Desarrollo Rural, Agricultura y Ganadería, será motivada, debiendo en todo caso quedar acreditados los fundamentos de la resolución que se adopte. Dicha resolución se notificará en la medida de los posible, en los tres meses posteriores a la presentación de la solicitud de aceptación de gasto y contendrá información suficiente que justifique el importe de la subvención concedida, las condiciones y los compromisos que deberá mantener el grupo beneficiario, así como el periodo de ejecución del proyecto (fecha inicio y fecha final).

La resolución de aceptación de gasto, únicamente reconocerá un derecho a la ayuda en cuanto a la conformidad administrativa de la solicitud con la normativa aplicable.

8.2. Traslado de la resolución de concesión

Una vez aprobada la Resolución de concesión por la Dirección General de Desarrollo Rural, Agricultura y Ganadería, se recibe la misma en la SDDR por el personal administrativo. Es entonces cuando el personal administrativo SDDR:

• Notifica la misma al grupo solicitante, y • Traslada la resolución de concesión al SDDR, al Negociado de Asuntos

Económicos y a Intervención delegada de Hacienda en el DDRMAyAL. En el traslado de esta resolución se estipularán los plazos de reclamaciones.

9. OTROS PROCEDIMIENTOS PARALELOS PREVIOS AL PAGO

Además del procedimiento descrito hasta ahora existen una serie de procedimientos paralelos, que son explicados a continuación:

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9.1. Anulación de un expediente a petición del grupo

En cualquier momento de la vida de un expediente, el grupo de acción local puede renunciar al mismo. Para ello el grupo debe presentar la instancia de renuncia del expediente. Posteriormente por parte de la SDR, se redactará la Resolución de anulación del expediente en caso de tratarse de un expediente no concedido, o bien la Resolución de baja del expediente, cuando se trate de un expediente concedido. La correspondiente resolución será notificada al grupo.

9.2. Archivo de un expediente por falta de subsanación

Si se requiere subsanar documentación en un expediente, y transcurre el plazo sin que el grupo solicitante haya presentado alguno de los documentos imprescindibles requeridos, se procede al archivo del expediente. Una vez aprobada la correspondiente resolución, se notificará la misma al grupo interesado.

9.3. Modificación de un expediente tras la concesión de la ayuda

Después de la concesión de un expediente, y tal y como se indica en el artículo 47 de la NRA, pueden surgir circunstancias concretas que puedan implicar una modificación significativa del plan de inversiones aprobado. Se entiende por modificación significativa aquélla que implique:

• Un cambio en la orientación del proyecto. • Una modificación sustancial de los conceptos subvencionables aprobados. • Previsión de una ejecución inferior o igual al 60% de la inversión/gasto auxiliable

(sobre la que se ha calculado la ayuda). • Un cambio en la localización de las inversiones que implique un cambio de

municipio. • Una ampliación del plazo de ejecución, siempre que no supere la fecha del 30 de

noviembre del ejercicio con cargo al que se concedió la ayuda. Si se diera el caso, el grupo deberá solicitar a la SDR mediante instancia, autorización para realizar las modificaciones correspondientes, con el mismo detalle empleado en la solicitud de ayuda. Se procederá de la siguiente forma:

1. Se solicitará con anterioridad: al 1 de septiembre del ejercicio con cargo al que se concedió la ayuda. a la adquisición de los nuevos bienes y/o compromisos.

2. Se entregará toda la documentación necesaria para seguir con la tramitación del expediente.

3. No supondrá: una ampliación del plazo de ejecución del proyecto que exceda del 30 de noviembre del ejercicio con cargo al que se concedió la ayuda.

una tercera modificación para el mismo expediente (como máximo se aceptarán dos modificaciones).

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Según proceda, se dictará por la Dirección General de Desarrollo Rural, Agricultura y Ganadería, la Resolución de modificación de la concesión de la ayuda, que será adjuntada al expediente. No será preciso solicitar autorización previa siempre que el proyecto no se modifique de forma sustancial y mantenga el objetivo final, podrán aceptarse sustituciones del presupuesto aprobado:

• de hasta el 10% entre los distintos costes subvencionables; • de hasta el 35% entre conceptos dentro del mismo coste subvencionable

No obstante, grupo beneficiario deberá motivar adecuadamente estas modificaciones en la documentación justificativa.

10. SOLICITUD DE PAGO

El grupo solicitará en los plazos establecidos en la concesión, el importe de ayuda a cobrar, presentando para ello un documento denominado Solicitud de Pago, que irá acompañado de la documentación correspondiente. Los impresos necesarios se encontrarán disponibles en la ficha web de las ayudas, en el Catálogo de Trámites del Portal de GN en www.navarra.es. Se presentará una única Solicitud de pago por cada anualidad, preferiblemente en el Registro General Electrónico, a través de la ficha web de las ayudas, en el Catálogo de Trámites del Portal de GN en www.navarra.es, o en oficinas de registro de Gobierno de Navarra. La no presentación de la solicitud de pago con anterioridad a la fecha establecida en la concesión de la ayuda, conllevará la renuncia expresa de la ayuda concedida, sin perjuicio de las responsabilidades a que hubiere lugar con arreglo a lo previsto en el artículo 35 de la Ley Foral 11/2005 de subvenciones. Por ello el grupo prestará atención a:

• La solicitud ha sido presentada mediante instancia, bien a través del Registro General Electrónico o en oficinas de registro del Gobierno de Navarra.

• La fecha de registr@ está dentro del plazo establecido en la Resolución de concesión para la presentación de las solicitudes.

• Están cumplimentados todos los apartados de la solicitud de pago. • La solicitud está firmada por la persona representante del grupo. • El número de expediente es correcto. • El importe solicitado es igual o menor que el aprobado en la Resolución de

aceptación de gasto. • Se aporta toda la documentación requerida:

o Memoria de ejecución, según modelo normalizado. o Facturas o documentos probatorios equivalentes de las acciones

realizadas y la documentación acreditativa del pago consistente en extracto bancario. Cuando proceda:

o Nóminas del personal técnico propio imputado al proyecto, acompañadas de sus justificantes de pago.

o Tc1 y Tc2 acompañados de sus justificantes de pago. o Ingreso del impuesto sobre la renta de las personas físicas

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o Certificado del responsable de personal de la relación de personas imputadas al proyecto y relación de horas dedicadas al mismo.

o Partes de trabajo del personal técnico imputado al proyecto, firmados tanto por el/la trabajador/a como por la persona responsable.

o Documentación acreditativa de la obra civil realizada. o Autorizaciones, registros y licencias exigibles para el desarrollo de la

actividad. o Informe favorable de los organismos competentes en ámbitos afectados

por el proyecto. Se comprueba en pago parcial o final, y cuando se haya indicado su necesidad en la concesión del expediente, que:

El expediente cuenta con informe del organismo competente en materia de turismo, patrimonio, medio ambiente, u otros que se consideren afectados y para los que sea necesario informe al respecto que no haya podido ser aportado junto a la solicitud de aceptación de gasto.

Que el informe del organismo competente en la materia no presenta oposición a la actividad a crear.

Si hubo informe en la solicitud de aceptación de gasto y éste incluía condiciones particulares, éstas se cumplen o presenta informe definitivo del organismo competente dando su conformidad con la actuación realizada.

o Otros en función del proyecto.

11. CONTROL ADMINISTRATIVO DE LA SOLICITUD DE PAGO

11.1 Subsanación de la documentación (Solicitud de pago)

En el caso en el que se detecten errores en la solicitud y/o su documentación adjunta, éstos podrían requerir o no de una solicitud de subsanación al grupo. 1. Errores sin petición de subsanación: todos aquellos que se pueden subsanar

mediante un comentario en el impreso “Propuesta de Pago (Lista de Control: Pago)” que cumplimenta el PTRPSDR, siempre y cuando se pueda comprobar con la documentación presente en el expediente. En el comentario correspondiente se hará referencia al documento de comprobación. Este tipo de errores serán principalmente:

a. Errores en datos personales. b. Errores en la cumplimentación de casillas. c. Errores en el Presupuesto ejecutado que no comprometan el pago

(tipográficos, fechas).

2. Errores con petición de subsanación: todos aquellos que comprometan el pago y no tengan correspondencia con la concesión. Este tipo de errores serán principalmente:

a. Conceptos justificados que no se corresponden con los aprobados. b. Importes erróneos en las facturas. c. Importes de justificantes y el asignado a facturas. d. En el Presupuesto ejecutado faltan facturas y justificantes de pago

presentados mediante instancia general. e. Solicitudes de pago sin firmar.

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También podrían detectarse deficiencias en la documentación presentada. Siempre que se considere necesario, se realizará un requerimiento de subsanación de documentación, utilizando la plantilla correspondiente. Este requerimiento se enviará al grupo como notificación administrativa con acuse de recibo. Esta solicitud de documentación será tanto para completar la documentación necesaria, como para aclarar importes y conceptos, y en la misma se hará constar que la no presentación de la documentación solicitada implicará la realización del pago conforme a la información obrante en el expediente. El grupo dispondrá de un plazo de diez días, conforme a la ley de procedimiento administrativo, contados a partir de la fecha de la notificación, para la presentación de la documentación requerida mediante instancia presentada en el Registro General Electrónico o en oficinas de registro del Gobierno de Navarra. Transcurrido el plazo de subsanación, se pueden dar las siguientes situaciones:

• Se ha presentado toda la documentación requerida: se continúa con la tramitación del expediente.

• No se ha presentado toda la documentación requerida: o La existente es suficiente para la tramitación del expediente, se procederá

a su tramitación teniendo en cuenta la documentación obrante. o La existente no es suficiente para la tramitación del expediente, se

procederá a archivar la solicitud de pago.

11.2. Control fin de inversión

Recibida la solicitud de pago, si procede, se realizará una visita para certificar la ejecución de las inversiones que pueden ser comprobadas visualmente. Para dejar constancia de la visita realizada, se elaborará un acta fin de inversión “PL17OP107_007_Acta final de inversión EDLP_Coop”. En el caso en el que en la visita, el PTRPSDR detecte alguna anomalía u otros hechos a destacar, incluirá un comentario en el acta describiendo esta circunstancia. El grupo podrá realizar las alegaciones que considere oportunas al respecto. Se realizarán dos copias del acta de certificación fin de inversión, firmando ambas tanto el grupo como el/la técnico que realice la visita. Una copia firmada se entregará al grupo, y la otra será añadida a la documentación necesaria para realizar la certificación final del expediente. En dicha acta también se recogerá la comprobación de si se cumple el requisito de publicidad recogido en la base 57 de las Normas reguladoras de las ayudas.

11.3. Control técnico del proyecto ejecutado

Se comprobará la coherencia entre el proyecto ejecutado y el compromiso adquirido mediante la Resolución de concesión, verificando la concordancia de lo ejecutado en las memorias de previsión y de ejecución, las cuales deberán permitir conocer adecuadamente el trabajo desarrollado.

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11.3.1. Control de las facturas presentadas

La justificación documental de las inversiones/gastos subvencionables se realiza con facturas efectivamente pagadas.

Respecto a las fechas de facturas, se tendrá en cuenta lo siguiente: • Deberán ser del mismo día o posteriores a la fecha de solicitud de la ayuda. • Se tomará como fecha válida la que aparezca en la factura. En facturas que

hagan referencia a albaranes éstos también deberán tener fecha igual o posterior a la de solicitud de ayuda. Si se presenta una factura con fecha de albarán anterior a la fecha de solicitud de ayuda, los conceptos incluidos en ese documento no serán subvencionables.

• Se eliminarán del presupuesto admisible los importes que sean anteriores a la fecha de solicitud de ayuda y posteriores al plazo establecido para finalizar la ejecución del proyecto, excepto para gastos correspondientes a la Seguridad Social del último mes.

Se comprobará que las facturas presentadas son correctas. Para ello se comprobará que contienen:

• Número y, en su caso, serie. • Fecha de expedición. • Nombre y apellidos, o razón social, del expedidor. • Nombre y apellidos, o razón social, del destinatario (el/la beneficiario/a de la

subvención). • NIF del expedidor. • NIF del destinatario (el/la beneficiario/a de la subvención). • Domicilio del expedidor. • Domicilio del destinatario (el/la beneficiario/a de la subvención). • Descripción de la operación realizada (con suficiente detalle), incluyendo el

importe unitario sin impuesto de la operación, así como cualquier rebaja que no esté incluida en dicho importe unitario

• Si está gravada con IVA: base imponible, tipo de IVA aplicado, cuota tributaria e importe total de la operación.

• En el supuesto de que la operación que se documenta en una factura esté exenta de IVA, una referencia a los preceptos correspondientes de la normativa con la indicación de que la operación está exenta.

• Fecha en que se realizó la operación o, en su caso, se haya recibido el pago anticipado (si es diferente a la de emisión de la factura).

• Si está sujeta a retención del IRPF: tipo de retención aplicada, cuota resultante e importe a pagar.

Igualmente se comprobará que las facturas están emitidas a nombre del grupo beneficiario de la ayuda. En cuanto al importe, en el caso de presentación de facturas en moneda distinta al EURO, se tomará como fecha para realizar el cambio, la fecha de emisión. Existen determinados casos, en los que la inversión no se justifica mediante una factura, como:

• Gastos de personal: en estos casos se comprobará que se ha presentado: o Nómina para justificar el pago del salario bruto.

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o tc1 y tc2 para justificar el pago de la cuota de la Seguridad Social.

o Partes de trabajo del personal técnico imputado al proyecto, firmados tanto por el/la trabajador/a como por la persona responsable.

o Certificado del responsable de personal de la relación de personas imputadas al proyecto y relación de horas dedicadas al mismo.

En cuanto a los partes de trabajo, se tendrá en cuenta: o Cubran el 100% del tiempo de trabajo del personal.

o Además de las horas dedicadas a las actividades del proyecto, deberán indicar el tiempo empleado en otras actividades externas al proyecto que contribuyan con el pago salarial del empleado de ese mes, por lo que se señalará claramente el programa desde el cual se está recibiendo la financiación.

o El tiempo de trabajo deberá quedar registrado mensualmente a lo largo de todo el proyecto.

o Únicamente será subvencionable el tiempo que se incluya en los partes de trabajo.

o Será un documento único por año y trabajador, que servirá de la base para las justificaciones en las medidas M19.02.02, 19.03 y 19.04

o No se aceptarán estimaciones de las horas empleadas.

• Cuando la inversión incluye licencias, tasas o impuestos subvencionables. En estos casos el gasto se acredita mediante el impreso de la tasa o impuesto o la notificación de la concesión de la licencia.

• Cuando se cumplen las condiciones establecidas en el DF 23/2013 para la no emisión de facturas.

11.3.2. Control de los justificantes de pago

Las facturas (o documentos equivalentes) deben estar pagadas, por lo que deben de acompañarse de títulos o documentos bancarios o contables que acrediten la efectividad de su pago.

Se consideran justificantes de pago válidos los siguientes: • Pago por transferencia. • Pago por domiciliación bancaria. • Pago por cheque nominal. • Pago con tarjeta.

Será necesario la presentación del resguardo de Ingreso/abono en caso de que se presenten justificantes de pago en forma de reintegro /adeudo, para comprobar a quién se ha pagado el importe de la factura. En el caso de que se presenten cheques como justificantes de pago, será necesaria la presentación de los movimientos de cuenta para comprobar que los mismos se han formalizado. En caso de recibos domiciliados, será suficiente la presentación de un adeudo por domiciliación. Se comprobará que el importe del justificante o suma de los justificantes es coincidente con el importe de la factura a la que correspondan, incluidos impuestos, gastos adicionales y/o comisiones bancarias.

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En caso de que el importe justificado sea menor que el importe de la factura, se deberá exigir que se presenten todos los justificantes de pago necesarios para cubrir el 100% de la factura. En caso de no presentarse, el gasto no será subvencionable, excepto cuando la diferencia sea debida al importe correspondiente al IRPF. Si la suma del importe de varios justificantes de pago, asignados a varias facturas, es inferior a la suma del importe de esas facturas, se deberá aclarar, qué factura o facturas no quedan completamente pagadas. Si el importe de los justificantes de pago asignados a una factura es superior al importe de esa factura, se deberá presentar justificación de esa diferencia mediante la aportación de facturas complementarias. Cuando en una factura figura una retención del IRPF, su pago se acreditará mediante la presentación de la declaración y resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) (modelos 110 y 190) debidamente sellados por la Agencia Tributaria o la entidad bancaria colaboradora. Respecto a las fechas de los justificantes de pago, se tendrá en cuenta lo siguiente:

• Deberán ser del mismo día o posteriores a la fecha de solicitud de la ayuda. • Deberán ser posteriores a la fecha de su correspondiente factura. • Se eliminarán del presupuesto admisible los importes que sean anteriores a la

fecha de solicitud de ayuda y posteriores al plazo establecido para finalizar la ejecución del proyecto, excepto para gastos correspondientes a la Seguridad Social del último mes.

• No se admitirán pagos anteriores a la fecha de solicitud de ayuda aunque sean en concepto de anticipo o señal.

No se admitirán pagos al contado a una misma entidad proveedora por importe superior a 2.500,00 euros.

11.3.3. Control de las aportaciones a la Seguridad Social

Se comprobará que los importes de cotización a la Seguridad Social por los que se solicita ayuda han sido calculados correctamente. Se prestará especial cuidado en la revisión de los tc2 presentados por los grupos con el fin de identificar a trabajadores de baja, de forma que se descuente la parte del gasto del trabajador a cuenta de la Seguridad Social con el fin de evitar duplicidades de ayudas. Cuando el trabajador se encuentre de baja tendrá derecho a percibir una prestación económica para cubrir la falta de ingresos que se produce al estar imposibilitado temporalmente para trabajar. El nacimiento del subsidio tendrá lugar:

o En caso de enfermedad común o accidente no laboral, desde el cuarto día de la fecha de baja en el trabajo. A partir del cuarto día de baja y hasta el décimo quinto, el pago correrá a cargo del empresario. Bajas de mayor duración el pago correrá a cargo de la Seguridad Social en forma de pago delegado (son pagadas por la empresa pero el importe es descontado de la cantidad a pagar a la Seguridad Social en el tc2 del mes siguiente). Por Convenio Colectivo se podrá

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pactar el pago de la prestación por el empresario de los tres primeros días de baja. Bajas maternales de 16 semanas corren a cargo de la Seguridad Social, que paga directamente a la trabajadora.

o En caso de accidente de trabajo o enfermedad profesional, desde el día siguiente al de la baja en el trabajo, estando a cargo del empresario el salario íntegro correspondiente al día de la baja.

El porcentaje será:

En caso de enfermedad común y accidente no laboral:

- 60% desde el día 4º hasta el 20 inclusive. - 75% desde el día 21º en adelante.

En caso de accidente de trabajo y enfermedad profesional:

- 75% desde el día en que se produzca el nacimiento del derecho.

La bonificación de cuotas a la Seguridad Social para los contratos de interinidad que se celebren para sustituir a los trabajadores en periodo de descanso por maternidad, será del 100% en las cuotas empresariales de la Seguridad Social, incluidas las de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, y en las aportaciones empresariales de las cuotas de recaudación conjunta mientras coincidan en el tiempo la suspensión de actividad por dichas causas y el contrato de interinidad del sustituto.

11.3.4. Control de los gastos de viaje

Se comprobará que: • En los justificantes de gastos de viaje de los grupos, se detalla:

o El motivo de las salidas y gastos o Fechas o Importes o Concepto o Forma de pago o Firma de la persona que los ha realizado con visto bueno de gerencia.

• En los partes firmados de dedicación horaria se detallan: o Los viajes con sus fechas o Los proyectos a los que se asocian.

• La coincidencia de los partes de trabajo con los partes de desplazamiento y sus justificantes.

• Los gastos de viaje están acompañados de una justificación respecto a los contenidos recogidos en el apartado 3 de la memoria de ejecución del proyecto.

Los gastos de viaje subvencionables (desplazamientos, estacionamientos y peajes) y dietas están limitados según tarifas vigentes de Gobierno de Navarra.

11.3.5. Moderación de costes

Se atenderá a lo dispuesto en el PT17OP005.- Procedimiento para la moderación de costes.

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El grupo de acción local deberá cumplir con la Ley Foral 6/2006, de 9 de junio, de contratos públicos. A estos efectos, en la justificación del gasto del grupo se adjuntará un informe, emitido por el responsable administrativo y financiero, haciendo referencia a la norma y procedimiento utilizado, la justificación del mismo, los datos relativos a la publicación, las diferentes propuestas sobre las que se realizó la adjudicación y el documento de formalización del contrato. “PL17OP107_006_02_CertificadoAdjudicación”. Si la documentación presentada por el grupo a estos efectos no se considera suficiente, los bienes sobre los que no sea posible la aplicación de la moderación de costes con la suficiente garantía, no se considerarán subvencionables. En proyectos de cooperación con grupos de acción local pertenecientes a otros Estados miembros de la UE, la acreditación de la elección del proveedor con criterios de eficiencia y economía se hará, para los grupos navarros, conforme la correspondiente legislación foral, sin perjuicio de la normativa nacional o comunitaria, en la parte imputable a dichos grupos.

11.3.6. Medidas informativas y publicitarias

La información y publicidad de las ayudas concedidas en el marco de estas normas reguladoras se regirá por lo establecido en el Programa de Desarrollo Rural de Navarra 2014-2020 y las normas comunitarias, nacionales y regionales establecidas al efecto. Para todas las actividades de información y comunicación se deberá mostrar el emblema de la unión y referencia a la ayuda FEADER y logo del Gobierno de Navarra. Para ello informará al público:

1. Proporcionando en su website, cuando exista, una breve descripción de la operación, proporcional al nivel de ayuda, incluyendo sus objetivos y resultados, y recalcando la ayuda financiera UE.

2. Para operaciones que reciban ayuda pública superior a 50.000€ deberán colocar panel informativo de tamaño mínimo A3, en lugar bien visible para el público, así como en la web de la entidad beneficiaria, si la tuviera.

3. La información aportada debe contener una breve descripción del proyecto, el emblema de la unión de acuerdo con las normas gráficas presentadas en la página http://europa.eu/abc/symbols/emblem/download_en.htm , junto con una explicación del papel de la Unión, por medio de la declaración siguiente: “Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural: Europa invierte en zonas rurales” y logotipo LEADER. Y del Gobierno de Navarra. Esta información debe ocupar como mínimo el 25% del panel.

4. La portada de las publicaciones y carteles sobre medidas cofinanciadas por FEADER contendrán una clara indicación de la participación de la UE así como su emblema, en caso de que también sean empleados los regionales. Las publicaciones incluirán referencias a la unidad responsable de la información y la autoridad de gestión designada para implementar la ayuda en cuestión (Gobierno de Navarra).

5. Análogamente, el anterior párrafo se aplicará cuando la información se ofrezca por medios electrónicos o mediante material audiovisual. En concreto, las websites mencionarán la contribución del FEADER, al menos en la página de inicio, incluirán un hipervínculo a la website de la Comisión dedicada al FEADER.

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Con el objeto de recordar al beneficiario sus obligaciones de publicidad, el acto administrativo de concesión de ayudas incluirá el siguiente párrafo: “El beneficiario es responsable de llevar a cabo las medidas de información establecidas para este tipo de operación/actuación/medida en la convocatoria reguladora de la ayuda, advirtiendo que su omisión conllevará la exclusión del régimen y la devolución de los importes recibidos”.

11.3.7. Incompatibilidad

Se comprobará si los gastos e inversiones objeto de la ayuda han solicitado financiación por otras fuentes, conforme al artículo 51 de las Normas reguladoras de la ayuda, enviando los oficios correspondientes en caso de que sea necesario alguno de ellos, y siguiendo los mismos criterios seguidos en la concesión de la ayuda.

11.4. Determinación del importe de pago provisional

En el pago final se comprobará, si la diferencia entre el importe de ayuda presentado en solicitud de pago (S) y el importe de ayuda determinado tras el estudio de admisibilidad (A) es menor del 10%. Si la diferencia es mayor, se reducirá el importe determinado para el pago (P) en la cuantía de esta diferencia (sanción). Es decir, si (A - S)\ A>10%, P = A – (A-S) A estos efectos, se considerará la suma del valor de todas las solicitudes de pago presentadas en el expediente. En el caso de la cantidad incluida en la solicitud de pago resulte superior a la concedida, se considerará como importe presentado, el concedido. Seguidamente se comprobará si existen diferencias entre el presupuesto concedido y el justificado, y se procederá de la siguiente manera:

a. Si el presupuesto justificado, considerando la suma del valor de todas las

solicitudes de pago presentadas en el expediente, está entre el 60% y el 30% del concedido, la subvención a abonar se ajustará en la cuantía correspondiente a la ejecución real, aplicando una reducción del 25% sobre A, y siempre que se mantenga el objeto del proyecto.

b. Si el presupuesto justificado es menor que el 30% del concedido supondrá la

pérdida del derecho a cobro de la ayuda concedida. Por último se comprobará la existencia de incumplimientos. En función de cada incumplimiento la ayuda a reducir variará:

a. No presentar la declaración relativa a la obligación de transparencia en el plazo de un mes a contar desde la notificación de la concesión de la subvención: 100%.

b. No ejecutar el proyecto de acuerdo con normas comunitarias, nacionales y locales aplicables: 100%.

c. No ejecutar el proyecto en el plazo establecido en la concesión, o dentro de las prórrogas del mismo: 100%.

d. No cumplir con la moderación de costes: 100% de la ayuda correspondiente a los costes afectados por la misma.

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e. Abandono de la actividad: 100%. f. Quiebra: 100%. g. No someterse a los controles que lleve a cabo la autoridad de gestión: 100%. h. No facilitar a la autoridad de gestión los datos relativos a indicadores de

seguimiento y evaluación: 25%. i. Incumplimiento de las actuaciones publicitarias: 25% pasando. 50% si este

incumplimiento se repite. j. Incumplimientos del resto de obligaciones: 10%.

La aplicación de estas reducciones será acumulativa. Es decir, el importe determinado para el pago (P), se irá reduciendo según corresponda, de modo que el importe de la ayuda total tras reducciones y sanciones (AT) será:

• En caso de no proceder sanción: AT = A • En caso de proceder aplicar sanción: AT = A – (A-S) • En caso de no proceder sanción y que el presupuesto justificado esté entre el

60% y el 30% del concedido: AT = A - 0,25A • En caso de proceder sanción y que el presupuesto justificado esté entre el 60% y

el 30% del concedido: AT = A – (A – S) – 0,25A • En caso de no proceder sanción y que el presupuesto justificado esté entre el

60% y el 30% del concedido y tener incumplimientos de las actuaciones publicitarias: AT = A – 0,25A – 0,25A

• En caso de proceder sanción, que el presupuesto justificado esté entre el 60% y el 30% del concedido y tener incumplimientos de las actuaciones publicitarias: AT = A – (A – S) – 0,25A – 0,25A

• En caso de no proceder sanción y que el presupuesto justificado esté entre el 60% y el 30% del concedido, tenga incumplimientos de las actuaciones publicitarias así como en el resto de obligaciones: AT = A – 0,25A – 0,25A – 0,1A

• En caso de proceder sanción y que el presupuesto justificado esté entre el 60% y el 30% del concedido, tenga incumplimientos de las actuaciones publicitarias así como en el resto de obligaciones: AT = A – (A – S) - 0,25A – 0,25A – 0,1A

No obstante a lo anterior, no se aplicarán estas reducciones ni la sanción descritas cuando las entidades beneficiarias puedan demostrar que se deben a causas de fuerza mayor, conforme a las Bases reguladoras de la ayuda o se aporte la correspondiente justificación sobre evidencias de causas sobrevenidas no imputables a las entidades beneficiarias.

11.5. Control sobre el Terreno (si procede)

Si se trata de un pago final, se comprobara si el expediente ha sido seleccionado para la realización de un CST, realizándose el mismo en la medida de lo posible, con anterioridad a la presentación de la propuesta de pago del expediente por el JSDR al Director del SDDR. Si no ha sido seleccionado, se continúa con el proceso de pago del mismo.

11.6. Determinación del importe de pago definitivo

Del resultado de los controles anteriores se determina el importe a incluir en la resolución de pago correspondiente, desglosado según la fuente de financiación (FEADER y GN).

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Cuando se prevea una disminución del importe solicitado por el grupo de acción local, se le notificará este hecho habilitando un plazo de 10 días naturales contados a partir del día siguiente a la notificación para que presente las alegaciones correspondientes en los registros establecidos. En estos casos se procederá de la siguiente manera:

a) Si no presenta alegaciones, se entenderá que el grupo está conforme con la

propuesta definitiva pasando ésta a ser definitiva. b) Si presenta alegaciones, la SDR estudiará las mismas y formulará la

propuesta de resolución definitiva.

11.7. Control presupuestario

Se comprobará que existe disponibilidad de fondos en los presupuestos del Gobierno de Navarra, para lo que llevará a efecto la anotación oportuna en el cuadro de control financiero del GAL, el Excel “Control Presupuestario Total”, ubicado en I:\SDR\LEADER 2014-2020\EJECUCIÓN\00_Control Presupuestario. El PTRPSDR, previo a elaborar el borrador de resolución de pago de un expediente, cumplimentará en la casilla correspondiente del respectivo ejercicio presupuestario, el importe determinado para el pago, comprobándose que la casilla del presupuesto pendiente nunca queda por debajo de cero.

12 PROPUESTA Y RESOLUCIÓN DE PAGO

12.1. Resolución de pago

A la vista del resultado de los controles, la SDR elabora el borrador de la propuesta de resolución de pago, que contendrá:

• Referencia a los proyectos GAL por los que se paga la ayuda y hará constar, en su caso, de manera expresa, la desestimación de los pagos correspondientes.

• Alusión a la cofinanciación por parte del FEADER (65%) y se indicará el importe correspondiente a dicho fondo.

• Alusión a que lo dispuesto en la resolución de pago lo es sin perjuicio de que el NEP del FEAGA-FEADER proceda a deducir los importes de las deudas que figuren en el registro de deudores de dichos fondos y de embargos judiciales, de conformidad con la reglamentación comunitaria y con la Ley Foral 11/2005, de subvenciones.

Desde la jefatura de la SDR y la dirección de la SDDR, se corrige y da el visto bueno al borrador, realizando la propuesta de resolución de pago. El personal administrativo de la SDDR tramita la misma para su firma por la Dirección General de Desarrollo Rural, Agricultura y Ganadería.

12.2. Traslado de la Resolución de pago

Una vez aprobada la Resolución de concesión por la Dirección General de Desarrollo Rural, Agricultura y Ganadería, se recibe la misma en la SDDR por el personal administrativo, quien notificará la misma al grupo beneficiario.

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13 CONTABILIZACIÓN DE LA AYUDA

Los fondos que reciban los grupos en concepto de pagos a la ayuda de las submedidas 19.02.02 y 19.03, se registrarán en una cuenta contable específica del grupo, cuya denominación reflejará la la referencia al proyecto subvencionado y la participación de la Unión Europea (FEADER) y del Gobierno de Navarra, incluyendo el texto “PDR 2014-2020 (FEADER-GN”).

14. OTROS PROCEDIMIENTOS

14.1. Control a posteriori

Se procede según lo indicado en el correspondiente Plan de Controles de la submedida (para el año 2017: PC17OP081 “06.02.01, 06.04.01, 16.02.01, 19.01.01, 19.02.01, 19.03.01, 19.04.01 Operaciones SDR. 2017 Rev.1 de 20170522”, disponible en Portal temático del Organismo pagador en el Portal para la Gestión del Conocimiento del DRMAyAL).

14.2. Recursos

Los grupos de acción local, a la vista de las resoluciones emitidas, podrán interponer recurso de alzada ante la Consejera de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su notificación

14.3. Recuperación de pagos indebidos

En el caso de que el NEP del FEAGA-FEADER o el SDDR detecten que los grupos beneficiarios han recibido un pago irregular, se iniciará por parte del SDDR el proceso de recuperación correspondiente. Quedan exentos del procedimiento de recuperación las ayudas cofinanciadas por el FEADER cuya cuantía sea inferior a 100 euros de ayuda total.

14.4. Irregularidades

Si la cantidad a reintegrar a Fondos Europeos, FEAGA/FEADER, supera los 10.000 euros, y es debido a una causa imputable a la entidad beneficiaria, se trata de una irregularidad que se comunicará trimestralmente a la Sección de Coordinación junto con el resto de irregularidades producidas, quienes lo trasladarán al FEGA.

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ANEXO 1. NORMATIVA

1.1 NORMATIVA COMUNITARIA

1) Reglamento (UE) n ° 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al FEDER, al FSE, al Fondo de Cohesión, al FEADER y al FEMP, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al FEDER, al FSE, al Fondo de Cohesión y al FEMP, y se deroga el Reglamento (CE) n ° 1083/2006 del Consejo

2) Reglamento (UE) nº 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de

diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 1698/2005 del Consejo

3) Reglamento (UE) nº 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de

diciembre de 2013, sobre la financiación, gestión y seguimiento de la Política Agrícola Común, por el que se derogan los Reglamentos (CE) nº 352/78, (CE) nº 165/94, (CE) nº 2799/98, (CE) nº 814/2000, (CE) nº 1290/2005 y (CE) nº 485/2008 del Consejo.

4) Reglamento (UE) nº 1310/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de

diciembre de 2013, que establece disposiciones transitorias relativas a la ayuda al desarrollo rural a través del FEADER, modifica el Reglamento (UE) nº 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que atañe a los recursos y su distribución en el ejercicio 2014 y modifica el reglamento (CE) nº 73/2009 del Consejo y los Reglamentos (UE) nº 1307/2013, (UE) nº 1306/2013 y (UE) nº 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a su aplicación en 2014.

5) Reglamento de Ejecución (UE) nº 1011/2014 de la Comisión, de 22 de

septiembre de 2014, por el que se establecen normas detalladas para la aplicación del Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a los modelos para la presentación de determinada información a la Comisión y normas detalladas sobre los intercambios de información entre beneficiarios y autoridades de gestión, autoridades de certificación, autoridades de auditoría y organismos intermedios

6) Reglamento delegado (UE) nº 807/2014 de la Comisión, de 11 de marzo de

2014, que contempla el Reglamento (UE) nº 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del FEADER e introduce disposiciones transitorias.

7) Reglamento delegado (UE) nº 907/2014 de la Comisión, de 11 de marzo,

completa el Reglamento (UE) 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo relativo a los organismos pagadores y otros órganos, la gestión financiera, la liquidación de cuentas, las garantías y el uso del euro.

8) Reglamento de Ejecución UE nº 808/2014 de la Comisión, de 17-07-2014, por el

que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) nº

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1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del FEADER.

9) Reglamento de Ejecución UE nº 809/2014 de la Comisión, de 17-07-2014, por el

que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) nº 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo que se refiere al sistema integrado de gestión y control , las medidas de desarrollo rural y la condicionalidad.

10) Reglamento Delegado (UE) 791/2015 de la Comisión, de 27 de abril de 2015

que modifica el anexo I del Reglamento (UE) nº 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural.

11) Reglamento (CE) nº 1535/2007 de la Comisión, de 20 de diciembre, relativo a la

aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a ayudas de minimis en el sector de la producción de productos agrícolas.

12) Decisión de ejecución de la Comisión C (2015) 840 final, de 13 de febrero de

2015, por la que se aprueba el Marco Nacional de Desarrollo Rural de España para el periodo 2014-2020.

13) Decisión de ejecución c(2015) nº 8143 de la Comisión, de 18 de noviembre de

2015, por la que se aprueba el programa de desarrollo rural de la región de Navarra (España), a efectos de la concesión de ayudas del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural.

1.2 NORMATIVA ESTATAL

1) Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

2) Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público. 3) Acuerdo de Asociación 2014-2020, firmado entre España y la Comisión el 30 de

octubre de 2014, sobre la utilización de los fondos estructurales y de inversión de la UE para el crecimiento y el empleo.

4) Circular del FEGA, del MAGRAMA, nº 22/2015, sobre el Plan nacional de

controles de las medidas de desarrollo rural no establecidas en el ámbito del sistema integrado del periodo 2014-2020.

5) Circular del FEGA, del MAGRAMA, nº 23/2015, criterios para la aplicación de

reducciones, sanciones y exclusiones en las medidas de desarrollo rural no establecidas en el ámbito del sistema integrado del periodo 2014-2020.

6) Circula del FEGA, del MAGRAMA, nº 4/2016, sobre Plan nacional de controles

de las ayudas para el Desarrollo Rural Participativo (LEADER). 7) Circula del FEGA, del MAGRAMA, nº 6/2016, criterios para la elaboración de

Planes de Acción con objeto de reducir riesgos y errores en las medidas de desarrollo rural del periodo de programación 2014-2020.

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1.3 NORMATIVA FORAL

1) Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones y sus modificaciones: L. F 5/2014 de 14 de abril y L.F. 25/2014 de 2 de diciembre.

2) Ley Foral 6/2006, de 9 de junio de Contratos Públicos y sus modificaciones: L.F. 3/2013 de 25 de febrero, L.F.32/2013 de 31 de octubre, L.F 4/2014 de 18 de junio y L.F 1/2015 de 22 de enero.

3) Acuerdo del Gobierno de Navarra, de 27 de agosto de 2014, modificado por el Acuerdo del Gobierno de Navarra de 29 de abril de 2015, por el que se aprueba el Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad Foral de Navarra, 2014-2020.

4) Decreto Foral 7/2013, de 23 de enero, por el que se autoriza el Organismo Pagador de los gastos financiados por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) en la Comunidad Foral de Navarra, y se establece su organización y funcionamiento. (BON 26, de 7 de febrero de 2013).

5) Decreto Foral 78/2016, de 21 de septiembre, por el que se establece la estructura

orgánica del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local.

6) Resolución 158/2015, de 5 de marzo, del Director General de Desarrollo Rural,

por la que se aprueba el ámbito territorial de actuación de las EDLP (LEADER) en el marco del PDR 2014-2020

7) Resolución 185/2015 de 20 de marzo, del Director General de Desarrollo Rural, por la que se aprueba el Comité de selección de los GALs y de las EDLP en el marco del PDR 2014-2020

8) Resolución 272/2015 de 14 de abril, del Director General de Desarrollo Rural, por la que se aprueban las bases reguladoras de la convocatoria (anexo II) para la selección de los GALs.

9) Resolución 514/2015 de 13 de Julio, del Director General de Desarrollo Rural, de aprobación de los GALs en el marco del PDR 2014-2020

10) Resolución 203/2016 de 15 de febrero, del Director General de Desarrollo Rural Agricultura y Ganadería, de aprobación de las bases reguladoras de la convocatoria para la selección de las EDLP

11) Resolución 697/2016 de 23 de junio, del Director General de Desarrollo Rural, Agricultura y Ganadería de aprobación de las Estrategias de Desarrollo Local de los 4 Grupos de Acción Local.

12) Resolución 824/2016 de 9 de agosto del Director General de Desarrollo Rural, Agricultura y Ganadería, de aprobación del Convenio de colaboración entre el Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local y los 4 Grupos de Acción Local, para la implementación de sus EDLP (LEADER), en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Navarra 2014-2020.

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1.4 PROCEDIMIENTOS DEL ORGANISMO PAGADOR

- PT17OP003 Procedimiento de gestión y control de ayudas del FEADER No SIGC

- PT17OP005 Procedimiento para la moderación de costes

- PT17OP005 ANEXO II - Orientaciones UE medidas contra fraude.

- PT17OP010 Procedimiento para el seguimiento de las recomendaciones dadas por las distintas auditorias.

- PT17OP015 Procedimiento para la tramitación de expedientes (bases reguladoras, convocatorias y convenios) para la ejecución del PDR 2014-2020

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ANEXO 2.TIPOS DE ACCIÓN DE LOS CUATRO GRUPOS DE ACCIÓN LOCAL

2.1 LÍNEAS DE ACCIÓN DE ASOCIACIÓN CEDERNA-GARALUR

Acción Ayuda

Eje Línea Nº Descripción

Tipo de proyecto

Inversión auxiliable mínima (euros)

Porcentaje

Importe máximo (euros)

Focus area del

PDR 2014-2020

No productivo 70,00% 50.000,00 1.1.1 Accesibilidad a las TIC, sensibilización y aprendizaje de TIC

Productivo 5.000,00

30,00% 50.000,00 6C

No productivo 70,00% 50.000,00

1.1. Mejora en las comunicaciones en zonas rurales 1.1.2 Mejorar la accesibilidad en el territorio y favorecer un uso sostenible del transporte

Productivo 10.000,00

30,00% 50.000,00 6A, 6B

No productivo 70,00% 50.000,00 1.2.1 Dinamización social y cultural, espacios culturales multiusos

Productivo 10.000,00

30,00% 50.000,00 6B

No productivo 70,00% 50.000,00 1.2.2 Actuaciones sociales: voluntariado, atención bilingüe, accesibilidad a información de

Ayuntamientos Productivo 10.000,00

30,00% 50.000,00 6A, 6B

No productivo 70,00% 50.000,00 1.2.3 Acciones innovadoras para garantizar los servicios básicos

Productivo 10.000,00

30,00% 50.000,00 1A

No productivo 70,00% 50.000,00 1.2.4 Dinamización de cascos históricos

Productivo 15.000,00

30,00% 50.000,00 6B

No productivo 70,00% 50.000,00 1.2.5 Actuaciones de apoyo a la conciliación e integración de colectivos desfavorecidos y/o

en riesgo de exclusión social y actuaciones de integración de perspectiva de género Productivo 5.000,00

30,00% 50.000,00 6B

1. Mantenimiento y consolidación de la población

1.2. Garantizar servicios de calidad

1.2.6 Intercambio de experiencias y participación de agentes del territorio No productivo 10.000,00 70,00% 50.000,00 6B No productivo 70,00% 50.000,00

2.1.1 Creación de servicios de transformación, mejora de la calidad y la gestión de recursos y promoción de soluciones conjuntas a problemáticas del sector Productivo

15.000,00 30,00% 50.000,00

1A

No productivo 70,00% 50.000,00 2.1.2 Diversificación y promoción del sector vinculado a otras actividades económicas

Productivo 5.000,00

30,00% 50.000,00 6A

No productivo 70,00% 50.000,00 2.1.3 Puesta en marcha de acciones para desarrollar la venta y consumo en circuito corto

de productos agrarios, ganaderos y alimentarios Productivo 10.000,00

30,00% 50.000,00 3A

2.1.4 Redes de cooperación y asociacionismo No productivo 5.000,00 70,00% 50.000,00 1A No productivo 70,00% 50.000,00

2.1. Favorecer la competitividad, innovación y comercialización en el sector primario

2.1.5 Apoyo a la producción, elaboración, distribución y el consumo ecológico, las variedades autóctonas y la agroecología Productivo

15.000,00 30,00% 50.000,00

6B, 3A

No productivo 70,00% 50.000,00

2. Desarrollo del sector primario y silvicultura

2.2. Promoción y difusión para la consolidación del

2.2.1 Sensibilización, promoción y difusión de productos locales, productos agroalimentarios innovadores y forestales, de buenas prácticas y de proyectos ejemplares Productivo

10.000,00 30,00% 50.000,00

6B, 3A

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Unión Europea FEADER

Sección de Diversificación RuralC/ González Tablas 9

31005 PAMPLONATfno.: 848 426 368

Acción Ayuda

Eje Línea Nº Descripción

Tipo de proyecto

Inversión auxiliable mínima (euros)

Porcentaje

Importe máximo (euros)

Focus area del

PDR 2014-2020

sector 2.2.2 Formación y asesoramiento, apoyo para la comercialización y marketing No productivo 5.000,00 70,00% 50.000,00 1A, 2A No productivo 70,00% 50.000,00

3.1.1 Explotación sostenible del patrimonio natural Productivo

15.000,00 30,00% 50.000,00

P4, 6B 3.1. Explotación eficiente de los recursos naturales 3.1.2 Sensibilización de la explotación y gestión forestal y educación ambiental No productivo 5.000,00 70,00% 50.000,00 6A, 6B

No productivo 70,00% 50.000,00 3.2.1 Asesoramiento en materia de energías renovables y proyectos demostrativos

Productivo 15.000,00

30,00% 50.000,00 5C, 6B

3.2.2 Planes de gestión colectiva del patrimonio natural para un aprovechamiento eficiente y sostenible de los recursos naturales No productivo 10.000,00 70,00% 50.000,00 5C, 6B

No productivo 70,00% 50.000,00

3. Uso sostenible y explotación eficiente de recursos naturales

3.2. Aprovechamiento de los recursos naturales y utilización de energías renovables

3.2.3 Promoción del ahorro y la eficiencia energética en el ámbito empresarial, fomento de fuentes renovables de energía, subproductos, desechos y residuos Productivo

10.000,00 30,00% 50.000,00

5C, 6B

No productivo 70,00% 50.000,00 4.1.1 Formación y sensibilización sobre el patrimonio para desarrollar una cultura positiva

hacia el turismo Productivo 5.000,00

30,00% 50.000,00 6B

No productivo 70,00% 50.000,00

4.1. Valorización de los productos y los recursos del territorio 4.1.2 Iniciativas innovadoras de conservación, recuperación y valorización de los recursos

del patrimonio cultural, arquitectónico y natural Productivo 15.000,00

30,00% 50.000,00 6B

No productivo 70,00% 50.000,00 4.2.1 Plan de turismo sostenible, estrategia de turismo del territorio y promoción del

turismo Productivo 15.000,00

30,00% 50.000,00 6B

No productivo 70,00% 50.000,00

4.2. Desarrollo del turismo coordinado y sostenible 4.2.2 Desarrollo de herramientas innovadoras de difusión y comercialización de oferta

turística, de comercio y de patrimonio Productivo 10.000,00

30,00% 50.000,00 6A, 6B

No productivo 70,00% 50.000,00 4.3.1 Dinamización comercial, distribución y abastecimiento, diversificación de canales de

venta y valorización de productos agrarios y silvícolas Productivo 5.000,00

30,00% 50.000,00 6A, 6B

No productivo 70,00% 50.000,00 4.3.2 Sensibilización hacia la compra local y plan de apoyo a la artesanía

Productivo 10.000,00

30,00% 50.000,00 3A, 6B

4. Desarrollo del sector servicios y valorización del patrimonio

4.3. Nuevas iniciativas y consolidación del comercio local y la artesanía 4.3.3 Formación al sector Formación 10.000,00 70,00% 50.000,00 6B

5.1.1 Cooperación empresarial y creación de redes No productivo 5.000,00 70,00% 50.000,00 6A, 6B No productivo 70,00% 50.000,00

5.1. Fortalecimiento y consolidación del sector

5.1.2 Diversificación y apertura de nuevos canales y mercados Productivo

10.000,00 30,00% 50.000,00

6A, 6B

No productivo 70,00% 50.000,00 5.2.1 Creación de empresas y promoción y apoyo al emprendimiento

Productivo 10.000,00

30,00% 50.000,00 6A, 6B

No productivo 70,00% 50.000,00 5.2.2 Equipamientos para el emprendimiento y aprovechamiento de infraestructuras

(polígonos) Productivo 15.000,00

30,00% 50.000,00 6A, 6B

5. Fortalecimiento del sector industrial e impulso de creación de empresas y empleo

5.2. Formación y creación de empleo

5.2.3 Formación Formación 5.000,00 70,00% 50.000,00 6A, 6B

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2.2 LÍNEAS DE ACCIÓN DEL CONSORCIO EDER

Ayuda

Objetivo Línea Descripción Tipo de proyecto

Inversión auxiliable

mínima (euros) Porcentaje Importe máximo (euros)

Focus área PDR 2014-2020

NP 80,00% 1.1 Creación de empleo y creación /diversificación de Pymes innovadoras y sostenibles

P 25.000,00

40,00% 50.000,00 6a/6b

NP 80,00% 1.Creación y mantenimiento de empleo

1.2 Fomento del emprendimiento y espíritu empresarial y consolidación de empresas P

15.000,00 40,00%

30.000,00 6a/6b

NP 80,00% 2.1 Promoción sector agroalimentario, transformación y comercialización para mejorar

productividad y mantener actividad tradicional P 20.000,00

40,00% 25.000,00 6a/6b/2a

NP 80,00% 2.2 Contribución a la innovación en la cadena de valor agroalimentaria artesanal de

productos locales P 10.000,00

40,00% 40.000,00 6a/6b

NP 80,00% 2.3 Organización de la promoción y distribución colectiva de productos locales alimentarios

P 10.000,00

40,00% 50.000,00 6a/6b/3a

NP 80,00%

2. Promoción producción local del sector agroalimentario, diversificación de productores y transición a actividades agrarias y ecológicas

2.4 Dinamización del patrimonio agrícola vinculado a otras actividades económicas y sociales P

15.000,00 40,00%

15.000,00 6b

3.1 Mejora de eficiencia energética en infraestructuras públicas y uso de fuentes renovables de energía NP 10.000,00 80,00% 40.000,00 6b/5c

3.2 Mejora de eficiencia energética en PYMES y micropymes y uso de fuentes renovables de energía P 25.000,00 40,00% 50.000,00 6a/6b

NP 80,00% 3.3 Mejorar eficiencia en recursos hídricos locales

P 40.000,00

40,00% 50.000,00 6b/P4

3.4 Creación de empresas en EFE, energías renovables y eficiencia hídrica P 10.000,00 40,00% 10.000,00 6a/6b

NP 80,00%

3.Mejora de eficiencia energética y uso de energía renovable

3.5 Impulsar aprovechamiento de residuos agrícolas, forestales y jardinería para generación de energía térmica P

15.000,00 40,00%

20.000,00 6a/6b/5c

NP 80,00% 4.1 Promoción y articulación del territorio como destino sostenible. Ordenación y

valorización de la oferta P 21.000,00

40,00% 60.000,00 6a/6b

NP 80,00% 4. Configuración del territorio como destino

4.2 Desarrollo, creación y consolidación de empresas turísticas P

50.000,00 40,00%

30.000,00 6a/6b

NP 80,00% 4.3 Actuaciones planificadas y priorizadas en planes de desarrollo de producto turístico

P 25.000,00

40,00% 50.000,00 6a/6b

Turístico sostenible

4.4 Difusión y promoción de la oferta turística territorial NP 25.000,00 80,00% 15.000,00 6a/6b

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Ayuda

Objetivo Línea Descripción Tipo de proyecto

Inversión auxiliable

mínima (euros) Porcentaje Importe máximo (euros)

Focus área PDR 2014-2020

P 40,00% 5.1 Contribución a la integración social NP 10.000,00 80,00% 10.000,00 6b

NP 80,00% 5.2 Desarrollo de servicios no cubiertos y equipamiento para su puesta en marcha

P 25.000,00

40,00% 20.000,00 6a/6b

5.3 Impulsar movilidad sostenible NP 5.000,00 80,00% 30.000,00 6b NP 80,00%

5.4 Embellecimiento y rehabilitación de espacios urbanos P

15.000,00 40,00%

20.000,00 6a/6b

5. Mejora de cohesión e integración social y calidad de vida

5.5 Facilitar prevención de riesgo de inundación NP 30.000,00 80,00% 40.000,00 6b/P4 6.1 Valorización del patrimonio natural NP 20.000,00 80,00% 75.000,00 6b/P4

NP 80,00% 6.2 Rehabilitación y valorización del patrimonio arquitectónico

P 25.000,00

40,00% 100.000,00 6b

6.3 Conservación y difusión del patrimonio cultural NP 25.000,00 80,00% 20.000,00 6b/1b

6. Promover cultura de valorización y conservación del patrimonio rural

6.4 Difusión, promoción y comunicación cultural NP 10.000,00 80,00% 25.000,00 6b/1a

7.1 Formación en ámbito económico NP 12.000,00 80,00% 10.000,00 6b/1c 7. Promoción de la información y la educación en valores y conocimiento 7.2 Formación para sostenibilidad e integración NP 12.000,00 80,00% 10.000,00 6b/1a

8.1 Fortalecer la unidad territorial, participación ciudadana y la gobernanza local NP 15.000,00 80,00% 15.000,00 6b/6c 8.2 Fomentar generación de redes de trabajo colaborativo NP 5.000,00 80,00% 5.000,00 6b/1a

NP 80,00% 8.3 Proyección comarcal

P 5.000,00

40,00% 5.000,00 6ª/6b

8. Fortalecimiento de la unidad territorial, promoviendo trabajo en red, cooperación e integración

8.4 Difusión y promoción comarcal NP 25.000,00 80,00% 20.000,00 6b

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2.3 LÍNEAS DE ACCIÓN DE ASOCIACIÓN TEDER

Acción Ayuda Eje Línea

Nº Descripción Tipo de proyecto

Inversión auxiliable mínima (euros) Porcentaje

Importe máximo (euros)

Focus area del PDR

2014-2020

No productivo 40.000,00 1.1.1

Inversiones municipales para ahorro, eficiencia energética y uso renovables No productivo (excepcional)

15.000,00 70,00% 150.000,00

6B

1.1 Ahorro, efe y promoción de energías renovables en entidades locales y PYMES 1.1.2

Inversiones en empresas distintas a agricultura, ganadería e industria agroalimentaria que mejoren energéticamente procesos productivos y/o prestaciones

Productivo 15.000,00 30,00% 20.000,00 6A/6Bb

No productivo 95.000,00 1.2 Promoción y uso de biomasa forestal 1.2.1

Inversiones para aprovechamiento de biomasa forestal en el territorio por entidades locales No productivo (excepcional)

- 70,00% 150.000,00

5C/6B

No productivo 5.000,00

1. Fomento del ahorro y eficiencia energética y promoción e.renovables

1.3 Formación y asesoramiento para el ahorro y eficiencia energética, economía circular y

1.3.1 Formación y asesoramiento para el ahorro y eficiencia energética, economía circular y ecoinnovación No productivo (excepcional)

4.000,00 70,00% 150.000,00

6A/6B

2.1 Favorecer circuitos cortos 2.1.1

Inversiones puesta en marcha de venta y consumo en circuito corto de producto agrario, ganadero y alimentario

Productivo 10.000,00 30,00% 30.000,00 3A/6B

2.2 Favorecer competitividad de productos agrarios y agroalimentarios de calidad y puesta en marcha de nuevas iniciativas

2.2.1

Inversiones que favorezcan competitividad de productos agrarios y agroalimentarios de calidad y puesta en marcha nuevas iniciativas

Productivo 5.000,00 30,00% 20.000,00 6A/6B

Productivo 30,00% 15.000,00

No productivo 15.000,00 2.3.1

Promoción y difusión de productos locales de calidad, agroecología y productos agroalimentarios innovadores No productivo (excepcional)

10.000,00 70,00%

150.000

3A/6B

No productivo 5.000,00

2. Mejora de competitividad y sostenibilidad en producción de alimentos

2.3 Promoción y difusión para favorecer empleo en sector agrario, ganadero, agroalimentario y forestal

2.3.2 Formación y asesoramiento para mejora del sector agrario, ganadero y agroalimentario incluyendo forestal No productivo (excepcional)

4.000,00 70,00% 150.000,00

1C/6B

3. Contribución a la oferta turística

3.1 Mejora de oferta turística vinculada al medio natural

3.1.1 Reordenación recorridos naturales, incluyendo rutas de largo recorrido y

No productivo 10.000,00 70,00% 30.000,00 6B

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Acción Ayuda

Eje Línea Nº Descripción

Tipo de proyecto Inversión auxiliable mínima (euros) Porcentaje

Importe máximo (euros)

Focus area del PDR

2014-2020

No productivo (excepcional) 150.000,00

No productivo 60.000,00 3.1.2

Regulación usos medio natural y creación productos turísticos vinculados al patrimonio natural No productivo (excepcional)

10.000,00 70,00% 150.000,00

6B

No productivo 30.000,00 3.1.3 Turismo, gastronomía y producto

agroalimentario No productivo (excepcional)10.000,00 70,00%

150.000,00 6B

No productivo 25.000,00 3.2 Mejora de oferta turística vinculada al patrimonio cultural y arquitectónico

3.2.1 Puesta en valor recursos culturales que amplíen oferta turística No productivo (excepcional)

10.000,00 70,00% 150.000,00

6B

3.3 Creación y mejora de pymes turísticas 3.3.1 Puesta en marcha y mejora PYMES

turísticas Productivo 25.000,00 30,00% 60.000,00 6A/6B

No productivo 5.000,00 3.4 Formación y asesoramiento para mejora del sector turístico y comercial

3.4.1 Formación y asesoramiento para mejora del sector turístico y comercial No productivo (excepcional)

4.000,00 70,00% 150.000,00

6A/6B

No productivo 40.000,00 4.1 Inversiones colectivas para fomentar actividad empresarial y comercial

4.1.1 Inversiones colectivas para generación de actividad empresarial y comercial No productivo (excepcional)

10.000,00 70,00% 150.000,00

6A/6B/6C 4. Generación de empresas, actividad económica y de servicios

4.2 Inversiones para puesta en marcha de empresas no agrarias, ganaderas,

4.2.1 Creación empresas no agrarias, ganaderas, agroalimentarias y/o turísticas

Productivo 25.000,00 30,00% 50.000,00 6A/6B

No productivo 30.000,00 Reordenación recorridos naturales, incluyendo rutas de largo recorrido y recorridos didácticos No productivo (excepcional)

10.000,00 70,00% 150.000,00

6B

No productivo 60.000,00 Regulación usos medio natural y creación productos turísticos vinculados al patrimonio natural No productivo (excepcional)

10.000,00 70,00% 150.000,00

6B

No productivo 30.000,00

5.1 Mejora de espacios naturales para aprovechamiento sostenible

5.1.1 (Línea 3.1)

Turismo, gastronomía y producto agroalimentario No productivo (excepcional)

10.000,00 70,00% 150.000,00

6B

No productivo 30.000,00 5.2.1 Rehabilitación y puesta en valor patrimonio arquitectónico No productivo (excepcional) 15.000,00 70,00% 150.000,00 6B

No productivo 10.000,00 No productivo (excepcional)

70,00% 150.000,00

5. Puesta en valor y conservación del patrimonio natural y cultural

5.2 Rehabilitación y puesta en valor del patrimonio arquitectónico y valorización del patrimonio cultural 5.2.2 Recuperación de patrimonio cultural

Productivo5.000,00

30,00% 5.000,006B

No productivo 30.000,00 6.1.1 Puesta en marcha y mejora de

espacios culturales y de ocio No productivo (excepcional)5.000,00 70,00%

150.000,00 6B

6. Facilitar acceso a servicios básicos, igualdad, ocio y cultura

6.1 Creación y mejora de espacios culturales, de ocio y servicios a la población

6.1.2 Inversiones para servicios a la Productivo 10.000,00 30,00% 50.000,00 6B

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31005 PAMPLONATfno.: 848 426 368

Acción Ayuda

Eje Línea Nº Descripción

Tipo de proyecto Inversión auxiliable mínima (euros) Porcentaje

Importe máximo (euros)

Focus area del PDR

2014-2020

No productivo 70.000,00 población rural y personas dependientes

No productivo (excepcional)70,00%

150.000,00

No productivo 6.000,00 6.2 Programación de actividades de ocio, cultura y deporte

6.2.1 Programación de actividades de ocio, cultura y deporte en la comarca No productivo (excepcional)

5.000,00 70,00% 150.000,00

6B

No productivo 20.000,00 6.3 Mejora de la accesibilidad a servicios públicos y privados 6.3.1

Eliminación barreras arquitectónicas y accesibilidad servicios públicos, patrimonio natural y arquitectónico y No productivo (excepcional)

5.000,00 70,00% 150.000,00

6B

No productivo 5.000,00 6.4 Formación y asesoramiento para servicios de proximidad a la población y

6.4.1 Formación y asesoramiento para servicios de proximidad a la población y formación para el empleo No productivo (excepcional)

4.000,00 70,00% 150.000,00

6A/6B

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2.4 LÍNEAS DE ACCIÓN DE ZONA MEDIA DE NAVARRA

Ayuda

Objetivo Acción Descripción Tipo de proyecto Porcen

taje Importe máximo (euros)

Focus area del

PDR 2014-2020

1.1 Colaboración, intercambio y transparencia de conocimiento entre EELL-Territorio NP 70% 100.000,00 1a/6b 1. Mejorar gobernanza local para promover identidad territorial 1.2 Impulso de la participación de la ciudadanía en el desarrollo sostenible del territorio NP 70% 100.000,00 6b

2.1 Empoderamiento de mujeres en medio rural y sensibilización en prevención de violencia de género NP 70% 100.000,00 6b 2. Impulso de igualdad mujeres-

hombres 2.2 Facilitar conciliación corresponsable NP 70% 100.000,00 6b

30% 3.1 Generación de empleo especialmente personas desfavorecidas P

35% 100.000,00 6a/6b

3.2 Adaptación oferta formativa a necesidades económicas NP 70% 100.000,00 6a/6b 30%

P 35%

100.000,00 3.3 Incentivar y diversificar actividad turística

NP 70% 100.000,00 6a/6b

30% P

35% 100.000,00

3.4 Mejorar competitividad y sostenibilidad en la producción de alimentos NP 70% 100.000,00

6a/6b

30% P

35% 100.000,00

3.5 Impulsar competitividad de empresas NP 70% 100.000,00

6a/6b

30% P

35% 100.000,00

3.6 Diversificar economía rural mediante apoyo a Pymes, emprendimiento e innovación

NP 70% 100.000,00

6a/6b

30% P

35% 100.000,00

3. Generación de actividad económica y empleo

3.7 Mejorar la conservación, interpretación y dinamización del patrimonio natural y cultural NP 70% 100.000,00

6a/6b

30% P

35% 100.000,00

4.1 Impuso de la economía circular NP 70% 100.000,00

3a/6b

30%

4. Apoyo a la sostenibilidad ambiental

4.2 Visibilizar e incentivar la producción y elaboración ecológica P

35% 100.000,00

3a/6b

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31005 PAMPLONATfno.: 848 426 368

Ayuda

Objetivo Acción Descripción Tipo de proyecto Porcen

taje Importe máximo (euros)

Focus area del

PDR 2014-2020

NP 70% 100.000,00 30%

P 35%

100.000,00 4.3 Impulsar transporte público comarcal garantizando sostenibilidad ambiental

NP 70% 100.000,00 6b

30% P

35% 100.000,00

4.4 Apoyar la producción y el consumo sostenible y/o ecológico NP 70% 100.000,00

3a/6b

30% P

35% 100.000,00

4.5 Impulsar ahorro y EEFF en Pymes , EELL y hogares NP 70% 100.000,00

5b/6a/6b

30% P

35% 100.000,00

4.6 Apoyo y consolidación a energías renovables NP 70% 100.000,00

5b/6a/6b

30% P

35% 100.000,00

5.1 Adecuar recursos y servicios a necesidades de la población NP 70% 100.000,00

6b/6c

30% P

35% 100.000,00

5.2 Oferta de ocio, deporte y tiempo libre variada, de calidad y adaptada NP 70% 100.000,00

6b/6c

30% P

35% 100.000,00

5.3 Disminución de la pobreza y exclusión social NP 70% 100.000,00

6b/6c

5. Incrementar calidad de vida en el medio rural

5.4 Promover e incentivar emprendizaje social entre la ciudadanía NP 70% 100.000,00 6b/6c

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ANEXO 3. PLANTILLAS UTILIZADAS EN EL PROCEDIMIENTO

Para la tramitación de estas ayudas se dispone de las siguientes plantillas, según la fase del procedimiento:

1. Fase Solicitud de Aceptación de gasto:

i. PL17OP107_001_00_Solicitud de Aceptación de gasto

ii. PL17OP107_001_01_Memoria Descriptiva

iii. PL17OP107_001_02_DeclaraciónAdjudicación

2. Fase Concesión:

iv. PL17OP107_002_Acta No inicio

v. PL17OP107_004_01_Declaración transparencia

3. Fase Solicitud de Pago:

vi. PL17OP107_006_Solicitud de pago

vii. PL17OP107_006_01_PartesTrabajo EDLP_Coop

viii. PL17OP107_006_02_Memoria Ejecución Proyecto EDLP_Coop

ix. PL17OP107_006_0342_CertificadoAdjudicación EDLP_Coop

4. Fase Pago

x. PL17OP107_007_Acta fin de inversión

5. Otros:

xi. PL17OP107_000_01_Renuncia

xii. PL17OP107_000_02_Plantilla Subsanación

xiii. PL17OP107_005_Modificación Solicitud Ayuda

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ANEXO 4. LISTA DE CONTROL

Se incluye en los siguientes documentos anexos:

• Anexo 4.1. PL17OP107_003_Informe Elegibilidad – Viabilidad (Lista de control: concesión)

• Anexo 4.2. PL17OP107_004_Informe Subvencionabilidad (Lista de control: concesión)

• Anexo 4.3. PL17OP107_009_PropuestaPago_SDR (Lista de control: pago)

• Anexo 4.4 PL17OP107_008_01_Adjudicación_Lista_Control_Pago

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Anexo 4.1. PL17OP107_003_Informe Elegibilidad – Viabilidad (Lista de control: concesión)

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Anexo4.2. PL17OP107_004_Informe Subvencionabilidad (Lista de control: concesión)

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Anexo 4.3. PL17OP107_009_PropuestaPago_SDR (Lista de control: pago)

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Anexo 4.4. PL17OP107_008_01_Adjudicación_Lista_Control_Pago