bachillerato

36
BACHILLERATO

Upload: estebanbelloso

Post on 18-Jun-2015

8.272 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: Bachillerato

BACHILLERATO

Page 2: Bachillerato

ÍNDICEBACHILLERATO.........................................................................................................................................11. INFORMACIÓN GENERAL...............................................................................................................3

1.1 ACCESO.........................................................................................................................................31.2 TIPOS o REGIMENES...................................................................................................................31.3 TITULACIÓN.................................................................................................................................31.4 CRITERIOS DE ADMISIÓN.........................................................................................................41.5 FECHAS DE PREINSCRIPCIÓN Y MATRÍCULA (curso 2010- 2011)......................................41.6 SALIDAS POSTERIORES.............................................................................................................4

2 BACHILLERATO ORDINARIO.........................................................................................................52.1 MODALIDADES VÍAS.................................................................................................................52.2 PERMANENCIA............................................................................................................................52.3 MATERIAS.....................................................................................................................................5

2.3.1 MATERIAS DE COMUNES................................................................................................52.3.2 MATERIAS DE MODALIDAD DE HUMANIDADES Y CIENCIAS SOCIALES.........62.3.3 MATERIAS DE MODALIDAD DE CIENCIAS Y TECNOLOGÍA.................................72.3.4 MATERIAS DE MODALIDAD DE ARTES......................................................................82.3.5 OPTATIVAS.........................................................................................................................92.3.6 MATERIAS DE CARÁCTER PROGRESIVO....................................................................9

2.4 CAMBIO DE MODALIDAD.......................................................................................................102.5 PROMOCIÓN...............................................................................................................................102.6 TITULACIÓN...............................................................................................................................102.7 CENTROS EN CASTILLA Y LEÓN (curso 2009- 2010)...........................................................112.8 ADMISIÓN...................................................................................................................................112.9 FECHAS DE PREINSCRIPCIÓN Y MATRÍCULA (curso 2010- 2011)....................................11

3 BACHILLERATO NOCTURNO.......................................................................................................123.1 REQUISITOS................................................................................................................................123.2 ORGANIZACIÓN: MODELOS A y B........................................................................................123.3 MOVILIDAD ENTRE LOS MODELOS A Y B..........................................................................123.4 MOVILIDAD ENTRE LOS DIFERENTES BACHILLERATOS...............................................133.5 PROMOCIÓN DEL ALUMNADO..............................................................................................133.6 TITULACIÓN...............................................................................................................................133.7 CENTROS en CASTILLA Y LEÓN (curso 2009-2010)............................................................143.8 FECHAS DE PREINSCRIPCIÓN Y MATRÍCULA CURSO 2010-2011:.................................14

4 BACHILLERATO A DISTANCIA....................................................................................................154.1 MATRÍCULA Y PROMOCIÓN..................................................................................................154.2 PERMANENCIA y MOVILIDAD ENTRE LOS DIFERENTES BACHILLERATOS..............154.3 TITULACIÓN...............................................................................................................................154.4 CENTROS EN CASTILLA Y LEÓN (curso 2009- 2010)...........................................................164.5 FECHAS DE MATRÍCULA CURSO 2009-2010:.......................................................................16

5 BACHILLERATO y ENSEÑANZAS PROFESIONALES DE MÚSICA, DANZA.........................176 BACHILLERATO Y ESTUDIOS UNIVERSITARIOS....................................................................18

6.1 ADSCRIPCIÓN BACHILLERATO A LAS RAMAS UNIVERSITARIAS...............................186.2 PONDERACIONES MATERIAS BACHILLERATO GRADOS UNIVERSITARIOS............20

7 BACHILLERATO y ACCESO a CICLOS FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR....................218 PREMIOS y BECAS...........................................................................................................................22

8.1 PREMIOS......................................................................................................................................228.1.1 PREMIOS EXTRAORDINARIOS DE BACHILLERATO...............................................22

8.2 BECAS..........................................................................................................................................228.2.1 MATERIAL ESCOLAR, TRANSPORTE ESCOLAR Y RESIDENCIA DEL MINISTERIO......................................................................................................................................228.2.2 TRANSPORTE ESCOLAR Y RESIDENCIA DE LA JUNTA.........................................22

9 NORMATIVA (por orden cronológico)..............................................................................................239.1 NORMATIVA BÁSICA...............................................................................................................239.2 NORMATIVA CASTILLA Y LEÓN...........................................................................................239.3 NORMATIVA PREMIOS Y BECAS..........................................................................................24

Documento actualizado a fecha de 3 de febrero de 2010 2

Page 3: Bachillerato

BACHILLERATO

1. INFORMACIÓN GENERAL

El Bachillerato comprende dos cursos académicos (de 16 a 18 años). No tiene carácter obligatorio.

Su finalidad es proporcionar a los estudiantes formación, madurez intelectual y humana, así como los conocimientos y habilidades que les permiten desempeñar sus funciones sociales e incorporarse a la vida activa con responsabilidad y competencia.

1.1 ACCESO

Los alumnos podrán acceder al primer curso siempre que se encuentren en posesión de alguno de los siguientes Títulos:

- Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.

- Título de técnico, tras cursar la FP de Grado Medio.

- Título de Técnico Deportivo, tras cursar las enseñanzas deportivas de Grado Medio.

- Título de Técnico de Artes Plásticas y diseño, tras cursar los ciclos de Grado Medio de las enseñanzas de Artes Plásticas y Diseño.

1.2 TIPOS o REGIMENES

Se puede cursar en régimen ordinario o diurno, nocturno y a distancia.

1.3 TITULACIÓN

Al finalizar el 2º curso de Bachillerato, en cualquiera de sus tipos, el alumnado que haya aprobado todas las materias obtendrá el título de Bachiller.

El título de Bachiller da acceso a los estudios de:- Ciclos Formativos de Grado Superior de Formación Profesional.- Universidad: Títulos de Grado.

Documento actualizado a fecha de 3 de febrero de 2010 3

Page 4: Bachillerato

1.4 CRITERIOS DE ADMISIÓN

Cuando no existieran plazas suficientes para atender a todas las solicitudes se aplicará el siguiente baremo según (Decreto 8/2007, de 25 de enero, y orden EDU/133/2007 de 1 de febrero):

Proximidad al domicilio: área de influencia, 5 puntos; área limítrofe, 2 puntos. Hermanos matriculados en el centro o padres o tutores trabajando en el centro:

primer hermano, 5 puntos; por cada uno de los siguientes, 3 puntos; padres o tutores trabajando en el centro: 5 puntos.

Renta anual de la unidad familiar: inferior o igual IPREM 0,5 puntos. Discapacidad: alumno, 1 punto; alguno de sus padres, tutores o hermanos, 0,5 puntos

por cada uno (máximo 1 punto). Máximo 2 puntos a computar. Familia numerosa: general, 1 punto; especial, 1,5 puntos Admisión en Bachillerato. Expediente académico de 3º ESO: la nota media

expresada con un decimal. Otra circunstancia objetiva y justificada establecida por el Consejo Escolar y

autorizada por la Dirección Provincial de Educación: 0,75 puntos. Criterios de desempate: mayor puntuación obtenida, por este orden, en el apartado

de hermanos matriculados, padres trabajando en el centro, proximidad, discapacidad, nota media en el expediente (en el caso del Bachillerato), renta, familia numerosa, otra circunstancia establecida por el Consejo Escolar. De mantenerse el empate, se realizará un sorteo público

1.5 FECHAS DE PREINSCRIPCIÓN Y MATRÍCULA (curso 2010- 2011)

- Reserva plaza: 3- 10 febrero de 2010

- Libre elección de centro: 24 marzo -13 abril de 2010

- Matricula periodo ordinario: 28 junio- 9 julio de 2010

- Matricula periodo extraordinario: 1 – 7 septiembre de 2010

1.6 SALIDAS POSTERIORES

Documento actualizado a fecha de 3 de febrero de 2010 4

Page 5: Bachillerato

2 BACHILLERATO ORDINARIO

El alumnado de Bachillerato ordinario puede optar entre tres modalidades, organizadas de forma flexible. En la modalidad de Artes, además, podrá optar entre dos vías diferentes.

2.1 MODALIDADES VÍAS

Artes: vías- Artes plásticas, imagen y diseño.- Artes escénicas, música y danza

Ciencias y Tecnología Humanidades y Ciencias Sociales

2.2 PERMANENCIA

En régimen ordinario el máximo de tiempo de permanencia son 4 años

2.3 MATERIAS

En cada modalidad se imparten tres tipos de materias:- Comunes- De modalidad- Optativas

La estructura del primer curso de Bachillerato es la siguiente:

2.3.1 MATERIAS DE COMUNES

MATERIAS COMUNES OBLIGATORIAS PRIMER CURSO(Obligatorias)

SEGUNDO CURSO(Obligatorias)

- Lengua castellana y literatura I 3 - Lengua castellana y literatura II

4

- Lengua extranjera I 3 - Lengua extranjera II 3- Filosofía y ciudadanía 3 - Historia de la Filosofía 3- Ciencias para el mundo

contemporáneo 2 - Historia de España 4

- Educación física 2- Religión/ Alternativa 2

Documento actualizado a fecha de 3 de febrero de 2010 5

Page 6: Bachillerato

2.3.2 MATERIAS DE MODALIDAD DE HUMANIDADES Y CIENCIAS SOCIALES (cursar 3 en cada curso)

MATERIAS DE MODALIDAD DE HUMANIDADES Y CIENCIAS SOCIALES

PRIMER CURSO(Cursar 3)

SEGUNDO CURSO(cursar 3)

Griego I4

Hª del Arte 4

Latín I4

Latín II 4

Economía4

Griego II 4

Historia del mundo contemporáneo*4

Geografía4

Matemáticas aplicadas a las ciencias sociales I

4Matemáticas aplic. a las CC. Sociales II

4

Literatura Universal4

Economía de la empresa4

* En la modalidad humanidades y ciencias sociales, todos los alumnos cursarán obligatoriamente en primer curso Historia del mundo contemporáneo

OPTATIVAS

Materias optativas de 1º bachillerato comunes para todas las modalidades de bachillerato: Segunda lengua extranjera I, Tecnologías de la información y la comunicación.

Materias optativas de 1º bachillerato comunes para las modalidades de Humanidades y Ciencias Sociales; y de Ciencias y Tecnología: Psicología, Historia de la música, Estadística aplicada.

Materias optativas de 2º bachillerato comunes para todas las modalidades de bachillerato: Segunda lengua extranjera II

Materia optativa 2º bachillerato específica Modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales: Fundamentos de la Administración y Gestión.

También se pueden cursar como optativas, materias de modalidad, ya sea de la modalidad elegida o de una modalidad, según posibilidades del centro.

Documento actualizado a fecha de 3 de febrero de 2010 6

Page 7: Bachillerato

2.3.3 MATERIAS DE MODALIDAD DE CIENCIAS Y TECNOLOGÍA (cursar 3 en cada curso)

MATERIAS DE MODALIDAD DE CIENCIAS Y TECNOLOGÍA

PRIMER CURSO(Cursar 3)

SEGUNDO CURSO(cursar 3)

Matemáticas I * 4 Matemáticas II 4

Física y química* 4 Química 4

Biología y geología 4 Física 4

Dibujo técnico I 4 Biología 4

Tecnología industrial I 4 Dibujo Técnico II4

Ciencias de la tierra y medioambientales4

Tecnología Industrial II4

Electrotecnia 4

* En la modalidad Ciencias y Tecnología, todos los alumnos cursarán obligatoriamente en primer curso Matemáticas I y Física y Química.

Materias optativas de 1º bachillerato comunes para todas las modalidades de bachillerato: Segunda lengua extranjera I, Tecnologías de la información y la comunicación.

Materias optativas de 1º bachillerato comunes para las modalidades de Humanidades y Ciencias Sociales; y de Ciencias y Tecnología: Psicología, Historia de la música, Estadística aplicada.

Materia optativa de 1º bachillerato específica Modalidad de Ciencias y Tecnología: Fundamentos de electrónica.

Materias optativas de 2º bachillerato comunes para todas las modalidades de bachillerato: Segunda lengua extranjera II

Materia optativa de 2º bachillerato específica Modalidad de Ciencias y Tecnología: Geología y Economía (coincidente con la de modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales).

También se pueden cursar como optativas, materias de modalidad, ya sea de la modalidad elegida o de una modalidad, según posibilidades del centro.

Documento actualizado a fecha de 3 de febrero de 2010 7

Page 8: Bachillerato

2.3.4 MATERIAS DE MODALIDAD DE ARTES (cursar 3 en cada curso)

2.3.4.1 MATERIAS de MODALIDAD de ARTES PLÁSTICAS Y DISEÑO

PRIMER CURSO(Cursar 3)

SEGUNDO CURSO(cursar 3)

Dibujo artístico I4 Dibujo Artístico II 4

Dibujo técnico I4 Hª del Arte 4

Cultura audiovisual4 Téc. de Expresión Gráfico-Plástica 4

Volumen4

Dibujo Técnico II4

Diseño4

Materias optativas de 1º bachillerato comunes para todas las modalidades de bachillerato: Segunda lengua extranjera I, Tecnologías de la información y la comunicación.

Materias optativas de 1º bachillerato específicas Modalidad vía de Artes Plásticas, Imagen y Diseño: Talleres artísticos.

Materias optativas de 2º bachillerato comunes para todas las modalidades de bachillerato: Segunda lengua extranjera II

Materias optativas de 2º bachillerato específicas Modalidad vía de Artes Plásticas, Imagen y Diseño: Matemáticas de la forma, Ampliación de los sistemas de representación técnicos y gráficos y Volumen II.

2.3.4.2 MATERIAS DE MODALIDAD de ARTES ESCÉNICAS, MÚSICA Y DANZA

PRIMER CURSO(Cursar 3)

SEGUNDO CURSO(cursar 3)

Análisis musical I4 Análisis musical II 4

Anatomía aplicada4 Literatura Universal 4

Artes escénicas4 Historia de la Música y de la Danza 4

Cultura audiovisual4 Lenguaje y práctica musical 4

Materias optativas de 1º bachillerato comunes para todas las modalidades de bachillerato: Segunda lengua extranjera I, Tecnologías de la información y la comunicación.

Materias optativas de 1º bachillerato específicas vía de Artes Escénicas, Música y Danza: Coro, Interpretación

Materias optativas de 2º bachillerato comunes para todas las modalidades de bachillerato: Segunda lengua extranjera II

Documento actualizado a fecha de 3 de febrero de 2010 8

Page 9: Bachillerato

2.3.5 OPTATIVAS

RESUMEN DE MATERIAS OPTATIVAS

Materias optativas comunes para todas las modalidades de bachillerato: Segunda lengua extranjera I y II Tecnologías de la información y la comunicación.

Materias optativas comunes para las modalidades de Humanidades y Ciencias Sociales; y de Ciencias y Tecnología: Psicología, Historia de la Música, Estadística aplicada.

Materia optativas específicas Modalidad de Artes, vía de Artes Plásticas, Imagen y Diseño: Talleres artísticos, Matemáticas de la forma, Ampliación de los sistemas de representación técnicos y gráficos, Volumen II.

Materias optativas específicas Modalidad de Artes, vía de Artes Escénicas, Música y Danza: Coro, Interpretación

Materia optativa específica Modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales: Fundamentos de la Administración y Gestión.

Materias optativa específica Modalidad de Ciencias y Tecnología: Fundamentos de electrónica, Geología y Economía.

Materias de modalidad elegidas como optativas: ya sean de la modalidad elegida o de otra, siempre que se cursen en 2º de forma presencial y la organización del centro lo permita.

* En rojo las que se cursan en primer curso.

2.3.6 MATERIAS DE CARÁCTER PROGRESIVO

MATERIAS DE CARÁCTER PROGRESIVO

PRIMER CURSO SEGUNDO CURSO

Análisis Musical I Análisis Musical IIBiología y geología Biología

GeologíaCiencias de la Tierra y Medioambientales

Dibujo Artístico I Dibujo Artístico IIDibujo Técnico I Dibujo Técnico IIFísica y química Física

QuímicaElectrotecnia

Griego I Griego IILatín I Latín IILengua castellana y literatura I Lengua castellana y literatura IILengua extranjera I Lengua extranjera IIMatemáticas aplicadas a las ciencias Sociales I Matemáticas aplicadas a las ciencias Sociales IIMatemáticas I Matemáticas II Segunda lengua extranjera I Segunda lengua extranjera IITecnología Industrial I Tecnología Industrial IIVolumen Volumen II

Para poder cursar una materia de carácter progresivo se deberá haber cursado anteriormente la correspondiente de primero, según correspondencias de este cuadro.

Documento actualizado a fecha de 3 de febrero de 2010 9

Page 10: Bachillerato

2.4 CAMBIO DE MODALIDAD

Los alumnos que tras haber cursado 1º de bachillerato en una modalidad desean pasar a segundo de otra modalidad o vía deberán:

- Cursar las materias comunes de segundo 2º (y las de primero que no hubieran aprobado). - Cursar las materias comunes de primero 1º que no hubieran aprobado.- Cursar las materias de la nueva modalidad (vía) de primero, exceptuando aquellas, que por

coincidir, ya están aprobadas.- Cursar las materias de la nueva modalidad (vía) de segundo.- Computará como optativa, la optativa superada en primero y no coincidente con las materias

de la modalidad nueva.

2.5 PROMOCIÓN

El alumnado podrá permanecer cursando Bachillerato en régimen ordinario cuatro cursos académicos consecutivos o no, a excepción de los alumnos que cursen enseñanzas de bachillerato en régimen nocturno o a distancia que no estarán sometidos a esta limitación. Con el fin de no agotar los cuatro cursos, podrán solicitar al director del centro, antes de finalizar marzo, la anulación de la matrícula por las siguientes circunstancias:

- Enfermedad prolongada.- Obligaciones de tipo familiar- Incorporación a un puesto de trabajo

El curso anulado no computará a efectos de limitación.

Los alumnos que hayan superado todas las materias cursadas o tengan evaluación negativa en dos materias como máximo, promocionarán a segundo curso.

Los alumnos que hayan suspendido más de dos materias cursarán de nuevo el curso completo y serán calificados de todas las materias.

Excepcionalmente, los centros podrán disponer para los alumnos con tres o cuatro materias suspensas, en atención a sus circunstancias personales y académicas y a las propias del centro, que en algunas materias se mantengan aquellas calificaciones aprobadas en el curso anterior, si bien deberán cursar las mismas, con la posibilidad de mejorar la calificación.

Serán los centros, los que en uso de su autonomía aplicarán la excepcionalidad prevista en la norma, en las condiciones que ellos determinen y en la última sesión de evaluación.

Los alumnos que al término del segundo curso tuvieran evaluación negativa en algunas materias, podrán matricularse de ellas sin necesidad de cursar de nuevo las materias superadas.

2.6 TITULACIÓN

Al finalizar el 2º curso de Bachillerato, el alumnado que haya aprobado todas las materias obtendrá el título de Bachiller.

El título de Bachiller da acceso a los estudios de:- Ciclos Formativos de Grado Superior de Formación Profesional.- Universidad: Títulos de Grado.

Documento actualizado a fecha de 3 de febrero de 2010 10

Page 11: Bachillerato

2.7 CENTROS EN CASTILLA Y LEÓN (curso 2009- 2010)

CENTROS CON BACHILLERATO ORDINARIO:

Enlace para ver centros y estudios que se imparten en Castilla y León

http://www.educa.jcyl.es/educacyl/cm/alumnado?locale=es_ES&textOnly=false

En el portal de educación en la pestaña de alumnado (pinchar) está, al final, la guía de estudios y centros (con información de todos los centros y estudios que imparten de Castilla y León)

También están las guías del estudiante con información más detallada por provincias.

2.8 ADMISIÓN

Cuando no existieran plazas suficientes para atender a todas las solicitudes se aplicará el siguiente baremo según (Decreto 8/2007, de 25 de enero, y orden EDU/133/2007 de 1 de febrero):

Proximidad al domicilio: área de influencia, 5 puntos; área limítrofe, 2 puntos. Hermanos matriculados en el centro o padres o tutores trabajando en el centro:

primer hermano, 5 puntos; por cada uno de los siguientes, 3 puntos; padres o tutores trabajando en el centro: 5 puntos.

Renta anual de la unidad familiar: inferior o igual IPREM 0,5 puntos. Discapacidad: alumno, 1 punto; alguno de sus padres, tutores o hermanos, 0,5 puntos

por cada uno (máximo 1 punto). Máximo 2 puntos a computar. Familia numerosa: general, 1 punto; especial, 1,5 puntos Admisión en Bachillerato. Expediente académico de 3º ESO: la nota media

expresada con un decimal. Otra circunstancia objetiva y justificada establecida por el Consejo Escolar y

autorizada por la Dirección Provincial de Educación: 0,75 puntos. Criterios de desempate: mayor puntuación obtenida, por este orden, en el apartado

de hermanos matriculados, padres trabajando en el centro, proximidad, discapacidad, nota media en el expediente (en el caso del Bachillerato), renta, familia numerosa, otra circunstancia establecida por el Consejo Escolar. De mantenerse el empate, se realizará un sorteo público

2.9 FECHAS DE PREINSCRIPCIÓN Y MATRÍCULA (curso 2010- 2011)

- Reserva plaza: 3- 10 febrero de 2010

- Libre elección de centro: 24 marzo -13 abril de 2010

- Matricula periodo ordinario: 28 junio- 9 julio de 2010

- Matricula periodo extraordinario: 1 – 7 septiembre de 2010

Documento actualizado a fecha de 3 de febrero de 2010 11

Page 12: Bachillerato

3 BACHILLERATO NOCTURNO

Las enseñanzas de Bachillerato en régimen nocturno se orientan a las personas adultas y, en general, a cuantos están en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalentes, y no pueden acudir a los centros ordinarios en horario diurno por circunstancias especiales.

Tiene como finalidad la formación integral de las personas adultas, proporcionándoles una madurez intelectual y humana, así como los conocimientos y habilidades que les permitan desempeñar sus funciones sociales con responsabilidad y competencia, capacitándoles, igualmente, para su incorporación a los estudios universitarios, a la formación profesional de grado superior o a la vida activa.

3.1 REQUISITOS

Podrán realizar estudios de Bachillerato nocturno:

• Personas mayores de 18 años o que los cumplan en el año natural en el que se matriculan.• Mayores de 16 años y menores de 18 que acrediten su condición de trabajadores.• Mayores de 16 años que están en circunstancias excepcionales que les impidan hacerlo en régimen diurno. La excepcionalidad será apreciada por el Director del Centro.

Las condiciones académicas de acceso serán las mismas que para el Bachillerato ordinario. La solicitud de plaza y la formalización de la matrícula serán en los mismos términos y plazos que Bachillerato en régimen diurno. Los alumnos mayores de 25 años o que los cumplan durante el curso, pueden quedar exentos de Educación Física si así lo solicitan al matricularse.

3.2 ORGANIZACIÓN: MODELOS A y B

Las enseñanzas correspondientes a los dos cursos de bachillerato podrán organizarse, en el régimen nocturno, de acuerdo con uno de los dos siguientes modelos:

a) Modelo A (3 cursos), según el cual las materias correspondientes a los dos cursos de bachillerato se distribuyen y agrupan en los tres bloques cursando cada bloque en un año académico. El horario semanal dedicado a cada materia será el que se establece en el Anexo I de la Orden EDU 1257/2008 del BOCyL de 11 de agosto de 2008.El horario lectivo del alumnado en este modelo organizativo no podrá superar las veinte horas semanalesy podrá desarrollarse entre las diecisiete treinta y las veintidós treinta horas, de lunes a viernes. Cada clase tendrá una duración mínima de cincuenta y cinco minutos.

b) Modelo B (2 cursos), conforme al cual las enseñanzas del bachillerato en régimen nocturno se configuran con la misma ordenación establecida para el régimen ordinario y se desarrollan y cursan asimismo en dos años académicos, según se determina en el Anexo II de la Orden EDU 1257/2008 del BOCyL de 15 de julio de 2008 con la particularidad de las horas dentro de las cuales se desarrollan las correspondientes actividades lectivas. En este modelo organizativo, el horario lectivo del alumnado podrá desarrollarse entre las dieciséis treinta y las veintitrés horas, de lunes a viernes. Cada clase tendrá una duración mínima de cincuenta y cinco minutos.

3.3 MOVILIDAD ENTRE LOS MODELOS A Y B.

El alumnado podrá solicitar el cambio entre los modelos A y B. El alumnado conservará la calificación de las materias evaluadas positivamente y se incorporará al bloque o curso que le corresponda.

Las condiciones para que un alumno pueda cambiar de modalidad o vía en el supuesto de la modalidad de Artes, al pasar de un curso o bloque a otro, serán las siguientes:

En el modelo A:

- Deberá cursar las materias comunes del bloque al que se incorpora y, en su caso, las de los anteriores no superadas.

- Además, deberá cursar las materias de la nueva modalidad o, en su caso, las incluidas en la nueva vía, tanto del bloque al que se incorpora como de los anteriores, exceptuando aquéllas que por ser coincidentes en ambas modalidades hubieran sido aprobadas.

- Se computarán como materias optativas de la nueva modalidad o vía la optativa u optativas cursadas y aprobadas, así como las materias de modalidad que abandona, cursadas y aprobadas y no coincidentes con materias de la nueva modalidad.

Documento actualizado a fecha de 3 de febrero de 2010 12

Page 13: Bachillerato

b) En el modelo B:

- Deberá cursar las materias comunes del segundo curso y, en su caso, las del primero que no hubiera superado.

- Además, deberá cursar las materias de modalidad de la nueva modalidad o, en su caso, de la nueva vía, tanto las de primer curso como las de segundo, exceptuando aquellas que, por coincidir, hubieran sido aprobadas en el primer curso de la modalidad o vía que hubiese cursado. En todo caso, deberá cursar aquellas materias que estén condicionadas a materias de segundo, materias vinculadas.

- Se computarán como materias optativas de la nueva modalidad la optativa cursada y superada en primero, así como la materia o materias de modalidad que abandona cursadas y aprobadas en primero, y no coincidentes con materias de modalidad de la nueva modalidad.

3.4 MOVILIDAD ENTRE LOS DIFERENTES BACHILLERATOS

1- El alumnado se podrá incorporar a las enseñanzas de bachillerato en régimen nocturno desde el régimen ordinario o desde el régimen a distancia en las condiciones de promoción existentes en el régimen del que provengan y conservarán las calificaciones de las materias superadas.

Si alguna de las materias optativas pendientes de evaluación positiva en el régimen de procedencia no se impartiese en el régimen nocturno, el alumno deberá sustituirla por otra de las materias optativas que debidamente autorizadas se impartan en el centro.

2 - El alumnado se podrá incorporar a las enseñanzas de bachillerato en régimen ordinario o en régimen a distancia desde el régimen nocturno en las condiciones de promoción de este último régimen y conservará las calificaciones de las materias superadas. En todo caso, para esta incorporación, el alumnado no podrá haber agotado previamente el máximo de cuatro años de permanencia en el régimen ordinario.

3.5 PROMOCIÓN DEL ALUMNADO.

- En el caso de alumnos acogidos al modelo A: - Para la promoción del primer bloque de materias al segundo o del segundo al tercero será

necesario que el alumno haya superado todas las materias de los bloques precedentes, con dos excepciones como máximo.

- Los alumnos que no promocionen al segundo o tercer bloque de materias por haber tenido evaluación negativa en más de dos materias no tendrán que cursar de nuevo las materias ya superadas. En el caso de segundo si tienen tres materias suspensas podrán ampliar matrícula con dos materias del tercer bloque.

- Los alumnos del tercer bloque de materias que no completen el bachillerato por haber sido evaluados negativamente en algunas materias, no tendrán que cursar de nuevo las materias ya superadas.

- En el caso de alumnos acogidos al modelo B: - Para la promoción del curso primero al segundo será necesario que el alumno haya

superado todas las materias del curso precedente, con dos excepciones como máximo.- Los alumnos que no promocionen al segundo curso por haber tenido evaluación negativa en

más de dos materias no tendrán que cursar de nuevo las materias ya superadas. Si tienen 3 suspensas podrán ampliar matrícula con 4 materias de segundo y si tienen 4 suspensas podrán ampliar con 3 materias de segundo.

- Los alumnos de segundo curso que no completen el bachillerato por haber sido evaluados negativamente en algunas materias, no tendrán que cursar de nuevo las materias ya superadas.

3.6 TITULACIÓN.

El alumnado que haya aprobado todas las materias obtendrá el título de Bachiller.

El título de Bachiller da acceso a los estudios de:- Ciclos Formativos de Grado Superior de Formación Profesional.- Universidad: Títulos de Grado.

Documento actualizado a fecha de 3 de febrero de 2010 13

Page 14: Bachillerato

3.7 CENTROS en CASTILLA Y LEÓN (curso 2009-2010)

CENTROS con BACHILLERATO NOCTURNO:

- Ávila: IES Isabel de Castilla

- Burgos: IES Cardenal López de Mendoza; IES Conde Diego Poncelos; IES Camino de Santiago.

- León: IES Juan del Enzina; IES Padre Isla; IES Gil Carrasco (Ponferrada).

- Palencia: IES Jorge Manrique

- Salamanca: IES Cuerpo de Hombre (Bejar); IES Lucía de Medrano; IES Rodríguez Fabrés

- Segovia: IES Andrés Laguna

- Soria: IES Antonio Machado

- Valladolid: IES La Merced; IES Nuñez de Arce; IES Ribera de Castilla; IES Zorrilla.

- Zamora. IES Maria de Molina

En la provincia de Valladolid en el curso 2009-2010 todos los centros solo tienen modalidad B.

3.8 FECHAS DE PREINSCRIPCIÓN Y MATRÍCULA CURSO 2010-2011:

- Reserva plaza: 3- 10 febrero de 2010

- Libre elección de centro: 24 marzo -13 abril de 2010

- Matricula periodo ordinario: 28 junio- 9 julio de 2010

- Matricula periodo extraordinario: 1 – 7 septiembre de 2010

Documento actualizado a fecha de 3 de febrero de 2010 14

Page 15: Bachillerato

4 BACHILLERATO A DISTANCIA

Tienen como finalidad la formación integral de las personas adultas, proporcionándoles una madurez intelectual y humana, así como los conocimientos y habilidades que les permitan desempeñar sus funciones sociales con responsabilidad y competencia, capacitándoles, igualmente, para su incorporación a los estudios universitarios, a la formación profesional de grado superior o a la vida activa.

A estas enseñanzas pueden acceder personas mayores de 18 años o, excepcionalmente, mayores de 16 años que tengan un contrato laboral o sean deportistas de alto rendimiento y en el caso de bachillerato, la titulación requerida.

4.1 MATRÍCULA Y PROMOCIÓN.

- El alumnado que opte por el bachillerato a distancia podrá matricularse de las materias que desee del primero y segundo cursos según sus posibilidades y disponibilidad de tiempo . Sin perjuicio de lo anterior, cuando se trate de materias de la misma denominación o materias vinculadas será requisito indispensable haber obtenido evaluación positiva en la materia del nivel anterior para poder superar la del siguiente.

- Al formalizar la matrícula se deberá explicitar la modalidad de bachillerato por la que se opta.- El alumnado mayor de veinticinco años o que cumpla esa edad en el período para el que formaliza la

matrícula podrá formular la solicitud de dispensa de la materia de Educación Física ante la dirección del centro en el momento de formalizar su matrícula.

- No existe promoción

4.2 PERMANENCIA y MOVILIDAD ENTRE LOS DIFERENTES BACHILLERATOS

- No hay limitación de permanencia

- El alumnado que se incorpore al régimen de enseñanzas de bachillerato a distancia procedente del régimen ordinario o del régimen nocturno no tendrá necesidad de matricularse de nuevo de aquellas materias ya superadas.

- Si alguna de las materias optativas pendientes de evaluación positiva en el régimen de procedencia no se impartiese en el régimen a distancia, el alumno deberá sustituirla por otra de las que oferte el centro docente en este último régimen.

- El alumnado que desde el régimen de enseñanzas de bachillerato a distancia se incorpore al régimen ordinario o nocturno lo hará en las condiciones de promoción de estos regímenes y conservará las calificaciones de las materias superadas. En todo caso, para esta incorporación, el alumnado no podrá haber agotado previamente el máximo de cuatro años de permanencia en el régimen ordinario.

4.3 TITULACIÓN.

Para obtener el Título de Bachiller, el alumno habrá de superar todas las materias comunes, seis materias de modalidad de la modalidad elegida, tres de primero y tres de segundo curso, y se completará con la elección de dos materias optativas.

Documento actualizado a fecha de 3 de febrero de 2010 15

Page 16: Bachillerato

4.4 CENTROS EN CASTILLA Y LEÓN (curso 2009- 2010)

CENTROS con BACHILLERATO A DISTANCIA:

- Ávila: IES Alonso de Madrigal

- Burgos: IES Cardenal López de Mendoza (Burgos); IES Fray Pedro de Urbina (Miranda de Ebro).

- León: IES Regio VII

- Palencia: IES Jorge Manrique

- Salamanca: IES Fray Luís de León

- Segovia: IES Andrés Laguna

- Soria: IES Antonio Machado

- Valladolid: IES Leopoldo Cano

- Zamora. IES Maria de Molina

4.5 FECHAS DE MATRÍCULA CURSO 2009-2010:

Fechas matrícula Bachillerato a distancia, según Resolución de 1 de abril de 2009 (BOCyL 8 de abril 2009):

- Periodo ordinario: del 7 al 21 de septiembre de 2009.

- Periodo extraordinario: del 8 de octubre al 30 e noviembre de 2009.

Documento actualizado a fecha de 3 de febrero de 2010 16

Page 17: Bachillerato

5 BACHILLERATO y ENSEÑANZAS PROFESIONALES DE MÚSICA, DANZA

De acuerdo con el artículo 47.1 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, las Administraciones educativas facilitarán al alumnado la posibilidad de cursar simultáneamente las enseñanzas artísticas profesionales y la educación secundaria. Asimismo, de conformidad con el artículo 47.2 de la citada Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, con objeto de hacer efectivo lo previsto en el apartado anterior, se podrán adoptar las oportunas medidas de organización y de ordenación académica que incluirán, entre otras, las convalidaciones y la creación de centros integrados.

Con el fin de facilitar al alumnado que lo desee la posibilidad de cursar simultáneamente las enseñanzas profesionales de Música y Danza y las de de Bachillerato, los centros docentes que impartan estas enseñanzas establecerán las oportunas medidas de coordinación y ajuste de horarios.

Actualmente no existe ningún centro integrado público en Castilla y León. En León está el centro privado de Peña Corada.

Las convalidaciones entre materias de Bachillerato y determinadas asignaturas de las enseñanzas profesionales de Música y Danza serán las establecidas en el Anexo II de la Orden EDU/2273/2009, de 11 de diciembre, del BOCyL, 21 -12-10.

Asimismo determinadas materias de Bachillerato podrán convalidar diversas asignaturas de las enseñanzas profesionales según lo establecido en el Anexo III de la Orden EDU/2273/2009, de 11 de diciembre, del BOCyL, 21 -12-10.

Podrán solicitar la exención de la materia de Educación Física de Bachillerato quienes cursen estos estudios y, simultáneamente, acrediten tener la condición de deportistas de alto nivel o de alto rendimiento o realizar estudios de las enseñanzas profesionales de Danza.

Las convalidaciones o exenciones serán reconocidas por los directores de los centros docentes donde el alumnado curse la materia o asignatura que quiera ser convalidada o exenta.

El artículo 15 del Real Decreto 1467/2007, de 2 de noviembre, por el que se establece la estructura del Bachillerato y se fijan sus enseñanzas mínimas, disponen que, de acuerdo con el artículo 50.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, el alumnado que finalice las enseñanzas profesionales de música y danza obtendrá el título de Bachiller si supera las materias comunes del bachillerato.

El alumnado que finalice las enseñanzas profesionales de música y danza, obtendrá el título de Bachiller si supera las materias comunes del bachillerato, aunque no haya realizado el bachillerato de la modalidad de artes en su vía específica de música y danza. (artículo 50.2 de Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.)

Documento actualizado a fecha de 3 de febrero de 2010 17

Page 18: Bachillerato

6 BACHILLERATO Y ESTUDIOS UNIVERSITARIOS

6.1 ADSCRIPCIÓN BACHILLERATO A LAS RAMAS UNIVERSITARIAS.

ADSCRIPCIÓN DE LAS MATERIAS DE MODALIDAD DE BACHILLERATO A LAS RAMAS DE CONOCIMIENTO EN QUE SE ESTRUCTURAN LAS ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS

(Orden EDU/1434/2009, de 29 de mayo, por la que se actualizan los anexos I y II del R.D. 1892/2008, de 14 de noviembre, por el que se regulan las condiciones para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado y los procesos de admisión a las universidades

públicas españolas)

Se establecen cinco ramas de conocimientos:

ARTES Y HUMANIDADES CIENCIAS SOCIALES Y JURÍDICAS CIENCIAS CIENCIAS DE LA SALUD INGENIERÍA Y ARQUITECTURA

RAMA DE ARTES Y HUMANIDADES

Análisis musical II Anatomía aplicada Artes escénicas Cultura audiovisual Dibujo artístico II Dibujo Técnico II Diseño Economía Economía de la Empresa Geografía Griego II Historia de la Música y la Danza Historia del Arte Historia del Mundo contemporáneo Latín II Lenguaje y práctica musical Literatura Universal Matemáticas aplicadas a las ciencias sociales II Técnicas de expresión gráfico-plástica Volumen

RAMA DE CIENCIAS SOCIALES Y JURÍDICAS Análisis musical II Anatomía aplicada Artes escénicas Biología Ciencias de la Tierra y Medioambientales Cultura audiovisual Dibujo artístico II Dibujo Técnico II Diseño Economía Economía de la empresa Física Geografía Griego II Historia de la música y de la danza Historia del Arte Historia del Mundo contemporáneo Latín II Lenguaje y práctica musical Literatura Universal Matemáticas II Matemáticas aplicadas a las ciencias sociales II Química Técnicas de expresión gráfico-plástica Volumen

Documento actualizado a fecha de 3 de febrero de 2010 18

Page 19: Bachillerato

RAMA DE CIENCIAS Biología Ciencias de la Tierra y medioambientales Electrotecnia Física Matemáticas II Química Tecnología Industrial II

RAMA DE CIENCIAS DE LA SALUD Anatomía aplicada Biología Ciencias de la Tierra y medioambientales Física Matemáticas II Química

RAMA DE INGENIERÍA Y HUMANIDADES Biología Ciencias de la Tierra y Medioambientales Dibujo Técnico II Diseño Economía Economía de la empresa Electrotecnia Física Matemáticas II Química Tecnología Industrial II

Documento actualizado a fecha de 3 de febrero de 2010 19

Page 20: Bachillerato

6.2 PONDERACIONES MATERIAS BACHILLERATO GRADOS UNIVERSITARIOS.

Ponderaciones de las materias superadas en la fase específica de las pruebas de acceso a estudios universitarios (art. 14 del R.D. 1892/2008, de 14 de noviembre).

La tabla anexa , recoge las ponderaciones a las que se hace referencia en el art. 14 del R.D. 1892/2008, de 14 de noviembre.

Todas las materias adscritas a la rama de conocimiento del título al que se quiera ser admitido, de acuerdo con el Anexo I del mencionado R.D., ponderarán por 0,1 en el cálculo de la nota de admisión excepto las recogidas en esta tabla, que ponderarán por la cifra señalada en ellas.

En la parte superior del encabezamiento de las tablas aparece la rama de conocimiento a la que está adscrita cada una de las materias incluidas más abajo. La nomenclatura empleada es la siguiente:

o CI: Rama de Ciencias

o SAL: Rama de Ciencias de la Salud

o ING: Rama de Ingeniería y Arquitectura

o A y H: Rama de Artes y Humanidades

o SOC: Rama de Ciencias Sociales y Jurídicas

RECOMENDACIONES EN CASO DE QUERER HACER ESTUDIOS UNIVERSITARIOS

o Decidir las carrera/s que más te interesen y en qué universidad

o Revisar las ponderaciones de las materias de bachillerato en relación con las carreras y teniendo en cuenta la universidad.

o Sacar las materias ponderadas

o Ver materias que oferta el centro

o Seleccionar las que más convienen, generalmente, aquellas que se ponderan con 0,2

Documento actualizado a fecha de 3 de febrero de 2010 20

Page 21: Bachillerato

7 BACHILLERATO y ACCESO a CICLOS FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR.

PRIORIDAD DE MATERIAS DE BACHILLERATO COMO CRITERIO DE ADMISIÓN PARA CURSAR CICLOS FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR

Materias BACHILLERATO FAMILIAS y/o CICLOS FORMATIVOS

Segunda Lengua extranjera Animación Turística

Geografía Agencia de Viajes

Historia del Arte Información y Comercialización Turísticas

Economía y Organización de Empresas

Familia Administración Familia Comercio y Marketing Producción de Audiovisuales y radio

(Familia de Comunicación, Imagen y Sonido)

Ciencias de la Tierra y del Medio Ambiente

Familia Actividades agrarias Salud Ambiental (Sanidad)

Biología Producción acuícola (familia Activ marítimo)

Estética (familia Imagen personal) Prevención de riesgos profesionales

(Mantenimiento y servicios a la producción)

Anatomía, patología y citología / Dietética/ Laboratorio de Diagnóstico/ Higiene Bucodental (familia sanidad)

Física Familia Comunicación, imagen y sonido (excepto Producción)

Audioprótesis (Sanidad) Óptica de Anteojería (Fabricación

mecánica) Química Familia Química

Familia Industrias alimentarias Curtidos / Procesos de ennoblecimiento

textil (familia textil) Familia vidrio y cerámica

Dibujo Técnico Navegación (Familia actividades marítimo- pesqueras)

Diseño y Producción Editorial (Artes Gráficas)

Familia de Edificación y obra civil. Construcciones metálicas/ Dllo proyectos

(Fabr. Mecánica) Dllo de productos en Carpintería (Madera

y Mueble) Ortoprotésica (Sanidad) Patronaje / Procesos de Confección

(Familia Textil)

Documento actualizado a fecha de 3 de febrero de 2010 21

Page 22: Bachillerato

8 PREMIOS y BECAS

8.1 PREMIOS

8.1.1 PREMIOS EXTRAORDINARIOS DE BACHILLERATO

Premios:

Los alumnos de Castilla y León que obtengan el Premio Extraordinario de Bachillerato estarán exentos del pago del precio de los servicios académicos que hubieren de satisfacer como consecuencia de la matriculación en las enseñanzas conducentes a la obtención de títulos oficiales que cursen el primer año de su acceso a una universidad pública u otras enseñanzas superiores.

A los alumnos que obtengan Premio Extraordinario y, por haber obtenido matrícula de honor en Bachillerato, disfruten ya de gratuidad para los estudios del primer año en una universidad pública, se les facilitará el acceso a un programa de formación o perfeccionamiento en lengua extranjera (inglés o francés) durante el verano de 2010.

Requisitos:

Finalización de 2º bachillerato en el curso escolar en el que se convocan. Calificación media igual o superior a 8,75 puntos en las calificaciones de los dos cursos de

bachillerato.

Plazo:

Quince días naturales a partir de su publicación en el BOCyL, prevista abril o mayo. (curso 2008-2009: Plazo presentación finalizó el 5 junio 2009)

8.2 BECAS

8.2.1 MATERIAL ESCOLAR, TRANSPORTE ESCOLAR Y RESIDENCIA DEL MINISTERIO

Convocadas por el Ministerio de Educación

Plazo presentación: 21 junio 2009 al 10 octubre 2009 para curso 2009-2010

Enlace becas Ministerio Educación:

http://www.educacion.es/horizontales/servicios/becas-ayudas-subvenciones/para-estudiar/bachillerato/beca-general.html

8.2.2 TRANSPORTE ESCOLAR Y RESIDENCIA DE LA JUNTA

Convocadas por la Junta de Castilla y León

Plazo presentación: finalizó el 29 octubre 2009 para curso 2009-2010.

Requisito: Solo se puede solicitar si simultáneamente se solicita la del Ministerio de Educación.

Enlace becas Junta Castilla y León:

http://www.educa.jcyl.es/educacyl/cm/educacyl/tkContent?pgseed=1264577248942&idContent=73582&locale=es_ES&textOnly=false

Documento actualizado a fecha de 3 de febrero de 2010 22

Page 23: Bachillerato

9 NORMATIVA (por orden cronológico)BACHILLERATO. LOE9.1 NORMATIVA BÁSICA

Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE) (BOE, 04-05-06).

Real Decreto 806/2006, de 30 de junio, por el que se establece el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo (BOE, 14-07-06).

Real Decreto 1577/2006, de 22 de diciembre, por el que se fijan los aspectos básicos del currículo de las enseñanzas profesionales de música reguladas por la Ley Orgánica 2/2006. (BOE, 20-01-07).

Real Decreto 85/2007, de 26 de enero, por el que se fijan los aspectos básicos del currículo de las enseñanzas profesionales de danza reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. (BOE, 13-02-07).

Real Decreto 1467/2007, de 2 de noviembre, por el se establece la estructura del bachillerato y se fijan sus las enseñanzas mínimas. (BOE, 06-11-07).

Orden EDU/1434/2009, de 29 de mayo, por la que se actualizan los anexos del Real Decreto 1892/2008, de 14 de noviembre, por el que se regulan las condiciones para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado y los procedimientos de admisión a las universidades públicas españolas. (BOE, 04-06-09).

Orden EDU/2395/2009, de 9 de septiembre, por la que se regula la promoción de un curso incompleto del sistema educativo definido por la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de ordenación general del sistema educativo, a otro de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. (BOE, 12-09-09).

Real Decreto 1953/2009, de 18 de diciembre, por el se modifican el Real Decreto 1577/2006, de 22 de diciembre, el Real Decreto 85/2007, de 26 de enero, y el Real Decreto 1467/2007, de 2 de noviembre, en lo relativo al cálculo de la nota media de los alumnos de las enseñanzas profesionales de música y danza. (BOE, 18-01-10).

9.2 NORMATIVA CASTILLA Y LEÓN

Decreto 17/2005, de 10 de febrero, modificado por Decreto 8/2007, de 25 de enero, regula la admisión del alumnado en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León. (BOCyL 14 febrero 2005).

Orden EDU/133/2007, de 1 de febrero, por la que se modifica la Orden EDU/184/2005, de 15 de febrero, por la que se desarrolla el proceso de admisión del alumnado en los centros docentes que impartan, sostenidas con fondos públicos, enseñanzas de Educación Infantil, Primaria, Secundaria Obligatoria y Bachillerato en la Comunidad de Castilla y León. (BOCyL 1 febrero 2007).

Orden EDU/1164/2007, de 22 de junio, regula el proceso de admisión del alumnado para cursar enseñanzas regladas de educación de personas adultas en centros públicos en la Comunidad de Castilla y León. (BOCyL 29 junio 2007)

Orden EDU/1190/2007, de 28 de junio, por la que se establece la materia optativa de Bachillerato «Lengua y Cultura Gallega» y se aprueba su currículo. (BOCyL, 05 -07-07).

Decreto 42/2008, de 5 de junio, por el que se establece el currículo del bachillerato en la Comunidad de Castilla y León. (BOCyL, 11-06-08).

Orden EDU/1061/2008, de 19 de junio, por la que se regula la implantación y el desarrollo del bachillerato en la Comunidad de Castilla y León. (BOCyL, 20-06-08).

Orden EDU/1257/2008, de 9 de julio, por la que se ordenan y organizan las enseñanzas de bachillerato en régimen nocturno en la Comunidad de Castilla y León. (BOCyL, 15-07-08). CORRECCIÓN DE ERRORES en BOCyL de 11 de agosto de 2008.

Orden EDU/1258/2008, de 9 de julio, por la que se ordenan y organizan las enseñanzas de bachillerato en régimen a distancia en la Comunidad de Castilla y León. (BOCyL, 15-07-08).

Orden EDU/2134/2008, de 10 de diciembre, por la que se regula la evaluación en bachillerato en la comunidad de Castilla y León. (BOCyL, 15-12-08).

Documento actualizado a fecha de 3 de febrero de 2010 23

Page 24: Bachillerato

Resolución de 1 de abril de 2009, por la que se establece el calendario del proceso de admisión del alumnado para cursar enseñanzas regladas de educación de personas adultas en centros públicos de la Comunidad de Castilla y León. (BOCyL 8 abril 2009).

Orden EDU/888/2009, de 20 de abril, por la que se regula el procedimiento para garantizar el derecho del alumnado que cursa enseñanzas de educación secundaria obligatoria y bachillerato, en centros docentes de la Comunidad de Castilla y León, a que su dedicación, esfuerzo y rendimiento sean valorados y reconocidos con objetividad. (BOCyL, 27-02-09).

Resolución de 18 de junio de 2009 por la que se unifican las actuaciones en los centros docentes no universitarios de Castilla y León correspondientes al inicio del curso escolar 2009/10.

Orden EDU/2273/2009, de 11 de diciembre de 2009, por la que se establecen las convalidaciones entre asignaturas de las enseñanzas profesionales de Música y Danza y materias de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato, y las condiciones de exención de la Educación Física en la Comunidad de Castilla y León (BOCyL, 21 -12-10).

9.3 NORMATIVA PREMIOS Y BECAS

ORDEN EDU/1062/2009, de 12 de mayo, por la que se convocan los Premios Extraordinarios de Bachillerato de la Comunidad de Castilla y León correspondientes al curso académico 2008/2009. (BOCyL 20 de mayo 2009).

RESOLUCIÓN de 3 de junio de 2009, de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional, por la que se convocan becas y ayudas al estudio de carácter general y de movilidad, para el curso académico 2009-2010, para alumnado que curse estudios postobligatorios y superiores no universitarios. (BOE 20 de junio 2009).

ORDEN EDU/1772/2009, de 28 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para financiar gastos de transporte y residencia del alumnado que curse bachillerato, programas de cualificación profesional inicial, ciclos formativos de grado medio o superior o enseñanzas artísticas en centros públicos dependientes de la Consejería de Educación o enseñanzas artísticas en Escuelas de la Comunidad de Castilla y León. (BOCyL 3 de septiembre 2009)

ORDEN EDU/1811/2009, de 4 de septiembre, por la que se convocan ayudas para financiar gastos de transporte y residencia del alumnado que curse bachillerato, programas de cualificación profesional inicial, ciclos formativos de grado medio o superior o enseñanzas artísticas en centros públicos dependientes de la Consejería de Educación o enseñanzas artísticas en Escuelas de la Comunidad de Castilla y León, durante el curso 2009/2010. . (BOCyL 14 de septiembre 2009).

ORDEN EDU/1912/2009, de 1 de octubre, por la que se modifica la Orden EDU/1811/2009, de 4 de septiembre, por la que se convocan ayudas para financiar gastos de transporte y residencia del alumnado que curse bachillerato, programas de cualificación profesional inicial, ciclos formativos de grado medio o superior o enseñanzas artísticas en centros públicos dependientes de la Consejería de Educación o enseñanzas artísticas en Escuelas de la Comunidad de Castilla y León, durante el curso 2009/2010. . (BOCyL 2 de octubre 2009). Sólo se puede solicitar si simultáneamente se solicita la del Ministerio de Educación.

Documento actualizado a fecha de 3 de febrero de 2010 24