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Actualizado a: 11/04/2019 Convocatoria de ayudas al emprendimiento, fomento del empleo y renovación y reforma de locales comerciales en el municipio de Villarcayo de Merindad de Castilla La Vieja. Línea 3. Ayudas a la renovación y reforma de locales comerciales Destinatarios: Personas físicas o jurídicas que estén dados de alta en el IAE y desarrollen actividad en el municipio de Villarcayo de Merindad de Castilla La Vieja Información de interés Ámbito gegráfico: Villarcayo de Merindad de Castilla la Vieja Organismo: Ayuntamiento de Villarcayo de Merindad de Castilla La Vieja Administración: Administración Local Plazo(s) de solicitud: 01/01/2020 Notas solicitud: Hasta el 1 de enero de 2020 Tipo: Subvención Importe: 12.500,00Notas: Crédito 2019: 12.500 euros CEE: En el marco del Reglamento (UE) 1407/2013 de la Comisión, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 de ayudas de minimis Referencias de la publicación - Resolución 190327. Boletín Oficial de la Provincia de Burgos número 71 de 11 de abril de 2019. (Extracto-Convocatoria) - Ordenanza 180928. Boletín Oficial de la Provincia de Burgos número 236 de 13 de diciembre de 2018. (Bases reguladoras) Enlaces: Sectores Subsectores Descriptores Comercio Infraestructura Mejora de estructuras Ahorro energético Equipamiento Equipamiento informático Establecimientos comerciales Fomento de la competitividad Innovación tecnológica Mejora de instalaciones Modernización comercial Tecnologías de la información Página 1 de 1 Resumen de la Ayuda elaborado a partir de la Publicación Oficial de referencia. Recopilado y procesado por la Dirección General de Industria y de la Pyme Ayudas e incentivos para empresas Referencia: 68390

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Actualizado a: 11/04/2019

Convocatoria de ayudas al emprendimiento, fomento del empleo y renovación y reforma de locales comerciales en el municipio de Villarcayo de Merindad de Castilla La Vieja.Línea 3. Ayudas a la renovación y reforma de locales comerciales

Destinatarios: Personas físicas o jurídicas que estén dados de alta en el IAE y desarrollen actividad en el municipio de Villarcayo de Merindad de Castilla La Vieja

Información de interés

Ámbito gegráfico: Villarcayo de Merindad de Castilla la Vieja

Organismo: Ayuntamiento de Villarcayo de Merindad de Castilla La Vieja

Administración: Administración Local

Plazo(s) de solicitud: 01/01/2020

Notas solicitud: Hasta el 1 de enero de 2020

Tipo: Subvención

Importe: 12.500,00€

Notas: Crédito 2019: 12.500 euros

CEE: En el marco del Reglamento (UE) 1407/2013 de la Comisión, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 de ayudas de minimis

Referencias de la publicación

- Resolución 190327. Boletín Oficial de la Provincia de Burgos número 71 de 11 de abril de 2019. (Extracto-Convocatoria)- Ordenanza 180928. Boletín Oficial de la Provincia de Burgos número 236 de 13 de diciembre de 2018. (Bases reguladoras)

Enlaces:

Sectores Subsectores Descriptores

Comercio InfraestructuraMejora de estructuras

Ahorro energéticoEquipamientoEquipamiento informáticoEstablecimientos comercialesFomento de la competitividadInnovación tecnológicaMejora de instalacionesModernización comercialTecnologías de la información

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Resumen de la Ayuda elaborado a partir de la Publicación Oficial de referencia. Recopilado y procesado por la Dirección General de Industria y de la Pyme

Ayudas e incentivos para empresas

Referencia: 68390

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boletín oficial de la provincia

– v1 –

B. .x.E AM7Ah(620gS6020:vnú7. 31 Uue es, 11 de abriL de 0 19e

diputación de burgos

bopbur.dipujaliondeburcos.es :.B.8 mD - 1 - 1925

burgos

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLARCAYO DE MERINDAD

DE CASTILLA LA VIEJA

Convocatoria y bases reguladoras de ayudas al emprendimiento, fomentodel empleo y renovación y reforma de locales comerciales en el municipio

de Villarcayo de Merindad de Castilla la Vieja

xjtracto de la resoluci,n de 1lcaldía de 2: de mar/o de 20gS con n.U 20gS60 por laáue se aprueba la conVocatoria y las bases reóuladoras de ayudas al emprendimientofomento del empleo y renoVaci,n y reforma de locales comerciales en el municipio de

illarcayo de Perindad de Bastilla la ie8a.A)qz ldentif.4E 99OOv2.)e conformidad con lo preVisto en los artículos g:.C.b y 20.v.a de la wey Cv3200C

de g: de noViembre Neneral de zubVenciones se publica el ejtracto de la conVocatoriacuyo tejto completo puede consultarse en la Aase de )atos qacional de zubVencionesLttpE33---.pap.minLap.óob.es3bdnstrans3es3indej4.

1. – Objeto: (eóulaci,n de la concesi,n de ayudas al emprendimiento fomento delempleo y renoVaci,n y reforma de locales comerciales en el municipio de illarcayo dePerindad de Bastilla la ie8a de conformidad con la ordenan/a reóuladora aprobada porel 7leno de este 1yuntamiento el día 2v de septiembre de 20gv cuyo tejto ínteóro sepublic, en el Aoletín Mficial de la 7roVincia de Auróos nTmero 2CO de gC de diciembre de20gv.

2. – Beneficiarios: was personas físicas o 8urídicas áue tenóan establecidos suscentros de traba8o en el tGrmino municipal y cumplan los reáuisitos óenerales y específicosde cada una de las líneas de actuaci,n línea gEú 1yudas al emprendimiento línea 2E 1yudasal fomento del empleo línea CE 1yudas para la renoVaci,n y reforma4.

3. – Cuantía: 90.000 euros con caróo a la partida presupuestaria ::000.9CS0 éMtrasactuaciones sectoriales. Rransferencias empresas repartidos entre las líneas de actuaci,nconforme a las bases.

4. – Plazo: Bomen/arD el día sióuiente al de la publicaci,n de este anuncio en elAoletín Mficial de la 7roVincia de Auróos y en tabl,n de anuncios del 1yuntamiento yfinali/arD el g de enero de 2020.

xl ejpediente se ejpone en la zede xlectr,nica del 1yuntamiento de illarcayo dePerindad de Bastilla la ie8a y se encuentra a disposici,n de los interesados en el1yuntamiento de illarcayo de Perindad de Bastilla la ie8a.

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Bases reguladoras de ayudas al emprendimiento, fomento del empleo y renovación y reforma

de locales comerciales en el municipio de Villarcayo de Merindad de Castilla la Vieja.

EXPOSICION DE MOTIVOS

El Ayuntamiento de Villarcayo de Merindad de Castilla la Vieja con el fin de que en el

municipio se continúe con la tendencia descendente de la tasa de desempleo y a la vez se consiga

revertir la tendencia demográfica actual que lleva a una reducción progresiva del crecimiento

poblacional en los próximos años, desea activar la economía local, fomentar el espíritu de

empresa e impulsar y favorecer el empleo y autoempleo, de manera especial con los mas jóvenes.

Por ello, las presentes bases reguladoras buscan fomentar la creación o ampliación de

empresas, mediante la concesión de ayudas para aquellas que se establezcan en Villarcayo de

Merindad de Castilla la Vieja, y crear una línea de apoyo para la generación de empleo en la

localidad. Se pretende, con financiación íntegramente municipal, fomentar la contratación o el

autoempleo, así como favorecer la inserción del colectivo de personas desempleadas residentes

en el municipio, tanto a jornada completa, como a tiempo parcial, estableciendo ayudas

económicas destinadas a apoyar su contratación.

El objetivo de las ayudas económicas municipales reguladas en estas bases, es paliar, en la

medida de las posibilidades de esta Administración, la situación actual de desempleo mediante el

estímulo a la iniciativa empresarial y de autónomos, para la contratación de personas

desempleadas empadronadas en el municipio de Villarcayo de Merindad de Castilla la Vieja.

Base 1. Objeto.

Las presentes bases reguladoras tienen por objeto la regulación de la concesión de ayudas

al emprendimiento, fomento del empleo y renovación y reforma de locales comerciales en el

municipio de Villarcayo de Merindad de Castilla la Vieja, de conformidad con la Ordenanza

reguladora aprobada por el Pleno de este Ayuntamiento el día 28 septiembre de 2018, cuyo texto

íntegro se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Burgos número 236 de 13 de diciembre

de 2018:

Línea 1: Ayudas al emprendimiento: aquellas nuevas iniciativas comenzadas desde el 1 de

enero de 2019 al 1 de enero de 2020.

Línea 2: Ayudas al fomento del empleo: aquellos contratos firmados desde el 1 de enero

de 2019 al 1 de enero de 2020.

Línea 3: Ayudas para la renovación y reforma de locales comerciales: aquellas

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renovaciones y reformas realizadas desde el 1 de enero de 2018 al 1 de enero de 2020.

Base 2. Financiación

La financiación durante el año 2019 para atender las subvenciones que se regulan en estas bases,

se hará con cargo al presupuesto de gastos municipal de 2019:

Línea 1: 12.500 euros con cargo a la partida presupuestaria 77000.4390 “Otras

actuaciones sectoriales. Transferencias empresas.”

Línea 2: 15.000 euros con cargo a la partida presupuestaria 77000.4390 “Otras

actuaciones sectoriales. Transferencias empresas.”

Línea 3: 12.500 euros con cargo a la partida presupuestaria 77000.4390 “Otras

actuaciones sectoriales. Transferencias empresas.”

Los expedientes se tramitarán y resolverán siguiendo el orden de presentación de las solicitudes,

hasta el límite de la disponibilidad presupuestaria de cada ejercicio presupuestario.

Respecto a la anterior financiación, en caso de no ser suficiente, el Ayuntamiento siempre tendrá

la capacidad de aumentar las partidas presupuestarias en esta misma convocatoria, aprobando la

correspondiente modificación presupuestaria.

Base 3. Beneficiarios de las ayudas.

Podrán ser beneficiarios de las ayudas establecidas en las presentes bases, quien cumpla los

requisitos específicos siguientes:

1. Ayudas al emprendimiento:

a) Las empresas beneficiarias serán nuevas iniciativas, lo cual supone que:

Los titulares de la empresa (referido a todos los socios, caso de sociedad la

entidad solicitante) no habrán ejercido por cuenta propia la actividad económica

objeto de la solicitud, ya sea de forma individual o en forma societaria, en los

últimos 3 años antes de la fecha de puesta en marcha de la actividad solicitada,

dentro del término municipal de Villarcayo de Merindad de Castilla la Vieja.

Las empresas serán de nueva creación jurídica, no se admite ampliación de

actividades de las ya existentes, ni la apertura de delegaciones de similar actividad

de empresas existentes, ni la transformación jurídica de la empresa.

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b) Haberse dado de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas del Ayuntamiento

de Villarcayo de Merindad de Castilla la Vieja, en las fechas establecidas en la

convocatoria.

c) Haber solicitado y abonado las correspondientes licencias de obras, las necesarias y

preceptivas para el ejercicio de la actividad de que se trate (actividades clasificadas o

de apertura) e Impuesto sobre Actividades Económicas.

d) Contar con un informe de viabilidad del proyecto, tanto técnico como

económicofinanciero.

e) El proyecto deberá mantenerse como mínimo por un período de 24 meses a contar

desde el alta inicial en el IAE, con posibilidad de tener que modificar o reintegrar la

subvención, siempre con la obligación de comunicar al Ayuntamiento el cese de la

actividad.

f) Conservar los documentos y las facturas justificativas de la aplicación de los fondos

percibidos, incluida la documentación electrónica, en tanto pueda ser objeto de

comprobación y control.

g) En el caso de que sean personas físicas, obligación de estar empadronados en el

municipio de Villarcayo de Merindad de Castilla la Vieja en el momento de la solicitud

de la ayuda.

2. Ayudas al fomento del empleo:

a) Las contrataciones se realizarán con personas desempleadas y previamente inscritas

como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León

durante un periodo de, al menos, un mes ininterrumpido e inmediatamente anterior a

su contratación. Los demandantes de empleo tendrán que encontrarse empadronados

en el municipio de Villarcayo de Merindad de Castilla la Vieja desde el momento de la

contratación y durante los próximos dos años como mínimo.

b) La condición de edad de 35 o menos años o mayor de 50 años deberá concurrir el día

de inicio de la relación laboral objeto de subvención.

c) En el supuesto de contratos indefinidos por los que se solicite la subvención, la

incorporación de los nuevos trabajadores deberá suponer en la empresa beneficiaria

un incremento neto de la plantilla fija y de la plantilla total en relación el promedio de

la plantilla de los seis meses anteriores a la contratación. Las contrataciones

temporales por las que se solicite la subvención deberán suponer un incremento de la

plantilla total en relación con el mismo periodo de tiempo.

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d) La empresa deberá mantener a los trabajadores durante el periodo que establezca

cada contrato de trabajo. (En el caso de que la persona contratada cause baja en la

empresa, deberá sustituirse por otra persona, que cumpla con los mismos requisitos y

en las mismas condiciones, en el plazo de un mes desde la fecha de baja,

comunicándolo al Ayuntamiento de Villarcayo de Merindad de Castilla la Vieja en un

plazo máximo de 15 días desde la fecha del nuevo contrato.

e) En el caso de contratación indefinida será requisito que se trate de personas

desempleadas que no hayan tenido una relación laboral indefinida en la misma

empresa en los 24 meses anteriores.

f) En el supuesto de contratación temporal el trabajador no deberá haber tenido una

relación laboral previa con la empresa en el año anterior a la fecha del contrato.

g) Una vez concedida la subvención y transcurrido el plazo que marca la convocatoria

para el cobro del 25% de subvención, el beneficiario deberá presentar copia de todas

las nóminas y justificantes del abono de las mismas que hayan generado ese contrato.

3. Ayudas para la renovación y reforma de locales comerciales:

a) Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones, las personas físicas o jurídicas que

vayan a realizar proyectos de modernización, reforma y renovación de instalaciones y

equipamientos comerciales ya existentes, incluida la implantación de tecnologías de la

información y la comunicación en los referidos establecimientos.

b) Podrán solicitar la subvención las personas físicas o jurídicas que estén dadas de alta

en el I.A.E. del municipio de Villarcayo de Merindad de Castilla la Vieja y desarrollen la

actividad en el mismo, al momento de la solicitud de la subvención. Los beneficiarios

tienen que ser titulares de un comercio integrado en alguna de las agrupaciones del

I.A.E. siguientes:

• Sección 1:

– Agrupación 47: Industria del papel y fabricación de artículos de papel; artes

gráficas y edición

– Agrupación 50: Construcción.

– Agrupación 64: Comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas y

tabacos, realizado en establecimientos permanentes .

– Agrupación 65: Comercio al por menor de productos industriales no

alimenticios realizado en establecimientos permanentes.

– Agrupación 66: Comercio mixto o integrado; comercio al por menor fuera de

un establecimiento comercial permanente (ambulancia, mercadillos y

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mercados ocasionales o periódicos); comercio en régimen de expositores en

depósito y mediante aparatos automáticos; comercio al por menor por correo

y catálogo de productos diversos.

– Agrupación 67: Servicio de alimentación.

– Agrupación 69: Reparaciones.

– Agrupación 72: Otros transportes terrestres.

– Agrupación 83: Auxiliares financieros y de seguros. Actividades inmobiliarias .

– Agrupación 84: Servicios prestados a las empresas.

– Agrupación 85: Alquiler de bienes muebles.

– Agrupación 97: Servicios personales.

• Sección 2:

– Agrupación 32: Ingenieros Técnicos Industriales y Textiles y Técnicos en Artes

Gráficas

– Agrupación 39: Otros profesionales relacionados con otras industrias

manufactureras, n.c.o.p.

– Agrupación 43: Delineantes y decoradores.

– Agrupación 51: Agentes Comerciales.

– Agrupación 52: Técnicos en hostelería.

– Agrupación 71: Profesionales relacionados con los seguros.

– Agrupación 72: Gestores de asuntos públicos y privados.

– Agrupación 73: Profesionales del Derecho.

c) En el caso de que sean personas físicas, obligación de estar empadronados en el

municipio de Villarcayo de Merindad de Castilla la Vieja en el momento de la solicitud

de la ayuda.

d) Tener un número de hasta 5 trabajadores.

e) Que la actuación a realizar para la que se solicita subvención supere los 3.000 euros de

inversión por proyecto. En el caso de que el gasto subvencionable sea referente al

apartado 12, 14 y 15 de la base 8.c) de la presente convocatoria, la inversión deberá

ser de al menos 1.500 euros.

f) Haber solicitado y abonado las correspondientes licencias de obras, las necesarias y

preceptivas para el ejercicio de la actividad de que se trate (actividades clasificadas o

de apertura) e Impuesto sobre Actividades Económicas.

g) Conservar los documentos y las facturas justificativas de la aplicación de los fondos

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percibidos, incluida la documentación electrónica, en tanto pueda ser objeto de

comprobación y control.

h) Mantener la actividad comercial en el local objeto de la subvención durante 12 meses

a partir de la fecha definitiva del segundo pago de la subvención, con posibilidad de

tener que modificar o reintegrar la subvención, siempre que el cierre no haya sido

imputado a causa mayor.

i) Comunicar al Ayuntamiento la fecha de inicio y finalización de la inversión o actividad

subvencionada.

Base 4. Obligaciones y requisitos generales para ser beneficiarios.

a) Las personas físicas o jurídicas tendrán establecidos sus centros de trabajo en el término

municipal de Villarcayo de Merindad de Castilla la Vieja.

b) Estar al corriente de pago en sus obligaciones con Hacienda, Seguridad Social y con el

Ayuntamiento de Villarcayo de Merindad de Castilla la Vieja tanto en el momento de la

solicitud de la subvención como en el momento de la liquidación de la subvención

restante cuando proceda. El incumplimiento de esta obligación conllevará la denegación

total de la subvención.

c) Disponer o haber solicitado el inicio del procedimiento para la obtención de las

correspondientes licencias municipales.

d) Mantener los contratos o proyectos empresariales objeto de la subvención concedida

durante el periodo establecido en cada una de las líneas.

e) Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas e ingresos

que financien las actividades subvencionadas. Esta comunicación deberá efectuarse tan

pronto se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada

a los fondos públicos.

f) Gastos no subvencionables:

Tasas o impuestos (IVA, ocupación de vía pública, etc.).

Las mercancías destinadas a la venta en el establecimiento.

La compra de elementos de transporte.

La adquisición de activos mediante leasing.

Los gastos derivados de préstamos o créditos, así como los de apertura o

mantenimiento de cuentas corrientes.

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Intereses, recargos y sanciones administrativas y penales.

La adquisición de bienes usados.

Aquellos en los que el vendedor o prestador de los bienes o servicios fuera el

adquirente, o se diera un supuesto del que pudiera derivarse auto-facturación.

Base 5. Exclusiones comunes a las 3 líneas de ayudas.

No podrán ser beneficiarias de estas ayudas:

a) Las administraciones públicas ni las entidades vinculadas o dependientes de cualquiera de

ellas.

b) Los promotores que reiteradamente han solicitado ayuda municipal o que han

demostrado ineficacia o falta de aprovechamiento de ayudas obtenidas anteriormente.

c) Empresas instrumentales.

d) No podrán ser beneficiarios de las subvenciones las personas físicas o jurídicas que

incurran en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley General de

Subvenciones.

Base 6. Exclusiones específicas.

1. Ayudas al emprendimiento:

a) Quedan excluidos de esta convocatoria aquellas personas, empresas o actividades

empresariales que hayan recibido subvención por esta misma línea en años anteriores

para el desarrollo de las mismas actividades o similares conforme a esta ordenanza o a

la ordenanza municipal reguladora de las ayudas para la renovación, reforma y

apertura de locales comerciales en el municipio de Villarcayo de Merindad de Castilla

la Vieja.

b) No se consideran nuevas actividades económicas aquellas que, viniendo realizando ya

una actividad económica con anterioridad, se den de alta en un nuevo epígrafe del

IAE.

c) Los traspasos serán subvencionables siempre y cuando no exista un vínculo

matrimonial o situación de hecho asimilable y/o de parentesco de consanguinidad y

afinidad hasta el tercer grado entre cedente y cesionario del negocio.

d) No podrá ser beneficiario el titular de una nueva actividad que se desarrolle en locales

propiedad del Ayuntamiento de Villarcayo de Merindad de Castilla la Vieja.

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2. Ayudas al fomento del empleo:

No serán objeto de subvención:

a) Contrataciones que afecten a cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes,

por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado, inclusive, del empresario, y sus

análogas en caso de parejas de hecho, o, en su caso, quienes ostenten cargos de dirección

o sean miembros de los órganos de administración de las empresas.

b) Los promotores o socios de las empresas que solicitan la ayuda.

c) Las empresas de trabajo temporal.

d) Las relaciones laborales de carácter especial previstas en el artículo 2 del Real Decreto

Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley

del Estatuto de los Trabajadores, u otras disposiciones legales.

e) Las contrataciones realizadas con trabajadores que, en los veinticuatro meses anteriores a

la fecha de la contratación hubiesen prestado servicios en la misma empresa, grupo de

empresas o entidad mediante un contrato por tiempo indefinido. Igualmente, en el

supuesto de vinculación laboral anterior del trabajador con empresas a las que el

solicitante de los beneficios hayan sucedido en virtud de lo establecido en el artículo 44

del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto

refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

f) Las contrataciones realizadas con motivo de una concesión administrativa.

g) Quedan excluidos aquellos contratos que se acumulen para llegar al mínimo del tiempo

exigido en la convocatoria para ser subvencionable, excepto aquellos contratos ya

subvencionados que se convierten en indefinidos.

3. Ayudas para la renovación y reforma de locales comerciales:

a) Quedan excluidos de esta convocatoria aquellas personas físicas y jurídicas, que hayan

recibido subvención por esta misma línea en años anteriores para el desarrollo de las

mismas actividades o similares conforme a esta ordenanza o a la ordenanza municipal

reguladora de las ayudas para la renovación, reforma y apertura de locales

comerciales en el municipio de Villarcayo de Merindad de Castilla la Vieja.

b) No podrá ser beneficiario el titular de una actividad comercial que se desarrolle en

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locales propiedad del Ayuntamiento de Villarcayo de Merindad de Castilla la Vieja.

Base 7. Concurrencia, cuantía máxima e incompatibilidad de las ayudas.

El importe de la subvención nunca podrá, en concurrencia con ayudas y subvenciones de esta y

otras Administraciones públicas o entes privados y públicos, nacionales o internacionales, superar

el coste de la actividad a desarrollar por el beneficiario.

A estos efectos la solicitud de subvención deberá acompañarse del compromiso de comunicar la

superación de los citados límites en cualquier momento del período subvencionado en que se

produzca.

Las ayudas serán compatibles con cualesquiera otras ayudas que pudieran percibirse con la misma

finalidad otorgada por esta u otras entidades públicas o privadas, siempre que las ayudas

concurrentes no superen el coste total.

Base 8. Cuantía de las ayudas y gastos subvencionables.

a) Ayudas al emprendimiento:

La cuantía de las ayudas y los gastos subvencionables son los siguientes:

Concepto Porcentaje Tope

Alquiler Local (máximo 6 meses) 50% 200€ mes

Compra nave industrial o local comercial 20% 2.200,00 €

Gastos alta de suministros: Agua, calefacción, luz y gas 50%

50€ por

concepto

Concepto Honorarios de notarios, registradores y relacionados con asesora-

miento para puesta en marcha del negocio 30% 300,00 €

Gastos en publicidad de lanzamiento: tales como edición de folletos, tarje-

tas, diseño de catálogos y logotipos, anuncios en medios de comunicación,

rotulación 50% 400 €

Registro dominio y hospedaje página web 50% 45 €

Elaboración página web 50% 450 €

Asistencia a cursos, jornadas y seminarios de los promotores que tengan

como objeto la formación para la puesta en marcha de la actividad 30% 200 €

Adquisición de activos fijos 50% 300 €

Adquisición de software o aplicaciones informáticas específicas para el desa-

rrollo del negocio 50% 300 €

Registro de marca y nombres comerciales 50% 150 €

Derivados del diseño de construcción de prototipos 50% 200 €

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Los promotores con edad de 35 años o menos años, incrementarán la ayuda concedida

en un 15%. En este caso todos los promotores de la actividad deberán tener una edad de 35 años

o menos años.

1) Respecto de los gastos correspondientes al alquiler de local, quedan excluidos: aquellos

en los que exista relación jurídica o de parentesco, hasta el tercer grado de consanguinidad o afi-

nidad, entre la parte arrendataria y arrendadora. Tampoco se subvencionará los alquileres que

tenga la sede de su negocio en su vivienda habitual o sean edificios de propiedad municipal. Se

acogerán máximo seis meses de alquiler, a partir de la fecha de inicio de la actividad considerada.

No entran dentro del concepto subvencionado ni las fianzas ni garantías, tampoco los importes

pagados por adelantado.

2) En cuanto a la compra de nave industrial o local comercial, quedan excluidos aquellos

en los que exista relación jurídica o de parentesco, hasta el tercer grado de consanguinidad o afi-

nidad, entre la parte compradora y vendedora; o cuando alguna persona, física o jurídica, sea al

mismo tiempo compradora y vendedora.

3) Gastos de alta de suministros: agua, calefacción, gas y luz. No se subvencionarán aque-

llos gastos en suministros que tengan la sede de su negocio en su vivienda habitual. Se excluyen

los impuestos.

4) En los gastos correspondientes a honorarios de notarios, registradores y conceptos re-

lacionados con el asesoramiento para la puesta en marcha del negocio, no se consideran incluidas

las cuotas de pago de asesoramiento fiscal, laboral, contable.

5) Los gastos en publicidad de lanzamiento serán los relacionados con edición de folletos,

tarjetas, diseño de catálogos y logotipos, anuncios en medios de comunicación y rotulación.

6) En relación a la asistencia a cursos, jornadas y seminarios de los promotores que ten-

gan como objeto la formación para la puesta en marcha de la actividad empresarial en general, así

como a los relacionados de modo directo y expreso con la actividad objeto de la subvención, de -

berán haberse realizado en los 12 meses anteriores al inicio de la actividad objeto de subvención.

Deberán tener una relación directa con la actividad a emprender. No se subvencionarán ni estu-

dios de grado, ni máster ni cursos de postgrado.

7) En cuanto a activos fijos, que deben ser nuevos, se refiere a los siguientes: ordenadores

de sobremesa, impresoras, ordenadores portátiles, terminales de punto de venta, sistemas de eti-

quetaje, lectores de códigos, balanzas electrónicas, cajas registradoras. En el caso de que se ad -

quieran tablets o ipads, sólo se subvencionará una unidad y deberá ser debidamente justificada la

necesidad para el desarrollo de la actividad empresarial. Si la actividad empresarial tiene como

domicilio social la vivienda habitual la subvención tiene como tope 100 euros.

8) En los gastos derivados del diseño y construcción de prototipos, se incluyen los mate-

riales para la construcción de los mismos. De todos estos conceptos quedan excluidos los impues-

tos y tasas.

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b) Ayudas al fomento del empleo:

La cuantía de las ayudas y los gastos subvencionables serán los siguientes:

1) Serán objeto de subvención los contratos que supongan un incremento de la plantilla

total de la empresa respecto de la existente con 6 meses de antelación a la fecha de la nueva

contratación y cuya fecha de inicio esté comprendida en el período marcado en la convocatoria.

2) Importe de las ayudas para los contratos indefinidos o de una duración mínima de 12

meses.

2.100 euros por cada persona de incremento de plantilla con contrato de

trabajo indefinido o con una duración de al menos 12 meses. La cuantía será

de 2.500 euros por cada una de las mismas contrataciones efectuadas con

personas incluidas en alguno de los siguientes colectivos (máximo 5

contrataciones por empresa):

- Jóvenes desempleados de 35 o menos años.

- Desempleado mayor de 50 años.

- Desempleados de larga duración cualquiera que sea su edad.

- Desempleados con discapacidad.

- Víctimas de violencia de género.

- Puesto de trabajo para personas que hayan estado contratadas en los

programas de renta básica, Renta de Inclusión Social, Empleo Directo

Activo o Empleo Protegido, o aquellos que sustituyan a estos modelos

o programas.

Entendiendo los anteriores como contratos a jornada completa, cuando se

trate de un contrato a tiempo parcial se prorrateará según el porcentaje de

jornada laboral que desarrolle.

3) Importe de las ayudas para los contratos temporales.

900 euros por cada persona de incremento de plantilla con contrato mínimo

de 6 meses, a jornada completa. Dicha cuantía ascenderá a 1.050 euros por

cada una de las mismas contrataciones efectuadas con personas incluidas en

los siguientes colectivos:

- Jóvenes desempleados de 35 o menos años.

- Desempleado mayor de 50 años.

- Desempleados de larga duración cualquiera que sea su edad.

- Desempleados con discapacidad.

- Víctimas de violencia de género.

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- Puesto de trabajo para personas que hayan estado contratadas en los

programas de renta básica, Renta de Inclusión Social, Empleo Directo

Activo o Empleo Protegido o aquellos que sustituyan a estos modelos

o programas.

Entendiendo los anteriores como contratos a jornada completa, cuando se

trate de un contrato a tiempo parcial se prorrateará según el porcentaje de

jornada laboral que desarrolle.

El contrato deberá mantenerse durante un tiempo de al menos 6 meses

consecutivos. En caso de convertir el contrato temporal en indefinido podrá

solicitarse la cuantía restante a la ayuda que pudiera corresponder por tal

modalidad de contratación, según lo dispuesto en el punto anterior.

4) Se entiende por «desempleados de larga duración» aquellos que figurasen

desempleados e inscritos como demandantes de empleo en el momento de su

contratación y que hubiesen mantenido esta inscripción durante un periodo mínimo de

veinticuatro meses dentro de los treinta meses inmediatamente anteriores a dicha

contratación. Las contrataciones se realizarán siguiendo las directrices marcadas por los

respectivos convenios colectivos.

c) Ayudas para la renovación y reforma de locales comerciales:

Los gastos subvencionables son los siguientes:

1) Reformas para la eliminación de barreras arquitectónicas y mejoras de la accesibilidad a

los locales.

2) Reparación y rehabilitación de fachadas.

3) Reforma y reparación de escaparates.

4) Instalación de persianas, rótulos, toldos y cualquier otro elemento que incide

positivamente en la imagen exterior del establecimiento.

5) Instalación de iluminación en escaparates, fachada y sala de ventas.

6) Elementos de cierre exterior y protección de escaparates.

7) Reformas en pavimentos exteriores y vestíbulos de acceso.

8) Carpintería y huecos de fachada.

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9) Acristalamiento de seguridad.

10) Sistemas de detección y protección contra incendios.

11) Restauración de elementos especiales y de interés arquitectónico.

12) Equipos y programas informáticos directamente relacionados con el desarrollo de la

actividad empresarial.

13) Mejoras de sostenibilidad: implantación de nuevos sistemas de ahorro energético y

reducción de consumo de agua u otros recursos naturales o sistemas que hagan posible el

reciclado y la eliminación de residuos o mejora de los existentes.

14) La adquisición e implantación de herramientas software de comercio electrónico que

incluyan la funcionalidad de venta online, con pasarela de pago y carrito de la compra. La

adaptación de tiendas virtuales ya existentes para incorporar dicha funcionalidad.

15) Adquisición de nuevos equipos: ordenadores de sobremesa, impresoras, ordenadores

portátiles, terminales de punto de venta, sistemas de etiquetaje, lectores de códigos,

balanzas electrónicas, cajas registradoras. En el caso de que se adquieran tablets o ipads,

sólo se subvencionará una unidad y deberá ser debidamente justificada la necesidad para

el desarrollo de la actividad empresarial.

16) En su caso, elaboración del Proyecto Técnico y Dirección de obra visado por el Colegio

Oficial. Con un máximo de 700 euros o el 50% del importe.

La cuantía de la subvención.

1) Locales situados en el entorno urbano: 35% del gasto efectivamente realizado y

justificado; Locales situados fuera del entorno urbano: 25% del gasto efectivamente

realizado y justificado.

• Los promotores de la renovación o reforma con edad de 35 años o menos años,

incrementarán la ayuda concedida en un 15%. En este caso todos los promotores de

la actividad deberán ser de 35 años o menos.

2) Cuantía máxima de subvención por proyecto o actuación no podrá superar los 10.000

euros.

3) El presupuesto de gasto efectivamente realizado y justificado, deberá de ser superior a

3.000 euros, salvo los gastos subvencionables de los apartados 12, 14 y 15 de la Base 8.c)

de esta convocatoria, en los que deberá ser de al menos 1.500 euros.

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4) Se aplicará el porcentaje que le corresponde por zona al total del presupuesto admitido.

Base 9. Presentación de solicitudes y documentos a aportar, plazo y resolución.

a) Las solicitudes se deberán presentar en el Registro del Ayuntamiento de Villarcayo de

Merindad de Castilla la Vieja en los horarios de apertura establecidos. Las solicitudes

también podrán ser presentadas en algunos de los registros oficiales que autoriza el

artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común

de las Administraciones Públicas.

b) Las solicitudes, conforme al Anexo I, junto con la documentación a presentar en original o

copia debidamente compulsada, deberán presentarse en el Registro del Ayuntamiento de

Villarcayo de Merindad de Castilla la Vieja, en el plazo que comenzará al día siguiente de la

publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Burgos y

que finalizará el 1 de enero de 2020. Cuando se opte a más de una de las líneas, la

documentación común se aportará una sola vez.

c) Aquellas solicitudes que presenten defectos u omisiones en cuanto a la documentación

que deba aportarse, se concederá un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día

siguiente a la notificación, para que subsane la falta o acompañe los documentos

preceptivos, con la advertencia de que la no presentación o subsanación se entenderá

como desistimiento de la petición, procediéndose a su archivo sin más trámite.

d) Los expedientes se tramitarán y resolverán siguiendo el orden de presentación de las

solicitudes, hasta el límite de la disponibilidad presupuestaria de cada ejercicio

presupuestario.

e) Desde la unidad administrativa del Ayuntamiento se examinarán las solicitudes y la

documentación adjunta conforme a los criterios establecidos en la convocatoria, pudiendo

solicitar para ello cuanta información complementaria o aclaratoria se considere precisa.

El Ayuntamiento será el encargado de realizar de oficio todas las gestiones necesarias para

la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en base a los cuales se

realizará la propuesta de resolución al órgano competente para resolver. La resolución se

dictará y notificará en el plazo máximo de tres meses contados desde la fecha de

presentación de la solicitud.

f) Las facturas correspondientes a los gastos realizados deberán ser conforme a la

legislación, y deben estar emitidas, en todo caso, a nombre del solicitante de la ayuda. Los

justificantes de pago de las facturas se acreditarán mediante recibos o cargos bancarios.

En ningún caso se tendrán en consideración aquellos gastos que se hayan pagado en

efectivo, correspondientes a operaciones en las que alguna de las partes intervinientes

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actúe en calidad de empresario o profesional, con un importe igual o superior a 2.500

euros o su contravalor en moneda extranjera, de conformidad con lo establecido en el

artículo 7 de la Ley 7/2012, de 29 de octubre, de modificación de la normativa tributaria y

presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la intensificación de las

actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude, en todo caso el límite fijado en esta

cantidad se actualizará a lo que marque la ley en vigor en ese momento.

g) Documentos a aportar por los solicitantes:

LÍNEA 1: AYUDAS AL EMPRENDIMIENTO:

1. Instancia de solicitud dirigida al Ayuntamiento de Villarcayo de Merindad de Castilla la

Vieja. (Anexo 1).

2. D.N.I. de las personas físicas o de los representantes legales de la actividad constituida

y C.I.F. de la empresa.

3. Certificado de encontrarse al corriente de las obligaciones frente a la Seguridad Social.

4. Certificado de que la empresa se halla al corriente de las obligaciones fiscales y tributa-

rias con la Hacienda Pública.

5. Declaración responsable de que reúne los requisitos generales y específicos para

obtener la condición de beneficiario. (Anexo 2)

6. Declaración responsable de no estar incursas en las prohibiciones para obtener la

condición de beneficiaria, a que hacer referencia el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de

Subvenciones. (Anexo 2).

7. Relación de las solicitudes de subvención para el mismo objeto a otros organismos pú-

blicos o privados, detallando cantidad solicitada, nombre de las entidades y la cantidad concedida.

Se señalarán, además, las solicitudes de ayudas planteadas a otras instituciones y que se encuen -

tren pendientes de resolución en el momento de concurrir a la presente Convocatoria. (Anexo 4).

8. Certificado de datos bancarios de domiciliación. (Anexo 5).

9. Memoria explicativa del proyecto empresarial junto con informe de viabilidad tanto

técnico como económico-financiero.

10. Vida Laboral del promotor/a o promotores/as.

11. Escritura de constitución de la empresa.

12. Copia del contrato de alquiler o, en su caso, escritura de compra-venta, de los locales

comerciales o naves industriales.

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13. Facturas definitivas, originales o fotocopias compulsadas de las mismas, de los gastos

o costes admitidos. Se podrán acreditar también mediante facturas electrónicas, siempre que

cumplan los requisitos exigidos para su aceptación en el ámbito tributario.

14. Original o copia compulsada de los justificantes de pago de las facturas presentadas,

que se acreditará a través de transferencia bancaria, certificación bancaria o extracto de pago. En

esos documentos deberán quedar claramente identificados el receptor y emisor del pago. En caso

de estar fraccionadas a plazos se subvencionarán aquellos que por fecha estén dentro de los pla-

zos estimados.

LÍNEA 2: AYUDAS AL FOMENTO DEL EMPLEO:

1. Instancia de solicitud dirigida al Ayuntamiento de Villarcayo de Merindad de Castilla la

Vieja. (Anexo 1).

2. Datos identificativos de la persona o empresa solicitante: Nombre, número de DNI o

NIE, fecha de nacimiento, fecha de contratación, puesto de trabajo y tiempo de dedicación de la

persona contratada. (Anexo 6).

3. Copia de la vida laboral de la persona contratada.

4. Copia del contrato realizado.

5. Declaración responsable de que reúne los requisitos generales y específicos para

obtener la condición de beneficiario. (Anexo 2)

6. Declaración responsable de no estar incursas en las prohibiciones para obtener la

condición de beneficiaria, a que hacer referencia el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de

Subvenciones. (Anexo 2).

7. Declaración sobre la plantilla de la empresa. (Anexo 3).

8. Relación de las solicitudes de subvención para el mismo objeto a otros organismos

públicos o privados, detallando cantidad solicitada, nombre de las entidades y la cantidad

concedida. Se señalarán, además, las solicitudes de ayudas planteadas a otras instituciones y que

se encuentren pendientes de resolución en el momento de concurrir a la presente convocatoria.

(Anexo 4).

9. Certificado de datos bancarios de domiciliación. (Anexo 5)

10. Acreditación de la personalidad jurídica de la empresa.

11. Informe de la vida laboral de la empresa para cada centro de trabajo y número de

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cuenta de cotización.

12. Alta en el impuesto de actividades económicas en el municipio de Villarcayo de

Merindad de Castilla la Vieja.

13. Certificado de estar al corriente de pago y demás obligaciones formales con la

Tesorería General de la Seguridad Social y con la Hacienda Tributaria. Dicha circunstancia respecto

de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento se comprobará de oficio.

14. Acreditación de la discapacidad a través del documento oficial correspondiente.

15. Para la acreditación de la condición de víctima de violencia de género mediante orden

de protección o informe del Ministerio Fiscal.

16. Copia de la tarjeta de demandante de empleo del trabajador contratado.

LÍNEA 3: AYUDAS PARA LA RENOVACIÓN Y REFORMA DE LOCALES COMERCIALES:

1. Instancia de solicitud dirigida al Ayuntamiento de Villarcayo de Merindad de Castilla la

Vieja. (Anexo 1).

2. DNI de la persona física o del representante legal de la actividad y CIF de la empresa.

3. Copia de IAE.

4. Certificado de estar al corriente de las obligaciones frente a la Seguridad Social.

5. Certificado de hallarse al corriente de las obligaciones fiscales y tributarias con la

Hacienda Pública.

6. Declaración responsable de que reúne los requisitos generales y específicos para

obtener la condición de beneficiario. (Anexo 2)

7. Declaración responsable de no estar incursas en las prohibiciones para obtener la

condición de beneficiaria, a que hacer referencia el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de

Subvenciones. (Anexo 2).

8. Relación de las solicitudes de subvención para el mismo objeto a otros organismos

públicos o privados, detallando cantidad solicitada, nombre de las entidades y la cantidad

concedida. Se señalarán, además, las solicitudes de ayudas planteadas a otras instituciones y que

se encuentren pendientes de ayudas planteadas a otras instituciones y que se encuentren

pendientes de resolución en el momento de concurrir a la presente convocatoria. (Anexo 4).

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9. Certificado de datos bancarios de domiciliación. (Anexo 5).

10. Memoria explicativa de la reforma empresarial.

11. Escritura de constitución de la empresa.

12. Documentos justificativos y facturas que acreditan el gasto realizado, ordenados

correlativamente según el número de orden asignado en la relación numerada. Se presentarán

fotocopias compulsadas o conformadas por el servicio gestor.

13. Original o copia compulsada de los justificantes de pago de las facturas presentadas,

que se acreditará a través de transferencia bancaria, certificación bancaria o extracto de pago. En

esos documentos deberán quedar claramente identificados el receptor y emisor del pago.

14. Contrato de alquiler, escritura de propiedad del local o cualquier otro título jurídico

bastante por el que se disfruta de la posesión de bien.

16. Declaración responsable sobre el número de trabajadores de la empresa.(Anexo 7)

Base 10. Modificación de la resolución de concesión.

Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de subvenciones, así como

la obtención concurrente de subvenciones o ayudas otorgadas por otras administraciones o entes

públicos o privados, nacionales o internacionales podrá dar lugar a la modificación de la resolución

de la concesión.

Base 11. Pago de la subvención.

Se efectuará, un primer pago del 75% de la ayuda una vez concedida. La liquidación final (25%

restante de la ayuda concedida) se efectuará una vez se compruebe que el beneficiario ha

cumplido con el objetivo de la ordenanza y con el tiempo de permanencia establecido en cada una

de las líneas de subvención:

Línea 1. Nuevas actividades empresariales: A los 24 meses a partir del alta inicial en I.A.E.

Línea 2. Fomento del empleo.

1. Contratos indefinidos. A los 12 meses a partir de la fecha inicial del contrato

subvencionado.

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2. Contrato temporal. A la finalización de ese contrato.

Línea 3. Ayudas a la renovación y reforma de locales comerciales: A los 12 meses a la

concesión de la subvención.

Base 12. Seguimiento, inspección y control.

De conformidad con lo dispuesto en la legislación general de subvenciones, corresponde al

Ayuntamiento de Villarcayo de Merindad de Castilla la Vieja ejercer la facultad de control y

seguimiento para la comprobación del cumplimiento de las condiciones impuestas al beneficiario,

para lo cual podrá efectuar las visitas de inspección que crea convenientes. Los beneficiarios o

entidades colaboradoras y los terceros relacionados con la subvención o su justificación estarán

obligados a prestar colaboración y facilitar el ejercicio de estas funciones de control. Los

beneficiarios quedan obligados a comunicar al Ayuntamiento cualquier modificación que se

produzca respecto a los datos identificativos o a las circunstancias tenidas en cuenta en el

momento de la concesión, así como de los compromisos y obligaciones asumidas por el

beneficiario. Los beneficiarios deberán comunicar y justificar documentalmente, durante un

periodo de un año desde el otorgamiento de la subvención, los cambios de titularidad, de razón

social o las subrogaciones que se produzcan en las empresas solicitantes y beneficiarias de

cualquier subvención solicitada y concedida al amparo de la convocatoria de esta ordenanza, en el

momento en que se produzcan.

Base 13. Reintegro de subvenciones.

a) Procederá el reintegro por parte del beneficiario de las cantidades percibidas y la exigencia del

interés de demora desde el momento de pago de la subvención, en la cuantía legalmente

establecida y previa la tramitación de expediente, en los siguientes supuestos:

o Renuncia de la subvención.

o Obtención de la subvención sin reunir los requisitos necesarios para ello o falseándolos.

o Incumplimiento de la finalidad para la que la subvención fue otorgada.

o Incumplimiento de las obligaciones de justificación o realización fuera de plazo.

o Incumplimiento de cualquier otra de las condiciones impuestas al beneficiario.

o Negativa por parte del beneficiario a las actuaciones de control por parte del

Ayuntamiento.

b) La solicitud de reintegro será parcial, proporcional y ponderada al incumplimiento por parte del

beneficiario, aplicando los parámetros correspondientes y calculado la cantidad económica por el

propio Ayuntamiento.

c) Los reintegros tendrán la consideración de ingresos de derecho público, por lo que se podrá

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proceder a su cobro por vía de apremio, con independencia de las responsabilidades a que

hubiere lugar.

d) Se procederá al reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia del interés legal del dinero,

desde el momento del pago de la subvención o de su entrega a cuenta hasta la fecha en que se

acuerde la procedencia del reintegro, en los casos establecidos por el artículo 37 de la Ley General

de Subvenciones.

e) Prescribirá a los cuatro años el derecho de la Administración de reconocer o liquidar el

reintegro. Para exigir el reintegro se deberá seguir el procedimiento establecido en el artículo 42

de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

f) En el caso de incumplimiento, se tramitará el oportuno expediente bajo los principios de

contradicción y prueba, con audiencia del beneficiario interesado para que pueda formular

alegaciones y proponer las pruebas que estime oportunas, siendo el órgano competente para la

concesión de la subvención, establecido en el artículo 2 de la ordenanza municipal reguladora de

ayudas al emprendimiento, fomento del empleo y renovación y reforma de locales comerciales en

el municipio , el único órgano competente para resolver o revocar las ayudas. En lo no previsto en

las presentes bases se estará a lo dispuesto en la legislación vigente.

Base 14. Régimen de “minimis”.

Las subvenciones de esta convocatoria tienen el carácter de ayudas de «minimis» conforme a lo

previsto en el Reglamento (UE) número 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre, relativo a

los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de

«minimis».

Base 15. Publicidad.

Los beneficiarios deberán incorporar en todas las manifestaciones de promoción y difusión de las

actuaciones que éstas están subvencionadas por el Ayuntamiento de Villarcayo de Merindad de

Castilla la Vieja, debiendo atender las indicaciones del Ayuntamiento al respecto con el fin de que

se promocionen de una manera adecuada las ayudas obtenidas por los beneficiarios de las ayudas

reguladas en esta convocatoria.

Base 16. Procedimiento sancionador.

Constituyen infracciones administrativas en materia de subvenciones cualquiera de las acciones u

omisiones tipificadas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. El

procedimiento sancionador, la graduación de las penas y los tipos de sanciones serán los

establecidos en dicha Ley.

Base 17. Normativa aplicable.

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La ordenanza municipal reguladora de ayudas al emprendimiento, fomento del empleo y

renovación y reforma de locales comerciales en el municipio de Villarcayo de Merindad de Castilla

la Vieja aprobada por el Pleno de este Ayuntamiento el día 28 septiembre de 2018, cuyo texto

íntegro se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Burgos número 236 de 13 de diciembre

de 2018, y la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones.

Se faculta al señor Alcalde para interpretar y resolver cuantas cuestiones surjan de la aplicación de

las presentes “bases reguladoras de ayudas al emprendimiento, fomento del empleo y renovación

y reforma de locales comerciales en el municipio de Villarcayo de Merindad de Castilla la Vieja”, y

para que dicte las resoluciones complementarias necesarias para el desarrollo y cumplimiento de

las mismas.

La convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta podrán ser

impugnados por los interesados en los casos y formas previstos en la Ley 39/2015, de 1 de

octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En Villarcayo de M.C.V. a fecha de firma electrónica.

El Alcalde

Fdo.: Adrián Serna del Pozo

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ANEXO I

SOLICITUD DE AYUDAS AL EMPRENDIMIENTO, FOMENTO DEL EMPLEO Y RENOVACIÓN YREFORMA DE LOCALES COMERCIALES EN EL MUNICIPIO DE VILLARCAYO DE MERINDAD DE

CASTILLA LA VIEJA.DATOS:

D./Dña. Vecino/a de

Con domicilio en Con D.N.I.

Teléfono e-mail

En representación de

Nombre o razón

social

C.I.F. o D.N.I.

Código de

actividad-CNAE

Con domicilio en

Calle Polígono

Nombre de gerente Teléfono

Fax Página web e-mail

Objeto de la solicitud:

o Marque la/s casilla/s y cumplimente los anexos que correspondan.

(En caso de marcar varias líneas no repetir los anexos comunes):

Obtención de subvención para la creación de empresas (Línea 1- Ayudas Emprendimiento). Cumplimentar, anexo 2, anexo 4 y anexo 5.

Obtención de subvención para el fomento del empleo (Línea2- Ayudas al fomento del empleo). Cumplimentar, anexo 2, anexo 3, anexo 4, anexo 5 y anexo 6.

Obtención de subvención para la renovación y reforma de locales comerciales (Línea3- Ayudas ala renovación y reforma de locales comerciales). Cumplimentar, anexo 2, anexo 4, anexo 5 y anexo 7.

El/La abajo firmante SOLICITA ser admitido/a en la convocatoria a que se refiere la presente

solicitud,

En Villarcayo de M.C.V. a.......... de.............................. de.............

Firma del solicitante,

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ANEXO II

DECLARACIÓN RESPONSABLE

El solicitante DECLARA que son ciertos los datos consignados en la solicitud, que reúne los requisitos

generales y específicos exigidos en la convocatoria y se compromete a cumplir todas las obligaciones de la

misma comprometiéndose a probar documentalmente todos los datos que figuran en esta solicitud.

Así mismo DECLARA que no se haya incurso en ninguna causa de prohibición para ser beneficiario, a que

hacen referencia los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.

Fecha

Firma del solicitante,

Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, artículo 13, apartados 2 y 3:

“2. No podrán obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora de las subvenciones reguladas en esta Ley las

personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias siguientes, salvo que por la naturaleza de la subvención ser

exceptúe por su normativa reguladora:

a) Haber sido condenadas mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas.

b) Haber solicitado la declaración de concurso voluntario, haber sido declarados insolventes en cualquier procedimiento, hallarse

declarados en concurso, salvo que éste haya adquirido eficacia en un convenio, estar sujetos a intervención judicial o haber sido

inhabilitados conforme a la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la

sentencia de calificación del concurso.

c) Haber dado lugar, por causa de la que hubiesen sido declarados culpables, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con

la Administración.

d) Estar incursa la persona física, los administradores de las sociedades mercantiles o aquellos que ostenten la representación legal de

otras personas jurídicas, en alguno de los supuestos de la Ley 12/1995, de 11 de mayo, de Incompatibilidades de los Miembros del

Gobierno de la Nación y de los Altos Cargos de la Administración General del Estado, de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de

Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, o tratarse de cualquiera de los cargos electivos regulados

en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, en los términos establecidos en la misma o en la normativa

autonómica que regule estas materias.

e) No hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las

disposiciones vigentes, en la forma que se determine reglamentariamente.

f) Tener la residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal.

g) No hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones en los términos que reglamentariamente se

determinen.

h) Haber sido sancionado mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones según esta Ley o la Ley

General Tributaria.

No podrán acceder a la condición de beneficiarios las agrupaciones previstas en el segundo párrafo del apartado 3 del artículo 11 de

esta Ley cuando concurra alguna de las prohibiciones anteriores en cualquiera de sus miembros.

3. En ningún caso podrán obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora de las subvenciones

reguladas en esta Ley las asociaciones incursas en las causas de prohibición previstas en los apartados 5 y 6 del artículo

4 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación. Tampoco podrán obtener la

condición de beneficiario o entidad colaboradora las asociaciones respecto de las que se hubiera suspendido el

procedimiento administrativo de inscripción por encontrarse indicios racionales de ilicitud penal, en aplicación de lo

dispuesto en el artículo 30.4 de la Ley Orgánica 1/2002, en tanto no recaiga resolución judicial firme en cuya virtud

pueda practicarse la inscripción en el correspondiente registro.”

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ANEXO III

DECLARACIÓN SOBRE LA PLANTILLA DE LA EMPRESA

Don/Doña ____________________________________________________,

Con DNI/NIF número _______________ en calidad de ________________

Y en representación de la empresa/entidad __________________________

Referida a los seis meses anteriores a la nueva contratación o conversión y al mes en el que se

realiza la nueva contratación o conversión.

El mes número 6 es el inmediatamente anterior a la contratación o conversión y así sucesivamente

hasta el último, que es el número 1.

MES CONTRATACIÓN

MES

6

MES

5

MES

4

MES

3

MES

2

MES

1

Trabajadores

indefinidos

Trabajadores

no

indefinidos

TOTAL

Trabajadores

Otros

trabajadores

TOTAL

General

En Villarcayo M.C.V. a.......... de.............................. de 201....

Fdo.: ...........................................................................

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ANEXO IV

RELACIÓN DE LAS SOLICITUDES DE SUBVENCIÓN PARA EL MISMO OBJETO

En relación con la subvención solicitada,

DECLARO:

Que no he solicitado ningún tipo de subvención de otras Administraciones Públicas, Entes públicos

o privados o de particulares, nacionales o internacionales, en relación con el objeto de esta

solicitud, durante los tres últimos años.

Que he solicitado las siguientes subvenciones de otras Administraciones Públicas, Entes públicos o

privados de particulares, nacionales o internacionales, en relación con el objeto de esta solicitud,

durante los tres últimos años:

Nº SUVBENCIÓNORGANISMO

AL QUE SESOLICITA

CANTIDADSOLICITADA

ESTADO DE LA SUBENCIÓNCONCEDIDA/DENEGADA/

PENDIENTE DE RESOLUCIÓN

1

2

3

4

Que me comprometo a comunicar la superación del importe de la subvención al del coste de la

actividad a desarrollar en cualquier momento del período subvencionado en que se produzca.

En relación a la actualización de datos:

Me comprometo a comunicar por escrito a este Departamento, tan pronto como se conozca y, en

todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos públicos, cualquier

modificación que se produzca en las subvenciones especificadas en esta declaración. Asimismo,

me comprometo a ponerlo en conocimiento de toda Entidad pública a la que haya solicitado algún

tipo de subvención. Así como, cualquier variación que se pueda producir de la actividad de

acuerdo con lo establecido en la convocatoria.

En Villarcayo M.C.V. a.......... de.............................. de.............

Firma del solicitante,

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ANEXO V

FICHA DE TERCEROS

1. º DATOS DEL TITULAR DE LOS PAGOS:

APELLIDOS Y NOMBRE O RAZÓN SOCIAL

(Si es persona jurídica indicar S.A. o S.L.)

N.I.F. o C.I.F.

DIRECCIÓN COMPLETA

TELÉFONO

FAX

E-MAIL

PERSONA DE CONTACTO

OTROS DATOS DE INTERÉS

2. º CERTIFICACIÓN DE ENTIDAD DE CRÉDITO O AHORRO. DATOS PARA PAGOS:Certifico que el titular de los pagos con su NIF, referenciando en el apartado 1.º, figura igualmente como

titular de la cuenta que consta a continuación:

CÓDIGO DE LA

ENTIDAD

CÓDIGO DE

SUCURSALD.C. NÚMERO DE CUENTA

Por la entidad (sello y firma de la entidad de crédito o ahorro)

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ANEXO VI

DATOS IDENTIFICATIVOS DE LA PERSONA O EMPRESA SOLICITANTE

En Villarcayo M.C.V. a.......... de.............................. de.............

Firma del solicitante,

DATOS DE LA EMPRESA

PERSONA FÍSICA O

JURÍDICA

CIF/NIE/NIF

RAZÓN SOCIAL

DOMICILIO

POBLACIÓN C.P. PROVINCIA

DATOS DE LA PERSONA REPRESENTRANTE

NOMBRE Y

APELLIDOS

DNI

CORREO

ELECTRÓNICO

MÓVIL

IDENTIFICACIÓN DEL TRABAJADOR POR EL QUE SOLICITA LA AYUDA POR CONTRATACIÓN

SEXO H M NOMBRE Y APELLIDOS

DNI/NIE FECHA DE NACIMIENTO EDAD

F.INSCRIPCIÓN EN EL

SERVICIO CYL DE

EMPLEO

PUESTO DE

TRABAJO

A DESEMPEÑAR

EMPADRONAMIENTO

VILLARCAYO M.C.V.

SI

NO

TIPO DE CONTRATO

DURACIÓN INDEFINIDA

MÍNIMO DE 24 MESES

MÁS DE 6 MESE

CONTRATO A TIEMPO

COMPLETO

CONTRATO A TIEMPO

PARCIAL

MUJER DESEMPLEADA JOVENES DESEMPLEADOS DE 30 O MENOS AÑOS

PUESTOS DE TRABAJO MAYOR DE 45 AÑOS DESEMPLEADOS DE LARGA

DURACIÓN

CUALQUIERA QUE SEA DE SU EDAD VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO

PERSONA CONTRATADA EN LOS PROGRAMAS DE RENTA BÁSICA, RENTA DE

INCLUSIÓN SOCIAL EMPLEO DIRECTO ACTIVO EMPLEO PROTEGIDO Y OTROS

SIMILARES

F.INICIO CONTRATO F. FIN CONTRATO

JORNADA DE

TRABAJO

(H/SEMANALES)

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ANEXO VII

DECLARACIÓN RESPONSABLE SOBRE EL NÚMERO DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA

El solicitante DECLARA que no supera los 5 trabajadores en el momento de solicitar la subvención

y que, por lo tanto, reúne las condiciones exigidas en la convocatoria.

A continuación, se procederá a rellenar el cuadro con los datos de los trabajadores de la empresa

en el momento de solicitar la subvención.

NºNOMBRE YAPELLIDOS

DNIPUESTO DETRABAJO

FECHA ALTA

TIPO DECONTRATO(indefinido,temporal)

1

2

3

4

5

6

7

En Villarcayo M.C.V. a.......... de.............................. de.............

Firma del solicitante,

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h.z. .ñ GMOG:5TVSí(TS40íínúm. 236 Uue es, 13 de diciembre de 2018e

diputación de burgosbopbur.dipu Lciondeburaos.es :.B.v tD - 1 - 1958

burgos

III. ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE VILLARCAYO DE MERINDAD

DE CASTILLA LA VIEJA

–bnimsacyleAoóclcuc2seAoetseinAolsl/se1.lcacbsteno3.tsAinseAoesg.Asresteo1bnolAc1coluiEói1oluieAoteo1btoiegenoli2sacylegenoóin1seAoetiastoreai1onacstoreoleote1.lcacbci

AoejcttsnasgieAoeRonclAsAeAoeqsructtsetsejco8s

3o LabiRndose ,ormulado reclamaciones contra el acuerdo adoptado por el Olenode este j untamiento del pasado V( de septiembre de VSí(y sobre la aprobación de laordenan a municipal refuladora de a udas al emprendimientoy ,omento del empleo renovación re,orma de locales comerciales en el municipio de zillarca o de )erindad dehastilla la zieáay se entiende elevado a de,initivo sin necesidad de nuevo acuerdoy decon,ormidad con lo establecido en el artEculo í–.0 del 5eal 2ecreto Aefislativo V-VSS ypor el gue se aprueba el te1to re,undido de la Ae de 9aciendas Aocales.

 l te1to Entefro de la ordenan a es el sifuienteñ

M52 3j3 j ):3ChCOjA 5 7:Aj2M5j 2  jU:2jx jA  )O5 32C)C 3éMy8M) 3éM 2 A  )OA M U 5 3MzjhCY3 U 5 8M5)j 2  AMhjA xhM) 5hCjA x  3  A ):3ChCOCM 2  zCAAj5hjUM 2  ) 5C32j2

2  hjxéCAAj Aj zC Bj

  OMxChCY3 2  )MéCzMx

 l j untamiento de zillarca o de )erindad de hastilla la zieáa con el obáetivo degue en el municipio se continNe con la tendencia descendente de la tasa de desempleo a la ve se consifa revertir la tendencia demofrq,ica actual gue lleva a una reducciónprofresiva del crecimiento poblacional en los pró1imos aPosy desea activar la economEalocaly ,omentar el espEritu de empresa e impulsar ,avorecer el empleo autoempleo. Oorelloy la presente ordenan a tiene como obáeto el ,omento de la creación o ampliación deempresasy mediante la concesión de a udas para aguellas gue se estable can en zillarca ode )erindad de hastilla la zieáay crear una lEnea de apo o para la feneración de empleoen la localidad. xe pretendey con ,inanciación Enteframente municipaly ,omentar lacontratación o el autoempleoy asE como ,avorecer la inserción del colectivo de personasdesempleadas residentes en el municipioy tanto a áornada completay como a tiempo parcialyestableciendo a udas económicas destinadas a apo ar su contratación.

 l obáetivo de las a udas económicas municipales refuladas en la presenteordenan a es paliary en la medida de las posibilidades de esta jdministracióny la situaciónactual de desempleo mediante el estEmulo a la iniciativa empresarial de autónomosy parala contratación de personas desempleadas empadronadas en el municipio de zillarca o de)erindad de hastilla la zieáa.

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boletín oficial de la provincia

– j0 –

núm. 236 Uue es, 13 de diciembre de 2018e

diputación de burgosbopbur.dipu Lciondeburaos.es :.B.v tD - 1 - 1958

burgoséFé:AM C

2CxOMxChCM3 x 7 3 5jA x

–nuda.tiefíep xm8ouiíeAa presente Mrdenan a tiene por obáeto la refulación de la actividad de ,omento

empresarial económico por parte del j untamiento de zillarca o de )erindad de hastillala zieáay encaminada a ,avorecer el empleoy el emprendimientoy la renovación re,ormade locales comerciales e1istentes en el municipio de zillarca o de )erindad de hastilla lazieáay a travRs de a udas subvenciones.

 l presente te1to normativo refula la concesión de las sifuientes a udasñ ú j uda a la creación de nuevas actividades empresariales. ú j uda al ,omento del empleo. ú j uda a la renovación re,orma de locales comerciales e1istentes.–nuda.tieOíep n3slieai1bouoluoebsnsetseailaorcyleAoer.m2olaciloríexerq competente para la concesión de a udasy como órfano ,acultado para la

autori ación disposición del fasto correspondientey la jlcaldEa o la Bunta de 7obiernoAocal si estuviera delefado en la misma esta competencia.

–nuda.tievíep xmtc3saciloregeno,.crcuire3olonstorebsnseronemoloócacsnciíeaI Aas personas ,Esicas o áurEdicas tendrqn establecidos sus centros de trabaáo en

el tRrmino municipal de zillarca o de )erindad de hastilla la zieáa. bI  star al corriente de pafo en sus oblifaciones con 9acienday xefuridad xocial

con el j untamiento de zillarca o de )erindad de hastilla la zieáa tanto en el momentode la solicitud de la subvención como en el momento de la liguidación de la subvenciónrestante cuando proceda.  l incumplimiento de esta oblifación conllevarq la denefacióntotal de la subvención.

cI 2isponer o Laber solicitado el inicio del procedimiento para la obtención de lascorrespondientes licencias municipales.

dI 5eunir los reguisitos especE,icos establecidos para cada lEnea proframa dea udas de esta Mrdenan a.

eI )antener los contratos o pro ectos empresariales obáeto de la subvenciónconcedida durante el periodo establecido en cada una de las lEneas.

,I homunicar al órfano concedente la obtención de otras subvencionesy a udas einfresos gue ,inancien las actividades subvencionadas.  sta comunicación deberqe,ectuarse tan pronto se cono ca y en todo casoy con anterioridad a la áusti,icación de laaplicación dada a los ,ondos pNblicos.

fI 7astos no subvencionablesñú éasas o impuestos Czjy ocupación de vEa pNblicay etc.I.ú Aas mercancEas destinadas a la venta en el establecimiento.ú Aa compra de elementos de transporte.

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ú Aa adguisición de activos mediante leasinf.ú Aos fastos derivados de prRstamos o crRditosy asE como los de apertura o

mantenimiento de cuentas corrientes.ú Cnteresesy recarfos sanciones administrativas penales.ú Aa adguisición de bienes usados.ú jguellos en los gue el vendedor o prestador de los bienes o servicios ,uera el

adguirentey o se diera un supuesto del gue pudiera derivarse autoT,acturación.–nuda.tie0íep DPat.rciloreai1.loríe3o podrqn ser bene,iciarias de estas a udasñ aI Aas administraciones pNblicas ni las entidades vinculadas o dependientes de

cualguiera de ellas. bI Aos promotores gue reiteradamente Lan solicitado a uda municipal o gue Lan

demostrado ine,icacia o ,alta de aprovecLamiento de a udas obtenidas anteriormente. cI  mpresas instrumentales.dI 3o podrqn ser bene,iciarios de las subvenciones las personas ,Esicas o áurEdicas

gue incurran en alfuna de las circunstancias previstas en el artEculo í0 de la Ae 7eneralde xubvenciones.

–nuda.tie4íep CnorolusacyleAoeritcacu.AorEebts/iegenorit.acylíeí. Aas solicitudes se deberqn presentar en el 5efistro del j untamiento de zillarca o

de )erindad de hastilla la zieáa en los Lorarios de apertura establecidos. Aas solicitudestambiRn podrqn ser presentadas en alfunos de los refistros o,iciales gue autori a el artEculoí4. de la Ae 06-VSíDy de í de octubrey del Orocedimiento jdministrativo homNn de lasjdministraciones ONblicas.

V. Aas solicitudesy áunto con la documentación a presentar en orifinal o copiadebidamente compulsada gue ,ifurarq en los ane1os de la convocatoria correspondienteyse presentarqn dentro del pla o gue se ,iáe en la convocatoria anual correspondiente. huandose opte a mqs de una de las lEneasy la documentación comNn se aportarq una sola ve .

0. jguellas solicitudes gue presenten de,ectos u omisiones en cuanto a ladocumentación gue deba aportarsey se concederq un pla o de die dEas Lqbilesy contadosa partir del dEa sifuiente a la noti,icacióny para gue subsane la ,alta o acompaPe losdocumentos preceptivosy con la advertencia de gue la no presentación o subsanación seentenderq como desistimiento de la peticióny procediRndose a su arcLivo sin mqs trqmite.

. jnualmente se aprobarq la convocatoria gue se publicarq en el GoletEn M,icial dela Orovincia de Gurfos abriendo el pla o en el gue se pueden presentar las solicitudes.Aas solicitudes se atenderqn Lasta afotar el presupuesto anual disponibley incluidasy ensu casoy las feneracionesy ampliaciones o incorporaciones de crRdito.

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D. Aos e1pedientes se tramitarqn resolverqn sifuiendo el orden de presentaciónde las solicitudesy Lasta el lEmite de la disponibilidad presupuestaria de cada eáerciciopresupuestario.

4. 2esde la unidad administrativa del j untamiento se e1aminarqn las solicitudes la documentación adáunta con,orme a los criterios establecidos en la convocatoriay

pudiendo solicitar para ello cuanta in,ormación complementaria o aclaratoria se considereprecisa.  l j untamiento serq el encarfado de reali ar de o,icio todas las festionesnecesarias para la determinacióny conocimiento comprobación de los datos en base alos cuales se reali arq la propuesta de resolución al órfano competente para resolver. Aaresolución se dictarq noti,icarq en el pla o mq1imo de tres meses contados desde la,ecLa de presentación de la solicitud.

–. Aas ,acturas correspondientes a los fastos reali ados deberqn ser con,orme a lalefislacióny deben estar emitidasy en todo casoy a nombre del solicitante de la a uda. Aosáusti,icantes de pafo de las ,acturas se acreditarqn mediante recibos o carfos bancarios. n ninfNn caso se tendrqn en consideración aguellos fastos gue se La an pafado ene,ectivoy correspondientes a operaciones en las gue alfuna de las partes intervinientesactNe en calidad de empresario o pro,esionaly con un importe ifual o superior a V.DSSeuros o su contravalor en moneda e1tranáeray de con,ormidad con lo establecido en elartEculo – de la Ae –-VSíVy de V6 de octubrey de modi,icación de la normativa tributaria presupuestaria de adecuación de la normativa ,inanciera para la intensi,icación de lasactuaciones en la prevención lucLa contra el ,raudey en todo caso el lEmite ,iáado en estacantidad se actuali arq a lo gue margue la le en vifor en ese momento.

–nuda.tie5íep éo3.c1coluiEeclrboaacylegeailunitíe2e con,ormidad con lo dispuesto en la lefislación feneral de subvencionesy

corresponde al j untamiento de zillarca o de )erindad de hastilla la zieáa eáercer la,acultad de control sefuimiento para la comprobación del cumplimiento de lascondiciones impuestas al bene,iciarioy para lo cual podrq e,ectuar las visitas de inspeccióngue crea convenientes. Aos bene,iciarios o entidades colaboradoras los tercerosrelacionados con la subvención o su áusti,icación estarqn oblifados a prestar colaboración ,acilitar el eáercicio de estas ,unciones de control. Aos bene,iciarios guedan oblifados a

comunicar al j untamiento cualguier modi,icación gue se produ ca respecto a los datosidenti,icativos o a las circunstancias tenidas en cuenta en el momento de la concesióny asEcomo de los compromisos oblifaciones asumidas por el bene,iciario. Aos bene,iciariosdeberqn comunicar áusti,icar documentalmentey durante un periodo de un aPo desde elotorfamiento de la subvencióny los cambios de titularidady de ra ón social o lassubrofaciones gue se produ can en las empresas solicitantes bene,iciarias de cualguiersubvención solicitada concedida al amparo de la convocatoria de esta ordenan ay en elmomento en gue se produ can.

–nuda.tie6íep qila.nnolacsEea.sludse1GPc1seoeclai1bsucmctcAsAeAoetsresg.Asríe l importe de la subvención nunca podrqy en concurrencia con a udas

subvenciones de esta otras jdministraciones pNblicas o entes privados pNblicosy

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nacionales o internacionesy superar el coste de la actividad a desarrollar por el bene,iciario.3o obstantey cada lEnea podrq establecer particularidades al respecto de la admisión o node la concurrencia con otras subvenciones criterios subvencionables. j estos e,ectos lasolicitud de subvención deberq acompaParse del compromiso de comunicar la superaciónde los citados lEmites en cualguier momento del perEodo contractual subvencionado engue se produ ca.

–nuda.tie9íep Cs3ieAoetser.m2olacylíexe e,ectuarqy salvo gue la convocatoria de la subvención disponfa otra cosay un

primer pafo del –D/ de la a uda una ve concedida. Aa liguidación ,inal VD/ restante dela a uda concedidaI se e,ectuarq una ve se compruebe gue el bene,iciario La cumplidocon el obáetivo de la ordenan a con el tiempo de permanencia establecido en cada unade las lEneas de subvenciónñ

ú AEnea í. 3uevas actividades empresarialesñ j los V meses a partir del alta inicialen C.j. .

ú AEnea V. 8omento del empleo. aI hontratos inde,inidos. j los íV meses a partir de la ,ecLa inicial del contrato

subvencionado. bI hontrato temporal. j la ,inali ación de ese contrato. ú AEnea 0. j udas a la renovación re,orma de locales comercialesñ j los íV meses

a la concesión de la subvención en Bunta de 7obierno Aocal. –nuda.tieáíep SclslacsacylíAas a udas recofidas en esta ordenan a serqn ,inanciadas con carfo a las

correspondientes aplicaciones presupuestarias incluidas en el presupuesto municipal deleáercicio gue corresponda sefNn ,ecLa de la convocatoria.

 n la convocatoria vendrq establecido el porcentaáe presupuestario gue estarqdisponible para cada una de las lEneas de a udas.

–nuda.tiefVíep RiAcócasacyleAoetsenorit.acyleAoeailaorcylíeéoda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de

subvencionesy asE como la obtención concurrente de subvenciones o a udas otorfadaspor otras administraciones o entes pNblicos o privadosy nacionales o internacionales podrqdar lufar a la modi,icación de la resolución de la concesión.

–nuda.tieffíep zocluo3nieAoer.m2olaciloríeaI Orocederq el reintefro por parte del bene,iciario de las cantidades percibidas

la e1ifencia del interRs de demora desde el momento de pafo de la subvencióny en lacuantEa lefalmente establecida previa la tramitación de e1pedientey en los sifuientessupuestosñ

ú 5enuncia de la subvención. ú Mbtención de la subvención sin reunir los reguisitos necesarios para ello o

,alseqndolos.

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ú Cncumplimiento de la ,inalidad para la gue la subvención ,ue otorfada. ú Cncumplimiento de las oblifaciones de áusti,icación o reali ación ,uera de pla o. ú Cncumplimiento de cualguier otra de las condiciones impuestas al bene,iciario. ú 3efativa por parte del bene,iciario a las actuaciones de control por parte del

j untamiento. bI Aa solicitud de reintefro serq parcialy proporcional ponderada al incumplimiento

por parte del bene,iciarioy aplicando los parqmetros correspondientes calculada lacantidad económica por el propio j untamiento.

cI Aos reintefros tendrqn la consideración de infresos de derecLo pNblicoy por logue se podrq proceder a su cobro por vEa de apremioy con independencia de lasresponsabilidades a gue Lubiere lufar.

dI xe procederq al reintefro de las cantidades percibidas la e1ifencia del interRslefal del dineroy desde el momento del pafo de la subvención o de su entrefa a cuentaLasta la ,ecLa en gue se acuerde la procedencia del reintefroy en los casos establecidospor el artEculo 0– de la Ae 7eneral de xubvenciones.

eI Orescribirq a los cuatro aPos el derecLo de la jdministración de reconocer oliguidar el reintefro. Oara e1ifir el reintefro se deberq sefuir el procedimiento establecidoen el artEculo V de la Ae 0(-VSS0y de í– de noviembrey 7eneral de xubvenciones.

,I  n el caso de incumplimientoy se tramitarq el oportuno e1pediente baáo losprincipios de contradicción pruebay con audiencia del bene,iciario interesado para guepueda ,ormular alefaciones proponer las pruebas gue estime oportunasy siendo el órfanocompetente para la concesión de la subvencióny establecido en el artEculo V de la presenteMrdenan ay el Nnico órfano competente para resolver o revocar las a udas.  n lo noprevisto en las presentes bases se estarq a lo dispuesto en la lefislación vifente.

–nuda.tiefOíep CniaoAc1coluierslacilsAiníehonstitu en in,racciones administrativas en materia de subvenciones cualguiera de

las acciones u omisiones tipi,icadas en la Ae 0(-VSS0y de í– de noviembrey 7eneral dexubvenciones.  l procedimiento sancionadory la fraduación de las penas los tipos desanciones serqn los establecidos en dicLa Ae .

–nuda.tiefvíep C.mtcacAsAíAos bene,iciarios deberqn incorporar en todas las mani,estaciones de promoción

di,usión de las actuaciones gue Rstas estqn subvencionadas por el j untamiento dezillarca o de )erindad de hastilla la zieáay debiendo atender las indicaciones delj untamiento al respecto con el ,in de gue se promocionen de una manera adecuada lasa udas obtenidas por los bene,iciarios de las a udas refuladas en esta ordenan a.

–nuda.tief0íep z«3c1oleAoe»1clc1crÓíAas subvenciones de esta convocatoria tienen el carqcter de a udas de Íminimis%

con,orme a lo previsto en el 5eflamento : I nNmero í S–-VSí0 de la homisióny de í( dediciembrey relativo a los artEculos íS– íS( del ératado de 8uncionamiento de la :nión uropea a las a udas de Íminimis%.

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burgoséFé:AM CC

AF3 jx U O5M75j)jx 2  x:Gz 3hCY3

AF3 j í. ú jU:2j j Aj h5 jhCY3 2  3: zjx jhéCzC2j2 x  )O5 xj5CjA x.–nuda.tief4íep xmtc3saciloregeno,.crcuireorboadócairebsnseronemoloócacsnciíí. Aas empresas bene,iciarias serqn nuevas iniciativas lo cual supone gueñaI Aos titulares de la empresa re,erido a todos los sociosy caso de sociedad la

entidad solicitanteI no Labrqn eáercido por cuenta propia la actividad económica obáetode la solicitudy a sea de ,orma individual o en ,orma societariay en los Nltimos 0 aPos antesde la ,ecLa de puesta en marcLa de la actividad solicitaday dentro del tRrmino municipalde zillarca o de )erindad de hastilla la zieáa.

bI Aas empresas serqn de nueva creación áurEdicay no se admite ampliación deactividades de las a e1istentesy ni la apertura de delefaciones de similar actividad deempresas e1istentesy ni la trans,ormación áurEdica de la empresa.

V. 9aberse dado de alta en el Cmpuesto sobre jctividades  conómicas delj untamiento de zillarca o de )erindad de hastilla la zieáay en las ,ecLas establecidas enla convocatoria.

0. 9aber solicitado abonado las correspondientes licencias de obrasy lasnecesarias preceptivas para el eáercicio de la actividad de gue se trate actividadesclasi,icadas o de aperturaI e Cmpuesto sobre jctividades  conómicas.

. hontar con un in,orme de viabilidad del pro ectoy tanto tRcnico como económicoT,inanciero.

D.  l pro ecto deberq mantenerse como mEnimo por un perEodo de V meses acontar desde el alta inicial en el Cj y con posibilidad de tener gue modi,icar o reintefrar lasubvencióny siempre con la oblifación de comunicar al j untamiento el cese de laactividad.

4. honservar los documentos las ,acturas áusti,icativas de la aplicación de los,ondos percibidosy incluida la documentación electrónicay en tanto pueda ser obáeto decomprobación control.

–.  n el caso de gue sean personas ,Esicasy oblifación de estar empadronados enel municipio de zillarca o de )erindad de hastilla la zieáa en el momento de la solicitud dela a uda.

–nuda.tief5íep DPat.rciloreorboadócasríeaI Huedan e1cluidos de esta convocatoria aguellas personasy empresas o

actividades empresariales gue La an recibido subvención por esta misma lEnea en aPosanteriores para el desarrollo de las mismas actividades o similares con,orme a estaordenan a o a la ordenan a municipal refuladora de las a udas para la renovaciónyre,orma apertura de locales comerciales en el municipio de zillarca o de )erindad dehastilla la zieáa.

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bI 3o se consideran nuevas actividades económicas aguellas guey viniendoreali ando a una actividad económica con anterioridady se den de alta en un nuevoepEfra,e del Cj .

cI Aos traspasos serqn subvencionables siempre cuando no e1ista un vEnculomatrimonial o situación de LecLo asimilable -o de parentesco de consanfuinidad a,inidad Lasta el tercer frado entre cedente cesionario del nefocio.

dI 3o podrq ser bene,iciario el titular de una nueva actividad gue se desarrolle enlocales propiedad del j untamiento de zillarca o de )erindad de hastilla la zieáa.

eI Mtras gue se estable can en las correspondientes convocatorias.–nuda.tief6íep Msruirer.m2olacilsmtoríeAos fastos subvencionables son los sifuientesñ

Aos promotores con edad de 0D aPos o menos aPosy incrementarqn la a udaconcedida en un íD/.  n este caso todos los promotores de la actividad deberqn teneruna edad de 0D aPos o menos aPos.

í. 5especto de los fastos correspondientes al alguiler de localy guedan e1cluidosñaguellos en los gue e1ista relación áurEdica o de parentescoy Lasta el tercer frado deconsanfuinidad o a,inidady entre la parte arrendataria arrendadora. éampoco sesubvencionarq los alguileres gue tenfan la sede de su nefocio en su vivienda Labitual osean edi,icios de propiedad municipal. xe acoferqn mq1imo seis meses de alguilery a partirde la ,ecLa de inicio de la actividad considerada. 3o entran dentro del conceptosubvencionado ni las ,ian as ni farantEasy tampoco los importes pafados por adelantado.

V.  n cuanto a la compra de nave industrial o local comercialy guedan e1cluidosaguellos en los gue e1ista relación áurEdica o de parentescoy Lasta el tercer frado de

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consanfuinidad o a,inidady entre la parte compradora vendedora o cuando alfunapersonay ,Esica o áurEdicay sea al mismo tiempo compradora vendedora.

0. 7astos de alta de suministrosñ afuay cale,accióny fas lu . 3o se subvencionarqnaguellos fastos en suministros gue tenfan la sede de su nefocio en su vivienda Labitual.xe e1clu en los impuestos.

.  n los fastos correspondientes a Lonorarios de notariosy refistradores conceptos relacionados con el asesoramiento para la puesta en marcLa del nefocioy nose consideran incluidas las cuotas de pafo de asesoramiento ,iscaly laboraly contable.

D. Aos fastos en publicidad de lan amiento serqn los relacionados con edición de,olletosy taráetasy disePo de catqlofos lofotiposy anuncios en medios de comunicación rotulación.

4.  n relación a la asistencia a cursosy áornadas seminarios de los promotoresgue tenfan como obáeto la ,ormación para la puesta en marcLa de la actividad empresarialen feneraly asE como a los relacionados de modo directo e1preso con la actividad obáetode la subvencióny deberqn Laberse reali ado en los íV meses anteriores al inicio de laactividad obáeto de subvención. 2eberqn tener una relación directa con la actividad aemprender. 3o se subvencionarqn ni estudios de fradoy ni mqster ni cursos de postfrado.

–.  n cuanto a activos ,iáosy gue deben ser nuevosy se re,iere a los sifuientesñordenadores de sobremesay impresorasy ordenadores portqtilesy terminales de punto deventay sistemas de etiguetaáey lectores de códifosy balan as electrónicasy caáasrefistradoras.  n el caso de gue se adguieran tablets o ipadsy sólo se subvencionarq unaunidad deberq ser debidamente áusti,icada la necesidad para el desarrollo de la actividadempresarial. xi la actividad empresarial tiene como domicilio social la vivienda Labitual lasubvención tiene como tope íSS euros.

(.  n los fastos derivados del disePo construcción de prototiposy se inclu en losmateriales para la construcción de los mismos. 2e todos estos conceptos guedane1cluidos los impuestos tasas.

–nuda.tief9íep 7ia.1oluiresesbinusnebinetireritcacusluoríeí. Cnstancia de solicitud dirifida al j untamiento de zillarca o de )erindad de

hastilla la zieáa. jne1o íI. V. 23C de las personas ,Esicas o de los representantes lefales de la actividad

constituida hC8 de la empresa. 0. herti,icado de encontrarse al corriente de las oblifaciones ,rente a la xefuridad

xocial. . herti,icado de gue la empresa se Lalla al corriente de las oblifaciones ,iscales

tributarias con la 9acienda ONblica. D. 2eclaración responsable de gue reNne los reguisitos fenerales para obtener la

condición de bene,iciario. jne1o VI.

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4. 2eclaración responsable en la gue se Lafa constar gue el solicitante no se Lallaincurso en ninfuna proLibición. jne1o 0I.

–. 5elación de las solicitudes de subvención para el mismo obáeto a otrosorfanismos pNblicos o privadosy detallando cantidad solicitaday nombre de las entidades la cantidad concedida. xe sePalarqny ademqsy las solicitudes de a udas planteadas a

otras instituciones gue se encuentren pendientes de resolución en el momento deconcurrir a la presente convocatoria. jne1o I.

(. herti,icado de datos bancarios de domiciliación. jne1o DI. 6. )emoria e1plicativa del pro ecto empresarial áunto con in,orme de viabilidad

tanto tRcnico como económico ,inanciero. íS. zida Aaboral del promotor-a o promotores-as. íí.  scritura de constitución de la empresa. íV. hopia del contrato de alguiler oy en su casoy escritura de compraTventay de los

locales comerciales o naves industriales. í0. 8acturas de,initivasy orifinales o ,otocopias compulsadas de las mismasy de los

fastos o costes admitidos. xe podrqn acreditar tambiRn mediante ,acturas electrónicasysiempre gue cumplan los reguisitos e1ifidos para su aceptación en el qmbito tributario.

í . Mrifinal o copia compulsada de los áusti,icantes de pafo de las ,acturaspresentadasy gue se acreditarq a travRs de trans,erencia bancariay certi,icación bancariao e1tracto de pafo.  n esos documentos deberqn guedar claramente identi,icados elreceptor emisor del pafo.  n caso de estar ,raccionadas a pla os se subvencionarqnaguellos gue por ,ecLa estRn dentro de los pla os estimados.

íD. Mtros gue se determinen en la correspondiente convocatoria.éodos los ane1os mencionados en este artEculo se encontrarqn en la

correspondiente convocatoria.AF3 j V. ú jU:2jx jA 8M) 3éM 2 A  )OA M. –nuda.tiefáíep xmtc3saciloregeno,.crcuireorboadócairebsnseronemoloócacsnciFsíeí. Aas contrataciones se reali arqn con personas desempleadas previamente

inscritas como demandantes de empleo en el xervicio ONblico de  mpleo de hastilla Aeón durante un periodo dey al menosy un mes ininterrumpido e inmediatamente anteriora su contratación. Aos demandantes de empleo tendrqn gue encontrarse empadronadosen el municipio de zillarca o de )erindad de hastilla la zieáa desde el momento de lacontratación durante los pró1imos dos aPos como mEnimo.

V. Aa condición de edad de 0D o menos aPos o ma or de DS aPos deberq concurrirel dEa de inicio de la relación laboral obáeto de subvención.

0.  n el supuesto de contratos inde,inidos por los gue se solicite la subvencióny laincorporación de los nuevos trabaáadores deberq suponer en la empresa bene,iciaria unincremento neto de la plantilla ,iáa de la plantilla total en relación el promedio de la plantillade los seis meses anteriores a la contratación. Aas contrataciones temporales por las gue

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se solicite la subvención deberqn suponer un incremento de la plantilla total en relación conel mismo periodo de tiempo.

. Aa empresa deberq mantener a los trabaáadores durante el periodo gueestable ca cada contrato de trabaáo.  n el caso de gue la persona contratada cause baáaen la empresay deberq sustituirse por otra personay gue cumpla con los mismos reguisitos en las mismas condicionesy en el pla o de un mes desde la ,ecLa de baáay comunicqndolo

al j untamiento de zillarca o de )erindad de hastilla la zieáa en un pla o mq1imo de íDdEas desde la ,ecLa del nuevo contrato.

D.  n el caso de contratación inde,inida serq reguisito gue se trate de personasdesempleadas gue no La an tenido una relación laboral inde,inida en la misma empresaen los V meses anteriores.

4.  n el supuesto de contratación temporal el trabaáador no deberq Laber tenido unarelación laboral previa con la empresa en el aPo anterior a la ,ecLa del contrato.

–. :na ve concedida la subvención transcurrido el pla o gue marca laconvocatoria para el cobro del VD/ de subvencióny el bene,iciario deberq presentar copiade todas las nóminas áusti,icantes del abono de las mismas gue La an fenerado esecontrato.

–nuda.tieOVíep DPat.rciloreorboadócasríeú hontrataciones gue a,ecten a cón ufey ascendientesy descendientes demqs

parientesy por consanfuinidad o a,inidady Lasta el sefundo fradoy inclusivey delempresarioy sus anqlofas en caso de pareáas de LecLoy oy en su casoy guienes ostentencarfos de dirección o sean miembros de los órfanos de administración de las empresas.

ú Aos promotores o socios de las empresas gue solicitan la a uda. ú Aas empresas de trabaáo temporal. ú 3o serqn obáeto de subvenciónñ aI Aas relaciones laborales de carqcter especial previstas en el artEculo V de la Ae

del  statuto de los érabaáadoresy te1to re,undido aprobado por el 5eal 2ecreto Aefislativoí-í66Dy de V de mar oy u otras disposiciones lefales.

bI Aas contrataciones reali adas con trabaáadores guey en los veinticuatro mesesanteriores a la ,ecLa de la contratación Lubiesen prestado servicios en la misma empresayfrupo de empresas o entidad mediante un contrato por tiempo inde,inido. Cfualmentey enel supuesto de vinculación laboral anterior del trabaáador con empresas a las gue elsolicitante de los bene,icios La an sucedido en virtud de lo establecido en el artEculo de la Ae del  statuto de los érabaáadores.

cI Aas contrataciones reali adas con motivo de una concesión administrativa. ú Huedan e1cluidos aguellos contratos gue se acumulen para llefar al mEnimo del

tiempo e1ifido en la convocatoria para ser subvencionabley e1cepto aguellos contratos asubvencionados gue se convierten en inde,inidos.

dI Mtras gue se estable can en la correspondiente convocatoria.

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–nuda.tieOfíep q.sludseAoetsresg.Asríeí. xerqn obáeto de subvención los contratos gue suponfan un incremento de la

plantilla total de la empresa respecto de la e1istente con 4 meses de antelación a la ,ecLade la nueva contratación cu a ,ecLa de inicio estR comprendida en el perEodo marcadoen la convocatoria.

V. Cmporte de las a udas para los contratos inde,inidos o de una duración mEnimade íV meses.

ú V.íSS euros por cada persona de incremento de plantilla con contrato de trabaáoinde,inido o con una duración de al menos íV meses. Aa cuantEa serq de V.DSS euros porcada una de las mismas contrataciones e,ectuadas con personas incluidas en alfuno delos sifuientes colectivos mq1imo D contrataciones por empresaIñ

T Bóvenes desempleados de 0D o menos aPos. T Ouesto de trabaáo ma or de DS aPos. T 2esempleados de larfa duración cualguiera gue sea su edad. T 2esempleados con discapacidad. T zEctimas de violencia de fRnero. T Ouesto de trabaáo para personas gue La an estado contratadas en los proframas

de renta bqsicay 5enta de Cnclusión xocialy  mpleo 2irecto jctivo o  mpleo Orotefidoy oaguellos gue sustitu an a estos modelos o proframas.

 ntendiendo los anteriores como contratos a áornada completay cuando se trate deun contrato a tiempo parcial se prorratearq sefNn el porcentaáe de áornada laboral guedesarrolle.

0. Cmporte de las a udas para los contratos temporales. ú 6SS euros por cada persona de incremento de plantilla con contrato mEnimo de 4

mesesy a áornada completa. 2icLa cuantEa ascenderq a í.SDS euros por cada una de lasmismas contrataciones e,ectuadas con personas incluidas en los sifuientes colectivosñ

T Bóvenes desempleados de 0D o menos aPos. T Ouesto de trabaáo ma or de DS aPos. T 2esempleados de larfa duración cualguiera gue sea su edad. T 2esempleados con discapacidad. T zEctimas de violencia de fRnero. T Ouesto de trabaáo para personas gue La an estado contratadas en los proframas

de renta bqsicay 5enta de Cnclusión xocialy  mpleo 2irecto jctivo o  mpleo Orotefido oaguellos gue sustitu an a estos modelos o proframas.

 ntendiendo los anteriores como contratos a áornada completay cuando se trate deun contrato a tiempo parcial se prorratearq sefNn el porcentaáe de áornada laboral guedesarrolle.

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 l contrato deberq mantenerse durante un tiempo de al menos 4 mesesconsecutivos.  n caso de convertir el contrato temporal en inde,inido podrq solicitarse lacuantEa restante a la a uda gue pudiera corresponder por tal modalidad de contrataciónysefNn lo dispuesto en el punto anterior.

. xe entiende por Ídesempleados de larfa duración% aguellos gue ,ifurasendesempleados e inscritos como demandantes de empleo en el momento de sucontratación gue Lubiesen mantenido esta inscripción durante un periodo mEnimo deveinticuatro meses dentro de los treinta meses inmediatamente anteriores a dicLacontratación. Aas contrataciones se reali arqn sifuiendo las directrices marcadas por losrespectivos convenios colectivos.

–nuda.tieOOíep 7ia.1oluiresesbinusnebinetireritcacusluoríeí. Cnstancia de solicitud dirifida al j untamiento de zillarca o de )erindad de

hastilla la zieáa. jne1o íI. V. 2atos identi,icativos de la persona o empresa solicitanteñ 3ombrey nNmero de

23C o 3C y ,ecLa de nacimientoy ,ecLa de contratacióny puesto de trabaáo tiempo dededicación de la persona contratada. jne1o 4I.

0. hopia de la vida laboral de la persona contratada. . hopia del contrato reali ado.

D. 2eclaración responsable de no estar incursas en las proLibiciones para obtenerla condición de bene,iciariay a gue Lacer re,erencia el artEculo í0 de la Ae 0(-VSS0y 7eneralde xubvenciones. jne1o VI.

4. 2eclaración sobre la plantilla de la empresa. jne1o 0I. –. 5elación de las solicitudes de subvención para el mismo obáeto a otros

orfanismos pNblicos o privadosy detallando cantidad solicitaday nombre de las entidades la cantidad concedida. xe sePalarqny ademqsy las solicitudes de a udas planteadas a

otras instituciones gue se encuentren pendientes de resolución en el momento deconcurrir a la presente convocatoria. jne1o I.

(.  áemplar orifinal de los datos de domiciliación bancariay sefNn modelonormali ado.

6. jcreditación de la personalidad áurEdica de la empresa. íS. Cn,orme de la vida laboral de la empresa para cada centro de trabaáo nNmero

de cuenta de coti ación. íí. jlta en el impuesto de actividades económicas en el municipio de zillarca o de

)erindad de hastilla la zieáa. íV. herti,icado de estar al corriente de pafo demqs oblifaciones ,ormales con la

éesorerEa 7eneral de la xefuridad xocial con la 9acienda éributaria. 2icLa circunstanciarespecto de las oblifaciones tributarias con el j untamiento se comprobarq de o,icio.

í0. jcreditación de la discapacidad a travRs del documento o,icial correspondiente.

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í . Oara la acreditación de la condición de vEctima de violencia de fRnero medianteorden de protección o in,orme del )inisterio 8iscal.

íD. hopia de la taráeta de demandante de empleo. í4. Mtros gue se determinen en la correspondiente convocatoria.éodos los ane1os mencionados en este artEculo se encontrarqn en la

correspondiente convocatoria.AF3 j 0. ú jU:2jx j Aj 5 3MzjhCY3 U 5 8M5)j 2  AMhjA x hM) 5hCjA x. –nuda.tievVíep xm8ouiíe s obáeto de esta lEnea las acciones dirifidas a ,ortalecery meáorary Lacer mqs

competitivo e incrementar el teáido comercial e1istente en el tRrmino municipal de zillarca ode )erindad de hastilla la zieáay ,avoreciendo la moderni ación de los establecimientosyincentivando la re,orma renovación de las instalaciones eguipamientosy incluida laimplantación de tecnolofEas de la in,ormación la comunicación.

Aos fastos gue pueden ser obáeto de subvención en la lEneay con e1cepción de loseguipos proframas in,ormqticosy deben destinarse pre,erente especialmentey en lospro ectos de moderni acióny re,orma renovacióny al espacio de la sala de ventas delestablecimiento -o a la parte e1terna del establecimiento ,acLadaIy o en su de,ectoy sedeberq áusti,icar en la memoria gue deberq presentarsey la necesidad de su reali aciónpara el buen ,uncionamiento de la sala de ventas o gue redundarqn de manera clara en laatención al cliente en feneraly en una meáora de la festión del establecimiento.

–nuda.tievfíep xmtc3saciloregeno,.crcuireorboadócairebsnseronemoloócacsnciíeí. Oodrqn ser bene,iciarios de estas subvencionesy las personas ,Esicas o áurEdicas

gue va an a reali ar pro ectos de moderni acióny re,orma renovación de instalaciones eguipamientos comerciales a e1istentesy incluida la implantación de tecnolofEas de la

in,ormación la comunicación en los re,eridos establecimientos.V. Oodrqn solicitar la subvención las personas ,Esicas o áurEdicas gue estRn dadas

de alta en el C.j. . del municipio de zillarca o de )erindad de hastilla la zieáa desarrollenla actividad en el mismoy al momento de la solicitud de la subvención. Aos bene,iciariostienen gue ser titulares de un comercio intefrado en alfuna de las afrupaciones del C.j. .establecidas en la convocatoria.

0.  n el caso de gue sean personas ,Esicasy oblifación de estar empadronados enel municipio de zillarca o de )erindad de hastilla la zieáa en el momento de la solicitud dela a uda.

. éener un nNmero de Lasta D trabaáadores.D. Hue la actuación a reali ar para la gue se solicita subvención supere los 0.SSS

euros de inversión por pro ecto.  n el caso de gue el fasto subvencionable sea re,erenteal apartado íVy í íD del artEculo 00 de la presente ordenan a la inversión deberq ser deal menos í.DSS euros.

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4. 9aber solicitado abonado las correspondientes licencias de obrasy lasnecesarias preceptivas para el eáercicio de la actividad de gue se trate actividadesclasi,icadas o de aperturaI e Cmpuesto sobre jctividades  conómicas.

–. honservar los documentos las ,acturas áusti,icativas de la aplicación de los,ondos percibidosy incluida la documentación electrónicay en tanto pueda ser obáeto decomprobación control.

(. )antener la actividad comercial en el local obáeto de la subvención durante íVmeses a partir de la ,ecLa de,initiva del sefundo pafo de la subvencióny con posibilidadde tener gue modi,icar o reintefrar la subvencióny siempre gue el cierre no La a sidoimputado a causa ma or.

6. homunicar al j untamiento la ,ecLa de inicio ,inali ación de la inversión oactividad subvencionada.

–nuda.tievOíep DPat.rciloreorboadócasríaI Huedan e1cluidos de esta convocatoria aguellas personas ,Esicas áurEdicasy gue

La an recibido subvención por esta misma lEnea en aPos anteriores para el desarrollo delas mismas actividades o similares con,orme a esta ordenan a o a la ordenan a municipalrefuladora de las a udas para la renovacióny re,orma apertura de locales comerciales enel municipio de zillarca o de )erindad de hastilla la zieáa.

bI 3o podrq ser bene,iciario el titular de una actividad comercial gue se desarrolleen locales propiedad del j untamiento de zillarca o de )erindad de hastilla la zieáa

cI Mtras gue se estable can en las correspondientes convocatorias.–nuda.tievvíep Msruirer.m2olacilsmtoríexerqn fastos subvencionables los sifuientes conceptosñí. 5e,ormas para la eliminación de barreras arguitectónicas meáoras de la

accesibilidad a los locales.V. 5eparación reLabilitación de ,acLadas.0. 5e,orma reparación de escaparates.

. Cnstalación de persianasy rótulosy toldos cualguier otro elemento gue incidepositivamente en la imafen e1terior del establecimiento.

D. Cnstalación de iluminación en escaparatesy ,acLada sala de ventas.4.  lementos de cierre e1terior protección de escaparates.–. 5e,ormas en pavimentos e1teriores vestEbulos de acceso.(. harpinterEa Luecos de ,acLada.6. jcristalamiento de sefuridad.íS. xistemas de detección protección contra incendios.íí. 5estauración de elementos especiales de interRs arguitectónico.

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íV.  guipos proframas in,ormqticos directamente relacionados con el desarrollode la actividad empresarial.

í0. )eáoras de sostenibilidadñ implantación de nuevos sistemas de aLorroenerfRtico reducción de consumo de afua u otros recursos naturales o sistemas gueLafan posible el reciclado la eliminación de residuos o meáora de los e1istentes.

í . Aa adguisición e implantación de Lerramientas so,tÓare de comercio electrónicogue inclu an la ,uncionalidad de venta onliney con pasarela de pafo carrito de la compra.Aa adaptación de tiendas virtuales a e1istentes para incorporar dicLa ,uncionalidad. Aostrabaáos deberqn Laberse reali ado en los pla os gue estipule la convocatoria.

íD. jdguisición de nuevos eguiposñ ordenadores de sobremesay impresorasyordenadores portqtilesy terminales de punto de ventay sistemas de etiguetaáey lectores decódifosy balan as electrónicasy caáas refistradoras.  n el caso de gue se adguieran tabletso ipadsy sólo se subvencionarq una unidad deberq ser debidamente áusti,icada lanecesidad para el desarrollo de la actividad empresarial.

í4.  n su casoy elaboración del Oro ecto éRcnico 2irección de obra visado por elholefio M,icial. hon un mq1imo de –SS euros o el DS/ del importe.

–nuda.tiev0íep q.sludseAoetser.m2olacylíeí. Aa cuantEa de la subvención a conceder sobre el fasto e,ectivamente reali ado

áusti,icadoy se ,iáarq en cada convocatoria sin gue pueda superar los sifuientes lEmitesñaI Aocales situados en el entorno urbanoñ 0D/ del fasto e,ectivamente reali ado

áusti,icado Aocales situados ,uera del entorno urbanoñ VD/ del fasto e,ectivamentereali ado áusti,icado.

bI huantEa mq1ima de subvención por pro ecto o actuación no podrq superar losíS.SSS euros.

Aos promotores de la renovación o re,orma con edad de 0D aPos o menos aPosyincrementarqn la a uda concedida en un íD/.  n este caso todos los promotores de laactividad deberqn ser de 0D aPos o menos.

V.  l cqlculo de la subvención se reali arq a partir del presupuesto de fastoe,ectivamente reali ado áusti,icadoy gue deberq de ser superior a 0.SSS eurosy salvo enlos casos de los apartados íVy í íD del artEculo 00 de la presente ordenan ay en los guedeberq ser de al menos í.DSS euros.

0. xe aplicarq el porcentaáe gue le corresponde por ona al total del presupuestoadmitido.

–nuda.tiev4íep 7ia.1oluiresesbinusnebinetireritcacusluoríeí. Cnstancia de solicitud dirifida al j untamiento de zillarca o de )erindad de

hastilla la zieáa. jne1o íI. V. 23C de la persona ,Esica o del representante lefal de la actividad hC8 de la

empresa. 0. hopia de Cj .

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. herti,icado de estar al corriente de las oblifaciones ,rente a la xefuridad xocial. D. herti,icado de Lallarse al corriente de las oblifaciones ,iscales tributarias con

la 9acienda ONblica.4. 2eclaración responsable de gue reNne los reguisitos fenerales para obtener la

condición de bene,iciario. jne1o VI.–. 2eclaración responsable en la gue se Lafa constar gue el solicitante no se Lalla

incurso en ninfuna proLibición. jne1o 0I. (. 5elación de las solicitudes de subvención para el mismo obáeto a otros

orfanismos pNblicos o privadosy detallando cantidad solicitaday nombre de las entidades la cantidad concedida. xe sePalarqny ademqsy las solicitudes de a udas planteadas a

otras instituciones gue se encuentren pendientes de a udas planteadas a otrasinstituciones gue se encuentren pendientes de resolución en el momento de concurrir ala presente convocatoria. jne1o I.

6. herti,icado de datos bancarios de domiciliación. jne1o DI.íS. )emoria e1plicativa de la re,orma empresarial.íí.  scritura de constitución de la empresa.íV. 2ocumentos áusti,icativos ,acturas gue acreditan el fasto reali adoy ordenados

correlativamente sefNn el nNmero de orden asifnado en la relación numerada. xepresentarqn ,otocopias compulsadas o con,ormadas por el servicio festor.

í0. Mrifinal o copia compulsada de los áusti,icantes de pafo de las ,acturaspresentadasy gue se acreditarq a travRs de trans,erencia bancariay certi,icación bancariao e1tracto de pafo.  n esos documentos deberqn guedar claramente identi,icados elreceptor emisor del pafo.

í . hontrato de alguilery escritura de propiedad del local o cualguier otro tEtuloáurEdico bastante por el gue se dis,ruta de la posesión de bien.

íD. Mtros gue se determinen en la correspondiente convocatoria.éodos los ane1os mencionados en este artEculo se encontrarqn en la

correspondiente convocatoria.–nuda.tiev5íep CniuoaacyleAoeAsuireAoeasnGauonebonrilstíej tenor de lo establecido en la Ae Mrfqnica íD-í666y de í0 de diciembrey de

Orotección de 2atos de harqcter Oersonaly los datos gue se recaban de los solicitantespodrqn ser incorporados a un ,icLero automati ado de titularidad del j untamiento dezillarca o de )erindad de hastilla la zieáa. jsimismoy los solicitantes podrqn eáercer suderecLo de accesoy recti,icacióny cancelación oposición dirifiRndose al 5efistro 7eneraldel j untamiento.

–nuda.tiev6íep jc3olacsíAa presente ordenan a serq tramitada con,orme al procedimiento de aprobación de

las ordenan as municipalesy entrarq en vifory a tenor de lo establecido en el artEculo –S.V

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de la Ae –-í6(Dy de V de abrily refuladora de las Gases de 5Rfimen Aocaly una vepublicado su te1to Entefro en el GoletEn M,icial de la Orovincia de Gurfos transcurrido elpla o previsto en el artEculo 4D.V del mismo te1to lefaly se mantendrq en vifor en tantoen cuanto no sea derofada por norma posterior de ifual o superior ranfo áerqrguico.

xe ,aculta al sePor jlcalde para interpretar resolver cuantas cuestiones suráan dela aplicación de esta ordenan a para gue dicte las resoluciones complementariasnecesarias para el desarrollo cumplimiento de la misma.

2CxOMxChCY3 é5j3xCéM5Cj C

 l pla o de presentación de solicitudes irq establecido en las correspondientesconvocatorias gue deberqn ser aprobadas cada aPo por el órfano competente.

 n zillarca o de )erindad de hastilla la zieáay a 0S de noviembre de VSí(. l jlcaldey

jdriqn xerna del Oo o