auditoria tributaria

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Page 1: Auditoria TRIBUTARIA

1

Page 2: Auditoria TRIBUTARIA

2

Page 3: Auditoria TRIBUTARIA

3

Page 4: Auditoria TRIBUTARIA

4

UNIVERSIDAD PERUANA LOS ANDES

Educación a Distancia.

Huancayo.

Impresión Digital

SOLUCIONES GRAFICAS SAC

Jr. Puno 564 - Hyo.

Telf. 214433

Page 5: Auditoria TRIBUTARIA

PRESENTACION

5

Como docente de la asignatura de Auditoria Tributaria, la cual complemento

con el asesoramiento a empresas, he recibido la invitación de las autoridades

universitarias para preparar este trabajo, la misma que espero permita

contribuir a la difusión de temas vigentes que revisten cierta complejidad en su

aplicación.

Al presentar este trabajo es mi propósito que este material sirva como guía

práctica a los estudiantes, profesionales y empresarios, a fin de se conozca

cuales son los métodos y procedimientos que utiliza la Administración

Tributaria en la determinación de las obligaciones tributarias mediante las

llamadas fiscalizaciones o Auditoria Tributaria.

La actividad económica de nuestro país se encuentra dividido en dos grandes

grupos, por un lado están las empresas formales que constituyen un poco mas

del 35% quienes se ven obligados a cumplir con todas las formalidades que

exige nuestro sistema tributario y por otro lado están las empresas informales

que constituyen un poco menos del 65% de la economía del país, quienes no

pagan o pagan parcialmente los impuestos porque consideran que nuestro

sistema tributario es complejo, frondoso y con demasiadas formalidades que

es imposible de cumplir.

El trabajo se ha dividido en cuatro fascículos, el primero comprende un estudio

del actual sistema tributario que está conformado por el Código Tributario la

misma que se ha abordado en forma práctica, asimismo se ha efectuado un

recuento de los tributos vigentes igualmente se hace una introducción a la

Auditoria Tributaria su clasificación y los métodos de auditoria.

Page 6: Auditoria TRIBUTARIA

6

El segundo fascículo trata sobre las facultades de la Administración Tributaria

identificando a la fiscalización como la facultad mas importante que es en sí la

labor del auditor tributario, asimismo se describe todo el procedimiento que

debe seguir un trabajo de Auditoria Tributaria; en el tercer fascículo se

profundiza el análisis práctico del procedimiento de Auditoria Tributaria

diseñado para las empresas informales que constituyen el 65% de la

economía, procedimiento que concluye con el informe final que se denomina

Acotación de Oficio sobre base presunta.

El fascículo cuarto trata sobre la aplicación del procedimiento de auditoria para

las empresas formales que están conformadas mayormente por las grandes

empresas y es allí donde se aplica los conocimientos profesionales y las

técnicas de auditoria tributaria como función privativa del Contador Público,

esta labor concluye con la aplicación práctica de la elaboración del informe de

Auditoria Tributaria denominado Acotación de Oficio sobre base cierta.

Finalmente debo expresar mi reconocimiento a todas las personas que han

hecho posible la publicación de este texto, a mis colegas y a los alumnos que

con sus opiniones y comentarios han contribuido a la difusión de temas tan

vigentes que espero contribuya a la formación de la conciencia tributaria en el

país.

C.P.C. Felipe Huaroto Sairitupac

Page 7: Auditoria TRIBUTARIA

7

INDICE

UNIDAD TEMÁTICA N° 1

EL SISTEMA TRIBUTARIO NACIONAL 91.- Concepto 10

2.- Estructura 10

3.- El Código Tributario 10

4.- Tributos vigentes 11

5.- La Obligación Tributaria 13

LA CONTABILIDAD Y LA AUDITORIA 161.- Contabilidad 16

2.- Auditoria 16

3.- Clases de Auditoria 16

4.- La Auditoria Tributaria 17

BIBLIOGRAFÍA 19

AUTOEVALUACION FORMATIVA 19

UNIDAD TEMÁTICA N° 2

FACULTADES DE LA ADMINISTRACION TRIBUTARIA 211.- La Administración Tributaria 21

2.- Facultades de la Administración Tributaria 21

PROCEDIMIENTOS DE AUDITORIA TRIBUTARIA 251.- Inicio de la Fiscalización 25

2.- El Procedimiento preliminar 26

3.- El Procedimiento definitivo de Auditoria 27

4.- Finalización de la Fiscalización 28

Page 8: Auditoria TRIBUTARIA

8

AUTOEVALUACION FORMATIVA 85

BIBLIOGRAFÍA 34

AUTOEVALUACION FORMATIVA 34

UNIDAD TEMÁTICA N° 3

PROCEDIMIENTO DE ACOTACION SOBRE BASE PRESUNTA 411.- La Acotación sobre base presunta.- 42

2.- Supuestos para aplicar la determinación sobre base presunta 42

3.- Principales presunciones 43

4.- Efecto de la aplicación de presunciones 44

5.- Aplicación de las Principales presunciones 45

BIBLIOGRAFÍA 55AUTOEVALUACION FORMATIVA 56

UNIDAD TEMÁTICA N° 4

PROCEDIMIENTOS DE ACOTACION SOBRE BASE CIERTA 611.- Efecto del Informe Preliminar 62

2.- El examen de los Estados Financieros 62

3.- Principales procedimientos de Verificación 64

BIBLIOGRAFÍA 84

Page 9: Auditoria TRIBUTARIA

EL SISTEMA TRIBUTARIO NACIONAL

1.- Concepto2.- Estructura3.- El Código Tributario

3.1. El marco legal3.2. Concepto3.3. Clases

CONTENIDO

3.4. Estructura del Código Tributario4.- Tributos vigentes

4.1. Concepto de Tributo4.2. Clasificación4.3. Tributos vigentes en el País

5.- La Obligación Tributaria5.1. Concepto5.2. Características5.3. Elementos5.4. Formas de extinción de la obligación tributaria

LA CONTABILIDAD Y LA AUDITORIA1.- Contabilidad2.- Auditoria3.- Clases de Auditoria

2.1. Por la forma del trabajo2.2. Por la Naturaleza del trabajo

4.- La Auditoria Tributaria4.1. Concepto4.2. Clases de Auditoria Tributaria4.3. Métodos de Auditoria Tributaria

BIBLIOGRAFÍA

AUTOEVALUACION FORMATIVA

9

Page 10: Auditoria TRIBUTARIA

EL SISTEMA TRIBUTARIO NACIONAL

1.- Concepto.-El Sistema Tributario es el conjunto de tributos vigentes de un país y que

es entendido como un conjunto unitario de conocimientos o un sistema

tributario único que rige la actividad financiera del Estado.

2.- Estructura.-Mediante Decreto Legislativo N° 771 de fecha 31.12. 1993 se aprobó la Ley

Marco del Sistema Tributario Nacional, a través del cual se reguló el Marco

Legal del Sistema Tributario Nacional vigentes a la fecha de su publicación

y el cual establece que el Sistema Tributario Nacional se encuentra

comprendido por

- El Código Tributario

- Tributos vigentes en el país

3.- El Código Tributario.-

3.1.- El Marco Legal.-El actual texto se rige por el D.S. N° 135-99-EF qu e comprende el Texto

Único Ordenado del Código Tributario que resume a varias normas

modificatorias en un solo documento.

3.2.- Concepto.-El Código Tributario es el cuerpo normativo que establece los principios

generales, normas, instituciones y procedimientos que rige el

ordenamiento jurídico tributario de un país. Es la norma general rectora

de los principios, instituciones y normas jurídicas que inspiran al

Derecho Tributario.

10

Page 11: Auditoria TRIBUTARIA

3.3.- Clases.-3.1. Código de Normas Generales, este tipo de Códigos rige para todos

los tributos ejemplo el Código Tributario del Perú.

3.2. Código de Normas Específicas o Código de Tributos, este tipo de

Códigos rige para cada tributo es decir no este una norma general

Ejemplo Las Leyes de EE.UU.

3.4.- Estructura del Código Tributario.-3.4.1. Las Normas Generales.- Están contenidas en el Título Preliminar

3.4.2. Las Normas Específicas.-

Libro Primero: La Obligación Tributaria.

Libro Segundo: La Administración Tributaria y Los Administrados

Libro Tercero: Los Procedimientos Administrativos

Libro Cuarto: Infracciones, Sanciones y Delitos.

4.- Tributos.-4.1.- Concepto.-Es la prestación en dinero o en especie a favor del Estado que efectúa el

contribuyente como un desprendimiento de una parte de su riqueza de

acuerdo a su capacidad contributiva para el sostenimiento de los gastos

públicos que resulta exigible coactivamente.

4.2.- Clasificación.-a) Impuesto.- Es el tributo cuyo cumplimiento no origina una

contraprestación directa a favor del contribuyente por parte del Estado.

b) Contribución.- Es el tributo cuya obligación tiene como hecho

generador beneficios derivados de la realización de obras públicas o de

actividades estatales.

c) Tasa.- Es el tributo cuya obligación tiene como hecho generador la

prestación efectiva por el Estado de un servicio público individualizado

en el contribuyente.

11

Page 12: Auditoria TRIBUTARIA

Las tasas se clasifican en:

1) Arbitrios.- Son tasas que se pagan por la prestación o

mantenimiento de un servicio público. Ejemplo: Limpieza pública,

parques y jardines etc.

2) Derechos.- Son tasas que se pagan por la prestación de un

servicio administrativo público o el uso o aprovechamiento de bienes

públicos.

Ejemplo: Partida de Nacimiento, Matrimonio o Defunción.

3) Licencias.- Son tasas que gravan la obtención de autorizaciones

específicas para la realización de actividades de provecho particular

sujetas a control o fiscalización. Ejemplo: Licencia de Funcionamiento,

Licencia de Construcción.

4.3.- Tributos vigentes en el País.-4.3.1. Tributos del Gobierno Central.-

1) El Impuesto a la Renta

2) El Impuesto General a las Ventas

3) El Impuesto Selectivo al Consumo

4) Derechos arancelarios

5) Tasas por la prestación de servicios públicos, entre los cuales

se consideran los derechos de tramitación de procedimientos

administrativos y

6) El Nuevo Régimen Único Simplificado.

4.3.2. Tributos de Gobiernos Locales.-1) El Impuesto Predial

2) El Impuesto de Alcabala

3) El Impuesto al patrimonio Vehicular

4) El Impuesto a las Apuestas

5) El Impuesto a los Juegos

6) El Impuesto a los Espectáculos Públicos no Deportivos

7) Contribución Especial de Obras Públicas

8) Las tasas Municipales

12

Page 13: Auditoria TRIBUTARIA

4.3.3. Tributos creados para fines específicos.-1) Contribuciones de Seguridad Social

2) Contribución al SENATI

3) Contribución al SENCICO

4) Contribución a FONAVI (Derogado)

4.3.4. Otros Tributos.-No obstante la relación anterior debemos advertir la existencia de

otros tributos que conforman también nuestro sistema tributario,

tale como:

1) El Impuesto a las transacciones financieras ITF.

2) El Impuesto Temporal a los Activos Netos

3) El Impuesto a la Venta del Arroz Pilado

4) El Impuesto Extraordinario para la Promoción y Desarrollo

Turístico Nacional.

5) El Impuesto de solidaridad a favor de la niñez desamparada,

6) Contribución Solidaria para la Asistencia Provisional, entre

otros.

7) El Impuesto al Rodaje

8) El Impuesto a las Embarcaciones de Recreo

5.- La Obligación Tributaria.-5.1. Concepto.-La obligación tributaria es la relación del Derecho Público consistente en

el vínculo entre el acreedor tributario (Sujeto activo) y el deudor tributario

(Sujeto Pasivo) establecido por Ley que tiene por objeto el cumplimiento

de la prestación tributaria por parte de este último a favor del primero,

siendo exigible coactivamente.

5.2.- Características.-- Es establecida por Ley o norma con rango de Ley.

13

Page 14: Auditoria TRIBUTARIA

- Es de derecho público

- Es exigible coactivamente.

5.3.- Elementos.-5.3.1.- El Acreedor Tributario.-Es aquel a favor del cual se debe realizar la prestación tributaria.

Nuestro Código reconoce como acreedores tributarios a los

siguientes:

- El Gobierno Central

- Los Gobiernos Regionales

- Los Gobiernos Locales

- Las entidades de derecho público con personería jurídica

propia, cuando la ley les asigne esa calidad expresamente.

5.3.2.- El Deudor Tributario.-Es la persona obligada al cumplimiento de la prestación tributaria

como contribuyente o responsable.

o Contribuyente.- Es aquel que realiza, o respecto del cual se

produce el hecho generador de la obligación tributaria.

o Responsable.- Es aquel que, sin tener la condición de

contribuyente, debe cumplir la obligación tributaria atribuible a

éste.

o Agente de Retención o Percepción.- Son aquellos sujetos

designados como tales que por razón de su actividad, función o

posición contractual estén en posibilidad de retener o percibir

tributos y entregarlos al acreedor tributario.

5.4. Formas de extinción de la Obligación Tributaria.-El Código Tributario contempla las siguientes modalidades de

extinción de la obligación tributaria:

5.4.1.- El Pago.-

14

Page 15: Auditoria TRIBUTARIA

Constituye el medio por excelencia para poner fin a la obligación

tributaria, debiendo efectuarse ante la Administración Tributaria la

que a su vez podrá contratar para el cobro de la misma a las

entidades del sistema financiero.

5.4.2.- La prescripción.-La prescripción origina la inexigibilidad de la deuda tributaria debido a

la inacción del acreedor tributario durante un determinado tiempo

establecido por la Ley. Es decir es la pérdida de la facultad de

determinar la deuda tributaria por parte del órgano administrador de

tributos.

5.4.3.- La Compensación.-Esta forma de extinción de la obligación se produce cuando existe un

monto pagado indebidamente o en exceso por el deudor y que debe

ser devuelto por la Administración.

5.4.4.- Condonación.-Es la facultad que tiene el Estado para renunciar legalmente al

cumplimiento de la obligación tributaria por parte del deudor

conforme queda establecido en el Art. 74 de la Constitución, la deuda

tributaria solo podrá ser condonada por norma expresa con rango de

ley.

5.4.5.- Consolidación.- Esta figura se produce cuando la misma

persona reúne la condición de acreedor tributario y de deudor

tributario por una misma obligación tributaria, como consecuencia de

la transmisión de bienes o derechos que son objeto del tributo.

5.4.6.- Resolución de la Administración Tributaria sobre deudas de cobranza dudosa o de recuperación onerosa.- Son aquellas

que constan en las respectivas resoluciones ú ordenes de pago y

respecto de las cuales se han agotado todas las acciones

contempladas en el procedimiento de cobranza coactiva y cuyos

montos no justifican su cobranza.

15

Page 16: Auditoria TRIBUTARIA

LA CONTABILIDAD Y LA AUDITORIA

1. Contabilidad.-

Sistema de información substancial de un ente con el objeto de exponer los

resultados económicos de un periodo; parte de los documentos fuente hasta

obtener el producto final: Los Estados Financieros.

Es una actividad que se guía por principios, normas, procedimientos y técnicas

2. Auditoria.-Sistema de evaluación de la Contabilidad con el objeto de obtener una opinión

acerca de la razonabilidad de los Estados Financieros; Parte de los Estados

Financieros hasta llegar al documento fuente mediante un procedimiento.

La auditoria se rige por los mismos principios de Contabilidad pero cuenta con

sus propias normas, procedimientos y técnicas.

3.- Clases de Auditoria.-

3.1.- Por la Forma de Trabajo.-

3.1.1. Auditoria Interna.-El auditor depende de la Gerencia o el Directorio según corresponda.

Sus informes ayudan a la Gerencia en la labor de evaluación

permanente del Sistema de Control Interno, el auditor interno está mas

interesado en los procedimientos administrativos que en los resultados.

El auditor interno responde solo frente a la Administración de la empresa

3.1.2.- Auditoria Externa o Independiente.-Es contratado por la Junta de accionistas o el Directorio.

El auditor externo responde frente a la sociedad (Accionistas,

acreedores, sector público, el sindicato etc.)

Emite una opinión acerca de la razonabilidad de los Estados

Financieros, también evalúa el sistema de control interno como base

16

Page 17: Auditoria TRIBUTARIA

para la determinación de la naturaleza, alcance y oportunidad de sus

procedimientos de auditoria.

3.2. Por la Naturaleza del Trabajo.-

3.2.1.- Auditoria Financiera.-Opina sobre la razonabilidad de los Estados Financieros tomados en su

conjunto.

Esta auditoria está más interesada en los resultados que en los

procedimientos.

Emite un Dictamen independiente sobre la razonabilidad de los

Estados Financieros

3.2.2.- Auditoria Operativa o Administrativa.Evalúa los procedimientos que sigue las actividades operativas de la

empresa orientados a la gestión gerencial o las actividades operativas.

Emite un informe sobre la eficiencia y eficacia de la gestión

administrativa u operativa.

3.2.3.- Exámenes especiales.- a) Peritajes Contablesb) La Auditoria Tributaria.

4.- La Auditoria Tributaria.-

4.1. Concepto.-Es un examen especial orientado exclusivamente a determinar con

exactitud la deuda tributaria; se apoya en las técnicas de la Auditoria

Financiera porque recurre a la evaluación de los controles internos, la

obtención de evidencias y preparación de los papeles de trabajo.

17

Page 18: Auditoria TRIBUTARIA

El trabajo concluye en la Resolución de determinación de la deuda

tributaria.

4.2. Clases de Auditoria Tributaria.-

4.2.1.- Auditoria Tributaria Fiscal.- Esta labor realiza el auditor para lograr

los objetivos exclusivos de recaudación y fiscalización que tiene la

Administración Tributaria apoyados en las facultades otorgados con poder

de imperio del Estado.

Se rige por sus propios procedimientos y normas generales del Código

Tributario.

4.2.2.- Auditoria Tributaria Independiente.- El auditor es contratado por el

cliente y sus informes sirven tanto para el cliente así como para la

Administración.

La Auditoria Tributaria Independiente aún no esta aprobado en el Perú.

4.3.- Métodos de Auditoria Tributaria

4.3.1.- Método tradicional de Auditoria Tributaria.- En base a la

evaluación de cuentas y formulación de reparos a la Declaración Jurada.

4.3.2.- Método analítico de Auditoria Tributaria.- En base a coeficientes u

otros procedimientos donde se desestima la Declaración Jurada y se

reestructura la Base Imponible.

18

Page 19: Auditoria TRIBUTARIA

1

1.- Miguel Arancibia Cueva - CODIGO TRIBUTARIO

COMENTADO Y CONCORDADO,

Editores Pacífico, Lima Perú, 2004.

2.- Miguel Arancibia CuevA - AUDITORIA TRIBUTARIA, Editores

Pacífico, Lima Perú, 2005.

3.- Luciano Carrasco Buleje - MANUAL DEL SISTEMA

TRIBUTARIO, Editorial Santa Rosa, Lima

Perú, 2005.

4.- Actualidad Empresarial Revista Quincenal de Investigación y

Negocios.

CUESTIONARIO N° 001

1.- Que es un principio, norma, procedimiento y técnica.

2.- Comente las siguientes normas generales del Título Preliminar del

Código Tributario: Norma II, Norma III, Norma IV, Norma VIII y Norma X.

3.- Comente respecto al indicador financiero denominado PRESION

TRIBUTARIA, su evolución durante los últimos 10 años respecto al PBI.

Page 20: Auditoria TRIBUTARIA

20

Page 21: Auditoria TRIBUTARIA

2

FACULTADES DE LA ADMINISTRACIONTRIBUTARIA

CONTENIDO:1.- La Administración Tributaria2.- Facultades de la Administración Tributaria

2.1.- Facultad de Recaudación2.2.- Facultad de Determinación2.3.- Facultad de Fiscalización2.4.- Facultad Sancionadora

PROCEDIMIENTOS DE AUDITORIA TRIBUTARIA

1.- Inicio de la Fiscalización1.1.- La Carta de presentación1.2.- El requerimiento

2.- El Procedimiento preliminar2.1.- Evaluación de antecedentes del Contribuyente2.2.- La visita de Campo2.3.- Evaluación del Sistema de Control Interno2.4.- Evaluación de los Estados Financieros2.5.- El Informe Preliminar

3.- El Procedimiento definitivo de Auditoria3.1.- El alcance del Examen3.2.- El estudio contable de la empresa3.3.- Los papeles de Trabajo3.4.- El Reparo

4.- Finalización de la Fiscalización4.1.- El cierre de requerimiento4.2.- El procedimiento de Acotación

4.2.1.- Concepto4.2.2.- Acotación Provisional4.2.3.- Acotación de Oficio

4.3.- El informe de Auditoria o Resolución de Determinación

BIBLIOGRAFÍA

AUTOEVALUACION FORMATIVA

Page 22: Auditoria TRIBUTARIA

FACULTADES DE LA ADMINISTRACION TRIBUTARIA

1.- La Administración Tributaria.-Es una institución pública creada para administrar tributos dentro del campo de

acción señalado por las leyes y las facultades de recaudación delegados a

cada administración.

- Gobierno Central.- SUNAT

- Gobierno Local.- SAT

- SENATI.- La misma administración.

2.- Facultades de la Administración Tributaria.-

2.1.- Facultad de recaudación.-Es el acto o procedimiento de cobranza de los tributos y puede

efectuarse:

- Directamente en su propia ventanilla.

- Mediante la firma de convenios con entidades del sistema financiero

- Mediante la interposición de medidas cautelares, inclusive cuando éstas

no sea exigible coactivamente.

2.2.- Facultad de determinación.-Es la constatación de la realización del presupuesto o hecho imponible o

la existencia del hecho generador del tributo; Existen dos formas:

1). Por el propio deudor.- Por acto o declaración del mismo deudor

tributario quien verifica la realización del hecho generador, señala la base

imponible y la cuantía del tributo

2) Por la Administración Tributaria.- Es cuando la Administración

tributaria por iniciativa propia o denuncia de terceros verifica la realización

del hecho generador de la obligación tributaria, identifica al deudor

tributario, señala la base imponible y la cuantía del tributo. La

22

Page 23: Auditoria TRIBUTARIA

Administración Tributaria tiene la facultad de aplicar gradualmente las

sanciones.

2.3.- Facultad de fiscalización.-Es la facultad de actuar discrecionalmente por la decisión administrativa

(experiencia, conocimiento técnico etc.) que considere la mas conveniente

para cautelar el interés público del marco de la ley (Principio de legalidad);

Por facultad de fiscalización la Administración Tributaria tiene la potestad

de comprobar el cumplimiento de obligaciones de los deudores tributarios

a través de:

- La Inspección

- La Investigación

- El Control de cumplimiento de obligaciones Esta facultad la cumple

mediante una auditoria Tributaria, se inicia con la notificación de la Carta

de Presentación y el primer requerimiento, partiendo de la verificación de

las declaraciones hasta concluir en una Resolución, para tal efecto

dispone de 19 facultades discrecionales. Para cumplir con la labor de

fiscalización la Administración elabora el Programa de Fiscalización que

comprende:

- Determina el número de contribuyentes que serán fiscalizados.

- Determina el periodo que cubre la fiscalización

- Establece que tributos comprende (Fiscalización Integral).

- Fija el número de personal fiscalizador.

- Indica la duración del programa de fiscalización.

2.4.- Facultad sancionadora.-El Artículo 164° del Código Tributario solo prevé l a sanción

administrativa por el incumplimiento de deberes formales y a quien no

cumple con el

pago de sus obligaciones tributarias, no hay prisión por deudas.

Page 24: Auditoria TRIBUTARIA

23

Page 25: Auditoria TRIBUTARIA

De acuerdo al Artículo 166° del Código Tributario l a Administración

Tributaria tiene facultad discrecional de determinar y sancionar asimismo

puede aplicar gradualmente las sanciones.

2.4.1.- Tipos de Sanciones (Art. 165°) a) Penas pecuniarias (multas) (Tablas)

b) Comiso de bienes (Art. 184°)

c) Internamiento temporal de vehículos (Art. 182°)

d) Cierre temporal de establecimientos ú oficinas de profesionales (Art.

183°)

e) Suspensión de licencias.

2.4.2.- Tipos de Infracciones1.- De Registros (Art. 173°)

2.- De Comprobantes de Pago (Art. 174°)

3.- De los Libros de Contabilidad (Art. 175°)

4.- De las declaraciones (Art. 176°)

5.- Del control tributario (Art. 177°)

6.- De cumplimiento de obligaciones Tributarias (Art. 178°)

2.4.3.- Régimen de Incentivos (Art. 179°)1. 90% Antes de toda notificación

2. 70% Posterior a la notificación pero antes de Verificación.

3. 50% Una vez surta efecto la notificación de la Resolución de

Determinación ú Orden de Pago pero antes de inicio de Cobranza

Coactiva.

2.4.4.- Régimen de Gradualidad.-(Resolución N° 063-2007-SUNAT. de 30.3.07)

Page 26: Auditoria TRIBUTARIA

Los criterios de gradualidad que se aplicarán a las infracciones son

los siguientes:

24

Page 27: Auditoria TRIBUTARIA

1) La acreditación 5) El monto omitido real

2) La autorización expresa 6) El pago

3) La frecuencia 7) El peso bruto Vehicular

4) El momento en que comparece 8) La subsanación

PROCEDIMIENTOS DE AUDITORIA TRIBUTARIA

1.- Inicio de la Fiscalización.-

1.1.- La Carta de presentación.-Es el documento que sirve para comunicar al contribuyente que será objeto de

fiscalización, destacando a los auditores y el Supervisor que se encargarán de

realizar la Fiscalización.

1.2. El requerimiento.-Es el documento mediante el cual se efectúa la petición de la exhibición y/o

presentación de la documentación contable de acuerdo al Artículo 62° del

Código Tributario, para este efecto el Auditor dispone de una serie de

facultades discrecionales entre otros exigir la presentación de los libros de

Contabilidad y/o documentos que sustenten la contabilidad.

En todos los casos en que el auditor necesita información o requiere de

elementos de prueba inherentes al caso asignado deberá solicitarlo mediante el

requerimiento, consignando en el dorso el resultado y la fecha, en todos los

casos el requerimiento y el resultado del mismo debe ser firmado por el

contribuyente.

De acuerdo al Artículo 141° del Código Tributario “ No se admitirá como medio

probatorio, bajo responsabilidad, el que habiendo sido requerido por la

Administración Tributaria durante el proceso de Fiscalización, no hubiera sido

25

Page 28: Auditoria TRIBUTARIA

presentado y/o exhibido, salvo que el deudor tributario pruebe que la omisión

no se generó por su causa”

2.- Procedimiento Preliminar

2.1. Evaluación de antecedentes del ContribuyenteSe evalúa la carpeta del contribuyente para saber si existen papeles de trabajo

de auditoria de ejercicios anteriores, evaluar si existen Resoluciones de

Determinación de deudas tributarias, Resoluciones del Tribunal Fiscal,

Resoluciones de Modificación de tasa de depreciación, Resoluciones de

Modificación de Método de Valuación de Inventarios.

A continuación el auditor debe premunirse de las diversas normas tributarias

que tengan relación con el giro del negocio, tales como las exoneraciones,

inafectaciones y Regímenes especiales o sectoriales.

2.2. Visita de Campo.-El auditor debe verificar las instalaciones donde funciona la empresa, la planta

de producción, las oficinas de ventas, los almacenes, el primer recorrido debe

servir para tener una idea del volumen del negocio.

2.3. Evaluación del Sistema de Control Interno.-La evaluación del Sistema de Control Interno en Auditoria Tributaria es similar a

la auditoria financiera, sirve para establecer su grado de consistencia de los

controles, el auditor debe aplicar las técnicas de evaluación de control interno

mediante la aplicación de los cuestionarios, revisión de flujogramas, la

correspondencia, el libro de actas del Directorio y de la Junta General.

2.4. Evaluación de los Estados FinancierosEl auditor debe evaluar los principales indicadores financieros que arroja los

Estados Financieros del ejercicio en fiscalización en relación al ejercicio

anterior, incidiendo principalmente en la evaluación de la rentabilidad del

negocio.

26

Page 29: Auditoria TRIBUTARIA

2.5. El Informe Preliminar.Como resultado del informe la administración debe adoptar uno de los

siguientes procedimientos:

a) Proseguir con la auditoria Tributaria Normal en cuyo caso el auditor

formula su programa de auditoria para extender el examen a las partidas que

estima necesario, finalmente proyecta las Resoluciones de Determinación en

base a reparos.

b) Si el informe preliminar establece incoherencias importantes en los Estados

Financieros o debilidades en el sistema de Control Interno, el auditor debe

proceder a acotar de oficio sobre base presunta en base a las normas

tributarias.

3.- Procedimiento definitivo de Auditoria

3.1. Alcances del ExamenEs el documento que señala las cuentas a examinarse en base a una

evaluación preliminar de las partidas del Balance General y Estado de

Ganancias y Pérdidas en base al cual se reclasificará todas las cuentas a partir

de las siguientes Cédulas:

Planilla “A” Estado de Ganancias y Pérdidas

Planilla “B” Balance General

El alcance del examen es un documento referencial que sirve de guía en la

ejecución de la Auditoria y puede variar de acuerdo a los alcances del Informe

Preliminar.

3.2. El estudio contable de la empresa.-

El auditor debe iniciar el estudio contable con la reclasificación del Estado de

27

Page 30: Auditoria TRIBUTARIA

Ganancias y Pérdidas y el Balance General presentados por la empresa con su

declaración jurada con la finalidad de llevar un ordenamiento de la auditoria

practicada.

3.3.- Los Papeles de Trabajo

Se denomina Papeles de trabajo al conjunto de formularios, hojas, planillas,

cuadros y otros documentos probatorios, legajados al término de una

intervención por Auditoria Tributaria, los cuales contienen la información

obtenida en los libros, registros, y demás elementos vinculados a la

Fiscalización del contribuyente, así como los resultados y conclusiones a los

que se ha llegado al término del trabajo.

El ordenamiento de los papeles de trabajo debe estar contenida en el índice de

referenciación que constituye la primera cédula.

3.4.- El Reparo.-

Es la motivación de la observación del Auditor, es decir es la explicación de la

evidencia hallada en una intervención la que debe señalar el concepto, el

monto y el fundamento legal y técnico, asimismo debe contener la cuenta

donde se originó el reparo, la página del libro donde estuvo anotado, el número

de comprobante y la fecha de contabilización; En los casos en que sea

necesario se debe acompañar las pruebas que sirven de fundamento al reparo

las que deben estar debidamente foliados como parte de los papeles de

trabajo.

4.- Finalización de la Fiscalización.-

4.1. El cierre de Requerimiento.-Una vez concluido el proceso de fiscalización la Administración otorga un plazo

para que el contribuyente efectúe los descargos correspondientes.

28

Page 31: Auditoria TRIBUTARIA

Vencido el plazo se meritúa la información sustentatoria de los descargos y se

procede al cierre del requerimiento, este documento debe ser conciso y

objetivo en cuanto a la calificación de la documentación presentada, la cuantía

de los reparos y la liquidación definitiva, la que se da a conocer al contribuyente

a fin de que ejerza su derecho de defensa.

Puede concluir el proceso en el reconocimiento de la deuda en cuyo caso el

contribuyente formula una declaración rectificatoria.

4.2. El Procedimiento de Acotación.-

4.2.1.- Concepto.- Es el procedimiento de liquidación que efectúa la

Administración tributaria como resultado de la verificación o fiscalización.

4.2.2. Acotación Provisional.- Es el procedimiento en virtud del cual la

Administración exige al deudor tributario la cancelación de la deuda tributaria,

sin necesidad de emitir Resoluciones de Determinación en los casos

siguientes:

a) Por tributos autoliquidados por el mismo deudor tributario.

b) Por anticipos o pagos a cuenta exigidos de acuerdo a Ley.

c) Por tributos derivados de errores materiales de redacción o de cálculo

en las declaraciones.

d) Por no haber declarado o habiendo declarado no efectuaron la

determinación por uno o mas periodos previo requerimiento.

e) Por verificación de los libros y registros contables y encuentre tributos no

pagados.

Como resultado de este procedimiento la administración emite ORDENES DE

PAGO.

29

Page 32: Auditoria TRIBUTARIA

3.- Acotación definitiva de Oficio.-

a) Acotación de oficio sobre base cierta.- tomando en cuenta los elementos

existentes que permitan conocer en forma directa el hecho generador de la

obligación tributaria.

b) Acotación de Oficio sobre base presunta.- en mérito a los hechos y

circunstancias que, por relación normal con el hecho generador de la obligación

tributaria, permitan establecer la existencia y cuantía de la obligación.

Como resultado de este procedimiento la administración emite

RESOLUCIONES DE DETERMINACION.

C ASO S P R ACTI CO S SO BRE I NFR ACCIO N E S Y S ANCIO NE S

1. La empresa comercial del Centro S.A. con domicilio fiscal en la Calle Real

N° 734 Huancayo, está siendo fiscalizado por la SUN AT, habiendo

detectado el Auditor que el Registro de Compras del mes de Diciembre de

2006, fue registrada sin tener en cuenta la información mínima señalados

en el Art. 37° del TUO del IGV el Art. 10° numeral II del Reglamento, por

lo que le cursó requerimiento con fecha 03.08.2007 para que rehaga el

Registro. El ingreso Neto Anual declarado para el ejercicio 2006 asciende a

S/. 5’500,000. ¿A cuanto asciende la deuda tributaria si regulariza y paga la

multa con rebaja el día 20.08.2007?

DESARROLLO:a) Infracción: Artículo 175° Numeral 2 del Código T ributario

b) Fecha de la Infracción: 03.08.2007 ( Unica Disposición Transitoria

De la Resolución N°063-2007/SUNAT)

c) Sanción: 0.3% de los Ingresos Netos del ejercicio anterior

d) Liquidación de la Multa:

30

Page 33: Auditoria TRIBUTARIA

0.3% de S/. 5’500,000.00 =

S/. 16,500.00

Menos: Rebaja del 80% (Resolución N° 063-2007/SUNA T) =

(13,2 00. 00 )

MULTA A PAGAR: 3,300.00

Mas: Intereses al 20.08.2007 (1.50%/30 x 17 días = 0.85%)

2 8 .0 0 DEUDA TRIBUTARIA:

3,328.00

2. La empresa de COLEGIO UNION S.A. con RUC N° 2042 343561229

considerada como principal contribuyente esta siendo fiscalizada por la

SUNAT, en este proceso el auditor ha detectado que la empresa no ha

registrado varias boletas de ventas por error que asciende a S/. 10,000.00

durante el periodo tributario de Junio de 2007. Los ingresos Netos del

ejercicio anterior de acuerdo a la Declaración Jurada asciende a S/.

7’500,000.00 ¿A cuanto asciende la multa si el auditor le cursa

requerimiento que vence el 25.08.2007, induciéndole al contribuyente para

que pague acogiéndose al régimen de gradualidad?

DESARROLLO:a) Infracción: Artículo 175 numeral 3 del Código Tributario

b) Fecha de Infracción : 23 de Julio de 2007

c) Sanción : 0.6% de los Ingresos Netos del ejercicio anterior

d) Liquidación de la Multa:

0.6% de S/. 7’500,000.00 = S/.

45,000.00

Límite: 25 UIT (S/. 3,450.00 x 25 = S/. 86,250.00)

MULTA A PAGAR: 9,000.00

Más: Intereses al 25.08.2007 ( 1.50% /30 x 33 días = 1.65%)

1 49. 00

31

Page 34: Auditoria TRIBUTARIA

9,149.00

DEUDA TRIBUTARIA:

4. La empresa Servicentro Amazonas S.A. presentó su declaración jurada PDT

IGV Renta correspondiente al periodo de Diciembre de 2006 que venció el

15.01.07 consignando un saldo por pagar de S/. 10,000.00 Durante la

verificación efectuada por el auditor Tributario, éste detectó que existe error

en el cómputo de las ventas por lo que le induce al contribuyente a que

formule una Declaración Rectificatoria el día 31 de Agosto de 2007,

consignando el nuevo monto por pagar de S/. 15,000.00 ¿A cuanto

asciende la deuda tributaria?

DESARROLLO:a) Infracción : Artículo 178° numeral 1 d el Código

Tributario. b) Fecha de Infracción : 15.01.2007.

c) Sanción : 50% del Tributo Omitido

d) Liquidación de Multa :

Tributo Omitido S/. 5,000.00

Multa S/. 2,500.00

Menos: Rebaja régimen de Incentivos Artículo 179° del Código

Tributario

( 1,75 0 .00 )

70% antes de la emisión de la Resolución de Multa

MULTA A PAGAR: 750.00

86. 0 0

836.00

Mas: Intereses al 31.08.2007 (1.50%/30 x 228 días = 11.40%)

DEUDA TRIBUTARIA:

32

Page 35: Auditoria TRIBUTARIA

CASO PRACTICO SOBRE PROCEDIMIENTO DE ACOTACION

Durante la fiscalización del impuesto a la Renta practicado por la SUNAT según

notificación de Requerimiento de fiscalización de fecha 09.04.2007,

correspondiente al ejercicio gravable 2006 a la empresa FINAS TELAS S.A.

con domicilio en la calle Arequipa N° 767 Huancayo, el auditor ha formulado

los siguientes reparos que el Contador de la empresa ha reconocido:

a) Ventas omitidas según relación de facturas no contabilizadas en

Diciembre por S/. 23,000.00

b) Ha cargado a gastos de Administración Multas é intereses por pago

de tributos atrasados por S/. 22,896.00

c) Ha cargado a gastos de Administración gastos personales del

Accionista mayoritario por 15,000.00.

Determinar la deuda tributaria por Impuesto a la Renta y la multa respectiva,

suponiendo que el día 31.08.2007 concluiría el proceso de fiscalización,

pague el impuesto y las multas respectivas para lo cual se cuenta con la

siguiente información adicional:

-.-

Utilidad según balance año 2006 S/.

112,500.00

Adiciones: Exceso de gastos pagados con Boleta de Venta

5,000.00

Deducciones

Renta Neta Imponible

117,500.00

Impuesto a la Renta

35,250.00

Fecha de vencimiento de la declaración anual

04.04.2007

33

Page 36: Auditoria TRIBUTARIA

DESARROLLO:

Renta Neta Imponible según Declaración Jurada S/.

117,500.00

REPAROS:

1) VENTAS OMITIDAS.-

Base legal: Art. 20° del TUO del Impuesto a la Rent a

Sustento: Facturas no registradas según relación en Anexo

23,000.00

2) MULTAS E INTERESES.-

Base legal: Art. 44° inciso c) del TUO del Impuesto a la Renta

Sustento: Fue cargado a gastos de Administración el pago de multas

É intereses en la liquidación de impuestos atrasados.

22,896.00

3) GASTOS PERSONALES DEL CONTRIBUYENTE.-.

Base legal: Art. 44° inciso a) del TUO del Impuesto a la Renta

Sustento: Según verificación efectuada en los registros, se ha

Constatado el registro de Comprobantes de pago por el consumo

Personal del accionista mayoritario.

15, 000 .0 0

RENTA NETA IMPONIBLE SEGÚN AUDITORIA:

178,396.00

IMPUESTO RESULTANTE:

MENOS: IMPUESTO PAGADO SEGÚN DECLARACION

53,519.00

JURADA ( 35, 2 50 . 00 )

TRIBUTO OMITIDO: 18,269.00

MAS: INTERESES (1.50%/30 x 149 días = 7.45%) 1 , 3 6 1. 0 0

DEUDA TRIBUTARIA: 19,630.00

34

Page 37: Auditoria TRIBUTARIA

LIQUIDACION DE MULTA POR PRESENTAR LA DECLARACION JURADA EN FORMA INCOMPLETA.

DESARROLLO:a) Infracción: Artículo 176 numeral 3 del Código Tributario

b) Fecha de Infracción : 04 de Abril de 2007

c) Sanción : 50% de la UIT

d) Liquidación de la Multa:

50% de la UIT = S/. 1,725.00

Más: Intereses al 31.08.2007 = 7.45% 1 2 9. 0 0

DEUDA TRIBUTARIA: 1,854.00

LIQUIDACION DE MULTA POR NO INCLUIR EN LAS DECLARACIONES INGRESOS Y/O DECLARAR DATOS FALSOS.

DESARROLLO:a) Infracción : Artículo 178° numeral 1 d el Código

Tributario. b) Fecha de Infracción : 04.04.2007.

c) Sanción : 50% del Tributo Omitido

d) Liquidación de Multa :

Tributo Omitido S/. 18,269.00

Multa S/. 9,135.00

Menos: Rebaja régimen de Incentivos Artículo 179° del Código Tributario

70% antes de la emisión de la Resolución de Multa ( 6 , 39 4 . 00)

MULTA A PAGAR: 2,741.00

Mas: Intereses al 31.08.2007 = 7.45%) 204 . 00

DEUDA TRIBUTARIA: 2,945.00

35

Page 38: Auditoria TRIBUTARIA

.-

1.- Miguel Arancibia Cueva - CODIGO TRIBUTARIO COMENTADO Y

CONCORDADO, Editores Pacífico, Lima Perú,

2004.

2.- Miguel Arancibia CuevA - AUDITORIA TRIBUTARIA, Editores

Pacífico, Lima Perú, 2005.

3.- Luciano Carrasco Buleje - MANUAL DEL SISTEMA TRIBUTARIO,

Editorial Santa Rosa, Lima Perú, 2005.

4.- Actualidad Empresarial Revista Quincenal de Investigación y

Negocios.

.-

CASOS PRACTICOS SOBRE INFRACCIONES Y SANCIONES PARA SER DESARROLLADOS POR EL ALUMNO

1. Durante la campaña de detección de la evasión tributaria iniciada por la

SUNAT, con fecha 10.08.2007 han notificado al Señor José Quintanilla

Acosta con domicilio en el Jr. Ancash N° 172 Huanc ayo, que según

información proporcionado por el Arrendador del inmueble, dicho

contribuyente desarrolla una actividad económica en dicha dirección, sin

embargo no está inscrito dicho domicilio en los registros de la SUNAT, por

lo que le han otorgado plazo hasta el 31.08.2007 para que subsane. A

cuanto asciende la multa si el señor Huallanca subsana y paga la multa con

rebaja dentro del plazo otorgado?

2. El Contador de la empresa de Transportes California S.A. ha legalizado el

Libro Diario N° 3 con fecha 30 de Junio de 2006 al haber terminado el libro

anterior N° 2 con fecha 31 de Enero de 2006, situac ión que ha sido

36

Page 39: Auditoria TRIBUTARIA

detectado por la SUNAT al momento de verificar según requerimiento de

fecha 13 de Agosto de 2007, configurándose la infracción de llevar con

atraso mayor al permitido por las normas vigentes. La empresa ha

declarado ingresos netos en el ejercicio anterior de S/. 4’750,000 durante el

ejercicio 2006. Determinar la sanción que le corresponde a la empresa

teniendo en cuenta que el libro se encuentra al día y la SUNAT le ha

inducido a que subsane pagando la multa dentro del plazo del requerimiento

que vence el 31.08.2007.

3. Durante la Fiscalización efectuada por la SUNAT a la empresa Molimarket

S.A. el auditor mediante notificación de fecha 15 de Agosto de 2007, ha

constatado que la empresa no lleva el Registro de Inventario Permanente

Valorizado de Existencias a que está obligado a llevar a partir del 01 de

Enero de 2006 al superar sus ventas durante el ejercicio anterior las 1500

UIT. El auditor le ha otorgado plazo para presentar dicho libro que vence el

31.08.07. ¿Cuál es la infracción que ha cometido la empresa? Determinar la

Deuda Tributaria si regulariza y paga la multa dentro del plazo, teniendo en

cuenta que los ingresos declarados durante el ejercicio 2006 asciende a S/.

5’450,000.

4. El contador del Grifo Santa Isabel E.I.R.L presentó la declaración Jurada

Anual del Impuesto a la Renta correspondiente al ejercicio gravable 2006 el

30.03.3007, sin haber cerrado los libros de Contabilidad, situación que fue

constatado por la SUNAT mediante requerimiento de fecha 10.04.2007. A

cuanto asciende la multa del Contador por Autorizar y a cuanto asciende la

multa a la empresa por presentar la Declaración sin haber cerrado los libros.

La empresa ha declarado ingresos netos de S/. 8’785,000 durante el

ejercicio 2006.

37

Page 40: Auditoria TRIBUTARIA

CASO PRÁCTICO DE PROCEDIMIENTO DE ACOTACION PARA SER DESARROLLADO POR EL ALUMNO.

Durante la fiscalización del impuesto a la Renta practicado por la SUNAT según

notificación de Requerimiento de Fiscalización de fecha 09.04.2007

correspondiente al ejercicio gravable 2006, la empresa industrial PROINDA SA.

dedicada a la comercialización de cerámicos ha formulado y pagado la

siguiente liquidación del impuesto a la renta según declaración:

Utilidad según Balance S/. 15,000.00

Adiciones según Declaración Jurada 7,000.00

Deducciones según Declaración Jurada ( 1, 0 00 . 00 )

RENTA NETA IMPONIBLE: 21,000.00

Impuesto a la Renta: 6,300.00

Fecha de vencimiento de la Declaración Anual 30.03.2007

El auditor ha formulado los siguientes reparos que el contribuyente no ha

desvirtuado según el procedimiento de cierre de requerimiento:

1.- En el mes de Enero de 2006 contabilizó y pagó la Factura N° 001-54545 por

S/. 12,500.00 mas IGV. por el servicio de reparación de local que fue

ejecutado en Diciembre de 2005, la factura tiene fecha de emisión de

31.12.2005

2.- Ha cargado a resultados el costo del contrato con la compañía de seguros

MAFRE PERU S.A. de una póliza de seguros de vida del Gerente General de

la empresa; La vigencia del seguro abarca desde julio de 2006 hasta Junio de

2007, habiéndose pagado y contabilizado el importe total en el mes de Julio de

2006 por S/. 12,000.00 mas IGV.

3.- La empresa tiene facturas pendientes por cobrar por operaciones realizadas

la empresa INVERSIONES EL SOL S.A. con la cual se encuentra vinculada

38

Page 41: Auditoria TRIBUTARIA

3

económicamente. Al 31 de Diciembre de 2006 han cargado a resultados la

provisión por cuentas incobrables por varias facturas que según detalle

asciende a S/. 12,500.00.

4.- La empresa ha obtenido ingresos financieros exonerados del impuesto a la

renta por depósitos en el Sistema Financiero por S/. 8,500.00 y los gastos

inherentes al mismo fueron de S/.950.00 que no fueron deducidos en la

declaración jurada. SE PIDE: Formular la Resolución de determinación y

Resoluciones de Multa respectivas proyectando los intereses al 31 de Agosto

de 2007.

Page 42: Auditoria TRIBUTARIA

40

Page 43: Auditoria TRIBUTARIA

4

PROCEDIMIENTO DE ACOTACION SOBRE BASE PRESUNTA

CONTENIDO:

1.- La Acotación sobre base presunta.-

2.- Supuestos para aplicar la determinación sobre base presunta

3.- Principales presunciones

4.- Efecto de la aplicación de presunciones

4.1. En el Impuesto General a las Ventas

4.2. En el Impuesto a la Renta

4.3. En la determinación de pagos a cuenta del Impuesto a la Renta de 3ra.

Categoría.

5.- Aplicación de las Principales presunciones

5.1. Presunción de Ventas por omisiones en el Registro de Ventas

5.2. Presunción de Ventas por omisiones en el Registro de Compras

5.3. Presunción de Ventas Omitidas por diferencia entre los bienes

registrados y los Inventarios.

5.4. Presunción de Ventas Omitidas por patrimonio no declarado

5.5. Presunción de Ventas Omitidas por diferencia en cuentas en el Sistema

Financiero.

5.6. Presunción de Ventas Omitidas cuando no exista relación entre los

insumos utilizados, producción obtenida, Inventarios y las Ventas

declaradas.

BIBLIOGRAFÍA

AUTOEVALUACION FORMATIVA

Page 44: Auditoria TRIBUTARIA

PROCEDIMIENTOS DE ACOTACION SOBRE BASE PRESUNTA

1.- Auditoria Tributaria sobre base presunta.-La Administración Tributaria podrá determinar la obligación tributaria teniendo

en cuenta los hechos y circunstancias que, por relación normal con el hecho

generador de la obligación tributaria, permitan establecer la existencia y cuantía

de la obligación. (Art. 63° C. T.)

Recientemente la Administración Tributaria viene implementando en la práctica

los procedimientos de Auditoria Tributaria sobre base presunta como parte de

la política de detección de omisos, para lo cual se ha introducido normas

técnicas en el Código Tributario que requieren un análisis detenido.

2.- Supuestos para aplicar la determinación sobre base presunta.-

a) Cuando el deudor tributario no haya presentado las declaraciones dentro del

plazo

b) Cuando la declaración presentada ofreciera dudas respecto a su veracidad

c) Cuando el deudor tributario no presente los libros, registros y/o documentos

que sustenten la contabilidad dentro del plazo señalado por la Administración

Tributaria.

d) Cuando el deudor tributario oculte activos, rentas, ingresos, bienes o

consigne pasivos, gastos o egresos falsos.

e) Cuando se verifique discrepancias ú omisiones entre el contenido de los

comprobantes de pago y los libros y registros contables.

f) Cuando se detecte que no otorga comprobantes de pago por las ventas o

ingresos.

g) Cuado se verifique la falta de inscripción del deudor tributario en los registros

de la SUNAT.

Page 45: Auditoria TRIBUTARIA

42

Page 46: Auditoria TRIBUTARIA

h) Cuando el deudor tributario no lleva los libros de contabilidad ú otros

registros exigidos por las leyes.

i) Cuando no exhiba los libros de contabilidad aduciendo la pérdida o

destrucción.

j) Cuando se detecte la remisión de bienes sin guía de remisión.

k) Cuando el deudor tributario tenga la condición de no habido

l) Cuando se detecte el transporte terrestre de pasajeros sin el manifiesto de

pasajeros

ll) Se verifique que el deudor tributario explota los juegos de máquinas

tragamonedas utilizando un número no autorizado.

m) Cuando el deudor tributario omitió declarar o registrar a uno o mas

trabajadores por tributos vinculados a las contribuciones sociales.

3.- Principales presunciones.-

1) Presunción de ventas o ingresos por omisiones en el registro de ventas o

libro de ingresos o en su defecto, en las declaraciones juradas, cuando no se

presente y/ no se exhiba dicho registro y/o libro

2) Presunción de ventas o ingresos por omisiones en el registro de compras, o

en su defecto, en las declaraciones juradas, cuando no se presente y/o no se

exhiba dicho registro.

3) Presunción de ingresos omitidos por ventas, servicios u operaciones

gravadas, por diferencia entre los montos registrados o declarados por el

contribuyente y los estimados por la Administración Tributaria.

4) Presunción de ventas o compras por diferencia entre los bienes registrados y

los inventarios.

5) Presunción de ventas o ingresos omitidos por patrimonio no declarado o no

registrado.

6) Presunción de ventas o ingresos omitidos por diferencias en cuentas

abiertas en empresas del Sistema Financiero.

43

Page 47: Auditoria TRIBUTARIA

7) Presunción de ventas o ingresos omitidos cuando no exista relación entre los

insumos utilizados, producción obtenida, inventarios, ventas y prestaciones de

servicios.

8) Presunción de ventas o ingresos en caso de omisos.

9) Presunción de ventas o ingresos por existencia de saldos negativos en el

flujo de ingresos y egresos de efectivo y/o cuentas bancarias.

10) Presunción de Renta Neta y/o ventas omitidas mediante la aplicación de

coeficientes económicos tributarios.

11) Presunción de ingresos omitidos y/o operaciones gravadas omitidas en la

explotación de juegos de máquinas tragamonedas.

12) Presunción de remuneraciones por omisiones de declarar y/o registrar a

uno o mas trabajadores.

13) Otras previstas por leyes especiales.

4.- Efectos de la aplicación de Presunciones

4.1.- En el Impuesto General a las Ventas.-El inciso a) del Artículo 65°-A del TUO del Código Tributario señala que las

ventas o ingresos determinados sobre base presunta incrementarán las ventas

o ingresos declarados, registrados o comprobados en cada uno de los meses

comprendidos en el requerimiento en forma proporcional a las ventas o

ingresos declarados o registrados. Las ventas o ingresos omitidos no dará derecho a cómputo del crédito fiscal alguno.

4.2.- En el Impuesto a la Renta.-El inciso b) del Artículo 65°-A del TUO del Código Tributario señala que

tratándose de deudores tributarios que perciban exclusivamente rentas de

tercera categoría del impuesto a la Renta, las ventas o ingresos determinados

se considerarán como renta neta de tercera categoría del ejercicio a que

corresponda. No procederá la deducción del costo computable para efectodel Impuesto a la Renta.

44

Page 48: Auditoria TRIBUTARIA

4.3.- Efectos en la determinación de los pagos a cuenta del impuesto a laRenta de Tercera Categoría.-El inciso c) del Artículo 65°-A del TUO del Código Tributario señala que la

aplicación de las presunciones no tiene efectos para la determinación de los

pagos a cuenta del impuesto a la Renta de tercera categoría.

5.- Aplicación de las Principales Presunciones.

5.1. Presunción de Ventas por omisión en el Registro de Ventas

El Artículo 66° del TUO del Código Tributario señal a que cuando en el registro

de ventas o libro de ingresos, dentro de los 12 meses comprendidos en el

requerimiento, se compruebe omisiones en cuatro meses consecutivos o no

consecutivos, que en total sean iguales o mayores al 10% de las ventas o

ingresos en esos meses, se incrementará las ventas o ingresos registrados o

declarados en los meses restantes, en el porcentaje de omisiones constatadas,

sin perjuicio de acotar las omisiones halladas.

El porcentaje de omisiones comprobadas, que se atribuye a los meses

restantes, será calculado considerando solamente los cuatro meses en los que

se comprobaron las omisiones de mayor monto, dicho porcentaje se aplicará al

resto de los meses en los que no se encontraron omisiones

5.2.- Presunción de Ventas por omisiones en el Registro de Compras

El Artículo 67° del TUO del Código Tributario señal a que cuando en el registro

de compras, dentro de los 12 meses comprendidos en el requerimiento se

compruebe omisiones en no menos de cuatro meses consecutivos o no

consecutivos, se incrementarán las ventas registradas en los meses

comprendidos en el requerimiento, de acuerdo a lo siguiente:

a) Cuando el total de omisiones comprobados sean iguales o mayores al

10% de las compras de dichos meses, se incrementarán las ventas en

45

Page 49: Auditoria TRIBUTARIA

los meses comprendidos en el requerimiento en el porcentaje de las

omisiones constatadas. El monto del incremento de las ventas en los

meses en que se hallaron omisiones no podrá ser inferior al que resulte

de aplicar a las compras omitidas en el índice calculado en base al

margen de utilidad bruta.

El porcentaje de omisiones constatadas, que se atribuye en los meses

restantes, será calculado considerando solamente los cuatro meses en

los que se comprobaron las omisiones de mayor monto. Dicho

porcentaje se aplicará al resto de meses en los que se encontraron

omisiones.

b) Cuando el total de las omisiones comprobadas sean menores al 10% de

las compras, el monto del incremento de las ventas en los meses en que

se hallaron omisiones no podrá ser inferior al que resulte de aplicar a las

compras omitidas en el índice calculado en base al margen de utilidad

bruta.

5.3.- Presunción de Ventas Omitidas por diferencia entre los Bienes egistrados y los Inventarios

El Artículo 69° del TUO del Código Tributario señal a que las presunciones por

diferencias de inventarios se determinarán utilizando cualquiera de los

siguientes procedimientos:

1.- Inventario Físico.-La diferencia entre la existencia de bienes que aparezcan en los libros y

registros y la que resulte de los inventarios comprobados y valuados por la

Administración, representa en el caso de faltantes de inventario, bienes

transferidos cuyas ventas han sido omitidas de registrar en el año inmediato

anterior a la toma de inventario; y en el de sobrantes de inventario, bienes

cuyas compras y ventas han sido omitidas de registrar en el año inmediato

anterior a la toma de inventario.

46

Page 50: Auditoria TRIBUTARIA

El monto de las ventas omitidas, en el caso de faltantes, se determinará

multiplicando el número de unidades faltantes por el valor de venta promedio

del año inmediato anterior. Para determinar el valor de venta promedio del año

inmediato anterior, se tomará en cuenta en valor de venta unitario del último

comprobante de pago emitido en cada mes o, en su defecto, el último

comprobante de pago que corresponda a dicho mes que haya sido materia de

exhibición y/o presentación.

El monto de las ventas omitidas, en el caso de sobrantes, se determinará

aplicando un coeficiente al costo del sobrante determinado. El monto de las

ventas omitidas no podrá ser inferior al costo de sobrante determinado

conforme a lo dispuesto en la presente presunción. Para determinar el costo de

sobrante se multiplicará las unidades sobrantes por el valor de compra

promedio del año inmediato anterior.

2.- Inventario por Valorización.-

En el caso que por causa imputable al deudor tributario, no se pueda

determinar la diferencia de inventarios, de conformidad con el procedimiento

establecido, la Administración Tributaria estará facultada a determinar dicha

diferencia en forma valorizada tomando para ello los valores del propio

contribuyente de acuerdo a un procedimiento que la Ley expresamente lo

señala.

3.- Inventario documentario.-

Cuando la Administración determine diferencias de inventario que resulten de

las verificaciones efectuadas con sus libros y registros contables y

documentación respectiva, se presumirán ventas omitidas, en cuyo caso serán

atribuidas al periodo requerido en que se encuentran tales diferencias. Las

47

Page 51: Auditoria TRIBUTARIA

diferencias de inventario señaladas se establecerá al 31 de diciembre del

periodo en el que se encuentren las diferencias.

5.4.- Presunción de Ventas Omitidas por Patrimonio No Declarado.

El Artículo 70° del TUO del Código Tributario señal a que cuando el patrimonio

real del deudor tributario generador de rentas de tercera categoría fuera

superior al declarado o registrado, se presumirá que la diferencia patrimonial

hallada proviene de ventas o ingresos gravados del ejercicio, derivados de

ventas o ingresos omitidos no declarados.

El monto de las ventas o ingresos omitidos resultará de aplicar sobre la

diferencia patrimonial hallada, el coeficiente que resultará de dividir el monto de

las ventas declaradas o registradas entre el valor de las existencias declaradas

o registradas al final del ejercicio en que se detecte la omisión. Las ventas o

ingresos omitidos determinados se imputarán al ejercicio gravable en el que se

encuentre la diferencia patrimonial. El monto de las ventas o ingresos omitidos

no podrán ser inferiores al monto del patrimonio no declarado o registrado

determinado conforme lo señalado en la presente presunción.

5.5.- Presunción de Ventas Omitidas por Diferenta en Cuentas en elSistema Financiero.-

El Artículo 71° del TUO del Código Tributario señal a que cuando se

establezca diferencia entre los depósitos en cuentas abiertas en empresas del

sistema financiero operadas por el deudor tributario y/o terceros vinculados y

los depósitos debidamente sustentados, la Administración podrá presumir

ventas o ingresos omitidos por el monto de la diferencia.

También será de aplicación la presunción, cuando estando el deudor tributario

obligado o requerido por la Administración, a declarar o registrar las referidas

cuentas no lo hubiera hecho.

48

Page 52: Auditoria TRIBUTARIA

5.6.- Presunción de Ventas Omitidas cuando no exista relación entre los Insumos Utilizados, Producción Obtenida, Inventarios y las Ventas Declaradas.-

El Artículo 72° del TUO del Código Tributario señal a que a fin de determinar

las ventas o ingresos omitidos, la Administración Tributaria considerará las

adquisiciones de materias primas y auxiliares, envases y embalajes,

suministros diversos, entre otros, utilizados en la elaboración de los productos

terminados o en la prestación de servicios que realice el deudor tributario.

Cuando la Administración Tributaria determine diferencias como resultado de la

comparación de las unidades producidas o prestaciones registradas por el

deudor tributario con las unidades producidas o prestaciones determinadas por

la Administración, se presumirá la existencia de ventas o ingresos omitidos del

periodo requerido en el que se encuentran tales diferencias.

Las ventas o ingresos omitidos se determinará multiplicando el número de

unidades o prestaciones que constituyen la diferencia por el valor de venta

promedio del periodo requerido. Para determinar el valor de venta promedio del

periodo requerido se tomará en cuenta el valor de venta unitario del último

comprobante de pago emitido en cada mes o en su defecto el último

comprobante de pago que corresponda a dicho mes que haya sido materia de

exhibición o presentación.

Asimismo, la Administración Tributaria para la aplicación de esta presunción

podrá utilizar una de las materias primas, envases, embalajes, suministros

diversos u otro insumo utilizado en la elaboración de los productos terminados

o de los servicios prestados, en la medida que dicho insumo permita identificar

el producto producido, el servicio prestado por el deudor tributario o que dicho

insumo sea necesario para concluir el producto terminado o para prestar el

servicio.

49

Page 53: Auditoria TRIBUTARIA

5.7.- Presunción de Ventas por la existencia de saldos negativos en elFlujo de Ingresos y Egresos de Efectivo y/o Cuentas Bancarias.-

El Artículo 72°-A del TUO del Código Tributario señ ala que cuando

la Administración Tributaria constate o determine la existencia de saldos

negativos, diarios o mensuales, en el flujo de ingresos y egresos de efectivo y/o

cuentas bancarias, se presumirá la existencia de ventas o ingresos omitidos

por el importe de dichos saldos.

Para tal efecto, se tomará en cuenta lo siguiente:

a) Cuando el saldo negativo sea diario:

i) Éste se determinará cuando se compruebe que los egresos

constatados o determinados diariamente excedan el saldo inicial del

día, mas los ingresos de dicho día, estén o no declarados o

registrados.

ii) El procedimiento señalado en el literal i) de este inciso deberá

aplicarse en no menos de dos meses consecutivos o alternados,

debiendo encontrarse diferencias en no menos de dos días que

correspondan a estos meses.

b) Cuando el saldo negativo sea mensual:

i) Éste se determinará cuando se compruebe que los egresos

constatados o determinados mensualmente excedan el saldo inicial

más los ingresos de dicho mes, estén o no declarados o

registrados. El saldo inicial será el determinado al primer día

calendario de cada mes y el saldo negativo al último día calendario

de cada mes.

ii) El procedimiento señalado en el literal i) de este inciso deberá

aplicarse en no menos de dos meses consecutivos o alternados.

Las ventas o ingresos omitidos se imputarán al periodo requerido al que

corresponda el día o mes en el que se determinó la existencia del saldo

negativo en el flujo de ingresos y egresos de efectivo y/o cuentas bancarias.

50

Page 54: Auditoria TRIBUTARIA

DESARROLLO DE CASO PRACTICO EN CLASES PRESENCIALES

CASO N° 1.- PRESUNCION DE VENTAS POR OMISION EN EL REGISTRO DE VENTAS.-La SUNAT al verificar las ventas registradas por la empresa COMERCIAL

PORRAS S.A. determinó las siguientes omisiones:

PERIODO VENTAS VENTAS

2006 SEG. LIBROS SEG. SUNAT

ENE 10,500

FEB 12,000

MAR 12,500 19,000

ABRIL 15,000

MAYO 14,000

JUNIO 15,000 22,000

JULIO 13,000

AGO 16,000

SET 17,000 26,000

OCT 18,000

NOV 16,000

DIC. 20,000 30,000

Supuestos:1) Para efectos de cálculo de los intereses debe presumirse que las

declaraciones mensuales vencieron el 15 del mes siguiente.

2) Para efectuar la liquidación del impuesto a la Renta del ejercicio 2006 se

cuenta con la siguiente información:

Utilidad según Balance: S/. 20,000.

Adiciones según DD.JJ.

1) Exceso de Remuneración del Directorio 3,000.

51

Page 55: Auditoria TRIBUTARIA

2) Exceso de Gastos de Representación 2,000.

RENTA NETA IMPONIBLE: 25,000.

IMPUESTO A LA RENTA PAGADO

Fecha de Vencimiento: 30.03.2007

7,500.

SE PIDE:

1.- Formular la Resolución de Determinación del Impuesto a la Renta y de IGV

proyectando los intereses al 31.08.2007.

2.- Formular la Resolución de Multa correspondiente

CASO 2.- PRESUNCION DE VENTAS POR OMISIONES EN EL REGISTRO DE COMPRAS.-La SUNAT al verificar las compras registradas por la empresa COMERCIAL

DEL CENTRO S.A. determinó las siguientes omisiones:

PERIODO VENTAS COMPRAS COMPRAS

2006 DECLARADAS SEG. SUNAT SEG. LIBROS

ENE 175000 150,000 125,000

FEB 183000

MAR 190000

ABRIL 195000 160,000 127,000

MAYO 200000

JUNIO 205000

JULIO 212500 140,000 130,000

AGO 216000

SET 214000

OCT 214500 170,000 148,000

NOV 247000

DIC. 248000

52

Page 56: Auditoria TRIBUTARIA

Supuestos:1) Para efectos de cálculo de los intereses debe presumirse que las

declaraciones mensuales vencieron el 15 del mes siguiente

2) La empresa durante el año 2006 ha declarado un MARGEN COMERCIAL de

ganancia promedio anual de 55.28%

3) Para efectuar la liquidación del impuesto a la Renta del ejercicio 2006 se

cuenta con la siguiente información:

Pérdida según Balance:

Adiciones según DD.JJ.

S/. (10,000).

1) Pago de multas de la SUNAT 13,000.

2) Exceso de Gastos de Representación 5,000.

RENTA NETA IMPONIBLE: 8,000.

IMPUESTO A LA RENTA 2,400.

Fecha de Vencimiento: 04.04.2007

SE PIDE:

1.- Formular la Resolución de Determinación del Impuesto a la Renta y de IGV

proyectando los intereses al 31.08.2007.

2.- Formular la Resolución de Multa correspondiente

CASO N° 3.- PRESUNCION DE VENTAS POR DIFERENCIA DE INVENTARIOS.-La empresa comercial del Centro S.A. con RUC N° 201 29604175 dedicado a

la comercialización al por mayor de cerveza Pilsen tamaño 1/1, está

siendo verificado por la Administración Tributaria por el ejercicio gravable

2006; el auditor ha decidido verificar los inventarios para lo cual cuenta con la

siguiente

información:

Page 57: Auditoria TRIBUTARIA

53

Page 58: Auditoria TRIBUTARIA

PERIODO VENTAS VCTO

DECLARADAS

Ene 25,000.00 19.02.06

Feb. 26,500.00 19.03.06

Mar 27,200.00 26.04.06

Abr. 28,400.00 11.05.06

May 28,500.00 10.06.06

Jun 27,900.00 13.07.06

Jul 26,300.00 13.08.06

Ago 29,000.00 15.09.06

Set 27,400.00 19.10.06

Oct 26,300.00 18.11.06

Nov 27,600.00 21.12.06

Dic 29, 0 00 . 0 0 21. 0 1. 0 7

TOTAL 329,100.00

Para cuyo efecto se cuenta con la siguiente información:

a) El valor de venta unitario durante el año 2006 se mantuvo en S/. 35.00 y el

precio de compra unitario incluido fletes en S/. 24.00

b) El Inventario final declarado durante el ejercicio 2006 fue de S/. 42,600.00

c) El Auditor al practicar el recuento físico constató la existencia de 5,275 cajas

d) Luego de la compulsa se tiene la siguiente información:

1) Unidades vendidas entre el 01.01.2007 al 12.05.2007 . 13,000 cajas

2) Unidades compradas entre el 01.01.2007 al 12.05.2007 14,000

cajas

e) Efectuar la liquidación de la deuda tributaria al día de hoy por todas

omisiones é infracciones cometidas por el contribuyente sin ningún beneficio de

gradualidad, para cuyo efecto se cuenta con la siguiente información adicional.

Utilidad según Balance S/. 12,000.00

Adiciones 2,500.00

Deducciones -.-

54

Page 59: Auditoria TRIBUTARIA

Renta Neta Imponible 14,500.00

Impuesto a la Renta 4,350.00

Fecha de vencimiento de la Declaración Anual: 30.03.07

SE PIDE:

1.- Formular la Resolución de Determinación del Impuesto a la Renta y de IGV

proyectando los intereses al 31.08.2007.

2.- Formular la Resolución de Multa correspondiente

1.- Miguel Arancibia Cueva - CODIGO TRIBUTARIO

COMENTADO Y CONCORDADO,

Editores Pacífico, Lima Perú, 2004.

2.- Miguel Arancibia CuevA - AUDITORIA TRIBUTARIA, Editores

Pacífico, Lima Perú, 2005.

3.- Luciano Carrasco Buleje - MANUAL DEL SISTEMA

TRIBUTARIO, Editorial Santa Rosa, Lima

Perú, 2005.

4.- Luciano Carrasco Buleje - APLICACIÓN PRACTICA DE

IMPUESTO A LA RENTA

Editorial Santa Rosa S.A. Lima Perú 2006

55

Page 60: Auditoria TRIBUTARIA

CASOS PRACTICOS SOBRE PRESUNCIONES PARA SER DESARROLLADOS POR EL ALUMNO

CASO N° 4.- PRESUNCION DE VENTAS POR OMISION EN EL REGISTRO DE VENTAS.-La Administración Tributaria al verificar las ventas registradas por la empresa

SERVICIOS TURISTICOS S.A. determinó las siguientes omisiones:

PERIODO VENTAS VENTAS

2006 SEG. LIBROS SEG. SUNAT

ENE 710,500

FEB 712,000 890,000.

MAR 712,500

ABRIL 715,000 850,000.

MAYO 814,000

JUNIO 815,000

JULIO 813,000

AGO 816,000 910,000.

SET 817,000

OCT 818,000 950.000.

NOV 916,000

DIC. 980,000

Supuestos.-1) Para efectos de cálculo de los intereses debe presumirse que las

declaraciones mensuales vencieron el 15 del mes siguiente.

56

Page 61: Auditoria TRIBUTARIA

2) Para efectuar la liquidación del impuesto a la Renta del ejercicio 2006 se

cuenta con la siguiente información:

Utilidad según Balance: S/. 320,000.

Adiciones según DD.JJ.

1) Pago del Impuesto a la Renta 2004 23,000.

2) Donación al Rotary Club Huancayo 20,000.

RENTA NETA IMPONIBLE: 363,000.

IMPUESTO A LA RENTA PAGADO 108,900.

Fecha de Vencimiento: 29.03.2007

SE PIDE:

1) Formular las Resoluciones de Determinación del Impuesto a la

Renta y de IGV proyectando los intereses al 31.08.2007.

2) Formular la Resolución de Multa correspondiente.

CASO N° 5.- PRESUNCION DE VENTAS POR OMISION EN EL REGISTRO DE COMPRAS.-La Administración Tributaria al verificar las compras registradas por la empresa

GEMEMS BUSSINES SAC determinó las siguientes omisiones en el Registro

de Compras:

PERIODO VENTAS COMPRAS COMPRAS

2006 DECLARADAS SEG. SUNAT SEG. LIBROS

ENE 160,500 145,000 130,000.

FEB 120,000

MAR 175,500

ABRIL 230,000

MAYO 185,500 102,000 85,000.

JUNIO 94,500

JULIO 105,000

57

Page 62: Auditoria TRIBUTARIA

AGO 316,500

SET 323,000 110,000 90,000.

OCT 102,000

NOV 261,000

DIC. 394,000 210,000 180,000.

Supuestos:1) Para efectos de cálculo de los intereses debe presumirse que las

declaraciones mensuales vencieron el 15 del mes siguiente

2) La empresa durante el año 2006 ha declarado un MARGEN COMERCIAL de

ganancia promedio anual de 45%

3) Para efectuar la liquidación del impuesto a la Renta del ejercicio 2006 se

cuenta con la siguiente información:

Utilidad según Balance:

Adiciones según DD.JJ.

S/. 95,000.

1) Gastos personales del propietario 20,000.

2) Exceso de Gastos de Representación 5,000.

RENTA NETA IMPONIBLE: 120,000.

IMPUESTO A LA RENTA 36,000.

Fecha de Vencimiento: 02.04.2007

SE PIDE:

1) Formular las Resoluciones de Determinación del Impuesto a la Renta y de

IGV proyectando los intereses al 31.08.2007

2) Formular la Resolución de Multa correspondiente.

CASO N° 6.- PRESUNCION DE VENTAS POR DIFERENCIA DE INVENTARIOS.-

La empresa DISTRIBUIDORA SANTA ISABEL S.A. con RUC N° 20129665657

dedicado a la comercialización de CEMENTO, está siendo verificado por la

58

Page 63: Auditoria TRIBUTARIA

Administración Tributaria por el ejercicio gravable 2005; el auditor ha decidido

verificar los inventarios para lo cual cuenta con la siguiente información:

PERIODO VENTAS VCTO

DECLARADAS

Ene 125,000.00 23.02.06

Feb. 126,500.00 09.03.06

Mar 127,200.00 14.04.06

Abr. 128,400.00 13.05.06

May 128,500.00 14.06.06

Jun 127,900.00 15.07.06

Jul 126,300.00 17.08.06

Ago 129,000.00 17.09.06

Set 127,400.00 21.10.06

Oct 126,300.00 22.11.06

Nov 127,600.00 23.12.06

Dic 129 , 00 0 .0 0 11. 0 1. 0 7

TOTAL 1,529,100.00

Para cuyo efecto se cuenta con la siguiente información:

a) El valor de venta unitario durante el año 2006 se mantuvo en S/. 18.00 y el

precio de compra unitario incluido fletes en S/. 13.00

b) El Inventario final declarado durante el ejercicio 2006 fue de S/. 130,000.00

c) El Auditor al practicar el recuento físico constató la existencia de 15,000

BOLSAS.

d) Luego de la compulsa se tiene la siguiente información:

1) Unidades vendidas entre el 01.01.2007 al 12.05.2007 . 133,000

BOLSAS

2) Unidades compradas entre el 01.01.2007 al 12.05.2007 124,000

BOLSAS

e) Efectuar la liquidación de la deuda tributaria al día de hoy por todas

omisiones é infracciones cometidas por el contribuyente considerando que el

59

Page 64: Auditoria TRIBUTARIA

auditor le otorgará incentivos tributarios antes de cierre de fiscalización, para

cuyo efecto se cuenta con la siguiente información adicional.

Utilidad según Balance

Adiciones

S/. 112,000.00

22,500.00

Deducciones -.-

Renta Neta Imponible 134,500.00

Impuesto a la Renta 40,350.00

Fecha de vencimiento de la Declaración Anual: 03.04.07

SE PIDE:

1) Formular las Resoluciones de Determinación del Impuesto a la Renta y de

IGV proyectando los intereses al 31.08.2007

2) Formular la Resolución de Multa correspondiente.

60

Page 65: Auditoria TRIBUTARIA

PROCEDIMIENTOS DE ACOTACION SOBRE BASE CIERTA

1.- Efecto del Informe Preliminar

2.- El examen de los Estados Financieros

3.- Principales procedimientos de Verificación

3.1.- Procedimiento de Verificación de las Cuentas de Ingresos.-

3.2.- Procedimiento de Verificación de Costo de Ventas

3.3.- Procedimiento de Verificación de Cuentas de Gastos

3.3.1.- Gastos deducibles

3.3.2.- Gastos No Deducibles

3.4.- Procedimiento de Verificación de Cuentas de Balance

3.4.1.- Finalidad

3.4.2.- Procedimientos Generales

3.5.- Procedimiento de Verificación de Cuentas del Activo

3.5.1.- Caja y Bancos

3.5.2.- Cuentas por Cobrar

3.5.3.- Existencias

3.5.4.- Activos Fijos

3.5.5.- Otras Cuentas del Activo

3.6.- Procedimiento de Verificación de Cuentas del Pasivo.

BIBLIOGRAFÍA

AUTOEVALUACION FORMATIVA

61

Page 66: Auditoria TRIBUTARIA

PROCEDIMIENTOS DE ACOTACION SOBRE BASE CIERTA

1.- Efecto del Informe Preliminar.-Luego de concluir el trabajo preliminar que consiste básicamente en la

Evaluación de los Estados Financieros, el auditor formula el alcance del

examen, este trabajo tiene como finalidad establecer los desequilibrios de la

contabilidad a través de pruebas en las partidas donde puede establecerse

inconsistencias, cuyos resultados servirán para formular los reparos

(Hallazgos).

2.- El alcance del examen en los Estados Financieros.-El alcance del examen es el documento que señala las cuentas a examinarse

en base a una evaluación preliminar de las partidas del Balance General y

Estado de Ganancias y Pérdidas en base al cual se reclasificará todas las

cuentas a partir de las siguientes Cédulas:

Planilla “A” Estado de Ganancias y Pérdidas

Planilla “B” Balance General

El alcance del examen es un documento referencial que sirve de guía en la

ejecución de la Auditoria y puede variar de acuerdo a los alcances de la

Evaluación Preliminar.

62

Page 67: Auditoria TRIBUTARIA

PLANILLA “A” ESTADO DE GANANCIAS Y PERDIDAS

A T VP VTVentas Netas o Ingresos por servicios …… …… …… …….

Costo de Ventas …… …… …… …….

Gastos de Ventas …… …… …… ….…

Gastos Administrativos …… …… …… .…...

Gastos Financieros …… …… …… …....

Otros Ingresos o Egresos …… …… …… …....

Dividendos percibidos …… …… …… …....

Otros conceptos …… …… …… ……

PLANILLA “B” BALANCE GENERALSF AV VS RM

Activo Disponible …… …… …… ……

Activo Exigible …… …… ..….. ……

Activo Realizable …… …… ….... ……

Otros activos del Pasivo Corriente

……

…… …… …...

Activo Fijo y Depreciación …… …… ...…. ……

Pasivo Corriente

Pasivo No Corriente

……

……

……

……

...….

…....

……

……

Patrimonio Neto …… …… …… ……

SIGLAS UTILIZADAS: A = Análisis

T = Tabulación

SF = Saldo Final

AV = Análisis y

Verificac.

VP = Verificación Parcial VS = Veriricac. Selectiva

Movim.

VT = Verificación Total RM = Resumen de

63

Page 68: Auditoria TRIBUTARIA

3.- PRINCIPALES PROCEDIMIENTOS DE VERIFICACION.-

3.1. Procedimientos de Verificación de cuentas de Resultados

a) Procedimientos de verificación de las cuentas de ingresos

b) Procedimientos de verificación de las cuentas de costos

c) Procedimientos de verificación de las cuentas de gastos

d) Procedimientos de verificación de las Remuneraciones

e) Procedimientos de verificación de Gastos Financieros

f) Procedimientos de verificación de Castigos, Mermas y Desmedros

g) Procedimientos de verificación de Provisiones y Reservas

h) Procedimientos de verificación de la Reinversión de Utilidades

i) Procedimientos de verificación de Participación de trabajadores.

3.2. Procedimientos de Verificación de Cuentas del Balance

a) Procedimientos de verificación de los activos disponibles

b) Procedimientos de verificación de los activos exigibles

c) Procedimientos de verificación de los activos realizables

d) Procedimientos de verificación de activos fijos y Depreciación

e) Procedimientos de verificación del pasivo corriente

f) Procedimientos de verificación del pasivo no corriente

g) Procedimientos de verificación de cuentas patrimoniales.

3.1.- Procedimiento de Verificación de las Cuentas de Ingresos.-

Cuando el caso así lo requiera entre otras, el auditor realizará las siguientes

verificaciones:

a) Verificar mediante pruebas selectivas cargos a la cuenta de clientes o

de cuentas por cobrar, con el Registro de Ventas con el fin de

determinar si existen ingresos abonados a cuentas del pasivo que no

reflejen utilidad.

64

Page 69: Auditoria TRIBUTARIA

b) Verificar las órdenes de salida del almacén de mercaderías de los

últimos días del ejercicio, con el Registro de Ventas, para determinar

ventas no contabilizadas en el ejercicio o definitivamente marginadas de

la contabilidad en los casos que exista este tipo de control.

c) Verificar el corte de la facturación durante días antes de cierre del

ejercicio para ser contabilizadas en el siguiente ejercicio con el fin de

reducir la utilidad.

d) Cotejar y comprobar las ventas, devoluciones de ventas y otras

deducciones a las ventas con el Registro de Ventas, Notas de Crédito y

asientos de ajuste en el diario.

e) Efectuar el análisis del margen de rentabilidad bruta por producto o

líneas de productos

f) Verificar los abonos a las cuentas personales de los socios o accionistas

con el propósito de establecer el destino correcto de los retiros de

bienes.

El auditor debe tener presente que existen algunas formas de alterar los

resultados del ejercicio rebajando las ventas tales como:

a) Ingresar como préstamo las ventas omitidas.

b) Canjear ventas con adquisiciones de activo fijo

c) Deducciones ficticias en las facturas de ventas

d) No contabilizar las ventas a largo plazo hasta que tales operaciones

sean canceladas.

e) Abonar a ingresos en forma parcial el importe de una venta acreditando

la diferencia a alguna cuenta del pasivo corriente.

f) Contabilizar parte de las ventas al crédito y registrar en Caja como

aporte la suma recibida en efectivo.

3.2. Procedimiento de Verificación de Costo de Ventas.-

El auditor según las características de la empresa empleará los medios de

verificación más apropiados tales como:

65

Page 70: Auditoria TRIBUTARIA

a) Verificar el registro la valuación de los inventarios iniciales y de los

inventarios finales de todas las cuentas de existencias para comprobar

su uniformidad y consistencia.

b) Verificar las compras locales y la importación de materias primas,

materiales auxiliares ú otras existencias con su correspondiente

documentación.

c) Verificar el sistema de control interno para el consumo de materias

primas y materiales, con los resúmenes mensuales y órdenes de salida

de almacén, constatar las cantidades consumidas y su precio en relación

a la producción en proceso y producción terminada.

d) Verificar los gastos de fabricación, mediante la evaluación de las

planillas de remuneraciones de los trabajadores con las fichas de

personal y los pagos registrados en caja.

e) Efectuar la compulsa de las unidades producidas, para confrontarlas con

las materias primas utilizadas en el ejercicio, para ver si las proporciones

guardan relación.

f) Efectuar la compulsa del movimiento anual de productos terminados

tomando como base las existencias, las ventas del ejercicio y las

existencias finales de los productos.

El auditor según la naturaleza de la empresa debe efectuar los siguientes

estudios contables cruzados:

a) Evaluación de ventas con compras y existencias.- Este estudio tiene por

finalidad evaluar:

- El margen de utilidad bruta por producto.

- Que los bienes adquiridos estén reflejados en las ventas

- Que las ventas realizadas sean originadas por compras

registradas.

b) Evaluación de compras con insumos.- Este estudio es aplicable a las

empresas industriales y tiene por finalidad evaluar:

66

Page 71: Auditoria TRIBUTARIA

- El volumen de cargos a costos por insumos utilizados en un periodo.

- Conocer los insumos que conforman el costo.

- Las variaciones de porcentajes de insumos en el producto

terminado.

c) Evaluación de compras con cuenta de proveedores.- Este estudio tiene

por finalidad evaluar:

- El monto y fecha de las compras registradas contra cuentas de

proveedores.

- Que los descuentos y devoluciones se encuentren debidamente

registradas.

- Que los cargos a las cuentas de proveedores correspondan a pagos

de facturas de compras.

d) Evaluación de compras.- Cuando se determina las ventas a partir de una

reconstitución de las compras, el cálculo del porcentaje de utilidad bruta

sirve para efectuar la liquidación del impuesto a la Renta y para efectuar

la liquidación del IGV se procede a adicionar a las compras el margen de

utilidad bruta.

Para reconstituir las compras se debe contemplar tres situaciones

distintas:

1) Cuando el valor del stock es incorrecto.- Las distorsiones en la

estimación contable del stock impide determinar el valor real de la

mercadería vendida durante el ejercicio, en este caso el auditor limitará

su acción a determinar el monto total de las compras realizadas en el

ejercicio, rectificando las cifras contabilizadas con las facturas no

contabilizadas.

2) Cuando el valor del stock es correcto.- Si el valor del stock

eventualmente rectificado, puede considerarse como fehaciente, el

67

Page 72: Auditoria TRIBUTARIA

auditor determinará las compras utilizadas o vendidas durante el

ejercicio a fin de obtener el costo real de las mercaderías vendidas.

3) Cuando las compras no se puedan determinar.- En este caso el auditor

tendrá que recurrir a indicadores económicos ú otras variables que

permitan apreciar el valor de las compras, tales como el flete, la mano

de obra utilizada etc.

Cuando la empresa reduce las compras o ventas el auditor calculará y

comprobará la utilidad bruta con los datos obtenidos comparando los

precios unitarios de venta y de compra considerando los siguientes

aspectos:

a) El porcentaje de utilidad bruta se debe calcular sobre las compras y no

en relación a las ventas.

b) Cuando el porcentaje se establece sobre compras debe referirse a las

compras utilizadas y no las compras del ejercicio.

c) El porcentaje de utilidad bruta de una misma empresa no varía

sustancialmente de un ejercicio a otro, una variación importante puede

servir de indicio para detectar una situación anormal.

d) Cuando la empresa vende productos de distinta naturaleza no es posible

calcular un porcentaje uniforme de utilidad, en este caso el auditor

discriminará las compras en distintas categorías y calculará el porcentaje

correspondiente a cada categoría, en este caso la utilidad bruta resultará

de promediar los distintos resultados.

3.3.- Procedimiento de Verificación de Cuentas de Gastos.-

3.3.1.- Gastos Deducibles (Artículo 37° del T.U.O.)

El concepto general establece que son deducibles los gastos propios del giro

del negocio o actividad gravada, entendiéndose como tales, los necesarios

68

Page 73: Auditoria TRIBUTARIA

para producir y mantener la fuente de renta, siempre que las deducciones no

estén expresamente prohibidas.

El auditor comprobará fehacientemente las partidas mas importantes,

investigando su correcta inclusión como gasto necesario del giro del negocio,

devengados durante el periodo y que sean necesarios para obtener la renta,

esta comprobación debe comprender el examen de registros básicos,

documentos originales y el registro adecuado con referencia a las fechas,

importes, lugar, naturaleza y aplicación del gasto.

Asimismo se debe analizar los gastos y desembolsos que correspondan a

castigos, amortizaciones, provisiones, reservas, etc., que están relacionados

con las correspondientes cuentas del balance.

Clasificación de gastos:

a) Gastos administrativos.- El rubro más importante de estos gastos además

de los gastos pre-operativos y los gastos operativos tales como agua, luz y

teléfono constituyen las remuneraciones pagadas por la prestación de servicios

bajo diversas modalidades

b) Gastos de ventas.- Este rubro comprende además de las remuneraciones

específicas como comisiones comprende los gastos de promoción, publicidad y

gastos de cobranza.

c) Gastos financieros.- Se contabiliza como gastos financieros todos aquellos

desembolsos relacionados con los intereses de las deudas contraídas y los

gastos originados por la constitución, renovación o cancelación de las mismas.

La verificación de estos gastos tiene como finalidad establecer si guarda

relación con las operaciones de financiación de las deudas contraídas para

adquirir bienes vinculados con la obtención de las rentas, comprobar si han

sido pagados en el ejercicio.

69

Page 74: Auditoria TRIBUTARIA

Tratándose de empresas del Sistema Financiero serán deducibles las

provisiones que, habiendo sido ordenado por la SBS, sean autorizadas por el

MEF, previa opinión técnica de la SUNAT y que cumplan los siguientes

requisitos:

- Se trate de provisiones específicas.

- Se trate de provisiones que no formen parte del patrimonio efectivo.

- Se trate de provisiones vinculadas exclusivamente a riesgos de crédito,

clasificados en las categorías de problemas potenciales, deficiente, dudoso y

pérdida.

d) Provisiones en general.- Dentro de este rubro se admite aquellas

provisiones que efectúan las empresas para cubrir obligaciones específicas

tales como:

- Provisión para depreciación por desgaste ú obsolescencia de los bienes del

activo fijo.

- Provisión para cuentas de cobranza dudosa

- El castigo para cuentas incobrables

- El desmedro de materias primas o mercaderías, el desmedro es la pérdida del

orden cualitativo é irrecuperable de las existencias

- Las mermas debidamente justificados por las leyes sectoriales, la merma es

la pérdida física en el volumen, peso o cantidad de las existencias ocasionada

por causas inherentes a su naturaleza o proceso productivo.

- Las reservas técnicas ordenadas por la SBS.

La verificación de estas cuentas tiene por finalidad comprobar que la

asignación cargada durante el ejercicio sen adecuadas, asimismo comprobar si

el monto de la provisión según libros guarda relación con la obligación a que se

contrae

e) Gastos extraordinarios.- Los gastos extraordinarios son pérdidas sufridas

por casos fortuitos o de fuerza mayor en los bienes productos de renta gravada

o por delitos cometidos en perjuicio del contribuyente en la parte que tales

Page 75: Auditoria TRIBUTARIA

70

Page 76: Auditoria TRIBUTARIA

deudas no resulta cubierto por indemnizaciones o seguros, siempre que se

haya probado judicialmente el hecho delictuoso.

3.3.2.- Gastos No Deducibles (Artículo 44° del T.U. O.)

No son deducibles para la determinación de la renta imponible de tercera

categoría:

a) Los gastos personales y de sustento del contribuyente y sus familiares.

b) El Impuesto a la Renta.

c) Las multas, recargos, intereses moratorios previstos en el Código Tributario

y en general, sanciones aplicadas por el Sector Público.

d) Las donaciones y cualquier otro acto de liberalidad en dinero o en especie.

e) Las sumas invertidas en la adquisición de bienes o mejoras de carácter

permanente.

f) La constitución de reservas no admitidas por Ley.

g) Las amortizaciones de llaves, marcas, patentes y otros activos intangibles

similares, sin embargo el precio pagado por activos intangibles de duración

limitada podrá ser considerado como gasto y aplicado a resultados del negocio

en un solo ejercicio o amortizarse proporcionalmente en el plazo de 10 años.

h) Las comisiones mercantiles originadas en el exterior.

i) La pérdida originada en la venta de valores adquiridos con beneficio

tributario, hasta el límite de dicho beneficio.

j) Los gastos cuya documentación sustentatoria no cumpla con los requisitos y

características mínimas establecidos por el Reglamento de Comprobantes de

Pago.

k) El Impuesto General a las Ventas que grava el retiro de bienes.

l) El monto de la depreciación correspondiente al mayor valor atribuido como

consecuencia de revaluaciones voluntarias de los activos sean con motivo de

una reorganización de empresas o sociedades o fuera de éstos

3.4.- Procedimiento de Verificación de Cuentas del Balance.-

Page 77: Auditoria TRIBUTARIA

71

Page 78: Auditoria TRIBUTARIA

3.4.1. Finalidad.-El examen de las cuentas del balance tiene por finalidad analizar la posición

financiera de la empresa, tanto para evaluar los valores patrimoniales del activo

así como para convencernos de la veracidad de las obligaciones, del capital y

recursos sociales del ejercicio gravable.

3.4.2.- Procedimientos Generales.-El auditor debe tener en cuenta los siguientes procedimientos generales:

a) En base a la Planilla “B” apreciará la variación de los valores reflejados en

los saldos comparativamente con el ejercicio anterior.

b) Comprobará el movimiento de las cuentas del balance, analizando los

incrementos y deducciones.

c) Practicará las verificaciones que demuestren la procedencia o

improcedencia de las operaciones anotadas, mediante el examen de registros

básicos, documentos originales, registros auxiliares y la contabilidad en

general.

d) Preparará las cédulas de resumen de movimiento de cuentas del activo y

pasivo en cuanto fueren procedentes, mostrando el movimiento de las

diferentes cuentas.

e) Se anexará el detalle de la descomposición de los saldos de cierre y el

análisis pertinente.

f) Determinará la naturaleza de las partidas para calificar el interés fiscal que

contengan.

3.5.- Procedimiento de Verificación de Cuentas del Activo.-

El auditor procederá a verificar cada una de las cuentas del activo de acuerdo a

su criterio, importancia del saldo o movimiento de la cuenta de acuerdo al giro

del negocio.

Page 79: Auditoria TRIBUTARIA

72

Page 80: Auditoria TRIBUTARIA

3.5.1. Caja y Bancos.-a) Al verificar los saldos de Caja y Bancos el auditor debe verificar el tipo de

cambio de los saldos en moneda extranjera.

b) En los casos de Balances que registren volúmenes apreciables en el

disponible que no guarde relación con las ventas deberá efectuarse los

siguientes análisis:

- Investigar si todas las cuentas corrientes bancarias del negocio se encuentran

registradas en los libros de contabilidad.

- Someter a examen cruzado los egresos de Caja con el objeto de conocer la

aplicación de fondos.

- Verificar la conciliación bancaria de cada cuenta bancaria.

- Reconciliar el volumen de los ingresos a caja y Bancos, con el volumen de las

ventas del ejercicio, con el objeto de descubrir “Ingresos No Contabilizados”

proveniente de operaciones propias o ajenas al giro del negocio como sigue:

VENTAS NETAS según libros S/. ……………….

MAS: Saldo Inicial de Cuentas por Cobrar

……………….. .

………………...

MENOS: Saldo final de Cuentas por Cobrar ……………… .. .

………………...

MENOS: Castigo de cuentas incobrables S/. ……………….

MAS: Recuperación de Cuentas Incobrables ……………… .. .

…………………

INGRESOS A CAJA POR VENTAS NETAS …………………

MAS: Otros ingresos según libros

……………… .. .

TOTAL INGRESOS A CAJA SEGÚN AUDITORIA ………………...

TOTAL INGRESOS A CAJA SEGÚN LIBROS ……………… . . .

INGRESOS NO CONTABILIZADOS: ………………...

============

3.5.2.- Cuentas por Cobrar.-

73

Page 81: Auditoria TRIBUTARIA

a) Investigar los abonos a cuentas corrientes, en especial las cuentas por

cobrar a los

socios, para establecer si su procedencia resulta de operaciones de ventas o

retiro de bienes.

b) Analizar todo crédito o entrega que se otorgue o se efectúe a los accionistas

para determinar los intereses presuntos.

c) De existir saldos de Cuentas por Cobrar a largo plazo en moneda extranjera

debe verificarse el tipo de cambio.

3.5.3. Existencias.-a) Analizar el movimiento anual de las cuentas de existencias, tomando en

cuenta el valor inicial o saldo inicial, los incrementos por compras y/o consumo

durante el ejercicio a fin de mostrar los valores resultantes de las existencias

finales.

b) Efectuar el estudio comparativo del margen de Utilidad Bruta tomando como

elemento el valor de venta de artículos de mayor rotación que acusen saldos

en el inventario.

c) Practicar pruebas para determinar si existe Coste de Inventario a la fecha de

cierre, en lo que respecta a compras, ventas y existencias que refleje el

inventario.

d) Efectuar compulsas de las unidades compradas y vendidas durante el

ejercicio, de los ítems más representativos a fin de comprobar las unidades

consignadas en el inventario final.

e) Verificar las compras mediante el análisis de cargos a la cuenta en base al

libro mayor, confrontando con el Registro de Compras y la documentación asi

como las tarjetas de control visible de existencias.

f) Verificar las salidas o consumos mediante el análisis en el libro mayor, de los

abonos a la cuenta de existencias, la documentación y los registros existentes.

g) Verificar selectivamente la uniformidad del sistema de valuación de

existencias de productos terminados, materias primas, sub-productos etc.

h) La verificación de las unidades compradas y vendidas y los saldos inicial y

final corresponde al siguiente esquema:

74

Page 82: Auditoria TRIBUTARIA

UNIDADES

- EXISTENCIA INICIAL …………….

- MAS: Compras …………….

Devolución de ventas …………….

- MENOS: Ventas …………….

Provisión para desvalorización de existencias

…………….

- EXISTENCIA FINAL según Auditoria …………….

- EXISTENCIA FINAL según Libros …………….

- DIFERENCIA ESTABLECIDA …………….

3.5.4. Activos Fijos.-a) El análisis de los activos fijos debe iniciarse con el estudio del saldo inicial,

según costos históricos de los bienes, separando el concepto de compras de

las revaluaciones y ajustes por inflación.

b) Verificar las compras con documentos originales y establecer de acuerdo

con la factura la fecha de ingreso al activo.

c) Analizar el procedimiento empleado en la aplicación del tipo de cambio en

las compras en moneda extranjera.

d) Verificar los activos retirados por obsoletos o fuera de uso, estudiando su

procedencia o improcedencia.

e) Verificar los activos transferidos o retirados; en los casos de reorganización

de empresas el valor depreciado y la vida útil de los bienes serán los que les

hubiere correspondido en poder del transferente.

f) Determinar mediante un análisis adecuado que las tasas de depreciación

sean consistentes y uniformes en relación con el año anterior y, dentro de los

márgenes permitidos.

3.5.5. Otras cuentas del Activo.La importancia del análisis y verificación se encuentra determinada por su

incidencia en los ajustes sobre cuentas de resultados, en tal sentido las

verificaciones a efectuarse se concretarán a determinar la correcta aplicación

75

Page 83: Auditoria TRIBUTARIA

de los ajustes. Dentro de este grupo de activos, tenemos entre otros: Intereses

diferidos, Gastos pagados por adelantado, Seguros pagados pos adelantado,

etc.

3.6.- Procedimiento de Verificación de Cuentas del Pasivo.-

Las partidas del pasivo esta conformado por las cuentas que representan

obligaciones de la empresa, por deudas contraídas en las adquisiciones de

activos y la obtención de créditos para la explotación de la empresa, con la

finalidad de cubrir los gastos necesarios.

En la verificación de las cuentas del pasivo se tendrá en cuenta lo siguiente:

a) En base a la planilla “B” el auditor apreciará la variación de aquellos

saldos de pasivos exigibles que sean significativos, con el objeto de

identificar las provisiones falsas o excesivas, o la presentación de

obligaciones ficticias, aplicando la verificación si fuere necesario, hasta

después del cierre del balance, a fin de determinar la aplicación correcta

de los saldos en el ejercicio siguiente.

b) Investigar la posible inclusión de ingresos diferidos considerados como

cuenta del pasivo, así como la inclusión de provisiones involucradas en

cuentas de diversas denominaciones.

c) Tratándose de cuentas con compañías afiliadas, cuyo movimiento

involucra tratamiento de moneda extranjera, se verificará el método de

conversión empleado y la determinación correcta de las diferencias de

cambio.

d) En caso de las cuentas del pasivo a largo plazo, verificar los

incrementos significativos en el ejercicio gravable, el origen de las

obligaciones y que los recursos obtenidos hayan sido invertidos en

operaciones del negocio. De ser necesario deberá profundizarse la

investigación a las garantías concedidas que pueden llevar al

conocimiento de aspectos no incluidos en la declaración de rentas.

76

Page 84: Auditoria TRIBUTARIA

e) Los pasivos acumulados, sueldos, salarios y otras remuneraciones por

pagar al final del ejercicio, intereses y comisiones acumuladas,

impuestos etc., se analizarán precisándose su correcta imputación al

ejercicio.

f) Los pasivos de naturaleza contingente o eventual, garantías concedidas,

órdenes de compra para futura entrega, litigios judiciales pendientes de

solución, saldos existentes en cartas de créditos, contratos de

arrendamiento, reclamos por averías, etc., se examinarán atendiendo a

la forma como ha gravitado en las cuentas de resultados y a su

significación.

g) De observarse cuentas corrientes acreedoras del dueño, socio o

accionista de la empresa, se determinará el origen de las obligaciones

tratando de identificar posibles ingresos afectos acreditados, ú utilizados

de operaciones no contabilizadas.

h) En la constitución de reservas y provisiones se tendrá presente la

naturaleza y necesidad comprobada de estas, antes que a su

denominación. Así mismo se tendrá en cuenta la concordancia con las

normas legales y aplicables a cada caso en particular.

DESARROLLO DE CASO PRACTICO EN CLASES PRESENCIALES

La empresa Industrial Textiles del Centro S.A. con RUC N° 20354565212 ha

sido notificada con fecha 12.06.2007 por la Administración Tributaria, para una

Fiscalización del ejercicio 2006, el Auditor luego de haber formulado la

PLANILLA “A” ha efectuado un análisis de las cuentas de gastos en base a los

siguientes Estados Financieros:

1.- Balance General al 31.12.2006:

77

Page 85: Auditoria TRIBUTARIA

BALANCE GENERALAl 31 de Diciembre de 2006

(Expresado en Nuevos Soles)

ACTIVO CORRIENTE:

Caja y bancos 120,147.

PASIVO CORRIENTE:

Sobregiro Bancario 40,500.

Cuentas por Cobrar Com. 496,730. Cuentas por Pagar Comerciales 975,450.

Otras cuentas por cobrar 351,125. Otras cuentas por pagar 255,000.

Existencias 707,600. Parte corriente de Deudas a L.P. 204,550.

Otros activos

TOTAL ACT. CTE.

338,000.

2’013,602. TOTAL PAS. CTE. 1’475,500.

MAQ. Y EQUIPO (neto) 3’723,650. DEUDAS A LARGO PLAZO 944,087.

PATRIMONIO NETO:

Capital 2’414,565.

Reservas 110,850.

Resultados acumulados 231,150.

Resultado del ejercicio:

TOTAL PATRIMONIO NET0:

561,100.

3’317,665.

TOTAL ACTIVOS 5’737,252. TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO: 5’737,252.

78

Page 86: Auditoria TRIBUTARIA

ESTADO DE GANANCIAS Y PÉRDIDASAl 31 de Diciembre de 2006

(Expresado en Nuevos Soles)

Ventas Netas S/. 15´350,750.

Costo De Ventas 11´477,940.

UTILIDAD BRUTA 3´872,810.

Gastos de Administración 1’055,200.

Gastos de ventas 1’244,159.

UTILIDAD OPERATIVA 1’573,451.

Gastos Financieros 614,030.

Ingresos Financieros 155,500.

Gastos extraordinarios 200,500.

UTILIDAD ANTES DE PART. E IMP. 914,421. Participación de Trabajadores 95,492. Impuesto a la renta 257,829. RESULTADO DEL EJERCICIO: 561,100.

2.- La liquidación del Impuesto a la Renta es el siguiente:

LIQUIDACION DEL IMPUESTO A LA RENTA Utilidad antes de Participaciones e impuestos 914,421.

ADICIONES:

1) Sanciones Administrativas 15,500.

2) Donaciones no autorizadas 25,000.

.

DEDUCCIONES:

1.- Ninguno - .-

RENTA NETA: 954,921.

Participación de trabajadores 95,492.

RENTA NETA IMPONIBLE 859,429.

Impuesto a la Renta 257,829.

Fecha de Vencimiento: 30.03.2007

79

Page 87: Auditoria TRIBUTARIA

3.- Del análisis del Estado de Ganancias y Pérdidas se obtiene los siguientes

reparos:

a.- Del análisis de cargas de personal se advierte que en la empresa trabajan

las siguientes personas: a) El Gerente General que es accionista minoritario

(hijo) con el 10% del capital social y un sueldo mensual de S/. 15,000.00; b) El

Gerente Financiero accionista mayoritario (padre) con el 90% del capital social

y un sueldo mensual de S/. 10,000.00; c) Asistente de gerente de logística,

esposa del accionista mayoritario que gana un sueldo mensual de S/. 8,000.00.

Adicionalmente trabajan d) Un Gerente de Logística que es una persona no

vinculada que gana un sueldo de S/. 4,000.00; e) Un Gerente de

Comercialización también no vinculado que gana un sueldo mensual de S/.

4,500.00; f) Dos asistentes de cada una de las gerencias restantes con un

sueldo mensual de S/. 3,000.00; g) varios empleados y h) varios obreros,

dichas remuneraciones fueron contabilizadas como gasto administrativo.

b.- La empresa durante el ejercicio 2006 se acogió al Fraccionamiento

particular establecido por el Artículo 36° del Códi go Tributario, el interés

moratorio del tributo por devengar durante el ejercicio 2006 y el interés por

fraccionamiento que corresponden a los ejercicios del 2006 al 2008 se

contabilizó como gasto durante el ejercicio 2006:

- Interés moratorio del tributo ejercicio 2006 25,000.00

- Interés por fraccionamiento del ejercicio 200 6 35,000.00

- Interés por fraccionamiento del ejercicio 200 7 27,500.00

- Interés por fraccionamiento del ejercicio 200 8 22, 5 00 . 0 0

IMPORTE TOTAL CARGADO A GASTO: 110,000.00

c.- La empresa durante el ejercicio 2006 percibió dividendos por S/. 12,000.00

de otra empresa.

SE PIDE:

80

Page 88: Auditoria TRIBUTARIA

1. Formular las Resoluciones de Determinación y Resolución de Multa

proyectando los intereses al 31.08.07.

PRACTICA PARA SER DESARROLLADO EN CLASES PRESENCIALES

La empresa Industrial COMERCIAL MANTARO S.A. con RUC N° 20234565223

dedicado a la comercialización de Alimentos y Bebidas en general, ha sido

notificada con fecha 22.06.2007 por la Administración Tributaria, para una

Fiscalización del ejercicio 2006, el Auditor luego de haber formulado la

PLANILLA “A” y “B” ha efectuado un análisis de las cuentas del Estado de

Ganancias y Pérdidas y del Balance en base a los siguientes Estados

Financieros:

1.- Balance General al 31.12.2006:

BALANCE GENERALAl 31 de Diciembre de 2006

(Expresado en Nuevos Soles)

ACTIVO CORRIENTE: PASIVO CORRIENTE:

Caja y bancos 520,147. Sobregiro Bancario 110,500.

Cuentas por Cobrar Com. 683,088. Cuentas por Pagar Comerciales 925,450.

Otras cuentas por cobrar 751,000. Otras cuentas por pagar 255,000.

Existencias 1’987,600. Préstamo de Terceros . 200,000.

Otros activos 558,000.

TOTAL ACT. CTE. 4’499,835. TOTAL PAS. CTE. 1’490,950.

MAQ. Y EQUIPO (neto) 5’245,900. DEUDAS A LARGO PLAZO 2’ 500,000.

PATRIMONIO NETO:

Capital 4’500,000.

Reservas 110,850.

Resultados acumulados 345,400.

81

Page 89: Auditoria TRIBUTARIA

Resultado del ejercicio: 798,535.

TOTAL PATRIMONIO NET0: 5’754,785.

TOTAL ACTIVOS 9’745,735. TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO: 9’745,735.

ESTADO DE GANANCIAS Y PÉRDIDASAl 31 de Diciembre de 2006

(Expresado en Nuevos Soles)

Ventas Netas

Costo De Ventas

S/. 10´350,750.

6´477,940.

UTILIDAD BRUTA

Gastos de Administración

3´872,810.

1’055,200.

Gastos de ventas

UTILIDAD OPERATIVA Gastos

Financieros

944,159.

1’873,451.

414,451.

Ingresos Financieros 129,000.

Otros Ingresos 26,500.

Gastos extraordinarios

UTILIDAD ANTES DE PART. E IMP.500,500.

1’114,000.

Participación de Trabajadores 112,450.

Impuesto a la renta 303,015.

RESULTADO DEL EJERCICIO: 798,535.

2.- La liquidación del Impuesto a la Renta es el siguiente:

LIQUIDACION DEL IMPUESTO A LA RENTA Utilidad antes de Participaciones e impuestos 1’114,000.

ADICIONES:

1) Gastos sin documento sustentatorio 5,500.

2) Multa é intereses pagados 5,000.

.

DEDUCCIONES:

82

Page 90: Auditoria TRIBUTARIA

1.- Ninguno - .-

RENTA NETA: 1’124,500.

Participación de trabajadores 112,450.

RENTA NETA IMPONIBLE 1’012,050.

Impuesto a la Renta 303,615.

Fecha de Vencimiento: 05.04.2007

3.- Del análisis del Estado de Ganancias y Pérdidas se tiene los siguientes

reparos:

3.1.- Gastos de Administración.-a) El hijo de uno de los socios es el Gerente General de la empresa,

percibiendo una remuneración mensual de S/. 20,000.00: el funcionario mejor

remunerado de segundo nivel percibió S/. 8,500.00. La empresa tiene una

estructura organizacional.

b) Ha efectuado una donación de S/ 25,000.00 a la Universidad Peruana Los

Andes y Maquinaria al Ministerio de Salud por S/. 135,000.00

c) Ha cargado a gastos de Administración gastos diversos sin documento

sustentatorio por S/. 100,000.00

3.2.- Ingresos.-a) Ha abonado a la cuenta Ingresos Financieros intereses exonerados por

depósitos a plazo fijo S/. 10.500.00, los intereses por deudas cargados a

gastos es de S/. 35,000.00 y cobró intereses comerciales por S/. 83,500.00.

Los gastos directamente imputables representa S/. 850.00

3.3.- Balance GeneralAl efectuar el análisis de la cuenta PRESTAMO DE TERCEROS se ha

constatado que en el libro diario folio 145 de fecha 31.12.2006 han registrado

un préstamo de terceros sin sustento documentario alguno por S/. 75,000.00, al

requerirse el contribuyente no ha respondido, por lo que se confirma que se

trata de un PASIVO INEXISTENTE.

83

Page 91: Auditoria TRIBUTARIA

DATOS ADICIONALES.-Al 31 de Diciembre de 2005, según declaración jurada, tiene una pérdida

tributaria por S/. 375,500.00, lo cual proviene del ejercicio 2004 por S/.

213,500.00 y ejercicio 2005 por S/. 162,000.00.

El contribuyente no ha registrado en su declaración jurada del ejercicio 2006,

los efectos de dichas pérdidas tributarias.

SE PIDE:Formular las Resoluciones de Determinación y Resolución de Multa

proyectando los intereses al 31.08.2007.

1.- Miguel Arancibia Cueva - CODIGO TRIBUTARIO

COMENTADO Y CONCORDADO,

Editores Pacífico, Lima Perú, 2004.

2.- Miguel Arancibia CuevA - AUDITORIA TRIBUTARIA, Editores

Pacífico, Lima Perú, 2005.

3.- Luciano Carrasco Buleje - MANUAL DEL SISTEMA

TRIBUTARIO, Editorial Santa Rosa, Lima

Perú, 2005.

4.- Luciano Carrasco Buleje - APLICACIÓN PRACTICA DE

IMPUESTO A LA RENTA

Editorial Santa Rosa S.A. Lima Perú 2006

84

Page 92: Auditoria TRIBUTARIA

PRACTICA N° 01 PARA SER DESARROLLADOS POR EL ALUMNO

La empresa Industrial TECNOMECANICA FINA S.A. con RUC N°

20954565219 ha sido notificada con fecha 18.06.2007 por la Administración

Tributaria, para una Fiscalización del ejercicio 2006, el Auditor luego de haber

formulado la PLANILLA “A” ha efectuado un análisis de las cuentas de gastos

en base a los siguientes Estados Financieros:

1.- Balance General al 31.12.2006:

BALANCE GENERALAl 31 de Diciembre de 2006

(Expresado en Nuevos Soles)

ACTIVO CORRIENTE: PASIVO CORRIENTE:

Caja y bancos 520,147. Sobregiro Bancario 110,500.

Cuentas por Cobrar Com. 1’683,088. Cuentas por Pagar Comerciales 925,450.

Otras cuentas por cobrar 751,000. Otras cuentas por pagar 255,000.

Existencias 987,600. Parte corriente de Deudas a L.P. 200,000.

Otros activos 558,000.

TOTAL ACT. CTE. 4’499,835. TOTAL PAS. CTE. 1’490,950.

MAQ. Y EQUIPO (neto) 5’245,900. DEUDAS A LARGO PLAZO 2’ 500,000.

PATRIMONIO NETO:

Capital 4’500,000.

Reservas 110 ,850.

Resultados acumulados 231,000.

Resultado del ejercicio: 912,935.

85

Page 93: Auditoria TRIBUTARIA

TOTAL PATRIMONIO NET0: 5’754,785.

TOTAL ACTIVOS 9’745,735. TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO: 9’745,735.

ESTADO DE GANANCIAS Y PÉRDIDASAl 31 de Diciembre de 2006

(Expresado en Nuevos Soles)

Ventas Netas

Costo De Ventas

S/. 10´350,750.

6´477,940.

UTILIDAD BRUTA

Gastos de Administración Gastos de ventas

UTILIDAD OPERATIVA Gastos Financieros

3´872,810.

1’055,200.

944,159.

1’873,451.

414,451.

Ingresos Financieros 155,500.

Gastos extraordinarios 100,500.

UTILIDAD ANTES DE PART. E IMP.Participación de Trabajadores

1’514,000.162,450.

Impuesto a la renta 438,615.

RESULTADO DEL EJERCICIO: 912,935.

2.- La liquidación del Impuesto a la Renta es el siguiente:

LIQUIDACION DEL IMPUESTO A LA RENTA Utilidad antes de Participaciones e impuestos 1’514,000.

ADICIONES:

1) Gastos sin documento sustentatorio 45,500.

2) Multa é intereses pagados 65,000. .

DEDUCCIONES:

1.- Ninguno - .-

RENTA NETA: 1’624,500.

86

Page 94: Auditoria TRIBUTARIA

Participación de trabajadores 162,450.

RENTA NETA IMPONIBLE 1’462,050.

Impuesto a la Renta 438,615.

Fecha de Vencimiento: 05.04.2007

3.- Del análisis del Estado de Ganancias y Pérdidas se tiene los siguientes reparos:

3.1. Costo de Ventas.-a) Uno de los socios en el mes de Diciembre retiró mercaderías para su uso, el

costo de dichas mercaderías es de S/. 16,500.00; el valor de venta a terceros

es de S/. 19,500.00, el costo se ha contabilizado en la cuenta 69 Costo de

Ventas. La operación representa retiro de bienes gravado con el IGV, el monto

del impuesto fue contabilizado en la cuenta 64 tributos por S/. 3,705.00.

b) Por decisión de Gerencia se ha entregado a los clientes productos nuevos

en calidad de promoción cuyo costo es de S/. 8,500.00; el valor de venta al

público es de S/.12,500.00, de los cuales se ha pagado el IGV por S/. 2,375.00,

lo cual está contabilizado en la cuenta 64 Tributos. La entrega de dichos

productos a los clientes está debidamente acreditado.

3.2.- Gastos de Administración.-a.- La esposa y un hijo de uno de los socios trabajan en la empresa,

percibiendo la siguiente remuneración mensual: la esposa percibió S/.

15,000.00, el hijo S/. 13,000.00; el trabajador mejor remunerado percibió S/.

6,500.00. La empresa tiene una estructura organizacional, la esposa del socio

es gerente de ventas; el hijo es gerente administrativo y el trabajador mejor

remunerado es gerente de producción.

b) Ha pagado a los Directores la suma de S/. 175,000.00 por concepto de

dietas; fue contabilizado en la cuenta 62 Gastos de Personal.

c) La empresa asumió los gastos propios del gerente (socio) y de su esposa

que en total representan S/. 6,500.00 se contabilizó en la cuenta 62 Gastos de

Personal.

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Page 95: Auditoria TRIBUTARIA

d) La provisión de cuentas incobrables se ha efectuado sin control de cuentas

morosas por cada cliente, además no está acreditado la cobranza respectiva

por S/. 138,000.00; se contabilizó en la cuenta 68 Provisiones del Ejercicio.

e) Los gastos de representación debidamente sustentados representan S/.

169,000.00 contabilizado en la cuenta 65 Cargas Diversas de Gestión.

3.3.- Ingresos.-a) La empresa percibió dividendos en acciones de la empresa donde tiene

inversiones por S/. 14,500.00 contabilizado en la cuenta 77 Ingresos

Financieros.

DATOS ADICIONALES.-La empresa al 31 de Diciembre de 2005 tiene una pérdida tributaria por S/.

214,600.00 tal como consta en la declaración jurada del ejercicio 2005, lo cual

proviene de los siguientes ejercicios:

Ejercicio 1999 S/. (56,000.00)

Ejercicio 2000 23,000.00

Ejercicio 2001 25,500.00

Ejercicio 2002 (54,300.00)

Ejercicio 2003 (42,000.00)

Ejercicio 2004 (75,000.00)

Ejercicio 2005 (3 5, 8 00 . 00 )

Total pérdida al 31.12.2005: (214,600.00)

El contribuyente no ha registrado en su declaración jurada del ejercicio 2006,

los efectos de dichas pérdidas tributarias.

SE PIDE:

1. Formular las Resoluciones de Determinación y Resolución de Multa

proyectando los intereses al 31.08.07

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Page 96: Auditoria TRIBUTARIA

PRACTICA N° 02 PARA SER DESARROLLADO POR EL ALUMNO

La empresa ESTACION DE SERVICIOS SANTA ISABEL E.I.R.L.. con RUC N°

20134755521 dedicado a la comercialización de Combustibles en general, ha

sido notificada con fecha 30.06.2007 por la SUNAT para una Fiscalización del

ejercicio 2006, cuya liquidación del impuesto según Declaración Jurada es el

siguiente:

LIQUIDACION DEL IMPUESTO A LA RENTAUtilidad antes de Participaciones e impuestos 850,000.00

ADICIONES:

- Ninguna adición -.-

DEDUCCIONES:

- Ninguna deducción - .-

RENTA NETA DEL EJERCICIO: 850,000.00

Menos: Perdida Tributaria ( 3 0 5, 0 00 . 00 )

RENTA NETA: 545,000.00

Participación de trabajadores ( 43, 6 00 . 00 )

RENTA NETA IMPONIBLE 501,400.00

Impuesto a la Renta 150,420.00

Fecha de Vencimiento: 30.03.2007

Del análisis del Estado de Ganancias y Pérdidas y luego de formularse la

Planilla “A” se tiene los siguientes reparos:

1. Ventas Netas.-Al efectuar la compulsa de la cantidad de galones vendidos se ha constatado

una omisión de 2,000 galones de Petróleo, el valor de venta promedio unitario

durante el año fue S/. 12.00.

2. Costo de Ventas.-Por decisión de la Gerencia se ha entregado a los clientes productos nuevos

(lubricantes) en calidad de promoción cuyo costo es de S/. 15,500.00, el valor

de venta al público es de S/. 18,500.00 de cuyo importe se ha pagado el

Impuesto General a las Ventas por S/. 3,515.00 que fue contabilizado en la

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Page 97: Auditoria TRIBUTARIA

cuenta 64 tributos. La entrega de dichos productos esta debidamente

acreditado con documentos.

3.- Gastos de Administración.-a) El esposo de la titular de la empresa es el Gerente, quien percibe un sueldo

mensual de S/. 25,000.00 que fue cargado a gastos de Administración; el

empleado no vinculado mejor remunerado percibe S/. 10,000.00; La empresa

no tiene una estructura organizacional.

b) Los gastos de representación debidamente sustentados con comprobantes

asciende a S/. 153,000.00 que fue cargado a gastos de administración; Los

ingresos Netos ascendió a S/. 15’750,000.00

4.- Ingresos Financieros.-Ha abonado a la cuenta Ingresos Financieros intereses exonerados por

depósitos a plazo fijo S/. 12.800.00, Los gastos imputables a dicho ingreso

representa S/. 990.00

DATOS ADICIONALES.-La empresa al 31 de Diciembre de 2005, según declaración jurada, tiene una

pérdida tributaria por S/. 305,000.00, lo cual proviene de los siguientes

ejercicios:

Ejercicio 2001 S/. (75,000.00)

Ejercicio 2002 (35,000.00)

Ejercicio 2003 (55,000.00)

Ejercicio 2004 (45,000.00)

Ejercicio 2005 (9 5, 0 00 . 00 )

Total pérdida Tributaria al 31.12.2005: (305,000.00)

El contribuyente ha registrado en su declaración jurada del ejercicio 2006, los

efectos de dichas pérdidas tributarias de acuerdo al sistema “A”.

SE PIDE:Formular las Resoluciones de Determinación y Resolución de Multa

proyectando los intereses al 31.08.2007.

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