auditoria forense

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  • EL ROL, LA POSICIN Y LA RESPONSABILIDAD DEL AUDITOR ESTATUTARIO DENTRO DE LA UNIN EUROPEA

    Jhenniffer Tatiana Ariza Caldern

    Marlon Antonio Bautista Realpe

    Karen Ginneth Galindo Portela

  • Fundacin Universitaria los Libertadores

    Facultad de Ciencias Econmicas y Contables

    Programa de Contadura Pblica

    2015

  • EL ROL, LA POSICIN Y LA RESPONSABILIDAD DEL AUDITOR ESTATUTARIO DENTRO DE LA UNIN EUROPEA

    Palabras Claves:

    Auditor Estatuario

    Rol

    Necesidad

    Fraude

    Hechos Financieros

    Prevencin

    Idea Principal

    El rol del auditor estatutario ha sido recientemente objeto de muchos debates en todo el mundo. Como resultado de un nmero importante de fallas financieras, las preguntas han surgido de la funcin del auditor estatutario y la independencia del auditor.

    Ideas Importantes

    La justificacin del inters de la Unin Europea y la accin en esta rea descansa en el Mercado nico.

    Los estados financieros auditados de una sociedad establecida en un Estado Miembro son utilizados por terceras partes en otros Estados Miembros, tales como inversionistas, acreedores y empleados.

  • Estas terceras partes no asumen irrazonablemente un cierto nivel de seguridad y una cierta cobertura de la auditora.

    Comprensin del Texto:

    La auditora juega un rol muy importante en todas partes del mundo como lo podemos apreciar, en Europa no es la excepcin esta figura de seda por la necesidad de las empresas, las cuales requieren que su informacin anual y consolida se han confiable, para tomar buenas decisiones en periodos siguientes y evitar posibles fraudes, por ende, cabe resaltar que la auditora la debe ejecutar un profesional independiente y calificado.

    El auditor estatutario ha sido recientemente objeto de muchos debates en todo el mundo, como resultado de un nmero importante de fallas financieras, las preguntas han surgido de la funcin del auditor estatutario y la independencia del auditor. No hay un punto de vista comn en el rol, la posicin y la responsabilidad del auditor estatutario.

    La ausencia de tal punto de vista comn tiene un impacto negativo en la calidad del auditor en la libertad de la institucin y la libertad de dar servicios en el campo de la auditora, este hecho llevo a que la UNION EUROPEA implementar regulaciones hacia el auditor estatutario los documentos implementados en estas regulaciones discuten los principales temas relacionados con el rol y la posicin del auditor estatutario, su responsabilidad, el auditor en las pequeas sociedades, arreglos para auditora de grupo, libertad de la institucin y libertad para dar servicios en este campo.

    Cada cuadro concluye con una corta seccin de sugerencias de prioridades posibles de acciones, formas y maneras de atacar los temas en la Unin Europea. En estos puntos particularmente donde seran bienvenidos los comentarios de las partes interesadas segn lo expresado en los siguientes directivas, directiva del cuarto concilio (78/660/EEC) del 25 de julio de 1978, la directiva del sptimo concilio (83/349/EEC) del 13 de junio de 1983, directiva del octavo concilio (84/253/EEC) del 10 de abril de 1984, las cuales indican que el auditor estatutario debe ver que el informe anual sea consistente con las cuentas anuales para el mismo ao financiero, estas deben ser auditadas por un profesional calificado. Adems este profesional debe reunir las siguientes caractersticas ser concerniente, ntegro e independiente.

  • La justificacin del inters de la unin europea y la accin en esta rea descansa en el mercado nico. Los estados financieros auditados de una sociedad establecida en un estado miembro son utilizados por terceras partes en otros estados miembros, tales como inversionistas, acreedores y empleados. Estas terceras partes no asumen irrazonablemente un cierto nivel de seguridad y una cierta cobertura de la auditora. as como han sido presionados a normalizarse, estos aspectos de auditoras en el mbito nacional, en parte en respuesta a necesidades del mercado, tambin han sido llamados para alguna normalizacin de estos aspectos de la auditora en el mbito la unin europea.

    Finalmente, la Comisin anunci su apoyo al proceso de armonizacin internacional guiado por el Comit Internacional de Estndares Contables (IASC) junto con la Organizacin Internacional de las Comisiones de Acciones (IOSCO), apuntando al establecimiento de un grupo central de estndares contables que ser aceptado en los mercados de capital de todo el mundo. Se han dado pasos para incrementar la influencia de la Unin Europea en este proceso de armonizacin contable internacional.

    Sin embargo, hay un riesgo significante de que las cuentas y las cuentas consolidadas preparadas por las sociedades de la Unin Europea no sern aceptadas en los mercados de capital internacional a menos que estas cuentas hayan sido auditadas por un profesional independiente de acuerdo con los estndares de auditora que son vistos como generalmente aceptados en todo el mundo.

    El Comit Internacional de Prcticas de Auditora de la Federacin Internacional de Contadores (IFAC) ha desarrollado un nmero de estndares de auditora internacionales, la definicin adoptada por este Comit indica que el objetivo de una auditora es capacitar al auditor para expresar una opinin sobre si los estados financieros estn preparados, en todos los aspectos materiales, de acuerdo con el esquema de informe financiero identificado.

    Ninguna definicin de auditor estatutario considerara las necesidades y la expectacin de los usuarios en la extensin en que ellos son razonables tanto como la capacidad del auditor estatutario para responder a esas necesidades y expectativas.

  • Las expectativas pblicas del auditor estatutario para tener un papel en la proteccin de los intereses de los socios, acreedores, pensionados, empleados y el pblico, deben brindar en general seguridad en relacin con la exactitud de los estados financieros, estatus de la empresa solvencia de la sociedad, la existencia de fraude, respeto de la sociedad por sus obligaciones legales, comportamiento responsable de la sociedad en relacin con el entorno y los asuntos sociales.

    Hay dos conceptos equivocados inherentes a esta expectativa. El primero es que es posible preparar estados financieros que son precisos y el segundo que los estados financieros son responsabilidad del auditor, en cuanto al primer concepto, es compartido generalmente por los que estn bien informados acerca de contabilidad de que los estados financieros no pueden ser precisos en el sentido de que hay solo un grupo de figuras que expresan correctamente los resultados de las operaciones de una sociedad y es la categora financiera. La eleccin disponible para el tratamiento contable de las operaciones comerciales complejas y los implcitos inciertos en la toma de decisiones de manejo anulan cualquier intento de desarrollar un grupo de estados financieros que todos los observadores informados podran ver como precisos.

    La segunda concepcin es que el auditor estatutario que prepara los estados financieros y su responsabilidad con ellos. En este punto no hay duda que es la Mesa Directiva y no el auditor estatutario quien tiene la responsabilidad de adoptar estados financieros (preparados por las directivas) que muestren una opinin clara y verdadera. Son las directivas y no el auditor estatutario quienes determinan el tratamiento contable y las prcticas de bsqueda adoptadas en los estados financieros. Las directivas estn en la mejor posicin para conocer los asuntos de sus sociedades, para mantener sus registros y preparar sus cuentas.

    Los auditores deben ser independientes y estar separados de las mesas supervisoras de sus clientes, necesitan ser cuidadosos en la forma como publican el informe. Tradicionalmente los auditores han sido asociados con el descubrimiento del fraude. Una encuesta realizada en el Reino Unido en 1989 encontr que el 75% del pblico en general, incluyendo la mayora de personas con conocimientos financieros, piensan que es responsabilidad del auditor estatutario detectar toda clase de fraudes. La misma

  • encuesta encontr que el 61% del pblico en general piensa que es responsabilidad del auditor investigar activamente para hallar fraude.

    Los cuerpos reguladores en buen nmero de Estados Miembros han editado pautas de auditora relacionadas con las responsabilidades del auditor estatutario en relacin con el fraude, otras irregularidades y errores. Las pautas especifican las responsabilidades respectivas de las directivas y del auditor.

    Las directivas son las primeras responsables de detectar el fraude, otras irregularidades y errores. Esta responsabilidad es vista como parte del rol de administrador del manejo. La responsabilidad del auditor es planear, ejecutar y evaluar su trabajo de auditora para tener una expectativa razonable de detectar inconsistencia material en los balances, si es causada por fraude, error u otras irregularidades, adicionalmente deben reportar todas estas posibles inconsistencias y generar informes de opinin indicando los hallazgos encontrados en la auditoria.

    Las diferencias en los sistemas educativos de los Estados Miembros no pueden ser ignoradas. Estas fueron causa de dificultades cuando se hicieron los intentos en el momento de la implementacin de la Directiva al comparar los niveles educacionales nacionales en los Estados Miembros. Como resultado, la profesin contable en La Unin Europea ha subrayado la necesidad de profesionales que quieran ofrecer servicios cruzados para adquirir el ttulo profesional del pas que los acoge.

    El principal objetivo en la bsqueda de propuestas competitivas es obtener los servicios de auditores tan baratos como sea posible.

    La intensidad del crecimiento de competicin para auditar negocios, y especialmente para las sociedades de gran prestigio, es tambin motivo para afectar la independencia. No hay duda de que la competencia algunas veces resulta de bajo-costo y quizs propuestas de costo-medio. El procedimiento de llamadas para propuestas que asegura transparencia y competicin, puede no

  • tener como consecuencia que los auditores apliquen una auditora que nos les permita realizar su trabajo en acuerdo con los estndares profesionales.

    La pregunta, si el auditor puede dar otros servicios a su cliente ha sido sujeto de muchos debates. Se ha argido que no hay evidencia de que el volumen de honorarios no auditados en relacin con el nivel de honorarios auditados es una amenaza a la objetividad.

    Las salvaguardas podran consistir en confinar la prestacin de otros servicios cuya naturaleza y calidad son consistentes con la imagen profesional del auditor y que no impiden su objetividad, o en el requerimiento de honorarios para servicios auditados o no auditados. Una solucin que puede consistir en prevenir al auditor de dar cualquier otro servicio a su cliente auditado podra solucionar el problema en apariencia. Sin embargo, la prctica ha demostrado que esta solucin no es una alternativa viable, ya que es muy fcil hacerlo teniendo el servicio de una firma afiliada o asociada.

    En todos los casos el auditor puede asegurar que l y su firma no estn involucrados en el manejo de la toma de decisiones de su cliente. El auditor puede no estar comprometido en la preparacin de los estados financieros de su cliente, estar involucrado en la valoracin de activos o disponibilidad para fines de registrarlos en los estados financieros, actuar para el cliente en la resolucin de litigaciones que pueden tener un impacto material en los estados financieros, o dar servicios que puedan tener un serio impacto en el manejo de la gerencia tal como su reclutamiento.

    Los estados financieros consolidados son la representacin de los estados financieros de un grupo presentados como una entidad individual. Con el incremento de la facilidad de los negocios internacionales, y las trasferencias internacionales, es muy importante que el auditor estatutario tenga muy presente las actividades significantes dentro del grupo.

  • Las dificultades pasan en la prctica, ya que no hay unos reglamentos especficos, que ofrezcan una gua al auditor sobre la auditoria en grupo, la mayor dificultad se presenta, ya que el auditor muchas veces no tiene la informacin de las auditorias de las sociedades del grupo que el audita, puede ser que no tenga la suficiente informacin para realizar su actividad de una manera eficiente, y a esto le ayuda las reglas del secreto profesional.

    Las soluciones para estos inconvenientes, estn dadas en el desarrollo de estndares tales como la unin en el nombramiento de la auditoria, la garanta del acceso total de la informacin solicitada por el auditor para su labor, y en nombramiento de un auditor estatutario, para todas las sociedades de grupo. Las acciones de los auditores estatutarios pueden ser examinadas para ver hasta dnde llega su relacin con la ley; a falta de una ley regulatoria, la Unin Europea puede desarrollar un grupo de principios que unifique conceptos y a la vez pueda servir de gua al auditor.

    Segn estudios realizados a la fecha, se muestra que no existe un mercado de auditora general para la Unin Europea, existen mercados locales en cada pas , lo cual no sera un obstculo para prestar servicios de auditora fuera de su nacin, pero se tendra que tener en cuenta que estos servicios prestados a travs de las fronteras, generara un mayor costo y serian menos efectivos.

    La libertad de que un auditor estatutario pueda ejercer o trabajar en otro pas fuera de su nacionalidad est contemplada, aunque los auditores que deseen practicar en otro estado miembro deben adquirir calificaciones de ese estado miembro, pero no estn obligados a completar totalmente el plan educativo de dicho estado.

    Los impedimentos de la libertad de establecimiento vienen en los cuerpos reguladores de algunos Estados miembros, que estipulan que sus leyes tambin aplican a aquellos auditores que aplican en otro estado.

    Un auditor estatutario puede ejercer en dos pases miembros al mismo tiempo, pero deber respetar cada una de las normas legislativas de cada estado. Lo cual en ocasiones parecer ser imposible; la mayora de estados miembros requiere profesionales individuales para tener un establecimiento profesional en su territorio. Para los Estados Miembros donde no hay restriccin para la delegacin del trabajo de auditora, el auditor extranjero puede trabajar bajo la supervisin de uno nacional.

  • La libertad de establecimiento puede ser ejercida a travs de la creacin de subsidiarias en otros estados miembros, esto es hecho con dificultad por l hecho que las leyes nacionales y regulaciones restringen, directamente las oportunidades a los auditores extranjeros a establecer una firma auditora.

    En un estudio realizado por la comisin en 1996, se encontr que la mayora de Estados Miembros que la mayor parte de las necesidades de manejo, estn en manos de auditores estatutarios nacionales, la mayora de Estados han establecido leyes y regulaciones estrictas, en la propiedad, manejo y control de firmas auditoras.

    Las auditorias deben ser realizadas por personas naturales y/o jurdicas los cuales deben ser personas legales u otros tipos de sociedades, firmas de socios; en relacin con la propiedad y manejo se requiere que la mayora este en manos de auditores estatutarios, la mayora nacionales o que hayan dado prueba de conocimiento legal requerido para propsitos de auditora estatutaria.

    Algunos Estados miembros han limitado el numero de formas legales, que puede tomar una firma de auditora, esto puede traer como consecuencia que una firma auditora que tiene una determinada forma legal no sea permitida en otro pas por las leyes del pas anfitrin.

    Este papel no puede ser comparado con las funciones del auditor, ya que estos se consideran relevantes en el contexto del mercado individual.

    Se ha dado prioridad a posibles soluciones futuras buscando una armonizacin contable, como estrategia frente a la armonizacin internacional, con una visin mas coherente para ser expresada en el debate internacional.

    El objeto sobresaliente de esta iniciativa es contribuir al aumento general del nivel de auditoria en la Unin Europea.

    Mapa Conceptual

  • AUDITOR ESTATUTARIO EN LA UNION EUROPEA

    PROFESIONAL

    PROFESIONAL

    PROFESIONAL

    PROFESIONAL

    N

    PROFESIONAL

    AL

    PROFESIONAL

    NAL

    ESTANDARES ARMONIZACION INTERNACIONAL

    LIMITACIONES PEQUEAS SOCIEDADES

    S

    PEQUEAS

    SOCIEDADES PEQUEAS SOCIEDADES

    PEQUEAS SOCIEDADES

    PEQUEAS SOCIEDADES

    PEQUEAS SOCIEDADES

    PEQUEAS SOCIEDADES

    PEQUEAS SOCIEDADES

    ALCANCES RESPONSABILIDADES

    CALIFICADO

    CALIFICADO

    INDEPENDIENTE

    PROFESIONAL

    PROFESIONAL

    PROFESIONAL

    PROFESIONAL

    REGULACIONES

    GRUPOS DE SOCIEDADES

    METODOS