auditoria 2. lectura 3

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Material que te provee la universidad empresarial siglo 21 para la materia Auditoria 2, de la carrera de contador publico. Nivel muy limitado y muy pobrecitos apuntes. Pero para una aproximacion muy novata al tema estan bien.

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  • Mdulo 3 Auditora Interna y

    Externa.

    Responsabilidad

    del Contador

    Pblico como

    Auditor y Sndico

    Societario

  • 1

    4. Auditora Interna y su

    relacin con la

    Auditora Externa

    4.1 Objetivos y caractersticas de la

    auditora interna

    Concepto de auditora interna. Enfoque moderno

    El Instituto de Auditores Internos de Argentina (I.A.I.A) retoma las

    evoluciones del concepto de Auditora interna y considera la siguiente

    definicin:

    La auditora interna es una actividad independiente y objetiva

    de aseguramiento y consulta, concebida para agregar valor y

    mejorar las operaciones de una organizacin.

    Ayuda a una organizacin a cumplir sus objetivos, aportando

    un enfoque sistemtico y disciplinado para evaluar y mejorar

    la efectividad de los procesos de gestin de riesgos, control y

    direccin.

    (https://www.iaia.org.ar/?ID=definicionauditoriainterna, s.f.)

    Estas nuevas definiciones no cambian sustancialmente; s in embargo,

    determinan qu debera esperarse de la auditora interna y el nfasis

    con que debe considerarse el desarrollo de esta actividad. Es decir, como

    un proceso que debe contribuir a proporcionar seguridad en cuanto a que

    existe una razonable administracin del riesgo, agregando valor mediante

    Bibliografa Bsica

    Para alcanzar satisfactoriamente los objetivos de la presente unidad debe revisarse en profundidad el Informe 7 del rea auditora del Consejo Profesional de Ciencias Econmicas de la Ciudad Autnoma de Buenos Aires. Compendio de auditora (Lattuca, 2011, Cap. 1.5.1 3.9.).

  • 2

    la formulacin de recomendaciones tiles para mejorar la exposicin de

    la organizacin frente al mismo, en un contexto dinmico.

    Advirtase el acento que en ambos casos se pone en el anlisis y

    administracin de riesgos para mantenerlos bajo control; ntese

    tambin que se est haciendo referencia a los riesgos del negocio, concepto

    que va mucho ms all del mero riesgo de fraudes o errores contables.

    Estas reformulaciones conceptuales recogen la evolucin continua que

    ha tenido la funcin (revisar redaccin: de) auditora interna en los

    ltimos aos, caracterizada por el progresivo aumento de sus

    atribuciones y responsabilidades, que actualmente se extienden cada

    vez ms a todas las reas, tanto contables o financieras como operativas,

    con el objetivo fundamental de servir a la Direccin como instrumento de

    apoyo en el aseguramiento de la eficacia y eficiencia de su gestin.

    Esta evolucin en el enfoque de la auditora interna es el resultado de

    la accin conjunta de diversos factores, derivados de la globalizacin e

    internacionalizacin de los mercados y del desarrollo de la tecnologa,

    que transformaron los negocios y las estructuras organizacionales.

    Asimismo, en el mbito especfico de la auditora interna, condujeron a la

    necesidad de que la funcin sea ejercida con una visin -de la entidad a

    que se pertenece- como un sistema integral - incluido su entorno o

    contexto. Este sistema es concebido de modo tal que las partes interactan

    fuertemente, centrndose en medir el grado de adaptacin de la

    organizacin a los objetivos estratgicos y operativos fijados; en procurar

    identificar las fortalezas y debilidades de la empresa y de su equipo

    gerencial para contribuir a reforzar las primeras y reducir el efecto de las

    segundas; y en evaluar permanentemente la eficacia y eficiencia con que se

    estn desarrollando las actividades tendientes al logro de esos objetivos a

    la luz de oportunidades y amenazas provenientes del entorno.

    Las funciones de control y de consultora. Valor que

    agrega la auditora interna

    De la definicin de Auditora Interna surgen los siguientes elementos

    esenciales:

  • 3

    Aseguramiento

    Una opinin proporcionada por un auditor interno profesional sobre un

    componente general o especfico de su prctica profesional, referido a que

    la gerencia de una organizacin comprende la:

    Exposicin al riesgo de la organizacin mencionada

    Implementa un adecuado manejo del riesgo

    Balancea los riesgos y el control adecuadamente

    Adapta los cambios efectivamente.

    Consultora

    Auditora Interna provee opinin de una organizacin sobre la

    identificacin del riesgo y las actividades empleadas para manejar la

    exposicin asociada al riesgo.

    Agregar valor

    En el proceso de obtencin de datos para comprender y evaluar el

    riesgo, los auditores internos desarrollan conocimientos significativos de

    las operaciones y oportunidades de mejora, que pueden ser

    sumamente beneficiosas para sus organizaciones.

    Asistir a la organizacin

    Auditora Interna se concentra en los objetivos generales de una

    organizacin y en la manera en que esos objetivos son cumplidos en

    los niveles operativos.

    Proceso de manejo de riesgo, control y gobierno de las organizaciones

    Los procesos de manejo de riesgo son implementados por la gerencia

    para identificar, evaluar y responder a riesgos potenciales que pudieran

    impactar en el cumplimiento de los objetivos de la organizacin.

  • 4

    Los procesos de control son las polticas, procedimientos y actividades

    que forman parte de un esquema de control, diseados para asegurar

    que los riesgos estn contenidos dentro de las tolerancias establecidas

    por el proceso de manejo de riesgos.

    Los procesos de gobierno de las organizaciones se refieren a los

    procedimientos utilizados por los representantes de los socios de una

    organizacin para supervisar los procesos de riesgo y control administrados

    por la gerencia.

    Principales objetivos y caractersticas de la auditora

    interna

    La caracterstica ms significativa que constituye la naturaleza de la

    Auditora Interna, es la capacidad para analizar -desde una posicin de

    independencia, con objetividad y profesionalidad- actividades,

    organizaciones o situaciones cuya responsabilidad de eficiencia,

    oportunidad o adecuacin no es de su incumbencia.

    El objetivo de la auditora interna consiste en apoyar a los miembros de la

    organizacin en el desempeo efectivo de sus actividades. Para ello, la

    Auditora Interna les proporciona anlisis, evaluaciones, recomendaciones,

    asesora e informacin concerniente a las actividades revisadas. Tambin es

    objetivo de la Auditora Interna la promocin de un control efectivo, a un

    costo razonable.

    Tal objetivo muestra claramente la funcin de Auditora Interna como un

    servicio de apoyo a todos aquellos que conforman la organizacin. Este

    apoyo resulta del conocimiento que adquiere el auditor interno de

    todos los elementos de la propia organizacin durante el desempeo de

    su trabajo. Al comparar y evaluar lo adquirido con respecto a sus propios

    conocimientos, experiencia y formacin acadmica y profesional, es t en

    condiciones de emitir opiniones y posturas que tiendan al beneficio de

    la organizacin en su conjunto.

  • 5

    Objetivos de la Auditora Interna

    Evaluar e Informar a la Direccin las normas que efectivamente se

    aplican. Intentar optimizar los objetivos polticos establecidos por

    la Direccin.

    Evaluar el cumplimiento de los procedimientos establecidos para

    el control interno.

    Evaluacin de los Controles.

    Verificar y promover eficiencias de los procesos operativos.

    Informar desvos y aconsejar medidas correctivas.

    Asesorar a la Direccin y al resto de las reas.

    Disminuir problemas de las auditoras anuales organizando

    funciones coordinadas con los auditores externos.

    4.2 mbito de aplicacin y

    responsabilidades

    La aplicacin de la auditora interna debe contemplar a toda la

    organizacin, es decir, todos sus sectores y todos sus sistemas.

    Consistentemente, todos los funcionarios de la misma deben proporcionar

    toda la informacin que sea requerida por parte de los auditores. Es

    importante, sin embargo, que se sostenga con claridad que el auditor

    interno no tiene una autoridad funcional o jerrquica sobre las personas

    que se desempean en la organizacin.

    Normas de auditora interna y normas de tica

    aplicables

    Normas de Auditora Interna

    El Instituto de Auditores Internos de Argentina (IAIA), siguiendo los

    lineamientos del Instituto Internacional, establece que las actividades

    de auditora interna son realizadas en ambientes legales y culturales

  • 6

    diversos, dentro de organizaciones que varan en propsitos, tamao y

    estructura, y por personas dentro o fuera de la organizacin. Estas

    diferencias pueden afectar la prctica de la auditora interna en cada

    ambiente.

    Sin embargo, el cumplimiento de las Normas para el Ejercicio Profesional

    de la Auditora Interna es esencial para el ejercicio de las responsabilidades

    de los auditores internos (https://www.iaia.org.ar/?ID=normastecnicas,

    s.f.).

    El propsito de las normas es:

    1) Definir principios bsicos que representen el

    ejercicio de la auditora interna tal como este debera ser.

    2) Proveer un marco para ejercer y promover un amplio

    rango de actividades de auditora interna de valor aadido.

    3) Establecer las bases para medir el desempeo de la

    auditora interna.

    4) Fomentar la mejora en los procesos y

    operaciones de la organizacin.

    (https://www.iaia.org.ar/?ID=versionpdfdelasnormas, s.f.)

    Dichas normas estn constituidas por las Normas sobre Atributos (las

    Series 1000), las Normas sobre Desempeo (las Series 2000), y las

    Normas de Implantacin):

    Las Normas sobre Atributos tratan las caractersticas de las

    organizaciones y los individuos que desarrollan actividades de

    auditora interna.

    Las Normas sobre Desempeo describen la naturaleza de las

    actividades de auditora interna y proveen criterios de calidad

    contra los cuales puede medirse la prctica de estos servicios.

    Las Normas sobre Atributos y sobre Desempeo se aplican a los

    servicios de auditora interna en general.

    Las Normas de Implantacin aplican las Normas sobre Atributos y

    sobre Desempeo a tipos especficos de trabajos (por ejemplo, una

  • 7

    auditora de cumplimiento, una investigacin de fraude o un

    proyecto de autoevaluacin de control).

    Hay un grupo de Normas sobre Atributos y sobre Desempeo. Sin embargo,

    podr haber mltiples grupos de Normas de Implantacin: un grupo para

    cada uno de los mayores tipos de actividades de auditora interna.

    Inicialmente, las Normas de Implantacin son establecidas para

    actividades de aseguramiento (indicadas por una A a continuacin

    del nmero de Norma, por ejemplo: 1130.A1) y para actividades de

    consultora (indicadas por una C a continuacin del nmero de Norma,

    por ejemplo: nnnn.C1).

    Las Normas forman parte del Marco para la Prctica Profesional. Este

    marco fue propuesto por el Equipo de Trabajo Gua y aprobado por

    el Consejo de Administracin del IIA en junio de 1999. Contempla la

    Definicin de Auditora Interna, el Cdigo de tica, las Normas, y otras

    guas relacionadas.

    Normas sobre atributos1

    1000 Propsito, Autoridad y Responsabilidad

    El propsito, la autoridad y la responsabilidad de la actividad de auditora

    interna deben estar formalmente definidos en un Estatuto, en

    conformidad con las Normas, y estar aprobados por el Consejo.

    1000. A1 La naturaleza de los servicios de aseguramiento

    proporcionados a la organizacin debe estar definida en el Estatuto de

    Auditora. Si los servicios de aseguramiento fueran proporcionados a

    terceros ajenos a la organizacin, la naturaleza de esos servicios tambin

    debera estar definida en el estatuto.

    1000. C1 La naturaleza de los servicios de consultora debe estar

    definida en el Estatuto de auditora.

    1100 Independencia y Objetividad

    La actividad de auditora interna debe ser independiente, y los

    auditores internos deben ser objetivos en el cumplimiento de su trabajo.

    1 Se transcriben las normas aplicables a la auditora interna segn el Instituto de Auditores Internos. Dichas normas se pueden descargar en el siguiente link web: http://www.iaia.org.ar/?ID=versionpdfdelasnormas

  • 8

    1110 Independencia de la Organizacin

    El director ejecutivo de auditora debe responder ante un nivel jerrquico

    tal dentro de la organizacin, que permita a la actividad de auditora

    interna cumplir con sus responsabilidades.

    1110. A1 La actividad de auditora interna debe estar libre de injerencias

    al determinar el alcance de auditora interna, al desempear su trabajo y

    al comunicar sus resultados.

    1120 Objetividad Individual

    Los auditores internos deben tener una actitud imparcial y neutral, y

    evitar conflictos de intereses.

    1130 Impedimentos a la Independencia u Objetividad

    Si la independencia u objetividad se viese comprometida de hecho o en

    apariencia, los detalles del impedimento deben darse a conocer a las

    partes correspondientes. La naturaleza de esta comunicacin depender

    del impedimento.

    1130. A1 Los auditores internos deben abstenerse de evaluar operaciones especficas de las cuales hayan sido previamente

    responsables. Se presume que hay impedimento de objetividad si un

    auditor provee servicios de aseguramiento para una actividad sobre la

    cual l mismo ha tenido responsabilidades en el ao inmediato anterior.

    1130. A2 Los trabajos de aseguramiento para funciones por las cuales

    el Director Ejecutivo de Auditora tiene responsabilidades, deben ser

    supervisadas por alguien fuera de la actividad de auditora interna.

    1130. C1 Los auditores internos pueden proporcionar servicios de

    consultora relacionados con operaciones de las cuales hayan sido

    previamente responsables.

    1130. C2 Si los auditores internos tuvieran impedimentos potenciales a la

    independencia u objetividad, relacionados con los servicios de

    consultora que les hayan sido propuestos, deber declararse esta

    situacin al cliente antes de aceptar el trabajo.

    1200 Pericia y Debido Cuidado Profesional

    Los trabajos deben cumplirse con pericia y con el debido cuidado

    profesional.

  • 9

    1210 Pericia

    Los auditores internos deben reunir los conocimientos, las aptitudes y

    otras competencias necesarias para cumplir con sus responsabilidades

    individuales. La actividad de auditora interna, colectivamente, debe

    reunir u obtener los conocimientos, las aptitudes y otras competencias

    necesarias para cumplir con sus responsabilidades.

    1210. A1 - El director ejecutivo de auditora debe obtener

    asesoramiento competente y asistencia si el personal de auditora interna

    carece de los conocimientos, las aptitudes u otras competencias necesarias

    para llevar a cabo la totalidad o parte del trabajo.

    1210. A2 El auditor interno debe tener suficientes conocimientos

    para identificar los indicadores de fraude, pero no es de esperar que

    tenga conocimientos similares a los de aquellas personas cuya

    responsabilidad principal es la deteccin e investigacin del fraude.

    1210. C1 El director ejecutivo de auditora no debe aceptar un servicio de

    consultora, o bien debe obtener asesoramiento y ayuda competente,

    en caso de que el personal de auditora carezca de los conocimientos,

    las aptitudes y otras competencias necesarias para desempear la

    totalidad o parte del trabajo.

    1220 Debido Cuidado Profesional

    Los auditores internos deben cumplir con su trabajo con el cuidado y la

    pericia que se esperan de un auditor interno razonablemente prudente y

    competente. El debido cuidado profesional no implica infalibilidad.

    1220. A1 - El auditor interno debe ejercer el debido cuidado profesional al

    considerar:

    El alcance necesario para alcanzar los objetivos del trabajo.

    La relativa complejidad, materialidad o significatividad de asuntos a

    los cuales se aplican procedimientos de aseguramiento.

    La adecuacin y eficacia de los procesos de gestin de riesgos,

    control y gobierno.

    La probabilidad de errores materiales, irregularidades o

    incumplimientos.

  • 10

    El costo de aseguramiento en relacin con los potenciales

    beneficios.

    1220. A2 - El auditor interno debe estar alerta a los riesgos materiales que

    pudieran afectar los objetivos, las operaciones o los recursos. Sin

    embargo, los procedimientos de aseguramiento por s solos, incluso

    cuando se llevan a cabo con el debido cuidado profesional, no garantizan

    que todos los riesgos materiales sean identificados.

    1220. C1 El auditor interno debe ejercer el debido cuidado profesional

    durante un trabajo de consultora, teniendo en cuenta lo siguiente:

    Las necesidades y expectativas de los clientes, incluyendo la

    naturaleza, oportunidad y comunicacin de los resultados del

    trabajo.

    La complejidad relativa y la extensin de la tarea necesaria para

    cumplir los objetivos del trabajo.

    El costo del trabajo de consultora en relacin con los beneficios

    potenciales.

    1230 Desarrollo Profesional Continuado

    Los auditores internos deben perfeccionar sus conocimientos, aptitudes y

    otras competencias mediante la capacitacin profesional continua.

    1300 Programa de Aseguramiento de Calidad y Cumplimiento

    El director ejecutivo de auditora debe desarrollar y mantener un

    programa de aseguramiento de calidad y mejora que cubra todos los

    aspectos de la actividad de auditora interna y revise continuamente su

    eficacia. El programa debe estar diseado para ayudar a la actividad de

    auditora interna a aadir valor, a mejorar las operaciones de la

    organizacin y a proporcionar aseguramiento de que la actividad de

    auditora interna cumple con las Normas y el Cdigo de tica.

    1310 Evaluaciones del Programa de Calidad

    La actividad de auditora interna debe adoptar un proceso para supervisar

    y evaluar la eficacia general del programa de calidad. Este proceso

    debe incluir tanto evaluaciones internas como externas.

  • 11

    1311 Evaluaciones Internas

    Las evaluaciones internas deben incluir:

    Revisiones continuas del desempeo de la actividad de auditora

    interna, y

    Revisiones peridicas mediante autoevaluacin o mediante otras

    personas dentro de la organizacin, con conocimiento de las

    prcticas de auditora interna y de las Normas.

    1312 Evaluaciones Externas

    Deben realizarse evaluaciones externas, tales como revisiones de

    aseguramiento de calidad, al menos una vez cada cinco aos, por un

    revisor o equipo de revisin cualificado e independiente, proveniente de

    fuera de la organizacin.

    1320 Reporte sobre el Programa de Calidad

    El director ejecutivo de auditora debe comunicar los resultados de las

    evaluaciones externas al Consejo.

    1330 Utilizacin de Realizado de Acuerdo con las Normas

    Se anima a los auditores internos a informar que sus actividades son

    "realizadas de acuerdo con las Normas para el Ejercicio Profesional de la

    Auditora Interna". Sin embargo, los auditores internos podrn utilizar

    esta declaracin slo si las evaluaciones del programa de mejoramiento

    de calidad demuestran que la actividad de auditora interna cumple con las

    Normas.

    1340 Declaracin de Incumplimiento

    Si bien la actividad de auditora interna debe lograr el cumplimiento total

    de las Normas, y los auditores internos deben lograr el cumplimiento

    total del Cdigo de tica, puede haber casos en los cuales no se logre el

    cumplimiento total. Cuando el incumplimiento afecte el alcance general o

    el funcionamiento de la actividad de auditora interna, debe declararse

    esta situacin a la direccin superior y al Consejo.

  • 12

    Normas sobre desempeo

    2000 Administracin de la Actividad de Auditora Interna

    El director ejecutivo de auditora debe gestionar efectivamente la

    actividad de auditora interna para asegurar que aada valor a la

    organizacin.

    2010 Planificacin

    El director ejecutivo de auditora debe establecer planes basados en los

    riesgos, a fin de determinar las prioridades de la actividad de auditora

    interna. Dichos planes debern ser consistentes con las metas de la

    organizacin.

    2010. A1 - El plan de trabajo de la actividad de auditora interna debe

    estar basado en una evaluacin de riesgos, realizada al menos

    anualmente. En este proceso deben tenerse en cuenta los comentarios

    de la alta direccin y del Consejo.

    2010. C1 El director ejecutivo de auditora debe considerar la

    aceptacin de trabajos de consultora que le sean propuestos, basado

    en el potencial del trabajo para mejorar la gestin de riesgos, aadir

    valor, y mejorar las operaciones de la organizacin. Aquellos trabajos que

    hayan sido aceptados deben ser incluidos en el plan.

    2020 Comunicacin y Aprobacin

    El director ejecutivo de auditora debe comunicar los planes y

    requerimientos de recursos de la actividad de auditora interna,

    incluyendo los cambios provisorios significativos, a la alta direccin y al

    Consejo para la adecuada revisin y aprobacin. El director ejecutivo de

    auditora tambin debe comunicar el impacto de cualquier limitacin de

    recursos.

    2030 Administracin de Recursos

    El director ejecutivo de auditora debe asegurar que los recursos de

    auditora interna sean adecuados, suficientes y efectivamente asignados

    para cumplir con el plan aprobado.

    2040 Polticas y Procedimientos

    El director ejecutivo de auditora debe establecer polticas y

    procedimientos para guiar la actividad de auditora interna.

  • 13

    2050 Coordinacin

    El director ejecutivo de auditora debe compartir informacin y coordinar

    actividades con otros proveedores internos y externos de aseguramiento

    y servicios de consultora relevantes para asegurar una cobertura

    adecuada y minimizar la duplicacin de esfuerzos.

    2060 Informe al Consejo y a la Direccin Superior

    El director ejecutivo de auditora debe informar peridicamente al

    Consejo y a la alta direccin sobre la actividad de auditora interna en lo

    referido a propsito, autoridad, responsabilidad y desempeo de su plan.

    El informe tambin debe incluir exposiciones de riesgo relevantes y

    cuestiones de control, cuestiones de gobierno corporativo y otras

    cuestiones necesarias o requeridas por el Consejo y la alta direccin.

    2100 Naturaleza del Trabajo

    La actividad de auditora interna evala y contribuye a la mejora de los

    sistemas de gestin de riesgos, control y gobierno.

    2110 Gestin de Riesgos

    La actividad de auditora interna debe asistir a la organizacin mediante la

    identificacin y evaluacin de las exposiciones significativas a los riesgos,

    y la contribucin a la mejora de los sistemas de gestin de riesgos y

    control.

    2110. A1 - La actividad de auditora interna debe supervisar y evaluar la

    eficacia del sistema de gestin de riesgos de la organizacin.

    2110. A2 La actividad de auditora interna debe evaluar las

    exposiciones al riesgo referidas a gobierno, operaciones y sistemas de

    informacin de la organizacin, con relacin a lo siguiente:

    Confiabilidad e integridad de la informacin financiera y operativa,

    Eficacia y eficiencia de las operaciones,

    Proteccin de activos, y

    Cumplimiento de leyes, regulaciones y contratos.

  • 14

    2110. C1 Durante los trabajos de consultora, los auditores internos

    deben considerar el riesgo compatible con los objetivos del trabajo y

    estar alertas a la existencia de otros riesgos significativos.

    2110. C2 Los auditores internos deben incorporar los conocimientos del

    riesgo obtenidos de los trabajos de consultora en el proceso de

    identificacin y evaluacin de las exposiciones de riesgo significativas en la

    organizacin.

    2120 Control

    La actividad de auditora interna debe asistir a la organizacin en el

    mantenimiento de controles efectivos, mediante la evaluacin de la

    eficacia y eficiencia de los mismos y promoviendo la mejora continua.

    2120. A1 - Basada en los resultados de la evaluacin de riesgos, la

    actividad de auditora interna debe evaluar la adecuacin y eficacia de

    los controles que comprenden el gobierno, las operaciones y los sistemas

    de informacin de la organizacin. Esto debe incluir lo siguiente:

    Confiabilidad e integridad de la informacin financiera y operativa,

    Eficacia y eficiencia de las operaciones,

    Proteccin de activos, y

    Cumplimiento de leyes, regulaciones y contratos.

    2120. A2 Los auditores internos deben cerciorarse del alcance de los

    objetivos y metas operativos y de programas que hayan sido establecidos y

    de que sean consistentes con aquellos de la organizacin.

    2120. A3 Los auditores internos deben revisar las operaciones y

    programas para cerciorarse de que los resultados sean consistentes con los

    objetivos y metas establecidos, y de que las operaciones y programas

    estn siendo implantados o desempeados tal como fueron planeados.

    2120. A4 Se requiere criterio adecuado para evaluar controles. Los

    auditores internos deben cerciorarse del alcance hasta el cual la direccin

    ha establecido criterios adecuados para determinar si los objetivos y metas

    han sido cumplidos. Si fuera apropiado, los auditores internos deben

    utilizar dichos criterios en su evaluacin. Si no fuera apropiado, los

    auditores internos deben trabajar con la direccin para desarrollar criterios

    de evaluacin adecuados.

  • 15

    2120. C1 Durante los trabajos de consultora, los auditores internos

    deben considerar los controles compatibles con los objetivos del trabajo y

    deben estar alertas a la existencia de debilidades de control significativas.

    2120. C2 Los auditores internos deben incorporar los conocimientos de

    los controles obtenidos de los trabajos de consultora en el proceso de

    identificacin y evaluacin de las exposiciones de riesgo significativas en la

    organizacin.

    2130 Gobierno

    La actividad de auditora interna debe contribuir al proceso de gobierno

    de la organizacin mediante la evaluacin y mejora del proceso por el

    cual

    (1) se establecen y comunican metas y valores,

    (2) se supervisa el cumplimiento de las metas,

    (3) se asegura la responsabilidad, y

    (4) se preservan los valores.

    2130. A1 Los auditores internos deben revisar las operaciones y

    programas para asegurar su consistencia con los valores de la

    organizacin.

    2130. C1 Los objetivos de los trabajos de consultora deben ser

    compatibles con los valores y las metas generales de la organizacin.

    2200 Planificacin del Trabajo

    Los auditores internos deben desarrollar y registrar un plan para cada

    trabajo.

    2201 Consideraciones sobre Planificacin

    Al planificar el trabajo, los auditores internos deben considerar:

    Los objetivos de la actividad que est siendo revisada y los medios

    con los cuales la actividad controla su desempeo.

    Los riesgos significativos de la actividad, sus objetivos, recursos y

    operaciones, y los medios con los cuales el impacto potencial del

    riesgo se mantiene a un nivel aceptable.

  • 16

    La adecuacin y eficacia de los sistemas de gestin de riesgos y

    control de la actividad comparados con un cuadro o modelo de

    control relevante.

    Las oportunidades de introducir mejoras significativas en los

    sistemas de gestin de riesgos y control de la actividad.

    2201. C1 Los auditores internos deben establecer un entendimiento

    con los clientes de trabajos de consultora, referido a objetivos, alcance,

    responsabilidades respectivas, y dems expectativas de los clientes. En

    el caso de trabajos significativos, este entendimiento debe estar

    documentado.

    2210 Objetivos del Trabajo

    Los objetivos del trabajo deben dirigirse a los procesos de riesgos,

    controles y gobierno asociados a las actividades bajo revisin.

    2210. A1 Durante la planificacin del trabajo, el auditor interno debe

    identificar y evaluar los riesgos relevantes de la actividad bajo revisin.

    Los objetivos del trabajo deben reflejar los resultados de la evaluacin de

    riesgos.

    2210. A2 - El auditor interno debe considerar la probabilidad de errores,

    irregularidades, incumplimientos y otras exposiciones materiales al

    desarrollar los objetivos del trabajo.

    2210. C1 Los objetivos de los trabajos de consultora deben considerar

    los procesos de riesgo, control y gobierno, hasta el grado de extensin

    acordado con el cliente.

    2220 Alcance del Trabajo

    El alcance establecido debe ser suficiente para satisfacer los objetivos del

    trabajo.

    2220. A1 - El alcance del trabajo debe tener en cuenta los sistemas,

    registros, personal y propiedades fsicas relevantes, incluso aquellos bajo el

    control de terceros.

    2220. C1 Al desempear trabajos de consultora, los auditores internos

    deben asegurar que el alcance del trabajo sea suficiente para cumplir los

    objetivos acordados. Si los auditores internos encontraran restricciones al

  • 17

    alcance durante el trabajo, estas restricciones debern tratarse con el

    cliente para determinar si se contina con el trabajo.

    2230 Asignacin de Recursos para el Trabajo

    Los auditores internos deben determinar los recursos adecuados para

    lograr los objetivos del trabajo. El personal debe estar basado en una

    evaluacin de la naturaleza y complejidad de cada tarea, las restricciones

    de tiempo y los recursos disponibles.

    2240 Programa de Trabajo

    Los auditores internos deben preparar programas que cumplan con los

    objetivos del trabajo. Estos programas de trabajo deben estar

    registrados.

    2240. A1 - Los programas de trabajo deben establecer los

    procedimientos para identificar, analizar, evaluar y registrar informacin

    durante la tarea. El programa de trabajo debe ser aprobado con

    anterioridad al comienzo del trabajo y cualquier ajuste ha de ser aprobado

    oportunamente.

    2240. C1 Los programas de trabajo de los servicios de consultora

    pueden variar en forma y contenido, dependiendo de la naturaleza del

    trabajo.

    2300 Desempeo del Trabajo

    Los auditores internos deben identificar, analizar, evaluar y registrar

    suficiente informacin de manera tal que les permita cumplir con los

    objetivos del trabajo.

    2310 Identificacin de la Informacin

    Los auditores internos deben identificar informacin suficiente, confiable,

    relevante y til de manera tal que les permita alcanzar los objetivos del

    trabajo.

    2320 Anlisis y Evaluacin

    Los auditores internos deben basar sus conclusiones y los resultados del

    trabajo en adecuados anlisis y evaluaciones.

  • 18

    2330 Registro de la Informacin

    Los auditores internos deben registrar informacin relevante que les

    permita soportar las conclusiones y los resultados del trabajo.

    2330. A1 - El director ejecutivo de auditora debe controlar el acceso a los

    registros del trabajo. El director ejecutivo de auditora debe obtener

    aprobacin de la direccin superior o de consejeros legales antes de dar a

    conocer tales registros a terceros, segn corresponda.

    2330. A2 - El director ejecutivo de auditora debe establecer requisitos de

    custodia para los registros del trabajo. Estos requisitos de retencin

    deben ser consistentes con las guas de la organizacin y cualquier

    regulacin pertinente u otros requerimientos.

    2330. C1 El director ejecutivo de auditora debe establecer polticas

    sobre la custodia y retencin de los registros del trabajo, y sobre la

    posibilidad de darlos a conocer a terceras partes, internas o externas.

    Estas polticas deben ser consistentes con las guas de la organizacin y

    cualquier regulacin pertinente u otros requerimientos sobre este tema.

    2340 Supervisin del Trabajo

    Los trabajos deben ser adecuadamente supervisados para asegurar el

    logro de sus objetivos, la calidad del trabajo, y el desarrollo profesional del

    personal.

    2400 Comunicacin de Resultados

    Los auditores internos deben comunicar los resultados del trabajo

    oportunamente.

    2410 Criterios para la Comunicacin

    Las comunicaciones deben incluir los objetivos y alcance del trabajo, as

    como las conclusiones correspondientes, las recomendaciones y los planes

    de accin.

    2410. A1 - La comunicacin final de resultados debe incluir, si corresponde,

    la opinin general del Auditor Interno.

    2410. A2 En las comunicaciones del trabajo se debe reconocer cuando

    se observa un desempeo satisfactorio.

  • 19

    2410. C1 Las comunicaciones sobre el progreso y los resultados de los

    trabajos de consultora variarn en forma y contenido, dependiendo de la

    naturaleza del trabajo y las necesidades del cliente.

    2420 Calidad de la Comunicacin

    Las comunicaciones deben ser precisas, objetivas, claras, concisas,

    constructivas, completas y oportunas.

    2421 - Errores y Omisiones

    Si una comunicacin final contiene un error u omisin significativos, el

    director ejecutivo de auditora debe comunicar la informacin corregida a

    todas las personas que recibieron la comunicacin original.

    2430 Declaracin de Incumplimiento con las Normas

    Cuando el incumplimiento con las Normas afecta a una tarea

    especfica, la comunicacin de los resultados debe exponer:

    Las Normas con las cuales no se cumpli totalmente

    Las razones del incumplimiento, y

    El impacto del incumplimiento en la tarea.

    2440 Difusin de Resultados

    El director ejecutivo de auditora debe difundir los resultados a las

    personas apropiadas.

    2440. A1 - El director ejecutivo de auditora es responsable de comunicar

    los resultados finales a las personas que puedan asegurar que se d a

    los resultados la debida consideracin.

    2440. C1 El director ejecutivo de auditora es responsable de comunicar

    los resultados finales de los trabajos de consultora a los clientes.

    2440. C2 Durante los trabajos de consultora pueden ser identificadas

    cuestiones referidas a gestin de riesgo, control y gobierno. En el caso de

    que estas cuestiones sean significativas, debern ser comunicadas a la

    direccin superior y al Consejo.

  • 20

    2500 Supervisin del Progreso

    El director ejecutivo de auditora debe establecer y mantener un

    sistema para supervisar la disposicin de los resultados comunicados a la

    direccin.

    2500. A1 - El director ejecutivo de auditora debe establecer un proceso de

    seguimiento, para supervisar y asegurar que las acciones de la direccin

    hayan sido efectivamente implantadas o que la direccin superior ha

    aceptado el riesgo de no tomar accin.

    2500. C1 La actividad de auditora interna debe supervisar la disposicin

    de los resultados de los trabajos de consultora, hasta el grado de

    alcance acordado con el cliente.

    2600 - Aceptacin de los Riesgos por la Direccin

    Cuando el director ejecutivo de auditora considere que la alta direccin

    ha aceptado un nivel de riesgo residual que es inaceptable para la

    organizacin, debe discutir esta cuestin con la alta direccin. Si la decisin

    referida al riesgo residual no se resuelve, el director ejecutivo de auditora

    y la alta direccin deben informar esta situacin al Consejo para su

    resolucin.

    4.3 Relacin de la auditora interna

    con la auditora externa

    Interaccin entre ambas auditoras Comit de

    Auditora

    Las principales causas que hacen necesaria una interaccin entre el

    proceso de auditora interna y externa son las siguientes: (i) necesidad de

    mejoramiento del control interno de la Entidad, (i i) contribuir a

    mejorar el Ambiente de control a nivel de alta gerencia de la

    entidad, (i i i ) disminucin y mejoramiento de las costos del control,

    colaborando a la eficiencia de los procesos de auditora tanto intern como

    interna y (iv) lograr una mejor coordinacin de las tareas desarrolladas

    por las auditorias externa e interna.

  • 21

    La doctrina moderna ha desarrollado y normatizado los Comits de

    Auditoria (esto aplica tambin a la Argentina desde hace un tiempo),

    concepto que ampliamos a continuacin:

    El Comit de Auditora es un organismo de control que se puede

    encontrar principalmente en organizaciones de cierta magnitud, y que

    est destinado a supervisar el control interno de la organizacin y el

    accionar de auditora interna y externa (esta ltima en cuanto a

    contratacin, reportes de observaciones, pero no puede influir en su

    trabajo debido a la independencia que requiere el auditor externo). Los

    miembros del Comit de Auditora son designados por el Directorio.

    Entre las responsabilidades asignadas a los Comits de Auditora, se

    pueden mencionar las siguientes (Gonzalvo, E. 2003):

    Mantener reuniones peridicas, dejando asentadas las

    deliberaciones en un libro de actas;

    Opinar acerca de la designacin y desvinculacin del Auditor

    Interno;

    Opinar acerca del plan de auditora interna y supervisar su

    cumplimiento;

    Vigilar el seguimiento de las observaciones y recomendaciones

    de auditora;

    Evaluar el desempeo del Auditor Interno y de la funcin de

    auditora interna;

    Opinar en lo concerniente a la contratacin de los auditores

    externos;

    Opinar acerca de la informacin financiera presentada a los

    organismos de control;

    Verificar el cumplimiento de leyes y otras normas regulativas;

    Verificar la existencia y cumplimiento de normas ticas y cdigos de

    conducta;

    Intervenir en situaciones de posibles conflictos de intereses

    y fraudes;

  • 22

    Como lo plantea Gonzalvo (2003) en su artculo, si bien la actividad del

    Comit de Auditora es ms abarcadora y menos exhaustiva que la de

    la auditora interna, ambos tienen objetivos comunes y es provechoso

    que haya una fluida comunicacin y colaboracin entre ellos. Por otra

    parte, no es infrecuente que integren el Comit de Auditora

    profesionales de distintas disciplinas, no necesariamente especializados

    en auditora y control. En tal circunstancia resulta sumamente valioso el

    asesoramiento que pueda proporcionar el Auditor Interno sobre estas

    cuestiones a los miembros del Comit.

    Diferencias entre Auditora Interna y Externa

    Conceptos y debilidades respecto a su ubicacin en

    la Empresa y su Independencia

    Retomando el concepto y actividad de la Auditora interna, hemos dicho

    que la misma verifica el cumplimiento de las normas de control interno

    que existen en el ente. Es diferente del control interno, el cual tiene como

    objetivo la proteccin de los activos de la empresa. La auditora interna es

    el rea destinada a velar por el cumplimiento de las normas

    preestablecidas. Es decir que es un rgano dentro del ente, pero cuya

    ubicacin dentro de la estructura no es de lnea sino de staff, y est

    dirigido a asesorar a los niveles ejecutivos ms altos.

    Si se tratara de una S.A., asesorara al directorio o al comit ejecutivo,

    en este caso, pero nunca a la asamblea de accionistas. El auditor interno

    es independiente de los sistemas que audita.

    La auditora interna es dependiente, en materia laboral, de la organizacin.

    Esta dependencia econmica implica que no puede emitir informes sobre

    EECC (Estados Contables) del ente; es por ello que para elevar informes a

    terceros es necesario un auditor externo (porque es independiente de todo

    el sistema empresa que audita).

    Organizacin real = organizacin formal + organizacin informal

    Es decir que las normas formales que se cumplen ms las relaciones

    informales conforman la organizacin real. Las normas formales que no se

    cumplen pueden estar desactualizadas; frente a esto, la auditora interna

    Bibliografa Bsica

    Ms informacin sobre la relacin entre estos procedimientos puede encontrarse en el Captulo N 1 del Manual de Auditora (Lattuca et al, 2005).

  • 23

    debera informar la situacin para que sean reformuladas. Es, justamente,

    una misin de la auditora interna verificar el cumplimiento de las normas

    formales y, de existir normas informales, analizar si son adecuadas para

    que sean incorporadas formalmente.

    El auditor interno audita de todos los sistemas del ente (el de ventas,

    el de cobranzas, el de pagos, el de produccin, etc.) y debe culminar su

    labor con un informe sobre las reas que audita.

    Generalmente hace auditoria operativa.

    Una auditora interna podra tener cualquier objeto y propsito, en tanto

    el auditor sea independiente y tenga idoneidad para realizar el examen y

    para obtener las conclusiones del caso e informarlas. As, podra hacer

    auditoras internas de informes contables, operaciones, contratos, entre

    otros.

    Ahora bien, en el caso en que una auditora interna de EECC culminara con

    la emisin de un dictamen, no tendra mayor aceptacin, puesto que los

    terceros no creeran en la independencia de criterio de los auditores, ni

    siquiera en el caso en que esta hubiera existido realmente en los hechos.

    Por lo tanto, lo ms razonable es que la auditora interna realice

    trabajos de auditora operativa usando los sensores que se consideren ms

    adecuados en cada caso. Ejemplo:

    Fuente: Lattuca A. y Mora C. (2001). Manual de Auditora Informe 5 (Novena edicin).

    Objeto de examen Sensor

    Saldos promedios

    mantenidos en una cuenta

    corriente bancaria.

    Saldo promedio ideal predefinido.

    Gestin del sector a cargo

    de las cobranzas.

    El principio general de que toda

    cuenta debe ser cobrada no despus de

    su vencimiento.

    Trabajo del sector de

    liquidacin de jornales.

    Normas de derecho laboral (sera

    tambin una auditoria legal)

    Informes contables de uso

    interno.

    Normas del manual de procedimientos

    contables en vigencia.

  • 24

    Es importante, en el desarrollo de este tema, establecer las diferencias

    entre ambas auditorias:

    Diferencias entre auditora interna y externa:

    Auditora interna Auditora externa

    Segn destino principal de la

    informacin:

    A la propia organizacin. Est dirigida principalmente a los

    terceros, pero a la organizacin le

    interesa. Segn la ubicacin del actuante:

    El auditor est dentro de la

    organizacin.

    El auditor est fuera de la

    organizacin.

    Segn el tiempo para desarrollar la

    tarea:

    Tiene plazos ms amplios para su

    labor por estar permanentemente

    en la organizacin.

    Debe cumplir con ciertos plazos

    establecidos en los contratos de

    auditora.

    Segn los mtodos utilizados:

    Utiliza el mtodo de la auditoria

    analtica. Realiza un seguimiento de

    las transacciones que elige.

    Generalmente emite opinin

    sobre los EECC y para ello utiliza el

    mtodo de la auditoria analtica.

    Segn las normas aplicables:

    Para la auditora interna no tenemos

    normas en las Resoluciones Tcnicas,

    debido a que estas normas las

    establece la propia empresa, y

    adems no es requisito para su

    ejercicio ser profesional (tiene una

    relacin de dependencia de tipo

    laboral).

    La RT7, elaborada por el CECYT

    brinda normas para la auditora

    externa. Se constituyen las RT en

    normas una vez que son

    aprobadas por los Consejos; las

    normas de auditora vigentes, por

    ejemplo en Provincia de Buenos

    Aires, deben ser aprobadas por el

    Consejo Profesional respectivo. El

    auditor externo debe ser profesional

    matriculado en el Consejo (debe

    ser Contador Pblico)

    Fuente: Lattuca A. y Mora C. (2001). Manual de Auditora Informe 5 (Novena edicin).

  • 25

    Por otra parte, el auditor externo para poder considerar confiable la tarea

    realizada por la auditora interna, debe verificar la razonable calidad de las

    rutinas y procedimientos aplicados por esta funcin. Al mismo tiempo,

    debe evaluar que sean adecuados y suficientes teniendo en cuenta los

    objetivos su gestin. Por este motivo deber valorar, entre otras cosas, lo

    siguiente:

    Grado de independencia de la auditora interna.

    Capacitacin actual y programas de capacitacin previstos para el

    personal de dicho sector.

    Alcance de las rutinas desarrolladas por el rea.

    Oportunidad de su ejecucin. Planificacin anual.

    Seguimiento de sus informes.

    Criterios de seleccin de personal y composicin del plantel.

    Consecuentemente, si el auditor externo delega tareas en el auditor

    interno, debe asegurarse de que este ltimo cumplir pautas establecidas

    por l en cuanto a papeles de trabajo, programa detallado, etc.

    Adems, el auditor externo deber supervisar el desarrollo y cumplimiento

    posterior de las tareas acordadas.

    La secuencia de las actividades propuesta a efectos de relacionar ambas

    auditorias es la siguiente:

    1) Evaluacin preliminar de la tarea de auditora interna.

    2) Planificacin y coordinacin de tareas con los auditores internos.

    3) Evaluacin y prueba de trabajo de auditora interna.

    Evaluacin Preliminar de la tarea de Auditora interna del Ente

    Conocimiento Preliminar: refiere al conocimiento general del rea de

    auditora interna, en cuanto a: a) conformacin del rea, b) existencia

  • 26

    de polticas y plan general del rea, c) recursos humanos y materiales

    afectados, y d) dependencia funcional del rea de auditora interna.

    Investigacin:

    - Reconocimiento de la estructura organizativa de la Auditora

    Interna. Dependencia del mximo nivel decisorio.

    - Relevamiento de la existencia de manuales y procedimientos

    escritos.

    - Exploracin de limitaciones al acceso de los registros,

    documentacin y personal.

    - Anlisis de la distribucin de recursos humanos.

    - Estudio de los planes de trabajo, capacitacin y promocin del

    personal y sus responsabilidades

    - Verificacin del cumplimiento de los programas de trabajo y

    anlisis de los desvos.

    - Revisin de la preparacin de papeles de trabajo adecuados y

    suficientes.

    - Identificacin de los destinatarios de los informes y seguimiento

    de las modificaciones efectuadas en los mismos.

    Anlisis: El auditor externo confirma mediante la revisin de

    documentacin y otros instrumentos que la operatoria real de

    auditora interna es coincidente con la que surgi del relevamiento,

    formndose una opinin sobre el grado de utilizacin aconsejable del

    trabajo de la auditora interna.

    Planificacin conjunta de la tarea.

    Planificacin: Para distribuir las tareas debe tenerse en consideracin

    algunos aspectos. Entre ellos citamos:

    a) Analizar los programas anuales de auditora interna, viendo reas y

    rubros que abarca.

  • 27

    b) Fijar en forma conjunta, la oportunidad y cercana al cierre de la

    porcin del programa de trabajo del auditor interno que servir

    para los programas de auditora externa.

    c) Programar reuniones peridicas con el equipo de auditora interna,

    para intercambiar opiniones, novedades, irregularidades o reas de

    riesgo detectadas, u otra situacin que pueda modificar los

    programas de auditora vigentes.

    d) Coordinar actividades de entrenamiento conjunto, para uniformar

    metodologa y papeles de trabajo. Esto beneficia la supervisin

    posterior de la tarea por parte del auditor.

    e) Fijacin de un cronograma detallado de recepcin de papeles e

    informes.

    Trabajo Preliminar: Aunque no existen criterios definidos, pueden

    considerarse los aspectos que se sugieren a continuacin.

    a) Dada la orientacin del auditor interno hacia los sistemas de

    control, probablemente la mayor parte de las tareas tengan este

    perfil.

    b) Algunas tareas de revisin de saldos, pueden ser realizadas por los

    auditores internos con supervisin del externo (por ej.: revisin de

    documentacin).

    c) El auditor externo se reservar para s mismo las tareas ms

    sensibles y de importancia para los estados contables.

    d) Tambin ser responsable de tareas que involucren su juicio

    profesional o criterio, como en el caso de las previsiones,

    contingencias, valuacin de activos complejos, entre otros.

    Trabajo a la fecha de cierre: En esta oportunidad se pueden coordinar

    tareas relacionadas con pruebas sustantivas como la participacin en

    toma de inventarios y conteos, arqueos, conciliaciones bancarias,

    entre otros.

  • 28

    Evaluacin y prueba del trabajo de auditora interna.

    Finalmente, en esta etapa el auditor externo supervisa y controla las tareas

    planificadas y coordinadas con los auditores internos. En todo caso, deber

    realizar un razonable grado de reproceso sobre los papeles de trabajo y

    documentacin trabajada por aquellos, utilizando pruebas selectivas. Solo

    en base a la evidencia reunida mediante estos controles podr el auditor

    externo decidir si es necesario aplicar otros procedimientos alternativos.

  • 29

    5. La responsabilidad

    del Contador Pblico

    como Auditor y como

    Sndico Societario

    Introduccin

    Realizar un anlisis general para mostrar y tomar conciencia de la

    magnitud de la responsabilidad que asume el profesional en ciencias

    econmicas, sea desempeando las labores de auditor, o las de sndico

    societario.

    5.1. La responsabilidad del contador

    como auditor

    El desarrollo de las tareas de auditor conlleva los siguientes considerandos:

    Es contratado por un Organismo Cliente- o se encuentra en

    relacin de dependencia con el mismo.

    Los informes van dirigidos a Usuarios internos o externos de la

    Organizacin.

    La existencia de los riesgos de auditora y su posibilidad de error,

    omisin, entre otros, que pueden encubrir defraudaciones o ilcitos.

    De ello surge que terceros interesados y Organismos de Control, entre

    otros, tienen derecho a exigir al profesional la prestacin de un servicio

    responsable. La responsabilidad del auditor se da en los siguientes mbitos:

    Civil

  • 30

    Penal

    Penal tributario

    Profesional.

    Breve resea de la normativa y leyes vigentes que

    regulan la responsabilidad profesional

    La resolucin conjunta de la Federacin Argentina de Consejos

    Profesionales de Ciencias Econmicas y de la Federacin Argentina de

    Graduados en Ciencias Econmicas, del 15 de marzo de 2004, establece

    las funciones y responsabilidades del Contador pblico.

    En esta resolucin se afirma que la definicin de las diferentes

    funciones que puede asumir un Contador Pblico en el ejercicio de su

    actividad profesional, es de particular relevancia para establecer las

    responsabilidades que le caben en orden a la legislacin civil, comercial y

    penal vigentes, as como las administrativas especiales (aquellas fijadas

    por normas administrativas para algunas actividades de polica del Estado;

    como las del sistema financiero y de seguros, por ejemplo) y las ticas.

    Por ello, estas federaciones han considerado necesario clarificar con

    este trabajo las caractersticas de cada una de estas tareas profesionales

    de manera de esclarecer ante los usuarios, los poderes pblicos y la

    comunidad en general, en qu consiste cada una de ellas, sus contenidos,

    fines y responsabilidades legales.

    Las principales funciones de un Contador Pblico que a los fines de este

    trabajo merecen destacarse, se pueden categorizar bsicamente en:

    Auditor externo de estados contables.

    Sndico societario.

    Consultor o asesor tcnico impositivo o previsional.

    Liquidador impositivo

    Tercerizacin de servicio.

  • 31

    Como resultado de cada una de estas funciones, el Contador Pblico

    puede tener responsabilidades de distinta naturaleza; este trabajo se

    centrar en las consecuencias de tipo penal.

    La responsabilidad legal profesional y la solidaridad patrimonial no

    presentan uniformidad en la legislacin comercial, tributaria, penal y penal

    tributaria, pues cada una de ellas tutela intereses distintos. La sancin de

    la Ley N 23.771, modificada por la N 24.587 y sustituida posteriormente

    por la Ley N 24.769, sumada a instrucciones internas de la A.F.I.P., han

    hecho ms compleja esta situacin.

    Responsabilidad penal tributaria de los profesionales

    en Ciencias Econmicas. Conceptos Generales del

    Derecho Penal

    La resolucin citada precedentemente (FACPCE & FAGCE, 2004)

    reconoce que, partiendo de la falsa idea de que siempre es posible desde

    el derecho penal modificar determinadas conductas, la reforma a las

    Leyes 11.683 y 24.769 - q u e introdujeron un agravamiento

    generalizado del rgimen sancionatorio, las facturas apcrifas y la

    discutida figura de la asociacin ilcita, respectivamente-, crearon

    confusin doctrinal e incertidumbre jurdica.

    Adems, vista la confusin que puede generarse en la distincin entre

    autora vs. participacin en las hiptesis delictuales descritas por la Ley

    Penal Tributaria y Previsional N 24.769 -sobre todo cuando aparece

    comprometida la actuacin de un profesional de las Ciencias Econmicas-,

    es conveniente analizar estos conceptos en los casos de los servicios

    profesionales mencionados para distinguirlos mejor.

    A. Autora y participacin

    Es evidente que tratndose de la ley penal tributaria resulte bastante

    comn que los ilcitos contemplados en sta sean la obra en comn de

    varios sujetos. Mientras ms compleja sea la maniobra evasora, es

    probable que requiera la participacin de ms sujetos. Si stos aportan su

    actividad dolosamente, con intencin y voluntad de delinquir, no hay

  • 32

    ninguna duda de que su colaboracin los convierte en cmplices

    (primarios y/o secundarios), es decir, en partcipes de aquella decisin del

    autor del delito.

    El autor es quien ha tomado la decisin de llevar a cabo el ilcito,

    distinguindose de sus cmplices precisamente por ser quien puede

    desistir de su cometido o consumar el mismo. Se dice que es autor el que

    posee el dominio del hecho.

    Resulta de toda lgica ratificar que todos aquellos que intervienen en

    un delito participan de l, cada uno en su propio grado: autor, co-autor,

    instigador, cmplice primario o secundario.

    Por ello el propio Cdigo Penal, en los artculos 45 a 49, regula la

    participacin criminal.

    A.1. Autor

    Se define como autor al sujeto activo del delito que tiene el dominio del

    hecho.

    El autor maneja la accin, teniendo el poder de decisin suficiente como

    para elegir entre consumar o desistir, pues, al fin y al cabo, es quien opera

    la cadena causal.

    A.2. Co-autor

    Al hablar de co-autor se implica un obrar colectivo. El delito ha sido

    realizado por un conjunto de personas que se repartieron las tareas.

    Los coautores realizan actos que integran la objetividad y subjetividad del

    hecho delictuoso, tienen presencia activa y pretenden el hecho como obra

    propia.

    Los requisitos que los caracterizan son: a) que cada coautor rena las

    condiciones exigidas para ser autor; b) la decisin comn, es decir un plan

    acordado entre todos; c) la realizacin en comn; d) el co-dominio del

    hecho; e) por ltimo, y tal vez el ms importante para medir la posible

    coautora de los profesionales en Ciencias Econmicas, el aporte del

    coautor debe haber sido realizado durante la etapa de ejecucin del delito.

  • 33

    El coautor se encuentra normado y descrito en la primera parte del Art. 45

    del C.P. (Cdigo Penal) en donde define a quienes:...tomasen parte en la

    ejecucin del hecho... 2

    A.3. Partcipes

    Son aquellos sujetos que no tienen poderes decisorios, pero cuyo aporte al

    hecho delictual debe haber sido realizado dolosamente.

    La responsabilidad penal del partcipe es consecuencia de la contribucin

    realizada, ya sea habiendo convencido al autor (instigacin) o habindolo

    ayudado (complicidad).

    Existen dos categoras de partcipes:

    A.3.1. Instigadores: son los sujetos que actan sobre el autor para

    convencerlo de que cometa el delito. Su participacin radica en la

    induccin directa sobre otra persona a la comisin del hecho delictual.

    A.3.2. Cmplices: son sujetos que tienen un rol secundario que consiste en

    ayudar al autor a cometer el delito.

    A.3.2.1. Sern Cmplices Primarios aquellos cuya colaboracin es

    imprescindible, desarrollndose en la etapa previa a la ejecucin del hecho.

    Es decir, su accionar es ex-ante delito. No tienen el dominio del hecho.

    Se les aplica la misma escala penal que a los autores.

    Se encuentran definidos en la segunda parte del Art. 45 del C.P. en donde

    describe a quienes: ....prestasen al autor o autores un auxilio o

    cooperacin sin los cuales no habra podido cometerse.... 3

    A.3.2.2. Sern Cmplices Secundarios aquellos que presten una ayuda sin

    la cual el hecho se hubiera cometido igual. Su accionar es post delictual,

    respondiendo a la comodidad de los otros protagonistas.

    Por lo tanto, en materia penal tributaria la punibilidad tambin ser

    aplicada a quienes hubieran determinado a otros a cometer el delito o les

    hubieran prestado un auxilio imprescindible.

    2 Art. 45 Ley N 11.179 -t.o. 1984-. Cdigo Penal. Poder Legislativo Nacional

    3 Art. 45 Ley N 11.179 -t.o. 1984-. Cdigo Penal. Poder Legislativo Nacional

  • 34

    B. Conceptos generales sobre responsabilidad penal tributaria

    B.1. De las personas fsicas

    Siendo definido el delito como una accin tpica, antijurdica y culpable,

    nacer, respecto del sujeto activo del delito, una responsabilidad penal. Es

    decir, aquella que le correspondiere por la realizacin de actos penalmente

    sancionables.

    La responsabilidad penal tambin se extender a aquellos que actan en el

    delito como instigadores, cmplices primarios y/o secundarios. En general,

    se extender a todos los que participen en el delito.

    Por ello, cuando se habla de responsabilidad penal o criminal se refiere a

    aquella responsabilidad propia de un acto u omisin penado por la ley y

    realizado por una persona imputable, culpable o carente de excusas, cuyo

    accionar ser sancionado con una pena.

    B.2. De las personas jurdicas

    No resulta redundante destacar que nuestro ordenamiento penal castiga a

    personas fsicas pues sostiene el principio de que la sociedad no puede

    delinquir. Por lo tanto, las imputaciones en materia penal tributaria slo

    podrn hacerse a personas fsicas y la responsabilidad se generar

    exclusivamente por la actuacin personal, a ttulo de dolo, de los

    integrantes o representantes de la persona jurdica.

    El Art. 14 de la Ley 24.769 extiende su autora a un nmero cerrado de

    representantes y directivos que, por su jerarqua y competencia, estn en

    situacin de impulsar y producir estos delitos. As, se impone por parte de

    quien juzga verificar la participacin real en las conductas reprochadas de

    los sujetos que revistan apariencia directiva.

    Pero para que exista participacin, la intervencin en el hecho punible

    deber haber sido en forma personal, garantizando as la vigencia de un

    Derecho Penal de actos y no de autores, con responsabilidad individual y

    no objetiva o de resultado.

    Luego de las definiciones precedentes, entraremos en el anlisis de las

    responsabilidades de cada uno de los roles del profesional en Ciencias

    Econmicas planteados.

  • 35

    Auditor externo de estados contables.

    El auditor externo puede realizar distintos tipos de trabajos sobre estados

    contables o informacin contable. Cada uno de ellos tiene caractersticas y

    alcances muy diferentes, por lo tanto es importante que los usuarios de

    dicha informacin los diferencien para interpretarlos correctamente. Los

    ms habituales son:

    La auditora.

    La revisin limitada.

    La certificacin.

    La auditora tiene por finalidad emitir una opinin respecto de si los

    estados contables presentan razonablemente la situacin patrimonial y sus

    cambios.

    La revisin limitada de los estados contables es un trabajo realizado con un

    alcance menor que el necesario para emitir una opinin sobre la

    razonabilidad de dichos estados. Por lo tanto, el auditor no puede emitir

    opinin, y as lo dice en su informe, pero agrega que como resultado de su

    tarea no han surgido observaciones significativas; o, en caso contrario,

    indica cules han surgido.

    La certificacin, en cambio, es un servicio ms limitado que la revisin

    limitada y mucho ms limitado todava que la auditora, que se aplica a

    ciertas situaciones de hecho o comprobaciones especiales. El Contador

    Pblico, en estos casos, esencialmente, coteja la informacin con los

    registros contables y/o con otra documentacin de respaldo e informa las

    discrepancias que surgen de ese cotejo. Las certificaciones con fines

    impositivos, como para solicitar reintegros, estn incluidas en este

    concepto.

    En todos los casos es necesario tener en claro que la preparacin de

    la informacin o estados contables que se auditan es responsabilidad del

    ente y no del auditor. La funcin del auditor es realizar su trabajo de

    auditora o revisin e informar sus resultados correctamente. Como se trata

    de aspectos tcnicos complejos, a lo largo de muchos aos se ha ido

    desarrollando y mejorando un cuerpo normativo que establece la mejor

    manera tcnica de realizar esas tareas profesionales, que se ha volcado en

  • 36

    las normas de auditora (en la Argentina la RT N 7 Normas de Auditora

    de la FACPCE).

    Este trabajo se focaliza en el primero de los tres servicios: la auditora de

    los Estados Contables, porque su alcance es mayor que el de la revisin

    limitada y ms an que el de una certificacin.

    En la auditora se espera que el auditor externo d una opinin

    (aseveracin positiva) imparcial sobre la razonabilidad de los informes o

    estados contables del ente. En otras palabras, q u e d etecte

    distorsiones significativas en los informes contables que revisa. En caso de

    que no cumpla con su cometido, ser pasible de diferentes tipos de

    sanciones segn las circunstancias.

    En este punto es importante hacer una aclaracin. Los Estados Contables

    de cierre de ejercicio o trimestrales, preparados en cumplimiento de

    disposiciones legales, tienen como objetivo suministrar la informacin

    en base a las normas contables vigentes, y no necesariamente son tiles

    para cualquier fin o usuario. Por ejemplo, estos Estados Contables no le

    sern de demasiada utilidad al potencial comprador de una empresa.

    Necesitar otro tipo de informacin, la que a su vez le ser muy til que

    sea auditada pero aplicando procedimientos adecuados a sus necesidades

    particulares.

    Est fuera del alcance de la funcin del auditor revisar u opinar sobre

    aspectos que no tengan un efecto significativo sobre los estados

    contables, como por ejemplo sobre poltica de distribucin de dividendos.

    El cumplimiento de sus tareas en forma adecuada y de acuerdo con

    los estndares tcnicos ms adecuados (las normas de auditora), le debe

    permitir al auditor emitir una opinin o abstenerse de emitirla. Dicha

    opinin se emite sobre la razonabilidad de la informacin contable del

    ente, preparada de acuerdo con normas contables vigentes o con otro

    marco normativo, segn el caso (a las cuales debe identificar en su

    informe) y considerada dicha informacin en su conjunto. Por ello, no

    debe interpretarse errneamente que el auditor emite una opinin sobre

    la precisin o exactitud de la informacin contable en su conjunto, o

    sobre una cuenta o grupo de cuentas o transacciones consideradas

    individualmente. No emite una opinin sobre la precisin o exactitud

    de la informacin contable en su conjunto debido a limitaciones que

    necesariamente tiene la informacin; como por ejemplo, que incluye

  • 37

    valores basados en estimaciones o en la probabilidad de ocurrencia de

    determinados hechos futuros.

    En otras palabras, la informacin auditada no debe tener distorsiones

    significativas que podran haberse evitado en el proceso normal de su

    preparacin o detectado en el proceso normal de su revisin.

    Otro motivo por el cual opina sobre la razonabilidad y no sobre la

    exactitud de la informacin es p o r que sera imposible hacerlo sobre

    esta ltima. Debe orientar sus esfuerzos en funcin de la

    significatividad que los datos pueden tener, y aplicar sus procedimientos

    sobre bases selectivas. No sera posible revisar la totalidad de las

    operaciones, activos, pasivos y resultados porque sera inviable: sus

    esfuerzos y los costos consiguientes seran excesivos en relacin con el

    objetivo del servicio. Por otra parte, el tiempo que demandara sera tal,

    en muchos casos, que la auditora se terminara mucho tiempo despus

    de haber sido preparados los Estados Contables, cuando ya no tendra

    suficiente utilidad por la falta de oportunidad. Adems, aunque fuera

    posible revisar la totalidad de las operaciones, activos, pasivos y resultados

    informados por la contabilidad, sera materialmente imposible asegurar

    indubitablemente que no haya otras operaciones, activos, pasivos y

    resultados no informados.

    Dadas estas limitaciones y la complejidad que implica hacer un trabajo

    adecuado, entre otros factores, es que la profesin mundial ha

    desarrollado pautas, tcnicas y metodologas para la mejor y ms efectiva

    realizacin de los trabajos de auditora, que estn reflejadas en las

    normas de auditora (la R.T. N 7 Normas de Auditora de la FACPCE).

    Por otra parte, tampoco debe interpretarse errneamente que el

    auditor est opinando sobre una cuenta o grupo de cuentas consideradas

    individualmente por los mismos motivos mencionados.

    Tambin es de resaltar que no es funcin del auditor hacer futurologa

    (ni, obviamente, es posible que lo haga). En otras palabras, la situacin de

    una empresa puede cambiar radicalmente y en poco tiempo por

    hechos ocurridos con posterioridad a que el auditor haya emitido su

    informe sobre los estados contables. Estos hechos que ocurran o nueva

    informacin que se obtenga con posterioridad a la emisin de su informe,

    pueden tambin aportar mejor informacin que, de haber ocurrido antes,

    podra haber servido para corregir estimaciones hechas en los Estados

    Contables. El profesional que emiti su informe de auditora no es ni

  • 38

    puede ser responsable por las consecuencias de estos nuevos hechos o de

    la obtencin de nueva informacin a posteriori. Su actuacin debe ser

    analizada a la fecha de su informe y con la informacin disponible en

    aquel momento.

    Un ejemplo sencillo ayuda a aclarar este concepto. Un Banco cuya

    situacin es muy slida a la fecha en la que el auditor emite su informe

    sobre sus estados contables, puede verse obligado a cerrar sus puertas

    al pblico y no poder devolver la totalidad de los depsitos recibidos si,

    poco tiempo despus, corre un rumor falso en su contra que es credo

    por el pblico y los agentes econmicos, ya que ninguna entidad

    financiera tiene fondos lquidos disponibles para devolver en cualquier

    momento un volumen anormalmente alto de depsitos.

    Como parte de las tareas que el auditor debe realizar para el correcto

    cumplimiento de las normas de auditora vigentes, y que pueden ser de

    mayor inters a los fines de este trabajo, se destacan los siguientes

    aspectos, con las limitaciones naturales mencionadas en los prrafos

    anteriores:

    Identificar con precisin los registros contables del ente y las

    muestras seleccionadas para las pruebas.

    Identificar la existencia de diferencias de criterio o de cuestiones de

    interpretacin de normas impositivas o previsionales entre el

    auditor y la gerencia del ente.

    Revisar selectivamente la emisin de facturas o documentos

    equivalentes.

    Aplicar procedimientos con el fin de tratar de detectar engaos

    para ocultar, modificar, disimular o no revelar la real situacin del

    ente.

    Constatar que los elementos y datos utilizados en la preparacin de

    las declaraciones juradas, presentadas durante el ejercicio

    auditado, sean los que resulten de la informacin auditada.

    Revisar que los aportes y retenciones sobre las remuneraciones al

    personal son razonables y que del anlisis de cuentas relacionadas -

    tales como las referidas a retribuciones por servicios, trabajos de

  • 39

    terceros, servicios contratados, honorarios y similares- no surja la

    existencia de personal no declarado.

    Aplicar procedimientos para tratar de identificar si existen

    erogaciones (gastos) sin comprobantes.

    Constatar la aplicabilidad o no de las disposiciones que podran

    obligar al ente a actuar como Agente de Retencin o Percepcin, as

    como si presenta sus correspondientes Declaraciones Juradas.

    Revisar el depsito regular de los tributos retenidos o percibidos y

    de los aportes y contribuciones retenidos.

    En caso de insolvencia patrimonial o dudas sobre las posibilidades

    del ente de continuar con sus operaciones, deber evaluar si

    se puede considerar al ente como una empresa en marcha y su

    efecto en los criterios de valuacin.

    Revisar que los beneficios impositivos obtenidos por el ente -tales

    como exenciones, desgravaciones, reintegros, recuperos,

    devoluciones o subsidios- surgen de la aplicacin razonable de las

    disposiciones legales

    Evaluar la razonabilidad de los valores asignados a las operaciones

    de importacin y exportacin.

    Obtener la confirmacin escrita del principal responsable operativo

    del ente y del funcionario de mximo nivel que sea responsable de

    la funcin de control y contable, como evidencia de que ha

    indagado o solicitado informacin al respecto, y no como sustituto

    de otros procedimientos que deba aplicar sobre esa informacin.

    Dejar constancia del cumplimiento de su tarea en sus papeles de

    trabajo, de acuerdo con lo dispuesto por las normas de auditora

    vigentes.

    Es importante recalcar que las sealadas constituyen algunas de las tareas

    que el auditor debe realizar y ste debe establecer en cada caso cules

    resultan aplicables de acuerdo con las caractersticas y circunstancias

    particulares del ente examinado.

  • 40

    Tambin debe determinar la extensin o el alcance de la labor a desarrollar

    para cada tarea. Todo esto es con el fin ltimo de reunir los elementos de

    juicio necesarios que le permitan emitir su opinin sobre los estados

    contables auditados.

    Es fcticamente imposible esperar que el auditor, adems de opinar sobre

    estados contables, garantice la inexistencia de fraude o de simples errores

    de cualquier magnitud. Si en cambio, y como resultado de los

    procedimientos que aplique, detecta un fraude o error significativo, su

    obligacin es solicitar al ente que ajuste adecuadamente los estados

    contables; y, si el ente no lo hace, debe reflejar la salvedad

    correspondiente en su informe sobre dichos estados contables. A simple

    modo de ejemplo, un fraude que es prcticamente imposible que el

    auditor detecte, es el montado como un circuito paralelo al habitual de la

    empresa y sin puntos de contacto en comn (distintos clientes,

    proveedores, depsitos, etc.).

    Merece un comentario adicional la factibilidad de detectar documentacin

    (por ejemplo, facturas) que corresponda a operaciones inexistentes. An

    aplicando adecuadamente los procedimientos de auditora, por no ser

    posible revisar la totalidad de las operaciones, hay cierta probabilidad de

    que el auditor no pueda de detectar la falsedad. Tampoco, probablemente,

    la detectar si queda comprendida en esa muestra pero ha sido preparada

    de forma tal que tenga apariencia de ser autntica, y ms an si ha sido

    cobrada o pagada.

    Adems, hay otras circunstancias que pueden hacer ms fcil o difcil

    detectar la falsedad, pero que dependern de las circunstancias fcticas de

    cada caso. Por lo tanto, es necesario analizar cada circunstancia en

    particular para poder llegar a una conclusin.

    Si el auditor ha observado que no se cumplen las disposiciones legales en lo

    que es materia de su competencia, deber analizar si ello puede afectar

    significativamente los estados contables. Si fuera as, deber proponer los

    ajustes que estime pertinentes a fin de que los Estados Contables

    expongan la informacin razonablemente. La no aceptacin de su

    propuesta, como en cualquier otra situacin, implicar la evaluacin de si

    corresponde o no que tal circunstancia incida en su informe de auditor.

    Asimismo, puede resultar conveniente el envo de una nota a las mximas

  • 41

    autoridades del ente donde consten las discrepancias observadas y el

    tratamiento dado.

    Es conveniente remarcar un aspecto esencial: el ente (directorio, direccin,

    gerencia, etc.) es responsable por la preparacin y emisin de los Estados

    Contables. La funcin del auditor es emitir su opinin sobre dichos estados.

    En relacin con la responsabilidad legal como auditor externo, las Leyes N

    23.771 y 24.769 dicen al respecto que ser penado el Contador Pblico

    que, a sabiendas (requiere, por lo tanto, la existencia de dolo), dictamine,

    informe, certifique balances, estados contables, u otro tipo de

    documentacin para cometer algunos de los delitos detallados en dichas

    leyes.

    La Comisin de Auditora del Seminario sobre La actuacin del profesional

    y el Rgimen Penal Tributario y Previsional (CPCE Capital Federal, 28 al

    30/06/1990), al estudiar los aspectos relativos a las caractersticas de la

    tarea del profesional, consider que el auditor independiente emite una

    opinin sobre balances, cuadros contables y documentacin en general,

    con instrumentos que han sido preparados y son propiedad de un ente al

    cual el profesional es ajeno. Advirtase que los estados contables no

    poseen la propiedad de ser exactos ni tampoco correctos, sino razonables.

    Presentan, con razonabilidad, una situacin patrimonial a una fecha dada o

    la evolucin de la misma durante un perodo.

    El auditor externo no posee el dominio del hecho y no acta durante la

    etapa de ejecucin del delito.

    Es importante que el Poder Judicial y otros poderes pblicos que evalen la

    conducta del profesional auditor tomen en cuenta sus dichos, los cuales

    estn en su informe sobre los estados contables. Es por eso que conviene

    hacer algunas aclaraciones sobre dicho informe.

    En la lectura del informe o dictamen hay que observar los siguientes

    elementos:

    Alcance de la tarea realizada: explica la naturaleza del trabajo

    que realiz y si tuvo alguna limitacin para hacerlo. Al decir

    que efectu su trabajo de acuerdo con las normas de

    auditora, est informando al lector cul es el tipo de tareas

    que realiz.

    Manifestacin final: es su opinin sobre los estados contables.

  • 42

    Informacin especial requerida por disposiciones legales.

    Por otra parte, y concluyendo, para que se adjudique responsabilidad penal

    tributaria al auditor y para que se tipifique la conducta punible prevista en

    las normativas penales tributarias, es necesario que su actuacin haya

    sido a sabiendas y que, por ende, se haya configurado el dolo.

    5.2 La responsabilidad del contador

    como sndico societario

    De acuerdo con la Ley de Sociedades Comerciales, la funcin puede ser

    ejercida por el Contador o Abogado con ttulo habilitante y domicilio real

    en el pas.

    No es representante ni responsable de la persona jurdica, por lo tanto, su

    responsabilidad legal podra ser tildada de partcipe, pero no de autor, por

    los motivos enunciados en el tem anterior.

    El Sndico es un sujeto a quien se le confa una funcin de tutela,

    preponderantemente econmica, en beneficio de intereses ajenos. En el

    derecho societario es, adems, un funcionario con atribuciones y deberes

    de fiscalizador.

    El ejercicio profesional que implica la Sindicatura Societaria est orientado

    al denominado Control de Legalidad y no al Control de Mrito o

    Gestin. Es decir, su funcin es el control de la adecuacin de las

    decisiones de los rganos sociales al orden jurdico en aquellas normas de

    orden pblico, imperativas, o puestas en proteccin del pblico, los

    accionistas o los acreedores. No obra por cuenta y orden de las sociedades

    o empresas.

    Por otro lado, el control no podra alcanzar a la supervisin y denuncia de

    aquellas decisiones y actividades en lo que se refiere a criterios de

    eficiencia empresarial. As, las funciones de asesoramiento de empresas no

    pueden ser de resorte del Sndico como obligacin especfica, so pena de

    una superposicin inaceptable con aquello que debe resultar de la

    atribucin exclusiva del directorio y de control de los accionistas mediante

  • 43

    los mecanismos asamblearios o aquellos que otorga la constitucin de un

    Consejo de Vigilancia, en su caso.

    Se ha dicho que los sndicos debern asumir, frente a los directores que

    fiscalizan, una funcin que oscila entre la docencia y la advertencia firme

    con relacin a la cumplimentacin de las disposiciones de la Ley Penal

    Tributaria.

    La jurisprudencia tambin recogi esta posicin reflejndola en el dictado

    de sus sentencias.

    Al respecto debemos recordar que en los autos GREEN, Eduardo y otros

    s/Ley 23.771, Cmara Nacional en lo Penal Econmico (1995), se

    sentenciaba que el control de legalidad propio de la funcin de Sndico no

    puede presumirse vlidamente ejercido, esto con base en el principio

    consagrado por el Cdigo Penal de que el dolo no se presume,

    dependiendo en cambio de los elementos de prueba que puedan

    aportarse al respecto.

    Por su parte, en los autos Mazzieri, Carlos y otros s/Ley 23.771, Cmara

    Nacional en lo Penal Econmico (1995), se reseaba que la calidad de

    Sndico de la sociedad, aunque es una de las mencionadas en la ley

    penal tributaria, no es en s misma indicativa de su participacin. La

    funcin que legalmente le incumbe es la fiscalizacin privada.

    Es importante resaltar que el sndico, al igual que el auditor externo, tiene

    responsabilidades legales claramente diferenciadas de las de los

    directores y la gerencia. Por otra parte, como tambin opina sobre los

    estados contables, son de la misma manera vlidos los comentarios

    acerca de que los estados contables no son exactos ni precisos, sino

    que deben reflejar con razonabilidad la situacin patrimonial y los

    resultados del ente, y que el sndico tambin orienta sus esfuerzos en

    funcin de la significatividad que los datos pueden tener y aplica sus

    procedimientos sobre bases selectivas (productividad de su trabajo).

    La R.T. N 15 de esta Federacin (FACPCE, 1998) analiza la funcin del

    sndico societario y establece las pautas para el desempeo de su

    funcin debido a la complejidad de las tareas que implica el ejercicio de

    dicha funcin.

    Concluyendo, para que se adjudique responsabilidad penal tributaria al

    Sndico Societario y para que se tipifique la conducta punible prevista en las

  • 44

    normativas penales tributarias, es necesario que su actuacin haya sido a

    sabiendas y que, por ende, se haya configurado el dolo.

    Por otra parte, es claro advertir que desde el rol de Sndico (funcin

    exclusivamente de control) no tiene el dominio del hecho y no est

    actuando durante la etapa de ejecucin del delito.

    El delito de asociacin ilcita y la reforma de la Ley

    Penal Tributaria y Previsional

    A partir de su publicacin en el Boletn Oficial de fecha 22 de enero

    de 2004, ha entrado en rigor la controvertida modificacin al Rgimen

    Penal Tributario. Efectivamente, la ley 25.874 (Congreso de la Nacin

    Argentina) viene a sustituir el artculo 15 de la Ley 24.769 (Congreso de la

    Nacin Argentina), incorporando dos hiptesis tpicas, a saber:

    1) Primera hiptesis tpica: la concurrencia del sujeto activo del

    delito con dos o ms personas para la comisin de alguno de los

    delitos tipificados en dicha ley, supuesto para el cual se prev un

    mnimo de cuatro aos de prisin.

    2) Segunda hiptesis tpica: el hecho de formar parte de una

    asociacin u organizacin compuesta por tres o ms personas que

    habitualmente est destinada a cometer cualquiera de los delitos

    tipificados en dicha ley. Para este supuesto prev pena de prisin

    de tres aos y seis meses a diez aos, escala penal cuyo mnimo

    se eleva a cinco aos para quien o quienes resulten ser jefes u

    organizadores de tal asociacin u organizacin.

    A lo largo de los aos, la doctrina y la jurisprudencia no han escatimado

    crticas a la figura tpica de la asociacin ilcita, cuestionando la

    constitucionalidad de la misma desde diferentes ngulos de anlisis.

    Por otra parte, esta reforma veda la excarcelacin por la escala penal

    que establece. En este sentido, se viola el principio de inocencia que

    ampara a todo habitante de la Nacin, porque ante la sospecha de haber

    incurrido en la conducta reprimida en la norma cuestionada deviene la

    prisin preventiva durante la tramitacin del proceso penal. De esta

  • 45

    manera se prioriza, lo que ha sido tradicionalmente criticado, la

    inexcarcelabilidad por categoras de delito, que inhibe al juez de la

    posibilidad de evaluar el peligro existente sobre el proceso o el de fuga,

    que son los nicos elementos razonablemente vlidos para establecer el

    arresto preventivo.

    Por lo tanto, la prisin cautelar prevista en el reciente Art. 15 de la Ley N

    24.769 funciona como una suerte de pena anticipada, ya que podra

    aplicarse hasta en situaciones en las cuales no existe peligro procesal

    alguno.

    La Federacin Argentina de Consejos Profesionales en Ciencias Econmicas

    y la Federacin Argentina de Graduados en Ciencias Econmicas entienden

    que resulta necesario tener presentes las apuntadas reservas

    manifestadas por el pensamiento de juristas y magistrados para advertir

    que el delito de asociacin ilcita deber ser manejado con suma cautela, a

    cuenta del riesgo de calificar como tales hechos que, en rigor, constituyen

    supuestos de genrica participacin criminal (Art. 45, Cdigo Penal:

    complicidad primaria o secundaria) o incluso slo reflejan expresiones de

    ideas de discutible relevancia penal, pero que, en modo alguno,

    evidencian la existencia de un acuerdo de voluntades tendientes a llevar

    a cabo por medio de una estructura estable, con vocacin de

    permanencia en el tiempo, una pluralidad de planes delictivos.

    Conclusiones frente al delito de asociacin ilcita

    segn la Ley N 25.874

    El sistema tributario argentino, cuyo captulo penal reposa en la Ley N

    24.769 (Rgimen Penal Tributario), tal como apunta un reputado

    tributarista, poco tiene de sistema. Antes bien, el

    Carcter errtico e irracional del rgimen tributario nacional,

    resultado de esas continuas modificaciones que se

    contradicen las unas a las otras, peridicamente sancionadas,

    pone de manifiesto las bruscas oscilaciones de la poltica

    tributaria que sin rumbo fijo deambula de un extremo a otro,

    de una excesiva generosidad, a un rigorismo carente de

    sustento jurdico, tico y moral.

    (Spisso, 1996, p. 358)

  • 46

    En ese universo normativo complejo e inestable, apremiado por la

    necesidad de interpretar y asesorar de manera solvente al cliente,

    transcurre la actividad profesional diaria del Contador Pblico que

    presta servicios de sndico y del Auditor que, ahora, de manera

    totalmente sorprendente e injustificada, se encuentra en el ojo de una

    tormenta legislativa y meditica, donde aparece estigmatizado como una

    suerte de culpable ideolgico del crnico problema de la evasin fiscal

    que, en mltiples formatos, aqueja a nuestro pas.

    El Contador Pblico que presta servic