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 Articulo 2 inciso 17 A participar, en forma individual o asociada, en la vida política, económica, social y cultural de la Nación. Los ciudadanos tienen, conforme a ley, los derechos de elección, de remoción o revocación de autoridades, de iniciativa legislativa y de referéndum. DEFINICIÓN: El derecho de participación ci udadana constituye un derecho fundamental recogido en la Constitución peruana de 1993, y como tal un derecho de los individuos frente al Estado, así como un componente estructural básico del ordenamiento jurídico objetivo y expresión jurídica del sistema de valores que este conlleva. Resulta inconcebible una democracia que desconozca a los ciudadanos su derecho a intervenir en los distintos ámbitos de la esfera pública, no solo porque ello resulta una manifestación directa de la dignidad humana, sino porque tal participación supone una garantía indispensable para la realización de otros derechos fundamentales y condición básica para el control de la actuación del Estado. Por otro lado, mecanismos como la revocatoria y la remoción de autoridades, así como la rendición de cuentas apuntan a permitir la participación directa dela población en el control de los responsables de la dirección política. En todo estos supuestos, la efectiva realización de la voluntad popular se encuentra confiada a los organismos electorales, que tienen la responsabilidad de canalizar los naturales conflictos entre las diferentes posiciones en juego. En consecuencia, del funcionamiento de aquellos depende la eficacia del ejercicio del derecho de participación política y de la adecuada canalización de múltiples situaciones de conflicto que inevitablemente se producen en la realidad CARACTERÍSTICAS: Imprescriptibles: No les afecta la prescripción.  Inalienables : No son transferibles a otro titular. Irrenunciables: De modo que el sujeto no puede renunciar a ellos.  Universales: En el sentido de que son poseídos por todos los hombres. EVOLUCION La evolución de la participación política ha ido de menos a mas en un sentido mayor  acercamiento a la decisión política de las autoridades.  RESTRICCIONES O LIMITES DEL DERECHO En sentido de la participación económica, social y cultural  -Los niveles educativo, socioeconómico y cultural de la gente son determinantes de la participación política. A mayor nivel de educación, ingreso y status social de la gente, mayor  participación política. Por eso, la población de sexo masculino, de mayor educación, de ingresos y status social superior, de zonas urbanas y de edad media es la que más acude a las urnas, la que se afilia más a las agrupaciones, la que tiene mayor influencia política y la que de un modo u otro interviene más acti vamente en los procesos políticos. En contraste, la gente más pobre, la que tiene una educación limitada y menor status socioeconómico es menos probable que sea políticamente activa, ya que siente que no tiene poder para hacerse escuchar y por lo tanto, será muy poco l o que puede conseguir. Cuando

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Articulo 2 inciso 17 A participar, en forma individual o asociada, en la vida política, económica, social y cultural dela Nación. Los ciudadanos tienen, conforme a ley, los derechos de elección, de remoción orevocación de autoridades, de iniciativa legislativa y de referéndum.

DEFINICIÓN:El derecho de participación ciudadana constituye un derecho fundamental recogido en laConstitución peruana de 1993, y como tal un derecho de los individuos frente al Estado, así como un componente estructural básico del ordenamiento jurídico objetivo y expresión jurídicadel sistema de valores que este conlleva.

Resulta inconcebible una democracia que desconozca a losciudadanos su derecho a intervenir en los distintos ámbitos de la esfera pública, no solo porqueello resulta una manifestación directa de la dignidad humana, sino porque tal participaciónsupone una garantía indispensable para la realización de otros derechos fundamentales ycondición básica para el control de la actuación del Estado.

Por otro lado, mecanismos como la revocatoria y la remoción de autoridades, así comola rendición de cuentas apuntan a permitir la participación directa dela población en elcontrol de los responsables de la dirección política. En todo estos supuestos, la efectivarealización de la voluntad popular se encuentra confiada a los organismos electorales,que tienen la responsabilidad de canalizar los naturales conflictos entre las diferentesposiciones en juego.En consecuencia, del funcionamiento de aquellos depende la eficacia del ejercicio delderecho de participación política y de la adecuada canalización demúltiples situaciones de conflicto que inevitablemente se producen en la realidad

CARACTERÍSTICAS:

Imprescriptibles: No les afecta la prescripción.Inalienables: No son transferibles a otro titular.Irrenunciables: De modo que el sujeto no puede renunciar a ellos.Universales: En el sentido de que son poseídos por todos los hombres.

EVOLUCION

La evolución de la participación política ha ido de menos a mas en un sentido mayoracercamiento a la decisión política de las autoridades. 

RESTRICCIONES O LIMITES DEL DERECHO

En sentido de la participación económica, social y cultural-Los niveles educativo, socioeconómico y cultural de la gente son determinantes de laparticipación política. A mayor nivel de educación, ingreso y status social de la gente, mayorparticipación política. Por eso, la población de sexo masculino, de mayor educación, de ingresosy status social superior, de zonas urbanas y de edad media es la que más acude a las urnas, laque se afilia más a las agrupaciones, la que tiene mayor influencia política y la que de un modou otro interviene más activamente en los procesos políticos.

En contraste, la gente más pobre, la que tiene una educación limitada y menor statussocioeconómico es menos probable que sea políticamente activa, ya que siente que no tienepoder para hacerse escuchar y por lo tanto, será muy poco lo que puede conseguir. Cuando

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participa es probable que lo haga por medios no convencionales, como en los casos extremos delos motines urbanos, de modo que la participación sin poder es característica de los pobres y dela clase trabajadora. 

En sentido de la participación electoral 

  La condición de extranjero  La ausencia o limitación de la capacidad de libre discernimiento, por cuestiones

de edad, salud mental, o situaciones de obediencia debida, como es el caso de los militares olas personas que se encuentran legalmente privadas de su libertad. 

Aunque no se trata de una restricción legal, sino de un ordenamiento.

OBLIGACIONES DEL ESTADOLa obligación de promover, respetar y garantizar tal derecho que se sustenta en la Constitución.

Su artículo 1 establece que “el fin supremo” del Estado (y de la sociedad) es “la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad”.

http://www.politikaperu.org/articulos/doc.asp?id=41 

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