aplicación de los inpustos en bolivia

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APLICACIÓN DE LOS INPUSTOS EN BOLIVIA Impuesto al Valor Agregado (IVA ) 1. OBJETO.- Se aplicará sobre: a) Las ventas de bienes muebles situados o colocados en el territorio del país. b) Los contratos de obras, de prestación de servicios y toda otra prestación. c) Las importaciones definitivas cualquiera fuere su naturaleza . 2. SUJETOS.-Son sujetos pasivos del impuesto quienes: a) En forma habitual se dediquen a la venta de bienes muebles. b) Realicen en nombre propio pero por cuenta de terceros venta de bienes muebles. c) Realicen a nombre propio importaciones definitivas. d) Realicen obras o presten servicios o efectúen prestaciones de cualquier naturaleza. e) Alquilen bienes muebles y/o inmuebles. f) Realicen operaciones de arrendamiento financiero con bienes muebles. 3. NACIMIENTO DEL HECHO IMPONIBLE a) En el caso de ventas, sean éstas al contado o a crédito , en el momento de la entrega del bien o acto equivalente que suponga la transferencia de dominio , la cual deberá obligatoriamente estar respaldada por la emisión de la factura , nota fiscal o documento equivalente; b) En el caso de contratos de obras o de prestación de servicios y de otras prestaciones, cualquiera fuere su naturaleza, desde el momento en que se finalice la ejecución o prestación, o desde la percepción total o parcial del precio , el que fuere anterior. 4. LIQUIDACION BASE IMPONIBLE.- Constituye la base imponible el precio neto de la venta. Se entenderá por precio de venta el que resulta de deducir del precio total, los siguientes conceptos:

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Page 1: Aplicación de Los Inpustos en Bolivia

APLICACIÓN DE LOS INPUSTOS EN BOLIVIA

Impuesto al Valor Agregado (IVA)

1. OBJETO.- Se aplicará sobre: a) Las ventas de bienes muebles situados o colocados en el

territorio del país. b) Los contratos de obras, de prestación de servicios y toda otra

prestación. c) Las importaciones definitivas cualquiera fuere su naturaleza. 2. SUJETOS.-Son sujetos pasivos del impuesto quienes: a) En forma habitual se dediquen a la venta de bienes muebles. b) Realicen en nombre propio pero por cuenta de terceros venta

de bienes muebles. c) Realicen a nombre propio importaciones definitivas. d) Realicen obras o presten servicios o efectúen prestaciones de

cualquier naturaleza. e) Alquilen bienes muebles y/o inmuebles. f) Realicen operaciones de arrendamiento financiero con bienes

muebles. 3. NACIMIENTO DEL HECHO IMPONIBLE a) En el caso de ventas, sean éstas al contado o a crédito, en el

momento de la entrega del bien o acto equivalente que suponga la transferencia de dominio, la cual deberá obligatoriamente estar respaldada por la emisión de la factura, nota fiscal o documento equivalente;

b) En el caso de contratos de obras o de prestación de servicios y de otras prestaciones, cualquiera fuere su naturaleza, desde el momento en que se finalice la ejecución o prestación, o desde la percepción total o parcial del precio, el que fuere anterior.

4. LIQUIDACION BASE IMPONIBLE.- Constituye la base imponible el precio neto de la venta.

Se entenderá por precio de venta el que resulta de deducir del precio total, los siguientes conceptos:

a) Bonificaciones y descuentos hechos al comprador de acuerdo con las costumbres de plaza.

b) El valor de los envases. Para que esta deducción resulte procedente, su importe no podrá exceder el precio normal del mercado de los envases, debiendo cargarse por separado para su devolución.

En caso de importaciones, la base imponible estará dada por el valor CIF aduana establecido por la liquidación o en su caso la reliquidación

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aceptada por la aduana respectiva, más el importe de los derechos y cargos aduaneros, y toda otra erogación necesaria para efectuar el despacho aduanero.

5. DEBITO FISCAL.- A los importes totales de los precios netos de las ventas, contratos de obras y de prestación de servicios y de toda otra prestación.

6. CREDITO FISCAL.- El importe que resulte de aplicar la alícuota establecida sobre el monto de las compras, importaciones definitivas de bienes, contratos de obras o de prestaciones de servicios, o toda otra prestación.

7. DIFERENCIA ENTRE DEBITO Y CREDITO FISCAL.- Cuando la diferencia determinada de acuerdo a lo establecido en los artículos precedentes resulte en un saldo a favor del fisco, su importe será ingresado en la forma y plazos que determine la reglamentación. Si por el contrario, la diferencia resultare en un saldo a favor del contribuyente, este saldo, con actualización de valor, podrá ser compensado con el Impuesto al Valor Agregado a favor del fisco, correspondiente a períodos fiscales posteriores.

8. PERIODO FISCAL DE LIQUIDACION.- Se liquidará y abonará - sobre la base de declaración jurada efectuada en formulario oficial - por períodos mensuales, constituyendo cada mes calendario un período fiscal. Las exportaciones quedan liberadas del débito fiscal que les corresponda.

9. INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACION DE EMITIR FACTURA, NOTA FISCAL O DOCUMENTO EQUIVALENTE.- El incumplimiento de la obligación de emitir factura, nota fiscal o documento equivalente hará que el comprador no tenga derecho al cómputo del crédito fiscal.

Toda enajenación realizada por un responsable que no estuviera respaldada por las respectivas facturas, notas fiscales o documentos equivalentes, determinará su obligación de ingreso del gravamen sobre el monto de tales enajenaciones, sin derecho a cómputo de crédito fiscal alguno y constituirá delito de defraudación tributaria

10.  EXENCIONES.- Estarán exentos del impuesto: a) Los bienes importados por los miembros del cuerpo diplomático

acreditado en el país o personas y entidades o instituciones que tengan dicho status de acuerdo a disposiciones vigentes, convenios internacionales o reciprocidad con determinados países.

b) Las mercaderías que introduzcan los viajeros que lleguen al país, de conformidad a lo establecido en el arancel aduanero.

11.  ALICUOTAS.- La alícuota general única del impuesto será del 13% (trece por ciento).

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Régimen complementario al impuesto al valor agregado (RC-IVA)

1. OBJETO.- Con el objeto de complementar el régimen del Impuesto al Valor Agregado, sobre los ingresos de las personas naturales y sucesiones indivisas, provenientes de la inversión de capital, del trabajo o de la aplicación conjunta de ambos factores.

Constituyen ingresos, cualquiera fuere su denominación o forma de pago:

a) Los provenientes del alquiler, subalquiler u otra forma de explotación de inmuebles urbanos o rurales, salvo que se trate de sujetos alcanzados por el Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas.

b) Los provenientes del alquiler, subalquiler u otra forma de explotación de cosas muebles, derechos y concesiones, salvo que se trate de sujetos alcanzados por el Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas.

c) Los provenientes de la colocación de capitales, sean estos intereses, rendimientos y cualquier otro ingreso proveniente de la inversión de aquellos, que no constituyan ingresos sujetos al Impuesto sobre Utilidades de las Empresas. No están incluidos los dividendos.

d) Todo otro ingreso de carácter habitual no sujeto al Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas.

2. SUJETO a) Son sujetos pasivos de este impuesto las personas naturales y

las sucesiones indivisas. b) El impuesto sobre los ingresos de los menores de edad e

incapaces será determinado y abonado por los tutores designados conforme a Ley.

3. CONCEPTO DE INGRESO BASE DE CÁLCULO.- Se considera ingreso al valor o monto total - en valores monetarios o en especie, no se encuentran comprendidos por este impuesto los beneficios sociales pagados de acuerdo a las disposiciones legales vigentes en la materia.

4. PERIODO FISCAL E IMPUTACION DE LOS INGRESOS.- El período fiscal será mensual. Los ingresos se imputarán por lo percibido.

5. ALICUOTA DEL IMPUESTO.- El impuesto correspondiente se determinará aplicando la alícuota del 13% (trece por ciento) sobre los ingresos.

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Impuesto a las salidas aéreas al exterior (ISAE)

1. OBJETO.- Todos los viajes de pasajeros desde cualquier punto del país al exterior por medio de transporte aéreo nacional o extranjero, están alcanzados por el Impuesto a las Salidas Aéreas al Exterior (ISAE).

El impuesto debe pagarse aún cuando los billetes o pasajes sean adquiridos en el exterior del país, siempre que los pasajeros originen su viaje en territorio nacional.

ARTICULO106°.- Créase un impuesto sobre toda salida al exterior del país por vía aérea, de personas naturales residentes en Bolivia, con excepción de los diplomáticos, personas con éste status y miembros de las delegaciones deportivas que cumplan actividades en representación oficial del país.

2. SUJETO.- Son sujetos pasivos de este Impuesto, todas las personas de nacionalidad boliviana y extranjeros residentes con permanencia en el país por un lapso mayor a 90 días, que se ausenten temporal o definitivamente del territorio boliviano por cualquier motivo.

3. HECHO GENERADOR.- El hecho generador del impuesto se produce en el momento del embarque del pasajero a la aeronave en el aeropuerto.

4. EXENCIONES.- Se encuentran exentos del pago de este impuesto:

a) Los titulares de pasaportes diplomáticos y consulares otorgados o visados por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.

b) Las personas que conforman la tripulación de los vuelos comerciales al exterior, debidamente autorizadas.

c) Los menores de dos años de edad, independientemente de su nacionalidad.

d) Los Beneméritos de la Campaña del Chaco y sus Viudas. e) Todos los exentos de este impuesto deberán presentar la

documentación correspondiente que acredite su condición. 5. ALICUOTA.- Dicho impuesto será de Bs. 217 (DOCIENTO

DIESICIETE BOLIVIANOS 00/100) por cada salida aérea al exterior. Este monto será actualizado a partir del 1 de enero de cada año por el Servicio Nacional de Impuestos Internos, de acuerdo a la variación del tipo de cambio de la moneda nacional respecto al Dólar Estadounidense.

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Impuesto sobre las utilidades de las empresas (IUE)

1. OBJETO.- Créase un Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas, que se aplicará en todo el territorio nacional sobre las utilidades resultantes de los estados financieros de las mismas al cierre de cada gestión anual, ajustadas de acuerdo a lo que disponga esta Ley y su reglamento.

2. SUJETOS.- Son sujetos del impuesto todas las empresas tanto públicas como Privadas. Como ser:

a) Las empresas constituidas o por constituirse en el territorio nacional que extraigan, produzcan, beneficien, reformen, fundan y/o comercialicen minerales y/o metales.

b) Las empresas dedicadas a la exploración, explotación, refinación, industrialización, transporte y comercialización de hidrocarburos.

c) Las empresas dedicadas a la generación, transmisión y distribución de energía eléctrica.

3. CONCEPTO DE ENAJENACION.- A los fines de esta Ley se entiende por enajenación la venta, permuta, cambio, expropiación y, en general, todo acto de disposición por el que se transmita el dominio a título oneroso de bienes, acciones y derechos.

A los efectos de este impuesto, se considera perfeccionada la transferencia del dominio de los inmuebles, cuando mediare contrato de compraventa, siempre que se otorgare la posesión, debiendo protocolizarse la minuta en un plazo máximo de treinta (30) días.

4. IMPUTACION DE UTILIDADES Y GASTOS A LA GESTION FISCAL.- El impuesto tendrá carácter anual y será determinado al cierre de cada gestión, en las fechas en que disponga el Reglamento.

En el caso de sujetos no obligados a llevar registros contables que le permitan elaborar estados financieros, la gestión anual abarcará el período comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de cada año.

Los ingresos y gastos serán considerados del año en que termine la gestión en el cual se han devengado.

5. DETERMINACION DE LA UTILIDAD NETA

La utilidad neta imponible será la resultante de deducir de la utilidad bruta (ingresos menos gastos de venta)

Page 6: Aplicación de Los Inpustos en Bolivia

6. EXENCIONES.- Están exentas del impuesto: a) Las actividades del Estado Nacional, las Prefecturas

Departamentales, las

Municipalidades, las Universidades Públicas.

b) Las utilidades obtenidas por las asociaciones civiles, fundaciones o instituciones no lucrativas.

c) Los intereses a favor de organismos internacionales de crédito e instituciones oficiales extranjeras, cuyos convenios hayan sido ratificados por el Honorable Congreso Nacional.

7. ALICUOTA Las utilidades netas imponibles que obtengan las empresas obligadas al pago del impuesto creado por este Título, quedan sujetas a la tasa del 25% (veinticinco por ciento).

Impuesto a las transacciones (IT)

1. OBJETO.- El ejercicio en el territorio nacional, del comercio, industria, profesión, oficio, negocio, alquiler de bienes, obras y servicios o de cualquier otra actividad - lucrativa o no - cualquiera sea la naturaleza del sujeto que la preste, estará alcanzado con el impuesto que crea este Título, que se denominará Impuesto a las Transacciones.

También están incluidos en el objeto de este impuesto los actos a título gratuito que supongan la transferencia de dominio de bienes muebles, inmuebles y derechos.

2. SUJETO.- Son contribuyentes del impuesto las personas naturales y jurídicas, empresas públicas y privadas y sociedades con o sin personalidad jurídica, incluidas las empresas unipersonales

3. BASE DE CÁLCULO.- El impuesto se determinará sobre la base de los ingresos brutos devengados durante el período fiscal por el ejercicio de la actividad gravada.

Se considera ingreso bruto el valor o monto total

4. ALICUOTA DEL IMPUESTO.-Se establece una alícuota general del tres por ciento (3%).

5. EXENCIONES.- Están exentos del pago de este gravamen: a) El trabajo personal ejecutado en relación de dependencia, con

remuneración fija o variable. b) El desempeño de cargos públicos.

Page 7: Aplicación de Los Inpustos en Bolivia

c) Los servicios prestados por el Estado Nacional, los departamentos y las municipalidades, sus dependencias, reparticiones descentralizadas y desconcentradas, con excepción de las empresas públicas.

d) Los intereses de depósito en caja de ahorro, cuentas corrientes, a plazo fijo, así como todo ingreso proveniente de las inversiones en valores.

e) Los establecimientos educacionales privados incorporados a los planes de enseñanza oficial.

f) La compraventa de minerales, metales, petróleo, gas natural y sus derivados en el mercado interno, siempre que tenga como destino la exportación de dichos productos, conforme a reglamentación.

6. PERIODO FISCAL, LIQUIDACION.- El impuesto resultante se liquidará y empozará – sobre la base de declaración jurada efectuada en formulario oficial – por períodos mensuales, constituyendo cada mes calendario un período fiscal.

Impuesto a la propiedad de bienes inmuebles y vehículos automotores (IPB)

1. OBJETO.- Créase un impuesto anual a la propiedad inmueble situada en el territorio nacional que se regirá por las disposiciones de este Capítulo.

2. SUJETO PASIVO.- Son sujetos pasivos del impuesto las personas jurídicas o naturales y las sucesiones indivisas, propietarias de cualquier tipo de inmuebles, incluidas tierras rurales obtenidas por títulos ejecutoriales de reforma agraria, dotación, consolidación, adjudicación y por compra y por cualquier otra forma de adquisición.

3. EXENCIONES.- Están exentos de este impuesto: a) Los inmuebles de propiedad del Gobierno Central, las

Prefecturas Departamentales, los Gobiernos Municipales y las Instituciones Públicas y las tierras de propiedad del Estado. Esta franquicia no alcanza a los inmuebles de las empresas públicas.

b) Los inmuebles afectados a actividades no comerciales ni industriales propiedad de asociaciones, fundaciones o instituciones no lucrativas.

c) También están exentos los inmuebles rurales no afectados a actividades comerciales o industriales propiedad de comunidades originarias

d) Los inmuebles pertenecientes a las misiones diplomáticas y consulares extranjeras acreditadas en el país.

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e) Los inmuebles para vivienda de propiedad de los beneméritos de la Campaña del Chaco o sus viudas y que les sirva de vivienda permanente.

f) Las personas de 60 o más años, propietarias de inmuebles de interés social o de tipo económico que le servirá de vivienda permanente, tendrán una rebaja del 20% en el impuesto anual.

4. BASE IMPONIBLE.- La base imponible de este impuesto estará constituida por el avalúo fiscal establecido en cada jurisdicción municipal en aplicación de las normas catastrales y técnico - tributarias urbanas y rurales emitidas por el Poder Ejecutivo.

Mientras no se practiquen los avalúos fiscales a que se refiere el artículo anterior, la base imponible estará dada por el autoavalúo que practicarán los propietarios de acuerdo a lo que establezca la reglamentación que emitirá el Poder.

Ejecutivo sentando las bases técnicas sobre las que los Gobiernos Municipales recaudarán este impuesto.

5. ALICUOTAS.- Las alícuotas del impuesto son las que se expresan en la siguiente escala:

Impuesto a la propiedad de vehículos automotores

1. OBJETO.- Créase un impuesto anual a los vehículos automotores de cualquier clase o categoría.

2. SUJETO PASIVO.-Son sujetos pasivos del impuesto las personas jurídicas o naturales y las sucesiones indivisas, propietarias de cualquier vehículo automotor.

3. EXENCIONES.- Están exentos de este impuesto: a)  Los vehículos automotores de propiedad del Gobierno Central,

las Prefecturas Departamentales, los Gobiernos Municipales y las Instituciones Públicas. Esta franquicia no alcanza a los vehículos automotores de las empresas públicas.

Page 9: Aplicación de Los Inpustos en Bolivia

b) Los vehículos automotores pertenecientes a las misiones diplomáticas y consulares extranjeras y a sus miembros acreditados en el país, con motivo del directo desempeño de su cargo y a condición de reciprocidad. Asimismo, están exentos los vehículos automotores de los funcionarios extranjeros de organismos internacionales, gobiernos extranjeros e instituciones oficiales extranjeras, con motivo del directo desempeño de su cargo.

4. BASE IMPONIBLE.- La base imponible estará dada por los valores de los vehículos automotores ex-aduana que para los modelos correspondientes al último año de aplicación del tributo y anteriores establezca anualmente el Poder Ejecutivo.

5. ALICUOTAS.- El impuesto se determinará aplicando las alícuotas que se indican a continuación sobre los valores determinados de acuerdo con el artículo anterior.

Impuesto a los consumos específicos (ICE)

1. OBJETO.- Créase en todo el territorio del país un impuesto que se denominará Impuesto a los Consumos Específicos, que se aplicará sobre:

a) Las ventas de bienes muebles, situados o colocados en el territorio del país

b) El reglamento establecerá las partidas arancelarias en función de la nomenclatura que corresponda a los bienes incluidos en el anexo mencionado.

c) Las importaciones definitivas de bienes muebles que se indican en el anexo a que se refiere el inciso precedente.

Productos gravados con tasas porcentuales sobre su precio

Page 10: Aplicación de Los Inpustos en Bolivia

Productos gravados con tasas específicas por unidad de medida.

2. SUJETO.-Son sujetos pasivos de este impuesto. a) Los fabricantes y/o las personas naturales o jurídicas vinculadas

económicamente a éstos b) Las personas naturales o jurídicas que realicen a nombre propio

importaciones definitivas 3. NACIMIENTO DEL HECHO IMPONIBLE.- El hecho imponible

se perfeccionará: a) En el caso de ventas, en la fecha de la emisión de la nota fiscal

o de la entrega de la mercadería, lo que se produzca primero. b) Por toda salida de fábrica o depósito fiscal que se presume

venta. c) En la fecha que se produzca el retiro de la cosa mueble gravada

con destino a uso o consumo particular. d) En la importación, en el momento en que los bienes sean

extraídos de los recintos aduaneros mediante despachos de emergencia o pólizas de importación.

4. BASE DE CALCULO.- La base de cálculo estará constituida por:

Para productos gravados por tasas porcentuales sobre su precio neto de venta.

a) El precio neto de la venta de bienes de producción local, consignado en la factura, nota fiscal o documento equivalente, la que detallará en forma separada el monto de este impuesto.

b) En el caso de bienes importados, la base imponible estará dada por el valor CIF Aduana, establecido por la liquidación o, en su caso, la reliquidación aceptada por la Aduana respectiva, más el importe de los derechos e impuestos aduaneros y toda otra erogación necesaria para efectuar el despacho aduanero.

Page 11: Aplicación de Los Inpustos en Bolivia

El Impuesto al Valor Agregado y este impuesto no forman parte de la base de cálculo.

Para productos gravados con tasas específicas:

a) Para las ventas en el mercado interno, los volúmenes vendidos expresados en las unidades de medida establecidas para cada producto en el anexo del Artículo 79°.

b) Para las importaciones definitivas, los volúmenes importados expresados en las unidades de medida establecidas para cada producto en el anexo del Artículo 79°, según la documentación oficial aduanera.

5. ALICUOTAS - DETERMINACION DEL IMPUESTO.- El impuesto se determinará aplicando las alícuotas y tasas específicas mencionadas a la base de cálculo indicada en el Artículo 84° de esta Ley.

6. LIQUIDACION Y FORMA DE PAGO.- El Impuesto a los Consumos Específicos se liquidará y pagará en la forma, plazos y lugares que determine el Poder Ejecutivo.

Impuesto a las sucesiones y a las trasmisiones gratuitas de bienes (TGB)

1. OBJETO.- Las sucesiones hereditarias y los actos jurídicos por los cuales se transfiere gratuitamente la propiedad.

Están comprendidos en el objeto de este impuesto únicamente los bienes muebles, inmuebles, acciones, cuotas de capital y derechos sujetos a registro.

2. SUJETO.-

ARTICULO 100°.- Son sujetos pasivos de este impuesto, las personas naturales y jurídicas beneficiarias del hecho o del acto jurídico que da origen a la transmisión de dominio.

ARTICULO 101°.- El impuesto se determinará sobre la base del avalúo que se regirá por las normas del reglamento que al efecto dicte el Poder Ejecutivo.

3. ALICUOTA DEL IMPUESTO.-

ARTICULO 102°.- Independientemente del Impuesto a las Transacciones, se establecen las siguientes alícuotas:

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a) Ascendiente, descendiente, y cónyuge: 1%. b) Hermanos y sus descendientes: 10%. c) Otros colaterales, legatarios y donatarios gratuitos: 20%. 4. EXENCIONES.-

ARTICULO 103°.- Están exentos de este gravamen:

a) El Gobierno Central, los Gobiernos Departamentales, las Municipalidades y las Instituciones Públicas.

c) Las asociaciones, fundaciones o instituciones no lucrativas autorizadas legalmente.

d) Los Beneméritos de la Patria, cuando ellos sean beneficiarios del hecho o del acto jurídico que da origen a la traslación de dominio.

e) Las indemnizaciones por seguros de vida. 5. LIQUIDACION Y PAGO.- El impuesto se determinará sobre la

base del avalúo que se regirá por las normas del reglamento que al efecto dicte el Poder Ejecutivo.

El impuesto resultante se liquidará y empozará sobre la base de la declaración jurada efectuada en formulario oficial, dentro de los 90 días de abierta la sucesión por sentencia, con actualización de valor al momento de pago, o dentro de los 5 días hábiles posteriores a la fecha de nacimiento del hecho imponible, según sea el caso.

Impuesto municipal a las transferencias de inmuebles y vehículos automotores (IMT)

1. OBJETO.- Están comprendidas en el ámbito de este Impuesto las Transferencias eventuales de inmuebles, entendiéndose por tales las operaciones de venta de dichos bienes, sea en forma directa por el propietario o a través de terceros, que hubiesen estado inscritos al momento de su transferencia en los registros de Derechos Reales respectivos, inclusive las ventas de construcciones simplemente remodeladas o refaccionadas, cuando el inmueble hubiese estado inscrito al momento de su transferencia en el respectivo Registro de Derechos Reales.

ARTÍCULO 107°.- Se establece que el Impuesto a las Transacciones que grava las transferencias eventuales de inmuebles y vehículos automotores es de Dominio Tributario Municipal.

2. HECHO GENERADOR.-

Page 13: Aplicación de Los Inpustos en Bolivia

ARTICULO 3º.- El Hecho Generador queda perfeccionado en la fecha en que tenga lugar la celebración del acto jurídico a título oneroso en virtud del cual se transfiere la propiedad del bien.

3. SUJETO PASIVO.-

ARTICULO 5º.- Es sujeto pasivo de este Impuesto la persona natural o jurídica a cuyo nombre se encuentre registrado el bien sujeto a la transferencia.

4. BASE IMPONIBLE.-

ARTICULO 6º.- La Base Imponible de este Impuesto estará dado por el valor efectivamente pagado en dinero

5. ALICUOTA DEL IMPUESTO.-

ARTICULO 7º.- Sobre la Base Imponible determinada conforme al Artículo precedente se aplicará una alícuota general del tres por ciento (3%).

6. LIQUIDACION Y LUGAR DE PAGO.-

ARTICULO 8º.- El Impuesto se liquidará en Declaraciones Juradas que se realizarán en formularios diseñados y aprobados uniformemente por los entes recaudadores, debiendo ser pagado dentro de los diez (10) días hábiles posteriores a la fecha de perfeccionamiento del Hecho Generador, en los Bancos autorizados por el respectivo Gobierno Municipal o en el lugar expresamente señalado por el mismo.

Impuesto especial a los hidrocarburos y sus derivados (IEHD)

1. OBJETO.-

ARTICULO 108°.- Créase un Impuesto Especial a los Hidrocarburos y sus Derivados, de acuerdo a lo que se establece a continuación:

ARTICULO 109°.- Es objeto de este impuesto la comercialización en el mercado interno de hidrocarburos o sus derivados, sean estos producidos internamente o importados.

Se entiende por producidos internamente o importados, a los hidrocarburos y sus derivados que se obtienen de cualquier proceso de producción, refinación, mezcla, agregación, separación, reciclaje,

Page 14: Aplicación de Los Inpustos en Bolivia

adecuación, unidades de proceso o toda otra forma de acondicionamiento para transporte, uso o consumo.

2. SUJETOS PASIVOS.-

ARTICULO 110°.- Son sujetos pasivos de este impuesto las personas naturales y jurídicas que comercialicen en el mercado interno hidrocarburos o sus derivados, sean estos producidos internamente o importados.

3. NACIMIENTO DEL HECHO IMPONIBLE.-

ARTICULO 111°.- El hecho imponible se perfeccionará:

a) En la primera etapa de comercialización del producto gravado, o a la salida de refinería cuando se trate de hidrocarburos refinados.

b) En la importación, en el momento en que los productos sean extraídos de los recintos aduaneros o de los ductos de transporte, mediante despachos de emergencia o pólizas de importación.

4. DETERMINACION DEL IMPUESTO.-

ARTICULO 112°. El impuesto se determinará aplicando a cada producto derivado de hidrocarburos una tasa máxima de Bs 3.50.- (Tres Bolivianos 50/100) por litro o unidad de medida equivalente que corresponda según la naturaleza del producto, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación.

5. LIQUIDACION Y FORMA DE PAGO.-

ARTICULO 114°.- El Impuesto Especial a los Hidrocarburos y sus Derivados se liquidará y pagará en la forma y plazos que determine la reglamentación.

El Poder Ejecutivo reglamentará la forma y modalidades administrativas de la recaudación de este impuesto.

El producto de la recaudación de este impuesto será destinado íntegramente al Tesoro General de la Nación para financiar los servicios públicos de salud y educación inicial, primaria y secundaria.

Impuesto a las transacciones financieras (ITF)

1. OBJETO.-

Page 15: Aplicación de Los Inpustos en Bolivia

ARTICULO 2°. El Impuesto a las Transferencias Financieras grava las siguientes operaciones:

a) Créditos y débitos en cuentas corrientes y cajas de ahorro, abiertas en entidades regidas por la Ley de Bancos y Entidades Financieras.

b) Pagos o transferencias de fondos a una entidad regida por la Ley de Bancos y Entidades Financieras.

c) Adquisición, en las entidades regidas por la Ley de Bancos y Entidades Financieras, sin utilizar las cuentas indicadas en el literal a) precedente de cheques de gerencia, cheques de viajero u otros instrumentos financieros similares existentes o por crearse;

d) Transferencias o envíos de dinero, al exterior o interior del país, efectuadas a través de una entidad regida por la Ley de Bancos y Entidades Financieras.

e) Entregas o recepción de fondos propios o de terceros que conforman un sistema de pagos en el país o en el exterior.

2. HECHO IMPONIBLE.-

ARTICULO 3°.- El Hecho Imponible del Impuesto a las Transacciones Financieras se perfecciona en los siguientes casos:

a) Al momento de la acreditación o débito en las cuentas. b) Al momento de realizarse el pago o la transferencia. c) Al momento de la entrega de dinero o del pago o transferencia. d) Al momento de instruirse la transferencia o envío de dinero. e) Al momento de la entrega o recepción de fondos. 3. SUJETOS PASIVOS.-

ARTICULO 4°.- Son sujetos pasivos del Impuesto a las Transacciones Financieras las personas naturales o jurídicas titulares o propietarios de las cuentas corrientes y cajas de ahorro (sea en forma individual, mancomunada o solidaria); las que realizan los pagos o transferencias de fondos; las que adquieren los cheques de gerencia, cheques de viajero u otros instrumentos financieros similares existentes o por crearse; las que sean beneficiarias de la recaudación o cobranza u orden en los pagos o transferencias; las que instruyan las transferencias o envíos de dinero y las que operen el sistema de pago (sin perjuicio de la responsabilidad solidaria que tendrá quien ordene la entrega o reciba los fondos, por las operaciones que ha realizado con el operador); a que se refiere el Artículo 2° de esta Ley.

4. BASE IMPONIBLE.-

Page 16: Aplicación de Los Inpustos en Bolivia

ARTICULO 5°.- La Base Imponible del Impuesto a las Transacciones Financieras está dada por el monto bruto de las transacciones gravadas por este Impuesto.

5. ALICUOTA.-

ARTICULO 6°.- La alícuota del Impuesto a las Transacciones Financieras será del 0,3%, durante los 12 primeros meses de su aplicación y del 0,25% durante los siguientes 12 meses.

6. EXENCIONES.-

ARTICULO 9°.- Están exentos del Impuesto:

a) La acreditación o débito en cuentas bancarias, correspondientes al Poder Judicial, Poder Legislativo, Gobierno Central, Prefecturas Departamentales, Gobiernos Municipales e Instituciones Públicas. Esta exención no alcanza a las empresas públicas.

b) A condición de reciprocidad, los créditos y débitos en cuentas bancarias correspondientes a las misiones diplomáticas, consulares y personal diplomático extranjero acreditadas en la República de Bolivia, de acuerdo a reglamentación.

c) Los depósitos y retiros en cajas de ahorro de personas naturales en moneda Nacional o Unidades de Fomento de Vivienda (UFV) y los depósitos y retiros en Cajas de Ahorro en moneda extranjera de personas naturales con saldos menores o hasta $us. 1.000.- (un mil dólares americanos).

d) Las transferencias directas de la cuenta del cliente destinadas a su acreditación en cuentas fiscales recaudadoras de Impuestos, cuentas recaudadoras de importes y primas creadas por disposición legal, a la seguridad social de corto y largo plazo y vivienda, los débitos por concepto de gasto de mantenimiento de cuenta así como los débitos en las cuentas utilizadas por las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) y entidades aseguradoras previsionales, para el pago de las prestaciones de jubilación, invalidez, sobrevivencia, gastos funerarios y beneficios derivados del Fondo de Capitalización Colectiva.

e) La acreditación en cuentas recaudadoras de aportes y primas, creadas por disposición legal, a la Seguridad Social de corto y largo plazo y viviendas, así como la acreditación en cuentas pagadoras de prestaciones de jubilación, invalidez, sobrevivencia, gastos funerarios y beneficios derivados del Fondo de Capitalización Colectiva.

f) La acreditación o débito correspondiente a contra, asientos por error anulación de documentos previamente acreditados o debitados en cuenta.

Page 17: Aplicación de Los Inpustos en Bolivia

g) La acreditación o débito en las cuentas que las entidades por la Ley de Bancos y Entidades Financieras mantienen entre sí y con el Banco Central de Bolivia.

h) La acreditación o débito en las cuentas utilizadas en forma exclusiva por las empresas administradoras de redes de cajeros automáticos, operadores de tarjetas de débito y crédito para realizar compensaciones por cuenta de las entidades del sistema financiero nacionales o extranjeras, originadas en movimientos de fondos efectuados a través de dichas redes u operadoras, así como las efectuadas a través de dichas redes u operadoras, así como las transferencias que tengan origen o destino en las mencionadas cuentas.

i) Los créditos y débitos en cuentas de patrimonios autónomos. j) En operaciones de reporto, los créditos y débitos en cuentas de

los Agentes de Bolsa que se utilicen exclusivamente para estas operaciones, así como el crédito o débito en las cuentas de contraparte del inversionista.

k) En operaciones de compra venta y pago de derechos económicos de valores, los débitos y créditos en las cuentas de inversión de los Agentes de Bolsa que se utilicen exclusivamente para estas operaciones, así como los créditos y débitos en cuentas bancarias utilizadas para la compensación y liquidación realizados a través de Entidades de Depósito de Valores.

l) La acreditación y el retiro en depósitos a plazo fijo (DPF). m) Los abonos por remesas provenientes del exterior.

Las cuentas alcanzadas por las exenciones dispuestas por el presente artículo deberán ser expresamente autorizadas por la autoridad competente.

Impuesto directo a los hidrocarburos (IDH)

1. OBJETO.- El objeto del IDH es la producción Hidrocarburos en todo el territorio nacional.

2. HECHO GENERADOR.- El hecho generador de la obligación tributaria correspondiente a este Impuesto se perfecciona en el punto de fiscalización de los hidrocarburos producidos, a tiempo de la adecuación para su transporte.

3. SUJETO PASIVO.- Es sujeto pasivo del IDH toda persona natural o jurídica, pública o privada, que produce hidrocarburos en cualquier punto del territorio nacional.

4. BASE IMPONIBLE.- La Base Imponible del IDH es idéntica a la correspondiente a regalías y participaciones y se aplica sobre el total de los volúmenes o energía de los hidrocarburos producidos.

Page 18: Aplicación de Los Inpustos en Bolivia

5. ALICUOTA.-La Alícuota del IDH es del treinta y dos por ciento (32 %) del total de la producción de hidrocarburos medida en el punto de fiscalización, que se aplica de manera directa no progresiva sobre el cien por ciento (100 %) de los volúmenes de hidrocarburos medidos en el Punto de Fiscalización, en su primera etapa de comercialización. Este impuesto se medirá y se pagará como se mide y paga la regalía del dieciocho por ciento (18 %).

6. LIQUIDACION Y PERIODO DE PAGO.- La sumatoria de los ingresos establecidos del 18 % por Regalías y del 32 % del Impuesto Directo a los Hidrocarburos (IDH), no será en ningún caso menor al cincuenta por ciento (50 %) del valor de la producción de los hidrocarburos a favor del Estado Boliviano, en concordancia con el Artículo 8° de la presente Ley.

CONTRATOS DE INGRESOS PÚBLICOS

La Dirección General de Política de Ingresos Públicos es el órgano de línea del Ministerio de Economía y Finanzas encargado de evaluar, formular y proponer:

i. la política tributaria para simplificar, reestructurar y optimizar el Sistema Tributario y mejorar la recaudación de los diferentes niveles de gobierno; y,

ii. la política de ingresos públicos no tributarios provenientes de la explotación de recursos naturales y de impuestos destinados a los Gobiernos Regionales y Locales.

Depende directamente del Viceministro de Economía.

Funciones de la Dirección General de Política de Ingresos Públicos

a. Evaluar, formular y proponer los lineamientos de política tributaria a fin de simplificar, reestructurar y optimizar el Sistema Tributario, en concordancia con la doctrina, técnica tributaria y legislación comparada;

b. Evaluar, formular y proponer los lineamientos de política de ingresos públicos no tributarios provenientes de la explotación de recursos naturales y de impuestos destinados a los Gobiernos Regionales y Locales. Las propuestas se coordinarán con la Dirección General de Descentralización Fiscal y Asuntos Sociales;

c. Formular y evaluar proyectos de normas y medidas que permitan la implementación de la política tributaria y de la política de ingresos públicos no tributarios;

Page 19: Aplicación de Los Inpustos en Bolivia

d. Proponer la estrategia y dirigir las negociaciones de los convenios y tratados internacionales en materia tributaria;

e. Determinar si los contratos y convenios de estabilidad tributaria, así como las iniciativas públicas o privadas, a ser suscritos por el Estado, se ajustan a las disposiciones tributarias vigentes; emitiendo la opinión correspondiente;

f. Determinar si los actos administrativos emitidos por este Ministerio vinculados a materia tributaria, se ajustan a la legislación vigente; emitiendo la opinión correspondiente;

g. Desarrollar estudios de investigación aplicada e informes técnicos para simplificar, reestructurar y optimizar el Sistema Tributario y diseñar la política de ingresos públicos no tributarios;

h. Analizar el comportamiento y hacer el seguimiento de la recaudación fiscal y sus efectos, en coordinación con las administraciones tributarias;

i. Realizar los análisis económico y legal de los regímenes especiales tributarios;

j. Planificar y dirigir el cumplimiento de las actividades de la Dirección General;

k. Asesorar al Viceministro de Economía en los asuntos relacionados con el ámbito de su competencia, informándole permanentemente los avances de su gestión;

l. Supervisar y evaluar la gestión de los órganos a su cargo, así como administrar los programas, actividades y proyectos del ámbito de su competencia, según los lineamientos impartidos por el Viceministro de Economía;

m. Representar al Viceministro de Economía, por delegación, ante los organismos públicos o privados, nacionales o internacionales, en asuntos relacionados al ámbito de su competencia;

n. Expedir resoluciones, directivas, manuales y otras normas en las materias de su competencia o en las que le hayan sido delegadas;

o. Evaluar y emitir opinión técnico legal respecto a solicitudes referidas a temas tributarios y de ingresos públicos no tributarios;

p. Atender los requerimientos de la Oficina General de Enlace MEF, de acuerdo a sus competencias; y,

q. Las demás funciones que le asigne el Viceministro de Economía.

La Dirección General de Política de Ingresos Públicos, para el cumplimiento de su misión y funciones sustantivas, cuenta con la siguiente estructura:

Dirección de Renta y Patrimonio Dirección de Consumo y de Tributación sobre el Comercio Exterior Dirección de Asuntos Tributarios Internacionales Dirección de Inteligencia Económica y Optimización Tributaria

Page 20: Aplicación de Los Inpustos en Bolivia

Son funciones de la Dirección de Renta y Patrimonio las siguientes:

a. Evaluar, proponer y formular los lineamientos de política tributaria en materia de renta y patrimonio a los niveles de gobierno, conforme a la normatividad vigente;

b. Evaluar, proponer y formular, en coordinación con las Direcciones Generales competentes del Ministerio, la política de ingresos públicos no tributarios vinculados a los impuestos a la renta y al patrimonio;

c. Formular proyectos de normas que permitan la implementación de la política tributaria y de ingresos públicos no tributarios en materia de renta y patrimonio;

d. Evaluar y proponer la simplificación y el perfeccionamiento de las reglas generales que regulan las relaciones jurídico tributarias;

e. Evaluar y emitir opinión legal respecto a solicitudes referidas a temas materia de su competencia;

f. Determinar si los contratos y convenios de estabilidad tributaria, así como las iniciativas públicas o privadas, a ser suscritos por el Estado, se ajustan a las disposiciones tributarias vigentes en materia de renta y patrimonio; emitiendo la opinión correspondiente;

g. Determinar si los actos administrativos emitidos por este Ministerio, vinculados a la tributación en materia de renta y patrimonio, se ajustan a la legislación vigente; emitiendo la opinión correspondiente;

h. Apoyar, en materia de su competencia, a los Gobiernos Regionales y Locales a mejorar la recaudación de sus ingresos propios; y,

i. Las demás funciones que le asigne el Director General.

Son funciones de la Dirección de Consumo y de Tributación sobre el Comercio Exterior las siguientes:

a. Evaluar, proponer y formular los lineamientos de política tributaria en materia de consumo;

b. Evaluar, proponer y formular, en coordinación con las Direcciones Generales competentes la política de ingresos públicos no tributarios vinculados a los impuestos al consumo y al comercio exterior;

c. Formular proyectos de normas que permitan la implementación de la política tributaria y de ingresos públicos no tributarios en materia de consumo y comercio exterior;

d. Evaluar y emitir opinión legal respecto a solicitudes referidas a temas materia de su competencia;

Page 21: Aplicación de Los Inpustos en Bolivia

e. Evaluar y proponer la simplificación y el perfeccionamiento de las reglas generales que regulen las relaciones jurídico tributarias aduaneras;

f. Analizar las contribuciones y tasas de los diferentes niveles de gobierno;

g. Determinar si los contratos y convenios de estabilidad tributaria, así como las iniciativas públicas o privadas, a ser suscritos por el Estado, se ajustan a las disposiciones tributarias vigentes en materia de consumo y comercio exterior; emitiendo la opinión correspondiente;

h. Determinar si los actos administrativos emitidos por este Ministerio, vinculados a la tributación en materia de consumo se ajustan a la legislación vigente; emitiendo la opinión correspondiente;

i. Apoyar, en materia de su competencia, a los Gobiernos Regionales y Locales a mejorar la recaudación de sus ingresos propios; y,

j. Las demás funciones que le asigne el Director General.

Son funciones de la Dirección de Asuntos Tributarios Internacionales las siguientes:

a. Proponer los lineamientos de política tributaria internacional que regulen las relaciones jurídico tributarias entre el Perú y otros países u organismos y organizaciones internacionales;

b. Proponer la estrategia y dirigir las negociaciones de los convenios y tratados internacionales en materia tributaria;

c. Emitir opinión sobre convenios internacionales que contengan materia tributaria a ser suscritos por el país;

d. Evaluar y proponer medidas de perfeccionamiento de la tributación de personas no domiciliadas;

e. Revisar la legislación tributaria comparada en materia de la fiscalidad internacional;

f. Hacer seguimiento a los ordenamientos jurídico tributarios internacionales, a fin de identificar nuevos supuestos impositivos o medidas tributarias implementadas en el ámbito internacional que coadyuven a la competitividad del país; y,

g. Las demás funciones que le asigne el Director General.

Son funciones de la Dirección Inteligencia Económica y Optimización Tributaria las siguientes:

a. Elaborar el análisis económico necesario para proponer los lineamientos de política tributaria en materia de renta, patrimonio y consumo; así como de política de ingresos públicos no tributarios, para los diferentes niveles de Gobierno;

Page 22: Aplicación de Los Inpustos en Bolivia

b. Realizar investigaciones económicas aplicadas, estimaciones y proyecciones para proponer mejoras en política tributaria, incluyendo el gasto tributario, así como en política de ingresos públicos no tributarios, en coordinación con los órganos competentes del Ministerio;

c. Analizar el comportamiento y hacer el seguimiento de la recaudación fiscal, en coordinación con las administraciones tributarias, con el fin de proponer las medidas requeridas para optimizarla;

d. Monitorear los indicadores económicos relacionados con la política tributaria y la de ingresos públicos no tributarios necesarios para llevar a cabo las actividades de la Dirección General;

e. Elaborar los índices, valores referenciales y otros parámetros económicos que sirvan de insumo para la expedición de normas en materia tributaria;

f. Realizar el análisis económico de los regímenes especiales tributarios;

g. Emitir opinión en materia de su competencia; y,h. Otras funciones que le asigne la Dirección General.

INGRESOS DEL ESTADOLa economía de Bolivia tiene su base principal en la extracción y en la exportación de sus recursos naturales, principalmente mineros y gasísticos. La perspectiva de su desarrollo desde los años cincuenta muestra que su renta percápita ha tenido un crecimiento muy lento desde entonces. El PIB ha tenido un crecimiento medio de un 3% anual, mientras que la tasa de incremento de la población ha sido del 2,6% anual, de los que se desprende, que la renta percápita ha permanecido casi igual y su población se viene a encontrar en similares condiciones económicas a la de los años cincuenta, sin que se haya producido casi ningún aumento de productividad. A nivel comparativo, dentro del continente americano, sólo Argentina y Perú, han tenido una trayectoria similar.4

En tiempos coloniales, Bolivia era un gran productor mundial de oro y plata, con cuantiosas reservas. Además, hacia mediados del siglo XX, en la época republicana, Bolivia se constituía en uno de los más grandes productores de estaño, llegando a ser el primer productor mundial de este metal. No obstante, la economía boliviana dependió mucho de la mono-extracción de minerales, con una baja diversificación, lo que la expuso a grandes riesgos por las fluctuaciones del precio internacional. De modo, que en la década de los ochenta la economía boliviana se declaró en quiebra por la caída del precio internacional del estaño, trayendo como consecuencia masivos despidos por parte de las múltiples empresas que salieron del negocio. Hoy en día, la economía

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boliviana continua siendo muy dependiente de la producción primaria; aunque se ha producido una leve diversificación de la producción minera como el zinc o el estaño, gas natural y soja.

Bolivia posee las segundas reservas más importantes de gas natural en América del Sur pero que no alcanzan al 1% del total de las reservas mundiales. Dichas reservas se constituyen hoy por hoy en fuente de un amplio debate nacional respecto a su utilización futura.

El sector agroindustrial ha tenido un impacto importante en la economía boliviana, debido a la tecnificación y optimización de productos agropecuarios como ser: La ganadería, la producción de soya, la producción de azúcar, producción de arroz, etc.

El turismo es un sector en crecimiento debido a que Bolivia es un país de contrastes profundos ubicado entre las altas cumbres de los Andes y las selvas tropicales del Amazonas.

Epoca de la Colonia

Se dice que: en cuanto a explotación minera se refiere, concretamente de Plata, durante la época de la colonia; que con toda la Plata extraída del Cerro Rico de Potosi, podría haberse construido un puente desde el mismo Cerro Rico hasta España, lo que nos da una idea gráfica de la cantidad de este mineral que se explotó. Concretamente, según el Ingeniero Geólogo Jose Guillermo Torrez, entre 1493 y 1954 se explotaron 21.087 toneladas de plata, siendo el año 1571 cuando Bolivia fue el principal productor del mundo entero. Concluye diciendo; que estos datos se pensaria que Potosi es una prospera ciudad, bastara conocer algunos datos de la misma. "Bolivia, Pais de la Plata"

La economía de Bolivia tiene su base principal en la extracción y en la exportación de sus recursos naturales, principalmente mineros y gasísticos. La perspectiva de su desarrollo desde los años cincuenta muestra que su renta percápita ha tenido un crecimiento muy lento desde entonces. El PIB ha tenido un crecimiento medio de un 3% anual, mientras que la tasa de incremento de la población ha sido del 2,6% anual, de los que se desprende, que la renta percápita ha permanecido casi igual y su población se viene a encontrar en similares condiciones económicas a la de los años cincuenta, sin que se haya producido casi ningún aumento de productividad. A nivel comparativo, dentro del continente americano, sólo Argentina y Perú, han tenido una trayectoria similar.4 En tiempos coloniales, Bolivia era un gran productor mundial de oro y plata, con cuantiosas reservas. Además, hacia mediados del siglo XX, en la época republicana, Bolivia se constituía en uno de los más grandes productores de estaño, llegando a ser el primer productor

Page 24: Aplicación de Los Inpustos en Bolivia

mundial de este metal. No obstante, la economía boliviana dependió mucho de la mono-extracción de minerales, con una baja diversificación, lo que la expuso a grandes riesgos por las fluctuaciones del precio internacional. De modo, que en la década de los ochenta la economía boliviana se declaró en quiebra por la caída del precio internacional del estaño, trayendo como consecuencia masivos despidos por parte de las múltiples empresas que salieron del negocio. Hoy en día, la economía boliviana continua siendo muy dependiente de la producción primaria; aunque se ha producido una leve diversificación de la producción minera como el zinc o el estaño, gas natural y soya. Bolivia posee las segundas reservas más importantes de gas natural en América del Sur pero que no alcanzan al 1% del total de las reservas mundiales. Dichas reservas se constituyen hoy por hoy en fuente de un amplio debate nacional respecto a su utilización futura. El sector agroindustrial ha tenido un impacto importante en la economía boliviana, debido a la tecnificación y optimización de productos agropecuarios como ser: La ganadería, la producción de soya, la producción de azúcar, producción de arroz, etc. El turismo es un sector en crecimiento debido a que Bolivia es un país de contrastes profundos ubicado entre las altas cumbres de los Andes y las selvas tropicales del Amazonas.

Pesca

El paiche (Arapaima gigas) es el mayor pez de agua dulce del mundo. Supera los 3 metros de largo y llega a pesar hasta 250 kilos. Su pesca es depredatoria.

El sector pesquero boliviano, no es muy destacado en la economía nacional ya que al no poseer mar, no cuenta con una industria pesquera habitual, y es destinado principalmente al consumo minoritario, pero cuenta con una gran capacidad como lo son los ríos amazónicos y los grandes lagos principalmente el Titicaca, los cuales no son explotados en su totalidad, y los cuales concentran una gran cantidad de especies que son extrañas y contaminan el medio ambiente, de gran importancia económica, como los son el dorado, pacú, surubí uno de los mayores peces de agua dulce del mundo junto con el paiche este de mayor tamaño que el anterior introducido desde Perú que llega a pesar más de los 200 kg.

Industria

En Bolivia existen aproximadamente 13.500 industrias, de las cuales se estima que el 90% son pequeñas, las restantes clasificadas como medianas y grandes. La industria boliviana representa un 35 por ciento del total del producto interior bruto (PIB), esta industria está

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principalmente enfocada en la manufactura en gran y pequeña escala, el refinado de azúcar y derivados, artículos de piel, fabricas de tabaco, cemento, química, papelera, mobiliaria, de vidrio, explosivos, y otras de gran importancia económica. El 80% de las industrias del país están ubicados en las ciudades de Santa Cruz de la Sierra, La Paz y Cochabamba.

En el país se pueden distinguir aproximadamente nueve categorías de industria manufacturera:

Bobina de cable de acero trenzado

Industria metalúrgica: Existen varias plantas metalúrgicas principalmente en Oruro, La Paz, Santa Cruz y Cochabamba que funden chatarra para producir válvulas y accesorios en bronce, latón, aluminio y piezas de hierro fundido. Otra actividad en este sector es el reciclado de baterías de plomo, baterías reconstituidas y soldaduras. Otro dato importantes es la construcción de plantas metalúrgicas de gran capacidad, para la fabricación de acero, que fueron terminadas a finales de 2007 para la explotación del yacimiento geológico de hierro Cerro Mutún. La industria minera de metales básicos es amplia constituyendose los mayores centros de producción, los departamentos de: Oruro que cuenta con plantas de tratamiento de minerales de Estaño, complejos de plomo-plata y zinc, oro, wolfram, bismuto, antimonio, etc. ;cuenta con dos fundiciones de estaño, fundición de plata, plantas volatilizadoras de trióxido de antimonio y además de plantas de no metálicos para la industria petrolera como la bentonita y baritina, etc. el departamento de Potosí también cuenta con numerosas plantas de tratamiento de minerales.

Industrias de terminación metálicas: Está constituido por una gran cantidad de empresas pequeñas que trabajan principalmente en la ciudad de El Alto. Su crecimiento encuentra dificultad por el alto grado de reciclado que presentan los repuestos metálicos usados, especialmente en los mercados locales de la ciudad y mercados populares.

Industria minera: Este sector incluye la manufactura de cemento, de cemento asbesto y la industria del vidrio. Estas ramas extraen materias primas de las minas o canteras de su propiedad, excepto la manufacturera de cemento asbesto (Duralit), que usa materias primas importadas. Las cementeras del país y las de vidrio han iniciado una fase de crecimiento para poder cubrir la creciente demanda, por ejemplo, las cuatro plantas de cemento del país, emprenden un acelerado crecimiento de su producción, entre otros, la manufactura de botellas de

Page 26: Aplicación de Los Inpustos en Bolivia

vidrio en Cochabamba ha implementado actualmente un proyecto de expansión.

Industria del petróleo: Hasta hace poco la industria petrolera del país estaba íntegramente controlada por la compañía estatal Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB), creada en 1936 con la misión de explotar, refinar y distribuir los recursos de hidrocarburos. A partir de la Ley de Capitalización, se dieron concesiones tanto a empresas extranjeras como a nacionales para el transporte de gas natural y petróleo, habiendo la exploración, explotación y producción sido sujeta a contratos de riesgo compartido (joint venture) desde 1990 y las refinerías privatizadas en 1999 . Hasta la nueva estatalización del presidente Evo Morales, a fecha de 1 de mayo de 2006, donde todas las reservas hidorcarburíferas volvían a ser parte del estado boliviano, aunque la explotación de las mismas continúa en manos privadas. Los campos de gas natural y petróleo están ubicados en la parte oriental y sur del país. Las operaciones principales en las refinerías son las de destilación para la fraccionar el crudo, transformación catalítica para obtener gasolina con elevado octanaje, y refinación de fracciones pesadas para producir lubricantes. Los productos finales son gasolina para vehículos, propano y butano líquido, combustible para aviones, gasóleo, fueloil y lubricantes para uso en maquinarias e industria. Como producto auxiliar se genera electricidad con turbinas a gas natural en Santa Cruz, Cochabamba y Chuquisaca. Debido a la naturaleza del petróleo boliviano, la producción de gasóleo es insuficiente para satisfacer la demanda interna, y el producto debe ser importado.

Industria Química: Es un sector limitado, pero cubre una gran variedad de actividades incluyendo la producción de químicos básicos, explosivos, jabones, detergentes, tintas, pinturas y fármacos. En este sector se reciclan los aceites lubricantes residuales y se manufacturan varios productos plásticos y de goma. Las industrias químicas están concentradas en La Paz y El Alto, con algunas fabricas en Oruro, Cochabamba y Santa Cruz. Las principales industrias del sector, además de las plantas manufactureras de fármacos y plásticos en la región de La Paz, se encuentran en Cochabamba.

Industria del calzado y curtiembres: La industria de curtiembre ha tenido un notable crecimiento en los volúmenes de exportación durante los últimos años. La industria del calzado ha tenido un crecimiento sostenido. llegando el mismo a superarse cada año, existen varias unidades medianas y pequeñas, ubicadas principalmente en Cochabamba, pero también en La Paz y Santa Cruz y Oruro. La manufacturadora de calzados más grande del país es la compañía Manaco otra industria importante con cien años de trayectoria es la Fabrica Nacional de Calzados Zamora de la ciudad de Oruro.

Page 27: Aplicación de Los Inpustos en Bolivia

Industria textil: La industria textil fue el segundo sector manufacturero en importancia después de la industria alimenticia en los años 1970, y fue reduciendo importancia progresivamente representando cada vez menor valor del total de manufactura. Sin embargo la industria textil ha ido aumentando su índice de crecimiento desde los años 1990. La industria del algodón y lana se redujo a expensas de fibras sintéticas, un cambio que fue provechoso para las exportaciones que ascienden con su contribución a 3,2% del total de productos exportados en 1997. La mayor concentración de plantas textiles están en La Paz, pero también se encuentran en Santa Cruz y Cochabamba y en menor escala en Oruro. Fuera de esta industria pero relacionada con ella, se encuentra la fabricación de prendas de vestir excepto calzado, que ha tenido impresionante crecimiento en los últimos años, llegando a más de doble del tamaño en volumen físico a partir del año 1990.

Industria del papel: La manufactura del papel y cartón es un sector muy reducido en Bolivia, con pocas fábricas pequeñas ubicadas en Santa Cruz, La Paz y Cochabamba. Todas las industrias de este ramo utilizan papel reciclado, fibras residuales y o pulpa importada como materia prima. Las industrias afines, de transformación del papel, la industria gráfica y las imprentas, se encuentran concentradas principalmente en La Paz, Santa Cruz y Cochabamba.

Industria alimenticia: Este sector ocupa un lugar predominante en la industria manufacturera que crece continuamente, tanto en producción como en cantidad de empresas y empleos. No obstante, la industria alimenticia a partir de la apertura de la economía, ha entrado en competición y asea en el mercado interno o el mercado externo donde su cuota en las exportaciones fue más o menos del 26%, incluyendo la soja y sus derivados que alcanzaron a mercados de exportación muy amplios durante los últimos años, (excluye algodón). Dentro de esta rama se encuentran las plantas de aceite comestible, los ingenios azucareros, las destilerías, las cervecerías y una fábrica de levadura y alimentos en La Paz. Existen varias unidades medianas y grandes en los subsectores de frigoríficos, fábricas de lácteos, plantas embotelladores de refrescos y plantas procesadoras de cereales. Las grandes fábricas procesan soja, girasol y semillas de algodón, así como azúcar de caña, están principalmente en Santa Cruz, aunque una gran refinería de aceite comestible opera en Cochabamba. Todas las grandes ciudades tienen por lo menos una cervecería, una o varias plantas embotelladoras de gaseosas y uno o varios frigoríficos y empaquetadoras de alimentos y plantas donde se enlatan productos alimenticios.

Moneda y Banca

Page 28: Aplicación de Los Inpustos en Bolivia

La unidad monetaria de Bolivia es el boliviano de 100 centavos (en septiembre de 2012 6,86 Bs bolivianos equivalen a 1 dólar estadounidense). El Banco Central de Bolivia es el banco emisor de monedas y billetes. Los bancos bolivianos y privados proveen de créditos de inversión a la pequeña empresa minera y agrícola. También operan en el país instituciones financieras privadas nacional y extranjeras.

Las monedas de circulación oficial son de 10, 20 y 50 centavos y de 1, 2 y 5 bolivianos.

Los billetes de circulación oficial son de 10, 20, 50, 100 y 200 bolivianos.

la imágenes de los billetes llevan la imágenes de héroes bolivianos

Exportaciones

Las exportaciones de Bolivia sumaron en el 2008 la cifra récord de 6.836 millones de dólares, 2.043,72 millones de doláres más, un 42,64 por ciento más que en el año anterior (2007), impulsadas por los altos precios de sus productos principales, hidrocarburos y minerales.

Hidrocarburos y minerales representaron casi tres cuartas partes (72,4 por ciento) de las ventas bolivianas al extranjero en el 2008.El sector petrolero siguió dependiendo casi exclusivamente de las ventas de gas natural, que fueron de 2.851 millones de dólares a Brasil, el principal socio comercial del país altiplánico, amazonico y 281 millones de dólares a Argentina.

A esto se sumaron pequeñas ventas spot de derivados, en una industria petrolera nacionalizada que totalizó exportaciones por 3.433 millones de dólares.

La minería boliviana, con exportaciones totales de 1.517 millones de dólares, tuvo su principal mercado en Corea del Sur, que compró zinc, plata y plomo por 813 millones de dólares, saltando del séptimo al segundo lugar en la lista de socios comerciales bolivianos. Luego de Brasil y Corea del Sur, los principales compradores de productos bolivianos en el 2008 fueron, en orden descendente: Estados Unidos, Argentina, Perú, Venezuela, Japón, Colombia, Suiza y Bélgica.

Las cinco actividades con mayor crecimiento son las de producción de minerales metálicos y no metálicos (63%), construcción (9%), petróleo crudo y gas natural (7%), establecimientos financieros (6%) e industria manufacturera (5%).

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La pequeña economía boliviana registró así su séptimo año consecutivo de crecimiento de exportaciones desde una caída en el 2001, cuando llegaron a sólo 1.226 millones de dólares.

El saldo comercial del año 2008 registra un superávit de 1.966 millones de dólares, monto superior en 28,60 por ciento al registrado el 2007, que totalizó 1.403 millones.

Las ventas del país a mercados externos sumaron poco más de 6.952 millones de dólares, monto superior en 2.092 millones al registrado el 2007, cuando sumó 4.860 millones, lo que da como resultado un incremento de 43 por ciento.

En tanto que las compras del país aumentaron en 44,25 por ciento entre el 2007 y 2008, de 3.457 a 4.986 millones de dólares. Lo que representa un incremento de 1.529 millones.

Las exportaciones de Bolivia en el 2006 crecieron un 43,88 por ciento respecto al año precedente y alcanzaron un valor récord de 4.069 millones de dólares y las importaciones de 2.809 millones de dólares, según Instituto Nacional de Estadística de Bolivia (INE).

El crecimiento global frente a la cifra del 2005, año en el que las ventas de Bolivia al exterior sumaron 2.868 millones de dólares, se explica por el incremento en el sector de la minería en 126 %, de los hidrocarburos en 43,4 por ciento y de la manufactura en 17,2 por ciento. La exportación de gas y petróleo en 2006 supuso para el país un total de 2.059 millones de dólares; la de manufacturas, 1.108 millones; de minerales 792 millones y la de productos de ganadería y agrícolas 159 millones de dólares.

Según el reporte oficial, los envíos de gas natural a Brasil y Argentina produjeron ingresos por 1.391 millones de dólares y por 280 millones, respectivamente, durante la gestión 2006. La exportación de soja o productos derivados a Venezuela generó 175 millones de dólares; a Colombia, 114 millones y a Perú, 39 millones.

Brasil sigue siendo el principal destino de las exportaciones bolivianas con un valor de 1.562 millones de dólares, seguido de Japón, 378 millones; Argentina, 371 millones; Estados Unidos, 355 millones, Perú, 232 millones y Suiza 210 millones.

Por bloques económicos, la venta de mercancías desde Bolivia al Mercosur se situó en 2.158 millones de dólares; al Tratado de Libre Comercio de América del Norte (Nafta) en 424 millones de dólares y a la Comunidad Andina (CAN) en 397 millones.

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Refinería de la estatal brasilera Petrobras en Cochabamba.

Flujos comerciales por zonas económicas

Con el Mercosur, el superávit de 2006 (965 millones de dólares) duplicó al registrado en 2005 (477 millones), principalmente por las mayores exportaciones de hidrocarburos a Argentina y Brasil.

Con la Comunidad Andina aumentó el saldo comercial positivo en 64 millones de dólares, principalmente por mayores exportaciones de petróleo, azúcar y leche a Perú.

Con Chile aumentó el déficit comercial en 44 millones de dólares, dadas las mayores importaciones de diésel oil y bienes de capital de este país.

Con Estados Unidos disminuyó el superávit levemente (16 millones). Sin embargo, incluyendo un ajuste de aeronaves alquiladas por 36 millones de dólares que el Instituto Nacional de Estadística de Bolivia (INE) registra como reexportaciones y que el BCB ajusta para fines de Balanza de pagos, en realidad el superávit habría disminuido en 52 millones de dólares.

Con la Unión Europea disminuyó el déficit de 60 millones a 11 millones de dólares, consecuencia de mayores exportaciones de minerales.

Con Suiza se incrementó el superávit fuertemente (de 101 millones a 198 millones de dólares) por mayores ventas de oro, zinc y plata.

Con Asia el saldo comercial deficitario se redujo de 98 millones a cuatro millones de dólares; explicado por la mejora de la balanza comercial con Japón (debido a mayores exportaciones de zinc y plata), a pesar de las mayores importaciones de equipos de transporte de Japón y de productos de consumo de China.

Importaciones

Las importaciones en términos CIF totalizaron en 2.809 millones de dólares, monto mayor en 20,3% con relación a la gestión pasada, según el Instituto Nacional de Estadística de Bolivia (INE).

Se registraron aumentos en las importaciones de bienes intermedios (14,2%), de capital (29,5%) y consumo (26,1%) El incremento en las compras de bienes intermedios se originó en la adquisición de insumos con destino a la industria y construcción, que se asocia a mayores niveles de actividad económica en estos sectores.

Asimismo, la importación de combustibles (diésel, jet fuel y lubricantes) se incrementó en la gestión dada la necesidad de abastecer el mercado interno sobre todo el destinado al sector agroindustrial.

Page 31: Aplicación de Los Inpustos en Bolivia

La mayor importación de bienes de capital estuvo relacionada al dinamismo de la industria nacional, aunque también destacó la importación de equipo de transporte.

Finalmente, el aumento en la importación de bienes de consumo se originó en mayores importaciones de bienes duraderos. Consecuencia del entorno internacional favorable, los términos de intercambio mejoraron en 21,9%, resultado del significativo aumento en los precios de las exportaciones respecto a los de importaciones.

Reservas Internacionales

Las reservas internacionales netas de Bolivia alcanzan los 10.200 millones de dólares a enero de 2010, lo que supone un hito histórico. Esta evaluación positiva en las reservas netas indican que Bolivia asciende notablemente en la calificación crediticia en el panorama internacional.

Gráfica de evolución de las Reservas Internacionales Netas. 2000-2012

Fuente: Banco Central de BoliviaGráfica elaborada por: Wikipedia

Bolivia en el contexto internacional

Bolivia basa su economía en sectores primarios como son las industrias minera, petrolera y de gas natural (la segunda reserva más grandes de

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América del Sur), agropecuaria, cementera y textil. La economía de Bolivia ha experimentado un crecimiento constante en los últimos años, ya que su Producto Interior Bruto se ha incrementado de media un 3% anual, manteniendo esa tendencia creciente incluso durante la crisis económica global del 2008. Si se observa la tabla, destaca que en el período 2000-2011, el PIB ha crecido un 190%. Para el mismo período, se observa también un incremento en la renta per cápita del 137% para lograr situarse en $2374. Uno de los datos socioeconómicos que se pueden destacar igualmente es la tasa de usuarios de internet, que aún siendo reducida (en torno al 30%) ha evolucionado un 1984% en el período 2000-2011.

Indicador ValorPosición en el

mundoIncremento

Producto Interior Bruto (nominal)

24.426.829.800 $Fuente: Banco Mundial (2011)

Países más ricos del mundo por PIB 7

Puesto 89º

8.397.858.304 $ en 2000 (incr: 190,9%)Fuente: Ficha de Bolivia en Banco Mundial 8

Superficie1.098.580 km²Fuente: Banco Mundial (2010)

Países más extensos del mundo 9

Puesto 27º

1.098.580 km² en 2008 (incr: 0%)Fuente: Ficha de Bolivia en Banco Mundial 10

Población

10.088.108 personasFuente: Banco Mundial (2011)

Países más poblados del mundo 11

Puesto 82º

8.316.648 personas en 2000 (incr: 21,3%)Fuente: Ficha de Bolivia en Banco Mundial 12

Emisiones de CO2

1,5 toneladasFuente: Banco Mundial (2009)

Países con mayores emisiones de CO2 13

Puesto 119º

0,989 toneladas en 2000 (incr: 51,7%)Fuente: Ficha de Bolivia en Banco Mundial 14

Renta per cápita2.374 $Fuente: Banco Mundial (2011)

Países con mayor Renta Per Cápita 15

Puesto 94º

1.000 $ en 2000 (incr: 137,4%)Fuente: Ficha de Bolivia en Banco Mundial 16

Tasa de natalidad

3,2 personasFuente: Banco Mundial (2012)

Países con mayor natalidad (niños por mujer) 17

4,104 personas en 2000 (incr: -22%)Fuente: Ficha de

Page 33: Aplicación de Los Inpustos en Bolivia

Puesto 55ºBolivia en Banco Mundial 18

Crecimiento económico

5,1 %Fuente: Banco Mundial (2011)

Economías de mayor crecimiento 19

Puesto 58º

2,51 % en 2000 (incr: 103,2%)Fuente: Ficha de Bolivia en Banco Mundial 20

% usuarios Internet

30 %Fuente: Banco Mundial (2011)

Países con mayor tasa de usuarios de Internet 21

Puesto 106º

1,44 % en 2000 (incr: 1983,3%)Fuente: Ficha de Bolivia en Banco Mundial 22

Promedio de días para crear una empresa

50 díasFuente: Banco Mundial (2011)

Países más rápidos para montar una empresa 23

Puesto 26º

60 días en 2003 (incr: -16,7%)Fuente: Ficha de Bolivia en Banco Mundial 24

Consumo de energía por habitante

587 kilogramosFuente: Banco Mundial (2008)

Países con mayor consumo de energía por habitante 25

Puesto 105º

594,35 kilogramos en 2000 (incr: -1,2%)Fuente: Ficha de Bolivia en Banco Mundial 26

Terreno dedicado a agricultura

34,1 %Fuente: Banco Mundial (2009)

Países con más terreno dedicado a la agricultura 27

Puesto 113º

34,09 % en 2000 (incr: 0%)Fuente: Ficha de Bolivia en Banco Mundial 28

Potencia eléctrica consumida

616 kilowatios-horaFuente: Banco Mundial (2010)

Países con más potencia eléctrica consumida 29

Puesto 82º

420,96 kilowatios-hora en 2000 (incr: 46,3%)Fuente: Ficha de Bolivia en Banco Mundial 30

Superficie forestal

571.960 km²Fuente: Banco Mundial (2010)

Países con mayor superficie forestal 31

Puesto 15º

600.910 km² en 2000 (incr: -4,8%)Fuente: Ficha de Bolivia en Banco Mundial 32

Carreteras pavimentadas

7,9 %Fuente: Banco Mundial (2009)

Países con más carreteras pavimentadas 33

Puesto 55º

6,6 % en 2000 (incr: 19,7%)Fuente: Ficha de Bolivia en Banco Mundial 34

Índice de 3,777 Países más 3,46 en 2007 (incr:

Page 34: Aplicación de Los Inpustos en Bolivia

Competitividad Global

Fuente: Foro Económico Mundial (2013)

competitivos 35

Puesto 104º

9,2%)Fuente: Ficha de Bolivia en Foro Económico Mundial 36