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Page 1: Apertura de Un Ampresa Con Sus Requisitos Legales Guatemala 2013

APERTURA DE UN AMPRESA CON SUS REQUISITOS LEGALES GUATEMALA 2013

La presente Herramienta metodológica muestra los requisitos y el procedimiento para inscribir o registrar una empresa y se dirige a todo emprendedor que con base a su formación teórica y/o práctica en determinada actividad, decide iniciarse por cuenta propia al desarrollo de su propia empresa consiente del riesgo que conlleva. Esta herramienta para la inscripción de empresas no pretende sentar las bases para el inicio de una empresa, aunque sí guiar al futuro empresario con los pasos necesarios para su inscripción legal, por lo que sugerimos constante preparación y formación para que su empresa se posicione exitosamente en el mercado al cual se dirige

Note que inscribirse como comerciante Individual no implica inscribir una empresa. El comerciante, como persona individual puede ejercer actividades comerciales, mas no ha registrado a la Empresa como tal. Para su inscripción el Registro Mercantil requiere un mínimo de capital de Q 2,000.00 y llenar los requisitos necesarios.

Para esto es necesario realizar los siguientes tramites:

1. TRAMITES EN EL REGISTRO MERCANTIL

2. TRAMITES EN SAT

3. TRAMITES DE IGSS

4. TRAMITES DE IRTRA

En Guatemala existen dos maneras de inscripción el proceso tradicional y el de Ventanilla Ágil aquí se exponen los dos sistemas.

PROCESO EN VENTANILLA ÁGIL:

Es una herramienta disponible en las distintas páginas de internet de las dependencias del Ministerio de Economía. Esta reúne todos los distintos formularios antes descritos; reduce los tiempos y costos asociados al registro e inscripción de una empresa y facilita el acceso a información integral respecto al registro e inscripción de una empresa.

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El valor agregado de esta herramienta es el concepto de “Único punto de contacto”, para el registro e inscripción de empresas el interesado debe presentarse en la Ventanilla Ágil ubicada en Registro Mercantil de Guatemala con lo siguiente:

* Formulario Único con información general escrita con máquina de escribir y autenticado.

* Juego Único de requisitos en un fólder tamaño oficio con pestaña.

* Realizar un Pago Único para todo el trámite.

* Requisitos para el trámite de inscripción como Comerciante Individual y Empresa Mercantil.

* A través de este formulario de de ventanilla ágil se pueden inscribir automáticamente en la SAT, Registro Mercantil, IGSS e IRTRA

El usuario deberá cumplir con los siguientes requisitos, de acuerdo con el trámite que desea realizar en Ventanilla Ágil:

* Cédula de Vecindad o DPI y fotocopia simple.

* Constancia extendida por Contador registrado en SAT con Balance General de inicio de operaciones.

* Factura de Compra y Certificado con descripción de la Máquina Registradora a utilizar.

* Timbres Fiscales Q.50.00 (Patente de Comercio de empresa) y Q. 0.50 (por razón de cédula).

Nota importante:

Toda empresa que contrate más de 3 personas, está obligada a pagar una contribución al Instituto Guatemalteco de Seguridad Social.

Según el Código de Comercio toda empresa, sociedad y otras, debe estar inscrita en el Registro Mercantil. Para la habilitación y autorización de libros, se debe acudir al Registro Mercantil y a la SAT.

Toda empresa privada que haya cancelado al menos los primeros 3 meses de la contribución al IRTRA tiene derecho a ser afiliada al IRTRA.

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El procedimiento mediante la Ventanilla Única reúne todos los formularios necesarios en el Tramite Tradicional de Inscripción de una empresa.

“La inscripción por medio del Formulario Único de inscripción fue creada con la finalidad de reducir los costos y tiempo de inscripción de una empresa”.

CREACION DE LA VENTANILLA AGIL

El Ministerio de Economía da continuidad a los logros alcanzados por medio de la Ventanilla Ágil para Registrar e Inscribir Empresas, articulando licencias y trámites de funcionamiento de empresas con la importante participación de los ministerios de Ambiente y Recursos Naturales y Salud Pública y Asistencia Social, por medio del Proyecto de Simplificación de Trámites. Guatemala, 22 de noviembre de 2007.

El Ministerio de Economía en coordinación con el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales, el Ministerio de Salud Publica y Asistencia Social y el Registro Mercantil, dependencia del Ministerio de Economía, lanzaron la Segunda Fase del Proyecto de Simplificación de Trámites.

El lanzamiento de la primera fase de este proyecto tuvo lugar el 30 de mayo de 2006 con la apertura de la Ventanilla Ágil para Registrar e Inscribir Empresas, que desde esa fecha funciona en el Registro Mercantil.

El Proyecto Simplificación de Trámites para Registrar e Inscribir Empresas en Guatemala, es el fruto del trabajo exhaustivo de investigación y análisis de opciones de simplificación de procesos, e identificación de oportunidades de mejora desde agosto de 2005 hasta hoy.

El objetivo de la II Fase del proyecto es ampliar la cobertura de lo ya establecido por medio de la Ventanilla Ágil, por medio de articular licencias y trámites especiales relacionados con la inscripción de empresas.

La Fase II del Proyecto permitirá:

* Reducir tiempos y costos asociados con los trámites especiales para la formalización de una empresa en Guatemala.

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* Poner al alcance del usuario una Ventanilla de servicios que unifique e integre en un solo lugar la información necesaria para realizar los trámites especiales requeridos para la operación de una empresa.

* Facilitar la creación e implementación de mecanismos de comunicación interinstitucional para compartir información digital relacionada con el proceso de inscripción de empresas, con miras hacia la resolución de trámites vía Internet.

CARACTERÍSTICAS GENERALES DE LA SOLUCIÓN

* Se practicó una revisión de los formularios y requisitos para los trámites articulados para garantizar concordancia con la Ventanilla Ágil.

* La Ventanilla Ágil, a solicitud del usuario o de la institución correspondiente, enviará información digital esto evitará duplicidades y disminuirá requisitos.

* La Ventanilla Ágil brindará a los usuarios información oportuna y de calidad sobre los trámites especiales que debe realizar ante el Ministerio de Salud Pública y/o el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales.

Del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social:

* Licencia Sanitaria para fábricas de alimentos y bebidas

* Licencia Sanitaria para Establecimientos Fijos de Alimentos Preparados.

* Registro Sanitario de Referencia .

A continuación los alcances esperados de la implementación de Fase II del Proyecto:

* Mejorará significativamente la calidad de atención al usuario, articulando los trámites de los ministerios participantes en esta segunda fase con los de la primera fase de la Ventanilla Ágil ubicada en el Registro Mercantil.

* En promedio se reducirá un 61% el número de pasos, un 31% la cantidad de requisitos con un ahorro promedio del 65% del tiempo necesario para realizar los trámites especiales.

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* En cuanto a los costos directos en concepto de Aranceles para ejecutar los trámites especiales, estos no sufrirán ninguna modificación, sin embargo es preciso destacar que según el diagnóstico sobre los trámites considerados en esta fase, ejecutado por FUNDES, los costos directos son los más bajos de la región centroamericana y los resultados cuantitativos de esta simplificación de trámites, inciden fuertemente en una considerable disminución de los costos indirectos relacionados con los trámites.

A continuación conoceremos el Formulario que se utiliza en Ventanilla Ágil.

PROCESO TRADICIONAL:

INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO MERCANTIL

El Registro Mercantil examina los documentos para verificar el cumplimiento de los requerimientos legales y que no sean contrarios a las leyes guatemaltecas. Si los documentos están en orden, el Registro publica un aviso en el Diario Oficial y en otro periódico un mes después. De no haber oposición alguna, el Registro requiere la inscripción al Ministerio de Gobernación, el cual procede a extender la autorización oficial para que la entidad pueda operar en Guatemala. La documentación es devuelta al Registro, el que verificará que el capital asignado a la empresa sea pagado al contado o por abonos.

Procedimiento:

1. Comprar un formulario de solicitud de inscripción de comerciante y de empresa mercantil. Tiene un valor de Q 2.00.en el Banco de Desarrollo Rural, (Agencia interna dentro de la institución).

2. Pedir una orden de pago y cancelarla en el Banco de Desarrollo Rural

(Agencia interna dentro de la institución).

3. Q. 75.00 para inscripción como Comerciante

4. Q. 100.00 para la inscripción de Empresa.

5. Con la orden de pago ya cancelada, presentar expediente en las ventanillas receptoras de documentos en un fólder tamaño oficio con pestaña.

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El expediente debe contener:

En caso de empresa individual

* Formulario correspondiente con firma autenticada de propietario cédula de vecindad o fotocopia de la misma o DPI una certificación contable firmada y sellada por un contador autorizado por la SAT.

* El expediente es calificado por el departamento de empresa.

El expediente puede ser rechazado por:

* El formulario debe ser llenado a maquina.

* La certificación contable debe contener nombre de la empresa, el capital, nombre del propietario y sellada por contador debidamente autorizado por la SAT.

* La fecha de la autentica debe coincidir con la fecha del formulario.

* Ausencia de categoría en formulario

* La actividad debe de ser coordinada y determinada a una actividad específica.

* Especificar el municipio y departamento en las direcciones.

* Nombre del propietario debe coincidir con autentica y formulario

Luego de realizados todos los tramites, puede pasar a recoger su expediente a la ventanilla de entrega de documentos.

Cuando pase a recoger su expediente en la ventanilla, revise muy bien su patente de Comercio.

Si fuera el caso, revise que el razonamiento en su cedula este correcto.

No olvide colocar Q 50.00 de timbres fiscales a la patente.

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A continuación veremos el formulario del Registro Mercantil.

TRAMITES EN LA SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA ( SAT )

EMPRESAS MERCANTILES

Código Tributario (art.112 num. 1,literal b, y 120)

Obligación Formal: Inscribirse en el registro tributario unificado, aportando los datos y documentos necesarios y comunicar las modificaciones del los mismos.

Todos los contribuyentes y responsables están obligados a inscribirse en la Superintendencia Administracion Tributaria antes de iniciar actividades afectas.

LA HABILITACIÓN DE LIBROS Y REGISTROS SE LLEVA A CABO EN LA SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA (SAT).

Paso 1. Llenar el formulario SAT-0052

Adjuntar original o fotocopia legalizada y fotocopia simple de cédula de vecindad del propietario o Representante Legal.

Adjuntar original o fotocopia legalizada y fotocopia simple del pasaporte del propietario o Representante Legal, en caso de ser extranjero.

Paso 2. Presentar lo anterior en la ventanilla correspondiente de la Agencia de la Superintendencia de Administración Tributaria SAT más cercana, donde se le entregará el Recibo de Ingresos Cobranza SAT-No.0811 con el monto a ser cancelado en las cajas de BANRURAL. El valor corresponde a Q0.50 por hoja habilitada.

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Paso 3. Hacer efectivo el pago en cualquier agencia de BANRURAL para su presentación posterior en las ventanillas de la SAT.

Paso 4. La SAT hace entrega de los stickers que deberá adherir a los libros habilitados.

Nota:

En el caso de contribuyentes, personas jurídicas que indicaren que la sanción no es procedente, deben demostrarlo a través de la presentación de la patente de comercio de sociedad, indicando la fecha de inscripción definitiva.

Para los contribuyentes que ya tienen libros habilitados y no aparece en el Sistema su habilitación anterior, deben adicionar fotocopia de recibo del último pago y fotocopia de la primera y última hoja de los libros habilitados.

INSCRIPCION DEL CONTRIBUYENTE EN LA SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA (SAT)

Para la Inscripción de Empresa Individual, el trámite establece que el interesado deberá presentarse al edificio de la Superintendencia de Administración Tributaria –SAT-,

En una de las ventanillas del Departamento de Registro Tributario Unificado (RTU) y solicitar inicialmente el Formulario de Inscripción y actualización de información de Contribuyentes en el Registro Tributario Unificado (SAT- No. 0014) Valor Q.1.00. Requisitos para llenar el formulario SAT- No. 0014:

* Para llenar este formulario deberá de usar máquina de escribir o letra de molde.

* No se aceptará la presentación del formulario con tachaduras, enmiendas o similares.

* Si se trata de inscripción, se utilizará la casilla No.2 y en el caso de ser una actualización utilizar la casilla No.3, anotando en ambos casos una ¨X¨.

* Escriba los datos solicitados en “Datos de identificación para persona individual” en las casillas de la No.05 a la 16 y en “Datos generales” en las casilla de la No.27 a la 43, en el caso de que

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proceda. De lo contrario escriba una línea para anular el espacio NO utilizado del formulario SAT- No. 0014.

La Empresa Individual (Empresa Mercantil) debe tomar la decisión de cual será el Régimen de pago del Impuesto Sobre la Renta.

Los regímenes establecidos por la Ley del ISR están en los artículos 72 y 44 de dicha ley.

Los requisitos de Inscripción para los contribuyentes tipificados dentro de estos regímenes son:

* Formulario de Inscripción SAT-14

* Original o fotocopia legalizada y fotocopia simple de la cédula de vecindad o pasaporte si fuera extranjero.

* Certificación de calidad de residente en el país, extendida por la dirección General de Migración, en caso de ser extranjero.

* Constancia de colegiado activo (profesionales liberales) queda en poder de la Oficina o Agencia Tributaria.

INSCRIPCIÓN DEL NEGOCIO (DATOS GENERALES)

En el formulario SAT- No. 0014 (Costo Q 1.00) en el reverso del mismo del numeral No.88 al 104 (Inscripción del Negocio -Datos Generales) se deberá de escribir los datos solicitados:

* Nombre comercial

* Dirección

* Departamento

* Municipio

* Teléfono

* Fax

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* Apdo. Postal

* Fecha de Inicio de Operaciones

* Fecha de cambio (Domicilio comercial)

* Otros (Datos para actualizar)

En el caso de NO contar con los mismos se tendrá que hacer una línea para ANULAR el espacio no utilizado.

Dependiendo del tipo de organización, se deberá de leer detenidamente el formulario SAT- No. 0014: Instructivo, el anverso y el reverso

Para llenarlo correctamente y evitar futuros errores que pudieran afectar a su empresa.

El Formulario SAT-0014 deberá acompañarse de los formularios siguientes:

Solicitud de Habilitación de Libros, formulario SAT-0052

Solicitud para autorización de Impresión y Uso de Documentos y Formularios, formulario SAT-0042

TRAMITES EN EL INSTITUTO GUATEMALTECO DE SEGURIDAD SOCIAL

(IGSS)

El 30 de Octubre de 1946, el Congreso de la República de Guatemala, emite el Decreto número 295, "LA LEY ORGANICA DEL INSTITUTO GUATEMALTECO DE SEGURIDAD SOCIAL". Se crea así "Una Institución autónoma, de derecho público de personería jurídica propia y plena capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones, cuya finalidad es aplicar en beneficio del pueblo de Guatemala, un Régimen Nacional, Unitario y Obligatorio de Seguridad Social, de conformidad con el sistema de protección mínima" (Cáp. 1°, Art. 1°).

Se crea así un Régimen Nacional, Unitario y Obligatorio. Esto significa que debe cubrir todo el territorio de la República, debe ser único para evitar la duplicación de esfuerzos y de cargas tributarias; los patronos y trabajadores de acuerdo con la Ley, deben de estar inscritos como contribuyentes, no pueden evadir esta obligación, pues ello significaría incurrir en la falta de previsión social.

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La Constitución Política de la República de Guatemala, promulgada el 31 de Mayo de 1985, dice en el artículo 100: "Seguridad Social. El Estado reconoce y garantiza el derecho de la seguridad social para beneficio de los habitantes de la Nación".

¿Dónde se puede inscribir un Patrono?

El patrono o su representante, deberán acudir a la Sección de Inscripciones en la División de Registro de Patronos y Trabajadores, en el 2o nivel del Edificio Central en la Ciudad de Guatemala, o bien en las Cajas o Delegaciones Departamentales que les corresponda (Delegaciones).

Se les entregará un formulario DRTP-001 el cual deberá ser debidamente lleno.

Comerciante Individual o Persona Individual:

Una persona como Patrono y/o Contrato de Negocios en participación:

* Fotocopia de Cédula de Vecindad (completa) si es guatemalteco y Fotocopia del pasaporte (completo) si es extranjero.

* Fotocopia de Constancia del Número de Número de Identificación Tributaria (NIT).

* Más de una persona como Patrono y/o Contrato de Negocios en participación:

* Fotocopia de Cédula de Vecindad completa del Gestor.

* Si es extranjero, fotocopia del pasaporte.

* Fotocopia de Patente de Comercio (si es empresa)

* Fotocopia de Cédula de Vecindad completa de Copropietarios.

* Si son extranjeros, fotocopia de pasaporte.

* Fotocopia de la constancia del Número de Identificación Tributaria – NIT.

Empresa Individual Ubicadas en el Departamento de Guatemala:

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Al emplear los servicios de 3 trabajadores el patrono está obligado a inscribir su empresa en el Régimen de Seguridad Social, debiendo descontar la cuota laboral correspondiente a sus empleados, posterior a la inscripción.

Únicamente las empresas de transporte terrestre, quedan obligadas a inscribir la Empresa en el Régimen de Seguridad Social, cuando ocupen 1 ó 2 trabajadores.

Empresas ubicadas en el resto de Departamentos de la República de Guatemala:

Al emplear los servicios de 5 trabajadores el patrono está obligado a inscribir su empresa en el Régimen de Seguridad Social, debiendo descontar la cuota laboral correspondiente a sus empleados posteriores a la inscripción. 3 trabajadores a partir del 15 de marzo 2003.

INSCRIPCIÓN GENERAL EN EL IGSS :

El documento requerido en Inscripciones Patronales de cualquier naturaleza o tipo de organización es la constancia extendida por un Perito Contador, en la citada constancia debe de indicarse lo siguiente:

* Fecha (día-mes-año), en que se ocupó el mínimo de trabajadores o más que obliga al patrono a inscribirse.

* Total de Trabajadores con los cuales se dio la obligación en la fecha señalada.

* Monto devengado en salarios por el total de trabajadores indicados, en el período base de la inscripción.

FORMULARIO A UTILIZAR PARA INSCRIPCIÓN PATRONAL:

El formulario que se deberá de utilizar es el FORM. DRPT- 001. Este debe ser llenado a máquina por la parte patronal. El cual consta de original y tres copias.

Dicho formulario es entregado en la ventanilla de recepción de documentos.

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TRÁMITE PARA OBTENER FORMULARIOS DE CERTIFICADOS DE TRABAJO:

Las empresas del departamento de Guatemala Gestionarán los formularios en la división de Recaudación del Departamento Patronal (2do. Nivel de las oficinas centrales 7ª. Avenida 22-72, zona 1).

Empresas ubicadas en los departamentos del interior del país, podrán obtener los formularios en las Delegaciones o Cajas departamentales de su jurisdicción.

Es requisito al obtener los formularios de Certificados de Trabajo, llenar una Tarjeta de Registro de Firmas y una solicitud, dichos documentos serán entregados en la oficina correspondiente, dependiendo la ubicación de la empresa.

LA TARJETA DE REGISTRO DE FIRMAS CONTIENE LA INFORMACIÓN SIGUIENTE:

1. Número patronal: Es el número asignado cuando se inscribe en el Régimen de Seguridad Social.

2. Nombre del Patrono: Nombre de la persona o personas propietarias si es Empresa Individual.

3. Nombre de la razón social: si se refiere a Empresa Colectiva (persona jurídica), o bien el nombre de la dependencia si es empresa estatal.

4. Nombre de la Empresa: Se anotará el nombre comercial o el de la dependencia del estado de que se trate.

5. Centro de trabajo: Este espacio es para las agencias o sucursales ubicadas en otro sector de donde se encuentre ubicada la casa Matriz.

6. Dirección: Ubicación, nomenclatura y zona donde se localiza la empresa.

7. Firma o Firmas Registradas: En el primer renglón el número de Orden y Registro de la cédula de vecindad, nombres y apellidos completos y firma del patrono si es Empresa Individual.

8. Nombre del representante legal: cuando se trate de persona jurídica colectiva o del jefe o director de la empresa, institución o dependencia del estado, según sea el caso.

9. En los renglones siguientes: Registrar los datos y firmas de las personas autorizadas para extender Certificados de Trabajo. Si se necesita sustituir firmas registradas deberá de llenarse nueva (s) ficha(s).

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La Representación Legal deberá de demostrarse adjunto a la Tarjeta de Registro de firmas. Adjuntando una fotocopia simple del documento vigente que lo acredite como tal. Deben firmar los Certificados de Trabajo, únicamente las personas que tengan registrada su FIRMA.

Se deberá estampar en la tarjeta de registro de firmas y en la solicitud, él o los sellos utilizados en la identificación de la empresa, teniendo el cuidado de no tachar los nombres y formas registradas, (deben ser visibles).

Si cambia sellos es obligatorio dar aviso al Instituto de Seguridad Social y presentarlos para su registro.

Los certificados de trabajo deben solicitarse en el formulario respectivo, firmado por el patrono, si es Empresa Individual.

Si es persona jurídica (sociedad mercantil) es el Representante Legal el que deberá firmar el formulario.

En el caso específico de empresas estatales, es el director de la dependencia del Estado, el que deberá de firmar el formulario de solicitud de los Certificados de Trabajo, anotando nombre y apellidos completos, no se aceptan abreviaturas ni iniciales en estos documentos.

Si se diere el caso que el patrono extiende un Certificado de Trabajo, sin estar al día en el pago de las contribuciones, este podrá ser objeto de medidas legales, ante los tribunales respectivos.

Los Certificados de trabajo, se entregarán únicamente a la persona designada para recibir los mismos, previa identificación con su Cédula de Vecindad (único documento legal autorizado) NO se aceptará ningún otro documento de identificación.

El formulario DRPT-59 es exclusivamente para inscribir, actualizar o reposición del carnet del trabajador afiliado, en cambio en formulario DRPT- 001 es para inscripción del patrono.

TRAMITES EN EL INSTITUTO DE RECREACION DE LOS TRABAJADORES

(IRTRA)

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Institución líder en Latinoamérica, dedicada a proveer recreación y diversión.

Con 6 Parques para recreación de la familia en distintas partes de la república:

* Parque Recreativo Amatitlán, kilómetro 28 de la carretera de circunvalación al lago de Amatitlán

* Parque Recreativo Agua Caliente, en el kilómetro 29 de la carretera al Atlántico.

* Parque Recreativo Urbano Petapa, en la ciudad capital, Avenida Petapa y 43 calle de la zona 12.

* Parque Acuático Xocomil, en Retalhuleu, Kilómetro 180.5 de la carretera que por la costa sur va hacia Quetzaltenango.

* Parque Vacacional "Hostales del IRTRA" en Retalhuleu, Kilómetro 180.5 de la carretera que por la costa sur va hacia Quetzaltenango.

* Parque de Diversiones Xetulul en Retalhuleu, Kilómetro 180.5 de la carretera que por la costa sur va hacia Quetzaltenango.

El IRTRA fue creado por el Decreto No. 1528 del Congreso de la República para brindar recreación a los trabajadores de la empresa privada y sus familias; está organizada, operada y financiada en su totalidad por las empresas de la iniciativa privada de Guatemala.

AFILIACION E INFORMACION GENERAL:

Cuando una empresa se afilia al IGSS debe pagar la contribución al IRTRA, según la actividad económica a la que se dedica, el impuesto a pagar es el 1% sobre el total de salarios ordinarios y extraordinarios mensuales, lo cual le permite obtener los carnés de afiliación para los trabajadores con los que puede ingresar sin costo, a todos los parques recreativos el afiliado y 5 miembros de su núcleo familiar: padres, conyugue e hijos para disfrutar de una recreación sana.

Todos los trabajadores de las empresas privadas que estén afiliadas al IRTRA pueden utilizar los parques del IRTRA.

Al pagar las cuotas del IGSS la empresa tiene derecho a afiliarse al IRTRA.

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El departamento de Recursos Humanos o la persona designada para el trámite por parte de la empresa deberá efectuar los trámites respectivos para solicitud del carnet de afiliación, dependiendo del tipo de carnet que proceda.

Si algunos empleados ya cuentan con carnet puede solicitarse la renovación de la vigencia o en caso de pérdida de la tarjeta se deberá proceder con el trámite de reposición. (Verificar la duración del carnet)

.

Los invitados de afiliados al IRTRA pueden disfrutar de todos los parques mediante el pago respectivo.

REQUISITOS GENERALES:

Cualquier solicitud de trámite que se presente al Departamento de Afiliaciones debe incluir obligatoriamente la siguiente documentación:

1) Carta membretada de la empresa solicitando los trámites respectivos. La carta debe estar firmada por el representante legal.

2) Fotocopias legibles y completas de las últimas 3 planillas del IGSS con sus respectivos recibos de pago. Los nombres de las personas que soliciten cualquier trámite deben estar resaltados en cada planilla.

3) Para solicitar los tramites de NUEVOS, MAYOR 5 AÑOS O REPOSICION debe presentarse una boleta celeste para cada trabajador. La boleta debe ser llenada a máquina, firmada y contener su fotografía reciente, de estudio, tamaño cedula. No se admiten fotografías digitales.

4) Las renovaciones anuales deben de venir indicadas en la carta de solicitud por medio de un listado que incluya el nombre completo y el numero de cédula de cada trabajador. El listado debe estar en orden alfabético por apellidos. También puede utilizar los reportes emitidos por el departamento de afiliaciones.

Credenciales de patrono:

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Carné para los ejecutivos de la empresa que tengan la representación legal y que desempeñen uno de los siguientes cargos: presidente del consejo, gerente general o administrador único.

Para cualquier tramite de credencial además de la papelería requerida deberá adjuntar una copia completa del nombramiento, inscrito en el registro mercantil, con un año de vigencia como mínimo. En el caso de las empresas individuales enviar una copia de la patente y para los centros educativos la resolución ministerial.

Para cualquier trámite de credencial deben reportar por lo menos 4 empleados con salario mínimo en los últimos 12 meses. Si es una segunda credencial reportar 26 empleados o más con salario mínimo en el último año y alguno de los cargos requeridos junto con la representación legal.

A continuación la Boleta de inscripción del patrono, como la de inscripción del Afiliado.

PARA ENCONTRAR LOS FORMULARIOS CORRESPONDIENTES BUSCALOS CON SU NOMBRE EN GOOGLE!!!!