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Ante proyecto presentado por la agrupación MNR Rosario, 20 de Julio de 2010 Visto Que esta actualmente en vigencia la Resolucion 538/ 2008 que establece “el reglamento para la practica final del plan 2001 de la carrera de medicina” aprobado por este Consejo Directivo en el año 2008; Que el nuevo programa de practica final presentado por el coordinador del area y aprobado por unanimidad en la comision asesora de escuela de medicina el pasado 08 de junio de 2010 presenta contradicciones reglamentarias con el reglamento vigente aprobado en 2008; Que este nuevo programa ya esta siendo aplicado de manera anti-estatutaria desde la 9na cohorte, Considerando Que el ciclo PF es parte de la currícula del plan 2001 de la carrera de medicina; Que la practica tiene un fin enminentemente didactico y por tanto debe ser juzgada como tal; Que el estatuto de la Universidad Nacional de Rosario en sus articulo 22 establece con absoluta claridad que la comision de escuela es un organo asesor NO RESOLUTIVO; Que la carta magna de nuestra Universidad en su articulo 23 establece claramente que el Consejo Directivo es el unico cuerpo que Proyecta planes de estudio. Aprueba, reforma o rechaza los programas de

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Ante proyecto presentado por la agrupación MNR

Rosario, 20 de Julio de 2010

 

Visto

              Que esta actualmente en vigencia la Resolucion 538/ 2008 que establece “el reglamento para la practica final del plan 2001 de la carrera de medicina” aprobado por este Consejo Directivo en el año 2008;

               Que el nuevo programa de practica final presentado por el coordinador del area y aprobado por unanimidad en la comision asesora de escuela de medicina el pasado 08 de junio de 2010 presenta contradicciones reglamentarias con el reglamento vigente aprobado en 2008;

                 Que este nuevo programa ya esta siendo aplicado de manera anti-estatutaria desde la 9na cohorte,

 

Considerando

                        Que el ciclo PF es parte de la currícula del plan 2001 de la carrera de medicina;

                        Que la practica tiene un fin enminentemente didactico y por tanto debe ser juzgada como tal;

                        Que el estatuto de la Universidad Nacional de Rosario en sus articulo 22 establece con absoluta claridad que la comision de escuela es un organo asesor NO RESOLUTIVO;

                        Que la carta magna de nuestra Universidad en su articulo 23 establece claramente que el Consejo Directivo es el unico cuerpo que  “Proyecta planes de estudio. Aprueba, reforma o rechaza los programas de enseñanza proyectados por los profesores y reglamenta los cursos intensivos de investigación o de información.”

 

 

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El Consejo Directivo de la Facultad de Ciencias Médicas resuelve:

            Art 1º Dejese sin efecto las modificaciones implementadas al proceso evaluativo de las cohorte 10º, 11º  y 12º de PF de plan 2001 de la carrera de medicina; estableciéndose la nota final de estos estudiantes según lo estipulado por la resolucion 538/2008.

            Art 2º Apruebese el Nuevo Reglamento de Practica Final para Plan 2001 de la carrera de Medicina que se presenta como anexo unico de esta Resolucion.

            Art 3º Apliquese el Nuevo reglamento a partir de la 13º cohorte.

            Art 4º  Deroguese la Rosolucion 538/2008.

            Art 5º De forma.

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ANEXO UNICO

UNIVERSIDAD NACIONAL DE ROSARIO

FACULTAD DE CIENCIAS MEDICAS

CARRERA DE MEDICINA

REGLAMENTO DE LA PRACTICA FINAL

Fundamentos y objetivos:

La practica final(pf)es el ultimo ciclo curricular de la carera de medicina, con una duración equivalente a un (1) año académico. Durante la misma se desarrollaran en forma intensiva habilidades, actitudes y aptitudes basadas en el conocimiento adquirido por el estudiante durante el desarrollo de las Áreas Gineco - Obstetricia, Pediatría, Clínica Medica y Clínica Quirúrgica. Al preceder al ejercicio y practica profesional, permitirá a los futuros graduados consolidar las competencias para el desempeño en todos los niveles de atención, con especial énfasis en la promoción como a la prevención, la organización de los sistemas de salud y los aspectos prácticos cotidianos de la profesión, en el diagnostico, tratamiento y rehabilitación

Se desarrollara en tres (3) rotaciones: 1.- Curso de Emergencias – Emergentologia; 2.- Salud Comunitaria y 3.-Complejidad Institucional, durante los que se desarrollaran practicas vinculadas a las competencias que el estudiante debe adquirir sobre la base de los conocimientos y practicas adquiridos.

La condición de practica de grado determina de grado determina que todo accionar del Practicante se desarrolle bajo la supervisión directa de Profesionales Docentes, de acuerdo a las normativas respectivas y vigentes del ámbito en el que se lleven a cabo las actividades (municipal, provincial, etc).

ORGANIZACIÓN

La PF se desempeñara en efectores de Salud Publica, Privada, de Obras Sociales, Cooperativas, y otros ámbitos de la Republica Argentina habilitados a tal fin mediante convenios firmados con la Facultad de Ciencias Medicas de la UNR.

Para la habilitación de los efectores será indispensable la supervisacion de los mismos por parte de la Comisión de PF, en la que se requerirá los siguientes ítems:

- Contar con personal de la salud idóneo para desempañarse como instructor de la PF

- Infra estructura acorde para desempeño de las diferentes actividades.

- Herramientas que garanticen el acceso para los estudiantes y tutores a la capacitación permanente.

Se tendrá en cuenta en función de lo antes mencionado la habilitación o no del efector en cuestión y se fijara el número de plazas disponibles en el mismo para la realización de la PF. La modificación del numero de plazas requerirá una nueva revisión de los ítems antes mencionados.

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Los Instructores de la PF serán nombrados previo concurso de oposición y antecedentes en el que se desempeñara como jurado la comisión de PF o un tribunal examinador constituido de 3 (tres) docentes propuesto por la misma, 2 (dos) Estudiantes y 1 (uno) Graduado. El jurado examinador deberá ser aprobado por el Consejo Directivo.

Implementación

a. Organización

El Ciclo de PF constara de 3 (tres) etapas o rotaciones consecutivas de 3 (tres) meses de duración cada una, con fechas de inicio y finalización determinada según el Calendario Académico de la Escuela de Medicina y aprobada por el Consejo Directivo. El total de la PF durara 9 (nueve) meses calendarios, debiendo cumplimentarse las 3 (tres) etapas para obtener la acreditación de la misma.

Se realizaran 4 (cuatro) incorporaciones anuales. El inicio de cada cohorte es al comienzo de la segunda quincena de los meses de Marzo, Junio, Septiembre y Diciembre, por lo que el cursado de las mismas termina al finalizar la primer quincena de los meses de Diciembre, Marzo, Junio y Septiembre respectivamente.

b. Condiciones de ingreso

Los aspirantes, deberán tener aprobadas todas la Áreas del Ciclo Diagnostico, Tratamiento y Recuperación.

Para la inscripción se completara una ficha provista por el Departamento de Alumnado de la Facultad y se extenderá una constancia de cobertura de seguros.

c. Ámbito de Actividades

- Facultad de Ciencias Médicas

-Centros de Salud Comunitaria

-Servicios de Emergencias y Urgencias

-Consultorios Externos

d. Acceso a las plazas

Finalizado el llamado de exámenes del turno inmediato posterior al inicio de cada ciclo, se abrirá la inscripción en Sección Departamento Registro de Alumnos. En este acto el postulante declarara la/las localidad/desdonde desea realizar la PF.

Cerrado el periodo de inscripción se publicaran las listas de los estudiantes con las localidades y los lugares de práctica asignado. A este respecto se respetaran, siempre que no existan razones de fuerza mayor, las localidades declaradas por los

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estudiantes, en tanto que las rotaciones o etapas en la que comenzara sus practicas será asignada por los encargados de la PF.

De existir un mayor numero de postulantes que plazas disponibles en una localidad, se procederá s un sorteo entre todos los candidatos a dicha localidad para establecer un orden de comienzo, quienes no salgan sorteados serán reasignados sobre las plazas disponibles en la zona original o en Rosario. Si el postulante rechazara la plaza asignada podrá esperar a la próxima rotación, teniendo prioridad para la plaza elegida.

Si algún estudiante presentara motivos de fuerza mayor (laborales, familiares, económicos, etc.) debidamente fundados, tendrá preferencia en la localidad que solicite. Los casos serán resueltos por la comisión de PF.

II. Estructura y Funciones

a. Comision de Pratica Final

Integrantes

1. Responsable Académico (coordinador General)

2. Docentes Coordinadores de áreas – rotación

3. Cuerpo de Instructores integrado por personal de salud que se desempeña en atención Primaria, Servicios de Emergencias y Urgencias, Centro de Salud, Sanatorios y Hospitales.

4. Personal Administrativo.

b. Del Responsable Academico.

1. Evaluar junto a los coordinadores de áreas – rotación y el Comité de Seguimiento, los efectores de salud que ofrezcan plazas para realización de la PF, debiendo decidir si los mismo se adecuan a los requisitos y pautas establecidas para su incorporación.

2. Confeccionar el programa o plan de actividades de la PF.

3. Implementar el desarrollo de las rotaciones de la PF.

4. Evaluar de forma continua la experiencia en los diferentes efectores y el aprovechamiento y evolución del estudiante(practicante)

5. Programar los Cursos de Capacitación Docente para los instructores que se desempeñen en los distintos efectores de salud.

6. Dirigir mantener canales de comunicación con los coordinadores instructores que trabajen a distancia, garantizando un contacto fluido y permanente que permita un funcionamiento homogéneo de todos los efectores.

7. Evaluar el desempeño de los coordinadores e instructores en el cumplimiento de sus funciones.

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c. De los coordinadores de Áreas y Rotaciones:

1. Disponer la distribución de los alumnos en los distintos efectores o Centros de docencia.

2. Supervisar en terreno el cumplimiento de las tareas programadas.

3. Actuar como nexo entre el Cuerpo de Instructores y el Responsable Académico de la PF.

4. Proponer al Responsable modificaciones operaciones operativas superadoras para el cumplimiento de los objetivos previstos.

5. Colaborar con el encargado y los jefes de cada área de atención en la evaluación sobre el aprovechamiento de las actividades por parte de los practicantes y al desarrollo de habilidades y actitudes, en sus aspectos formativos como en la instancia de acreditación final.

6. Reprogramar las rotaciones de los practicantes que no cumplieran con las actividades inherentes al desarrollo de su practica, o que no acreditaren parcial o totalmente la PF.

7. Elevar al Responsable, finalizada cada etapa o rotación las listas de practicantes que acrediten el ciclo.

8. Evaluar la tarea docente de los instructores, pudiendo solicitar la separación de los mismos en caso de incumplimiento de funciones u otras situaciones que impliquen irregularidad o faltas graves.

d. De los Instructores:

1. Desempeñar tareas de Tutor con cada practicante, dirigiendo en forma personal el trabajo diario mientras se desarrolle la practica.

2. Realizar la evaluación continua de los practicantes a su cargo, dejando constancia en la planilla individual de asistencias, el desempeño en cuanto a puntualidad, relación medico – paciente – familia, relación docente – practicante, conocimiento específicos, actitudes y habilidades, planes de promoción, prevención, tareas epidemiológicas, trabajo en equipo y desempeño en relación con el resto de personal de Salud. En las planillas constara a demás información detallada sobre practicas especificas que garanticen la adquisición efectiva y homogénea de competencias indispensables

3. Finalizada la rotación elevara un informe por escrito, acerca del desempeño del estudiante durante la misma.

4. Participar en los cursos y talleres presénciales y a distancia de formación docente continua, de programación y planificación.

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III. Actividades y obligaciones del practicante.

a. Facultad de Ciencias Medicas

1. Completar el 75% de: los cursos y talleres correspondientes a las 3 (tres) rotaciones, desarrollados en el ámbito de la facultad y de la carga horaria de cada una.

2. Cumplir satisfactoriamente con los objetivos particulares de los cursos y talleres realizados.

b. Efectores de salud

1. Completar 3 (tres) rotaciones o etapas que incluyen Emergencias Medicas, Salud Comunitaria y Complejidad Institucional. Las jornadas en ningún caso superaran las 8 (ocho) horas de duración continua.

2. Completar la totalidad de las guardias en los centros o móviles asignados. Las mismas no superaran 8 horas de duración

3. En ningún caso podrá realizar practicas o actividades sin la supervisión de un tutor- instructor o profesional responsable, con una relación instructor- estudiante: 1-1

4. Una vez establecido el calendario mensual de guardias, los practicantes podrán efectuar cambios de persona a persona, notificando dicha modificación a la autoridad de servicio de guardia con una anterioridad minima de 48 horas.

IV Acreditación:

La PF se acreditara con un 75% (setenta y cinco) de la carga horaria prevista para cada una de las etapas o rotaciones y de las guardia asignadas y los cursos realizados en la facultad, tal lo establecido en los Reglamento de Enseñaza y Exámenes de la Carrera de Medicina. Entiéndase como 100% las actividades que pudieron ser realizadas. La acreditación de la PF constara en el legajo del estudiante.

Se realizara una evaluación continua, formativa no eliminatoria, a través de una planilla que considere los siguientes aspectos:

1 Asistencia y puntualidad

2 Relación Medico - Paciente y Medico – Familia

3 Relación Docente – Practicante

4 Conocimiento especifico

5 Actitudes y habilidades

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Ante proyecto presentado por la agrupación MNR

6 Trabajos en planes de promoción, prevención, tareas epidemiológicas, etc.

7 Trabajo en equipo.

Finalizada la última rotación la Comisión de PF recibirá los documentos y materiales con el cumplimiento de las actividades y obtención de las competencias para la acreditación. Así mismo el informe de devolución para el practicante sobre su desempeño en cada rotación. Elevara las actas al departamento Registro de Alumnos dentro de los 7 ( siete ) días posteriores a la finalización. Departamento Registro de Alumnos estregara al estudiante la constancia para el inicio del trámite de egreso

V. Informe de desempeño:

Al final de cada rotación el instructor realizara un informe por escrito del desempeño del practicante bajo su supervisión. En él deberá constar un repaso sobre los 7 (siete) ítems planteados en la planilla de evaluación. Este informe tiene como objetivo generar una devolución institucional al estudiante sobre su desempeño en la PF.

Este informe será elevado a la Comisión de PF y será anexado al legajo del estudiante, permitiendo de esta forma dejar sentada una evaluación cualitativa del desarrollo de las actividades.

VI Disposiciones Generales:

El funcionamiento, la implementación y la calidad de la PF se garantizaran a través del Comité o Comisión de Gestión de PF, integrada por: la Comisión de PF, los Coordinadores de las Practicas Pre-profesionales (Secretaria Académica), representantes de las Comisión de Calidad y Autoevaluación Institucional de La Facultad de Cs Medicas y 2 (dos) representantes estudiantiles que hayan finalizado la PF. Los mismos serán electos por los cursantes de su mismo cohorte

Se establecerá un pre y un post test como herramienta que permita analizar y reflexionar sobre el cumplimiento de los objetivos de la PF con el fin de aplicar las modificaciones que se consideren pertinentes para garantizar la mayor calidad académica a los estudiantes. El pre y post test son ANONIMOS, NO OBLIGATORIOS Y NO VINCULANTES. Bajo ningún punto de vista se podrá exigir al estudiante la realización de los mismos sin su consentimiento.

El cumplimiento de la función del Comité de Gestión se llevara adelante sobre la base de lo que establezca el Consejo Directivo para tal fin.

Las solicitudes de becas u otros beneficios que correspondieran serán gestionadas a través de Secretaria de Políticas Estudiantiles.

Las instancias de excepción, para situaciones no contempladas en el presente reglamento serán cursadas por escrito para ser evaluadas por la Comisión de PF. La Comisión establecerá pertinencia del pedido y la posibilidad de dar de curso favorable.

Para las situaciones en que los estudiantes debe apelar podrá hacerlo a través de sus representaste en la Escuela de Medicina.

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Ante proyecto presentado por la agrupación MNR

Cualquier cuestión no prevista en este Reglamento que exceda las atribuciones de la Comisión de PF, el Comité de Seguimiento y/o la Escuela de Medicina será resuelta por el Consejo Directivo a propuesta o solicitud de la Comisión de PF

Berenice Otero

Consejera Directiva

MNR