anexo 3 es

186

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  • OACI 2007

    8/07, S/P1/400

    Nm. de pedido AN 3

    Impreso en la OACI

    Servicio meteorolgico

    para la navegacin

    area internacional

    Anexo 3

    al Convenio sobre

    Aviacin Civil Internacional

    Esta edicin incorpora todas las enmiendas

    adoptadas por el Consejo antes del 22 de febrero de 2007

    y remplaza, desde el 7 de noviembre de 2007, todas las

    ediciones anteriores del Anexo 3.

    Vase en el Prembulo la informacin

    relativa a la aplicacin de las normas

    y mtodos recomendados.

    Organizacin de Aviacin Civil Internacional

    Normas y mtodos

    recomendados internacionales

    Decimosexta edicin

    Julio de 2007

    Parte I

    SARPS bsicos

    Parte II

    Apndices y adjuntos

  • Los pedidos deben dirigirse a las direcciones siguientes junto con la correspondiente remesa en dlares estadounidenses o en la monedadel pas de compra. Se recomienda el pago con tarjeta de crdito (American Express, MasterCard o Visa) a fin de evitar demoras en lasentregas. En la seccin de Informacin para efectuar pedidos del Catlogo de publicaciones y ayudas audiovisuales de la OACI se presentainformacin sobre el pago con tarjeta de crdito y otros medios.

    International Civil Aviation Organization. Attention: Document Sales Unit, 999 University Street, Montral, Quebec, Canada H3C 5H7Telfono: +1 514-954-8022; Facsmile: +1 514-954-6769; Sitatex: YULCAYA; Correo-e: [email protected]; World Wide Web: http://www.icao.int

    Alemania. UNO-Verlag GmbH, August-Bebel-Allee 6, 53175 BonnTelfono: +49 0 228-94 90 2-0; Facsmile: +49 0 228-94 90 2-22; Correo-e: [email protected]; World Wide Web: http://www.uno-verlag.de

    Camern. KnowHow, 1, Rue de la Chambre de Commerce-Bonanjo, B.P. 4676, Douala / Telfono: +237 343 98 42; Facsmile: + 237 343 89 25;Correo-e: [email protected]

    China. Glory Master International Limited, Room 434B, Hongshen Trade Centre, 428 Dong Fang Road, Pudong, Shangai 200120Telfono: +86 137 0177 4638; Facsmile: +86 21 5888 1629; Correo-e: [email protected]

    Egipto. ICAO Regional Director, Middle East Office, Egyptian Civil Aviation Complex, Cairo Airport Road, Heliopolis, Cairo 11776Telfono: +20 2 267 4840; Facsmile: +20 2 267 4843; Sitatex: CAICAYA; Correo-e: [email protected]

    Eslovaquia. Air Traffic Services of the Slovak Republic, Letov prevdzkov sluby Slovenskej Republiky, State Enterprise, Letisko M.R. tefnika,823 07 Bratislava 21 / Telfono: +421 2 4857 1111; Facsmile: +421 2 4857 2105; Correo-e: [email protected]

    Espaa. A.E.N.A. Aeropuertos Espaoles y Navegacin Area, Calle Juan Ignacio Luca de Tena, 14, Planta Tercera, Despacho 3. 11,28027 Madrid / Telfono: +34 91 321-3148; Facsmile: +34 91 321-3157; Correo-e: [email protected]

    Federacin de Rusia. Aviaizdat, 48, Ivan Franko Street, Moscow 121351 / Telfono: +7 095 417-0405; Facsmile: +7 095 417-0254India. Oxford Book and Stationery Co., 57, Medha Apartments, Mayur Vihar, Phase-1, New Delhi 110 091

    Telfono: +91 11 65659897; Facsmile: +91 11 22743532India. Sterling Book House SBH, 181, Dr. D. N. Road, Fort, Bombay 400001

    Telfono: +91 22 2261 2521, 2265 9599; Facsmile: +91 22 2262 3551; Correo-e: [email protected]. The English Book Store, 17-L Connaught Circus, New Delhi 110001

    Telfono: +91 11 2341-7936, 2341-7126; Facsmile: +91 11 2341-7731; Correo-e: [email protected]. Japan Civil Aviation Promotion Foundation, 15-12, 1-chome, Toranomon, Minato-Ku, Tokyo

    Telfono: +81 3 3503-2686; Facsmile: +81 3 3503-2689Kenya. ICAO Regional Director, Eastern and Southern African Office, United Nations Accommodation, P.O. Box 46294, Nairobi

    Telfono: +254 20 7622 395; Facsmile: +254 20 7623 028; Sitatex: NBOCAYA; Correo-e: [email protected]. Director Regional de la OACI, Oficina Norteamrica, Centroamrica y Caribe, Av. Presidente Masaryk No. 29, 3er. Piso,

    Col. Chapultepec Morales, C.P. 11570, Mxico, D.F.Telfono: +52 55 52 50 32 11; Facsmile: +52 55 52 03 27 57; Correo-e: [email protected]

    Nigeria. Landover Company, P.O. Box 3165, Ikeja, LagosTelfono: +234 1 4979780; Facsmile: +234 1 4979788; Sitatex: LOSLORK; Correo-e: [email protected]

    Per. Director Regional de la OACI, Oficina Sudamrica, Av. Vctor Andrs Belande No. 147, San Isidro, Lima (Centro Empresarial Real, Va Principal No. 102, Edificio Real 4, 4o piso)Telfono: +51 1 611 8686; Facsmile: +51 1 611 8689; Correo-e: [email protected]

    Reino Unido. Airplan Flight Equipment Ltd. (AFE), 1a Ringway Trading Estate, Shadowmoss Road, Manchester M22 5LHTelfono: +44 161 499 0023; Facsmile: +44 161 499 0298 Correo-e: [email protected]; World Wide Web: http://www.afeonline.com

    Senegal. Directeur rgional de lOACI, Bureau Afrique occidentale et centrale, Bote postale 2356, DakarTelfono: +221 839 9393; Facsmile: +221 823 6926; Sitatex: DKRCAYA; Correo-e: [email protected]

    Sudfrica. Avex Air Training (Pty) Ltd., Private Bag X102, Halfway House, 1685, JohannesburgTelfono: +27 11 315-0003/4; Facsmile: +27 11 805-3649; Correo-e: [email protected]

    Suiza. Adeco-Editions van Diermen, Attn: Mr. Martin Richard Van Diermen, Chemin du Lacuez 41, CH-1807 BlonayTelfono: +41 021 943 2673; Facsmile: +41 021 943 3605; Correo-e: [email protected]

    Tailandia. ICAO Regional Director, Asia and Pacific Office, P.O. Box 11, Samyaek Ladprao, Bangkok 10901Telfono: +66 2 537 8189; Facsmile: +66 2 537 8199; Sitatex: BKKCAYA; Correo-e: [email protected]

    5/07

    Catlogo de publicacionesy ayudas audiovisuales de la OACI

    Este catlogo anual comprende los ttulos de todas las publicaciones y ayudas audiovisuales disponibles.En los suplementos al catlogo se anuncian las nuevas publicaciones y ayudas audiovisuales, enmiendas,suplementos, reimpresiones, etc.

    Puede obtenerse gratuitamente pidindolo a la Subseccin de venta de documentos, OACI.

    Publicado por separado en espaol, rabe, francs, ingls y ruso, por la Organizacin de Aviacin Civil Internacional.Toda la correspondencia, con excepcin de los pedidos y suscripciones, debe dirigirse al Secretario General.

  • NOTA DE ENVO

    NUEVAS EDICIONES DE LOS ANEXOS AL CONVENIO SOBRE AVIACIN CIVIL INTERNACIONAL

    Se ha sealado a nuestra atencin que cuando se publica una nueva edicin de un Anexo, los usuarios han estado descartando, junto con la edicin previa del Anexo, el Suplemento de la edicin anterior. Se ruega tomar nota de que el Suplemento de la edicin previa debe conservarsehasta que se publique un nuevo Suplemento.

    NOTA IMPORTANTE SOBRE LA ENMIENDA 74

    Esta nueva edicin incorpora todas las enmiendas de la 1 a la 74 y su fecha de aplicacin es el7 de noviembre de 2007. Sin embargo, algunas disposiciones sobre el uso de pronsticos WAFS, la prolongacin del perodo de validez de los pronsticos de aerdromo y otras enmiendas relativasa claves meteorolgicas aeronuticas se aplicarn el 5 de noviembre de 2008 y no se han incluido en la nueva edicin. Las pginas sustitutivas correspondientes a las disposiciones aplicables en 2008 se enviarn en septiembre de 2007.

  • Anexo 3

    al Convenio sobre

    Aviacin Civil Internacional

    Esta edicin incorpora todas las enmiendas

    adoptadas por el Consejo antes del 22 de febrero de 2007

    y remplaza, desde el 7 de noviembre de 2007, todas las

    ediciones anteriores del Anexo 3.

    Vase en el Prembulo la informacin

    relativa a la aplicacin de las normas

    y mtodos recomendados.

    Organizacin de Aviacin Civil Internacional

    Normas y mtodos

    recomendados internacionales

    Decimosexta edicin

    Julio de 2007

    Parte I

    SARPS bsicos

    Parte II

    Apndices y adjuntos

    Servicio meteorolgico

    para la navegacin

    area internacional

  • ENMIENDAS

    La publicacin de enmiendas y corrigendos se anuncia peridicamente en la Revistade la OACI y en los suplementos mensuales del Catlogo de publicaciones y ayudasaudiovisuales de la OACI, documentos que deberan consultar quienes utilizan estapublicacin. Las casillas en blanco facilitan la anotacin.

    REGISTRO DE ENMIENDAS Y CORRIGENDOS

    ENMIENDAS CORRIGENDOS

    Nm.Fecha deaplicacin

    Fecha deanotacin

    Anotadapor Nm.

    Fecha depublicacin

    Fecha deanotacin

    Anotadopor

    1-74 7/11/07 OACI 1/12/07 OACI

    (ii)

  • ANEXO 3 (iii) 7/11/07

    NDICE Pgina PREMBULO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (ix)

    PARTE I. SARPS BSICOS CAPTULO 1. Definiciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1-1 1.1 Definiciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1-1 1.2 Expresiones de significado restringido . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1-6 CAPTULO 2. Disposiciones generales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2-1 2.1 Finalidad, determinacin y suministro del servicio meteorolgico . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2-1 2.2 Suministro, garanta de calidad y uso de la informacin meteorolgica . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2-2 2.3 Notificacin por parte de los explotadores . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2-3 CAPTULO 3. Sistema mundial de pronsticos de rea y oficinas meteorolgicas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3-1 3.1 Objetivo del sistema mundial de pronsticos de rea . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3-1 3.2 Centros mundiales de pronsticos de rea . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3-1 3.3 Oficinas meteorolgicas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3-2 3.4 Oficinas de vigilancia meteorolgica . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3-2 3.5 Centros de avisos de cenizas volcnicas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3-3 3.6 Observatorios de volcanes de los Estados . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3-4 3.7 Centros de avisos de ciclones tropicales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3-5 CAPTULO 4. Observaciones e informes meteorolgicos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4-1 4.1 Estaciones y observaciones meteorolgicas aeronuticas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4-1 4.2 Acuerdo entre las autoridades de trnsito areo y las autoridades meteorolgicas . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4-2 4.3 Observaciones e informes ordinarios . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4-2 4.4 Observaciones e informes especiales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4-3 4.5 Contenido de los informes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4-3 4.6 Observacin y notificacin de elementos meteorolgicos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4-4 4.7 Notificacin de la informacin meteorolgica a partir de sistemas automticos de observacin . . . . . . 4-6 4.8 Observaciones e informes de actividad volcnica . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4-6 CAPTULO 5. Observaciones e informes de aeronave . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5-1 5.1 Obligaciones de los Estados . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5-1 5.2 Tipos de observaciones de aeronave . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5-1

  • Anexo 3 Servicio meteorolgico para la navegacin area internacional ndice Pgina

    7/11/07 (iv)

    5.3 Observaciones ordinarias de aeronave designacin . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5-1 5.4 Observaciones ordinarias de aeronave exenciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5-2 5.5 Observaciones especiales de aeronave . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5-2 5.6 Otras observaciones extraordinarias de aeronave . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5-2 5.7 Notificacin de las observaciones de aeronave durante el vuelo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5-3 5.8 Retransmisin de aeronotificaciones por las dependencias ATS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5-3 5.9 Registro y notificaciones posteriores al vuelo de las observaciones de aeronave relativas a actividad volcnica . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5-3 CAPTULO 6. Pronsticos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6-1 6.1 Interpretacin y utilizacin de los pronsticos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6-1 6.2 Pronsticos de aerdromo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6-1 6.3 Pronsticos de aterrizaje . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6-2 6.4 Pronsticos de despegue . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6-2 6.5 Pronsticos de rea para vuelos a poca altura . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6-3 CAPTULO 7. Informacin SIGMET y AIRMET, avisos de aerdromo y avisos y alertas de cizalladura del viento . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7-1 7.1 Informacin SIGMET . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7-1 7.2 Informacin AIRMET . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7-1 7.3 Avisos de aerdromo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7-2 7.4 Avisos de cizalladura del viento . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7-2 CAPTULO 8. Informacin climatolgica aeronutica . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8-1 8.1 Disposiciones generales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8-1 8.2 Tablas climatolgicas de aerdromo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8-1 8.3 Resmenes climatolgicos de aerdromo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8-1 8.4 Copias de datos de observaciones meteorolgicas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8-2 CAPTULO 9. Servicio para explotadores y miembros de las tripulaciones de vuelo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9-1 9.1 Disposiciones generales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9-1 9.2 Exposicin verbal, consulta y presentacin de la informacin . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9-3 9.3 Documentacin de vuelo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9-3 9.4 Sistemas de informacin automatizada previa al vuelo para exposicin verbal, consultas, planificacin de vuelos y documentacin de vuelo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9-4 9.5 Informacin para las aeronaves en vuelo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9-4 CAPTULO 10. Informacin para los servicios de trnsito areo y de bsqueda y salvamento, y de informacin aeronutica . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10-1 10.1 Informacin para las dependencias de los servicios de trnsito areo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10-1 10.2 Informacin para las dependencias de los servicios de bsqueda y salvamento . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10-1 10.3 Datos proporcionados a las dependencias de los servicios de informacin aeronutica . . . . . . . . . . . . . 10-1

  • ndice Anexo 3 Servicio meteorolgico para la navegacin area internacional Pgina

    (v) 7/11/07

    CAPTULO 11. Necesidades y utilizacin de las comunicaciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 11-1 11.1 Necesidades en materia de comunicaciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 11-1 11.2 Utilizacin de las comunicaciones del servicio fijo aeronutico Boletines meteorolgicos en formato alfanumrico . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 11-2 11.3 Utilizacin de las comunicaciones del servicio fijo aeronutico Informacin elaborada por el sistema mundial de pronsticos de rea . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 11-2 11.4 Utilizacin de las comunicaciones del servicio mvil aeronutico . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 11-2 11.5 Utilizacin del servicio de enlace de datos aeronuticos Contenido del D-VOLMET .. . . . . . . . . . . . . . . 11-2 11.6 Utilizacin del servicio de radiodifusin aeronutica Contenido de las radiodifusiones VOLMET . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 11-3

    PARTE II. APNDICES Y ADJUNTOS

    APNDICES APNDICE 1. Documentacin de vuelo Modelos de mapas y formularios . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . AP 1-1 APNDICE 2. Especificaciones tcnicas relativas al sistema mundial de pronsticos de rea y a las oficinas meteorolgicas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . AP 2-1 1. Sistema mundial de pronsticos de rea . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . AP 2-1 2. Oficinas meteorolgicas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . AP 2-3 3. Centros de avisos de cenizas volcnicas (VAAC) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . AP 2-4 4. Observatorios de volcanes de los Estados . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . AP 2-4 5. Centros de avisos de ciclones tropicales (TCAC) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . AP 2-5 APNDICE 3. Especificaciones tcnicas relativas a observaciones e informes meteorolgicos . . . . . . . . . . . AP 3-1 1. Disposiciones generales relativas a observaciones meteorolgicas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . AP 3-1 2. Criterios generales relativos a informes meteorolgicos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . AP 3-1 3. Difusin de informes meteorolgicos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . AP 3-4 4. Observacin y notificacin de elementos meteorolgicos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . AP 3-4 APNDICE 4. Especificaciones tcnicas relativas a observaciones e informes de aeronave . . . . . . . . . . . . . AP 4-1 1. Contenido de las aeronotificaciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . AP 4-1 2. Criterios para la notificacin . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . AP 4-3 3. Intercambio de aeronotificaciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . AP 4-5 4. Disposiciones especficas relativas a la notificacin de cizalladura del viento y cenizas volcnicas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . AP 4-5 APNDICE 5. Especificaciones tcnicas relativas a pronsticos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . AP 5-1 1. Criterios relativos a TAF . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . AP 5-1 2. Criterios relativos a los pronsticos de tipo tendencia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . AP 5-5

  • Anexo 3 Servicio meteorolgico para la navegacin area internacional ndice Pgina

    7/11/07 (vi)

    3. Criterios relativos a los pronsticos para el despegue . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . AP 5-8 4. Criterios relativos a los pronsticos de rea para vuelos a poca altura . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . AP 5-8 APNDICE 6. Especificaciones tcnicas relativas a informacin SIGMET y AIRMET, avisos de aerdromo y avisos y alertas de cizalladura del viento . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . AP 6-1 1. Especificaciones relativas a informacin SIGMET . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . AP 6-1 2. Especificaciones relativas a informacin AIRMET . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . AP 6-2 3. Especificaciones relativas a aeronotificaciones especiales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . AP 6-4 4. Criterios detallados respecto a los mensajes SIGMET y AIRMET y a las aeronotificaciones especiales (enlace ascendente) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . AP 6-4 5. Especificaciones relativas a avisos de aerdromo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . AP 6-5 6. Especificaciones relativas a avisos de cizalladura del viento . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . AP 6-6 APNDICE 7. Especificaciones tcnicas relativas a informacin climatolgica aeronutica . . . . . . . . . . . . . AP 7-1 1. Procesamiento de la informacin climatolgica aeronutica . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . AP 7-1 2. Intercambio de informacin climatolgica aeronutica . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . AP 7-1 3. Contenido de la informacin climatolgica aeronutica . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . AP 7-1 APNDICE 8. Especificaciones tcnicas relativas a servicios prestados a explotadores y miembros de las tripulaciones de vuelo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . AP 8-1 1. Medios de proporcionar informacin meteorolgica y formato . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . AP 8-1 2. Especificaciones relativas a la informacin para la planificacin previa al vuelo y nueva planificacin en vuelo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . AP 8-1 3. Especificaciones relativas a exposicin verbal y consultas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . AP 8-2 4. Especificaciones relativas a la documentacin de vuelo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . AP 8-2 5. Especificaciones relativas a los sistemas automatizados de informacin previa al vuelo para exposicin verbal, consultas, planificacin de los vuelos y documentacin de vuelo . . . . . . . . . . . AP 8-5 6. Especificaciones relativas a la informacin para aeronaves en vuelo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . AP 8-5 APNDICE 9. Especificaciones tcnicas relativas a la informacin para los servicios de trnsito areo, los servicios de bsqueda y salvamento y los servicios de informacin aeronutica . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . AP 9-1 1. Informacin que ha de proporcionarse a las dependencias de los servicios de trnsito areo . . . . . . . . . AP 9-1 2. Informacin que ha de proporcionarse a las dependencias de los servicios de bsqueda y salvamento . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . AP 9-3 3. Informacin que ha de proporcionarse a las dependencias de los servicios de informacin aeronutica . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . AP 9-4 APNDICE 10. Especificaciones tcnicas relativas a las necesidades y utilizacin de las comunicaciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . AP 10-1 1. Requisitos especficos para comunicaciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . AP 10-1 2. Uso de las comunicaciones del servicio fijo aeronutico . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . AP 10-2

  • ndice Anexo 3 Servicio meteorolgico para la navegacin area internacional Pgina

    (vii) 7/11/07

    3. Uso de las comunicaciones del servicio mvil aeronutico . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . AP 10-3 4. Uso del servicio de enlace de datos aeronuticos D-VOLMET . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . AP 10-3 5. Uso del servicio de radiodifusin aeronutica Radiodifusiones VOLMET . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . AP 10-4

    ADJUNTOS ADJUNTO A. Precisin de la medicin u observacin, operacionalmente conveniente . . . . . . . . . . . . . . . . . ADJ A-1 ADJUNTO B. Precisin de los pronsticos operacionalmente conveniente . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ADJ B-1 ADJUNTO C. Seleccin de criterios aplicables a los informes de aerdromo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ADJ C-1 ADJUNTO D. Conversin de las indicaciones por instrumentos en valores de alcance visual en la pista y de la visibilidad . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ADJ D-1

  • ANEXO 3 (ix) 7/11/07

    PREMBULO

    Antecedentes Las normas y mtodos recomendados relativos a meteorologa fueron adoptados inicialmente por el Consejo el 16 de abril de 1948, de conformidad con lo dispuesto en el Artculo 37 del Convenio sobre Aviacin Civil Internacional (Chicago, 1944), con la designacin de Anexo 3 al Convenio, y el ttulo Normas y mtodos recomendados Claves meteorolgicas. Las normas y mtodos recomendados se basaron en recomendaciones de la Conferencia Especial del Departamento de meteorologa que se celebr en septiembre de 1947. En la Tabla A se indica el origen de las enmiendas subsiguientes, junto con una lista de los temas principales a que se refieren y las fechas en que el Consejo adopt o aprob el Anexo y las enmiendas, las fechas en que surtieron efecto y las de aplicacin.

    Medidas que han de tomar los Estados contratantes Notificacin de diferencias. Se seala a la atencin de los Estados contratantes la obligacin que les impone el Artculo 38 del Convenio, en virtud del cual se pide a los Estados contratantes que notifiquen a la Organizacin cualquier diferencia entre sus reglamentos y mtodos nacionales y las normas internacionales contenidas en este Anexo y en las enmiendas del mismo. Se pide a los Estados contratantes que en su notificacin incluyan las diferencias respecto a los mtodos recomendados contenidos en este Anexo y en las enmiendas del mismo, cuando la notificacin de dichas diferencias sea de importancia para la seguridad de la navegacin area. Adems, se invita a los Estados contratantes a que mantengan a la Organizacin debidamente informada de todas las diferencias subsiguientes, o de la eliminacin de cualquiera de ellas notificada previamente. Inmediatamente despus de la adopcin de cada enmienda de este Anexo, se enviar a los Estados contratantes una solicitud especfica para la notificacin de diferencias. Tambin se solicita la atencin de los Estados sobre las disposiciones del Anexo 15 relativas a la publicacin de diferencias entre su reglamento y mtodos nacionales y las correspondientes normas y mtodos recomendados de la OACI, por medio del servicio de informacin aeronutica, adems de la obligacin que les impone el Artculo 38 del Convenio. Promulgacin de informacin. El establecimiento, supresin o cambios de instalaciones, servicios y procedimientos que afecten a las operaciones de aeronaves proporcionados de conformidad con las normas y mtodos recomendados que se especifican en este Anexo deberan notificarse y efectuarse de acuerdo con lo dispuesto en el Anexo 15. Uso del texto del Anexo en los reglamentos nacionales. En su resolucin del 13 de abril de 1948, el Consejo hizo patente a los Estados contratantes la conveniencia de que, en la medida de lo posible, emplearan en sus propios reglamentos nacionales la misma redaccin de las normas de la OACI que son de carcter preceptivo, y, adems, que indicaran las diferencias respecto a las normas, as como tambin las dems disposiciones nacionales que tuvieran importancia para la seguridad y regularidad de la navegacin area. Siempre que ha sido posible, las disposiciones de este Anexo se han redactado de manera que puedan incluirse en las legislaciones nacionales sin variaciones importantes.

    Carcter de cada una de las partes componentes del Anexo Los Anexos constan generalmente de las siguientes partes, aunque no necesariamente, y cada una de ellas tiene el carcter que se indica:

  • Anexo 3 Servicio meteorolgico para la navegacin area internacional Prembulo

    7/11/07 (x)

    1. Texto que constituye el Anexo propiamente dicho: a) Normas y Mtodos recomendados que el Consejo ha adoptado de conformidad con las disposiciones del Convenio.

    Su definicin es la siguiente:

    Norma. Toda especificacin de caractersticas fsicas, configuracin, material, performance, personal o proce-dimiento, cuya aplicacin uniforme se considera necesaria para la seguridad o regularidad de la navegacin area internacional y a la que, de acuerdo con el Convenio, se ajustarn los Estados contratantes. En el caso de que sea imposible su cumplimiento, el Artculo 38 del Convenio estipula que es obligatorio hacer la correspondiente notificacin al Consejo.

    Mtodo recomendado. Toda especificacin de caractersticas fsicas, configuracin, material, performance, personal o procedimiento, cuya aplicacin uniforme se considera conveniente por razones de seguridad, regularidad o eficiencia de la navegacin area internacional, y a la cual, de acuerdo con el Convenio, tratarn de ajustarse los Estados contratantes.

    b) Apndices con texto que por conveniencia se agrupa por separado, pero que forma parte de las normas y mtodos

    recomendados que ha adoptado el Consejo. c) Definiciones de la terminologa empleada en las normas y mtodos recomendados, que no es explcita porque no

    tiene el significado corriente. Las definiciones no tienen carcter independiente, pero son parte esencial de cada una de las normas y mtodos recomendados en que se usa el trmino, ya que cualquier cambio en el significado de ste afectara la disposicin.

    d) Tablas y Figuras que aclaran o ilustran una norma o mtodo recomendado y a las cuales stos hacen referencia,

    forman parte de la norma o mtodo recomendado correspondiente y tienen el mismo carcter.

    2. Texto aprobado por el Consejo para su publicacin en relacin con las normas y mtodos recomendados (SARPS): a) Prembulos que comprenden antecedentes histricos y textos explicativos basados en las medidas del Consejo, y que

    incluyen una explicacin de las obligaciones de los Estados, dimanantes del Convenio y de las resoluciones de adopcin, en cuanto a la aplicacin de las normas y mtodos recomendados.

    b) Introducciones que contienen texto explicativo al principio de las partes, captulos y secciones de los Anexos a fin de

    facilitar la comprensin de la aplicacin del texto. c) Notas intercaladas en el texto, cuando corresponde, que proporcionan datos o referencias acerca de las normas o

    mtodos recomendados de que se trate, sin formar parte de tales normas o mtodos recomendados. d) Adjuntos que comprenden textos que suplementan los de las normas y mtodos recomendados, o incluidos como

    orientacin para su aplicacin.

    Eleccin de idioma Este Anexo se ha adoptado en cinco idiomas espaol, rabe, francs, ingls y ruso. Se pide a cada uno de los Estados contratantes que elija uno de estos textos para los fines de aplicacin nacional y dems efectos previstos en el Convenio, ya sea para utilizarlo directamente o mediante traduccin a su propio idioma, y que notifique su preferencia a la Organizacin.

    Presentacin editorial Para facilitar la lectura e indicar su condicin respectiva, las Normas aparecen en tipo corriente; y los Mtodos recomen-dados y las Notas en letra bastardilla precedidas de la palabra Recomendacin y Nota, respectivamente.

  • Prembulo Anexo 3 Servicio meteorolgico para la navegacin area internacional

    (xi) 7/11/07

    Al redactar las especificaciones se ha seguido la prctica de utilizar el futuro del verbo cuando se trata de las Normas y el auxiliar debera en el caso de los Mtodos recomendados. Toda referencia hecha a cualquier parte de este documento, identificada por un nmero, comprende todas las subdivisiones de dicha parte.

    Aplicacin Las normas y mtodos recomendados contenidos en este documento regulan la aplicacin de los Procedimientos suple-mentarios regionales (Doc 7030), documento ste en que figuran las declaraciones relativas a la eleccin regional respecto a los casos en que este Anexo permite la opcin.

    Responsabilidad De acuerdo con una disposicin similar que figura en el Prembulo del Anexo 6, Parte II, la responsabilidad que de acuerdo con las disposiciones del Anexo 3 incumbe a un explotador recae, en el caso de la aviacin general internacional, en el piloto al mando.

    Relacin con las correspondientes publicaciones de la OMM Las disposiciones contenidas en el Anexo 3, si se exceptan ligeras diferencias de redaccin, son idnticas a las que aparecen en el Reglamento Tcnico (Captulo C.3.1) de la Organizacin Meteorolgica Mundial (OMM). Los formatos correspondientes a las claves meteorolgicas aeronuticas a que se hace referencia en el Anexo 3 son preparados por la Organizacin Meteorolgica Mundial a base de los requisitos aeronuticos contenidos en este Anexo, o que establece de vez en cuando el Consejo. Los formatos de las claves meteorolgicas aeronuticas son promulgados por la OMM en su Publicacin nm. 306 Manual de claves, Volumen I.

    Tabla A. Enmiendas del Anexo 3

    Enmiendas Origen Temas

    Adoptada/Aprobada Surti efecto

    Aplicable

    1a edicin Segunda Conferencia del Departamento de meteorologa

    Claves meteorolgicas para la transmisin de informacin meteorolgica con fines aeronuticos.

    16 de abril de 1948 15 de septiembre de 1948 1 de enero de 1949

    1 a 21 (2a edicin)

    Conferencia Especial del Departamento de meteorologa

    Actualizacin y mejora de las claves meteorolgicas. 17 de septiembre de 194823 de diciembre de 1948 1 de enero de 1949

    22 a 37

    Tercera Conferencia del Departamento de meteorologa

    Uso de lenguaje claro y de una clave simplificada para indicar las condiciones de vuelo en las aeronotificaciones.

    28 de mayo de 1951 1 de octubre de 1951 1 de enero de 1952

    38 (3a edicin)

    Primera Conferencia de navegacin area

    Introduccin del formulario AIREP para la transmisin de aeronotificaciones por radiotelefona o radiotelegrafa.

    15 de diciembre de 1953 1 de agosto de 1954 1 de septiembre de 1954

    39 Primera Conferencia de navegacin area

    Introduccin de una clave POMAR revisada para la transmisin de aeronotificaciones por radiotelegrafa.

    18 de mayo de 1954 20 de agosto de 1954 1 de septiembre de 1954

  • Anexo 3 Servicio meteorolgico para la navegacin area internacional Prembulo

    7/11/07 (xii)

    Enmiendas Origen Temas

    Adoptada/Aprobada Surti efecto

    Aplicable

    40 Organizacin Meteorolgica Mundial

    Nuevas claves meteorolgicas aeronuticas numricas en forma de Adjuntos, que sustituan a las que hasta entonces aparecan en las normas y prcticas recomendadas, (exceptuada la clave POMAR).

    28 de septiembre de 1954 1 de enero de 1955 1 de enero de 1955

    41 Cuarta Conferencia del

    Departamento de meteorologa Introduccin de normas y mtodos recomendados para regular

    las obligaciones de los Estados contratantes en relacin con el establecimiento de una organizacin meteorolgica en cada uno de ellos, adecuados para dar cumplimiento a los Artculos 28 y 37 del Convenio; cambio consiguiente del ttulo del Anexo 3 para que dijera Normas y mtodos recomendados internacionales Meteorologa.

    1 de abril de 1955 1 de agosto de 1955 1 de enero de 1956

    42 (4a edicin)

    Segunda Conferencia de navegacin area

    Simplificacin de las especificaciones detalladas relativas al mtodo para determinar la posicin, contenidas en los formularios de aeronotificacin AIREP y POMAR.

    8 de mayo de 1956 1 de septiembre de 1956 1 de diciembre de 1956

    43 Tercera Conferencia de navegacin area

    Introduccin del trmino informacin SIGMET para remplazar los trminos mensajes de aviso y mensajes de advertencia, enmienda de la tabla de Estado del mar en la clave POMAR.

    13 de junio de 1957 1 de octubre de 1957 1 de diciembre de 1957

    44 Conferencia de los Departa- mentos de reglamento del aire, servicios de trnsito areo/ bsqueda y salvamento

    Introduccin de cambios en la lista de elementos contenidos en la Seccin 1 (Informe de posicin) del formulario AIREP de aeronotificacin supresin del elemento Condiciones de vuelo y enmienda del ltimo elemento de la seccin para que dijera, Posicin siguiente y hora a que se sobrevolar.

    18 de febrero de 1960 1 de mayo de 1960 1 de agosto de 1960

    45 Conferencia de los Departa- mentos de reglamento del aire, servicios de trnsito areo/ bsqueda y salvamento

    Enmienda en los modelos de formularios AIREP y POMAR de aeronotificacin, como consecuencia de la Enmienda 44.

    18 de febrero de 1960

    1 de agosto de 1960

    46 Organizacin Meteorolgica Mundial

    Actualizacin de las claves meteorolgicas aeronuticas numricas introducidas por la OMM, al 1 de enero de 1960.

    8 de junio de 1960

    8 de junio de 1960

    47 (5a edicin)

    Quinta Conferencia del Departamento de meteorologa

    Enmienda de los procedimientos relativos a las observaciones e informes meteorolgicos de las aeronaves, modificando los referentes a observaciones especiales e introduciendo requisitos en cuanto a observaciones adicionales; supresin del formulario POMAR de aeronotificacin; eliminacin de la vigilancia meteoro- lgica en vuelo e introduccin del servicio de pronsticos en ruta para complementar la vigilancia meteorolgica de rea; enmienda de las disposiciones relativas a las condiciones meteorolgicas a lo largo de la ruta hasta un aerdromo de alternativa.

    2 de diciembre de 1960 1 de abril de 1961 1 de julio de 1961

    48 Quinta Conferencia del Departamento de meteorologa

    Enmienda del modelo de formulario AIREP de aeronotificacin, para reflejar los cambios efectuados en los procedimientos rela- tivos a las observaciones e informes meteorolgicos de las aero- naves, como consecuencia de una enmienda de los PANS-RAC.

    2 de diciembre de 1960

    1 de julio de 1961

    49 Quinta Conferencia del Departamento de meteorologa

    Introduccin de la definicin del valor de D. 8 de abril de 1963 1 de agosto de 1963 1 de noviembre de 1963

    50 Organizacin Meteorolgica Mundial

    Actualizacin de las claves meteorolgicas aeronuticas numricas introducidas por la OMM, al 1 de enero de 1964.

    18 de marzo de 1964

    18 de marzo de 1964

  • Prembulo Anexo 3 Servicio meteorolgico para la navegacin area internacional

    (xiii) 7/11/07

    Enmiendas Origen Temas

    Adoptada/Aprobada Surti efecto

    Aplicable

    51 (6a edicin)

    Conferencia de los Departa- mentos de meteorologa y de operaciones

    Introduccin del requisito de que las observaciones se hagan en lugares en que stas sean representativas del rea para la cual se requieren principalmente; ampliacin de los criterios respecto a aeronotificaciones especiales para que comprendan fenmenos que puedan probablemente afectar a la eficiencia y a la seguridad, y supresin del requisito relativo a observaciones adicionales de aeronaves, con arreglo a criterios acordados regionalmente; supresin, en el formulario AIREP de aeronotificacin, de los datos correspondientes al valor de D, condiciones meteorolgicas y nubes como datos regulares; introduccin de un modelo modificado de formulario AIREP; modificaciones en las disposiciones relativas a las formas de mensajes meteorolgicos previendo el intercambio de informacin en forma grfica; introduccin de la definicin de lenguaje claro.

    31 de mayo de 1965 1 de octubre de 1965 10 de marzo de 1966

    52 Organizacin Meteorolgica Mundial

    Actualizacin de las claves meteorolgicas aeronuticas numricas introducidas por la OMM, al 10 de marzo de 1966.

    12 de diciembre de 1966

    12 de diciembre de 1966

    53 Conferencia departamental de meteorologa y operaciones

    Introduccin de disposiciones que permiten el acuerdo regional de navegacin area sobre el uso de una forma grfica de mensaje para la difusin de pronsticos; sustitucin del trmino forma simblica de mensajes por una descripcin ms especfica de la forma de mensaje a la que dicha expresin se propona referirse.

    12 de diciembre de 1966 12 de abril de 1967 24 de agosto de 1967

    54 Organizacin Meteorolgica Mundial

    Actualizacin de las claves meteorolgicas aeronuticas numricas introducidas por la OMM, al 1 de enero de 1968.

    13 de junio de 1967

    1 de enero de 1968

    55 Francia Introduccin de disposiciones que permiten hacer cambios en las aeronotificaciones antes de su notificacin entre puntos terrestres.

    16 de diciembre de 1968 16 de abril de 1969 18 de septiembre de 1969

    56 (7a edicin)

    Sexta Conferencia de navegacin area

    Introduccin de: especificaciones relativas a los centros de pronsticos de rea; especificaciones simplificadas relativas a las oficinas meteorolgicas, con objeto de que reflejen la creciente centralizacin; ampliacin de los informes de aero- naves que comprendan condiciones meteorolgicas adversas encontradas durante la subida inicial y la aproximacin final; notificacin ordinaria por las aeronaves de viento instantneo en vez de viento medio; criterios mejorados para los informes en vuelo de la intensidad de la turbulencia; nueva definicin de oficina de notificacin de los servicios de trnsito areo y cambios en la definicin de dependencia de servicios de trnsito areo, cambios en las claves meteorolgicas aero- nuticas introducidas por la OMM, al 18 de septiembre de 1969.

    15 de mayo de 1970 15 de septiembre de 1970 4 de febrero de 1971

    57 Segunda Reunin del Grupo tcnico de expertos sobre operacin de aeronaves supersnicas de transporte

    Enmienda de la definicin de informacin SIGMET a fin de tener en cuenta las necesidades de las operaciones de aero- naves supersnicas de transporte; introduccin de disposi- ciones relativas a la realizacin y anotacin de observaciones especiales siempre que se encuentre turbulencia moderada, granizo o cumulonimbus durante el vuelo transnico o supersnico.

    19 de marzo de 1971 6 de septiembre de 1971 6 de enero de 1972

    58 Organizacin Meteorolgica Mundial

    Actualizacin de las claves meteorolgicas aeronuticas introducidas por la OMM, al 1 de enero de 1972.

    19 de marzo de 1971

    6 de enero de 1972

  • Anexo 3 Servicio meteorolgico para la navegacin area internacional Prembulo

    7/11/07 (xiv)

    Enmiendas Origen Temas

    Adoptada/Aprobada Surti efecto

    Aplicable

    59 Sexta Conferencia de navegacin area

    Permitir la omisin de informacin sobre la posicin siguiente y hora en que se sobrevolar de la Seccin 1 de las aeronotifica- ciones intercambiadas entre oficinas meteorolgicas; introduccin de modificaciones en el formato y los datos convencionales del formulario modelo de aeronotificacin para que fuese adecuado para la insercin directa en las computadoras.

    24 de marzo de 1972 24 de julio de 1972 7 de diciembre de 1972

    60 (8a edicin)

    Sexta Conferencia de navega- cin area. Octava Conferencia de navegacin area. Reunin departamental de meteorologa (1974)

    Revisin completa del Anexo 3, incorporando los PANS-MET, cuyas especificaciones se consideran adecuadas para su inclusin en el Anexo 3 como normas y mtodos recomendados; la revisin tom en consideracin los requisitos operacionales aprobados recientemente y los mtodos actuales para cumplir con ellos; intro- duccin de nuevas normas y mtodos recomendados relativos a los servicios para explotadores y miembros de las tripulaciones de vuelo, informacin meteorolgica para los servicios de trnsito areoy para los de bsqueda y salvamento, juntamente con necesidades encuanto a comunicaciones y a su utilizacin; por consiguiente, el ttulo del Anexo 3 se cambi por el de Servicio meteorolgico para la navegacin area internacional.

    26 de noviembre de 197526 de marzo de 1976 12 de agosto de 1976

    61 Novena Conferencia de navegacin area. Reunin departamental de meteorologa (1974)

    Nuevas disposiciones y revisin de las disposiciones existentes para mejorar la coordinacin entre las oficinas/estaciones meteorolgicas y las dependencias de servicios de trnsito areo y el suministro de informacin meteorolgica a estas ltimas; nuevas especificaciones relativas a las observaciones e informes para el despegue y el aterrizaje; introduccin de una nota referente a las especificaciones del Anexo 14 destinadas a reducir al mnimo los riesgos para las aeronaves debidos al emplazamiento y construccin de instalaciones y equipo en las zonas de operaciones; sustitucin de la expresin aeronaves supersnicas de transporte por la expresin aeronaves supersnicas; actualizacin de la Parte 2, Apndice 2; revisin de las definiciones de nefanlisis y de nivel de vuelo; supresin del Adjunto D Claves meteo- rolgicas aeronuticas.

    14 de diciembre de 1977 14 de abril de 1978 10 de agosto de 1978

    62 Octava Conferencia de navegacin area y Consejo de la OACI

    Inclusin en el Apndice 1 de modelos de mapas y formularios elaborados por la OMM a base de los requisitos operacionales contenidos en el Anexo 3. Transferencia de los designadores de datos geogrficos del Apndice 2 del Anexo 3 al Manual de mtodos meteorolgicos aeronuticos (Doc 8896).

    26 de junio de 1978 26 de octubre de 1978 29 de noviembre 1979

    63 Reunin departamental MET (1974). Secretara de la OACI. Grupo de expertos sobre servicios de informacin de vuelo para las operaciones. Novena Conferencia de nave- gacin area. Doc 9328

    Definicin de Boletn meteorolgico; correccin de las defi- ciencias en la difusin de las aeronotificaciones entre estaciones terrestres; educcin del nmero de mensajes SIGMET relativos al rea tormentosa activa; supresin de la referencia a las lneas de notificacin; referencia al nuevo Manual de mtodos para la observacin y notificacin del alcance visual en la pista.

    23 de marzo de 1981 23 de julio de 1981 26 de noviembre de 1981

    64 Secretara de la OACI Nuevas disposiciones y revisin de las actuales para satisfacer los requisitos operacionales relacionados con la observacin y notifi- cacin de la cizalladura del viento a poca altura, comprendida la introduccin de avisos de la cizalladura del viento para las fases de ascenso y aproximacin del vuelo.

    6 de diciembre de 1982 6 de abril de 1983 24 de noviembre de 1983

    65 (9a edicin)

    Reunin departamental de comunicaciones/meteorologa (1982); tercera reunin del Grupo de expertos ADAPT

    Nuevas disposiciones y revisin de las actuales relacionadas con la introduccin del nuevo sistema mundial de pronsticos de rea; mtodos de intercambio de datos meteorolgicos operacionales; mejoramiento de la precisin de la evaluacin y notificacin del alcance visual en la pista.

    10 de junio de 1983 10 de octubre de 1983 22 de noviembre de 1984

  • Prembulo Anexo 3 Servicio meteorolgico para la navegacin area internacional

    (xv) 7/11/07

    Enmiendas Origen Temas

    Adoptada/Aprobada Surti efecto

    Aplicable

    66 (10a edicin)

    Reunin departamental de comu- nicaciones/meteorologa (1982). Segunda reunin regional de navegacin area Asia/Pacfico. Vigsima segunda y vigsima tercera reuniones del Grupo Europeo de Planificacin de la Navegacin Area. Organiza- cin Meteorolgica Mundial. Recomendaciones de la ANC relativas al mtodo de indicar la fecha/hora y las unidades de medida. Secretara de la OACI

    Enmienda de las disposiciones relativas a la transmisin fuera del aerdromo de la informacin sobre la cizalladura del viento, criterios de publicacin de los informes especiales seleccionados, inclusin de la informacin sobre nubes en los pronsticos de aerdromo, documentacin de vuelo que ha de proporcionarse a los de corta distancia, formato de los mensajes SIGMET y encabezamiento de los boletines meteorolgicos; incorporacin al Anexo 3 de unidades de medida y de la forma de indicar la hora en armona con las disposiciones del Anexo 5.

    24 de marzo de 1986 27 de julio de 1986 20 de noviembre de 1986

    67 Reunin departamental de comunicaciones/meteorologa (1982). Vigsima segunda y vigsima quinta reuniones del Grupo Europeo de Planificacin de la Navegacin Area. Secretara de la OACI. Organizacin Meteorolgica Mundial

    Enmienda de las disposiciones relativas a los reglajes de la inten- sidad luminosa utilizados en la evaluacin del RVR; identificacin de determinados aerdromos y supresin del requisito de incluir en los mapas del WAFS los crculos de temperatura; hora de transmisin a los usuarios de pronsticos de los centros regionales de pronsticos de rea; introduccin de disposiciones para emitir y difundir avisos de cenizas volcnicas; incorporacin de unidades de la velocidad del viento en los ejemplos de claves meteorolgicas aeronuticas; modificacin de los elementos de las aeronotifi- caciones en el Anexo 3 para que coincidan con los PANS-RAC; enmiendas de ndole editorial del ejemplo de mensaje SIGMET.

    27 de marzo de 1987 27 de julio de 1987 19 de noviembre de 1987

    68 Reunin departamental de comunicaciones/meteorologa (1982). Secretara de la OACI. Organizacin Meteorolgica Mundial

    Enmienda de las disposiciones relativas a la identificacin de los puntos de notificacin del RVR; criterios para la expedicin de informes especiales seleccionados notificando cambios del RVR; valores del RVR en la zona de toma de contacto para todas las pistas de aterrizaje que han de incluirse en los informes difundidos ms all del aerdromo; modelos de mapas y formularios para la documentacin de vuelo; expedicin y actualizacin de los mensajes SIGMET relativos a nubes de cenizas volcnicas; disposiciones explcitas relativas a la necesidad de proporcionar datos MET a las dependencias de los servicios de informacin aeronutica; armonizacin con el Anexo 10 de las definiciones de red de telecomunicaciones fijas aeronuticas y de servicio mvil aeronutico; armonizacin de la terminologa del prrafo 6.3.1 con la de los PANS-OPS, Volumen II, Parte III; y enmiendas de redaccin en el prrafo 3.3.7 suprimiendo los niveles equivalentes de presin; ejemplo de informe SPECI; cambio de la referencia en el Adjunto B, Parte 3, prrafo 1.4 b); y cambio en la nota al pie del Adjunto C relativa a la visibilidad y al RVR.

    21 de marzo de 1989 23 de julio de 1989 16 de noviembre de 1989

    69 (11a edicin)

    Reunin departamental de comunicaciones/meteorologa/ operaciones (1990). Secretara de la OACI

    Enmienda de las disposiciones relativas a la transicin a la fase final de WAFS; claves meteorolgicas aeronuticas y textos de orientacin sobre la seleccin de criterios aplicable a los informes de aerdromo; informacin climatolgica aeronutica, informacin SIGMET y textos de orientacin conexos para la expedicin de mensajes SIGMET; estaciones automticas de observacin meteo- rolgica para operaciones de helicpteros; y armonizacin con el Anexo 6, Partes I y II con respecto a la definicin de aerdromo de alternativa.

    23 de marzo de 1992 27 de julio de 1992 12 de noviembre de 1992; 1 de julio de 1993

  • Anexo 3 Servicio meteorolgico para la navegacin area internacional Prembulo

    7/11/07 (xvi)

    Enmiendas Origen Temas

    Adoptada/Aprobada Surti efecto

    Aplicable

    70 (12a edicin)

    Reunin departamental de comunicaciones/meteorologa/ operaciones (1990). Reunin regional limitada de navegacin area Atlntico septentrional (COM/MET/RAC) (1992). Tercera Reunin regional de navegacin area Asia/Pacfico (1993). GEPNA/32. Secretara de la OACI

    Definiciones de informacin AIRMET, vuelo a grandes distancias, pronstico de rea GAMET, control de operaciones y cicln tropical;enmienda de las disposiciones relativas a la resolucin horizontal y clave que se utilizar para los pronsticos reticulares de los vientos y las temperaturas en altitud preparados por los centros mundiales de pronsticos de rea; expedicin de informes especiales sobre cambios de temperatura en los aerdromos; disposiciones sobre notificacin y pronsticos relativos a la informacin meteorolgica en los aerdromos, que sirven de base para establecer las claves meteorolgicas aeronuticas y enmienda consiguiente de los modelos A1, A2, TA1, TA2 y SN, con el fin tener en cuenta las claves meteorolgicas aeronuticas actualizadas; aeronotifica- ciones automatizadas; suministro de informacin sobre fenmenos meteorolgicos peligrosos para los vuelos a poca altura; indicacin del valor mnimo de umbral asignado a la velocidad mxima del viento en la superficie que debera requerir la expedicin de los SIGMET correspondientes a ciclones tropicales; observacin y notificacin de la cizalladura del viento para tener en cuenta la nuevatecnologa del equipo terrestre de observacin de la cizalladura del viento; intercambio interregional de METAR y SPECI para dar apoyo a los vuelos a grandes distancias y vuelos a grandes distanciasque se realizan con control de operaciones centralizado; enmienda editorial en la versin inglesa para sustituir el trmino line squall por squall line por ser ste ltimo el ms comnmente utilizado para designar una lnea de tormentas; enmiendas editoriales de los modelos SWL y SN para armonizar la descripcin del nivel de engelamiento, y correcciones editoriales del modelo A2; inclusin, en el modelo SN, de los smbolos para describir en la documentacinde vuelo las erupciones volcnicas, el estado del mar y la temperatura en la superficie del mar; actualizacin de los textos deorientacin sobre precisin de la medicin u observacin operacio- nalmente conveniente y actualmente obtenible; introduccin de los criterios pertinentes para incluir las ondas orogrficas fuertes en la informacin SIGMET.

    17 de marzo de 1995 24 de julio de 1995 1 de enero de 1996

    71 (13a edicin)

    Reunin regional limitada de navegacin area Atlntico septentrional (COM/MET/RAC) (1992). Tercera Reunin regional de navegacin Area Asia/Pacfico (1993). 38 Reunin del Grupo Europeo de Planificacin de la Navegacin Area (GEPNA/38). Estados Unidos. Secretara de la OACI

    Definiciones de vigilancia dependiente automtica, principios relativos a factores humanos, vigilancia de los volcanes en las aerovas internacionales, nivel, centro de avisos de ciclones tropicales, centro de avisos de cenizas volcnicas y servicio por enlace de datos VOLMET; enmienda de las disposiciones relativas a la indicacin de la autoridad meteorolgica designada en las AIP de los Estados; introduccin de la funcin de los principios relativos a factores humanos; inclusin de pronsticos de vientos/temperaturas en altitud del WAFS con perodo de validez de 6 horas y 36 horas; introduccin de requisitos y un nuevo modelo para los avisos de cenizas volcnicas en formato grfico; especificacin de la frecuencia de actualizacin de los avisos de cenizas volcnicas y funcin especfica de los VAAC y TCAC; enmienda de carcter editorial para lograr coherencia en el orden de utilizacin de los trminos RVR y RWY; enmienda de las abreviaturas utilizadas para la notificacin del tiempo presente; introduccin de requisitos relativos al servicio por enlace de datos VOLMET; enmiendas de carcter editorial relativas a las aeronotificaciones; inclusin de la temperatura pronosticada en los pronsticos de aerdromo; introduccin de requisitos para la normalizacin de los pronsticos de rea y de la documentacin de vuelo para los vuelos a poca altura y enmiendas consiguientes del Apndice Modelos de mapas y formularios; supresin de la

    11 de marzo de 1998 20 de julio de 1998 5 de noviembre de 1998

  • Prembulo Anexo 3 Servicio meteorolgico para la navegacin area internacional

    (xvii) 7/11/07

    Enmiendas Origen Temas

    Adoptada/Aprobada Surti efecto

    Aplicable

    especificacin sobre uso de un idioma nacional en conexin con los mensajes SIGMET; introduccin de requisitos para el suministro de informacin meteorolgica mediante los sistemas automatizados de informacin previa al vuelo; introduccin del requisito de suministrode informacin meteorolgica para la planificacin centralizada de los vuelos en los vuelos a grandes distancias; definiciones cuanti- tativas de nubes CB y tormentas, que se utilizarn en los mapas SIGWX del WAFS y enmiendas consiguientes de los textos de orientacin.

    72 (14a edicin)

    Reunin regional limitada de navegacin area Oriente Medio (COM/MET/RAC) RAN (1996). Novena reunin del Grupo regional ASIA/PAC de plani- ficacin y ejecucin de la navegacin area. 36, 39, 40 reuniones del Grupo Europeo de Planificacin de la Navega- cin Area. Asociacin del Transporte Areo Interna- cional. Secretara

    Cambios a las definiciones de centro mundial de pronsticos de rea;centro regional de pronsticos de rea; datos reticulares en forma numrica; miembro de la tripulacin de vuelo y piloto al mando; introduccin de definiciones para altitud mnima de sector, control de calidad, garanta de calidad; gestin de calidad; sistema de calidady visibilidad; introduccin de requisitos sobre el intercambio global de informacin OPMET; formato actualizado para los mensajes de aviso de cenizas volcnicas y ciclones tropicales; introduccin de requisitos sobre la transmisin de informacin sobre la emisin accidental de materiales radiactivos; incorporacin del smbolo de radiacin en los mapas SIGWX del WAFS; requisitos operacionalesactualizados para los datos del sistema mundial de pronsticos de rea (WAFS) sobre el aumento de la frecuencia de la expedicin de datos WAFS sobre el viento/temperatura en altitud a cuatro veces por da; incorporacin del FL140 y la humedad en los datos globalesGRIB; introduccin de la clave BUFR; incorporacin de los smbolos de vientos fuertes de superficie y oscurecimiento de montaa en los mapas SIGWX de bajo nivel; requisitos opera- cionales para las claves aeronuticas MET relativas a la introduccinde fraseologas VOLMET normalizadas; utilizacin uniforme de grupos de fecha/hora en las formas de claves METAR y TAF; nivel de referencia adicional para la altura de las nubes y el nivel de engelamiento en los mensajes GAMET; discriminacin entre mejoras y deterioro de la visibilidad, base de nubes y visibilidad vertical en los informes y pronsticos de aerdromos; introduccin de plantilla para los informes meteorolgicos locales METAR/ SPECI, TAF y SIGMET; el algoritmo para notificar turbulencia y suministro de un ndice de turbulencia, as como la interpretacin operacional del ndice de turbulencia; disposiciones para el componente MET para los sistemas automatizados de informacin previa al vuelo y de informacin armonizada AIS/MET previa al vuelo; disposiciones sobre garanta de calidad y control de calidad de la informacin MET; informacin SIGMET en formato grfico y criterios cuantitativos para los mensajes SIGMET; incorporacin de medidores de dispersin frontal en las disposiciones sobre RVR; y enmiendas de redaccin.

    7 de marzo de 2001 16 de julio de 2001 1 de noviembre de 2001

    73 (15a edicin)

    Reunin departamental de meteorologa (MET) (2002). Secretara

    Reestructuracin del Anexo 3 en dos partes; nuevas definiciones y modificaciones a las actuales; elevacin de algunos mtodos reco- mendados a la categora de normas; eliminacin de la necesidad de emitir pronsticos WAFS en forma cartogrfica T4; introduccin de disposiciones relativas a la necesidad de conservar la integridad de los pronsticos WAFS; notificacin de la actividad volcnica por parte de los observatorios de volcanes de los Estados seleccionados aun ACC, una MWO y un VAAC; introduccin de disposiciones que permiten la emisin de mensajes SIGMET para cenizas volcnicas yciclones tropicales en formato grfico utilizando la forma de clave BUFR de la OMM; introduccin de plantillas para las aeronoti- ficaciones especiales (enlace descendente), los avisos de ciclones tropicales y cenizas volcnicas y los avisos de aerdromo y de

    25 de febrero de 2004 12 de julio de 2004 25 de noviembre de 2004

  • Anexo 3 Servicio meteorolgico para la navegacin area internacional Prembulo

    7/11/07 (xviii)

    Enmiendas Origen Temas

    Adoptada/Aprobada Surti efecto

    Aplicable

    cizalladura del viento; introduccin del requisito de emitir informes METAR y SPECI antes de que se reanuden las operaciones en los aerdromos; introduccin de disposiciones que habilitan el uso de sistemas de observacin completamente automatizados durante las horas en que el aerdromo no est en funcionamiento; introduccin de la visibilidad reinante; introduccin del requisito de cancelar los pronsticos de aerdromo que no puedan someterse a un examen continuo; introduccin de una disposicin relativa al perodo para promediar las mediciones de la visibilidad y las variaciones de la velocidad media del viento; introduccin de una disposicin que establece el uso de la intensidad luminosa mxima para calcular la RVR para los METAR y SPECI; supresin del Ejemplo 2 del Modelo TB; inclusin de los nuevos Ejemplos 3 y 4 en el Modelo SWH; supresin del Adjunto A; introduccin de un nuevo Adjunto C en el que se describen los procedimientos de reserva en los WAFC, y enmiendas de carcter editorial.

    74 (16a edicin)

    Grupo de operaciones del sistema mundial de pronsticos de rea (WAFSOPSG). Grupo de operaciones para vigilancia de volcanes en las aerovas internacionales (IAVWOPSG). Asociacin del Transporte Areo Internacional (IATA). Secretara de la OACI

    Cambios en las definiciones de nube de importancia para las operaciones y visibilidad reinante y supresin de la definicin de zona de servicio (sistema mundial de pronsticos de rea); supre- sin de todos los requisitos relativos a los SST; introduccin de un requisito para los procedimientos de reserva del centro de avisos de cenizas volcnicas (VAAC); eliminacin de la necesidad de enmendar los pronsticos del tiempo significativo (SIGWX); introduccin de los pronsticos de altitud de los niveles de vuelo WAFS normales; eliminacin del requisito de expedir informes meteorolgicos especiales de aerdromo (SPECI) cuando se expidaninformes meteorolgicos ordinarios de aerdromo (METAR) cada media hora; enmienda de la notificacin de rfagas en los informes locales ordinarios y especiales cuando se aplican procedimientos de atenuacin del ruido; armonizacin de los criterios para el empleo degrupos de cambio en los TAF con los relativos a la expedicin de SPECI; introduccin de clusulas que permitan el empleo de la clavesimblica de la forma binaria universal de representacin de datos meteorolgicos (BUFR) para la difusin bilateral de METAR/SPECIy TAF; introduccin del enlace de datos del radar secundario de vigilancia (SSR) en Modo S en la notificacin meteorolgica automtica; eliminacin de la proyeccin del SIGMET respecto a las cenizas volcnicas y los ciclones tropicales; introduccin del requisito de proporcionar mapas WAFS normales para zonas fijas de cobertura; introduccin de la disposicin que impide modificar el contenido meteorolgico de los pronsticos WAFS; elevacin de la categora de las disposiciones a fin de promover el uso de los pronsticos WAFS; eliminacin de los frentes en la superficie, las zonas de convergencia y las nubes que no sean CB en los pronsticosSIGWX de niveles alto y medio; adelanto del preaviso de la expedicin de los pronsticos SIGWX; armonizacin del formato deaviso de cenizas volcnicas con el formato de aviso de ciclones tropicales; introduccin de un criterio relacionado con la expedicin de avisos de ciclones tropicales; enmiendas de los avisos de ciclonestropicales para introducir pronsticos de seis horas; cambio en la definicin de cercanas; ampliacin del uso de los sistemas automticos para incluir las horas de funcionamiento; enmiendas de la notificacin automtica de la turbulencia; introduccin de una nueva plantilla para los mensajes GAMET; ampliacin del perodo de validez de los TAF para satisfacer los requisitos para realizar vuelos de muy larga distancia; introduccin de disposiciones relativas al SIGMET grfico para todos los fenmenos; actualizacin

    21 de febrero de 2007 16 de julio de 2007 7 de noviembre de 2007; 5 de noviembre de 2008

  • Prembulo Anexo 3 Servicio meteorolgico para la navegacin area internacional

    (xix) 7/11/07

    Enmiendas Origen Temas

    Adoptada/Aprobada Surti efecto

    Aplicable de la plantilla de mensaje SIGMET para que incluya nubes

    radiactivas; introduccin de los tsunamis en las alertas de aer- dromo; armonizacin de las disposiciones de los Anexos 3 y 11 relativas a la informacin meteorolgica que ha de suministrarse a los servicios de trnsito areo (ATS); enmienda de los criterios para la inclusin de SIGMET y TAF en VOLMET y D-VOLMET; eliminacin, en el Adjunto A, de la precisin alcanzable en la observacin y medicin; actualizacin de la precisin conveniente que figura en el Adjunto B; y enmiendas editoriales.

  • NORMAS Y MTODOS RECOMENDADOS INTERNACIONALES

    PARTE I

    SARPS BSICOS

  • ANEXO 3 1-1 7/11/07

    CAPTULO 1. DEFINICIONES Nota. Cuando en las definiciones que figuran a continuacin se anota la designacin (RR) significa que se han tomado del Reglamento de Radiocomunicaciones de la Unin Internacional de Telecomunicaciones (UIT) [vase el Manual relativo a las necesidades de la aviacin civil en materia de espectro de radiofrecuencias, que incluye la declaracin de las polticas aprobadas por la OACI (Doc 9718)].

    1.1 Definiciones Cuando los trminos y expresiones indicados a continuacin se emplean en estas normas y mtodos recomendados destinados al servicio meteorolgico para la navegacin area internacional, tienen los significados siguientes: Acuerdo regional de navegacin area. Acuerdo aprobado por el Consejo de la OACI, normalmente por recomendacin de

    una reunin regional de navegacin area. Aerdromo. rea definida de tierra o de agua (que incluye todas sus edificaciones, instalaciones y equipos) destinada total o

    parcialmente a la llegada, salida y movimiento en superficie de aeronaves. Aerdromo de alternativa. Aerdromo al que podra dirigirse una aeronave cuando fuera imposible o no fuera aconsejable

    dirigirse al aerdromo de aterrizaje previsto o aterrizar en el mismo. Existen los siguientes tipos de aerdromos de alternativa:

    Aerdromo de alternativa posdespegue. Aerdromo de alternativa en el que podra aterrizar una aeronave si esto fuera

    necesario poco despus del despegue y no fuera posible utilizar el aerdromo de salida.

    Aerdromo de alternativa en ruta. Aerdromo en el que podra aterrizar una aeronave si sta experimentara condiciones no normales o de emergencia en ruta.

    Aerdromo de alternativa en ruta para ETOPS. Aerdromo de alternativa adecuado en el que podra aterrizar un avin con

    dos grupos motores de turbina si se le apagara el motor o si experimentara otras condiciones no normales o de emergencia en ruta en una operacin ETOPS.

    Aerdromo de alternativa de destino. Aerdromo de alternativa al que podra dirigirse una aeronave si fuera imposible o no

    fuera aconsejable aterrizar en el aerdromo de aterrizaje previsto. Nota. El aerdromo del que despega un vuelo tambin puede ser aerdromo de alternativa en ruta o aerdromo de alternativa de destino para dicho vuelo. Aeronave. Toda mquina que puede sustentarse en la atmsfera por reacciones del aire que no sean las reacciones del mismo

    contra la superficie de la tierra. Aeronotificacin. Informe de una aeronave en vuelo preparado de conformidad con los requisitos de notificacin de posicin y

    de informacin operacional o meteorolgica. Nota. Los detalles del formulario AIREP se presentan en los PANS-ATM (Doc 4444). Alcance visual en la pista (RVR). Distancia hasta la cual el piloto de una aeronave que se encuentra sobre el eje de una pista

    puede ver las seales de superficie de la pista o las luces que la delimitan o que sealan su eje.

  • Anexo 3 Servicio meteorolgico para la navegacin area internacional Captulo 1

    7/11/07 1-2

    Altitud. Distancia vertical entre un nivel, punto u objeto considerado como punto, y el nivel medio del mar (MSL). Altitud mnima de sector. La altitud ms baja que puede usarse y que permite conservar un margen vertical mnimo de 300 m

    (1 000 ft), sobre todos los obstculos situados en un rea comprendida dentro de un sector circular de 46 km (25 NM) de radio, centrado en una radioayuda para la navegacin.

    Altura. Distancia vertical entre un nivel, punto u objeto considerado como punto, y una referencia especificada. rea de control. Espacio areo controlado que se extiende hacia arriba desde un lmite especificado sobre el terreno. Aseguramiento de la calidad. Parte de la gestin de la calidad orientada a proporcionar confianza en que se cumplirn los

    requisitos de la calidad (ISO 9000*). Autoridad ATS competente. La autoridad apropiada designada por el Estado responsable de proporcionar los servicios de

    trnsito areo en el espacio areo de que se trate. Autoridad meteorolgica. Autoridad que, en nombre de un Estado contratante, suministra o hace arreglos para que se

    suministre servicio meteorolgico para la navegacin area internacional. Boletn meteorolgico. Texto que contiene informacin meteorolgica precedida de un encabezamiento adecuado. Centro coordinador de salvamento. Dependencia encargada de promover la buena organizacin del servicio de bsqueda y

    salvamento y de coordinar la ejecucin de las operaciones de bsqueda y salvamento dentro de una regin de bsqueda y salvamento.

    Centro de avisos de cenizas volcnicas (VAAC). Centro meteorolgico designado en virtud de un acuerdo regional de

    navegacin area para proporcionar a las oficinas de vigilancia meteorolgica, centros de control de rea, centros de informacin de vuelo, centros mundiales de pronsticos de rea, y bancos internacionales de datos OPMET, informacin de asesoramiento sobre la extensin lateral y vertical y el movimiento pronosticado de las cenizas volcnicas en la atmsfera despus de las erupciones volcnicas.

    Centro de avisos de ciclones tropicales (TCAC). Centro meteorolgico designado en virtud de un acuerdo regional de

    navegacin area para proporcionar a las oficinas de vigilancia meteorolgica, a los centros mundiales de pronsticos de rea y a los bancos internacionales de datos OPMET informacin de asesoramiento sobre la posicin, la direccin y la velocidad de movimiento pronosticadas, la presin central y el viento mximo en la superficie de los ciclones tropicales.

    Centro de control de rea. Dependencia establecida para facilitar servicio de control de trnsito areo a los vuelos controlados

    en las reas de control bajo su jurisdiccin. Centro de informacin de vuelo. Dependencia establecida para facilitar servicio de informacin de vuelo y servicio de alerta. Centro mundial de pronsticos de rea (WAFC). Centro meteorolgico designado para preparar y expedir pronsticos del

    tiempo significativo y en altitud en forma digital a escala mundial directamente a los Estados mediante medios apropiados como parte del servicio fijo aeronutico.

    Cicln tropical. Trmino genrico que designa un cicln de escala sinptica no frontal que se origina sobre las aguas tropicales

    o subtropicales y presenta una conveccin organizada y una circulacin ciclnica caracterizada por el viento en la superficie. Consulta. Discusin con un meteorlogo o con otra persona calificada sobre las condiciones meteorolgicas existentes o

    previstas relativas a las operaciones de vuelo; la discusin incluye respuestas a preguntas.

    * Norma ISO 9000 Sistemas de gestin de calidad Conceptos y vocabulario.

  • Captulo 1 Anexo 3 Servicio meteorolgico para la navegacin area internacional

    1-3 7/11/07

    Control de calidad. Parte de la gestin de la calidad orientada al cumplimiento de los requisitos de calidad (ISO 9000*). Control de operaciones. La autoridad ejercida respecto a la iniciacin, continuacin, desviacin o terminacin de un vuelo en

    inters de la seguridad de la aeronave y de la regularidad y eficacia del vuelo. Datos reticulares en forma digital. Datos meteorolgicos tratados por computadora, correspondientes a un conjunto de puntos

    de un mapa, espaciados regularmente entre s, para su transmisin desde una computadora meteorolgica a otra computadora en forma de clave adecuada para uso en sistemas automticos.

    Nota. En la mayora de los casos, estos datos se transmiten por canales de telecomunicaciones de baja velocidad. Dependencia de control de aproximacin. Dependencia establecida para facilitar servicio de control de trnsito areo a los

    vuelos controlados que lleguen a uno o ms aerdromos o salgan de ellos. Dependencia de los servicios de bsqueda y salvamento. Expresin genrica que significa, segn el caso, centro coordinador

    de salvamento, subcentro de salvamento o puesto de alerta. Dependencia de servicios de trnsito areo. Expresin genrica que se aplica, segn el caso, a una dependencia de control de

    trnsito areo, a un centro de informacin de vuelo o a una oficina de notificacin de los servicios de trnsito areo. Documentacin de vuelo. Documentos escritos o impresos, incluyendo mapas o formularios, que contienen informacin

    meteorolgica para un vuelo. Elevacin. Distancia vertical entre un punto o un nivel de la superficie de la tierra, o unido a ella, y el nivel medio del mar. Elevacin del aerdromo. La elevacin del punto ms alto del rea de aterrizaje. Estacin de telecomunicaciones aeronuticas. Estacin del servicio de telecomunicaciones aeronuticas. Estacin meteorolgica aeronutica. Estacin designada para hacer observaciones e informes meteorolgicos para uso en la

    navegacin area internacional. Explotador. Persona, organismo o empresa que se dedica, o propone dedicarse, a la explotacin de aeronaves. Exposicin verbal. Comentarios verbales sobre las condiciones meteorolgicas existentes o previstas. Gestin de calidad. Actividades coordinadas para dirigir y controlar una organizacin en lo relativo a la calidad

    (ISO 9000*). Informacin AIRMET. La informacin que expide una oficina de vigilancia meteorolgica respecto a la presencia real o

    prevista de determinados fenmenos meteorolgicos en ruta que puedan afectar a la seguridad de los vuelos a baja altura, y que no estaba incluida en el pronstico expedido para los vuelos a baja altura en la regin de informacin de vuelo de que se trate o en una subzona de la misma.

    Informacin meteorolgica. Informe meteorolgico, anlisis, pronstico, y cualquier otra declaracin relativa a condiciones

    meteorolgicas existentes o previstas. Informacin SIGMET. Informacin expedida por una oficina de vigilancia meteorolgica, relativa a la existencia real o

    prevista de fenmenos meteorolgicos en ruta especificados, que puedan afectar la seguridad de las operaciones de aeronaves.

    * Norma ISO 9000 Sistemas de gestin de calidad Conceptos y vocabulario.

  • Anexo 3 Servicio meteorolgico para la navegacin area internacional Captulo 1

    7/11/07 1-4

    Informe meteorolgico. Declaracin de las condiciones meteorolgicas observadas en relacin con una hora y lugar determinados. Mapa en altitud. Mapa meteorolgico relativo a una superficie en altitud o capa determinadas de la atmsfera. Mapa previsto. Prediccin de elementos meteorolgicos especificados, para una hora o perodo especificados y respecto a

    cierta superficie o porcin del espacio areo, representada grficamente en un mapa. Miembro de la tripulacin de vuelo. Miembro de la tripulacin, titular de la correspondiente licencia, a quien se asignan

    obligaciones esenciales para la operacin de una aeronave durante el perodo de servicio de vuelo. Nivel. Trmino genrico referente a la posicin vertical de una aeronave en vuelo, que significa indistintamente altura, altitud o

    nivel de vuelo. Nivel de crucero. Nivel que se mantiene durante una parte considerable del vuelo. Nivel de vuelo. Superficie de presin atmosfrica constante relacionada con determinada referencia de presin,

    1 013,2 hectopascales (hPa), separada de otras superficies anlogas por determinados intervalos de presin. Nota 1. Cuando un baroaltmetro calibrado de acuerdo con la atmsfera tipo:

    a) se ajuste al QNH, indicar la altitud;

    b) se ajuste al QFE, indicar la altura sobre la referencia QFE;

    c) se ajuste a la presin de 1 013,2 hPa, podr usarse para indicar niveles de vuelo. Nota 2. Los trminos altura y altitud, usados en la Nota 1, indican alturas y altitudes altimtricas ms bien que alturas y altitudes geomtricas. Nube de importancia para las operaciones. Una nube en la que la altura de la base es inferior a 1 500 m (5 000 ft) o inferior a

    la altitud mnima de sector ms alta, el valor que sea ms elevado de esos dos, o una nube cumulonimbus o cumulus en forma de torre a cualquier altura.

    Observacin (meteorolgica). Evaluacin de uno o ms elementos meteorolgicos. Observacin de aeronave. Evaluacin de uno o ms elementos meteorolgicos, efectuada desde una aeronave en vuelo. Oficina meteorolgica. Oficina designada para suministrar servicio meteorolgico para la navegacin area internacional. Oficina meteorolgica de aerdromo. Oficina, situada en un aerdromo, designada para suministrar servicio meteorolgico

    para la navegacin area internacional. Piloto al mando. Piloto designado por el explotador, o por el propietario en el caso de la aviacin general, para estar al mando

    y encargarse de la realizacin segura de un vuelo. Pista. rea rectangular definida en un aerdromo terrestre preparada para el aterrizaje y el despegue de las aeronaves. Planeamiento operativo. Planeamiento de las operaciones de vuelo por un explotador. Plan operacional de vuelo. Plan del explotador para la realizacin segura del vuelo, basado en la consideracin de la

    performance del avin, en otras limitaciones de utilizacin y en las condiciones previstas pertinentes a la ruta que ha de seguirse y a los aerdromos de que se trate.

  • Captulo 1 Anexo 3 Servicio meteorolgico para la navegacin area internacional

    1-5 7/11/07

    Principios relativos a factores humanos. Principios que se aplican al diseo, certificacin, instruccin, operaciones y mantenimiento aeronuticos y cuyo objeto consiste en establecer una interfaz segura entre los componentes humano y de otro tipo del sistema mediante la debida consideracin de la actuacin humana.

    Pronstico. Declaracin de las condiciones meteorolgicas previstas para una hora o perodo especificados y respecto a una

    cierta rea o porcin del espacio areo. Pronstico de rea GAMET. Pronstico de rea en lenguaje claro abreviado para vuelos a baja altura en una regin de

    informacin de vuelo o en una subzona de la misma, preparado por la oficina meteorolgica designada por la autoridad meteorolgica correspondiente e intercambiado con las oficinas meteorolgicas en regiones de informacin de vuelo adyacentes, tal como hayan convenido las autoridades meteorolgicas afectadas.

    Punto de notificacin. Lugar geogrfico especificado, con referencia al cual puede notificarse la posicin de una aeronave. Punto de referencia de aerdromo. Lugar geogrfico designado para un aerdromo. Red de telecomunicaciones fijas aeronuticas (AFTN). Sistema completo y mundial de circuitos fijos aeronuticos dispuestos

    como parte del servicio fijo aeronutico, para el intercambio de mensajes o de datos numricos entre estaciones fijas aeronuticas que posean caractersticas de comunicacin idnticas o compatibles.

    Regin de informacin de vuelo. Espacio areo de dimensiones definidas, dentro del cual se facilitan los servicios de

    informacin de vuelo y de alerta. Resumen climatolgico de aerdromo. Resumen conciso de elementos meteorolgicos especificados en un aerdromo, basado

    en datos estadsticos. Satlite meteorolgico. Satlite artificial que realiza observaciones meteorolgicas y las transmite a la tierra. Servicio fijo aeronutico (AFS). Servicio de telecomunicaciones entre puntos fijos determinados, que se suministra

    primordialmente para seguridad de la navegacin area y para que sea regular, eficiente y econmica la operacin de los servicios areos.

    Servicio mvil aeronutico (RR S1.32). Servicio mvil entre estaciones aeronuticas y estaciones de aeronave, o entre

    estaciones de aeronave, en el que tambin pueden participar las estaciones de embarcacin o dispositivo de salvamento; tambin pueden considerarse incluidas en este servicio las estaciones de radiobaliza de localizacin de siniestros que operen en las frecuencias de socorro y de urgencia designadas.

    Sistema mundial de pronsticos de rea (WAFS). Sistema mundial mediante el cual los centros mundiales de pronsticos de

    rea suministran pronsticos meteorolgicos aeronuticos en ruta con una presentacin uniforme y normalizada. Superficie isobrica tipo. Superficie isobrica utilizada con carcter mundial para representar y analizar las condiciones de la

    atmsfera. Tabla climatolgica de aerdromo. Tabla que proporciona datos sobre la presencia observada de uno o ms elementos

    meteorolgicos en un aerdromo. Torre de control de aerdromo. Dependencia establecida para facilitar servicio de control de trnsito areo al trnsito de

    aerdromo. Umbral (THR). Comienzo de la parte de pista utilizable para el aterrizaje. Vigilancia de los volcanes en las aerovas internacionales (IAVW). Arreglos internacionales concertados con el objeto de

    vigilar y proporcionar a las aeronaves avisos de cenizas volcnicas en la atmsfera.

  • Anexo 3 Servicio meteorolgico para la navegacin area internacional Captulo 1

    7/11/07 1-6

    Nota. La IAVW se basa en la cooperacin de las dependencias operacionales de la aviacin y ajenas a la aviacin que utilizan la informacin obtenida de las fuentes y redes de observacin que proporcionan los Estados. La OACI coordina la vigilancia con la cooperacin de otras organizaciones internacionales interesadas. Vigilancia dependiente automtica (ADS). Tcnica de vigilancia que permite a las aeronaves proporcionar automticamente,

    mediante enlace de datos, aquellos datos extrados de sus sistemas de navegacin y determinacin de la posicin instalados a bordo, lo que incluye la identificacin de la aeronave, su posicin en cuatro dimensiones y otros datos adicionales, de ser apropiado.

    Visibilidad. En sentido aeronutico se entiende por visibilidad el valor ms elevado entre los siguientes: a) la distancia mxima a la que pueda verse y reconocerse un objeto de color negro de dimensiones convenientes, situado

    cerca del suelo, al ser observado ante un fondo brillante; b) la distancia mxima a la que puedan verse e identificarse las luces de aproximadamente 1 000 candelas ante un fondo no

    iluminado. Nota. Estas dos distancias tienen distintos valores en una masa de aire de determinado coeficiente de extincin y la distancia del inciso b) vara con la iluminacin del fondo. La distancia del inciso a) est representada por el alcance ptico meteorolgico (MOR). Visibilidad reinante. El valor mximo de la visibilidad, observado de conformidad con la definicin de visibilidad, al que se

    llega dentro de un crculo que cubre por lo menos la mitad del horizonte o por lo menos la mitad de la superficie del aerdromo. Estas reas podran comprender sectores contiguos o no contiguos.

    Nota. Puede evaluarse este valor mediante observacin humana o mediante sistemas por instrumentos. Cuando estn

    instalados instrumentos, se utilizan para obtener la estimacin ptima de la visibilidad reinante. VOLMET. Informacin meteorolgica para aeronaves en vuelo.

    Radiodifusin VOLMET. Suministro segn corresponda, de METAR, SPECI, TAF y SIGMET actuales por medio de radiodifusores orales continuos y repetitivos.

    VOLMET por enlace de datos (D-VOLMET). Suministro de informes meteorolgicos ordinarios de aerdromo (METAR) e informes meteorolgicos especiales de aerdromo (SPECI) actuales, pronsticos de aerdromo (TAF), SIGMET, aeronotificaciones especiales no cubiertas por un SIGMET y, donde estn disponibles, AIRMET por enlace de datos.

    Vuelo a grandes distancias. Todo vuelo de un avin con dos grupos motores de turbina, cuando el tiempo de vuelo, desde