análisis sobre vinculación comunitaria en la loes ecuador 2015

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Análisis sobre Vinculación comunitaria en la LOES Ecuador 2015

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  • LOES

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    Art. 13.- Funciones del Sistema de Educacin Superior.- Son funciones del Sistema de Educacin Superior:

    Garantizar el derecho a la educacin superior mediante la docencia, la investigacin y su

    vinculacin con la sociedad, y asegurar crecientes niveles de calidad. excelencia acadmica y pertinencia:

  • LOES

    Art. 13.- Funciones del Sistema de Educacin Superior.- Son funciones del Sistema de Educacin Superior:

    Promover la creacin, desarrollo, transmisin

    y difusin de la ciencia, la tcnica, la tecnologa y la cultura;

  • LOES

    Art. 13.- Funciones del Sistema de Educacin Superior.- Son funciones del Sistema de Educacin Superior:

    Formar acadmicos, cientficos y profesionales responsables, ticos y solidarios, comprometidos con la sociedad, debidamente preparados para que sean capaces de generar y aplicar sus conocimientos y mtodos cientficos, as como la creacin y promocin cultural y artstica:

  • LOES

    Art. 24.- Distribucin de los recursos.- Los recursos destinados anualmente por parte del Estado a favor de las universidades, escuelas politcnicas, institutos superiores tcnicos, tecnolgicos, pedaggicos, de artes y los conservatorios superiores pblicos y particulares que reciban rentas y asignaciones del Estado, se distribuirn con base a criterios de calidad, eficiencia, equidad, justicia y excelencia acadmica, que entre otros parmetros prevalecern los siguientes:

  • LOES

    Se considerar como parmetro adicional, la vinculacin de su oferta al desarrollo nacional o regional, a la creacin de sinergias, asociaciones y/o fusiones con otras instituciones de educacin superior de su regin, y a la promocin de potencialidades territoriales.

  • LOES

    Art. 107.- Principio de pertinencia.- El principio de pertinencia consiste en

    que la educacin superior responda a las expectativas y necesidades de la sociedad, a la planificacin nacional, y al rgimen de desarrollo, a la prospectiva de desarrollo cientfico, humanstico y tecnolgico mundial, y a la diversidad cultural. Para ello. las instituciones

    de educacin superior articularn su oferta docente, de investigacin y actividades de vinculacin con la sociedad, a la demanda acadmica, a las necesidades de desarrollo local, regional y nacional, a la innovacin y diversificacin de profesiones y grados acadmicos, a las tendencias del mercado ocupacional local, regional y nacional, a las tendencias demogrficas locales, provinciales y regionales:

    a la vinculacin con la estructura productiva actual y potencial de la provincia y la regin, y a las polticas nacionales de ciencia y tecnologa.

  • LOES

    Art. 125.- Programas y cursos de vinculacin con la sociedad.- Las instituciones del Sistema de Educacin Superior realizarn programas y cursos de vinculacin con la sociedad guiados por el personal acadmico. Para ser estudiante de los mismos no har falta cumplir los requisitos del estudiante regular.

  • LOES

    Art. 127.- Otros programas de estudio.- Las universidades y escuelas politcnicas podrn realizar en el marco de la vinculacin con la colectividad, cursos de educacin continua y expedir los correspondientes certificados. Los estudios que se realicen en esos programas no podrn ser tomados en cuenta para las titulaciones oficiales de grado y posgrado que se regulan en los artculos precedentes.

  • LOES

    Art. 138.- Fomento de las relaciones interinstitucionales entre las instituciones de educacin superior.- Las instituciones del Sistema de Educacin Superior fomentarn las relaciones interinstitucionales entre universidades, escuelas politcnicas e institutos superiores tcnicos, tecnolgicos, pedaggicos, de artes y conservatorios superiores tanto nacionales como internacionales, a fin de facilitar la movilidad docente, estudiantil y de investigadores, y la relacin en el desarrollo de sus actividades acadmicas, culturales, de investigacin y

    de vinculacin con la sociedad.

  • Actores

  • LOES

    Art. 185.- Asamblea del Sistema de Educacin Superior.- La Asamblea del Sistema de Educacin Superior es el rgano representativo y consultivo que sugiere al Consejo de Educacin Superior, polticas y lincamientos para las instituciones que conforman el Sistema de Educacin Superior. Con fines informativos, conocer los resultados de la gestin anual del Consejo.

  • LOES

    Art. 191.- Atribuciones y deberes.- Son atribuciones y deberes de la Asamblea:

    a) Recomendar polticas generales de formacin profesional, de investigacin, de cultura, de gestin y de vinculacin con la sociedad:

  • Rgimen Acadmico

  • Rgimen Acadmico

    Articulo 2.- Objetivos.- Los objetivos del rgimen acadmico son:

    Regular la gestin acadmica-formativa en todos los niveles de formacin y modalidades de aprendizaje de la educacin superior, con miras a fortalecer la investigacin, la formacin acadmica y profesional, y la

    vinculacin con la sociedad.

  • Rgimen Acadmico

    Articulo 2.- Objetivos.- Los objetivos del rgimen acadmico son:

    Articular la formacin acadmica y profesional, la investigacin cientfica,

    tecnolgica y social y la vinculacin con la colectividad, en un marco de calidad, innovacin y pertinencia.

  • Rgimen Acadmico

    Artculo 74.- Investigacin institucional.- Las instituciones de educacin superior, a partir de sus fortalezas o dominios acadmicos, debern contar con lneas, programas y proyectos de investigacin articulados en redes acadmicas nacionales e internacionales. Los programas de investigacin de estas redes debern guardar correspondencia con los requerimientos, prioridades y propsitos del Plan Nacional de Desarrollo, de los planes regionales y locales de desarrollo y programas internacionales de investigacin en los campos de la educacin superior, la ciencia, la cultura, las artes y la tecnologa; sin perjuicio de que se respete el principio de autodeterminacin para la produccin de pensamiento y conocimiento, en el marco del dilogo de saberes, pensamiento universal y produccin cientfica tecnolgica

    global. Las lES, en el marco de la vinculacin con la sociedad, puedan aportar en la mejora y actualizacin de los planes de desarrollo local, regional y nacional.

  • Rgimen Acadmico Vinculacin con la Sociedad

    Buen Vivir

    Plan Nacional de Desarrollo

    Planes regionales y

    locales

    Requerimientos sociales

    territoriales

    Corrientes de pensamiento

    Fuentes de Pertinencia

  • Rgimen Acadmico Vinculacin con la Sociedad (Qu es?)

    Necesidades de desarrollo

    (Local, regional, Nacional)

    Programas de educacin continua

    Investigacin y desarrollo

    Gestin acadmica

  • Las instituciones de educacin superior debern crear

    obligatoriamente instancias institucionales especficas para

    planificar y coordinar la vinculacin con la sociedad, a

    fin de generar proyectos de inters pblico

  • Las instituciones de educacin superior debern crear obligatoriamente

    instancias institucionales especficas para planificar

    y coordinar la vinculacin con la sociedad, a fin de

    generar proyectos de inters pblico.

  • Rgimen Acadmico Vinculacin con la Sociedad (Acciones)

    Consultoras

    Art. 80

    Prcticas preprofesionales

    Art. 93

    Centros de Apoyo

    Art. 97 Num. 5

    Redes acadmicas

    Art. 100 y 101

    Dimensiones

  • REGLAMENTO DE CREACIN, INTERVENCIN y SUSPENSIN DE

    UNIVERSIDADES Y ESCUELAS POLITCNICAS (CODIFICACIN)

  • REGLAMENTO DE CREACIN, INTERVENCIN y SUSPENSIN DE UNIVERSIDADES Y ESCUELAS POLITCNICAS (CODIFICACIN)

    Propuesta de contenidos Estatuto (Estructura Orgnica)

    Principios generales que incluyan diversidad tnico-cultural, accin afirmativa,

    vinculacin con la colectividad, responsabilidad social, autonoma responsable, con mencin de los mecanismos para efectivizarlos

  • REGLAMENTO DE CREACIN, INTERVENCIN y SUSPENSIN DE UNIVERSIDADES Y ESCUELAS POLITCNICAS (CODIFICACIN)

    Estructura Acadmica:

    Anlisis crtico de la oferta acadmica, que establezca las diferencias cualitativas y sustanciales entre las carreras o programas ofertados y las existentes en el entorno regional y nacional en las reas de docencia,

    investigacin y vinculacin con la colectividad, conforme lo defina el formato correspondiente.

  • REGLAMENTO DE CREACIN, INTERVENCIN y SUSPENSIN DE UNIVERSIDADES Y ESCUELAS POLITCNICAS (CODIFICACIN)

    Modelo curricular y pedaggico:

    La lista de los programas de vinculacin con la comunidad, con una breve descripcin de los mismos.

  • REGLAMENTO DE CARRERA Y ESCALAFN DEL PROFESOR E

    INVESTIGADOR DEL SISTEMA DE EDUCACIN SUPERIOR

    (CODIFICACIN)

  • REGLAMENTO DE CARRERA Y ESCALAFN DEL PROFESOR E INVESTIGADOR DEL

    SISTEMA DE EDUCACIN SUPERIOR (CODIFICACIN)

    Actividades de Docencia Relacionadas: Direccin y participacin de proyectos de experimentacin

    e innovacin docente; Diseo e imparticin de cursos de educacin continua o de

    capacitacin y actualizacin; Participacin en actividades de proyectos sociales,

    artsticos, productivos y empresariales de vinculacin con la sociedad articulados a la docencia e innovacineducativa

    Participacin como profesores que impartirn los cursos de nivelacin del Sistema Nacional de Nivelacin y Admisin (SN NA)

    Orientacin, capacitacin y acompaamiento al personal acadmico del SNNA

  • REGLAMENTO DE CARRERA Y ESCALAFN DEL PROFESOR E INVESTIGADOR DEL

    SISTEMA DE EDUCACIN SUPERIOR (CODIFICACIN) Actividades de Investigacin Relacionadas: Diseo, direccin y ejecucin de proyectos de investigacin bsica, aplicada,

    tecnolgica y en artes, que supongan creacin, innovacin, difusin y transferencia de los resultados obtenidos

    Realizacin de investigacin para la recuperacin, fortalecimiento y potenciacin de los saberes ancestrales

    Difusin de resultados y beneficios sociales de la investigacin, a travs de publicaciones, producciones artsticas, actuaciones, conciertos, creacin u organizacin de instalaciones y de exposiciones, entre otros

    Vinculacin con la sociedad a travs de proyectos de investigacin e innovacin con fines sociales, artsticos, productivos y empresariales

    La prestacin de servicios al medio externo, que no generen beneficio econmico para la lES o para su personal acadmico, tales como: anlisis de laboratorio especializado, peritaje judicial, as como la colaboracin en la revisin tcnica documental para las instituciones del estado. La participacin en trabajos de consultora institucional no se reconocer como actividad de investigacin dentro de la dedicacin horaria.