teoria general del proceso
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TEORÍA GENERAL DEL PROCESO
Ovalle Favela
1. ¿QUÉ ES EL LITIGIO?
• Es el conflicto jurídicamente transcendente, que constituya el punto de partida o causa determinante de un proceso, de una autocomposición o de una autodefensa.– Autocomposición: Solución por una de las partes. Es la renuncia a la
propia pretensión o en la sumisión a la de la contraparte.
Autocomposición
Unilateral
Bilateral
Desistimiento
Perdón del Ofendido
Allanamiento
Transacción
2. SEÑALA CADA UNO DE LOS ELEMENTOS DEL LITIGIO
A. La Existencia de dos sujetos, uno que pretende, el otro que resiste.
B. Un Bien Jurídico, material o inmaterial.
2. SEÑALA CADA UNO DE LOS ELEMENTOS DEL LITIGIO
Cada sujeto recibe el nombre de PARTE
PARTES
LITIGIO
Pretende Resiste
BIEN JURÍDICO
Conflicto jurídicamente calificado
3. EXPONER LA IMPORTANCIA Y LA FUNCIÓN DEL LITIGIO EN EL PROCESO
1. Es útil para determinar cuándo un conflicto de intereses puede ser considerado un litigio, y es susceptible de ser sometido al conocimiento y resolución del juzgador, a través de un proceso.
2. Sirve para delimitar la materia, el contenido o el tema sobre el cuál va a versar el proceso, pues el litigio es el objeto del proceso.
4. SEÑALAR Y DISTINGUIR CADA UNO DE LOS MEDIOS DE SOLUCIÓN AL LITIGIO
• Los medios para solucionar este conflicto de intereses jurídicamente trascendente se clasifican en tres grupos:
• La Autotutela, la Autocomposición y la Heterocomposición
Solución por una o ambas partes
Solución por un Tercer Ajeno
Medios Parciales Imparcial
5. EXPLICA EN QUÉ CONSISTE LA AUTOTUTELA
• O autodefensa, consiste en la imposición de la pretensión propia en perjuicio del interés ajeno.
• Medio de solución egoísta.• Uno de los dos sujetos en conflicto resuelven
o tratan de resolver el conflicto pendiente con el otro mediante su acción directa.
5. EXPLICA EN QUÉ CONSISTE LA AUTOTUTELA
La autotuleta se distingue por:
• Ausencia de un tercer ajeno a las partes.
• Imposición de la decisión por una de las partes a la otra.
La autotuleta está prohibida en el Art. 17 Constitucional y el art. 1 del CPCP
6. SEÑALAR LOS DIVERSOS GRUPOS DE HIPÓTESIS DE AUTOTUTELA PERMITIDA
El Estado no puede llegar a la prohibición total o absoluta
• Situaciones de emergencia.– Defensa o ejercicio inmediato
por el titular.
• No es posible esperar la intervención de los tribunales.
Autotutela permitida• Réplica a un ataque
precedente – Legítima Defensa. Art. 15 f. IV CPF y Art. 26 f. IV
• Ejercicio personal o directo de un derecho subjetivo, sin que su titular haya sufrido previo ataque.– Estado de necesidad– Ejercicio de un Derecho
6. SEÑALAR LOS DIVERSOS GRUPOS DE HIPÓTESIS DE AUTOTUTELA PERMITIDA
1. Réplica o respuesta a un ataque precedente
• Legítima defensa
2. Ejercicio personal o directo de un derecho subjetivo sin que el titular haya sufrido previo ataque
• Derecho de retención• Robo famélico Ar. 379 CPF,
Art. 385 CDSPEstado de necesidad
• Pacto comisorio• Condición Absolutoria
• Pacto comisorio ExpresoEjercicio de un derecho
6. SEÑALAR LOS DIVERSOS GRUPOS DE HIPÓTESIS DE AUTOTUTELA PERMITIDA
3. El ejercicio de facultades atribuidas al mando para hacer frente a situaciones de excepción.
Facultades de
un Capitá
n
Cumplimiento de un deber
4. Ejercicio de una potestad de uno de los sujetos en litigio.
Facultad Disciplinaria
Potestad Sancionadora
Facultad económico-coactiva
6. SEÑALAR LOS DIVERSOS GRUPOS DE HIPÓTESIS DE AUTOTUTELA PERMITIDA
5. Autotutela como un combate entre partes enfrentadas.
Duelo
Guerra
6. Medio de presión o de coacción sobre la contraparte para lograr el prevalecimiento de los propios intereses.
Huelga
Paros
Cláusula de Exclusión
7. IDENTIFICAR CADA UNA DE DICHAS HIPÓTESIS
8. EXPLICAR EN QUÉ CONSISTE LA AUTOCOMPOSICIÓN
• Es un medio de solución parcial porque proviene de una de las partes en conflicto.
Unilateral• Solución de
una de las partes.
Bilateral• Solución de
ambas partes. Es la renuncia a la
propia pretensión o en la sumisión a la de la contraparte.Es un medio de solución altruista .
9. IDENTIFICAR CADA UNA DE LAS ESPECIES DE AUTOCOMPOSICIÓN
Unilateral
Perdón del Ofendido
Allanamiento
Desistimiento
Bilateral
Transacción
9.1. IDENTIFICAR EL DESISTIMIENTO
• Es la renuncia a la pretensión litigiosa deducida por la parte atacante, y, en caso de haber promovido ya el proceso, la renuncia a la pretensión formulada por el actor en su demanda o por el demandado en su reconvención.
Actor
Demandado
Acción Demanda
Excepción
Reconvención
ContrademandaContra pretensión
Se puede renunciar
9.1. IDENTIFICAR EL DESISTIMIENTO
Desistimiento de la Acción
Extingue la Acción
Proporciona una solución definitiva al
conflicto o litigio.
La parte Actora no podrá de formular de nuevo la
acción.
El Desistimiento no procede en la acción penal, esta es irrevocable, aunque se puede pedir el sobreseimiento
Desistimiento de la Demanda o la
Instancia
Renuncia a los actos del proceso, deja a salvo la acción intentada
puede ser ejercida en un proceso posterior.
Antes de Emplazar al Demandado
Después de emplazado el demandado.
9. 2. IDENTIFICAR EL PERDÓN DEL OFENDIDO
Se aplica en los delitos que se persiguen por QUERELLA
Denuncia
Cualquier persona
Hace del conocimiento del Ministerio
Público
Hechos que pueden llegar a tipificar o
configurar un delito
Hace del conocimiento
del M.P. la comisión de hecho que
pueden constituir un
delito
Se presenta por la persona afectada:
el ofendido
Art. 399 C.P.F.
Art. 58 C.P.M.D.S.P.
Art. 116 C.P.C.P.
Querella
Son perseguidos por querella aquellos delitos que expresamente señalen las leyes.
9.3. ALLANAMIENTO• Actitud
autocompositiva propia de la parte demandada, consiste en aceptar o en someterse a la pretensión de la parte actora.
• Cuando el demandado se allana en el proceso se suprimen las etapas de pruebas y alegatos, y la sentencia es más bien una resolución que aprueba el allanamiento.
Art. 274 C.F.P.C.Art. 210 CPCP.
En el Proceso Penal ni el allanamiento, ni la confesión, ni el reconocimiento pueden ni deben vincular al juzgador, ni suprimir etapas procesales.
9.4. TRANSACCIÓN• Es un contrato por el cual
las partes, haciéndose recíprocas concesiones, terminan una controversia presente o previenen una futura.– Medio Autocompositivo
Bilateral.– Renuncia o concesión
equilibrada y razonable de cada parte.
Forma más apropiada
Convenio Judicial
Aprobación del Juzgador
Cosa JuzgadaSentencia Firme
Si una parte no cumple
La otra solicita al juzgador
Ordene ejecución
Vía de Apremio Art. 2953 C.C.
9.4. TRANSACCIÓN• Es un acto de disposición de derechos, por lo que sólo
recae sobre derechos renunciables.
No son objeto de transacción:
Art. 2685 C.C.P.
Estado Civil de las
personas
Validez del Matrimonio
Art. 2687 C.C.P.
El DelitoDerecho a
Recibir alimentos
Derechos que deriven de
una sucesión futura
Los medios de solución autocompositivos si excluyen al proceso:Ya sea que surja Sea extinguiéndolo
Modos Anormales de terminación del Proceso
10. EXPLICAR EN QUÉ CONSISTE LA HETEROCOMPOSICIÓN
• La solución al conflicto es calificada de imparcial porque no va a ser dada por las partes, sino por un tercero ajeno al litigio, un tercero sin interés propio en la controversia.
11. IDENTIFICAR CADA UNO DE LOS MEDIOS HETEROCOMPOSITIVOS
Mediación• La función de este tercero
puede limitarse a propiciar la comunicación, la negociación entre las partes, para tratar de que entre ellas mismas lleguen a un acuerdo que resuelva el conflicto.
Mediador
Mediador Mediación
No hay órganos que presten el
servicio
Es informalAcuerdo
Invita a las partes
11. IDENTIFICAR CADA UNO DE LOS MEDIOS HETEROCOMPOSITIVOS
Conciliación
• El tercero ajeno a la controversia puede asumir un papel más activo, consistente en proponer a las partes alternativas concretas para que resuelvan de común acuerdo sus diferencias.
Conciliador Conciliación
ProponerAlternativasConoce la
controversia
SugiereFórmulas
Voluntadde las partes
Mediación y ConciliaciónConvenio
LA CONCILIACIÓN NORMALMENTE ES DESEMPEÑADA POR ORGANISMOS O INSTITUCIONES, A TRAVÉS DE PROCEDIMIENTOS
FORMALIZADOS EN LEYES.
• Conciliación– Judicial• Juzgador• Auxiliar
– Extrajudicial• Órgano fuera de la Organización judicial
– Procuraduría Federal del Consumidor.– Comisión para la protección y defensa de los usuarios de los
Servicios Financieros.
A LA CONCILIACIÓN JUDICIAL SE LE DENOMINA:
• PREPROCESAL: Cuando se manifiesta como una etapa previa a la iniciación o el desarrollo del proceso, e.g.– Audiencia previa y de conciliación en el Juicio
Ordinario Civil• INTRAPROCESAL: Cuando se presenta dentro
del desarrollo del proceso, obviamente antes de que termine este.
OMBUSDMAN
1985• Defensoría de los Derechos Universitarios• UNAM• BUAP 27 de septiembre de 1991
1989• Procuraduría Social del Distrito Federal
1990• Comisión Nacional de los Derechos Humanos• Rango constitucional Art. 102 apartado B
• Comisiones Estatales de los Derechos Humanos• Conocen de quejas de probables violaciones a los
derechos humanos; llevan a cabo investigaciones sobre éstas, procuran la conciliación
• Emiten recomendaciones que operan según la disposición de las autoridades para acatarlas
• Se encarga de cuidar por los derechos generales e individuales del pueblo; de recibir quejas de los particulares contra los actos que se estimen violatorios de la ley; de llevar a cabo investigaciones sobre dichos actos, así como de formular las recomendaciones que considere pertinentes para resolver el problema planteado
ARBITRAJE• El acuerdo previo de las
partes puede revestir la forma de una CLAÚSULA COMPROMISORIA que es una estipulación sostenida dentro de un contrato principal.
• El COMPROMISO ARBITRAL es un convenio principal que celebran las partes para someter al arbitraje un litigio.
• El ÁRBITRO propone una solución a las partes y, a través de una resolución, obliga a las partes; tal resolución se conoce como LAUDO
• El arbitraje requiere que haya un acuerdo entre las partes para someter sus diferencias al arbitraje.
ES LA VOLUNTAD DE LAS PARTES LA QUE HACE POSIBLE QUE EL LITIGIO SE SUJETE A LA
DECISIÓN DEL ÁRBITRO.
• Árbitro Carácter de
Imperio
No es autoridad
Laudo
CoertioImponer susdeterminaciones
Ejecución del Laudo
Si no se cumple
Executio
Acudir con un órganoJurisdiccional del Estado
PROCESO
• Cuando un tercero ajeno que decide el conflicto es un órgano jurisdiccional del Estado, un juzgador con facultades no sólo para emitir una resolución obligatoria para las partes, sino también para imponerlas por sí mismo en forma coactiva, estaremos frente al proceso
PROCESO
• Solución HeterocompositivaNo es requisito un
acuerdo previo para someter las diferencias
de las partes a este medio de solución
Proceso
ImparcialJuzgador
Una de las partes
Posee fuerza ejecutiva por sí mismaPronuncia
Imperiodel Estado
EtapasSentencia
Ejecución V S
Medios de Impugnación
COMPARACIÓN DE LOS MEDIOS HETEROCOMPOSITIVOS DE SOLUCIÓN AL
LITIGIO
•Conciliación
•Propone
Conciliador•Rec
omendaciones
•Recomienda
Ombusdman
•Arbitraje
•Propone
•Laudo
Árbitro
•Proceso
•Dispone e impone
Juzgador
12. ANALIZAR Y COMPARAR CADA UNO DE LOS MEDIOS DE SOLUCIÓN DEL LITIGIO
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