revista informativa y de opiniÓn profesional · ... somos una profesión con historia, ... tiene...
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C.P.C. Octavio Acosta Salomón No. 42 esq. C.P. Agustin Caballero Wario, Col. Villa Sol
Hermosillo, Sonora, México | Tels. (662) 213 2145 y 217 4699 | www.incp.org.mx
INFORME FISCAL AL INFONAVIT… ¿OBLIGATORIO?
No. 41, Noviembre 2016 REVISTA ELECTRÓNICA
REVISTA INFORMATIVA Y DE OPINIÓN PROFESIONAL
MENSUAL
COMENTARIOS A LA REFORMA FISCAL 2017
PROPINASTRATAMIENTO FISCAL
Y ADMINISTRATIVO
ERRORES COMUNES EN LAS EMPRESAS
QUE SON VÍCTIMAS DE FRAUDE
DIAGNÓSTICO DE SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO
PÁGINA 11
FISCALPropinas Tratamiento
Fiscal y Administrativo
C.P.C. César Miranda S., M.I.
PÁGINA 15
AUDITORÍA FORENSEErrores Comunes en las Empresas
que son Víctimas de Fraude
C.P.C. Guillermo Williams Bautista,MCIE, CRMA, CFE
PÁGINA 19
SEGURIDAD SOCIALDiagnóstico de Seguridad
y Salud en el Trabajo
Lic. Ivonne Coello Muñoz
PÁGINA 22
SECCIÓN CULTURALConociendo a ...
Leonardo Da Vinci
C.P. Ruth Lizbeth Acosta Bustamante, M.I.
PÁGINA 05
AUDITORÍAInforme Fiscal al
Infonavit… ¿Obligatorio?
C.P.C. Ramón Espinoza Jiménez
PÁGINA 07
REFORMA FISCALComentarios a la
Reforma Fiscal 2017
C.P.C. José Fidel Ramírez Jiménez MDF
Es un gusto y un honor dirigirme a ustedes como presi-
denta del INCP y hacerles partícipes del plan de trabajo
que se tiene para este nuevo ciclo en la vida institucional
de nuestra querida región noroeste. Iniciamos un nue-
vo consejo el cual tengo el honor de presidir, responsa-
bilidad que asumo con gran entusiasmo y agradezco a
todo el gran equipo de colaboradores que estamos para
fortalecer y sumar a los logros ya obtenidos en las ges-
tiones que nos precedieron.
El plan de trabajo para este año que inicia está en ar-
monía con el plan estratégico del IMCP, que celebrarán
los 110 años de Contaduría en México, cabe resaltar
que como región noroeste estaremos celebrando el
40 aniversario durante todo el año 2017, somos una
profesión con historia, pero también con mucho fu-
turo, tenemos el compromiso de seguir evolucionan-
do como lo requieren los nuevos tiempos, continua-
remos con la renovación e inclusión de la tecnologías
de información como plataforma para capacitación, se-
guiremos apoyando a las Federadas en la integración
de sus equipos de Revisores para cumplir con la Nor-
ma de Control de Calidad, desde una perspectiva de
que la calidad nos beneficia a todos, trabajaremos en la
difusión de la imagen del Contador Público como líder
de opinión y seguiremos con la campaña de inclusión de
estudiantes que serán los futuros miembros colegia-
dos, que continuarán con esta gran organización que
tiene una misión y una visión de largo plazo. La mejor
forma en que la profesión contable contribuya al futuro,
es tomar la iniciativa para inventarlo.
Afectuosamente,
C.P.C. Virginia Sandoval Bojórquez
Presidenta del INCP 2016-2017
Estimados colegas del Instituto del Noroeste de Contadores Públicos, A.C.
NOTA DE EDICIÓN : Los artículos con- tenidos en esta revista son responsabi- lidad del autor y no del Instituto del No- roeste de Contadores Públicos, A.C.
Presidente de la Comisión de Revista
y Presidente de la Comisión de Redes
Sociales del INCP
C.P. Ruth Lizbeth Acosta Bustamante
DirectorioINSTITUTO DEL NOROESTE DE CONTADORES PÚBLICOS, A.C.
COMITÉ EJECUTIVO REGIONAL
PRESIDENTE - C.P.C. Virginia Sandoval Bojórquez
VICEPRESIDENTE GENERAL - C.P.C. Carlos Ibarra Aguiar
TESORERO - C.P.C. Mario Zavala Tellez
AUDITOR FINANCIERO - C.P.C. Maximina Estrada Ulloa
AUDITOR DE GESTIÓN - C.P.C. Juan Carlos Esqueda Hampl
VICEPRESIDENCIAS OPERACIONALES
LEGISLACIÓN - C.P.C. Guillermo Gómez Aguirre
GUBERNAMENTAL - C.P.C. Guillermo Williams Bautista
SECTOR EMPRESAS - C.P.C. Manuel Alonso Quintero Arce
RELACIONES Y DIFUSIÓN - C.P.C. José Fidel Ramírez Jiménez
FISCAL - C.P.C. Joaquín Vega Valadez
APOYO A ASOCIADAS - C.P.C. José David Novato Salazar
CONTROL DE CALIDAD - C.P.C. Raymundo Velarde Miller
ASUNTOS INTERNACIONALES - C.P.C. Evangelina Contreras Caro
PRESIDENCIAS COLEGIOS ASOCIADOS
IMCP Sonora - C.P.C. Mario Arvizu Real
IMCP Sonorense - C.P.C. Alma Cecilia Villarreal Antero
IMCP Región del Mayo - C.P. Suleyka Gpe. Ruiz Satow
IMCP Los Mochis - C.P.C. Roberto Domínguez Beltrán
IMCP Culiacán - C.P.C. Víctor Manuel Sandoval S.
IMCP Mazatlán - C.P.C. Gonzalo Cabanillas Cedano
IMCP Tijuana - C.P.C. Aracely A. Guzmán Ibarra
IMCP Mexicali - C.P.C. José de Jesús Aceves U.
IMCP Ensenada - C.P.C. Sandra E. Gómez Domínguez
IMCP La Paz - C.P.C. Javier Arnaut Castro
VICEPRESIDENCIAS COLEGIOS ASOCIADOS
IMCP Sonora - C.P.C. Sebastián Colio Constante
IMCP Sonorense - C.P.C. Jorge A. Alcántar Topete
IMCP Región del Mayo - C.P. Alma Delia Sánchez Félix
IMCP Los Mochis - C.P.C. Ernesto C. Cota Gastélum
IMCP Culiacán - C.P.C. Sergio Leyva Esquer
IMCP Mazatlán - C.P.C. Rafael Arturo Vargas Díaz
IMCP Tijuana - C.P.C. Lorenzo Hernández Nieblas
IMCP Mexicali - C.P.C. José Ricardo González Grano
IMCP Ensenada - C.P.C. Elvia Rodríguez Calderón
IMCP La Paz - C.P.C. Carlos Iván Salgado Cota
Editorial Revista “Contaduría del Noroeste”
Presidente de la Comisión de Revista,
C.P. Ruth Lizbeth Acosta Bustamante;
Diseño Gráfico,
L.D.G. Reyna E. Hernández Carbajal,
Edición y Corrección de Estilo,
C.P. Ruth Lizbeth Acosta Bustamante.
Publicidad: C.P. Ruth L. Acosta, ruthlizbethacosta@gmail.com
EDITORIAL
Tenemos día a día la valiosa oportunidad de reescribir
nuestro destino, de iniciar de nuevo, me siento privilegiada
de regresar a hacer lo que tanto me apasiona, la edición de
nuestra revista, y de acompañar al nuevo Consejo Directi-
vo Regional Zona Noroeste, presidido por la C.P.C. Virgi-
nia Sandoval Bojórquez, inaugurando una NUEVA ETA-
PA en nuestra región, por lo cual, tengo la gran satisfacción
en presentar ante usted nueva imagen y nuevo contenido
en nuestra revista regional “Contaduría del Noroeste”,
misma que será mensual a partir de éste mes de noviem-
bre, la cual espero siga siendo de su utilidad y agrado.
En esta edición, contamos con valiosas contribuciones con
temas que enriquecen nuestro quehacer profesional, por
ejemplo, el C.P.C. Ramón Espinoza nos deja reflexionan-
do de la “Obligatoriedad del Informe Fiscal al INFONA-
VIT”; tenemos de muy buena fuente, de puño y letra del
fiscalista C.P.C. José Fidel Ramírez, los “Comentarios a la
Reforma Fiscal 2017”; así también el C.P.C. César Miran-
da nos aclara una confusión recurrente como patrones del
“Tratamiento fiscal y administrativo que debemos darle
a las Propinas”; y el C.P.C. Guillermo Williams, Certificado
Internacional de Fraude, nos comparte unos muy intere-
santes consejos para que los “Empresarios eviten errores
y no sean víctimas de Fraude”; la Lic. Ivonne Coello, nos
comenta de la relevancia de contar con el “Diagnóstico de
Seguridad y Salud en el Trabajo”; y esta edición finaliza,
en forma de breve relato, donde les escribo un poco acer-
ca de la vida de un grande de todos los tiempos, de Leo-
nardo Da Vinci, ya que considero importante que conoz-
camos de arte y cultura, ya que es una manera de enno-
blecer nuestro espíritu.
Espero les complazca esta edición y agradezco de nueva
cuenta su preferencia.
Un abrazo,
C.P. Ruth Lizbeth Acosta Bustamante, M.I.
Presidente de la Comisión de Revista del INCP
“Contaduría del Noroeste”
AUDITORÍA, Instituto del Noroeste de Contadores Públicos | 5
C.P.C. Ramón Espinoza Jiménez EX PRESIDENTE
DEL INCP, SOCIO
DE ESPINOZA
GUTIÉRREZ, S.C.
Informe fiscal al infonavit… ¿obligatorio?
Como es de conocimiento público en
nuestra profesión, desde el ejercicio fis-
cal 2014 se eliminó la obligatoriedad del
dictamen fiscal en términos del artículo
32-A del Código Fiscal de la Federación,
quedando únicamente como una opción
para ciertos contribuyentes que estuvie-
ran en alguno de ciertos parámetros
(más de $100 millones de ingresos, o al
menos $79 millones de activos o 300
trabajadores) los cuales están precisados
con mayor detalle en el citado artículo
32-A.
Por ello, con base en lo anterior, desde
esa fecha he considerado que tampo-
co existe la obligación establecida en
el artículo 29 fracción VIII de la Ley de
INFONAVIT sobre la presentación al
Instituto de la copia con firma autógrafa
del informe sobre la situación fiscal del
contribuyente. Sin embargo, es conve-
niente hacerles saber que el Infonavit a
través de su área jurídica, ha emitido un
oficio en el que señala que cuando el con-
tribuyente decida optar por dictaminarse
para efectos fiscales, se obliga con ese
Instituto a presentar lo establecido en el
artículo 29 fracción VIII anteriormente
mencionado. Es importante hacer notar
que no se ha modificado este artículo
para precisar esa situación establecida
en el oficio emitido, desde 2015, por el
Instituto.
Por lo anterior, aun cuando varios cole-
gas somos de la opinión de que no existe
obligación ante el Infonavit de entregar
dicho informe fiscal, es posible que el In-
stituto emita requerimientos al respecto,
los cuales se tendrían que defender por
los cauces legales, con la consecuente
dedicación de tiempo y dinero.
La información que, según el Instituto,
debe presentarse es la siguiente:
1. Carta de presentación del dictamen
fiscal impresa en dos tantos, con firma
autógrafa del representante legal (For-
mato DO-01)
Disco compacto rotulado con el nombre y
RFC del patrón dictaminado, con funda de
papel del tamaño del disco, que contenga:
1. Opinión e informe de la situación fiscal
del contribuyente (formato PDF con fir-
mas del contador público).
6 | AUDITORÍA, Instituto del Noroeste de Contadores Públicos
2. Acuse de recibido en forma electrónica
con sello digital (formato PDF).
3. Anexos del dictamen fiscal:
• Análisis comparativo de las subcuentas
de gastos o análisis comparativo de las
cuentas del estado de resultados (en ar-
chivo Excel y PDF).
• Relación de contribuciones a cargo del
contribuyente como sujeto directo o en
su carácter de retenedor o recaudador
(en formato Excel y PDF).
• Relación de contribuciones por pagar
(en archivo Excel y PDF).
4. Declaración anual del Impuesto Sobre
la Renta (digitalizado con su acuse de re-
cibo emitido por el SAT, únicamente si no
tuvo trabajadores en el ejercicio dictami-
nado).
5. Relación en hoja electrónica en forma-
to Excel, de los registros patronales aso-
ciados al RFC del contribuyente cuando
sean más de 10.
6. En caso de que el contribuyente desee
adjuntar información adicional, debe ha-
cerlo en el mismo disco, relacionando en
hoja electrónica, en formato Excel, el de-
talle de los archivos con el nombre que
les asignó a cada uno de ellos.
De no hacer lo antes descrito, es posible
que el Instituto emita un requerimiento
e imponga la multa establecida, la cual
puede ser el equivalente de 3 a 150 veces
el salario mínimo general diario vigente
en el DF, como lo estipula el artículo 8vo.,
fracción I del referido Reglamento.
Igualmente existe la posibilidad que el
Instituto también emita requerimientos
por años anteriores en los que se consi-
dere que se haya omitido esta obligación
por haberse presentado dictamen fiscal.
De hecho, a mediados del ejercicio 2015
el Instituto inicio un programa de reque-
rimientos a una gran cantidad de pa-
trones obligados, a los cuales requirió di-
cho Informe, con la consabida multa por
cada ejercicio omitido.
Les sugerimos considerar esta situación
y en su caso prepararse para atender de
la mejor forma apoyado en sus contado-
res o asesores legales respectivos.
Aun cuando varios colegas somos de la opinión de que no existe obli- gación ante el Infonavit de entre-gar dicho informe fiscal, es posible que el Instituto emita requeri- mientos al respecto, los cuales se tendrían que defender por los cau- ces legales, con la consecuente de- dicación de tiempo y dinero.
REFORMA FISCAL, Instituto del Noroeste de Contadores Públicos | 7
C.P.C. José Fidel Ramírez Jiménez MDFVICEPRESIDENTE
RELACIONES Y
DIFUSIÓN DEL
INCP
Comentarios a la Reforma Fiscal 2017
El reciente paquete económico enviado
por el ejecutivo federal y analizado y dis-
cutido por el Congreso de la Unión nos
arroja un documento muy interesante
que vale la pena revisar a fondo ya que,
aunque no se trata de un documento muy
extenso, su contenido, es realmente im-
pactante para el desarrollo de nuestras
actividades cotidianas.
Escenario de desarrollo del paquete eco-
nómico:
En caso que el tipo de cambio peso/USD
subiera al previsto, que es muy posible,
no se menciona en el documento que
pasará con el excedente, por lo que, en
su momento, estaremos ante dinero que
no tiene un destino específico y podría
perderse en simple gasto operativo como
hace algunos años ya sucedió.
PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACIÓN
A pesar del mediáticamente anunciado
recorte de $237.7 mil millones de pesos,
$18.62
3.0%
2.5%
1.
2.
3.
4.
5.
6.
Precio de barril de petróleo:
Precio dólar promedio:
Inflación:
Crecimiento económico:
NO hay impuestos nuevos.
$42.00 dólares americanos
Precio de combustibles libre a partir de enero de 2017.
8 | REFORMA FISCAL, Instituto del Noroeste de Contadores Públicos
lo cierto es, que aumenta el presupuesto
en 2.7% en términos nominales respecto
al proyecto de 2016.
La contratación de nueva deuda será de
$414 mil millones de pesos y el costo to-
tal de deuda para 2017 será de $568.2
millones de pesos. Este endeudamiento
excesivo es uno de los principales moti-
vos por los cuales no podremos avanzar
el próximo año.
LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN
Contempla algunos estímulos fiscales re-
lacionados con el consumo de combusti-
bles fósiles y no fósiles (biodiesel); sin
embargo, los requisitos solicitados para
su aprovechamiento harán imposible su
aplicación en la práctica, que si se trata de
combustible importado, el contribuyente
que pretenda acreditar dicho estímulo
deberá solicitar al vendedor del dicho
combustible importado, copia del pedi-
mento de importación de dicho producto;
considerando que se trata de documen-
tos privados que solo atañen al compra-
dor estaremos ante una situación compli-
cada para quien pretenda hacer valer el
estímulo por IEPS consumido.
Se mantuvieron los estímulos por deduc-
ción adicional a bienes donados a insti-
tuciones de banco de alimentos y banco
de medicinas, así como el de contratación
de personas con discapacidad motriz, au-
ditiva y visual.
Se mantienen los beneficios al RIF res-
pecto a la causación del IVA e IEPS me-
diante la aplicación de un porciento a los
ingresos gravados, al igual que otros ya
contemplados en la Ley de Ingresos de la
Federación de 2016.
LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Se adiciona un estímulo por inversión en
fondos para promoción de deporte de
alto rendimiento equivalente a un 10%
máximo del ISR anual y que podrá ser
utilizado hasta 10 años o agotarse, lo que
suceda primero. Este estímulo no será
acumulable para ISR.
Se adiciona un estímulo por adquisición
de equipo para recarga de vehículos eléc-
tricos a disposición del público, equiva-
lente a un crédito fiscal a favor igual al
30% de su valor. Este estímulo no será
acumulable para ISR.
Se incluye un estímulo por la investiga-
ción y desarrollo de tecnología equiva-
lente al 30% de la inversión aplicada en
este rubro. Será aplicable al ISR anual y
no será acumulable para efectos de este
mismo impuesto.
Dentro de las novedades interesantes se
encuentra la modificación a los artículos
16 y 90 donde se considera que los apo-
Novedades respecto a las empresas que prestan servicios de subcontratación de mano de obra (outsourcing) ya que sus clientes deberán solicitar y obtener de estas empresas lo siguiente: copia de los comprobantes fiscales por concepto de pago de salarios de los trabajadores que le hayan proporcionado el servicio subcontratado, de los acuses de recibo, así como de la declaración de entero de las retenciones de impuestos efectuadas a dichos trabajadores y de pago de las cuotas obrero patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social; si pretenden que la erogación se considere como deducción autorizada.
REFORMA FISCAL, Instituto del Noroeste de Contadores Públicos | 9
yos gubernamentales no son acumula-
bles para efectos de ISR. Esto, cumplien-
do con los requisitos establecidos en las
reglas de operación de los programas
gubernamentales respectivos.
Novedades respecto a las empresas que
prestan servicios de subcontratación de
mano de obra (outsourcing) ya que sus
clientes deberán solicitar y obtener de
estas empresas lo siguiente: copia de
los comprobantes fiscales por concepto
de pago de salarios de los trabajadores
que le hayan proporcionado el servicio
subcontratado, de los acuses de recibo,
así como de la declaración de entero de
las retenciones de impuestos efectua-
das a dichos trabajadores y de pago de
las cuotas obrero patronales al Instituto
Mexicano del Seguro Social; si pretenden
que la erogación se considere como de-
ducción autorizada.
Nuevas tasas de deducción de inversiones:
7% en la fabricación de pulpa, papel y pro-
ductos similares.
10% en el transporte eléctrico; en infra-
estructura fija para el transporte, almace-
namiento y procesamiento de hidrocar-
buros, en plataformas y embarcaciones
de perforación de pozos, y embarcacio-
nes de procesamiento y almacenamiento
de hidrocarburos.
Beneficios para las personas morales sin
fines lucrativos: sus cuotas de recupe-
ración no se computarán para considerar
el límite del 10% que les obliga acumular
ingresos adicionales. También se con-
templa un programa de certificación de
donatarias autorizadas.
Se endurecen las medidas contra las do-
natarias autorizadas respecto a su liqui-
dación y donación de patrimonio a otra
donataria autorizada.
En el caso de los contribuyentes que
tributan en el RIF tendrán la posibilidad
de pagar mediante el cálculo de base de
ISR mediante un coeficiente de utilidad.
En este caso, los pagos bimestrales se
volverían provisionales. Podrían hacer
declaración anual definitiva.
Se permitirá la contratación colectiva de
planes de retiro los cuales podrán indi-
vidualizar las primas con el fin que sean
deducción personal en la declaración a-
nual de los contratantes colectivos.
Se permitirá la deducción de los honora-
rios derivados de servicios de psicología
y de nutrición, siempre que sean presta-
dos por un profesional titulado para
incentivar a la población para acudir al
nutriólogo y, como consecuencia directa,
mejorar su salud y disminuir la incidencia
de enfermedades crónicas como la diabe-
tes y padecimientos cardiovasculares.
Se contempla la opción para personas
morales en el ejercicio anterior hasta $5
millones de pesos de tributar mediante el
reconocimiento de ingresos al cobro y de-
ducciones autorizadas al pago similar al de
personas físicas. Esto implica que las PM
en esta opción deducirán compras pagadas
y no costo de lo vendido como las del títu-
lo II. Esta opción la podrán ejercer PM de
nueva creación que estimen no rebasar el
monto de $5 MDP en ese primer ejercicio.
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
Se consideró que el IVA correspondien-
te a los gastos e inversiones en periodo
preoperativo sea acreditable en la de-
claración correspondiente al primer mes
en el que se realicen las actividades por
las que se deba pagar el IVA o a las que
se les aplique la tasa del 0%, es decir,
hasta el momento en que se inician las
actividades objeto del impuesto, por lo
que aquellas empresas que no lleguen a
realizar dichas actividades absorberán
el impuesto trasladado como consumi-
dores finales; lo anterior no es aplicable
a empresas de exploración.
Nuevos conceptos de exportación de
servicios cuando se trate de aprove-
chamiento en el extranjero de:
• Desarrollo, integración y mantenimien-
to de aplicaciones informáticas o de sis-
temas computacionales.
• Procesamiento, almacenamiento, res-
paldos de información, así como la admi-
nistración de bases de datos.
• Alojamiento de aplicaciones informáticas.
• Modernización y optimización de siste-
mas de seguridad de la información.
• La continuidad en la operación de los
servicios anteriores.
Cuando se cumpla con lo siguiente:
• Utilicen en su totalidad infraestructura
tecnológica, recursos humanos y mate-
riales, ubicados en territorio nacional.
• Que la dirección IP de los dispositivos
electrónicos a través de los cuales se
prestan los servicios, así como la de su
proveedor del servicio de Internet se
encuentren en territorio nacional y que
la dirección IP de los dispositivos elec-
trónicos del receptor del servicio y la de
su proveedor del servicio de Internet se
encuentren en el extranjero.
10 | REFORMA FISCAL, Instituto del Noroeste de Contadores Públicos
• Consignen en el comprobante fiscal
el registro o número fiscal del residente
en el extranjero que contrató y pagó el
servicio, sin perjuicio de los demás requi-
sitos que deban cumplir de conformidad
con las disposiciones fiscales.
• Que el pago se realice a través de medi-
os electrónicos y provenga de cuentas de
instituciones financieras ubicadas en el
extranjero, mismo que deberá realizarse
a una cuenta del prestador del servicio en
instituciones de crédito en México.
No se consideran exportados:
• Cuando para proporcionar dichos ser-
vicios se utilicen redes privadas virtuales.
Para los efectos de esta Ley se considera
como red privada virtual la tecnología de
red que permite una extensión de una
red local sobre una red pública, creando
una conexión privada segura a través de
una red pública y admitiendo la conexión
de usuarios externos desde otro lugar
geográfico de donde se encuentre el ser-
vidor o los aplicativos de la organización.
• Cuando los servicios se proporcionen,
recaigan o se apliquen en bienes ubica-
dos en el territorio nacional.
CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Se señala que la firma electrónica podrá
ser utilizada por dichos particulares,
cuando éstos así lo acuerden y cumplan
con los requisitos que establezca el SAT
mediante reglas de carácter general y
demás disposiciones jurídicas aplicables.
Se señala que tanto el sector gobierno (de
cualquier nivel) como el privado, tengan
la posibilidad de depositar dentro de di-
cho Buzón información o documentación
de interés para los contribuyentes, pre-
vio consentimiento de estos últimos, ha-
ciendo expresa la posibilidad jurídica de
su uso para otros entes, sin que dicha
información pueda considerarse para un
uso fiscal.
Se deberá registrar a todos los represen-
tantes legales quienes deben tramitar su
e-firma. Los fedatarios deben asentar el
RFC de los representantes, socios y ac-
cionistas en las escrituras públicas. Antes
mencionaba solo a socios y accionistas.
No aplica para PM de título III.
Mayores facultades de fiscalización de la
autoridad:
Las relativas a la expedición de compro-
bantes fiscales digitales por Internet y de
presentación de solicitudes o avisos en
materia del registro federal de contribu-
yentes. Las relativas a la operación de las
máquinas, sistemas y registros electróni-
cos, que estén obligados a llevar conforme
lo establecen las disposiciones fiscales. La
consistente en que los envases o recipien-
tes que contengan bebidas alcohólicas
cuenten con el marbete o precinto corres-
pondiente o, en su caso, que los envases
que contenían dichas bebidas hayan sido
destruidos. La relativa a que las cajetillas
de cigarros para su venta en México
contengan impreso el código de seguri-
dad o, en su caso, que éste sea auténti-
co. La de contar con la documentación
o comprobantes que acrediten la legal
propiedad, posesión, estancia, tenencia
o importación de las mercancías de pro-
cedencia extranjera, debiéndola exhibir
a la autoridad durante la visita, y las in-
herentes y derivadas de autorizaciones,
concesiones, padrones, registros o pa-
tentes establecidos en la Ley Aduanera,
su Reglamento y las Reglas Generales de
Comercio Exterior que emita el Servicio
de Administración Tributaria.
También se incluyeron sanciones e in-
fracciones para donatarias autorizadas y
emisión de comprobantes fiscales.
Sin ser las únicas medidas contempladas
en la reforma fiscal para 2017, si son de las
más relevantes por su impacto. Lo que no
debemos dejar de esperar, son los respec-
tivos cambios en la resolución miscelánea
fiscal que generalmente, estas reglas, son
de mayor número y complejidad que los
mismos artículos de las leyes fiscales.
FISCAL, Instituto del Noroeste de Contadores Públicos | 11
C.P.C. César Miranda SEX PRESIDENTE IMCP
BCS, SOCIO DIRECTOR
MGIMÉXICO, BCS
PropinasTratamiento fiscal y Administrativo
Se ha detectado en diversas ocasiones,
que existe mucha confusión en la mayo-
ría de los establecimientos con personal
prestando un servicio personal directa-
mente al cliente, relacionado con el ma-
nejo y administración de las propinas
otorgadas a los trabajadores, y que en
la mayoría de los casos provoca diversos
problemas a las partes involucradas.
Las diferentes maneras de interpretar
los derechos y obligaciones sobre estas
remuneraciones, provocan en algunos
casos inconformidad o sensación de que
no se está cumpliendo correctamente
con su fin específico.
El patrón o empresario, por ejemplo,
puede llegar a percibir que la propina
entregada a quienes prestan el servicio,
corresponde en gran parte al uso de sus
instalaciones o que cuenta con un dere-
cho sobre estas remuneraciones en una
proporción mayor a la que el empleado
pudiera tener en mente. En otros casos,
sin el debido cuidado y control adminis-
trativo, estas propinas pueden incremen-
tar la carga fiscal del patrón, afectando a
las partes directamente por la disminu-
ción de los montos a repartir.
Por su parte, el trabajador llega a sentir
que sus derechos como trabajador son
violentados por el patrón, y que es injusta
la manera de repartir estas remunera-
ciones hacia todos los involucrados en el
proceso del servicio al cliente.
Por supuesto que una mala relación en-
tre patrón-trabajador afecta directamen-
te al cliente, ya que un trabajador incon-
forme, difícilmente podrá dar un servicio
de manera óptima, y esto a su vez afecta
de manera negativa a la actividad empre-
sarial del patrón y a sus ingresos por tal
concepto.
PARTES INVOLUCRADASPatrón - Trabajador - Cliente
Más allá de la problemática de tipo per-
sonal que pudiera surgir entre las par-
12 | FISCAL, Instituto del Noroeste de Contadores Públicos
tes involucradas, también hay un riesgo
importante al no tomar en cuenta las
condiciones adecuadas de percepción y
reparto de las propinas, podemos incu-
rrir en un incremento a la carga fiscal que
no tiene sentido.
Por todas estas razones, quisiera plante-
ar en las líneas siguientes, un análisis per-
sonal sobre el tema, con las recomenda-
ciones que un servidor considera deben
ser tomadas en cuenta siempre que exis-
ta el concepto cada vez más popular de
las ¨propinas¨.
CONCEPTO GENERAL
Cantidad de dinero que se da voluntaria-
mente para agradecer un servicio.
Gratificación pequeña con que se recom-
pensa un servicio eventual.
POR SU PARTE, LA LFT LA DEFINE COMO:
Art. 346. Las propinas son parte del sala-
rio de los trabajadores a que se refiere éste
capítulo en los términos del artículo 347.
Los patrones no podrán reservarse ni tener
participación alguna de ellas.
Art. 347. Si no se determina en calidad de
propina, un porcentaje sobre las consumi-
ciones, las partes fijarán el aumento que
deba hacerse al salario de base para el pago
de cualquier indemnización o prestación
que corresponda a los trabajadores. El sa-
lario fijado para estos efectos será remune-
rador, debiendo tomarse en consideración
la importancia del establecimiento donde se
presten los servicios.
Con la consideración de que el concepto
señalado en LFT, aplica sólo para traba-
jadores en hoteles, casas de asistencia,
restaurantes, fondas, cafés, bares y otros
establecimientos análogos.
Una vez claro el concepto, podríamos
diferenciar los tipos de propinas de dos
formas:
• Voluntaria. Aquella en la que el patrón
no interviene para nada en su obtención
y reparto, por lo que no es posible cono-
cer por anticipado el monto que pudiera
percibir el trabajador en lo individual, y
que fue otorgada por el cliente de mane-
ra directa, en relación con el servicio que
recibió y su satisfacción con el mismo.
Y a su vez en
• Determinables (otorgada a través TC,
cheques, contenidas en facturas, etc.)
• Indeterminables (las otorgadas en
efectivo al trabajador)
• Pactada. La que fue pactada por el pa-
trón y aceptada por el cliente, en un
acuerdo entre ellos, en el que el traba-
jador no participa. Incrementará al final
el precio del servicio prestado y su pago
será obligatorio. Al final, el patrón si así
lo decidiera, la repartirá entre los traba-
jadores según el criterio acordado con
ellos en su relación laboral.
IMPLICACIÓN LABORAL
En aplicaciones sobre una relación labo-
ral hay que tener en cuenta que al ser
parte del salario, como lo define la LFT,
éstas propinas deberán considerarse
para el cálculo de prestaciones, finiqui-
tos, gratificaciones y otras, con todas las
obligaciones en la relación patrón-traba-
jador que esto signifique.
IMPLICACIÓN EN SEGURIDAD SOCIAL
Por lo que respecta al Instituto Mexicano
del Seguro Social, así como al INFONA-
VIT, existe un acuerdo técnico del 02 de
septiembre de 1981 de numero 8497/81
señala que las propinas incrementarán
FISCAL, Instituto del Noroeste de Contadores Públicos | 13
al Salario Base de Cotización (SBC) del
trabajador, siempre y cuando éstas sean
pactadas y/o determinables (ver párra-
fos anteriores) en su forma de cobro al
cliente y pago a los trabajadores.
Entonces, podemos decir que las propi-
nas serán integradas al SBC cuando éstas
sean pactadas por patrón-cliente antes
de prestar el servicio, o cuando sean vo-
luntarias en la relación cliente-trabajador
y que puedan ser determinables al ser pa-
gadas a través de voucher en tarjetas de
crédito, mediante cheques, o a través de
la misma empresa. Si la propina se otorga
en efectivo en éste último caso, sería im-
posible determinarla, y fue precisamente
ese aspecto lo que orillo al IMSS sobre los
términos del acuerdo.
IMPLICACIÓN EN ISR
Respecto a los ingresos gravados para
ISR que perciban los trabajadores, resul-
ta que las propinas no pactadas (volun-
tarias) y entregadas directamente al tra-
bajador de parte del cliente, forman par-
te del salario de acuerdo a la LFT, y de-
berían ser consideradas para el cálculo
del ISR de los trabajadores con su corres-
pondiente retención de acuerdo al art 94
LISR.
Para el patrón, este tipo de propinas no
constituye un ingreso propio, ya que son
un ingreso del trabajador por un servicio
personal prestado directamente al clien-
te y en todo caso, sólo fueron adminis-
tradas por el patrón para su correcto
reparto. No importa que sean otorgadas
en efectivo, voucher, cheque o cualquier
medio de pago.
Un caso muy diferente son las propinas
pactadas previamente por el patrón y
consideradas en el precio del servicio,
y deberán formar parte de los ingresos
acumulables del patrón (art 16 LISR), ya
que se perdió la característica de servicio
personal entre cliente-trabajador. Éste
tipo de propinas a la vez, formarán parte
del salario del trabajador hasta que sean
pagadas por el patrón como un salario
proveniente de él y no como una gratifi-
cación que se percibió directamente del
cliente.
IMPLICACIÓN EN IVA
Podemos equiparar las consideraciones
tomadas para ISR, para poder identificar
en todo caso si las propinas serán o no,
un acto gravado para el Impuesto al Va-
lor Agregado. Por lo tanto, si la propina
no fue previamente pactada y se otorga
directamente de cliente a trabajador, aun
cuando sea administrada por el patrón,
no es un acto afecto de IVA, por tener
una calidad de subordinación ligada a
la relación laboral del trabajador y será
considerada como parte del salario des-
de el momento de su pago.
Ahora bien, si la propina es determinada
por el patrón y se incluye en el precio
del servicio, será entonces un acto gra-
vado para efectos del IVA, por ser una
prestación de un servicio independiente
por el patrón mismo y no contener el e-
lemento de ser voluntaria y relacionada
con el servicio del trabajador.
Articulo 18 LIVA. Para calcular el impues-
to tratándose de prestación de servicios, se
considerará como valor, el total de la con-
traprestación pactada, así como las can-
tidades que además se carguen o cobren a
quien reciba el servicio por otros impuestos,
derechos, viáticos, gastos de toda clase, re-
embolsos intereses normales o moratorios,
penas convencionales y cualquier otro con-
cepto.
14 | FISCAL, Instituto del Noroeste de Contadores Públicos
Considero que, en el dado caso de que
la propina fuera voluntaria por parte del
cliente hacia el trabajador, y el patrón en
la administración y manejo de la misma,
la incluye como un concepto extraordi-
nario en la factura del servicio prestado
originalmente, ésta no será gravable para
efectos del IVA, sino sólo un concepto
que complementa dicho comprobante.
En contraparte, para el cliente que pre-
tenda utilizar ese comprobante fiscal
como una deducción autorizada, el con-
cepto de propina no sería deducible para
efectos de ISR, ya que no formó parte del
precio total de los servicios previamente
pactados con la empresa, además de que
dicho ingreso no se traduce en un ingre-
so acumulable para la empresa, sino para
sus trabajadores. Mismo sentido que se
le dio en la tesis, cuyos datos señalo para
consulta.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MA-
TERIA ADMINISTRATIVA DEL SEXTO CIR-
CUITO.
Revisión fiscal 389/2000. Subadministra-
dor de lo Contencioso “2” de la Adminis-
tración Local Jurídica de Ingresos de Puebla.
6 de junio de 2001. Unanimidad de votos.
Ponente: Jorge Higuera Corona. Secretaria:
Mayra González Solís
IMPLICACIÓN EN EL SERVICIO PRESTADO
La Ley Federal de Protección al Consumi-
dor establece que:
Queda prohibido a cualquier proveedor de
bienes o servicios llevar a cabo acciones
que atenten contra la libertad o seguridad
o integridad personales de los consumidores
bajo pretexto de registro o averiguación. En
el caso de que alguien sea sorprendido en la
comisión flagrante de un delito, los provee-
dores, sus agentes o empleados se limitarán,
bajo su responsabilidad, a poner sin demo-
ra al presunto infractor a disposición de la
autoridad competente. La infracción de ésta
disposición se sancionará de acuerdo con
lo previsto en esta ley, independientemente
de la reparación del daño moral y la indem-
nización por los daños y perjuicios ocasio-
nados en caso de no comprobarse el delito
imputado.
Los proveedores no podrán entonces,
aplicar métodos o prácticas comercia-
les coercitivas y desleales, ni cláusulas o
condiciones abusivas o impuestas en el
abastecimiento de productos o servi-
cios. Asimismo, tampoco podrán prestar
servicios adicionales a los originalmente
contratados que no hubieren sido soli-
citados o aceptados expresamente, por
escrito o por vía electrónica, por el con-
sumidor.
Deberán ser muy claros en la forma de
explicar al cliente, en qué consistirá la
propina cuando se pretenda establecer
de manera anticipada al servicio, con el
fin de no provocar una molestia futura
por parte del cliente.
CONCLUSIONES
• Las propinas podrán ser voluntarias o
pactadas, determinables o indetermina-
bles, voluntarias u obligatorias.
• Incrementarán el Salario Base de Co-
tización sean pactadas o voluntarias,
pero sólo si éstas pueden ser determina-
bles.
• Acumularán al ingreso del trabajador
sea cual sea su naturaleza, y acumulan al
ingreso del patrón sólo cuando son pac-
tadas, determinables y/o obligatorias.
• Son actos gravados de IVA sólo cuando
sean pactadas, determinables y/o obliga-
torias.
• Pueden ser incluidas en un comproban-
te fiscal sin que ésto modifique los puntos
anteriores.
AUDITORÍA FORENSE, Instituto del Noroeste de Contadores Públicos | 15
C.P.C. Guillermo Williams BautistaVICE PRESIDENTE
GUBERNAMENTAL DEL
INCP, EX PRESIDENTE
IMCP SONORA
Errores comunes en las empresas que son víctimas de fraude
A menudo, cuando trabajamos en nues-
tras encomiendas de Auditoría Forense,
nos encontramos con una serie de erro-
res importantes que comenten los em-
pleadores víctimas de fraude ocupacio-
nal, es decir el que se realiza por los mis-
mos empleados de la empresa.
En el presente artículo, trataremos algu-
nos de ellos que si bien no son ni los úni-
cos ni los más importantes, tienden a ser
comunes en las organizaciones empresa-
riales de acuerdo con nuestra experien-
cia.
1) Pensar que los controles específicos existentes funcionan al 100% por sí mismos
En muchas empresas existen controles
específicos bien diseñados y que cum-
plen con la idea principal para lo que
fueron creados, sin embargo, los con-
troles no funcionan en automático solo
porque fueron bien ideados; De hecho
los controles pueden ser inobservados
en muchas de las ocasiones, piense us-
ted, solo por citar un ejemplo, que muchas
veces dentro de las políticas contables de
la empresa pueden existir reglas claras
de realizar conciliaciones bancarias, sin
embargo eso no quiere decir que las mis-
mas se realicen, y aún a pesar de ser reali-
zadas, sean hechas de manera correcta, e
inclusive cuando sean realizadas de for-
ma apropiada, pueden no cumplir con su
cometido de identificación de eventos
indeseables, es decir, puede haberse rea-
lizado la conciliación, pueden haberse
identificado algunas partidas que no han
sido correspondidas por el banco o por
la empresa y aun a pesar de esto en este
proceso se pudieron haber inclusive vali-
dado algunas transacciones que tratan
de ocultar fraudes como el que se puede
presentar debido a una mala segregación
de funciones es decir una misma persona
actuando en varias tareas que en teoría
son incompatibles.
16 | AUDITORÍA FORENSE, Instituto del Noroeste de Contadores Públicos
Es decir, a pesar de lo que la mayoría
pensamos, la conciliación puede no re-
sultar suficiente como un control de la
cuenta de bancos, ya que los compo-
nentes de control interno de monitoreo,
supervisión, evaluación de riesgos, res-
puesta a los mismos, y la incorporación
de la valoración de esos riesgos en la pla-
neación estratégica de la empresa no han
sido respetados.
Una buena gestión de control interno im-
plicaría que en el mapa de riesgos de la
empresa exista el hecho de localizar ope-
raciones vulnerables como la que puede
darse en los procesos de la conciliación
bancaria al identificar las operaciones
que se plasman o se dejan de plasmar
en la misma, además si este proceso no
puede ser realizado por personas dis-
tintas, el monitoreo constante de las o-
peraciones reflejadas en la conciliación
es fundamental, pero no solo eso, sino
que debe de haber además una super-
visión constante del resultado de las con-
ciliaciones, lo cual no quiere decir que se
ocupe un tiempo extraordinario en esta
operación, sino que alguien con el sufi-
ciente interés de que las cosas marchen
bien dentro de la empresa se dé a la tarea
de revisar sus resultados y de identificar
algunas operaciones de riesgo dentro de
los resultados de la misma conciliación y
su seguimiento mensual, mientras que
la identificación de eventos debe de fijar
sus esfuerzos en algunos tipos de opera-
ciones que resultan vulnerables ante el
conocimiento de la operación de la em-
presa.
Esto no es tarea fácil porque no estamos
hablando de las operaciones de mayores
montos necesariamente, sino que tene-
mos que identificar las de mayor riesgo
en virtud de las operaciones de la empre-
sa.
Como hemos visto, en un solo proceso de
control específico de la conciliación ban-
caria, el control en sí mismo no es sufi-
ciente para garantizar la buena operación
de la empresa, pero este solo es un ejem-
plo, al que acudimos por el hecho de ser
sencillo de explicar y visualizar.
2) Confiar ciegamente en las personas
Cuántas veces hemos escuchado, ¡oh,
no!, allí no hay ningún problema, ésta
persona es de toda mi confianza, o ¡yo sé
dónde están los problemas en la empresa!
Algunos empresarios a pesar de lo com-
plejo de las operaciones de las organi-
zaciones, tienden a pensar que tienen
todo bajo control, porque se basan con-
tinuamente en factores que más que ver
con cuestiones objetivas, son algunas
como las siguientes:
a) Se basan en “percepciones hechas con
el corazón”.
Muchas veces las personas nos ganan
afectivamente, y esto no necesariamente
puede ser malo, pero siempre hay que
tomar en cuenta que parte del trabajo del
defraudador es precisamente ganarse la
confianza y el afecto de la víctima, porque
lo que necesita del defraudado es preci-
samente eso, confianza.
Muchas veces las personas nos ga- nan afectivamente, y esto no ne- cesariamente puede ser malo, pe- ro siempre hay que tomar en cuen- ta que parte del trabajo del de-fraudador es precisamente ganar- se la confianza y el afecto de la víc- tima, porque lo que necesita del defraudado es precisamente eso, confianza.
AUDITORÍA FORENSE, Instituto del Noroeste de Contadores Públicos | 17
b) Se basan en la historia de éxito de la
empresa.
Ya que con frecuencia, los empresarios
han sido los directores de la empresa y
la han visto crecer, pero precisamente
ese crecimiento tiene el límite del mismo
crecimiento en sí; usted se preguntará
¿cómo está eso?, pues bien, le diré, todo
directivo tiene un límite de control de
manera personal, a medida que la empre-
sa va creciendo, necesitará inequívoca-
mente de controles fortalecidos para es-
tar presente más allá de “lo que alcanzan
sus ojos”, mediante mensajes fortaleci-
dos a la organización de que a pesar de
que confía en los procesos y las personas,
va a revisar por sí mismo, por controles
bien desarrollados, por técnicas especia-
lizadas y por revisiones externas profe-
sionales todas las operaciones de la em-
presa, piense por ejemplo, cómo actúan
las grandes organizaciones del mundo
utilizando todas estas herramientas y so-
bre las cuales basan su éxito.
3) Creer que los sistemas informáticos son infalibles
Con frecuencia, los empresarios piensan
que tienen todo “bajo control” porque
tienen un sistema de alta tecnología, pues
bien, los sistemas son manejados por
personas, creados por personas, alimen-
tados por personas y por supuesto en
muchos casos, violentados por personas.
El contar con un muy buen software ad-
ministrativo, operativo o contable, solo
garantiza que se tiene una muy buena
herramienta de trabajo, la cual requiere
mantenimiento, buen manejo, actualiza-
ción, e implementación de herramientas
de monitoreo del sistema.
De hecho, estas herramientas pueden ser
muy eficaces en el diseño de monitoreo
adecuado, sin embargo el gran problema
es nuevamente pensar que se manejan
solas, y que de manera automática actua-
rán para actualizar los diferentes pro-
cesos de la empresa.
De hecho, este es un efecto en sentido
contrario, a medida que las personas
conocen la operación del sistema y que
se les van presentando oportunidades de
manipularlo, los mismos se vuelven más
vulnerables.
La mejor práctica consiste precisamente
en eso, comprender su naturaleza y rea-
lizar una supervisión de operaciones
efectivas a pesar del sistema.
4) Una reacción tardía ante signos inequívocos de la existencia de irregularidades en la organización
En ocasiones existen signos evidentes de
que hay problemas de malversación de
recursos en las empresas tales como fal-
tas importantes de artículos en el inven-
tario, diferencias en el control de activos
en la empresa, márgenes de utilidad bru-
ta inexplicables en confronta con la esti-
pulación de precios de la compañía, cos-
tos excesivamente altos en los estados
Si hay algo que se sabe inmedia- tamente por todos los integrantes de un grupo empresarial es que se encontró a alguien haciendo fraude y sigue en la empresa, en-tonces todos comienzan a pregun-tarse, ¿o sea que está bien?, las consecuencias son equivalentes a un cáncer que avanzará lentamen- te pero firme, de tal forma que des- truirá al negocio mismo.
18 | AUDITORÍA FORENSE, Instituto del Noroeste de Contadores Públicos
financieros comparativos para la pres-
tación de servicios, cambios de procedi-
mientos que dan resultados negativos
en los indicadores financieros, juntas de
consejo inducidas por funcionarios de la
empresa en cuestiones no trascendenta-
les, etc.
Muy a pesar de este escenario, los em-
presarios tienden a confiar en que las co-
sas andan bien, y peor aún, a medida que
va pasando el tiempo empiezan a ver es-
tos signos como algo normal, cosa que es
bastante grave, ya que esta actitud hace
que con el tiempo no logren comprender
que esta situación es anómala y que le
causa daño a la persona física o moral.
El empresario o los funcionarios de alto
rango, deben de conservar un escepticis-
mo razonable ante cualquier factor que
de indicios de que algo no marcha bien
en la entidad, si no desconfiar de todo sin
bases, si obtener explicaciones comple-
tas y razonables ante la presentación de
este tipo de factores económicos dentro
de la empresa.
5) “Perdonar” a los empleados que cometen fraude
Si hay un mensaje inadecuado para la
organización es el que después de haber
agarrado “in fraganti” a un empleado, le
ha sido tolerada dicha falta, eso equivale
a hacer una reunión con todos los em-
pleados en la empresa y decirles, a partir
de hoy el hecho de que cometan fraude a
nuestra compañía está permitido y todos
pueden hacerlo libremente.
Si hay algo que se sabe inmediatamente
por todos los integrantes de un grupo
empresarial es que se encontró a alguien
haciendo fraude y sigue en la empresa,
entonces todos comienzan a preguntar-
se, ¿o sea que está bien?, las consecuen-
cias son equivalentes a un cáncer que
avanzará lentamente pero firme, de tal
forma que destruirá al negocio mismo.
Para que exista un buen programa de
control deben de existir los esfuerzos de
disuasión de fraude en el cual se centra
un mensaje claro de “cero tolerancia” a
este tipo de actos, y un actuar firme y de
consecuencias considerables para quien
cometa los mismos.
Así que el último eslabón de un buen con-
trol interno debe de ser el “compliance”
de todas las normas de la empresa, in-
cluidas las estipuladas en estos casos, las
cuales en caso de no existir, deben de ser
ejemplificadas de una manera íntegra.
6) Pensar que serán capaces de detectar cualquier síntoma de fraude
Las estadísticas nos dicen que la mayo-
ría de los fraudes serán encontrados (si
es que se encuentran) un año y medio
después del último acto si es que son
realizados en secuencia histórica lo cual
quiere decir que los defraudadores cuan-
do son atrapados –las menos de las ve-
ces- convivieron con las personas sin que
estas se dieran cuenta un año y medio
por lo menos.
También sabemos de acuerdo con las
estadísticas que las probabilidades de
que el propio empresario encuentre un
fraude dentro de la empresa son mínimas,
después de todo es el mismo empresario el
que es el blanco de la estrategia de fraude.
Por lo tanto, es muy probable que se re-
quiera el equipo fortalecido de especia-
listas en detección de fraude mediante
técnicas de auditoría forense para detec-
tar el ilícito.
Después de todo los defraudadores han
desarrollado toda una estrategia con el
fin de no ser descubiertos, aprovechan-
do todo lo que saben de la empresa, la
confianza de sus empleadores, la nobleza
de los mismos, su conocimiento de los
sistemas, la falta de medidas ejemplares
y todo aquellos para lograr sus fines.
Conclusión:
En las empresas existen varios errores
que se generan comúnmente en la fal-
ta de desarrollo de control interno que
tienden a ser aprovechados por los per-
petradores de fraude, con frecuencia el
exceso de confianza en las personas y los
sistemas es un detonador de estos ilícitos
dentro de la organización. El fraude se
basa en crear métodos que aprovechan
estas faltas ya que es muy distinto te-
ner algunos controles específicos a tener
un buen desarrollo de control interno;
El creer que los fraudes son fáciles de
detectar es completamente un error,
de hecho lo más común es dar mensajes
equivocados a la organización al per-
donar la comisión de hechos fraudulen-
tos y al reaccionar de forma tardía ante
los síntomas de fraude en la empresa lo
cual equivaldría en una analogía a sen-
tirse gravemente enfermo en lo personal
y no ir al Doctor, asimilando con el tiem-
po estos síntomas como una cosa normal.
Por lo tanto es importante en nuestra
labor de asesoría indicarle a los empresa-
rios cómo actuar ante ciertos eventos in-
deseados en la empresa y sobretodo con-
cientizarlos en la importancia de tener un
control interno fortalecido y una atención
oportuna de los indicios de fraude.
SEGURIDAD SOCIAL, Instituto del Noroeste de Contadores Públicos | 19
Lic. Ivonne Coello MuñozTITULAR DE ÁREA
DE DERECHO
ADMINISTRATIVO,
FISCAL Y SEGURIDAD
SOCIAL DE LEXCORP
ABOGADOS, S.C.
Diagnóstico de Seguridad y salud en el trabajo
Con el objeto de mantenerlos informados
y fomentar la cultura de la prevención en
sus empresas, nos permitimos compar-
tirles información relevante acerca del
Diagnóstico de Seguridad y Salud en el
Trabajo exigible por el Reglamento Fede-
ral de Seguridad y Salud en el Trabajo y
revisado por la Secretaría del Trabajo y
Previsión Social STPS.
En este Diagnóstico se determinan los
factores de inseguridad y riesgo en los
centros de trabajo con fines correctivos
y preventivos, para que sean soluciona-
dos a través de acciones implementadas
por el patrón. Abarca todas las áreas del
Centro de Trabajo, con sus riesgos indi-
vidualizados, su planeación, combate, ca-
pacitación, etc.
En caso de que se lleve a cabo una Ins-
pección por parte de la STPS y no se
cuente con el Diagnóstico, tiene como
consecuencia la imposición de una multa
que oscila entre los $20,000 y $200,000
pesos, debiendo considerar que si son
revisados aspectos individuales que
formen parte del contenido de dicho
documento, cada omisión generará una
sanción que se multiplicará por el núme-
ro total de trabajadores que integren la
plantilla laboral de la empresa, lo cual, es
sumamente gravoso.
Además, el Diagnóstico deberá contener
la identificación de las condiciones inse-
guras o peligrosas de los agentes físicos,
químicos o biológicos que se encuentren
en la empresa, así como los factores de
riesgo ergonómico y psicosocial capaces
de modificar y/o perjudicar las condicio-
nes del ambiente laboral; contendrá tam-
bién todos los peligros circundantes al
Centro de Trabajo y los requerimientos
normativos en materia de Seguridad y Sa-
lud en el Trabajo que resulten aplicables
conforme al giro y actividad de la empre-
sa, teniendo como base las Normas Ofi-
ciales Mexicanas que resulten aplicables
como lo son en su caso, la prevención y
protección contra incendios, utilización
de maquinaria equipo y herramienta,
manejo transporte y almacenamiento
de materiales y sustancias químicas
20 | SEGURIDAD SOCIAL, Instituto del Noroeste de Contadores Públicos
peligrosas, conducción de vehículos mo-
torizados, trabajo en altura o en espacios
confinados, recipientes sujetos a presión,
recipientes criogénicos y generadores de
vapor o calderas, actividades de soldadu-
ra y corte, entre otras más.
Como lo mencionamos en el párrafo que
antecede, la STPS se basa en un listado
severamente amplio de Normas para
dictaminar si la empresa está cumplien-
do cabalmente con sus obligaciones, de
lo contrario podrá obligar al patrón a
que haga las modificaciones o manifesta-
ciones correspondientes, además de pa-
gar las sanciones que haya impuesto.
Por lo tanto, le sugerimos verifique los
puntos anteriores con mucha precisión
para prever situaciones lamentables
tanto para la empresa, como para sus
trabajadores. Así mismo, ponemos a sus
órdenes nuestro servicio de auditoria
externa en este tema y en todo el cum-
plimiento de Normas Oficiales Mexica-
nas que apliquen a su empresa.
Sin más por el momento, quedamos de
ustedes para cualquier comentario o acla-
ración al respecto.
IMSS: Reclasifica y Finca Responsabilidad Solidaria
Con el gusto de saludarlos queremos
comunicarles que el Instituto Mexicano
del Seguro Social IMSS está llevando ac-
tualmente Verificaciones de Clasificación
de Empresas para efectos del Seguro de
Riesgos de Trabajo. Dicha Verificación
es mediante un Oficio en el que “invitan”
a verificar la clasificación de la empresa
conforme a su actividad real; en algunos
de estos oficios, señalan que “han detec-
tado actividades diversas” a las que apare-
cen registradas en el Instituto, y en otros
simplemente señalan que “revise su clasi-
ficación”. En ambos casos, va de por me-
dio un requerimiento de documentación
a cumplir en un plazo de 6 días general-
mente.
Esta Firma de Abogados recomienda
altamente que dichos Oficios sean con-
testados con el mayor detalle y veracidad
posible, así como que la documentación
exhibida no conlleve la modificación de
la Clase automáticamente, ya que en
algunos casos se exhiben facturas, por
ejemplo, en las que se detalla un servicio
completamente diferente al que corres-
ponde a la actividad del Patrón declara-
da ante el IMSS y seguramente se actua-
lizará el cambio de Clase.
Cuando su empresa reciba un Oficio de
este tipo, recomendamos valorar si es
conveniente una Corrección o bien, sos-
tener la Clase que actualmente tiene su
empresa, siempre y cuando pueda acre-
ditarse fehacientemente que la única o
principal actividad es la que se declaró al
IMSS al momento de darse de alta por pri-
mera vez; y no, aquélla a la que pretende
el Instituto Reclasificar a la empresa.
Lo anterior, debido a que una reclasifi-
cación implica “brincar” a la prima media
de la nueva Clase sugerida por el IMSS y
permanecer así, lo que resta de 2016 y
todo el 2017, en atención a lo dispuesto
en el artículo 28 fracción I del Reglamen-
to de Afiliación, Clasificación de Empre-
sas, Recaudación y Fiscalización, lo que
sería altamente gravoso para la empresa.
Así mismo les comentamos que el IMSS
también está emitiendo oficios en los que
llama la atención del Patrón que tiene la
figura de Outsourcing, para que llame la
atención de sus proveedores que se han
detectado como omisos en el pago de
Cuotas obrero patronales.
Lo anterior, con la intención del Instituto
de abrir camino para fincar una Respon-
sabilidad Solidaria al Patrón que sub-
contrata, ya que cita como fundamento
de los Oficios, el artículo 26 del Código
Fiscal de la Federación que regula esta
figura. Por tanto, resulta indispensable
SEGURIDAD SOCIAL, Instituto del Noroeste de Contadores Públicos | 21
que se solicite al proveedor que acredite
fehacientemente que cumple con el pago
de cuotas al Instituto mensualmente, ya
que no es suficiente la sola manifestación
“bajo protesta de decir verdad” de que
está cumpliendo; es necesario que exhiba
los pagos realizados.
Es caso de que haya omisión de pago de
cuotas, el Patrón que subcontrata ten-
drá que responder solidariamente por
la omisión, la cual puede remontarse a
la fecha de inicio del contrato corres-
pondiente, fincándose un monto al que
se adicionarán actualización y recargos,
pudiendo desencadenar un crédito fiscal
bastante cuantioso.
Criterios de interpretación Jurídica sobre el Certificado Único de Incapacidad Prenatal y traslado de semanas post parto
En alcance a nuestra última Circular
emitida en julio pasado, referente al tema
del otorgamiento del Certificado Único
de Incapacidad Prenatal expedido por
el Instituto Mexicano del Seguro Social
IMSS a favor de la mujer embarazada, les
informamos que el día de ayer fue publi-
cado en el Diario Oficial de la Federación
un Oficio que contiene la interpretación
legal que debe darse a la Solicitud de la
mujer embarazada del traslado de hasta
4 semanas de incapacidad prenatal, a la
post natal; esto en combinación con el
otorgamiento del Certificado Único.
Del Oficio que comentamos se despren-
den como puntos principales:
1. El Certificado de Incapacidad tempo-
ral abarcará 84 días y puede considerar
la transferencia de hasta 4 semanas del
período prenatal al postnatal, siempre y
cuando así lo solicite la mujer embaraza-
da. Será tomando en cuenta la fecha
probable de parto, certificada por un Mé-
dico Institucional o particular.
2. El pago de la Incapacidad podrá ser
efectuado en una sola exhibición.
3. En caso de que el parto suceda poste-
riormente a la estimada por el Médico
correspondiente, se emitirá el Certificado
de Incapacidad por enfermedad general,
como un enlace de los días que se haya
excedido entre la fecha probable de parto
y el parto real, al término del disfrute del
período de descanso pre y post natal que
identifica y ampara el Certificado Único,
con el consecuente pago del subsidio.
De lo anterior se desprende que la mujer
embarazada estará protegida totalmente
y no será impedimento para la obtención
de su descanso y del pago del subsidio, la
no coincidencia de la fecha real de parto,
tema que anteriormente había causado
inconsistencias al momento de cubrir el
pago de las respectivas incapacidades.
De igual forma, el IMSS al fijar su postu-
ra de interpretación busca homologar su
criterio con el emitido por los Tribunales
Colegiados de Circuito al pronunciarse
sobre este tema, por lo que ya no quedará
al arbitreo de los servidores públicos ins-
titucionales, aplicar correctamente am-
bos beneficios a la mujer embarazada.
Finalmente es necesario hacer énfasis en
que debe cumplirse con el procedimiento
de autorización patronal y médico para
que la mujer embarazada pueda hacer el
traslado de sus semanas, basado en las
condiciones personales de cada solici-
tante en cuanto al desarrollo del embara-
zo y actividad laboral desempeñada, tal
como lo dispone el artículo 170 de la Ley
Federal del Trabajo.
¿Quién no se ha visto inspirado, asombrado y maravillado al co- nocer un poco al multifacético Leonardo da Vinci?
Es uno de mis artistas favoritos, de quien tengo mucho
aún que aprender, cada que leo e investigo más de él,
me deja perpleja por la excelencia realizada en cada una
de sus obras. Permítanme contarles un poco, acerca de
lo que he aprendido de su vida y su gran legado en casi
todos los campos de la ciencia y del arte en los que él in-
cursionó.
Pues este gran pintor, anatomista, arquitecto, artista,
botánico, científico, escritor, escultor, filósofo, ingenie-
ro, inventor, músico, poeta, fue además urbanista. Quien
naciera en Villa Toscana de Vinci, Italia un 15 de abril de
1452 y falleciera en Francia en 1519.
Y hay tanto que aprender de él, y tanto que reconocer
de su obra. Todo lo que hizo, fue hecho con una excelen-
cia insuperable. Lo curioso es, que cuando se apasionaba
con algo, le dedicaba todo su tiempo a ello, ya fuera a pin-
tar, inventar, esculpir, incluso investigar en el campo de
la medicina, pero no mezclaba sus intereses, cuando ini-
ciaba una cosa, ponía su corazón en ella, y de una manera
tan perfecta, aunque muchas de sus obras e invenciones
quedaron inconclusas.
Conociendo a… Leonardo da Vinci
Pues bien, déjeme contarle a grosso modo un poco de su
vida, dos cuartillas no son suficientes, pero, estoy segura,
dejaré en usted la inquietud de conocerle mejor.
Me enfocaré en escribir de sus proezas artísticas e inven-
tivas, por ejemplo, su padre San Pietro, reconoció desde
que él era muy pequeño el gran talento en la pintura, y
le permitió ingresar como aprendiz en el taller del reco-
nocido artista Andrea del Verrocchio, donde aprendiera
pintura, escultura, así como técnicas y mecánicas de
creación artística. Lo que no esperaban, es que ese joven
artista, superara al maestro. La primera prueba de su
gran talento, fue, cuando su maestro Verrocchio le pidió
pintar unos ángeles en su obra “El Bautismo de Cristo”,
mismos que contrastaban con la brusquedad de los tra-
zos del Bautista creados por Verrocchio. Los ángeles
fueron los que llamaron más la atención en esa obra.
En la época de 1482, trabajó por diecisiete años con el
poderoso Ludovico Sforza, como ingeniero militar. Pero
en ese tiempo, desarrolló muchos proyectos entre los
cuales fueron: planos para canalizar ríos, espaciosas vi-
llas e ingeniosos sistemas de autodefensas de la artillería
enemiga. Tiempo después, trazaría mapas, calcularía dis-
tancias muy precisas, aunque muchas de sus invenciones
quedarían sólo en bocetos. Inventó la escafandra para
un buzo submarino, el cual no fue utilizado.
C.P. Ruth Lizbeth Acosta Bustamante, M.I.PRESIDENTE DE LA
COMISIÓN DE REVISTA
DEL INCP
Se dice que tuvo grandes e importantes amigos, entre e-
llos Luca Pacioli, Lorenzo de Médici, Nicolás Maquiavelo
y a su rival Miguel Ángel.
Se cuenta que nunca se casó, y que deducen fue homo-
sexual, mantuvo amistad estrecha con Salaí, un pintor
italiano, discípulo y ayudante, quien fuera modelo de
varios de sus retratos, entre ellos Juan Bautista, uno
conocido como anónimo y muchos más que formaban
parte de su colección privada. A Salaí le legó una gran
parte de su herencia, incluyendo La Gioconda.
Una de sus mejores creaciones fue el retrato mejor co-
nocido como La Gioconda o Mona Lisa, un cuadro que lle-
varía consigo por muchos años, y que desde su creación
causaría asombro y se convirtió en modelo de retrato. El
influjo de su sonrisa, así como el mismo personaje y su
misticismo ha inspirado infinidad de cuentos, leyendas y
hasta una ópera en su honor. Este cuadro se encuentra
expuesto en el Museo de Louvre en París, y es la obra
más valiosa de todos los tiempos, está fuertemente cus-
todiado, ya que ha sido robada en varias ocasiones.
Otra de sus obras maestras fue La Última Cena, la cual
pintó en la Iglesia de Santa María delle Grazie en Milán,
por encargo de Ludovico Sforza. Describen que su tra-
bajo en esa pintura fue distinta a la de otros artistas, en
días, pintaba con una furia y fuerza imparable y en otras
ocasiones, duraba días sólo mirándola. Se dice que buscó
entre la gente del pueblo, en las plazas, el rostro que plas-
mara a Judas, el traidor, y que ésta técnica impacientaba
al encargado del convento, el cual fue a quejarse con el
duque, quien le mandaría llamar, para que acelerara su
trabajo. Leonardo explicaría, que a los hombres de su
genio, producían más, cuando trabajaban menos, bus-
cando precisar las ideas que acababan siendo plasmadas
en forma y expresión.
Un dato curioso y que no puedo pasar por alto, fue la
gran amistad que hiciera con el matemático Luca Pacio-
li en 1496, quien concluyó su tratado de “La Divina
Proporcionalidad” donde explica la partida doble, mis-
mo que fue ilustrado por Leonardo. Con el estudiaría
matemáticas.
En el campo de la medicina, realizó muchos dibujos de-
tallados cuidadosamente sobre anatomía humana, se
dice que el Vaticano, en el sótano, desmembraba cuer-
pos de personas que no eran identificadas y gracias a
eso, logró plasmar, gracias a sus observaciones, el flujo
sanguíneo y las arterias en respuesta a una crisis cardía-
ca. Dibujó por primera vez a un feto dentro del útero. Sus
investigaciones no fueron reconocidas en su época, ya
que hablaba y escribía poco latín, motivo por el cual no le
dieron el crédito que merecía. Sus estudios y manuscri-
tos fueron guardados celosamente en el Vaticano duran-
te 100 años después de su muerte. Dicen los expertos,
que de haber sido descubiertos en tiempo, la ciencia y la
tecnología estaría adelantada 100 años en la historia. Se
desconoce por qué la decisión de esconderlos.
Debo destacar que Leonardo era zurdo y para poder
leerlo, era necesario usar un espejo, ya que escribía en
dirección opuesta.
Muchas de sus obras y sus trabajos fueron perdidos,
desgraciadamente, pero, sin duda, Leonardo se ganó un
lugar privilegiado en la historia. Pasarán muchos siglos
para que nazca otro Leonardo da Vinci.
Y me quedo corta en mi humilde relato… espero haberles
dejado la inquietud de querer conocer más de su asom-
brosa vida.
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