presidenciadeltribunal estatal electoral...
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TRIBU~~l¿~::~iu~~6'°RAlPRESIDENCIA DEL TRIBUNAL ESTATAL ELECTORAL DE GUANAJUATO
CUADERNILLO DE PRESIDENCIACUADERNILLO: 77/2018-CPDENUNCIANTE: ANÓNIMO,DENUNCIADO: BERNARDO RODRIGUEZ CONTRERAS,AUTORIDAD SUSTANCIADORA: CONSEJO DISTRITALELECTORAL IV DE LEÓN DEL INSTITUTO ELECTORAL DELESTADO DE GUANAJUATO
CÉDULA DE NOTIFICACiÓN POR ESTRADOS
En la ciudad de Guanajuato, Guanajuato, siendo las diecinueve horas con
veinticinco minutos del día veintiséis del mes de junio del dos mil dieciocho,
el suscrito Licenciado Luis Felipe Cardoso Castillo, con el carácter de
actuario del Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato, procedo a notificar por
medio de los Estrados de este órgano jurisdiccional a cualquier otro tercero
interesado, el auto de fecha veintiséis del mes de junio del año dos mil
dieciocho, dictado dentro del cuadernillo77/2018-CP,formado con motivo de la
comunicación con la que se tiene informando a este Tribunal Estatal Electoral
de Guanajuato la determinación de desechar la queja presentada de forma
anónima, respecto del Procedimiento Especial Sancionador identificado como
expediente 01/2018-PES-CDIV, lo que realizo acompañando a la presente
cédula de notificación copia certificada, en 2 páginas del auto de mérito;
asimismo se acompaña copia simple del oficio IEEG/CDIV/150/2018 y copia
simple del auto de desechamiento, emitido por la autoridad administrativa
electoral; lo que se asienta para los efectos legales a que haya lugar.- - - - - -
Lo anterior, con fundamento en el artículo 357 de la Ley de Instituciones y
Procedimientos Electorales para el Estado de Guanajuato; así como 32
fracciones 1, II Y 111, así como párrafo segundo del artículo 99 del Reglamento
Interior del Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato.
'rRmUNAL ESTATAL ¡PI iKIOBAL ne GUANAJUlATQ
TRIBUNAL ESTATALElEOORAlDE GUANAIUATO
CUADERNILLO DE PRESIDENCIAl
NÚMERO: 77/2018-CP
DENUNCIANTE: Anónimo. I
DENUNCIADOS: Bernardo Rcdrlquéz Contreras.
AUTORIDAD SUSTANCIADORA: Consejo DistritalElectoral IV de León del Instituto Electoral del Estadode Guanajuato.
AUTO.- Guanajuato, Guanajuato, a vei de junio de dos mil dieciocho.
Téngase por recibido el oficio número 50/2018, de fecha veinticuatro de junip del presente
año y anexo que acompaña, presentad en i ual fecha en la Oficialía de Partes de este TribunalEstatal Electoral de Guanajuato; libelo ue suscribe Osvaldo Barrera Salazar, Presidente del
Consejo Distrital Electoral IV de León del Ins tuto Electoral del Estado de Guanajuato; mediante el
cual informa respecto del acuerdo de fech v intitrés de junio de dos mil dieciocho, emitido por esa
autoridad administrativa distrital entro del expediente del Procedimiento Especial
Sancionador 01/2018-PES-CDIV, pon motivo de la denuncia anónima Iremitida en el
original del oficio 4242/2018 presentado p / Luis Carlos Morales Romero, en su carácter de
Director de Investigación "B" de la Secretarí de Transparencia y Rendición de Cuentas del Estadode Guanajuato, en contra de Bernardo Rod í uez Contreras, candidato del Partido Revolucionario
Institucionala Diputado por el IV Distrito, po h chos que considera presuntamente transqresores de
la normatividad electoral local, y suscepti le de ser sancionados, consistentes en la probable
comisión de infracciones a las disposicione de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales
para el Estado de Guanajuato, así como
las que presuntamente el candidato a Dip
sus anexos consistentes en cinco fotografías en
ocal por el Distrito IV por el Partido Revolucionario
de Salud del Estado, con el propósito d er su campaña electoral, agregando una copia
simple de la hoja de resguardo oficial d I vehícul camioneta piek up, marca Chevrolet Silverado,
con placas de circulación GG-38-221,; a uerdo a tra és del cual esa autoridad sustanciadora distrital
Secretaríade Transparencia y Rendici 'n de Cuentas ,elEstadode Guanajuato; en base a lo anterior
se acuerda:
a remitida en el original del oficio 4242/2018
carácter de Director de Investigación "B" de laelectoral determino desechar la den
presentado por Luis Carlos Morales
Fórmese el Cuadernillo de Preside
el que le corresponde
Iístrese con el número 77/2018-CP, que es
Agréguese a los autos el oficio en donde se le tiene por informando a la autoridad sustanciadora
distrital electoral a este Tribunal statal Electoral de Gua ajuato, la determinación de desechar
denuncia anónima remitida en el o ginal del oficio 4242/201 presentado por Luis clarlos Morales
Romero, en su carácter de Director de Investigación "B" e la Secretaría de Transparencia y
Rendición de Cuentas del Estado de Guanajuato, en razón d que no resulta procedente que ese
Guanajuato, pues ello no permite al candidato a Diputado Loca por el Distrito IV por el Partido
Revolucionario Institucional, ciudadano Bernardo Rodríguez Contrer s, presuntamente infractor de
la conducta denunciada, contar con los elementos necesarios para una adecuada befensa, por lo
en la denuncia anónimaórgano colegiado inicie investigaciones preliminares con
presentada ante la Secretaría de la Transparencia y Cuentas en el Estado de
.'
cual es necesario conocer el nombre de quien lo ~(;,' ,además de carecer la denuncia anónima de, '{requisitos necesarios para que se inicie una inJe~tig ción a partir de su contenido, en concreto el
nombre y firma autógrafa del denunciante" lo anterío es así, puesto que para que esa autoridad se
encuentra en condiciones de iniciar una investiqación e los hechos denunciados, resulta necesario
que los denunciantes aporten elementos probatorios o indiciarios, con la finalidad de garantizar laI
gravedad y seriedad de los motivos de la denuncia. amo elementos necesarios para justificar que
ese órgano colegiado realiza las primeras invesf.igacio es, recabando los elementos imperiosos para
la comprobación de los hechos denunciados, 1deci , la naturaleza jurídica de dicha exigencia que
se imponen ala los quejos, radica en que los hEfhos enunciados alcancen el agrado de credibilidad
suficiente para que ese órgano colegiado pue 'a ini iar la fase de investigación y desahogo de las
etapas procesales subsecuentes y coadyuvar a í pa a que el órgano jurisdiccional electoral esté en
posibilidad de emitir una resolución de fondo; fu dá ¡,doloen artículo 372, de la Ley de Instituciones
y Procedimientos Electorales para el Estado de u najuato y 4, fracción 11,5, 12, fracción IV, 55, Y
56 párrafo primero, fracción 1, del Reglamento duejas y denuncias del Instituto Electoral del
Estado de Guanajuato.
Asimismo, con la documentación de cuenta y el pr
integrantes de este Tribunal, para su debido con ci
pendiente por desahogar, archívese el expedie ,te
proveído, infórmese a la y los Magistrados
to; hecho lo anterior, al no haber diligencia
Notifíquese el presente auto mediante ofici ital Electoral IV de León del Instituto
Electoral del Estado de Guanajuato, por con ucto de su Presi ente, Osvaldo Barrera Salazar, en
su domicilio oficial, a través de mensajería especializada; y p r los estrados de este Tribunal, a
I presente proveído y copia simplecualquier otro tercero interesado, anexand
del escrito y anexo.
Así lo acordó y firma el Magistrado Presid (nte del Tribunal Estata Electoral de Guanajuato, Héctor
René García Ruiz, quien actúa legalm rte con Secretario Gen ral, Alejandro Javier MartínezMejía.- Doy fe.
Dos firmas ilegibles - Doy fe.- - - - - - - - -
\'.
TRIBUNAL ESTATAL ELECTORALDE GUANAJUATO
\I
\
I\
El suscritoAlejandro Javier Martínez Mejía, en mi carácter de Secretario General, del TlribunalEstatal
Electoral de Guanajuato, hago.constar y cer ifico que el presente auto consta de 1 u¡a foja útil por
ambos lados, que concuerda fielmente en td as y cada una de sus partes con su onglnal que obra" I
en poder de esta Secretaría dentro del Cuad rnillo de Presidencia número 77/2018-cpP,el cual secompulsa y coteja - Guanajuato, Guanajua o, veintiséis de junio de dos mil dleclcdho..Doy fe.-
CERTIFICACiÓN
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