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Observación General N°7Realización de los derechos del
niño en la primera infancia
MSc. Ana Josefina Güell Durán
Viceministra de Desarrollo Humano e Inclusion Social
Octubre, 2014
Aspectos a considerar sobre la Observación N°7
Derechos en la Primera Infancia
Políticas y programas a favor de la Primera Infancia
• Estrategias multisectoriales basadas en los derechos.• Criterios programáticos y capacitación profesional
adecuados al grupo de edad. • Acceso a servicios, especialmente para los más vulnerables.• Registro de nacimientos.• Nivel de vida y seguridad social.• Prestación de atención de salud.
Políticas y programas a favor de la Primera Infancia
• Programas de base comunitaria. • El sector privado como proveedor de servicios. • Enseñanza de los derechos humanos en la primera infancia. • Derecho al descanso, al ocio y al juego. • Tecnologías modernas de comunicación y primera infancia. • Educación en la primera infancia. • Responsabilidades parentales y públicas en la educación
durante la primera infancia.
Niños con necesidades especiales de protección
Abuso y negligencia (art. 19)
• “los Estados Partes deberán salvaguardar a los niños pequeños en situación de riesgo y ofrecer protección a las víctimas de los abusos, (…)”
Niños sin familia (arts. 20 y 21)
• “los Estados Partes deben invertir en formas de atención alternativa a fin de garantizar la seguridad, la continuidad de la atención y el afecto, y ofrecer a los niños pequeños la oportunidad de establecer relaciones a largo plazo (…)”
Niños con necesidades especiales de protección
Refugiados (art. 22)
• “Ellos y sus padres tienen derecho a un acceso igualitario a salud, la atención, la educación y otros servicios”.
Niños con discapacidad (art. 23)
• “Los niños pequeños discapacitados tienen derecho a asistencia especializada adecuada, incluido el apoyo a sus padres (u otros cuidadores)”.
Niños con necesidades especiales de protección
Conducta conflictiva e infracción de la ley (art. 40). • “Los Estados Partes deberán
garantizar que se ofrece a los padres/cuidadores apoyo y formación adecuados para cumplir con sus responsabilidades”.
Trabajo peligroso (art. 32).
• “Los Estados Partes tienen responsabilidades especiales en relación con las formas extremas de trabajo infantil señaladas en el Convenio sobre la prohibición de las peores formas de trabajo infantil y la acción inmediata para su eliminación (Nº 182), de la OIT.”
Niños con necesidades especiales de protección
• Otros casos de especial Atención:
Uso ilícito de sustancias (art. 33). Abusos y explotación sexuales (art. 34). Venta, trata y secuestro de niños (art. 35). Conducta conflictiva e infracción de la ley (art. 40).
¿Qué se ha hecho en esta materia? • Creación y fortalecimiento de la Red Nacional de Cuido y Desarrollo Infantil
Conjunto articulado de instituciones estatales, organizaciones no gubernamentales, grupos y personas, que comparten un marco de valores, principios y normas comunes, dirigido a garantizar una atención integral de calidad a las personas menores de edad.
Conjunto articulado de instituciones estatales, organizaciones no gubernamentales, grupos y personas, que comparten un marco de valores, principios y normas comunes, dirigido a garantizar una atención integral de calidad a las personas menores de edad.
Población infantil menor de 7 años, particularmente los menores de 4
años y 3 meses en condición de pobreza, riesgo y vulnerabilidad social.
¿Por qué es importante este programa para la niñez?
Red Nacional de Cuido y Desarrollo Infantil
REDCUDIINCLUYE: REDCUDIINCLUYE:
•CEN-CINAI •PANI •CECUDI•Hogares Comunitarios •Organizaciones de Bienestar Social-OBS•Asociaciones de Desarrollo •Asociaciones Solidaristas •Cooperativas •Centros Privados
Bases conceptuales de la Red de Cuido
Resultados al 2014
Muchas Gracias
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