obligaciones tributarias

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Economy & Finance

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OBLIGACIONES

TRIBUTARIAS

• Anderson David Bayona• Harold David Acero

Universidad Antonio NariñoBogotá 2014

Inicios de las tributaciones en

colombia • Origen se remonta en las civilizaciones más antiguas como producto

de las guerras, la religión y el pillaje desarrollándose hasta nuestros días con un sistema mucho más estructurado y elaborado.En Colombia para comienzos del siglo XX se evidenciaba un estado caótico de descomposición social, guerra, fusilamientos, robos y expropiaciones. Es por ello que después de la guerra de los mil días y la pérdida de Panamá, se requería un proceso de recuperación política y social que crea una necesidad imperante para los políticos que manejaban el poder. Bajo una economía excesivamente proteccionista, basados en altos aranceles para proteger la producción artesanal de la entrada de productos extranjeros en el gobierno de Marco Fidel Suárez, se instaura la ley 56 de 1918 primera reforma tributaria de Colombia.

Tipos de impuestos

• Impuesto sobre la renta: Se liquida con base en a renta o los ingresos recibidos por las personas naturales.

• Impuesto de renta y complementario régimen

especial: Se aplican a contribuyentes sobre la renta que reciben cuyo objetivo social y principal estén destinados a alas actividades de salud, deporte, educación, cultura etc...

• Impuesto sobre las ventas (IVA): Su origen se remonta ala colonia, era una contribución que recaía sobre la venta de bienes muebles e inmuebles. Actualmente es un impuesto que grava las ventas de bienes o prestación de servicios las cuales deben cumplir personas naturales y jurídicas.

Requisitos para generar un IVA:

1. Que la transacción sea venta, servicio o importación.

2. Que siendo venta no este excluida

3. Que siendo servicio no este exceptuado.

4. El objeto de la venta no puede ser activo fijo.

5. Que la venta sea realizada por un comercial habitual.

Tarifas del IVA

1. General :16%

2. Bienes exentos : 0%

3. Diferenciales : 20% , 25% , 35 %

4. Especiales : 2%

Responsables del impuesto al IVA

• Se dividen en 2 :

1. Los que pertenecen al régimen común

2. Los que pertenecen al régimen simplificado

• Requisitos para pertenecer al régimen común:

1. Llevar contabilidad

2. Inscribirse en el Rut

3. Expedir factura

4. Declarar

5. Obligación de informar el cese de actividades.

• Requisitos para pertenecer al régimen Simplificado:

1. Inscribirse en el registro único tributario RUT.

2. Cumplir con los sistemas de control que determine el gobierno.

3. Llevar libro fiscal de registro de operaciones diarias.

4. Declarar renta cuando cumpla con los requisitos.

5. Informar cese de actividades.

Ejemplo:

• Un responsable del régimen común vende a un responsable del régimen simplificado mercancías a crédito por una valor de $4.200.00

Comercializador General S.A

COMPROBANTE DE CONTABILIDAD Fecha

numero : 22 6/30/2011

Codigo DESCRIPCION PARCIAL DEBITOS CREDITOS

130505 Juan charrasquiado R. 4.872.000

240801 IVA por pagar generado 672

412034 Ingresos operacioneles 4.200.000

Para registrar ventas a juan charrasquiado, regimen simplificado a numero

de documento equivalente 14

Elaboro: Reviso: Aprobo:

IMPUESTO DE TIMBRE

• Es un impuesto que recae sobre cierto documentos, instrumentos públicos y documentos privados que se otorguen fuera del país pero que ejecuten en el territorio nacional

IMPUESTO AL PATRIMONIO

• Este gravamen esta a cargo de las personas juridicas, naturales y sociedades de hecho. Contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta por los años gravables 2011 a 2014. para efectos de este gravamen, el hecho generador del impuesto al patrimonio es la posesión de un patrimonio liquido igual o superior a los 1000 millones

Impuesto sobre las ganancias

ocasionales

Son el resultado de actividades esporádicas, que no hacen parte del giro ordinario del negocio.

Algunos ingresos constitutivos de ganancia ocasional son :

Las utilidades obtenidas en la venta de activos fijos poseídos por mas de dos años, las utilidades originadas en la liquidación de sociedades; las ganancias provenientes de loterías, rifas, apuestas y similares.

Impuesto de Remesas

El impuesto de remesas se causa por la transferencia al exterior de rentas y ganancias ocasionales de fuentes nacional. En el caso de las sucursales de sociedades extranjeras, el impuesto se causa por la simple obtención de utilidades, las cuales se presumen transferidas al exterior.

Impuesto predial

Es un gravamen real que recae sobre los bienes raíces y se genera por la existencia de un predio. El impuesto predial grava la propiedad o posesión de inmuebles que se encuentren ubicados en el distrito o municipio, y de ser declarado y pagado una vez al año por los propietarios, poseedores y usufructuarios en los predios.

Impuesto de vehículos

Con este impuesto se grava a los vehículos automotores nuevos o usados y los que ingresen temporalmente a al territorio nacional.

IMPUESTO DE DELINEACION URBANA

Se genera por la expedición de licencias para construcción, ampliación o modificación, adecuación y reparación de obras y urbanización de terrenos.

Contribuciones a las superintendencias

Las sociedades que están bajo vigilancia de cualquier superintendencia, sea financiera, de sociedades, de salud , economía solidaria u otras, deben pagar una contribución para ayudar a sus sostenimiento, la cual no es deducible del impuesto de renta.

Cámaras de comercio

Estos entes, que tienen el carácter de mixtos, cobran a las entidades comerciales por cuenta del estado por el control que ejercen por medio del registro y renovación de la matricula, un valor anual que es utilizado para su sostenimiento y, como lo establecen las normas, debe ser distribuido entre los entres municipales y departamentales.

Impuesto al consumo de cervezas ,

sifones y refajos.

El impuesto al consumo de cervezas, sifones, refajos y mezclas de fermentadas con bebidas no alcohólicas, de carácter nacional, es cedido a los departamentos y a distrito capital en proporción a su consumo en las respectivas jurisdicciones y se rige por las normas de la ley 223 de 1995 y el decreto reglamentario 380 de 1996

Impuesto al consumo de licores, vinos

, aperitivos y similares

El articulo 336 de la constitución política establece el monopolio fiscal de licores y destina las rentas obtenidas en su ejercicio preferentemente a los servicios de salud y educación.

Impuesto al consumo de cigarrillos

El hecho generador de este gravamen es el consumo de cigarrillos y de tabaco elaborado en la jurisdicción de los departamentos. El impuesto se causa en el momento en que el productor entrega en fabrica o en planta para su distribución, venta o permuta en el país, o para publicidad, promoción, donación , comisión o autoconsumo

Ingresos financieros

Todos aquellos que provienes de las diversas fuentes de financiación alas que el estado se ve precisado a recurrir y que se convierten en recursos adicionales a los recibidos por los contribuyentes por concepto de impuestos, y que entran a conformar el presupuestos naciones.

Retención en la fuente

Con el propósito de facilitar, acelerar y asegurar el recaudo de los impuesto , el gobierno nacional tienen la facultad de establecer las retenciones en la fuente para que el impuesto se recaude dentro del mismo ejercicio gravable en que se recaude.

• A QUIEN SE LE EFECTUA LAS

RETENCIONES:

1. Las personas jurídicas y otras entidades.

2. Los notarios.

3. Las personas naturales comerciantes y que en el años inmediatamente anterior tuvieron ingresos o patrimonio bruto superiores a 712.890.000$

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