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Resolución 0012/07 Decreto 1880 de 27 mayo del 2011 Compés 3675

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López Forero Letty Juliet

Malpica Galindo Diana Fernanda

Pérez Carlos Alberto

Yaya G. Jenny Rocío

Resolución 0012/07Por el cual se establece el pago de leche cruda al

productor

EL SISTEMA VIGENTE: CONOZCA SUS DERECHOS

Es importante que el ganadero conozca sus

derechos y las condiciones

vigentes para la venta de su

producción de leche.

De acuerdo con la Resolución 0012 de 2007, del Ministerio de Agricultura, el precio del litro de leche que la industria debe pagar al productor se compone de:

El Precio Base

Bonificaciones

Descuento

CAPÍTULO I.

El Precio Base: se ajusta cada seis meses mediante resolución del Ministerio de Agricultura. Actualmente su valor oscila en los $755/lt.

Más las Bonificaciones: que son de carácter:

Voluntario: por volumen, frío, estacionalidad.Obligatorio: por calidad higiénica y composicional; y por sanidad

Menos Descuentos:

Por transporte: según tablas de distancias y modalidades de transporte, establecidas por resolución del Ministerio.Por calidad: cuando no alcanza el mínimo exigido.

BONIFICACIONES

CAPÍTULO II. METODOLOGÍA PARA EL PAGO DE LECHE CRUDA AL PRODUCTOR

CAPÍTULO III. SISTEMA DE VERIFICACIÓN, SEGUIMIENTO Y

EVALUACIÓN DE LOS LABORATORIOS PARA EL PAGO DE CALIDAD POR PARTE

DE CORPOICA

CAPÍTULO IV. SEGUIMIENTO, VERIFICACIÓN Y SANCIONES

Que con el propósito de proteger la salud de la población es necesario establecer una normativa que señale las condiciones sanitarias que garanticen la higiene y calidad de la leche cruda, los requisitos que deben cumplir los responsables de su comercialización y los mecanismos de inspección y control a seguir por parte de las autoridades sanitarias competentes.

PROPÓSITO

CAP II. REQUISITOS PARA LA PRODUCCIÓN PRIMARIA

Los predios que provean leche cruda, con destino a su comercialización para consumo humano directo, deben cumplir con los requisitos establecidos en el Capitulo 11 del Decreto 616 de 2006 y en las normas que lo modifiquen, adicionen o sustituyan.

CAP III. CARACTERÍSTICAS FISICOQUÍMICAS Y

MICROBIOLÓGICAS DE LA LECHE CRUDA PARA CONSUMO

HUMANO DIRECTOLa leche cruda para consumo humano directo debe cumplir con las características fisicoquímicas establecidas en el Articulo 16 del Decreto 616 de 2006 yen las normas que lo modifiquen, adicionen o sustituyan. Adicionalmente, debe cumplir con las siguientes características:

1. La leche líquida proveniente de animales bovinos debe tener como mínimo 2.9% de proteína.

2. Debe estar libre de adulterantes, neutralizantes y conservantes.

3. Los niveles de sustancias tales como contaminantes químicos (metales pesados, residuos de medicamentos veterinarios, plaguicidas, entre otros) y toxinas, se deben regir por normas oficiales o en su defecto las normas internacionales del Codex Alimentarius (FAO-OMS).

La leche cruda para consumo humano directo debe cumplir con las características microbiológicas:

CAP IV. REQUISITOS PARA LA COMERCIALIZACIÓN DE LA LECHE CRUDA PARA CONSUMO HUMANO

DIRECTO

Los comercializadores de leche cruda para consumo humano directo en expendio deben inscribirse ante las autoridades sanitarias de los departamentos, distritos o municipios de categorías 1, 2 Y 3 de su respectiva jurisdicción

Los expendios deben cumplir requisitos en:

1. Instalaciones físicas

2. Instalaciones sanitarias

3. Personal manipulador

4. Saneamiento básico

5. Control de plagas.

6.limpieza y desinfección.

7.Materiales y equipos

8. Área del expendio

9. Temperatura de la leche cruda

Compes 3675

POLÍTICA NACIONAL PARA MEJORAR LA COMPETITIVIDAD

DELSECTOR LACTEO COLOMBIANO

Que es: es la política nacional para mejorar la competitividad del sector lácteo colombiano.

Objetivo: mejorar la competitividad del sector lácteo colombiano, a partir del desarrollo de estrategias e instrumentos que permitan disminuir los costos de producción e incrementar la productividad, con miras a profundizar y diversificar los mercados interno y externo y aprovechar las oportunidades y ventajas comparativas que tiene el sector.

CONPES LECHERO 3675/76

OBJETIVOS ESPECIFICOS Disminuir los costos de producción del

eslabón primario de la cadena láctea en las principales microcuencas productoras del país, mediante la incorporación de avances tecnológicos e implementación de procesos productivos innovadores.

$

Promover esquemas asociativos y de integración horizontal y vertical en las zonas productoras, que permitan lograr economías de escala y fortalecer la capacidad de negociación para la producción, el procesamiento y la comercialización de productos con alto valor agregado.

Aumentar la competitividad de la cadena láctea a través del desarrollo de conglomerados productivos, de manera que en las zonas con ventajas competitivas para la producción de leche se establezcan las inversiones y las condiciones óptimas para su desarrollo.

GRACIAS!!

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