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PROTECCION JURIDICA DELSOFTWARE
Anthony rivera pacheco
ELIANA RETAMOSO MAQUERA
DEFINICIÓN:SOFTWARE
Es el conjunto de los programas de cómputo, procedimientos, reglas,
documentación y datos asociados, que forman parte de las operaciones de un
sistema de computación.
PARA EMPEZAR TENEMOS QUE DEFINIR CON EXACTITUD EN QUE PARÁMETROS SE ENCUENTRA LA PROTECCIÓN DE SOFTWARE EN EL TÉRMINO LEGAL. PARA ESO TENEMOS QUE
CONOCER BIEN QUE SON LOS DERECHOS DE AUTOR Y LO QUE ABRACA, TANTO COMO EL DE LAS PATENTES.
Conociendo a groso modo en que concite el derecho de autor ya la patente podemos decir que la Protección de Software está dentro del ámbito de patentes, ya que es un invento o creación de determinada persona. Estaríamos diciendo que un software es un producto digital que para ser destruido deben adquirir la patente del producto en el tiempo establecido.
Una patente protege un hallazgo, descubrimiento o invento que da a
conocer antes que otros, tales como un logo, una marca, el nombre de alguna
estrella, el nombre un invento, el nombre de una técnica, un tipo de letra, una formula, el modelo de un auto, etc.
Una patente protege tu invento de algún individuo que quiera utilizar o
producir tu producto, dándote ciertos privilegios.
El Derecho de Autor protege al legítimo autor de sus obras
originales, las cuales no pueden sufrir ninguna alteración,
modificación o copia de un tercero. Por ejemplo en la letra de una
canción, la melodía de un musical, una pintura, una escultura, un libro, los comics, etc. Todos este tipo de obras producto de tu intelecto e
ideas gozan del Derecho de Autor.
En el Decreto Legislativo 823 artículo 3 dice: La protección reconocida por la presente Ley recae, entre otros, sobre los elementos constitutivos de la propiedad industrial, según lo leído podemos decir que pertenece a las Patentes de invención. Está bajo el Decreto Legislativo 823: Derecho de Patentes, tal como lo señala el Artículo 22: Artículo 22º.- Se otorgarán patentes para las invenciones sean de productos o de procedimientos en todos los campos de la tecnología, siempre que sean nuevas, tengan nivel inventivo y sean susceptibles de aplicación industrial.
PROTECCCION JURÍDICAEN DIFERENTES PAISES
En el Perú el marco legal en gran parte ya está dado, aunque en la aplicación es deficiente el marco jurídico para los derechos de propiedad intelectual en general está en consonancia con las normas internacionales. INDECOPI se encarga sobre los registros de propiedad intelectual. El tribunal administrativo del INDECOPI decide sobre casos relacionados con disputas de propiedad intelectual. Los titulares de derechos o partes sancionadas pueden presentar recursos ante el poder judicial. Los tribunales penales también pueden recibir demandas penales, incluyendo tiempo en la cárcel. Aunque en el Perú INDECOPI carece eficacia, la piratería totalmente masiva en la mayoría del país, los casos rara vez van a la fiscalía y el poder judicial no realiza sentencias disuasorias.
PERU
La protección del software en Estados Unidos, sostiene que secretos comerciales,
copyright y derecho de patentes han sido usadas para proteger la inversión en programas de
computación desde los comienzos de la industria.
Los secretos comerciales son importantes en el mercado de diseño a medida y en regular a
los característicamente móviles empleados de la industria. El copyright surgió a medida que
los programas fueron orientados a los consumidores; es decir al público en general.
El derecho de patentes surgió por la limitada capacidad del copyright para proteger la
inversión que se hacía en materia de software.
EE.UU.
Por otro lado la protección del software en Argentina está
establecida en la Constitución Nacional Argentina en su art. 17
promulga: “todo autor o inventor es propietario exclusivo de su
obra, invento o descubrimiento, por el término que le acuerde la
ley”.
También tenemos que según el decreto 165/94 incluyó a las
obras de software en la enumeración de las obras amparadas por
la ley 11.723 y estableció el procedimiento de registración.
ARGENTINA
De acuerdo a la legislación chilena, corresponde al derecho de autor, que es na
figura de resguardo distinta. Sin embargo, bajo ciertas condiciones especiales, el
software también puede ser protegido mediante una patente, así mismo como otras
formas de la propiedad industrial, principalmente marcas. En consecuencia, el
software no está remitido a un solo tipo de protección a la propiedad intelectual, sino
que puede obtener un cúmulo de protecciones. La orientación que intenta entregar
este documento es cómo proteger legalmente un software dentro del derecho de la
propiedad industrial y el derecho de autor.
CHILE
El Perú exporta aproximadamente 4
millones de dólares en software nacional
y que esta cantidad podría aumentar
significativamente si se redujera la
piratería de software, pero no sólo eso,
sino que también se podría generar
mayor empleo, así como mayores
ingresos para nuestro canal de
distribución. Como todos sabemos, la
piratería de software es un obstáculo
para el crecimiento sostenido de
cualquier economía.
En la medida que avance esta lucha contra la piratería, todos saldríamos beneficiados:
los programadores de software que recibirán la retribución de sus esfuerzos sobre sus
creaciones; la industria nacional que hoy en día exporta alrededor de US$4 millones al
año; y el canal de distribución, ya que de los 14,000 puestos de trabajo que se pierden
en el Perú por piratería de software, más de las tres cuartas partes son puestos de
trabajo perdidos dentro del canal de distribución.
No podemos ser indiferentes ante este delito. Microsoft ya ha puesto en marcha una
campaña para defender a sus clientes y canal de distribución que opera legalmente, sin
embargo la lucha contra la piratería de software es una tarea de todos los peruanos.
Todos unidos debemos apostar porque nuestro país progrese, ya que eso significará
también nuestro progreso.
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