los bienes muebles e inmuebles
Post on 24-Jun-2015
188 Views
Preview:
DESCRIPTION
TRANSCRIPT
Autor:Ricardo José Palacios Pérez
CI: V-21.245.438Asignatura:
Derecho Civil Bienes RealesDocente:
Eleana SantanderSAIA C
2014/B1
LOS BIENES MUEBLES E INMUEBLES
LOS BIENES
Se clasifican en:
Muebles Inmuebles
Son aquellos que pueden desplazarse de un lugar a otro por una fuerza exterior sin deteriorarse. También lo son los semovientes o animales que se mueven por si solos.
Se refieren a aquellos bienes que no pueden desplazarse de un sitio a otro.
Muebles
Las disposiciones acerca de los bienes muebles se encuentran en los artículos 532 y 534 del Código Civil Venezolano.
Se clasifican de acuerdo a:
1. Su naturaleza
Se refiere a las naves automóviles, sillas, mesas y también a los materiales provenientes de la demolición de un edificio.
Inmuebles
Se clasifican de acuerdo a:
1. Su naturaleza
De acuerdo a su naturaleza son:
a) Los edificios, son el conjunto de materiales consolidados que deben permanecer en el suelo, es decir presentan fijeza al suelo. La naturaleza de un inmueble se extiende a todas las partes de una construcción.
Mueblaje
El artículo 535 del CCV menciona las palabras mueble y mueblaje en sentidos opuestos. El mueblaje es entonces todo lo que está destinado al uso y adorno de las habitaciones sin incluir la ropa.
2. Por objeto al que se refieren o por determinarlo la ley.
El derecho del usufructuario y del propietario será mueble, si el objeto al que recaen estos derechos es un bien mueble.
b) Los árboles mientras no hayan sido derribados; mientras no hayan sido cosechados o separados del suelo son inmuebles por su naturaleza, por estar incorporado al suelo, es decir el nexo creado a la intención del hombre con el suelo los árboles. Dejarán de ser inmuebles una vez derribados o arrancados del suelo.Los sembrados en materos son muebles.
Derechos Reales
Son la relación existente entre un sujeto y una cosa.
a) Derecho Real sobre la cosa Propia: La propiedad.
b) Derecho real de goce sobre la cosa ajena: Usufructo, uso, habitación, servidumbre y enfiteusis.
c) Las lagunas o extensiones de agua recogidas por la tierra en forma natural o artificial cuando el hombre ha acondicionado el lecho de la laguna; es la roturación que se hace en la tierra para extraer el agua de las corrientes del subsuelo.
c) Derechos Reales de Garantía: Hipoteca, prenda y anticresis.
d) Derechos reales sobre cosas incorporales: La propiedad intelectual y la propiedad industrial.
2. Por su destinación
Artículo 528 CCV
Se llaman muebles por su destinación a los objetos que son muebles por su naturaleza, pero que están considerados como accesorios necesarios de un inmueble al cual están unidos.
Son:
a) Inmuebles por destino agrícola.
Derechos de créditos
Los derechos de créditos u obligaciones se refiere a un vínculo entre dos sujetos en el cual uno funge como acreedor y otro como deudor.
b) Los animales destinados a la labranza o los dedicados a los transportes de los productos del fundo o de los abonos.
c) Los viveros de animales. Estanques de peses, colmenas. Son inmuebles por su destinación cuando sirvan al predio en el que se encuentran.
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
- Código Civil Venezolano. Emilio Calvo Baca (2007)
- Derecho Civil Bienes Reales. Aguilar Gorrondona (2008)
top related