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ONTRALORIA).!! CUNDINAMARCA

RESOLUCIÓN DC NUMERO DE

( JD 2 OCT 2018 ;

"Por medio de la cual se autorizan unos descansos compensados"

EL CONTRALOR DE CUNDINAMARCA,

En uso de sus atribuciones constitucionales, legales, ordenanzales y,

CONSIDERANDO

Que los artículos 6° y 31° de la Ordenanza 23 de 2001, expedida en desarrollo del artículo 272 de laConstitución Política de Colombia, facultan al Contralor de Cundinamarca para que dentro de laautonomía administrativa y presupuesta!, reglamente todos los aspectos relacionados con laorganización y funcionamiento de la Contraloría.

Que el Decreto 648 de 2017 en su artículo 2.2.5.5.51, contempla el descanso compensado en lossiguientes términos: « Al empleado público se le podrá otorgar descanso compensado para semanasanta y festividades de fin de año, siempre y cuando haya compensado el tiempo laboralequivalente al tiempo del descanso, de acuerdo con la programación que establezca la entidad, lacual deberá garantizar la continuidad y la no afectación de la prestación del servicio».

Que mediante la Resolución 0776 DC del 24 de noviembre de 2014, modificada en su artículo 1°incisos 1° y 2° por la Resolución 0051 del 21 de enero de 2016, se estableció el Reglamento Internode los empleados de la Contraloría de Cundinamarca, y dentro de la misma el horario de trabajopara los servidores públicos de la entidad, de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m., con un periodode descanso de una (1) hora, comprendido entre las 12:00 m a 1:00 p.m. o de 1:00 p.m. a 2:00 p.m.

Que de conformidad con lo conceptuado en las precitadas normas y en virtud de la facultaddiscrecional y autonomía administrativa, el Contralor de Cundinamarca estima pertinente otorgar alos servidores públicos el tiempo previamente compensando para que disfruten con sus familias lasfestividades de fin y comienzo de año, como quiera que con ello no se verá afectada la prestación delservicio.

Que de acuerdo a la presente contentiva, la Dirección Administrativa de Gestión Humana y CarreraAdministrativa, realizará la concerniente divulgación y velará para que en cada área se establezcaun cronograma con los turnos de descanso, así como la compensación del mismo. No obstante loanterior, serán los jefes de cada dependencia, los responsables de garantizar que los funcionariosa su cargo, cumplan con la devolución del tiempo.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO. Autorizar a los servidores públicos de la Contraloría de Cundinamarca paraque de manera voluntaria opten por una de las fechas de descanso asignadas por la entidad, previoacuerdo con el Jefe de la dependencia y compensación respectiva. Las fechas establecidas serán lassiguientes:

• Del 24 al 28 de diciembre de 2018• Del 31 de diciembre de 2018 al 4 de enero de 2019

Calle 49 No.13 - 33 PBX 3394460

w w w . c o n t r a l o r i a d e c u n d i n a m a r c a . g o y . c o C o n la transparencia, por la paz de Cuotem

ONTRALORIAx DE CUNDINAMARCA

0 2 8 5 _'RESOLUCIÓN DC NÚMERO DE

( .02 OCT 2018 ;

"Por medio de la cual se autorizan unos descansos compensados"

• Del 8 al 11 de enero de 2019

PARÁGRAFO ÚNICO. Para los servidores públicos de la Contraloría Auxiliar, Dirección Operativa deControl Departamental, Dirección Operativa de Control Municipal, con sus respectivas Subdirecciones,Dirección Administrativa y Financiera con su concerniente Subdirección de Presupuesto, Contabilidady Tesorería, Subdirección de Finanzas Públicas de la Contraloría de Cundinamarca, únicamente podrándisponer del primer y tercer turno, en virtud de la necesidad del servicio.

ARTICULO SEGUNDO. Los funcionarios que deseen acogerse a este programa deberán concertarcon el Jefe inmediato para que se establezca el cronograma con la asignación de turnos, de talmanera que no se afecte la prestación del servicio. Así mismo, los jefes de cada dependenciadeberán remitir a la Dirección de Gestión Humana y Carrera Administrativa, el cronograma de losturnos escogidos por cada funcionario.

PARÁGRAFO ÚNICO. Para los servidores públicos que se encuentren en comisión, seráresponsabilidad del Coordinador del grupo enviar la programación de los turnos de descanso, asícomo el control de la compensación del tiempo, a partir de la fecha estipulada en el presente actoadministrativo.

ARTICULO TERCERO. Para compensar los días dejados de laborar, los servidores públicos de laentidad, que se acojan a este programa deberán trabajar desde el día 16 de octubre de 2018 hasta eldía 30 de noviembre de 2018, en el horario de 8:00 a.m. a 6:00 p.m., o de 7:00 a.m. a 5:00 p.m.,con una hora de almuerzo de 12:00 m a 1:00 p.m. o de 1:00 p.m. a 2:00 p.m., dicha compensación,será verificada con planilla que deberá ser firmada por el funcionario.

PARÁGRAFO PRIMERO. Para los funcionarios que se encuentren en el horario especial y deseenacogerse a esta programación sobre los descansos con compensación por los días no laborados,deberán trabajar desde el 16 de octubre de 2018 al 30 de noviembre de 2018, en el horario de 7:00a.m. a 4:30 p.m., con treinta (30) minutos de almuerzo.

PARÁGRAFO SEGUNDO. Como quiera que algunos funcionarios están programados para el disfrutede vacaciones en el mes de diciembre de 2018 y enero de 2019, para estos funcionarios no operan losturnos establecidos en el presente proveído; en consecuencia, cumplirán su horario normal.

ARTICULO CUARTO. La presente Resolución rige a partir de su fecha de expedición.

COMUNÍQUESE

RICARDOI¿OF[£Z AREVALOContríderfycle Cundinamarca

Revisó. Dra. Luz Andrea Cubillos Gualdron - Jefe Oficina Asesora JurídicaAprobó. Dra. Amalia del Carmen Bernal NiñoDirectora Administrativa de Gestión Humana y Carrera AdministrativaProyecto. Hilda María López Sánchez - Profesional universitario

Calle 49 No. 13 - 33 PBX 3394460www.contraloriadecundinamarca.qov.co Con la tapareo. p»r la paz de W»orra

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