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Ejercicio Periodo que se informa Número de recomendación Número de expediente Autoridad(es) Responsable(s) y/o servidor público Tabla_158951 Presuntas violaciones a los derechos humanos Breve descripción de la(s) recomendaciones(es) Aceptación de las recomendaciones Estado que guarda el cumplimiento de recomendación Hipervínculo recomendación/acuerdo no responsabili Hipervínculo fundamentación y motivo de negativa Hipervínculo minutas (comparecencia autoridades) Hipervínculo acciones de seguimiento y pruebas Fecha de validación Área(s) o unidad(es) responsable(s) Año Fecha de actualización Nota 2017 Enero a marzo 2017 CEDH/001/2016-R CEDH/0776/20 13 4 Derecho de petición, garantías de legalidad y seguridad jurídica. Se le brinde respuesta a los quejosos y agraviados, de forma fundada y motivada, si ellos acreditan o no,haber adquirido legalmente la vivienda que ocupan o haber realizado los pagos correspondientes a dicha adquisición; se lleve a cabo la mesa de trabajo con los quejosos y agraviados, para aclarar la raíz de la queja presentada y buscar soluciones; se inicie procedimiento administrativo de investigación por la presunta responsabilidad en que pudieran haber incurrido los servidores publicos que no dieron respuesta fundada y motivada a los quejosos; y se proporcione capacitación prioritaria en derechos humanos a los servidores públicos de PROVICH. Si total En proceso http://www.cedh- chiapas.org/Recomendaciones/ 2016/CEDH-01-2016-R.doc http://www.cedh- chiapas.org/transparencia/AR TICULOS/ARTICULO%2080/ FRACC%20II/INCISO- A/2017/1/D.SEEGUIMIENTO %20RECOS/act1t2017.r01- 2016.pdf 19/abril/2017 Dirección de Seguimiento de Recomendaciones , Propuestas Conciliatorias y Documentos Emitidos. 2017 31/marzo/2017 2017 Enero a marzo 2017 CEDH/02/2016-R CEDH/235/201 5 6 Protección de la integridad física y psicológica de los menores de edad, derecho al trato digno, derecho a la educación, tratos crueles, inhumanos y degradantes. Se inicie, integre y determine procedimiento administrativo de investigación; se realice la reparación del daño de manera integral a los agraviados, de conformidad con la legislación aplicable; se emita directrices y lineamientos específicos para prevenir todo tió de abuso y malos tratos en las escuelas; se imparta cursos de capacitación en materia de derechos humanos a los niños y niñas, a los servidores públicos involucrados y a los padres y madres de familia; se creen mecanismos necesarios que garanticen la seguridad de los menores de edad al contratar personal docente y de apoyo, para institución educativa; y se de vista al Fiscal del Ministerio Público para que determine la responsabilidad penal en que haya incurrido la servidora pública. Si total En proceso http://www.cedh- chiapas.org/Recomendaciones/ 2016/CEDH-02-2016-R.docx http://www.cedh- chiapas.org/transparencia/AR TICULOS/ARTICULO%2080/ FRACC%20II/INCISO- A/2017/1/D.SEEGUIMIENTO %20RECOS/act1t2017.r02- 2016.pdf 19/abril/2017 Dirección de Seguimiento de Recomendaciones , Propuestas Conciliatorias y Documentos Emitidos. 2017 31/marzo/2017 Tabla Campos TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN Listado y las versiones publicas de las recomendaciones emitidas LTAIPECH80FII.A.f1 Listado y las versiones publicas de las recomendaciones emitidas

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Page 1: TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN Tabla Campostransparencia.cedh-chiapas.org/archivos/80/2017/a-2017-1.pdfCEDH/0776/20 13 4 Derecho de petición, garantías de legalidad y seguridad

EjercicioPeriodo que se

informa

Número de

recomendación

Número de

expediente

Autoridad(es)

Responsable(s) y/o

servidor público

Tabla_158951

Presuntas violaciones a los

derechos humanos

Breve descripción de la(s)

recomendaciones(es)

Aceptación de las

recomendaciones

Estado que guarda el

cumplimiento de

recomendación

Hipervínculo

recomendación/acuerdo no

responsabili

Hipervínculo

fundamentación y motivo

de negativa

Hipervínculo minutas

(comparecencia

autoridades)

Hipervínculo acciones de

seguimiento y pruebas

Fecha de

validación

Área(s) o

unidad(es)

responsable(s)

AñoFecha de

actualizaciónNota

2017 Enero a marzo 2017 CEDH/001/2016-RCEDH/0776/20

134

Derecho de petición, garantías

de legalidad y seguridad

jurídica.

Se le brinde respuesta a los quejosos y

agraviados, de forma fundada y motivada,

si ellos acreditan o no,haber adquirido

legalmente la vivienda que ocupan o

haber realizado los pagos

correspondientes a dicha adquisición; se

lleve a cabo la mesa de trabajo con los

quejosos y agraviados, para aclarar la raíz

de la queja presentada y buscar

soluciones; se inicie procedimiento

administrativo de investigación por la

presunta responsabilidad en que pudieran

haber incurrido los servidores publicos que

no dieron respuesta fundada y motivada a

los quejosos; y se proporcione

capacitación prioritaria en derechos

humanos a los servidores públicos de

PROVICH.

Si total En procesohttp://www.cedh-

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2017 31/marzo/2017

2017 Enero a marzo 2017 CEDH/02/2016-RCEDH/235/201

56

Protección de la integridad

física y psicológica de los

menores de edad, derecho al

trato digno, derecho a la

educación, tratos crueles,

inhumanos y degradantes.

Se inicie, integre y determine

procedimiento administrativo de

investigación; se realice la reparación del

daño de manera integral a los agraviados,

de conformidad con la legislación

aplicable; se emita directrices y

lineamientos específicos para prevenir

todo tió de abuso y malos tratos en las

escuelas; se imparta cursos de

capacitación en materia de derechos

humanos a los niños y niñas, a los

servidores públicos involucrados y a los

padres y madres de familia; se creen

mecanismos necesarios que garanticen la

seguridad de los menores de edad al

contratar personal docente y de apoyo,

para institución educativa; y se de vista al

Fiscal del Ministerio Público para que

determine la responsabilidad penal en que

haya incurrido la servidora pública.

Si total En proceso

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Listado y las versiones publicas de las

recomendaciones emitidas LTAIPECH80FII.A.f1 Listado y las versiones publicas de las recomendaciones emitidas

Page 2: TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN Tabla Campostransparencia.cedh-chiapas.org/archivos/80/2017/a-2017-1.pdfCEDH/0776/20 13 4 Derecho de petición, garantías de legalidad y seguridad

2017 Enero a marzo 2017 CEDH/03/2016-RCEDH/0114/20

166

Libertad sexual, integridad

personal, trato digno, a la

educación, al desarrollo y a la

protección a la integridad física,

psicológica y sexual de las

niñas.

Se inicie, integre y determine

procedimiento administrativo de

investigación; se realice una minuciosa

investigación a fín de determinar el daño

causado a los alumnos, brindandoles

atención psicológica y de ser procedente,

se de vista al Fiscal del Ministerio Público

por el hecho delictivo que resulte; se

realice reparación del daño de manera

integral; se emita de manera urgente

directrices y lineamientos específicos para

prevenir todo tipo de abuso y violencia

sexual en las escuelas, creando un Manual

o Protocolo de Procedimientos para el

personal adscrito a esa Secretaría de

Educación; se lleven a cabo curso de

capacitación en materia de derechos

humanos de los niños y niñas, sobre su

derecho a la protección de su integridad

física, psicológica y sexual, así como de

responsabilidad de servidores públicos al

servicio de la educación; elaborar y llevar

a cabo un programa de capacitación al

personal docente, así como a padres y

madres de familia y alumnado en general,

sobre como detectar prevenir el abuso

sexual en niñas y niños en edad escolar; y

crear mecanismos que garanticen la

seguridad de los menores de edad al

contratar personal docente y de apoyo.

Si total En proceso

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2017 Enero a marzo 2017 CEDH/04/2016-RCEDH/0399/20

156

Libertad sexual, integridad

personal, trato digno, a la

educación, al desarrollo y a la

protección a la integridad física,

psicológica y sexual de las

niñas.

Se inicie, integre y determine

procedimiento administrativo de

investigación; se realice una minuciosa

investigación a fín de determinar el daño

causado a los alumnos, brindandoles

atención psicológica y de ser procedente,

se de vista al Fiscal del Ministerio Público

por el hecho delictivo que resulte; se

realice reparación del daño de manera

integral; se emita de manera urgente

directrices y lineamientos específicos para

prevenir todo tipo de abuso y violencia

sexual en las escuelas, creando un Manual

o Protocolo de Procedimientos para el

personal adscrito a esa Secretaría de

Educación; se lleven a cabo curso de

capacitación en materia de derechos

humanos de los niños y niñas, sobre su

derecho a la protección de su integridad

física, psicológica y sexual, así como de

responsabilidad de servidores públicos al

servicio de la educación; elaborar y llevar

a cabo un programa de capacitación al

personal docente, así como a padres y

madres de familia y alumnado en general,

sobre como detectar prevenir el abuso

sexual en niñas y niños en edad escolar; y

crear mecanismos que garanticen la

seguridad de los menores de edad al

contratar personal docente y de apoyo.

Si total En proceso

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2016/CEDH-04-2016-R.docx

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Page 3: TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN Tabla Campostransparencia.cedh-chiapas.org/archivos/80/2017/a-2017-1.pdfCEDH/0776/20 13 4 Derecho de petición, garantías de legalidad y seguridad

2017 Enero a marzo 2017 CEDH/005/2016-RCEDH/0569/20

146

Protección de la integridad

física y psicológica de los

menores de edad.

Se integre y determine conforme a

derecho el procedimiento administrativo

002/DTJyA/2015; se tomen las medidas

necesarias para otorgar una justa

reparación de los daños y perjuicios

ocasionados al agraviado; se implementen

lineamientos específicos y medidas

necesarias de protección a favor de

alumnos y alumnas en los Centros

Escolares en el Estado; se implementen e

impartan cursos/talleres/actividades de

capacitación hacia los profesores,

personal directivo y administrativo, a

padres, madres, tutores y alumnado en

general, relativas a los derechos humanos

de los niños y las niñas, la prevención e

identificación del acoso escolar y la

responsabilidad de los servidores públicos

al servicio de la educación.

Si total En proceso

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2016/CEDH-05-2016-R.docx

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2017 31/marzo/2017

2017 Enero a marzo 2017 CEDH/06/2016-RCEDH/0885/20

123

Seguridad pública y acceso a la

justicia.

Se continúe con la integración de la

averiguación previa 003/FEIDH-M6/2011 y

se ejecuten las órdenes de aprehensión

vigentes por el caso Viejo Velasco.

Si total En proceso

http://www.cedh-

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2016/CEDH-06-2016-R.docx

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Page 4: TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN Tabla Campostransparencia.cedh-chiapas.org/archivos/80/2017/a-2017-1.pdfCEDH/0776/20 13 4 Derecho de petición, garantías de legalidad y seguridad

2017 Enero a marzo 2017 CEDH/07/2016-RCEDH/0642/20

143

Libertad, privacidad del

domicilio, a la integridad física

y psicológica, derecho de los

niños.

Se implementen y difundan lineamientos y

acciones necesarias para que los Agentes

del Ministerio Público y de la Policía

Especializada se abstengan de repetir

actos como los que dieron origen a la

presente Recomendación; se otorgue una

indemnización a los agraviados cuyo

monto deberá establecerse en

coordinación y colaboración con la

Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a

Víctimas; se proporcione atención

psicológica a los agraviados; se inicie

procedimiento administrativo de

investigación a los servidores públicos de

la Fiscalía Especializada en Secuestro,

que tuvieron intervención en los hechos

violatorios; se inicie averiguación previa o

carpeta de investigación correspondiente

por los hechos violatorios; se imparta

capacitación y formación en materia de

prevención y tortura poniendo enfasis en

la Protección a los Derechos de los

Niños/as, dirigido a Fiscales del Ministerio

Público y Policía Especializada; y se

reconozca y ofrezca una disculpa pública

a los agraviados.

Si total En proceso

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2016/CEDH-07-2016-R.docx

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2017 31/marzo/2017

2017 Enero a marzo 2017 CEDH/09/2016-RCEDH/0609/20

133

Tortura, tratos crueles,

inhumanos y degradantes.

Inicio y determinación de procedimiento de

investigación a los servidores públicos

involucrados en los hechos materia de la

queja; se detrmine conforme a derecho la

averiguación previa número

FESP/104/2014-10 y las actas

administrativas números AA/527/2013-

FESP, con motivo de la denuncia

interpuesta por el agraviado; se capacite al

personal de la Procuraduría General de

Justicia, respecto a las atribuciones que

tienen en la investigación de los delitos, a

fin de que se respeten los derechos

humnaos en el desempeño de sus

funciones; se inicie y resuelva la carpeta

de investigación, con motivo de los hechos

por Tortura en contra de los servidores

públicos implicados en los hechos; se

coordinen las tres autoridades

responsables a que inscriban al agraviado

en el Registro Estatal de Víctimas del

Estado para que este tenga acceso a los

servicios y al Fondo de Atención a

Víctimas, previsto en la Ley de Víctimas

para el Estado; se otorgue capacitación

en materia de derechos humanos, al

personal de la Secretaría de Seguridad y

Protección Ciudadana y al personal de la

Secretaría de Seguridad Pública y Tránsito

Municipal, en especial en el tema de

"Tortura".

Si total En proceso

http://www.cedh-

chiapas.org/Recomendaciones/

2016/CEDH-09-2016-R.doc

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2017 Enero a marzo 2017 CEDH/09/2016-RCEDH/0609/20

135

Tortura, tratos crueles,

inhumanos y degradantes.

Inicio y determinación de procedimiento de

investigación a los servidores públicos

involucrados en los hechos materia de la

queja; se detrmine conforme a derecho la

averiguación previa número

FESP/104/2014-10 y las actas

administrativas números AA/527/2013-

FESP, con motivo de la denuncia

interpuesta por el agraviado; se capacite al

personal de la Procuraduría General de

Justicia, respecto a las atribuciones que

tienen en la investigación de los delitos, a

fin de que se respeten los derechos

humnaos en el desempeño de sus

funciones; se inicie y resuelva la carpeta

de investigación, con motivo de los hechos

por Tortura en contra de los servidores

públicos implicados en los hechos; se

coordinen las tres autoridades

responsables a que inscriban al agraviado

en el Registro Estatal de Víctimas del

Estado para que este tenga acceso a los

servicios y al Fondo de Atención a

Víctimas, previsto en la Ley de Víctimas

para el Estado; se otorgue capacitación

en materia de derechos humanos, al

personal de la Secretaría de Seguridad y

Protección Ciudadana y al personal de la

Secretaría de Seguridad Pública y Tránsito

Municipal, en especial en el tema de

"Tortura".

Si total En proceso

http://www.cedh-

chiapas.org/Recomendaciones/

2016/CEDH-09-2016-R.doc

http://www.cedh-

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2017 Enero a marzo 2017 CEDH/09/2016-RCEDH/0609/20

131

Tortura, tratos crueles,

inhumanos y degradantes.

Inicio y determinación de procedimiento de

investigación a los servidores públicos

involucrados en los hechos materia de la

queja; se detrmine conforme a derecho la

averiguación previa número

FESP/104/2014-10 y las actas

administrativas números AA/527/2013-

FESP, con motivo de la denuncia

interpuesta por el agraviado; se capacite al

personal de la Procuraduría General de

Justicia, respecto a las atribuciones que

tienen en la investigación de los delitos, a

fin de que se respeten los derechos

humnaos en el desempeño de sus

funciones; se inicie y resuelva la carpeta

de investigación, con motivo de los hechos

por Tortura en contra de los servidores

públicos implicados en los hechos; se

coordinen las tres autoridades

responsables a que inscriban al agraviado

en el Registro Estatal de Víctimas del

Estado para que este tenga acceso a los

servicios y al Fondo de Atención a

Víctimas, previsto en la Ley de Víctimas

para el Estado; se otorgue capacitación

en materia de derechos humanos, al

personal de la Secretaría de Seguridad y

Protección Ciudadana y al personal de la

Secretaría de Seguridad Pública y Tránsito

Municipal, en especial en el tema de

"Tortura".

Si total En proceso

http://www.cedh-

chiapas.org/Recomendaciones/

2016/CEDH-09-2016-R.doc

http://www.cedh-

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FRACC%20II/INCISO-

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2017 31/marzo/2017

Page 6: TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN Tabla Campostransparencia.cedh-chiapas.org/archivos/80/2017/a-2017-1.pdfCEDH/0776/20 13 4 Derecho de petición, garantías de legalidad y seguridad

2017 Enero a marzo 2017 CEDH/10/2016-RCEDH/1480/20

123 Seguridad jurídica.

Se inicie, tramite y determine carpeta de

investigación en contra del Fiscal de la

Mesa de Trámite 1, por el delito de

despojo y/o los que resulten; se determine

la restitución de los derechos humanos

violentados a los agraviados; se otorgue

una justa indemnización y reparación de

los daños y perjuicios ocasionados a los

agraviados; se proporcione capacitación

en derechos humanos, garantías de

legalidad y seguridad jurídica y derecho a

la presunción de inocencia, a los

servidores públicos adscritos a la Fiscalía

de Distrito Altos; y se proporcione a todo el

personal de la Fiscalía Especializada en

Derechos Humanos, Atención a Víctimas y

Servicios a la Comunidad, de esa

Procuraduría General de Justicia del

Estado, capacitación en materia de

Reparación del Daño por Violaciones a

Derechos Humanos.

Si total En proceso

http://www.cedh-

chiapas.org/Recomendaciones/

2016/CEDH-10-2016-R.docx

http://www.cedh-

chiapas.org/transparencia/AR

TICULOS/ARTICULO%2080/

FRACC%20II/INCISO-

A/2017/1/D.SEEGUIMIENTO

%20RECOS/act1t2017.r10-

2016.pdf

19/abril/2017

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2017 31/marzo/2017

2017 Enero a marzo 2017 CEDH/011/2016-R

CEDH/1778/20

13 y

Acumulado

CEDH/0169/20

14

6

Derecho al trato digno, a la no

discriminación, a la educación y

al derecho de los menores a

que se proteja su integridad

física y psicológica, así como

ejercicio indebido de la función

pública.

Se inicie, inicie, integre y determine

procedimiento administrativo de

investigación a los servidores públicos

involucrados en los hechos materia de la

queja; se realice la reparación del daño de

manera integral a los agraviados; y se

lleve a cabo cursos de capacitación en

materia de dereechos humanos a los

niños, niñas, el interés superior de laniñez,

el derecho a la no discriminación y trato

digno, el derecho a la protección de su

integridad física y psicológica; así como de

responsabilidad de servidores públicos al

servicio de la educación, mismos que

deberán impartirse a los profesores

involucrados y demás personal docente,

alumnado y padres de familia de la

Escuela en que sucitaron los hechos.

Si total En proceso

http://www.cedh-

chiapas.org/Recomendaciones/

2016/CEDH-11-2016-R.pdf

http://www.cedh-

chiapas.org/transparencia/AR

TICULOS/ARTICULO%2080/

FRACC%20II/INCISO-

A/2017/1/D.SEEGUIMIENTO

%20RECOS/act1t2017.r11-

2016.pdf

19/abril/2017

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2017 31/marzo/2017

Page 7: TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN Tabla Campostransparencia.cedh-chiapas.org/archivos/80/2017/a-2017-1.pdfCEDH/0776/20 13 4 Derecho de petición, garantías de legalidad y seguridad

2017 Enero a marzo 2017 CEDH/12/2016-RCEDH/039/201

63 Legalidad y seguridad jurídica.

Se inicie la averiguación previa o carpeta

de investigación en contra de los

servidores públicos municipales, citados

en el capitulo de los hechos, como

responsables en la comisión de los delitos

a que esta denuncia se contrae y agotada

la investigación se determine conforme a

derecho; se encomiende al Fiscal del

Ministerio Público correspondiente, a

quien se le encomiende el inicio de la

averiguación previa o carpeta de

investigación, para que cite a los

agraviados a ratificar su denuncia, se

dicten medidas cautelares al Presidente

Municipal Constitucional de Chicoasén,

Chiapas, para que se abstengan de

ordenar se atente en contra de la libertad,

integridad física o la vida de los

peticionarios y su familia.

Si total Cumplido

http://www.cedh-

chiapas.org/Recomendaciones/

2016/CEDH-12-2016-R.pdf

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Emitidos.

2017 31/marzo/2017

2017 Enero a marzo 2017 CEDH/13/2016-RCEDH/0653/20

153

Incumplimiento de orden de

aprehensión, derecho a ser

informado.

Se realicen todas aquellas acciones

legalmente procedentes, tendientes a la

ejecución de la orden de aprehensión; se

diseñen e impartan cursos de capacitación

dirigidos a personal de la Dirección

General dela Policía Especializada y

Agentes de la Policía Especializada, a fin

de que de acuerdo al desarrollo de sus

facultades legales y reglamentarias

garanticen el respeto a los derechos

humanos; se diseñe acuerdo que

proporcione directriz de actuación a los

Fiscales del Ministerio Público, en cuanto

a la información que deben proporcionar a

las víctimas del delito de violación,

respecto a la interrupción del embarazo

resultado de violación que asiste a la

mujer, respecto al artículo 181 del Código

Penal para el Estado de Chiapas,

canalizandolas a la institución de salud

estatal correspondiente; se inicie

procedimiento administrativo de

investigación a diversos comandantes

regionales zona norte de la Policía

Especializada, y agentes de la misma

corporación destacamentados en

Simojovel de Allende, Chiapas, a quienes

se les hubiera encomendado el

cumplimiento del multicitado mandato

judicial.

No

http://www.cedh-

chiapas.org/Recomendaciones/

2016/CEDH-13-2016-R.pdf

http://www.cedh-

chiapas.org/transparenci

a/ARTICULOS/ARTICUL

O%2080/FRACC%20II/I

NCISO-

A/2017/1/D.SEEGUIMIE

NTO%20RECOS/negativ

a.r13-2016.pdf

http://www.cedh-

chiapas.org/transparencia/AR

TICULOS/ARTICULO%2080/

FRACC%20II/INCISO-

A/2017/1/D.SEEGUIMIENTO

%20RECOS/act1t2017.r13-

2016.pdf

19/abril/2017

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2017 31/marzo/2017

Page 8: TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN Tabla Campostransparencia.cedh-chiapas.org/archivos/80/2017/a-2017-1.pdfCEDH/0776/20 13 4 Derecho de petición, garantías de legalidad y seguridad

2017 Enero a marzo 2017 CEDH/14/2016-RCEDH/0663/20

152

Derecho a la igualdad y no

discriminación, derecho a la

consulta.

Se inicie procedimiento administrativo

para efecto de investigar si los quejosos

fueron objeto de discriminación por parte

de servidores públicos o exservidores

públicos de ese Ayuntamiento Municipal y

en caso de resultar procedente, se

impongan las sanciones a que hubiera

lugar; se instruya a los servidores públicos

encargados de la planeación y ejecución

de las obras públicas municipales, que

cuando las mismas beneficien o

perjudiquen a grupos indígenas,

preveamente a su ejecución se les informe

ampliamente y sin reservas, para que

estén en condiciones de decidir sobre sus

propias prioridades en lo que atañe al

proceso de desarrollo; se imparta cursos

de capacitación, con enfoque de derechos

de los pueblos indígenas, específicamente

el derecho a la consulta, a los servidores

públicos encargados de la planeación y

ejecución de las obras públicas, del

Ayuntamiento Municipal Constitucional de

Ocotepec, Chiapas.

No

http://www.cedh-

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2016/CEDH-14-2016-R.pdf

http://www.cedh-

chiapas.org/transparenci

a/ARTICULOS/ARTICUL

O%2080/FRACC%20II/I

NCISO-

A/2017/1/D.SEEGUIMIE

NTO%20RECOS/negativ

a.r14-2016.pdf

http://www.cedh-

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TICULOS/ARTICULO%2080/

FRACC%20II/INCISO-

A/2017/1/D.SEEGUIMIENTO

%20RECOS/act1t2017.r14-

2016.pdf

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2017 31/marzo/2017

2017 Enero a marzo 2017 CEDH/15/2016-RCEDH/0884/20

143

Dilación en la procuración de

justicia e irregular integración

de las averiguaciones previas.

Se gire instrucciones al C. Fiscal

Especializado en Justicia Indígena, para

que en caso de que no se hubieran

determinado las averiguaciones previas

751/IN7A-T1/2013, 755/IN7A-T1/2013 y

806/IN7A-T2/2013, se determinen a la

brevedad posible y se notifiquen a los

querellantes respectivos y se proporcione

a este Organismo, las notificaciones

correspondientes; y se inicie

procedimiento administrativo de

investigación en contra de los diversos

Fiscales del Ministerio Público adscritos a

la Fiscalía Especializada en Justicia

Indígena, que estuvieron y/o están a cargo

de las averiguaciones previas

mencionadas, como responsables de

haber infringido lo previsto en el artículo

45, fracciones I y XXI de la Ley de

Responsabilidades de los Servidores

Públicos del Estado de Chiapas, y en caso

de resultar procedente les impongan las

sanciones a que se hubieran hecho

acreedores.

No

http://www.cedh-

chiapas.org/Recomendaciones/

2016/CEDH-15-2016-R.pdf

http://www.cedh-

chiapas.org/transparenci

a/ARTICULOS/ARTICUL

O%2080/FRACC%20II/I

NCISO-

A/2017/1/D.SEEGUIMIE

NTO%20RECOS/negativ

a.r15-2016.pdf

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FRACC%20II/INCISO-

A/2017/1/D.SEEGUIMIENTO

%20RECOS/act1t2017.r15-

2016.pdf

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2017 31/marzo/2017

Page 9: TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN Tabla Campostransparencia.cedh-chiapas.org/archivos/80/2017/a-2017-1.pdfCEDH/0776/20 13 4 Derecho de petición, garantías de legalidad y seguridad

2017 Enero a marzo 2017 CEDH/01/2017-RCEDH/0909/20

146

Protección a la integridad fisica

y psicológica de los menores de

edad, al trato digno y derecho a

la educación.

Se integre y determine procedimiento

administrtivo número 002/DTJyA/2016; se

inicie y determine procedimiento

administrativo de investigación a los

responsables de proporcionar información

a este Organismo, respecto al

cumplimiento de la Propuesta Conciliatoria

CEDH/PC/003/2016, y quienes fueron

omisos; se otorgue una justa reparación

del los daños y perjuicios ocasionados a

los agraviados; se implementen

lineamientos específicos y medidas

necesarias de protección a favor de

alumnos y alumnas, en los Centros

Escolares en el Estado; y se impartan

cursos/talleres/actividades de capacitación

hacia profesores, personal directivo y

administrativo, padres, madres, tutores y

alumnado en general, relativas a los

derechos humanos de los niños y niñas,

sensibilización y trato digno y

responsabilidad de los servidores públicos

al servicio de la educación.

Si total En proceso

http://www.cedh-

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2017/CEDH-01-2017-R.pdf

http://www.cedh-

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FRACC%20II/INCISO-

A/2017/1/D.SEEGUIMIENTO

%20RECOS/act1t2017.r01-

2017.pdf

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2017 31/marzo/2017

2017 Enero a marzo 2017 CEDH/02/2017-RCEDH/0248/20

153

Integridad y seguridad personal,

seguridad jurídica.

Se inicie y determine procedimiento

administrativo por la responsabilidad en

que incurrieron los agentes aprehensores,

médicos legistas y ministerios públicos

quienes tuvieron participación en los

hechos materia dela queja; se otorgue a

los agraviados los derechos garantizados

en la Ley General de Víctimas en

coordinación y colaboración con la

Comisión Ejecutiva de Atención a

Víctimas del Estado, así como la asesoría

jurídica con el objeto de que se le

satisfaga la reparación del daño en

términos de la Legislación aplicable; y se

capacite a todos los elementos de la

Procuraduría especialmente a la Policía,

en el tema de los Derechos Humanos y en

materia del debido proceso enfocada a

salvaguardar los derechos de las personas

extranjeras que dentro del estado se

encuentren dentro de un proceso penal.

http://www.cedh-

chiapas.org/Recomendaciones/

2017/CEDH-02-2017.doc

http://www.cedh-

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TICULOS/ARTICULO%2080/

FRACC%20II/INCISO-

A/2017/1/D.SEEGUIMIENTO

%20RECOS/act1t2017.r02-

2017.pdf

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2017 31/marzo/2017

Page 10: TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN Tabla Campostransparencia.cedh-chiapas.org/archivos/80/2017/a-2017-1.pdfCEDH/0776/20 13 4 Derecho de petición, garantías de legalidad y seguridad

2017 Enero a marzo 2017 CEDH/03/2017-R

CEDH/0933/20

12 y

CEDH/0488/20

13

acumulados.

7,3Libertad de tránsito y de

residencia, seguridad pública y

acceso a la justicia.

Se procure mejorar el monto del apoyo

económico a los desplazados, por lo menos

con un salario mínimo mensual para cada

familia, mientras persistan las condiciones de

desplazamiento; establecer las condiciones

que permitan el regreso voluntario, seguro y

digno de los desplazados a su lugar de

residencia habitual, a través de

implementación de talleres de reconciliación

para la sensibilizacion de las partes

confrontadas, que organice la Secretaría para

el Desarrollo Sustentable de los Pueblos

Indígenas, en coordinación con la

Subsecretaría de Gobierno Región V-Altos

Tsotsil-Tseltal, la Delegación de Gobierno en

Tenejapa y Fiscalía Especializada en Justicia

Indígena; A los desplazados que retornen a su

lugar de residencia, se les restituya la posesión

de sus tierras y demás bienes y de los que sea

imposible su retorno se les otorgue la

compensación adecuada, así como la

reparación de los daños provocados; que el

Director de la Policía Especializada disponga

de elementos que ejecuten los mandamientos

aprehensorios, para que cesen las violaciones

al derecho de acceso a la jusiticia de los

desplazados y quejosos; y que se gire

instrucciones al Fiscal Especializado en

Justicia Indígena, para que de nueva cuenta se

lleve a cabo operativo de rastreo y búsqueda

exhaustiva de los restos mortales de la

persona mencionada en los hechos motivo de

la queja.

http://www.cedh-

chiapas.org/Recomendaciones/

2017/CEDH-03-2017.docx

http://www.cedh-

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TICULOS/ARTICULO%2080/

FRACC%20II/INCISO-

A/2017/1/D.SEEGUIMIENTO

%20RECOS/act1t2017.r03-

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19/abril/2017

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2017 31/marzo/2017

2017 Enero a marzo 2017 CEDH/04/2017-RCEDH/0157/20

177,3

Derechos de no discriminación

de los niños y niñas, a la

educación, a la libertad de

tránsito y de residencia, a la

integridad física, a la seguridad

pública, libertad de culto y

acceso a la justicia.

Se instruya al C. Subsecretario de Gobierno Región V

Altos, Tsotsil-Tseltal, gestione ante el H. Ayuntamiento

Municipal de Huixtán, Chiapas, que a la brevedad se

proporcione los suministros mínimos para subsistencia a

las 9 familias desplazadas, o en su defecto se les

porporcione apoyo económico, por lo menos con un salario

mínimo para que puedan subsistir, mientras persistan las

condiciones de desplazamiento; en caso de que los

desplazados hayan sido desposeídos de sus tierras y

demás bienes, se les restituya al momento de su retorno y

se les otorgue la reparación de daños, y en caso de ser

imposible su retorno, se les otorgue la compensación

adecuada por sus tierras y demás bienes; que las

instituciones que han venido atendiendo el caso, continuen

con los esfuerzos en la búsqueda de establecer las

condiciones que permitan el regreso voluntario, seguro y

digno de los desplazados a su lugar de residencia habitual;

Que el Director de la Policía Especializada disponga de

elementos que ejecuten el mandamiento aprehensorio

referido, respecto a las personas pendiente de ejecutarse,

para que con ello cesen las violaciones al derecho de

acceso a la administración de justicia de los ahora

desplazados y quejosos, a menos que la reparación del

daño se les garantizara por otros medios; se inicie

procedimiento administrativo de investigación a los

diversos titulares de la Comandancia Regional Zona

Indígena que han tenido a su cargo el deber de

cumplimiento del mandato judicial referido en este

documento, ante la infracción de las fracciones I y XXI de

la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del

Estado de Chiapas; se investigue el homicidio de la mujer

que presuntamente fue bajo la autoriía intelectual de su

propio hermano, el probable secuestro de la nieta de uno

de los agraviados, y las conductas violatorias a la dignidad

de los niños y niñas, a quienes fueron expulsados de la

escuela primaria bilingue, así como de las conductas

discriminatorias atribuidas al Presidente Municipal de

Huixtan.

http://www.cedh-

chiapas.org/Recomendaciones/

2017/CEDH-04-2017.docx

http://www.cedh-

chiapas.org/transparencia/AR

TICULOS/ARTICULO%2080/

FRACC%20II/INCISO-

A/2017/1/D.SEEGUIMIENTO

%20RECOS/act1t2017.r04-

2017.pdf

19/abril/2017

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2017 31/marzo/2017

Page 11: TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN Tabla Campostransparencia.cedh-chiapas.org/archivos/80/2017/a-2017-1.pdfCEDH/0776/20 13 4 Derecho de petición, garantías de legalidad y seguridad

2017 Abril a junio 2017 CEDH/001/2016-RCEDH/0776/20

134

Derecho de petición, garantías

de legalidad y seguridad

jurídica.

Se le brinde respuesta a los quejosos y

agraviados, de forma fundada y motivada,

si ellos acreditan o no,haber adquirido

legalmente la vivienda que ocupan o

haber realizado los pagos

correspondientes a dicha adquisición; se

lleve a cabo la mesa de trabajo con los

quejosos y agraviados, para aclarar la raíz

de la queja presentada y buscar

soluciones; se inicie procedimiento

administrativo de investigación por la

presunta responsabilidad en que pudieran

haber incurrido los servidores publicos que

no dieron respuesta fundada y motivada a

los quejosos; y se proporcione

capacitación prioritaria en derechos

humanos a los servidores públicos de

PROVICH.

Si total En procesohttp://www.cedh-

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2016/CEDH-01-2016-R.doc

http://www.cedh-

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FRACC%20II/INCISO-

A/2017/2/act2t2017.r01-

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01/julio/2017

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2017 30/junio/2017

2017 Abril a junio 2017 CEDH/02/2016-RCEDH/235/201

56

Protección de la integridad

física y psicológica de los

menores de edad, derecho al

trato digno, derecho a la

educación, tratos crueles,

inhumanos y degradantes.

Se inicie, integre y determine

procedimiento administrativo de

investigación; se realice la reparación del

daño de manera integral a los agraviados,

de conformidad con la legislación

aplicable; se emita directrices y

lineamientos específicos para prevenir

todo tió de abuso y malos tratos en las

escuelas; se imparta cursos de

capacitación en materia de derechos

humanos a los niños y niñas, a los

servidores públicos involucrados y a los

padres y madres de familia; se creen

mecanismos necesarios que garanticen la

seguridad de los menores de edad al

contratar personal docente y de apoyo,

para institución educativa; y se de vista al

Fiscal del Ministerio Público para que

determine la responsabilidad penal en que

haya incurrido la servidora pública.

Si total Cumplidohttp://www.cedh-

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2016/CEDH-02-2016-R.docx

http://www.cedh-

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TICULOS/ARTICULO%2080/

FRACC%20II/INCISO-

A/2017/2/act2t2017.r02-

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2017 30/junio/2017

Page 12: TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN Tabla Campostransparencia.cedh-chiapas.org/archivos/80/2017/a-2017-1.pdfCEDH/0776/20 13 4 Derecho de petición, garantías de legalidad y seguridad

2017 Abril a junio 2017 CEDH/03/2016-RCEDH/0114/20

166

Libertad sexual, integridad

personal, trato digno, a la

educación, al desarrollo y a la

protección a la integridad física,

psicológica y sexual de las

niñas.

Se inicie, integre y determine

procedimiento administrativo de

investigación; se realice una minuciosa

investigación a fín de determinar el daño

causado a los alumnos, brindandoles

atención psicológica y de ser procedente,

se de vista al Fiscal del Ministerio Público

por el hecho delictivo que resulte; se

realice reparación del daño de manera

integral; se emita de manera urgente

directrices y lineamientos específicos para

prevenir todo tipo de abuso y violencia

sexual en las escuelas, creando un Manual

o Protocolo de Procedimientos para el

personal adscrito a esa Secretaría de

Educación; se lleven a cabo curso de

capacitación en materia de derechos

humanos de los niños y niñas, sobre su

derecho a la protección de su integridad

física, psicológica y sexual, así como de

responsabilidad de servidores públicos al

servicio de la educación; elaborar y llevar

a cabo un programa de capacitación al

personal docente, así como a padres y

madres de familia y alumnado en general,

sobre como detectar prevenir el abuso

sexual en niñas y niños en edad escolar; y

crear mecanismos que garanticen la

seguridad de los menores de edad al

contratar personal docente y de apoyo.

Si total En proceso

http://www.cedh-

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2016/CEDH-03-2016-R.docx

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2017 30/junio/2017

2017 Abril a junio 2017 CEDH/04/2016-RCEDH/0399/20

156

Libertad sexual, integridad

personal, trato digno, a la

educación, al desarrollo y a la

protección a la integridad física,

psicológica y sexual de las

niñas.

Se inicie, integre y determine procedimiento

administrativo de investigación; se realice una

minuciosa investigación a fín de determinar el

daño causado a los alumnos, brindandoles

atención psicológica y de ser procedente, se

de vista al Fiscal del Ministerio Público por el

hecho delictivo que resulte; se realice

reparación del daño de manera integral; se

emita de manera urgente directrices y

lineamientos específicos para prevenir todo

tipo de abuso y violencia sexual en las

escuelas, creando un Manual o Protocolo de

Procedimientos para el personal adscrito a

esa Secretaría de Educación; se lleven a

cabo curso de capacitación en materia de

derechos humanos de los niños y niñas,

sobre su derecho a la protección de su

integridad física, psicológica y sexual, así

como de responsabilidad de servidores

públicos al servicio de la educación; elaborar

y llevar a cabo un programa de capacitación

al personal docente, así como a padres y

madres de familia y alumnado en general,

sobre como detectar prevenir el abuso sexual

en niñas y niños en edad escolar; y crear

mecanismos que garanticen la seguridad de

los menores de edad al contratar personal

docente y de apoyo.

Si total En proceso

http://www.cedh-

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2016/CEDH-04-2016-R.docx

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2017 30/junio/2017

Page 13: TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN Tabla Campostransparencia.cedh-chiapas.org/archivos/80/2017/a-2017-1.pdfCEDH/0776/20 13 4 Derecho de petición, garantías de legalidad y seguridad

2017 Abril a junio 2017 CEDH/005/2016-RCEDH/0569/20

146

Protección de la integridad

física y psicológica de los

menores de edad.

Se integre y determine conforme a

derecho el procedimiento administrativo

002/DTJyA/2015; se tomen las medidas

necesarias para otorgar una justa

reparación de los daños y perjuicios

ocasionados al agraviado; se implementen

lineamientos específicos y medidas

necesarias de protección a favor de

alumnos y alumnas en los Centros

Escolares en el Estado; se implementen e

impartan cursos/talleres/actividades de

capacitación hacia los profesores,

personal directivo y administrativo, a

padres, madres, tutores y alumnado en

general, relativas a los derechos humanos

de los niños y las niñas, la prevención e

identificación del acoso escolar y la

responsabilidad de los servidores públicos

al servicio de la educación.

Si total En proceso

http://www.cedh-

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2016/CEDH-05-2016-R.docx

http://www.cedh-

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A/2017/2/act2t2017.r05-

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2017 30/junio/2017

2017 Abril a junio 2017 CEDH/06/2016-RCEDH/0885/20

123

Seguridad pública y acceso a la

justicia.

Se continúe con la integración de la

averiguación previa 003/FEIDH-M6/2011 y

se ejecuten las órdenes de aprehensión

vigentes por el caso Viejo Velasco.

Si total En proceso

http://www.cedh-

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2016/CEDH-06-2016-R.docx

http://www.cedh-

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FRACC%20II/INCISO-

A/2017/2/act2t2017.r06-

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01/julio/2017

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2017 30/junio/2017

Page 14: TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN Tabla Campostransparencia.cedh-chiapas.org/archivos/80/2017/a-2017-1.pdfCEDH/0776/20 13 4 Derecho de petición, garantías de legalidad y seguridad

2017 Abril a junio 2017 CEDH/07/2016-RCEDH/0642/20

143

Libertad, privacidad del

domicilio, a la integridad física

y psicológica, derecho de los

niños.

Se implementen y difundan lineamientos y

acciones necesarias para que los Agentes

del Ministerio Público y de la Policía

Especializada se abstengan de repetir

actos como los que dieron origen a la

presente Recomendación; se otorgue una

indemnización a los agraviados cuyo

monto deberá establecerse en

coordinación y colaboración con la

Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a

Víctimas; se proporcione atención

psicológica a los agraviados; se inicie

procedimiento administrativo de

investigación a los servidores públicos de

la Fiscalía Especializada en Secuestro,

que tuvieron intervención en los hechos

violatorios; se inicie averiguación previa o

carpeta de investigación correspondiente

por los hechos violatorios; se imparta

capacitación y formación en materia de

prevención y tortura poniendo enfasis en

la Protección a los Derechos de los

Niños/as, dirigido a Fiscales del Ministerio

Público y Policía Especializada; y se

reconozca y ofrezca una disculpa pública

a los agraviados.

Si total En proceso

http://www.cedh-

chiapas.org/Recomendaciones/

2016/CEDH-07-2016-R.docx

http://www.cedh-

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A/2017/2/act2t2017.r07-

2016.pdf

01/julio/2017

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2017 30/junio/2017

2017 Abril a junio 2017 CEDH/09/2016-RCEDH/0609/20

133

Tortura, tratos crueles,

inhumanos y degradantes.

Inicio y determinación de procedimiento de

investigación a los servidores públicos

involucrados en los hechos materia de la

queja; se detrmine conforme a derecho la

averiguación previa número

FESP/104/2014-10 y las actas

administrativas números AA/527/2013-

FESP, con motivo de la denuncia

interpuesta por el agraviado; se capacite al

personal de la Procuraduría General de

Justicia, respecto a las atribuciones que

tienen en la investigación de los delitos, a

fin de que se respeten los derechos

humnaos en el desempeño de sus

funciones; se inicie y resuelva la carpeta

de investigación, con motivo de los hechos

por Tortura en contra de los servidores

públicos implicados en los hechos; se

coordinen las tres autoridades

responsables a que inscriban al agraviado

en el Registro Estatal de Víctimas del

Estado para que este tenga acceso a los

servicios y al Fondo de Atención a

Víctimas, previsto en la Ley de Víctimas

para el Estado; se otorgue capacitación

en materia de derechos humanos, al

personal de la Secretaría de Seguridad y

Protección Ciudadana y al personal de la

Secretaría de Seguridad Pública y Tránsito

Municipal, en especial en el tema de

"Tortura".

Si total En proceso

http://www.cedh-

chiapas.org/Recomendaciones/

2016/CEDH-09-2016-R.doc

http://www.cedh-

chiapas.org/transparencia/AR

TICULOS/ARTICULO%2080/

FRACC%20II/INCISO-

A/2017/2/act2t2017.r09-

2016.pdf

01/julio/2017

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2017 30/junio/2017

Page 15: TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN Tabla Campostransparencia.cedh-chiapas.org/archivos/80/2017/a-2017-1.pdfCEDH/0776/20 13 4 Derecho de petición, garantías de legalidad y seguridad

2017 Abril a junio 2017 CEDH/09/2016-RCEDH/0609/20

135

Tortura, tratos crueles,

inhumanos y degradantes.

Inicio y determinación de procedimiento de

investigación a los servidores públicos

involucrados en los hechos materia de la

queja; se detrmine conforme a derecho la

averiguación previa número

FESP/104/2014-10 y las actas

administrativas números AA/527/2013-

FESP, con motivo de la denuncia

interpuesta por el agraviado; se capacite al

personal de la Procuraduría General de

Justicia, respecto a las atribuciones que

tienen en la investigación de los delitos, a

fin de que se respeten los derechos

humnaos en el desempeño de sus

funciones; se inicie y resuelva la carpeta

de investigación, con motivo de los hechos

por Tortura en contra de los servidores

públicos implicados en los hechos; se

coordinen las tres autoridades

responsables a que inscriban al agraviado

en el Registro Estatal de Víctimas del

Estado para que este tenga acceso a los

servicios y al Fondo de Atención a

Víctimas, previsto en la Ley de Víctimas

para el Estado; se otorgue capacitación

en materia de derechos humanos, al

personal de la Secretaría de Seguridad y

Protección Ciudadana y al personal de la

Secretaría de Seguridad Pública y Tránsito

Municipal, en especial en el tema de

"Tortura".

Si total En proceso

http://www.cedh-

chiapas.org/Recomendaciones/

2016/CEDH-09-2016-R.doc

http://www.cedh-

chiapas.org/transparencia/AR

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2017 30/junio/2017

2017 Abril a junio 2017 CEDH/09/2016-RCEDH/0609/20

131

Tortura, tratos crueles,

inhumanos y degradantes.

Inicio y determinación de procedimiento de

investigación a los servidores públicos

involucrados en los hechos materia de la

queja; se detrmine conforme a derecho la

averiguación previa número

FESP/104/2014-10 y las actas

administrativas números AA/527/2013-

FESP, con motivo de la denuncia

interpuesta por el agraviado; se capacite al

personal de la Procuraduría General de

Justicia, respecto a las atribuciones que

tienen en la investigación de los delitos, a

fin de que se respeten los derechos

humnaos en el desempeño de sus

funciones; se inicie y resuelva la carpeta

de investigación, con motivo de los hechos

por Tortura en contra de los servidores

públicos implicados en los hechos; se

coordinen las tres autoridades

responsables a que inscriban al agraviado

en el Registro Estatal de Víctimas del

Estado para que este tenga acceso a los

servicios y al Fondo de Atención a

Víctimas, previsto en la Ley de Víctimas

para el Estado; se otorgue capacitación

en materia de derechos humanos, al

personal de la Secretaría de Seguridad y

Protección Ciudadana y al personal de la

Secretaría de Seguridad Pública y Tránsito

Municipal, en especial en el tema de

"Tortura".

Si total En proceso

http://www.cedh-

chiapas.org/Recomendaciones/

2016/CEDH-09-2016-R.doc

http://www.cedh-

chiapas.org/transparencia/AR

TICULOS/ARTICULO%2080/

FRACC%20II/INCISO-

A/2017/2/act2t2017.r09-

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2017 30/junio/2017

Page 16: TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN Tabla Campostransparencia.cedh-chiapas.org/archivos/80/2017/a-2017-1.pdfCEDH/0776/20 13 4 Derecho de petición, garantías de legalidad y seguridad

2017 Abril a junio 2017 CEDH/10/2016-RCEDH/1480/20

123 Seguridad jurídica.

Se inicie, tramite y determine carpeta de

investigación en contra del Fiscal de la

Mesa de Trámite 1, por el delito de

despojo y/o los que resulten; se determine

la restitución de los derechos humanos

violentados a los agraviados; se otorgue

una justa indemnización y reparación de

los daños y perjuicios ocasionados a los

agraviados; se proporcione capacitación

en derechos humanos, garantías de

legalidad y seguridad jurídica y derecho a

la presunción de inocencia, a los

servidores públicos adscritos a la Fiscalía

de Distrito Altos; y se proporcione a todo el

personal de la Fiscalía Especializada en

Derechos Humanos, Atención a Víctimas y

Servicios a la Comunidad, de esa

Procuraduría General de Justicia del

Estado, capacitación en materia de

Reparación del Daño por Violaciones a

Derechos Humanos.

Si total En proceso

http://www.cedh-

chiapas.org/Recomendaciones/

2016/CEDH-10-2016-R.docx

http://www.cedh-

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2017 30/junio/2017

2017 Abril a junio 2017 CEDH/011/2016-R

CEDH/1778/20

13 y

Acumulado

CEDH/0169/20

14

6

Derecho al trato digno, a la no

discriminación, a la educación y

al derecho de los menores a

que se proteja su integridad

física y psicológica, así como

ejercicio indebido de la función

pública.

Se inicie, inicie, integre y determine

procedimiento administrativo de

investigación a los servidores públicos

involucrados en los hechos materia de la

queja; se realice la reparación del daño de

manera integral a los agraviados; y se

lleve a cabo cursos de capacitación en

materia de dereechos humanos a los

niños, niñas, el interés superior de laniñez,

el derecho a la no discriminación y trato

digno, el derecho a la protección de su

integridad física y psicológica; así como de

responsabilidad de servidores públicos al

servicio de la educación, mismos que

deberán impartirse a los profesores

involucrados y demás personal docente,

alumnado y padres de familia de la

Escuela en que sucitaron los hechos.

Si total En proceso

http://www.cedh-

chiapas.org/Recomendaciones/

2016/CEDH-11-2016-R.pdf

http://www.cedh-

chiapas.org/transparencia/AR

TICULOS/ARTICULO%2080/

FRACC%20II/INCISO-

A/2017/2/act2t2017.r11-

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01/julio/2017

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2017 30/junio/2017

Page 17: TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN Tabla Campostransparencia.cedh-chiapas.org/archivos/80/2017/a-2017-1.pdfCEDH/0776/20 13 4 Derecho de petición, garantías de legalidad y seguridad

2017 Abril a junio 2017 CEDH/15/2016-RCEDH/0884/20

143

Dilación en la procuración de

justicia e irregular integración

de las averiguaciones previas.

Se gire instrucciones al C. Fiscal

Especializado en Justicia Indígena, para

que en caso de que no se hubieran

determinado las averiguaciones previas

751/IN7A-T1/2013, 755/IN7A-T1/2013 y

806/IN7A-T2/2013, se determinen a la

brevedad posible y se notifiquen a los

querellantes respectivos y se proporcione

a este Organismo, las notificaciones

correspondientes; y se inicie

procedimiento administrativo de

investigación en contra de los diversos

Fiscales del Ministerio Público adscritos a

la Fiscalía Especializada en Justicia

Indígena, que estuvieron y/o están a cargo

de las averiguaciones previas

mencionadas, como responsables de

haber infringido lo previsto en el artículo

45, fracciones I y XXI de la Ley de

Responsabilidades de los Servidores

Públicos del Estado de Chiapas, y en caso

de resultar procedente les impongan las

sanciones a que se hubieran hecho

acreedores.

No

http://www.cedh-

chiapas.org/Recomendaciones/

2016/CEDH-15-2016-R.pdf

http://www.cedh-

chiapas.org/transparenci

a/ARTICULOS/ARTICUL

O%2080/FRACC%20II/I

NCISO-

A/2017/1/D.SEEGUIMIE

NTO%20RECOS/negativ

a.r15-2016.pdf

http://www.cedh-

chiapas.org/transparencia/AR

TICULOS/ARTICULO%2080/

FRACC%20II/INCISO-

A/2017/2/act2t2017.r15-

2016.pdf

01/julio/2017

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2017 30/junio/2017

2017 Abril a junio 2017 CEDH/01/2017-RCEDH/0909/20

146

Protección a la integridad fisica

y psicológica de los menores de

edad, al trato digno y derecho a

la educación.

Se integre y determine procedimiento

administrtivo número 002/DTJyA/2016; se

inicie y determine procedimiento

administrativo de investigación a los

responsables de proporcionar información

a este Organismo, respecto al

cumplimiento de la Propuesta Conciliatoria

CEDH/PC/003/2016, y quienes fueron

omisos; se otorgue una justa reparación

del los daños y perjuicios ocasionados a

los agraviados; se implementen

lineamientos específicos y medidas

necesarias de protección a favor de

alumnos y alumnas, en los Centros

Escolares en el Estado; y se impartan

cursos/talleres/actividades de capacitación

hacia profesores, personal directivo y

administrativo, padres, madres, tutores y

alumnado en general, relativas a los

derechos humanos de los niños y niñas,

sensibilización y trato digno y

responsabilidad de los servidores públicos

al servicio de la educación.

Si total Incumplimientohttp://www.cedh-

chiapas.org/Recomendaciones/

2017/CEDH-01-2017-R.pdf

http://www.cedh-

chiapas.org/transparencia/AR

TICULOS/ARTICULO%2080/

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A/2017/2/act2t2017.r01-

2017.pdf

01/julio/2017

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2017 30/junio/2017

Page 18: TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN Tabla Campostransparencia.cedh-chiapas.org/archivos/80/2017/a-2017-1.pdfCEDH/0776/20 13 4 Derecho de petición, garantías de legalidad y seguridad

2017 Abril a junio 2017 CEDH/02/2017-RCEDH/0248/20

153

Integridad y seguridad personal,

seguridad jurídica.

Se inicie y determine procedimiento

administrativo por la responsabilidad en

que incurrieron los agentes aprehensores,

médicos legistas y ministerios públicos

quienes tuvieron participación en los

hechos materia dela queja; se otorgue a

los agraviados los derechos garantizados

en la Ley General de Víctimas en

coordinación y colaboración con la

Comisión Ejecutiva de Atención a

Víctimas del Estado, así como la asesoría

jurídica con el objeto de que se le

satisfaga la reparación del daño en

términos de la Legislación aplicable; y se

capacite a todos los elementos de la

Procuraduría especialmente a la Policía,

en el tema de los Derechos Humanos y en

materia del debido proceso enfocada a

salvaguardar los derechos de las personas

extranjeras que dentro del estado se

encuentren dentro de un proceso penal.

Si total En procesohttp://www.cedh-

chiapas.org/Recomendaciones/

2017/CEDH-02-2017.doc

http://www.cedh-

chiapas.org/transparencia/AR

TICULOS/ARTICULO%2080/

FRACC%20II/INCISO-

A/2017/2/act2t2017.r02-

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01/julio/2017

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2017 30/junio/2017

2017 Abril a junio 2017 CEDH/03/2017-R

CEDH/0933/20

12 y

CEDH/0488/20

13

acumulados.

7,3Libertad de tránsito y de

residencia, seguridad pública y

acceso a la justicia.

Se procure mejorar el monto del apoyo

económico a los desplazados, por lo menos

con un salario mínimo mensual para cada

familia, mientras persistan las condiciones de

desplazamiento; establecer las condiciones

que permitan el regreso voluntario, seguro y

digno de los desplazados a su lugar de

residencia habitual, a través de

implementación de talleres de reconciliación

para la sensibilizacion de las partes

confrontadas, que organice la Secretaría para

el Desarrollo Sustentable de los Pueblos

Indígenas, en coordinación con la

Subsecretaría de Gobierno Región V-Altos

Tsotsil-Tseltal, la Delegación de Gobierno en

Tenejapa y Fiscalía Especializada en Justicia

Indígena; A los desplazados que retornen a su

lugar de residencia, se les restituya la posesión

de sus tierras y demás bienes y de los que sea

imposible su retorno se les otorgue la

compensación adecuada, así como la

reparación de los daños provocados; que el

Director de la Policía Especializada disponga

de elementos que ejecuten los mandamientos

aprehensorios, para que cesen las violaciones

al derecho de acceso a la jusiticia de los

desplazados y quejosos; y que se gire

instrucciones al Fiscal Especializado en

Justicia Indígena, para que de nueva cuenta se

lleve a cabo operativo de rastreo y búsqueda

exhaustiva de los restos mortales de la

persona mencionada en los hechos motivo de

la queja.

Si total En procesohttp://www.cedh-

chiapas.org/Recomendaciones/

2017/CEDH-03-2017.docx

http://www.cedh-

chiapas.org/transparencia/AR

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FRACC%20II/INCISO-

A/2017/2/act2t2017.r03-

2017.pdf

01/julio/2017

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2017 30/junio/2017

Page 19: TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN Tabla Campostransparencia.cedh-chiapas.org/archivos/80/2017/a-2017-1.pdfCEDH/0776/20 13 4 Derecho de petición, garantías de legalidad y seguridad

2017 Abril a junio 2017 CEDH/04/2017-RCEDH/0157/20

177,3

Derechos de no discriminación

de los niños y niñas, a la

educación, a la libertad de

tránsito y de residencia, a la

integridad física, a la seguridad

pública, libertad de culto y

acceso a la justicia.

Se instruya al C. Subsecretario de Gobierno Región V

Altos, Tsotsil-Tseltal, gestione ante el H. Ayuntamiento

Municipal de Huixtán, Chiapas, que a la brevedad se

proporcione los suministros mínimos para subsistencia a

las 9 familias desplazadas, o en su defecto se les

porporcione apoyo económico, por lo menos con un salario

mínimo para que puedan subsistir, mientras persistan las

condiciones de desplazamiento; en caso de que los

desplazados hayan sido desposeídos de sus tierras y

demás bienes, se les restituya al momento de su retorno y

se les otorgue la reparación de daños, y en caso de ser

imposible su retorno, se les otorgue la compensación

adecuada por sus tierras y demás bienes; que las

instituciones que han venido atendiendo el caso, continuen

con los esfuerzos en la búsqueda de establecer las

condiciones que permitan el regreso voluntario, seguro y

digno de los desplazados a su lugar de residencia habitual;

Que el Director de la Policía Especializada disponga de

elementos que ejecuten el mandamiento aprehensorio

referido, respecto a las personas pendiente de ejecutarse,

para que con ello cesen las violaciones al derecho de

acceso a la administración de justicia de los ahora

desplazados y quejosos, a menos que la reparación del

daño se les garantizara por otros medios; se inicie

procedimiento administrativo de investigación a los

diversos titulares de la Comandancia Regional Zona

Indígena que han tenido a su cargo el deber de

cumplimiento del mandato judicial referido en este

documento, ante la infracción de las fracciones I y XXI de

la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del

Estado de Chiapas; se investigue el homicidio de la mujer

que presuntamente fue bajo la autoriía intelectual de su

propio hermano, el probable secuestro de la nieta de uno

de los agraviados, y las conductas violatorias a la dignidad

de los niños y niñas, a quienes fueron expulsados de la

escuela primaria bilingue, así como de las conductas

discriminatorias atribuidas al Presidente Municipal de

Huixtan.

Si total En procesohttp://www.cedh-

chiapas.org/Recomendaciones/

2017/CEDH-04-2017.docx

http://www.cedh-

chiapas.org/transparencia/AR

TICULOS/ARTICULO%2080/

FRACC%20II/INCISO-

A/2017/2/act2t2017.r04-

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01/julio/2017

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2017 30/junio/2017

2017 Abril a junio 2017 CEDH/05/2017-RCEDH/0661/20

115

Tortura, trato cruel, inhumano

y/o degradante, abuso de

autoridad, detención arbitraria e

incomunicación.

Se inicie el archivo de investigación y

determine la probable responsabilidad en que

incurrieron los elementos de la policia estatal

preventiva que tuvieron participación en los

hechos; se inicie carpeta de investigación

correspondiente por el delito de tortura; se

otorgue a la parte agraviada los derechos

garantizados en la Ley General de Víctimas y

en la Ley de Víctimas para el Estado de

Chiapas, proporcionandoles una

indemnización cuyomonto deberá establecerse

en coordinación y colaboración con la

Secretaría de Gobierno del Estado, así como

la asesoría jurídica, se le brinde atención

médico-psicológica hasta su total

restablecimiento y la atención integral, con el

fin de que puedan coadyuvar en las

investigaciones que al respecto se inicien;

adoptar las acciones necesarias para que se

cree un Programa integral de Educación,

Formación y Capacitación en derechos

humanos, que genere un proceso de

capacitación y sensibilización de prevención de

la tortura para los agentes policiales más

susceptibles de cometer actos de abuso de

autoridad durante los procesos de detención,

así como de la promoción en la observancia en

los Códigos de Conducta y de las Normas

Éticas que incluyan medidas que contribuyan a

la prevención de actos arbitrarios, dirigido a las

corporaciones policiales; implementar un

mecanismo integral a fin de que se corrijan las

indebidas prácticas administrativas, con el

objeto de darle certeza jurídica al gobernado

en sus actuaciones; se realice los trámites

Si total En proceso

http://www.cedh-

chiapas.org/Recomendaciones/

2017/CEDH-05-2017.doc

http://www.cedh-

chiapas.org/transparencia/AR

TICULOS/ARTICULO%2080/

FRACC%20II/INCISO-

A/2017/2/act2t2017.r05-

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01/julio/2017

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2017 30/junio/2017

Page 20: TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN Tabla Campostransparencia.cedh-chiapas.org/archivos/80/2017/a-2017-1.pdfCEDH/0776/20 13 4 Derecho de petición, garantías de legalidad y seguridad

2017 Abril a junio 2017 CEDH/06/2017-RCEDH/0307/20

157,8

Libertad personal, honra,

dignidad, seguridad jurídica, a

la legalidad y el acceso a la

debida procuración y

administración de justicia.

Se proporcione al agraviado, la reparación

del daño correspondiente al lucro cesante

de 17 meses y 15 días de salario mínimo,

en que no percibió salario alguno por

habérsele privado de la libertad y sujeto a

proceso penal, ilegalmente, reparación del

daño emergente, compensación adecuada

y justa, sea registrado en el Registro

Estatal de Víctimas y tenga acceso a la

atención, asesoría jurídica, asistencia,

protección, acceso a la justicia, a la

verdad y reparación integral; Como

medida de rehabilitación se le procure

atención psicológica, al agraviado y a su

familia, en su lugar de residencia, a cargo

de profesionistas en psicología del DIF

Municipal de Ocotepec, Chiapas; Que la

Fiscalía General del Estado, otorgue una

disculpa pública (en español y en zoque)

como media de satisfacción; Se

implemente y difunda Acuerdos y

Lineamientos, o aquellas acciones

necesarias para que los titulares de las

Fiscalías del Ministerio Público adscritas a

los Juzgados de Control y de

Enjuiciamiento, en lo sucesivo, omitan

repetir situaciones como las mencionadas

en los hechos violatorias a que esta

Recomendación se refiere; se inicie

procedimiento administrativo de

investigación en contra de las CC.

Fiscales del Ministerio Público adscritas al

Si total En proceso

http://www.cedh-

chiapas.org/Recomendaciones/

2017/CEDH-06-2017.docx

http://www.cedh-

chiapas.org/transparencia/AR

TICULOS/ARTICULO%2080/

FRACC%20II/INCISO-

A/2017/2/act2t2017.r06-

2017.pdf

01/julio/2017

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2017 30/junio/2017

2017Julio a septiembre

2017CEDH/001/2016-R

CEDH/0776/20

134

Derecho de petición, garantías

de legalidad y seguridad

jurídica.

Se le brinde respuesta a los quejosos y

agraviados, de forma fundada y motivada,

si ellos acreditan o no,haber adquirido

legalmente la vivienda que ocupan o

haber realizado los pagos

correspondientes a dicha adquisición; se

lleve a cabo la mesa de trabajo con los

quejosos y agraviados, para aclarar la raíz

de la queja presentada y buscar

soluciones; se inicie procedimiento

administrativo de investigación por la

presunta responsabilidad en que pudieran

haber incurrido los servidores publicos que

no dieron respuesta fundada y motivada a

los quejosos; y se proporcione

capacitación prioritaria en derechos

humanos a los servidores públicos de

PROVICH.

Si total En procesohttp://www.cedh-

chiapas.org/Recomendaciones/

2016/CEDH-01-2016-R.doc

http://www.cedh-

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TICULOS/ARTICULO%2080/

FRACC%20II/INCISO-

A/2017/3/D.%20RECOMEND

ACIONES/act3t2017.r01-

2016.pdf

12/octubre/20

17

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201730/septiembre/2

017

Page 21: TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN Tabla Campostransparencia.cedh-chiapas.org/archivos/80/2017/a-2017-1.pdfCEDH/0776/20 13 4 Derecho de petición, garantías de legalidad y seguridad

2017Julio a septiembre

2017CEDH/03/2016-R

CEDH/0114/20

166

Libertad sexual, integridad

personal, trato digno, a la

educación, al desarrollo y a la

protección a la integridad física,

psicológica y sexual de las

niñas.

Se inicie, integre y determine

procedimiento administrativo de

investigación; se realice una minuciosa

investigación a fín de determinar el daño

causado a los alumnos, brindandoles

atención psicológica y de ser procedente,

se de vista al Fiscal del Ministerio Público

por el hecho delictivo que resulte; se

realice reparación del daño de manera

integral; se emita de manera urgente

directrices y lineamientos específicos para

prevenir todo tipo de abuso y violencia

sexual en las escuelas, creando un Manual

o Protocolo de Procedimientos para el

personal adscrito a esa Secretaría de

Educación; se lleven a cabo curso de

capacitación en materia de derechos

humanos de los niños y niñas, sobre su

derecho a la protección de su integridad

física, psicológica y sexual, así como de

responsabilidad de servidores públicos al

servicio de la educación; elaborar y llevar

a cabo un programa de capacitación al

personal docente, así como a padres y

madres de familia y alumnado en general,

sobre como detectar prevenir el abuso

sexual en niñas y niños en edad escolar; y

crear mecanismos que garanticen la

seguridad de los menores de edad al

contratar personal docente y de apoyo.

Si total En proceso

http://www.cedh-

chiapas.org/Recomendaciones/

2016/CEDH-03-2016-R.docx

http://www.cedh-

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TICULOS/ARTICULO%2080/

FRACC%20II/INCISO-

A/2017/3/D.%20RECOMEND

ACIONES/act3t2017.r03-

2016.pdf

12/octubre/20

17

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Emitidos.

201730/septiembre/2

017

2017Julio a septiembre

2017CEDH/04/2016-R

CEDH/0399/20

156

Libertad sexual, integridad

personal, trato digno, a la

educación, al desarrollo y a la

protección a la integridad física,

psicológica y sexual de las

niñas.

Se inicie, integre y determine

procedimiento administrativo de

investigación; se realice una minuciosa

investigación a fín de determinar el daño

causado a los alumnos, brindandoles

atención psicológica y de ser procedente,

se de vista al Fiscal del Ministerio Público

por el hecho delictivo que resulte; se

realice reparación del daño de manera

integral; se emita de manera urgente

directrices y lineamientos específicos para

prevenir todo tipo de abuso y violencia

sexual en las escuelas, creando un Manual

o Protocolo de Procedimientos para el

personal adscrito a esa Secretaría de

Educación; se lleven a cabo curso de

capacitación en materia de derechos

humanos de los niños y niñas, sobre su

derecho a la protección de su integridad

física, psicológica y sexual, así como de

responsabilidad de servidores públicos al

servicio de la educación; elaborar y llevar

a cabo un programa de capacitación al

personal docente, así como a padres y

madres de familia y alumnado en general,

sobre como detectar prevenir el abuso

sexual en niñas y niños en edad escolar; y

crear mecanismos que garanticen la

seguridad de los menores de edad al

contratar personal docente y de apoyo.

Si total En proceso

http://www.cedh-

chiapas.org/Recomendaciones/

2016/CEDH-04-2016-R.docx

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TICULOS/ARTICULO%2080/

FRACC%20II/INCISO-

A/2017/3/D.%20RECOMEND

ACIONES/act3t2017.r04-

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12/octubre/20

17

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201730/septiembre/2

017

Page 22: TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN Tabla Campostransparencia.cedh-chiapas.org/archivos/80/2017/a-2017-1.pdfCEDH/0776/20 13 4 Derecho de petición, garantías de legalidad y seguridad

2017Julio a septiembre

2017CEDH/005/2016-R

CEDH/0569/20

146

Protección de la integridad

física y psicológica de los

menores de edad.

Se integre y determine conforme a

derecho el procedimiento administrativo

002/DTJyA/2015; se tomen las medidas

necesarias para otorgar una justa

reparación de los daños y perjuicios

ocasionados al agraviado; se implementen

lineamientos específicos y medidas

necesarias de protección a favor de

alumnos y alumnas en los Centros

Escolares en el Estado; se implementen e

impartan cursos/talleres/actividades de

capacitación hacia los profesores,

personal directivo y administrativo, a

padres, madres, tutores y alumnado en

general, relativas a los derechos humanos

de los niños y las niñas, la prevención e

identificación del acoso escolar y la

responsabilidad de los servidores públicos

al servicio de la educación.

Si total En proceso

http://www.cedh-

chiapas.org/Recomendaciones/

2016/CEDH-05-2016-R.docx

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12/octubre/20

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201730/septiembre/2

017

2017Julio a septiembre

2017CEDH/06/2016-R

CEDH/0885/20

123

Seguridad pública y acceso a la

justicia.

Se continúe con la integración de la

averiguación previa 003/FEIDH-M6/2011 y

se ejecuten las órdenes de aprehensión

vigentes por el caso Viejo Velasco.

Si total En proceso

http://www.cedh-

chiapas.org/Recomendaciones/

2016/CEDH-06-2016-R.docx

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FRACC%20II/INCISO-

A/2017/3/D.%20RECOMEND

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12/octubre/20

17

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201730/septiembre/2

017

Page 23: TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN Tabla Campostransparencia.cedh-chiapas.org/archivos/80/2017/a-2017-1.pdfCEDH/0776/20 13 4 Derecho de petición, garantías de legalidad y seguridad

2017Julio a septiembre

2017CEDH/07/2016-R

CEDH/0642/20

143

Libertad, privacidad del

domicilio, a la integridad física

y psicológica, derecho de los

niños.

Se implementen y difundan lineamientos y

acciones necesarias para que los Agentes

del Ministerio Público y de la Policía

Especializada se abstengan de repetir

actos como los que dieron origen a la

presente Recomendación; se otorgue una

indemnización a los agraviados cuyo

monto deberá establecerse en

coordinación y colaboración con la

Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a

Víctimas; se proporcione atención

psicológica a los agraviados; se inicie

procedimiento administrativo de

investigación a los servidores públicos de

la Fiscalía Especializada en Secuestro,

que tuvieron intervención en los hechos

violatorios; se inicie averiguación previa o

carpeta de investigación correspondiente

por los hechos violatorios; se imparta

capacitación y formación en materia de

prevención y tortura poniendo enfasis en

la Protección a los Derechos de los

Niños/as, dirigido a Fiscales del Ministerio

Público y Policía Especializada; y se

reconozca y ofrezca una disculpa pública

a los agraviados.

Si total En proceso

http://www.cedh-

chiapas.org/Recomendaciones/

2016/CEDH-07-2016-R.docx

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FRACC%20II/INCISO-

A/2017/3/D.%20RECOMEND

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12/octubre/20

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201730/septiembre/2

017

2017Julio a septiembre

2017CEDH/09/2016-R

CEDH/0609/20

133

Tortura, tratos crueles,

inhumanos y degradantes.

Inicio y determinación de procedimiento de

investigación a los servidores públicos

involucrados en los hechos materia de la

queja; se detrmine conforme a derecho la

averiguación previa número

FESP/104/2014-10 y las actas

administrativas números AA/527/2013-

FESP, con motivo de la denuncia

interpuesta por el agraviado; se capacite al

personal de la Procuraduría General de

Justicia, respecto a las atribuciones que

tienen en la investigación de los delitos, a

fin de que se respeten los derechos

humnaos en el desempeño de sus

funciones; se inicie y resuelva la carpeta

de investigación, con motivo de los hechos

por Tortura en contra de los servidores

públicos implicados en los hechos; se

coordinen las tres autoridades

responsables a que inscriban al agraviado

en el Registro Estatal de Víctimas del

Estado para que este tenga acceso a los

servicios y al Fondo de Atención a

Víctimas, previsto en la Ley de Víctimas

para el Estado; se otorgue capacitación

en materia de derechos humanos, al

personal de la Secretaría de Seguridad y

Protección Ciudadana y al personal de la

Secretaría de Seguridad Pública y Tránsito

Municipal, en especial en el tema de

"Tortura".

Si total En proceso

http://www.cedh-

chiapas.org/Recomendaciones/

2016/CEDH-09-2016-R.doc

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FRACC%20II/INCISO-

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12/octubre/20

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017

Page 24: TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN Tabla Campostransparencia.cedh-chiapas.org/archivos/80/2017/a-2017-1.pdfCEDH/0776/20 13 4 Derecho de petición, garantías de legalidad y seguridad

2017Julio a septiembre

2017CEDH/09/2016-R

CEDH/0609/20

135

Tortura, tratos crueles,

inhumanos y degradantes.

Inicio y determinación de procedimiento de

investigación a los servidores públicos

involucrados en los hechos materia de la

queja; se detrmine conforme a derecho la

averiguación previa número

FESP/104/2014-10 y las actas

administrativas números AA/527/2013-

FESP, con motivo de la denuncia

interpuesta por el agraviado; se capacite al

personal de la Procuraduría General de

Justicia, respecto a las atribuciones que

tienen en la investigación de los delitos, a

fin de que se respeten los derechos

humnaos en el desempeño de sus

funciones; se inicie y resuelva la carpeta

de investigación, con motivo de los hechos

por Tortura en contra de los servidores

públicos implicados en los hechos; se

coordinen las tres autoridades

responsables a que inscriban al agraviado

en el Registro Estatal de Víctimas del

Estado para que este tenga acceso a los

servicios y al Fondo de Atención a

Víctimas, previsto en la Ley de Víctimas

para el Estado; se otorgue capacitación

en materia de derechos humanos, al

personal de la Secretaría de Seguridad y

Protección Ciudadana y al personal de la

Secretaría de Seguridad Pública y Tránsito

Municipal, en especial en el tema de

"Tortura".

Si total En proceso

http://www.cedh-

chiapas.org/Recomendaciones/

2016/CEDH-09-2016-R.doc

http://www.cedh-

chiapas.org/transparencia/AR

TICULOS/ARTICULO%2080/

FRACC%20II/INCISO-

A/2017/3/D.%20RECOMEND

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12/octubre/20

17

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201730/septiembre/2

017

2017Julio a septiembre

2017CEDH/09/2016-R

CEDH/0609/20

131

Tortura, tratos crueles,

inhumanos y degradantes.

Inicio y determinación de procedimiento de

investigación a los servidores públicos

involucrados en los hechos materia de la

queja; se detrmine conforme a derecho la

averiguación previa número

FESP/104/2014-10 y las actas

administrativas números AA/527/2013-

FESP, con motivo de la denuncia

interpuesta por el agraviado; se capacite al

personal de la Procuraduría General de

Justicia, respecto a las atribuciones que

tienen en la investigación de los delitos, a

fin de que se respeten los derechos

humnaos en el desempeño de sus

funciones; se inicie y resuelva la carpeta

de investigación, con motivo de los hechos

por Tortura en contra de los servidores

públicos implicados en los hechos; se

coordinen las tres autoridades

responsables a que inscriban al agraviado

en el Registro Estatal de Víctimas del

Estado para que este tenga acceso a los

servicios y al Fondo de Atención a

Víctimas, previsto en la Ley de Víctimas

para el Estado; se otorgue capacitación

en materia de derechos humanos, al

personal de la Secretaría de Seguridad y

Protección Ciudadana y al personal de la

Secretaría de Seguridad Pública y Tránsito

Municipal, en especial en el tema de

"Tortura".

Si total En proceso

http://www.cedh-

chiapas.org/Recomendaciones/

2016/CEDH-09-2016-R.doc

http://www.cedh-

chiapas.org/transparencia/AR

TICULOS/ARTICULO%2080/

FRACC%20II/INCISO-

A/2017/3/D.%20RECOMEND

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2016.pdf

12/octubre/20

17

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201730/septiembre/2

017

Page 25: TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN Tabla Campostransparencia.cedh-chiapas.org/archivos/80/2017/a-2017-1.pdfCEDH/0776/20 13 4 Derecho de petición, garantías de legalidad y seguridad

2017Julio a septiembre

2017CEDH/10/2016-R

CEDH/1480/20

123 Seguridad jurídica.

Se inicie, tramite y determine carpeta de

investigación en contra del Fiscal de la

Mesa de Trámite 1, por el delito de

despojo y/o los que resulten; se determine

la restitución de los derechos humanos

violentados a los agraviados; se otorgue

una justa indemnización y reparación de

los daños y perjuicios ocasionados a los

agraviados; se proporcione capacitación

en derechos humanos, garantías de

legalidad y seguridad jurídica y derecho a

la presunción de inocencia, a los

servidores públicos adscritos a la Fiscalía

de Distrito Altos; y se proporcione a todo el

personal de la Fiscalía Especializada en

Derechos Humanos, Atención a Víctimas y

Servicios a la Comunidad, de esa

Procuraduría General de Justicia del

Estado, capacitación en materia de

Reparación del Daño por Violaciones a

Derechos Humanos.

Si total En proceso

http://www.cedh-

chiapas.org/Recomendaciones/

2016/CEDH-10-2016-R.docx

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TICULOS/ARTICULO%2080/

FRACC%20II/INCISO-

A/2017/3/D.%20RECOMEND

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2016.pdf

12/octubre/20

17

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201730/septiembre/2

017

2017Julio a septiembre

2017CEDH/011/2016-R

CEDH/1778/20

13 y

Acumulado

CEDH/0169/20

14

6

Derecho al trato digno, a la no

discriminación, a la educación y

al derecho de los menores a

que se proteja su integridad

física y psicológica, así como

ejercicio indebido de la función

pública.

Se inicie, inicie, integre y determine

procedimiento administrativo de

investigación a los servidores públicos

involucrados en los hechos materia de la

queja; se realice la reparación del daño de

manera integral a los agraviados; y se

lleve a cabo cursos de capacitación en

materia de dereechos humanos a los

niños, niñas, el interés superior de laniñez,

el derecho a la no discriminación y trato

digno, el derecho a la protección de su

integridad física y psicológica; así como de

responsabilidad de servidores públicos al

servicio de la educación, mismos que

deberán impartirse a los profesores

involucrados y demás personal docente,

alumnado y padres de familia de la

Escuela en que sucitaron los hechos.

Si total En proceso

http://www.cedh-

chiapas.org/Recomendaciones/

2016/CEDH-11-2016-R.pdf

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TICULOS/ARTICULO%2080/

FRACC%20II/INCISO-

A/2017/3/D.%20RECOMEND

ACIONES/act3t2017.r11-

2016.pdf

12/octubre/20

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201730/septiembre/2

017

Page 26: TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN Tabla Campostransparencia.cedh-chiapas.org/archivos/80/2017/a-2017-1.pdfCEDH/0776/20 13 4 Derecho de petición, garantías de legalidad y seguridad

2017Julio a septiembre

2017CEDH/15/2016-R

CEDH/0884/20

143

Dilación en la procuración de

justicia e irregular integración

de las averiguaciones previas.

Se gire instrucciones al C. Fiscal

Especializado en Justicia Indígena, para

que en caso de que no se hubieran

determinado las averiguaciones previas

751/IN7A-T1/2013, 755/IN7A-T1/2013 y

806/IN7A-T2/2013, se determinen a la

brevedad posible y se notifiquen a los

querellantes respectivos y se proporcione

a este Organismo, las notificaciones

correspondientes; y se inicie

procedimiento administrativo de

investigación en contra de los diversos

Fiscales del Ministerio Público adscritos a

la Fiscalía Especializada en Justicia

Indígena, que estuvieron y/o están a cargo

de las averiguaciones previas

mencionadas, como responsables de

haber infringido lo previsto en el artículo

45, fracciones I y XXI de la Ley de

Responsabilidades de los Servidores

Públicos del Estado de Chiapas, y en caso

de resultar procedente les impongan las

sanciones a que se hubieran hecho

acreedores.

Si total En proceso

http://www.cedh-

chiapas.org/Recomendaciones/

2016/CEDH-15-2016-R.pdf

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chiapas.org/transparencia/AR

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FRACC%20II/INCISO-

A/2017/3/D.%20RECOMEND

ACIONES/act3t2017.r15-

2016.pdf

12/octubre/20

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201730/septiembre/2

017

2017Julio a septiembre

2017CEDH/02/2017-R

CEDH/0248/20

153

Integridad y seguridad personal,

seguridad jurídica.

Se inicie y determine procedimiento

administrativo por la responsabilidad en

que incurrieron los agentes aprehensores,

médicos legistas y ministerios públicos

quienes tuvieron participación en los

hechos materia dela queja; se otorgue a

los agraviados los derechos garantizados

en la Ley General de Víctimas en

coordinación y colaboración con la

Comisión Ejecutiva de Atención a

Víctimas del Estado, así como la asesoría

jurídica con el objeto de que se le

satisfaga la reparación del daño en

términos de la Legislación aplicable; y se

capacite a todos los elementos de la

Procuraduría especialmente a la Policía,

en el tema de los Derechos Humanos y en

materia del debido proceso enfocada a

salvaguardar los derechos de las personas

extranjeras que dentro del estado se

encuentren dentro de un proceso penal.

Si total En procesohttp://www.cedh-

chiapas.org/Recomendaciones/

2017/CEDH-02-2017.doc

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TICULOS/ARTICULO%2080/

FRACC%20II/INCISO-

A/2017/3/D.%20RECOMEND

ACIONES/act3t2017.r02-

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12/octubre/20

17

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Emitidos.

201730/septiembre/2

017

Page 27: TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN Tabla Campostransparencia.cedh-chiapas.org/archivos/80/2017/a-2017-1.pdfCEDH/0776/20 13 4 Derecho de petición, garantías de legalidad y seguridad

2017Julio a septiembre

2017CEDH/03/2017-R

CEDH/0933/20

12 y

CEDH/0488/20

13

acumulados.

7,3Libertad de tránsito y de

residencia, seguridad pública y

acceso a la justicia.

Se procure mejorar el monto del apoyo

económico a los desplazados, por lo menos

con un salario mínimo mensual para cada

familia, mientras persistan las condiciones de

desplazamiento; establecer las condiciones

que permitan el regreso voluntario, seguro y

digno de los desplazados a su lugar de

residencia habitual, a través de

implementación de talleres de reconciliación

para la sensibilizacion de las partes

confrontadas, que organice la Secretaría para

el Desarrollo Sustentable de los Pueblos

Indígenas, en coordinación con la

Subsecretaría de Gobierno Región V-Altos

Tsotsil-Tseltal, la Delegación de Gobierno en

Tenejapa y Fiscalía Especializada en Justicia

Indígena; A los desplazados que retornen a su

lugar de residencia, se les restituya la posesión

de sus tierras y demás bienes y de los que sea

imposible su retorno se les otorgue la

compensación adecuada, así como la

reparación de los daños provocados; que el

Director de la Policía Especializada disponga

de elementos que ejecuten los mandamientos

aprehensorios, para que cesen las violaciones

al derecho de acceso a la jusiticia de los

desplazados y quejosos; y que se gire

instrucciones al Fiscal Especializado en

Justicia Indígena, para que de nueva cuenta se

lleve a cabo operativo de rastreo y búsqueda

exhaustiva de los restos mortales de la

persona mencionada en los hechos motivo de

la queja.

Si total En procesohttp://www.cedh-

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2017/CEDH-03-2017.docx

http://www.cedh-

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TICULOS/ARTICULO%2080/

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201730/septiembre/2

017

2017Julio a septiembre

2017CEDH/04/2017-R

CEDH/0157/20

177,3

Derechos de no discriminación

de los niños y niñas, a la

educación, a la libertad de

tránsito y de residencia, a la

integridad física, a la seguridad

pública, libertad de culto y

acceso a la justicia.

Se instruya al C. Subsecretario de Gobierno Región V

Altos, Tsotsil-Tseltal, gestione ante el H. Ayuntamiento

Municipal de Huixtán, Chiapas, que a la brevedad se

proporcione los suministros mínimos para subsistencia a

las 9 familias desplazadas, o en su defecto se les

porporcione apoyo económico, por lo menos con un salario

mínimo para que puedan subsistir, mientras persistan las

condiciones de desplazamiento; en caso de que los

desplazados hayan sido desposeídos de sus tierras y

demás bienes, se les restituya al momento de su retorno y

se les otorgue la reparación de daños, y en caso de ser

imposible su retorno, se les otorgue la compensación

adecuada por sus tierras y demás bienes; que las

instituciones que han venido atendiendo el caso, continuen

con los esfuerzos en la búsqueda de establecer las

condiciones que permitan el regreso voluntario, seguro y

digno de los desplazados a su lugar de residencia habitual;

Que el Director de la Policía Especializada disponga de

elementos que ejecuten el mandamiento aprehensorio

referido, respecto a las personas pendiente de ejecutarse,

para que con ello cesen las violaciones al derecho de

acceso a la administración de justicia de los ahora

desplazados y quejosos, a menos que la reparación del

daño se les garantizara por otros medios; se inicie

procedimiento administrativo de investigación a los

diversos titulares de la Comandancia Regional Zona

Indígena que han tenido a su cargo el deber de

cumplimiento del mandato judicial referido en este

documento, ante la infracción de las fracciones I y XXI de

la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del

Estado de Chiapas; se investigue el homicidio de la mujer

que presuntamente fue bajo la autoriía intelectual de su

propio hermano, el probable secuestro de la nieta de uno

de los agraviados, y las conductas violatorias a la dignidad

de los niños y niñas, a quienes fueron expulsados de la

escuela primaria bilingue, así como de las conductas

discriminatorias atribuidas al Presidente Municipal de

Huixtan.

Si total En procesohttp://www.cedh-

chiapas.org/Recomendaciones/

2017/CEDH-04-2017.docx

http://www.cedh-

chiapas.org/transparencia/AR

TICULOS/ARTICULO%2080/

FRACC%20II/INCISO-

A/2017/3/D.%20RECOMEND

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2017.pdf

12/octubre/20

17

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Emitidos.

201730/septiembre/2

017

Page 28: TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN Tabla Campostransparencia.cedh-chiapas.org/archivos/80/2017/a-2017-1.pdfCEDH/0776/20 13 4 Derecho de petición, garantías de legalidad y seguridad

2017Julio a septiembre

2017CEDH/05/2017-R

CEDH/0661/20

115

Tortura, trato cruel, inhumano

y/o degradante, abuso de

autoridad, detención arbitraria e

incomunicación.

Se inicie el archivo de investigación y determine la

probable responsabilidad en que incurrieron los

elementos de la policia estatal preventiva que

tuvieron participación en los hechos; se inicie

carpeta de investigación correspondiente por el delito

de tortura; se otorgue a la parte agraviada los

derechos garantizados en la Ley General de

Víctimas y en la Ley de Víctimas para el Estado de

Chiapas, proporcionandoles una indemnización

cuyomonto deberá establecerse en coordinación y

colaboración con la Secretaría de Gobierno del

Estado, así como la asesoría jurídica, se le brinde

atención médico-psicológica hasta su total

restablecimiento y la atención integral, con el fin de

que puedan coadyuvar en las investigaciones que al

respecto se inicien; adoptar las acciones necesarias

para que se cree un Programa integral de

Educación, Formación y Capacitación en derechos

humanos, que genere un proceso de capacitación y

sensibilización de prevención de la tortura para los

agentes policiales más susceptibles de cometer

actos de abuso de autoridad durante los procesos de

detención, así como de la promoción en la

observancia en los Códigos de Conducta y de las

Normas Éticas que incluyan medidas que

contribuyan a la prevención de actos arbitrarios,

dirigido a las corporaciones policiales; implementar

un mecanismo integral a fin de que se corrijan las

indebidas prácticas administrativas, con el objeto de

darle certeza jurídica al gobernado en sus

actuaciones; se realice los trámites correspondientes

para efecto de que se dé el seguimiento e

inscripción de la parte agraviada en el Registro

Estatal de Víctimas del Estado, a fín de que tengan

acceso a los servicios y al Fondo de Atención a

Víctimas, previsto en la Ley de Víctimas para el

Estado de Chiapas, debiendo remitir las constancias

Si total En proceso

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TICULOS/ARTICULO%2080/

FRACC%20II/INCISO-

A/2017/3/D.%20RECOMEND

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12/octubre/20

17

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201730/septiembre/2

017

2017Julio a septiembre

2017CEDH/06/2017-R

CEDH/0307/20

157,8

Libertad personal, honra,

dignidad, seguridad jurídica, a

la legalidad y el acceso a la

debida procuración y

administración de justicia.

Se proporcione al agraviado, la reparación

del daño correspondiente al lucro cesante

de 17 meses y 15 días de salario mínimo,

en que no percibió salario alguno por

habérsele privado de la libertad y sujeto a

proceso penal, ilegalmente, reparación del

daño emergente, compensación adecuada

y justa, sea registrado en el Registro

Estatal de Víctimas y tenga acceso a la

atención, asesoría jurídica, asistencia,

protección, acceso a la justicia, a la

verdad y reparación integral; Como

medida de rehabilitación se le procure

atención psicológica, al agraviado y a su

familia, en su lugar de residencia, a cargo

de profesionistas en psicología del DIF

Municipal de Ocotepec, Chiapas; Que la

Fiscalía General del Estado, otorgue una

disculpa pública (en español y en zoque)

como media de satisfacción; Se

implemente y difunda Acuerdos y

Lineamientos, o aquellas acciones

necesarias para que los titulares de las

Fiscalías del Ministerio Público adscritas a

los Juzgados de Control y de

Enjuiciamiento, en lo sucesivo, omitan

repetir situaciones como las mencionadas

en los hechos violatorias a que esta

Recomendación se refiere; se inicie

procedimiento administrativo de

investigación en contra de las CC.

Fiscales del Ministerio Público adscritas al

Si total En proceso

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12/octubre/20

17

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017

Page 29: TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN Tabla Campostransparencia.cedh-chiapas.org/archivos/80/2017/a-2017-1.pdfCEDH/0776/20 13 4 Derecho de petición, garantías de legalidad y seguridad

2017Julio a septiembre

2017CEDH/07/2017-R

CEDH/0224/20

16 Y SU

ACUMULADO

CEDH/0108/20

17

10

Acceso al agua, a la dignidad

humana, a la vivienda y a la

salud.

Se reconecte los servicios de agua potable

a los fraccionamientos Real del Bosque y

Bonanza; se garantice el derecho humano

al agua para consumo personal y

doméstico en forma salubre, suficiente,

aceptable y asequible; se implementen los

mecanismos necesarios con la finalidad de

municipalizar los fraccionamientos Real

del Bosque y Bonanza; se gestione los

recursos económicos sufientes ante la

Federación y el Estado de Chiapas, a fin

de ejecutar el proyecto de infraestructura

hidráulica para otorgar los servicios de

agua a todos los habitantes de estos

fraccionamientos; Se capacite al personal

de SMAPA; Se realice estudios para

identificar a la población que ya presenta

signos de posibles afecciones a su salud y

se les proporcione la atención clínica

necesaria; Se realice las gestiones para

adicionar en su Bando de Policía y Buen

Gobierno, un capítulo en donde se

garantice el derecho al servicio de agua

potable; Se lleve a cabo medidas

sanitarias en lo que respecta a la

verificación y control de calidad del agua

almacenada en los tanques de los

fraccionamientos; Se inicie y concluya

procedimiento administrativo de

responsabilidad en contra del servidor o

servidores públicos responsables de

incumplimiento al no dar respuesta a los

Si total En proceso

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12/octubre/20

17

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017

2017Julio a septiembre

2017CEDH/08/2017-R

CEDH/0037/20

169

A los usos y costumbres de los

pueblos indígenas, derecho de

petición, legalidad y seguridad

jurídica.

Reponer en el goce de sus derechos

humanos afectados a la comunidad

indígena zoque San Miguel La Sardina,

por no privilegiar el principio de la

maximización de la autonomía sobre el de

la injerencia en las decisiones que les

corresponden a los pueblos indígenas, al

no respetar la elección que por usos y

costumbres llevaron a cabo para ocupar el

cargo de Agente Municipal, se reconsidere

la expedición de nuevo nombramiento; Se

imparta cursos a cada uno de los

servidores públicos del H. Ayuntamiento

Municipal de Francisco León, Chiapas,

sobre el derecho de los pueblos indígenas.

No

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NCISO-

A/2017/3/D.%20RECOM

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FRACC%20II/INCISO-

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12/octubre/20

17

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017

Page 30: TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN Tabla Campostransparencia.cedh-chiapas.org/archivos/80/2017/a-2017-1.pdfCEDH/0776/20 13 4 Derecho de petición, garantías de legalidad y seguridad

2017Julio a septiembre

2017CEDH/09/2017-R

CEDH/0384/20

138

Incumplimiento de orden de

aprehensión, seguridad jurídica,

procuración e impartición de

justicia pronta y expedita.

Se de cumplimiento a la orden de

aprehensión, librada en la causa penal

número 230/2011; Se inicie procedimiento

administrativo de investigación, en contra

de los elementos de la Policía

Especializada que hubieran tenido la

obligación de ejecutarlo, como presuntos

responsables de omitir el cumplimiento del

citado mandato judicial; Se otorgue la

capacitación necesaria al personal

administrativo y operativo de la Policía

Especializada, dependiente de la Fiscalía

General del Estado, a fín de evitar hechos

similares como los acontecidos en el

presente caso.

Si total En proceso

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017

2017Julio a septiembre

2017CEDH/10/2017-R

CEDH/0296/20

166

Derecho a la educación, de

prioridad, a una vida libre de

violencia y a la integridad

psicoemocional.

Se determine conforme a derecho el

expediente administrativo de queja No.

SAC/Q-0478/16; Se gire instrucciones al C.

Director de la Escuela Secundaria No. 16, de

Ocosingo, Chiapas, con la finalidad de que ,

con la participación de padres de familia, se

elabore un protocolo de actuación de alerta y

solución temprana del acoso escolar o

bullyng; Se intruya a las áreas de Trabajo

Social, para que indefectiblemente en el caso

de requerirse firma de cualquier documento

por parte de menores de edad, estén

acompañados de sus padres o tutores, y que

el contenido de los documentos sometidos a

su firma sean congruentes con la verdad

histórica que en los mismos se consigna.

Además. se mantenga el seguimiento del

estado psicoemocional de la menor, con el

conocimiento de sus tutores, y con la

discreción y prudencia que el caso amerita;

Se le otorgue a la agraviada, las facilidades

necesarias, a fin de que continúe con su

tratamiento psicológico en el DIF Municipal de

Ocosingo, Chiapas; Se capacite en derechos

humanos al personal directivo, docente,

trabajo social, administrativo, estudiantes y

padres de familia, de la Escuela Secundaría

Técnica No. 16 en Ocosingo, Chiapas,

poniendo énfasis en los temas de los

Derechos de los Niños, Niñas y

Adolescentes, y en el fenómeno psicosocial

de acoso escolar o bullyng.

Si total En proceso

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12/octubre/20

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201730/septiembre/2

017

Page 31: TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN Tabla Campostransparencia.cedh-chiapas.org/archivos/80/2017/a-2017-1.pdfCEDH/0776/20 13 4 Derecho de petición, garantías de legalidad y seguridad

2017Julio a septiembre

2017CEDH/11/2017-R

CEDH/0707/20

157

Libertad de residencia,

privacidad del domicilio y

derecho a la administración de

justicia.

Instruya se efectúe el estudio correspondiene

para efectos de que el Ejecutivo del Estado

envíe al H. Congreso del Estado propuesta

de Reglamentación de los usos y costumbres

de los pueblos indígenas del Estado de

Chiapas; así como Reglamentación del

Derecho a la Consulta y al consentimiento

libre, previo e informado, respecto de

aquellas materias competencia del Estado de

Chiapas. Se preparé iniciativa en la que el

Ejecutivo del Estado proponga al H.

Congreso del Estado, se cambie el nombre

de la "Ley de Derechos y Cultura (sic)

Indígenas del Estado de Chiapas", por el de

"Ley de Derechos y Culturas (así plural)

Indígenas del Estado de Chiapas". Al artículo

57 de la Ley de Derechos y Cultura (sic)

Indígenas del Estado de Chiapas, se le

agregue un segundo párrafo en el que se

establezca la sanción correspondiente a la

"conducta tendiente a expulsar o impedir el

retorno de los indígenas a sus comunidades",

puesto que tal numeral de aquella ley carece

de sanción.

Si total En proceso

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12/octubre/20

17

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201730/septiembre/2

017

2017Julio a septiembre

2017CEDH/11/2017-R

CEDH/0707/20

158

Libertad de residencia,

privacidad del domicilio y

derecho a la administración de

justicia.

ntegre y determine conforme a derecho el

Registro de Atención N° 0358-059-1003-

2015, iniciado por el delito de

ALLANAMIENTO DE DOMICILIO, DAÑOS Y

LOS QUE RESULTEN; Se gire instrucciones

a los Fiscales del Ministerio Público adscrito a

la Unidad Integral de Investigación y Justicia

Restaurativa Especializada en Justicia

Indígena, para efectos de que, en el

momento en que sea factible la realización de

todas aquellas diligencias faltantes en el

Registro de Atención y Carpetas de

Investigación citadas en el párrafo 61,

determinen las mismas conforme a derecho

resulte procedente.

No

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FRACC%20II/INCISO-

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12/octubre/20

17

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201730/septiembre/2

017

Page 32: TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN Tabla Campostransparencia.cedh-chiapas.org/archivos/80/2017/a-2017-1.pdfCEDH/0776/20 13 4 Derecho de petición, garantías de legalidad y seguridad

2017Julio a septiembre

2017CEDH/012/2017-R

CEDH/1622/20

128

Libertad personal, integridad y

seguridad personal, tortura,

trato cruel, inhumano y/o

degradante, abuso de

autoridad, legalidad y seguridad

jurídica e n su modalidad de

detención arbitraria, derecho a

la intimidad, privacidad o vida

privada relacionadas con la

protección de datos personales.

Inicio y determinación de procedimiento

administrativo de investigación en contra

de los servidors públicos que tuvieron

participación en los hechos materia de la

queja; Se aperture la Averiguación Previa

número FESP/035/2013; Se otorgue a los

agraviados, los derechos garantizados en

la Ley General de Víctimas y en la Ley de

Víctimas para el Estado de Chiapas,

proporcionandoles la indemnización cuyo

monto deberá establecerse en

coordinación y colaboración con la

Secretaría de Gobierno del Estado; Se

capacite al personal de la Fiscalía

respecto a las atribuciones que tienen en

la investigación de delitos.

No

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2017/CEDH-12-2017.doc

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O%2080/FRACC%20II/I

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A/2017/3/D.%20RECOM

ENDACIONES/negativa.r

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FRACC%20II/INCISO-

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12/octubre/20

17

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201730/septiembre/2

017

2017Octubre a diciembre

2017CEDH/001/2016-R

CEDH/0776/20

134

Derecho de petición, garantías

de legalidad y seguridad

jurídica.

Se le brinde respuesta a los quejosos y

agraviados, de forma fundada y motivada,

si ellos acreditan o no,haber adquirido

legalmente la vivienda que ocupan o

haber realizado los pagos

correspondientes a dicha adquisición; se

lleve a cabo la mesa de trabajo con los

quejosos y agraviados, para aclarar la raíz

de la queja presentada y buscar

soluciones; se inicie procedimiento

administrativo de investigación por la

presunta responsabilidad en que pudieran

haber incurrido los servidores publicos que

no dieron respuesta fundada y motivada a

los quejosos; y se proporcione

capacitación prioritaria en derechos

humanos a los servidores públicos de

PROVICH.

Si total Cumplidohttp://www.cedh-

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15/enero/2018

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201831/diciembre/20

17

Page 33: TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN Tabla Campostransparencia.cedh-chiapas.org/archivos/80/2017/a-2017-1.pdfCEDH/0776/20 13 4 Derecho de petición, garantías de legalidad y seguridad

2017Octubre a diciembre

2017CEDH/03/2016-R

CEDH/0114/20

166

Libertad sexual, integridad

personal, trato digno, a la

educación, al desarrollo y a la

protección a la integridad física,

psicológica y sexual de las

niñas.

Se inicie, integre y determine

procedimiento administrativo de

investigación; se realice una minuciosa

investigación a fín de determinar el daño

causado a los alumnos, brindandoles

atención psicológica y de ser procedente,

se de vista al Fiscal del Ministerio Público

por el hecho delictivo que resulte; se

realice reparación del daño de manera

integral; se emita de manera urgente

directrices y lineamientos específicos para

prevenir todo tipo de abuso y violencia

sexual en las escuelas, creando un Manual

o Protocolo de Procedimientos para el

personal adscrito a esa Secretaría de

Educación; se lleven a cabo curso de

capacitación en materia de derechos

humanos de los niños y niñas, sobre su

derecho a la protección de su integridad

física, psicológica y sexual, así como de

responsabilidad de servidores públicos al

servicio de la educación; elaborar y llevar

a cabo un programa de capacitación al

personal docente, así como a padres y

madres de familia y alumnado en general,

sobre como detectar prevenir el abuso

sexual en niñas y niños en edad escolar; y

crear mecanismos que garanticen la

seguridad de los menores de edad al

contratar personal docente y de apoyo.

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TICULOS/ARTICULO%2080/

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201831/diciembre/20

17

2017Octubre a diciembre

2017CEDH/04/2016-R

CEDH/0399/20

156

Libertad sexual, integridad

personal, trato digno, a la

educación, al desarrollo y a la

protección a la integridad física,

psicológica y sexual de las

niñas.

Se inicie, integre y determine

procedimiento administrativo de

investigación; se realice una minuciosa

investigación a fín de determinar el daño

causado a los alumnos, brindandoles

atención psicológica y de ser procedente,

se de vista al Fiscal del Ministerio Público

por el hecho delictivo que resulte; se

realice reparación del daño de manera

integral; se emita de manera urgente

directrices y lineamientos específicos para

prevenir todo tipo de abuso y violencia

sexual en las escuelas, creando un Manual

o Protocolo de Procedimientos para el

personal adscrito a esa Secretaría de

Educación; se lleven a cabo curso de

capacitación en materia de derechos

humanos de los niños y niñas, sobre su

derecho a la protección de su integridad

física, psicológica y sexual, así como de

responsabilidad de servidores públicos al

servicio de la educación; elaborar y llevar

a cabo un programa de capacitación al

personal docente, así como a padres y

madres de familia y alumnado en general,

sobre como detectar prevenir el abuso

sexual en niñas y niños en edad escolar; y

crear mecanismos que garanticen la

seguridad de los menores de edad al

contratar personal docente y de apoyo.

Si total En proceso

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2016/CEDH-04-2016-R.docx

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17

Page 34: TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN Tabla Campostransparencia.cedh-chiapas.org/archivos/80/2017/a-2017-1.pdfCEDH/0776/20 13 4 Derecho de petición, garantías de legalidad y seguridad

2017Octubre a diciembre

2017CEDH/005/2016-R

CEDH/0569/20

146

Protección de la integridad

física y psicológica de los

menores de edad.

Se integre y determine conforme a

derecho el procedimiento administrativo

002/DTJyA/2015; se tomen las medidas

necesarias para otorgar una justa

reparación de los daños y perjuicios

ocasionados al agraviado; se implementen

lineamientos específicos y medidas

necesarias de protección a favor de

alumnos y alumnas en los Centros

Escolares en el Estado; se implementen e

impartan cursos/talleres/actividades de

capacitación hacia los profesores,

personal directivo y administrativo, a

padres, madres, tutores y alumnado en

general, relativas a los derechos humanos

de los niños y las niñas, la prevención e

identificación del acoso escolar y la

responsabilidad de los servidores públicos

al servicio de la educación.

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201831/diciembre/20

17

2017Octubre a diciembre

2017CEDH/06/2016-R

CEDH/0885/20

123

Seguridad pública y acceso a la

justicia.

Se continúe con la integración de la

averiguación previa 003/FEIDH-M6/2011 y

se ejecuten las órdenes de aprehensión

vigentes por el caso Viejo Velasco.

Si total En proceso

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2016/CEDH-06-2016-R.docx

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201831/diciembre/20

17

Page 35: TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN Tabla Campostransparencia.cedh-chiapas.org/archivos/80/2017/a-2017-1.pdfCEDH/0776/20 13 4 Derecho de petición, garantías de legalidad y seguridad

2017Octubre a diciembre

2017CEDH/07/2016-R

CEDH/0642/20

143

Libertad, privacidad del

domicilio, a la integridad física

y psicológica, derecho de los

niños.

Se implementen y difundan lineamientos y

acciones necesarias para que los Agentes

del Ministerio Público y de la Policía

Especializada se abstengan de repetir

actos como los que dieron origen a la

presente Recomendación; se otorgue una

indemnización a los agraviados cuyo

monto deberá establecerse en

coordinación y colaboración con la

Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a

Víctimas; se proporcione atención

psicológica a los agraviados; se inicie

procedimiento administrativo de

investigación a los servidores públicos de

la Fiscalía Especializada en Secuestro,

que tuvieron intervención en los hechos

violatorios; se inicie averiguación previa o

carpeta de investigación correspondiente

por los hechos violatorios; se imparta

capacitación y formación en materia de

prevención y tortura poniendo enfasis en

la Protección a los Derechos de los

Niños/as, dirigido a Fiscales del Ministerio

Público y Policía Especializada; y se

reconozca y ofrezca una disculpa pública

a los agraviados.

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201831/diciembre/20

17

2017Octubre a diciembre

2017CEDH/09/2016-R

CEDH/0609/20

133

Tortura, tratos crueles,

inhumanos y degradantes.

Inicio y determinación de procedimiento de

investigación a los servidores públicos

involucrados en los hechos materia de la

queja; se detrmine conforme a derecho la

averiguación previa número

FESP/104/2014-10 y las actas

administrativas números AA/527/2013-

FESP, con motivo de la denuncia

interpuesta por el agraviado; se capacite al

personal de la Procuraduría General de

Justicia, respecto a las atribuciones que

tienen en la investigación de los delitos, a

fin de que se respeten los derechos

humanos en el desempeño de sus

funciones; se inicie y resuelva la carpeta

de investigación, con motivo de los hechos

por Tortura en contra de los servidores

públicos implicados en los hechos; se

coordinen las tres autoridades

responsables a que inscriban al agraviado

en el Registro Estatal de Víctimas del

Estado para que este tenga acceso a los

servicios y al Fondo de Atención a

Víctimas, previsto en la Ley de Víctimas

para el Estado; se otorgue capacitación

en materia de derechos humanos, al

personal de la Secretaría de Seguridad y

Protección Ciudadana y al personal de la

Secretaría de Seguridad Pública y Tránsito

Municipal, en especial en el tema de

"Tortura".

Si total En proceso

http://www.cedh-

chiapas.org/Recomendaciones/

2016/CEDH-09-2016-R.doc

http://www.cedh-

chiapas.org/transparencia/AR

TICULOS/ARTICULO%2080/

FRACC%20II/INCISO-

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Page 36: TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN Tabla Campostransparencia.cedh-chiapas.org/archivos/80/2017/a-2017-1.pdfCEDH/0776/20 13 4 Derecho de petición, garantías de legalidad y seguridad

2017Octubre a diciembre

2017CEDH/09/2016-R

CEDH/0609/20

135

Tortura, tratos crueles,

inhumanos y degradantes.

Inicio y determinación de procedimiento de

investigación a los servidores públicos

involucrados en los hechos materia de la

queja; se detrmine conforme a derecho la

averiguación previa número

FESP/104/2014-10 y las actas

administrativas números AA/527/2013-

FESP, con motivo de la denuncia

interpuesta por el agraviado; se capacite al

personal de la Procuraduría General de

Justicia, respecto a las atribuciones que

tienen en la investigación de los delitos, a

fin de que se respeten los derechos

humanos en el desempeño de sus

funciones; se inicie y resuelva la carpeta

de investigación, con motivo de los hechos

por Tortura en contra de los servidores

públicos implicados en los hechos; se

coordinen las tres autoridades

responsables a que inscriban al agraviado

en el Registro Estatal de Víctimas del

Estado para que este tenga acceso a los

servicios y al Fondo de Atención a

Víctimas, previsto en la Ley de Víctimas

para el Estado; se otorgue capacitación

en materia de derechos humanos, al

personal de la Secretaría de Seguridad y

Protección Ciudadana y al personal de la

Secretaría de Seguridad Pública y Tránsito

Municipal, en especial en el tema de

"Tortura".

Si total En proceso

http://www.cedh-

chiapas.org/Recomendaciones/

2016/CEDH-09-2016-R.doc

2017Octubre a diciembre

2017CEDH/09/2016-R

CEDH/0609/20

131

Tortura, tratos crueles,

inhumanos y degradantes.

Inicio y determinación de procedimiento de

investigación a los servidores públicos

involucrados en los hechos materia de la

queja; se detrmine conforme a derecho la

averiguación previa número

FESP/104/2014-10 y las actas

administrativas números AA/527/2013-

FESP, con motivo de la denuncia

interpuesta por el agraviado; se capacite al

personal de la Procuraduría General de

Justicia, respecto a las atribuciones que

tienen en la investigación de los delitos, a

fin de que se respeten los derechos

humanos en el desempeño de sus

funciones; se inicie y resuelva la carpeta

de investigación, con motivo de los hechos

por Tortura en contra de los servidores

públicos implicados en los hechos; se

coordinen las tres autoridades

responsables a que inscriban al agraviado

en el Registro Estatal de Víctimas del

Estado para que este tenga acceso a los

servicios y al Fondo de Atención a

Víctimas, previsto en la Ley de Víctimas

para el Estado; se otorgue capacitación

en materia de derechos humanos, al

personal de la Secretaría de Seguridad y

Protección Ciudadana y al personal de la

Secretaría de Seguridad Pública y Tránsito

Municipal, en especial en el tema de

"Tortura".

Si total En proceso

http://www.cedh-

chiapas.org/Recomendaciones/

2016/CEDH-09-2016-R.doc

Page 37: TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN Tabla Campostransparencia.cedh-chiapas.org/archivos/80/2017/a-2017-1.pdfCEDH/0776/20 13 4 Derecho de petición, garantías de legalidad y seguridad

2017Octubre a diciembre

2017CEDH/10/2016-R

CEDH/1480/20

123 Seguridad jurídica.

Se inicie, tramite y determine carpeta de

investigación en contra del Fiscal de la

Mesa de Trámite 1, por el delito de

despojo y/o los que resulten; se determine

la restitución de los derechos humanos

violentados a los agraviados; se otorgue

una justa indemnización y reparación de

los daños y perjuicios ocasionados a los

agraviados; se proporcione capacitación

en derechos humanos, garantías de

legalidad y seguridad jurídica y derecho a

la presunción de inocencia, a los

servidores públicos adscritos a la Fiscalía

de Distrito Altos; y se proporcione a todo el

personal de la Fiscalía Especializada en

Derechos Humanos, Atención a Víctimas y

Servicios a la Comunidad, de esa

Procuraduría General de Justicia del

Estado, capacitación en materia de

Reparación del Daño por Violaciones a

Derechos Humanos.

Si total En proceso

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2016/CEDH-10-2016-R.docx

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201831/diciembre/20

17

2017Octubre a diciembre

2017CEDH/011/2016-R

CEDH/1778/20

13 y

Acumulado

CEDH/0169/20

14

6

Derecho al trato digno, a la no

discriminación, a la educación y

al derecho de los menores a

que se proteja su integridad

física y psicológica, así como

ejercicio indebido de la función

pública.

Se inicie, inicie, integre y determine

procedimiento administrativo de

investigación a los servidores públicos

involucrados en los hechos materia de la

queja; se realice la reparación del daño de

manera integral a los agraviados; y se

lleve a cabo cursos de capacitación en

materia de dereechos humanos a los

niños, niñas, el interés superior de laniñez,

el derecho a la no discriminación y trato

digno, el derecho a la protección de su

integridad física y psicológica; así como de

responsabilidad de servidores públicos al

servicio de la educación, mismos que

deberán impartirse a los profesores

involucrados y demás personal docente,

alumnado y padres de familia de la

Escuela en que sucitaron los hechos.

Si total En proceso

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2016/CEDH-11-2016-R.pdf

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Page 38: TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN Tabla Campostransparencia.cedh-chiapas.org/archivos/80/2017/a-2017-1.pdfCEDH/0776/20 13 4 Derecho de petición, garantías de legalidad y seguridad

2017Octubre a diciembre

2017CEDH/15/2016-R

CEDH/0884/20

143

Dilación en la procuración de

justicia e irregular integración

de las averiguaciones previas.

Se gire instrucciones al C. Fiscal

Especializado en Justicia Indígena, para

que en caso de que no se hubieran

determinado las averiguaciones previas

751/IN7A-T1/2013, 755/IN7A-T1/2013 y

806/IN7A-T2/2013, se determinen a la

brevedad posible y se notifiquen a los

querellantes respectivos y se proporcione

a este Organismo, las notificaciones

correspondientes; y se inicie

procedimiento administrativo de

investigación en contra de los diversos

Fiscales del Ministerio Público adscritos a

la Fiscalía Especializada en Justicia

Indígena, que estuvieron y/o están a cargo

de las averiguaciones previas

mencionadas, como responsables de

haber infringido lo previsto en el artículo

45, fracciones I y XXI de la Ley de

Responsabilidades de los Servidores

Públicos del Estado de Chiapas, y en caso

de resultar procedente les impongan las

sanciones a que se hubieran hecho

acreedores.

Si total En proceso

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2016/CEDH-15-2016-R.pdf

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201831/diciembre/20

17

2017Octubre a diciembre

2017CEDH/02/2017-R

CEDH/0248/20

153

Integridad y seguridad personal,

seguridad jurídica.

Se inicie y determine procedimiento

administrativo por la responsabilidad en

que incurrieron los agentes aprehensores,

médicos legistas y ministerios públicos

quienes tuvieron participación en los

hechos materia dela queja; se otorgue a

los agraviados los derechos garantizados

en la Ley General de Víctimas en

coordinación y colaboración con la

Comisión Ejecutiva de Atención a

Víctimas del Estado, así como la asesoría

jurídica con el objeto de que se le

satisfaga la reparación del daño en

términos de la Legislación aplicable; y se

capacite a todos los elementos de la

Procuraduría especialmente a la Policía,

en el tema de los Derechos Humanos y en

materia del debido proceso enfocada a

salvaguardar los derechos de las personas

extranjeras que dentro del estado se

encuentren dentro de un proceso penal.

Si total En procesohttp://www.cedh-

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2017/CEDH-02-2017.doc

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Page 39: TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN Tabla Campostransparencia.cedh-chiapas.org/archivos/80/2017/a-2017-1.pdfCEDH/0776/20 13 4 Derecho de petición, garantías de legalidad y seguridad

2017Octubre a diciembre

2017CEDH/03/2017-R

CEDH/0933/20

12 y

CEDH/0488/20

13 acumulados.

7,3Libertad de tránsito y de

residencia, seguridad pública y

acceso a la justicia.

Se procure mejorar el monto del apoyo

económico a los desplazados, por lo

menos con un salario mínimo mensual

para cada familia, mientras persistan las

condiciones de desplazamiento; establecer

las condiciones que permitan el regreso

voluntario, seguro y digno de los

desplazados a su lugar de residencia

habitual, a través de implementación de

talleres de reconciliación para la

sensibilizacion de las partes confrontadas,

que organice la Secretaría para el

Desarrollo Sustentable de los Pueblos

Indígenas, en coordinación con la

Subsecretaría de Gobierno Región V-Altos

Tsotsil-Tseltal, la Delegación de Gobierno

en Tenejapa y Fiscalía Especializada en

Justicia Indígena; A los desplazados que

retornen a su lugar de residencia, se les

restituya la posesión de sus tierras y

demás bienes y de los que sea imposible

su retorno se les otorgue la compensación

adecuada, así como la reparación de los

daños provocados; que el Director de la

Policía Especializada disponga de

elementos que ejecuten los mandamientos

aprehensorios, para que cesen las

violaciones al derecho de acceso a la

jusiticia de los desplazados y quejosos; y

que se gire instrucciones al Fiscal

Especializado en Justicia Indígena, para

que de nueva cuenta se lleve a cabo

Si total En proceso

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2017/CEDH-03-2017.docx

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17

2017Octubre a diciembre

2017CEDH/04/2017-R

CEDH/0157/20

177,3

Derechos de no discriminación

de los niños y niñas, a la

educación, a la libertad de

tránsito y de residencia, a la

integridad física, a la seguridad

pública, libertad de culto y

acceso a la justicia.

Se instruya al C. Subsecretario de

Gobierno Región V Altos, Tsotsil-Tseltal,

gestione ante el H. Ayuntamiento

Municipal de Huixtán, Chiapas, que a la

brevedad se proporcione los suministros

mínimos para subsistencia a las 9 familias

desplazadas, o en su defecto se les

porporcione apoyo económico, por lo

menos con un salario mínimo para que

puedan subsistir, mientras persistan las

condiciones de desplazamiento; en caso

de que los desplazados hayan sido

desposeídos de sus tierras y demás

bienes, se les restituya al momento de su

retorno y se les otorgue la reparación de

daños, y en caso de ser imposible su

retorno, se les otorgue la compensación

adecuada por sus tierras y demás bienes;

que las instituciones que han venido

atendiendo el caso, continuen con los

esfuerzos en la búsqueda de establecer

las condiciones que permitan el regreso

voluntario, seguro y digno de los

desplazados a su lugar de residencia

habitual; Que el Director de la Policía

Especializada disponga de elementos que

ejecuten el mandamiento aprehensorio

referido, respecto a las personas

pendiente de ejecutarse, para que con ello

cesen las violaciones al derecho de

acceso a la administración de justicia de

los ahora desplazados y quejosos, a

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2017/CEDH-04-2017.docx

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201831/diciembre/20

17

Page 40: TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN Tabla Campostransparencia.cedh-chiapas.org/archivos/80/2017/a-2017-1.pdfCEDH/0776/20 13 4 Derecho de petición, garantías de legalidad y seguridad

2017Octubre a diciembre

2017CEDH/05/2017-R

CEDH/0661/20

115

Tortura, trato cruel, inhumano

y/o degradante, abuso de

autoridad, detención arbitraria e

incomunicación.

Se inicie el archivo de investigación y determine la

probable responsabilidad en que incurrieron los

elementos de la policia estatal preventiva que tuvieron

participación en los hechos; se inicie carpeta de

investigación correspondiente por el delito de tortura; se

otorgue a la parte agraviada los derechos garantizados

en la Ley General de Víctimas y en la Ley de Víctimas

para el Estado de Chiapas, proporcionandoles una

indemnización cuyomonto deberá establecerse en

coordinación y colaboración con la Secretaría de

Gobierno del Estado, así como la asesoría jurídica, se le

brinde atención médico-psicológica hasta su total

restablecimiento y la atención integral, con el fin de que

puedan coadyuvar en las investigaciones que al

respecto se inicien; adoptar las acciones necesarias

para que se cree un Programa integral de Educación,

Formación y Capacitación en derechos humanos, que

genere un proceso de capacitación y sensibilización de

prevención de la tortura para los agentes policiales más

susceptibles de cometer actos de abuso de autoridad

durante los procesos de detención, así como de la

promoción en la observancia en los Códigos de

Conducta y de las Normas Éticas que incluyan medidas

que contribuyan a la prevención de actos arbitrarios,

dirigido a las corporaciones policiales; implementar un

mecanismo integral a fin de que se corrijan las

indebidas prácticas administrativas, con el objeto de

darle certeza jurídica al gobernado en sus actuaciones;

se realice los trámites correspondientes para efecto de

que se dé el seguimiento e inscripción de la parte

agraviada en el Registro Estatal de Víctimas del Estado,

a fín de que tengan acceso a los servicios y al Fondo de

Atención a Víctimas, previsto en la Ley de Víctimas para

el Estado de Chiapas, debiendo remitir las constancias

que acrediten su cumplimiento.

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2017/CEDH-05-2017.doc

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17

2017Octubre a diciembre

2017CEDH/06/2017-R

CEDH/0307/20

157,8

Libertad personal, honra,

dignidad, seguridad jurídica, a

la legalidad y el acceso a la

debida procuración y

administración de justicia.

Se proporcione al agraviado, la reparación

del daño correspondiente al lucro cesante

de 17 meses y 15 días de salario mínimo,

en que no percibió salario alguno por

habérsele privado de la libertad y sujeto a

proceso penal, ilegalmente, reparación del

daño emergente, compensación adecuada

y justa, sea registrado en el Registro

Estatal de Víctimas y tenga acceso a la

atención, asesoría jurídica, asistencia,

protección, acceso a la justicia, a la

verdad y reparación integral; Como

medida de rehabilitación se le procure

atención psicológica, al agraviado y a su

familia, en su lugar de residencia, a cargo

de profesionistas en psicología del DIF

Municipal de Ocotepec, Chiapas; Que la

Fiscalía General del Estado, otorgue una

disculpa pública (en español y en zoque)

como media de satisfacción; Se

implemente y difunda Acuerdos y

Lineamientos, o aquellas acciones

necesarias para que los titulares de las

Fiscalías del Ministerio Público adscritas a

los Juzgados de Control y de

Enjuiciamiento, en lo sucesivo, omitan

repetir situaciones como las mencionadas

en los hechos violatorias a que esta

Recomendación se refiere; se inicie

procedimiento administrativo de

investigación en contra de las CC.

Fiscales del Ministerio Público adscritas al

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2017/CEDH-06-2017.docx

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201831/diciembre/20

17

Page 41: TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN Tabla Campostransparencia.cedh-chiapas.org/archivos/80/2017/a-2017-1.pdfCEDH/0776/20 13 4 Derecho de petición, garantías de legalidad y seguridad

2017Octubre a diciembre

2017CEDH/07/2017-R

CEDH/0224/20

16 Y SU

ACUMULADO

CEDH/0108/20

17

10

Acceso al agua, a la dignidad

humana, a la vivienda y a la

salud.

Se reconecte los servicios de agua potable

a los fraccionamientos Real del Bosque y

Bonanza; se garantice el derecho humano

al agua para consumo personal y

doméstico en forma salubre, suficiente,

aceptable y asequible; se implementen los

mecanismos necesarios con la finalidad de

municipalizar los fraccionamientos Real

del Bosque y Bonanza; se gestione los

recursos económicos sufientes ante la

Federación y el Estado de Chiapas, a fin

de ejecutar el proyecto de infraestructura

hidráulica para otorgar los servicios de

agua a todos los habitantes de estos

fraccionamientos; Se capacite al personal

de SMAPA; Se realice estudios para

identificar a la población que ya presenta

signos de posibles afecciones a su salud y

se les proporcione la atención clínica

necesaria; Se realice las gestiones para

adicionar en su Bando de Policía y Buen

Gobierno, un capítulo en donde se

garantice el derecho al servicio de agua

potable; Se lleve a cabo medidas

sanitarias en lo que respecta a la

verificación y control de calidad del agua

almacenada en los tanques de los

fraccionamientos; Se inicie y concluya

procedimiento administrativo de

responsabilidad en contra del servidor o

servidores públicos responsables de

incumplimiento al no dar respuesta a los

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chiapas.org/Recomendaciones/

2017/CEDH-07-2017.doc

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17

2017Octubre a diciembre

2017CEDH/08/2017-R

CEDH/0037/20

169

A los usos y costumbres de los

pueblos indígenas, derecho de

petición, legalidad y seguridad

jurídica.

Reponer en el goce de sus derechos

humanos afectados a la comunidad

indígena zoque San Miguel La Sardina,

por no privilegiar el principio de la

maximización de la autonomía sobre el de

la injerencia en las decisiones que les

corresponden a los pueblos indígenas, al

no respetar la elección que por usos y

costumbres llevaron a cabo para ocupar el

cargo de Agente Municipal, se reconsidere

la expedición de nuevo nombramiento; Se

imparta cursos a cada uno de los

servidores públicos del H. Ayuntamiento

Municipal de Francisco León, Chiapas,

sobre el derecho de los pueblos indígenas.

No

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chiapas.org/Recomendaciones/

2017/CEDH-08-2017.docx

http://www.cedh-

chiapas.org/transparenci

a/ARTICULOS/ARTICUL

O%2080/FRACC%20II/I

NCISO-

A/2017/3/D.%20RECOM

ENDACIONES/negativa.r

ec08-2017..pdf

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17

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2017Octubre a diciembre

2017CEDH/09/2017-R

CEDH/0384/20

138

Incumplimiento de orden de

aprehensión, seguridad jurídica,

procuración e impartición de

justicia pronta y expedita.

Se de cumplimiento a la orden de

aprehensión, librada en la causa penal

número 230/2011; Se inicie procedimiento

administrativo de investigación, en contra

de los elementos de la Policía

Especializada que hubieran tenido la

obligación de ejecutarlo, como presuntos

responsables de omitir el cumplimiento del

citado mandato judicial; Se otorgue la

capacitación necesaria al personal

administrativo y operativo de la Policía

Especializada, dependiente de la Fiscalía

General del Estado, a fín de evitar hechos

similares como los acontecidos en el

presente caso.

Si total En proceso

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201831/diciembre/20

17

2017Octubre a diciembre

2017CEDH/10/2017-R

CEDH/0296/20

166

Derecho a la educación, de

prioridad, a una vida libre de

violencia y a la integridad

psicoemocional.

Se determine conforme a derecho el

expediente administrativo de queja No. SAC/Q-

0478/16; Se gire instrucciones al C. Director de

la Escuela Secundaria No. 16, de Ocosingo,

Chiapas, con la finalidad de que , con la

participación de padres de familia, se elabore

un protocolo de actuación de alerta y solución

temprana del acoso escolar o bullyng; Se

intruya a las áreas de Trabajo Social, para que

indefectiblemente en el caso de requerirse

firma de cualquier documento por parte de

menores de edad, estén acompañados de sus

padres o tutores, y que el contenido de los

documentos sometidos a su firma sean

congruentes con la verdad histórica que en los

mismos se consigna. Además. se mantenga el

seguimiento del estado psicoemocional de la

menor, con el conocimiento de sus tutores, y

con la discreción y prudencia que el caso

amerita; Se le otorgue a la agraviada, las

facilidades necesarias, a fin de que continúe

con su tratamiento psicológico en el DIF

Municipal de Ocosingo, Chiapas; Se capacite

en derechos humanos al personal directivo,

docente, trabajo social, administrativo,

estudiantes y padres de familia, de la Escuela

Secundaría Técnica No. 16 en Ocosingo,

Chiapas, poniendo énfasis en los temas de los

Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes,

y en el fenómeno psicosocial de acoso escolar

o bullyng.

Si total En proceso

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chiapas.org/Recomendaciones/

2017/CEDH-10-2017.doc

http://www.cedh-

chiapas.org/transparencia/AR

TICULOS/ARTICULO%2080/

FRACC%20II/INCISO-

A/2017/4/act4t2017.r10-

2017.pdf

15/enero/2018

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Seguimiento de

Recomendacione

s, Propuestas

Conciliatorias y

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Emitidos.

201831/diciembre/20

17

Page 43: TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN Tabla Campostransparencia.cedh-chiapas.org/archivos/80/2017/a-2017-1.pdfCEDH/0776/20 13 4 Derecho de petición, garantías de legalidad y seguridad

2017Octubre a diciembre

2017CEDH/11/2017-R

CEDH/0707/20

157

Libertad de residencia,

privacidad del domicilio y

derecho a la administración de

justicia.

Instruya se efectúe el estudio correspondiene

para efectos de que el Ejecutivo del Estado

envíe al H. Congreso del Estado propuesta

de Reglamentación de los usos y costumbres

de los pueblos indígenas del Estado de

Chiapas; así como Reglamentación del

Derecho a la Consulta y al consentimiento

libre, previo e informado, respecto de

aquellas materias competencia del Estado de

Chiapas. Se preparé iniciativa en la que el

Ejecutivo del Estado proponga al H.

Congreso del Estado, se cambie el nombre

de la "Ley de Derechos y Cultura (sic)

Indígenas del Estado de Chiapas", por el de

"Ley de Derechos y Culturas (así plural)

Indígenas del Estado de Chiapas". Al artículo

57 de la Ley de Derechos y Cultura (sic)

Indígenas del Estado de Chiapas, se le

agregue un segundo párrafo en el que se

establezca la sanción correspondiente a la

"conducta tendiente a expulsar o impedir el

retorno de los indígenas a sus comunidades",

puesto que tal numeral de aquella ley carece

de sanción.

Si total En proceso

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2017/CEDH-11-2017.docx

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chiapas.org/transparencia/AR

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FRACC%20II/INCISO-

A/2017/4/act4t2017.r11-

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201831/diciembre/20

17

2017Octubre a diciembre

2017CEDH/11/2017-R

CEDH/0707/20

158

Libertad de residencia,

privacidad del domicilio y

derecho a la administración de

justicia.

ntegre y determine conforme a derecho el

Registro de Atención N° 0358-059-1003-

2015, iniciado por el delito de

ALLANAMIENTO DE DOMICILIO, DAÑOS Y

LOS QUE RESULTEN; Se gire instrucciones

a los Fiscales del Ministerio Público adscrito a

la Unidad Integral de Investigación y Justicia

Restaurativa Especializada en Justicia

Indígena, para efectos de que, en el

momento en que sea factible la realización de

todas aquellas diligencias faltantes en el

Registro de Atención y Carpetas de

Investigación citadas en el párrafo 61,

determinen las mismas conforme a derecho

resulte procedente.

No

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chiapas.org/Recomendaciones/

2017/CEDH-11-2017.docx

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chiapas.org/transparenci

a/ARTICULOS/ARTICUL

O%2080/FRACC%20II/I

NCISO-

A/2017/3/D.%20RECOM

ENDACIONES/negativa.r

ec11-2017.pdf

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TICULOS/ARTICULO%2080/

FRACC%20II/INCISO-

A/2017/4/act4t2017.r11-

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15/enero/2018

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17

Page 44: TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN Tabla Campostransparencia.cedh-chiapas.org/archivos/80/2017/a-2017-1.pdfCEDH/0776/20 13 4 Derecho de petición, garantías de legalidad y seguridad

2017Octubre a diciembre

2017CEDH/012/2017-R

CEDH/1622/20

128

Libertad personal, integridad y

seguridad personal, tortura,

trato cruel, inhumano y/o

degradante, abuso de

autoridad, legalidad y seguridad

jurídica e n su modalidad de

detención arbitraria, derecho a

la intimidad, privacidad o vida

privada relacionadas con la

protección de datos personales.

Inicio y determinación de procedimiento

administrativo de investigación en contra

de los servidors públicos que tuvieron

participación en los hechos materia de la

queja; Se aperture la Averiguación Previa

número FESP/035/2013; Se otorgue a los

agraviados, los derechos garantizados en

la Ley General de Víctimas y en la Ley de

Víctimas para el Estado de Chiapas,

proporcionandoles la indemnización cuyo

monto deberá establecerse en

coordinación y colaboración con la

Secretaría de Gobierno del Estado; Se

capacite al personal de la Fiscalía

respecto a las atribuciones que tienen en

la investigación de delitos.

No

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chiapas.org/Recomendaciones/

2017/CEDH-12-2017.doc

http://www.cedh-

chiapas.org/transparenci

a/ARTICULOS/ARTICUL

O%2080/FRACC%20II/I

NCISO-

A/2017/3/D.%20RECOM

ENDACIONES/negativa.r

ec12-2017.pdf

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TICULOS/ARTICULO%2080/

FRACC%20II/INCISO-

A/2017/4/act4t2017.r12-

2017.pdf

15/enero/2018

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201831/diciembre/20

17

2017Octubre a diciembre

2017CEDH/13/2017-R

CEDH/0040/20

138

Libertad, legalidad y seguridad

jurídica, integridad y seguridad

personal, abuso contra la

dignidad humana.

Se inicie y determine procedimiento

administrativo de investigación en contra

de los servidores públicos adscritos a cada

una de las tres autoridades responsables

que tuvieron participación en los hechos

materia de la queja; se inicie la

investigación correspondiente a los

servidores públicos involucrados en la

presente queja, por el delito de Tortura en

contra del agraviado; que el personal de la

Fiscalía sea instruido y capacitado

respecto a las atribuciones que tienen en

la investigación de delitos, con la finalidad

de que se respeten los derechos humanos

en el desempeño de sus funciones; Que la

Fiscalía General, en conjunto con la

Secretaría de Seguridad y Protección

Ciudadana y el Titular del Ayuntamiento

Municipal Constitucional de Tuxtla

Gutiérrez, Chiapas, otorguen al agraviado

los derechos garantizados en la Ley

General de Víctimas y en la Ley de

Víctimas para el Estado de Chiapas; Que

la Secretaría de Seguridad y Protección

Ciudadana, remita a este Dependencia

pruebas que sustenten el oficio número

SSPC/UPPDHAV/783/2017, donde

informa que esa Dependencia ha venido

realizando capacitación a los servidors

públicos de esa Institución; Se otorgue

capacitación necesaria al personal policial

del H. Ayuntamiento Municipal, a fin de

No

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chiapas.org/Recomendaciones/

2017/CEDH-13-2017-R.docx

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a/ARTICULOS/ARTICUL

O%2080/FRACC%20II/I

NCISO-

A/2017/4/negativa.rec13-

2017.pdf

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TICULOS/ARTICULO%2080/

FRACC%20II/INCISO-

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17

Page 45: TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN Tabla Campostransparencia.cedh-chiapas.org/archivos/80/2017/a-2017-1.pdfCEDH/0776/20 13 4 Derecho de petición, garantías de legalidad y seguridad

2017Octubre a diciembre

2017CEDH/13/2017-R

CEDH/0040/20

135

Libertad, legalidad y seguridad

jurídica, integridad y seguridad

personal, abuso contra la

dignidad humana.

Se inicie y determine procedimiento

administrativo de investigación en contra

de los servidores públicos adscritos a cada

una de las tres autoridades responsables

que tuvieron participación en los hechos

materia de la queja; se inicie la

investigación correspondiente a los

servidores públicos involucrados en la

presente queja, por el delito de Tortura en

contra del agraviado; que el personal de la

Fiscalía sea instruido y capacitado

respecto a las atribuciones que tienen en

la investigación de delitos, con la finalidad

de que se respeten los derechos humanos

en el desempeño de sus funciones; Que la

Fiscalía General, en conjunto con la

Secretaría de Seguridad y Protección

Ciudadana y el Titular del Ayuntamiento

Municipal Constitucional de Tuxtla

Gutiérrez, Chiapas, otorguen al agraviado

los derechos garantizados en la Ley

General de Víctimas y en la Ley de

Víctimas para el Estado de Chiapas; Que

la Secretaría de Seguridad y Protección

Ciudadana, remita a este Dependencia

pruebas que sustenten el oficio número

SSPC/UPPDHAV/783/2017, donde

informa que esa Dependencia ha venido

realizando capacitación a los servidors

públicos de esa Institución; Se otorgue

capacitación necesaria al personal policial

del H. Ayuntamiento Municipal, a fin de

No

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chiapas.org/Recomendaciones/

2017/CEDH-13-2017-R.docx

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a/ARTICULOS/ARTICUL

O%2080/FRACC%20II/I

NCISO-

A/2017/4/negativa.rec13-

2017.pdf

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TICULOS/ARTICULO%2080/

FRACC%20II/INCISO-

A/2017/4/act4t2017.r13-

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17

2017Octubre a diciembre

2017CEDH/13/2017-R

CEDH/0040/20

131

Libertad, legalidad y seguridad

jurídica, integridad y seguridad

personal, abuso contra la

dignidad humana.

Se inicie y determine procedimiento

administrativo de investigación en contra

de los servidores públicos adscritos a cada

una de las tres autoridades responsables

que tuvieron participación en los hechos

materia de la queja; se inicie la

investigación correspondiente a los

servidores públicos involucrados en la

presente queja, por el delito de Tortura en

contra del agraviado; que el personal de la

Fiscalía sea instruido y capacitado

respecto a las atribuciones que tienen en

la investigación de delitos, con la finalidad

de que se respeten los derechos humanos

en el desempeño de sus funciones; Que la

Fiscalía General, en conjunto con la

Secretaría de Seguridad y Protección

Ciudadana y el Titular del Ayuntamiento

Municipal Constitucional de Tuxtla

Gutiérrez, Chiapas, otorguen al agraviado

los derechos garantizados en la Ley

General de Víctimas y en la Ley de

Víctimas para el Estado de Chiapas; Que

la Secretaría de Seguridad y Protección

Ciudadana, remita a este Dependencia

pruebas que sustenten el oficio número

SSPC/UPPDHAV/783/2017, donde

informa que esa Dependencia ha venido

realizando capacitación a los servidors

públicos de esa Institución; Se otorgue

capacitación necesaria al personal policial

del H. Ayuntamiento Municipal, a fin de

No

http://www.cedh-

chiapas.org/Recomendaciones/

2017/CEDH-13-2017-R.docx

http://www.cedh-

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a/ARTICULOS/ARTICUL

O%2080/FRACC%20II/I

NCISO-

A/2017/4/negativa.rec13-

2017.pdf

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FRACC%20II/INCISO-

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2017.pdf

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17

Page 46: TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN Tabla Campostransparencia.cedh-chiapas.org/archivos/80/2017/a-2017-1.pdfCEDH/0776/20 13 4 Derecho de petición, garantías de legalidad y seguridad

2017Octubre a diciembre

2017CEDH/14/2017-R

CEDH/0653/20

148

Integridad personal, legalidad y

seguridad jurídica, libertad

personal.

Se inicie y determine procedimiento administrativo de

investigación en contra de los servidores públicos

que tuvieron participación en los hechos materia de

la queja; Se otorgue a los agraviados los derechos

garantizados en la Ley General de Víctimas y en la

Ley de Víctimas para el Estado de Chiapas,

proporcionándoles una indemnización cuyo monto

deberá establecerse en coordinación y colaboración

con la Secretaría General de Gobierno del Estado,

se les brinde asesoría jurídica con el objeto de que

se les satisfaga la reparación del daño en términos

de la Legislación aplicable,, se les brinde la atención

integral , con el fin de que puedan coadyuvar en las

investigaciones que al respecto se inicien y se

realicen los trámites para efecto de el seguimiento e

inscripción de los agraviados en el Registro Estatal

de Víctimas del Estado; Se realicen acciones

inmediatas, para que se establezcan mecanismos

eficaces para que durante la práctica de cateos, los

agentes del Ministerio Público y los elementos de la

Policía que participen en ellos, actúen en estricto

cumplimiento de los mandatos judiciales; Se

capacite a los Ministerios Públicos y Policías

Especializados, en materia de Principios y Normas

de Protección de los Derechos Humanos, a la

Integridad y a la Libertad Personal, así como sobre

los límites a los que se encuentra sometida la Policía

Especializada durante el desempeño de su cargo se

conduzcan con puntual respeto a los Derechos

Humanos y con apego a las normas legales que

regulan su función.

No

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2017/CEDH-14-2017-R.docx

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17

2017Octubre a diciembre

2017CEDH/015/2017-R

CEDH/0807/20

148

Libertad y seguridad personal,

integridad personal, dignidad

humana y al debido proceso.

Se inicie y determine procedimiento

administrativo de investigación en contra

de los servidores públicos que tuvieron

participación en los hechos materia de la

queja; Se determine conforme a derecho

las averiguaciones previas

FECC/027/2016 y 220/NO21-T1/2015; Se

otorgue a los agraviados los derechos

garantizados en la Ley General de

Víctimas y en la Ley de Víctimas para el

Estado de Chiapas; Se capacite al

personal de la Fiscalía respecto a las

atribuciones que tienen en la investigación

de los delitos, a fin de que se respeten los

derechos humanos en el desempeño de

sus funciones; Se otorgue una disculpa

pública a los agraviados, orientada a dar

satisfacción y dignificación , reconociendo

así la responsabilidad por parte de la

autoridad responsable por el daño

causado; Se inicie carpeta de

investigación en contra del abogado

(APDM) por delitos contra la Procuración y

Administración de Justicia, por hacer mal

uso de su cédula profesional como

abogado, lo cual tradujo en un menoscabo

a los hoy agraviados en su garantía

constitucional al debido proceso.

Si total En proceso

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201831/diciembre/20

17